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DEPARTAMENTO DEL TOLIMA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “LA REFORMAVEREDA LA REFORMA, ROVIRA CODIGO DANE: 273624000524 NIT: 800247707-1 REGISTRO EDUCATIVO: 16242111 RESOL. REORGANIZACION No. 1023 DEL 12 DE NOV. 2004 RESOL. DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS No. 2165 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2010.- _____________________________________________________________________________________ º MANUAL DE CONVIVENCIA CONTENIDO PRESENTACION: 1. Introducción 2. Justificación 3. Misión 4. Objetivos 4.1 Objetivos Generales 4.2 Objetivos específicos MARCOS DE REFERENCIA: 1. Marco Legal 2. Marco Teórico 3. Preámbulo SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 1. Escudo 2. Bandera 3. Himno CAPITULO I ESTUDIANTES: 1. Perfil de los estudiantes. 2. Derechos de los estudiantes. 3. Deberes de los estudiantes. 4. Estímulos para los estudiantes. 5. Faltas académicas que ameritan medidas especiales 6. Normas para la convivencia estudiantil (Faltas y protocolos). 7. Debido proceso.

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CODIGO DANE: 273624000524 NIT: 800247707-1 REGISTRO EDUCATIVO: 16242111 RESOL. REORGANIZACION No. 1023 DEL 12 DE NOV. 2004

RESOL. DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS No. 2165 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2010.-

_____________________________________________________________________________________

º MANUAL DE CONVIVENCIA

CONTENIDO

PRESENTACION:

1. Introducción2. Justificación3. Misión4. Objetivos

4.1 Objetivos Generales4.2 Objetivos específicos

MARCOS DE REFERENCIA:

1. Marco Legal2. Marco Teórico3. Preámbulo

SIMBOLOS INSTITUCIONALES:

1. Escudo2. Bandera3. Himno

CAPITULO I

ESTUDIANTES:

1. Perfil de los estudiantes.2. Derechos de los estudiantes.3. Deberes de los estudiantes.4. Estímulos para los estudiantes.5. Faltas académicas que ameritan medidas especiales6. Normas para la convivencia estudiantil (Faltas y protocolos).7. Debido proceso.

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CAPITULO II

PROCEDIMIENTO ACADEMICO:

1. Sistema de evaluación2. Medios de evaluación3. Promoción4. Reprobación5. Perdida de cupo

CAPITULO III

EDUCADORES:

1. Perfil de Educador.2. Deberes del Docente.3. Derechos de los Docentes.4. Estímulos para los Docentes.5. Faltas que ameritan medidas especiales.6. Sanciones

CAPITULO IV

PADRES DE FAMILIA:

1. Perfil de los padres.2. Derechos de los padres o acudientes.3. Deberes de los padres de familia.4. Estímulos para los padres de familia.5. Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres.

CAPITULO V OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

1. Obligaciones especiales.2. Obligaciones Fundamentales3. Obligaciones complementarias.4. Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes

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CAPITULO VI

GOBIERNO ESCOLAR.

1. Rector2. Consejo Directivo3. Consejo AcadémicoDEMOCRACIA ESCOLAR• Personero Estudiantil• Consejo Estudiantil• Contralor Estudiantil• Asociación de Padres de Familia

CAPITULO VII

DISPOCISIONES GENERALES:

1. Servicio de Bienestar2. Medios de Comunicación3. Admisiones4. Requisitos5. Matricula6. Procedimiento de Matricula

CAPITULO VIIIMATRICULA

1. Proceso de matrícula

CAPITULO IX

1. Horario2. Uniformes3. Notas para convivir mejor

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PRESENTACION

1. INTRODUCCION:

El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar.

El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, social y recreativa con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa,

El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación de la familia, la Sociedad y el Estado. Además de la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, decreto N° 1965 del 11 de Septiembre de 2013 por el cual se reglamenta la presente Ley que crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar

2. JUSTIFICACION:

El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la Institución Educativa diseñar y ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia y funcionarios administrativos; indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se

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incluyen las funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución.

3. MISION:

La misión de la Institución es la formación de una persona integral que abarca la totalidad de la dimensión humana, en lo físico, mental y espiritual. Esta formación debe ser científica, sistemática y permanente para que propicie el descubrimiento y desarrollo de las potencialidades de los educandos y facilite su completa autorrealización. Los principios, criterios y valores que inspira la filosofía en la Institución Educativa garantizan la acción unificada que tanto los directivos, profesores, personal administrativo, padres de familia y estudiantes deben ejercer en el cumplimiento de sus respectivas funciones; siendo responsables directos en los logros, los aciertos, como también en las faltas y las deficiencias. La integridad de la comunidad debe proporcionar permanentemente su evaluación y progreso.

Por tal razón la Institución Educativa La Reforma tiene como misión “ofrecer al educando una formación integral orientada hacia la práctica de los valores humanos y la participación democrática, lo que conlleva a la construcción de una sociedad activa, dinámica y pacífica”.

VISION

La institución educativa La Reforma busca hacia el año 2015 posesionarse como una institución líder en la formación integral de los educandos que les permita un mayor compromiso social en su región, ofreciendo una cobertura total a los estudiantes en edad escolar, capacitándolos para ingresar al mercado laboral por lo menos con una técnica avalada por el SENA y una clara práctica de los valores en los que se exalte el respeto, la responsabilidad, la tolerancia, la honestidad y el compañerismo.

4. OBJETIVOS

4.1 Objetivo General.

Establecer pactos entre toda la comunidad educativa para alcanzar una convivencia escolar armónica y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar, conservación del medio ambiente fomentando prácticas democráticas para el aprendizaje de principios y valores brindando un conjunto de habilidades y destrezas metodológicas para proyectar la investigación, análisis e identificación de problemas, formulándole alternativas de solución que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la práctica de la educación, para

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poder asumir con responsabilidad y de manera activa el desarrollo autónomo e integral del entorno.4.2 Objetivos específicos.

a- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, padres de familia y docentes contemplados en el presente manual.

b- Propiciar y proporcionar una formación moral, intelectual, democrática, física, la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar y psicológica a sus educandos.

c- Desarrollar aptitudes de trabajo en equipo, concertación y convivencia.

d- Orientar al estudiante hacia la autodisciplina que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle.

MARCOS DE REFERENCIA:

1. MARCO LEGAL

Según la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, decreto N° 1965 del 11 de Septiembre de 2013 por el cual se reglamenta la presente Ley que crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar, y el artículo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se exige: Todo Centro Educativo debe tener como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.

De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia.

Se debe contemplar los siguientes aspectos:

a- Reglas de higiene, personal y salud pública que presentan el bienestar de la comunidad educativa.

b- Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo.

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c- Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

d- Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.

e- Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad.

f- Pautas de presentación personal.

g- Definición de pautas y acuerdos para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos.

h- Reglas para elección de representantes al Consejo Directivo, demás estamentos, y elecciones del personero.

i- Reglas para el uso de la biblioteca escolar.

Parágrafo: además de estas directrices, la institución educativa la reforma ha establecido algunas normas para el buen uso de bienes y recursos.

La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual los siguientes:

Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).

Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 1860)

La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 DEC 1860)

Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 DEC 1860).

Funciones disciplinarias de la Rectoría (Art. 25 DEC 1860)

Las actividades del Gobierno Estudiantil.

Integración del Consejo Directivo (Art. 21 DEC 1860)

Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)

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Asociación de padres de familia (Art. 30)

Consejo de padres de familia (Art. 31) Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)

Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Artic. 17 al 37)

Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Artic. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.

Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Artic. 42 al 45) de la Ley 1098 de 2006.

LINEAMIENTOS Y POLÌTICAS PARA EL COMITÈ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Todas las actividades planes y proyectos de la ruta de atención integral deben ser debidamente documentados.

2. Todos los proyectos de convivencia colar deben construirse a través de la lectura de contexto.

3. Para la elaboración de protocolo debe tenerse en cuenta el marco legal y constitucional.

2. MARCO TEÓRICO

La Institución Educativa, centro de cultura, debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tienen para con la comunidad.

El pacto de convivencia no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la práctica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus más importantes medios de realización personal, la convivencia pacífica, y la solidaridad, entre otros.

Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuáles son las reglas del sistema, porque existen, porque son importantes, que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para

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ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad.

