sentencia corte constitucional prepensionados t 18613

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T-186-13 Sentencia T-186/13 ACCION DE TUTELA CONTRA ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARACTER PARTICULAR Y CONCRETO-Procedencia excepcional para solicitar el reintegro de servidores públicos por ser prepensionados PROVISION DE CARGOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES PREVIO CONCURSO DE MERITOS Y LA PROTECCION ESPECIAL DE LAS PERSONAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD, MADRES Y PADRES CABEZA DE FAMILIA Y PREPENSIONADOS-Reiteración de jurisprudencia La jurisprudencia constitucional ha asumido el estudio de asuntos en los cuales entran en tensión, de un lado, la estabilidad laboral reforzada de servidores públicos que ejercen empleos de carrera en provisionalidad y, del otro, los derechos de acceso a esos mismos cargos de quienes superan el concurso público de méritos. El primer tópico que estudia ese precedente refiere a la procedencia excepcional de la acción de tutela en esos eventos. Es claro que la remoción del cargo de los servidores que los ejercen en empleos públicos en provisionalidad, se efectúa a través de la expedición de actos administrativos que declaran la insubsistencia, merced de la obligación constitucional y legal de ingresar al cargo a quien ha superado el concurso público de méritos. CARRERA ADMINISTRATIVA-Mérito como criterio fundamental para el ingreso, ascenso y retiro La importancia del mérito ha sido resaltada por la jurisprudencia constitucional, en tanto mecanismo que garantiza la objetividad, eficiencia y equidad al interior de la administración pública. Incluso, a partir de la identificación del carácter transversal del mérito en la Constitución y su vínculo inescindible con la intención del Constituyente de superar mecanismos para el ingreso al servicio público que resultaban contrarios a los derechos constitucionales e inidóneos para la ejercicio de la función pública en condiciones de transparencia y calidad, la Corte concluyó que el acceso por mérito era un elemento estructural de la Constitución. Por ende,

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Prepensionados T 18613

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T-186-13 Sentencia T-186/13 ACCIONDE TUTELA CONTRA ACTOS ADMINISTRATIVOSDECARACTERPARTICULAR YCONCRETO-Procedenciaexcepcional parasolicitarel reintegrodeservidores pblicos por ser prepensionados PROVISION DE CARGOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES PREVIO CONCURSODE MERITOS YLA PROTECCION ESPECIAL DE LAS PERSONAS ENSITUACION DE DISCAPACIDAD MADRES Y PADRES CABE!A DE "AMILIAY PREPENSIONADOS-Reiteracin de jurisprudencia Lajurisprudenciaconstitucional haasumidoel estudiodeasuntosenloscualesentranentensin, de un lado, la estabilidad laboral reforzada de servidores pblicos que ejercen empleosdecarreraenprovisionalidady,delotro, losderechosdeaccesoaesosmismoscargosdequienes superan el concurso pblico de mritos. El primer tpico que estudia ese precedenterefiere a la procedencia ecepcional de la accin de tutela en esos eventos. Es claro que laremocin del cargo de los servidores que los ejercen en empleos pblicos en provisionalidad, seefectaatravsdelaepedicindeactosadministrativosquedeclaranlainsubsistencia,merced de la obligacin constitucional y legal de ingresar al cargo a quien ha superado elconcurso pblico de mritos. CARRERAADMINISTRATIVA-Mrito coo criterio !undaental para el ingreso"ascenso # retiro Laimportanciadel mritohasidoresaltadaporlajurisprudenciaconstitucional, entantomecanismo que garantiza la objetividad, eficiencia y equidad al interior de la administracinpblica. !ncluso, apartir de laidentificacindel car"cter transversal del mritoenla#onstitucin y su v$nculo inescindible con la intencin del #onstituyente de superarmecanismos parael ingresoal serviciopblicoqueresultabancontrarios alos derechosconstitucionales e inidneos para la ejercicio de la funcin pblica en condiciones detransparencia y calidad, la #orte concluy que el acceso por mrito era un elementoestructural dela#onstitucin. %orende, configurabaunl$miteal ejerciciodel poderdereforma del #ongreso, quien tiene vedado incorporar reglas en la #arta que desconozcan laobligatoriedad de ese criterio para el acceso, permanencia y retiro de los cargos del Estado. PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL MERITO-Propsitos Eiste un mandato constitucional epreso, de acuerdo con el cual el ingreso, permanencia yretirodel empleopblicodebebasarseenlaevaluacinacercadel mritodel aspiranteoservidor del Estado. %or ende, la carrera administrativa es el mecanismo preferente para elacceso y la gestin de los empleos pblicos.