revista informativa y de opiniÓn profesional - inicio … · 2017-04-21 · puesto sobre la renta,...
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C.P.C. Octavio Acosta Salomón No. 42 esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol
Hermosillo, Sonora, México | Tels. (662) 213 2145 y 217 4699 | www.incp.org.mx
IMPACTO EN EL CÁLCULO DE
SALARIOS CON LA UNIDAD DE MEDIDA
Y ACTUALIZACIÓN PARA 2017
No. 52, Enero/Febrero 2017REVISTA ELECTRÓNICA
REVISTA INFORMATIVA Y DE OPINIÓN PROFESIONAL
BIMESTRAL
QUE VOLTEEN A LA CORTE
EL DERECHO A DISENTIR Y A
PEDIR CUENTAS
LA TEORÍA DE LOS CRISTALES
ROTOS Y EL FRAUDE
Hoy, las reglas del juego en el mundo y en nuestro
país dejaron de ser como las conocíamos, Méxi-
co vive una sensación de incertidumbre y ante
los nuevos retos y situaciones que demandan
de la profesión organizada, nuevas soluciones
y nuevas formas de pensar, es que se ha pensa-
do en una acción concreta, me refiero al Folio:
14/2016-2017 del IMCP que nos invita a parti-
cipar en las cuatro modalidades de maestría que
atienden las nuevas necesidades de capacitación
de los asociados como son: Maestría en Pre-
vención de Lavado de Dinero y Anticorrupción;
Maestría en Auditoría y Contabilidad Guber-
namental; Maestría en Administración Tributa-
ria y Maestría en Finanzas. Éstas nuevas herra-
mientas en el campo de actuación del Contador
Público sin duda alguna, serán de gran beneficio
para la sociedad.
En otro orden de ideas, también compartirles
que se están celebrando 110 años de la Con-
taduría en México y los 40 años de haberse
organizado formalmente la Región Noroeste.
Que estos eventos son muestra de la historia
de la cual debemos sentirnos orgullosos. La ce-
lebración del 110 Aniversario será en la Cd. de
México el 25 de Mayo de 2017, para los festejos
del 40 Aniversario se han designado dos fechas,
el día 04 de Mayo de 2017 en Cd. Obregón, So-
nora en el marco de la “46 Convención Regional
de Contadores Públicos” y el otro evento con una
conferencia magna el día 10 de Octubre en la Cd.
de Hermosillo, Sonora.
Afectuosamente,
C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez
Presidenta del INCP 2016-2017
Mensaje Presidencia INCP
¡Somos una profesión con
historia digna de contar y con
un futuro prometedor!
NOTA DE EDICIÓN : Los artículos con- tenidos en esta revista son responsabi- lidad del autor y no del Instituto del No- roeste de Contadores Públicos, A.C.
Presidente de la Comisión de Revista
y Presidente de la Comisión de Redes
Sociales del INCP
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante
DirectorioINSTITUTO DEL NOROESTE DE CONTADORES PÚBLICOS, A.C.
COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL
PRESIDENTE - C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez
VICEPRESIDENTE GENERAL - C.P.C. Carlos Ibarra Aguiar
TESORERO - C.P.C. Mario Zavala Tellez
AUDITOR FINANCIERO - C.P.C. Maximina Estrada Ulloa
AUDITOR DE GESTIÓN - C.P.C. Juan Carlos Esqueda Hampl
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LEGISLACIÓN - C.P.C. Guillermo Gómez Aguirre
GUBERNAMENTAL - C.P.C. Guillermo Williams Bautista
SECTOR EMPRESAS - C.P.C. Manuel Alonso Quintero Arce
RELACIONES Y DIFUSIÓN - C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez
FISCAL - C.P.C. Joaquín Vega Valadez
APOYO A ASOCIADAS - C.P.C. José David Novato Salazar
CONTROL DE CALIDAD - C.P.C. Raymundo Velarde Miller
ASUNTOS INTERNACIONALES - C.P.C. Evangelina Contreras Caro
PRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Mario Arvizu Real
IMCP Sonorense - C.P.C. Alma Cecilia Villarreal Antero
IMCP Región del Mayo - C.P. Suleyka Gpe. Ruiz Satow
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IMCP Culiacán - C.P.C. Víctor Manuel Sandoval S.
IMCP Mazatlán - C.P.C. Gonzalo Cabanillas Cedano
IMCP Tijuana - C.P.C. Aracely A. Guzmán Ibarra
IMCP Mexicali - C.P.C. José Ricardo Rosales Grano
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IMCP BCS - C.P.C. Javier Arnaut Castro
VICEPRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Sebastián Colio Constante
IMCP Sonorense - C.P.C. Jorge A. Alcántar Topete
IMCP Región del Mayo - C.P. Alma Delia Sánchez Félix
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IMCP Mazatlán - C.P.C. Rafael Arturo Vargas Díaz
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IMCP Mexicali - C.P.C. Plácido Valenciana Moreno
IMCP BCS - C.P.C. Carlos Iván Salgado Cota
Editorial Revista “Contaduría del Noroeste”
Presidente de la Comisión de Revista,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante;
Diseño Gráfico,
L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal,
Edición y Corrección de Estilo,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.
Publicidad,
C.P. Ruth L. Acosta, [email protected]
EDITORIALEs un placer presentar ante usted la edición bimestral de
nuestra revista institucional del Instituto del Noroeste
de Contadores Públicos, en la cual presentamos diversos
artículos con temáticas actualizadas en nuestro quehacer
profesional, donde avezados profesionales nos brindan
sus experiencias, opiniones y conocimientos en la materia.
En esta publicación podemos apreciar cual es el impacto
en el cálculo de los salarios, con la unidad de medida de
actualización 2017 (UMA), explicado ampliamente por el
C.P.C. Gonzalo Cabanillas; así mismo, de la mano de una
experta fiscalista, la C.P.C. Guadalupe Ruíz, nos detalla a
conciencia las Reformas fiscales estatales en el Estado
de Sonora para este 2017; también en la sección EN LA
OPINIÓN DE… un gran fiscalista a nivel regional, el C.P.C.
Héctor Amaya, nos da su opinión acerca de diversas con-
troversias en materia fiscal que agravian a particulares, en
un interesante artículo titulado “Que voten a la corte”; y
en la sección ENSAYO, la Dra. Rosario Robles, académica y
escritora, nos ilustra con uno titulado “El derecho a disen-
tir y a pedir cuentas”, mismo que es expuesto de manera
magistral; y por si fuera poco, nuestro experto internacio-
nal, Auditor Forense, el C.P.C. Guillermo Williams, nos
escribe un interesante artículo “La teoría de los cristales
rotos y el fraude”, donde describe a la perfección la impor-
tancia de prever cualquier indicio de fraude en cualquier
organización.
Y tenemos además, dos reseñas de dos cambios de conse-
jos que se dieron durante estos meses en nuestra región,
en el IMCP Mexicali y el IMCP Región del Mayo, les deseo
éxito en sus nuevas gestiones en favor de nuestra pro-
fesión. Enhorabuena.
Agradezco, como siempre, por la confianza de nuestros co-
laboradores y la preferencia de nuestros asiduos lectores.
Un abrazo,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, M.I.
Presidente de la Comisión de Revista del INCP
“Contaduría del Noroeste”
SALARIOS 2017, INCP | 5
C.P.C. Gonzalo Cabanillas CedanoPresidente del
IMCP Sinaloa, Socio
de Contabilidad e
Impuestos Franco
Cabanillas Consultores,
S.C.
Antecedentes
Con fecha 30 de diciembre del 2017 se
publicó en el Diario Oficial de la Federa-
ción (DOF) la Ley para Determinar el
Valor de la Unidad de Medida y Actuali-
zación (UMA) y en esta señala que dicho
valor será determinado por el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (IN-
EGI); ente de gobierno, el cual ya público
el pasado 10 de Enero que el valor de la
UMA a partir del primero de febrero de
este mismo año será de $ 75.49.
