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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: SANTA MARIA DE LA PAZ, ZAC. 2010

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

SANTA MARIA DE LA PAZ, ZAC.

2010

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 8

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 18

BANCOS ............................................................................................................................................................... 20

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 21

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 22

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 24

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 25

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 30

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 30

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 37

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 40

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 40

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 42

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 43

OBRAS CONVENIDAS .......................................................................................................................................... 44

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS ...................................................................................................... 46

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 49

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 50

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 51

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 2 3

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

2 2

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 22

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 2 1

Subtotal 6 28

Acciones Preventivas

Recomendación2 - 29

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal 0 29

TOTAL 6 57

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $12,460,568.65, los cuales se encuentran conformados por $9,180,830.13 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 97.64%. Además de $3,279,738.52 de Aportaciones Federales del Ramo 33, cuyo resultado se tratará en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Sin Observación Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas, son depositados de manera íntegra y cumplen con la normatividad aplicable, salvo las observaciones que se mencionan enseguida.

Resultado AF-02, Observación AF-01 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Del análisis efectuado a los ingresos del mes de enero y seguimiento de observaciones del ejercicio inmediato anterior se verificó que el ente auditado no deposita de manera oportuna los ingresos recaudados, detectándose desfases en los depósitos de los recursos hasta por 69 días.

AF-10/42-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo sucesivo la recaudación diaria de los ingresos sea depositada íntegramente por lo menos el último día hábil de cada semana, en consideración a la distancia del lugar donde el municipio realiza sus operaciones bancarias, el cual se localiza aproximadamente a 25 km de distancia, en la cabecera municipal del Teúl de González Ortega, Zac. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-03, Observación AF-02 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

De la revisión practicada a los ingresos por concepto de Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, se solicitó al municipio la relación de expendios de bebidas alcohólicas misma que al ser revisada y analizada se observó que al comparar los importes mensuales informados por la Tesorería Municipal con los montos reportados por el Departamento de Alcoholes, se detectó una diferencia no relevante, además se verificó que el municipio no aplica el cobro del Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas sobre el Derecho del 10% por concepto de consumo dentro de los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas.

AF-10/42-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, establecer mecanismos de control y conciliación de la recaudación por concepto de Bebidas Alcohólicas a fin de que la información sobre los cobros recaudados por este concepto sea coincidente con los montos reportados por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública, además de aplicar el cobro del 10% adicional en aquellos locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos y realizar el cobro sobre dichos derechos del Impuesto relativo al 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, en conformidad a lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, y IV, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-04, Observación AF-03 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

De la revisión practicada a los ingresos por concepto del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, se solicitó al municipio la relación de cobros por este concepto, misma que al ser revisada y analizada se observó que al comparar los importes mensuales informados por la Tesorería Municipal con los montos reportados por el Departamento de Catastro, se detectó una diferencia informada de más en registros contables, lo cual denota falta de control interno y conciliación entre las área involucradas.

Además se detectó que el ente auditado utiliza como base gravable para su cobro el valor de avalúo en todos los casos informados, incumpliendo con el precepto legal señalado en el artículo 31 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas.

AF-10/42-005 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar conciliaciones periódicas entre los Departamentos de Tesorería y Catastro, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables y, en caso de existir diferencias, investigarlas e integrar la justificación de las mismas en los registros contables, así mismo se recomienda obtener para todas las operaciones de traslado de dominio, el valor declarado por las partes, para que al cotejarlo con el consignado en el avalúo se pueda aplicar el cobro de la tasa señalada en la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, sobre el valor que resulte más alto entre ambos, con el fin de dar cumplimiento al precepto ya señalado. Lo anterior con fundamento en los artículos 4 de la Ley de Ingresos del Municipio, 31 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, así como 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-006 Solicitud de Se solventa y se

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, fue por $12,772,076.98 los cuales se encuentran conformados por $7,889,027.36 de Gasto Corriente con un alcance de revisión de 43.33%. Además de $1,477,101.69 de Obra Pública y $3,405,947.93 de Aportaciones Federales del Ramo 33. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-05, Sin Observación Se verificó que los egresos contabilizados en los estados financieros del municipio reflejaran operaciones efectivamente realizadas, asimismo, se constató que las erogaciones efectuadas contaran con su respectivo soporte documental y se encontraran registradas contable y presupuestalmente, también se comprobó que las erogaciones correspondieran a las actividades propias del municipio, con excepción de las observaciones que se mencionan en seguida:

Resultado AF-06, Observación AF-04 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos por el periodo comprendido del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010, se observó que el municipio realizó una erogación que no presenta soporte documental o comprobación por el orden de $9,934.00, misma que se detalla a continuación:

FECHA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

29-sep-10 5000-01-3801

S/N Gastos de Ceremonia y Orden Social

Al realizar el análisis del rubro 3801.- Gastos de Ceremonia y Orden Social, se presentó póliza de diario no. D00063 por concepto de registro de deuda por vestidos de candidatas, música y maquillista, por el importe de $49,519.00, observándose su pago mediante los cheques 006, 22, 23, 004 y 005, exhibiendo comprobación para los tres primeros por el orden de $20,500.00. Respecto a los cheque 4 y 5 expedidos por $7,169.00 y $21,850.00 se presenta documentación comprobatoria por $85.00 y $19,000.00, observándose faltante en soporte documental por $7,084.00 y

$ 9,934.00

AF-10/42-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al Prof. José Martín Zacarías Serrano y al Prof. Mario Cervantes González, quienes se desempeñaron durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipales respectivamente, por la cantidad de $9,934.00, relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación que justifique la aplicación de los recursos erogados descritos en el Resultado que antecede por el importe ya citado, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$2,850.00 respectivamente, sumando un importe de $9,934.00, por lo que no se comprueba y justifica la totalidad de las erogaciones realizadas.

Total $ 9,934.00

Resultado AF-07, Observación AF-05 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto por el orden de $16,980.00. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

01-mar-10

5000-01-4101

663 Ayudas

Al realizar el análisis del rubro 4101.- Ayudas, se presenta nota de venta sin requisitos fiscales no. 60 expedida en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, por la C. María Fernanda Romero Mercado por concepto de estancia del Sr. Martin Acosta Carrillo durante el mes de marzo, es importante mencionar que no se integra la solicitud del apoyo otorgado, identificación del beneficiario, así como documento alguno que justifique la erogación realizada.

$ 3,380.00

12-mar-10

5000-01-4101

664 Ayudas

Al realizar el análisis del rubro 4101.- Ayudas, se presenta nota de venta sin requisitos fiscales no. 66 expedida en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, por la C. María Fernanda Romero Mercado por concepto de estancia del Sr. Martin Acosta Carrillo durante el mes de abril, es importante mencionar que no se integra la solicitud del apoyo otorgado, identificación del beneficiario, así como documento alguno que justifique la erogación realizada.

5,500.00

21-jun-10

5000-01-3801

771

Gastos de Ceremonia y Orden Social

Al realizar el análisis del rubro 3801.- Gastos de Ceremonia y Orden Social, se observó que el municipio presenta póliza del SACG, póliza de cheque, recibo de egresos 4464 y copia de la credencial de elector de Rosa Eugenia Castañeda Martínez, sin presentar documentación comprobatoria que justifique la erogación realizada, tal es el caso de evidencia fotográfica del citado evento, además de documentación comprobatoria con requisitos fiscales.

