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  • 8/9/2019 Resumen Convocatoria Proyectos I+D+I ACIISI 2010

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    OFICINA DE GESTIN DE PROYECTOS Y APOYO A LA INVESTIGACIN

    8 de julio de 2010 1

    CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIN DE PROYECTOS DE I+D PARA GRUPOS DE INVESTIGACIN Y PARAEMPRESAS COFINANCIADOS CON FONDOS FEDER. CONVOCATORIA 2010

    Organismo Agencia Canaria de Investigacin, Innovacin y Sociedad de la Informacin (ACIISI). Gobierno de Canarias.

    Objetivos

    El objeto de estas subvenciones consiste en financiar la realizacin de Proyectos de investigacin, y desarrollo

    (cientfico/tecnolgico), efectuados por equipos cuyos responsables estn adscritos a centros de

    investigacin/empresas radicados en Canarias.

    Entre los objetivos concretos que se persiguen se encuentran:

    1. Incrementar el capital humano cualificado (investigadores, tecnlogos y gestores) entre un 30 y 40% en el

    sistema de I+D+i, de los cuales el 75% sean contratados por las empresas.

    2. Aumentar la atraccin y la movilidad de los investigadores tanto en formacin como en intercambio de

    excelencia, en sus modalidades de estancias en centros de investigacin y empresas.

    3. Fortalecer la participacin en el Programa Marco y en el Plan Nacional duplicando la cifra de proyectos y las

    cantidades totales de financiacin actual, obteniendo una financiacin anual del 2% del total respecto a

    Espaa.

    4.

    Apoyar a los grupos de investigacin emergentes y las ideas y proyectos innovadores, creando espacios,modalidades e instrumentos para ello.

    5. Apoyar el desarrollo de servicios pblicos de intermediacin aumentando sus recursos y mejorando la

    coordinacin y capacitacin, as como los servicios empresariales intensivos de conocimiento, que faciliten

    innovacin y transferencia de conocimientos a las pymes canarias.

    6. Disponer de infraestructuras e infoestructuras adecuadas para el desarrollo del tejido empresarial innovador:

    parques tecnolgicos, centros de innovacin, oficinas de transferencia, etc.

    7. Aumentar la colaboracin y las sinergias entre agentes del sistema, en especial entre las universidades y las

    empresas, logrando un aumento significativo del nmero contratos y de proyectos en cooperacin.

    Plazo depresentacin desolicitudes

    Un mes a partir del 9 de julio de 2010

    Beneficiarios

    a) Centro pblico de I+D: las universidades pblicas, los organismos pblicos de investigacin reconocidos comotales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinacin General de la Investigacin Cientfica y

    Tcnica, los centros de I+D con personalidad jurdica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la

    Administracin General del Estado, y los centros de I+D vinculados o dependientes de Administraciones

    Pblicas territoriales, as como las entidades pblicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de

    I+D, incluidos los centros tecnolgicos cuya propiedad y gestin sean mayoritariamente de las

    Administraciones Pblicas.

    b) Centros privados de investigacin y desarrollo (I+D) sin nimo de lucro: toda entidad privada conpersonalidad jurdica propia y sin nimo de lucro, con capacidad y actividad demostradas en proyectos o

    actuaciones de investigacin cientfica y desarrollo tecnolgico.

    c) Centros Tecnolgicos: persona jurdica, legalmente constituida sin fines lucrativos, que estatutariamentetenga por objeto contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas, mediante el fomento de la

    investigacin aplicada, el desarrollo experimental y la innovacin, y que est inscrita como Centro de

    Innovacin y Tecnologa (CIT) en el Registro previsto en el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, cuyapropiedad u rgano de gobierno sea mayoritariamente de asociaciones empresariales o empresas, del mismo

    mbito de actividad que el Centro y que no pertenezcan a un mismo grupo empresarial.

    d) Otras entidades privadas sin nimo de lucro: fundaciones, asociaciones u otras entidades no lucrativas querealicen habitualmente actividades relacionadas con el fomento, la gestin y la intermediacin en el campo

    de la ciencia, la tecnologa, y la investigacin.

    e) Empresa: entidad, cualquiera que sea su forma jurdica, que ejerza una actividad econmica y que estvlidamente constituida en el momento de presentacin de la solicitud de ayuda. A los efectos de las

    presentes bases, se integran en particular en el concepto de empresa las sociedades mercantiles pblicas y

    privadas, y los empresarios individuales.

    f) Las siguientes agrupaciones o asociaciones:i. Unin temporal de empresas (UTE).

    ii. Agrupacin de inters econmico (AIE), formada por empresas o empresas con otras entidades.

    iii. Asociaciones empresariales sectoriales sin nimo de lucro que realicen entre sus actividades,

    proyectos y actuaciones de investigacin y desarrollo para su sector.

    Entidadescolaboradoras

    La entrega y disposicin de fondos o bienes pblicos en que consistan las ayudas y subvenciones podrn realizarse a

    travs de entidades colaboradoras.

    Ser entidad colaboradora aquella que, actuando en nombre y por cuenta del rgano concedente a todos los efectos

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    relacionados con la subvencin, entregue y distribuya los fondos pblicos a los beneficiarios, o colabore en la gestin

    de la subvencin sin que se produzca la previa entrega y distribucin. Estos fondos, en ningn caso, se considerarn

    parte integrante de su patrimonio.

    Pueden ser entidades colaboradoras, las empresas pblicas de la Administracin Pblica de la Comunidad Autnomay las Fundaciones que estn bajo el protectorado de la Administracin Pblica de la Comunidad Autnoma.

    Tipos de proyectos

    a) Proyectos de investigacin fundamental (PIF): trabajos experimentales o tericos cuyo objetivo es laobtencin de nuevos conocimientos fundamentales cientficos o tcnicos. Estos nuevos conocimientos deben

    suponer un avance en el mbito en el que se encuadren.

    b) Proyectos de investigacin aplicada (PIA): consistentes en la investigacin planificada o los estudios crticosencaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser tiles para desarrollar nuevos

    productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Se incluye la

    creacin de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para la investigacin aplicada,

    especialmente la validacin de tecnologa genrica, salvo prototipos de los incluidos en los proyectos de

    desarrollo experimental.

    c) Proyectos de desarrollo experimental (PDE): destinados a la adquisicin, combinacin, configuracin yempleo de conocimientos y tcnicas ya existentes, de ndole cientfica, tecnolgica, con vistas a la elaboracin

    de planes y estructuras o diseos de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Se

    podrn incluir actividades de definicin conceptual, planificacin y documentacin de nuevos productos,

    procesos y servicios, como la elaboracin de proyectos, diseos, planes o prototipos, siempre y cuando no

    vaya destinada a usos comerciales.

    A su vez los proyectos pueden subdividirse en:

    a) Proyectos con participacin de grupos y/o empresas de reciente creacin. (Tipo A)b) Proyectos de carcter competitivo (Tipo B)c) Proyectos de I+D para grupos consolidados (Tipo C)

    Las modalidades de participacin son:

    a) Proyecto o actuacin individual: realizados por una sola entidadb) Proyecto o actuacin coordinado: proyecto o actuacin que estar constituido por dos o ms subproyectos a

    cargo de otros tantos grupos de investigacin/empresas. El pago de la ayuda concedida se le efectuar a cada

    una de las entidades responsable del proyecto segn la parte correspondiente del crdito, en los trminos ycondiciones definidos segn las relaciones formalizadas segn convenio, contrato o acuerdo.

    c) Proyecto o actuacin en cooperacin: proyecto o actuacin en cuyo desarrollo participen ms de uno de losmencionados como beneficiarios. El pago de la ayuda concedida se efectuar a la entidad beneficiaria

    responsable, quien se responsabilizar de la transferencia a cada participante de los fondos que le

    correspondan.

    d) Refuerzo a proyectos cuyos beneficiarios tengan activos otros proyectos de I+D+i financiados: proyectos delas modalidades anteriores cuyos investigadores tengan en curso otros en la misma rea temtica y objetivo

    complementario que hayan recibido financiacin en alguna de las convocatoria del Plan Nacional de I+D+i o

    en el programa Marco Europeo.

    Duracin de lasayudas

    Los proyectos podrn tener un perodo de ejecucin de uno, dos, o mximo de tres aos.Los proyectos de refuerzo a proyectos de I+D concedidos por otros organismos, tendrn preferiblemente un perodo de

    ejecucin de un ao.

    Cuanta asignada 2.811.644,00 euros

    Gastossubvencionables

    a) Costes de personal: costes ocasionados por la participacin en el proyecto de personal contratado, ajeno enel momento de la solicitud al vinculado previamente estatutaria o contractualmente con el organismo,

    entidad o empresa solicitante, que podr incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de

    duracin previsto, en dedicacin parcial o total y podrn referirse a doctores, tecnlogos y personal tcnico

    de apoyo a la investigacin/innovacin. Dicho personal habr de incorporarse bajo cualquier modalidad de

    contratacin, acorde con la normativa vigente y con las normas del organismo/empresa solicitante, sin que

    ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporacin a dicho organismo.

    b) Costes de ejecucin: gastos corrientes de inversin y funcionamiento directamente asociados al proyecto,debidamente justificados tales como los de adquisicin de pequeos y medianos equipamientos cientfico-

    tcnicos y tecnolgico, material bibliogrfico, material fungible, viajes y dietas, etc., as como los costes de

    utilizacin de servicios generales de apoyo a la investigacin o grandes instalaciones cientficas. Tambin

    podrn imputarse gastos de difusin de los resultados del proyecto y, en su caso, de explotacin de los

    resultados del mismo.

    c) Asimismo, resultarn subvencionables los costes de ejecucin correspondientes a servicios de colaboracinexterna, en cuyo caso deber aportarse el correspondiente convenio o contrato en que se fijen los trminosde dicha colaboracin entre el beneficiario y la entidad colaboradora.

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    d) La adquisicin de material informtico inventariable slo podr financiarse cuando resulte imprescindiblepara el desarrollo del proyecto, por no existir o ser insuficientes los medios informticos con que cuenta el

    grupo de investigacin o empresa donde se localiza la investigacin. Tales circunstancias debern quedar

    cumplidamente acreditadas en el expediente.e) En la adquisicin de bienes que tengan la consideracin de activos fijos inventariables, as como en la

    contratacin de la cesin de uso de los mismos, afectos a las operaciones, actividades o negocios del

    beneficiario, slo podrn concederse ayudas y subvenciones cuando el beneficiario se comprometa a no

    enajenarlos o cederlos durante un plazo no inferior a cinco (5) aos, salvo que se trate de bienes amortizables

    en un perodo inferior, en cuyo caso el compromiso deber comprender como mnimo dicho plazo de

    amortizacin.

    f) Asimismo, los activos de inversin inmaterial (patentes, licencias de explotacin o de conocimientos tcnicosno patentados), se tendrn que mantener tambin durante el referido perodo mnimo de cinco aos en el

    establecimiento del beneficiario y figurarn en el activo de la organismo/empresa.

    g) El material inventariable adquirido mediante las subvenciones concedidas en virtud de la presenteconvocatoria quedar incluido en el inventario del centro/empresa beneficiaria, siendo propiedad de la

    entidad al que pertenezca el responsable del proyecto, y debindose etiquetar a tal efecto de la siguiente

    forma: Convocatoria subvenciones. Para la realizacin de proyectos de I+D del ao que corresponda.Agencia Canaria de Investigacin, Innovacin y Sociedad de la Informacin, cofinanciada en un 75% por el

    Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unin Europea (FEDER).

    Gastos nosubvencionables

    a) La incorporacin de becarios.b) Costes de personal propio de la entidad/empresa solicitantec) Dietas y viajes no incluidos en el plan de gastos previamente presentado ni, en su caso, los que no se ajusten

    en su cuanta a la normativa vigente de indemnizaciones por razn del servicio.

    d) Mantenimiento de inversiones.

    Documentacinrequerida

    a) Impresos normalizados, Memoria explicativa y Currculum vitae, segn anexo II.

    b) Escritura de constitucin de la entidad solicitante o documentacin equivalente acreditativa de la

    personalidad y documentacin acreditativa del desarrollo de su actividad econmica (alta en el IAE, ltimo

    recibo, o certificado de inscripcin en el epgrafe correspondiente).

    c)

    Poder del representante.d) C.I.F. o N.I.F. del solicitante.

    e) Certificados de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, salvo

    autorizacin del solicitante a la ACIISI para su consulta por va telemtica.

    f) Informe TGSS del nmero medio anual de trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, salvo

    autorizacin del solicitante a la ACIISI para su consulta por va telemtica. En el caso de que la media del

    ltimo ao sea inferior a la del Informe, se aportar Cuadro resumen con la relacin mensual de trabajadores

    dados de alta en el ltimo ao natural en la Seguridad Social y copia del TC1 y TC2 del ltimo mes del ao

    natural.

    g) Plan de financiacin y previsin de ingresos y gastos.

    h) Impuesto de Sociedades correspondiente a las dos ltimas declaraciones, en su caso.

    i) Informe favorable o declaracin apropiada de entidades financieras.

    j) En su caso, Acuerdo y/o Convenio o borrador del mismo para proyectos en coordinacin o en cooperacin.

    La documentacin relacionada en los apartados b),f), h) e i)slo resultar exigible a las empresas.Los solicitantes no estarn obligados a presentar los documentos que ya obren en poder de la ACIISI, y se encuentren

    en soporte electrnico, de conformidad con lo previsto en el art. 35.f) de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

    debiendo indicar en el formulario de solicitud el nmero de expediente que le fue comunicado en aquella ocasin,

    siempre que no hayan transcurrido ms de cinco aos desde la finalizacin del procedimiento que corresponda, o bien

    la direccin electrnica del documento en el caso de obrar en poder de otra Administracin.

    Incompatibilidades

    La subvencin concedida no ser compatible con la percepcin de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para

    la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o Entes pblicos o privados financiados con el mismo

    fondo estructural en el marco de otros programas operativos. Dado que la presente convocatoria es susceptible de

    cofinanciacin con Fondos Estructurales, especficamente con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), los

    mismos costes subvencionables no podrn acogerse a otros programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo

    Regional (FEDER), ni con ayudas procedentes de otros instrumentos comunitarios.

    Presentacin desolicitudes

    La presentacin de solicitudes se tramitar mediante la utilizacin de medios electrnicos. En:

    http://www.gobiernodecanarias.org/aciisi.

    La presentacin de la solicitud con firma electrnica permitir el acceso, con el mismo certificado, a la sede electrnica

    de la ACIISI, donde se podrn consultar los documentos presentados y el estado de tramitacin del expediente.

    http://www.gobiernodecanarias.org/aciisihttp://www.gobiernodecanarias.org/aciisihttp://www.gobiernodecanarias.org/aciisi
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    Asimismo, conllevar la aceptacin para recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de

    la tramitacin del expediente electrnico a travs de dicha sede electrnica. Adicionalmente a la publicacin de

    comunicaciones y notificaciones a travs de la sede electrnica de la ACIISI, se pondr a disposicin del interesado un

    sistema complementario de alertas por medio de correo electrnico.

    Ms Informacin Boletn Oficial de Canarias nm. 133 Jueves 8 de julio de 2010

    http://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2010-133-3923.pdfhttp://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2010-133-3923.pdfhttp://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2010-133-3923.pdf