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ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 23 de agosto de 2017 313 SEGUNDA SECCIÓN INDICE Publicaciones Estatales Página Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que asuma el cargo de referencia. 1 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que asuma el cargo de referencia. 1 Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias y Barrios de ese Municipio. 4 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que asuma el cargo de referencia. 1 Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias y Barrios de ese Municipio. 4 Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio. 13 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que asuma el cargo de referencia. 1 Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias y Barrios de ese Municipio. 4 Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio. 13 Decreto No. 234 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Reforma, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno, para enajenarlo vía donación a favor de una persona de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; Predio ubicado en dicha Ciudad. 18 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que asuma el cargo de referencia. 1 Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias y Barrios de ese Municipio. 4 Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan, Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio. 13 Decreto No. 234 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Reforma, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno, para enajenarlo vía donación a favor de una persona de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; Predio ubicado en dicha Ciudad. 18 Decreto No. 235 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Rayón, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno con superficie de 2,572.02 Metros Cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor de la Secretaría de Educación, quien lo destinará para la construcción del Jardín de Niños y Niñas “Ángel Albino Corzo”, terreno que se encuentra ubicado en el Barrio San Antonio, de ese Municipio. 21

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ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNOFranqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021

características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX

Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 23 de agosto de 2017 313

SEGUNDA SECCIÓNINDICE

Publicaciones Estatales Página

Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana EmperatrizMontes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, paraque asuma el cargo de referencia.

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Publicaciones Estatales Página

Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana EmperatrizMontes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, paraque asuma el cargo de referencia.

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Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotesde terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personasde escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias yBarrios de ese Municipio.

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Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana EmperatrizMontes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, paraque asuma el cargo de referencia.

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Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotesde terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personasde escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias yBarrios de ese Municipio.

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Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, paraenajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasosrecursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio.

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Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana EmperatrizMontes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, paraque asuma el cargo de referencia.

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Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotesde terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personasde escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias yBarrios de ese Municipio.

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Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, paraenajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasosrecursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio.

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Decreto No. 234 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Reforma,Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno, paraenajenarlo vía donación a favor de una persona de escasos recursoseconómicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de latenencia de la tierra; Predio ubicado en dicha Ciudad.

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Decreto No. 231 Por el que se acepta la renuncia presentada por la ciudadana EmperatrizMontes Manzo, para separarse del cargo de Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas; y se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, paraque asuma el cargo de referencia.

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Decreto No. 232 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotesde terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personasde escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias yBarrios de ese Municipio.

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Decreto No. 233 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan,Chiapas, para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, paraenajenarlos vía donación a favor de igual número de personas de escasosrecursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento yregularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio.

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Decreto No. 234 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Reforma,Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno, paraenajenarlo vía donación a favor de una persona de escasos recursoseconómicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de latenencia de la tierra; Predio ubicado en dicha Ciudad.

18

Decreto No. 235 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Rayón,Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno con superficiede 2,572.02 Metros Cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor de laSecretaría de Educación, quien lo destinará para la construcción del Jardín deNiños y Niñas “Ángel Albino Corzo”, terreno que se encuentra ubicado en elBarrio San Antonio, de ese Municipio.

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miércoles 23 de agosto de 2017 Periódico Oficial No. 313 2a. Sección

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4589Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 231

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargoel siguiente:

Decreto número 231.

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución PolíticaLocal; y,

C o n s i d e r a n d o

Que los Ayuntamientos municipales son órganos de gobierno integrados por un presidente, un síndico,regidores propietarios y suplentes, además de los regidores electos según el principio de representaciónproporcional, conforme a lo que establecen los artículos 115, de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 80, de la Constitución Política Local y 21, de la Ley Orgánica Municipal del Estadode Chiapas.

Que el 19 de Julio de 2015, se llevó acabo en nuestro Estado la jornada electoral para la elección deDiputados locales y miembros de Ayuntamientos Municipales.

Derivado de lo anterior, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, enejercicio de las atribuciones que le confirieron la Constitución Política Local y el Código de Eleccionesy Participación Ciudadana, otorgó Constancia de Asignación como Regidora de RepresentaciónProporcional por el Partido Chiapas Unido del Ayuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas, afavor de la ciudadana Emperatriz Montes Manzo.

Que mediante oficio número 062, sin fecha y recibido en oficialía de partes de este Poder Legislativo,el 15 de Junio del año en curso, el ciudadano Martín Ruiz Rosales, Presidente Municipal delAyuntamiento de Mapastepec, Chiapas, remitió original del acta de cabildo de la sesión extraordinarianúmero 017, de fecha 09 de Junio de 2017, en la cual el cuerpo edilicio del citado municipio, aceptó yaprobó la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, para separarse del cargo deRegidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido, en la cual expuso como causa

miércoles 23 de agosto de 2017 Periódico Oficial No. 313 2a. Sección

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de la misma, por cuestiones personales y por así convenir a sus intereses; y original del escrito derenuncia antes mencionado.

Asimismo, mediante escrito de fecha 16 de Junio de 2017, y recibido en oficialía de partes de estePoder Legislativo el 20 de Junio del presente año, el Profesor Miguel Ángel Córdova Ochoa, Presidentedel Comité Ejecutivo Estatal del Partido Chiapas Unido, propuso a esta Soberanía Popular para que laciudadana Cecilia Mejía Monzón, asuma el cargo de Regidora de Representación Proporcional pordicho partido, en el Ayuntamiento de Mapastepec, Chiapas, en sustitución de Emperatriz MontesManzo.

Por lo que, el oficio número 062, mencionado en líneas anteriores, fue leído en Sesión Ordinaria de laComisión Permanente de esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, de fecha 05 deJulio del 2017 y otorgándole el trámite legislativo correspondiente, fue turnado con el expedienterespectivo para su estudio y elaboración del dictamen, a la Comisión de Gobernación y PuntosConstitucionales.

Que el artículo 119, párrafo primero de la Constitución Política Local, dispone, que los cargos deelección popular en el Estado y los municipios sólo son renunciables por causa justificada, calificadapor el Congreso del Estado. Las renuncias deberán presentarse ante la autoridad legislativa con laexpresión de las causas de la misma.

Así también, el citado artículo 119, en su párrafo segundo, especifica, que las solicitudes de licencia pormás de un año o por tiempo indefinido, serán calificadas como renuncias y, por lo tanto, el Congresodel Estado resolverá lo conducente.

Correlativamente el artículo 22, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, indica, que elcargo en un Ayuntamiento solo es renunciable, cuando existan causas justificadas, que calificará elpropio Ayuntamiento, con la aprobación del Congreso del Estado o en su caso, de la ComisiónPermanente.

Derivado de todo lo anterior y que la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, al haber presentado escritode renuncia se advirtió la voluntad de no seguir desempeñando el cargo que le fue conferido comoRegidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido, del Ayuntamiento deMapastepec, Chiapas; por lo que a criterio de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales,consideró procedente la renuncia de referencia, misma que la encontró debidamente justificada y por lotanto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 119, párrafo primero de la Constitución PolíticaLocal y 22, de la Ley Orgánica Municipal del Estado, declaró la ausencia definitiva al cargo conferido,a partir de la fecha que fuese aprobada por la Comisión Permanente de este Poder Legislativo.

En consecuencia, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales consideró viable la propuestaemitida por el Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Chiapas Unido, misma que semenciona con antelación, ya que Cecilia Mejía Monzón, fue registrada en la planilla de candidatos amiembros del Ayuntamiento del municipio de Mapastepec, Chiapas, que contendió en la jornadaelectoral del 19 de Julio del 2015, por el Partido Chiapas Unido; dicha planilla fue publicada en elPeriódico Oficial del Estado, número 188-Ter, de fecha 14 de Julio del 2015; en consecuencia dicha

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Comisión Legislativa acordó que la persona en mención, sea favorecida en la asignación de laRegiduría de Representación Proporcional en el Ayuntamiento de referencia.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Congreso del Estado de Chiapas, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se acepta la renuncia presentada por la ciudadana Emperatriz Montes Manzo, parasepararse del cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido, delAyuntamiento Municipal de Mapastepec, Chiapas; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos119, párrafo primero, de la Constitución Política Local y 22, de la Ley Orgánica Municipal del Estadode Chiapas, se declara la ausencia definitiva al cargo conferido, a partir de la presente fecha.

Artículo Segundo.- Se nombra a la Ciudadana Cecilia Mejía Monzón, para que a partir de la presentefecha, asuma el cargo de Regidora de Representación Proporcional por el Partido Chiapas Unido, en elAyuntamiento Municipal de referencia.

Artículo Tercero.- Se expiden el nombramiento y comunicados correspondientes, para que previaprotesta de ley que rinda ante el Ayuntamiento de cuenta, la munícipe que se nombra, asuma el cargoconferido.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Ayuntamiento Municipal deMapastepec, Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas,en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 02 días del mes de Agosto del 2017.- D. VP. C. Patricia delCarmen Conde Ruiz.- D. S. C. Silvia Lilian Garcés Quiroz.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 21 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas.

miércoles 23 de agosto de 2017 Periódico Oficial No. 313 2a. Sección

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4590Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 232

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargoel siguiente:

Decreto Número 232

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del HonorableCongreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere laConstitución Política Local; y,

C o n s i d e r a n d o

Que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponeque los municipios están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a laLey; asimismo en los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros delos Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o paracelebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo delAyuntamiento.

Que el artículo 2, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, establece que el MunicipioLibre es una Institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política yadministrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territoriodeterminado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar losvalores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.

Asimismo, el artículo 36, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas,indica que es facultad de los Ayuntamientos administrar prudentemente los bienes muebles einmuebles, pudiendo dar en arrendamiento estos últimos por un término que no exceda el de suejercicio legal, y si fuere mayor o se tratare de enajenaciones, permutas, cesiones o gravarlos, serequerirá la previa autorización del Congreso del Estado o de la Comisión Permanente, en su caso. Sineste requisito carece de valor jurídico cualquier acción.

Correlativamente el párrafo segundo del artículo 80, de la citada Ley Orgánica Municipal, establece quelos Ayuntamientos requieren de la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros y de laautorización del Congreso del Estado, para que puedan enajenar, permutar, ceder o gravar de cualquiermodo los bienes inmuebles que formen parte de su patrimonio.

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En uso de las facultades antes mencionadas, mediante oficio número PMT/0207/2017, de fecha 30 deJunio del 2017 y recibido en la oficialía de partes de este Congreso del Estado, el día 03 de Julio delaño en curso, el Ingeniero José Luis Castillejos Vila, Presidente Municipal Constitucional delAyuntamiento de Tonalá, Chiapas, solicita autorización para desincorporar del Patrimonio Municipal,Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos vía donación a favor de igual número de personasde escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de latenencia de la tierra, lotes ubicados en diversas Colonias y Barrios de ese Municipio.

El Ayuntamiento de referencia solicitó a través del oficio mencionado del párrafo que antecede, lacontinuidad a las solicitudes de autorización para las desincorporaciones del patrimonio municipal delos expedientes siguientes:

1.- Copias certificadas de las Actas de Cabildo de las Sesiones Extraordinarias siguientes: Acta deCabildo número 21, de fecha 29 de Diciembre del año 2015, Acta de Cabildo número 31, de fecha 19de Febrero del año 2016, Acta de Cabildo número 45, de fecha 07 de Abril del año 2016, Acta deCabildo número 81, de fecha 22 de Septiembre del año 2016, Acta de Cabildo número 113, de fecha 17de Marzo del año 2017, Acta de Cabildo número 128, de fecha 03 de Mayo del 2017 y Acta de Cabildonúmero 132, de fecha 05 de Mayo del 2017, que contienen los acuerdos de las desincorporaciones delpatrimonio municipal de los Cuarenta y dos (42) lotes, para enajenarlos vía donación a favor deCuarenta y dos (42) personas de escasos recursos económicos, con el objeto de efectuar las donacionesde referencia; personas que se mencionarán en los párrafos subsecuentes del presente considerando.

2.- Copia certificada de la Escritura Pública número Siete Mil Novecientos Cincuenta, Volumen 99, defecha 14 de Agosto de 2001, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Ordoñez Cáceres, NotarioPúblico número 14, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 768, Libro04, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 26 de Octubre del 2001; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de las superficies de 340.00, 400.00, 400.00, 400.00 y 528.30 MetrosCuadrados a desincorporar, de la Colonia Lomas de San Francisco;

3.- Copia certificada de la Escritura Pública número Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Uno, VolumenCXXIII, de fecha 03 de Agosto de 1995, pasada ante la fe del Licenciado Aarón Cisneros López,Notario Público número 48, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 559,Libro 03, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación deTonalá, Chiapas, de fecha 10 de Noviembre del 1995; documento por el cual el citado Ayuntamientoacredita la propiedad municipal de la superficie de 259.44 Metros Cuadrados a desincorporar, de laColonia Democrática Chiapaneca;

4.- Copia certificada de la Escritura Pública número Catorce Mil Doscientos Nueve, Volumen CCXV,de fecha 04 de Junio de 2007, pasada ante la fe del Licenciado Aarón Cisneros Aceituno, NotarioPúblico número 48, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 469, Libro02, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 03 de Julio del 2007; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de la superficie de 120.07 Metros Cuadrados a desincorporar, de la ColoniaPresidentes;

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5.- Original del escrito, de fecha 13 de Octubre del año 2015, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que el lotede terreno de 225.00 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenece al Fundo Legal y es propiedadMunicipal, ubicado en el Barrio Ampliación San Sebastián;

6.- Original del escrito, de fecha 09 de Febrero del año 2016, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que el lotede terreno de 156.63 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenece al Fundo Legal y es propiedadMunicipal, ubicado en la Colonia Evolución;

7.- Original del escrito, de fecha 14 de Julio del año 2016, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que el lotede terreno de 504.00 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenece al Fundo Legal y es propiedadMunicipal, ubicado en el Barrio Nicatàn;

8.- Original del escrito, de fecha 10 de Agosto del año 2016, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que los lotesde terreno con superficies de 263.35, 81.02, 187.10, 204.15, 200.00, 264.21, 187.10, 234.82, 154.27,198.53, 236.60, 244.15, 130.32, 128.84 y 189.10 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenecen alFundo Legal y es propiedad Municipal, ubicados en la Colonia 14 de Septiembre;

9.- Original del escrito, de fecha 15 de Julio del año 2016, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que el lotede terreno de 130.00 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenece al Fundo Legal y es propiedadMunicipal, ubicado en el Barrio las Animas;

10.- Original del escrito, de fecha 10 de Agosto del año 2016, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que los lotesde terreno de 210.99 y 199.50 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenecen al Fundo Legal y espropiedad Municipal, ubicados en la Colonia 14 de Septiembre;