Esta Ley se creó como seguimiento a la
reforma constitucional realizada en ene-
ro del 2017 para des indexar el uso del
Salario Mínimo en todas las leyes fede-
rales que actúen como referencia, índice,
unidad, entre otros, quedando la modifi-
cación a la fracción VI del artículo 123 de
la siguiente(Todo lo subrayado y remar-
cado es de su servidor):
“Los salarios mínimos que deberán dis-
frutar los trabajadores serán generales o
profesionales. Los primeros regirán en las
áreas geográficas que se determinen; los
segundos se aplicaran en ramas determi-
nadas de la actividad económica o en pro-
fesiones, oficios o trabajos especiales. El
salario mínimo no podrá ser utilizado como
índice, unidad, base, medida o referencia
para fines ajenos a su naturaleza.”
Y en sus transitorios se señala lo si-
guiente:
Primero.- El presente Decreto entrará
en vigor el día siguiente al de su publi-
cación en el Diario Oficial de la Federa-
ción. es decir, el cambio entro en vigor el
28 de enero del 2017.
Segundo.- El valor inicial diario de la Uni-
dad de Medida y Actualización, a la fecha
de entrada en vigor del presente Decreto
será equivalente al que tenga el salario
mínimo general vigente diario para todo
el país, al momento de la entrada en vi-
gor del presente Decreto y hasta que se
actualice dicho valor conforme al pro-
cálculo de Salarioscon la Unidad de Medida y Actualización para 2017
Impacto en el
6 | SALARIOS 2017, INCP
cedimiento previsto en el artículo quinto
transitorio.
…
El valor para la UMA a partir del 28 de
enero del 2017 fue el mismo importe del
Salario mínimo, es decir $73.04, de tal
forma que cualquier calculo que se reali-
zó en 2017 tenía el mismo efecto.
Tercero.- A la fecha de entrada en vigor
del presente Decreto, todas las men-
ciones al salario mínimo como unidad de
cuenta, índice, base, medida o referencia
para determinar la cuantía de las obliga-
ciones y supuestos previstos en las leyes
federales, estatales, del Distrito Federal,
así como en cualquier disposición jurídi-
ca que emane de todas las anteriores, se
entenderán referidas a la Unidad de Me-
dida y Actualización.
Este transitorio es el que cambia las men-
ciones de “Salario Mínimo” en las leyes
federales, a las de Unidad de Medida y
Actualización (UMA) como la Ley del Im-
puesto sobre la Renta, la Ley del Seguro
Social, la Ley de INFONAVIT y el Código
Fiscal de la Federación, por mencionar
algunas.
Esta reforma implica que el salario míni-
mo ya no deberá ser utilizado como refe-
rencia a multas en VSM por ejemplo, en
lugar de este, deberá de utilizarse; a par-
tir del inicio de su vigencia, la Unidad de
Medida y Actualización (UMA), por lo
que se vuelve importante hacer algunos
ejemplos breves sobre el tema, que solo
realizare en el área de salarios:
Impuesto sobre la renta
El artículo 93 de la Ley del Impuesto so-
bre la Renta señala que “no se pagara el
impuesto sobre la renta por la obtención
de los siguientes ingresos:”, diversas frac-
ciones hacen referencia al Salario Míni-
mo para topar dichas exenciones, por lo
que es importante que en los cálculos se
considere el valor de la UMA.
Por ejemplo, observemos la fracción XIV:
“Las gratificaciones que reciban los traba-
jadores de sus patrones, durante un año de
calendario, hasta el equivalente del salario
mínimo general del área geográfica del tra-
bajador elevado a 30 días, cuando dichas
gratificaciones se otorguen en forma gene-
ral; …”
Al momento de entregar esta gratifi-
cación a un trabajador se tiene que con-
siderar el valor de la UMA de $ 75.49 a
partir del 1ro de febrero de 2017, de tal
forma que el importe exento al día de hoy
es: $ 2,264.70.
Ley del Seguro Social
Este ordenamiento hace diversas refe-
rencias al salario mínimo como tope de di-
versas exenciones o limites, como lo po-
demos ver en su artículo 28 que señala:
“Los asegurados se inscribirán con el sala-
rio base de cotización que perciban en el
momento de su afiliación, estableciéndose
como límite superior el equivalente a vein-
ticinco veces el salario mínimo general que
rija en el Distrito Federal y como límite
inferior el salario mínimo general del área
geográfica respectiva.”
Esta norma establece el límite del SBC en
25 veces la UMA, la cual al ser de $ 75.49
a partir de febrero 2017, se tendrá como
límite de SBC la cantidad de $ 1,887.25
pesos. La autoridad recientemente puso
a disposición de los patrones la versión
3.4.8 del Sistema Único de Autodetermi-
nación (SUA), en el cual ya realizo estos
cambios, como se muestra en la siguiente
imagen, en donde el sistema topa el SBC
hasta el límite que señalamos:
Ley del INFONAVIT
En relación al INFONAVIT la reforma
la señala en específico en su transitorio
SEXTO y SEPTIMO.-
Sexto.- Los créditos vigentes a la entra-
da en vigor del presente Decreto cuyos
montos se actualicen con base al salario
mínimo y que hayan sido otorgados por
el Instituto del Fondo Nacional de la Vi-
vienda para los Trabajadores, el Fondo
de la Vivienda del Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado u otras instituciones del Esta-
do dedicadas al otorgamiento de crédito
para la vivienda, continuarán actualizán-
dose bajo los términos y condiciones que
hayan sido estipulados.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo
anterior, en el evento de que el salario
mínimo se incremente por encima de la
inflación, las referidas instituciones no
podrán actualizar el saldo en moneda na-
cional de este tipo de créditos a una tasa
que supere el crecimiento porcentual de
la Unidad de Medida y Actualización du-
rante el mismo año.
Hay que recordar que el INFONAVIT
otorgo muchos de los créditos en Veces
Salario Mínimo (VSM) y el incremento
del saldo de los mismos se realiza en base
al incremento al Salario Minimo. Los dos
párrafos anteriores indican que el incre-
mento anual de los “saldos” por créditos
de vivienda, no podrán exceder del creci-
miento de la UMA durante el mismo año.
Las instituciones a que se refiere el pri-
mer párrafo podrán, a partir de la entra-
SALARIOS 2017, INCP | 7
da en vigor de este Decreto y hasta 720
días naturales posteriores a la entrada
en vigor del mismo, seguir otorgando
créditos a la vivienda que se referencien
o actualicen con base al salario mínimo.
En el evento de que el salario mínimo se
incremente por encima de la inflación, las
citadas instituciones no podrán actualizar
el saldo en moneda nacional de este tipo
de créditos a una tasa que supere el creci-
miento porcentual de la Unidad de Medi-
da y Actualización durante el mismo año.
El INFONAVIT podrá seguir otorgando
créditos en Salarios Mínimos hasta Enero
del 2018, sin embargo la actualización de
dichos saldos no podrá exceder del creci-
miento de la UMA como ya lo señalamos.
El órgano de gobierno de cada institución
podrá determinar el mecanismo más ade-
cuado para implementar lo dispuesto en
el presente artículo transitorio.
Séptimo.- Los contratos y convenios de
cualquier naturaleza, vigentes a la fe-
cha de entrada en vigor de este Decre-
to que utilicen el salario mínimo como
referencia para cualquier efecto, no se
modificarán por la Unidad de Medida y
Actualización, salvo que las partes acuer-
den expresamente lo contrario. Lo ante-
rior, sin perjuicio de que, a partir de la en-
trada en vigor de este Decreto, los con-
tratantes puedan utilizar como índice o
referencia a la Unidad de Medida y Actua-
lización.
En este caso me parece importante rea-
lizar la siguiente apreciación, los des-
cuentos a los trabajadores los contratos
y convenios de los créditos hipotecarios
celebrados entre el INFONAVIT y los
trabajadores se han fijado; muchos de
ellos, en Veces Salario Mínimo, la desin-
dexación del Salario Mínimo modifica las
leyes federales, entre otras, no así los
contratos y convenios que se firmaron
entre el INFONAVIT y particulares. En
todo caso se podría firmar un Convenio
nuevo que señale que el descuento al tra-
bajador se realice en base a la Unidad de
Medida y Actualización (UMA).