& su vez, la superacin satisfactoria del concursodemritos confiereal aspiranteseleccionadounderechosubjetivodeingresoal empleopblico, eigible respectode la&dministraciny de los servidores que ejercenel cargoofertado en condicin de provisionalidad. ESTABILIDAD LABORAL RE"OR!ADA DE MADRE CABE!A DE "AMILIA YPERSONAS PRO#IMAS A PENSIONARSE-$arant%a 'e hase(aladoquelapermanenciaenlos empleos de carreradebe responder areglasconstitucionalesolegales, de$ndoleobjetiva, loqueimpideel retirodelcargoapartirdecriteriosmeramentediscrecionales. )nodelosfactoresquehaevaluadolajurisprudenciapara la permanencia en el empleo es la estabilidad laboral reforzada de los sujetos de especialproteccin constitucional, entre ellos los servidores pblicos primos a pensionarse,denominados comnmente como prepensionados. El aspecto central de este tpico consiste enqueparadeterminadosgruposdefuncionarios, comomadresypadrescabezadefamilia,discapacitadosoprepensionados, concurreunarelacindedependenciaintr$nsecaentrelapermanencia en el empleo pblico y la garant$a de sus derechos fundamentales,particularmente el m$nimo vital y la igualdad de oportunidades. *e all$ que se sostenga por lajurisprudenciaquelaeficaciadeesosderechosdependedel reconocimientodeestabilidadlaboral en aquellos casos, a travs de un ejercicio de ponderacin entre tales derechos y losprincipios que informan la carrera administrativa. RETEN SOCIALAPREPENSIONADOS-Reiteracin de jurisprudencia sobre suaplicacin # alcance El retn social es una especie de mecanismo, dentro de los mltiples que pueden considerarseparagarantizarlosderechosfundamentalesconcernidosporlapermanenciaenel empleopblicodelosservidoresprimosapensionarse. Enotraspalabras, el fundamentodelaestabilidadlaboral delos prepensionados tieneorigenconstitucional y, por ende, resultaaplicable en cada uno de los escenarios en que entren en tensin los derechos al m$nimo vital ylaigualdad,frentealaaplicacindeherramientasjur$dicasquellevenalretirodelcargo,entre ellas el concurso pblico de mritos, como se eplica enseguida. PROVISION DE CARGOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES PREVIO CONCURSODE MERITOS YLA PROTECCION ESPECIAL DE LAS PERSONAS ENSITUACION DE DISCAPACIDAD MADRES Y PADRES CABE!A DE "AMILIAY PREPENSIONADOS-&plicacin de criterios de ra'onabilidad # proporcionalidad antela tensin entre estabilidad laboral re!or'ada de prepensionados # provisin de cargo decarrera ediante concurso Laproblem"ticasurgecuandoel servidorpblicoprimoapensionarseejerceuncargopblico en provisionalidad, el cual es ofertado a concurso pblico de mritos y asignado alaspirantequesuperadichoconcurso. Eneseescenarioentranentensindosderechosderaigambre constitucional.El primero, que refiere al derecho subjetivo del aspirante a accederal empleopblicoporhabersuperadoel concursopblicodemritos, queesalavezelmecanismo preferente y general para el acceso a los empleos del Estado. El segundo, que tienequeverconlaproteccindelosderechosfundamentalesdel prepensionado, quesever$anintervenidos por el retiro del cargo, lo que lo dejar$a en estado de vulnerabilidad econmica.La jurisprudencia de la #orte ha considerado que este asunto no puede resolverse simplementeatravs delaopcinafavor dealgunodelos derechos enconflicto. Encontrario, haplanteado la necesidad que en el caso concreto se efecte un ejercicio de ponderacin entreesos derechos, el cual no afecte el ncleo esencial de cada uno de los etremos en cuestin. %araellohaenfatizadoendos tipos de argumentos centrales+ ,i- lanecesidadque lasautoridades del Estado interpreten las normas de forma razonable, proporcionada ycompatible con los derechos fundamentales de los afectados. ,ii- la