11.- Copia certificada de la Escritura Pública número Doce Mil Treinta y Siete, Volumen CLXXXVI,de fecha 20 de Septiembre del 2003, pasada ante la fe del Licenciado Aarón Cisneros López, NotarioPúblico número 48, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 825, Libro04, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 08 de Diciembre del 2003; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de la superficie de 249.11 Metros Cuadrados a desincorporar, ubicado en laColonia Las Vegas;

12.- Copia certificada de la Escritura Pública número Catorce Mil Doscientos Nueve, Volumen CCXV,de fecha 04 de Junio de 2007, pasada ante la fe del Licenciado Aarón Cisneros Aceituno, NotarioPúblico número 48, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 469, Libro02, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 03 de Julio del 2007; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de la superficie de 120.07 Metros Cuadrados a desincorporar, ubicado en laColonia Presidentes;

miércoles 23 de agosto de 2017 Periódico Oficial No. 313 2a. Sección

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13.- Copia certificada de la Escritura Pública número Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Uno, VolumenCXXIII, de fecha 03 de Agosto de 1995, pasada ante la fe del Licenciado Aarón Cisneros López,Notario Público número 48, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 559,Libro 03, Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación deTonalá, Chiapas, de fecha 10 de Noviembre del 1995; documento por el cual el citado Ayuntamientoacredita la propiedad municipal de las superficies de 300.00 y 282.00 Metros Cuadrados adesincorporar, ubicados en la Colonia Democrática Chiapaneca;

14.- Original del escrito, de fecha 23 de Febrero del año 2017, por medio del cual la Lic. Delia EsmirnaPeña Velázquez, Secretaria Municipal del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, hace constar, que el lotede terreno de 400.00 Metros Cuadrados a desincorporar, pertenece al Fundo Legal y es propiedadMunicipal, ubicado en la Colonia Evolución;

15.- Copia certificada de la Escritura Pública número Nueve Mil Cuatrocientos Ocho, Volumen 110, defecha 28 de Julio de 2004, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Ordoñez Cáceres, Notario Públiconúmero 14, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 749, Libro 04,Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 29 de Septiembre del 2004; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de la superficie de 585.00 Metros Cuadrados a desincorporar, ubicado en laColonia Hermanos Serdán 2ª Sección;

16.- Copia certificada de la Escritura Pública número Nueve Mil Cuatrocientos Ocho, Volumen 110, defecha 28 de Julio de 2004, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Ordoñez Cáceres, Notario Públiconúmero 14, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 749, Libro 04,Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 29 de Septiembre del 2004; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de las superficies de 285.00, 492.00 y 851.00 Metros Cuadrados adesincorporar, ubicados en la Colonia Hermanos Serdán 2ª Sección;

17.- Copia certificada de la Escritura Pública número Nueve Mil Cuatrocientos Ocho, Volumen 110, defecha 28 de Julio de 2004, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Ordoñez Cáceres, Notario Públiconúmero 14, del Estado de Chiapas, dicho documento está Inscrito bajo el número 749, Libro 04,Sección Primera, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Delegación de Tonalá,Chiapas, de fecha 29 de Septiembre del 2004; documento por el cual el citado Ayuntamiento acredita lapropiedad municipal de las superficies de 291.43, 555.00, 323.17, 285.00 y 120.07 MetrosCuadrados a desincorporar, ubicados en la Colonia Hermanos Serdán 2ª Sección;

18.- Copias certificadas de Cuarenta y dos (42) planos de localización, que identifican los lotes deterreno a desincorporar;

19.- Cuarenta y dos (42) copias de credenciales para votar con fotografía, de los Cuarenta y dos (42) beneficiarios;

20.- Originales de Cuarenta y dos (42) escritos, de diversas fechas, por medio de los cuales losCuarenta y dos (42) beneficiarios, solicitaron al Ayuntamiento de cuenta las referidas donaciones;

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21.- Originales de Cuarenta y dos (42) Constancias de no propiedad, emitidas por el Registro Públicode la Propiedad y de Comercio, de los Cuarenta y dos (42) beneficiarios;

22.- Originales de Cuarenta y dos (42) Constancias de escasos recursos económicos, de diferentesfechas, emitidas por el Secretario Municipal del Ayuntamiento de cuenta, a favor de los beneficiarios; y

23.- Originales de Cuarenta y dos (42) Actas de Nacimiento de los beneficiarios.

Las copias certificadas fueron emitidas por la Secretaria Municipal del Ayuntamiento.

Por lo que el oficio número PMT/0207/2017, de fecha 30 de Junio del 2017, mencionado en la parteinicial del párrafo quinto, del presente considerando, fue leído en Sesión Ordinaria de la ComisiónPermanente de esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, celebrada con fecha 05 deJulio de 2017 y otorgándole el trámite legislativo correspondiente, fue turnado con los expedientesrespectivos para su estudio y elaboración del dictamen, a la Comisión de Hacienda.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda consideró, que el Ayuntamiento Municipal de Tonalá,Chiapas, es legítimo propietario de los Cuarenta y Dos (42) lotes de terreno antes mencionados; tal ycomo lo acreditó con los instrumentos jurídicos y Constancias de Fundo Legal, mencionados conantelación; lotes que cuentan con las superficies individuales, ubicación y nombres de los beneficiariossiguientes:

No. NOMBRES DE LOSBENEFICIARIOS

SUPERFICIE ENM2

U B I C A C I Ó NCOLONIA OBARRIO

1 MARÍA DEL ROCIO HERNÁNDEZCORTES

340.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

2 FRANCISCO JAVIER SANCHOS 400.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

3 ADRIAN SANCHO ORTIZ 400.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

4 MARCO ANTONIO SANCHO ORTIZ 400.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

5 ANA KAREN JIMÉNEZ TORRES 528.30 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

6 GABRIEL CORDERO PALACIOS 259.44 M2 D E M O C R A T I C ACHIAPANECA

7 LETICIA DEL CARMEN MORALESSOLORZANO

120.07 M2 PRESIDENTES

8 RAFAEL LÓPEZ GONZALEZ 225.00 M2 AMPLIACIÓN SANSEBASTIAN

9 LESVIA LILIANA HERNÁNDEZDURÁN

156.63 M2 EVOLUCIÓN

10 VERÓNICA DEL CARMEN LÓPEZMEDA

504.00 M2 NICATAN

11 ESPERANZA GUTIÉRRES 263.35 M2 14 DE SEPTIEMBRE

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9

ERNANDEZ12 MERCEDES OVANDO GUTIÉRREZ 81.02 M2 14 DE SEPTIEMBRE13 LEOPOLDO IGNACIO HERNÁNDEZ

SAVALA187.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

14 ADELA MARTINEZ CRUZ 204.15 M2 14 DE SEPTIEMBRE15 MARÍA LUISA MAZA PEREZ 200.00 M2 14 DE SEPTIEMBRE16 MARINA CRUZ PINEDA 264.21 M2 14 DE SEPTIEMBRE17 MARÍA DEYSI RODRÍGUEZ

VALDIVIEZO187.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

18 MARÍA ELDA DE LA CRUZVELAZQUEZ

234.82 M2 14 DE SEPTIEMBRE

19 REYNA LUZ GALINDO 154.27 M2 14 DE SEPTIEMBRE20 ENEYDA RODRÍGUEZ LOPEZ 198.53 M2 14 DE SEPTIEMBRE21 APOLINAR PÉREZ LOPEZ 236.60 M2 14 DE SEPTIEMBRE22 MARÍA ANGELICA VELÁZQUEZ

