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JUNTA DE SANEAMIENTO DE San Pedro del Paraná El agua nuestro de cada día Captación, purificación y distribución de agua potable PERSONERÍA JURÍDICA N° 14.545 REGLAMENTO DE SERVICIOS Calle Augusto Roa Bastos c/ Nicanor Torales San Pedro del Paraná - Itapúa - Paraguay [email protected] Tel.: 0742 20336

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JUNTA DE SANEAMIENTO DE

San Pedro del Paraná

El agua nuestro de cada día

Captación, purificación y distribución de agua potablePERSONERÍA JURÍDICA N° 14.545

REGLAMENTO DE SERVICIOS

Calle Augusto Roa Bastos c/ Nicanor Torales San Pedro del Paraná - Itapúa - Paraguay

[email protected].: 0742 20336

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REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTA-BLE – JUNTA DE SANEAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PARANA.-

CAPITULO I

DEL OBJETO, SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y AMBITO DE APLICA-CIÓN.

Art 1º - Objeto.- El presente Reglamento del Servicio de Provisión de Agua Potable tiene como objeto establecer las pautas regulatorias emergentes de la provisión de agua potable, juntamente con los derechos y obligaciones que respecto de su aplicación co-rrespondan a los usuarios.

Art. 2º- Se denomina Sistema de Abastecimiento de Agua Potable al conjunto de es-tructuras, equipos e instalaciones destinadas a la provisión domiciliaria de agua potable, es decir aquellas cuyas características se ajustan a las normas aprobadas por SENASA - ERSSAN.-

Art 3º.- Ámbito de Aplicación.- El presente Reglamento será de aplicación obligatoria en el ámbito geográfico determinado por la Junta de Saneamiento DE San Pedro del Paraná, donde presten o puedan prestar servicios de provisión de agua potable el título jurídico de Permiso.

Art. 4º- La descripción de los que constituye el sistema de abastecimiento de la localidad, en su captación, educción, almacenamiento, conducción, tratamiento, distribución, etc. queda a exclusiva responsabilidad de la Junta Directiva.-

CAPITULO II

DE LOS TIPOS DE ABASTECIMIENTO

Art. 5º- El sistema comprende dos tipos de abastecimiento:

a) Por conexiones domiciliarias.-

b) Por surtidores de utilidad especial.-

Conexión de Agua Potable domiciliaria: Conjunto de tuberías y accesorios que permi-ten el ingreso de agua potable desde la red de distribución hacia las instalaciones internas del inmueble. Consta de dos partes: el ramal domiciliario o conexión externa, que va desde el punto de empalme con la red pública de distribución, hasta la llave maestra, incluyendo el medidor; y la red interna de distribución que comprende el sistema para abastecer el consumo y/o utilización por parte de los Usuarios y terceros comprendidos del inmueble, a través de los artefactos y en instalaciones intradomiciliarias.

Los surtidores de utilidad especial: Son dispositivos de abastecimiento colocados en instituciones de suma utilidad pública, destinadas a servir a las instituciones publica que brindan servicio de salud y salvamento, debiendo igualmente poseer medidores, que es-tará a nombre de la institución beneficiaria y/o a nombre del responsables del control, y pago por el servicio.

La aprobación de los surtidores de utilidad especial corre a cuenta exclusiva de la Comi-sión Directiva, como también la tarifa de servicio y/o conexiones.-

Art. 6º- Los gastos del costo de medidor y accesorios (llave de paso, codos, tres tiras

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caños) serán a cuenta exclusiva del usuario, y se le cobrara al contado y/o fraccionado hasta el 50% del costo total, pero el medidor será cedido por el usuario en propiedad de la Junta de Saneamiento.-

Art. 7º- Las instalaciones domiciliarias correrán por cuenta exclusiva del usuario y debe-rán construirse y ser conservados en condiciones adecuadas de manera que no produzca perdidas de agua. Igualmente la supervisión de las instalaciones internas podrá realizar la Junta de Saneamiento a requerimiento del usuario y a cuenta de este.-

Se establece, de que siendo el agua un producto directamente conectada a la Salud Públi-ca, ningún particular podrá manipular, de ninguna forma, la tubería y las demás partes del sistema. La Junta de Saneamiento, conjuntamente con SENASA, habilitaran las personas que están capacitadas a trabajar en la tubería de distribución, pero en cada caso estas deberán hacerlo con permiso escrito del Presidente de la Junta o de su representante.-

CAPITULO III

DE LAS OBLIGACIONES DEL USUARIO

1- Solicitud de Conexión

Art. 8º- Para obtener la conexión domiciliaria de la red, el usuario deberá presentar a la Junta de Saneamiento, un formulario de solicitud que para el efecto tiene dicha Junta y en donde consignaran con letra clara, legible los siguientes datos:

a) Fecha y lugar de la solicitud.

b) Nombre y apellido del solicitante.

c) Ubicación del inmueble consignando todas las circunstancias del lugar.

d) Indicar si es conexión nueva o reconexión.

e) Breve descripción de la instalación interna existente si lo hubiere.

f) Constancia de pago del cargo o derecho de conexión. El cargo de conexión establecido comprenderá el costo de todos los insumos y trabajos que resulten necesarios para ejecutar una conexión, incluyendo, la provisión e instalación del medidor respectivo. La Junta de Saneamiento podrá otorgar un financia-miento en cuotas para el pago del cargo o derecho de conexión.

