reglamento interno 2013

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DIGETE I.E.I. N° 012 “TALENTOS DE MARÍA” MONSEFÚ REGLAMENTO INTERNO DEL AIP I. DISPOSICIONES GENERALES 1. Las acciones de Tecnologías Educativas DREL el presente año, en concordancia con los objetivos educativos del Proyecto Educativo Regional y la Directiva N° 014 - 2012-G.R.LAMB/DREL-DGP-TE se orientarán al logro de aprendizajes de calidad, buscando contribuir a elevar los niveles de logro suficiente de los estudiantes en las diferentes áreas del DCN. 2. La Institución Educativa formará el Comité Tecnológico Institucional el cual estará presidido por la Directora. 3. La Institución Educativa inmersa en el uso de las Tecnologías Educativas, debe contar con el Proyecto de Integración de las Tecnologías de información y Comunicación, el mismo que debe formar parte de su Proyecto Educativo Institucional (PEI, PCI, PAT, instrumentos de monitoreo y supervisión). 4. La Institución educativa debe contar: Ambiente adecuado Tener como mínimo 5 máquinas Acreditar que la Institución Educativa y e Aula de Innovaciones cuenten con la seguridad del caso. Seguridad (Guardianía y protectores, extintores de incendio, , alianzas estratégicas con la comisaría más cercana a la institución, etc.). Compromiso de la Institución Educativa y del CONEI de asumir las sostenibilidad y mantenimiento del Aula de Innovación Pedagógica. 5. El proceso de asignación de Personal docente a la institución educativa incorporada a las Tecnologías Educativas, se efectuará de acuerdo a las instrucciones específicas y procedimientos normados por la Dirección Regional de Educación 6. La Dirección debe monitorear y acompañar el desarrollo de las actividades relacionadas con el uso de las TIC.

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Page 1: Reglamento Interno 2013

DIGETE

I.E.I. N° 012

“TALENTOS DE MARÍA”

MONSEFÚ

REGLAMENTO INTERNO DEL AIP

I. DISPOSICIONES GENERALES

1. Las acciones de Tecnologías Educativas – DREL el presente año, en

concordancia con los objetivos educativos del Proyecto Educativo

Regional y la Directiva N° 014 - 2012-G.R.LAMB/DREL-DGP-TE

se orientarán al logro de aprendizajes de calidad, buscando contribuir a

elevar los niveles de logro suficiente de los estudiantes en las diferentes

áreas del DCN.

2. La Institución Educativa formará el Comité Tecnológico Institucional el

cual estará presidido por la Directora.

3. La Institución Educativa inmersa en el uso de las Tecnologías

Educativas, debe contar con el Proyecto de Integración de las

Tecnologías de información y Comunicación, el mismo que debe formar

parte de su Proyecto Educativo Institucional (PEI, PCI, PAT,

instrumentos de monitoreo y supervisión).

4. La Institución educativa debe contar:

Ambiente adecuado

Tener como mínimo 5 máquinas

Acreditar que la Institución Educativa y e Aula de Innovaciones

cuenten con la seguridad del caso. Seguridad (Guardianía y

protectores, extintores de incendio, , alianzas estratégicas con la

comisaría más cercana a la institución, etc.).

Compromiso de la Institución Educativa y del CONEI de

asumir las sostenibilidad y mantenimiento del Aula de

Innovación Pedagógica.

5. El proceso de asignación de Personal docente a la institución educativa

incorporada a las Tecnologías Educativas, se efectuará de acuerdo a las

instrucciones específicas y procedimientos normados por la Dirección

Regional de Educación

6. La Dirección debe monitorear y acompañar el desarrollo de las

actividades relacionadas con el uso de las TIC.

Page 2: Reglamento Interno 2013

7. La Dirección deberá facilitar el desarrollo de programa de capacitación

programada por el docente del Aula de Innovación Pedagógica en

horarios que no interfieran el desarrollo de actividades educativas.

8. El Docente de Aula de Innovación Pedagógica propone a la Dirección de

la Institución Educativa el Plan de trabajo de incorporación de las TIC en

las acciones educativas, así como de implementar sus instrumentos de

trabajo.

9. El DAIP debe asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el

currículo así como promover la participación de la comunidad educativa

en el uso de las TIC.

10. El DAIP, bajo responsabilidad deberá permanecer en el Aula de

Innovación Pedagógica mientras se lleve a cabo las sesiones de

aprendizaje usando los equipos, medios informáticos y materiales

educativos por los docentes de aula y los estudiantes, a fin de brindar

asesoría permanente y oportuna.

11. Los docentes de aula deben presentar su sesión de aprendizaje con

anticipación.

12. Las docentes asistirán a la capacitación que se le asigne así como a las

reuniones que determinen las DAIP

13. El uso del AIP es para docentes, alumnos, personal administrativo,

auxiliares, padres de familia, ex-alumnos y comunidad en general

14. El personal administrativo y de servicio podrá hacer uso del AIP

II. DEL HORARIO DE SERVICIO

1. Se asignará horarios establecidos a cada sección en ambos turnos el cual

deberá ser respetado.

2. Fuera del horario establecido se asignará horas en que puedan ingresar

las docentes según su necesidad; así mismo las docentes pueden ingresar:

de 12 a 1.00p.m en el turno de la mañana

de 5 a 6.00 p.m. en el turno de la tarde

3. El docente debe asistir puntualmente al AIP y respetar los horarios

establecidos por el coordinador del Aula de Innovaciones

4. Los horarios establecidos anteriormente también son para los padres de

familia que deseen el servicio, excepción del horario de refrigerio y

recreación.

5. Solicitar el aula de innovaciones pedagógicas con anticipación para

evitar el cruce de horarios.

Page 3: Reglamento Interno 2013

III. DEL CUIDADO DEL EQUIPO DE COMPUTACIÓN DEL AIP Y

COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS EN EL AIP

1. La Dirección y responsables del AIP son los responsables directos del

uso adecuado de los equipos, materiales y servicios, en especial del buen

uso de Internet.

2. Los equipos están a cargo de los DAIP, se le dará el debido

mantenimiento a solicitud del docente

3. Los equipos, software educativo y materiales podrán ser usados para la

capacitación de los docentes y padres de familia de la Institución

Educativa.

4. No se podrá introducir alimentos de ninguna especie al AI

5. El usuario es responsable del equipo que se le asigne, desde el momento

que hace su entrada hasta el momento de su salida.

6. Cualquier anomalía que se presente durante el servicio al usuario deberá

ser notificado verbalmente o por escrito al coordinador del AIP

7. Se prohíbe el uso de Diskettes, CD, USB, salvo autorización del

responsable de turno del AIP previo chequeo contra virus informáticos

8. No mover, copiar o borrar un archivo sin la autorización del docente

encargado del aula de innovación.

9. Evitar golpear el Mouse y el teclado

10. El usuario deberá mantener limpia su área de trabajo.

11. El personal responsable del AIP, será el único que esté autorizado para

manipular la impresora.

12. La asistencia al AIP deberá ser en forma ordenada y con las manos

limpias.

IV. USO DEL SOFTWARE DE COMPUTADORA Y DE LOS EQUIPOS

INFORMÁTICOS

1. Los software que utilizamos son para uso educativo

2. No se permite el uso de software de juegos salvo se haga de manera

educativa

3. Solicitar el material educativo o software a utilizar con anticipación a la

docente del aula de innovación.

Page 4: Reglamento Interno 2013

V. CONEXIONES A SITIOS DE INTERNET

En caso tuviéramos conexión a internet:

1. El servicio de Internet es exclusivamente para uso educativo

2. El usuario deberá indicar lo que va a trabajar en Internet

3. Queda prohibido la instalación del Servicio de Internet dado por el

MINEDU en ambientes administrativos, bajo responsabilidad del

Director de la I.E.; así como los equipos, televisores, ordenadores u otros

destinados a estudiantes.

VI. INFRACCIONES Y SANCIONES

1. En caso de que el usuario no cumpliera con alguna de las reglas

anteriormente indicadas, se le aplicará una sanción.

2. En el caso que el usuario acumule 3 sanciones, se le suspenderá el

servicio por 1 semana

3. En el caso de que la falta fuera de extrema gravedad, se le suspenderá

según criterio del coordinador del Aula de Innovación Pedagógica en

coordinación con la dirección.

VII. DISPOSICIONES FINALES

1. Los asuntos no contemplados en el presente Reglamento Interno serán

resueltos por la Dirección de la Institución Educativa.