8,100.00

AF-10/42-008 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al Profr. Gregorio Aránzazu González y al Profr. Ángel Torres Rivas quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipales respectivamente, por la cantidad de $16,980.00 relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental que justifique y compruebe la aplicación de los recursos erogados, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es importante señalar que el municipio presentó como solventación de Confronta escrito simple por parte de la C. Rosa Eugenia Castañeda Martínez mediante el cual señala que el mariachi contratado cuenta en la actualidad con registro para emitir facturas, sin embargo no se anexo evidencia que respalde su dicho ni justificación del gasto, por lo que la observación subsiste.

Total $ 16,980.00

Resultado AF-08, Observación AF-06 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogación que no se justifica en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto por $9,600.00. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

18-nov-10

5000-01-4204

48 Subsidios y Trasferencias (Escuelas)

Al realizar el análisis del rubro 4204.- Escuelas, se observó lo siguiente: Se otorgo subsidio por concepto de pago de cuatro quincenas y apoyo de gasolina, de lo anterior se presenta póliza de egresos no. E00645, póliza de cheque 48 y facturas 19723 y 19896 de gasolina expedidas por Servicio Estrada´s las cuales suman un importe de $3,000.00, el importe restante corresponde al pago de las quincenas citadas por el orden de $6,600.00, observándose que no justifica el gasto debido a que no presenta soporte documental que avale la aplicación del mismo, así como los beneficiarios del subsidio otorgado.

$ 9,600.00

Total $ 9,600.00

AF-10/42-009 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al Prof. José Martín Zacarías Serrano y al Prof. Mario Cervantes González quienes se desempeñaron durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipal respectivamente, por la cantidad de $9,600.00 correspondiente a erogación que no se justifica en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el último. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa.

Resultado AF-09, Observación AF-07 AF-10/42-010 Recomendación Se recomienda a la

Solventa y se le dará

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones por concepto de sueldos superiores a las autorizadas en la plantilla de personal, por importes no relevantes y consistentes, por lo que se considera que la plantilla de personal se encuentra desactualizada.

Administración Municipal actual, en lo sucesivo apegarse a lo estipulado en la plantilla de personal y/o tabulador de sueldos, o en su caso, actualizar dichos documentos, de conformidad a la percepción real de cada uno de los trabajadores. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185, 186, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-10, Observación AF-08 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión a la muestra seleccionada de egresos, se detectaron diversas comisiones bancarias derivadas de negligencia o descuido en el manejo y administración de los recursos en diferentes cuentas bancarias a nombre del Municipio, por un importe de $2,050.88.

AF-10/42-012 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual, evitar la práctica de expedir cheques sin previamente haber verificado la suficiencia de fondors para cubrirlos, y así evitar cargos por comisiones bancarias que afecten al erario público municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

Se solventa y se le dará seguimiento.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-11, Observación AF-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Mediante la revisión de la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones que presentan documentación comprobatoria incompleta por un importe de $55,350.00, cuyo detalle se presenta a continuación:

FECHA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

02-jul-10 5000-01-4101

1471 Ayudas

Al realizar el análisis del rubro 4101.- Ayudas, se observó que se otorgaron varios apoyos para el pago seguro para la compra de sementales, de lo anterior integran a la documentación comprobatoria, póliza del SACG, póliza de cheque, relación de personas que adquirieron sementales, facturas de compra de sementales del Rancho La Hiedra y Los Toriles, recibos de egresos de los apoyos otorgados, sin embargo no se presentó solicitud del apoyo otorgado.

$ 15,200.00

13-ago-10 5000-01-1201

807 Honorarios y Comisiones

Del análisis realizado a la cuenta 1201.- Honorarios y Comisiones, mediante póliza de egresos no. E00445 de fecha 13 de agosto de 2010, se registro pago por este concepto con cheque no. 807 por la cantidad de $12,500.00, de lo que se presenta como soporte documental recibo

12,500.00

AF-10/42-014 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010, que con relación a las erogaciones descritas en el resultado que antecede por la cantidad de $55,350.00, se presente para efectos de aclaración ante esta Auditoría Superior del Estado la documentación faltante que justifique plenamente el destino y aplicación de los recursos erogados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de egresos 4627 por concepto de pago de servicios profesionales, es importante señalar que no se presenta recibo de honorarios con requisitos fiscales, identificación del beneficiario, informe de los trabajos realizados y documento que justifique la erogación realizada. Cabe señalar que el municipio presenta como solventación de Confronta informe de actividades realizadas por parte del Licenciado Dario Martínez Muro, así como copia del acta de Cabildo número 53 donde se autoriza el pago por la cantidad de $12,500.00, sin embargo la observación persiste en virtud de que el ente auditado no presentó evidencia documental que respalde el citado informe de actividades, así como el comprobante fiscal correspondiente.

26-ago-10 5000-01-4101

N/A Ayudas

Al realizar el análisis del rubro 4101.- Ayudas, se observó que se otorgaron varios apoyos para el pago del seguro para la compra de sementales, de lo anterior integran a la documentación comprobatoria, póliza del SACG, relación de personas que adquirieron sementales, facturas de compra de sementales del Rancho los la Hiedra y Los Toriles, recibo de egreso del apoyo otorgado, sin embargo no se presentó solicitud de la ayuda ni póliza de cheque.

1,150.00

06-sep-10 5000-01-1201

826 Honorarios y Comisiones

Del análisis realizado a la 6,500.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

cuenta 1201.- Honorarios y Comisiones, mediante póliza de egresos no. E00507 de fecha 06 de septiembre de 2010, se registro pago por este concepto con cheque no. 826 por la cantidad de $6,500.00, de lo que se presenta como soporte documental recibo de egresos 4707 por concepto de pago de servicios profesionales, así como contrato de prestación de servicios, sin embargo no se presenta recibo de honorarios con requisitos fiscales, identificación del beneficiario e informe de los trabajos realizados. Cabe señalar que el municipio presentó como solventación de confronta escrito por parte del Lic. Loth Garay Palacios en donde se menciona que el pago por el orden de $6,500.00 corresponde a la realización de de cálculo y asesoría laboral “donde se realizó bono de fin de trienio para presidente J. Ángel Torres Rivas…, sin embargo no se exhibió evidencia que respalde su dicho.

06-sep-10 5000-01-1201

1494 Honorarios y Comisiones

Del análisis realizado a la cuenta 1201.- Honorarios y Comisiones, mediante póliza de egresos no. E05069 de fecha 06 de septiembre de 2010, se registro pago por este concepto con cheque no. 1494 por la cantidad de $20,000.00, de lo que se presenta como soporte documental recibo de egresos 4706 por concepto de pago de servicios profesionales,

20,000.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

identificación del beneficiario, así como contrato de prestación de servicios, sin embargo no se presenta recibo de honorarios con requisitos fiscales e informe de los trabajos realizados. Es importante señalar que el municipio presenta como solventación de confronta acta de Cabildo número 50 de fecha 7 de agosto 2010 en la cual se autoriza el pago de $20,000.00 por pago de honorarios, asimismo se anexa la demanda laboral interpuesta en contra del Presidente Municipal de Santa María de la Paz, Zac. ante el Tribunal de la Contencioso Administrativo, sin embargo no se presenta el documento fiscal correspondiente.

Total $ 55,350.00

Resultado AF-12, Observación AF-10 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Derivado del análisis a la muestra seleccionada de egresos, se detectó dos erogaciones con cargo al presupuesto de egresos que presentaron errores de registro, ya que se utilizó cuentas que no corresponden a la naturaleza del gasto, en virtud de que se contabilizó gastos por concepto de sueldos y compensaciones en el rubro Dieta a Regidores.