Igualmente deberá suscribir un contrato de prestación de servicio con la Junta de Sanea-miento, que este proveerá en dos copias iguales, uno para el solicitante y otro para la Junta. Este documento carecerá de todo efecto jurídico hasta el momento de notificada la aprobación de la solicitud, oportunidad en que comenzará su vigencia. Idéntico efecto se producirá si la Junta implementa la conexión requerida, sin comunicar la admisión de la solicitud.-

Además son requisitos esenciales las siguientes documentaciones:

1) Fotocopia de cedula de identidad actualizada.-

2) Fotocopia del contrato de arrendamiento y/o del título de propiedad del inmueble que será beneficiado con la conexión.-

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Art. 9º- Número de Conexiones por Inmueble. La Junta de Saneamiento autorizará úni-camente una conexión de agua potable por cada inmueble, con excepción de aquellos casos donde por razones técnicas o por existir usos diferentes, correspondan conexiones separadas, y éstas fueren técnicamente posibles de ejecutar.

En inmuebles contiguos, fusionados en un solo predio, a requerimiento del Usuario, la Junta analizará la conveniencia de eliminar una de las conexiones, si ambos la tuvieren, o de extender el servicio desde uno de los predios al otro que carece de ella.

En caso de división de un inmueble, las conexiones de agua potable deberán independi-zarse. Por consiguiente, el inmueble que quedare sin servicios según surja de la escritura pública de división de la propiedad, deberá solicitar una nueva conexión. En el caso de no especificarse tal circunstancia, la reserva de servicios se presumirá afectada a aquella parte del inmueble donde se encuentran las conexiones.

2- Cuidado de las instalaciones.

Art. 10º- El usuario es responsable del cuidado de sus instalaciones domiciliarias. Cual-quier pérdida o desperfecto que observe en la misma deberá repararlas.

Las reparaciones de este tipo serán, en todos los casos por cuenta exclusiva del usuario. En caso de haberse observado en una vivienda perdida de agua, la Junta de Saneamiento le comunicará por cualquier medio para que en el plazo de 24 horas la repare, en caso de que el usuario no realice el trabajo, la Junta podrá hacerlo con costo al usuario o cortar el servicio hasta que el usuario tome medidas para que evite el derroche del agua.

3- Uso del agua.

Art. 11º- El agua que se suministra por este sistema en domicilios particulares, deberá utilizarse únicamente para consumo humano, higiene personal, lavado de enceres perso-nales y domésticos, exceptuando el regadío de huerta de hasta 10m x 10m de superficie.-

Queda totalmente prohibido el lavado de todos tipos de vehículos en horas diurnos, que pueda afectar la provisión de agua potable para todos los usuarios, como también la carga de reservorios (piletas) que supere lo mil litros de agua. En caso de comprobarse los usos prohibidos del agua, la Junta notificara una vez al usuario, y si el mismo persistiere, la Junta Directiva podrá aplicar una multa que no excederá los diez jornales mínimos.-

Art. 12º- La Junta de Saneamiento está facultada, previa comunicación a SENASA, a autorizar el uso del agua para otros fines distintos a los señalados en el artículo anterior, siempre que la capacidad del sistema lo permita y no resulte afectados el consumo normal de la población.-

4- Uso de mayores facilidades dentro de la vivienda por el Usuario.

Art. 13º- Dada que la tarifa crece proporcionalmente a las facilidades de agua que tenga el usuario dentro de la casa, hará declaración jurada correspondiente a la Junta de Sanea-miento de nuevas instalaciones que se propone a realizar o de las ya realizadas, de esta manera podrá hacer los ajustes tarifarios respectivos.

En caso de que el usuario no haya cumplido con este requisito, el inspector de sanea-miento o la misma Junta Directiva realizara la actualización en la visita domiciliaria programada a este efecto.

5- Eliminación de Agua Servida.

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Art. 14º- El usuario deberá adoptar los recaudos necesarios para eliminación en condi-ciones higiénicas de sus aguas servidas, como por ejemplo construyendo un sistema de evacuación con arrate de agua.

6- Documento a utilizar para el cobro del servicio.-

Art. 15º- Factura: Documento expedido por el Prestador al Usuario de la conexión de un inmueble o unidad de uso con conexión unitaria, en el cual constan los consumos y demás prestaciones recibidas durante un período determinado, así como la tasa retributiva del servicio e impuestos, con sus respectivos valores.

Facturación: Conjunto de actividades que efectúa el Prestador a los fines de la emisión de una factura y que incluye: lectura del medidor, determinación de consumos o aplica-ción del sistema de cuota fija; evaluación y crítica interna de la factura; cálculo del valor; elaboración de la factura; informaciones adicionales; distribución y entrega.

7- Pagos de las Tarifas.

Art. 16º- Los usuarios están obligados al pago mensual de las tarifas entre los días 25 de cada fin de mes hasta el 5 del mes siguiente, en el lugar establecido por la Junta de Saneamiento, donde se habilitarán cajas para recibirlos, con una atención horaria mínima de seis (6) horas diarias, o por medio de cobradores a domicilio, debidamente autorizados por el Prestador.

Art. 17º- En todos los casos el usuario deberá conservar sus requerimientos de la Junta de Saneamiento, para proceder a posteriores reclamos.

Art. 18º- La falta de pago en los plazos estipulados en el contrato de servicio, constituirá automáticamente en mora al deudor (usuario), dando lugar a las penalidades establecidas en el capítulo VII.

8- Inspecciones.

Art. 19º- El usuario está obligado a permitir el acceso a su domicilio a las personas que en representación de la Junta de Saneamiento o SENASA, circunstancia que se deberá acreditar con la correspondencia, a las instalaciones y conexiones domiciliarias.

CAPITULO IV

DE LAS CONEXIONES FUERA DE LA RED Y CONEXIONES TEMPORARIAS

Art. 20º- En el supuesto en que un solicitante ocupante de un inmueble ubicado fuera del radio de la red de abastecimiento de agua potable solicite la conexión a la Junta de Saneamiento, esta deberá someter el caso a un estudio técnicos para determinar si las condiciones técnicas hacen posible que se acceda a la solicitud, debiendo informarse posteriormente a SENASA. Cualquiera de los resultados (favorable o no) será comuni-cado al solicitante por escrito. En caso afirmativo se procederá a subscribir un contrato especial en el que se determiné las condiciones de financiamientos de la obra y el pago de las mismas.-

Art. 21º- Servicio Temporal.- El Usuario que solicite la prestación de un servicio tempo-ral de hasta un año corrido, además de las exigencias consignadas en el presente Título, deberá efectuar un depósito en garantía del pago de la facturación estimada del período requerido, cuyo valor y forma de constitución serán determinados por la Junta.