Comentar lo anterior para su servidor es
importante, debido a que el INFONAVIT
le ha hecho llegar a los trabajadores vía
correo electrónico el siguiente comuni-
cado:
En el comunicado, como usted aprecia,
señala que el monto de descuento se
actualizara en UMA, es decir, que de for-
ma unilateral el INFONAVIT realizara el
cambio. En este sentido, mi consejo para
los patrones, es que a no ser que usted co-
mo patrón tenga un “Aviso de descuen-
to” en donde se señale que dicho des-
cuento se debe de hacer en UMA, con-
tinúe realizando los descuentos en VSM
(Usted puede descargar de la página de
INFONAVIT el aviso referido) y en caso
de que al finalizar el primer bimestre de
este año; de forma unilateral, el INFO-
NAVIT en su Emisión Bimestral Anticipa-
da (EBA) le señale que las amortizaciones
a los créditos en UMA, considere platicar
con su asesor de Seguridad Social al res-
pecto y ajustar el importe de descuento
que le hizo al trabajador.
Debo de comentarle, apreciable lector,
que la versión del SUA 3.4.8 no considera
todavía el factor de UMA como descuen-
to para los trabajadores.
Como ustedes pueden observar, los cam-
bios realizados afectan los diversos cálcu-
los de ISR y seguridad social al realizarle
el pago a los trabajadores, por lo que se
vuelve importante estudiar los casos par-
ticulares que pudiera tener cada patrón
al realizar el cálculo de su nómina.
8 | REFORMAS FISCALES ESTATALES, INCP
C.P.C. Guadalupe Ruiz DurazoIntegrante de la
Comisión Fiscal del
IMCP Noroeste
Introducción
En Sonora se reformó el Código Fiscal del
Estado y la Ley de Hacienda para 2017.
De acuerdo con información disponible en
la página de Internet del Congreso del Es-
tado, la iniciativa, de fecha 29 de noviem-
bre de 2016, la presentó el Ejecutivo Es-
tatal el 7 de diciembre del mismo año.
El 13 de diciembre el dictamen de la
Comisión de Hacienda, referido a la ini-
ciativa, se presentó al pleno. Aparente-
mente se aprobó sin cambios; desconoz-
co si por mayoría o por unanimidad, no
encontré en la página del Congreso in-
formación al respecto. Quizá ahí está y es
solo no tuve la suerte de dar con ella.
El Decreto mediante el que se modifican
dichos ordenamientos se publicó en el
Boletín Oficial del Estado fechado el 26
de diciembre de 2016.
De acuerdo con la exposición de mo-
tivos, “en el esfuerzo emprendido por la
presente Administración para lograr una
recaudación eficiente y sólida, resulta in-
dispensable derogar algunas exenciones
contempladas para el Impuesto sobre
Remuneraciones al Trabajo Personal, las
cuales son concesiones realizadas que no
atienden a la realidad que actualmente se
refleja en el Estado de Sonora y, que ya no
es necesario sigan estando vigentes”.
En ese tenor, para 2017 se reforma la
base el Impuesto Sobre Remuneraciones
al Trabajo Personal, también llamado ISSE
(Impuesto Sobre Sueldos al Estado) o im-
puesto sobre nóminas, para adicionar con-
ceptos que hasta 2016 estaban exentos.
Afortunadamente no se concretó la in-
tención de gravar, entre otros conceptos,
las aportaciones al SAR, INFONAVIT,
Seguro Social, ISSSTE e ISSSTESON, a
cargo del patrón.
En relación con el Código Fiscal del Es-
tado, el objetivo es fortalecer la recau-
Reforma
Sonora para 2017
a leyes fiscalesestatales en
REFORMAS FISCALES ESTATALES, INCP | 9
dación, tal como ha venido haciendo la
autoridad federal.
En tanto se disminuye la economía infor-
mal, que en el país ronda el 60% según
cifras de la OCDE, la opción recurrida
por los gobiernos, de todos los niveles,
ha sido aumentar la recaudación y for-
talecer la fiscalización de los contribuyen-
tes registrados.
Los recursos nunca serán suficientes para
satisfacer las necesidades, así que for-
talecer la recaudación, siempre y cuando
se gaste con eficiencia, es positivo, en
virtud de que teóricamente, mejoraría la
calidad de servicios que brinda el Estado.
Por lo que se refiere a la reforma al Código
Fiscal Estatal, esta modifica, entre otras,
disposiciones en materia de responsabi-
lidad solidaria; incorpora la actualización
de contribuciones estatales; la obligación
de presentar avisos a los contribuyentes
que contraten la prestación de servicios
con empresas para que éstas les propor-
cionen trabajadores; la posibilidad de rea-
lizar “revisiones electrónicas”; la opción
de dictaminar contribuciones estatales;
y el fortalecimiento de las normas aplica-
bles al procedimiento administrativo de
ejecución.
Además, tomando el ejemplo de la fede-
ración, el Código Estatal se refiere a “el
portal electrónico de la Secretaría de Ha-
cienda” y a “las disposiciones administra-
tivas de carácter general que establezca la
Secretaría” de Hacienda.
Cabe mencionar que realizamos una bús-
queda del citado portal y aparecen varias
opciones.
En la dirección www.sonorensecumplido.
gob.mx se encuentran formas oficiales,
pero tiene varias rutas de acceso; pare-
ciera que el acceso debe ser por el sitio
hacienda.sonora.gob.mx, ya que directa-
mente por www.sonorensecumplido.
gob.mx se llega a sitios que no contienen
información actualizada.
En la búsqueda aparece también el “Por-
tal de la Secretaría de Hacienda” que lle-
va al sitio https://servicios.siiafhacienda.
gob.mx, que contiene información sobre
trámites y contribuciones.
De lo anterior se concluye que el Estado
tiene como área de oportunidad, unificar
los sitios y los accesos al portal citado
en el Código Fiscal, de tal forma que el
contribuyente encuentre la legislación
fiscal aplicable, las formas oficiales, in-
formación sobre trámites y reglas de
carácter general en un solo sitio, para
conseguir el objetivo definido en la ex-
posición de motivos de la iniciativa: sim-
plificar los procesos que enfrentan los
contribuyentes, brindarles mayores ga-
rantías de seguridad jurídica e incentivar
el cumplimiento oportuno y voluntario de
sus obligaciones fiscales.
A continuación algunas de las modifica-
ciones fiscales aprobadas en el estado de
Sonora para 2017.
Impuesto sobre sueldos al Estado
Base del Impuesto
El impuesto sobre nóminas grava el mon-
to total de los pagos realizados en dinero
o en especie por concepto de remunera-
ciones al trabajo personal prestado bajo
la dirección o dependencia de un patrón,
así como las remuneraciones por hono-
rarios a personas que presten servicios
a un prestatario, en el supuesto en que
los mismos se lleven a cabo en las insta-
laciones de este último, o independiente-
mente del lugar en que se presten.
A partir de 2017 se gravan, para efectos
del impuesto estatal sobre nómina, los
siguientes conceptos:
a) Los pagos por cualquier concepto
de indemnización de los establecidos
en el artículo 50 de Ley Federal del
Trabajo.
b) Los pagos derivados de la sepa-
ración de la relación laboral por con-
cepto de jubilaciones, pensiones o
antigüedad.
c) La participación de los trabajadores
en las utilidades de la empresa.
d) Los premios por puntualidad y asis-
tencia.
Se mantiene la disposición que establece
que, no causan el impuesto, las contra-
prestaciones cubiertas por instituciones
y asociaciones con fines no lucrativos que
promuevan o realicen asistencia social en
cualquier de sus formas, así como las que
lleven a cabo, de manera gratuita, activi-
dades sociales, deportivas o culturales.
Hasta 2016, aun cuando no causaban
el impuesto, estaban sujetas a la autori-
zación de la Secretaría de Hacienda, re-
quisito que se elimina a partir de 2017.
Es importante destacar, aun cuando no
es reforma para 2017, que el Código
establece que, para que los conceptos e-
xentos no causen el impuesto (fondo de
ahorro, gastos funerarios, becas, etc.),
deberán estar debidamente identificados
y registrados en la contabilidad . Le recor-
damos cuidar ese punto para evitar con-
troversias con la autoridad por ese tema.
10 | REFORMAS FISCALES ESTATALES, INCP
Contribución para el Fortalecimiento de la Infraestructura Educativa
Destino de la contribución
En relación con la cuota del 15% adicional
que se cobra sobre impuestos y derechos
del Estado, destinado a infraestructura
educativa, se establece en Ley que su
destino será conservar, crear y mantener
infraestructura educativa, equipamiento
para la prestación del servicio de edu-
cación en todos los niveles, incluyendo el
servicio de transporte escolar así como
el financiamiento del programa de apoyo
escolar.
Es decir, se amplía el destino; no solo será
destinado a infraestructura educativa,
como se establecía hasta 2016. A partir de
2017 podrán disponer con mayor liber-
tad de este recurso para otros conceptos,
siempre y cuando se relacionen con edu-
cación.
Servicios del Registro Público de la Propiedad y el Comercio
En relación con los servicios del Registro
Público de la Propiedad y del Comercio,
se establece que el derecho adicional
del 50%, que se causa cuando el usuario
requiere que el servicio sea entregado
dentro de las 24 horas hábiles siguientes
a la solicitud, se repartirá de la siguiente
manera:
• 60% como estímulo a todo el personal
adscrito a la Dirección General de Servi-
cios Registrales, así como a las áreas del
Instituto Catastral y Registral el Estado
de Sonora que colaboren directa e indi-
rectamente en el proceso registral y
• 40% para la modernización de los servi-
cios registrales del Estado.
El cambio consiste en establecer que el
estímulo se destinara a “todo el personal
adscrito a la Dirección General de Ser-
vicios Registrales, así como a las áreas
del Instituto Catastral y Registral que
colaboren directa e indirectamente” con
el proceso. Hasta 2016 la disposición in-
dicaba que el estímulo del 60% se desti-
naría a compensar al personal adscrito al
Registro Público.
Comentario. Desafortunadamente no se
aprovecha la reforma para establecer la
obligación de transparentar el monto re-
caudado por dicho concepto y su distribu-
ción, sin embargo, se mantiene la posibili-
dad de hacerlo de manera voluntaria.
Derechos por servicios del Registro Público
Se realizó un pequeño aumento al monto
de los derechos por servicios que propor-
ciona el Registro Público de la Propiedad
y del Comercio.
Código Fiscal del Estado
Actualización de contribuciones
A partir de 2017 se prevé la actualización
de contribuciones a cargo de los contri-
buyentes mediante la aplicación de un
factor de actualización que se determi-
nará con base en el Índice Nacional de
Precios al Consumidor.
El cálculo del factor debe realizarse hasta
el diezmilésimo. No realizarán actuali-
zaciones por fracciones de mes.
Cálculo de recargos
Cuando no se cubran las contribuciones
estatales en tiempo, los recargos se calcu-
larán actualizando el monto de la contri-
bución, desde el mes en que debió hacerse
el pago y hasta que el mismo se efectué.
La reforma al artículo 26 del Código no
es del todo clara. Al parecer, han deroga-
do el párrafo séptimo del artículo, elimi-
nado la disposición que establece que
cuando el contribuyente pague en una
sola exhibición el total de las contribu-
ciones omitidas, en forma espontánea, el
importe de los recargos no excederá de
los causados durante un año.
Aparentemente, a partir de 2017 dicho
límite a los recargos, en pago esponta-
neo, no será aplicable.
Pago de créditos fiscales
A partir de 2017 se establece que el pago
de créditos fiscales deberá hacerse me-
diante transferencias electrónicas, che-
que certificado, tarjeta de crédito o débi-
to. Anteriormente el primer párrafo del
artículo 25 del ordenamiento indicaba
que el pago de créditos fiscales debía
hacerse en efectivo, salvo excepciones.
Presentación de avisos de acuerdo
a disposiciones administrativas de
carácter general
Se estrena en el Código Fiscal del Estado
de Sonora la referencia a “el portal elec-
trónico de la Secretaría de Hacienda” y “las
disposiciones administrativas de carácter
general que establezca dicha Secretaría”.
Se adiciona en el artículo 33 del Código
para establecer que los avisos, declara-
ciones o manifestaciones se harán en
las formas oficiales que al efecto se
publiquen en el portal electrónico de
la Secretaría de Hacienda, pudiendo
reproducirse por cualquier interesado,
salvo tratándose de formas valoradas, las
cuales serán proporcionadas en las ofici-
REFORMAS FISCALES ESTATALES, INCP | 11
nas recaudadoras de acuerdo a las dis-
posiciones administradas de carácter
general que establezca dicha Secreta-
ria. A falta de forma publicada, se podrá
utilizar formato libre.
Aviso por contratación de servicios
Se adiciona el artículo 33 Bis al Código, el
cual transcribo de manera literal:
“Las personas físicas o morales que con-
traten la prestación de servicios con em-
presas para que éstas le proporcionen a los
trabajadores, deberán presentar el aviso
correspondiente, dentro de los diez días
siguientes a la fecha de contratación, ante
la oficina recaudadora que corresponda a
su domicilio fiscal, debiendo acompañar
copia del contrato de prestación de servi-
cios e informar sobe el número de traba-
jadores que presten el trabajo, así como el
nombre, registro estatal de contribuyentes
y domicilio de la prestadora de servicios de
que se trate, así como los avisos que esta
última deber presentar ante el Instituto
Mexicano del Seguro Social.
Las autoridades fiscales podrían requerir a
las personas físicas o morales a que se refi-
ere este artículo la presentación de docu-
mentos o información adicional, a fin de
que en un plazo máximo de diez días cum-
plan con lo solicitado. En este caso, no se
considera que se inicie el ejercicio de facul-
tades de comprobación.”
Adicionalmente, el artículo Séptimo tran-
sitorio establece que:
“Tratándose de personas físicas y morales
que previa a la entrada en vigor de la pre-
sente reforma ya habían contratado la
prestación de servicios con empresas para
que éstas les proporcionaran trabajadores,
se les concederá un plazo de 180 días para
que presenten el aviso correspondiente de
conformidad con lo establecido en el artículo
33-Bis, mismo que se computará a partir de
la entrada en vigor de la presente reforma.”
Informar sobre cambio de socios
o accionistas
A partir de 2017, los fedatarios públicos
están obligados a informar, a la Secretaría
de Hacienda, el nombre de los socios, ac-
cionistas o asociados, de las sociedades
o asociaciones, así como el domicilio y
el registro estatal de contribuyentes de
cada uno de ellos.
Por su parte, el administrador único o
director general deberá informar a la
Secretaría de Hacienda los cambios de
socios o accionistas que se inscriban en el
libro de socios o accionistas, mediante el
formato que al efecto expida la Secretaría
de Hacienda. En este caso, disposición no
establece plazo para su cumplimiento.
Revisiones electrónicas
Se adiciona el artículo 53 de Código Fiscal
del Estado para facultar a las autoridades
fiscales a practicar revisiones electróni-
cas a los contribuyentes, responsables
solidarios o terceros con ellos relacio-
nados, basándose en el análisis de la in-
formación y documentación que obre en
poder de la autoridad o que sea obtenida
a través de cualquier autoridad ya sea
de carácter federal, estatal o municipal,
sobre uno o más rubros o conceptos es-
pecíficos de una o varias contribuciones.
Adicionalmente se adiciona el artículo
63 Bis para establecer el procedimiento
aplicable en el caso de revisiones elec-
trónicas.
Comentario final
El cambio en la legislación estatal es, por
decirlo de alguna manera, interesante.
Incorpora disposiciones para cuya im-
plementación la autoridad estatal en-
frentara retos, por ejemplo, el tema de
notificaciones por correo electrónico o
medios electrónicos y el unificar su por-
tal de Internet.
En otros, como es el aviso por cambio de
socios o accionistas, no se establece el
plazo para tal efecto.
Cuando se refieren a “disposiciones ad-
ministrativas de carácter general” no
puedo evitar relacionarlas con las que
emite el Sistema de Administración
Tributaria, que generan falta de seguri-
dad jurídica y que, con frecuencia, lejos
de simplificar, vuelven más complejo el
cumplimiento de obligaciones fiscales al
contribuyente.
Se espera que los objetivos planteados
en la iniciativa, consistentes en: simpli-
ficar los procesos que enfrentan los con-
tribuyentes, brindarles mayores garantías
de seguridad jurídica e incentivar el cum-
plimiento oportuno y voluntario de sus o-
bligaciones fiscales, se alcancen.
Para evitar el escenario contrario y que
se genere mayor complejidad, incum-
plimiento por desconocimiento y como
resultado el incremento en la imposición
de multas a los contribuyentes, hace falta
el trabajo de difusión de las nuevas obli-
gaciones, infracciones, sanciones y se
aclaren las dudas que irán surgiendo en
la medida en que la reforma sea conocida
por los sujetos obligados.
12 | EN LA OPINIÓN DE, INCP
C.P.C. y Lic. Héctor Amaya Estrella, M.I., Esp. D.F., CDFEx Presidente IMCP
Mexicali
Que voten a la corteEn los últimos años hemos podido ob-
servar diversas controversias en mate-
ria fiscal, mismas que por agraviar a los
particulares han sido planteadas ante la
Suprema Corte de Justicia de la Nación
con la intención de buscar el amparo de
la Justicia Federal.
Los resultados en su mayoría han sido en
contra de los contribuyentes.
Entre algunos de los temas más destaca-
dos recordamos:
a) La constitucionalidad del IETU,
b) La deducibilidad parcial de la
previsión social,
c) El uso del buzón tributario y
d) La contabilidad electrónica,
entre otros.
Al revisar la actuación que ha tenido
nuestro máximo órgano judicial y con-
sensar opiniones de juristas, catedráti-
cos, abogados y empresarios hemos po-
dido constatar que existe una inconfor-
midad generalizada, lo que ha desper-
tado la inquietud de analizar la razón de
esta percepción.
Lo que se ha encontrado es que los argu-
mentos vertidos para emitir sentencias
en contra de los gobernados no son con-
vincentes.
Yendo más allá, si dejamos de lado la
materia fiscal, en otros asuntos de gran
importancia también hemos podido ob-
servar que se han sentado sendos pre-
cedentes que no son propiamente acep-
tados por la mayoría de los mexicanos al
Si ahora las leyes mexicanas dotan de los derechos comen-tados a los Ministros de la Su-prema Corte de Justicia de la Nación, ¿no sería lo indicado que sus puestos fueran vota-dos?, ¿no debe corresponder al pueblo mexicano la elección de aquél que legisla?
EN LA OPINIÓN DE, INCP | 13
cobijo de la defensa de los derechos hu-
manos, entre ellos:
• El aborto
• El matrimonio entre personas
del mismo sexo
• La rectificación del acta de
nacimiento por cambio de sexo
De ninguna manera es mi intención en
este artículo polemizar respecto a estos
temas, sino llevar a una reflexión respec-
to a los efectos de las reformas en las
leyes que se han venido registrando en
nuestro país y si estas son las que real-
mente han sido solicitadas por la mayoría
de la población.
Cuando estudiamos ciencias sociales en
la primaria, se nos enseñó que existían
tres poderes en la República Mexicana, el
Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, en-
tendiéndose siempre que el encargado
de elaborar las leyes es el Legislativo.
A partir de la reforma a la Ley de Amparo
en el año 2013 en nuestro país se amplía
la esfera de protección de los derechos
considerándose entre otras cosas lo si-
guiente:
- Los Derechos Humanos previstos en los
tratados internacionales serán objeto de
protección directa.
- Se dota de efectos generales a las sen-
tencias de inconstitucionalidad de una
norma general por parte de la SCJN, con
lo que se tutelan los derechos de todas
las personas, aun cuando no hayan inter-
puesto el juicio.
Lamentablemente y a la vez curiosamen-
te esto no aplica en temas fiscales.
- Se otorga la calidad de parte agraviada
a quien tenga un interés legítimo, ya no
necesariamente jurídico.
Con estas modificaciones que dicho sea
de paso han sido tema de grandes dis-
cusiones entre gente a favor y muchos
detractores, se ha permitido que el po-
der Judicial legisle, pues si un particular
acude a un juicio de amparo para alegar
algún tema que no sea permitido o que
no esté previsto en las leyes mexicanas,
pero que si sea considerado a nivel inter-
nacional como un derecho humano tute-
lado, la justicia federal mexicana podría
ampararlo y más aún sentar precedente
de que todos los que estén en la misma
situación también se encuentren prote-
gidos, lo que deriva en la obligación por
parte del Poder Legislativo de ajustar la
norma jurídica para dar cabida a lo que
nuestro Poder Judicial consideró debe
ser una LEY.
Si esta es la nueva tendencia en el dere-
cho, se deja de tener aquella definición
que decía que “las leyes eran el reflejo de
las naciones”; ¡ahora debemos reflejar lo
que se nos dicta!, no lo que nuestra cultu-
ra, idiosincrasia y nuestros valores como
nación indican.
Además nos enfrentamos a una pregun-
ta obligada: Si ahora las leyes mexicanas
dotan de los derechos comentados a los
Ministros de la Suprema Corte de Justi-
cia de la Nación, ¿no sería lo indicado que
sus puestos fueran votados?, ¿no debe
corresponder al pueblo mexicano la elec-
ción de aquél que legisla?, sea cual sea su
forma u origen.
Tanto el poder ejecutivo como el legisla-
tivo es elegido mediante el voto popular
situación que entre otras cosas demuestra
el derecho a la democracia en nuestra pa-
tria, por lo que si un representante popu-
lar elegido no responde de manera cabal a
su encargo, los electores pueden “castigar
su actuar” dejando de votar por su partido
y también por su persona en caso de pos-
tularse para otro puesto de elección.
¿Por qué no aplicar lo mismo al poder ju-
dicial?, ¿No sería esto una buena forma de
mejorar los resultados de su actuación?,
Que los voten; si cumplen, ¡que se les re-
conozca!, si no cumplen, ¡que los boten!.
14 | ENSAYO, INCP
Dra. María del Rosario Fátima Robles RoblesUniversidad Estatal
de Sonora, Asociada
IMCP Sonora
El Derecho a Disentir y a Pedir Cuentas
Estamos iniciando un nuevo año, el cual
no ha estado exento de contrariedades,
desesperanza y protesta social. Desde
los primeros días del 2017 la molestia y
enojo de la ciudadanía no ha disminuido,
debido en parte, al incremento del 20% al
precio de la gasolina y un magro 3.9% al
salario mínimo.
Existen otras razones que han irritado
al ciudadano, entre ellas se encuentra la
corrupción de algunos representantes
de la clase política y que gobernadores
y políticos que han malversado fondos y
bienes públicos no han sido castigados,
además del incremento en los servicios
e impuestos que prestan las entidades
públicas.
Respecto al incremento del 20% al precio
de la gasolina, se argumentó por parte del
ejecutivo que no había otra medida, que
era eso o el recorte de programas socia-
les y el cierre de escuelas. La gravedad de
esta aseveración irrita aún más a la ciu-
dadanía debido a su falsedad y a que, por
otra parte, se observan los altos salarios
y onerosas prestaciones que gozan los
niveles más altos de la clase política.
Consideramos que es necesario recono-
cer la protesta social y no solo eso, reco-
nocer la validez de la irritación. No es
posible mantener el alejamiento de los di-
rigentes del gobierno con la ciudadanía y
con las razones del malestar social. Tam-
poco es posible, incrementar aún más la
carga fiscal y el costo de los servicios y
obligaciones que presta el gobierno es-
tatal y municipal.
En este artículo analizaremos breve-
mente el presupuesto de ingresos del go-
bierno de Sonora, con el fin de identificar
las fuentes de ingresos, entre impuestos,
derechos, productos, aprovechamientos
y endeudamiento externo del gobierno
del estado de Sonora y compararla con
ejercicios anteriores.
Al comparar los ejercicios 2016 y 2017
del presupuesto de ingresos los datos
más relevantes que queremos comentar
son los siguientes:
1) El fuerte incremento de un
24.66% en el renglón de impues-
tos de las contribuciones que hacen los
ciudadanos en los siguientes rubros:
Sostenimiento a universidades; 24.66% en
las contribuciones para el Consejo de Con-
certación de Obra Pública y 24.66 para la
infraestructura educativa. Para cada uno
de estos rubros se presupuesta un ingreso
de 425 470 308 millones, muy superior a
los 341 311 160 del ejercicio 2016.
ENSAYO, INCP | 15
Estos ingresos presentan el mayor in-
cremento en el rubro de impuestos y
que pagaremos los sonorenses en los
trámites de revalidación de placas, licen-
cias y otros conceptos. Lo que afectará el
bolsillo y el presupuesto de las familias
sonorenses, consideramos que es válido
pedir cuentas por ejemplo en qué y cómo
se ejercen estos rubros.
Al visitar la página de la CECOP se afirma
que solamente se atendieron 11.68% de
las solicitudes presentadas y no presen-
ta un informe de manera detallada de en
qué y para qué se utilizaron los recursos
del ejercicio anterior.
Sí los ciudadanos ejercemos nuestro
derecho a pedir cuentas y a la transpa-
rencia y las instituciones se sienten obli-
gadas a ello, se tendría un mayor control
del gasto público, que no es otra cosa que
los ingresos al que contribuimos todos
y cada uno de nosotros vía impuestos,
derechos, productos y aprovechamien-
tos, además de contar con mejores insti-
tuciones.
Por otra parte, el presupuesto de in-
gresos para la CECOP, pudiera ser des-
tinado en parte para el servicio y mejora
del alumbrado público, debido a que
estos son precisamente los rubros que
atiende y sí la CECOP cuenta este año
con cerca de 500 millones de pesos para
atender las necesidades de obra públi-
ca, es probable que pudiera hacerse un
proyecto para tal fin sin necesidad de
concesionar, comprometer e incremen-
tar el recibo de la luz a los gastados bolsi-
llos de los ciudadanos en Sonora.
2) Respecto al rubro de Transferen-
cias, asignaciones, fondos y otras
ayudas, que representan los recursos
que se reciben del gobierno federal, en
este ejercicio fiscal este rubro presenta
una disminución de un 19%, respecto al
año anterior, sin embargo, se observa un
incremento del 15% en lo que respecta a
los ingresos derivados del financiamiento
externo.
3) El rubro de impuestos sobre
nómina y asimilables, el incre-
mento de lo que recibirá el estado por
este concepto es del 21%, el sector em-
presarial manifestó su inconformidad,
En la Ley de Ingresos para el 2017, se
contempla exentar del pago del impues-
to sobre nómina y asimilables, mediante
una tabla de porcentajes a partir de la
creación de 50 nuevos empleos, para las
empresas que creen entre 50 y 99 em-
pleos nuevos y se encuentren dentro de
los rubros especificados en la ley, el pri-
mer año se reduce el pago del impuesto
en un 100% y el segundo en un 50%: para
las empresas que creen entre 100 a 499
nuevos empleos se reduce el 100% en el
primero y segundo año; las empresas de
más de 500 nuevos empleos y que cum-
plan con los parámetros establecidos,
se reduce al 100% el primero y segundo
año, el tercero en un 75% y el cuarto en
un 50%.
Se estipula una reducción del 100% has-
ta por 60 meses para las empresas que
contraten trabajadores de más de 40
años y que no excedan de 4.5 salarios
mínimos. Es conveniente señalar que
esta reducción aplica únicamente para la
mediana y gran empresa, para la pequeña
empresa no existen tales beneficios y es
precisamente lo que causó malestar en
el ámbito empresarial. Tampoco existen
beneficios para las empresas que con-
traten jóvenes.
4) Un rubro que se agrega a partir
de la ley de Ingresos para el ejer-
cicio fiscal 2016, es el de Contribución
para el Fortalecimiento y Sostenimiento
para la Cruz Roja, desconocemos los por-
menores del porqué este concepto pasa
a formar parte de la ley de ingresos, para
este año se contemplan 51.981,300 mi-
llones, que pagaremos de igual forma los
ciudadanos al realizar diversos trámites
que incrementaran de forma significativa
las erogaciones a las que se aplican estos
conceptos.
Los gobernantes deben de estar con-
scientes que ante los retos que enfrenta
la economía del país y la cada vez más
pesada carga fiscal, a todos conviene una
sociedad más atenta y menos dispuesta
a permitir el despilfarro. Es necesaria la
rendición de cuentas y la planeación de
las finanzas públicas.
No es posible cargar cada vez más a la
ciudadanía con contribuciones cada vez
más onerosas, mientras que por otra par-
te el gobierno y los funcionarios públicos
no observan el cuidado y medida de los
recursos que no son propios, son de la so-
ciedad y los ciudadanos para poder con-
tribuir al gasto público renuncian cada
vez más a beneficios propios y de sus
familias, a los que tienen derecho como
podría ser la diversión, el esparcimiento,
la cultura o una mejor alimentación.
Los casi cerca de 1.400 millones de pesos
que hasta el día de hoy son poco trans-
parentes y que se encuentran tipifica-
dos como otros impuestos, la ciudadanía
tiene derecho a disentir, pedir cuentas y
transparencia del destino de esos recur-
sos, al hacerlo ejerce su derecho como
ciudadano y las instituciones al ser trans-
parentes y cuidar estos recursos ajenos,
alcanzaríamos en un futuro mejores nive-
les de convivencia, ciudadanía y desarro-
llo social.
16 | AUDITORÍA FORENSE, INCP
C.P.C. Guillermo Williams Bautista, MCIE, CRMA, CFE Vicepresidente
Gubernamental INCP
La teoría de los cristales rotos y el fraude:
Constantemente cuando asesoramos a
los empresarios sobre las cuestiones que
de manera consciente o inconsciente dan
un mensaje erróneo a la organización so-
bre la cultura que se vierte desde los altos
niveles a través de la empresa, encontra-
mos aquellos que se refieren a la falta del
establecimiento de lo que se conoce como
tolerancia al riesgo y en específico la tole-
rancia al fraude que consiste en no per-
mitir que un fenómeno como este llegue a
niveles de frecuencia que pudieran ser la
entrada de eventos que aisladamente o en
su conjunto se conviertan en una salida de
recursos que poco a poco pueden provo-
car un problema grave en la empresa.
Cuando estos niveles de tolerancia al
riesgo de fraude no son establecidos, el
personal, los clientes, los proveedores
y el público en general se da cuenta de
ello y por lo tanto se inicia una especie
de campaña de difusión de que en la em-
presa se puede perpetrar un ilícito y que
este no tendrá consecuencias, entonces
aquellas personas propicias al fraude vi-
sualizan una gran oportunidad que segu-
ramente no van a dejar ir.
Al respecto, hace tiempo leí lo que se co-
noce como la teoría de los cristales rotos
la cual tiene una gran similitud de lo ape-
nas comentado y por lo tanto le invito a
leer lo siguiente al respecto:
En 1969, en una de las mejores faculta-
des en el mundo en materia de psicología
social como es la Universidad de Stan-
ford (EEUU), el afamado profesor Phillip
Zimbardo realizó un célebre experimen-
to en el que dejaba dos vehículos del
año, de lujo, y con iguales características
abandonados, con el fin de observar cual
sería la reacción de los habitantes de dos
sectores con particularidades diferentes
–una zona habitacional de lujo y otra an-
tagónicamente escasa de recursos- aban-
donó estos dos automóviles, uno en El
Bronx el cual en particular es el condado
más al norte de los cinco condados de la
ciudad de Nueva York, El Bronx contiene
uno de los cinco Distritos Congresio-
nales más pobres de los Estados Unidos
(zona pobre y conflictiva en aquella épo-
ca) y el otro vehículo lo abandonó en la
comunidad de Palo Alto, Palo Alto es una
ciudad del condado de Santa Clara, en el
estado de California Estados Unidos. Se
encuentra en el Área de la Bahía de San
Francisco, en el extremo norte de Silicon
Valley, Es uno de los lugares más caros
para vivir de los Estados Unidos, con vi-
viendas de tamaño pequeño costando de
AUDITORÍA FORENSE, INCP | 17
700 a 800 mil dólares, Muchas empresas
de tecnología, como Hewlett-Packard y
Xerox, tienen su sede en Palo Alto des-
de hace algunas décadas y actualmente
allí tienen su sede organizaciones como
VMWare y las compañías Facebook y
Pinterest (zona rica y tranquila situada
en California).
El resultado fue que a los 10 minutos al
coche abandonado en el Bronx le em-
pezaron a robar sus componentes, a los
tres días no quedaba nada de valor y lue-
go empezaron a destrozarlo; como se
dijo anteriormente, la segunda parte del
experimento consistía en abandonar
otro vehículo en iguales condiciones en
un barrio rico en Palo Alto, California el
cual por una semana se mantuvo intacto.
Hasta aquí pues, parecía que la pobreza y
la marginación fueran claros predictores
del delito.
No obstante, el experimento no finalizó
ahí. Cuando el auto del Bronx llevaba
una semana totalmente deshecho y el de
Palo Alto inmaculado, los investigadores
rompieron un cristal del automóvil de
Palo Alto y después el resultado fue que
se desató el mismo proceso que en el
Bronx, y el robo, la violencia y el vandalis-
mo redujeron el vehículo al mismo estado
que el del barrio pobre.
Este experimento dio lugar a la teoría de
las ventanas rotas elaborada por James
Wilson y George Kelling: “Si en un edificio
aparece una ventana rota, y no se arregla
de inmediato, en poco tiempo el resto de
las ventanas acabaran destruidas”.
Y no me diga usted que no ha visualiza-
do en su ciudad este fenómeno, en poco
tiempo en nuestras comunidades cuando
hay un abandono de una propiedad, esta
aparece invadido de maleantes, o cuando
bien va, se nota que han hecho algún tipo
de abuso del inmueble.
¿Cuál es la razón?
Esa comunidad exhibe signos de deterio-
ro, y parece no darle importancia y en
consecuencia allí es más probable de que
se genere un delito.
¿Y cuál es el mensaje que se envía a la comunidad o la organización?
“Una vez que se empiezan a desobede-
cer las normas que mantienen el orden
en una comunidad o una organización,
el orden como la comunidad empiezan a
deteriorarse, a menudo a una velocidad
sorprendente”, “Las conductas inciviliza-
das se contagian”.
Esto es muy congruente con muchas teo-
rías de comportamiento que se valoran
en materia de fraude.
Y es que no se trata de pobreza, sino de
que un vidrio roto en un auto abando-
nado transmite una idea de deterioro,
de desinterés, de despreocupación que
va rompiendo códigos de convivencia,
como de ausencia de ley, de normas, de
reglas, como que se vale todo. Cada nue-
vo ataque que sufre el auto reafirma y
multiplica esa idea, hasta que la escalada
de actos cada vez peores se vuelve incon-
tenible, desembocando en una violencia
irracional.
De igual manera, con cada acción fraudu-
lenta que se tolera en la empresa, que se
perdona, que no se castiga o que se per-
mite y no se le da la importancia debida, se
provoca exactamente el mismo mensaje.
Y esto aplica en todos los renglones de la
vida: Social, familiar, cultural, económico,
empresarial.
La teoría de las ventanas rotas, también
llamada de los cristales rotos, fue aplica-
da por primera vez a mediados de la déca-
da de los 80 en el metro de Nueva York,
el cual se había convertido en el punto
más peligroso de la ciudad. Se comenzó
por combatir las pequeñas transgresio-
nes: grafitis deteriorando el lugar, sucie-
dad de las estaciones, ebriedad entre el
público, evasiones del pago del pasaje,
pequeños robos y desórdenes. Los resul-
tados fueron evidentes. Comenzando por
lo pequeño se logró hacer del metro un
lugar seguro.
Posteriormente, en 1994, Rudolph Giu-
liani, alcalde de Nueva York, basado en la
teoría de los cristales rotos y en la expe-
riencia del metro, impulsó una política de
‘tolerancia cero’.
Inclusive la misma teoría se llevó a cabo
por el mismo actor en la Ciudad de Méxi-
co, seguramente usted lo recuerda co-
mo uno de los lugares más peligrosos
del país, así como recuerda que a raíz
de la venida de tal personaje los niveles
de delincuencia en esa ciudad bajaron
drásticamente, lamentablemente hoy
en día parece que las cosas han vuelto
a ser como en aquellos tiempos; a la es-
trategia no se le dio el seguimiento ade-
cuado.
La estrategia consistía en crear comu-
nidades limpias y ordenadas, no permi-
tiendo transgresiones a la ley y a las nor-
mas de convivencia urbana. El resultado
práctico fue un enorme abatimiento de
todos los índices criminales de la ciudad
de Nueva York y en las otras ciudades
donde fue implantado.
18 | AUDITORÍA FORENSE, INCP
También las organizaciones que sufren
una falta de cultura ética por una relaja-
ción de la dirección, por un cambio ad-
ministrativo, por una idea como la que a
veces nos manifiestan los empresarios
(negocio que no da para transar no es
negocio), se convierten en verdaderos
blancos para los defraudadores, y sus
directores no caen en cuenta de esto
muy frecuentemente hasta que han per-
dido grandes cantidades de dinero y no
pueden recuperarlas.
Lo peor del caso es que a menudo los
altos mandos ejecutivos consideran el
atender el asunto como una pérdida de
tiempo y de dinero y la instalación de me-
didas adecuadas les parecen innecesarias
hasta que las consecuencias los alcanzan,
mientras que la supuesta falta de tiempo
o interés necesario cobra su factura.
Otro de los factores comunes es la idea
de que una actitud de cero tolerancia a
eventos de fraude es excesiva, sin em-
bargo y en contrapartida, debemos clari-
ficar la razón de que cuando dejamos
que unas pautas, procedimientos y nor-
mas firmes en su aplicación se vulneran,
entonces permitimos que se rompa un
primer cristal.
De esta manera la excepción, la confu-
sión de los empleados basada en la au-
sencia de norma clara y la idea de “manga
ancha” así como la falta de actuación en
caso casos de fraude y abuso hacen las
bases de cristales que van rompiéndose
generando la sensación del clásico “no
pasa nada”.
Si se rompe un vidrio de una ventana
de un edificio y nadie lo repara, pronto
estarán rotos todos los demás. Si una
comunidad exhibe signos de deterioro
y esto parece no importarle a nadie, en-
tonces allí se generará con más frecuen-
cia el delito. Si la falta de criterio en la
aplicación de la norma se adueña de una
organización y nadie lo percibe o (peor)
nadie le pone remedio, entonces pronto
se instalará el caos.
Si se cometen ‘pequeñas faltas’ (pequeñas
concesiones a determinados empleados,
pequeñas libertades con proveedores,
pequeños favoritismos, etc.), entonces
comenzarán transgresiones mayores y
los procedimientos que un día regulaban
la convivencia se convertirán en moles-
tos obstáculos a esta nueva “gestión fle-
xible”.
Para mantener firmes e independientes
los valores y pilares conductuales de una
organización, para mantener ese vehícu-
lo intacto, hace falta que los líderes clave
tengan una naturaleza sensible a este
tipo de acciones y apliquen con firmeza
un criterio consistente.
La expresión “tolerancia cero” suena a
una especie de solución autoritaria y
represiva, pero su concepto principal es
más bien la prevención y promoción de
condiciones sociales de seguridad. No
se trata de linchar al delincuente, ni de la
prepotencia de la policía o de la autoridad
administrativa. De hecho, debe también
aplicarse la tolerancia cero respecto de
los abusos de autoridad.
No es tolerancia cero frente a la perso-
na que comete el delito, sino tolerancia
cero frente al delito mismo (se tiene una
acción preestablecida frente al perpe-
trador independientemente de quien se
trate).El objetivo es crear comunidades y
empresas limpias, ordenadas, respetuo-
sas de la ley y de los códigos básicos de la
convivencia social humana, como la que
todos deseamos.
De tal manera que encontramos una gran
congruencia de “la teoría de los cristales
rotos” y las razones del porque ocurren
los eventos relacionados con fraude y
por lo tanto, se convierte en uno de nues-
tros principales argumentos para esta-
blecer un nivel de tolerancia adecuado al
riesgo de fraude.
En congruencia, también hemos expues-
to que el fraude en las empresas es un
cáncer que debe de cortarse y detec-
tarse a tiempo, estableciendo las medi-
das apropiadas al respecto y que en cier-
tas ocasiones son tan serias como las
equivalentes a las que se establecen esta
enfermedad en los seres humanos, con lo
cual lo más adecuado es una prevención
eficiente.
Aunque existen algunos detractores a la
“teoría de los cristales rotos”, estos se re-
fieren a que una forma de evitar este tipo
de eventos sería el incentivar económi-
camente a una comunidad o inhibir el na-
cimiento de individuos dentro de aque-
llas comunidades o sectores que resultan
proclives a la pobreza.
Es por eso que nuestra recomendación
siempre irá en la dirección de prestar-
le dentro de las empresas la importan-
cia necesaria a los primeros indicios de
fraude, a apostar por un modelo eficiente
de control interno y a establecer los nive-
les de tolerancia al riesgo de fraude de
una manera adecuada. Aunque esta, es
solo nuestra humilde opinión, ¿usted ya
tiene la propia?.
Referencias:
www.cel.edu.mx/servicios/La%20te-
oria%20de%20las%20ventanas%20
rotas.pdf
gestalt01.blogspot.com/2011/05/
la-teoria-de-las-ventanas-rotas.html
RESEÑAS, INCP | 19
Cambio de Consejo Directivo 2017-2018
del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali
El pasado miércoles 25 de enero del presente año se llevó a cabo
el evento de Cambio de Consejo Directivo del Colegio de Conta-
dores Públicos de Mexicali, A.C. para el ejercicio 2017, que en-
cabezará el C.P.C. José Ricardo Rosales Grano y quien emitió un
mensaje que incluyó un resumen de su programa de trabajo y una
invitación a todos los Asociados a sumarse a los esfuerzos de esta
nueva directiva para cumplir con los objeticos trazados.
Dicho acto se celebró en las instalaciones del Casino de Mexicali,
con una asistencia muy importante de Asociados y Ex presidentes
del Colegio, quienes con ello refrendan su compromiso con su Co-
legio de participar en todas sus actividades.
20 | RESEÑAS, INCP
Asimismo, se contó con la presencia de
nuestro Presidente Nacional, C.P.C. José
Luis García Ramírez y de nuestra presi-
denta Regional del Noroeste Virginia San-
doval, quienes dirigieron sus mensajes a
los asistentes.
C.P.C. José Ricardo Rosales Grano
Presidente
C.P.C. Placido Valenciana Moreno
Vicepresidente
L.C. María Elena Douglas del Toro
Secretario
C.P. Gerardo Melgoza Huaracha
Pro secretario
L.C.C. Christian Gilberto Sánchez Romo
Tesorero
C.P.C. María Yazmín Manríquez Peraza
Pro Tesorero
C.P. Oscar Salinas Martínez
Vocal
C.P.C. Miguel Ángel Aguilera Calderón
Vocal Suplente
C.P.C. José Enrique Siono Verduzco
Auditor de Gestión
C.P. José Manuel García Flores
Auditor de Gestión Suplente
C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez
Auditor Financiero
C.P.C. Luis Martín López Cruz
Auditor Financiero Suplente
C.P. Javier Zepeda Borbón
Vicepresidente de Legislación
C.P. Adán Soto Arenas
Vicepresidente de Docencia
L.C. Jesús Ponce Rivera
Vicepresidente de Sector Gubernamental
C.P.C. Cristian Apodaca del Ángel
Vicepresidente del Sector Empresas
C.P.C. Marco César Bojórquez Ballardo, P.C.F.I.
Vicepresidente de Práctica Externa
C.P.C. Elizabeth García Espinoza, P.C.F.I.
Vicepresidente de Relaciones y Difusión
C.P. Sebastián Velázquez Ríos
Vicepresidente Fiscal
C.P.C. Roberto Ruiz Velázquez
Vicepresidente de Calidad Profesional
C.P.C. Jorge Alberto Lluis Abarca
Vicepresidente Asuntos Internacionales
Consejo Directivo 2017-2018
RESEÑAS, INCP | 21
C.P.C. José Luis García Ramírez, C.P.C. José Ricardo Rosales Grano
C.P.C. José Luis García Ramírez, C.P.C. José Ricardo Rosales Grano y su esposa C.P. Patricia Cruz Casanova
C.P.C. Placido Valenciana MorenoVicepresidente Entrante
C.P.C. Héctor Amaya EstrellaSíndico IMCP
Lic. Vladimir Hernández DíazEn representación del Gobernador
Lic. Francisco Vega de la MadridC.P.C. José Luis García Ramírez
Presidente IMCPLic. Natalia Figueroa
en representación del Presidente Municipal Lic. Gustavo Sánchez Vázquez
C.P.C. José de Jesús Aceves UrzúaPresidente Saliente
C.P.C. Virginia SandovalPresidente INCP
Teniente Coronel Rubén Darío Santiago Santiago
22 | RESEÑAS, INCP
del Instituto Sonorense de Contadores
Públicos, del Colegio de Contadores Pú-
blicos de La Región del Mayo A.C., asocia-
dos, Miembros de la Comisión Estudian-
til, Representantes de Organismos, Uni-
versidades y Empresas de la localidad, así
como familiares y amigos.
En sus discursos destacaron el trabajo
realizado por IMCP para dar a la profe-
sión la fortaleza y el conocimiento indis-
pensable para realizar su trabajo, así co-
Cambio de Consejo Directivo 2017-2018
de Contadores Publicos de la Región del Mayo
El Colegio de Contadores Públicos de la
Región del Mayo, A.C., federada ubica-
da en Navojoa, Sonora, celebró el día 18
de Febrero de 2017 su acto solemne de
cambio de Consejo Directivo 2017, el
cual Preside la C.P. Alma Delia Sánchez
Félix, quien suple en su cargo a la C.P. Su-
leyka Ruiz Satow.
El evento se llevó a cabo en el Salón Cari-
mali de la Ciudad y estuvo presidido por
personalidades como el C.P.C. José Besil
Bardawil vicepresidente del IMCP, CPC.
Virginia Sandoval Bojórquez Presidente
del INCP, C.P. Leticia Navarro Duarte en
representación del Presidente Municipal
de Navojoa.
Por el Colegio de Contadores Públicos
de la Región del Mayo A.C. estuvieron
la C.P. Alma Delia Sánchez Félix presi-
dente entrante, C.P. Suleyka Ruiz Satow
presidente saliente del Consejo Directi-
vo saliente, Presidentes y Expresidentes
RESEÑAS, INCP | 23
FOTO 1: La C.P.C. Virginia Sandoval
Bojórquez, Presidente del INCP, tomando protesta
al Consejo de la Comisión Estudiantil 2017,
FOTO 2: Miembros del presídium
conformado por diversas personalidades, el
C.P.C. José Besil Bardawil vicepresidente del IMCP,
la C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez Presidente del
INCP; la C.P. Leticia Navarro Duarte en representación
del Presidente Municipal de Navojoa, la C.P. Alma Delia
Sánchez Félix, Presidente Entrante del IMCP Región
del Mayo, quien suple en su cargo a la C.P. Suleyka Ruiz Satow, Presidente Saliente.
FOTO 3: C.P. Alma Delia Sánchez
Félix, Presidente Entrante del IMCP Región del Mayo.
FOTO 4: C.P. Suleyka Ruiz Satow,
Presidente Saliente del IMCP Región del Mayo.
mo el excelente papel que desempeña el
Contador en toda organización.
Por su parte el Presidente entrante des-
taco la gran labor realizada por el presi-
dente saliente CP Suleyka Ruiz Satow y
su consejo directivo 2016 en beneficio
de esta organización, así como de los jó-
venes que integran la primera Comisión
Estudiantil de este colegio.
El nuevo Presidente del consejo 2017
prometió hacer honor al cargo conferido
y a la responsabilidad que significa ser
Presidente de esta Federada, expuso su
plan de trabajo encaminados a fomentar
la constante investigación y desarrollo
de las comisiones de trabajo, normas de
Auditoria, Estatutos, ética, Desarrollo
profesional Continuo, ampliar y mejorar
la ayuda a través del Rostro Humano de
la Contaduría, atención a Membresía y
sobre todo a la Comisión Estudiantil, for-
talecer la vinculación con las autoridades
y los diferentes organismos empresaria-
les, y Universidades, expreso su intención
de dar seguimiento a los planes y pro-
gramas previamente elaborados y con-
tribuir al desarrollo de nuestra profesión.
El mensaje Institucional estuvo a cargo
del Vicepresidente del IMCP y fue reci-
bido con atención por parte de los cole-
gas y demás asistentes a esta ceremonia,
fue el mismo quien tuvo el alto honor de
tomar protesta al nuevo Consejo Direc-
tivo 2017, como también a los socios de
nuevo ingreso.
Fue la CPC. Virginia Sandoval Bojórquez
presidente del INCP quien ofreció su
mensaje a los asistentes donde destaca la
participación cada vez más de las mujeres
profesionales en los diferentes puestos de
trabajo ya sea político, gobierno y empre-
sarial y se encargó de tomar protesta al
Consejo de la Comisión Estudiantil 2017.