AF-10/42-015 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, realizar en lo sucesivo la clasificación y registro de las erogaciones de conformidad a la naturaleza del gasto, con la finalidad de que los Estados Financieros presenten información confiable. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

Se solventa y se le dará seguimiento.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-13, Observación AF-11 Que corresponde a la administración 2010-2013 Al realizar el análisis de la partida de Servicios Personales, se verificó que el municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, informó la prestación de un servicio personal subordinado por parte de la C. Arely Sánchez Bañuelos, verificando que dicha persona percibió una compensación de manera quincenal por la cantidad de $2,000.00, por desempeñarse como Directora de la Casa de la Cultura Municipal, así como compensación por el importe de $2,200.00 quincenales por el cargo de Secretaria del Presidente Municipal, lo anterior durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, observándose el importe $14,500.00 recibida como Directora de la Casa de la Cultura Municipal, en virtud de que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en su artículo 5 fracción XIII indica que los Servidores Públicos deben de abstenerse de desempeñar más de un empleo, cargo o comisión remunerados en el sector público y además dicha prestación no está contemplada y por ende autorizada en la Plantilla de Personal del municipio. El importe anteriormente señalado se detalla a continuación:

CONCEPTO DEL PAGO

2° DE SEP.

1° DE OCT.

2° DE OCT.

1° DE NOV.

2° DE NOV.

1° DE DIC.

2° DE DIC.

TOTAL

COMPENSACION COMO DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA

2,000.00

2,000.00

2,000.00

2,000.00

2,000.00

2,000.00

2,000.00

$14,000.00

BONO DICIEMBRE COMO DIRECTORA

500.00

500.00

TOTAL

$14,500.00

Es importante señalar que mediante acta de Cabildo número 11 de

AF-10/42-017 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la C. Arely Sánchez Bañuelos, asimismo a los CC. Profr. José Martín Zacarías Serrano y Profr. Mario Cervantes González, quienes se desempeñaron durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Directora de la Casa de la Cultura Municipal y Secretaria del Presidente Municipal, así como Tesorero y Presidente Municipales respectivamente, por la cantidad de $14,500.00, en virtud de que los Servidores Públicos deben abstenerse de desempeñar más de un empleo, cargo o comisión remunerados en el sector público, así como por realizar erogaciones no contempladas en la plantilla de personal autorizada, en la modalidad de Responsables Directos los dos primeros y Subsidiario el último de los citados. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5º fracción XIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Se solventa.

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EGRESOS

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fecha 26 de agosto 2011 se señala que la C. Arely Sánchez Bañuelos es autorizada para "ser Secretaria, Tallerista y Directora de Cultura”, sin embargo aún y cuando exista la autorización de Cabildo, los acuerdos emitidos por dicho Órgano Colegiado no deben de contravenir con las disposiciones legales y además dicha autorización se refiere a un hecho consumado por lo que no tiene efecto retroactivo, motivos por el cual la observación subsiste.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $311,508.73 en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

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Resultado AF-14, Sin Observación El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, presentó saldo en Caja por $11,987.37 al 31 de diciembre de 2010 según su Estado de Posición Financiera, el cual está conformado por un Fondo Fijo, así como por los ingresos obtenidos en las cajas recaudadoras, dado que el municipio registra en este rubro previo a su depósito en cuentas bancarias.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-15, Sin Observación El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, muestra un saldo en Bancos por $845,484.71 al 31 de diciembre de 2010 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por siete cuentas bancarias a nombre del ente auditado. Verificándose que no existen cheques firmados en blanco y que se expiden en forma consecutiva de acuerdo a la numeración de los mismos, de lo anterior no se determinaron observaciones relevantes que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Observación AF-12 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado del análisis al rubro de Deudores Diversos, se verificó que el importe del saldo de dicha cuenta al 31 de diciembre de 2010 se situó en $26,155.00, corresponde a Otros Deudores, mismos que se detallan a continuación:

1105-03-0013 Jesús medina por $5,000.00

1105-03-0016 Patronato de la Feria 2011 por $20,000.00

1105-03-0027 Mario Cervantes González por $1,155.00

De lo anteriormente expuesto se observa que el municipio no ha iniciado acciones tendientes a la recuperación de dichos adeudos. Es importante señalar que en solventación de confronta, el municipio presentó copia de los documentos mercantiles que amparan las obligaciones contraídas, mismos que tiene fecha de vencimiento en febrero y marzo de 2011, sin embargo al mes de julio de la misma anualidad no había efectuado su recuperación.

AF-10/42-018 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, recuperar los créditos otorgados cuyos documentos mercantiles ya están vencidos, además se recomienda abstenerse de otorgar nuevos préstamos, en virtud de que los recursos públicos tienen fines específicos definidos en los programas y presupuestos del ente auditado. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracción II, 177 y 181 de la Ley Orgánica del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010 fue por $3’145,201.38, el cual incluye un monto de $24,824.50 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2009 y la disminución de $90,000.00 correspondiente a desincorporación por venta de bienes. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $99,162.25, de las cuales $58,863.25 (59.36%) se realizaron con Recursos Propios y $40,299.00 (40.64%) con Recursos Federales.

Resultado AF-18, Observación AF-14 Que corresponde a la administración 2010-2013 Para efectuar la revisión de los bienes inmuebles propiedad del Municipio de Santa María de la Paz, Zac., se tomó como base la relación emitida por el Municipio, de lo que se pudo observar que existen 7 bienes inmuebles que no están escriturados y en consecuencia tampoco están inscritos ante el registro público de la propiedad y del comercio, los bienes anteriormente señalados se detallan a continuación:

No. DESCRIPCIÓN

Y/O UTILIZACIÓN

UBICACIÓN SUPERFICIE

¿CUENTA CON

ESCRITURAS?

¿SE ENCUENTRA INSCRITO EN

EL REGISTRO

PÚBLICO DE LA

PROPIEDAD?

SI NO SI NO

1 RASTRO MUNICIPAL

AV. LEONA VICARIO

50-00

X

X

2

ESC. PRIMARIA MIGUEL HIDALGO

CALLE ZARAGOZA

00-50-00

X

X

3 COLEGIO CAMPO DEPORTIVO

AV. LEONA VICARIO

1-25-00

X

X

4 CLINICA CALLE

EMILIANO ZAPATA

429 M2

X

X

5

ESC. SECUNDARIA SENADOR BELISARIO DOMINGUEZ

CALLE ITURBIDE

00-51-94

X

X

6 PRESA ISOTE

AL NOROESTE

DE LA CABECERA MUNICIPAL

11-52-73

X

X

7 AUDITORIO MUNICIPAL

CARRETERA FEDERAL

01-94-44

X

X

AF-10/42-022 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual que por conducto del Síndico Municipal, inicie el procedimiento ante las instancias correspondientes para la escrituración de los bienes inmuebles propiedad del municipio y su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, conformando los expedientes respectivos con los documentos que se deriven de estos trámites para su seguimiento, ya que esta observación será sujeta de verificación en revisiones posteriores. Lo antes señalado se encuentra sustentado dentro de los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-01, Sin Observación Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Durante el ejercicio 2010 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $40,299.00, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo IV, las cuales corresponden a equipo de cómputo y comunicación, vehículos y equipo terrestre y maquinaria y equipo de defensa y Seguridad Pública; es conveniente señalar que las adquisiciones antes referidas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de los adeudos del municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas; al 31 de diciembre de 2010, ascendió a un importe de $910,651.06, del cual $362,557.00 corresponde a Deuda Pública a Corto Plazo, $534,133.42 a Proveedores, $4,700.00 a Acreedores Diversos y $9,260.64 a Impuestos y Retenciones por Pagar, detectándose lo siguiente:

Resultado AF-19, Observación AF-15 Que corresponde a la administración 2010-2013 La cuenta de Proveedores presenta un saldo al 31 de diciembre de 2010 por $534,133.42, correspondiente a Proveedores de Obras Públicas. Derivado de la revisión a este rubro, se detectaron saldos sin movimientos en el ejercicio 2010 por la cantidad de $26,910.00 del proveedor José Antonio Carrillo Torres.