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Una vez que el usuario cumpla con los requisitos establecidos para la conexión, la Junta deberá realizar el trabajo dentro de los cincos días siguientes, y en caso de que no fuera aceptada dicha solicitud, se deberá notificar al usuario de la resolución desfavorable, dicha negativa solo podrá justificase en algún incumplimiento del solicitante relativo a los requisitos establecidos, en la imposibilidad técnica de brindar el servicio requerido, fundada en limitaciones de capacidad de la infraestructura existente; o en otras razones basadas en las particularidades del servicio demandado.

Art. 22º- El corte temporario del servicio está permitido toda vez que el corte va superar seis meses corridos de tiempo, dicha solicitud deberá ser hecho por escrito a la Junta de Saneamiento justificando la solicitud, esta deberá estudiar el pedido, y si no respondie-re dentro de los 15 días de haberse presentado la solicitud significa haber aprobado en mismo sentido.-

CAPITULO V

DE LA DETERMINACION Y REAJUSTE DE TARIFAS

Art. 23º- Las tarifas serán fijadas por la Junta de Saneamiento, previo acuerdo de la ERS-SAN y cubrirán los siguientes rubros, según el contrato firmado: costo de administración, operación técnica y mantenimiento, fondo de reposición de equipos móviles y gastos de amortización.-

Art. 24º- Las tarifas del agua, serán revisadas anualmente con la ERSSAN, y se reajusta-ran en principio según las siguientes bases.

a) El rubro gastos de operación y mantenimiento según las variaciones de sa-lario mínimo legal, el valor de la moneda norteamericana (dólar), precio del combustible, precio de insumos etc.-

b) En otros rubros, aplicando los índices de precios del consumidores oficiales para su reajuste.

CAPITULO VI

DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ENTE

1- Operación del sistema.

Art. 25º- La Junta de Saneamiento está obligada a prestar el servicio de agua a todo ha-bitante de la comuna que lo solicite, ocupe un predio dentro del radio servido y cumpla con el presente reglamento. Igualmente la comisión directiva podrá denegar el servicio de agua previa resolución fundada.-

Art. 26º- Calidad del Servicio.- La Junta de Saneamiento debe asegurar que el servicio de provisión de agua potable alcance los niveles técnicos de calidad que se establecen en el presente Capitulo.

A los efectos de determinar el grado de cumplimiento de los niveles técnicos de calidad establecidos, se indican en este Reglamento los parámetros y metodologías de verifica-ción que emplearán tanto la Junta de Saneamiento, como el ERSSAN, con sus respecti-vos valores mínimos de aceptabilidad.

Art. 27º- Responsabilidad Básica.- La Junta tiene la obligación de evaluar la calidad físi-ca, química y bacteriológica de la fuente de abastecimiento de agua, debiendo asimismo

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preservar la calidad de los citados aspectos desde el proceso de captación de agua hasta la distribución final, en los términos exigidos del ente regular. A tal efecto adoptará todas las diligencias de protección que se requieran en los diseños, construcción y operación de las obras, instalaciones y estructuras de captación, conducción, tratamiento y distribución, respectivamente.

Art. 28º- La Junta de Saneamiento garantiza al usuario la provisión normal del agua potable, en las condiciones en que se encuentre el sistema de abastecimiento.-

Las instalaciones especiales que requieran presiones mayores a las del diseño, serán pro-vistas por el beneficiario de los mecanismos necesarios para ello. En ningún, caso, se admitirán bombas o mecanismos que aspiren directamente de la red de distribución, estas instalaciones deberán ser aprobada por la Junta Directiva.-

2- Registro de Usuarios

Art. 29º.- La Junta deberá mantener un archivo o padrón con la información completa y actualizada de sus Usuarios, incluyendo las referencias del predio establecidas en el pre-sente Reglamento, el registro de facturación y todos los datos que sean necesarios para el adecuado control y seguimiento del servicio suministrado, que deberá ser conservada en un software creada a tal efecto.

Igualmente deberá habilitar un expediente por usuarios, para tener un historial de los mismos, que servirá de antecedentes para la Junta.-

3- Mantenimiento de los Equipos e instalaciones.

Art. 30º- La Junta de Saneamiento adoptara las medidas necesarias para conservar en co-rrectas condiciones de funcionamiento los equipos e instalaciones que integran el sistema de agua potable. En caso de reparación que excedan las posibilidades técnicas solicitara la colaboración de SENASA, y/o al/los usuario/s afectado/s.-

4- Vigilancia de la red.

Art. 31º- La Junta de Saneamiento y SENASA realizaran periódicamente inspecciones a la red para verificar el estado de conservación de la misma a fin de evitar pérdidas y contaminación, y comprobar que no se efectúen conexiones clandestinas.-

5- Verificación por Requerimiento del Usuario

Art. 32º- Si un Usuario estima que el medidor de su conexión funciona incorrectamente, realizará el reclamo ante la Junta completando el formulario que a tal fin se habilite. Este procederá a realizar, sin costo alguno para el Usuario, la verificación tanto del medidor como de las instalaciones internas, dentro de los cinco (5) días del requerimiento, en el horario que se informará al reclamante.

Si como resultado de la verificación realizada no se detectare error de medición, la factura-ción del período objetado será liquidada en el mismo período, en función de los consumos registrados, debiendo adicionarse los intereses devengados por el valor de la diferencia.

Si se detectaren diferencias que presuman el funcionamiento incorrecto del medidor, se procederá a reemplazar el artefacto y a reliquidar la facturación respectiva, deduciendo el monto pagado en demasía, con sus correspondientes intereses.