3. PREAMBULO

Este pacto de convivencia es el resultado de un estudio de los principios y normas que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución educativa, incluyen derechos y deberes de los estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana.Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y procedimientos que gobiernan la Institución Educativa, así como de sus responsabilidades. Tal información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la vida estudiantil y a las actividades académicas.

SIMBOLOS INSTITUCIONALES

1. ESCUDO

2. BANDERA

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3. HIMNO AL COLEGIO

CORO

Con orgullo estudiante ReformistaEntonemos un himno sin par,

Que este marco de cerros imponentesLa gloria nos impulsa escalar y escalar

I

En tus aulas los momentos fervientesDe alegrías y ansioso saber

Siempre encienden honor en el alma,Y el camino que se ha de emprender.

II

Exaltar el colegio, ser dignos,Compañeros con cálido amor

Prometimos honrarle por siempreA la sombra de almendros en flor.

III

Adelante a vencer camaradaReformista a la Luz del mañanaCon Valor, con la Fe, con la Vida

Porque somos Aires del Cucuana.

IV

Hasta el fin compañero estudiante

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Con tesón el camino a recorrer!Que en la lucha continua por el triunfoHombre grande y Valiente has de ser.

Autora y Compositora María Ferley Lozano OviedoDocente

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CAPITULO I

LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 1: PERFIL DE LOS ESTUDIANTES. El estudiante de la Institución Educativa debe llegar a ser y caracterizarse por:

a. Crecer como persona íntegra, autónoma y social, capaz de construir su vida mediante la toma de decisiones libres y responsables.

b. Autoestimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con madurez, racionalidad, justicia y honradez.

c. Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea.

ARTICULO 2: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

a. Al iniciar el año escolar el estudiante deberá recibir el Manual de Convivencia.

b. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel.

c. Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas.

d. Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero o Monitor.e. Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya

cometido una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales.

f. Recibir atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de servicio de la Institución.

g. Identificar - Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral.

h. Tener acceso a las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para actividades propias de la vida escolar.

i. Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético.

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j. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad.

k. Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido para ello.

l. Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura.m. Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir

orientación en la búsqueda de soluciones.n. Participar en la implementación, ejecución y evaluación del proyecto

Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.

o. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda opinión ajena.

p. Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor.

q. Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de con las normas fijadas por la Institución.

r. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo en beneficio de su salud y bienestar.

s. Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (proyectos, comités, clubes deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.)

t. A conocer, evaluar y presentar propuestas y sugerencias al Manual de Convivencia.

u. A que se apliquen todos los derechos contemplados en la Constitución Nacional, el Código del Menor, El código de la infancia y la adolescencia Ley 1098 de 2006 y la Ley General de Educación.

v. Conocer las observaciones positivas y/o negativas antes de ser escritas en el seguimiento disciplinario y académico.

w. A presentar las evaluaciones y/o trabajo dos (2) o tres (3) días máximo, después de presentar la justificación correspondiente.

x. Conocer oportunamente las valoraciones obtenidas.y. Recibir formación en aspectos relacionados en salud sexual, derechos

sexuales y reproductivos.z. Conocer los protocolos correspondientes a la ruta de atención integral de

las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos. ”situaciones tipo I, tipo II y tipo III”.

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ARTICULO 3: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

a. Conocer y aplicar el Manual de Convivencia.b. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución.c. Portar el carné estudiantil en buen estado y debidamente exhibido.d. Guardar compostura y civismo en los actos públicos y actividades

comunitarias.e. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores,

compañeros y demás personas vinculadas a la Institución.f. Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras

soeces u otros actos que atenten contra la dignidad de cada uno.g. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para

realizar el trabajo escolar.h. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la

Institución para superar insuficiencias presentadas.i. Facilitar la comunicación Colegio-Familia, entregando a tiempo y a quien

corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas.j. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que

asuman durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, Personería y Contraloría Estudiantil y demás que se vayan creando.

k. Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar.

l. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son bienes de uso común, y responder por los daños ocasionados por descuido o mal uso.

m. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolle sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas.

n. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.

o. Evitar el porte y/o consumo de cigarrillos, sustancias psicotrópicas, bebidas alcohólicas, fósforos, u objetos cortantes que atenten contra la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad.

p. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos.

q. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las mismas.

r. Asumir con responsabilidad su condición de primer responsable de su propia formación cumpliendo con sus obligaciones en la Institución Educativa.

s. Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de educación física de acuerdo a las indicaciones del horario.

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t. Evitar el uso de objetos y accesorios de alto valor. En caso de pérdida la institución no se hace responsable

u. Evitar el uso de celulares, reproductores de música, juegos cuando se esté recibiendo orientaciones pedagógicas.

v. Presentar las excusas correspondientes dos o tres (2 o 3) días hábiles después de la inasistencia en el respectivo formato que se tiene para ello.

w. Representar en todo momento y en todo lugar con honor y dignidad la Institución Educativa LA REFORMA justificando su escogencia por su buen rendimiento académico y Comportamiento.

x. Después de sonar el timbre para salir a la casa, solamente se quedará en el plantel quienes tengan aseo o alguna actividad programada y dirigida por el docente encargado, los demás saldrán directamente a sus hogares.

y. El ingreso a la institución para el uso de las instalaciones deportivas será a partir de las 5:00 p.m. hasta las 9:00 pm.

z. presentar permiso para ausentarse de la Institución por escrito o personalmente y firmado por el padre y/o acudiente, de lo contrario este será negado, solamente se dará en caso de enfermedad.

aa.Considerar como propia su Institución y por lo mismo ser responsable del aseo, la buena presentación, el cuidado y el buen uso de la misma.

bb.Para participar en actividades internas y externas en representación de la Institución de tipo cultural, deportivas y/o recreativas debe: - No tener faltas anotadas en el observador. - Mostrar buen rendimiento académico. - Presentar el permiso por escrito y firmado del padre o acudiente en la fecha fijada - Cumplir con las condiciones de horario y transporte ordenadas por la Institución.

cc. En ausencia de un docente, el estudiante estará en disposición de recibir la clase aunque no esté dentro del horario.

dd.Utilizar los servicios de la tienda escolar solo durante los descansos, en completo orden, formando dos (2) filas en la parte indicada.

ee.Cumplir con los gastos de mantenimiento de los trajes folklóricos, además de darle un buen uso.

ff. Acatar las normas de compromiso establecidas para la sala de audiovisuales y nuevas tecnologías

gg.Recibir el desayuno y almuerzo en forma ordenada, acatando las recomendaciones dadas por el docente de disciplina y las manipuladoras de alimentos.

hh.Dejar en completo orden y aseo el aula de clase y los espacios indicados por los docentes.

ii. Estar a PAZ y Salvo por todo concepto (Derechos Académicos, Biblioteca, Sala de informática, Restaurante escolar, Uniformes deportivos y demás obligaciones con la Institución, para poderse matricular en un grado superior y para cancelar la matrícula.

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Fomentar el hábito de utilizar el descanso para realizar las necesidades fisiológicas.

DEBERES ACADEMICOS.jj. Asistir puntualmente a la Institución y permanecer en todas las clases

de su jornada escolar y actividades programadas teniendo un comportamiento acorde con la actividad.

kk. Interesarse en su propia formación, participando activamente en clase y en actividades que contribuyan a ello.

ll. Traer los útiles e implementos escolares necesarios, para el proceso de enseñanza aprendizaje.

mm. Participar activamente en las clases con actitud de escucha y guardando el debido respeto.

nn.Cuidar los recursos didácticos y en caso de algún daño cancelar la totalidad del valor del mismo, en un plazo máximo de 15 días.

oo.Evitar la evasión de clase e ingresar al aula oportunamente después del descanso.

pp.Atender oportunamente al sonido del timbre.

qq.Presentar en las fechas acordadas la recuperación de actividades pendientes.

rr. Avisar y entregar a los padres de familia o acudientes las citaciones que se les envíen, evitando las falsificaciones de las firmas.

ss. Cumplir puntualmente con sus trabajos, horarios escolares y demás actividades individuales y colectivas, programadas por la institución.

tt. Conocer los logros establecidos para las diferentes áreas al inicio del año de acuerdo con los estándares curriculares.

uu. Cumplir puntualmente y con responsabilidad las obligaciones académicas y horario establecido por la Institución educativa. El director de curso citará al acudiente del estudiante cuando este falle tres (3) días seguidos, para establecer las causas de su inasistencia.

vv.En la solución de dificultades académicas seguir el conducto regular establecido.

