salario digno: análisis técnico para su aplicación

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Con el apoyo de: Conversatorio Análisis técnico para su aplicación Invitados - Dr. José Francisco Vacas Dávila Viceministro de Relaciones laborales - Ab. Carlos Pontón Cevallos Socio en FIDESBURó Moderador - Pablo Guevara Rodríguez Socio en FIDESBURó

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Economy & Finance


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Presentación de panelistas conversatorio: "Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación" realizado el martes 27 de marzo. Contamos con la participacion del Viceministro de Relaciones Laborales - Dr. José Francisco Vacas, Ab. Carlos Pontón Cevallos - Socio Fidesburó y como moderador, el Ab. Pablo Guevara - Socio de la firma tributaria FIDESBURó

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Page 1: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Con el apoyo de:

Conversatorio

Análisis técnico para su aplicación

Invitados

- Dr. José Francisco Vacas Dávila Viceministro de Relaciones laborales

- Ab. Carlos Pontón Cevallos Socio en FIDESBURó

Moderador

- Pablo Guevara Rodríguez Socio en FIDESBURó

Page 2: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

¿Qué es el Salario Digno?

Con el apoyo de:

Page 3: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

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Salario Digno y la Constitución

“La remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora, así como las de su familia; será inembargable, salvo para el pago de pensiones por alimentos”. (Art.328, 1er. inciso de Constt.) “La revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo hasta alcanzar el salario digno de acuerdo con lo dispuesto en esta Constitución. El salario básico tenderá a ser equivalente al costo de la canasta familiar…”. (25ta. Disposición Transitoria de Constt.)

Page 4: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

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Definición de Salario Digno

El salario digno mensual es el que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora así como las de su familia, y corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar. El costo de la canasta básica familiar y el número de perceptores del hogar serán determinados por el organismo rector de las estadísticas y censos nacionales oficiales del país, de manera anual, lo cual servirá de base para la determinación del salario digno establecido por el Ministerio de Relaciones laborales. (Art.8 de COPCI)

Page 5: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Salario Digno por el 2011

Salario  Básico  

Unificado  (vigente  2011)  

US$264  mensuales  

 

Salario  Digno          

(fijado  por  2011)  

US$350,70  mensuales  

SBU  2012  US$292  mensuales  

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Page 6: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Salario Básico Unificado vs Salario Digno

“La revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo hasta alcanzar el salario digno de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de la República y en el presente Código”. (Art.81, inciso final de Cód. Trab.)

AñoSalario Básico

UnificadoSalario Digno Diferencia Relación

2001 85,70 182,70 (97,00) 113%2002 104,88 210,19 (105,31) 100%2003 121,91 231,71 (109,80) 90%2004 135,64 242,50 (106,86) 79%2005 150,00 266,52 (116,52) 78%2006 160,00 279,77 (119,77) 75%2007 170,00 288,21 (118,21) 70%2008 200,00 312,72 (112,72) 56%2009 218,00 325,48 (107,48) 49%2010 240,00 336,65 (96,65) 40%2011 264,00 350,70 (86,70) 33%2012 292,00 - 292,00

Page 7: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Componentes para alcanzar el Salario Digno

Fondo de Reserva

Beneficios ($) por contrato colectivo

Contribuciones ($)voluntarias periódicas

Participación a trabajadores

Comisiones variables

13ra. y 14ta. remuneraciones

Sueldo o Salario

Salario Digno

US$350,70

Page 8: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Trabajador que labora con anterioridad a 2011

Ejercicios Salario Digno 2011 Trabajador

Antigüo Ingreso por

Salario Digno

Sueldo Mensual 264,00 282,00 Decimatercera Remuneración mensualizada 21,83 23,21 Decimacuarta Remuneración mensualizada 22,00 22,00 Fondos de Reserva mensualizado 21,99 23,49 Comisiones variables - - Participación de utilidades por 2010 - - Beneficios ($) por contrato colectivo - - Contribuciones ($) voluntarias periódicas - - Total ingresos mensuales 329,82 350,70 Salario Digno mensual en año 2011 350,70 350,70

Compensación económica mensual 20,88 - Compensación económica anual 250,51 -

Page 9: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Trabajador que labora a partir de 2011

Ejercicios Salario Digno 2011 Trabajador

Nuevo Ingreso por

Salario Digno

Sueldo Mensual 264,00 322,41 Decimatercera Remuneración mensualizada 20,17 24,63 Decimacuarta Remuneración mensualizada 3,67 3,67 Fondos de Reserva mensualizado - - Comisiones variables - - Participación de utilidades por 2010 - - Beneficios ($) por contrato colectivo - - Contribuciones ($) voluntarias periódicas - - Total ingresos mensuales 287,83 350,71 Salario Digno mensual en año 2011 350,70 350,70

Compensación económica mensual 62,87 - Compensación económica anual 754,40 -

Page 10: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Obligados a compensar al trabajador por Salario Digno

1.- Empleadores, sean sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad

2.- Empleador que obtenga

utilidades del ejercicio 3.- Haber pagado un anticipo inferior

a la utilidad del ejercicio

Page 11: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

1.- Se liquida a diciembre 31 de cada año. (Art.10 COPCI)

2.- Se paga hasta marzo 31 de cada

año, respecto del ejercicio anterior. (Art.10 COPCI)

3.- La fuente de la compensación, es

el 100% de las utilidades del ejercicio, en caso de ser necesario. (Art.10 COPCI)

Liquidación y pago de la compensación para alcanzar el Salario Digno

Page 12: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Tratamiento legal y tributario sobre el Salario Digno

1.- Deducible del impuesto a la renta para el empleador (Art.10, #9 LRTI)

2.- Exenta del impuesto a la renta del

trabajador (Art.9, #18 LRTI) 3.- No es materia gravada para aportes

al IESS (Art.11 Ley Seguridad Social) 4.- No se incluye para cálculo 13er. sueldo,

fondo de reserva, indemnizaciones y bonificaciones. (Art.95 Cód. Trabajo)

Page 13: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Temas que requieren

aclaración sobre el cálculo y pago del Salario Digno

Con el apoyo de:

Page 14: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

1.- Fuente de la compensación

La fuente de la compensación para alcanzar el salario digno son las utilidades del ejercicio. Qué se entiende por utilidades…?

Utilidad contable = 20.000,00 Participación Trabajadores - 3.000,00 Impuesto causado - 13.272,00 Reserva Legal - 1.000,00 Utilidad neta = 2.728,00

Page 15: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Compensación trabajador nuevo Utilidad 2011

Proporcional de compensación

754,40 X 2.728,00

Límite de compensación

2.728,00Compensación al resto de

trabajadores Utilidad 2011Proporcional de compensación

2.245,60 X 2.728,00

Monto de compensación para todos los trabajadores

686,00=3.000,00Monto de compensación para todos los trabajadores

= 2.042,003.000,00

2.- Pago proporcional de la compensación

Si la compensación es superior a las utilidades, se repartirá de manera proporcional…?

Page 16: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

La compensación para alcanzar el Salario Digno por el ejercicio 2011, que se paga en marzo de 2012, ¿es un gasto deducible para el ejercicio 2011 o para el 2012…? Si es gasto en 2011 = Se debió registrar una provisión? Si es gasto en 2012 = No importa que corresponda a un gasto del ejercicio anterior?

3.- Deducibilidad de la compensación

Page 17: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Rubros Cálculo CSD = UtildadIngresos + 100.000,00 100.000,00

Gasto - 80.000,00 80.000,00

Compensación por Salario Digno - 2.728,00 Utilidad contable = 20.000,00 17.272,00 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.590,80 Ingreso exento - 10.000,00 10.000,00 Gastos no deducibles + 40.000,00 40.000,00 Gastos por exentos + 8.000,00 8.000,00 Gastos por PT + 300,00 300,00 Beneficios tributarios - - - Base imponible = 55.300,00 52.981,20 Impuesto causado 24% 13.272,00 12.715,49 Anticipo IR - 1.000,00 1.000,00 Crédito ISD - - - Retenciones Fuente - 2.000,00 2.000,00 Impuesto a pagar = 10.272,00 10.272,00 Utilidad contable = 20.000,00 17.272,00 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.590,80 Impuesto causado - 13.272,00 12.715,49 Reserva Legal - 1.000,00 1.000,00 Utilidad neta = 2.728,00 965,71

Las condiciones para verse obligado al pago de la compensación se verifican antes de aplicarla al gasto del ejercicio…?

4.- Cumplimiento de condiciones para el pago de la compensación

Page 18: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

La fuente de la compensación para alcanzar el Salario Digno es la utilidad a distribuir a los accionistas…?