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En ningún caso el ajuste de los consumos registrados, comprenderá períodos anteriores al de la verificación.

6- Suspensión del Servicio.

Art. 33º- Cuando sea necesario suspender momentáneamente la prestación del servicio por reparaciones, limpieza de redes o para efectuar nuevas conexiones en zonas difíciles, la Junta de Saneamiento dará aviso a los usuarios a través de medios de comunicación (radios, tv, periódicos, etc.) con debida anticipación (24 horas) para que efectúen las reservas de agua.-

Igualmente se podrá suspender la prestación de servicio sin previo aviso, en caso de incendio y/o detonación del sistema, para acudir en auxilio de la zona afectada por el tiempo necesario para combatir el siniestro.-

7- Recaudación de tarifas.

Art. 34º- La Junta de Saneamiento proveerá mensualmente a los usuarios el detalle de su consumo, como también las deudas acumuladas si lo hubiere, para el cobro de tarifas dentro de los plazos establecidos en los arts. 16 a 18.-

8- Facturación y Pago De Los Servicios

Art. 35°- Emisión y Distribución de Facturas.- La Junta ha de emitir las facturas corres-pondientes al período de consumo inmediato anterior, dentro de los quince (15) días de realizada la lectura respectiva, pudiendo establecer ciclos regulares de lectura y factura-ción por áreas o categorías de Usuarios. La factura será distribuida por la Junta, sin cargo alguno para el Usuario, de modo tal que sea recibida por el mismo, con una anticipación mínima de cinco (5) días a la fecha de vencimiento estipulada. En el caso de que la fac-tura hubiere sido recibida con una antelación menor a los diez (10) días, el Usuario podrá igualmente abonar por el servicio sin su detalle de consumo, para el caso de extravío o no entrega del mismo.

La factura y/o Detalle de consumo será entregada en el domicilio correspondiente al inmueble servido, pudiendo el Usuario indicar en la solicitud de servicio, o por medio de comunicación fehaciente y bajo su responsabilidad, otro domicilio para el solo y único efecto de la recepción de la factura.

Ningún Usuario podrá justificar el no pago en término de la factura, en razón a su ausen-cia, temporaria o definitiva del lugar autorizado para la entrega. Suya será la responsa-bilidad de comunicar a la Junta, con una antelación mínima de veinte (20) días respecto de la fecha de vencimiento, sobre cualquier circunstancia que impida la recepción de la factura, dando cuenta de la modalidad alternativa que proponga a los fines de facilitar el pago de la misma. La Junta deberá aceptar dicha alternativa, siempre y cuando la factura-ción correspondiente pueda ser entregada en algún inmueble situado dentro de la ciudad.

Art. 36°- Contenido de la Factura.- La factura que emita el Prestador deberá consignar obligatoriamente, de manera clara y precisa para los Usuarios, las siguientes referencias:

1. Denominación comercial de la Junta, domicilio, teléfono, y demás registracio-nes que imponga la legislación de la República del Paraguay;

2. Identificación del Usuario, tal como se encuentra registrado ante la Junta, incluí-do el número del medidor.

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3. Período objeto de facturación, con indicación expresa de la cantidad de días comprendidos.

4. Lectura anterior y actual del Medidor y Consumo del período facturado o valor de la cuota fija, según corresponda.

5. Precio por unidad de volumen aplicado o valor de la cuota fija, según el Regla-mento Tarifario.

6. Valor total correspondiente a los consumos facturados.

7. Otros conceptos facturados, con su respectiva justificación legal o contractual, según se autoriza en este Reglamento.

8. Valores correspondientes a impuestos, tasas, u otras cargas generales que se aplican sobre el consumo facturado, indicando la porcentualidad o alícuotas respectivas.

9. Fecha de vencimiento.

10. Saldos anteriores adeudados, incluyendo recargos legales aplicables si el Usua-rio incurrió en mora en el pago de la(s) factura(s) anterior(es). El saldo adeu-dado anterior se acumulará al valor de la factura del período de modo que el Usuario pueda cancelarlos en forma conjunta.

11. Créditos a favor del Usuario, los que se deducirán del total facturado.

12. Números telefónicos y/o lugares habilitados para efectuar solicitudes y recla-mos relativos a la factura, o a cualquier otro aspecto del servicio.

13. Otras informaciones útiles que la Junta considere importante comunicar a sus Usuarios.

Art. 37º Pago sin presentación del Detalle de Consumo. En los casos consignados en el artículo 35° de este Reglamento, cuando el Detalle de Consumo no hubiere sido distri-buida, o no llegase a conocimiento del Usuario, la Junta habilitará en sus oficinas autori-zadas, una modalidad de pago sin presentación de la factura, donde el Usuario podrá can-celar su obligación, debiendo el Prestador expedir la factura del pago correspondiente.

Art. 38º Los usuarios están obligados a pagar las tarifas establecidas por la Junta de Saneamiento y/o cualquier otro concepto emergente del servicio.-

Art. 39º Las multas y/o otros cargos adicionales se entregaran igualmente a los usuarios en sus detalles de consumo.-

Art. 40º La Junta de Saneamiento no puede prestar servicios gratuitos por ningún con-cepto a personas, entidades o establecimientos públicos o privados, a excepción del Cuer-po de Bomberos.-

Art. 41º La Junta de Saneamiento podrá aplicar y percibir tazas especiales a algunas instituciones especiales de la salud y/o otras que brinden servicios a la comunidad, previa resolución fundada.-

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CAPITULO VII

DE LAS SANCIONES

Art. 42º La Junta de Saneamiento está facultada para aplicar a los usuarios las siguientes sanciones:

a. Apercibimiento, por escrito, que se aplicara en caso de infracciones leve a los usuarios no reincidentes.-

b. Suspensión temporaria del servicio por incumplimiento de pago de tarifas ( 3 meses de deuda), mal funcionamiento de las instalaciones internas que ocasio-ne derroche del agua, conexión clandestina, aumento de instalaciones internas no declaradas, provisión al vecino, venta de agua, etc.-

c. Suspensión definitiva del servicio. En caso de daños intencionales a instalacio-nes o de sucesivas reincidencias en las demás infracciones.-

Art. 43º En los casos de suspensión temporaria, se procederá a rehabilitar el servicio al usuario una vez pagadas las tarifas (deudas acumuladas) y sus recargos o eliminadas las transgresiones, más un costo resultante de la mano de obra y materiales utilizados, que será fijada por la Junta Directiva.-

Art. 44º En los casos de desconexión y/o suspensión definitiva, solamente se procederá la reconexión cuando, además de suprimidas las deudas si existiere y/o causas de infrac-ción, se abone el derecho equivalente a una nueva conexión.-

Art. 45º De toda infracción comprobada, será registrado en sesión ordinaria de la Junta Directiva como un orden del día a tratar, para que proceda la sanción impuesta en el registro de usuarios como un antecedente negativo.-

Art. 46º Sin perjuicio de lo establecido en los art. 42, 43 y 44, la Junta de Saneamiento quedara facultado para:

a. Proceder al desmantelamiento, por cuenta del usuario, de la conexión e ins-talación clandestina y al secuestro de los materiales y elementos usados en la misma.-

b. Realizar por cuenta del usuario las obras necesarias para colocar las instala-ciones en condiciones reglamentarias.-

c. Las acciones legales pertinentes para el cobro compulsivo de las deudas con-traídas por los usuarios y obtener la reparación de los daños y perjuicios.-

d. Poner a conocimientos de las autoridades pertinentes por la comisión del he-cho de aprovechamiento clandestino de una prestación.-

e. Aplicar multas a los usuarios infractores del presente, que no excederán a los veintes jornales mínimos establecidos en el país.-

Art. 47°.- Cambio o Retiro del Medidor.- El retiro o cambio del medidor sin auto-rización de la Junta de Saneamiento se encuentra prohibido. La Junta deberá cambiar, a su costo el medidor, cuando este indistintamente no tenga el diámetro necesario; o adolezca de falta de precisión o provoque alteraciones en la correcta prestación del ser-vicio. El cambio o retiro deberá ejecutarse dentro del plazo máximo de treinta (30) días

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de detectada por la Junta, o de denunciada la falencia por el Usuario. Durante ese lapso, el Prestador podrá indistintamente, instalar un medidor provisorio o facturar el servicio según el consumo promedio del Usuario, y una vez transcurrido el plazo, de no reponerse el medidor o en caso subsistir la deficiencia, solo podrá facturarse el cargo fijo para sin micro medición.-

CAPITULO VIII

DE LOS HIDRANTES PUBLICOS

Art. 48º.- Hidrantes Públicos.- Los hidrantes públicos para la extinción de incendios, son parte integrante de la red de distribución de agua potable y serán instalados por la Junta sujeta a la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo a un programa que elaborará la propia Junta, conjuntamente con los Organismos Competentes y que integrará a todos los efectos el respectivo Plan de Desarrollo Comunal.

La referida programación deberá considerar tentativamente la disposición de hidrantes cada quinientos (500) metros en nuevas tuberías y aquellas que se reemplacen, rehabili-ten o renueven en el futuro. Las medidas de las tuberías del hidrantes podrán variarse de acuerdo a las necesidades de los organismos de seguridad.

Será responsabilidad de la Junta realizar, a su costo, el mantenimiento, la revisión per-manente y/o reparación de los hidrantes, de modo a garantizar su correcta operación en todo momento.

Art. 49º.- Uso de los Hidrantes Públicos.- Los hidrantes públicos sólo podrán ser utili-zados para fines de extinción de incendios por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios y de la Policía Nacional si lo hubiere o de otros Cuerpos similares autorizados de las Autori-dades Competentes.

La conservación y reparación de los hidrantes públicos estará a cargo del Prestador, de-biendo el Cuerpo de Bomberos informar a éste acerca de los daños, escapes y cualquier otra irregularidad que detecte ello sin perjuicio de las obligaciones de mantenimiento y renovación periódicas indicadas en el art. 49º de este Reglamento.

CAPITULO IX

DE LA INTERPRETACION DEL PRESENTE REGLAMENTO

Art. 50º Todas las cuestiones que se subsisten con motivo de la interpretación del pre-sente reglamento podrán ser sometidas al arbitraje de SENASA, cuya resolución será inapelable.-

El presente reglamento fue aprobado por asamblea extraordinaria, de fecha ____/___/___.-

____________________ ________________________

Abog. Delfín Méndez G. Lic. Osvaldo Cabral S.

Presidente Secretario

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MEMORIA DE GESTION

PERIODO OCTUBRE AÑO 2015 A MARZO 2016.-

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MEMORIA DE GESTIONPERIODO OCTUBRE AÑO 2015 A MARZO 2016.-

Estimados usuarios-usuarias

Con mucha esperanza en ustedes, esta Junta Directiva se complace en po-ner a conocimiento de los usuarios del sistema de agua potable de nuestra ciudad, los diferentes trabajos y toma de decisiones que se ha llevado adelante en pos del mejorar día a día el servicio de provisión de agua.-

Es así que en fecha 04 de octubre del año 2015, este equipo de dirigentes ha asumido la difícil tarea de administrar los destinos de la Junta, a sabiendas de las diversas situaciones problemáticas con que enfrenta el sistema y la administración propiamente dicha.