PEREZ244.15 M2 14 DE SEPTIEMBRE

23 MARÍA DEL ROSARIO PÉREZDURANTE

130.32 M2 14 DE SEPTIEMBRE

24 ANA LAURA HERNÁNDEZ PEREZ 128.84 M2 14 DE SEPTIEMBRE25 SILVIA DE PAZ DURAN 189.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

26 YAZMIN DEL CARMEN ULLOAHERNANDEZ

130.00 M2 LAS ANIMAS

27 MARÍA CIELO CABALLEROANTONIO

210.99 M2 14 DE SEPTIEMBRE

28 JOSÉ LUIS SOLÍS DE LA ROSA 199.50 M2 14 DE SEPTIEMBRE29 JOEL VÁZQUEZ ZAVALA 400.00 M2 EVOLUCION30 MARÍA MABIS LÓPEZ MEDINA 249.11 M2 LAS VEGAS31 GUIEDANI PEÑA MONTAÑO 120.07 M2 PRESIDENTES32 GLENDA JUDITH MUNGUIA

CELAYA300.00 M2 D E M O C R A T I C A

CHIAPANECA33 PEDRO MEDINA CANTORAL 282.00 M2 D E M O C R A T I C A

CHIAPANECA34 KARLA IVETTE GALLEGOS

GONZÁLEZ 585.00 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION35 JESÚS CORTEZ ESPINOSA 285.00 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION36 ADRIANA GUZMAN MARTINEZ 492.00 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION37 ELEUTERIA MONTELLANO

ALONSO851.00 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION38 IMELDA YUDIT AGUILAR GARCIA 120.07 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION39 ADELA MENDOZA ANTONIO 291.43 M2 H E R M A N O S

SERDAN 2ª SECCION

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10

40 CLAUDIA IVETTE CHAVEZ 555.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

41 YANET MENDOZA PEÑA 285.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

42 ANA GABRIELA LORENZANAVAZQUEZ

323.17 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

Es de mencionarse que las fracciones VIII y X del artículo 45, de la Constitución Política Local,establecen que son atribuciones del Congreso del Estado aprobar o desaprobar cualquier compromisopor el que se afecte el Patrimonio de Estado o de los municipios, siempre y cuando sea de notoriobeneficio para la colectividad.

Derivado de todo lo anterior, la Comisión de Hacienda al haber analizado y revisado exhaustivamentecada uno de los documentos que integran los expedientes técnicos de referencia, llegó a la certeza quecumplen plena y satisfactoriamente con las disposiciones legales antes mencionadas y con los requisitosque al efecto dispone el Decreto número 103, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas,número 39, de fecha 26 de Septiembre de 1973, establecidos en la Circular 28, emitida por este PoderLegislativo que desglosa las formalidades para desincorporar bienes inmuebles propiedad de losMunicipios.

Aunado a lo anterior, la Comisión de Hacienda de esta Soberanía Popular, mediante dictamen de fecha06 de Julio del 2017, resolvió por unanimidad de votos de sus miembros presentes, autorizar alHonorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del patrimoniomunicipal, los predios antes mencionados, con el objeto de que esté en condiciones de efectuar lareferida donación.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Honorable Congreso del Estado, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, paradesincorporar del Patrimonio Municipal, Cuarenta y dos (42) lotes de terreno, para enajenarlos víadonación a favor de igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto depromover el ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra, lotes ubicados en diversasColonias y Barrios de ese Municipio. Con las superficies individuales en metros cuadrados de los lotes,ubicación y los nombres de los beneficiarios, que se describen a continuación:

No. NOMBRES DE LOSBENEFICIARIOS

SUPERFICIE ENM2

U B I C A C I Ó NCOLONIA OBARRIO

1 MARÍA DEL ROCIO HERNÁNDEZCORTES

340.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

2 FRANCISCO JAVIER SANCHOS 400.00 M2 LOMAS DE SANFRANCISCO

3 ADRIAN SANCHO ORTIZ 400.00 M2 LOMAS DE SAN

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FRANCISCO4 MARCO ANTONIO SANCHO ORTIZ 400.00 M2 LOMAS DE SAN

FRANCISCO5 ANA KAREN JIMÉNEZ TORRES 528.30 M2 LOMAS DE SAN

FRANCISCO6 GABRIEL CORDERO PALACIOS 259.44 M2 D E M O C R A T I C A

CHIAPANECA7 LETICIA DEL CARMEN MORALES

SOLORZANO120.07 M2 PRESIDENTES

8 RAFAEL LÓPEZ GONZALEZ 225.00 M2 AMPLIACIÓN SANSEBASTIAN

9 LESVIA LILIANA HERNÁNDEZDURÁN

156.63 M2 EVOLUCIÓN

10 VERÓNICA DEL CARMEN LÓPEZMEDA

504.00 M2 NICATAN

11 ESPERANZA GUTIÉRRESERNANDEZ

263.35 M2 14 DE SEPTIEMBRE

12 MERCEDES OVANDO GUTIÉRREZ 81.02 M2 14 DE SEPTIEMBRE13 LEOPOLDO IGNACIO HERNÁNDEZ

SAVALA187.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

14 ADELA MARTINEZ CRUZ 204.15 M2 14 DE SEPTIEMBRE15 MARÍA LUISA MAZA PÉREZ 200.00 M2 14 DE SEPTIEMBRE16 MARINA CRUZ PINEDA 264.21 M2 14 DE SEPTIEMBRE17 MARÍA DEYSI RODRÍGUEZ

VALDIVIEZO187.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

18 MARÍA ELDA DE LA CRUZVELÁZQUEZ

234.82 M2 14 DE SEPTIEMBRE

19 REYNA LUZ GALINDO 154.27 M2 14 DE SEPTIEMBRE20 ENEYDA RODRÍGUEZ LÓPEZ 198.53 M2 14 DE SEPTIEMBRE21 APOLINAR PÉREZ LÓPEZ 236.60 M2 14 DE SEPTIEMBRE22 MARÍA ANGELICA VELÁZQUEZ

PÉREZ244.15 M2 14 DE SEPTIEMBRE

23 MARÍA DEL ROSARIO PÉREZDURANTE

130.32 M2 14 DE SEPTIEMBRE

24 ANA LAURA HERNÁNDEZ PEREZ 128.84 M2 14 DE SEPTIEMBRE25 SILVIA DE PAZ DURAN 189.10 M2 14 DE SEPTIEMBRE

26 YAZMIN DEL CARMEN ULLOAHERNÁNDEZ

130.00 M2 LAS ANIMAS

27 MARÍA CIELO CABALLEROANTONIO

210.99 M2 14 DE SEPTIEMBRE

28 JOSÉ LUIS SOLÍS DE LA ROSA 199.50 M2 14 DE SEPTIEMBRE29 JOEL VÁZQUEZ ZAVALA 400.00 M2 EVOLUCION30 MARÍA MABIS LÓPEZ MEDINA 249.11 M2 LAS VEGAS31 GUIEDANI PEÑA MONTAÑO 120.07 M2 PRESIDENTES

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32 GLENDA JUDITH MUNGUIACELAYA

300.00 M2 D E M O C R A T I C ACHIAPANECA

33 PEDRO MEDINA CANTORAL 282.00 M2 D E M O C R A T I C ACHIAPANECA

34 KARLA IVETTE GALLEGOSGONZÁLEZ

585.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

35 JESÚS CORTEZ ESPINOSA 285.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

36 ADRIANA GUZMAN MARTÍNEZ 492.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

37 ELEUTERIA MONTELLANOALONSO

851.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

38 IMELDA YUDIT AGUILAR GARCIA 120.07 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

39 ADELA MENDOZA ANTONIO 291.43 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

40 CLAUDIA IVETTE CHAVEZ 555.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

41 YANET MENDOZA PEÑA 285.00 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

42 ANA GABRIELA LORENZANAVÁZQUEZ

323.17 M2 H E R M A N O SSERDAN 2ª SECCION

Artículo Segundo.- Es condición expresa que los 42 lotes de terreno objeto del presente ordenamientolegal, deberán destinarse única y exclusivamente vía donación, a favor de las 42 personas de escasosrecursos económicos, mencionadas con sus respectivos lotes, en el artículo anterior, con el objeto deregularizar la tenencia de la tierra, debiendo regularizar dichos lotes en un plazo no mayor de un (1)año, contado a partir de la presente autorización. Asimismo, los 42 beneficiarios deberán destinar elinmueble donado para la construcción de casa-habitación. Así también, estarán impedidos de vender,ceder, hipotecar, embargar, permutar o celebrar otro contrato que tienda a transmitir la propiedad enforma onerosa o gratuita, en un lapso de 5 años contados a partir de la presente autorización. Cualquiercontrato que se celebre contra las presentes disposiciones es nulo de pleno derecho y el lote con todassus mejoras y acciones será revertido al Patrimonio Municipal.

Artículo Tercero.- Se autoriza al Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional deTonalá, Chiapas, para que una vez expedidos los Instrumentos Jurídicos de propiedadcorrespondientes, procedan a inscribirlos ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio delDistrito Judicial que le corresponda.

Artículo Cuarto.- El Honorable Ayuntamiento Municipal de Tonalá, Chiapas, deberá informar en suoportunidad al Honorable Congreso del Estado o a la Comisión Permanente en su caso, del uso quehaga de la presente autorización.

Artículo Quinto.- La presente autorización no exime del fincamiento de responsabilidades que puedarealizar el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, por las irregularidades quecometa el Ayuntamiento de cuenta que tengan relación con el presente asunto.

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Artículo Sexto.- Comuníquese la presente autorización al Ayuntamiento de referencia, para los efectosconducentes.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Ayuntamiento Municipal deTonalá, Chiapas, le dé el debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas,en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 02 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.- D. VP.C. Patricia del Carmen Conde Ruiz.- D. S. C. Silvia Lilian Garcés Quiroz.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 21 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas.

4591

Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 233

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargoel siguiente:

Decreto Número 233

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Local; y,

C o n s i d e r a n d o

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Que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponeque los municipios están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a laLey; asimismo en los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros delos Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o paracelebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo delAyuntamiento.

Que el artículo 2, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, establece que el MunicipioLibre es una Institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política yadministrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territoriodeterminado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar losvalores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.

Asimismo, el artículo 36, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas,indica que es facultad de los Ayuntamientos administrar prudentemente los bienes muebles einmuebles, pudiendo dar en arrendamiento estos últimos por un término que no exceda el de suejercicio legal, y si fuere mayor o se tratare de enajenaciones, permutas, cesiones o gravarlos, serequerirá la previa autorización del Congreso del Estado o de la Comisión Permanente, en su caso. Sineste requisito carece de valor jurídico cualquier acción.

Correlativamente el párrafo segundo del artículo 80, de la citada Ley Orgánica Municipal, establece quelos Ayuntamientos requieren de la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros y de laautorización del Congreso del Estado, para que puedan enajenar, permutar, ceder o gravar de cualquiermodo los bienes inmuebles que formen parte de su patrimonio.

En uso de las facultades antes mencionadas, mediante oficios números PM/SM/015/2017,PM/SM/004/2017, PM/SM/001/2017, PM/SM/052/2017 y PM/SM/081/2017, de fechas 18, 06, y 03 deEnero y 13 de Marzo y 25 de Mayo del año 2017 y recibidos por éste Congreso del Estado, los días 19de Enero, 16 de Marzo y 14 de Junio del 2017, los Licenciados Aristeo Trinidad Nolasco y MiguelÁngel Carrillo Trinidad, Presidente y Secretario Municipal, respectivamente, del Ayuntamiento dePijijiapan, Chiapas, solicitaron autorización para desincorporar del patrimonio municipal, Cuatroterrenos con superficies de 144.60, 326.46, 652.00 y 444.60, todas en metros cuadrados, paraenajenarlos vía donación a favor de Luis Armando Rodríguez Marroquín, Guadalupe Tirado Cruz,Rubelio Baltazar Trinidad Martínez y Elfega Adolfina Villalobos Elgar, personas de escasosrecursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de latierra; predios ubicados en Barrio San Pedro; 5ta. Avenida Sur No. 17; 8a. Norte sin número entre 2ª. Y3ª. Calle Poniente Norte y 1ª. Avenida Sur Oriente sin número, Barrio San Francisco, respectivamente,de ese Municipio.

El Ayuntamiento de referencia le anexó a los oficios antes mencionados, la siguiente documentación:

1.- Copias certificadas de las Actas de las Sesiones Extraordinarias de Cabildo, plasmadas con losnúmeros 041, 064, 088 y 093, de fechas 05 de Abril, 29 de junio, 9 de Diciembre del año 2016 y 05 deEnero de 2017, por medio de las cuales el Cuerpo Edilicio del citado Municipio acordó ladesincorporación del Patrimonio Municipal de los Cuatro terrenos, para efectuar las referidasdonaciones a favor de los ciudadanos LUIS ARMANDO RODRÍGUEZ MARROQUIN,GUADALUPE TIRADO CRUZ, RUBELIO BALTAZAR TRINIDAD MARTÍNEZ y ELFEGA

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ADOLFINA VILLALOBOS ELGAR; en dichas Actas el Ayuntamiento también hizo constar, quelas superficies de terrenos de 144.60, 326.46, 652.00 y 444.60, todas en metros cuadrados adesincorporar, pertenecen al Fundo Legal del citado Municipio;

2.- Copias certificadas de Cuatro escritos, por medio de los cuales las citadas personas solicitaron alAyuntamiento de cuenta, las referidas donaciones;

3.- Copias certificadas de Cuatro Planos Topográficos que identifican los Cuatro lotes de terreno adesincorporar;

4.- Copias certificadas de Cuatro Actas de Nacimiento de los beneficiarios antes mencionados;

5.- Original de Cuatro Constancias de Escasos Recursos Económicos, expedidas por el Ayuntamiento afavor de los Cuatro beneficiarios;

6.- Copias certificadas de las Constancias de no propiedad, emitidas por el Registro Público de laPropiedad y de Comercio, a favor de los Cuatro beneficiarios;

7.- Copias certificadas de Cuatro Credenciales de Identificación con fotografía de los Cuatrobeneficiarios; y

8.- Cuatro escritos en original de diversas fechas, todos signados por el Licenciado Miguel ÁngelCarrillo Trinidad, Secretario Municipal del Ayuntamiento, por medio de los cuales hace constar, quelos Cuatro lotes de terreno pertenecen al Fundo Legal del citado Municipio. Los documentoscertificados fueron emitidos por el Secretario Municipal.