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ARTICULO 4: ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES.

La Institución otorga estímulos a los estudiantes que se distinguen por su excelente rendimiento académico, comportamiento social, espíritu de colaboración y que sobresalgan en certámenes sociales, científicos, deportivos y culturales.

Son estímulos y se hacen acreedores a ellos:

Establecer a partir del año 2011 la Condecoración al mejor bachiller de cada año, para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente:

• Haber demostrado buen desempeño académico por lo menos durante los cuatro (4) años anteriores.

• El mejor puntaje obtenido en la prueba saber 11º.

• Haber demostrado buen comportamiento.

• Mostrar evidencias de colaboración Institucional.

• Se otorgará distinción al Mérito Educativo, al estudiante que muestre su deseo de superación ante imposibilidad o limitación física, que le dificulte el estudio.

• Se otorgará distinción al Mérito Deportivo cuando su participación lo haga acreedor a ella.

• Delegados de Honor: los estudiantes que sobresalgan por sus capacidades artísticas, literarias, científicas, deportivas y culturales serán elegidos para representar a la Institución en las diferentes actividades públicas a que fuere invitado.

• Monitor: El estudiante que a juicio del profesor de cada asignatura se distinga por su excelente rendimiento académico, seriedad y buen comportamiento.

• Izarán la bandera los estudiantes que a criterio de los directores de grupo se hayan destacado en cada uno de los períodos académicos, o más destacados en otras actividades.

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• Cuadro de Honor para los estudiantes que según su excelente desempeño académico y disciplinario se hayan destacado en cada uno de los períodos académicos. Se seleccionará un estudiante por grupo.

• Resaltar en las ceremonias de izada de bandera, al curso que a criterio de los profesores presente el mejor rendimiento académico.

PARÁGRAFO 1: Todo estudiante que reciba un estímulo como producto de su esfuerzo y desarrollo de sus capacidades, debe exaltársele el hecho en el observador del estudiante y en acto de comunidad. Así como los demás aspectos positivos de su diario accionar.

FALTAS ACADEMICAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES-FALTAS ACADÉMICAS

Se consideran faltas académicas aquellos comportamientos o actitudes que obstaculizan la adquisición del conocimiento y el aprovechamiento del tiempo en el desarrollo de las actividades pedagógicas y curriculares, éstas se clasifican en leves y graves.

ARTICULO 5. FALTAS ACADÉMICAS LEVES

Son aquellas que se cometen por no cumplir con las labores académicas programadas, evadiendo la responsabilidad. Se consideran las siguientes:

a. Incumplir la presentación de evaluaciones y demás actividades institucionales programadas en las fechas establecidas, salvo excusa oportuna y válida presentada ante el profesor o el coordinador. b. No cumplir con los compromisos académicos determinados en los planes y contenidos de cada asignatura y áreas en procura de alcanzar los logros propuestos.c. Falta de atención en las clases respectivas (empleo del tiempo en leer, estudiar o realizar trabajos que no corresponden a la asignatura).d. No ejercer las monitorias como misión solidaria, responsable y eficiente, cuando le sean asignadas.

ARTICULO 6. PROTOCOLO PARA FALTAS ACADEMICAS LEVES

a. Llamados de atención verbal por parte del docente, haciendo la estrategia pertinente para corregir la falta, dejando evidencia en registro personal del docente.

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b. Si reincide se dejará constancia en el observador del estudiante, proponiendo una nueva estrategia pedagógica.

c. Cuando el estudiante haya cometido tres (3) faltas leves, se hará amonestación escrita por el docente conocedor de las faltas quien informará al director de grupo correspondiente.

d. El director de grado deberá llegar a un acuerdo de cumplimiento de los deberes académicos con el estudiante a fin de mejorar su rendimiento.

Mencionar en este compromiso lo pertinente con la nueva Ley de infancia.

PARAGRAFO: Este procedimiento se aplicará en la sede central; para las demás sedes será responsabilidad del docente encargado.

ARTÍCULO 7. FALTAS ACADÉMICAS GRAVES

Son aquellas faltas que se cometen causando perjuicio material, físico, ético o moral que atentan contra los derechos de las personas y que entorpecen los objetivos y el ambiente institucional.

Se consideran faltas académicas graves:

a. La reincidencia de faltas leves por tres o más veces.b. Falsificar, suplantar, cometer fraude en cualquier tipo de documento como evaluaciones, firmas de padres de familia, trabajos a realizar.c. Inasistencia a clase injustificada por dos o más veces en el mes. d. Reiterado bajo rendimiento académico por incumplir las responsabilidades acordadas al inicio del periodo.e. Incumplir las actividades académicas de refuerzo programadas en la sexta semana de cada periodo.

ARTICULO 8. PROTOCOLO PARA FALTAS ACADÉMICAS GRAVES

Cuando un estudiante ha incurrido en faltas académicas graves se procederá de la siguiente forma:

a. El docente o director de grupo, conocedor de una falta académica grave cometida por el estudiante, deberá reportar el suceso en el observador e informar inmediatamente a la coordinación, quien procederá a citar al o los padre(s) de familia o acudiente(s) de los estudiantes implicados, en un término de 24 horas para analizar los hechos, hacer los descargos, aplicar un correctivo pedagógico, que deberá realizar en un término máximo de tres días hábiles, cumpliendo además en este tiempo con sus

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responsabilidades académicas normales, según la gravedad de la falta y además suscribir un compromiso compartido por cada grupo familiar, (padre – hijo, acudiente – acudido).

b. En los casos en los que los padres de familia o acudientes incumplan por tres veces (3) seguidas los requerimientos de la coordinación, ésta deberá remitir el caso o los casos al comité escolar de convivencia.

c. Toda reincidencia por parte de estudiantes o incumplimiento de los compromisos suscritos por padres de familia o acudientes, aún después de aplicados los correctivos pedagógicos, deberá ser presentado el caso al comité escolar de convivencia, quien analizara el caso y buscara la posible solución.

d. Luego que el comité escolar de convivencia agote la ruta de atención integral remitirá el caso a la Rectoría de la Institución, debidamente sustentado, para que en un término máximo de 5 días hábiles proceda, de manera pertinente, a aplicar los correctivos o sanciones de rigor.

e. Si el estudiante presenta deficiencias en tres o más áreas al final de cada periodo, después de asignados los trabajos de refuerzo, será remitido a la comisión de evaluación y promoción para que determine las causas de la insuficiencia y aplique las estrategias necesarias para superar la deficiencia.

f. Toda falta grave debe ser consignada en el Observador siguiendo el protocolo pertinente.

NORMAS PARA LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 9: FINES DE LA DISCIPLINA EN LA INSTITUCIÓN

Encaminar al estudiante hacia el logro de hábitos de comportamiento social y en la aprehensión de valores religiosos, éticos, morales, familiares y sociales que permitan una convivencia acorde a la comunidad escolar, familiar y de la sociedad en general que lo lleve a su autoformación. Estimular al educando en su actuar como persona, como estudiante y como miembro de una comunidad.

Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e interculturalidad en la formación para los derechos humanos, la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.

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Informar al padre de familia o acudiente sobre la organización interna de la institución y sus deberes como educadores de sus hijos con lo que se pretende la identificación; institución – hogar.