obligacin que esas mismasautoridadeshaganunaevaluacinobjetivadelascircunstanciasdel caso, diferenteaunaadjudicacin aleatoria, en la cual se determine si es posible proteger concomitantemente losderechos del prepensionado y del aspirante. ESTABILIDAD LABORAL RE"OR!ADA DE MADRE CABE!A DE "AMILIA YPERSONASPRO#IMAS A PENSIONARSE-(rdendereintegrara la accionanteporser prepensionada # cabe'a de !ailia Re!erencia) expediente T-3*+,6*--6 &ccin de tutela interpuesta por Margarita .u' (ro'co.o'ano contra el /nstituto 0olobiano de 1esarrollo Rural 2/ncoder Magistrado Ponente).3/4 5R654T( 7&R$&4 4/.7& 8ogot9" 1*0*" die' :1,; de abril de dos il doce :1" pro!iere la siguiente SENTENCIA 5nel tr9itederevisindelos!allospro!eridosporel ?u'gadoTercero &dinistrativodeMonter%a#el Tribunal &dinistrativode0rdoba" @ueresolvieronenpriera#segundainstancia"respectivaente" laaccin de tutelaproovida porMargarita .u'(ro'co.o'anocontra el /nstituto 0olobiano de 1esarrollo Rural 2 /ncoder I$ ANTECEDENTES 1$ %ec&'( )e*e+ante( , acci-n .e t/te*a inte)0/e(ta 1*1* .aciudadanaMargarita.u'(ro'co.o'ano" @uiennaciel -8"A1BsedesepeCaba coo servidora pblica del /nstituto 0olobiano de 1esarrollo Rural :en adelante/ncoder;* 5jerci en provisionalidad el cargo de 4ecretaria 5jecutiva" cdigo = de diciebre de,- de deterin @ue /los empleos vacantes en forma definitiva del sistema de carrera general,de los sistemas espec$ficos y especial del 'ector *efensa, que estn siendo desempe(ados conpersonal vinculado mediante nombramiento provisional efectuado antes del veinticuatro ,37-de septiembre de 3667 a cuyos titulares a la fecha de epedicin del presente decreto les faltentres ,8- a(os o menos para causar el derecho a la pensin de jubilacin, ser"n ofertados por la#omisin 9acional del 'ervicio #ivil una vez el servidor cause su respectivo derechopensional.1 4in ebargo" estos re@uisitos no eran cuplidos para el caso de la actora" en tanto no se Dab%aposesionado en el cargo o!ertado antes del B5l prier tpico @ue estudia ese precedentere!iere a la procedencia excepcional de la accin de tutela en esos eventos* 5s claro @ue la reocin del cargo de los servidores @ue los ejercen en epleos pblicos enprovisionalidad" se e!ecta a travs de la expedicin de actos adinistrativos @ue declaran lainsubsistencia" erced de la obligacin constitucional # legal de ingresar al cargo a @uien Dasuperado el concurso pblico de ritos*5stas actuaciones son susceptibles de control judicialante el contencioso adinistrativo" con el !in de lograr su declaratoria de nulidad # correlativorestableciiento en el derecDo conculcado* Por lo tanto" de con!oridad con lo establecido en el art%culo 86 0*P*" ante la existencia de unecaniso judicial principal para resolver la presunta vulneracin de derecDos !undaentales"la accin de tutela solo proceder9 ante la ininencia de un perjuicio irreediable*Para el casoobjetodeexaen" lajurisprudenciaDadistinguidoentredosre@uisitos!9cticosparadicDaprocedencia) la estructuracin de la encionada ininencia # la necesidad de cuplir con elre@uisito de inediate'* =* 5n cuanto al prier aspecto" se Da considerado @ue el a!ectado debe deostrarprobatoriaente@uesuexclusindel epleopblicoloponeenunasituacindeextreavulnerabilidad" generalente relacionada con la a!ectacin cierta # veri!icable de su derecDo al%nio vital*4obre el particular" la 0orte Da indicado @ue /0por regla general la accin detutela es improcedente cuando se solicita el reintegro de empleados pblicos a sus cargos, puespara controvertir los actos administrativos, por medio de los cuales la administracin decidesepararlos de los mismos, eiste la accin de nulidad y restablecimiento del derecho ante lajurisdiccin contencioso administrativa, la cual desplaza a la accin de tutela. evisin, /noesentendiblequequienestpadeciendounserioquebrantamientocontraunderecho de tal calidad, retarde la peticin de proteccin, acudiendo a un mecanismoprecisamentecaracterizadoporserpreferente, sumarioypropiciadordeinmediatoamparo,art. CB #onst.-1[14].1[15] Por lo tanto" estas condiciones !orales ser9n veri!icadas por la 4ala al oento @ue asua elestudio del caso concreto" con sujecin a la etodolog%a expuesta en el !undaento jur%dico