Por lo que, el oficio número PM/SM/081/2017, de fecha 25 de Mayo del año 2017, mencionado en elpárrafo quinto, fue leído en Sesión Ordinaria del Pleno de esta Sexagésima Sexta Legislatura delCongreso del Estado, celebrada con fecha 20 de Junio de 2017, y otorgándole el trámite legislativocorrespondiente, fue turnado con el expediente respectivo para su estudio y elaboración del dictamen ala Comisión de Hacienda.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda consideró, que el Ayuntamiento Municipal de Pijijiapan,Chiapas, es legítimo propietario de las superficies de terrenos antes mencionadas; tal y como lo acreditócon las constancias del Fundo Legal mencionadas con antelación, para ser enajenados vía donación afavor de las personas de escasos recursos económicos que se mencionan nuevamente a continuación:

NÚM. NOMBRES DE LOS BENEFICIARIOSSUPERFIC

IE EN M2

UBICACIÓN

1.- LUIS ARMANDO RODRÍGUEZMARROQUÍN

144.60 M2 Barrio San Pedro

2.- GUADALUPE TIRADO CRUZ 326.46 M2 5ta. Avenida Sur No. 173.- RUBELIO BALTAZAR TRINIDAD

MARTÍNEZ652.00 M2 8a. Norte sin número entre

2ª. Y 3ª. Calle Poniente

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Norte4.- ELFEGA ADOLFINA VILLALOBOS

ELGAR444.60 M2 1ª. Avenida Sur Oriente sin

número, Barrio SanFrancisco

Es de mencionarse que la fracción VIII del artículo 45, de la Constitución Política Local, establecen queson atribuciones del Congreso del Estado aprobar o desaprobar cualquier compromiso por el que seafecte el Patrimonio de Estado o de los municipios, siempre y cuando sea de notorio beneficio para lacolectividad.

Derivado de todo lo anterior, la Comisión de Hacienda de la Sexagésima Sexta Legislatura Local alhaber analizado y revisado exhaustivamente cada uno de los documentos que integran los expedientestécnicos de referencia, llegó a la certeza que cumplen plena y satisfactoriamente con las disposicioneslegales antes mencionadas y con los requisitos que al efecto dispone el Decreto número 103, publicadoen el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, número 39, de fecha 26 de Septiembre de 1973,establecidos en la Circular 28, emitida por este Poder Legislativo que desglosa las formalidades paradesincorporar bienes inmuebles propiedad de los Municipios.

En consecuencia, mediante Dictamen de fecha 22 de Junio de 2017, la Comisión de Hacienda de éstaLegislatura, aprobó por unanimidad de votos de sus miembros presentes, autorizar al HonorableAyuntamiento de Pijijiapan, para desincorporar del patrimonio municipal los lotes de terreno antesmencionados, con el objeto de que esté en condiciones de efectuar las referidas donaciones.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Honorable Congreso del Estado, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Pijijiapan, Chiapas,para desincorporar del Patrimonio Municipal, Cuatro terrenos, para enajenarlos vía donación a favorde igual número de personas de escasos recursos económicos, con el objeto de promover elordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra; predios ubicados en ese Municipio. Con lassuperficies de los terrenos, ubicación y los nombres de los beneficiarios, que se describen acontinuación:

NÚM. NOMBRES DE LOS BENEFICIARIOSSUPERFIC

IE EN M2

UBICACIÓN

1.- LUIS ARMANDO RODRÍGUEZMARROQUÍN

144.60 M2 Barrio San Pedro

2.- GUADALUPE TIRADO CRUZ 326.46 M2 5ta. Avenida Sur No. 173.- RUBELIO BALTAZAR TRINIDAD

MARTÍNEZ652.00 M2 8a. Norte sin número entre

2ª. Y 3ª. Calle PonienteNorte

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4.- ELFEGA ADOLFINA VILLALOBOSELGAR

444.60 M2 1ª. Avenida Sur Oriente sinnúmero, Barrio San

Francisco

Artículo Segundo.- Es condición expresa que los 4 lotes de terreno objeto del presente ordenamientolegal, deberán destinarse única y exclusivamente vía donación, a favor de las 4 personas de escasosrecursos económicos, mencionadas con sus respectivos lotes, en el Artículo anterior, con el objeto deregularizar la tenencia de la tierra, debiendo regularizar dichos lotes en un plazo no mayor de un (1)año, contado a partir de la presente autorización. Asimismo, los 4 beneficiarios deberán destinar elinmueble donado para la construcción de casa-habitación. Así también, estarán impedidos de vender,ceder, hipotecar, embargar, permutar o celebrar otro contrato que tienda a transmitir la propiedad enforma onerosa o gratuita, en un lapso de 5 años contados a partir de la presente autorización. Cualquiercontrato que se celebre contra las presentes disposiciones es nulo de pleno derecho y el lote con todassus mejoras y acciones será revertido al Patrimonio Municipal.

Artículo Tercero.- Se autoriza al Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional dePijijiapan, Chiapas, para que una vez expedidos los Instrumentos Jurídicos de propiedadcorrespondientes, procedan a inscribirlos ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio delDistrito Judicial que le corresponda.

Artículo Cuarto.- El Honorable Ayuntamiento Municipal de Pijijiapan, Chiapas, deberá informar ensu oportunidad al Honorable Congreso del Estado o a la Comisión Permanente en su caso, del uso quehaga de la presente autorización.

Artículo Quinto.- La presente autorización no exime del fincamiento de responsabilidades que puedarealizar el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, por las irregularidades quecometa el Ayuntamiento de cuenta que tengan relación con el presente asunto.

Artículo Sexto.- Comuníquese la presente autorización al Ayuntamiento de referencia para los efectoslegales conducentes.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Ayuntamiento Municipal de Pijijiapan,Chiapas, le dé el debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas,en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 02 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.- D. V. P.C. Patricia del Carmen Conde Ruiz.- D. S. C. Silvia Lilian Garcés Quiroz.- Rúbricas.

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De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 21 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas.

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Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 234

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo

el siguiente:

Decreto número 234.

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política

Local; y,

C o n s i d e r a n d o

Que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponeque los municipios están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a laLey; asimismo en los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros delos Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o paracelebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo delAyuntamiento.

Que el artículo 2, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, establece que el MunicipioLibre es una Institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política yadministrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territoriodeterminado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar losvalores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.

Asimismo, el artículo 36, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas,indica que es facultad de los Ayuntamientos administrar prudentemente los bienes muebles einmuebles, pudiendo dar en arrendamiento estos últimos por un término que no exceda el de su

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ejercicio legal, y si fuere mayor o se tratare de enajenaciones, permutas, cesiones o gravarlos, serequerirá la previa autorización del Congreso del Estado o de la Comisión Permanente, en su caso. Sineste requisito carece de valor jurídico cualquier acción.

Correlativamente el párrafo segundo del artículo 80, de la citada Ley Orgánica Municipal, establece quelos Ayuntamientos requieren de la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros y de laautorización del Congreso del Estado, para que puedan enajenar, permutar, ceder o gravar de cualquiermodo los bienes inmuebles que formen parte de su patrimonio.

En uso de las facultades antes mencionadas, mediante escrito de fecha 18 de Agosto del 2016 y recibidoen la oficialía de partes de este Congreso del Estado, el 19 de Agosto del 2016, el C. Herminio ValdezCastillo, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Reforma, Chiapas, solicita autorización paradesincorporar del patrimonio municipal, un terreno, con superficie de 198.00 metros cuadrados,ubicado en Carretera a Planta de Lodo, Manzana-A, Lote Número 23, Colonia Oscar Torres Pancardo,Zona VIII, del Municipio de Reforma, Chiapas. Para enajenarlo vía donación a favor de la ciudadanaIrma Jani Rivera Rodríguez, persona de escasos recursos económicos, con el objeto de promover elordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra.