En dicho acto asambleario resultaron electos; Delfín Méndez - Presiden-te, Ramón Duarte - Vicepresidente, Osvaldo Cabral - Secretario, Luis Arnaldo Martínez - Tesorero, Fernando Martínez - Sindico y Néstor Román - Sindico suplente, y en la actualidad un representante municipal concejal Antonio Coronel.-

Este equipo de trabajo ha asumido su labor previa realización de inventa-rio general de bienes muebles e inmuebles, materiales, equipos y estado financie-ro, bajo la supervisión de la Notaria y Escribana Publica Mabel Francisca Carisimo, quien ha labrado un acta notarial para dar mayor seriedad al acto asambleario y asumir la gestión con mayor transparencia, como también la de delimitar nuestra responsabilidad de esa fecha.-

Importante resaltar que los señores Rubén Galeano y Simón Delvalle han sido los representantes de la Junta Directiva saliente, quienes fueron los que realiza-ron la entrega de los informes a la asamblea y a los nuevos directivos, no así el señor Tomas Vigo, Pedro Pablo Acosta y Diosnel Carísimo.-

Momento después de asumir esta nueva junta directiva, se ha abocado a interiorizarse de los equipos existentes en diferentes lugares, propiedad de la Junta, de ahí que primeramente encontramos que dos de los tableros eléctricos se encon-traba totalmente quemada, es decir los dos motores de 15HP estaba trabajando sin ninguna protección (directo), uno de ellos instalado en el Pozo Nº 1 (cuatro boca) y el otro, en el Pozo Nº 3 de la colonia Capitán Leguizamón, cuyas placas fotográficas se anexa a la presente.-

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Esta situación encontrada hizo que inmediatamente se ha buscado los re-cursos económicos necesarios para superar la gravedad de dicha circunstancias, y gracias al apoyo económico de todos los miembros se pudo normalizar los tableros averiados, y hoy en día trabajando normalmente.-

De igual manera se pudo fraccionar parte de la deuda acumulada con la ANDE, ya que no se ha abonado la totalidad del consumo de energía eléctrica de los distintos pozos existentes, que luego de 30 días de gestión se ha normalizado totalmente el consumo en cuanto al pago por la energía.-

AREA ADMINISTRATIVA

La primera y fundamental decisión que ha tomado esta nueva Junta directi-va es la de firmar un convenio con la Cooperativa Cooperu Ltda. de Boca de Cobran-za por el servicio de venta de agua, es decir que gracia a este convenio pudimos dar mayor posibilidad de pago a los usuarios del agua potable, ya que la cooperativa abren sus puertas hasta las 13:00 horas e inclusive los días sábado. Esta decisión se ha tomado para dar mayor transparencia al manejo de dinero que ingresa a la Junta de Saneamiento, y la segunda toma de decisión no menos importante es la de suprimir todas las instalaciones de supuesta canilla publica, por colisionar el art. 89 del Estatuto Social, que prohíbe la gratuidad del agua.-

Igualmente mencionar que este convenio, ha sido objeto de estudio de la comisión saliente, quienes encaminaron con la cooperativa anteriormente y como es una iniciativa que beneficia a los usuarios se pudo concretar rápidamente sin mayores trámites, de ahí que la Junta de Saneamiento es socia de dicha cooperativa, y eso hace que hoy en día sigamos trabajando con la mayor transparencia posible en pos de una sostenibilidad económica de esta institución sin fines de lucro.-

Siempre en aras de transparentar la gestión administrativa de la Junta, an-tes de los sesenta días de mandato, se ha adquirido un software acorde a las exigen-cias de la institución específicamente en el departamento de facturación, para que los usuarios puedan tener la mayor información posible en cuanto a su consumo mensual de agua y de otras informaciones útiles de la institución. Esta inversión hecha se pudo concretar nuevamente gracias al apoyo personal-económico de los miembros de la Junta Directiva, siendo que en ese momento la institución no conta-ba con ningún recurso económico como para solventar directamente esta adquisi-ción.-

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De la misma forma se ha conversado con los proveedores de la institución acerca de las deudas existentes con los mismos, reconociendo esas deudas y con el compromiso asumido de honrar a cada uno de ellos con recursos propio de la ins-titución, que por cierto antes de los 120 días de gestión se ha abonado totalmente, entre las deudas más importantes figuraba con SANITODO y FSM Industrial (apro-ximadamente 10.000.000 de guaraníes).-

Así también hemos actualizado la cuenta corriente de la Junta existente en el BNF, que por cierto a asumir la nueva junta directiva se encontraba con fondo insuficiente para seguir operando la cuenta, es decir que necesariamente se nece-sita la suma de tres millones de guaraníes para mantener la cuenta abierta, dicho monto de dinero fue repuesto por este equipo de trabajo, y de esa manera mantener la cuenta abierta para lo que hubiere lugar en adelante, teniendo en cuenta que ac-tualmente todas las operaciones financieras se realiza en oficinas de la Cooperativa Cooperu Ltda.-

Con el compromiso asumido, la de transparentar la administración de la institución, se ha implementado un sistema de compra diferente, previa conver-sación con todos los proveedores, que permite mayor control sobre los insumos y mercaderías a ser adquirido, de ahí que se utiliza un Orden de Compra proveído por la presidencia a los funcionarios para realizar las compras de cualquier natura-leza.-

La triste situación del alto grado de morosidad de la Junta con otras insti-tuciones, principalmente con la ERSSAN, entidad encargada de regular el servicio de venta de agua a nivel nacional, correspondiendo el 2% de lo recaudado men-sualmente a dicha entidad, hemos percatado que desde el año 2013 no se estuvo abonando mas a la Erssan, por lo tanto la deuda llegaba a la suma de 12.000.000 de guaraníes, por lo que inmediatamente se pudo renegociar la deuda, que impli-ca viajar mensualmente a la Capital de país para cumplir con este compromiso, de la mano del presidente y del tesorero se pudo acordar con dicha entidad, realizar los pagos en forma fraccionadas, que por cierto a la fecha se ha honrado más de 5.000.000 de guaraníes del total de la deuda.-

Consiente sobre la necesidad de mejorar la administración de la Junta, lo que necesariamente implica un gestión eficiente y adecuada, de ahí que esta nueva junta directiva ha agotado todas las instancias para presentar los diferentes pedidos