Cuando un caso disciplinario requiera de ser atendido por el comité escolar de convivencia, este deberá tener en cuenta la clasificación de la falta de acuerdo al tipo a la cual pertenezca (Tipo I, Tipo II, Tipo III) y procederá según el protocolo de atención integral, el cual cuenta como mínimo de cuatro componentes: promoción, prevención, atención y seguimiento1

ARTÍCULO 10: FALTAS DE DISCIPLINA LEVES

Son las que se cometen por un impulso natural, como respuesta a un estímulo exterior sin perjuicio material, físico, ético o moral para los demás. Se consideran faltas leves:

a. Retardos en la llegada a la institución y a las actividades programadas.b. Consumir alimentos en horas de clase o en formación.c. Salir de los salones en cambios de clase.d. Portar el uniforme de educación física o de diario cuando no corresponde o de manera inadecuada.e. Comprar en la tienda escolar en horas de clase.f. Dejar en desorden el salón de clases.g. Arrojar basura fuera de los lugares indicados.h. Incumplir las normas de comportamiento en las dependencias de la institución.i. Llegar tarde a los salones después de los descansos, cambio de aula u otras actividades.j. Utilizar dentro de la institución objetos que interfieran el normal desarrollo de las clases.k. Promover y participar en rechiflas, saboteos y silbatinas.l. Permanecer dentro del aula de clases en horas de descansom. Impuntualidad a la hora de formación general.n. Realizar actos de indisciplina que interrumpan el orden de la clase.ñ. Entrar a la sala de profesores u oficinas administrativas y demás dependencias sin la debida autorización.o. Utilizar elementos como: cachuchas (en el aula de clase o en formación), collares, aretes, busos o camisetas de colores, maquillaje, celulares, equipos de audio portátiles.p. No firmar los llamados de atención.q. Mal comportamiento en las rutas escolares.

1 Según el artículo 29 y 30 de la ley 1620 de 2013

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r. Ingresar o hacer uso de las unidades sanitarias que no les corresponde según su género.s. Atentar de contra la flora, fauna y recursos naturales de su entornot. Permanecer en la sala de informática o biblioteca en hora de descanso sin presencia de un docente.u. Todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida

PARÁGRAFO 1: Las faltas leves serán investigadas por cualquier autoridadeducativa de la Institución, por los docentes que tengan conocimiento de ellas o en su defecto por el director de grupo y el profesor de disciplina quienes podrán iniciar acciones pertinentes con base en las quejas recibidas y pruebas aportadas.

ARTÍCULO 11. PROTOCOLO PARA LAS FALTAS DE DISCIPLINA LEVES

a. Llamado de atención verbal al estudiante implicado por el docente que haya presenciado la falta con anotación en el observador citando además el o los artículos del pacto de convivencia infringidos, especificando la falta.

b. Cuando el estudiante no ingrese a clase o se salga de ella sin permiso, deberá averiguar el tema visto y responder al docente en la siguiente clase.

c. Cuando el estudiante incumple con un trabajo asignado, deberá entregarlo según lo estipulado en el acuerdo pedagógico y su valoración será con desempeño BASICO.

d. Si el estudiante incumple actividades programadas, deberá prestar un servicio social a la Institución, previo acuerdo con el Docente encargado de dicha actividad.

e. Cuando un estudiante haya acumulado tres (3) faltas leves se le hará amonestación escrita en el observador y se le debe informar inmediatamente por escrito al padre de familia o acudiente. El director de grupo del estudiante infractor informará de inmediato y por escrito a la coordinación, con el propósito de aplicar los correctivos del caso.

ARTÍCULO 12. FALTAS DE DISCIPLINA GRAVES

Son catalogadas como faltas graves, aquellas que interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa.

Se consideran faltas de disciplina graves:

a. Reincidencia en faltas leves.b. Reincidencia en los retardos injustificados.

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c. Dañar intencionalmente mobiliario e implementos de la institución (puertas, paredes, tejas, pupitres, chapas, material didáctico, decoracion).d. La burla, el desprecio y la humillación hacia sus compañeros y demás miembros de la Institución Educativa e. Evadirse de la Institución en jornadas normales de clase o de actividades y eventos programados por la institución.f. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la Institución.g. Consumir licor dentro de la institución, presentarse bajo estado de alicoramiento o en condiciones no apropiadas por haber consumido licor el día anterior.(Tipo II)h. Promover o participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas en dinero o especies.i. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras lanzadas dentro o fuera del aula o en actividades donde se presente, con el propósito de causar daños o desórdenes.j. Falsificar, suplantar, cometer fraudes en evaluaciones, trabajos o documentos.k. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la Institución.(Tipo I) l. Utilizar vocabulario soez dentro y fuera de la Institución.(Tipo I)m. Reincidencia en la evasión de clase estando dentro de la Institución.n. Permanencia clandestina en la Institución al terminar los horarios establecidos.o. Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes al portón principal habilitado para tal fin.p. Hurto comprobado en menor cuantía.q. Irrespeto a los símbolos patrios e Institucionales.r. Porte de armas s. Irrespeto a todos los miembros de la comunidad educativa.(Tipo I)t. Generar desprestigio o dañar el buen nombre de algún integrante de la Institución.(Tipo I)u. Porte de material pornográfico.v. Porte y consumo de alcohol, cigarrillos ó sustancias psicoactivas que generen dependencia.w. Atentar de forma reiterativa contra la flora, fauna y recursos naturales de su entorno.y. Agresión verbal o física sin consecuencias a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea dentro o fuera de la institución.(TIPO II)z. Demostraciones excesivas de afecto. (TIPO I)

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ARTÍCULO 13. PROTOCOLO PARA LAS FALTAS DE DISCIPLINA GRAVES

a. El docente o director de grupo, conocedor de la falta grave cometida por el estudiante debe registrar en el observador la falta e informara inmediatamente a el(la) coordinador(a), quien procederá a citar al o los padre(s) de familia o acudiente(s) de los estudiante(s) implicados, en un término de 24 horas para analizar los hechos, hacer los descargos y suscribir un acta de compromiso para realizar un correctivo pedagógico dentro de la Institución.

b. Si el estudiante reincide luego de aplicados los correctivos anteriores, el caso debidamente fundamentado será presentado por el coordinador ante el comité escolar de convivencia quienes buscaran una posible solución.

c. De acuerdo a la gravedad de la falta y agotada la ruta de atención integral, el comité de convivencia escolar remitirá a rectoría, quien tendrá la autonomía de aplicar la medida disciplinaria ó trasladar al ente encargado (I.C.B.F., comisaria de familia, Personería municipal, policía de infancia y adolescencia ó comité de convivencia municipal) según corresponda.

d. En todas las actuaciones deberán estar presentes el afectado, el estudiante implicado, los padres de familia, el Personero Estudiantil y el Director del Grupo.

ARTÍCULO 14. FALTAS GRAVÍSIMAS DE DISCIPLINA

Son aquellas faltas que por su magnitud afectan ostensiblemente la marcha institucional, lesionan y perjudican física, verbal y/o psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa, afectando negativamente su participación en las actividades institucionales o perjudicando su rendimiento académico y comportamental.

ARTICULO 15. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVÍSIMAS DE DISCIPLINA

a. El hurto comprobado en mayor cuantía.b. Distribuir cigarrillos, bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas u otras que produzcan adicción o dependencia, o inducir a otros a que lo hagan.(TIPO III)c. Agresión verbal o física con consecuencias a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea dentro o fuera de la institución.(TIPO III)d. El intento de violación, el acoso sexual comprobado a cualquier integrante de la Comunidad Educativa.(TIPO III)e. Los actos pornográficos en público.(TIPO III)f. Cuando de forma intencional metódica y sistemática agrede, intimida, humilla, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra algún integrante de la comunidad educativa(Matoneo – Bullying) (TIPO II)

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g. Agresión con armas corto punzantes, contundentes o de fuego, elementos incendiarios o explosivos que pongan en peligro la integridad física de las personas, muebles y enseres o la estructura física de la Institución.(TIPO III)

PARAGRAFO: Para la aplicación de esta norma, se define como mayor cuantía la suma igual o superior a $10.000 pesos mlcte.

ARTÍCULO 16. PROTOCOLO PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS DE DISCIPLINA

a. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

b. Las faltas gravísimas, serán investigadas por el profesor que tenga conocimiento de la falta, el director de grupo, el Personero estudiantil y la coordinación, quienes iniciarán la acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas. De considerarse la falta tipo III este caso será remitido al comité escolar de convivencia.

c. Serán tomadas las medidas disciplinarias a los estudiantes que incurran en faltas gravísimas por el Rector del plantel el cual aplicará el debido proceso.

d. Podrán ser aplicados correctivos como:• Firma de un acta de compromiso donde se establezcan las

condiciones de permanencia. • Exclusión de la Institución Educativa y pérdida del cupo hasta por dos

años lectivos consecutivos.• En todas las actuaciones deberán estar presentes el estudiante

implicado, la persona ofendida, el padre de familia, el Personero Estudiantil y el Director de Grupo.