El Ayuntamiento de referencia anexó al oficio antes mencionado, la siguiente documentación:

1.- Original del Acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo, número 009/2016, de fecha 15 de Marzodel 2016, por medio de la cual el Cuerpo Edilicio del citado municipio, acordó la desincorporación delPatrimonio Municipal de un terreno, para enajenarlo vía donación a favor de una persona de escasosrecursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularización de la tenencia de latierra, que se mencionará en párrafos subsecuentes del cuerpo del presente ordenamiento;

2.- Copia certificada del contrato de Donación Pura y Simple, de fecha 21 de Septiembre de 2001,inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo los números 245 y 386, libro unode fecha 02 de Octubre del 2001, de la sección primera, de la delegación Pichucalco, Chiapas;documento por el cual el Ayuntamiento acredita la Propiedad Municipal a desincorporar;

3.- Un plano topográfico individual en copia certificada, que identifica el terreno a desincorporar;

4.- Un escrito en original, por medio del cual la persona de escasos recursos económicos, solicitó alGobierno Municipal, la donación del lote en cuestión;

5.- Un Acta de Nacimiento en copia simple, de la persona de escasos recursos económicos;

6.- Una Constancia de Escasos Recursos Económicos en original, a favor de la persona de escasosrecursos económicos;

7.- Una copia simple de la credencial para votar con fotografía de la persona de escasos recursoseconómicos; y

8.- Una Constancia de no propiedad en original, emitida por el Registro Público de la Propiedad y deComercio, a favor de la persona de escasos recursos económicos.

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Por lo que, el escrito mencionado en el párrafo quinto del presente considerando, fue leído en SesiónOrdinaria del Pleno de esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, celebrada con fecha30 de Mayo del 2017 y otorgándole el trámite legislativo correspondiente, fue turnado con elexpediente respectivo para su estudio y elaboración del dictamen, a la Comisión de Hacienda.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda consideró, que el Ayuntamiento Municipal de Reforma,Chiapas, es legítimo propietario del terreno con superficie de 198.00 metros cuadrados, tal y como loacredito con el instrumento jurídico mencionado con antelación; terreno que cuenta con las medidas ycolindancias siguientes:

Al Norte: 10.00 metros, colinda con carretera a Planta de Lodos Pemex.

Al Sur: 10.00 metros, colinda con Lote número 20.

Al Este: 18.43 metros, colinda con Lote número 24.

Al Oeste. 20.00 metros, colinda con Lote número 22.

Derivado de todo lo anterior, la Comisión de Hacienda al haber analizado y revisado exhaustivamentecada uno de los documentos que integran el expediente técnico de referencia, llego a la certeza quecumple plena y satisfactoriamente con las disposiciones legales antes mencionadas y con los requisitosque al efecto dispone el Decreto número 103, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas,número 39, de fecha 26 de Septiembre de 1973, establecidos en la Circular 28, emitida por este PoderLegislativo que desglosa las formalidades para desincorporar bienes inmuebles propiedad de losMunicipios.

Y mediante dictamen de fecha 04 de Julio del 2017, la Comisión de Hacienda de este PoderLegislativo, autorizó por unanimidad de votos de sus miembros presentes, al AyuntamientoConstitucional de Reforma, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, el lote de terrenoantes mencionado, con el objeto de llevar a cabo la referida donación.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Congreso del Estado de Chiapas, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Reforma, Chiapas,para desincorporar del patrimonio municipal, un de terreno, para enajenarlo vía donación a favor de unapersona de escasos recursos económicos, con el objeto de promover el ordenamiento y regularizaciónde la tenencia de la tierra; Predio ubicado en dicha Ciudad. Con la superficie individual del lote enmetros cuadrados, ubicación y el nombre de la beneficiaria, que se describen a continuación:

198.00 metros cuadrados, ubicado en Carretera a Planta de Lodo, Manzana-A, Lote Número 23, de laColonia Oscar Torres Pancardo, Zona VIII, de ese Municipio, a favor de la ciudadana Irma Jani RiveraRodríguez.

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Artículo Segundo.- Es condición expresa que el lote de terreno objeto del presente ordenamiento legal,deberán destinarse única y exclusivamente vía donación, a favor de una persona de escasos recursoseconómicos, mencionada con su respectivo lote, en el artículo anterior, con el objeto de regularizar latenencia de la tierra, debiendo regularizar dicho lote en un plazo no mayor de un (1) año, contado apartir de la presente autorización. Asimismo, la beneficiaria deberá destinar el inmueble donado para laconstrucción de casa-habitación. Así también, estará impedida de vender, ceder, hipotecar, embargar,permutar o celebrar otro contrato que tienda a transmitir la propiedad en forma onerosa o gratuita, en unlapso de 5 años contados a partir de la presente autorización. Cualquier contrato que se celebre contralas presentes disposiciones es nulo de pleno derecho y el lote con todas sus mejoras y acciones serárevertido al Patrimonio Municipal.

Artículo Tercero.- Se autoriza al Presidente y al Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucionalde Reforma, Chiapas, para que una vez expedido el instrumento Jurídico de propiedadcorrespondiente, procedan a inscribirlo ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio delDistrito Judicial al que corresponda.

Artículo Cuarto.- El Honorable Ayuntamiento Municipal de Reforma, Chiapas, deberá informar ensu oportunidad al Honorable Congreso del Estado o a la Comisión Permanente en su caso, del uso quehaga de la presente autorización.

Artículo Quinto.- La presente autorización no exime del fincamiento de responsabilidades que puedarealizar el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, por las irregularidades quecometa el Ayuntamiento de cuenta, que tengan relación con el presente asunto.

Artículo Sexto.- Comuníquese la presente autorización al Ayuntamiento de referencia, para los efectosconducentes.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Ayuntamiento Municipal deReforma, Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas,en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 09 días del mes de Agosto del 2017.- D. P. C. EduardoRamírez Aguilar.- D. S. C. Fabiola Ricci Diestel.- Rúbricas

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 21 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas.

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Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 235

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargoel siguiente:

Decreto Número 235.

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del HonorableCongreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere laConstitución Política Local; y,

C o n s i d e r a n d o

Que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponeque los municipios están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a laLey; así mismo en los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros delos Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o paracelebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo delAyuntamiento.

Que el artículo 2, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, establece que el MunicipioLibre es una Institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política yadministrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territoriodeterminado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar losvalores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.

Así mismo, el artículo 36, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas,indica que es facultad de los Ayuntamientos administrar prudentemente los bienes muebles einmuebles, pudiendo dar en arrendamiento estos últimos por un término que no exceda el de suejercicio legal, y si fuere mayor o se tratare de enajenaciones, permutas, cesiones o gravarlos, serequerirá la previa autorización del Congreso del Estado o de la Comisión Permanente, en su caso. Sineste requisito carece de valor jurídico cualquier acción.

Correlativamente el párrafo segundo del artículo 80, de la citada Ley Orgánica Municipal, establece quelos Ayuntamientos requieren de la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros y de la

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autorización del Congreso del Estado, para que puedan enajenar, permutar, ceder o gravar de cualquiermodo los bienes inmuebles que formen parte de su patrimonio.

