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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES” CD. BOLIVAR - EDO. BOLIVAR Inscrito en el M.P.P.P.E. bajo el Nº: S0190D0705 Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de Las Nieves” Año Escolar 2016-2017

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES”

CD. BOLIVAR - EDO. BOLIVAR Inscrito en el M.P.P.P.E. bajo el Nº: S0190D0705

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de Las Nieves”

Año Escolar 2016-2017

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES”

CD. BOLIVAR - EDO. BOLIVAR Inscrito en el M.P.P.P.E. bajo el Nº: S0190D0705

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de Las Nieves”

Año Escolar 2016-2017

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PREAMBULO El Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria ha sido concebido to-

mando en cuenta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni-ñas y Adolescentes y el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión Docente. En este Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria se establecen los dere-chos, deberes, funciones, faltas y sanciones de todos los actores: estudiantes, personal docente, directivos, administrativos, mantenimiento o ambiente, de cooperativas, de seguridad, padres y/o representantes y habitantes de la comu-nidad, que se benefician de esta institución y que hacen vida en la misma.

El siguiente acuerdo tiene la finalidad de garantizar la sana convivencia de

todos los que hacemos vida en la institución, deberá ser de fiel cumplimiento en todas sus partes y de manera incondicional por los actores que integran y se bene-fician de la U.E.C. “Nuestra Señora de las Nieves”. Lo no previsto en el siguiente Acuerdo de Convivencia, será resuelto según sea el caso por la Asamblea General del Consejo Educativo. De igual manera el Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria será sometido a revisión por la autoridad competente anualmente.

IDEARIO EDUCATIVO

La Unidad Educativa Colegio "Nuestra Señora de las Nieves", fundada en 1934, es una Institución privada, católica, sin fines de lucro, con la firme in-tención de ofrecer a las familias que lo deseen para sus hijos e hijas, una edu-cación inspirada en el Evangelio, en las orientaciones de la Iglesia Católica y en el Carisma Dominicano. Concebimos la tarea educativa como labor y resulta-do del trabajo de todos los miembros de la Comunidad Educativa en un clima de convivencia, según el espíritu de la Madre Teresa Titos Garzón, fundadora de nuestra Congregación.

A continuación se exponen los valores, finalidades educativas y criterios

pedagógicos que nos orientan y nos dan identidad como centro educativo de la Congregación Santo Domingo.

VALORES Y FINALIDADES EDUCATIVAS.

La finalidad fundamental de nuestra tarea educativa es lograr en los y las estudiantes el desarrollo integral y armónico de una personalidad cristiana, según el pensamiento de nuestra Madre Fundadora: "A la cultura del entendimiento y del corazón hay que añadir la cultura artístico-técnica y una esmerada educa-ción en la fe cristiana".

Educamos para:

La responsabilidad personal, sentido del deber y del trabajo como per-feccionamiento y realización de la propia persona. Con formación y pertinen-cia local, formado para el trabajo liberador, capacidad para continuar apren-

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. Una vez validado, el Acuerdo será entregado a toda la comunidad educativa. A los padres, madres y representantes durante el proceso de inscripción y a través de reuniones con el docente guía durante el mes de octubre.

Para garantizar el conocimiento y manejo de la normativa establecida en el presente acuerdo por parte del estudiantado, se realizarán jornadas de discu-sión en el aula, dirigidas por el docente responsable de la sección (Primaria) o por el docente guía (Bachillerato) durante el primer lapso del año escolar.

Lo no dispuesto en el presente acuerdo, será resuelto según lo establecido en el ordenamiento legal vigente relacionado con la materia a juzgar.

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diendo, e impulsar las potencialidades endógenas de la comunidad.

La verdad, como experiencia de autenticidad de vida y búsqueda objetiva y creativa de la explicación del misterio del ser humano y del misterio de Dios.

La libertad, como capacidad de autodeterminación a través de un proceso de progresiva liberación de los condicionamientos internos y externos. Esta educación exige la posibilidad de expresar las potencialidades del propio ser, respeto a las diferencias individuales, esfuerzo por liberarse de los condiciona-mientos sociales, culturales, psicológicos y morales que encadenan el propio desarrollo. La justicia y la misericordia, tanto en las relaciones interpersona-les como en las estructuras de la sociedad. Sensibilizando a la comunidad ante las desigualdades sociales que ocurren a nuestro alrededor. Ayuda a adquirir la

conciencia crítica necesaria para tomar postura de cara a una sociedad cada

vez más distante de la solidaridad y de la paz como fruto de justicia.

La paz, que hace posible la armonía consigo mismo y la convivencia entre las personas, con un espíritu abierto y dialogante, ajeno a toda forma de violencia.

El respeto y la tolerancia, a todas las personas, sin discriminación alguna, valorando su dignidad de hijos de Dios, desde la práctica del respeto a la per-sona. El diálogo se convierte en un factor decisivo que supone una constante

comunicación, el ejercicio de la conciencia crítica, la participación en la

organización y la vida de la comunidad escolar, el intercambio y el aporte de padres y representantes, educadores, personal administrativo, obrero y

estudiantes.

El compromiso con la defensa de la vida y con el cuidado, conservación y recreación de la naturaleza. busca crear ámbitos para el ejercicio de la

donación, la entrega, y el servicio desinteresado. Sobre todo, invita a

comenzar a servir a los compañeros de clase y considerarlos verdaderos

hermanos.

La solidaridad y el servicio, compartiendo con el otro los bienes, valores, sufrimientos y esperanzas y siendo sensibles a sus necesidades.

La participación protagónica y democrática que capacita para el ejerci-cio responsable de los deberes y derechos cívicos.

La promoción humana, orientada a la formación de jóvenes comprometi-dos en la construcción de una sociedad más justa.

La esperanza y la alegría, como experiencia gozosa de salvación, fomen-

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tando una visión positiva de la humanidad y de la historia.

La interioridad y el silencio, como espacios que facilitan el encuentro con-sigo mismo y con Dios.

La gratuidad, entendida como entrega y donación desinteresada a los demás.

El perdón, que reconoce y disculpa la debilidad humana y abre a la perso-na a la reconciliación con su historia personal, con los demás y con Dios.

El amor cristiano, que da cohesión y profundidad a la vivencia de todos estos valores, ayudando a superar el egoísmo en la entrega generosa a la comu-nidad. Por eso, valoramos el compañerismo, el buen espíritu, la confianza, el servicio, la fraternidad, la sinceridad y todas las cualidades que promuevan la sociabilidad y convivencia.

MISION: La Misión Educativa de la Unidad Educativa Colegio Nuestra Señora de las Nieves, es la formación en una educación integral cristiana, entendida como un proceso integrador, humanizador y de calidad, fundamentada en los más altos principios y valores que han modelado nuestra nacionalidad Venezo-lana, el carisma dominico y el evangelio como son: la Libertad, la igual-dad, la fraternidad, la Justicia, la paz, la verdad y el bien común; dirigi-da a la formación de niños, niñas y jóvenes sin distinción, comprometi-dos con el mundo, capaces de relacionarse armoniosamente, en un cli-ma de respeto a las ideas que promuevan la convivencia y la investiga-ción. VISION: La visión de nuestro colegio, apunta hacia: Una comunicación respetuosa, fluida, horizontal y congruente entre todas las instancias que convergen en la acción educativa.

Una apropiación del Proyecto Educativo, por parte de toda su Comunidad Educativa.

Una escuela abierta, con proyección a la comunidad, actualizada, para servir de puente autentico entre Familia y Colegio. Una escuela que promueva la concepción integral del ambiente y su conser-vación. Una acción pastoral útil y de amplia trascendencia para la vivencia del Evangelio. CRITERIOS PEDAGOGICOS

El o la estudiante es considerado el principal artífice de su propia educación.

Se acepta como sistema pedagógico la educación Integral, fomentando el desa-rrollo de cada alumno o alumna a través de experiencias educativas adaptadas a sus posibilidades reales y de su entorno que conlleven al desarrollo de cono-

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d. El Derecho a la defensa consiste en : permitir al niño, niña o adoles-cente tener acceso a su expediente, examinar actas y leer los docu-mentos contenidos en él. El expediente no podrá ser alterado, modi-ficado o dañado por el niño, niña o adolescente.

e. Autoridad competente: en primera instancia: Coordinación Académi-ca, el docente que registra la falta, el niño, niña o adolescente, el re-presentante y la Dirección del Colegio.

f Derecho de apelación: los padres y/o representantes pueden apelar por es-crito al Consejo Docente y solicitar la reconsideración del caso.

Parágrafo Único: Ningún registro o expediente puede llevar borrones, tachones, letras resaltadas ya sean en fechas o en el caso expuesto. Las entrevistas con el estudiante, representantes deben ser registradas en actas, con palabras textuales en su defensa o acotación y firmada con su respectiva fecha.

Exigencias Académicas

El rendimiento académico debe ser satisfactorio en todos los lapsos del año escolar.

La pérdida de dos o más asignaturas en alguno de los tres lapsos del año es-colar, debe ser del conocimiento del representante respectivo; informarle a través del boletín de lapso y/o por entrevista convocada por el docente guía.

En relación a la evaluación del rendimiento, los y las estudiantes deben pre-sentar las pruebas en las fechas y hora establecida en el cronograma de eva-luación de lapso. En caso de inasistencia justificada el o la estudiante podrá presentar la prueba en un lapso no mayor de una semana, convenida de común acuerdo entre la dirección, el docente y el interesado.

DISPOSICIONES FINALES.. El presente acuerdo será revisado cada año y, si hubiere cambios en la nor-mativa que rige el Sistema Educativo Venezolano y demás instrumentos lega

les aplicables a Niños, Niñas y Adolescentes; serán incorporados.

El proceso de Reforma del presente acuerdo debe promover y garantizar la participación activa y la más amplia consulta de los integrantes de la Institu-ción.

Para su aprobación será sometido a discusión en consulta a la Comunidad Educativa a través de Asamblea Escolar y remitido al Municipio Escolar co-rrespondiente y Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y del Adoles-cente para su validación, cuyo lapso de espera será de quince (15) días hábiles, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

El presente acuerdo entra en vigencia a partir de su aprobación y validación.

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cimientos, valores, actitudes, virtudes, habilidades y destrezas según las líneas pedagógicas de nuestra fundadora Madre Teresa Titos.

Se propician los métodos de enseñanza y aprendizaje a través de procesos, técnicas y estrategias más que la adquisición de contenidos.

Para garantizar un aprendizaje eficaz, el estilo docente une la instrucción sóli-da y actualizada a una enseñanza amena, útil y atractiva, que proporcio-na gusto por la verdad, deseo de incrementarla y una modesta y sencilla posi-ción de los saberes (M. Teresa Titos).

Procuramos el desarrollo de las capacidades intelectuales y de la creatividad de los y las estudiantes, así como el descubrimiento de sus inclinaciones vocaciona-les, suscitando en ellos una disposición a la formación permanente y a la interdis-ciplinariedad que faciliten la adaptación a situaciones nuevas (M. Teresa Titos).

En nuestra acción educativa cobra especial importancia la orientación, como atención al o la estudiante, tanto en su proceso de aprendizaje y crecimiento per-sonal, como en la capacidad de discernimiento y toma de decisiones.

Nuestro proyecto curricular diferencia con claridad los contenidos contextuali-zados e integrados con estrategias socializadoras, enriqueciendo así todo el pro-ceso formativo.

La Institución realiza un constante esfuerzo de adaptación tanto de planes de estudio como de metodologías, en función de mejorar la calidad de ense-ñanza y de responder a las exigencias legales y a las necesidades reales de los y las estudiantes y de la sociedad.

Para la valoración de la calidad del proceso enseñanza-aprendizaje se apli-can criterios de evaluación continua y formativa que permiten medir los logros alcanzados.

La tarea educativa es labor de equipo y constituye el resultado de la acción conjunta de la comunidad educativa. En consecuencia los y las docentes pro-graman, enseñan y evalúan en equipo (M. Teresa Titos).

Promovemos un ambiente de libertad responsable, de mutuo respeto y de aceptación, entre todos los miembros de la comunidad educativa, que facilite la sana comunicación en las relaciones interpersonales y propicie que los y las estudiantes y profesores y profesoras se sientan felices en su trabajo.

Acompañamos a los estudiantes en su proceso personal y afectivo estimu-lando la valoración de sí mismo y la capacidad para dar y recibir afecto, "con un trato cercano y afectuoso, con grande cuidado, con una constante atención y con la autoridad nacida de la propia competencia y entrega” (M. Teresa Titos).

Nuestro Colegio ofrece una enseñanza religiosa sólida procurando la integra-ción de la fe y de la cultura y la adhesión a los valores evangélicos desde la libertad y el respeto a la persona.

Fomentamos en los y las estudiantes el espíritu crítico, que les capacite para conocer objetivamente la realidad en que viven y les comprometa en la cons-trucción de una sociedad más humana y liberadora.

El Colegio educa para el ocio y el tiempo libre, a través de actividades

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deportivas y recreativas y de acciones que den respuesta a inquietudes cul-turales, religiosas y sociales.

La cultura actual exige el conocimiento y dominio de los medios de comu-nicación y modelos de organización e integración. Nuestro esfuerzo educativo se orienta a formar en los y las estudiantes una conciencia ética para el uso responsable de los mismos.

Ofrecemos a los y las estudiantes una tecnología actual, como un recurso más al servicio de la formación personal y la construcción de la sociedad.

DISPOSICIONES DIRECTIVAS

El presente acuerdo tiene por objeto establecer compromisos de convivencia que sirvan de directrices al cumplimiento de las premisas que nos identifican como Centro Educativo de la Congregación Santo Domingo.se regirá por las dispo-siciones contempladas en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y el Adolescente (CIDNA), la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación, y su Reglamento, la Ley Orgá-nica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras y su Reglamento, la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente y otras leyes complementarias. CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Artículo 9.-La Convención Internacional de los Derechos del Niño y el Adolescente (CIDNA) en sus artículos 3, 4, 28, 29 y 37, establece que los Estados miembros (Venezuela, entre ellos), tomarán las medidas pertinentes para garantizar la protección de los niñas, niños y adolescentes, a través de medidas administrativas, legislativas y de otra índole. Por ello el Estado venezolano y las instituciones educativas deben velar por el pleno ejercicio de sus derechos y garantías; asumiendo como principio fundamental el interés superior del niño, el cuidado necesario para su bienestar, reconociendo su derecho a la educación en condiciones de igualdad y oportunidades que se puedan ejercer progresivamente. Tales derechos se enmarcan hacia el desarrollo de la personalidad, estimulando en la niñez y en la adolescencia el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Preparándoles para asumir una vida responsable en una sociedad libre que igualmente promueve el respeto al medio ambiente natural. Asimismo, el Estado y sus instituciones deberán protegerlos para evitar que sean sometidos a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. En ese orden de ideas, tampoco se les impondrá pena, ni prisión perpetua, ni privación de libertad ilegal o arbitraria. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Artículo 10.-En los artículos 62, 75, 78, 102, 103 y 258 de nuestra Carta Magna (CRBV) expresan que el Estado a través de sus instituciones debe

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Twitter, Instagram) cualquier información que irrespete de forma clara e intencional a cualquier persona del Colegio (estudiantes, representantes, docentes, personal obrero, administrati-vo o directivo). Introduzcan armas (blancas o de fuego), juegos pirotécnicos como: Tumbaranchos, matasuegras, fosforitos y otros. Así como objetos ajenos a la filosofía educativa o itinerario académico; que expongan a los estudiantes y al resto de los miembros de la institución a situacio-nes de riesgo o peligro. Sin perjuicio a lo establecido en la LOPNNA respecto a dicha materia.

La Dirección del Plantel formalizará ante los organismos correspon-dientes la denuncia respectiva acompañada de todos los soportes que sustenten la misma.

Faltas Graves (con Resolución en el Plantel)

a. Acumular tres (3) Faltas al Acuerdo de Convivencia. b. Irrespeten en forma clara e intencional a alguna persona de las que

integran el centro educativo, o traten a otras personas, en público o privado; de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

c. Provoquen desórdenes graves durante la realización de cualquier prueba de evaluación o participe en hechos que comprometan su eficacia.

d. Obstaculicen o interfiera el normal desarrollo de las actividades escolares o alteren gravemente la disciplina.

e. Deterioren voluntariamente los bienes o instalaciones del Plantel.

El Director de El Colegio comunicará por escrito la decisión dentro de los dos (2) días siguientes a la imposición de los correctivos disciplinarios y/o trabajo comunitario.

Cuando se trate de algunas de las faltas graves tipificadas en el presente Acuerdo se creará expediente con las citaciones y actas que se levanten a los niños, niñas o adolescentes involucrados y sus representantes, y se remitirá el expediente al organismo competente correspondiente (CPNNA, Fiscalía de Protección, Defensoría Educativa).

Derecho A La Defensa De Los Niños, Niñas Y Adolescentes a. Todo afectado tiene derecho a ser oído y a ejercer plenamente su defensa.

b. La sustanciación del expediente: los datos precisos y situaciones con-cretas en la falta que ha incurrido el niño, niña o adolescente. Debe traer firma del niño, niña o adolescente, del docente y del represen-tante (faltas graves).

c. Principio de Contradicción: a nadie se le puede aplicar correctivos sir ser oído.

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d) Sancionar a los Estudiantes sólo por actos tipificados en el Acuerdo de Convivencia Escolar del plantel.

e) Ejercer el poder sancionatorio conforme al principio de la proporcio-nalidad de la pena con la falta cometida.

De las Faltas : Se consideran faltas al Acuerdo: a. No usar el traje escolar establecido en el ordenamiento jurídico y el

presente acuerdo de convivencia. b. No asistir puntual y regularmente a las actividades escolares y del

centro educativo con el material y los útiles necesarios para ellas, salvo en los casos en que ello sea imposible, por razones justificadas y debidamente comprobado.

c. Incumplimiento de deberes escolares (Evaluaciones, Tareas, Ejercicios y Asignaciones).

d. Todas aquellas que entorpezcan levemente el normal funcionamiento de las actividades del plantel.

e. Emplear un lenguaje inadecuado. f. Irrespetar las normas morales y de buenas costumbres. g. Ingresar al Colegio objetos contrarios a la filosofía educativa del mismo. h. Consumir chicles en el recinto escolar. i. No colaboren en la conservación, limpieza y mantenimiento del local,

mobiliario y otro material del centro educativo. j. Cualquier otro hecho establecido como falta leve en el Ordenamiento

Jurídico, el presente Acuerdo de Convivencia y los Acuerdos Especiales.

Estas correcciones serán aplicadas por el o la docente y los o las docentes guía el o la Coordinadora y serán impuestas en el mismo orden en el que se encuentran establecidas.

De las Faltas Graves

Faltas Graves (con Notificación a los Organismos Correspondientes) Cuando los niños, niñas y adolescentes incurran en alguna de estas faltas gra-ves, el expediente será remitido de carácter inmediato a los organismos correspondientes:

a. Se apropien de bienes ajenos y/o hagan negociaciones con estos. b. Fumen, ingresen o ingieran bebidas alcohólicas, sustancias estupefa-

cientes o psicotrópicas (drogas) dentro de El Colegio o en activida-des externas promovidas por el mismo. También se considerará fal-ta si el hecho ocurriese fuera de la Institución, dentro o fuera del horario escolar, portando el Uniforme Escolar.

c. Vendan cualquier tipo de mercancía no permitida dentro del Colegio. d. Introduzcan y/o negocien sustancias tóxicas psicotrópicas y/o

estupefacientes u otras sustancias nocivas para la salud. Traigan juegos de cartas (poker y españolas) para juegos de envite y azar en la Institu-ción.

e. Publiquen fotos o comenten en medios sociales (como Facebook,

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garantizar la protección de la familia y por ende, de los niños y de los adolescentes, como sujetos plenos de derechos. En tal sentido, le corresponde al Ministerio del Poder Popular para la Educación garantizar su pleno desarrollo integral, asegurando su ingreso, su promoción y su permanencia en el sistema educativo, en todos sus niveles y modalidades. Así mismo, la Ley promoverá la Conciliación y la Mediación como medios alternativos para la solución de conflictos. LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADO-LESCENTES Artículo 11.-Asumiendo el papel rector del Estado, conjuntamente con la familia y la sociedad como entes corresponsables, basándose en los principios de prioridad absoluta e interés superior del niño, niña y el adolescente, la LOPNNA establece en su normativa como principio fundamental el de garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías. A partir de esta doctrina de Protección Integral se contempla su atención integral desde el momento de su concepción, pasando por la infancia, hasta su adolescencia. Los Artículos fundamentales que sustentan el presente manual son entre otros: 3, 4-A, 5, 7, 8,10, 32-A, 53, 54, 55, 56, 62, 91, 93 Y el 57 que específicamente se refiere a Disciplina Escolar. LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Artículo 12.-De acuerdo a los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 14 y Disposición Transitoria Primera numeral 10 de la Ley Orgánica de Educación, esta tiene como objetivo desarrollar los principios y valores rectores, deberes, derechos y garantías correspondientes a la educación, y el Estado la asume como función indeclinable. Aplicable a todas las personas naturales y jurídicas, institutos oficiales, estadales, municipales y privados que tengan que ver con competencia educativa. Estableciendo como principios fundamentales de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre los ciudadanos y ciudadanas, sin discriminación de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura de paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión, la sustentabilidad del desarrollo, la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la Patria e integración latinoamericana y caribeña. A su vez, esta Ley considera como valores fundamentales el respeto a la vida; el amor y la fraternidad; la convivencia armónica en el marco de la solidaridad; la corresponsabilidad y la cooperación en el trabajo; la tolerancia y la valoración del bien común; la valoración social y ética del trabajo; el respeto a la diversidad existente entre los diferentes grupos humanos. Igualmente, establece que la educación es pública y social,

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obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural, multiétnica, intercultural, y plurilingüe. Asimismo, enfatiza que la educación como derecho humano y deber social fundamental, debe estar orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano en condiciones históricamente determinadas. Así, de esta Ley se desprende la categoría de Estado Docente, como expresión de la rectoría del Estado en materia educativa, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable, y como servicio público que se materializa en las políticas educativas. En cuanto a las faltas de disciplina señala como método de resolución de conflictos las técnicas de Mediación y Conciliación. LEY ORGÁNICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES El artículo 2 de esta Ley, define los Consejos Comunales como instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. En este sentido, los Consejos Comunales están obligados a contribuir con el proceso educativo y a garantizar la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en función del principio de corresponsabilidad, a través de los Comités de Educación y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Art. 28 de ejusdem); y en virtud de que forman parte del Sistema Rector de Protección. LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo 14.-Esta Ley desarrolla el concepto jurídico político del ciudadano consagrado en la Constitución, la cual está integrada por derechos, deberes y garantías, cuya tutela y protección es uno de los fines esenciales del Estado. El concepto de Administrado contenido en la Ley Orgánica de procedimientos Administrativos (LOPA), es el ciudadano en sus relaciones con la Administración Pública, que a su vez es el sujeto pasivo sometido a la acción de administrar. Por eso esta Ley ha consagrado un sistema de equilibrio entre las potestades de la administración y los derechos e intereses de los administrados. Toda persona interesada podrá, por sí o por medio de su representante, dirigir instancias o peticiones a cualquier organismo, entidad o autoridad administrativa. Estos deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar, en su caso, los motivos que tuvieren para no hacerlo. Los funcionarios y demás personas que presten servicios en la administración pública, están en la obligación de tramitar los asuntos cuyo conocimiento les corresponda y son responsables por las faltas en que incurran. Los interesados podrán reclamar, ante el

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e) Retiro temporal del plantel: Consiste en excluir al Estudiante de las ac-tividades educativas hasta por cinco (5) días impuestas por el Direc-tor(a) del plantel, cuando haya incurrido en una falta grave que lo amerite, previa instrucción del expediente respectivo, a fin de que se perciba la importancia o gravedad de su conducta y del perjuicio que ocasiona a la comunidad educativa.

Faltas que ocasionan el retiro temporal del plantel: · La reincidencia de dos (2) faltas leves será sancionada con un día

hábil, aplicada por el coordinador respectivo. Se le asignara una activi-dad o la comparecencia ante un ente local que le permita reflexionar sobre su actitud y la necesidad de un cambio en la conducta.

· Reincidir en una falta grave, será sancionado con tres (3) días de retiro Temporal, aplicada por la dirección del plantel. Tiempo en que los Padres y el estudiante deberán cumplir con la solicitud que realice el Plantel (Actividad especial, Visita a Especialista, Asistencia a un ente local para cubrir una actividad que beneficie al Estudiante)

Las faltas leves serán sancionadas con: · Corrección o advertencia · Amonestación verbal. · Amonestación escrita con acta de compromiso firmada por el Estu-

diante y el docente respectivo. · Amonestación escrita y reunión conjunta con el padre, madre repre-

sentante o responsable, Estudiante, docente, coordinador o director, con acta de compromiso firmada por todos los presentes.

· Decomiso temporal · Asignación de tareas (Trabajos en la escuela). Las faltas graves serán sancionadas con: · Amonestación escrita con firma del Estudiante. · Decomiso definitivo. · Amonestación escrita y reunión conjunta con el padre, madre repre-

sentante o responsable, Estudiante, docente, coordinador o director (a), con acta de compromiso firmada por todos los presentes.

· Reglas de conducta por un tiempo definido. · Medidas de mejoramiento conductual. · Suspensión temporal. Procedimientos para la aplicación de las sanciones. Siendo las sanciones medidas correctivas para la reflexión y sensibiliza-

ción del Estudiante y padres o representantes para que deduzcan aprendizajes, por tanto se aplicaran con el debido proceso, basados en las si guientes reglas:

a) Oír al estudiante antes de ser sancionado, con el fin de ejercer su de-recho a la defensa.

b) Citar al representante para informarles de la situación. c) Recaudar un adecuado acervo probatorio.

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o responsable, el docente, el coordinador o director (a), con Acta de Compromiso firmada por todos los presentes: Consiste en una convoca-toria escrita con el propósito de exponer la actuación irregular de su representado, notificarle de la sanción que hubo a lugar. Esto se hace con el compromiso conjunto para fortalecer su respeto hacia los dere-chos de las demás personas, regular su modo de actuación dentro de la institución, promover y asegurar una eficaz formación, así como el cumplimiento de sus deberes. Debe haber un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante y ser acompañada por sus padres o representante. Los acuerdos deberán asentarse en un acta compromiso, levantada en ese mismo acto y suscrita por todos los presentes.

5. Reglas de conducta por un tiempo definido: Es una orden al Estudian-te por un tiempo estrictamente definido, de obligaciones o prohibicio-nes impuestas para regular su modo de vida dentro del plantel, así como promover y asegurar su formación.

6. Decomiso: Retiro de cualquier objeto, artefacto eléctrico o digital, el cual será devuelto a él, los padres o representantes del Estudiante afec-tado, previa citación y levantamiento de acta.

7. Medidas de mejoramiento conductual: Son las acciones o tareas diri-gidas a promover en el Estudiante un aprendizaje significativo y así superar las dificultades en el acatamiento de la normativa incumpli-da, es impuesta por el docente o el coordinador.

a) Cuando el estudiante incurra en una falta grave deberá diseñar un te-ma a tratar que se refiera a un VALOR que lo dictara a sus compañeros y a otros grupos. El Estudiante deberá ser apoyado por sus padres o representante, quienes harán acto de presencia, durante la realización de la misma. El docente de aula o el guía supervisará la realización de la actividad y su duración será de 10 a 45 minutos, según la edad del estu-diante. En caso de ausencia del padre o representante del Estudiante se remitirá el caso a instancias mayores.

b) Por el deterioro voluntario del mobiliario y la estructura física de la escuela y sus adyacencias. Deberá recuperarlo con la ayuda del repre-sentante dependiendo del daño hecho, cumpliendo horas adicionales de ayuda a las labores pertinentes. En caso de que lo dañado no pueda ser recuperado con trabajo, deberá CANCELAR o DEVOLVER en buen estado lo dañado.

c) En caso de incurrir en disturbios en clase o ausentarse sin permiso o justificación, el docente podrá asignar para la siguiente una exposición del tema visto, que será evaluado por el mismo docente en presencia del representante. Si el representante no asiste el Estudiante llevará una citación y quedara inasistente en clases hasta tanto su padre, madre o representante no asista.

d) Retiro del lugar donde se realice la prueba y anulación de la misma: Esta sanción es impuesta por el docente que aplique la prueba al Estudiante que se encuentre incurso(a) en un hecho irregular relacionado con la aplicación de la prueba. Esta acción no es extensiva a las siguientes actividades que se realicen ese día.

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superior jerárquico inmediato, del retardo, omisión, distorsión o incumplimiento de cualquier procedimiento, trámite o plazo, en que incurrieren los funcionarios responsables del asunto. El artículo 3 contempla que el reclamo deberá interponerse en forma escrita y razonada y será resuelto dentro de los quince (15) días siguientes. La reclamación no acarreará la paralización del procedimiento, ni obstaculizará la posibilidad de que sean subsanadas las fallas u omisiones. Si el superior jerárquico encontrare fundado el reclamo, impondrá al infractor o infractores la sanción prevista en el artículo 100 de la misma Ley sin perjuicio de las demás responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y TRABA-JADORAS De acuerdo a los artículos 330, 343, 344, 505 y 547 de la LOTTT regirán las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social. El Estado protegerá y enaltecerá el trabajo, amparará la dignidad de la persona humana del trabajador y dictará normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad. En ningún caso serán renunciables las normas y disposiciones que favorezcan a los trabajadores. La irrenunciabilidad no excluye la posibilidad de conciliación o transacción siempre que se haga por escrito y contenga una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos. La transacción celebrada por ante el funcionario competente del trabajo tendrá efecto de cosa juzgada. Por ser de orden público, los trabajadores tendrán derechos y obligaciones enunciadas en sus respectivas leyes de ejercicios profesionales, y a su vez regula la presente ley la relación de trabajo. LEY ORGÁNICA DEL DEPORTE, ACTIVIDAD FÍSICA Y EDUCACIÓN FÍSICA Artículo 17.-En sus artículos 1, 2, 3, 4 y 8, esta Ley establece: las bases para la educación física y la regulación de la promoción, organización y administración del deporte y la actividad física como servicios públicos; determina además que los principios rectores de la Ley, la participación popular y la corresponsabilidad rigen la actividad física y deportiva. Dentro de las funciones del Estado (Art. 13), se contempla el acceso al Sistema Nacional del Deporte a todas las personas; y en el artículo 14 establece el derecho a la práctica del deporte, la educación física y la actividad física hasta el pregrado universitario y el derecho de los y las estudiantes a que sean reprogramadas sus evaluaciones, cuando asistan en representación de sus respectivas selecciones; aspectos éstos a tener en cuenta en el desarrollo del presente Manual. REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE

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Artículo 21.-El ejercicio de la profesión Docente, esta normado por las disposiciones legales, presentes en el presente Reglamento, en los artículos 4, 6, 7, 8, 150 al 166, donde aparecen descritos los deberes, derechos, sanciones y suspensiones a los cuales están sujetos los docentes. El Estado a través de sus disposiciones legales emanadas tanto en la Ley Orgánica de Educación y en el presente Reglamento, garantizará a los profesionales de la Docencia su derecho al trabajo, al ingreso, remuneración, perfeccionamiento, profesionalización y régimen disciplinario que permitan alcanzar los objetivos del Estado en la formación del ciudadano integral. RESOLUCIONES MINISTERIALES Artículo 23.-Basados en las Resoluciones vigentes, las cuales son decisiones de carácter general o particular emanadas por los distintos Ministerios de incidencia en la materia educativa, podemos apoyarnos para llevar a cabo el proceso educativo, también sirven de base para establecer los criterios de las normas de convivencia, en cuanto a deberes, derechos y garantías de los estudiantes y padres, representantes y responsables (Resolución N° 669 de 1985), sobre los Útiles y Textos Escolares (Resolución N° 555 y 572 de 1995), del Funcionamiento de los Planteles Privados (Resolución N° 1791 de 1998), del Ingreso y Permanencia de los Estudiantes (Resolución N° 1762 de 1988), de la Gratuidad de la Educación (Resolución N° 230 de 2000), de las Normas para Inscribir a los Niños, Niñas y Adolescentes sin documentos de Identificación (Resolución N° 76 de 2003), del Proceso de Evaluación (Resolución N° 35 de 2003). Asimismo, regulan especificaciones relativas al Traje Escolar (Decreto N° 1139 de 1981). Finalmente, la creación y funcionamiento de los Consejos Educativos (Resolución N° 058 del 2012). CIRCULARES Artículo 24.-Las circulares son medios de comunicación a través de los cuales un órgano de la Administración Pública actúa como informador de otro sobre determinados actos o circunstancias. Podemos señalar que ellas giran información en torno a aspectos tales como: los procesos correspondientes a la evaluación de las diversas etapas, la gratuidad de la educación pública, la obligación de la inscripción de niños y adolescentes sin documentos, el uniforme escolar, el acto de grado, las pasantías, la labor social y demás asuntos pertinentes a cada Institución. Entre las que fundamentan este Manual, se encuentran las siguientes: la Circular Nº 7 del año 1989, criterios para ajustar la calificación definitiva por participación en actividades culturales, científicas y artísticas; la 42 de 1993, prohibición de cuotas extraordinarias y exigir uniformes de gala; la 013 de 2003, prohibición de actos de grado con vestuarios especiales; la 036 de 2005, prohibición de retener documentos; la 037 de 2005, horarios en beneficio del interés superior; la 038 de 2005, gratuidad y garantía de prosecución; la 039 de 2005, prohibición de exámenes de admisión; la 000180 de 2010,

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atribuyen. b. A acceder, y leer el contenido de los procedimientos disciplinarios que se

le siguen. c. A que se presuma su inocencia hasta que se demuestre lo contrario;

esto es, a no ser sancionado a menos que conste plenamente que ha incurrido en una falta.

d. A ser informado sobre las razones y contenidos éticos-sociales por los cuales se ejercen en su caso concreto la autoridad disciplinaria.

e. Derecho a opinar y a la defensa. f. A impugnar las sanciones que le hayan sido impuestos, ante una autori-

dad superior e imparcial. g. Cualesquiera otros derechos o garantías reconocidos en el Ordenamiento

Jurídico, el presente Acuerdo de Convivencia, Acuerdos Especiales u otros acuerdos Generales de Convivencias

DE LAS SANCIONES Se entiende por sanción toda estrategia que tiene por finalidad recuperar la

conducta normal del alumno, de tal forma que se beneficie tanto él como la comunidad educativa. Toda sanción debe promover el cambio positivo del Estudiante y estar en conformidad con lo establecido so-bre todo aplicada con verdadero espíritu de justicia. Estas son:

1. Corrección o advertencia: Llamado de atención individual o colecti-va para que los Estudiantes dejen de realizar un acto u omisión.

2. Amonestación Verbal: Llamada de atención personal individualiza-da, de forma racional y privada ante una falta leve. Podrá ir acompaña-da de una sanción pedagógica proporcional a la falta que el Estudiante debe desarrollar y contribuir hacerle responsable de su infracción a través del esfuerzo personal, bajo la orientación del docente respectivo y quedando constancia por escrito del compromiso del cambio de acti-tud y conducta. Entre ellas:

· Servicio Comunitario: Actividad que beneficie a la comunidad esco-lar. Reparar mobiliario, trabajar en el jardín, ayudar a un docente en horas de recreo, ordenar el aula de clase o cualquier otra dependencia del plantel.

· Servicio Pedagógico: Acción de un Estudiante en tiempo libre y ase-sorada por un docente en actividades de: recolectar o elaborar material para alumnos de grados inferiores, ayudar en la biblioteca, dirigir acti-vidades recreativas con estudiantes de cursos inferiores.

· De Reparación: Acción que tenga por fin reparar daños a terceros. Reponer material educativo dañado de otro compañero, limpieza de áreas deterioradas.

3. Amonestación Escrita con acta de compromiso firmado por el Estu-diante y el docente respectivo: Es un llamado de atención personal e individualizada, de forma racional y pedagógica por cometer una falta leve, contenida en un escrito y que incluye su compromiso formal de abstenerse de incurrir en ese mismo acto, si se repitiese se convierte en falta grave.

4. Amonestación escrita y reunión conjunta con el padre, representante

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La corrección tiene como finalidad el que los y las estudiantes reflexionen y cambien positivamente ante el incumplimiento de alguna norma de convi-vencia que incida en su desarrollo personal como miembro de una comuni-dad de iguales.

Criterios para aplicar correcciones:

Naturaleza y gravedad de los hechos. Edad del alumno o alumna. El grado de responsabilidad en los hechos. Los esfuerzos del alumno o alumna para reparar los daños causados. La proporcionalidad de la corrección para cumplir su fin pedagógico.

Principios de la Disciplina La disciplina de los y las estudiantes se rige y debe ser ejercida conforme a los siguientes principios:

La Corrección tienen una finalidad eminentemente educativa y debe comple-mentarse, cuando sea conveniente; con la participación de padre, madre, re-presentante o responsable.

En el ejercicio de la autoridad disciplinaria, deben respetarse los derechos humanos y la dignidad de los y las estudiantes.

Ningún estudiante puede ser sancionado o sancionada por un acto u omisión que al tiempo de su ocurrencia no esté previamente establecida como una falta en el Ordenamiento Jurídico y el presente Acuerdo de Convivencia Co-munitaria.

A los y las estudiantes que hayan incurrido en una falta sólo podrá aplicárse-les las sanciones previamente establecidas en el Ordenamiento Jurídico, el presente Acuerdo de Convivencia Comunitaria, Acuerdos Especiales u otros acuerdos Generales de Convivencias.

Ningún estudiante podrá ser sancionado o sancionada dos veces por el mismo hecho.

Se prohíben las correcciones corporales o físicas, las que impliquen maltrato de cualquier tipo, las colectivas y las que tengan por causa el embarazo de una adolescente.

Cuando él o la estudiante no observe los lapsos previstos para la pre-sentación de su defensa o pruebas que faciliten la toma de una decisión, no tendrá derecho a ningún tipo de reclamo. Interpretándose la misma como aceptación de la sanción aplicada.

Derechos y Garantías de los y las estudiantes. Todos los y las estudiantes a quienes se les haya imputado de haber incu-rrido en una falta tienen los siguientes derechos y garantías:

a. A ser informado de manera clara y precisa sobre los hechos que se le

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edad para ingresar a primer grado; la 000004 de 2009, norma el artículo 112 del RLOE; la 0007 de 2010, asignatura quedada, irregular o pendiente; la

007506 de 2010, firma de documentos probatorios de estudios, uso del bolso transparente o de mallas Acuerdo 173 del Consejo Municipal de Dere-chos del niño, niña y adolescente publicada en Gaceta Municipal del mes de Noviembre del año 2012

DERECHOS Y DEBERES DISPOSICIONES GENERALES

Los acuerdos que regulan la convivencia entre todos los colectivos de la comu-nidad educativa y el cabal cumplimiento de nuestra acción pedagógica, son la columna vertebral del funcionamiento institucional.

Entendemos por acuerdos que regulan la convivencia, los que se confor-man, adaptan y asimilan permanentemente por todos los miembros de la co-munidad educativa en aras de dar cabal cumplimiento al proyecto educati-vo de la institución, en concordancia con nuestro ideario educativo, con la Constitución de la República, LOPNNA y la Ley Orgánica de Educación res-pondiendo en todo momento a las necesidades y realidades que le son propias.

El colegio, representado por sus órganos competentes, conjuntamente con los padres, madres, representas o responsables y los y las estudiantes, el personal docente, administrativo y obrero tienen el deber indeclinable de asegurar el cumplimiento del presente acuerdo con resguardo a los principios democráticas que regulan la convivencia de quienes se sienten inmersos en un proceso que les es común. Los integrantes antes mencionados, lo aceptan en todas sus partes, desde el momento en que forman parte de la institución.

El Derecho a la Defensa y al debido proceso forman parte de nuestro marco ins-titucional y legal, en tal sentido; todas las situaciones y asuntos no previstos en el presente acuerdo serán resueltos o decididos por la autoridad a quien corres-ponda, según la naturaleza y circunstancias, de conformidad con lo estableci-do en el ordenamiento jurídico y en las disposiciones fundamentales de este acuerdo; atendiendo siempre el interés superior del niño, niña y adolescente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

DE LOS CONSEJOS EDUCATIVOS

El Consejo Educativo es la instancia ejecutiva y de toma de decisiones colecti-vas de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas en articulación inter e intrainstitucional con otras organizaciones sociales. El Consejo Educativo lo constituyen el personal directivo, docente, padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, trabajadores administrativos y trabajadores obreros y además podrán formar par-te personas naturales y jurídicas vinculadas con la institución. Se rige legalmente por los lineamientos establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Edu-cación en lo que a esta materia se refiere, a través de la Resolución 058.

Sus integrantes están unidos por vínculos de fe, solidaridad y compromiso edu-

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cacional como núcleo generador de auténticas comunidades cristianas.

Coopera participativamente con el logro de los objetivos del proyecto edu-cativo Integral Comunitario del Plantel en concordancia con lo consagra-do en la Ley Orgánica de Educación y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Su actuación será democrática, participativa, protagónica e integradora del proceso educativo que nos es común.

Contribuye materialmente con la programación, conservación y mantenimiento del plantel de acuerdo a sus posibilidades a través de los comité corres-pondientes.

Promueve la participación de las familias, la comunidad y demás insti-tuciones en el proceso educativo de nuestros alumnos y alumnas a través de los diferentes Comités.

Promueve, organiza y participa en actividades científicas, humanísticas, técnicas, culturales, sociales, deportivas y recreativas, dentro de un clima de convivencia con los demás actores del proceso educativo.

El Consejo tendrá los siguientes Comités: Madres, Padres, Representantes y Res-ponsables; Académico; Seguridad y Defensa Integral; Comunicación e Informa-ción; Ambiente, Salud Integral y Alimentación; Educación Física y Deportes; Cultura; Infraestructura y Hábitat Escolar; Estudiantes y Contraloría Social. Po-drán crearse otros Comités, siempre y cuando su conformación sea impar. Funciones del Consejo Educativo las siguientes:

1.-Participar en el diseño de las estrategias que contribuyan con el desarrollo socio productivo a partir del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) en correspondencia con los Proyectos de Aprendizaje (PA). 2.-Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucional mecanismos orientados al fortalecimiento de la gestión escolar, garantizando permanentemente la organización estudiantil en el subsistema de educación básica. 3.-Coordinar acciones que contribuyan con la formación de una conciencia ecológica a fin de preservar, defender la biodiversidad, la socio diversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales. 4.-Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria para la construcción y preservación de una cultura de paz de las instituciones educativas oficiales y privadas, donde todas y todos los responsables y corresponsables de la instancia orgánica escolar deben participar de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes, normativas y presentarlas en Asamblea Escolar del Consejo Educativo para su aprobación. 5.-Aplicar mecanismos de contraloría social en los aspectos curriculares y administrativos, que permitan de manera protagónica, participativa y corresponsable la evaluación de la gestión de planes, programas y proyectos educativos de las instituciones educativas públicas y privadas, en

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actividad especial de despedida del colegio; la misma se realizará durante el tercer lapso del año escolar coincidiendo con la finalización de las activida-des escolares y previo a las pruebas finales de lapso

Reconocimiento público en el acto cívico posterior al consejo de curso, a la sección que durante el lapso obtenga el mejor rendimiento académico promedio.

De la Organización Estudiantil. La Organización Estudiantil se rige por lo dispuesto en la normativa vi-gente del Ministerio del Poder Popular Para la Educación y por el presente Acuer-do. (Resolución 058).

Podrán participar como Voceros del Consejo estudiantil y Comité Estudian-til y delegados o delegadas de curso, todos los y las estudiantes del plantel que en su desempeño:

Cumplan a cabalidad lo establecido en el presente Acuerdo de convivencia Escolar y Comunitario..

Mantengan buen rendimiento académico, con todas sus asignaturas aprobadas.

Observen una conducta coherente con el Ideario Educativo del Centro, ape-gada a las normas de una sana convivencia democrática.

Muestren una actitud de respeto hacia los integrantes de la Comunidad Edu-cativa.

Parágrafo Primero: La elección de voceros y voceras, así como de los miembros del Comité Estudiantil, se realizará conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de Consejo Educativo (RESOLUCION 058). Parágrafo Segundo: Es causa de separación inmediata del cargo en el-Comité Estudiantil y/o cargo como vocero o vcera, el incumplimiento de los estatutos que rigen la materia. Parágrafo Tercero: El incumplimiento de los deberes inherentes al Comité Estudiantil por parte de los electos a esas funciones, podrá ser motivo de referéndum revocatorio solicitado ante la asamblea de delegados por un míni-mo de diez por ciento (10%) del estudiantado. Del incumplimiento a los deberes por parte de los estudiantes La Orientación se realizará con la intención de recuperar la conducta nor-mal del o la estudiante, de tal forma que se beneficie tanto él mismo, como el gobierno escolar. Toda corrección debe promover un cambio de conducta positivo en el o la estudiante. Se entiende por falta, el quebrantamiento de un acuerdo u orden establecido que entorpezca el proceso educativo, ameritando la aplicación de una correc-ción.

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de Educación, Zona Educativa y Municipio Escolar, esta prohibida la organización de caravanas para celebrar culminación de Escolaridad en y desde el Colegio.

oo. Cuando un Estudiante sea inscrito para proseguir sus estudios con acta de compromiso, su Representante asistirá mensualmente conjun-tamente con él a entrevista con el Coordinador, docente guía y el Orientador.

pp. Mantener el buen nombre del Colegio no sólo dentro de sus instalaciones sino más allá de los límites físicos de El Colegio. Aunque El Colegio no se responsabiliza de la conducta de los niños, niñas y adolescentes fuera del mismo, tampoco será diferente con aquellos casos donde la conducta desprestigie la trayectoria de El Colegio o su comunidad.

qq. Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el presente Acuer-do de Convivencia Escolar Comunitaria.

ART. 91 DE LA LOPNNA. Todas las trabajadoras y trabajadores de las escuelas, planteles y centros de Educación, tienen el deber de denunciar los casos de amenaza o violación de derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes de que tengan conocimiento. Antes de proceder a la denuncia, deben informar todo lo que tengan a su disposición sobre el caso al padre, madre, representante o responsable, salvo cuando sean estos los que amenacen o violen los derechos.

Estímulos a los y las estudiantes:

Son aquellos reconocimientos que nuestro centro hace a sus estudiantes cuando sobresalen en el desempeño de sus labores académicas, disciplinarias y actividades de diverso orden, tanto dentro como fuera del plantel. A este respecto, el colegio se obliga a:

Distinguir a los estudiantes que se destaquen por su esfuerzo, colaboración, volun-tad y creatividad mediante:

Diplomas de Reconocimiento u otro presente que cumpla el cometido. Los mismos serán entregados en la conmemoración del Día del Estudiante.

Distinguir con Medalla a todo estudiante que haya estudiado en el Plantel desde Educación Inicial hasta el quinto (5º) año de Educación Media Ge-neral, sin interrupción.

Medalla de honor al mérito a los tres estudiantes que obtenga mayor puntaje de calificaciones durante su permanencia en Educación Media General.

Trofeo, medalla o diploma a los y las estudiantes que sobresalgan en las competencias deportivas.

Reconocimiento especial y oportuno a los y las estudiantes que de-muestren un espíritu de superación, evidenciado en el mejoramiento de su conducta o de su rendimiento académico, con observancia a la opinión del docente de aula en inicial y educación primaria, y del consejo de curso respectivo en Educación Media General.

Reconocimiento por rendimiento académico al bachiller más destacado de su promoción, como el responsable de dirigir el discurso en representa-ción de sus compañeros en el acto de graduación.

Los y las estudiantes de quinto año de Educación Media General tendrán la oportunidad de programar, conjuntamente con sus docentes asesores, una

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correspondencia con el Proyecto Nacional Simón Bolívar y la política pública del Estado. 6.-Promover una cultura para el conocimiento, comprensión, uso, análisis crítico y reflexivo de contenidos de los medios de comunicación social, públicos, privados y alternativos, para el fortalecimiento de una convivencia ciudadana y una cultura de paz, territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la conformación y activación de un órgano constitutivo de usuarias y usuarios, haciendo uso de los recursos que dispone el Estado para contraloría Social. 7.-Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia social y activadora delo deber transformador de cada instancia de trabajo. 8.-Sistematizar, socializar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9.-Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las instituciones educativas oficiales y privadas, viabilizando los procesos para la toma de decisiones y su seguimiento y control en colectivo sobre los asuntos de la gestión escolar. 10.-Desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de forma integrada, la formación permanente en las políticas educativas y en la temáticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y tecnologías de la información libre en el marco de la gestión educativa. 11.-Contribuir con la gestión escolar, en cuanto a la calidad de los servicios educativos que prestan las instituciones educacionales oficiales y privadas, generando mecanismos de relación y articulación intra e interinstitucional con los entes gubernamentales, comunitarios y demás empresas públicas, de acuerdo con sus características y en correspondencia con las políticas intersectoriales del Estado y los planes generales de desarrollo local, regional y nacional. 12.-Impulsar la materialización de los planes, programas y proyectos comunitarios que viabilicen el proceso educativo y formativo de todas y todos los actores claves. 13.-Apoyar la construcción de estrategias, organización y funcionamiento del servicio alimenticio y nutricional, tales como el Programa de Alimentación Escolar (PAE) para la consolidación de la soberanía y seguridad agroalimentaria, a través de los planes, programas y proyectos que respondan a la política pública del Estado. 14.-Desarrollar acciones contundentes al mantenimiento y conservación de la planta física, bienes muebles e inmuebles, seguridad de las instalaciones y ambientes de la institución educativa. 15.-Coordinar esfuerzos entre las y los colectivos para asegurar en el ámbito escolar, familiar, comunitario y otras instituciones de carácter social, la educación en valores éticos, humanistas sociales, democráticos y los derechos humanos de acuerdo a lo establecido en el Plan Socioeconómico Nacional y las leyes promulgadas. 16.-Organizar actividades recreativas, culturales, deportivas, educativas en

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las instituciones y comunidades que exalten, fortalezcan y afiancen los valores patrios, la interculturalidad, identidad, diversidad socio cultural, biodiversidad y socio diversidad, sentido de pertenencia y pertinencia geo-histórica y otros elementos constitutivos en la venezolanidad, con visión caribeña, latinoamericana y mundial. 17.-Realizar actividades que contribuyan al desarrollo y defensa del derecho a una educación gratuita, obligatoria, integral, liberadora, transformadora, bolivariana y de calidad para todas y todos, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación étnica cultural, color, sexo, creencias, cultu-ra u otra que limite el ejercicio de sus deberes y derechos. 18.-Ejecutar acciones de carácter pedagógico administrativo que se desarrollan en las instituciones educativas, a los fines de contribuir a la eficiencia y efica-cia de la gestión escolar. 19.-Presentar trimestralmente ante la Asamblea Escolar, el informe de los avances y resultados de la gestión escolar. Del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables.

Definición. El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmar-cadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos valores co-mo el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado. (Resolución 058, Gaceta Oficial Nº 40029). El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está conformado por las vocerías de las Madres, Padres, Representantes y Responsables, como también por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela, recono-ciendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y corres-ponsable en los procesos de aprendizaje y desarrollo de sus hijas e hijos. Funciones. Son funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables: (Resolución 058, Artículo 7 del Consejo Educativo.)

1.-Asistir a las asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus deci-siones. 2.-Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, econó-micas culturales, artísticas, deportivas, y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado. 3.-Participar en la construcción, ejecución, control seguimiento y eva-luación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC). 4.-Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, manteni-miento y recuperación de los bienes muebles e inmuebles e infraestruc-tura de las instituciones educativas. 5.-Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de ense-

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tración. Todos los artículos no reclamados por su propietario al fina-lizar el año escolar serán donados en labor social.

ff. Abstenerse de traer a la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves”, cualquier material impreso o cualquier forma de comunica-ción que causen terror, inciten a la violencia, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje o atenten contra la moral y las buenas costumbres.

gg. Queda terminantemente prohibido traer CARTAS para juegos de envite y azar al Colegio, el estudiante que infrinja este literal será referido al Consejo de Protección a los fines de canalizar conjuntamente con su representante ese hábito.

hh. No está permitido grabar con cámaras o celulares dentro de las insta-laciones de El Colegio. Únicamente se autorizará cuando se trate de actividades de tipo cultural o exposiciones. Cuando la filmación for-me parte de la documentación de alguna actividad debe solicitar au-torización a la Coordinación que le compete.

ii. Las aulas, el área de Educación Física, los laboratorios, la biblioteca y demás dependencias administrativas no podrán ser utilizados para ingerir alimentos y bebidas Sólo debe hacerse en los patios de re-creo del Colegio y en las áreas de la cantina. No se permite masticar o llevar goma de mascar o chupetas en las áreas del Colegio..

jj. Los estudiantes de Educación Media General no deben interferir con su presencia en las áreas destinadas al funcionamiento de Educación Inicial y Educación Primaria ni en las actividades que desempeñen en áreas comunes. Tampoco deben hacer uso de sus dependencias y juegos. Serán aplicados correctivos a aquellos que no cumplan estos acuerdos.

kk. Durante los recesos, todos los niños, niñas y adolescentes permane-cerán en su correspondiente patio de recreo asignado. Los niños, niñas y adolescentes de Primaria y Educación Media General no podrán pasar a las áreas de recreo de Educación Inicial ni perturbar ninguna actividad que otros cursos estén realizando.

ll. En el salón de clases el niño, niña y adolescente se comportara con pro-piedad, prestando atención a las explicaciones de los profesores y ajus-tándose a los acuerdos disciplinarios de El Colegio. Igualmente conser-varan el orden y aseo de las aulas, baños, patios y otras áreas del Colegio (haciendo uso regular de las papeleras), para el mantenimiento de un am-biente sano.

mm. Abstenerse de realizar juegos agresivos y bruscos y expresarse con gritos que interrumpan el normal desenvolvimiento de las actividades escola-res.

nn. La Institución se une a la campaña del Ministerio del Poder Popular la Salud con relación al consumo de cigarrillo, tabaco u otras sustancias nocivas para la Salud, por lo tanto declaramos estos espacios LIBRES DE HUMO.

ñ.ñ. En atención a Circular 42 e instructivo N° 02 emanadas del Ministerio

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escrito (y cualquier otro documento que considere pertinente) en un plazo de tres (3) días hábiles.

y. En caso que el niño, niña o adolescente tenga algún impedimento para cumplir las actividades de Educación Física, deberá presentar el justi-ficativo médico correspondiente expedido por algún organismo ofi-cial donde se especifique el tipo de impedimento, su duración y acti-vidad de la cual se le exceptúa. Este deberá permanecer en el lugar donde se realice la actividad de la asignatura.

z. Las inasistencias reiteradas son causas de pérdida del año escolar, (Art 109 RGLOE) por lo tanto, no se otorgarán permisos ni se justificarán inasistencias a las actividades académicas ni a evaluaciones a los ni-ños, niñas o adolescentes en fechas previas o después a: feriados o vacaciones (tales como diciembre, carnaval, semana santa, julio); ni cuando sus representantes o responsables tengan que viajar. Cuando los padres y Representantes necesiten ausentarse por motivos ajenos al estudiante, impidiendo el derecho al estudio, deberá solicitar el permiso reglamentario ante el Consejo de Protección de Niños, ni-ñas, jóvenes y adolescentes Municipal.

aa. Los niños, niñas y adolescentes deberán cuidar y mantener en buen estado las instalaciones, mobiliarios, material y los equipos de aulas, laboratorios, biblioteca, salón de audiovisuales del Colegio.

bb. El niño, niña y adolescente establecerán conjuntamente con sus do-centes acuerdos sobre el uso de los laboratorios, biblioteca, salón de audiovisuales, y de los materiales, equipos y mobiliario que estos disponen siendo responsables de su cumplimiento.

cc. Los estudiantes de Educación Inicial tienen prohibido el portar teléfo-nos celulares o cualquier artefacto electrónico. Para los estudiantes de Educación Primaria y Media General, quedará bajo la responsabi-lidad del niño, niña o adolescente conjuntamente con sus padres y representantes el uso y tenencia del mismo, queda prohibido el uso en el horario de actividades académicas. Este debe mantenerlo apaga-do dentro de las aulas de clase, biblioteca , laboratorios, pasillos y patio central del área académica, de lo contrario el docente tendrá derecho a decomisárselo al niño, niña o adolescente y entregarlo en la coordinación correspondiente. Entiéndase por uso no solo el hablar por el teléfono sino también manipularlo para cualquier otra función.

dd. Los niños, niñas y adolescentes no podrán traer al Colegio: joyas u objetos de valor, juguetes, cualquier equipo de sonido ( radios, ipod, mp3), cualquier equipo electrónico, computadores portátiles, cámaras filmadoras o fotográficas, cantidades de dinero que excedan de lo que normalmente se acostumbra para la cantina o gastos de transporte, armas o explosivos, revistas pornográficas o que contengan fotos o artículos contrarios a la moral y las buenas costumbres. El Colegio no se hace responsable de los objetos perdidos.

ee. Todo objeto extraviado deberá ser reclamado por su propietario. Estos serán remitido de carácter inmediato a la Coordinación académica. Al culminar cada lapso estos pasarán a depósito a cargo de la Adminis-

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ñanza- aprendizaje de las niñas, niños y adolescentes, jóvenes, partici-pando en la elaboración y ejecución de los planes de acción. 6.-Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión es-colar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

Del Comité Académico.

Definición. El Comité Académico es la instancia que contribuye a la forma-ción permanente e integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialida-des para aprender y propicia la construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la actualización, el mejoramiento y el desarrollo

profesional de quienes lo integran.

El Comité Académico está formado por las vocerías del Colectivo de Forma-ción e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras y trabajadores ad-ministrativos, directivas, directivos, docentes, obreras y obreros.

Funciones .Son funciones del Comité Académico las siguientes.

1.-Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsa-bles corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos pedagógicos, ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos, so-cio-productivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación e innovación, tecnológico, experiencias y saberes originarios con el fin de ge-nerar una nueva ciudadanía con responsabilidad social y soberanía cognitiva, que coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social, consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la identidad nacional con visión latinoamericana y caribeña.

2.- Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimientos y desempeño de las y los responsables de la formación de ciudadanas y ciuda-danos. 3.-Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la planificación y ejecución de la evaluación de desempeño de las y los responsables de la gestión escolar. 4.-Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y nacional en el marco del enfoque geo-histórico. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la gestión escolar. 5.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 6.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.

Del Comité de Comunicación e Información.

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 18

Definición. Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referida a las variables escolares, mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos y comunitarios. El Comité de Comunicación e Información está conformado por las vocerías de estu-diantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras y trabajadores ad-ministrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular. Funciones .Son funciones del Comité de Comunicación e Información: 1.-Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos, radiales, y audiovisuales) en la institución educativa y en la comunidad. 2.-Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar, organizar y orientar la gestión escolar. 3.-Participar en la creación y organización de un sistema de comunica-ción institucional, comunitario y alternativo, así como en la conforma-ción del comité de usuarias y usuarios para promover y defender los de-rechos e intereses comunicacionales de las niñas, los niños, adolescen-tes. 4.-Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco de vivir bien. 5.-Impulsar la formación de los Comités de usuarias y usuarios volunta-rios con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los men-sajes trasmitidos a través de los medios de comunicación social. 6.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión ante la Asam-blea Escolar.

Del Comité de Seguridad y Defensa Integral.

Definición. Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la respon-sabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, re-flexión y participación, entre otros. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.

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acordada según lo pautado en la planificación y contratos de Evalua-ción.

i. Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarro-llar todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, trabajos y materiales exigidos por los y las docentes.

j. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares.

k. El niño, niña o adolescente que adquiere la responsabilidad de inte-grarse a una de las comisiones de trabajo deberá cumplir con este compromiso.

l. El niño, niña y adolescente debe informar a su representante y hacerlo firmar el Plan de evaluación del grado que cursa y/o asignatura a fin de que este contribuya con el cumplimiento del mismo.

m. Hacer entrega a sus representantes de convocatorias, invitaciones y circulares que emita la dirección de El Colegio, la Coordinación académica, Administración o cualquier departamento de El Colegio.

n. Las decisiones y orientaciones emanadas por el personal directivo, docente y demás autoridades de El Colegio, deben ser acatadas por los niños, niñas, jóvenes y adolescentes , siempre que no coliden con sus derechos .

o. Dar trato respetuoso a todos y cada uno de los miembros del Colegio. p. Los niños, niñas y adolescentes deberán utilizar un lenguaje oral y escrito

adecuado, de acuerdo con su edad , la moral y las buenas costumbres, así mismo evitar las relaciones de parejas que excedan las normas propias del contexto educativo.

q. Los niños, niñas y adolescentes deberán retirarse del aula durante los recesos, salvo autorización expresa del docente o personal directi-

vo. r. Evitar formar grupos bulliciosos en las puertas y ventanas de las au-

las, oficinas y pasillos del Colegio. s. Los niños, niñas y adolescentes no deben permanecer en pasillos y

corredores mientras se desarrollen las actividades de clase. t. Permanecer dentro de El Colegio, hasta el momento en que finalicen

las actividades escolares o extracátedras. u. Los niños, niñas y adolescentes deberán retirarse del Colegio una vez

que finalicen las clases de acuerdo al horario de cada curso, actividad extracurricular o especial y no asistir al Colegio cuando no hayan acti-vidades que realizar, asumiendo a cabalidad los acuerdos del Colegio.

v. No se debe deambular por las calles, avenidas y Centros Comerciales con el uniforme del Colegio fuera del horario de clases.

w. Los niños, niñas y adolescentes conservaran en todo momento, dentro o fuera del Colegio, una actitud de orden, respeto, urbanidad y de-cencia. Respetando la propiedad privada y pública.

x. Las inasistencias del niño, niña o adolescente por motivo de enferme-dad deberán ser justificadas por su representante o responsable por

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 56

personal, velando por sus intereses y derechos, podrá recomendar a su Representante, un cambio de ambiente escolar. (Cfr. Resolución 1762,09/10/1996).

o. Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídi-co y el presente Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria.

Responsabilidades y Deberes.

Todos los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves” tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:

a. Todos los contemplados en la Ley Orgánica para la Protección de Ni-ños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) en su Artículo 93.

b. Conocer y acatar el presente acuerdo de convivencia escolar comunitaria tendiendo a una autodisciplina de manera que el comportamiento no dependa de mecanismos represivos sino de las convicciones personales.

c. Asistir diaria y puntualmente a clases, provistos por sus representantes de los útiles necesarios y de los materiales que indiquen los docentes de acuerdo a cada asignatura. En casos de retardos solo se justifica-ran con pase especial tres ingresos fuera del horario durante el lapso, cubierta esta posibilidad se citara al representante y se le hará firmar un compromiso para que su representado cumpla con la puntualidad el resto del lapso. De reincidir en el retardo se pasara el caso A LA DEFENSORIA EDUCATIVA.

Cuando un estudiante se ausente de su aula sin autorización, se llamara a su representante y no podrá asistir a ninguna clase de ese día, en caso de tratarse de las últimas horas no entrara al día siguiente a clases si no asiste con su Representante.

Cuando un estudiante necesite ausentarse del Colegio por moti-vos especiales, su representante debe solicitar el permiso regla-mentario ante las coordinaciones respectivas.

d. Usar diariamente el respectivo uniforme, en completo orden y pulcri-tud; tanto en el salón de clases como en las diferentes áreas dentro de El Colegio y en general, para todas las actividades regulares y extra-curriculares. Su no cumplimiento acarreara la retención del estudian-te en la Biblioteca hasta que se corrija la irregularidad.

e. Mantener una buena apariencia personal. Queda prohibido el uso de pearcing, tatuajes, cortes y color de cabello extravagante, Barba y patillas largas así como gorras, suéter , lentes oscuros (de sol), zarcillos, pulseras y/o collares que distorsionen el uniforme esco-lar.

f. Los niños y adolescentes deben usar el cabello con corte clásico de caba-llero.

g. Participar en las actividades de inicio de clases: acto de formación, cantar el Himno Nacional, participar en los lunes y viernes cívicos por sección y otros actos de carácter Cívico-Patriótico que la ocasión amerita. La no asistencia a las actividades Cívicas los días lunes y viernes, ocasiona la perdida del día de clases.

h. Las tareas encomendadas por el docente deben entregarse en la fecha

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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Funciones. Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral las siguientes:

1.-Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articu-lan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contra-rrestar cualquier expresión de violencia en la escuela y su entorno.

2.-Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educa-tivo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección inte-gral frente a situaciones que constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes.

3.-Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional Boliva-riana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Trán-sito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, oficina Nacional An-tidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana, entre otros.

4.-Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de se-guridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las ni-ñas, los niños, adolescentes, y la protección de las instituciones educati-vas.

5.-Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situa-ciones de emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos.

6.-Realizar inventario de los daños causados en las instituciones educa-tivas correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realida-des evidenciadas.

7.-Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribu-yan a la formación permanente e integral de las niñas, los niños, adoles-centes, de las instituciones educativas y comunidades.

8.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y na-cional.

9.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 20

Del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral.

Definición. Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por valores de fraternidad, respon-sabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad. Está conformado por las madres, padres, representan-tes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y tra-bajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunita-rias, entre otros.

Funciones. Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral las siguientes:

1.-Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad.

2.-Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, ni-ños, y adolescentes con articulación intra e interinstitucional con Barrio Adentro, Comités de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros.

3.-Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativa-mente en el sistema alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente.

4.-Garantizar la salud integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servi-cio alimentario de las instituciones educativas.

5.-Promover una educación en salud preventiva no solo con el uso de la medicina convencional, sino también con la medicina alternativa, como parte de los saberes populares y ancestrales en lo local, regional y na-cional.

6.-Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía na-cional.

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 54 Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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7.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

8.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

Del Comité de Deportes y Educación Física. Definición. Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los dere-chos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y pro-tección del ambiente. Está conformado por las madres, padres, represen-tantes, y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organi-zaciones comunitarias, entre otros. Funciones. Son funciones del Comité de Deportes y Educación Física las siguientes:

1.-Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones educativas.

2.-Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educa-tiva en general y la comunidad circundante.

3.-Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física median-te planes proyectos y programas propuestos por las organizaciones co-munitarias y las instituciones del Estado.

4.-Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilida-des deportivas en las diferentes disciplinas.

5.-Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en las instituciones educativas.

6.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos: local, municipal, regional y nacional.

7.-Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes y la educación física.

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 22

8.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

Del Comité de Cultura.

Definición. Es la instancia responsable de organizar, orientar e impul-sar el reconocimiento de las culturas a través de actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y centros educativos, pro-moviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la política de la inclusión vinculadas a la gestión escolar. Está conformado por las madres, padres, representantes, y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores adminis-trativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.

Funciones. Son funciones del Comité de Cultura las siguientes:

1.-Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando co-lectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradi-ciones y luchas nacionales libertarias.

2.-Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribu-yan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comuni-taria.

3.-Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de re-des escolares y culturales en cada instancia de organización y partici-pación comunitaria.

4.-Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la comuni-dad educativa en la gestión escolar.

5.-Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integra-dores del proceso curricular.

6.-Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulan-do con las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a ni-vel local, regional y nacional.

7.-Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estu-diantes, directivos , docentes, padres, madres, responsables, represen-tantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afro-venezolanas, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, cono-cimientos y organización social que constituyen los valores de la Na-ción.

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jurídico y el presente Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria (salvo durante el tiempo que hayan sido aplicado el correctivo de re-tiro) .El Colegio, después de haber evaluado la escolaridad de las/os

Estudiantes y la actitud frente a su proceso de crecimiento y madurez

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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8.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la ges-tión escolar en los ámbitos: local, municipal, regional y nacional.

9.-Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalida-des, a la práctica sistemática de actividades culturales.

10.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activi-dades ante la Asamblea Escolar.

Del Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar.

Definición. Es la instancia organizativa encargada de gestionar, pro-mover, planificar y evaluar las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilita-ción, dotación y preservación de los bienes nacionales y la planta físi-ca escolar. El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar está con-formado por vocerías de las madres, padres, representantes, y respon-sables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.

Funciones. Son funciones del Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar las siguientes:

1.-Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los si-guientes aspectos: Ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.

2.-Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas en fun-ción de generar las posibles alternativas de solución.

3.-Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta físi-ca escolar.

4.-Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el manteni-miento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobi-liarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Así mismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la in-fraestructura escolar.

5.-Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizaciones comunitarias, actividades de promo-

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 24

ción y prevención en el marco de la gestión integral de riesgo y de desastres.

6.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

7.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

Del Comité de Contraloría Social.

Definición. Es la instancia del Consejo Educativo encargada de la pre-vención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evalua-ción de la gestión escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la, protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar. El Comité de Contraloría Social está conformado por las vocerías de los distintos Comité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de las organizaciones comunitarias.

Funciones. Son funciones del Comité de Contraloría Social las siguien-tes:

1.-Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la ges-tión escolar de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.

2.-Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los inte-grantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comité que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.

3.-Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su cumplimiento.

4.-Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los pro-cesos pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los hora-rios académicos, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas.

5.-Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funciona-miento de los bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas; así como los procesos relacionados con el

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(Cfr. LOPNNA Art.55). participando activa y efectivamente en la organización, promoción y realización de actividades de formación académica y difusión artística, cultural, actos cívicos conmemorati-vos, deportivos y recreacionales y en otras actividades programadas conjuntamente con la comunidad que beneficien y propicien las rela-ciones de El Colegio con su medio circundante. Así como, Tener ac-ceso y ser informados oportunamente, de los acuerdos y normas de convivencia escolar y comunitaria. (Cfr. LOPNNA Art.57 )

d. A ser evaluado apropiadamente, a recibir de sus docentes las pruebas, tareas y otras asignaciones, previamente corregidos, para su revisión y a solicitar la reconsideración de las actividades de evaluación, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y el pre-sente Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria. Solicitar infor-mes periódicos de evaluación acerca de su actuación general. recibir la información del Rendimiento Académico, una vez que culmine cada lapso de estudios. Solicitar la reconsideración de los resultados de las actividades de evaluación dentro de los lapsos establecidos y ante las instancias correspondientes. Así mismo, recibir trimestral-mente un boletín informativo de desempeño de los estudiantes en las diferentes áreas de desarrollo humano y asignaturas académicas, el cual será analizado en conjunto con su profesor guía.

f. Ser escuchados en caso de reclamos y peticiones. g. A recibir atención educativa integral durante los días hábiles estableci-

dos por el Ministerio del Poder Popular para la Educación. h. Garantizar que el personal cumpla con sus deberes profesionales:

capacitación en servicio, orientación, puntualidad, preparación de clases y actividades complementarias, evaluación de procesos, así como la explicación oportuna y correcta sobre las asignacio-nes y procesos de investigación.

i. A no ser interrumpidos en su horario de clases por agentes externos (personas ajenas al Colegio, llamadas a teléfonos celulares de docen-tes, estudiantes u otros), que puedan perjudicar el proceso enseñanza-aprendizaje.

j. A conocer oportunamente las decisiones justas y objetivas de carácter valo-rativo con respecto a su disciplina y rendimiento académico.

k. A opinar sobre los problemas de la Comunidad Educativa, enunciando críticas positivas, siguiendo los canales regulares de comunicación en forma respetuosa y cortés.

l. . Promover y formar parte de Centros, Comités y otras Organizaciones, Estudiantiles que deseen, debiendo cumplir con eficiencia y responsabi-lidad, as funciones y actividades que se planifiquen

m. Defender sus derechos y cumplir con sus deberes. Recibir y exigir de sus compañeras/os un comportamiento acorde con los objetivos y fines del Plantel.

n. Mantener su inscripción en la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Se-ñora de las Nieves”, siempre que cumplan tanto él como su represen-tante con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 50

- Debajo de las franelas (de uso diario o de deporte) sólo podrán portar frane-

las totalmente blancas sin cuello manga corta o franelilla totalmente blanca.

En los días de deporte se exigirá el uso del uniforme reglamentario deporti-

vo, los restantes días el uniforme de diario.

En el área de la biblioteca el alumno debe portar debidamente el uniforme

respectivo.

Parágrafo Primero: La falda será de tachones encontrados cuyo largo llegará a la rodilla y su medida será desde la altura de la cintura. La camisa se usará por dentro. Las medias serán de tipo escolar y ten-drán una altura de al menos 5 cms sobre los tobillos. El pantalón será de gabardina sin ajustarse mucho al cuerpo, para que permita la libertad de sentarse y agacharse, sin bolsillos externos. Con trabillas y correa. Parágrafo Segundo: La asistencia a las actividades académicas serán con el traje escolar reglamentario de diario limpio. Para actividades es-peciales se informará el traje escolar a utilizar Parágrafo Tercero: Sólo puede portarse el traje para Educación Física el día que corresponda dicha materia en el horario del alumno y en aquellas ocasiones en las cuales lo establezca la Dirección. Sólo puede portarse el traje para Instrucción Premilitar en las actividades propias de la asigna-tura que así lo requieran, se interpreta así que no se permitirá el ingreso al aula sin el traje escolar reglamentario de diario.

De Los Derechos, Garantías, Deberes y Responsabilidades de Los Niños, Niñas y Adolescentes Derechos y Garantías Se reconoce a todos los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves”, los derechos y las garantías esta-blecidos en la LOPNNA y los que se enuncian a continuación: a. Contar con las oportunidades y servicios educativos que les conduzcan

a una formación integral de acuerdo a los ideales de la Constitución Bolivariana, Ley Orgánica de Educación , Ley Orgánica de Protec-ción de Niños, Niñas y Adolescentes, Derechos Universales, en con-diciones de libertad y dignidad, de tal forma que puedan desarrollar su personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de respon-sabilidad personal y de solidaridad social, así como los de la fundadora de Nuestra Congregación.

b. Garantizar el debido respeto hacia los niños, niñas y adolescentes por parte de docentes, compañeros de clase, personal directivo, adminis-trativo y de mantenimiento, haciendo respetar sus derechos con el cumplimiento de sus deberes (artículo 55 de la LOPNNA).

c. Ser informados y participar activamente en su proceso educativo.

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servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distri-bución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú sumi-nistrado y contratación de los servicios, entre otros.

6.-Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pe-dagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas.

7.-Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

8.-Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las activida-des ante la Asamblea Escolar.

PERSONAL DIRECTIVO: Director y Subdirector

Funciones que cumple el Director o Directora son: PLANIFICAR

a. Procesa todo lo concerniente a lineamientos de las políticas educativas ema-nadas de los organismos superiores: Ministerio del Poder Popular para la Educación, Zona Educativa, Municipio Escolar.

b. Formula el diagnóstico real de la Institución que incluye todos los ele-mentos del proceso enseñanza-aprendizaje.

c. Determina los objetivos, metas y estrategias que han de orientar la elabo-ración del plan anual de la institución.

d. Promueve actividades que han de servir de refuerzo al proceso de ense-ñanza-aprendizaje.

e. Realiza el Proyecto Educativo Integral Comunitario de la Institución junto con el equipo técnico docente y los comités del Consejo Educativo.

f. Diagnóstica y evalúa conjuntamente con sus asesores los problemas y prioridades de la Institución.

g. Planifica jornadas de motivación e información con los docentes a fin de dar a conocer y analizar documentos en materia educativa, según nivel y área.

h. Presenta al consejo general de docentes los diversos lineamientos que han de servir de base para la elaboración de los diferentes Planes.

i. Controla rigurosamente la inversión de partida de gastos generales.

ORGANIZAR

a. Elabora junto con su equipo asesor, la estructura organizativa del plantel y establece las distintas funciones inherentes a cada cargo.

b. Define junto a su equipo asesor las diversas líneas de mando y las responsa-bilidades del personal adscrito, de acuerdo a las denominaciones de cargo.

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 26

c. Selecciona junto con su personal técnico asesor, diversos lineamientos para la elaboración de los acuerdos de convivencia.

d. Elabora junto con su equipo asesor, la estructura organizativa del plantel y establece las distintas funciones inherentes a cada cargo.

e. Estructura junto con su personal técnico asesor las comisiones necesarias para el desarrollo de las actividades de la institución

f. Propicia un ambiente acorde en la institución. g. Evita el deterioro de la planta física mediante un continuo y permanente

mantenimiento. h. Adquiere y conserva el equipo y mobiliario escolar. i. Conserva en las mejores condiciones de aseo y presentación el equipo y mo-

biliario disponible. j. Constituye comisión para la elaboración de horarios, dando lineamientos

generales k. Lleva el archivo actualizado del historial de cada docente ADMINISTRAR PERSONAL

a. Selecciona conjuntamente con su equipo asesor lo relativo a la contratación del Personal docente, administrativo y obrero.

b. Vela por el ejercicio pedagógico de su personal en la institución. c. Logra la máxima colaboración del personal a su cargo para el éxito de la

Institución. d. Orienta al personal docente y administrativo en cuanto a normas de conduc-

ta y ética profesional. e. Fomenta en el personal actividades extra cátedra. f. Propicia la actualización a los docentes en lo profesional y personal. g. Elabora un registro de necesidades de adiestramiento del personal. h. Selecciona el personal que requiere capacitación i. Somete a consideración del consejo técnico asesor, los nombramientos de

Coordinadores, Jefes de Departamento y Docentes Guías. j. Nombra al equipo evaluador del personal docente, anual, y revisa junto al

Consejo Técnico Asesor los resultados de dicha evaluación. DIRIGIR

a. Coordina el desarrollo de las programaciones de las diferentes unidades para el logro de los objetivos planteados.

b. Dirige el trabajo del personal a su cargo. c. Dirige la planificación formulada por cada una de las unidades del plantel. d. Establece mecanismos necesarios para la relación escuela-comunidad. e. Coordina los distintos actos para la integración escuela-comunidad. f. Efectúa reuniones con el personal a objeto de asesorarlo en el cumplimiento

de sus funciones. g. Establece contactos con padres y representantes que presenten problemas

económicos a fin de proponer solución. h. Tramita la correspondencia y recaudos administrativos. i. Promueve actividades que han de servir de refuerzo al proceso de enseñanza

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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Camisa, manga corta, color azul celeste o beige según el año con distintivo

cosido o impreso al lado superior izquierdo a la altura del corazón.

Pantalón azul oscuro de gabardina o poliéster, Corte clásico.

Correa totalmente negra (no se permite el uso de tirantes)

Medias escolares blancas

Zapatos escolares negros según decreto (tacones bajos y cerrados)

Para todos los niveles.-

Suéter azul oscuro, con botones o cierre delantero que permita visualizar el

uso de la camisa, sin ningún lema, paisaje o distintivo al menos que sea el

del Colegio. Cualquier otro suéter que no sea del color descrito será reteni-

do y entregado posteriormente al representante con la firma de compromi-

so de no traerlo más.

Para Educación física:

Franela blanca , con el distintivo cosido o estampado al lado superior iz-

quierdo, a la altura del corazón

Mono deportivo negro, liso y sin rayas.

Zapatos para hacer deportes colores blanco o negro. (no estampados)

Para instrucción premilitar:

Para las concentraciones planificadas con el objetivo de desarrollar las

prácticas en los lugares adyacentes al plantel el uniforme debe ser:

Pantalón Jean Azul

Franela blanca de premilitar

Zapatos negros

Medias blancas

Gorra de premilitar

Sobre el porte del uniforme escolar

El alumno llevará el uniforme escolar con orden y respeto teniendo en cuenta

que:

- No llevará otro emblema, distintivo o sello que no sea el del Colegio.

- El uniforme deberá estar limpio en su totalidad.

- El suéter no se llevará amarado ni en el cuello, ni en la cintura.

- Las franelas del uniforme de uso diario, al igual que las de deporte, irán

por dentro del pantalón de uso diario o del mono de deporte.

- No se permitirá el uso de bolsos, carteras, morrales, koalas o canguros

(amarrados en la cintura).

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 48

El educando debe ser un agente de cambio permanente, imagen del joven

cristiano del siglo XXI, con una sólida formación integral que le permita ser una persona que esgrime entre sus características el ser:

Social y emocionalmente estable.

Comprometido o comprometida con su comunidad.

Constructor o constructora de su propio desarrollo.

Crítico, crítica, creativo, creativa y responsable.

Consustanciado o consustanciada con valores cristianos, éticos y mora-les.

Del Horario

Educación Inicial: 7:30 am a 11:30 a.m.

Primaria: 7:00 am. A 12:00 m.

Media General: 6:50 am a 1:15 p.m. Parágrafo Primero: Para el cumplimiento del presente horario se reco-mienda llegar entre 10 y 15 minutos antes de la hora establecida. Parágrafo Segundo: Habrá dos días a la semana para realizar el Acto Cívico, de cumplimiento para todo el Estudiantado y Personal Docente. Acuerdos que rigen el uniforme escolar según Decreto Ministerial Nº

1.130 son las siguientes

Para uso diario:

Inicial.-

Franela con cuello, manga corta, color blanca con distintivo cosido o im-

preso al lado superior izquierdo a la altura del corazón

Pantalón azul oscuro de gabardina o poliéster, Corte clásico, Correa total-

mente negra (no se permite el uso de tirantes)

Mono deportivo negro, liso y sin rayas.

Medias escolares blancas

Zapatos escolares negros según decreto (tacones bajos y cerrados)

Primaria.-

Camisa, manga corta, color blanca con distintivo cosido o impreso al lado

superior izquierdo a la altura del corazón.

Falda Azul de tachones para las hembras de los grados 2°, 3°,4°, 5° y 6°

Pantalón azul oscuro de gabardina o poliéster, Corte clásico 1° grado varo-

nes y hembras

Correa totalmente negra (no se permite el uso de tirantes)

Medias escolares blancas

Zapatos escolares negros según decreto (tacones bajos y cerrados)

Bachillerato.-

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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27

-aprendizaje. j. Responde ante las autoridades competentes del funcionamiento técnico-

docente y administrativo del plantel. k. Propicia y fomenta la investigación pedagógica junto con el personal técni-

co asesor.

CONTROLAR

a. Establece los mecanismos necesarios para el control y supervisión de su misión educativa en la Institución.

b. Compara los resultados obtenidos y metas propuestas en el plan anual. c. Sugiere cualquier acción correctiva a que hubiere lugar. d. Ajusta la programación anual a la luz de los resultados obtenidos durante la

aplicación del proceso enseñanza-aprendizaje. e. Hace cumplir los planes de evaluación y seguimiento del personal adscrito

al plantel. f. Vela por el mantenimiento del plantel. g. Supervisa la planificación, desarrollo y evaluación del proceso de enseñanza

-aprendizaje. h. Instruye expedientes y establece los correctivos del personal. i. Lleva control de la asistencia del personal. j. Supervisa el trabajo de la subdirectora. k. Revisa el trabajo encomendado a cada una de las comisiones

Funciones del Subdirector o Subdirectora. PLANIFICAR

a. Procesa los lineamientos en materia de política y educativa emanados de la Dirección y el Consejo Directivo

b. Prevé conjuntamente con la Dirección, el presupuesto para solventar necesi-dades del plantel.

c. Elabora el plan anual de la subdirección conjuntamente con el consejo direc-tivo y los coordinadores de departamentos.

d. Elabora y actualiza el manual de procedimientos administrativos del plantel. e. Jerarquiza las actividades en el plan anual o trimestral. f. Formula un diagnóstico de la institución relacionado con el proceso adminis-

trativo del plantel. g. Elabora inventario

ORGANIZAR a. Integra y participa en la comisión designada por el Director o Directora para la elaboración del Acuerdo de Convivencia.

b. Programa conjuntamente con el Director o Directora y el personal designa-do el horario escolar.

c. Convoca a los docentes y coordinadores de asignatura y preside las reunio-nes

d. Entrega a los docentes y Coordinadores de asignaturas, lineamientos y

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 28

orientaciones referidos a la operacionalidad de los programas instrucciona-les.

ADMINISTRAR PERSONAL

a. Sirve de organismo asesor a la dirección del plantel en todo lo relacionado con la formación y capacitación profesional

b. Contribuye a satisfacer las necesidades laborales del personal a su cargo, ante la Dirección del plantel.

c. Presenta al Director o Directora la organización de la carga horaria, horas por creación, conversión de secciones, y horas requeridas.

d. Gestiona ante la dirección, las proposiciones de ingresos, jubilaciones, re-mociones y otro tipo de movimiento de personal a su cargo.

e. Fomenta la participación del personal en cursos de capacitación profesional. f. Como parte del Consejo Técnico Asesor, revisa, junto al director, el desem-

peño anual de los docentes para establecer las acciones correspondientes.

DIRIGIR a. Coordina el desarrollo de la programación de las diferentes unidades, even-

tos especiales (Juegos Intercursos, Canción Mariana, otros.), dependencias bajo su cargo, para el logro de los objetivos trazados

b. Dirige la planificación anual y trimestral de la subdirección. c. Coordina las actividades tendentes al logro de los objetivos establecidos en

la planificación anual de cada departamento a su cargo. d. Revisa y aplica la normativa legal vigente en los procesos de administración

escolar. e. Da continuidad a las disposiciones emanadas del consejo directivo y las

cumple conjuntamente con las dependencias a su cargo. f. Dirige la Secretaría y Departamentos Adscritos al plantel.

CONTROLAR

a. Establece los mecanismos de control y orientación de la labor educativa. b. Verifica la continuidad programática de las asignaturas. c. Valora las actividades realizadas por los docentes. d. Evalúa el plan de actividades a realizar durante el lapso académico. e. Compara los resultados obtenidos con los objetivos y metas planteados. f. Orienta y supervisa al personal docente. g. Elabora el inventario con la colaboración de los jefes de departamento. h. Precisa las estadísticas de ingreso, matrícula exclusión, aplazados y aproba-

dos, conjuntamente con el Coordinador o Coordinadora de Control y Eva-luación.

i. Establece mecanismos de control, cuido, resguardo y supervisión de los bie-nes que tiene el plantel.

j. Supervisa y Controla al personal Administrativo y Obrero del Plantel. Funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de Control de Estudios y Evaluación/Pedagógicos.

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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47

a. Manifestar libremente el deseo de ingresar en la Institución a través del Formulario de Solicitud de Cupo.

b. Recibir de la subdirección la cita para la entrevista en la Coordina-ción de Bienestar y Desarrollo Estudiantil.

c. Asistir a la Entrevista acompañado de su representante para lograr un perfil inicial del educando y su medio familiar.

d. Estar representado por un adulto responsable de su formación. En el caso que el representante no sea el padre o la madre del alumno; éste deberá estar debidamente autorizado por el Consejo de Protec-ción dónde reside.

e. Presentar los documentos exigidos por el colegio según la normativa escrita presentada en el instructivo, en el momento de la inscripción. No se considera a un estudiante formalmente inscrito hasta no haber cumplido todos los requisitos.

f. Presentar constancias o pruebas que acrediten su nivel de escolaridad. g. Cualquier otro requisito establecido en el ordenamiento jurídico. h. Cumplir con los compromisos administrativos que involucran el in-

greso al plantel. Parágrafo Primero: En caso que él o la aspirante no tenga partida de nacimiento o cédula de identidad deberá ser inscrito o inscrita inmediatamente, siempre que reúna todas las condiciones determinadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación. En éstos casos, el director o directora del centro educativo deberá levantar un acta que contenga las circunstancias del caso y el compromiso del padre, madre, representante o responsable de en-tregar posteriormente los documentos faltantes. Siempre debe informarse a las autoridades y servicios competentes en materia de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente sobre esta situación, a los fines de que se procedan a realizar todas las gestiones dirigidas a garantizar los derechos vinculados a la identidad de éstos aspirantes. Compromisos que se adquieren en el momento de la inscripción.

a. Cumplir y respetar el Acuerdo de Convivencia Estudiantil y Comunita-rio de la institución y observar una conducta ajustada al mismo.

b. Aceptar y respetar las orientaciones de crecimiento humano-cristiano que identifican al centro como un componente fundamental de su formación integral.

c. El representante acepta su obligación de participar activamente en la formación integral de su representado y comparte el ideario educati-vo del centro, dedicando tiempo a las actividades propias de la pas-toral educativa que se programen.

d. El Colegio cuenta con un plan de SEGURIDAD que incluye dispositivos (cámaras filmadoras, cercado eléctrico entre otros), normas y procedi-mientos a seguir en caso de sismos, incendios, explosión y cualquier otra contingencia que pudiera presentarse

DEL PERFIL DEL ESTUDIANTE

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 46

integridad y salud del niño, niña o adolescente. En estos casos, el padre y la ma-dre deben ser informados o informadas en las cuarenta y ocho horas siguientes a la denuncia.

Del incumplimiento de los Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunita-ria. Las madres, padres y representantes incumplen el Acuerdo cuando: a. Obstaculicen el desarrollo del proyecto educativo del centro, con actitud de

negligencia a sus deberes. b. Desatiendan las citaciones que se le envíen desde la Dirección, Coor-

dinación o Docentes; bien para reuniones ordinarias (una por lapso), extraordinarias y/o entrevistas relacionadas con su representado o representada, Así como incumplan con las decisiones acordadas con los docentes, especialistas, padres y madres en beneficio del estu-diante.

c. Retrasen el pago de la mensualidad, sin causa justificada. d. Violen los lapsos establecidos por este acuerdo para la entrega de re-

caudos administrativos. e. Desatiendan las convocatorias realizadas por el Comité de Padres,

Madres y Representantes para tratar asuntos de su interés. f. Cuando irrespeten a cualquier miembro de la comunidad educativa

del colegio. Parágrafo Primero: Los representantes que incumplan con sus deberes en materia de educación de sus hijos o representados serán convocados un máximo de dos (2)veces en un lapso de dos (2) días hábiles. Desatendi-das dichas citaciones, serán remitidos ante el Consejo de Protección, según lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni-ñas y Adolescentes y/o ante la Defensoría Escolar de la Zona Educativa. Parágrafo Segundo: Cuando la asistencia a cualquier convocatoria se vea impedida por motivos ajenos a la voluntad del padre, madre o representante, éste deberá notificar por escrito a la instancia respectiva para acordar una nueva fecha. En caso de asambleas podrá autorizar por escrito a otro adul-to para que participe en su nombre. Parágrafo Tercero: Los y las representantes que incumplan lo concerniente al pago de la mensualidad en el lapso establecido, deben comunicarse por escrito con la Administración del Plantel a fin de realizar acuerdos que favo-rezcan a las partes, sin perjuicio de alguna de ellas. El incumplimiento de este parágrafo dará libertad a la Administración para tomar otras medidas conducentes al logro del objetivo. ADMISIÓN DE ESTUDIANTES De la admisión

Requisitos para el ingreso:

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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29

El coordinador o la coordinadora del Departamento de Control de Estudios y Evaluación, es responsable del acoplamiento, asesoría y funcionamiento de las actividades inherentes al registro de calificaciones, control de evaluacio-nes y emisión de títulos y certificados entre otras. Las funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de Control de Estudios y Evaluación son: a. Elaborar el plan anual del departamento. b. Procesar y tramitar ante los organismos respectivos cambios de datos de

identificación de alumnas y alumnos. c. Elaborar certificaciones y constancias de calificación. d. Elaborar las planillas de resumen final de rendimiento estudiantil para ser

remitidas a la zona educativa. e. Dirigir el proceso de elaboración de matrícula inicial y modificación de la

matrícula en los formatos respectivos y enviarlos a la dirección del plantel. f. Llevar registro de los controles administrativos de los estudiantes que no

poseen documentación de acuerdo a lo establecido en la resolución 76 del 31/07/2003.

g. Elaborar calendarios de materias pendientes, pruebas de lapso y revisión. h. Elaborar por lapso, el calendario de los acompañamientos de aula realiza-

dos por los coordinadores. i. Elaborar documentos probatorios de estudio (Certificados y Títulos). j. Organizar, dirigir y supervisar el procedimiento para la revisión de los docu-

mentos probatorios de estudio que dan derecho a otorgamiento de títulos y certificados.

k. Ordenar los legajos de las planillas de resumen final de rendimiento estu-diantil.

l. Remitir a la zona educativa a través de la dirección del plantel las planillas de resumen final de rendimiento estudiantil.

m. Asistir a los consejos generales de docentes y a los consejos técnico asesor convocados por la dirección.

n. Asistir, organizar y presidir los consejos de curso. o. Recibir y asesorar los planes anuales, de lapso y los contratos de evaluación

presentados por los y las docentes. p. Recibir, evaluar y asesorar las pruebas de lapso presentadas por los y las

docentes. q. Atender a los padres, madres, representantes y responsables de los y las

estudiantes ante los requerimientos en las áreas de competencia del depar-tamento.

r. Asesorar a los y las docentes en el manejo de los requerimientos propuestos por los padres, madres, representantes y responsables de los y las estudian-tes en las áreas de competencia del departamento.

Funciones del Coordinador o Coordinadora Académicos. Los coordinadores o las coordinadoras académicos forman parte del personal docente del colegio, cumplen una función administrativa específica enmar-cada en:

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 30

a. Asistir puntualmente a su trabajo y a las actividades para las cuales sean asignadas por la dirección.

b. Vigilar el cumplimiento de los deberes y derechos de estudiantes y docentes de las secciones adscritas a su coordinación.

c. Aplicar lo establecido en este Acuerdo de Convivencia en las situaciones irregulares ocurridas en las secciones adscritas a su coordinación.

d. Llevar el control de las asistencias de docentes y estudiantes de las seccio-nes adscritas a su coordinación.

e. Reportar mensualmente las inasistencias del personal docente adscritas a su coordinación a la administración del colegio, para los fines legales consi-guientes.

f. Señalar en el boletín de calificaciones de lapso, las inasistencias de las alum-nas y alumnos de las secciones adscritas a su coordinación.

g. Atender los requerimientos de estudiantes, padres o representantes y docen-tes que acudan a la coordinación por voluntad propia o por referencia de otra instancia, dentro de lo establecido en el flujograma de la institución.

h. Asistir a los consejos generales de docentes, consejos de curso y a los con-sejos técnico asesor convocados por la dirección.

i. Asistir a talleres, actualizaciones y eventos programados por la dirección en aras de mejorar el proceso educativo.

j. Realizar la evaluación de los docentes (Acompañamiento de Aula, Evalua-ción de Cumplimiento Administrativa) a través de los formatos respectivos y cuando lo estipule el consejo técnico asesor.

k. Preparar las carpetas de asistencia diaria de las secciones adscritas a su coordinación.

l. Controlar la entrega, uso y devolución de las carpetas de asistencia diaria. m. Asistir a los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sean

formalmente convocados. n. Mantener informados a los docentes adscritos a su coordinación de los cam-

bios y lineamientos emanados de la dirección. o. Asesorar al personal docente cuyas asignaturas tengan índices de aplazados. p. Archivar los expedientes de los alumnas y las alumnas de las secciones ads-

critas a su coordinación Funciones de la Coordinación de Pastoral: El departamento de Pastoral del colegio, es responsable de la coordinación, planificación, ejecución y evaluación de las actividades religiosas dirigidas a los distintos colectivos que hacen vida en el colegio y promover el afianza-miento de la fe católica dentro de nuestra Comunidad. El mismo podrá ser dirigido por una religiosa o por un laico(a). La acción pastoral estará dirigida a las siguientes áreas: Familia, Laicos, Social, Infan-cia Misionera, Catequesis, Grupos Juveniles, Personal Docente, Administra-tivo y de Servicio. Para la realización de las actividades en las distintas áreas, la coordinadora convocará del personal del colegio, aquellos que voluntariamente deseen in-tegrarse a la acción evangelizadora, formando así la Comisión Pastoral, la cual será coordinada por ella.

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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45

q. Asistir a las jornadas de padres u otras actividades programadas por el centro en pro del crecimiento del grupo familiar.

r. Responder por los daños materiales ocasionados por sus representa-dos una vez comprobada la autoría del educando.

s. Abstenerse de asistir al colegio con una vestimenta no acorde a la ac-ción educativa que se imparte en el mismo (Licras, pantalones cortos, bermudas, camisas o blusas con escote pronunciado, y/o sandalias playeras).

ss. Abstenerse de toda clase de actividades de índole político partidista dentro del Plantel

tt. Abstenerse de difamar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa den-tro o fuera de la Institución a través de los medios de comunicación .

t. Los estipulados en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Ado-lescentes, y demás instrumentos legales que tienen que ver con la educación de los mismos.

u. Aceptar y velar por la prohibición de traer al colegio objetos contra-rios a la filosofía e itinerario académico tales como: TELÉFONOS CELU-LARES , CÓNSOLAS DE VIDEOJUEGOS PORTÁTILES, REPRO-DUCTORES DE MÚSICA Y VIDEO DIGITALES, JUEGOS DE ENVI-TE y AZAR Y ARMAS DE CUALQUIER INDOLE .

v. Participar activamente en la elaboración y actualización del Acuerdo de Convi-vencia Estudiantil y Comunitario del Plantel.

w. Suscribirse a la pag. Web del Colegio , a los fines de informarse de todo las actividades que organiza la Institución y que la misma sea un mecanismo de convocatoria para las mismas.

x. Contribuir desde la orientación familiar estableciendo compromisos con aque-llos Estudiantes que mantengan relaciones afectivas entre si ( noviazgo). Evi-tando que excedan las normas propias del contexto educativo.

y. Utilizar el área del estacionamiento del colegio con una conducta proba, atendiendo a las normas y requerimientos del centro educativo, para

el beneficio de todos los integrantes de la comunidad educativa.

z. Contribuir desde la orientación del hogar con el compromiso

ecológico de todos los espacios físicos y naturales de la Institución.

ART. 91 DE LA LOPNNA. Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos, de amenazas o violaciones a los dere-chos o garantías de los niños, niñas y adolescentes. Los trabajadores y trabajadoras de los servicios y centros de salud, de las escue-las, planteles e institutos de educación, de las entidades de atención y de las De-fensorías de niños, niñas y adolescentes, tienen el deber de denunciar los casos de amenazas o violación de derechos y garantías de los niños, niñas y adolescen-tes de que tengan conocimiento, mientras prestan tales servicios. Antes de proce-der a la denuncia, estas personas deben comunicar toda la información que ten-gan a su disposición sobre el caso al padre, la madre, representantes o responsa-bles, salvo cuando sean estos los que amenacen o violen los derechos a la vida,

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 44

grame el centro en pro de la formación integral de sus representados. c. Aceptar las decisiones tomadas durante las asambleas generales convocadas por

el consejo educativo. La no asistencia a las asambleas convocadas se interpreta como aceptación de las decisiones.

d. Informar a los docentes sobre aquellos aspectos de la personalidad de sus re-presentados que estimen convenientes, para cooperar con su forma-ción integral.

e. Respetar las normas de funcionamiento del Plantel. f. Participar en las actividades de Labor Social Comunitaria que la institu-

ción programe, para atender las necesidades de determinados grupos sociales, organizaciones o comunidades, aledañas o no a la institución

g. Velar porque sus niños, niñas o adolescentes no se retiren en otro transporte distinto al que ha sido contratado por su representante. Cuando el estudiante venga al Plantel como usuario de transporte público o a pie, debe manifestarlo por escrito ante la Coordinación Académica.

h. Los niños, niñas y adolescentes que salgan o entren al colegio caminando, de-ben ser acompañados por su representante hasta la puerta principal de El Cole-gio usando la puerta peatonal de acceso (no utilizar las entradas del estaciona-miento), a fin de resguardar su seguridad. Esta medida es un deber ser para los estudiantes de Educación Inicial y de Educación Primaria.

i. Al recoger a su representado, el representante o autorizado al Colegio en vehículo particular no deberá obstaculizar el tránsito, debe dar vuelta al recinto hasta que su representado salga. Evite accidentes ingresando a El Colegio en el sentido correcto, cuando los portones se encuentren abiertos. En caso de espe-rar en las afueras del plantel haga una sola línea de espera, sea respetuoso de los demás representantes que esperan su turno y han llegado antes.

j. La velocidad límite para circular dentro de El Colegio es de 10 KM por hora, recuerde que en cualquier momento puede salir un niño corriendo imprevista-mente

k. Asistir a las actividades programadas para la información de la actuación de su representado en lo referente a su rendimiento académico y /o con-ducta.

l. Participar activamente con los y las docentes en el proceso educativo de su re-presentado en cuanto a la asistencia, puntualidad, uso del traje esco-lar, cumplimientos de las tareas, conducta adecuada, rendimiento académico y demás aspectos relacionados con el mismo.

m. Avisar oportunamente al plantel del retiro temporal del Estudiante por enfer-medad u otro motivo.

n. Informar y entregar los recaudos correspondientes a las evaluaciones médicas, indicación y control de citas de sus representados según sea el caso a las ins-tancias respectivas del centro educativo.

o. Cancelar lo estipulado por derecho a matrícula, así como lo acordado por los padres y/o representantes como contribución a los Proyectos Comunitarios aprobados por la Asamblea de Padres.

p. Cancelar las mensualidades los primeros cinco (05) días del mes.

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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La coordinación de la Comisión Pastoral tendrá las siguientes funciones: a. Elaborar, conjuntamente con los demás integrantes de la comisión, el plan de

cada lapso. b. Facilitar el desarrollo de actividades evangelizadoras en los y las estudiantes del

colegio, a través de su participación en: Infancia Misionera, Catequesis, Grupos Juveniles y actividades religiosas en general.

c. Supervisar las actividades del área, tanto dentro como fuera del colegio. d. Garantizar la realización de actividades en los tres (3) niveles de educación que

tiene el colegio: Inicial, Primaria y Media General. e. Organizar actividades durante los tres (3) lapsos del año escolar según el calen-

dario litúrgico y en coordinación a los lineamientos emanados del Episcopado venezolano, el Arzobispado y la AVEC (Campaña Compartir, Abrazo en Fa-milia, Domund, entre otros).

f. Programar para el mes de mayo las actividades relativas a La Coronación de la Virgen por los tres (3) subniveles de educación básica y El Festival de la Can-ción Mariana, para este último se establecerá una normativa durante la última semana del mes de abril.

g. Coordinar con los docentes de Educación Religiosa la ponderación de las actividades desarrolladas por los y las estudiantes en el área, a ser consi-derada como parte de la calificación de la asignatura, dando así la impor-tancia que merecen la participación y realización de las mismas.

Funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de Bienes-tar Estudiantil y Desarrollo.

El departamento está conformado por una orientadora o un orientador (quien realizará las funciones de coordinación) y personal variable de psicopedago-gía o trastornos del aprendizaje.

Las funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de Bienes-tar Estudiantil y Desarrollo son:

a. Elaborar el plan anual del departamento.

b. Facilitar el desarrollo de habilidades y destrezas de comportamiento so-cial en los y las estudiantes como parte de su desarrollo integral, a través de atención individual o grupal.

c. Asesorar a las y los estudiantes en sus funciones como delegadas y dele-gados e integrantes de la organización estudiantil y velar por la normati-va respectiva.

d. Efectuar los trámites respectivos para el cumplimiento de los requeri-mientos emanados por el CNU y la OPSU en materia de ingreso a la Educación Superior.

e. Asesorar al Comité de Madres, Padres y Responsables.

f. Realizar las entrevistas de evaluación a los solicitantes de cupos de Edu-cación Media General (Alumnos y Representantes) y presentar las reco-mendaciones derivadas de dichas entrevistas al personal directivo.

g. Asesorar a los o las docentes guías para el mejor aprovechamiento de sus

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 32

funciones de guiaturas.

h. Asistir a los consejos generales de docentes, consejos de curso y a los consejos técnico asesor convocados por la dirección.

i. Incentivar la participación protagónica de madres, padres, representantes y responsables en las actividades propias del proceso de educación de sus hijos, hijas y representados, a través de atención individual o grupal.

j. Guiar el programa de fortalecimiento familiar de la institución.

k. Contribuir al logro del Proyecto Educativo Integral Comunitario, me-diante la participación en el trabajo de equipo diseñado por los distintos colectivos que hacen vida en la institución.

l. Realizar la evaluación de los docentes (Acompañamiento de Aula, Eva-luación desde el estudiantado) a través de los formatos respectivos y cuando lo estipule el consejo técnico asesor.

Funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de Formación y Difusión Cultural. (No está constituido como departamento lo coordinan los docentes de Música y los coordinadores Académicos.)

Está a cargo del Comité de Cultura del Consejo Educativo y los Docentes selec-cionados por la Dirección del Plantel para asesorar los diferentes colectivos. Se encargan de todo lo relativo a eventos sociales y culturales entre los diferentes integrantes de la Comunidad Educativa, organizando las festividades, cele-braciones y efemérides en las que participe nuestro plantel. Comprende las áreas siguientes: Artes Plásticas, Educación Ambiental, Folclore, Letras, Música, Teatro, Sociedad Bolivariana y Centros de Ciencias y Tecnología. La programación del departamento describe actividades especiales a cum-plir durante todo el lapso escolar. Las funciones del Coordinador o Coordinadora del Departamento de For-mación y Difusión Cultural son: a. Promover y organizar actividades que involucren la participación de los

padres y representantes del Plantel. b. Planificación de Proyectos de Trabajo (Conmemoración de fechas no

previstas en el Plan de proyectos eventuales) emanados de autoridades superiores.

c. Promover acciones que involucren la participación de la Comunidad Educativa.

d. Participar en las gestiones que realiza la Comunidad Educativa. e. Promover y propiciar actividades que involucren la participación de diver-

sas instituciones culturales de la comunidad, tales como: Grupos deporti-vos, Casa Municipal de la Juventud, Asociaciones de vecinos, etc.

f. Ejecutar campañas de concientización sobre la conservación y manteni-miento del medio ambiente escolar.

g. Solicitar en forma verbal o escrita ante Instituciones Oficiales y Priva-

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal obrero, ad-ministrativo, docente y directivo, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto.

j. A presentar o dirigir peticiones a los docentes, personal directivo y ad-ministrativo y cualquier otro órgano de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves” o a cualquiera de los órganos del Con-sejo Educativo del Colegio sobre los asuntos que le conciernan, en el horario establecido o haciendo solicitud de cita para ser atendido, y a obtener respuesta oportuna a sus peticiones.

k. A opinar libremente sobre todos los asuntos de la vida de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves” en que tengan interés y sea de su in-cumbencia.

l. A recibir de las autoridades correspondientes constancia escrita de haber asistido a la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves”, cuando la mis-ma sea necesaria.

m. A conocer el ideario, la misión y visión de la Unidad Educativa Colegio Nues-tra Señora de las Nieves”.

n. A participar activamente en el proceso educativo de sus representados, dentro de los parámetros que establece la Ley.

o. A conocer el proyecto educativo del centro que atiende la formación de sus hijos e hijas.

p. A informarse del horario escolar de sus hijos e hijas, y demás actividades que se programen en su beneficio.

q. A conocer los argumentos del plantel en el momento de proceder a aumentar el pago por concepto de mensualidad, opinar y participar en la toma de decisiones al respecto.

r. A aceptar las decisiones que acuerde el Consejo Educativo, Consejo Directivo, Consejo General de Docente, Consejo de Curso que vayan en pro de la forma-ción de su representado o representada y no vulneren derechos fundamentales.

s. A apelar ante la instancia respectiva (coordinación o dirección) cuando con-sidere se le han vulnerado sus derechos o el de su o sus representados o representadas. De no ser atendida su apelación podrá dirigirse a ins-tancias superiores (Zona Educativa, Defensoría Escolar, Consejo de Protec-ción).

t. A participar en las asambleas del consejo Educativo convocadas por cualquiera de las instancias responsables para la discusión de asuntos relacionados con el proyecto educativo del colegio.

u. A los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico y en el presente Acuerdo de Convivencia Escolar Comunitaria.

v. A participar en la elaboración del Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria.

De los deberes de los padres, madres, representantes o responsables.

a. Cooperar con el desarrollo del proyecto educativo del Plantel, buscando siem-pre la coherencia entre la formación que se ofrece y la que se imparte en el hogar.

b. Participar activamente en las reuniones y demás actividades que pro-

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 42

ción, guardando siempre las normas de sana convivencia. Parágrafo Primero: El incumplimiento de uno o más de los deberes será objeto de sanción, por la instancia respectiva. PADRES Y/O REPRESENTANTES Se reconoce como representante legal al padre y/o la madre del estudiante (niño, niña o adolescente) al representante que figura como representante Administrativo ante El Colegio y se reserva el derecho de admitir a otra per-sona como representante legal. Artículo 54 “Obligación de los Padres, Representantes o Responsables en Materia de Educación. Los padres, representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la Ley, así como exigirles su asis-tencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo”.

Artículo 226 “Violación del Derecho a la Educación. Quien impida indebi-damente la inscripción o ingreso de un niño o adolescente a una escuela, plantel o institución de educación, o su permanencia en el mismo, será san-cionado con multa de uno (1) a seis (6) meses de ingreso.

La misma multa se aplicará a los padres, representantes o responsables que no aseguren al niño o adolescente su derecho a la educación, a pesar de haber sido requerido para ello.”

Derechos Y Garantías. Se reconoce a todos los padres, madres, representantes y responsables de los y las estudiantes de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves” los derechos y las garantías que se enuncian a continuación:

a. A ser respetado por todas las personas que integran la Unidad Educativa Cole-gio “Nuestra Señora de las Nieves”. Nunca deberá ser tratado de forma humi-llante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona.

b. A ser informado y a participar libre, activa y plenamente en el proceso educati-vo de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad que pertenezcan a la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Se-ñora de las Nieves” (Artículo 55 de la LOPNNA).

c. A tener voz y voto en la Asamblea General del Consejo Educativo del Colegio. d. A elegir y ser elegidos como miembros de los diferentes comités Ejecutivos del

Consejo Educativo. (Resolución 058) e. A ser informados periódicamente sobre los proyectos que se estén ejecutando a

través del Consejo Educativo y a colaborar en su desarrollo. f. A defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adoles-

centes. g. A ejercer y colaborar en la defensa de los niños, niñas y adolescentes bajo su

patria potestad, representación o responsabilidad. h. Al debido proceso y a la defensa. i. A recibir asesoría integral de sus representados y representadas y a ser atendidos

Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria

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das la colaboración efectiva en beneficio de la comunidad escolar. h. Promover entre los docentes y estudiantes, concursos según las activida-

des especiales. i. Desarrollar junto al docente o supervisor responsable de una subárea,

encuentros institucionales a nivel nacional. j. Llevar un registro de actas correspondientes a cada evento realizado.

DEL PERSONAL DOCENTE De la Admisión

Para ingresar al colegio, el o la docente debe cubrir las siguientes exigen-cias:

a. Ser profesional de la docencia y consignar su currículum vitae acompañado de todos los recaudos exigidos por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

b. Llenar la ficha del docente. c. Ser preferentemente católico o católica y comprobar con la certificación

correspondiente su buena salud física y mental. d. Aceptar el compromiso que le impone el cumplimiento del ejercicio de los

deberes y derechos que le confiere el Acuerdo de Convivencia de la institu-ción.

e. Asistir a una entrevista con un o una profesional del personal directivo. Firmar, conjuntamente con la directora y administradora, el contrato de trabajo que especifique sus funciones, la remuneración a percibir y demás derechos que le asisten.

Rasgos que caracterizan al o la docente dominico (a)

Con identificación plena con el proyecto educativo del plantel; y con-vencimiento de sus ideales, principios y filosofía.

Elevada autoestima y conciencia de su vocación educadora.

Promotor (a) de la convivencia, orden y disciplina en un clima de respeto y cooperación entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Cooperador (a) en la formación integral, humana, social y religiosa del educando, con un profundo respeto hacia su persona.

Comprometido (a) con los principios de ética profesional docente enun-ciados en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de Educación y sus reglamentos y el

Con capacidad de liderazgo al servicio de la sana formación de las y los educandos, con conciencia clara de que la tarea educativa involucra a todos los actores del hecho educativo: directivos, docentes, estudiantes y padres y/o representantes y comunidad.

Competencia, idoneidad profesional y disponibilidad al cambio en cuan-to a la constante actualización y perfeccionamiento en todo lo referente a su profesión.

Capacidad de diálogo constructivo con estudiantes, directivos, profeso-

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 34

res y demás integrantes de la comunidad educativa. Derechos de las y los Docentes

a. Ejercer la libertad de cátedra dentro de los límites propios de la función do-cente, en sintonía con los principios pedagógicos que rigen el ideario del plantel, la Constitución de la República de Venezuela , la Ley Orgánica de Educación y su Reglamento y el Reglamento de la Profesión Docente.

b. Contar con los instrumentos necesarios para su formación permanente en el orden humano, académico y religioso.

c. Respeto a su persona y a la función que desempeña, tanto dentro como fue-ra del plantel por parte de los Directivos, Madres, Padres y Responsables, Estudiantes y demás personal que labore en la Institución.

d. Estabilidad en el desempeño de sus funciones dentro de los parámetros que establece el ordenamiento legal.

e. Participar en la toma de decisiones que así lo ameriten. f. Justa remuneración y demás reconocimientos por los servicios prestados

que le correspondan de derecho. g. Reconocimiento por el trabajo desempeñado al término de cada año escolar

por el respectivo Comité de Sustanciación, en atención al resumen de su actuación durante ese mismo período.

h. Reconocimiento institucional mediante el otorgamiento de diploma, meda-lla o botón de distinción, por parte del Consejo Directivo y la Comunidad Educativa, por su destacada labor y años de servicio en el plantel.

i. Ser evaluado al término de cada año escolar según lo pautado en el Regla-mento del Ejercicio de la Profesión Docente.

j. Los demás derechos que le confieren las leyes de la República. k. Participar en la elaboración de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Co-

munitaria. Deberes de las y los docentes

a. -Identificarse plenamente con el proyecto educativo del plantel. b. -Comportarse ejemplarmente en coherencia con los principios del evangelio. c. -Mantener un trato cordial con los Estudiantes, directivos, docentes y demás miembros de la comunidad educativa. d. -Promover la convivencia, orden y disciplina en un clima de respeto y cooperación entre todos los miembros de la comunidad educativa. e. -Cooperar en la formación humana, religiosa, social e integral de los edu-candos. f. -Mantener una estrecha relación con los Coordinadores y profesores guías , para mejorar la atención pedagógica y humana de los/las estudiantes. g. - Participar en las actividades escolares: actos cívicos, oración, reflexión diaria y otras que requieran de su colaboración. h. -Asistir puntualmente a su trabajo y acompañar como facilitador a los y las estudiantes en todas las actividades que se realicen en el colegio.

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c. Recibir los instrumentos y materiales necesarios para el cabal ejercicio de sus funciones.

d. Comunicar a la dirección de su disentimiento sobre aspectos que no sean de su entera satisfacción dentro de un clima de sana c convivencia.

Parágrafo Primero: El incumplimiento de uno o más de los deberes será objeto de sanción, por la instancia respectiva. PERSONAL OBRERO De los deberes

a. Cumplir a cabalidad con sus tareas y su horario de trabajo. b. Dar cuenta a la dirección de las labores cumplidas y algún inconveniente que

surja en su área de trabajo. c. Mantener las instalaciones del plantel en condiciones de limpieza, así como

velar por el buen uso de mobiliario y demás materiales bajo su responsabili-dad.

d. Conservar en buen estado y no malgastar el material de trabajo de que es dota-do.

e. Guardar la debida cortesía y respeto hacia los demás miembros de la comuni-dad escolar.

f. Cumplir las recomendaciones impartidas por el personal directivo, docente y administrativo.

g. Participar activamente en la elaboración y actualización del Acuerdo de Convi-vencia del Plantel.

h. ART. 91 DE LA LOPNNA. Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos, de amenazas o violaciones a los derechos o garantías de los niños, niñas y adolescentes. Los trabajadores y trabajadoras de los servicios y centros de salud, de las escue-las, planteles e institutos de educación, de las entidades de atención y de las De-fensorías de niños, niñas y adolescentes, tienen el deber de denunciar los casos de amenazas o violación de derechos y garantías de los niños, niñas y adolescen-tes de que tengan conocimiento, mientras prestan tales servicios. Antes de proce-der a la denuncia, estas personas deben comunicar toda la información que ten-gan a su disposición sobre el caso al padre, la madre, representantes o responsa-bles, salvo cuando sean estos los que amenacen o violen los derechos a la vida, integridad y salud del niño, niña o adolescente. En estos casos, el padre y la ma-dre deben ser informados o informadas en las cuarenta y ocho horas siguientes a la denuncia. De los derechos

a. Firmar conjuntamente con la directora y la administradora contrato de trabajo que especifique sus funciones, remuneración y demás derechos legales que le asisten.

b. Recibir un trato acorde con los derechos que le asisten como persona de parte de todos los miembros de la comunidad escolar.

c. Recibir los instrumentos y materiales necesarios para el cabal ejercicio de sus funciones.

d. Comunicar a la dirección sobre algún aspecto que no sea de su entera satisfac-

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Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria 40

o. Ser docente de alguna asignatura en la sección en la cual ejercerá la guiatu-ra.

p. Participar del proceso de revisión anual del Acuerdo de Convivencia, según lo estipulado por el Departamento de Orientación.

Parágrafo Primero: .No podrán ejercer funciones de profesor guía aquellos docentes que cumplan funciones directivas o de coordinación. PERSONAL ADMINISTRATIVO De los deberes

a. Cumplir cabalmente con las funciones, el horario de trabajo y el calendario programado para cada año escolar.

b. Velar por la conservación, organización y mantenimiento de la oficina a su cargo.

c. Atender las solicitudes de documentos y/o acciones, por parte de los docen-tes, padres y/o representantes, según corresponda.

d. Cooperar con el cabal cumplimiento de los acuerdos de convivencia. e. Participar en las actividades escolares donde sea necesario su concurso. f. Rendir cuenta de sus labores al personal directivo. g. Observar absoluta reserva de los asuntos que pasen por su servicio, de los

pormenores de que tenga conocimiento y que por discreción deba guardar. h. Guardar un celo cuidadoso en todo lo que respecta a los instrumentos de

evaluación y calificaciones de los y las estudiantes. i. Participar activamente en la elaboración y actualización del Acuerdo de

Convivencia del Plantel. j. ART. 91 DE LA LOPNNA. Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos, de amenazas o violaciones a los derechos o garantías de los niños, niñas y adolescentes. Los trabajadores y trabajadoras de los servicios y centros de salud, de las escue-las, planteles e institutos de educación, de las entidades de atención y de las De-fensorías de niños, niñas y adolescentes, tienen el deber de denunciar los casos de amenazas o violación de derechos y garantías de los niños, niñas y adolescen-tes de que tengan conocimiento, mientras prestan tales servicios. Antes de proce-der a la denuncia, estas personas deben comunicar toda la información que ten-gan a su disposición sobre el caso al padre, la madre, representantes o responsa-bles, salvo cuando sean estos los que amenacen o violen los derechos a la vida, integridad y salud del niño, niña o adolescente. En estos casos, el padre y la ma-dre deben ser informados o informadas en las cuarenta y ocho horas siguientes a la denuncia.

De los derechos a. Firmar conjuntamente con el (la) director (a) y el (la) administrador (a) con-

trato de trabajo que especifique sus funciones, la remuneración a percibir y demás derechos que le asisten.

b. Recibir un trato acorde con los derechos que le asisten como persona de parte de todos los miembros de la comunidad escolar.

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i. -Participar en los consejos generales, de docentes y de sección, emitiendo con objetividad los juicios a que haya lugar. j. -Abstenerse de toda clase de proselitismo político partidista en el plantel. k. -Aplicar una pedagogía ética, dinámica y experiencia, acorde con los avan-ces de las ciencias de la educación. l. -Tener la disposición de actualizarse y perfeccionarse en todo lo referente a su delicada misión profesional. m. -Promover y Fomentar en los y las estudiantes los principios y valores plasmados en nuestro ideario pedagógico. n. Guardar un celo cuidadoso en todo lo que respecta a la evaluación de los y las estudiantes. o. Abstenerse de dictar clases particulares a los y las estudiantes, cuando estas impliquen compromisos económicos, en resguardo de la ética profesional do-cente, para evitar situaciones conflictivas. p. Cumplir y hacer cumplir los lineamientos emanados del cuerpo direc-tivo y los consejos de docentes en relación a la planificación y evaluación o cualquier otro aspecto de interés común. s. -Entregar a los y las estudiantes las evaluaciones debidamente corregidas en un lapso de cinco (05) días hábiles después de la aplicación de las mismas y discutirlas con ellos. Cuando sea necesario la aplicación del artículo 112, de-berá solicitarse ante la Coordinación de Evaluación y Control de Estudios para su debida autorización. (Utilizar actas correspondientes) t. -Mantener informados a los padres y/o representantes sobre los resultados de la evaluación y los cronogramas de las mismas al menos una (1) vez du-rante cada lapso. (Contratos de Evaluación) u. -No permitir la salida de los y las estudiantes del aula durante el desarrollo de las clases, salvo en los casos que así lo ameriten. v. -Solicitar a los y las estudiantes el uso del traje escolar, dentro de los pará-metros legales que rigen esta materia. w. -Mantener estricto celo profesional con los aspectos de la personalidad de los y las estudiantes que le sean revelados por los padres y/o represen-tantes. x. -Abstenerse de usar teléfonos celulares en el colegio durante el desarro-llo de las actividades escolares. y. -Coadyuvar eficazmente en el mantenimiento del orden institucional, la disciplina y buen comportamiento de la comunidad educativa. z. -Participar activamente en la elaboración y actualización del Acuerdo de Convivencia del Plantel. aa. Asistir a los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sean formalmente convocados. bb. -Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier material del centro educativo y vigilar su adecuado uso.

cc.-ART. 91 DE LA LOPNNA. Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos, de amenazas o violaciones a los dere-chos o garantías de los niños, niñas y adolescentes. Los trabajadores y trabajadoras de los servicios y centros de salud, de las escue-

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las, planteles e institutos de educación, de las entidades de atención y de las De-fensorías de niños, niñas y adolescentes, tienen el deber de denunciar los casos de amenazas o violación de derechos y garantías de los niños, niñas y adolescen-tes de que tengan conocimiento, mientras prestan tales servicios. Antes de proce-der a la denuncia, estas personas deben comunicar toda la información que ten-gan a su disposición sobre el caso al padre, la madre, representantes o responsa-bles, salvo cuando sean estos los que amenacen o violen los derechos a la vida, integridad y salud del niño, niña o adolescente. En estos casos, el padre y la ma-dre deben ser informados o informadas en las cuarenta y ocho horas siguientes a la denuncia.

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE.

En el caso de que un docente incurra en más de una falta, se hará la investiga-ción conforme al procedimiento previsto para que merezca la sanción más grave, pero abarcará todas las sanciones cometidos.

Para la aplicación de toda sanción se tomará en cuenta los antecedentes del docente, la naturaleza de la falta, la gravedad de los perjuicios causados y las demás circunstancias relativas al caso.

A los efectos de aplicación de sanciones disciplinarias según lo establecido en el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en su artículo 149, las faltas cometidas por el personal docente se clasifican en graves y leves.

Tal como se establece en el artículo 152 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, los miembros del personal docente incurren en falta le-ve en los siguientes casos:

a.- Retardos reiterados en el cumplimiento del horario de trabajo.

b.- Inasistencia injustificada al trabajo durante dos (2) días hábiles en el tér-mino de un mes.

c.- Incumplimiento de las normas de atención debido a los miembros de la Comunidad Educativa.

d.- Incumplimiento reiterado de las actividades docentes relativas a la planifi-cación, desarrollo de la enseñanza, uso y mantenimiento de las ayudas peda-gógicas en el aula.

Atendiendo a lo establecido en el artículo 150 del Reglamento de la Profe-sión Docente, los miembros del personal docente incurren en falta grave en los siguientes casos:

a.- Por aplicación de castigos corporales o afrentosos a los alumnos.

b.- Por manifiesta negligencia en el ejercicio del cargo.

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en razón de sus condiciones personales y profesionales, con el propósito de mantener una comunicación inmediata con cada una de las secciones, a los fines de lograr un amplio conocimiento de los estudiantes, que con funda-mento en su confianza y estimación, le permitan asumir condición de conse-jero en la formación integral del educando. Deberes de las y los Docentes guías

a. Brindar confianza y asesoría necesaria a los y las estudiantes de tal manera que éstos se sientan importantes y seguros.

b. Establecer canales de comunicación con los demás docentes para recoger información y tener un conocimiento integral del desempeño de los y las estudiantes. (Presentar en Reunión Interlapso un análisis de la actua-ción general del estudiante a su Representante)

c. Realizar, junto con los departamentos de Coordinación Estudiantil, Orienta-ción y Evaluación, el seguimiento de los y las estudiantes que presen-ten problemas de conducta y/o rendimiento académico.

d. Realizar, junto con los departamentos de Coordinación Estudiantil, Orienta-ción y Evaluación, y los representantes de los y las estudiantes con proble-mas de conducta y/o rendimiento académico planes de acción para la aten-ción de los casos y aplicación de estrategias de mejora.

e. Orientar a los estudiantes de manera constante, continua y eficaz.

f. Ser intermediario entre sus estudiantes y demás personal de la institución.

g. Fomentar relaciones interpersonales afectivas, basadas en el respeto mutuo, la amistad, el compañerismo y la solidaridad.

h. Facilitar en los y las estudiantes el crecimiento personal, el desarrollo del potencial creativo y hacerles responsables de su rendimiento académico.

i. Coordinar los consejos de curso de su sección. (Presentar un análisis del curso en cuanto a Estudiantes con mayor índice académico, asignaturas aplazadas y otros)

j. Seguir las recomendaciones y/o sugerencias del Departamento de Orienta-ción o Coordinación Académica, para el desarrollo de la hora de guiatura.. (Registrar en el formato correspondiente la actividad realizada y consignar en la Coordinación Académica)

k. Presidir las reuniones con representante, fijadas en cronograma a principio de cada lapso del año escolar.

l. Asesorar la elección de estudiantes y representantes delegados y dele-gadas del curso y de la organización estudiantil.

m. Evaluar conjuntamente con los o las estudiantes de su sección el estado del local, mobiliario y cualquier material del salón respectivo y reportar el in-forme del mismo a la coordinación respectiva.

n. Convocar al representante de los y las estudiantes que hayan perdido dos o más asignaturas en alguno de los tres lapsos del año escolar, cuando éste no haya asistido a retirar el boletín del lapso en el período establecido para ello.

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Retardo injustificado en el horario de trabajo.

Retardo en la entrega de recaudos de la planificación, enseñanza o eva-luación de los alumnos.

Falta de cortesía en el trato con miembros de la Comunidad Educativa.

LA AMONESTACION ESCRITA:

Consiste en la reprensión que, extendida por escrito, hace el funcionario de mayor jerarquía dentro del servicio o plantel, al docente objeto de la sanción.

SON CAUSALES DE AMONESTACION ESCRITA:

Tres (3) amonestaciones orales en el termino de un año.

La inasistencia injustificada al trabajo durante un (1) día hábil, o dos tur-nos de trabajo en el termino de un mes.

La inasistencia injustificada durante dos (2) días hábiles en el plazo de seis (6) meses o durante tres (3) días hábiles en el plazo de un año.

Tres (3) amonestaciones escritas constituyen causal de separación del cargo, cuando se produzca dentro del plazo de un año.

DE LA SEPARACION DEL CARGO:

Consiste en la separación del cargo, en la privación temporal de su ejerci-cio, sin remuneración ni consideración de tiempo de servicio.

CAUSALES DE SEPARACION DEL CARGO:

Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente: Artículo 161 "El aban-dono injustificado del trabajo durante dos (2) días hábiles constituye cau-sal de separación del cargo por un mes, cuando se produzca en el plazo de treinta(30) días continuos. La reincidencia es causal de separación por tres (3) mese si se produce en el plazo de un año.

DESTITUCION:

La destitución consiste en la separación definitiva del cargo que venía desempeñando el docente, con la inhabilitación para el servicio en cargo docente, durante un período de tres (3) a cinco (5) años, por decisión mo-tivada del Ministerio de Educación.

Docentes Guía El profesor guía es aquel docente designado por las autoridades del plantel,

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c.- Por abandono del cargo sin haber obtenido licencia o antes de haber hecho entrega formal del mismo a la autoridad educativa competente.

d.- Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que le corresponde en la función de evaluación del rendimiento estudiantil

e.- Por observar conducta contraria a la ética profesional, a la moral, a las buenas costumbres y a los principios que informan nuestra Constitución y demás Leyes de la República.

f.- Por violencia de hechos o de palabras contra sus compañeros de tra-bajo, sus superiores jerárquicos o sus subordinados.

g.- Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualquiera de los derechos de la Ley orgánica de Educación y el presente reglamento.

h.- Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miem-bros de la Comunidad Educativa.

i.- Por reiterado incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarios o administrativas.

j.- Por inasistencia injustificada durante tres (3) días hábiles o seis (6) turnos de trabajo en un período de un (1) mes.

k.- También incurren en falta grave los profesionales de la docencia en ejerci-cio de cargos de dirección o supervisión de la educación, cuando violen o amenacen la estabilidad de los educadores o diere lugar a la aplicación de medidas ilegales contra estos.

DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS A LOS DOCENTES.

El Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente, establece en el artículo 153, que las sanciones disciplinarias aplicables a los miembros del personal docente son:

Amonestación Oral

Amonestación Escrita

Separación Temporal del Cargo

Destitución e Inhabilitación para el ejercicio de la Profesión Docente.

La Amonestación: Consiste en la reprensión que hace el supervisor inmedia-to, en el lugar de trabajo, personal y privadamente, al docente objeto de san-ción.

SON CAUSALES DE AMONESTACION ORAL: