retie 2008

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RESOLUCION No.18 -1294 DE AGOSTO 06 DE 2008

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    Prohibida la reproduccin parcial o total bajo cualquier forma. Esta obra es propiedad de ISAGEN, fue compilada y concordada por los profesionales de ISAGEN

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    ANEXO GENERAL REGLAMENTO TCNICO DE INSTALACIONES ELCTRICAS

    (RETIE)

    CONTENIDO

    INTRODUCCIN 13

    CAPTULO I 14

    DISPOSICIONES GENERALES 14

    ARTCULO 1 OBJETO 14

    ARTCULO 2 CAMPO DE APLICACIN 152.1 Instalaciones 15 2.1.1 Instalaciones elctricas nuevas 16 2.1.2 Ampliacin de instalaciones elctricas 16 2.1.3 Remodelacin de instalaciones elctricas 162.2 Personas 172.3 Productos 172.4 Excepciones 23 2.4.1 En instalaciones 23 2.4.2 En productos 24

    ARTCULO 3 DEFINICIONES 24

    ARTCULO 4 ABREVIATURAS, ACRNIMOS Y SIGLAS 44

    ARTCULO 5 ANLISIS DE RIESGOS ELCTRICOS 455.1 Evaluacin del nivel de riesgo 465.2 Factores de riesgo elctrico ms comunes 485.3 Medidas que se deben tomar en situaciones de alto riesgo o peligro inminente. 505.4 Notificacindeaccidentes. 50

    ARTCULO 6 ANLISIS DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNTICA 51

    ARTCULO 7 PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL 52

    CAPTULO II 53

    REQUISITOS TCNICOS ESENCIALES 53

    ARTCULO 8 REQUERIMIENTOS GENERALES DE LAS INSTALACIONES ELCTRICAS 538.1 Diseo de las instalaciones elctricas 53 8.1.1 Responsabilidad de los diseadores 54 8.1.2 Excepciones de la exigencia del diseo 548.2 Productos usados en las instalaciones elctricas 548.3 Construccin de la instalacin elctrica 558.4 Otras personas responsables de las instalaciones elctricas. 558.5 Conformidad con el presente reglamento 558.6 Operacin y mantenimiento de las instalaciones elctricas 568.7 Prdidas tcnicas de energa aceptadas en las instalaciones elctricas 56

    ARTCULO 9 CLASIFICACIN DE LOS NIVELES DE TENSIN EN CORRIENTE ALTERNA 56

    ARTCULO 10 SISTEMA DE UNIDADES 57

    ARTCULO 11 SMBOLOS ELCTRICOS Y SEALIZACIN DE SEGURIDAD 58

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    11.1 Smbolos elctricos 5811.2 Sealizacin de seguridad 59 11.2.1 Objetivo 59 11.2.2Clasificacindelassealesdeseguridad 6011.3 Caractersticasespecficasdelsmboloderiesgoelctrico 6211.4 Cdigo de colores para conductores 62

    ARTCULO 12. COMUNICACIONES PARA MANIOBRAS Y COORDINACIONES DE TRABAJOS ELCTRICOS 63

    ARTCULO 13. DISTANCIAS DE SEGURIDAD 6413.1 Distancias mnimas de seguridad en zonas con construcciones 6613.2 Distancias mnimas de seguridad para diferentes lugares y situaciones 6713.3 Distancias mnimas entre conductores en la misma estructura 7013.4 Distancias mnimas para prevencin de riesgos por arco elctrico 72

    ARTCULO 14 CAMPOS ELECTROMAGNTICOS 7314.1 Campo elctrico 7314.2 Campo magntico 7414.3 Campo electromagntico 7414.4 Valores lmites de exposicin a campos electromagnticos para seres humanos 7514.5 Medicin de campos electromagnticos 75

    ARTCULO 15 PUESTAS A TIERRA 7615.1 Diseo del sistema de puesta a tierra 7715.2 Requisitos generales de las puestas a tierra 7815.3 Materiales de los sistemas de puesta a tierra 79 15.3.1 Electrodos de puesta a tierra 79 15.3.2 Conductor del electrodo de puesta a tierra o conductor a tierra 80 15.3.3 Conductor de proteccin o de puesta a tierra de equipos 8215.4 Valores de resistencia de puesta a tierra 8215.5 Mediciones 83 15.5.1 Medicin de resistividad aparente 83 15.5.2 Medicin de resistencia de puesta a tierra 83 15.5.3 Medicin de tensiones de paso y contacto 8415.6 Puestas a tierra temporales 85

    ARTCULO 16 ILUMINACIN 8616.1 Diseo de iluminacin 8616.2 Instalacin, operacin y mantenimiento de los sistemas de iluminacin 87

    ARTCULO 17 REQUISITOS DE PRODUCTOS 9017.1 Alambres y cables para uso elctrico 90 17.1.1 Requisitos generales de producto 92 17.1.2 Alambres de cobre suave 93 17.1.3 Cables de cobre suave 93 17.1.4 Cables de aluminio o aluminio recubierto en cobre 94 17.1.5 Cables de aluminio o aluminio recubierto en cobre, con refuerzo de acero 95 17.1.6 Cables de aleaciones de aluminio 96 17.1.7 Requisitos para alambres y cables aislados 96 17.1.8Requisitosparaconductoresespecificadosenmm2 9717.2 Bombillas o lmparas y portalmparas 98 17.2.1 Requisitos de producto 9917.3 Cercas elctricas 101 17.3.1 Requisitos de producto - generador de pulsos o controlador 101 17.3.2 Requisitos de instalacin 10217.4 Cintas aislantes elctricas 103 17.4.1 Requisitos de producto 10317.5 Clavijas y tomacorrientes 104 17.5.1 Requisitos de instalacin 104

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    17.5.2 Requisitos de producto 10417.6 Dispositivos de proteccin contra sobretensiones transitorias (dps) 106 17.6.1 Requisitos de instalacin 106 17.6.2 Requisitos de producto 10717.7 Equipos de corte y seccionamiento 108 17.7.1 Interruptores manuales de baja tensin 108 17.7.1.1 Requisitos de instalacin 109 17.7.1.2 Requisitos de producto 109 17.7.2 Pulsadores 110 17.7.3 Interruptores automticos de baja tensin 110 17.7.3.1 Requisitos de instalacin 110 17.7.3.2 Requisitos de producto 111 17.7.4 Interruptores, reconectadores, seccionadores de media tensin 113 17.7.5 Cortacircuitos para redes de distribucin 11317.8 Motores y generadores 113 17.8.1 Condiciones de instalacin 113 17.8.2 Requisitos de producto 114 17.8.2.1 Rotulado,marcado y etiquetado 114 17.8.2.2 Informacin adicional 115 17.8.3Excepcineneltipodecertificacindelproducto 11517.9 Tableros elctricos 115 17.9.1 Tableros de baja tensin 116 17.9.1.1 Partes conductoras de corriente de tableros de baja tensin 117 17.9.1.2 Terminales de alambrado de tableros de baja tensin 117 17.9.2 Celdas de media tensin 118 17.9.3 Rotulado e instructivos de tableros 118 17.9.4 Informacin adicional 118 17.9.5CertificacindetablerosdeBTyceldasdeMT 11917.10 Transformador elctrico 119 17.10.1 Requisitos de instalacin 119 17.10.2 Requisitos de producto 12017.11 Bandejas portacables y canalizaciones (Canaletas, ductos, tubos, tuberas y bus de barras) 122 17.11.1 Bandejas portacables 122 17.11.2 Canalizaciones 122 17.11.3 Requisitos de producto 124 17.11.4 Bus de barras 12517.12 Cajas y conduletas 126 17.12.1 Requisitos de instalacin 126 17.12.2 Requisitos de producto 12617.13 Extensiones y multitomas para baja tensin 127 17.13.1 Requisitos para conectar una extensin o multitoma 127 17.13.2 Requisitos de producto 127 17.13.3 Extensiones para iluminacin decorativa y alumbrados navideos 12917.14 Aisladores electricos 12917.15 Estructuras o postes para redes de distribucin 12917.16 Puertas cortafuego 13117.17 Herrajes de lneas de transmisin y redes de distribucin 13317.18 Fusibles 13317.19 Contactores 13417.20 Condensadores de baja y media tensin 13417.21 Unidades de potencia ininterrumpida (ups) 13517.22 Unidades de tensin regulada (reguladores de tensin) 13517.23 Productos utilizados en instalaciones especiales 135

    ARTCULO 18 REQUISITOS DE PROTECCIN CONTRA RAYOS 13518.1 Evaluacin del nivel de riesgo frente a rayos 13618.2 Diseo e implementacin de un sistema de proteccin contra rayos 13618.3 Componentes del sistema de proteccin contra rayos 136 18.3.1 Terminales de captacin o pararrayos 136 18.3.2 Bajantes 137

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    18.3.3 Puesta a tierra para proteccin contra rayos 137

    ARTCULO 19 REGLAS BSICAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJO EN INSTALACIONES ELCTRICAS 13819.1 Maniobras 13919.2 Verificacinenellugardetrabajo 13919.3 Sealizacin del rea de trabajo 13919.4 Escalamiento de postes y estructuras y proteccin contra cadas 14019.5 Reglas de oro de la seguridad 14019.6 Trabajos cerca de circuitos areos energizados 14119.7 Listadeverificacinparatrabajosencondicionesdealtoriesgo 14119.8 Apertura de transformadores de corriente 142

    ARTCULO 20 MTODOS DE TRABAJO EN TENSIN 14220.1 Organizacin del trabajo 14220.2 Procedimientos de ejecucin 143

    CAPTULO III 145

    REQUISITOS ESPECFICOS PARA EL PROCESO DE GENERACIN 145

    ARTCULO 21 EDIFICACIONES 145

    ARTCULO 22 REQUISITOS GENERALES DE CENTRALES DE GENERACIN 14722.1 Distancias de seguridad 14722.2 Puestas a tierra 14722.3 Valores de campo electromagntico 14822.4 Subestaciones asociadas a centrales de generacin 148

    CAPTULO IV 148

    REQUISITOS ESPECFICOS PARA EL PROCESO DE TRANSMISIN 148

    ARTCULO 23 ASPECTOS GENERALES DE LNEAS DE TRANSMISIN 14923.1 Diseos 14923.2 Distancias de seguridad 14923.3 Puestas a tierra 14923.4 Cimentaciones 14923.5 CertificacindelaconformidadconRETIE 149

    ARTCULO 24 ZONAS DE SERVIDUMBRE 149

    ARTCULO 25 ESTRUCTURAS DE APOYO DE LNEAS DE TRANSMISIN 15025.1 Aspectos generales 15025.2 Estructuras de soporte 151 25.2.1 Estructuras de suspensin 151 25.2.2 Estructuras de Retensin 152 25.2.3 Estructuras de Terminales 152

    ARTCULO 26 HERRAJES 153

    ARTCULO 27 AISLAMIENTO 15327.1 Distancias mnimas de seguridad 15327.2 Aisladores 153 27.2.1 Aisladores para estructuras en suspensin 153 27.2.2 Aisladores para estructuras en retencin 154

    ARTCULO 28 CONDUCTORES Y SEALES DE AERONAVEGACIN 15428.1 Conductores 15428.2 Seales de aeronavegacin 154

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    CAPTULO V 155

    REQUISITOS ESPECFICOS PARA EL PROCESO DE TRANSFORMACIN 155(SUBESTACIONES)

    ARTCULO 29 DISPOSICIONES GENERALES 15529.1 Clasificacindelassubestaciones 15529.2 Requisitos generales para subestaciones 15629.3 Salas de operaciones, mando y control 15829.4 Distancias de seguridad en subestaciones exteriores 15929.5 Distancias de seguridad en subestaciones en interiores 161

