reglamento interno de trabajadores en una empresa de mototaxis

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REGLAMENTO INTERNO – RIT REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES ESPECIAL DE PASAJEROS ESTRELLAS DEL SUR S.A.C

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reglamento interno para los trabajadores

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REGLAMENTO INTERNO RITREGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES ESPECIAL DE PASAJEROS ESTRELLAS DEL SUR S.A.C

TITULO IDE LA EMPRESACAPITULO IDE LA DENOMINACIN DE ESTRELLAS DEL SUR S.A.CMultiservicios Estrellas del Sur Sociedad Annima Cerrada es una Empresa privada que tiene por objeto social dedicarse a servicios mltiples, como la prestacin de servicio de transporte de pasajeros y carga en moto taxis y moto cargas, con Personera Jurdica y Autonoma Econmica, Financiera, Tcnica y Administrativa, dentro de las limitaciones establecidas en el Decreto Legislativo N 055-2010-MTC, as como las que establecen las disposiciones legales para las Empresas Privadas y de las que fijen los Estatutos de la Empresa.El objeto social de Estrellas del Sur SAC es:La prestacin de servicio de transporte de pasajeros y carga en Moto taxis, Moto cargas, Station Wagon, camionetas rurales y otro tipo de vehculos automotores en general a nivel urbano interurbano, interdistrital, interprovincial, regional y nacional.CAPITULO IIDE LAS FACULTADES DE ESTRELLAS DEL SUR S.A.C SOBRE SU ORGANIZACIN Y DIRECCINEs facultad exclusiva de la gerencia, organizar, dirigir, administrar y controlar el espacio de Trabajo. Este derecho comprende entre otros aspectos:a. Direccin de la ejecucin tcnica y administrativa de todas las actividades de trabajo.b. Establecer los organigramas, descripcin de funciones, facultades y responsabilidades del transportista; as como determinar el nmero de vehculos de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad Distrital de Anco Huallo.c. Formular Directivas y Reglamentos para mantener la disciplina, el orden, limpieza, seguridad y la buena imagen de la Empresa.d. Afiliar vehculos que cumplan los requisitos de acuerdo a los reglamentos y normas establecidas.Lo expresado en el artculo precedente, no es limitativo, ni tiene carcter numerativo, sino fundamentalmente enunciativo y a modo de ejemplo. Las labores de organizar, administrar, dirigir y controlar el espacio de Trabajo, son facultades inherentes del poder de la Gerencia de la Empresa.TITULO IIDE LA FINALIDAD DEL REGLAMENTOCAPITULO IDEL OBJETIVO- BASE LEGAL- ALCANCEEl objetivo del presente Reglamento Interno es normar las relaciones laborales entre la empresa ESTRELLAS DE SUR S.A.C y sus asociados, estableciendo entre ellos derechos y obligaciones, regulando la administracin de la empresa, a fin de desarrollar la buena atencin al cliente, lograr armona laboral y prevenir conflictos entre los clientes y los transportistas. La base Legal sobre la cual se sustenta el presente Reglamento Interno, se halla contenida en los siguientes dispositivos legales:a. Decreto Supremo 005-005-MTCb. Estatuto aprobado por la Junta General de Accionistas el 24-10-2014 e inscrito en el Asiento A0001 de la Partida N 11038211 del Registro de Personas Jurdicas de Andahuaylas.

c. D.S. N 010-2003-TR Texto nico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

La derogatoria y/o creacin de normas no mencionadas en el ART. 6 no compromete la eficacia del presente Reglamento en todo aquello que no se oponga a otras normas de cumplimiento obligatorio.El presente Reglamento es de aplicacin a todos los Asociados y Accionistas de la Empresa ESTRELLAS DE SUR S.A.C. siendo su cumplimiento obligatorio y factor condicionante de la relacin laboral.El presente Reglamento podr ser modificado parcial o totalmente cuando a criterio de la Empresa sea necesario para optimizar el funcionamiento y desarrollo de la organizacin.En todo lo no previsto en el presente Reglamento, as como en las normas legales o convencionales sern de aplicacin las normas y disposiciones que para el efecto emita la administracin de la Empresa dentro del marco de las facultades que le otorga la legislacin vigente.