AF-10/42-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal efectuar la circularización correspondiente, a efecto de confirmar el saldo con el proveedor José Antonio Carrillo Torres a fin de calendarizar su pago o bien depurarlo, con la finalidad de que su Estado de Posición Financiera presente la situación real, previa autorización del H. Ayuntamiento por lo que será objeto de seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, realizó una modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2010 autorizada en fecha 4 de septiembre de 2010, según acta de Cabildo No. 54. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010, el municipio recaudó y recibió 25.30% menos de lo presupuestado observándose decrementos relevantes en las cuentas de Impuestos, Otros Programas y Ramo 20 y Deuda Pública, además que éstas dos últimas fueron presupuestadas y no tuvieron movimientos; asimismo existe un subejercicio en el presupuesto de Egresos del 23.43%, registrándose desfases de orden relevante en las cuentas de Servicios Generales, Ayudas, Subsidios y Transferencias y Aportaciones Federales, cabe mencionar que la cuenta de Otros Programas y Ramo 20 fue presupuestada y no tuvo movimientos. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, sin embargo el decremento en los Ingresos fue mayor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Resultado AF-20, Observación AF-16 Que corresponde a la administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, presentó en fecha 04 de mayo de 2011 ante la LX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2010, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala los siguiente: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

AF-10/42-026 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante la autoridad competente, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de Santa María de la Paz, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2010. Infringiendo así los artículos 121 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 49 fracción XVI de la Ley Orgánica de Municipio y 5º fracciones I, V y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como los artículos 7 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-21, Observación AF-17 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada al capítulo 1000.- Servicios Personales, se observó que la Administración Municipal de Santa María de la Paz, Zacatecas, concedió empleo, cargo o comisión remunerado a personas que tienen parentesco con miembros del H. Ayuntamiento en los tipos y grados considerados en Ley como nepotismo, durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre del 2010, ya que la C. Griselda Campos Hernández, adscrita al Departamento de Enlace oportunidades es hermana del C. Regidor Adrian Campos Hernández.

Los recursos erogados por el ente auditado durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 a la persona citada, ascienden a la cantidad de $15,147.62, mismo que se detalla en seguida:

POLIZA FECHA CONCEPTO NOMBRE CARGO PARENTESCO DOCUMENTO IMPORTE

E564 30/09/2010

2° QUINCENA DE SEPTIEMBRE

GRISELDA CAMPOS

HERNANDEZ

ENLACE OPORTUNIDADES

HERMANA DEL REGIDOR

ADRIAN CAMPOS

HERNANDEZ

NÓMINA $

1,800.00

E587 15/10/2010

1° QUINCENA DE OCTUBRE

NÓMINA 1,800.00

E605 28/10/2010

2° QUINCENA DE OCTUBRE

NÓMINA 1,800.00

E638 12/11/2010

1° QUINCENA DE NOVIEMBRE

NÓMINA 1,800.00

E658 30/11/2010

2° QUINCENA DE NOVIEMBRE

NÓMINA 1,800.00

E685 14/12/2010

1° QUINCENA DE DICIEMBRE

NÓMINA 1,800.00

E724 30/12/2010

2° QUINCENA DE DICIEMBRE

NÓMINA 1,800.00

AF-10/42-027 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento, Presidente Municipal, Síndico Municipal y Regidores, correspondiente al período del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, por conceder cargo o comisión remunerado a la C. Griselda Campos Hernández, persona que tiene parentesco con un miembro del H. Ayuntamiento. Lo anterior con base en lo previsto en el artículo 5° fracciones I y XXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y artículo 50

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

E698 22/12/2010

AGUINALDO

NÓMINA 2,547.62

TOTAL

$15,147.62

fracción V de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/42-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, dar por terminada a la brevedad posible la relación laboral que tiene con la C. Griselda Campos Hernández, a fin de regularizar la situación constitutiva de nepotismo en que ha incurrido el Ayuntamiento al concederle empleo, cargo o comisión remunerado, toda vez que la mencionada es hermana del Regidor Adrián Campos Hernández, asimismo, evitar en lo sucesivo incurrir en esta irregularidad y con ello prevenir la imposición de las sanciones previstas en la normatividad aplicable para el caso. Se dará seguimiento a esta observación en revisiones posteriores.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Resultado AF-22, Observación AF-18 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la comparación entre la nómina del mes de diciembre de 2010 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS del mismo mes, se detectó que 11 trabajadores del Municipio, no se encuentra inscritos ante algún régimen de seguridad social, así mismo se verificó que existen 5 personas que se encuentran registradas en el IMSS y no fueron ubicadas en la nómina ni en la plantilla de personal.

AF-10/42-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, afiliar ante algún régimen de seguridad social a todos sus trabajadores, así mismo dar de baja a las personas que no tienen relación laboral con el municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/42-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-23, Observación AF-19 Que Corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión a las nóminas del municipio, se verificó que el ente fiscalizado no realiza retenciones del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a sueldos, salarios y conceptos asimilables, así como cálculo del Subsidio al Empleo, incumpliendo con las disposiciones fiscales en materia de sueldos y salarios.

AF-10/42-032 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar las retenciones y entero del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a sueldos, salarios y conceptos asimilables, además de realizar el entero

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

correspondiente y las declaraciones informativas que tiene como obligación. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y XI de la Ley Orgánica del Municipio, 102 segundo párrafo, 113 y 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

AF-10/42-033 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 asciende a $1’939,722.00, la aplicación se llevó a cabo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y fue distribuido de la siguiente manera: $1’842,781.00 para Infraestructura Básica de Obras y Acciones que representa el 95.00%, $58,192.00 a Gastos Indirectos constituyendo el 3.00% y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional por $38,749.00. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 95.16% y revisados documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el 2010 se recibió un monto de $1,118.00 derivado de Rendimientos del ejercicio anterior, los cuales fueron aplicados en adquisición de consumibles para la Dirección de Desarrollo Económico y Social. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-01

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los rubros de Agua Potable, Infraestructura Básica de Salud, Urbanización Municipal, Caminos Rurales, Desarrollo Institucional y Gastos Indirectos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/42-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/42-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-03, Observación PF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 y 2010-2013

Del análisis realizado a las actas de Consejo de Desarrollo Municipal, se corroboró que al momento de autorizar las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo III, éstas no indican el monto presupuestado y/o aprobado para su realización, desconociéndose la distribución y aplicación del monto total del techo financiero autorizado para el municipio.

PF-10/42-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que al momento de autorizar las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo III, éstas indiquen el monto presupuestado y/o aprobado para su aplicación, del monto total del techo financiero autorizado, de tal manera que se maneje un control interno adecuado en la planeación, programación y presupuestación de los mismos, demostrando una correcta aplicación de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/42-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-04, Observación PF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 El Consejo de Desarrollo Municipal autorizó la aplicación de recursos del Fondo III por el orden de $141,550.00 en la obra denominada “Construcción de loza y herrería en Casa de la Cultura”, la cual se considera improcedente, al observar que dicha aprobación y ejecución infringe lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, al no ser aplicados los recursos en obras para la población con rezago social y pobreza extrema.

PF-10/42-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. J. Ángel Torres Rivas e Ing. Jorge Torres Torres, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por autorizar recursos en obras improcedentes por un monto total de $141,550.00, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-05, Observación PF-04 Que corresponde a la administración 2007-2010 De los recursos del Fondo III el municipio realizó erogaciones por un importe total de $58,408.00 para la ejecución de la obra “Adquisición de depósito para agua”, de la cual exhibe como soporte documental factura número 738 de Benjamín Larios Becerra y/o Acarreos Larios de fecha 29 de junio de 2010 por concepto de 17 bultos de cemento, 34 bultos de calidra, 1620 block y 9 m3 de grava-arena por un importe de $13,788.74 y factura número 104773 de Plomehidráulica de Occidente, S.A. de C.V. de fecha 07 de mayo de 2010 por concepto de 36 tinacos y material de fontanería por el orden de $44,619.31, anexando además de acta constitutiva de comité de obra, cotización, reporte fotográfico y acta de

PF-10/42-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo, implemente medidas de control que permitan corroborar que las firmas de recibido por concepto de apoyos, sean coincidentes con las plasmadas en las identificaciones oficiales de los beneficiarios, lo cual permita reflejar un manejo correcto y transparente de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/42-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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entrega-recepción del municipio al comité de obra, faltando presentar lista de beneficiarios con nombre y firma de recibido, anexando copias fotostáticas de identificación oficial de los mismos. Como parte de la solventación de confronta se exhibió relación de los beneficiarios con nombre y firma de recibido y fotocopias de las identificaciones oficiales de los mismos, sin embargo algunas de las firmas de los beneficiarios no son coincidentes con las plasmadas en las identificaciones oficiales. De lo antes citado, el municipio de manifestó lo siguiente: “el motivo por el cual las firmas de los beneficiarios varían, es porque al momento que se acudía a entregar el apoyo al beneficiario no se encontraba en su domicilio y firmaba de recibido algún familiar”. Cabe señalar que dicha obra fue revisada por la Dirección de Obra Pública, corroborando que los tinacos fueron entregados e instalados a la totalidad de los beneficiarios.

Resultado PF-06, Observación PF-05 Que corresponde a la administración 2007-2010 Dentro de la aplicación de recursos provenientes del Fondo III, el municipio aprobó la ejecución de 10 obras por un total de $1’051,369.00 ejecutadas mediante Comité de Obra, para las cuales realizó erogaciones por concepto de adquisición de cemento y grava-arena, presentando como soporte documental facturas, reportes fotográficos y actas de entrega-recepción de las mismas. Sin embargo, no se exhiben vales por la entrega del cemento y material de construcción con nombre y firma de la persona responsable de la ejecución de la obra, cantidad y firma de funcionarios municipales que autorizan, que permitan evidenciar la correcta aplicación de los recursos erogados para estas obras. Con relación a lo anterior, el municipio

PF-10/42-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que con relación a las erogaciones realizadas con Fondo III, se verifique que la documentación comprobatoria que soporte el gasto cumpla con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en específico lo relativo a la vigencia de los documentos exhibidos, de manera que las erogaciones sean soportadas conforme a la normatividad señalada. Asimismo, aún y cuando el comité de obra sea el responsable de la administración de los recursos, se deben implementar medidas de control interno para el suministro de cemento y material de construcción, elaborando los vales y/o recibos debidamente requisitados que indiquen entre otros datos: cantidad, nombre y firma de quien recibe y de los funcionarios municipales que autorizan, lo cual permita

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 34: SANTA MARIA DE LA PAZ, ZAC. 2010El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $12,460,568.65, los cuales se encuentran

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presentó en solventación de confronta escrito simple suscrito por el C. Ing. Jorge Torres Torres, Director de Desarrollo Económico y Social, mediante el cual manifiesta: “…no se tenía un control municipal sobre el manejo de material industrializado (cemento), ya que el recurso económico se entregó total y directo al comité de obra, responsabilizándose cada quien de su dinero y material adquirido…” Además, de la obra denominada “Construcción de huellas vehiculares en comunidad Los Trigos”, se exhibe como soporte factura número 16824 por concepto de adquisición de 1,120 bultos de cemento expedida por el proveedor Constru-Materiales AZTECASA, S.A. de C.V. de fecha 30 de abril de 2010 por el importe de $120,400.00, misma que señala que la fecha de vigencia es del mes de enero del 2010, por lo que la citada factura se presentó caducada, contraviniendo lo establecido en el Código Fiscal de la Federación en los artículos 29 y 29-A.

transparentar el destino y aplicación de los recursos erogados por concepto de adquisición de cemento y grava-arena.

PF-10/42-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-07, Observación PF-06 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo III y dentro del rubro de Gastos Indirectos, se aprobó la adquisición de refacciones y mantenimiento para vehículos por un importe de $10,194.90, soportado con la documentación comprobatoria correspondiente, así como reportes fotográficos de las unidades en las cuales fueron instaladas las llantas. Sin embargo, no exhiben los vales y/o bitácoras de mantenimiento de los vehículos oficiales para los cuales se utilizaron las llantas y el mantenimiento realizado con nombre y firma de la persona responsable que solicita y de los funcionarios municipales que autorizan.

PF-10/42-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual implementar medidas de control interno para el suministro de llantas y mantenimiento, elaborando los vales y/o bitácoras de los vehículos oficiales para los cuales se suministraron debidamente autorizados por los funcionarios responsables así como de la persona responsable que solicita, integrando los mismos al expediente unitario, para efecto de reflejar un manejo correcto y transparente de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/42-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-08, Observación PF-07 PF-10/42-012 Recomendación Subsiste y por lo tanto

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Que corresponde a la administración 2007-2010 En el rubro de Desarrollo Institucional y Rendimientos Financieros del Fondo III se aprobó la adquisición de papelería y consumibles por un importe total de $7,321.51, soportado con la documentación comprobatoria correspondiente, sin embargo no presentaron vales y/o requisiciones que demuestren que los materiales fueron utilizados en actividades propias de la Dirección de Desarrollo Económico y Social debidamente requisitados y autorizados por los Funcionarios Municipales responsables.

Se recomienda a la Administración Municipal actual implementar medidas de control interno para la adquisición de papelería y consumibles, elaborando los vales y/o requisiciones que demuestren que los materiales fueron utilizados en actividades propias de la Dirección de Desarrollo Económico y Social debidamente requisitados y autorizados por los Funcionarios Municipales responsables, para efecto de reflejar un manejo correcto y transparente de los recursos.

no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/42-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-09, Observación PF-08 Que corresponde a la administración 2010-2013 Dentro de la aplicación de recursos provenientes del Fondo III, el municipio aprobó la ejecución de la obra denominada “Construcción de adocreto hidráulico en calle Felipe Ángeles, comunidad San Miguel” por un importe de $63,800.00, para la cual realizó erogaciones mediante el cheque número 5 de fecha 24 de noviembre de 2010 de la cuenta bancaria número 658968411 del Banco Mercantil del Norte, S.A. de C.V., a nombre del proveedor Materiales para el Desarrollo de México S.A. de C.V. por un importe de $63,800.00, soportado con factura número B23240 de fecha 03 de diciembre de 2010 por concepto de adquisición 43.5 toneladas de cemento por el importe antes citado, de las cuales 29 toneladas fueron destinadas para la obra antes citada y 8.05 para ampliación de metas de la Casa de la Cultura, exhibiendo vales por la entrega de 37.05 toneladas de cemento indicando cantidad, nombre y firma de la persona que recibe y autoriza y reportes fotográficos de la realización de las

PF-10/42-014 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual que para efectos de aclaración presente ante esta Auditoría Superior del Estado, listado de las obras realizadas y beneficiarios de los mismos firmado de conformidad y debidamente requisitado indicando nombre, localidad y cantidad de bultos recibidos, así como los vales que justifiquen la entrega y aplicación de 6.45 toneladas de cemento, además de copias fotostáticas de las identificaciones oficiales de los mismos, lo cual permita transparentar el destino y aplicación de los recursos erogados por concepto de adquisición de cemento.