    ARTICULO 30 REQUISITOS ADICIONALES PARA ALGUNOS TIPOS DE SUBESTACIONES 16130.1 Subestaciones de alta y extra alta tensin 16130.2 Subestacionesdemediatensintipointerioroenedificaciones 16130.3 Subestaciones tipo poste 16230.4 Subestaciones tipo pedestal o tipo jardn 16330.5 Certificacindesubestacionesparainstalacionesdeusofinal 163

    CAPTULO VI 163

    REQUISITOS ESPECFICOS PARA EL PROCESO DE DISTRIBUCIN 163

    ARTCULO 31 ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE DISTRIBUCIN 16431.1 Alcance del sistema de distribucin 16431.2 Requisitos bsicos para sistemas de distribucin 16431.3 Puestas a tierra de sistemas de distribucin 165

    ARTCULO 32 ESTRUCTURAS DE APOYO Y HERRAJES EN REDES DE DISTRIBUCIN 16532.1 Estructuras de soporte 16532.2 Herrajes 166

    ARTCULO 33 AISLAMIENTO 16733.1 Distancias de seguridad en redes de distribucin 16733.2 Aisladores 167

    ARTCULO 34 CONDUCTORES 16834.1 Conductores areos 16834.2 Conductores subterrneos 168

    ARTCULO 35 INFORMACIN DE SEGURIDAD PARA EL USUARIO 17035.1 Cartilla de seguridad 17035.2 Informacin adicional de seguridad 170

    CAPTULO VII 170

    REQUISITOS ESPECFICOS PARA INSTALACIONES DE USO FINAL 170

    ARTCULO 36 ASPECTOS GENERALES DE LAS INSTALACIONES PARA USO FINAL DE LA ELECTRICIDAD 17136.1 Aplicacin de normas tcnicas 17136.2 Clasificacindeinstalacionesbsicas 172 36.2.1 Instalaciones elctricas bsicas 172 36.2.2 Instalaciones elctricas especiales 172 36.2.3 Instalaciones provisionales 173

    ARTICULO 37 LINEAMIENTOS APLICABLES A TODAS LAS INSTALACIONES ELCTRICAS PARA USO FINAL 173 37.1 Generalidades 173

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    37.2 Proteccin contra contacto directo o indirecto 17437.3 Protecciones contra sobrecorrientes 17537.4 Mantenimientoyconservacindelasinstalacionesparausofinal 175

    ARTICULO 38 REQUISITOS PARTICULARES PARA INSTALACIONES ESPECIALES 17638.1 Certificacindeproductosparainstalacionesespeciales 17638.2 Instalaciones en lugares de alta concentracin de personas 17638.3 Instalaciones para sistemas contra incendio 17738.4 Instalaciones para Piscinas 178

    ARTCULO 39 REQUISITOS ADICIONALES PARA LUGARES DE ATENCIN MDICA 178

    ARTCULO 40 REQUISITOS PARA INSTALACIONES EN MINAS 18240.1 Requisitos generales 18240.2 Requisitos de conexin a tierra 18440.3 Requisitos para equipos 18440.4 Requisitosespecficosparaminassubterrneas 185

    CAPTULO VIII 186

    PROHIBICIONES 186

    ARTCULO 41 PROHIBICIONES 18641.1 Compuestos persistentes 18641.2 Pararrayos radiactivos 18741.3 Uso de la tierra como nico conductor de retorno 18741.4 Materialesreutilizadoseninstalacionesdeusofinal 187

    CAPTULO IX 187

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS 187

    ARTCULO 42 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 18742.1 Certificadodeconformidadparaalgunosproductos 18742.2 Certificadodeconformidaddealgunasinstalacioneselctricas 188

    CAPTULO X 189

    VIGILANCIA Y CONTROL 189

    ARTCULO 43 ENTIDADES DE VIGILANCIA 189

    ARTCULO 44 EVALUACIN DE CONFORMIDAD 19044.1 Certificacindeconformidaddeproductos 19044.2 Certificacindeproductosdeusodirectoyexclusivodelimportador 192 44.2.1 Principales regulaciones para el trmite 192 44.2.2 Laboratorios de pruebas y ensayos 192 44.2.3 Rotulado de producto 19344.3 Acreditacin 19344.4 Organismosdecertificacin 19344.5 Organismo de inspeccin de Instalaciones Elctricas 19344.6 CertificacindeconformidaddeInstalacionesElctricas 194 44.6.1 Declaracin de cumplimiento 194 44.6.2Inspeccinconfinesdecertificacin 195 44.6.3 Excepciones del dictamen de inspeccin 196 44.6.4 Componentes del dictamen del organismo de inspeccin 197 44.6.5 Formatos para el dictamen de inspeccin 197 44.6.6 Revisin de las Instalaciones 202 44.6.7Validezdecertificadosydictmenesemitidosbajootrasresoluciones 203

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    CAPTULO XI 204

    REVISIN Y ACTUALIZACIN 204

    ARTCULO 45 INTERPRETACIN, REVISIN Y ACTUALIZACIN DEL REGLAMENTO 204

    CAPTULO XII 205

    RGIMEN SANCIONATORIO 205

    ARTCULO 46 SANCIONES 205

    FIGURAS

    Figura 1. Zonas de tiempo/corriente de los efectos de las corrientes alternas de 15 Hz a 100 Hz 47 Figura 2. Matriz de anlisis de riesgo 47 Figura 3. Estructura de la CEM 51 Figura 4. Smbolode riesgo elctrico 62 Figura 5. Distancias de seguridad en zonas con construcciones 67 Figura 6. Distancias d y d1 en cruce y recorridos de vas 67 Figura7. Distanciaeencrucesconferrocarrilessinelectrificar 67 Figura 8. Distancia f y g para cruces con ferrocarriles y rios 68 Figura 9. Lmites de aproximacin 72 Figura 10. Sistemas con puestas a tierra dedicadas e interconectadas 78 Figura 11. Una sola puesta a tierra para todas las necesidades 79 Figura 12. Puestas a tierra separadas o independientes 79 Figura 13. Esquema de medicin de resistividad aparente 83 Figura 14. Esquema de medicin de resistencia de puesta a tierra 84Figura 15. Montajes tpicos de puestas a tierra temporales 85 Figura 16. Posicin de la camisa roscada del portalmpara [mm] 99 Figura 17. Dimensiones del casquillo de una bombilla en milmetros 99 Figura 18. Montaje de los DPS 107 Figura 19. Ancho de la zona de servidumbre 150 Figura 20. Zona de seguridad para circulacin de personal 159 Figura 21. Zonas de seguridad 159 Figura 22. Distancias de seguridad para prevenir contactos directos en subestaciones exteriores 160

    TABLAS

    Tabla 1. Productos objeto del RETIE 18 Tabla 2. Partidas arancelarias 23 Tabla 3. Organismos de normalizacin 44 Tabla 4. Acrnimos, siglas y abreviaturas de comn utilizacin 45 Tabla 5. Porcentaje de personas que se protegen segn la corriente de disparo 46 Tabla6. Relacinentreenergaespecficayefectosfisiolgicos 46 Tabla 7. Factores de riesgos elctricos ms comunes 50 Tabla 8. Simbologa de magnitudes y unidades utilizadas en electrotecnia 57 Tabla9. Principalessmbolosgrficos 59 Tabla10. Clasificacinycoloresparalassealesdeseguridad 60 Tabla 11. Principales seales de seguridad 61 Tabla 12. Dimensiones del smbolo de riesgo elctrico en mm 62 Tabla 13. Cdigo de colores para conductores 62 Tabla 14. Cdigo Q 64 Tabla 15. Distancias mnimas de seguridad en zonas con construcciones 66 Tabla 16. Distancias mnimas de seguridad para diferentes situaciones 69 Tabla 17. Distancias verticales mnimas en vanos con lneas de diferentes tensiones 69

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    Tabla 18. Distancia horizontal entre conductores soportados en la misma estructura de apoyo 70 Tabla 19. Distancia vertical mnima en metros entre conductores sobre la misma estructura 71 Tabla 20. Lmites de aproximacin a partes energizadas de equipos 72 Tabla 21. Valores lmites de exposicin a campos electromagnticos 75 Tabla 22. Mxima tensin de contacto para un ser humano 77Tabla 23. Requisitos para electrodos de puesta a tierra 79 Tabla 24. Constantes de materiales 81 Tabla 25. Valores de referencia para resistencia de puesta a tierra 82 Tabla 26. Niveles de iluminancia aceptados para diferentes reas y actividades 89 Tabla 27. Requisitos para alambre de cobre suave 93 Tabla 28. Requisitos para cables de cobre suave 93 Tabla 29. Requisitos para cables de aluminio o aluminio recubierto en cobre AAC 94 Tabla 30. Requisitos para cables de aluminio con refuerzo de acero ACSR 95 Tabla 31. Requisitos para cables de aleaciones de aluminio clase A y AA AAAC 96 Tabla 32. Requisitos para alambres y cables aislados 97 Tabla 33. Requisitos para clase 1: alambres 97 Tabla 34. Requisitos para clase 2: cables 98Tabla35.Parmetrosdelmparasfluorescentescompactasconbalastoincorporado 100 Tabla 36. Distancias mnimas de seguridad de cercas elctricas a circuitos de distribucin 103 Tabla 37. Espesores mnimos de tuberas no metlicas 125 Tabla 38. Caractersticas de los terminales de captacin y bajantes 137 Tabla 39. Distancias mnimas de seguridad para trabajos con lneas energizadas 138 Tabla 40. Distancias mnimas de seguridad para personal no especialista o que no conozca los riesgos asociados a la electricidad 139 Tabla41. Listadeverificacin,trabajosencondicionesdealtoriesgo 142 Tabla 42. Ancho de la zona de servidumbre 150 Tabla 43. Dimetro mnimo de las balizas segn nivel de tensin 154 Tabla 44. Distancias de seguridad en el aire, para las Figuras 20 y 21 160 Tabla 45. Distancias de seguridad para la Figura 22 161 Tabla 46. Lmites de temperatura equipo elctrico 186 Tabla 47. Nombres comerciales de PCB 186

    FORMATOS Formato 1. Declaracin del constructor 195 Formato2.Dictamendeinspeccinyverificacinparalneasdetransmisin 199 Formato3.Dictamendeinspeccinyverificacinparainstalacionesdetransformacin 200 Formato4.Dictamendeinspeccinyverificacinparainstalacionesdedistribucin 201 Formato5.Dictamendeinspeccinyverificacinparainstalacionesdeusofinal 202

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    REGLAMENTO TCNICO DE INSTALACIONES ELCTRICAS (RETIE) INTRODUCCIN

    Se tiene un nuevo orden en el comercio mundial y como consecuencia directa un nuevo marco en temasdereglamentacin;trminoscomohomologacinyNormasTcnicasColombianasOficialesObligatorias (NTCOO) ya perdieron su vigencia, ahora el esquema se basa en Reglamentos Tcnicos de carcter obligatorio, Normas Tcnicas de carcter voluntario y en que cada pas es autnomo para defender los objetivos legtimos.

    La dependencia y el aumento progresivo del consumo de la electricidad en la vida actual, obliga aestablecerunasexigenciasyespecificacionesquegaranticenlaseguridaddelaspersonasconbaseenelbuenfuncionamientodelasinstalaciones,lafiabilidadycalidaddelosproductos,lacompatibilidad de los equipos y su adecuada utilizacin y mantenimiento.

    En cumplimiento del Artculo 2 de la Constitucin Nacional, les corresponde a las autoridades de la Repblica proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra y bienes. En tal sentido el Ministerio de Minas y Energa como mxima autoridad en materia energtica, debe adoptar las normas y reglamentos tcnicos orientados a garantizar la proteccin de la vida de las personas contra los riesgos que puedan provenir de los bienes y servicios relacionados con el sector a su cargo.

    ElMinisteriodeMinasyEnerga,conelfindefacilitarlaadaptacindelasnormastcnicas,alprogreso tecnolgico, incluye en el presente Reglamento Tcnico las prescripciones de carcter general, donde se establecen los requisitos mnimos que garanticen los objetivos legtimos.

    Para ello se han reunido en este Reglamento Tcnico los preceptos esenciales, que por ser una garantadeseguridadfrenteariesgoselctricos,definenelmbitodeaplicacinylascaractersticasbsicas de las instalaciones elctricas y algunos requisitos que pueden incidir en las relaciones entre las empresas de servicios pblicos y los usuarios, con especial enfoque en los problemas delaseguridaddeestosltimosylosaspectosqueserefierenalaintervencindelGobiernoencaso de infracciones y al procedimiento para cada caso. Se espera que dichos preceptos sean aplicados con tica por todos los profesionales de la electrotecnia en Colombia, como parmetros bsicos o mnimos. Quienes ejercen con profesionalismo, saben que pueden seguir aplicando las normas tcnicas, porque con ello lograrn ptimos niveles de seguridad y calidad.

    Para efectos del presente Reglamento, las palabras deber y tener, como verbos y sus conjugaciones, deben entenderse como estar obligado.

    El objeto fundamental de este Reglamento es establecer medidas que garanticen la seguridad de las personas, de la vida animal y vegetal y la preservacin del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen elctrico. Estas prescripciones parten de que se cumplan los requisitos civiles, mecnicos y de fabricacin de equipos. Igualmente, este Reglamento propiciaelusoracionalyeficientedeenergacomounaformadeproteccinalmedioambienteygaranta del abastecimiento energtico que requiere el pas.

    Las normas tcnicas referenciadas deben servir para concretar y ampliar el alcance del Reglamento Tcnico de Instalaciones Elctricas.

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    CAPTULO IDISPOSICIONES GENERALES

    ARTCULO 1. OBJETO

    El objeto fundamental de este Reglamento es establecer las medidas tendientes a garntizar la seguridadde las personas, de la vida animal y vegetal y la preservacin del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen elctrico. Estas prescripciones parten de que se cumplan los requisitos civiles, mecnicos y de fabricacin de equipos.

    Adicionalmente seala, las exigencias y especificaciones que garanticen la seguridad de lasinstalacioneselctricasconbaseensubuenfuncionamiento,laconfiabilidad,calidadyadecuadautilizacindelosproductos,esdecir,fijalosparmetrosmnimosdeseguridadparalasinstalacioneselctricas.

    Igualmente, es un instrumento tcnico-legal para Colombia, que sin crear obstculos innecesarios al comercio o al ejercicio de la libre empresa, permite garantizar que las instalaciones, equipos y productos usados en la generacin, transmisin, transformacin, distribucin y utilizacin de la energa elctrica, cumplan con los siguientes objetivos legtimos:

    La proteccin de la vida y la salud humana La proteccin de la vida animal y vegetal La preservacin del medio ambiente La prevencin de prcticas que puedan inducir a error al usuario

    Para cumplir estos objetivos legtimos, el presente Reglamento Tcnico se bas en los siguientes objetivosespecficos:

    a) Fijar las condiciones para evitar accidentes por contactos elctricos directos e indirectos.

    b) Establecer las condiciones para prevenir incendios y explosiones causados por la electricidad.

    c) Fijar las condiciones para evitar quema de rboles causada por acercamiento a lneas de energa.

    d) Establecer las condiciones para evitar muerte de animales causada por cercas elctricas.

    e) Establecer las condiciones para evitar daos debidos a sobrecorrientes y sobretensiones.

    f)Adoptarlossmbolosdetipoverbalygrficoquedebenutilizarlosprofesionalesqueejercen la electrotecnia.

    g)Minimizarlasdeficienciasenlasinstalacioneselctricas.

    h) Establecer claramente las responsabilidades que deben cumplir los diseadores, constructores, interventores, operadores, inspectores, propietarios y usuarios de instalaciones elctricas, adems

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    de los fabricantes, distribuidores o importadores de materiales o equipos y las personas jurdicas relacionadas con la generacin, transporte, distribucin y comercializacin de electricidad.

    i)Unificarlascaractersticasesencialesdeseguridadparalosproductoselctricosdemayorutilizacin,conelfindeasegurarlamayorconfiabilidadensufuncionamiento.

    j) Prevenir los actos que puedan inducir a error a los usuarios, tales como la utilizacin o difusin de indicaciones incorrectas o falsas o la omisin de datos verdaderos que no cumplen las exigencias del presente Reglamento.

    k)Exigirconfiabilidadycompatibilidaddelosproductosyequiposelctricos.

    l)Exigirrequisitosparacontribuirconelusoracionalyeficientedelaenergayconestoala proteccin del medio ambiente y el aseguramiento del suministro elctrico.

    ARTCULO 2. CAMPO DE APLICACIN

    El presente reglamento aplica a las instalaciones elctricas, a los productos utilizados en ellas y a las personas que las intervienen, en los siguientes trminos:

    2.1 Instalaciones

    Para efectos de este Reglamento, se consideran como instalaciones elctricas los circuitos elctricos con sus componentes tales como conductores, equipos, mquinas y aparatos que conforman un sistema elctrico y que se utilicen para la generacin, transmisin, transformacin, distribucin o uso final de la energa elctrica, dentro de los lmites de tensin y frecuenciaestablecidos en el presente Reglamento.

    Los requisitos y prescripciones tcnicas de este Reglamento sern de obligatorio cumplimiento en Colombia, en todas las instalaciones nuevas, remodelaciones o ampliaciones, pblicas o privadas, con valor de tensin nominal mayor o igual a 25 V y menor o igual a 500 kV de corriente alterna (c.a.), con frecuencia de servicio nominal inferior a 1000 Hz y mayor o igual a 48 V en corriente continua (c.c.).

    Las prescripciones tcnicas del presente Reglamento sern exigibles en condiciones normales o nominales de las instalaciones. No sern exigibles en los casos de fuerza mayor o de orden pblico que las alteren; en estos casos, el propietario de la instalacin procurar reestablecer las condiciones de seguridad en el menor tiempo posible.

    Todas las instalaciones objeto del presente reglamento deben demostrar su cumplimiento mediantecertificadodeconformidad.En loscasosenqueseexija lacertificacinplena,estase entender como la declaracin de cumplimiento suscrita por el constructor de la instalacin elctrica, acompaada del dictamen del organismo de inspeccin que valide dicha declaracin.

    El presente Reglamento Tcnico se aplicar a partir de su entrada en vigencia, a toda instalacin elctrica nueva y a toda ampliacin y remodelacin de una instalacin elctrica, que se realice enlosprocesosdegeneracin,transmisin,transformacin,distribucinousofinaldelaenerga

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    elctrica,incluyendo las instalaciones de potencia elctrica que alimenten los equipos para seales de telecomunicaciones, electrodomsticos, vehculos, equipos, mquinas y herramientas, de conformidad con lo siguiente:

    2.1.1 Instalaciones elctricas nuevas

    Se considera instalacin elctrica nueva aquella que entr en operacin con posterioridad a mayo 1 de 2005, fecha de entrada en vigencia de la Resolucin 180398 del 7 de abril de 2004 por la cual se adopt el Reglamento Tcnico de Instalaciones Elctricas - RETIE.

    2.1.2 Ampliacin de instalaciones elctricas

    Se entender como ampliacin de una instalacin elctrica la que implique solicitud de aumento de capacidad instalada o el montaje adicional de dispositivos, equipos, conductores y dems componentes.

    La parte ampliada siempre deber demostrar la conformidad con el presente reglamento. Cuando se den las siguientes condiciones, sta ser mediante certificacin plena:

    a) En instalaciones residenciales cuando la ampliacin supere 10 kVA.

    b) En instalaciones comerciales cuando la ampliacin supere 20 kVA.

    c) En instalaciones industriales cuando la ampliacin supere el 30% de la capacidad instalada.

    d) En un circuito de una red de distribucin de uso general cuando la ampliacin supere el 30% de la capacidad instalada o la longitud del circuito. En el evento que la red de distribucin sea deusoexclusivodeunusuariodeberdrseleeltratamientodeinstalacindeusofinal. e) En una planta de generacin cuando la ampliacin supere el 30% de la capacidad instalada y se deba al montaje de nuevos equipos elctricos en la misma casa de maquinas.

    f) En una subestacin cuando la ampliacin supere el 30% del costo reconocido por la CREG para cada unidad constructiva o el 30% de la capacidad instalada.

    g) En una lnea de transmisin cuando la ampliacin aumente su tensin nominal de operacin o su capacidad instalada.

    2.1.3 Remodelacin de instalaciones elctricas

    Se entender como remodelacin de una instalacin elctrica la sustitucin de dispositivos, equipos, conductores y dems componentes de la instalacin elctrica. La parte remodelada deber demostrar la conformidad con el presente reglamento y en el caso que la remodelacin supere el 80%, deber acondicionarse toda la instalacin al presente reglamento y se le dar el tratamiento como a una instalacin nueva. El porcentaje ser determinado teniendo en cuenta los siguientes criterios:

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    a)Parainstalacionesdeusofinalsetomarelnmerodelassalidasopuntosdeconexinen cada nivel de tensin.

    b) Para instalaciones de distribucin de propiedad de los operadores de red, el porcentaje estar referido al inventario de todas las unidades constructivas del mismo tipo, existentes en el circuito o a los componentes de la unidad constructiva donde se realicen la remodelacin. En redes de baja tensin el porcentaje ser referido a la longitud total de la red asociada al transformador.

    c) Para lneas de transmisin con tensin nominal de 57,5 kV o mayor, la medida para determinar el porcentaje ser la totalidad de la lnea, es decir, desde el prtico de salida en la subestacin hasta el prtico de entrada en la otra subestacin que permita el seccionamiento de la lnea.

    d)Ensubestacionesdetransformacinnoasociadasalainstalacindeusofinal,elporcentajeestar referido al nmero de elementos de la unidad constructiva o conjunto de unidades constructivasdondeserealicelaremodelacin.Lacertificacinplenaseaplicaralaunidadounidades constructivas remodeladas.

    e) En plantas de generacin los porcentajes estarn referenciados al componente donde se realicen los trabajos de remodelacin, asimilndolos a un proceso as: casa de maquinas a uso finalysubestacionesatransformacin.

    En toda instalacinnueva,ampliacino remodelacin, lapersonacalificada responsablede laconstruccin, deber declarar el cumplimiento del reglamento en los formatos definidos en elpresente Anexo General.

    2.2 Personas

    Este Reglamento deber ser observado y cumplido por todas las personas naturales o jurdicas nacionales o extranjeras, contratistas u operadores y en general por quienes generen, transformen, transporten, distribuyan, usen la energa elctrica y ejecutenactividades relacionadas con las instalaciones elctricas. As como por los productores, importadores y comercializadores de los productos objeto del RETIE.

    2.3 Productos

    Los productos contemplados en la Tabla 1, por ser los de mayor utilizacin en las instalaciones elctricas y estar directamente relacionados con el objeto y campo de aplicacin del Reglamento Tcnico de Instalaciones Elctricas RETIE, deben dar cumplimiento a los requisitos establecidos en steydemostrarlomedianteuncertificadodeproductoconformeconelpresentereglamento.

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    Nota: ElpresenteReglamentoaplicaalosproductosconlosnombrescomercialesdefinidosenlaTabla1ynoalaspartidasdelaranceldeaduanas,puestoqueenestassepuedenclasificarproductos que no son objeto del RETIE o a pesar de que se trate de productos incluidos en este reglamento, lapartidaarancelariaessusceptibledemodificacinpor laautoridadcompetente.

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    Para efectos del control y vigilancia de los productos objeto del RETIE, la Tabla 2 muestra algunas partidas arancelarias y las notas marginales que precisan las condiciones en las cuales un producto, que siendo objeto del RETIE se puede excluir de su cumplimiento, por ser destinado a aplicaciones distintas al alcance de este Reglamento y por tal razn, no requieren demostrar conformidad con el RETIE. Cuando se haga uso de exclusiones, estas se probarn ante la entidad de control, con los mecanismos previstos en la normatividad vigente.

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    Para permitir el uso de productos en las instalacionesque les aplique el presente reglamento, se debe demostrar el cumplimiento de los requisitos exigidos, mediante un certificado deproducto,expedidoporunorganismodecertificacinacreditadopor laSIC(oquienhagasusveces) o mediante los mecanismos para demostrar la conformidad, establecidos por autoridad competente.

    El cumplimiento de los requisitos se deber demostrar mediante los ensayos pertinentes en laboratorios acreditados o reconocidos segn la normatividad vigente.

    Los requisitos de producto que se deben probar son:

    a. Los establecidos en este Anexo General y particularmente los del Artculo 17.

    b. Los requisitos contemplados en normas tcnicas internacionales, de reconocimiento internacional o NTC, referidos en el presente anexo, para las instalaciones de aplicaciones especiales, talescomoreasclasificadas, reasdondesepresentealtaconcentracindepersonas, instalaciones de sistemas contra incendios, instalaciones de atencin mdica, instalaciones de minas; los de productos para aquellos productos que el presente Anexo General les exige el cumplimiento de una norma tcnica.

    2.4 Excepciones

    2.4.1 En instalaciones: Se exceptan del cumplimiento del presente Reglamento Tcnico las siguientes:a) Instalaciones propias de vehculos (automotores, trenes, barcos, navos, aeronaves).

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    b) Instalaciones propias de los siguientes equipos: electromedicina, seales de radio, seales de TV, seales de telecomunicaciones, seales de sonido y seales de sistemas de control.

    c) Instalaciones que utilizan menos de 24 voltios o denominadas de muy baja tensin.

    d) Instalaciones propias de electrodomsticos, mquinas y herramientas, siempre que el equipo, mquina o sistema no se clasifique como instalacion especial en la NTC 2050 PrimeraActualizacin.

    2.4.2 En productos: Se exceptan del alcance del presente Reglamento Tcnico los productos queanestandoclasificadosenlaTabla1estndestinadosexclusivamente a:

    a) Instalaciones contempladas en los literales a. y b. c y d del numeral 2.4.1.

    b) Materias primas o componentes para la fabricacin de mquinas, aparatos, equipos u otros productos distintos a la instalacin elctrica objeto de este reglamento, a menos que otro reglamento les exija el cumplimiento de RETIE o la mquina o equipo sea una instalacin clasificadacomoespecial,querequieracertificacindeproductosegnlaNTC2050.

    En consecuencia estos productos que se importen o fabriquen en el pas con destino exclusivo a estas instalaciones, maquinas o equipos, no requieren demostrar la conformidad con el RETIE.

    ARTCULO 3. DEFINICIONES

    ParatodoslosefectosdelpresenteReglamentoTcnicosetendrnencuentalasdefinicionesgenerales que aparecen a continuacin. Cuando un trmino no aparezca, se recomienda consultar las normas IEC serie 50 IEEE 100.

    ACCESIBLE: Que est al alcance de una persona, sin valerse de medio alguno y sin barreras fsicas de por medio.

    ACCIDENTE: Evento no deseado, incluidos los descuidos y las fallas de equipos, que da por resultado la muerte, una lesin personal, un dao a la propiedad o deterioro ambiental.

    ACOMETIDA: Derivacin de la red local del servicio respectivo, que llega hasta el registro de cortedelinmueble.Enedificiosdepropiedadhorizontalocondominios,laacometidallegahastael registro de corte general.

    ACREDITACIN: Procedimiento mediante el cual se reconoce la competencia tcnica y la idoneidaddeorganismosdecertificacine inspeccin, as como laboratoriosdeensayoydemetrologa.

    ACTO INSEGURO:Violacindeunanormadeseguridadyadefinida.

    AISLAMIENTO FUNCIONAL: Es el necesario para el funcionamiento normal de un aparato y la proteccin contra contactos directos.

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    AISLADOR: Elemento de mnima conductividad elctrica, diseado de tal forma que permita dar soportergidooflexibleaconductoresoaequiposelctricosyaislarloselctricamentedeotrosconductores o de tierra.

    AISLANTE ELCTRICO: Material de baja conductividad elctrica que puede ser tomado como no conductor o aislador.

    AISLAMIENTO ELCTRICO BSICO: Aislamiento aplicado a las partes vivas para prevenir choque elctrico.

    AISLAMIENTO REFORZADO: Sistema de aislamiento nico que se aplica a las partes vivas peligrosas y provee un grado de proteccin contra el choque elctrico y es equivalente al doble aislamiento.

    AISLAMIENTO SUPLEMENTARIO: Aislamiento independiente aplicado de manera adicional al aislamiento bsico, con el objeto de brindar proteccin contra choque elctrico en caso de falla del aislamiento bsico.

    ALAMBRE:Hiloofilamentodemetal,trefiladoolaminado,paraconducircorrienteelctrica.

    ALAMBRE DURO: Aquelquehasidotrefiladoenfrohastasutamaofinal,demaneraqueseacerque a la mxima resistencia a la traccin obtenible.

    ALAMBRE SUAVE O BLANDO: Aquelquehasidotrefiladoolaminadohastasutamaofinalyque luego es recocido para aumentar la elongacin.

    ALTA CONCENTRACIN DE PERSONAS: Cuando se pueden concentrar 100 mas personas encadapisoonivelomsde500personasentodoeledificio.

    AMBIENTE ELECTROMAGNTICO: La totalidad de los fenmenos electromagnticos existentes en un sitio dado.

    ANLISIS DE RIESGOS: Conjuntodetcnicasparaidentificar,clasificaryevaluarlosfactoresde riesgo. Es el estudio de consecuencias nocivas o perjudiciales, vinculadas a exposiciones reales o potenciales.

    ADMINISTRACIN DE RIESGOS: La aplicacin sistemtica de polticas administrativas, procedimientos y prcticas de trabajo, para minimizar o controlar el riesgo.

    APOYO: Nombre genrico dado al dispositivo de soporte de conductores y aisladores de las lneas o redes areas. Pueden ser postes, torres u otro tipo de estructura.

    ARCO ELCTRICO:Hazluminosoproducidoporelflujodecorrienteelctricaatravsdeunmedio aislante, que produce radiacin y gases calientes.

    AVISO DE SEGURIDAD: Advertencia de prevencin o actuacin, fcilmente visible, utilizada con el propsito de informar, exigir, restringir o prohibir.

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    BALIZA:Sealfijadeaeronavegacin,quepermitelavisindiurnaonocturnadeunconductorde fase o del cable de guarda.

    BATERA DE ACUMULADORES:Equipo que contiene una o ms celdas electroqumicas recargables.

    BIL: Nivel bsico de aislamiento ante impulsos tipo rayo.

    BOMBILLA: Dispositivoelctricoquesuministraelflujoluminoso,portransformacindeenergaelctrica. Puede ser incandescente si emite luz por calentamiento o luminiscente si hay paso de corriente a travs de un gas.

    BVEDA: Encerramiento dentro de un edificio con acceso slo para personas calificadas,reforzado para resistir el fuego, sobre o bajo el nivel del terreno, que aloja transformadores de potencia para uso interior aislados en aceite mineral, secos de mas de 112,5 kVA o de tensin nominal mayor a 35 kV. Posee aberturas controladas (para acceso y ventilacin) y selladas (para entrada y salida de canalizaciones y conductores).

    CABLE: Conjunto de alambres sin aislamiento entre s y entorchado por medio de capas concntricas.

    CABLE APANTALLADO: Cable con una envoltura conductora alrededor del aislamiento que le sirve como proteccin electromecnica. Es lo mismo que cable blindado.

    CABLE PORTTIL DE POTENCIA: Cableextraflexible,usadoparaconectarequiposmvilesoestacionarios en minas, a una fuente de energa elctrica.

    CALIDAD: Latotalidaddelascaractersticasdeunentequeleconfierenlaaptitudparasatisfacernecesidades explcitas e implcitas. Es un conjunto de cualidades o atributos, como disponibilidad, precio,confiabilidad,durabilidad,seguridad,continuidad,consistencia,respaldoypercepcin.

    CALIBRACIN: Diagnstico sobre las condiciones de operacin de un equipo de medicin y los ajustes, si son necesarios, para garantizar la precisin y exactitud de las medidas que con el mismo se generan.

    CARGA: La potencia elctrica requerida para el funcionamiento de uno o varios equipos elctricos o la potencia que transporta un circuito.

    CARGA NORMALIZADA: En referencia a cercas elctricas. Es la carga que comprende una resistencia no inductiva de 500 ohmios 2,5 ohmios y una resistencia variable, la cual es ajustada para maximizar la energa de impulso en la resistencia.

    CARGABILIDAD: Lmite trmico dado en capacidad de corriente, para lneas de transporte de energa, transformadores, etc.

    CAPACIDAD DE CORRIENTE: Corriente mxima que puede transportar continuamente un conductor en las condiciones de uso, sin superar la temperatura nominal de servicio.

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    CAPACIDAD O POTENCIA INSTALADA: Es la sumatoria de las cargas en kVA continuas y no continuas,diversificadas,previstasparaunainstalacindeusofinal.Igualmente,eslapotencianominal de una central de generacin, subestacin, lnea de transmisin o circuito de la red de distribucin.

    CAPACIDAD O POTENCIA INSTALABLE: Se considera como capacidad instalable, la capacidad en kVA que puede soportar la acometida a tensin nominal de la red, sin que se eleve la temperatura por encima de 60C en cualquier punto o la carga mxima que soporta la proteccin de sobrecorriente de la acometida, cuando exista.

    CAPACIDADNOMINAL: El conjunto de caractersticas elctricas y mecnicas asignadas a un equipoosistemaelctricoporeldiseador,paradefinirsufuncionamientobajounascondicionesespecificas.

    CENTRAL O PLANTA DE GENERACIN: Conjunto de equipos electromecnicos debidamente instalados y recursos energticos destinados a producir energa elctrica, cualquiera que sea el procedimiento empleado o la fuente de energa primaria utilizada.

    CERCA ELCTRICA: Barrera para impedir el paso de personas o animales, que forma un circuito de uno o varios conductores sostenidos con aisladores, a una altura tal, que no reciban descargas peligrosas los animales ni las personas.

    CERTIFICACIN: Procedimiento mediante el cual un organismo expide por escrito o por un sello de conformidad, que un producto, un proceso o servicio cumple un reglamento tcnico o una(s) norma(s) de fabricacin.

    CERTIFICADO DE CONFORMIDAD: Documento emitido conforme a las reglas de un sistema decertificacin,enelcualsepuedeconfiarrazonablementequeunproducto,procesooservicioesconformeconunanorma,especificacintcnicauotrodocumentonormativoespecfico.

    CERTIFICACIN PLENA: Procesodecertificacindelcumplimientodelosrequisitosestablecidosen el RETIE a una instalacin elctrica, el cual consiste en la declaracin de cumplimiento suscrita por la persona calificada responsable de la construccin de la instalacin, acompaada delaval de cumplimiento mediante un dictamen de inspeccin, previa realizacin de la inspeccin de comprobacin efectuada por inspector(es) de un organismo de inspeccin debidamente acreditado.

    CIRCUITO ELCTRICO: Lazo cerrado formado por un conjunto de elementos, dispositivos y equipos elctricos, alimentados por la misma fuente de energa y con las mismas protecciones contra sobretensiones y sobrecorrientes. No se toman los cableados internos de equipos como circuitos.

    CLAVIJA: Dispositivo que por insercin en un tomacorriente establece una conexin elctrica entre losconductoresdeuncordnflexibley losconductoresconectadospermanentementealtomacorriente.

    COMIT TCNICO DE NORMALIZACIN: Grupo de personas con diferentes intereses sobre

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    untema,queserenenregularyvoluntariamenteconelfindeidentificarnecesidades,analizardocumentos y elaborar normas tcnicas.

    COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNTICA: Es la capacidad de un equipo o sistema para funcionar satisfactoriamente en su ambiente electromagntico, sin dejarse afectar ni afectar a otros equipos por energa electromagntica radiada o conducida.

    CONDENACIN: Bloqueo de un aparato de corte por medio de un candado o de una tarjeta.

    CONDICIN INSEGURA: Circunstancia potencialmente riesgosa que est presente en el ambiente de trabajo.

    CONDUCTOR ACTIVO: Aquella parte destinada, en su condicin de operacin normal, a la transmisin de electricidad y por tanto sometidas a una tensin en servicio normal.

    CONDUCTOR ENERGIZADO: Todo aquel que no est conectado a tierra.

    CONDUCTOR NEUTRO: Conductor activo conectado intencionalmente al punto neutro de un transformador o instalacin y que contribuye a cerrar un circuito de corriente.

    CONEXIN EQUIPOTENCIAL: Conexin elctrica entre dos o ms puntos, de manera que cualquier corriente que pase, no genere una diferencia de potencial sensible entre ambos puntos.

    CONDUCTOR A TIERRA: Tambin llamado conductor del electrodo de puesta a tierra, es aquel que conecta un sistema o circuito elctrico intencionalmente a una puesta a tierra.

    CONFIABILIDAD: Capacidad de un dispositivo, equipo o sistema para cumplir una funcin requerida,enunascondicionesytiempodados.Equivaleafiabilidad.

    CONFORMIDAD: Cumplimiento de un producto, proceso o servicio frente a uno o varios requisitos o prescripciones.

    CONSENSO: Acuerdo general caracterizado porque no hay oposicin sostenida a asuntos esenciales, de cualquier parte involucrada en el proceso, y que considera las opiniones de todas las partes y reconcilia las posiciones divergentes, dentro del mbito del bien comn e inters general.

    CONSIGNACIN: Conjunto de operaciones destinadas a abrir, bloquear y formalizar la intervencin sobre un circuito.

    CONTACTO DIRECTO: Es el contacto de personas o animales con conductores activos de una instalacin elctrica.

    CONTACTO ELCTRICO: Accindeunindedoselementosconelfindecerraruncircuito.Puede ser de frotamiento, de rodillo, lquido o de presin.

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    CONTACTO INDIRECTO: Es el contacto de personas o animales con elementos o partes conductivas que normalmente no se encuentran energizadas. Pero en condiciones de falla de los aislamientos se puedan energizar.

    CONTAMINACIN: Liberacin artificial de sustancias o energa hacia el entorno y quepuede causar efectos adversos en el ser humano, otros organismos vivos, equipos o el medio ambiente.

    CONTRATISTA: Persona natural o jurdica que responde ante el dueo de una obra, para efectuar actividades de asesora, interventora, diseo, supervisin, construccin, operacin, mantenimiento u otras relacionadas con las lneas elctricas y equipos asociados, cubiertas por el presente Reglamento Tcnico.

    CONTROL DE CALIDAD: Proceso de regulacin, a travs del cual se mide y controla la calidad real de un producto o servicio.

    CONTROLADOR DE CERCA ELCTRICA: Aparato diseado para suministrar peridicamente impulsos de alta tensin a una cerca conectada a l.

    CORRIENTE ELCTRICA: Es el movimiento de cargas elctricas entre dos puntos que no se hallan al mismo potencial, por tener uno de ellos un exceso de electrones respecto al otro.

    CORRIENTE DE CONTACTO: Corriente que circula a travs del cuerpo humano, cuando est sometido a una tensin de contacto.

    CORROSIN: Ataque a una materia y destruccin progresiva de la misma, mediante una accin qumica o electroqumica o bacteriana.

    CORTOCIRCUITO: Unin de muy baja resistencia entre dos o ms puntos de diferente potencial del mismo circuito.

    DAO: Consecuencia material de un accidente.

    DESASTRE: Situacincatastrficasbitaqueafectaagrannmerodepersonas.

    DESCARGA DISRUPTIVA: Falla de un aislamiento bajo un esfuerzo elctrico, por superarse un nivel de tensin determinado que hace circular una corriente. Se aplica al rompimiento del dielctrico en slidos, lquidos o gases y a la combinacin de estos.

    DISPOSITIVO DE PROTECCIN CONTRA SOBRETENSIONES TRANSITORIAS: Dispositivo diseado para limitar las sobretensiones transitorias y conducir las corrientes de impulso. Contiene al menos un elemento no lineal.

    DESCUIDO: Olvido o desatencin de alguna regla de trabajo.

    DIELCTRICO: Ver aislante.

    DISPONIBILIDAD: Certeza de que un equipo o sistema sea operable en un tiempo dado. Cualidad para operar normalmente.

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    DISPOSITIVO DE CONTROL DE HOMBRE MUERTO: Dispositivo diseado para parar un equipo cuando un operario libera el mismo con la mano o pie.

    DISPOSITIVO DE PROTECCIN CONTRA SOBRETENSIONES TRANSITORIAS DEL TIPO CONMUTACIN DE TENSIN: Un DPS que tiene una alta impedancia cuando no est presente un transitorio, pero que cambia sbitamente su impedancia a un valor bajo en respuesta a un transitorio de tensin. Ejemplos de estos dispositivos son: Los va de chispas, tubos de gas, tiristores y triacs.

    DISPOSITIVO DE PROTECCIN CONTRA SOBRETENSIONES TRANSITORIAS DEL TIPO LIMITACIN DE TENSIN: Un DPS que tiene una alta impedancia cuando no esta presente un transitorio, pero se reduce gradualmente con el incremento de la corriente y la tensin transitoria. Ejemplos de estos dispositivos son los varistores y los diodos de supresin.

    DISTANCIA A MASA: Distanciamnima,bajocondicionesespecificadas,entreunapartebajotensin y toda estructura que tiene el mismo potencial de tierra.

    DISTANCIA AL SUELO: Distanciamnima,bajocondicionesyaespecificadas,entreelconductorbajo tensin y el terreno.

    DISTANCIA DE SEGURIDAD: Distancia mnima alrededor de un equipo elctrico o de conductores energizados, necesaria para garantizar que no habr accidente por acercamiento de personas, animales,estructuras,edificacionesodeotrosequipos.

    DISTRIBUCIN DE ENERGA ELCTRICA: Transferencia de energa elctrica a los consumidores,dentrodeunreaespecfica.

    DOBLE AISLAMIENTO: Aislamiento compuesto de un aislamiento bsico y uno suplementario.

    ECOLOGA: Ciencia que trata las relaciones de los organismos entre s y con el medio ambiente que los rodea.

    EDIFICACIN:Edificiooconjuntodeedificiosparahabitacinhumanaoparaotrosusos.

    EDIFICIO ALTO: Es aquel que supera los 23 metros de altura, medidos desde el nivel donde puede acceder un vehculo de bomberos, segn el Cdigo de Seguridad de Vida o NFPA 101.

    ELECTRICIDAD ESTTICA: Una forma de energa elctrica o el estudio de cargas elctricas en reposo.

    ELECTRICIDAD: El conjunto de disciplinas que estudian los fenmenos elctricos o una forma de energa obtenida del producto de la potencia elctrica consumida por el tiempo de servicio. El suministro de electricidad al usuario debe entenderse como un servicio de transporte de energa, con una componente tcnica y otra comercial.

    ELCTRICO: Aquello que tiene o funciona con electricidad.

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    ELECTRIZAR: Producir la electricidad en cuerpo o comunicrsela.

    ELECTROCUCIN: Paso de corriente elctrica a travs del cuerpo humano, cuya consecuencia es la muerte.

    ELECTRODO DE PUESTA A TIERRA: Es elconductor o conjunto de conductores enterrados que sirven para establecer una conexin con el suelo.

    ELECTRNICA: Parte de la electricidad que maneja las tcnicas fundamentadas en la utilizacin de haces de electrones en vaco, en gases o en semiconductores.

    ELECTROTECNIA: Estudio de las aplicaciones tcnicas de la electricidad.

    EMERGENCIA: Situacin que se presenta por un hecho accidental y que requiere suspender todo trabajo para atenderla.

    EMPALME: Conexin elctrica destinada a unir dos partes de conductores, para garantizar continuidad elctrica y mecnica.

    EMPRESA: Unidad econmica que se representa como un sistema integral con recursos humanos, deinformacin,financierosytcnicosqueproducebienesoserviciosygenerautilidad.

    ENSAYO: Conjunto de pruebas y controles a los cuales se somete un bien para asegurarse que cumple normas y pueda desempear la funcin requerida.

    EQUIPO: Conjunto depersonaso elementos especializadospara lograr un fin o realizar untrabajo.

    EQUIPO ELCTRICO MVIL: Equipo que est diseado para ser energizado mientras se mueve.

    EQUIPO ELCTRICO MOVIBLE: Equipo alimentado por un cable de arrastre y que est diseado para ser movido slo cuando est desenergizado.

    EQUIPO ELCTRICO DE SOPORTE DE LA VIDA: Equipo elctrico cuyo funcionamiento contnuo es imprescindible para mantener la vida de un paciente.

    EQUIPOTENCIALIZAR: Es el proceso, prctica o accin de conectar partes conductivas de las instalaciones, equipos o sistemas entre s o a un sistema de puesta a tierra, mediante una baja impedancia, para que la diferencia de potencial sea mnima entre los puntos interconectados.

    ERROR: Accin o estado desacertado o equivocado, susceptible de provocar avera o accidente.

    ESPECIFICACIN TCNICA: Documento que establece caractersticas tcnicas mnimas de un producto o servicio.

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    EVALUACIN DE LA CONFORMIDAD: Procedimiento utilizado, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen los requisitos o prescripciones pertinentes de los reglamentos tcnicos o normas.

    EVENTO: Es una manifestacin o situacin, producto de fenmenos naturales, tcnicos o sociales que puede dar lugar a una emergencia.

    EXPLOSIN: Expansin rpida y violenta de una masa gaseosa que genera una onda de presin que puede afectar sus proximidades.

    EXPOSICIN OCUPACIONAL: Toda exposicin de los trabajadores ocurrida durante la jornada de trabajo, a un riesgo o contaminante.

    EXTINTOR: Aparato autnomo, que contiene un agente para apagar el fuego, eliminando el oxgeno.

    EXTENSIN: Conjunto compuesto de tomacorriente, cables y clavija; sin conductores expuestos y sin empalmes, utilizado con carcter provisional.

    FACTOR DE RIESGO: Condicinambientalohumanacuyapresenciaomodificacinpuedeproducir un accidente o una enfermedad ocupacional.

    FALLA: Degradacin de componentes. Alteracin intencional o fortuita de la capacidad de un sistema, componente o persona, para cumplir una funcin requerida.

    FASE: Designacin de un conductor, un grupo de conductores, un terminal, un devanado o cualquier otro elemento de un sistema polifsico que va a estar energizado durante el servicio normal.

    FIBRILACIN VENTRICULAR: Contraccinespontneaeincontroladadelasfibrasdelmsculocardaco.

    FLECHA: Distancia vertical mxima en un vano, entre el conductor y la lnea recta horizontal que une los dos puntos de sujecin.

    FRECUENCIA: Nmero de perodos por segundo de una onda. Se mide en hertz o ciclos por segundo.

    FRENTE MUERTO: Parte de un equipo accesible a las personas y sin partes activas expuestas.

    FUEGO: Combinacin de combustible, oxgeno y calor. Combustin que se desarrolla en condiciones controladas.

    FUEGO CLASE C: El originado en equipos elctricos energizados.

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    FUENTE DE ENERGA: Todo equipo o sistema que suministre energa elctrica.

    FUENTE DE RESPALDO: Uno o ms sistemas de suministro de energa (grupos electrgenos, bancos de bateras, UPS, circuito de suplencia) cuyo objetivo es proveer energa durante la interrupcin del servicio elctrico normal.

    FUSIBLE: Componente cuya funcin es abrir, por la fusin de uno o varios de sus componentes, el circuito en el cual est insertado.

    GENERACIN DE ENERGA ELCTRICA: Proceso mediante el cual se obtiene energa elctrica a partir de alguna otra forma de energa.

    GENERADOR: Persona natural o jurdica que produce energa elctrica, que tiene por lo menos unacentralounidadgeneradora. Tambinsignificaequipodegeneracindeenergaelctricaincluyendo los grupos electrgenos.

    IGNICIN: Accin de originar una combustin.

    ILUMINANCIA:Esladensidaddeflujoluminosoqueincidesobreunasuperficie.Suunidad,ellux,equivalealflujoluminosodeunlumenqueincidehomogneamentesobreunasuperficiedeun metro cuadrado.

    IMPACTO AMBIENTAL: Accin o actividad que produce una alteracin, favorable o desfavorable, en el medio ambiente o en alguno de los componentes del mismo.

    IMPERICIA: Falta de habilidad para desarrollar una tarea.

    INCENDIO: Es todo fuego incontrolado.

    INDUCCIN: Fenmeno en el que un cuerpo energizado, transmite por medio de su campo elctrico o magntico, energa a otro cuerpo, a pesar de estar separados por un dielctrico.

    INFLAMABLE: Material que se puede encender y quemar rpidamente. INMUNIDAD: Es la capacidad de un equipo o sistema para funcionar correctamente sin degradarse ante la presencia de una perturbacin electromagntica.

    INSPECCIN: Conjunto de actividades tales como medir, examinar, ensayar o comparar con requisitos establecidos, una o varias caractersticas de un producto o instalacin elctrica, para determinar su conformidad.

    INSTALACIN ELCTRICA: Conjunto de aparatos elctricos, conductores y circuitos asociados, previstosparaunfinparticular:generacin,transmisin,transformacin,conversin,distribucinousofinaldelaenergaelctrica.

    INTERFERENCIA ELECTROMAGNTICA: Conjunto de fenmenos asociados a perturbaciones electromagnticas que pueden producir la degradacin en las condiciones y caractersticas de operacin de un equipo o sistema.

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    INTERRUPTOR AUTOMTICO: Dispositivo diseado para que abra el circuito automticamente cuando se produzca una sobrecorriente predeterminada.

    INTERRUPTOR DE FALLA A TIERRA: Interruptor diferencial accionado por corrientes de fuga a tierra, cuya funcin es interrumpir la corriente hacia la carga cuando se excede algn valor determinado por la soportabilidad de las personas.

    INTERRUPTOR DE USO GENERAL: Dispositivo para abrir y cerrar o para conmutar la conexin de un circuito, diseado para ser operado manualmente, cumple funciones de control y no de proteccin.

    LABORATORIO DE METROLOGA: Laboratorio que rene la competencia e idoneidad necesarias para determinar la aptitud o funcionamiento de equipos de medicin.

    LABORATORIO DE PRUEBA Y ENSAYOS: Laboratorio nacional, extranjero o internacional, que posee la competencia e idoneidad necesarias para llevar a cabo en forma general la determinacin de las caractersticas, aptitud o funcionamiento de materiales o productos.

    LESIN: Perjuiciofisiolgicosufridoporunapersona.

    LMITE DE APROXIMACIN SEGURA: Es la distancia mnima, desde el punto energizado msaccesibledelequipo,hasta lacualelpersonalnocalificadopuedesituarsesin riesgodeexposicin al arco elctrico.

    LMITE DE APROXIMACIN RESTRINGIDA: Es la distancia mnima hasta la cual el personal calificadopuedesituarsesinllevarloselementosdeproteccinpersonalcertificadoscontrariesgopor arco elctrico.

    LMITE DE APROXIMACIN TCNICA: Es la distancia mnima en la cual solo el personal calificadoque llevaelementosdeproteccinpersonal certificados contraarcoelctrico realizatrabajosenlazonadeinfluenciadirectadelaspartesenergizadasdeunequipo.

    LNEA DE TRANSMISIN: Un sistema de conductores y sus accesorios, para el transporte de energa elctrica, desde una planta de generacin o una subestacin a otra subestacin. Un circuito terico equivalente que representa una lnea de energa o de comunicaciones.

    LNEA ELCTRICA: Conjunto compuesto por conductores, aisladores, estructuras y accesorios destinados al transporte de energa elctrica.

    LNEA MUERTA: Trmino aplicado a una lnea sin tensin o desenergizada.

    LNEA VIVA: Trmino aplicado a una lnea con tensin o lnea energizada.

    LUGAR O LOCAL HMEDO: Sitios interiores o exteriores parcialmente protegidos, sometidos a un gradomoderadodehumedad,cuyascondicionesambientalessemanifiestanmomentneamenteo permanentemente.

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    LUGAR O LOCAL MOJADO: Instalacin expuesta a saturacin de agua u otros lquidos, as sea temporalmente o durante largos perodos. Las instalaciones elctricas a la intemperie deben ser consideradas como locales mojados, as como el rea de cuidado de pacientes que est sujeta normalmente a exposicin de lquidos mientras ellos estn presentes. No se incluyen los procedimientos de limpieza rutinarios o el derrame accidental de lquidos.

    LUGAR (CLASIFICADO) PELIGROSO: Aquella zona donde estn o pueden estar presentes gasesovaporesinflamables,polvoscombustiblesopartculasvoltilesdefcilinflamacin.

    LUMINANCIA:Eselflujoreflejadoporloscuerpos,oelflujoemitidosiunobjetoseconsiderafuente de luz. Tambin llamado brillo fotomtrico. Su unidad es la candela por metro cuadrado.

    LUMINARIA:Componentemecnicoypticodeunsistemadealumbradoqueproyecta,filtray distribuye los rayos luminosos, adems de alojar y proteger los elementos requeridos para la iluminacin.

    MANIOBRA: Conjunto de procedimientos tendientes a operar una red elctrica en forma segura.

    MANTENIMIENTO: Conjunto de acciones o procedimientos tendientes a preservar o restablecer unbien,aunestadotalquelepermitagarantizarlamximaconfiabilidad.

    MQUINA: Conjunto de mecanismos accionados por una forma de energa, para transformarla en otra ms apropiada a un efecto dado.

    MASA: Conjunto de partes metlicas de un equipo, que en condiciones normales, estn aisladas de las partes activas y se toma como referencia para las seales y tensiones de un circuito electrnico. Las masas pueden estar o no estar conectadas a tierra.

    MATERIAL: Cualquier sustancia, insumo, parte o repuesto que se transforma con su primer uso o se incorpora a un bien como parte de l.

    MATERIAL AISLANTE: Material que impide la propagacin de algn fenmeno fsico, (Aislante elctrico, material dielctrico que se emplea para impedir el paso de cargas elctricas. Aislante trmico, material que impide el paso de calor).

    MTODO: Modo de decir o hacer con orden una cosa. Procedimiento o tcnica para realizar un anlisis, un estudio o una actividad.

    MTODO ELECTROGEOMTRICO: Procedimiento que permite establecer cual es el volumen de cubrimiento de proteccin contra rayos de una estructura para una corriente dada, segn la posicin y la altura de la estructura considerada como pararrayos.

    METROLOGA: Ciencia de la medicin. Incluye aspectos tericos y prcticos.

    MODELO: Procedimiento matemtico que permite simular la evolucin de variables y propiedades de un sistema, durante el desarrollo de un fenmeno fsico o qumico. Representacin abstracta de un sistema.

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    MONITOR DE AISLAMIENTO: Es un aparato o conjunto de aparatos que vigila la impedancia balanceada o no balanceada de cada fase de un circuito aislado de tierra y equipado con un circuito de prueba que acciona una alarma cuando la corriente de fuga supere el valor de referencia, sin disparar el circuito.

    MONITOREO DEL CONDUCTOR DE TIERRA: Accindeverificarlacontinuidaddelconductorde puesta a tierra de las instalaciones.

    MUERTE APARENTE O MUERTE CLINICA: Estado que se presenta cuando una persona deja de respirar y/o su corazn no bombea sangre.

    MUERTO: Sersinvida.Tambinseaplicaaundispositivoenterradoenelsuelo,cuyofinesservirdepuntodeanclajefijo.

    NECROSIS ELCTRICA: Tipo de quemadura con muerte de tejidos.

    NIVEL DE RIESGO: Equivale a grado de riesgo. Es el resultado de la valoracin conjunta de la probabilidad de ocurrencia de los accidentes, de la gravedad de sus efectos y de la vulnerabilidad del medio.

    NODO: Parte de un circuito en el cual dos o ms elementos tienen una conexin comn.

    NOMINAL: Trmino aplicado a una caracterstica de operacin, indica los lmites de diseo de esa caracterstica para los cuales presenta las mejores condiciones de operacin. Los lmites siempre estn asociados a una norma tcnica.

    NORMA TCNICA: Documento aprobado por una institucin reconocida, que prev, para un uso comn y repetido, reglas, directrices o caractersticas para los productos o los procesos y mtodos de produccin conexos, servicios o procesos, cuya observancia no es obligatoria.

    NORMA TCNICA ARMONIZADA: Documento aprobado por organismos de normalizacin de diferentes pases, que establece sobre un mismo objeto, la intercambiabilidad de productos, procesos y servicios, o el acuerdo mutuo sobre los resultados de ensayos, o sobre la informacin suministrada de acuerdo con estas normas.

    NORMA DE SEGURIDAD: Toda accin encaminada a evitar un accidente.

    NORMA TCNICA INTERNACIONAL: Documento emitido por una organizacin internacional de normalizacin, que se pone a disposicin del pblico.

    NORMA TCNICA EXTRANJERA: Norma que se toma en un pas como referencia directa o indirecta, pero que fue emitida por otro pas.

    NORMA REGIONAL: Documento adoptado por una organizacin regional de normalizacin y que se pone a disposicin del pblico.

    NORMA TCNICA COLOMBIANA (NTC): Norma tcnica aprobada o adoptada como tal por el organismo nacional de normalizacin.

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    NORMALIZAR:Establecerunordenenunaactividadespecfica.

    OBJETIVOS LEGTIMOS: Entre otros, la garanta y la seguridad de la vida y la salud humana, animal y vegetal, de su medio ambiente y la prevencin de las prcticas que puedan inducir a erroralosconsumidores, incluyendoasuntosrelativosalaidentificacindebienesoservicios,considerando entre otros aspectos, cuando corresponda a factores fundamentales de tipo climtico, geogrfico,tecnolgicoodeinfraestructuraojustificacincientfica.

    OPERADOR DE RED: Empresa de Servicios Pblicos encargada de la planeacin, de la expansin y de las inversiones, operacin y mantenimiento de todo o parte de un Sistema de Transmisin Regional o un Sistema de Distribucin Local.

    ORGANISMO DE ACREDITACIN: Entidad gubernamental que acredita y supervisa los organismos de certificacin, los laboratorios de pruebas y ensayo y demetrologa que haganpartedelsistemanacionaldenormalizacin,certificacinymetrologa.

    ORGANISMO DE CERTIFICACIN: Entidad Imparcial, pblica o privada, nacional, extranjera o internacional,queposeelacompetenciaylaconfiabilidadnecesariasparaadministrarunsistemadecertificacin,consultandolosinteresesgenerales.

    ORGANISMO DE INSPECCIN: Entidad que ejecuta actividades de medicin, ensayo o comparacin con un patrn o documento de referencia de un proceso, un producto, una instalacin ounaorganizacinyconfrontarlosresultadosconunosrequisitosespecificados.

    ORGANISMO NACIONAL DE NORMALIZACIN: Entidad reconocida por el gobierno nacional, cuya funcin principal es la elaboracin, adopcin y publicacin de las normas tcnicas nacionales y la adopcin como tales de las normas elaboradas por otros entes.

    PARARRAYOS: Elemento metlico resistente a la corrosin, cuya funcin es interceptar los rayos que podran impactar directamente sobre la instalacin a proteger. Ms tcnicamente se denomina terminal de captacin.

    PATRN:Medidamaterializada,aparatodemedicinosistemademedicindestinadoadefinir,realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o varios valores conocidos de una magnitud para trasmitirlos por comparacin a otros instrumentos de medicin.

    PCB: Bifenilo policlorado, aquellos clorobifenilos que tienen la frmula molecular C12H10-nCln donde n es mayor que 1. Conocido comnmente como Askarel.

    PELIGRO: Condicin no controlada que tiene el potencial de causar lesiones a personas, daos a instalaciones o afectaciones al medio ambiente.

    PELIGRO INMINENTE: Para efectos de interpretacin y aplicacin del RETIE, alto riesgo ser equivalente a peligro inminente; entendido como aquella condicin del entorno o prctica irregular, cuya frecuenciaesperadayseveridaddesusefectospuedancomprometerfisiolgicamenteelcuerpohumanoenformagrave(quemaduras,impactos,parocardaco,parorespiratorio,fibrilacino prdida de funciones); o afectar el entorno de la instalacin elctrica (contaminacin, incendio o explosin). En general, se puede presentar por:

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    Deficienciasenlainstalacinelctrica Prctica indebida de la electrotecnia

    PERSONA: Serracionallibre,autnomo,conautoridadpropia,orientadoafinesespecficos,quepor el ms ntimo dominio de su libertad es duea de s misma y, en consecuencia, responsable de suspropiasacciones.Lapersonasedefineenelordenprcticocomoserlibre,queencuantotieneunosfinesquecumplir,esunserresponsable.Eldestinodelapersonahumana,portanto,estinscrito en su propia naturaleza y no es otro que el de llevar a su mxima perfeccin las potencias que lo constituyen como persona humana. Sus rasgos caractersticos son: la individualidad, la racionalidad y la dignidad. // El individuo humano, hecho a semejanza de Dios, no algo sino alguien, una unidad de espritu y materia, alma y cuerpo, capaz de conocimiento.

    PERSONA CALIFICADA: Persona natural que demuestre su formacin profesional en el conocimiento de la electrotecnia y los riesgos asociados a la electricidad y adems, cuente con matrculaprofesional,certificadodeinscripcinprofesional,ocertificadodematriculaprofesional,que segn la normatividad legal vigente, lo autorice o acredite para el ejercicio de la profesin.

    PERSONA JURIDICA: Sujeto susceptible de adquirir y ejercer derechos y de aceptar y cumplir obligaciones, ya lo sea por s o por representante.

    PERTURBACIN ELECTROMAGNTICA: Cualquier fenmeno electromagntico que puede degradar las caractersticas de desempeo de un equipo o sistema.

    PISO CONDUCTIVO: Arreglo de material conductivo de un lugar que sirve como medio de conexin elctrica entre personas y objetos para prevenir la acumulacin de cargas electrostticas.

    PLANO ELECTRICO: Representacin grfica de las caractersticas de diseo y lasespecificacionesparaconstruccinomontajedeequiposyobraselctricas.

    PRECAUCIN: Actitud de cautela para evitar o prevenir los daos que puedan presentarse al ejecutar una accin.

    PREVENCIN: Evaluacin predictiva de los riesgos y sus consecuencias. Conocimiento a priori para controlar los riesgos. Acciones para eliminar la probabilidad de un accidente.

    PREVISIN: Anticipacin y adopcin de medidas ante la posible ocurrencia de un suceso, en funcin de los indicios observados y de la experiencia.

    PRIMEROS AUXILIOS: Todos los cuidados inmediatos y adecuados, pero provisionales, que se prestan a alguien accidentado o con enfermedad repentina, para conservarle la vida.

    PROCESO DE TRANSFORMACIN: Proceso en el cual los parmetros de la potencia elctrica sonmodificados,porlosequiposdeunasubestacin.

    PRODUCTO: Cualquier bien, ya sea en estado natural o manufacturado, incluso si se ha incorporado en otro producto.

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    PROFESIN: Empleo, facultad u oficio que tiene una persona y ejerce con derecho aretribucin.

    PUERTA CORTAFUEGO: Puerta que cumple los criterios de estabilidad, estanqueidad, no emisindegases inflamablesyaislamiento trmicocuandoseencuentrasometidaal fuegooincendio durante un perodo de tiempo determinado.

    PUERTO: Punto de interfaz de comunicacin entre un equipo y su entorno.

    PUESTA A TIERRA: Grupo de elementos conductores equipotenciales, en contacto elctrico con el suelo o una masa metlica de referencia comn, que distribuye las corrientes elctricas de falla en el suelo o en la masa. Comprende electrodos, conexiones y cables enterrados.

    PUNTO CALIENTE: Punto de conexin que est trabajando a una temperatura por encima de la normal, generando prdidas de energa y a veces, riesgo de incendio.

    PUNTO NEUTRO: Es el nodo o punto comn de un sistema elctrico polifsico conectado en estrella o el punto medio puesto a tierra de un sistema monofsico.

    QUEMADURA: Conjunto de trastornos tisulares, producidos por el contacto prolongado con llamas o cuerpos de temperatura elevada.

    RAYO: La descarga elctrica atmosfrica o ms comnmente conocida como rayo, es un fenmeno fsico que se caracteriza por una transferencia de carga elctrica de una nube hacia la tierra, de la tierra hacia la nube, entre dos nubes, al interior de una nube o de la nube hacia la ionosfera.

    RECEPTOR: Todoequipoomquinaqueutilizalaelectricidadparaunfinparticular.

    RED EQUIPOTENCIAL: Conjunto de conductores del sistema de puesta a tierra que no estn en contacto con el suelo o terreno y que conectan sistemas elctricos, equipos o instalaciones con la puesta a tierra.

    RED INTERNA: Es el conjunto de redes, tuberas, accesorios y equipos que integran el sistema desuministrodelserviciopblicoal inmuebleapartirdelmedidor.Paraedificiosdepropiedadhorizontal o condominios, es aquel sistema de suministro del servicio al inmueble a partir del registro de corte general cuando lo hubiere.

    REGLAMENTO TCNICO: Documento en el que se establecen las caractersticas de un producto, servicio o los procesos y mtodos de produccin, con inclusin de las disposiciones administrativas aplicables y cuya observancia es obligatoria.

    REQUISITO: Precepto, condicin o prescripcin que debe ser cumplida, es decir que su cumplimiento es obligatorio.

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    RESGUARDO: Medio de proteccin que impide o dificulta el accesode las personas o susextremidades, a una zona de peligro.

    RETIE O Retie: Acrnimo del Reglamento Tcnico de Instalaciones Elctricas adoptado por Colombia.

    RIESGO DE ELECTROCUCIN: Posibilidad de circulacin de una corriente elctrica mortal a travs de un ser vivo.

    RESISTENCIA DE PUESTA A TIERRA: Es la relacin entre el potencial del sistema de puesta a tierra a medir.

    SECCIONADOR: Dispositivo destinado a hacer un corte visible en un circuito elctrico y est diseado para que se manipule despus de que el circuito se ha abierto por otros medios.

    SEGURIDAD: Estado de riesgo aceptable o actitud mental de las personas.

    SEALIZACIN:Conjuntodeactuacionesymediosdispuestosparareflejarlasadvertenciasdeseguridad en una instalacin.

    SERVICIO: Prestacin realizada a ttulo profesionalo en forma pblica, en forma onerosa o no, siempre que no tenga por objeto directo la fabricacin de bienes.

    SERVICIO PBLICO: Actividad organizada que satisface una necesidad colectiva en forma regular y continua, de acuerdo con un rgimen jurdico especial, bien sea que se realice por el Estado directamente o por entes privados.

    SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ENERGA ELCTRICA: Es el transporte de energa elctricadesdelasredesregionalesdetransmisinhastaeldomiciliodelusuariofinal,incluidasuconexin y medicin.

    SMBOLO: Imagen o signo que describe una unidad, magnitud o situacin determinada y que se utiliza como forma convencional de entendimiento colectivo.

    SISTEMA: Conjunto de componentes interrelacionados e interactuantes para llevar a cabo una misin conjunta. Admite ciertos elementos de entrada y produce ciertos elementos de salida en un proceso organizado.

    SISTEMA DE EMERGENCIA: Un sistema de potencia y control destinado a suministrar energa de respaldo a un nmero limitado de funciones vitales, dirigidas a garantizar la seguridad y proteccin de la vida humana.

    SISTEMA DE POTENCIA AISLADO (IT): Un sistema con el punto neutro aislado de tierra o conectado a ella a travs de una impedancia. Cuenta con un transformador y un monitor de aislamiento. Se utiliza especialmente en centros de atencin mdica, minas, embarcaciones, vehculos, ferrocarriles y plantas elctricas.

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    SISTEMA DE PUESTA A TIERRA (SPT): Conjunto de elementos conductores continuos de un sistemaelctrico especfico, sin interrupciones, que conectan los equipos elctricos con elterreno o una masa metlica. Comprende la puesta a tierra y la red equipotencial de cables que normalmente no conducen corriente.

    SISTEMA DE PUESTA A TIERRA DE PROTECCIN: Conjunto de conexin, encerramiento, canalizacin, cable y clavija que se acoplan a un equipo elctrico, para prevenir electrocuciones por contactos con partes metlicas energizadas accidentalmente.

    SISTEMA DE PUESTA A TIERRA DE SERVICIO: Es la que pertenece al circuito de corriente; sirve tanto para condiciones de funcionamiento normal como de falla.

    SISTEMA DE PUESTA A TIERRA TEMPORAL: Dispositivo de puesta en cortocircuito y a tierra, para proteccin del personal que interviene en redes desenergizadas.

    SISTEMA ININTERRUPIDO DE POTENCIA (UPS): Sistema diseado para suministrar electricidad en forma automtica, cuando la fuente de potencia normal no provea la electricidad.

    SOBRECARGA: Funcionamiento de un elemento excediendo su capacidad nominal.

    SOBRETENSIN: Tensin anormal existente entre dos puntos de una instalacin elctrica, superior a la tensin mxima de operacin normal de un dispositivo, equipo o sistema.

    SUBESTACIN: Conjunto nico de instalaciones, equipos elctricos y obras complementarias, destinado a la transferencia de energa elctrica, mediante la transformacin de potencia.

    SUSCEPTIBILIDAD: Es la sensibilidad de un dispositivo, equipo o sistema para operar sin degradarse en presencia de una perturbacin electromagntica.

    TABLERO: Encerramiento metlico o no metlico donde se alojan elementos tales como aparatos de corte, control, medicin, dispositivos de proteccin, barrajes, para efectos de este reglamento es equivalente a panel, armario o cuadro.

    TCNICA: Conjunto de procedimientos y recursos que se derivan de aplicaciones prcticas de una o varias ciencias.

    TENSIN: La diferencia de potencial elctrico entre dos conductores, que hace que fluyanelectrones por una resistencia. Tensin es una magnitud, cuya unidad es el voltio; un error frecuente es hablar de voltaje.

    TENSIN A TIERRA: Para circuitos puestos a tierra, la tensin entre un conductor dado y el conductor del circuito puesto a tierra o a la puesta a tierra; para circuitos no puestos a tierra, la mayor tensin entre un conductor dado y algn otro conductor del circuito.

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    TENSIN DE CONTACTO: Diferencia de potencial que durante una falla se presenta entre una estructurametlicapuestaatierrayunpuntodelasuperficiedelterrenoaunadistanciadeunmetro. Esta distancia horizontal es equivalente a la mxima que se puede alcanzar al extender un brazo.

    TENSIN DE PASO: Diferencia de potencial que durante una falla se presenta entre dos puntosdelasuperficiedelterreno,separadosporunadistanciadeunpaso(aproximadamenteun metro).

    TENSIN DE SERVICIO: Valor de tensin, bajo condiciones normales, en un instante dado y en un nodo del sistema. Puede ser estimado, esperado o medido.

    TENSIN MXIMA PARA UN EQUIPO: Tensinmximapara la cualestespecificado, sinrebasar el margen de seguridad, en lo que respecta a su aislamiento o a otras caractersticas propias del equipo.

    TENSIN MXIMA DE UN SISTEMA: Valor de tensin mxima en un punto de un sistema elctrico, durante un tiempo, bajo condiciones de operacin normal.

    TENSIN NOMINAL: Valor convencional de la tensin con el cual se designa un sistema, instalacin o equipo y para el que ha sido previsto su funcionamiento y aislamiento. Para el caso de sistemas trifsicos, se considera como tal la tensin entre fases.

    TENSI N TRANSFERIDA: Es un caso especial de tensin de contacto, donde un potencial es conducido hasta un punto remoto respecto a la subestacin o a una puesta a tierra.

    TETANIZACIN: Rigidez muscular producida por el paso de una corriente elctrica.

    TIERRA (Ground o earth): Para sistemas elctricos, es una expresin que generaliza todo lo referente a conexiones con tierra. En temas elctricos se asocia a suelo, terreno, tierra, masa, chasis, carcasa, armazn, estructura tubera de agua. El trmino masa slo debe utilizarse para aquellos casos en que no es el suelo, como en los aviones, los barcos y los carros.

    TIERRA REDUNDANTE: Conexin especial de conductores de puesta a tierra, para tomacorrientesyequipoelctricofijoenreasdecuidadodepacientes,queinterconectatantolatuberametlicacomoelconductordetierraaislado,conelfindeasegurarlaproteccindelospacientes contra las corrientes de fuga.

    TOMACORRIENTE: Dispositivoconcontactoshembra,diseadopara instalacinfijaenunaestructura o parte de un equipo, cuyo propsito es establecer una conexin elctrica con una clavija.

    TOXICIDAD: Efecto venenoso producido por un perodo de exposicin a gases, humos o vapores yquepuededarlugaraundaofisiolgicoolamuerte.

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    TRABAJADOR: Persona que ejecuta un ejercicio de sus habilidades, de manera retribuida y dentro de una organizacin.

    TRABAJO: Actividadvitaldelhombre,socialyracional,orientadaaunfinyunmediodeplenarealizacin.

    TRABAJOS EN TENSIN: Mtodos de trabajo, en los cuales un operario entra en contacto con elementosenergizadosoentraenlazonadeinfluenciadirectadelcampoelectromagnticoqueeste produce, bien sea con una parte de su cuerpo o con herramientas, equipos o los dispositivos que manipula.

    TRANSFORMACIN DE ENERGA ELCTRICA: Proceso mediante el cual la energa elctrica es transformada en otra forma de energa, tal como calor, fuerza motriz, iluminacin, luz, sonido, radiacin electromagntica.

    TRANSMISIN DE ENERGA ELCTRICA: Transferencia de grandes bloques de energa elctrica, desde las centrales de generacin hasta las reas de consumo.

    TRANSMISOR NACIONAL: Persona que opera y transporta energa elctrica en el sistema de transmisin nacional o que ha constituido una empresa cuyo objeto es el desarrollo de dichas actividades.

    UMBRAL: Nivel de una seal o concentracin de un contaminante, comnmente aceptado como de no dao al ser humano.

    UMBRAL DE PERCEPCIN: Valor mnimo de corriente a partir de la cual es percibida por el 99,5 % de los seres humanos. Se estima en 1,1 miliamperios para los hombres en corriente alterna a 60 Hz.

    UMBRAL DE REACCIN: Valor mnimo de corriente que causa contraccin muscular involuntaria.

    UMBRAL DE SOLTAR O CORRIENTE LIMITE: Es el valor mximo de corriente que permite la separacin voluntaria de un 99,5% de las personas, cuando sujetando un electrodo bajo tensin con las manos, conserva la posibilidad de soltarlo, mediante la utilizacin de los mismos msculos que estn siendo estimulados por la corriente. Se considera como la mxima corriente segura y se estima en 10 mA para hombres, en corriente alterna.

    URGENCIA: Necesidad de trabajo que se presenta fuera de la programacin y que permite realizarse cuando se terminen las tareas en ejecucin.

    USUARIO:Personanaturalojurdicaquesebeneficiaconlaprestacindeunserviciopblico,bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio. A este ltimo usuario se denomina tambin consumidor.

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    VANO: Distancia horizontal entre dos apoyos adyacentes de una lnea o red.

    VECINDAD DEL PACIENTE: Es el espacio destinado para el examen y tratamiento de pacientes, sedefinecomoladistanciahorizontalde1,8metrosdesdelacama,silla,mesauotrodispositivoque soporte al paciente y se extiende hasta una distancia vertical de 2,30 metros sobre el piso.

    VIDA TIL: Tiempo durante el cual un bien cumple la funcin para la que fue concebido.

    ZONA DE SERVIDUMBRE: Es una franja de terreno que se deja sin obstculos a lo largo de una lnea de transporte de energa elctrica, como margen de seguridad para la construccin, operacin y mantenimiento de dicha lnea, as como para tener una interrelacin segura con el entorno.

    ARTCULO 4. ABREVIATURAS, ACRNIMOS Y SIGLAS

    Para efectos del presente Reglamento y una mayor informacin, se presenta un listado de las abreviaturas, acrnimos y siglas ms comnmente utilizadas en el sector elctrico; unas corresponden a los principales organismos de normalizacin, otras son de instituciones o asociaciones y algunas son de uso comn y repetido.

    Tabla 3. Organismos de normalizacin

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    Tabla 4. Acrnimos, siglas y abreviaturas de comn utilizacin

    ARTCULO 5. ANLISIS DE RIESGOS ELCTRICOS

    En general la utilizacin y dependencia tanto industrial como domstica de la energa elctrica ha trado consigo la aparicin de accidentes por contacto con elementos energizados o incendios, los cuales se han incrementado por el aumento del nmero de instalaciones, presentndose en los procesosdedistribucinyusofinaldelaelectricidadlamayorpartedelosaccidentes.

    A medida que el uso de la electricidad se extiende se requiere ser ms exigentes en cuanto a la normalizacinyreglamentacin.Elresultadofinaldelpasodeunacorrienteelctricaporelcuerpohumano puede predecirse con un gran porcentaje de certeza, si se toman ciertas condiciones de riesgoconocidasyseevalaenquemedidainfluyentodoslosfactoresqueseconjuganenunaccidente de tipo elctrico.

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    Algunos estudios, principalmente los del profesor C.F. Dalziel, han establecido niveles de corte de corriente de los dispositivos de proteccin que evitan la muerte por electrocucin de cero al ciento por ciento. En la siguiente tabla aparece un resumen de estos niveles.

    Tabla 5. Porcentaje de personas que se protegen segn la corriente de disparo

    En estudios recientes el Dr. G. Biegelmeier estableci la relacin entre el I2.t y los efectos fisiolgicos,talcomoapareceenlasiguientetabla:

    Tabla 6. Relacin entre energa especfica y efectos fisiolgicos

    Cuando se da la rigidez muscular pueden presentarse dos situaciones, una de expulsin del elemento energizado y la otra de sujetarlo y no soltarlo. En el segundo caso el tiempo se vuelve un factor crtico y se debe tener especial cuidado al tratar de separar la persona accidentada del elemento energizado. Esta parte del RETIE tiene como principal objetivo crear una conciencia sobre los riesgos existentesentodolugardondesehagausodelaelectricidad.Seesperaqueelpersonalcalificadola aplique en funcin de las caractersticas de una actividad, un proceso o una situacin en donde se presente el riesgo.

    5.1 Evaluacin del nivel de riesgo

    Laspersonacalificadaresponsabledelaconstruccindeunainstalacinelctricadebeevaluarel nivel de riesgo asociado a dicha instalacin, teniendo en cuenta los criterios establecidos en las normas sobre soportabilidad de la energa elctrica para seres humanos, como se observa en la siguientegrficatomadadelaNTC4120,conreferenteIEC60479-2,quedetallalaszonasdelosefectos de la corriente alterna de 15 Hz a 100 Hz.

    Elumbraldefibrilacinventriculardependedeparmetrosfisiolgicosyelctricos,porellosehatomado la curva C1 como lmite para diseo de equipos de proteccin. Los valores umbrales de corriente de menos de 0,2 segundos, se aplican solamente durante el perodo vulnerable del ciclo cardaco.

    Debido a que los umbrales de soportabilidad de los seres humanos, tales como el de paso de corriente(1,1mA),dereaccinasoltarse(10mA)yderigidezmuscularodefibrilacin(25mA)sonvalores muy bajos; la superacin de dichos valores puede ocasionar accidentes como la muerte o la prdida de algn miembro o funcin del cuerpo humano. Adicionalmente, al considerar el uso

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    masivo de la electricidad y que su utilizacin es casi permanente a nivel residencial, comercial, industrial yoficial, la frecuenciadeexposicinal riesgopodraalcanzarnivelesaltos,sinoseadoptan las medidas adecuadas.

    Figura 1. Zonas de tiempo/corriente de los efectos de las corrientes alternas de 15 Hz a 100 Hz

    ConelfindeevaluarelnivelogradoderiesgodetipoelctricoqueelReglamentobuscaminimizaro eliminar, se puede aplicar la siguiente matriz.

    Figura 2.Matriz de anlisis de riesgo

    Para la elaboracin del presente Reglamento se tuvo en cuenta que los elevados gastos en que frecuentemente incurren el Estado y las personas o entidade