resolución n° -2019-sunarp-jef -zrn°x1

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PERÚ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Supenntend de los Registros Resolución N° /1 ( 12 -2019-SUNARP-JEF -ZRN°X1 I ca 31 DIC. 2019 VISTOS; El informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI—UADM; el Informe N° 591- 2019—ZRN°XI—UADM—PER; el informe N° 579-2019-SUNARP—UAJ-ZRN°X1; el proveído N° 2336-2019-ZRN°X1-JZ: y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26366, se creó el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, constituyendo la Zona Registral N° XI-Sede Ica, un órgano Desconcentrado de la SUNARP. Que, conforme al párrafo anterior, esta Zona Registral se constituye como un órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que goza de autonomía en ia función registral, administrativa y económica dentro del límite que establece la antes referida Ley y el Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS. Que, en ese sentido, mediante informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI-UADM, el Jefe de la Unidad de Administración solicitó la aprobación del Rol de Vacaciones de los funcionarios públicos y trabajadores bajo el régimen Decreto Legislativo 728 que laboran en esta Zona Registral N° XI — Sede lca, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020; ello, sobre lo base de lo indicado por la Técnico en Personal en su informe N° 591-2019-ZRN°XI-UADM- PER, a través del cual adjunta el antes indicado Rol de Vacaciones. Que, en atención al informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI-UADM, el artículo 10° del Decreto Legislativo 713 (En adelante Decreto Legislativo), modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1405, indica lo siguiente: "El trabajador tiene derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios. Dicho derecho está condicionado, para el presente caso al cumplimiento del récord que se señala a continuación: b) Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria sea de cinco días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos diez días en dicho período. (..)" Que, a su vez el artículo 11 0 del Decreto Legislativo, establece que, "El año de labor exigido se computará desde la fecha en que el trabajador ingresó al servicio del empleador o desde la fecha que el empleador determine, si compensa la fracción de servicios correspondiente." Que, por su parte el artículo 14 0 del Decreto Legislativo, señala que, "La oportunidad del descanso vacacional será fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, teniendo en cuenta las necesidades de funcionamiento de la Institución y los intereses propios del trabajador. A falta de acuerdo decidirá el empleador en uso de su facultad directriz." 1

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Page 1: Resolución N° -2019-SUNARP-JEF -ZRN°X1

PERÚ

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Supenntend de los Registros

Resolución N° /1(12 -2019-SUNARP-JEF -ZRN°X1

I ca 31 DIC. 2019

VISTOS; El informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI—UADM; el Informe N° 591-2019—ZRN°XI—UADM—PER; el informe N° 579-2019-SUNARP—UAJ-ZRN°X1; el proveído N° 2336-2019-ZRN°X1-JZ: y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26366, se creó el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, constituyendo la Zona Registral N° XI-Sede Ica, un órgano Desconcentrado de la SUNARP.

Que, conforme al párrafo anterior, esta Zona Registral se constituye como un órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que goza de autonomía en ia función registral, administrativa y económica dentro del límite que establece la antes referida Ley y el Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS.

Que, en ese sentido, mediante informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI-UADM, el Jefe de la Unidad de Administración solicitó la aprobación del Rol de Vacaciones de los funcionarios públicos y trabajadores bajo el régimen Decreto Legislativo 728 que laboran en esta Zona Registral N° XI — Sede lca, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020; ello, sobre lo base de lo indicado por la Técnico en Personal en su informe N° 591-2019-ZRN°XI-UADM-PER, a través del cual adjunta el antes indicado Rol de Vacaciones.

Que, en atención al informe N° 438-2019-SUNARP/ZRN°XI-UADM, el artículo 10° del Decreto Legislativo 713 (En adelante Decreto Legislativo), modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1405, indica lo siguiente: "El trabajador tiene derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios. Dicho derecho está condicionado, para el presente caso al cumplimiento del récord que se señala a continuación: b) Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria sea de cinco días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos diez días en dicho período. (..)"

Que, a su vez el artículo 110 del Decreto Legislativo, establece que, "El año de labor exigido se computará desde la fecha en que el trabajador ingresó al servicio del empleador o desde la fecha que el empleador determine, si compensa la fracción de servicios correspondiente."

Que, por su parte el artículo 140 del Decreto Legislativo, señala que, "La oportunidad del descanso vacacional será fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, teniendo en cuenta las necesidades de funcionamiento de la Institución y los intereses propios del trabajador. A falta de acuerdo decidirá el empleador en uso de su facultad directriz."

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PERÚ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

Que, asimismo el artículo 17° del Decreto Legislativo, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1405, precisa lo siguiente: "El trabajador debe disfrutar del descanso vacacional en forma ininterrumpida; sin embargo, a solicitud escrita del trabajador, el disfrute del periodo vacacional puede ser fraccionado de la siguiente manera: O quince días calendario, los cuales pueden gozarse en periodos de siete y ocho días ininterrumpidos; y, iñ el resto del período vacacional puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario y como mínimos de un día calendario. (Este último punto siempre y cuando se cumpla lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1405). Por acuerdo escrito entre las partes, se establece el orden de los periodos fraccionados en los que se goce el descanso vacacional."

Que, por su parte la Unidad de Asesoría Jurídica en su informe N° 579-2019-SUNARP/ZR N°XI-UAJ, opina lo siguiente: "4.1 Es procedente que su Jefatura apruebe el rol de vacaciones de los funcionarios públicos y trabajadores bajo el régimen Decreto Legislativo 728 que laboran en esta Zona Registrar N° XI — Sede loa, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020, siempre y cuando se cumpla lo dispuesto en el literal b) del artículo 10° y lo señalado en el artículo 110 del Decreto Legislativo 713 y su modificatoria. 4.2 Se debe tener en cuenta que la oportunidad del descanso vacacional debería ser fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, teniendo en cuenta las necesidades de funcionamiento de esta Zona Registral y los intereses propios del trabajador; sin embargo, a falta de acuerdo lo decidirá el empleador en uso de su facultad directriz."

Que, de lo solicitado por la Unidad de Administración y la normativa citada en párrafos anteriores, esta Jefatura determina procedente aprobar el rol de vacaciones de los funcionarios públicos y trabajadores bajo el régimen Decreto Legislativo 728 que laboran en esta Zona Registral N° XI — Sede Ica, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020; en vista que es un Derecho que le corresponde a los trabajadores por cada año completo de servicios y es obligación de la entidad otorgar a los trabajadores, teniendo en cuenta la necesidad de servicio para el funcionamiento de esta Zona Registra( bajo su facultad directriz. Asimismo, precisar que cualquier modificación al rol anexo a la presente resolución será debidamente justificado y no dará lugar a la emisión de una resolución modificando la presente.

En uso de las atribuciones conferidas por literal t) del artículo 63° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS y contando con el Visto de la Unidad de Asesoría Jurídica, Unidad Registral, Unidad de Tecnologías de la Información, Unidad de Administración y Unidad de Planeamiento y Presupuesto.

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Rol de vacaciones de los funcionarios públicos y trabajadores bajo el régimen Decreto Legislativo 728 que laboran en esta Zona Registral N° XI — Sede Ica, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020, conforme a lo consignado en el documento Adjunto a esta Resolución, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que los trabajadores indicados en el documento

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Regístrese y Comuníquese,

.......

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IN XI - Sedp Pi

.0c•ar,

PERÚ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

adjunto a esta resolución, hayan cumplido el periodo laboral exigido para tener derecho a goce vacacional, hagan uso en las fechas establecidas en el Rol de Vacaciones 2019.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR que la Unidad de Administración a través de Área de Personal, cautele la ejecución y cumplimiento del Rol de Vacaciones previstas para el Ejercicio Fiscal 2020.

ARTÍCULO CUARTO: DIPONER que la secretaría de Jefatura notifique copia autenticada de la presente Resolución a todas la Unidades de esta Zona Registral.

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N° APEWDOS PATERNO

APELLIDO MATERNO

NOMBRES CARGO FECHA DE INGRESO

MES DE VACACIONES

JEFATURA ZONAL

SALINAS VALENCIA JUAN ANTONIO JEFE ZONAL 04/06/2010 FEBRERO-ABRIL

2 ANYOSA MITACC SONIA AMELIA TECNICO EN IMAGEN 22/12/2009 MARZO-DICIEMBRE

UNIDAD DE PRESUPUESTO Y PLANIRCACION

3 GARCIA MERE MARIO MELCHOR GESTOR DE PRESUPUESTO 12/07/1999 JULIO-NOVIEMBRE

UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA

4 MONTALVO UvIDIA BRENDA RUBI JEFE DE LA UNIDAD DE ASESOR 23/03/2018 ABRIL- AGOSTO

UNIDAD DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION

5 PAUCAR1MA MARROOUIN viCTOR JEFE DE LA UNIDAD DE TECNOI 11/04/2003 FEBRERO-MAYO

6 MENESES CON/ALES MUTE SANTIAGO OPERADOR A 04/03/1996 MAYO- NOVIEMBRE

7 CARCA CASANI ROISER MARIO TECNICO EN SISTEMAS 22/12/2009 JUNIO- DICIEMBRE

UNIDAD DE ADMINISTRACION

8 MURGA BONILLA JOSE LUIS ROQUE JEFE DE LA UNIDAD DE ADM1NI 03/01/2018 ENERO- MARZO

9 ALVAREZ ANCHANTE ROSARIO ALEJANDRINA TECNICO EN PERSONAL 09/04/1996 MARZO- SETIEMBRE

10 CARRASCO BENDEZU CARLOS ALBERTO TESORERO 01/10/1996 mAY0 - OCTUBRE

I CERRON MENDOZA JUSTA ISABEL CONTADOR 26/12/1995 FEBRERO- AGOSTO

12 IRIARTE ROJAS DE BELAU CECILIA JEANETFE ESPECIALISTA ABASTECIMIENTC 06/08/1999 ENERO - JULIO

13 LAZON CUEVA JUAN JOSE CAJERO 22/12/2009 FEBRERO. OCTUBRE

14 MUÑOZ DE LA CRUZ CARLOS JOSE TECNICO EN PATRIMONIO 22/12/2009 FEBRERO - MARZO

15 PEÑA ALTAMIRANO FLOR BELINDA SECRETARIA C 26/12/1995 DICIEMBRE

16 TEJADA ZEA FERNANDO ALBERTO CHOFER 20/12/2018 ENERO-JULIO

IT UCHUYA ARARES VICTOR RICARDO AUXILIAR ADMINISTRATIVO 17/05/2016 JUMO- AGOSTO

18 ZEBALLOS RAMIRE ROSA LOURDES CAJERA 22/12/2809 JULIO - DICIEMBRE

OFICINA DE CATASTRO

19 FRIAS LIAU-HING MELVA ALEJANDRA COORDINADOR DE CATASTRO 06/01/2003 JUNIO

20 MENDOZA SUMARI ROBINSON TECNICO EN CATASTRO 22/12/2009 MAYO

21 SÁENZ AL EYDA ANGEL ESPECIALISTA EN CATASTRO 22/12/2009 FEBRERO

UNIDAD MISTRAL

22 MUÑOZ GONZALES MARIA ADELINA ASISTENTE REGISTRAL 02/11/1998 OCTUBRE

23 MENDOZA ALBAN BERMA ANGELICA SECRETARIA 07/04/2010 MAYO

OFICINA REGISTRAL DE ICA

24 ARANZAENS BOBADILLA JOHANNA DEL CARMEN REGISTRADOR PUBLICO 01/09/2COB FEBRERO

25 CANALES CUCHO LUZ vERON1CA CAJERA 22/12/2009 ENERO/MAYO

26 CASTRO MORALES ANA mARIA ISABEL 15/05/2018 SETIEMBRE ASISTENTE REGISTRAL

27 CHAvEZ ELGUERA ESTHEEANNY KARINA CAJERA 22/12/2009 NOVIEMBRE

28 EAREAN CAMPOS LUIS PEDRO TECNICO ADMINISTRATIVO 26/12/1995 DICIEMBRE/ENERO

29 FERRARI RUIZ YASKARA PATRICIA REGISTRADOR PUBLICO 19/04/1999 SETIEMBRE

30 FLORES REQUEJO GREACE PATRICIA ASISTENTE REGISTRAL 22/12/2009 NOVIEMBRE

31 GAONA ABAD KATTY ISIDORA REGISTRADOR PUBUCO 06/01/2003 JULIO

32 GOMIQ HERNÁNDEZ LILIAM DEL ROSARIO ASISTENTE REGISTRAL 29/12/2009 MARZO

33 HERNANDIE/ PISCONTE PEDRO JULIAN TECNICO EN ARCHIVO 22/12/2009 OCTUBRE

34 HERRERA VALENZUELA CINTHYA ROSSY CAJERA 22/12/2009 847.13/NOVIEMBRE

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ZONA REGISTRAL N° XI - SEDE ICA sunarp

ROL DE VACACIONES

Page 5: Resolución N° -2019-SUNARP-JEF -ZRN°X1

ZdNA REGISTRAL N° XI - SEDE ICA

35 HUAMANI SERvElION MEIVIS PAMELA ASISTENTE REGISTRA'. 19/12/2008 AGOSTO

36 JUNCO BRAVO ALBERTO VAN REGISTRADOR PUBLICO 01/04/2002 MAYO/NOVIEMBRE

37 LENGUA YONZ CESAR AUGUSTO ASISTENTE REGISTRAL 18/12/2012 MARZO

38 MAGALLANES QUEVEDO LUIS ANGEL ASISTENTE REGISTRAL 23/12/2013 NOVIEMBRE

39 MATTA ANCHANTE LUIS ALBERTO ASISTENTE REGISTRAL 22/12/2009 FEBRERO

40 NEYRA COQUIS CATHERINE VALERIA ASISTENTE REGISTRAL 22/12/2009 ABRIL

41 PAREDES HASEN CATHERINE JANETTE TECNICO ADMINISTRATIVO 04/03/1996 MAYO

42 PARI OLARTE ESPERANZA CRISTINA REGISTRADOR PUBLICO 02/11/1998 ABRIL/JUNIO

43 PEREZ ANDIA ROSE1L 23/12/2013 JUNIO ASISTENTE REGISTRA'.

44 REYES FAJARDO JUAN JOSE TECNICO ADMINISTRATWO T2112/2009 JUNIO

45 VASQUEZ VIDAL JESUS DAVID REGISTRADOR PUBLICO 06/07/2015 JULIO

OFICINA REGISTRAS DE CHINCHA

46 ALVAREZ PACHAS ANA MARIA ASISTENTE REGISTRAL 26/12/1995 FEBRERO

47 ALVAREZ RACHAS TERESA YSABEL 26/12/1995 MARZO ASISTENTE REGISTRAL

48 ANQUiPA HUAROC HUGO ASISTENTE REGISTRAL 01/09/2038 MARZO

49 BRICEÑO URIBE TULA ESPERANZA CAJERA 15/06/2001 AGOSTO

50 CALLOQUISPE MERMA UDIA SILVIA REGISTRADOR PUBLICO 24/09/2012 FEBRERO

51 CURE HUARACA LUIS ANTONIO itcNico ADMINISTRATIVO 04/03/1996 MAYO

52 CALVEZ ACEVEDO GANDHY LILIANA ASISTENTE REGISTRAL 23/12/2013 AGOSTO

$3 GUZMAN ALTAMIRANO WITMER LUIS REGISTRADOR PUBLICO 15/11/2007 AGOSTO

54 ORTIZ RAMOS AMADEO TECNICO ADMINISTRATIVO 04/03/2019 ABRIL

55 PEÑA SAAVEDRA MILUSKA LORENA CAJERA 22/12/2009 NOVIEMBRE

56 ROLDAN HUALPA JUAN GUILLERMO REGISTRADOR PUBUCO 09/03/1996 DICIEMBRE/MARZO

57 ¡OLMOS SOLE NATHALIE ESTEFANIA ASISTENTE REGISTRAL 23/12/2013 OCTUBRE

58 TORRES SANCHEZ ANA CECILIA ASISTENTE REGISTRAL 01/09/2098 AGOSTO

59 YATACO RAMOS PAULA VANESSA REGISTRADOR PUBLICO 01/09/2008 MAYO

60 ZAVALA BARRIOS CECILIA UBERTAD ASISTENTE REGISTRAL 01/09/2008 MARZO

OFICINA REGISTRAS DE PISCO

61 ALGARATE TORRES FLOR MARIA 01/09/2008 MARZO REGISTRADOR PUBUCO

62 CASTILLA KROSS KARINA MONICA REGISTRADOR PUBUCO 21/09/2011 ENERO/JUNIO

63 CAVILAN° LLERENA DENNISE MAR1U ASISTENTE REGISTRAL 23/12/2013 AGOSTO

64 MALATESTA CALLE ENRIQUE ROBERTO ASISTENTE REGISTRAL 23/12/2013 OCTUBRE

65 PURGIJAYA IAZARO DAYSI ELVIRA TECNICO ADMINISTRATIVO 09/02/2017 ENERO/AGOSTO

66 SIGUAS QUISPE CYNTHIA ISABEL CAJERA 22/12/2009 FEBRERO

67 VALDIVIA SAYRITUPAC NATAL? ROXANA 23/12/2013 JUUO ASISTENTE REGISTRAL

OFICINA REGISTRAS DE RASCA

68 CHACALCME PEÑA KARIM UZETH REGISTRADOR PUBLICO 01/09/2008 ABRIL

69 DIAZ AGUDO LESLYE KARINA ASISTENTE REGISTRA'. 01/09/2008 DICIEMBRE /ENERO

70 MENDOZA CHAMPION AGUSTIN HERMES REGISTRADOR PUBLICO 01/03/2002 MAYO

71 SANCHEZ SANCHEZ KERINA mASSIEL REGISTRADOR PUBLICO 01/09/200B JULIO

72 TELLO HUAMANTUMBA CARMEN DEL PILAR CAJER 02/01/2019 AGOSTO

sunarra:: L=z--

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