TITULO IIIINTEGRACIN DE MOTOTAXISTASCAPITULO IDE LA NECESIDAD Y SELECCIN DE MOTAXISTASEl ingreso del mototaxista que desea trabajar en la empresa se determina en funcin a las necesidades de la Empresa, previa evaluacin con las limitaciones que la ley establece.

La integracin del mototaxista se efectuar de acuerdo al cumplimiento de los requisitos mnimos, para lo cual la Gerencia mantendr permanentemente actualizada la Directiva correspondiente sujetndose a las normas legales y administrativas vigentes.Para el ingreso del mototaxista la Empresa, exigir que el postulante acredite tener mayor de edad, capacidad fsica y mental, que no exista impedimento legal, policial o judicial para celebrar el Contrato.

CAPITULO IIDEL CONTRATO DEL TRANSPORTISTAESTRELLAS DE SUR S.A.C realiza sus actividades a nivel de toda la Ciudad de Uripa, por tanto todos los mototaxistas estn sujetos a realizar el servicio de transporte a todas las vas que no estn restringidas por el MTC y otras normas, pues obedece a las necesidades del servicio.Toda contratacin del transportista contar con autorizacin expresa de la Gerencia General.Para la ejecucin de los Contratos de Trabajo, el rea de Gerencia, previamente deber contar con la totalidad de los documentos que requiera la Empresa, de conformidad con las directivas y normas internas vigentes.

TITULO IVDE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRANSPORTISTACAPITULO IDE LOS DERECHOSSon derechos de los mototaxistas:1. Contar con las condiciones y medios de trabajo adecuados para el desempeo de su labor.2. Recibir capacitacin de la Empresa o de terceros, de conformidad con las polticas y normas vigentes, a fin de mejorar el manejo adecuado del vehculo y la calidad de atencin al cliente.3. Ser evaluado peridicamente, con la finalidad de determinar sus necesidades de capacitacin.4. La cautela de su integridad fsica y salud por parte de la Empresa.5. Recibir un trato corts y respetuoso por parte de sus superiores y compaeros de trabajo.6. No ser discriminado por razn de origen, raza, sexo, religin, opinin o cualquier otra razn.7. Expresar libremente ante su superior inmediato las ideas relacionadas con su trabajo, iniciativas y sugerencias sobre mejoras que busquen aprovechar las oportunidades del entorno y/o incrementar la calidad de servicio.8. Los dems derechos que otorga la Constitucin y las Leyes Laborales.CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONESSon obligaciones de los trabajadores:1. Respetar y cumplir las normas legales, convencionales y administrativas, as como las normas del presente Reglamento Interno de Trabajo y aquellas que dicta la Empresa en uso de sus facultades de administracin.2. Conocer, acatar y cumplir las disposiciones e instrucciones que por razones de trabajo sean impartidas por sus Superiores; siendo responsables del trabajo que se les encomiende directamente.3. Seguir los procedimientos, mtodos y estrategias vigentes de la Empresa, aplicando las normas y estndares de productividad establecidos.4. Observar los principios de honestidad, sinceridad y veracidad al momento de dirigirse a sus superiores jerrquicos.5. Guardar respeto a sus superiores y compaeros de trabajo; as como el trato corts con las personas ajenas a la Empresa; observando compostura y trato correcto, manteniendo con ello armona.6. Observar buena conducta con espritu de leal colaboracin a fin de mantener el orden adecuado y la disciplina, sin sobrepasar al transportista antepuesto en el paradero.7. Asistir al ambiente de Trabajo e iniciar sus labores puntualmente, la jornada de trabajo establecida es de 6:00 a.m. hasta 8:00 p.m.8. Observar rigurosamente las medidas de Seguridad y tomar las precauciones que se les indique para el manejo del vehculo, evitando actos o accidentes por negligencia.9. Usar durante el desempeo de sus labores los uniformes e implementos de proteccin que se les suministre; como chalecos de color rojo, camisas y pantaln de vestir.10. Formular las observaciones, reclamaciones y las solicitudes a que haya lugar por el canal respectivo.11. Dar cuenta de manera inmediata a sus superiores de los actos dolosos que pudieran cometer sus compaeros de trabajo.

CAPITULO IIIDE LAS PROHIBICIONESSon prohibiciones para los trabajadores de la Empresa en general:1. hacer desorden en el paradero entre transportistas.2. negarse prestar el servicio a personas veteranas, individuos con discapacidad o por la distancia.3. polarizacin de la luna de los vehculos y encender msica en volumen alto.4. Concurrir al ambiente de Trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas, sustancias estupefacientes o txicas; o ingerirlas dentro del ambiente de Trabajo o mientras se encuentre en el cumplimiento de sus obligaciones. 5. Manejar en estado etlico o bajo efectos de drogas y/o estupefacientes los vehculos.6. Efectuar maniobras temerarias y/o exceso de velocidad en el manejo de los vehculos motorizados de acuerdo al reglamento establecido.7. Incitar o cometer actos de violencia, indisciplina, injurias, faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del compaero de trabajo y los usuarios.8. Ingresar a zonas restringidas, salvo autorizacin especial para trabajos especficos.9. Modificar, adulterar, falsificar, ocultar o destruir los documentos emitidos por la Empresa, aun cuando dichos documentos hayan sido otorgados para uso personal del trabajador.

TITULO IVDE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESACAPITULO IDE LOS DERECHOSAdems de las facultades y atribuciones que emanan del presente Reglamento, es derecho de la Empresa:a. Formular polticas, reglamentos, normas y directivas internas para el desarrollo de la empresa y la existencia de la calidad de servicio para los clientes.b. Sancionar disciplinariamente dentro de los lmites de la razonabilidad y proporcionalidad, las infracciones o incumplimientos de las obligaciones laborales del transportista.c. Introducir cambios en los procesos administrativos y de trabajo, en funcin a los cambios tecnolgicos.CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONESSon obligaciones de la Empresa:a. Cumplir fiel y cabalmente los dispositivos legales que se deriven del transporte de vehculos menores.b. Cumplir sus obligaciones de los transportistas respecto a los derechos y beneficios.La enumeracin de derechos, obligaciones y prohibiciones indicadas en este Ttulo y el anterior no tienen carcter limitativo, ya que de modo general, corresponden a la Direccin de la Empresa y a sus asociados todas las obligaciones y derechos que emanan del Contrato.

TITULO VDE LA ADMINISTRACIN DE TRANSPORTISTASCAPITULO IDE LA JORNADA DE TRABAJOLas jornadas de trabajo en la Empresa sern fijadas mediante horarios y roles de turno, teniendo en cuenta que los servicios que presta la Empresa son ininterrumpidos y que se desarrollan durante las 14 horas del da iniciando a las 6:00 a.m. hasta 8:00 p.m. La modificacin de los horarios obedecer a la necesidad del servicio hacia los clientes.

CAPITULO IIDEL CONTROL DE ASISTENCIALa administracin es el rgano competente del control de asistencia, puntualidad y permanencia de los trabajadores en la Empresa.ESTRELLAS DEL SUR S.A.C excepta del sistema normal de control de asistencia y puntualidad, en los siguientes casos:b. Por goce de Becas de Estudios y/o Capacitacin.c. Por permisos, suspensin de labores, pre-aviso por falta grave, enfermedades y accidentes, descansos pre y post natal, fallecimiento de familiares directos.El trabajador que necesite ausentarse deber solicitar permiso al rea de Administracin o a la gerencia. CAPITULO IIIDE LA EVALUACIN Y CAPACITACINLos transportistas sern evaluados peridicamente por parte de la administracin.La capacitacin se realizara de temas que directamente o indirectamente beneficie a la empresa y al mototaxista.

TITULO VIDEL RGIMEN DISCIPLINARIOCAPITULO IDE LA DISCIPLINAESTRELLAS DEL SUR S.A.C. tiene como poltica el fomentar las buenas relaciones laborales con sus asociados en general, en concordancia con el principio de la buena fe y espritu de comprensin, armona y cooperacin que exista entre todos los transportistas. El quebrantamiento de estos principios se considera una falta contra la poltica institucional, siendo de aplicacin las medidas disciplinarias que el caso amerite.La Empresa tiene la facultad directriz para administrar el orden y la disciplina del transportista en el Ambiente de Trabajo, a fin de garantizar que las actividades se desarrollen en un ambiente de orden, moral, disciplina y lealtad a los objetivos de la Empresa, con observancia de las disposiciones legales vigentes del presente Reglamento y dems normas internas.CAPITULO IIDE LAS CLASES DE FALTASSu clasificacin se da segn la importancia e intencin y circunstancias en que se cometen. Las faltas se tipifican de acuerdo a las caractersticas que se anotan:a. FALTAS LEVESSon aquellos actos de indisciplina y/o negligencia por descuido de accin u omisin que indispone el cumplimiento de las obligaciones y que de acuerdo a su intensidad, no atentan ni ocasionan peligro a la persona ni a la Empresa, o no crean riesgo de seguridad, es decir, son aquellas faltas de poca consideracin pero que deben ser corregidas para evitar que se repitan.b. FALTAS DE CONSIDERACINSon aquellas faltas leves que se cometen con frecuencia, o las faltas que revisten seriedad, ocasionando peligro y/o dao de consideracin a la persona y/o Empresa; e igualmente las faltas que provocan riesgos leves de seguridad.c. FALTAS GRAVESSon aquellos actos de grave indisciplina o comportamiento inadecuado que constituyen una infraccin a los deberes esenciales que emanan del Contrato; lo cual crea, atenta, y ocasiona peligro y/o dao grave a la persona, los usuarios, la Empresa y/o a la seguridad y hacen que no sea razonable la permanencia del transportista en la Empresa; los mismos que estn previstos como falta de connotacin grave.La reiteracin en faltas de consideracin constituye Falta Grave.CAPITULO IIIDE LAS CLASES DE SANCIONESESTRELLAS DEL SUR S.A.C. establece seis (6) clases de sanciones como medidas disciplinarias, en casos de infraccin del presente Reglamento y de la Ley, las mismas que son:a. AMONESTACIN VERBAL:Es ejecutada por el ADMINISTRADOR, cuando se trata de faltas leves que se cometen por primera vez y cuando exista un motivo justificado que las atene. Dicha sancin deber ser comunicada a la Gerencia de mediante documento que indique la falta cometida y los motivos que se consideraron para efectuar esta medida disciplinaria.La Amonestacin Verbal no constar en el Legajo del transportista, pero se tomarn en cuenta para los casos de reiteracin de la falta cometida, por lo que en estos casos se aplicarn mayores sanciones conforme a lo previsto en el presente Reglamento Interno y a las normas legales vigentes.b. RECOMENDACIN:Es ejecutada por el Administrador, ante las denominadas faltas leves, con el propsito de que el infractor tome conocimiento de sus errores, los corrija y ponga mayor atencin y voluntad en el trabajo, para lo que se le cursar comunicacin escrita detallando la falta cometida.c. AMONESTACION ESCRITA:Es la comunicacin escrita cursada al trabajador infractor por el Administrador cuando es contumaz en cometer faltas leves por las cuales ha sido amonestado verbalmente o recomendado, o por haber infringido las prohibiciones contenidas en el presente Reglamento.e. SUSPENSIN DEL TRABAJO:Es la sancin disciplinaria por las faltas reiteradas y aunque no sean reiteradas cuando las faltas cometidas ameriten este correctivo. Se proceder mediante comunicacin escrita cursada por el Administrador o el Gerente de la Empresa ESTRELLAS DEL SUR S.A.C.f. DESPIDO:El Despido se aplicar cuando el transportista incurra en falta de connotacin grave u otra causal prevista en la Ley dando lugar a la separacin de la Empresa.

El trabajador est obligado a firmar los cargos de las sanciones a que se refiere el artculo anterior. La negativa a recibir la comunicacin o firmar el cargo de recepcin constituye agravante a la falta cometida, que obliga a la administracin a aplicar otras sanciones de acuerdo a sus atribuciones y a lo normado en el presente Reglamento, posibilitando la remisin del documento va notarial u otro medio formal.El orden en mencin de las sanciones, si bien establece una graduacin, de ningn modo significa que tenga que seguirse necesariamente esa misma progresin al momento de aplicarla.El anlisis y evaluacin de los procesos administrativos disciplinarios seguidos a todo nivel, ser efectuado por la Gerencia.En los casos de falta grave laboral, previstos en el presente Reglamento y las normas legales vigentes, se aplicarn las formalidades establecidas en las normas legales de la materia.Es facultad de la Gerencia General suscribir los documentos de separacin del trabajador de la Empresa por sancin disciplinaria de despido por causal de falta grave laboral.TITULO VIIDE LA SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONALLa seguridad integral comprende la seguridad de los vehculos y equipamiento de instrumentos de seguridad en cada unidad integrante a la Empresa.La Empresa garantizar las condiciones de seguridad a fin de salvaguardar la vida, salud e integridad fsica de los transportistas durante el desarrollo de los trabajos en el Centro de Trabajo y en todos aquellos lugares a los que se les comisione por necesidad del servicio, siendo uno de sus objetos principales evitar riesgos y accidentes de trnsito.Durante la jornada de trabajo, todo transportista debe cumplir con las medidas de seguridad e higiene que determine la Empresa. Quienes incumplan con lo dispuesto o pongan en peligro su propia vida, salud o la de otros trabajadores, as como la de los bienes, inmuebles o procesos administrativos y productivos, sern sancionados de conformidad con lo que establezcan las directivas respectivas o la legislacin laboral vigente.Es obligacin de los trabajadores cumplir y colaborar al mejor cumplimiento de las normas de seguridad integral con el propsito de prevenir o conjurar cualquier accidente, incidente, hecho o acto negligente o doloso; su inobservancia amerita la aplicacin de las sanciones pertinentes.En cualquier caso es obligacin de los trabajadores poner el mayor cuidado para preservar la seguridad integral as como la ocupacional, y comunicar inmediatamente a sus superiores cualquier hecho que la afecte negativamente.Los trabajadores deben utilizar obligatoriamente los implementos de seguridad que se les ordene.TITULO VIIIDEL FOMENTO DE LA ARMONA Y PAZ LABORALCAPITULO IDE LOS PRINCIPIOS GENERALESESTRELLAS DEL SUR S.A.C. dentro de su poltica laboral, sabe que : Todos son conscientes y responsables de la importancia de los servicios que prestan. El espritu y mentalidad de superacin de todos y cada uno de los trabajadores genera la superacin total de la Empresa. El desarrollo organizacional empieza con el cambio y la innovacin. La bsqueda abierta del mejoramiento y la capacidad de autocrtica distinguen el esfuerzo individual en mejora de la Empresa. La cultura organizacional est enmarcada en modernidad, eficiencia, eficacia y calidad del servicio.ESTRELLAS DEL SUR S.A.C. permite a sus trabajadores actuar con seguridad, dentro del marco que establecen sus polticas, para ejecutar sus iniciativas en forma inteligente y constructiva.

TITULO VIIIDISPOSICIONES FINALESPRIMERAEl presente Reglamento ser autorizado y/o aprobado por los canales que prev la Ley; el que posteriormente se entregar a todos los trabajadores por medio de la Gerencia.SEGUNDALa responsabilidad de velar por el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo corresponde a la Gerencia. TERCERAEl desconocimiento del presente Reglamento Interno no exonera de las responsabilidades que se genera como consecuencia de su aplicacin.CUARTALa Gerencia revisar el presente Reglamento Interno y recomendar su actualizacin en aspectos que considere necesarios. Las modificaciones, supresiones y ampliaciones del presente Reglamento Interno sern autorizadas por la Gerencia General, de la misma manera su distribucin. QUINTATodos los casos no previstos expresamente en este Reglamento Interno se regirn por los dispositivos legales vigentes o que al efecto dicte la Empresa en legtimo ejercicio de su derecho dentro de las facultades y el ordenamiento legal vigente sobre aspectos especficos.SEXTALas normas especficas y los procedimientos administrativos y tcnicos de rigor que amplen o aclaren los Artculos del presente Reglamento Interno se efectuarn mediante Directivas, Comunicados, y Memorandos que dicte la Empresa a travs de la Gerencia.