5.- Recálculo provoca que la utilidad neta no se aplique en su totalidad al pago de la compensación

Rubros Cálculo CSD = UtildadIngresos + 100.000,00 100.000,00

Gasto - 80.000,00 80.000,00

Compensación 2.728,00 Utilidad contable = 20.000,00 17.272,00 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.590,80 Ingreso exento - 10.000,00 10.000,00

Gastos no deducibles + 40.000,00 40.000,00

Gastos por exentos + 8.000,00 8.000,00

Gastos por PT + 300,00 300,00

Beneficios tributarios - - -

Base imponible = 55.300,00 52.981,20 Impuesto causado 24% 13.272,00 12.715,49 Anticipo IR - 1.000,00 1.000,00 Crédito ISD - - -

Retenciones Fuente - 2.000,00 2.000,00

Impuesto a pagar = 10.272,00 10.272,00

Utilidad contable = 20.000,00 17.272,00 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.590,80 Impuesto causado - 13.272,00 12.715,49 Reserva Legal - 1.000,00 1.000,00 Utilidad neta = 2.728,00 965,71

Page 19: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

6.- Búsqueda del valor de la compensación

Rubros Cálculo CSD = $3mil CSD = $5milIngresos + 100.000,00 100.000,00 100.000,00

Gasto - 80.000,00 80.000,00 80.000,00

Compensación por Salario Digno 3.000,00 4.222,91 Utilidad contable = 20.000,00 17.000,00 15.777,09 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.550,00 2.366,56 Ingreso exento - 10.000,00 10.000,00 10.000,00

Gastos no deducibles + 40.000,00 40.000,00 40.000,00

Gastos por exentos + 8.000,00 8.000,00 8.000,00

Gastos por PT + 300,00 300,00 300,00

Beneficios tributarios - - - -

Base imponible = 55.300,00 52.750,00 51.710,53 Impuesto causado 24% 13.272,00 12.660,00 12.410,53 Anticipo IR - 1.000,00 1.000,00 1.000,00 Crédito ISD - - - -

Retenciones Fuente - 2.000,00 2.000,00 2.000,00

Impuesto a pagar = 10.272,00 10.272,00 10.272,00

Utilidad contable = 20.000,00 17.000,00 15.777,09 Participación Trabajadores - 3.000,00 2.550,00 2.366,56 Impuesto causado - 13.272,00 12.660,00 12.410,53 Reserva Legal - 1.000,00 1.000,00 1.000,00 Utilidad neta = 2.728,00 790,00 (0,00)

Page 20: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Para el cálculo del salario digno se debe considerar lo pagado por concepto de recargo por jornadas nocturnas, horas y recargos por trabajos suplementarios y extraordinarios…?

7.- Ingresos que siendo remuneración no aplican para el salario digno

Page 21: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

ü Son variables por su monto o por su periodicidad…?

ü Las comisiones fijas se encuentran incluidas en el concepto contribuciones voluntarias periódicas hechas en dinero por el empleador a favor de su trabajador…?

ü La periodicidad puede ser anual…?

8.- Ingresos por comisiones variables

Page 22: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

ü El cálculo del ingreso es anual o mensual…?

ü Se considera como ingreso lo pagado o lo provisionado para su pago…?

ü Se considera el fondo de reserva aunque se deposite en el IESS…?

9.- El cálculo para establecer si se recibe el Salario Digno

Page 23: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

1.- El período de vacaciones gozadas se consideran días laborados…?

2.- Se consideran los sábados,

domingos y feriados como días laborados…?

3.- Se consideran 360 días por

año… y si falta 5 días se los debe descontar…?

10.- Días laborados para el pago proporcional de la compensación

Page 24: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

ü Se consideran las faltas

injustificadas al trabajo…?

ü Se considera laborado el tiempo de licencia por maternidad y enfermedad…?

ü Se considera lo pagado durante el tiempo de licencia por maternidad y enfermedad…?

11.- Días laborados para el pago proporcional de la compensación

Page 25: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

ü Debe constar en rol de marzo de 2012…?; y, si se paga en finiquitos…?

ü Debe informarse al MRL…?

ü Tiempo para consignar el pago sobre trabajadores desvinculados…?

ü Sanciones al empleador.

12.- Formalidades para el pago de la compensación

Page 26: Salario Digno: Análisis Técnico para su aplicación

Relatoría del Conversatorio

Con el apoyo de: