sanciones libros auxiliares

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Sanciones por no presentar los libros auxiliares.

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CICLO: IIIA

CURSO: CONTABILIDAD III

TEMA: LIBROS AUXILIARES

PROFESOR: AGUILAR SALINAS RAFAEL

ESTUDIANTE: CAMPOS PALMA VANIA

1. HAGA UNA INVESTIGACIN ACERCA DE LA IMPLICANCIA CONTABLE Y TRIBUTARIA ACERCA DE LA UTILIZACIN O NO DE LOS LIBROS AUXILIARES TENIENDO EN CUENTA LA NORMATIVIDAD EXISTENTE.

.El artculo 62del Texto nico Ordenado (TUO) delCdigo Tributario, aprobado pore Decreto Supremo N 135-99-EF ynormas modificatorias, seala que la SUNAT, mediante Resolucin de Superintendencia, establecer el procedimiento para la autorizacin de los libros de actas,los libros yregistros contables uotros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o Resoluciones de Superintendencia vinculados a asuntos tributarios, pudiendo delegar en terceros su legalizacin; y sealar los requisitos, formas, condiciones, y dems aspectos en que debern serllevados los referidos libros y registros, as como los plazos mximos en que debern registrar susoperaciones ;Que por su parte, el numeral 4 del artculo 87 del TUO del Cdigo Tributario y el numeral 5 del artculo 175 de la misma norma, establecen que los deudores tributarios deben llevar libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos por lasleyes, reglamentos o por Resolucin de Superintendencia de la SUNAT, registrando las actividades u operaciones que se vinculen con la tributacin conforme a lo establecido en las normas pertinentes; y que constituye infraccin tributaria relacionada con la obligacin de llevar libros y registros, el llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes los mencionados libros y registros, respectivamente.

2. SEGN LA LEGISLACIN PERUANA, CULES SON LAS INFRACCIONES Y SANCIONES EN QUE INCURRE UNA EMPRESA AL NO OBSERVAR LA APLICACIN DE LOS DIARIOS AUXILIARES OBLIGATORIOS.

INFRACCIONESSANCIONES

Omitir llevar libros o registros contables exigidos por las leyes y reglamentos en la forma y condiciones establecidas por las normas correspondientes120% UIT

Omitir, registrar, ingresar rentas, patrimonio, bienes, ventas y actos gravados o registrados por montos inferiores.100% DEL TRIBUTO OMITIDO

Usar comprobantes o documentos falsos simulados o adulterados parta respaldar las anotaciones en los libros de contabilidad y otros libros o registros100% DEL TRIBUTO OMITIDO

Llevar atraso mayor al permitido Por las normas vigentes los libros de contabilidad u otros registros contables.80% UIT

No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad y otros registros contables, excepto para los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. 40% UIT