En uso de las facultades antes mencionadas, mediante oficio número SM/OE/032/2017, de fecha 17 deMarzo del año 2017, y recibido en la oficialía de partes de este Congreso del Estado, el día 23 de Marzodel año en curso, por medio del cual los Ciudadanos Sonia Adelis Hernández González y PatricioGómez Esquivel, Presidenta y Secretario Municipal del Ayuntamiento de Rayón, Chiapas, solicitanautorización para desincorporar del patrimonio municipal, un terreno con superficie de 2,572.02Metros Cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor la Secretaría de Educación, quien lo destinarápara la construcción del Jardín de Niños y Niñas “Ángel Albino Corzo”, terreno que se encuentraubicado en el Barrio San Antonio, de ese Municipio.

El Ayuntamiento de referencia anexó al oficio antes mencionado, la siguiente documentación:

1.- Copia Certificada del acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo número 13/2016, de fecha 17 deFebrero del año 2016, en la cual el Cuerpo Edilicio del citado Municipio, aprobó la desincorporacióndel patrimonio municipal del terreno de referencia, con el objeto de estar en condiciones de efectuar ladonación antes mencionada;

2.- Copia Certificada del plano topográfico que identifica el predio a desincorporar;

3.- Original del escrito, de fecha 16 de Marzo del 2017, por medio del cual la Profesora María CeciliaTrejo Álvarez, Directora del citado Jardín de Niños y Niñas “Ángel Albino Corzo”, solicitó alAyuntamiento Municipal la donación del terreno, materia del presente ordenamiento; y

4.- Copia certificada de la Escritura Pública Número Seiscientos Veintidós, del Libro Seis, de fecha 09de Abril del Dos Mil Doce, pasada ante la fe del Notario Público número 112 del Estado, Lic. Efrén Caly Mayor Gutiérrez; debidamente inscrito en la sección primera del Registro Público de la Propiedad yde Comercio, Delegación Copainala, Chiapas; bajo el número 208, Libro 1, de fecha 09 de Mayo del2012. Documento por el cual el Ayuntamiento acreditó la propiedad municipal a desincorporar.

Cabe señalar que las copias certificadas fueron emitidas por el Secretario Municipal del Ayuntamientode Rayón, Chiapas.

Por lo que, el oficio número SM/OE/032/2017, mencionado en el párrafo Quinto del presenteconsiderando, fue leído en Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente de esta Sexagésima SextaLegislatura del Congreso del Estado, celebrada con fecha 12 de Julio del 2017, y otorgándole el trámitelegislativo correspondiente, fue turnado con el expediente respectivo para su estudio y elaboración deldictamen, a la Comisión de Hacienda.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda consideró, que el Ayuntamiento Municipal de Rayón,Chiapas, es legítimo propietario de la superficie de terreno antes mencionada, tal y como lo acreditócon el Instrumento Publico mencionado con antelación; terreno que cuenta con las medidas ycolindancias siguientes:

Al Norte: 74.20 metros, y colinda con terreno de la Universidad Tecnológica de la Selva y el SeñorFrancisco Emilio Alamilla Mendoza;

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Al Sur: 46.20 metros, y colinda con Humberto Gómez González y Calle 1ª. Avenida Poniente Norte;

Al Oriente: 44.00 metros, y colinda con 3ª. Calle Poniente y el C. Albino Ortiz; y

Al Poniente: 45.60 metros, y colinda con el C. Francisco Emilio Alamilla Mendoza.

Es de mencionarse que las fracciones VIII y X del artículo 45, de la Constitución Política Local,establecen que son atribuciones del Congreso del Estado aprobar o desaprobar cualquier compromisopor el que se afecte el Patrimonio del Estado o de los Municipios siempre y cuando sea de notoriobeneficio para la colectividad. Así mismo, autorizar al Ejecutivo y a los Ayuntamientos, en cada caso,para que enajenen bienes propiedad del Estado o de los Municipios y hagan donaciones a institucionesde interés público o de beneficencia, en los términos y condiciones que fije el mismo Congreso en Ley.

Derivado de todo lo anterior, la Comisión de Hacienda al haber analizado y revisado exhaustivamentecada uno de los documentos que integran el expediente técnico de referencia, llegó a la certeza quecumple plena y satisfactoriamente con las disposiciones legales antes mencionadas y con los requisitosque al efecto dispone el Decreto número 103, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas,número 39, de fecha 26 de Septiembre de 1973, establecidos en la Circular 28, emitida por este PoderLegislativo que desglosa las formalidades para desincorporar bienes inmuebles propiedad de losMunicipios.

Aunado a lo anterior, la Comisión de Hacienda de esta Soberanía Popular, mediante dictamen de fecha13 de Julio del 2017, resolvió por unanimidad de votos de sus miembros presentes, autorizar alHonorable Ayuntamiento Constitucional de Rayón, Chiapas, para desincorporar del patrimoniomunicipal, el predio antes mencionado, con el objeto de que esté en condiciones de efectuar la referidadonación.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Honorable Congreso del Estado, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Rayón, Chiapas, paradesincorporar del patrimonio municipal, un terreno con superficie de 2,572.02 Metros Cuadrados,para enajenarlo vía donación a favor de la Secretaría de Educación, quien lo destinará para laconstrucción del Jardín de Niños y Niñas “Ángel Albino Corzo”, terreno que se encuentra ubicado en elBarrio San Antonio, de ese Municipio. Con las medidas y colindancias siguientes:

--- Al Norte: 74.20 metros, y colinda con terreno de la Universidad Tecnológica de la Selva y el SeñorFrancisco Emilio Alamilla Mendoza;

--- Al Sur: 46.20 metros, y colinda con Humberto Gómez González y Calle 1ª. Avenida PonienteNorte;

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--- Al Oriente: 44.00 metros, y colinda con 3ª. Calle Poniente y el C. Albino Ortiz; y

--- Al Poniente: 45.60 metros, y colinda con el C. Francisco Emilio Alamilla Mendoza.

Artículo Segundo.- Es condición expresa que la superficie de terreno de 2,572.02 Metros Cuadrados,materia del presente ordenamiento legal, deberá destinarse única y exclusivamente vía donación a favorde la Secretaría de Educación, quien lo destinará para la construcción del Jardín de Niños y Niñas“Ángel Albino Corzo” en Rayón, Chiapas, debiendo construir y regularizar en un plazo no mayor de unaño, contado a partir de la presente autorización, en caso contrario el inmueble se revertirá con todas lasmejoras y acciones al patrimonio municipal.

Artículo Tercero.- Se autoriza al Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional deRayón, Chiapas, para que una vez expedido el Instrumento Jurídico de propiedad correspondiente,procedan a inscribirlo ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Judicial alque corresponda.

Artículo Cuarto.- El Honorable Ayuntamiento Municipal de Rayón, Chiapas, deberá informar en suoportunidad al Honorable Congreso del Estado o a la Comisión Permanente en su caso, del uso quehaga de la presente autorización.

Artículo Quinto.- La presente autorización no exime del fincamiento de responsabilidades que puedarealizar el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, por las irregularidades quecometa el Ayuntamiento de cuenta, que tengan relación con el presente asunto.

Artículo Sexto.- Comuníquese la presente autorización al Ayuntamiento de referencia para los efectosconducentes.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Ayuntamiento Municipal deRayón, Chiapas, le dé el debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas,en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 09 días del mes de Agosto del año dos mil Diecisiete.- D. P. C.Eduardo Ramirez Aguilar.- D. S. C. Fabiola Ricci Diestel.- Rúbricas.

miércoles 23 de agosto de 2017 Periódico Oficial No. 313 2a. Sección

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De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 21 días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas.

ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y

SOBERANO DE CHIAPAS

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