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a diferentes instituciones del país, principalmente ante la SENASA, solicitando una intervención técnica a raíz de la constante falta de agua en algún barrio de la ciudad (Barrio San Francisco), como también la donación de materiales, y apoyo financiero en espera de respuesta favorable a la fecha.-

Ante esta situación (falta de agua) se ha recurrido a la municipalidad lo-cal, a fin de que pueda arbitrar los medios necesarios para terminar los trabajos de montaje del pozo ubicado en la zona del Barrio Fátima, específicamente en la zona de Ycua Pyta, siendo que este pozo aún no fue transferido a esta Junta, por lo tanto resulta imposible tomar atribuciones sobre el mismo, para proveer agua a la zona más carente por falta de agua, específicamente el Barrio San Francisco donde apro-ximadamente 90 usuarios sufren la falta de agua. Igualmente con ayuda del señor Lucio Martínez responsable de la excavación del pozo Ycua Pyta, y con la promesa de asumir el pago correspondiente por dicho trabajo el nuevo intendente municipal Arq. Eliecer Cáceres se ha hecho funcionar momentáneamente dicho pozo a favor de los usuarios de la zona afectada, que por cierto no pudo seguir operando por la falta de pago por los trabajos realizados, hoy en camino de solución nuevamente.-

Como es de conocimiento público, en el mes de diciembre del año 2015, exactamente en fecha 22, se produjo una descarga eléctrica en la zona de Potrero Loma, afectando a la Estación de Bombeo Nº 1, es decir que ha quemado el motor sumergible de 15HP, y un auto transformador de partida, que ha generado una pér-dida importante de la provisión de agua, siendo que dicho pozo es uno de lo que da mayor caudal de agua, dicho equipo se ha puesto en funcionamiento al tercer día, con la ayuda económica del señor vicepresidente, y el señor Intendente Municipal quien se ha comprometido en reponer el costo de dicho trabajo que totaliza la suma de 12.000.000 de guaraníes.-

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A continuación un cuadro comparativo de las deudas honradas por este equipo de trabajo en 150 días de gestión. Igualmente las inversiones realizadas.-

Deudas existentes en fecha 04-10-2015.- Proveedores Cuantía en Gs. Total Pagado Total a pagar Cuotas ANDE 16.000.0000 Actualizado SANITO 8.100.000 8.100.000 -------- En tres cuotas FSM Industrial 1.500.000 1.500.000 -------- En dos cuotas ERSSAN 12.000.000 4.500.000 7.500.000 En 16 cuotas SET (IVA) 2.400.000 2.400.000 ----------- Una cuota

Inversiones realizadas desde 04-10-2015 hasta la fecha.- Equipos y Mercaderías Costos Total Pagado

Artefactos eléctricos para table-ros

Total 4.000.000 Gs. cada tablero.

8.000.000 Gs

Mano de obra 3.000.000 3.600.000Software 9.500.000 + 1.500.000 11.000.000Un PC (computadora) 4.100.000 4.100.000Sillas 60.000 360.000Herramientas varias 2.000.000 2.000.00051 Medidores nuevos 250.000 12.750.000Total inversión en 5 meses 41.810.000 GS.

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AREA TECNICA

Conociendo medianamente lo que implica esta área, se ha hecho un relevamiento de datos, en cuanto a las carencias técnicas con que cuenta la Junta, de ahí tenemos justamente los dos tableros eléctricos mencionados anteriormente, en un estado total de desprotección, es decir que ambos motores no contaban con los tableros de protección, ya que ambos no contaban con los artefactos eléctricos en funcionamientos, que por cierto la reparación de los mismos alcanzo la suma de 11.300.000 de guaraníes, también gracia a la ayuda económica del sindico y el vicepresidente, pudimos reparar inmediatamente que a la fecha dichas deudas se ha pagado totalmente.-

Igualmente el único tanque de agua con que cuenta la junta, se encuentra en un estado de deterioro en parte del cuerpo del mismo, ha sido constante motivo de preocupación por la directiva en general, de ahí que estamos extremando esfuerzo para una pronta solución a este inconveniente subsitado, cuya placa fotográfica se anexa.-

Sin duda alguna la gran deuda pendiente para esta nueva junta, es la red de

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distribución del agua, es decir las cañerías existentes llegan a su vida útil en un 70% de total, ayudado por la mala calidad de los materiales utilizados anteriormente, de ahí que también esta situación técnica es motivo de análisis en cada reunión de la directiva.-

La mayor preocupación de este equipo de trabajo, es la situación irregular de aquellos usuarios que no cuenten con medidores, a pesar de que todos ellos han pagado su respectivo derecho de conexión (a la fecha dicha suma es de 600.000 guaraníes) por lo tanto deberían ser instalado los medidores correspondiente. La sorpresa fue encontrar un faltante de 800 medidores a aquellos usuarios, quienes en su momento pagaron íntegramente su derecho de conexión.-

En ese sentido, esta nueva comisión directiva desde, el día siguiente de asu-mir los destinos y manejo de la Junta ha realizado las tareas como corresponde, de ahí que para solicitar una nueva conexión se debe presentar una caratula de solici-tud, acompañado de copia de título de propiedad y/o contrato de arrendamiento del inmueble donde va ser instalado la nueva conexión, luego la comisión estudia en plenaria si se acepta o se rechaza la solicitud presentada, y en caso de urgencia la presidencia autoriza la conexión pero luego es analizada nuevamente la decisión tomada por la presidencia, cumpliendo con el mandato legal establecido para un cuerpo colegiado como esta.-

Así también todas las solicitudes se analizan previamente en cuanto a la forma de pago por parte de los posibles usuarios, ya que esta directiva no ha obsta-culizado ninguna solicitud a pesar de que no todos tienen la posibilidad de abonar al contado dicha solicitud, siendo que el acceso al agua potable es un derecho cons-

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titucional que ampara a todos ciudadanos.-

Las nuevas conexiones realizadas son archivadas en un expediente admi-nistrativo numerado correlativamente, donde queda habilitada un historial de los usuarios que permita tener un padrón de los mismos, para facilitar las próximas asambleas a ser llevada adelante, con informaciones precisas y reales, de ahí que a la fecha contamos con 1.605 usuarios.-

AREA RECURSO HUMANO

Luego de realizar un análisis serios a este departamento, nos percatamos que los funcionarios han sido totalmente abandonado a su suerte, es decir que no tenían el acompañamiento de los directivos, siendo que una de las mejores decisio-nes que han tomado la nueva Junta es la de proveerles de herramientas necesarias para que los mismos puedan cumplir cabalmente con sus tareas diarias, se ha hecho una inversión importante para la adquisición de las herramientas, tanto en el sector de la distribución de agua, como también en la parte de control de los diferentes estación de bombeo existentes a la fecha.-

Sección Plomería

Sección Eléctrica

Luego siguiendo con el análisis de las necesidades de los funcionarios, se ha otorgado por primera vez desde la existencia de la Junta, un pequeño cupo de

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combustible por valor de 20.000 guaraníes semanales, haciendo que los mis-mos puedan aprovechar mejor sus salarios que por cierto no son los adecuados que realmente se merecen, pero con la firmeza de seguir generando mayores recursos económicos para cumplir con esta necesidad.-

Así mismo para dar una reivindicación institucional a la Junta ante la ciu-dadanía en general, también por primera vez en 22 años desde la fundación de la Junta de Saneamiento se ha adquirido uniformes para los funcionarios, para ser identificado las personas que trabajan día a día para que no falte agua a los usuarios, reconociendo siempre que aún subsisten pequeñas falencias institucional que en la brevedad se estará mejorando.-

Convencido todos, que el éxito de una gestión administrativa transparente exige una mayor comunicación entre sus miembros, esto implica necesariamente proveer de los equipos necesarios para llegar a dicha finalidad, por lo que también se ha proveído equipos de comunicación, tanto a los funcionarios y a los directivos. A raíz de esta determinación se ha adquirido varios equipos telefónicos con líneas corporativos, para permitir un trabajo más coordinado, para acudir en menor tiem-po a los distintos reclamos realizados por los usuarios.-

Con el afán, de que los funcionarios de la institución sean más eficientes con sus obligaciones día a día, también se ha resuelto otorgar a los mismos (fonta-nero, electricista y lector) un cupo de combustible semanal por valor de 20.000 guaraníes, de esta manera este grupo de dirigentes cree que la Junta cumple con

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las obligaciones laborales que amparan a los funcionarios, otorgándole mayores beneficios en aras de aprovechar mejor sus salarios, aceptando que los mismos de-ben de tener un mayor ingreso económico, una vez que la institución sea solvente económicamente, y estamos seguro que con ayuda de cada usuario fácilmente serán concretado estos anhelo.-

La concienciación a los funcionarios, de la importancia de sus labores ha sido una constante por parte de todos los dirigentes que conforma esta nueva di-rectiva, de ahí que hasta la fecha no se ha contratado otros trabajadores para llevar adelante las tareas propias de los mismos, para que los recursos sean utilizados con la mayor austeridad posible a favor de ellos, por ellos que agradecemos también sus compresiones y de ayuda mutua.-

TODOS ESTOS TRABAJOS QUE SE ILUSTRAN A CONTINUA-CIÓN HAN SIDO REALIZADOS POR FUNCIONARIOS DE LA INSTI-TUCIÓN Y AYUDA DE VECINOS AFECTADOS EN ALGUNOS CASOS:

Trabajo de fijación de cañerías en zona inundable. Diciembre del 2015.- Ba-rrio San José

Trabajo de reconexión de cañerías para el funcionamiento momentáneo del quinto pozo de Ycua Pyta, con ayuda de vecinos y directivos. Diciembre del 2015. Barrio San Francisco.-

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Trabajo de mejoramiento de cambio de lugar de la red de distribución del agua, con ayuda de vecinos. Enero del 2016. Barrio San Miguel.-

Trabajo de traslado de lugar de la red de distribución del agua, con ayuda de vecinos. Marzo del año 2016. Barrio Fátima.-

Trabajo de reparación de caño de gran porte en la Estación de Bombeo número dos

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de Potero Ybate, con ayuda de directivos. Abril de 2016.-

Trabajo de excavación y fijación de cañerías de la red de distribución de agua, con mayor profundidad. Abril del año 2016. Barrio San Francisco.-

Tal vez una de las gestiones más importante de este nuevo equipo de traba-

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jo, conociendo y asumiendo la falta de agua en algunos barrios de la ciudad, princi-palmente en el Barrio San Francisco, ha sido la de realizar varios pedido a la SENASA de enviar un equipo técnico del departamento de Hidrología, para que proceda a la búsqueda de posible ubicación de caudal importante de agua subterránea, con miras de un futuro estación de bombeo para cumplir con las demandas de agua potable.-

Dicho pedido se ha podido materializar, con la presencia de técnicos geó-logos de dicha institución, quienes han realizado el trabajo de estudio hidrológico en varias zonas de la ciudad y zonas aledañas, como ser; en el Barrio San Antonio, compañía Potrerito, compañía Potrero Loma y compañía Novireta.-

Creyendo que la Junta de Saneamiento necesariamente debe ser una insti-tución solvente en aras de brindar un mejor servicio a los usuarios, ratificamos una vez más nuestros compromisos ante ellos de asumir dicha tarea con la convicción de transparentar la administración de la institución, y de esa manera se podrá lograr dicha solvencia.-

Muchas Gracias a los funcionarios y a las personas que desinteresadamente ayuda a esta nueva junta directiva para mejorar la institución.

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