Se solventa.

PF-10/42-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que las erogaciones realizadas por concepto de adquisición de cemento, se presente dentro de la documentación comprobatoria, las facturas, los vales y/o recibos debidamente requisitados por la entrega del cemento que indiquen entre otros datos cantidad, nombre y firma de quien recibe y del funcionario (a) municipal que autoriza, lo cual permita transparentar el destino y aplicación de los recursos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/42-016 Solicitud de Intervención del Se solventa y se le dará

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obras. Asimismo se presentó listado por la entrega de 6.45 toneladas de cemento el que indica obras realizadas y beneficiarios con nombre, localidad y cantidad de bultos recibidos, además de copias fotostáticas de las identificaciones oficiales de los mismos y reportes fotográficos de las obras realizadas, sin embargo, dicha lista carece de firmas de los beneficiarios y de las personas que recibieron cada una de las obras, faltando de exhibir los vales correspondientes a la entrega de cemento por la cantidad antes citada. Como parte de la solventación de confronta, mediante oficio número 43 de fecha 11 de octubre de 2011 suscrito por el Profr. Mario Cervantes González, Presidente Municipal y Profr. Omar Ramírez Ortiz, Director de Desarrollo Económico y Social en el que manifiestan: "se construyen 800 m2 de concreto hidráulico en la calle Felipe Ángeles de la comunidad de San Miguel Tepetitlán, para dicha obra se presupuesta el uso de 29 toneladas de cemento que se adquieren por medio de la Congregación Mariana Trinitaria, por esta compra se recibe un donativo de 14.5 toneladas de cemento más; material que al no requerirse en la misma construcción fue destinado con acuerdo previo del comité de obra para extender metas en otras obras de beneficio colectivo y acciones de mejoramiento de vivienda con personas de escasos recursos… al respecto me permito enviar anexo al presente una relación de personas que recibieron apoyos derivados de solicitudes verbales hechas al presidente, así como algunas evidencias fotográficas de lugares... en el mismo sentido se informa que una parte fue utilizada en la ampliación de metas de la segunda etapa de la casa de cultura... también cabe señalar que una pequeña cantidad a sido utilizada por

Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

seguimiento.

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personal de obras públicas en acciones menores como reparaciones de fugas de agua y bacheo de calles, instalación de juegos..." Asimismo se anexa acta de acuerdo para aplicación de cemento adquirido por donación de fecha 14 de noviembre de 2010, firmado por Presidente del Comité de beneficiarios y el Director de Desarrollo Económico, en el que se aprueba por unanimidad que el donativo de 14.5 toneladas de cemento, sea utilizado para mejoramiento de vivienda y apoyo a otras obras de beneficio colectivo.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $1’032,849.00, la aplicación se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y se destinó conforme a lo siguiente: $721,786.00 para Obligaciones Financieras que representa el 69.88%, $10,177.00 para Seguridad Pública que representa el 0.99%, $267,587.00 para Infraestructura Básica de Obras y Acciones constituyendo el 25.91% y el 3.22% restante para Adquisiciones por $33,299.00. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 82.16% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2010 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $539.00, aplicados en la adquisición de consumibles para oficina para la Dirección de Desarrollo Económico y Social. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-10, Observación PF-09 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los rubros de Obligaciones Financieras, Seguridad Pública e Infraestructura Básica, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/42-017 Recomendación Se recomienda a la Administración actual, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma de decisiones.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/42-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado PF-11, Observación PF-10 Que corresponde a la administración 2010-2013 Del análisis realizado a las actas de Cabildo, se corroboró que al momento de autorizar las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo IV, éstas no indican el monto presupuestado y/o aprobado para su realización, desconociéndose la distribución y aplicación del monto total del techo

PF-10/42-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que al momento de autorizar las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo IV, éstas indiquen el monto presupuestado y/o aprobado para su aplicación, del monto total del

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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financiero autorizado para el municipio. techo financiero autorizado, de tal manera que se maneje un control interno adecuado en la planeación, programación y presupuestación de los mismos, demostrando una correcta aplicación de los recursos.

PF-10/42-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-12, Observación PF-11 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión al auxiliar de bancos del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) se detectó que el municipio presentó subejercicio presupuestal del Fondo IV del ejercicio fiscal 2010 de la cuenta bancaria del Banco Mercantil del Norte, S.A. número 658968390 al 31 de diciembre de 2010, lo que refleja un inadecuado control programático y presupuestal al no realizar las obras y/o acciones dentro del ejercicio fiscal para el que fueron programadas, no logrando cumplir con las metas y objetivos del Fondo y por consecuencia el incumplimiento con lo establecido en los artículos 1, 2, 45 y 54 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 2, 42 y 223 de su Reglamento, así como a los Presupuestos de Egresos Federal, Estatal y Municipal.

PF-10/42-021 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo en la programación, presupuestación y aplicación de los Recursos Federales del Fondo IV, se establezca un sistema de control adecuado que permita el cumplimiento de las metas y objetivos realizando la totalidad de las obras y acciones, dentro del ejercicio fiscal para el cual fueron autorizadas, conforme a lo señalado en la Ley de Coordinación Fiscal, Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Presupuesto de Egresos Federal, Estatal y Municipal.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado PF-13, Observación PF-12 Que corresponde a la administración 2010-2013 Del Fondo IV dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones por concepto de pago de pasivos a proveedores, presentado como soporte documental convenio de prestación de servicios celebrado entre el municipio

PF-10/42-022 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que para la contratación de servicios o compra de bienes para el municipio, se realicen con proveedores ó contratista que se encuentren dados de alta ante la

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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y el prestador de servicios, sin embargo no se exhibe la comprobación de los gastos que reúna los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con su Registro Federal de Contribuyentes respectivo, de manera que se expida la documentación comprobatoria con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, con el fin de no propiciar la evasión fiscal.

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Observación OP-01 Que corresponde a la administración 2010-2013 Para la ejecución del Programa Municipal de Obras (PMO) del ejercicio 2010 se asignó un monto de $1,108,800.00; al cierre del ejercicio 31 de diciembre de 2010, el municipio ejerció la cantidad de $641,372.46 presentando un subejercicio de 42.16%. Así mismo según el informe del mes de diciembre del 2010 presentado por el municipio de las 27 obras programadas, 19 fueron terminadas y 8 no se iniciaron, por lo que se observó incumplimiento en la ejecución de dicho programa. Cabe mencionar que en este programa se consideran obras de mantenimientos, aportaciones, conservaciones y rehabilitaciones.