• El disciplinado tiene derecho a ser asistido desde el inicio del proceso por el personero estudiantil.

• El padre de familia debe ser notificado desde el inicio del proceso que curse en contra de su hijo o acudido. De tal notificación debe quedar constancia.

• La acción disciplinaria caduca 15 días después de ocurrido el hecho constitutivo de la falta o de individualizado el autor(es).

• La sanción tiene como término de caducidad, el señalado en el acto administrativo, a partir del momento de su ejecutoria.

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ARTICULO 17. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES2.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos y serán analizadas y resueltas por el comité escolar de convivencia:

1. Situaciones TIPO I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

2. Situaciones TIPO II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para

cualquiera de los involucrados. 3. Situaciones TIPO III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión

escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

ARTÍCULO 18. ETAPAS PARA EL DEBIDO PROCESO PARA LAS FALTAS DE DISCIPLINA.

El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales o administrativas (Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y comprende las siguientes actuaciones):

a. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se le imputan las conductas posibles de sanción. Se hará mediante oficio, con la información necesaria y relevante por parte del coordinador al Rector(a) y Consejo directivo.

b. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en ellos consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias.

c. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos.

d. La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos (de manera verbal o escrita), controvertir las

2 Según el artículo 40 del decreto 1965 de 2013

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pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos.

e. El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes (consejo directivo) mediante un acto motivado y congruente.

f. La imposición de una sanción provisional a los hechos que la motivaron.

g. La posibilidad de que el encartado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes. Sentencia T. 459 del 24 de Septiembre de 1997. Magistrado ponente Eduardo Cifuentes Muñoz).

h. En todas las actuaciones deberán estar presentes el estudiante implicado, el padre de familia, el Personero Estudiantil y el Director de Grupo.

i. Una falta grave académica o de convivencia es motivo para el inicio del proceso disciplinario.

j. En las faltas graves los estudiantes serán juzgados y/o sancionados en primera instancia por el Rector del plantel (Ley 115 del 94 Art. 132), y en segunda instancia por el consejo directivo (ibídem. Art. 144 – b – i), la determinación se tomará por mayoría simple.

ARTÍCULO 19. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES

Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad de los estudiantes previamente comprobado las siguientes:

a. El haber observado buen comportamiento social antes del hecho.b. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien con mayor edad,

conocimiento y experiencia.c. Haber confesado y aceptado voluntariamente la comisión de la falta.

ARTICULO 20. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad del estudiante las siguientes:

a. Ser reincidente en la comisión de faltas de las mismas características.

b. El cometer una falta para ocultar o simular o ejecutar otra falta de similares características.

c. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.

d. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él.

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e. Cometer las faltas aprovechando condiciones de inferioridad de las otras personas.

f. El haber premeditado la falta con la complicidad de otras personas.

ARTÍCULO 21. CONCILIACIÓN

Se propone que la conciliación se establece como una etapa previa obligatoria al proceso disciplinario.

a. La conciliación es un acto mediante el cual las personas involucradas en un conflicto lleguen con la ayuda de un tercero a identificar sus diferencias y encontrar un acuerdo voluntario que las satisfaga por igual.

b. La conciliación es un mecanismo institucional que permite la solución pacífica de conflictos, el fomento de valores democráticos, de tolerancia y respeto por la diferencia, promueve la participación de los diferentes estamentos educativos en pro de obtener la solución a sus conflictos y permita la búsqueda de consenso como mecanismo para dilucidar las discrepancias y encontrar caminos de entendimiento.

ARTÍCULO 22. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA3

El comité escolar de convivencia estará conformado por: a. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité .b. El personero estudiantil .c. El docente con función de orientación .d. El coordinador cuando exista este cargo .e. El presidente del consejo de padres de familia .f El presidente del consejo de estudiantes .g. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ARTÍCULO 23. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA4

Son funciones del comité:

3 Reglamentado según el artículo 12 de la ley 1620 de 20134 Según el artículo 13 de la ley 1620 de 2013

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a. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

b. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

c. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

f. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. g. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. h. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

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ARTÍCULO 24. EL CONSEJO DIRECTIVO

Cuando no haya lugar a la exclusión, el consejo Directivo aplicará correctivos, el contrato en observación y la reincidencia del estudiante en otra falta grave remitida por el coordinador(a), será razón suficiente para que este organismo determine la exclusión.

ARTÍCULO 25. SUJETOS PROCESALES

a. El disciplinado.b. El investigador.c. El fallador o sancionador.d. El personero estudiantil, como representante de los estudiantes5 e. El padre de familia o acudiente.f. El comité escolar de convivenciag. El Consejo Directivo en última instancia.

ARTICULO 26. CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

Son causales de cancelación de matrícula, cualquiera de los siguientes motivos:

a. Cuando una vez realizadas las diferentes suspensiones, según el caso, y notificada la imposición de matrícula de compromiso, el (la) estudiante no mejora su comportamiento y rendimiento académico.

b. Comisión de falta grave o gravísima que implique delito.c. Comportamiento que implique peligro para la comunidad educativad. En todos estos casos se tendrán en cuenta las sentencias de la corte

constitucional, sobre educación:e. La corte constitucional encargada de interpretar la constitución, ha proferido

sentencias sobre el derecho a la educación en los casos de reprobación de grados y faltas disciplinarias.

f. Dichas sentencias se convierten en doctrinas constitucionales, y deben ser tenidas en cuenta por los jueces sobre sus fallos y tutelas o penas de incurrir en sanción.

g. Los fallos de la corte sobre este tema son numerosos. Referenciamos algunos de ellos.

h. El derecho a la educación no se vulnera por la pérdida de año (sentencia T-092 del 03-03-94)

i. El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento. (sentencia T-569 del 12-07-94)

5 Ley 115 del 94, Art. 94, Decreto Reglamentario 1860 del 94 Art. 28

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j. El derecho a la educación no se vulnera si la institución prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico (sentencia T-316 del 07-12-94)

k. Tampoco se vulnera el derecho a la educación si la Institución sanciona a un estudiante por mal rendimiento académico (sentencia T-439 del 10-12-94 )

DE ESTAS SENTENCIAS DE LA CORTE YA CONVERTIDAS EN DOCTRINAS CONSTITUCIONALES SE DEDUCE LO SIGUIENTE:

l. La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, si no limitado por el derecho que tienen otros para su educación.

m. La educación es un derecho que concede derechos y exige deberes a las instituciones, a los estudiantes, a los padres de familia. Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico acorde con las exigencias de la institución.

n. La Institución debe sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento académico.

o. El respeto por el orden y la disciplina en la Institución es parte del derecho del estudiante a la educación.

p. El límite del derecho a la educación y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho es derecho de los demás.

q. Los estudiantes que no cumplen con el deber de rendir académicamente están violando el derecho a la educación.

CAPITULO II

PROCEDIMIENTO ACADEMICO

ARTICULO 27. SISTEMAS DE EVALUACION:

La evaluación se desarrollara mediante actividades permanentes, tanto individuales como en grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los nuevos propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los conceptos fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación practica de dichos conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber convivir) desarrollando habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor desenvolvimiento en la vida diaria.

El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma continua e integral, los cuales se expresaran en forma cualitativa, en

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informes evaluativos y valorativos que reflejan el desarrollo integral del estudiante, de tal manera que padres de familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y debilidades, encontrando junto con el docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del currículo y del plan de estudios.

ARTICULO 28. MEDIOS DE EVALUACION:

Para la discusión y solución de las dificultades que se puedan presentar en el transcurso de las actividades escolares tanto de los estudiantes como de padres de familia, se establecen los siguientes mecanismos que serán el conducto regular a seguir en cada una de las siguientes situaciones:

Profesor de la Asignatura. Director de Grupo. Coordinación Académica. Consejo académico. Consejo Directivo.

Se tendrá en cuenta los aspectos: Conceptual, actitudinal y cognitivo para evaluar los logros, con escala valorativa de:

S - SUPERIOR 9-10A - ALTO 8-8,9B - BASICO 6-7,9B - BAJO 1-5,9 Conforme a lo establecido por la ley 115 / 94, ley 715 / 01. Decreto 230 / 02 y demás normas de evaluación del rendimiento escolar, el educador realizara un continuo y procesal seguimiento del estudiante, se realizara una evaluación acumulativa al finalizar cada periodo, y para favorecer el sistema d aprendizaje se realizaran los siguientes planes de apoyo:

Actividades de profundización, para superar logros que se realizaran en concertación con el educador responsable.

A actividades complementarias, se realizaran en casa con compromiso del padre de familia.

Sustentación de actividades complementarias. Comisión de evaluación. Destinado a estudiantes que persisten en las

dificultades académicas, después de haber presentado la actividad complementaria.

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Al finalizar cada periodo se entregara a los padres de familia o acudientes un informe escrito en el cual se identifiquen los avances de los educandos.

ARTICULO 29. COMITÉ DE EVALUACION Y PROMOCIONEs el encargado de velar por el cumplimiento oportuno de cada uno de los procesos aplicados a los estudiantes y que en reuniones periódicas analizaran el desempeño académico de cada uno de los educandos en aras de mejorar los procesos y desempeños de los educandos y definir al finalizar cada periodo las actividades de superación y/o profundización que deben desarrollar los diversos estudiantes cuyos casos especiales sean asignados a esta comisión con el fin de fortalecer el proceso de formación integral.

Esta estará integrara por grados así:

• 2 Docentes por grado o curso (o hasta donde alcance la planta de personal docente)

• 1 un delegado de los padre de familia del grado• El coordinador académico o quien haga sus veces• Este comité funcionara en cada sede

ARTICULO 30. PROMOCION Y REPROBACION

a. PROMOCION: Avanzar el estudiante en el proceso educativo según sus capacidades y aptitudes personales, sin embargo, a la comisión de evaluación y promoción de cada grado será la encargada de determinar los estudiantes que deberán ser promovidos.

b. REPROBACION:

No será promovido el estudiante que presente desempeño bajo en tres o más áreas.

El educando que haya dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudios.

Cuando el Estudiante no supere el 60% de las competencias previstas en el plan de estudios en tres o más áreas.

Cuando el estudiante no presenta las actividades de recuperación en una o dos áreas en las cuales presento desempeño bajo al final del año lectivo (oportunidad y superación)

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PARAGRAFO: Los estudiantes reprobados podrán acogerse a la promoción anticipada que se define en el primer periodo del año escolar6

ARTICULO 31. PERDIDA DE CUPO

Cuando habiéndose aplicado el debido protocolo del comité escolar de convivencia y al no poder solucionar los conflictos presentados, quedara bajo autonomía del consejo directivo tomar la determinación correspondiente

CAPITULO III

EL EDUCADOR

ARTICULO 32. PERFIL DEL EDUCADOR

La institución busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo tanto nuestro educador debe:

a. Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales.

b. Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo.c. Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos.d. Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje

en procura de orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución

e. Ser maestro competente en su campo laboral, concientizándose de que la labor docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como un compromiso con el colegio.

f. Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y reflexivas.

g. Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad.

h. Ser una persona cariñosa, amable y un amigo mas para el educando.

ARTICULO 33. DEBERES DEL DOCENTE

6 Según, los criterios planteados en el SIEE.

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a. Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del estudiante durante su permanencia en el plantel.

b. Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su responsabilidad.

c. Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia Social.

d. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones humanas.

e. Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo.

f. Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del P-E-I.

g. Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o el Núcleo Educativo programen.

h. Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean formuladas oportuna y respetuosamente.

i. Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, como las fallas de los estudiantes a cargo.

j. Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios correspondientes.

k. Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel.

l. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.

m. Permanecer en la institución durante la jornada de trabajo y dedicar su tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la Institución.

n. Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político – Social, religioso, o de cualquier índole.

o. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuando sea el caso.

p. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas.

q. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores,

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niveles de desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes asu cargo.

r. Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido en clase.

s. Disponer con anterioridad una carpeta de actividades académicas para ser realizada por los estudiantes en caso de ausencia del docente por permiso o por situaciones imprevistas

t. Hacer presencia y participar activamente de las reuniones o actividades programadas en la institución.

Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar7

u. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

v. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

w. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

x. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia

ARTICULO 34. DERECHOS DE LOS DOCENTES

a. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su labor.

b. Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.

7 Según artículo 19 de la ley 1620 de 2013

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c. Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la elaboración y desarrollo del P-E-I.

d. Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo amerite, previo seguimiento del conducto regular.

e. Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del plantel.

f. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.

ARTICULO 35. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES

a. Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida.

b. Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar.c. Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc.d. Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización,

profundización o perfeccionamiento.

ARTICULO 36. FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES

a. Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente.b. No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas.c. Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia.d. El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o documentos públicos.e. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.f. El abandono del cargo.g. Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores, las directivas, padres de familia o estudiantes.h. El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en actos comunitarios.i. Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el correspondiente permiso.j. Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores académicas y o disciplinarias.k. Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familial. La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de fármacos.

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m. Cuando de forma intencional metódica y sistemática agrede, intimida, humilla, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra algún integrante de la comunidad educativa(Matoneo – Bullying)n. El intento de violación, el acoso sexual comprobado a cualquier integrante de la Comunidad Educativa.ñ. Generar distracción con los estudiantes o entre docentes durante la formación dirigida por un compañero docenteo. Retirar estudiantes de la formación sin la autorización del docente que la dirige p. Coaccionar a algún estudiante, padre de familia o miembro de la comunidad para obtener beneficios propios ó crear conflictos entre los miembros de la comunidad educativa.

ARTICULO 37. SANCIONES

a. Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso.b. Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el

profesor puede consignar descargos para anexar a documentación respectiva.

c. Reporte a la entidad nominadora en caso de inasistencia injustificada.

ARTIULO 38. DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE

a. Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

b. Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos.

c. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones.

d. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la intención de facilitar el logro de objetivos comunes.

e. Propiciar el diálogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos.

f. Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la institución y velar por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas.

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g. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.

h. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional.i. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la comunidad

educativa que hace parte de la instituciónj. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

CAPITULO IV

PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 39. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos.

a. Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo escolar.

b. Complementar en casa los conocimientos que el niño adquiera en la institución de acuerdo a su nivel académico.

c. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte de la Institución Educativa, para darle cumplimiento a las mismas.

d. Formar en sus hijos valores de responsabilidad, orden y respeto por la humanidad.

e. Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades.

f. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la institución en el momento de la matricula.

g. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones.h. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás

miembros de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias.

i. Ser participativo en todas las actividades programadas por la Institución.

ARTICULO 40. DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES.

a. Recibir y conocer el Manual de Convivencia.b. Conocer el estado académico de sus hijos.c. Hablar con la directiva, profesores o personas encargadas, sobre el

estado general del estudiante.

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d. Analizar con los Directivos y docente las falencias disciplinarias y académicas de su acudido(a).

e. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informa sobre los compromisos con la institución.

f. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P-E-I de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.

g. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Concejo de padres de familia.

h. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su acudido(a).

i. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.

j. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa.

k. Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad personal, familiar y a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.

l. Solicitar y obtener constancias y certificados oportunamente.m. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin

olvidar el respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular.

n. Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral.

ARTICULO 41. REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE

a. Ser mayor de edad.b. Demostrar algún vínculo familiar con el estudiante, en caso contrario

certificar la custodia del mismo.c. Tener disponibilidad para asistir a las reuniones y citaciones que le haga

la Institución o cualquier docente.

ARTICULO 42. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

a. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus hijos.

b. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con la institución, ya que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, implica la aceptación del presente Manual de Convivencia.

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c. Interés a que su hijo asista a la institución con absoluta puntualidad, con el uniforme completo y con excelente presentación.

d. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los hijos o acudidos.

e. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos o acudidos.

f. Asistir a entregas oficiales de informes académicos, a reuniones de asambleas programadas en la Institución.

g. Justificar personalmente ante quien corresponda, los retardos forzosos o inasistencias al plantel de sus hijos o acudidos.

h. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos o acudidos.

i. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos o acudidos, propias de la edad.

j. Colaborar con toda las actividades que programe la asociación de padres de familia.

k. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortes y oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel.

l. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los elementos que son patrimonio de la institución.

m. Dotar de los útiles escolares que el estudiante requiere para el óptimo desarrollo de las actividades pedagógicas.

n. Presentar en las fechas estipuladas la documentación de sus hijos o acudidos

Participación de la familia. La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes8, deberá:

o. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

p. Participar en la formulación , planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

8 Según el artículo 22 de la ley 1620 de 2013

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q. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

r. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

s. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

t. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

u. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

v. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

ARTICULO 43. ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES

a. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario de su hijo o acudido.

b. Participar en el Consejo de Padres. Junta Directiva de la Asociación de Padres, o Consejo Directivo.

c. Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las actividades de la Institución.

ARTICULO 44. AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES

a. En caso de no cumplir con las funciones propias de patria potestad del menor acudido, la institución está en la obligación de informar a

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las autoridades competentes, en procura del restablecimiento de los derechos del menor.

CAPITULO V

OBLIGACIONES ESPECIALES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.

ARTICULO 45. DERECHOS DE LA INSTITUCION

Son derechos de la institución:a. El estudiante debe ser matriculado personalmente por el padre de

familia o acudiente responsable quien lo representará y responderá por él durante el año escolar, ante la institución.

b. El Consejo Directivo determinará durante el año lectivo el número de estudiantes de acuerdo con su infraestructura.

c. Cancelar la matrícula de aquellos estudiantes cuya gravedad de la falta lo amerite, garantizando el derecho al debido proceso.

ARTICULO 46. DEBERES DE LA INSTITUCION

Son deberes de la institución:

a. Los que ordena la Constitución Nacional, el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación Departamental y las demás disposiciones legales.

b. Fomentar el cumplimiento de los deberes por parte del estudiante, de acuerdo con las normas legales vigentes.

c. Responder por la formación integral de los estudiantes durante el año lectivo.

d. Propiciar unas excelentes condiciones higiénicas en toda la institución.

e. Reconocer el derecho de todos los estudiantes y la comunidad educativa en su conjunto a la recreación, a la práctica del deporte y aprovechamiento del tiempo libre de acuerdo con el Artículo 52 de la C.P.N.

f. Emplear la primera semana del calendario académico para realizar actividades que permitan a los estudiantes, conocer la legislación educativa, como también sus deberes y derechos a través del pacto de convivencia.

g. Gestionar ante la Administración Municipal convenios con compañías aseguradoras para la protección de los estudiantes.

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_____________________________________________________________________________________

h. Formar a los estudiantes en la promoción de los derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos, prevención y mitigación de la violencia escolar

ARTICULO 47. OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

a. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.

b. Brindar una educación pertinente y de calidad.c. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la

comunidad Educativa.d. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica de la

institución educativa.e. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el

seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.

f. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación Escolar.

g. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas regionales, nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa.

h. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

i. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

j. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

k. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

Responsabilidades de los establecimientos educativos en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar9

l. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. m. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 9 Según artículo 17 de la ley 1620 del 2013

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n. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. ñ. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. o. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.p. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.q. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.r. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. s. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio

ARTICULO 48. OBLIGACION ETICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.

Las instituciones de educación preescolar, básica y media públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

a. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, los derechos sexuales y reproductivos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas en procura de la sana convivencia. Para ello deberán

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inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades excepcionales.

b. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.

c. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades o con capacidades sobresalientes o especiales.

ARTICULO 49. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:

a. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.b. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de

malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.

c. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud y seguro Estudiantil.

d. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

e. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes, con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

f. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

g. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad.

h. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños niñas y adolescentes.

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i. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

ARTICULO 50. PROHIBICION DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES.

Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.

CAPITULO VI

DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS

ARTICULO 51. GOBIERNO ESCOLAR

El sentido de instaurar el gobierno escolar en nuestra comunidad educativa, es ejercitar gradualmente la vivencia de la democracia a través de la participación de todos los estamentos y permitir el desarrollo en los diferentes miembros de la comunidad, de mayor grado de responsabilidad, autonomía, liderazgo, conocimiento, convivencia y compromiso.

El Gobierno Escolar está conformado por:

A) RectorB) Consejo DirectivoC) Consejo Académico

DEMOCRACIA ESCOLAR• Personero estudiantil• Consejo estudiantil• Contralor estudiantil• Asociación de Padres de Familia

ARTICULO 52. RECTOR (A)

El Rector de la Institución Educativa como representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno escolar, es otro de sus órganos.

ARTICULO 53. FUNCIONES DEL RECTOR

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a. Conocer y difundir el presente Manual de Convivencia entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

b. Propiciar el diálogo cordial entre los miembros de la comunidad escolar.c. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de

Educación Nacional y del Consejo Directivo y Académico.d. Dirigir la consecución de los recursos necesarios para la Institución.e. Orientar al personal Docente en el ejercicio de sus funciones.f. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de

proyectos educativos.g. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de

la institución lo mismo que con la comunidad.h. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento

con la comunidad local.

ARTICULO 54. CONSEJO DIRECTIVO

Está integrado así:

a. El Rector quien lo preside.b. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría simple

en Asamblea de profesores.c. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta

directiva de la asociación de padres de familia.d. Un representante de los estudiantes, elegido por el consejo Estudiantil,

entre los estudiantes que se encuentran en último grado.e. Un representante de los egresados elegido por el Consejo directivo de

terna presentada por la asociación de egresados o la asamblea de padres.

f. Un representante del sector productivo elegido por el Rector

ARTICULO 55. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad;b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;c) Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes;

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e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;f) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector;g) Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;j) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;l) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;n) Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;ñ) Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860;o) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados (certificados para exalumnos), adjudicación de la tienda escolar;p) Darse su propio reglamento.

Parágrafo. En los establecimientos educativos no estatales el Consejo Directivo podrá ejercer las mismas funciones y las demás que le sean asignadas, teniendo en cuenta lo prescrito en el inciso tercero del artículo 142 de la Ley 115 de 1994. En relación con las identificadas con los literales d), f), l) y o), podrán ser ejercidas por el director Administrativo o a otra instancia.

ARTICULO 56. CONSEJO ACADEMICO

Está integrado por:a. El Rector quien lo preside.b. Directivos docentes.c. 1 Docente por cada área que ofrece la institución.d. Un docente representante de la modalidad que se imparte en la institución.

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ARTICULO 57. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO

a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional;b) Estudiar el PEI y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860;c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;d) Participar en la evaluación institucional anual;e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;f) Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa, y g) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional

ARTICULO 58. PERSONERO ESTUDIANTIL

Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del año lectivo. Es el encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia.

PARAGRAFO:

Si la comunidad educativa lo requiere se podrá poner en consideración la elección de un suplente, quien será elegido de los dos grados inmediatamente anterior al del Personero elegido. El suplente reemplazara al Personero en sus ausencias temporales o definitivas, mientras se elige nuevo Personero.

ARTICULO 59. FUNCIONES DEL PERSONERO

a. Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante El Rector a más tardar treinta (30) días después de su nombramiento.

b. Concurrir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea solicitado, o cuando el lo haya solicitado previamente.

c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a su derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

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d. Presentar ante el rector las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesaria para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.

e. Apelar ante el consejo directivo las decisiones del rector respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.

ARTICULO 60. CONTRALOR ESTUDIANTIL

Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del año lectivo. Es el encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos de los bienes públicos de la institución.

ARTICULO 61. FUNCIONES DEL CONTRALOR

a. contribuir a la creación de una cultura de control social, del ciudadano en el buen uso y manejo de los recursos y bienes de su institución.

b. Promover los derechos de los ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejerció del control social.

c. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.d. Promover la enseñanza y la educación y el respeto por los derechos

humanose. Convocar la creación del comité Estudiantil de control social integrado

por un estudiante de cada grado.f. Presidir y convocar trimestralmente las reuniones del Comité

estudiantil de control socialg. Presentar semestralmente una rendición de cuentas sobre sus

actuaciones en el ejercicio de sus funciones.h. Las demás que sean asignadas por la contraloría departamental..

ARTICULO 62. CONSEJO ESTUDIANTIL

Elegido por los compañeros de grado. Se destacara por mantener excelente comunicación con sus compañeros, educadores y directivos.

ARTICULO 63. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

a. Diligenciar diariamente el control de asistencia orientado por el docente.b. Llevar la vocería con el fin de estudiar, buscar soluciones a las

necesidades, problemas o inquietudes que se presenten en el grado.

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c. Coordinar la buena presentación del salón.d. Informar sobre los hechos graves que detecte; como hurto, daños,

abusos, etc.

ARTICULO 64. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA

El consejo directivo promoverá la Constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a asamblea constitutiva, suministrar espacio, contribuir al recaudo de cuotas de suministro o apoyar iniciativas existentes.La asociación además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes:

a. Velar por el cumplimiento de formación de los padres, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

b. La junta directiva de la asociación de padres de familia elegirá dos (2) representantes ante el Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de la Junta Directiva y el otro del Consejo de padres.

c. Velar por el cumplimiento del PEI. y su continua evaluación.d. Promover programas de formación de los padres para cumplir

adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.e. Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia,

como apoyo a la función pedagógica.f. Elegir dos representantes ante el Consejo Directivo, uno de su Junta

Directiva y el otro del consejo de padres.g. Será la encargada de realizar el análisis sobre la permanencia de un

estudiante en el plantel después de haberse realizado el proceso que trata el presente manual de acuerdo al Artículo 319 del Código del menor.

h. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.

i. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.

j. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.

k. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

l. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad

m. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

CAPITULO VII

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DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 65. SERVICIO BIENESTAR

La Institución Educativa preocupada por el bienestar de la comunidad cuenta con una serie de servicios que contemplan la labor y contribuyen a la formación integral de cada uno de los miembros de la Institución Educativa. Son sus servicios:

a) Biblioteca escolarb) Sala de Informáticac) Servicio de Fotocopiasd) Tienda escolare) Restaurante escolar

Parágrafo: Las personas responsables de cada uno de los servicios ofrecidos por la institución deberá, elaborar su propio reglamento de funcionamiento, el cual será revisado y aprobado por el consejo directivo

ARTICULO 66. MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROFESORES, PADRES DE FAMILIA

Para la comunicación eficiente los miembros y estamentos de la comunidad educativa el Colegio disponen los siguientes:

a. Citaciones a Padres de Familiab. Pagina Web y Blogs Institucionalc. Circularesd. Periodo mural en el que se publican las informaciones que tienen que ver con la comunidad estudiantil.e. Cartelera

ARTICULO 67. ADMISIONES

Admisión es el acto por el cual el colegio selecciona a alguien, de quien voluntariamente solicita un cupo. Tratase de estudiante nuevo antiguo, a quien de acuerdo con los requisitos exigidos por la institución, pueden matricularse en algunos de los grados o modalidades que esta.

ARTICULO 68. REQUISITOS PARA LA ADMISION

a. Los estudiantes con insuficiencia académica y o disciplinaria provenientes de otro I. E., presentaran entrevista y firmaran acta de compromiso. Ante el consejo académico y el comité de Convivencia;

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en ambos casos con presencia del padre de familia o acudiente y el rector de la Institución.

ARTICULO 69. MATRICULA

La matricula es un acto por el cual el aspirante seleccionado adquiere la calidad de estudiante de la Institución Educativa. Se realizará al firmar junto con el padre o madre de familia, o acudiente la hoja de matrícula, comprometiéndose a cumplir con la reglamentación establecida en el manual de convivencia.

ARTICULO 70. PROCEDIMIENTO PARA LA MATRICULA

a. No reportar matricula en ninguna otra Institución según SIMAT para el año lectivo.

b. Haber sido oficialmente admitido, en caso de estudiantes con deficiencias académicas y disciplinarias.

c. Presencia del estudiante y de por lo menos con uno de los padres o acudientes, en la hora y fecha indicada por la Institución Educativa.

d. Presentar al día los siguientes documentos:

Registro civil Tarjeta de Identidad, Niños mayores de 7 años y/o cedula 3 fotos 3 x 4 Certificado de sisben Fotocopia del ARS, EPS o sisben Fotocopia cédula de los padres y/o acudientes Boletín del año anterior, para estudiantes antiguos o de primaria y

Certificado de transferencia de notas de grados cursados en secundaria y media por estudiantes nuevos.

ARTICULO 71. CAUSALES DE CANCELACION DE MATRICULA

a. Reincidir en faltas no deseables, que se mencionan en el presente manual.

b. Agresión violenta que atente con la integridad física y moral de docentes, directivos o compañeros.

c. Irrespeto sucesivo a profesores, directivos y compañeros.

ARTICULO 72. OTROS COBROS

Corresponde a costos generados a personas que no están matriculados en la institución y requieren de documentos como:

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DEPARTAMENTO DEL TOLIMAINSTITUCIÓN EDUCATIVA “LA REFORMA”

VEREDA LA REFORMA, ROVIRA

CODIGO DANE: 273624000524 NIT: 800247707-1 REGISTRO EDUCATIVO: 16242111 RESOL. REORGANIZACION No. 1023 DEL 12 DE NOV. 2004

RESOL. DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS No. 2165 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2010.-

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• Constancia y certificados

CAPITULO IX

ARTICULO 73. HORARIOS

1- Pre – escolar 7:15 a 11:15 a.m. 1:00 p.m. a 5:00 p.m.2- Básica Primaria 7:15 a 12:15 p.m. 12:00 m. a 5:00 p.m.3- Secundaria y Media 7:15 a 1:45 p.m.

En la Jornada Contraria se realizaran actividades lúdicas, pedagógica y de formación según horario y organización interna, al igual se llamaran a los estudiantes que necesitan refuerzo académico. Además de habilitar el servicio de sala de informática, biblioteca y servicio de fotocopias.En caso de retardo forzado por parte de los estudiantes, los padres de familia deben justificar ante el profesor de disciplina o director para ser admitido en clase, de lo contrario se le realizara llamada de atención por escrito, hasta un máximo de tres (3) llamadas y luego se le informara al padre de familia que firme un acta de compromiso.

ARTICULO 74. UNIFORME

Traje que identifica, distingue y expresa sentido de pertenencia, su uso es obligatorio, única y exclusivamente para las actividades programadas por la Institución.

ARTICULO 75. UNIFORME DE DIARIO

a. Niñas: Jardinera enteriza según modelo. Camisa blanca según modelo, medias blancas 5 c.m. por debajo de la rodilla, zapatos negros, bamba blanca para el cabello.

b. Niños: Pantalón verde oscuro con correa negra, camisa blanca según modelo con escudo bordado, medias verde oscuro, zapatos negros.

Parágrafo: Si el(la) estudiante desea usar camiseta debajo de la camisa del uniforme, esta deberá ser completamente blanca

ARTICULO 76. UNIFORME DE EDUCACION DE FISICA

Sudadera: Pantalón vino tinto con franja amarillo oro delgada, camibuso blanco con franja vino tinto en cuello y mangas según modelo, tenis blancos, medias blancas para uniforme.

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DEPARTAMENTO DEL TOLIMAINSTITUCIÓN EDUCATIVA “LA REFORMA”

VEREDA LA REFORMA, ROVIRA

CODIGO DANE: 273624000524 NIT: 800247707-1 REGISTRO EDUCATIVO: 16242111 RESOL. REORGANIZACION No. 1023 DEL 12 DE NOV. 2004

RESOL. DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS No. 2165 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2010.-

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Parágrafo1: Si el(la) estudiante desea usar camiseta debajo del camibuso, esta deberá ser completamente blanca. Para realizar ejercicio en el momento de la clase de educación física, este deberá tener mangasParágrafo2: Las medias no deberán ser tobilleras

PARA CONVIVIR MEJOR

Tratar a tus compañeros con cortesía y amabilidad Hablar sin groserías ni gritos Respetar las opiniones de los demás Pide las cosas diciendo por favor y da las gracias Se estricto y puntual con tus compromisos Evitar hablar con la boca llena Mantén limpias las Instalaciones de la Institución Educativa Cuida tus útiles y los implementos de la Institución Educativa Obedece y evita que te repitan las ordenes Devuelve lo que no es tuyo Lávate las manos después de comer la lonchera o después de ir al baño Utiliza buen vocabulario al expresarte Se responsable en tus trabajos y estudios.

La Reforma, Rovira, febrero de 2014.-

Lic. VICTOR MODESTO VERA GUTIERREZRector