OP-10/42-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo realicen una planeación real y acorde a las obras que se pueden realizar y al monto disponible, presentando al H. Cabildo en tiempo y forma las modificaciones al monto de cada una de las obras y de la inversión total en lo referente a la cuenta 6000 (obra pública), incluyendo en el acta de aprobación cada una de las modificaciones efectuadas, indicando los montos originales aprobados y los modificados tanto para cada una de las obras como de la inversión total; procedimiento que deberá realizarse de manera coordinada entre la Dirección de Obras Públicas y la Tesorería Municipal, en virtud de que esta aprobación se refiere a una modificación al Presupuesto de Egresos del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-02, Observación OP-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Aportación a obras, en cabecera municipal y comunidades”, se aprobó un monto de $270,000.00 del Programa Municipal de Obras para la realización de varias obras. Cabe mencionar que de las 19 aportaciones se seleccionaron para su revisión dos de ellas, siendo las más representativas: “Suministro e instalación de malla ciclónica en relleno sanitario, Cabecera Municipal” con un monto de $57,386.15 para suministro y colocación de 237.00 m de malla ciclónica de 2.00 m de altura y “Construcción de adocreto en calle constitución, en colonia Nueva Santa María, en Cabecera Municipal” con un monto de $35,200.00 con el cual se adquirieron 22 toneladas de cemento gris. Durante la revisión física realizada el día 28 de septiembre de 2011, la obra “Suministro e instalación de malla ciclónica en relleno sanitario, Cabecera Municipal” se encontró terminada y en operación. Por lo que se refiere a la obra “Construcción de adocreto en calle Constitución, en colonia Nueva Santa María, en Cabecera Municipal” se encontró suspendida, a la fecha de la visita cuenta con un avance un la construcción de 650.00 m2 de piso, detectándose que los niveles de la calle son inadecuados y el escurrimiento de las aguas es excesivo, por lo que las casas del lado sur se inundan, además no es posible bajar más el nivel de la calle debido a que el nivel de las alcantarillas y el agua potable está muy superficial y si se bajaran más las aguas negras no tendrían pendiente suficiente, situación que generó conflicto entre los habitantes de las viviendas, mismo que dio motivo a la suspensión de la obra hasta en tanto se determinen las acciones a seguir para su conclusión.

OP-10/42-002 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, que para efectos de aclaración presente a esta Auditoría Superior del Estado elementos que justifiquen la resolución para suspender la obra “Construcción de adocreto en calle Constitución, en colonia Nueva Santa María, en Cabecera Municipal”, asimismo se informe sobre las acciones tomadas en su momento para que la obra pudiera ser concluida.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

OP-10/42-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual registrar de manera individual la información necesaria en los auxiliares de cada una de las obras del Programa Municipal de Obras, completa, en orden y especificando la meta a ejecutar, de manera que la información presentada por el municipio refleje un adecuado de control del destino de los recursos ejercidos. Asimismo, dar seguimiento al estado que guarda la conclusión de la obra “Construcción de adocreto en calle Constitución, en colonia Nueva Santa María, en Cabecera Municipal”.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-03, Sin Observación Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión física y documental de 16 (dieciséis) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-04, Sin Observación Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

Page 45: SANTA MARIA DE LA PAZ, ZAC. 2010El municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $12,460,568.65, los cuales se encuentran

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

OBRAS CONVENIDAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada se desprende la siguiente observación.

Resultado OP-05, Observación OP-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de pavimento asfáltico en el camino Santa María de la Paz a San Miguel en el km 0+000 al 0+560" se aprobó un monto de $1,000,000.00 de recursos de una aportación extraordinaria para la construcción de 560.00 metros lineales de pavimento asfáltico, cunetas, alcantarilla, losa de concreto y señalamientos. Durante la revisión física realizada el día 28 de septiembre de 2011 la obra se encontró terminada y en operación, sin embargo se observa que el pavimento no cuenta con el espesor contratado que fue de 4.00 cm sino que sólo tiene 1.50 cm de espesor, dando una diferencia de 98.00 m3 de pavimento asfaltico que faltan de aplicar de los 156.80 m3 contratados originando una diferencia de asfalto por aplicar por $186,783.87. Hacemos notar que se detectaron varios baches en la carpeta mismos que deberán ser reparados por parte de la empresa contratista presumiendo que es a causa de la mala compactación. Derivado de la revisión documental se constató que la obra tuvo un costo de $991,746.44, el cual se libero de acuerdo a lo indicado en el siguiente cuadro:

OP-10/42-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Santa María de la Paz, Zac., por la cantidad de $186,783.87 a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal C. Profr. J. Ángel Torres Rivas (Responsable subsidiario), Director de Desarrollo Económico y Social Ing. Jorge Torres Torres (Responsable directo) y Director de Obras y Servicios Públicos C. Profr. Israel Miramontes Carrero (Responsable directo), así como Alma Elida Ávila Cortes (Responsable solidario) por conceptos pagados no ejecutados en la obra “Construcción de pavimento asfáltico en el camino Santa María de la Paz a San Miguel en el km 0+000 al 0+560", realizada mediante el programa Obras Convenidas, consistente en 560.00 ml de pavimentación asfáltica, por haberse contratado un espesor de carpeta de 4.00 cm y sólo haberse aplicado 1.50 cm, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada a la Auditoría Superior del Estado elementos probatorios de su ejecución y reparación de los baches, exhibiendo pruebas de laboratorio de que se realizó la compactación adecuada, memoria fotográfica, acta de ejecución de la obra donde participe el Contralor Municipal y los beneficiarios y demás documentación necesaria para su justificación.

Se solventa.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

OBRAS CONVENIDAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA

0021 0218 10-sep-10 08-sep-10 19,351.91 19,351.91ALBERTO PEÑA

LLAMAS

PAGO PARCIAL DE ESTIMACIÓN No. 07

CONSISTENTE EN SEÑALAMIENTOS AMPARA FACT.

No. 218, PERIODO DEL 4 AL 27 DE AGOSTO 2010.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

0219 10-sep-10 4,000.00

GE-AL

CONSTRUCTORE

S S.A. DE C.V.

PAGO PARCIAL DE ESTIMACIÓN NO. 07 (NÚMERO

SIETE) DE LA OBRA DE PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA

EN EL KM 0+000 AL 0+560 DE SANTA MARÍA DE LA

PAZ A SAN MIGUEL TEPETITLAN.

PERIODO DEL 4 AL

27 DE AGOSTO

2010

0020 0216 10-sep-10 08-sep-10 33,995.74 33,995.74

PAGO DE ESTIMACIÓN No. 6 CORRESPONDIENTE A

LA REALIZACIÓN DE CORTES Y ARROPE DE TALUD

AMPARA FACTURA No.216, PERIODO DEL 8 DE

JUNIO AL 3 DE AGOSTO 2010.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

745 0213 07-jun-10 07-jun-10 100,000.00 242,669.60

ANTICIPO DE PAGO A ESTIMACIÓN No. 5 CONSISTE

EN CARPETA ASFÁLTICA RESPALDADA POR

ESTIMACIÓN Y FACTURA No. 213, PERIODO DEL 19

DE MAYO AL 7 DE JUNIO DE 2010.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

0019 09-sep-10 102,669.60FINIQUITO DE PAGO DE ESTIMACIÓN No. 5 QUE

AMPARA FACTURA No.213.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

0795 03-ago-10 20,000.00

PAGO DE 3ER. ANTICIPO FACTURA 213

PAVIMENTACIÓN TRAMO SANTA MARÍA - SAN

MIGUEL

RECIBO DE

TESORERIA No.

4591

762 18-jun-10 20,000.00PAGO DE 2DO. ANTICIPO DE FACTURA 213 DE

ESTIMACIÓN No. 5 DE CARPETA ASFÁLTICA.

RECIBO DE

TESORERIA No.

4459

742 0212 07-jun-10 07-jun-10 145,594.65 145,594.65

PAGO POR ESTIMACIÓN No. 4 AMPARADA EN

FACTURA No. 212, PERIODO DEL 19 DE MAYO AL 9

DE JUNIO DE 2010.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

744 0210 07-jun-10 07-jun-10 75,803.01 75,803.01

PAGO DE ESTIMACIÓN No.3 CONSISTE EN SUB-BASE

RESPALDADO EN ESTIMACIÓN Y FACTURA No. 210,

PERIODO DEL 19 DE MAYO AL 7 DE JUNIO DE 2010.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

743 07-jun-10 74,853.41

COMPLEMENTO DE PAGO A LA ESTIMACIÓN No. 2 DE

CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIA AMPARA

FACTURA No. 206.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

721 24-may-10 49,000.00

ANTICIPO DE PAGO A ESTIMACIÓN No. 2 DEL 20 DE

MAYO QUE AMPARA FACTURA No. 206 CON

ESTIMACIÓN Y GENERADOR.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

717 205 19-may-10 19-may-10 50,478.12 50,478.12

PRIMERA MINISTRACIÓN PARA AVANCE DE OBRA EN

PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA DE SANTA MARÍA A

SAN MIGUEL FACTURA 205 CON GENERADOR Y

ESTIMACIONES.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

697 0204 29-abr-10 30-abr-10 300,000.00 300,000.00

ANTICIPO DEL 30% DE INICIO DE OBRA

PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA TRAMO SANTA MARÍA -

SAN MIGUEL.

GE-AL

CONSTRUCTORES

S.A. DE C.V.

1137 13-mar-09 17,250.00

ING. JOSÉ

ANTONIO

CARRILLO

TORRES

1.00 KM. DE PROYECTO GEOMÉTRICO DEL CAMINO:

SANTA MARÍA - SAN MIGUEL.

PROYECTOS Y

CONSTRUCCIONES

"LA VILLA".

Total 991,746.44 889,143.03

ALBERTO PEÑA

LLAMAS

OBSERVACIONES

NÚMERO DE: FECHA: IMPORTE BENEFICIARIO

Y/O

PROVEEDOR

DESCRIPCION DE CONCEPTOS:

MATERIAL, MANO DE OBRA Y/O INDIRECTOS.

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SANTA MARIA DE LA PAZ, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 06, Observación OP- 04 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión documental de los expedientes unitarios de obra de las 25 (veinticinco) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en 15 (quince) de las cuales corresponden, 13 (trece) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV y 1 (una) a Obras Convenidas, la falta de documentación técnica y social en los expedientes unitarios tales como: estudios de la obra, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaraciones, actas de apertura de propuestas económica y técnica, dictamen y fallo, catálogo de conceptos contratado, programa de ejecución de la obra, fianza de anticipo, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio, acta de entrega-recepción, fianza de vicios ocultos y finiquito misma que se relaciona a la cédula de documentos que integran el expediente unitario, como se relaciona en la cédula siguiente:

OP-10/42-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente Municipal C. Profr. J. Ángel Torres Rivas, Director de Desarrollo Económico y Social Ing. Jorge Torres Torres y Director de Obras y Servicios Públicos C. Profr. Israel Miramontes Carrero, por no haber integrado los expedientes unitarios de 15 (quince) obras, de las cuales corresponden, 13 (trece) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV y 1 (una) a Obras Convenidas, con la documentación técnica y social que se debe de generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como: estudios de la obra, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaraciones, actas de apertura de propuestas económica y técnica, dictamen y fallo, catálogo de conceptos contratado, programa de ejecución de la obra, fianza de anticipo, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio, acta de entrega recepción, fianza de vicios ocultos y finiquito, no cumpliendo con lo establecido en los artículos 50, 51, 52, 59, 65, 66, 70, 80, 91, 124, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Zacatecas y artículo 18, 35, 70, 86, 88, 88 fracción IV, 98, 101, 102, fracción I, 103, 121 de su Reglamento, artículos 24, 26, 27, 31, 34, 35 bis., 37, 39, 48, 49, 50, 54, 55, 56,

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

57, 58, 64, 66, 72, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y artículos 26, 84, 86, 87, 102 de su Reglamento y por no haber cumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 49 párrafo segundo y tercero y en el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Simbología.- 1 Existe el documento x No existe el documento N/A No aplica

Resultado OP- 07, Observación OP- 05

Que corresponde a la administración 2010-2013

Durante la revisión documental de los expedientes unitarios de las 25 (veinticinco) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en 5 (cinco) de ellas de las cuales corresponden, 3 (tres) al Fondo III y 2 (dos) al Fondo IV, la falta de documentación técnica y social en los expedientes unitarios tales como: proyecto, estudios de la obra, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio y acta de entrega recepción misma que se relaciona en la cédula siguiente:

OP-10/42-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes para llevar a cabo la integración de los expedientes unitarios con toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, estudios de la obra, bitácora, reportes de supervisión, pruebas de laboratorio y acta de entrega recepción, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Federal) y su Reglamento, asimismo para dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 08, Observación OP-06 Que corresponde a la administración 2010-2013 Se observa que en cuanto al Relleno Sanitario el municipio cumple con un 68.4% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, la verificación física de nuestro examen revela que el Relleno Sanitario está ubicado a 5 km con a las afueras del área urbana, tiene un área aproximada de 1,600 m2 y lo consideran como un tiradero, mismo que cuenta con estudios topográficos y geotécnicos que garantizan la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna.

Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con un área de emergencia para la recepción de los residuos sólidos, caseta de vigilancia, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos y materiales, así mismo no se separan los residuos con fines de aprovechamiento y no se cuenta con medidas para que los residuos peligrosos sean admitido, los residuos sólidos no son cubiertos en forma continua, no cuenta con dispositivos de seguridad y planes de contingencia para incendios, sismos, fenómenos meteorológicos y/o derrames accidentales de combustible.

OP-10/42-007 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas aplicables en esta materia e implementar estudios topográficos y geotécnicos, diseñar el drenaje pluvial, área de emergencia, franja de amortiguamiento, caminos de acceso, cerca perimetral, caseta de vigilancia y control, controlar la dispersión de materiales, implementar los mecanismos para que residuos como líquidos, aceites minerales no sean aceptados así como que continúen controlando que los residuos que ingresen sean previamente separados para que al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura se de cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y cumplir con las disposiciones técnicas dispuestas por las dependencias reguladoras.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 09, Observación OP-07 Que corresponde a la administración 2010-2013 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y ; las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene; se observa que cuanto al Rastro el municipio cumple con un 80.8% de la verificación física de nuestro examen revela que el Rastro Municipal se encuentra a las orillas de la cabecera municipal, se observó que es necesario rehabilitar las instalaciones pues comienza a observarse deterioro en la pintura de lugar lo que podría contaminar la carne, no se cuenta con constancia de control de fauna nociva, tampoco se elaboran actas informativas por la comisión municipal de higiene y seguridad, no se tiene se tiene un corral de recepción con báscula, corral de cuarentena, para animales enfermos, sospechosos o caídos, horno de incineración para animales enfermos, por lo tanto el municipio incumple la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115 fracción III inciso c), artículos 25 fracción VIII, 49 fracción XXII inciso e), 74 fracción IX, 64, 100 y 115 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio.

OP-10/42-008 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal se analice la viabilidad de la rehabilitación y construcción de las áreas y dispositivos faltantes en el Rastro Municipal acorde a sus necesidades y que cuente con los permisos de salud que se solicitan para proporcionar a la ciudadanía confiabilidad en el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas:

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

2 0 2 FRR 2

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

2 - - - 2

Solicitud De Aclaración.

2 0 2 FRA 2

TOTAL 6 0 4 6

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

3 0 3 FRR 3

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

2 - - - 2

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

22 21 1 O.I.C 1

Solicitud De Aclaración.

1 0 1 FRA 1

Preventivas

Recomendación 29 25 4 REC 4

TOTAL 57 46 9 11

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1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2010 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.