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UNIVERSIDAD ANDINA “NESTOR CACERES VELチSQUEZ” JULIACA OFICINA DE PLANIFICACION UNIVERSITARIA UNIDAD DE PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION REGLAMENTO DE ORGANIZACIモN Y FUNCIONES DE LA UANCV JULIACA-PERU 2011

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UNIVERSIDAD ANDINA“NESTOR CACERES VELÁSQUEZ”

JULIACA

OFICINA DE PLANIFICACION UNIVERSITARIAUNIDAD DE PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓNY FUNCIONES DE LA UANCV

JULIACA-PERU2011

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UANCV-OPU-UPR REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

1

PRESENTACIÓN

La Unidad de Presupuesto y Racionalización de la Oficina de Planificación

Universitaria, presenta a la comunidad universitaria el Reglamento de

Organización y Funciones de la UANCV.

El presente reglamento, se constituye en un instrumento normativo de gestión

institucional, en donde se precisa la naturaleza, fines, objetivos, funciones

generales, las atribuciones de los titulares de las unidades orgánic as y sus

relaciones funcionales; asimismo, establece la estructura funcional y orgánica de

las dependencias hasta el tercer nivel organizacional. Comprende 12 títulos, 26

capítulos, 170 artículos, 3 disposiciones complementarias y una disposición final.

La implementación, difusión y aplicación del presente reglamento, es tarea de

toda la comunidad universitaria d e la UANCV, para contribuir al logro de la misión

y visión de nuestra universidad. Que redundara en una óptima gestión

administrativa de calidad.

.

MAG. FREDY MOLINA NARVAEZJEFE DE LAS UNIDADES DE PRESUPUESTO

Y RACIONALIZACION

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AUTORIDADES UNIVERSITARIAS

DR. Juan LUQUE MAMANIRector

DR. Justo SOSA AROHUANCAVicerrector Académico

MAG. Julio HUAMAN MEZAVicerrector Administrativo

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VISION

Ser la universidad líder, acreditada con excelenc ia académica, humanística,

científica tecnológica; comprometida con el desarrollo regional, nacional e

Internacional.

MISION

Somos una universidad privada, formadora de profesionales y académicos

Lideres, con valores éticos, morales y capacidad de gestión; comprometida

con el desarrollo sostenible regional, nacional e internacional .

VALORESJusticia

IdentidadLealtad

HonestidadResponsabilidad

ToleranciaSolidaridad

Respeto

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIVERSIDA DANDINA NESTOR CACERES VELASQUEZ DE JULIACA

CONTENIDO

PRESENTACION

TITULO PRIMERO: GENERALIDADES, PRINCIPIOS, FINES08

CAPITULO I Generalidades, Base Legal, Naturaleza , Principiosy Fines 08

CAPITULO II Organización de la Universidad. 11

TITULO SEGUNDO: ORGANOS DE GOBIERNO 13

CAPITULO III Asamblea Universitaria 13CAPITULO IV Consejo Universitario 14CAPITULO V Rector 17

Vicerrector Académico 18Vicerrector Administrativo 19

TITULO TERCERO : ORGANOS CONSULTIVOS 21

CAPITULO VI Comité Electoral 21CAPITULO VII Tribunal de Honor 22CAPITULO VIII Comisiones Permanentes 22

TITULO CUARTO: ORGANO DE INSPECCION Y CONTROL 23

CAPITULO IX: Oficina de Control Interno 23Unidad de Control Interno 24Unidad de Auditoria Interna 25

TITULO QUINTO: ORGANOS DE ASESORIA 27

CAPITULO X Oficina de Asesoría Jurídica 27Unidad de Asesoría Administrativa 28Unidad de Asesoría Jurídica 28

CAPITULO XI Oficina de Planificación Universitaria 29Unidad de Presupuesto y Racionalización 30Unidad de Estadística y Desarrollo Universitario 31Unidad de Cooperación Técnica Internacional 32Unidad de Infraestructura 33

CAPITULO XII Oficina de Evaluación y AcreditaciónUniversitaria 34

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TITULO SEXTO: ORGANOS DE APOYO A RECTORADO 36CAPITULO XIII Oficina de Secretaria General 36

Unidad de Grados y Títulos 37Unidad de Resoluciones 37Unidad de Trámite Documentario 38

CAPITULO XIV Oficina de Imagen Institucional 39Unidad de Relaciones Públicas e Imagen 40Unidad de Prensa y Protocolo 41

CAPITULO XV Oficina de Tecnología Informática 42

TITULO SETIMO: ORGANOS DE APOYO A VICERRECTORADOACADEMICO 43

CAPITULO XVI Oficina Permanente de Admisión 43

CAPITULO XVII Oficina de Servicios Académicos 44Unidad de Registro Central 45Unidad de Archivo Central 46

CAPITULO XVIII Oficina de Investigación 47

CAPITULO XIX Oficina de Tecnología Educativa 48

TITULO OCTAVO: ORGANOS DE APOYO A VICERRECTORADOADMINISTRATIVO 50

CAPITULO XX Oficina de Producción de Bienes yPrestación de Servicios 50Unidad de Proyectos Productivos y de Servicio 51Unidad de Gerencia y Control de Centros deProducción y Servicios 52

CAPITULO XXI Oficina de Bienestar Universitario y ProyecciónSocial y Extensión Universitaria 54Unidad de Bienestar Universitario 55Unidad de Proyección Social y Extensión Universitaria 56

CAPITULO XXII Oficina de Economía 57Unidad de Contabilidad 58Unidad de Tesorería 59Unidad de Abastecimientos 61Unidad de Patrimonio y Servicios Generales 62

CAPITULO XXIII Oficina de Personal 63Unidad de Remuneraciones 65Unidad de Escalafón y Capacitación 66Unidad de Control de Personal 67

TITULO NOVENO : ORGANOS DE LINEA 69

CAPITULO XXIV Facultades 69

CAPITULO XXV Escuela de Posgrado 82

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TITULO DECIMO: ORGANOS DESCONCENTRADOS 92

CAPITULO XXVI Filial y Sub Sedes. 92

TITULO DECIMO PRIMERO: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 98

TITULO DECIMO SEGUNDO: DISPOSICIONES FINALES 98

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 98

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIVERSIDADANDINA "NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ"

TITULO PRIMERO

GENERALIDADES, PRINCIPIOS, FINES

CAPITULO I

GENERALIDADES, BASE LEGAL, NATURALEZA, PRINCIPIOS Y FINES.

GENERALIDADES

Art.1.-El Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento d e

gestión de carácter normativo. Describe la naturaleza, finalidad, objetivos,

estructura y funciones generales de los órganos de la Universidad Andina

Néstor Cáceres Velásquez de Juliaca .

Art.2.-La Aplicación y cumplimiento del presente Reglamento de Organización y

Funciones (ROF) de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez,

alcanza a todos los integrantes y órganos que conforman la universidad;

Andina Néstor Cáceres Velásquez, por lo que su ámbito lo constituye la

Sede Principal Juliaca, Sub Sede Puno, Sub Sede Ilave, ubicadas en la

Región Puno; y la Filial Arequipa ubicada en la Región Arequipa.

BASE LEGAL

Art.3.- El Reglamento de Organización y Funciones (ROF), tiene su sustento en

la Constitución Política del Estado, Ley Universitaria No 23733 Ley de

Creación de la UANCV No 23738, Ley Ampliatoria No 25266, Resolución

de Institucionalización No 1287 -92-ANR y el Estatuto Universitario.

NATURALEZA

Art.4.- La Universidad Andina "Néstor Cáceres Velásquez " es una persona

jurídica de derecho privado. Creado por la Ley No 23738 de fecha 29 de

diciembre de 1983 y Ley complementaria No. 24661, i nstitucionalizada

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mediante Resolución No 1287 -92-ANR. Su sede es la ciudad de Juliaca,

Provincia de San Román, Región Puno de la Republica del Perú.

Art.5.- La Universidad Andina "Néstor Cáceres Velásquez" como comunidad

universitaria, esta integrada por prof esores, estudiantes y graduados; se

dedica al estudio, la investigación, la educación, extensión y proyección

social; y a la producción de bienes y prestación de servicios.

Art.6. La Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” goza de autonomía

académica, económica, normativa y administrativa dentro de los alcances

de la Ley.

PRINCIPIOS

Art.7.- La Universidad Andina "Néstor Cáceres Velásquez", orienta su

actividad con los siguientes principios:

a) La autonomía académica, administrativa, económ ica, normativa y de

gobierno, que es inherente a su esencia y fines de conformidad con la

Constitución Política del Estado , Ley Universitaria No 23733 y sus

modificatorias, Ley de Creación de la UANCV No 23738 y su Estatuto.

b) La búsqueda permanente de la verdad, la afirmación de los valores

nacionales, la defensa y respeto de los derechos humanos y el

servicio a la comunidad.

c) El pluralismo y la libertad de pensamiento, de crítica, de expresión y

de cátedra, con lealtad a los principios constituc ionales y a los fines

institucionales.

d) El rechazo a toda forma de violencia, intolerancia, discriminación y

dependencia.

e) La práctica de la democracia interna a través del gobierno

universitario.

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FINES

Art.8.- Son fines de la Universidad Andina "Néstor Cáceres Velásquez", los

siguientes:

a) Asimilar, conservar, acrecentar, revalorar y difundir la cultura nacional,

andina y universal con carácter crítico, reflexivo y creativo.

b) Realizar investigaciones en las humanidades, las ciencias y las

tecnologías, acorde con las necesidades locales, regionales y

nacionales, proponiendo alternativas para la consecución del

desarrollo socio-económico y el bienestar social del país.

c) Formar profesionales humanistas, científicos e investigadores

idóneos y de alta calidad académica, de acuerdo con los

requerimientos y necesidades prioritarias del país.

d) Promover y efectuar acciones de extensión y proyección

universitaria, aplicando el conocimiento en lo cultural, científico y

tecnológico para la solución de los problemas de la comunidad en

general.

e) Fomentar, rescatar y desarrollar los valores éticos y cívicos, la

conciencia nacional, el sentido de responsabilidad y solidaridad al

servicio de la comunidad, reafirmando la integración nacional,

latinoamericana y universal.

f) Propiciar la producción de bienes y la prestación de servicios, para

contribuir al desarrollo local, regional y nacional; gener ando recursos

propios para la universidad.

g) Propender y mantener convenios permanentes de inte rcambio

científico y cultural con las universidades del país y del e xtranjero.

h) Incentivar, organizar y auspiciar el perfeccionamiento de los docentes

y la constante actualización académica de los graduados y la

capacitación del personal administrativo ..

i) Cumplir las demás atribuciones que señala la Constitución Política del

Estado, la Ley Universitaria y el Estatuto Universitario.

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CAPITULO IIORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD

Art.9.- La organización académica y a dministrativa de la Universidad Andina

"Néstor Cáceres Velásquez" se sustenta en el régimen facultativo. Para el

logro de sus fines se orienta por los principios de integración,

descentralización de funciones y atribuciones, racionalización de recursos

humanos, económicos y materiales, y la simplificación de procedimientos

académicos y administrativos.

Art.10.- La estructura orgánica de la Universidad Andina "Néstor Cáceres

Velásquez” es la siguiente:

ORGANO DE GOBIERNO- Asamblea Universitaria

- Consejo Universitario

- Rector

- Consejo de Facultad

- Decano

ALTA DIRECCION- Rector

- Vicerrector Académico

- Vicerrector Administrativo

ORGANOS CONSULTIVOSDependientes de la Asamblea Universitaria- Comitê Electoral

Dependientes de Consejo Universitario- Tribunal de Honor

- Comisiones Permanentes

ÓRGANO DE INSPECCION Y CONTROL- Oficina de Control Interno

ORGANOS DE ASESORIA- Oficina de Planificación Universitaria

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- Oficina de Asesoría Jurídica

- Oficina de Evaluación y Acreditación Universitaria

ORGANOS DE APOYODependientes de Rectorado

- Secretaría General

- Oficina de Imagen Institucional

- Oficina de Tecnología Informática

Dependientes de Vicerrectorado Académico- Oficina Permanente de Admisión

- Oficina de Servicios Académicos

- Oficina de Investigación

- Oficina de Tecnología Educativa

Dependientes de Vicerrectorado Administrativo- Oficina de Producción de Bienes y Prestación de

Servicios.

- Oficina de Bienestar Universitario, Proyección Social y Extensión

Universitaria.

- Oficina de Economía

- Oficina de Personal

ORGANOS DE LINEA- Facultades

- Escuela de Posgrado

ORGANOS DESCONCENTRADOS- Filial

- Sub Sedes

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TITULO SEGUNDOORGANOS DE GOBIERNO

CAPITULO IIIASAMBLEA UNIVERSITARIA

Art.11.- La Asamblea Universitaria es el máximo órgano de gobierno de la

universidad y esta integrada por :

a) El Rector

b) Los Vice-rectores académico y administrativo.

c) Los decanos de las facultades.

d) El director de la escuela de post grado.

e) Los representantes de los docentes o rdinarios, en número igual al doble

de la suma de las autoridades u niversitarias indicadas en los anteriores

incisos. En la proporción siguiente :

50% principales

30% asociados

20% auxiliares

f) Los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del

número total de los representantes de la a samblea.

g) Los representantes de los graduados en número no mayor al de la

mitad del número total de los decanos; entendiéndose como tal el

número entero inmediato superior; si el número es con fracción.

h) Dos (2) representantes de la fundación p atrocinadora de la UANCV.

Art.12.- La Asamblea Universitaria tiene las siguientes atribuciones:

a) Reformar el estatuto de la u niversidad en sesión extraordinaria

convocada expresamente para ello y cautelar el cumplimiento del

estatuto.

b) Elegir al rector y a los vicerrectores académico y administrativo

c) Elegir al director de la Escuela de post grado

d) Elegir al jefe de la Oficina de Control Interno.

e) Pronunciarse sobre la renuncia y declara r la vacancia de los cargos de

rector o de los vicerrectores, en sesión extraordinaria convocada

expresamente para ello.

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f) Ratificar el plan anual de funcionamiento y el plan de desarrollo de la

universidad, aprobados, por el consejo universitario.

g) Pronunciarse sobre la memoria anual del r ector y evaluar el

funcionamiento de la universidad.

h) Acordar la creación, fusión y sup resión de facultades, carreras

académico-profesionales, institutos y escuela o sec ciones de

posgrado, de acuerdo con la respectiva propuesta fundamentada y

documentada del consejo universitario en sesión extraordinaria

convocada para tal fin.

i) Pronunciarse en última instancia sobre asuntos internos de carácter

académico o administrativo, siempre que afecten a los intereses de la

Universidad o a los miembros de esta.

j) Pronunciarse sobre las auditorias internas en lo académico,

administrativo y económico, en salv aguarda de los intereses de la

universidad. Nombrar comisiones específicas , en caso necesario, con

funciones específicas.

k) Pronunciarse sobre el receso temporal de la u niversidad, de las

facultades y de otras unidades académicas, declarado por el consejo

universitario en sesión extraordinaria, convocada expresamente para

ello.

l) Elegir el comité‚ electoral de la universidad, por el periodo de un año,

pudiendo ampliar sus funciones por un periodo de un (01) año más.

m) Pronunciarse sobre la reorganización de las facultades y/o carreras

académico profesionales en última instancia.

CAPITULO IVCONSEJO UNIVERSITARIO

Art.13.- El consejo universitario, es el órgano de dirección superior de

promoción, de administración y de ejecución de la universidad. Esta

integrado por:

a) El Rector

b) Los vice-rectores académico y administrativo.

c) Los decanos de las facultades.

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d) El director de la escuela de posgrado

e) Representantes de los estudiantes, el cual debe ser un tercio de

los miembros del consejo universitario.

f) Un representante de los graduados.

g) Un representante de la fundación p atrocinadora de la UANCV, por

un periodo de dos años.

Art.14.- Son atribuciones del consejo universitario:

a) Aprobar a propuesta del rector en primera instancia, el plan anual de

funcionamiento y desarrollo de la universidad.

b) Aprobar el reglamento general de la universidad, como instrumento

complementario y subordinado al estatuto, debiendo ser dicho

reglamento al compendio de los manuales y velar por su estricto

cumplimiento.

c) Aprobar el reglamento de elecciones y otros de carácter interno.

d) Aprobar el presupuesto general de la universidad, autorizar los act os

y contratos que atañen a la u niversidad y resolver todo lo pertinente

a su economía.

e) Proponer a la asamblea universitaria, la creación, fusión, supresión o

reorganización de las facultades, escuela o secciones de posgrado

carreras académico-profesionales e institutos.

f) Ratificar los planes de estudio o trabajo propuesto por las facultades

y demás unidades académicas.

g) Conferir los grados académicos y los títulos p rofesionales aprobados

por las facultades, así como otorgar distinciones honoríficas.

h) Reconocer y revalidar los estudios, grados y títulos de las

universidades extranjeras, cuando la universidad esté autorizada

para ello de acuerdo a su reglamento.

i) Aprobar semestralmente el número de vacantes para el concurso de

admisión, previa propuesta de las facultades y escuela de

posgrado, en concordancia con el presupuesto y el plan de

desarrollo de la universidad.

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j) Nombrar y/o tomar los servicios profesionales para el ejercicio de la

docencia y/o funciones administrativas en las modalidades previstas

por la ley.

k) Otorgar y suprimir los regímenes de dedicación exclusiva y tiempo

completo de profesores de la UANCV por: racionalización, problemas

presupuestarios y académicos acumulados.

l) Declarar excedentes a los docentes que queden sin carga lectiva

mínima establecida.

m) Ratificar a todos los docentes ordinarios, previa evaluación en el

término previsto por la ley y promoverlos de acuerdo a lo señalado

en los respectivos reglamentos.

n) Contratar los servicios del personal administrativo de acuerdo a ley,

así como su remoción conforme al reglamento respectivo .

o) Declarar excedente el personal administrativo en función a los

resultados de la evaluación.

p) Nombrar y remover al personal administrativo de acuerdo con el

reglamento respectivo.

q) Recesar temporalmente la universidad o parte de ella si se producen

graves alteraciones de disciplina que perturben su marcha nor mal,

con cargo a informar a la asamblea u niversitaria.

r) Aceptar legados y donaciones.

s) Ratificar Convenios y acue rdos con otras Universidades e

instituciones.

t) Ejercer el poder disciplinario sobre los docentes, estudiantes,

personal administrativo y de servicio.

u) Resolver en segunda instancia todos los conflictos internos que se

generen en la comunidad universitaria .

v) Conocer y resolver todos los demás asuntos encomendados,

específicamente a otras autoridades universitarias y en última

instancia.

w) Pronunciarse públicamente con sentido crítico, constructivo o

técnico, de acuerdo al fenómeno de la problemática local, regional y

nacional, a través de su representante legal.

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x) Conceder becas y licencias a los docentes, trabajadores

administrativos y estudiantes, de acuerdo al reglamento.

y) Conocer en primera instancia la propuesta de reorganización de las

facultades y/o carreras académico -profesionales, cuyo trámite será

conforme a reglamento.

z) Autorizar la celebración de contratos y convenios de in tercambio o

colaboración de la universidad con entidades públicas o privadas, así

como la realización de congresos, eventos académicos o

profesionales.

aa)Designar a los miembros del tribunal de honor y de la comisión de

procesos administrativos y disciplinarios, los que funcionaran

conforme a su reglamento.

bb) Resolver todos los asuntos no previs tos en el estatuto.

Art.15.- El consejo universitario para el mejor gobierno y administración de la

universidad nominara comisiones permanentes y/o e speciales para la

realización de tareas específicas.

CAPITULO VRECTOR

Art.16.- El rector es el personero y el representante legal de la universidad, en tal

condición preside todos los órganos colegiados de gobierno y ejerce la

gestión institucional. Cuando lo juzgue necesario podrá delegar la

representación legal de la UANCV de acuerdo a Ley.

Art.17.- El rector de la universidad tiene las siguientes atribuciones y funciones:

a) Preside la asamblea universitaria y el consejo u niversitario y hace

cumplir sus acuerdos expidiendo para el efecto las r esoluciones

correspondientes.

b) Dirige la actividad académica de la universidad y su gestión

administrativa, económica y financiera.

c) Presenta al consejo universitario para su aprobación el plan de

desarrollo, el plan anual de funcionamiento y el presupuesto anual de

la universidad; y a la asamblea universitaria, su memoria anual.

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d) Refrenda los diplomas de grados académicos, títulos profesionales,

diplomas y certificaciones que se otorguen por la u niversidad.

e) Refrenda las distinciones honoríficas conferidas por el consejo

universitario.

f) Convoca y preside los órganos de gobierno de la universidad.

g) Propone al consejo universitario para su aprobación a los funcionarios

para las oficinas universitarias.

h) Cumple y hace cumplir las leyes, el estatuto de la universidad, los

reglamentos, las demás disposiciones y acuerdos d el consejo

universitario y de la asamblea universitaria.

i) Autoriza los avisos y publicaciones de la universidad.

j) Delega funciones a las autoridades que estime por conveniente, para

lograr una eficiente labor universitaria. Cumplir en general las demás

obligaciones que el presente estatuto y los reglamentos establezcan.

k) Vela por el cumplimiento de la autonomía universitaria.

l) Otorga y suprime los regímenes de dedicación exclusiva y tiempos

completos al personal docente que ostenten cargos de confianza.

m) Las demás que otorgue la ley y el estatuto.

VICERRECTOR ACADEMICOArt.18.- El vicerrector académico es el encargado de asumir el rol de dirección,

orientación y ejecución de actividades académicas de la UANCV,

encaminados al logro de los fines y objetivos de la universidad. Realiza

acciones operativas a través de las dependencias a su cargo . Está a

cargo de un docente principal a dedicación exclusiva, designado por la

asamblea universitaria. Depende jerárquica y administrativamente del

rector.

.

Art.19.- Son atribuciones y funciones del v icerrector académico.

a) Reemplazar al rector en los casos de vacancia, licencia, ausencia o

impedimento temporal.

b) Coordinar las actividades académicas entre las facultades, carreras

académico profesionales, institutos, escuela o secciones de pos

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grado y demás unidades académ icas dentro del espíritu de la ley

universitaria y el estatuto.

c) Presidir las comisiones que estudien y fundamenten la creación,

fusión, supresión o reorganización de las unidades académicas que

menciona el inciso anterior.

d) Coordinar y controlar el funcionamiento de las siguientes o ficinas:

- Oficina Permanente de Admisión.

- Oficina de Servicios Académicos.

- Oficina de Investigación.

- Oficina de Tecnología Educativa.

e) Elevar al rector los proyectos de resoluciones que tengan que ver

con la actividad académica, tales como la aprobación de los

currículos, los traslados internos y externos, las reservaciones de

matriculas y otros.

f) Coordinar y supervisar con los decanos de las facultades, y

departamentos académicos la programación, ejecución y evaluación

del quehacer académico.

g) Firmar los certificados de estudios y las constancias, conjuntamente

con el jefe de la oficina de servicios académicos y el secretario

general.

h) Informar periódica y oportunamente a l rectorado el avance

cronológico y académico de la universidad.

i) Preparar los documentos para la elaboración de la memoria del

rector, dentro de su campo.

j) Otras que le sean asignadas por el rector o el consejo u niversitario.

VICERRECTOR ADMINISTRATIV O.

Art.20.- El vicerrector administrativo es el encargado de asumir el rol de dirección,

orientación y ejecución de actividades en la gestión administrativa,

económica y financiera de la UANCV ; así como la de realizar acciones

operativas a través de las dependencias a su cargo, encaminados al

logro de los fines y objetivos de la universidad. Realiza acciones

operativas a través de las dependencias a su cargo. Está a

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UANCV-OPU-UPR REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

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cargo de un docente principal a dedicación exclusiva, designado p or la

asamblea universitaria. Depende jerárquica y administrativamente del

rector.

Art.21.- Son atribuciones y funciones del vicerrector a dministrativo:

a) Reemplazar al rector y/o vicerrector a cadémico, en ausencia de los

mismos.

b) Supervisar y coordinar el desarrollo de las actividades, económicas,

financieras y administrativas.

c) Preparar normas técnico-administrativas, relacionadas con su ámbito

de acción.

d) Coordinar y controlar el funcionamiento de las siguientes o ficinas:

- Oficina de Producción de Bienes y Prestación de Servicios.

- Oficina de Bienestar Universitario y Proyección Social y Extensión

Universitaria

- Oficina de Economía

- Oficina de Personal.

e) Proponer al rector el nombramiento de personal administrativo y de

servicio permanente o contratado, pre via sugerencia de las jefaturas

correspondientes.

f) Formular, coordinar y consolidar los planes, programas y acciones

administrativas propuestas por las facultades.

g) Elevar al rector, periódica y oportunamente el avance de p artidas

genéricas y especificas del presupuesto.

h) Organizar el inventario de bienes, muebles e inmuebles, controlando

que se mantengan actualizados.

i) Firmar cheques, juntamente con el jefe de la oficina de economía.

j) Autorizar la adquisición de bienes, prestación de servicios y

contratación de obras, cuyos montos serán autorizad os por el

consejo universitario.

k) Firmar documentos relacionados con el personal, juntamente con el

jefe de la oficina de personal.

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l) Aprobar el proyecto de distribución de aulas, en coordinación con el

vicerrector académico y la oficina de planificación universitaria.

m)Dictaminar sobre los expedientes relacionados con la función

administrativa, que provengan de las facultades o de las oficinas

administrativas.

n) Proponer las sanciones del personal administrativo y de servicio , de

acuerdo con las propuestas de los jefes de oficina y el reglamento

interno correspondiente.

o) Preparar los documentos para la elaboración de la memoria del

Rector, dentro de su cargo.

p) Otras que le sean asignadas por el rector o el consejo u niversitario.

TITULO TERCEROORGANOS CONSULTIVOS

CAPITULO VICOMITÉ ELECTORAL

Art.22.- La asamblea universitaria elige anualmente el comité e lectoral, que

estará constituido por:

a) Tres docentes principales

b) Dos docentes asociados.

c) Un docente auxiliar.

d) Tres representantes de estudiantes.

Art.23.- El comité electoral universitario es autónomo y se encarga de organizar,

conducir y controlar los procesos electorales ; así como, pronunciarse

sobre las reclamaciones que se presentan. Sus fallos son inapelables.

Durante el desempeño de sus funciones, no podrán ser candid atos ni

ocupar ningún cargo de gobierno. El presidente debe ser profesor

principal, el secretario y relator puede ser cualquier miembro.

El reglamento correspondiente normara sus funciones.

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CAPITULO VIITRIBUNAL DE HONOR

Art.24.- El tribunal de honor es un ente autónomo que conoce y resuelve en

primera instancia, asuntos disciplinarios relacionados con docentes,

docentes autoridades o estudiantes de la Universidad.

Art.25.- El tribunal de honor esta conformado por dos docentes y un estudiante

de los últimos semestres de derecho, conforme a la te rna enviada por

la Facultad de entre los de mejor aprovechamiento académico. Se

designara igualmente accesitarios para c ada uno de ellos. El de mayor

jerarquía ejerce la presidencia, el siguiente en jerarquía o antigüedad

hace las veces de secretario, el representante estudiantil ejerce las

veces de vocal.

Art.26.- El mandato de los miembros docentes del tribunal de h onor es de dos

años y del estudiante de un año. La condición de miembro es

irrenunciable.

CAPITULO VIIICOMISIONES PERMANENTES

Art.27.- Las comisiones permanentes son de asesoría y opinión, sobre asuntos:

académicos, administrativos, económicos, finan cieros, de proyección

social, de infraestructura física y técnica, de bienestar universitario, de

acreditación universitaria, de gestión empresarial y otros.

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TITULO CUARTOORGANO DE INSPECCION Y CONTROL

CAPITULO IXOFICINA DE CONTROL INTERNO

Art.28.- Constituye el órgano de inspección y control de la UANCV, la oficina

de control interno

Art.29.- La oficina de control interno, tiene como función cautelar el cumplimiento

de la ley universitaria, el estatuto y los reglamentos i nternos de la

UANCV; así como controlar y evaluar la correcta administración de l

potencial humano y los recursos materiales y financieros.

Art.30.- El titular de la oficina de control interno, es elegido por la asamblea

universitaria entre los profesores principales por un periodo de tres (3)

años.

Art.31.- La oficina de control interno desarrolla las siguientes funciones:

a) Ejercer oportunamente el control posterior interno a toda s las

unidades orgánicas de la universidad, sobre la base de las

normas que regulan su accionar y el cumplimiento del plan anual

de control debidamente aprobado. Cautelará la calidad y

oportunidad de los procedimientos, mecanismos y acciones de

control y auditoria.

b) Informar oportunamente a rectorado, respecto a los resultados de

las acciones de control y auditoria efectuadas, indicando las

recomendaciones pertinentes para su atención y apoyar

decididamente en su aplicación; igualmente alertar en caso

de inacción o negligencia de los órganos decisorios intermedios,

para adoptar las medidas correctivas dispuestas, advirtiendo el

riesgo de tales circunstancias.

c) Remitir el resultado de acciones de control sobre la gestión de la

entidad al rector y la asamblea universitaria,

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d) Ejecutar el seguimiento correspondiente a la implementación de las

acciones correctivas derivadas de las acciones de control

practicadas en la entidad, comprobando la adopción efectiva

de las medidas apropiadas para la superación de las

deficiencias dentro de los plazos y formas previstas; esta función

comprende también verificar y realizar, de ser el caso, el

seguimiento de las acciones judiciales interpuestas como

consecuencia de las acciones de control efectuados.

e) Efectuar la auditoria a los estados financieros de la entidad,

en la forma y pautas que señale las normas de auditoria.

f) Realizar acciones de control y verificación de los inventarios de

bienes patrimoniales y de almacenes de la universidad.

g) Comunicar oportunamente al titular cualquier perturbación a la

autonomía de la oficina de control interno.

h) Asesorar prudentemente y sin carácter vinculante a rectorado y

asamblea universitaria para mejorar los procesos, prácticas e

instrumentos de control interno aportando información evaluada y

criterios sustentables que sean producto del análisis de

situaciones acontecidas con anterioridad.

i) Cumplir diligentemente con los encargos y requerimientos que le

formule l a a s a m b le a u n i ve rs i t a r i a y e l r e c t o r .

j) Promover el mejoramiento de normas, métodos, procedimi entos y

técnicas modernas de control.

k) Las demás funciones que le permita las normas legales y la alta

dirección.

UNIDAD DE CONTROL INTERNO

Art.32.- La unidad de control interno es responsable de efectuar acciones de

control en el ámbito de la UANCV . El titular de la unidad de control

interno estará a cargo de un profesional preferentemente con titulo de

abogado.

.

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Art.33.- Son funciones de la unidad de control i nterno:

a) Cautelar el cumplimiento de la ley universitaria, el estatuto y

reglamento interno de la UANCV.

b) Asumir la defensa de los intereses de la universidad, en estricta

aplicación de la ley y normas legales vigentes.

c) Resolver las quejas de los miembros de la u niversidad, acerca del

cumplimiento de la ley, el estatuto y r eglamentos.

d) Evaluar la eficiencia institucional, como resultado de revisar las

acciones y procedimientos del planeamiento, organización, dirección

y coordinación administrativa y académica.

e) Asesorar al rector como máximo jefe institucional y a la asamblea

universitaria y consejo universitario, como órganos de decisión

superior universitaria.

f) Cumplir con las disposiciones emanadas de la asamblea

universitaria, consejo universitario y r ectorado.

g) Otras que encomienden la asamblea universitaria, consejo

universitario y rectorado.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Art.34.- La unidad de auditoria interna, es el ente asesor de control posterior

interno, en base a las normas de auditoria generalmente aceptadas y el

plan anual de control. El titular de la unidad de auditoria i nterna será un

profesional, preferentemente contador público colegiado especialista en

auditoria,

Art.35.-La unidad de auditoria interna cumple con las siguientes funciones

básicas:

a) Formular el plan anual de las acciones de auditoria de la UANCV,

conforme a las normas y lineamientos de política institucional.

b) Programar, dirigir y ejecutar las acciones de auditoria interna dentro

del ámbito institucional de su competencia de confo rmidad con la

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normatividad del sistema nacional de auditoria y política establecida

por el rectorado como titular de la UANCV.

c) Efectuar el control de los aspectos técnicos, económicos, financieros,

contables, administrativos, académicos y de gestión en general,

mediante auditorias, exámenes especiales y supervisiones e

investigaciones, elevando informes a la asamblea u niversitaria y

despacho rectoral.

d) Elaborar los informes de evaluación semestral y anual del plan

operativo en ejecución de conformidad a la s directivas impartidas por

la asamblea universitaria, rectorado.

e) Efectuar supervisiones de control de los distintos sistemas

administrativos de conformidad a las normas legales vigentes.

f) Ejercer control y acciones propias de su competencia en los órganos

de línea, apoyo y demás dependencias de la UANCV.

g) Realizar acciones de auditoria dispuestas por el rectorado, así como

efectuar investigaciones sobre denuncias, quejas y reclamos en

relación al quehacer de la universidad.

h) Informar al rectorado, sobre la utilización de los recursos y

cumplimiento de metas y objetivos por parte de los res ponsables.

i) Efectuar el seguimiento y aplicación de medidas correctivas a efecto

de que se superen las observaciones y se implementen las

recomendaciones de los informes emitidos como consecuencia de

las acciones de control realizadas, informando respecto al estado en

que se encuentran tanto a l jefe de oficina, al rector como a la

asamblea universitaria.

j) Mantener permanentemente coo rdinaciones con la Contraloría

general y con los órganos internos de control del sistema

universitario, mediante reuniones anua les para uniformar criterios de

control.

k) Efectuar las demás acciones de auditoria y control que le asigne el

rector, vice rectores, como funcionarios del mayor nivel jerárquico de

la UANCV.

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TITULO QUINTOORGANOS DE ASESORIA

CAPITULO XOFICINA DE ASESORIA JURIDICA

Art.36.- La oficina de asesoría jurídica, es la encargada de otorgar el marco

jurídico legal a la gestión institucional y brindar asesoramiento a los

órganos de gobierno y a las dependencias de la UANCV. Como

órgano asesor tiene por finalidad de pronunciarse dentro del marco

jurídico legal sobre los aspectos que así lo soliciten y se hace

responsable de sus opiniones. Está a cargo de un docente ordinario a

dedicación exclusiva o tiempo completo, nombrado por el consejo

universitario a propuesta del rector. Depende jerárquica y

administrativamente de rectorado.

.

Art.37.- La oficina de asesoría jurídica, tiene las funciones siguientes:

a) Asesorar a las órganos de gobierno, alta dirección, dependencias

académicas y administrativas y absolver consultas de naturaleza

jurídico legal.

b) Actuar en defensa de la universidad ante el fuero judicial.

c) Prestar orientación legal a la comunidad universitaria, en

asuntos que no constituyen controversia con la institución.

d) Proponer las políticas de las acciones de carácter jurídico – legal.

e) Informar periódicamente del avance de las acciones

programadas y de los procesos judiciales que enfrenta la

universidad.

f) Emitir opinión jurídico legal de las normas formuladas por los

diferentes órganos de la universidad.

g) Absolver consultas sobre asuntos legales, formulados por los

miembros de la comunidad universitaria, en vías de orientación.

h) Realizar las demás funciones que le asigne el rector de la

universidad

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UNIDAD DE ASESORIA ADMINISTRATIVA

Art. 38.- La unidad de asesoría administrativa, es la responsable de o torgar el

marco jurídico legal de aspectos administrativos . Estará dirigida por un

profesional especialista y dependerá jerárq uica y administrativamente

del jefe de la oficina de asesoría jurídica.

Art. 39.- Son funciones de la unidad de asesoría a dministrativa:

a) Estudiar y emitir opiniones jurídico -legales de los expedientes

administrativos.

b) Formular y tramitar los diferentes contratos de trabajo y de otra

índole que efectúa la universidad.

c) Absolver consultas escritas y verbales sobre asuntos jurídicos

administrativos formulados por los miembros de la comunidad

universitaria en vía de orientación;

d) Sistematizar y archivar la legalización concerniente a los asun tos

administrativos y de utilidad para fines de oficina;

e) Realizar las demás funciones que le asigne el jefe de la oficina

de asesoría jurídica.

UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA

Art. 40.- La unidad de asesoría Jurídica, es la responsable de o torgar el marco

jurídico legal de aspectos civiles y penales . Estará dirigida por un

profesional especialista y dependerá jerárq uica y administrativamente

del jefe de la oficina de asesoría Jurídica.

Art.41.- Son funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica:

a) Asumir la defensa de la universidad en asuntos civiles y pena les

como demandante o demandada.

b) Absolver consultas sobre asuntos legales de su competenc ia

formuladas por la comunidad universitaria, en vía de orientación .

c) Asesorar y defender a los integrantes de la comunidad

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universitaria en asuntos penales cuando las circunstancias sean

pertinentes.

d) Sistematizar y archivar la legislación concerniente a los asuntos

civiles y penales de necesidad de la o ficina

e) Realizar las demás funciones que le asigne el jefe d e la oficina

de asesoría jurídica.

CAPITULO XIOFICINA DE PLANIFICACION UNIVERSITARIA

Art.42.- La oficina de planificación universitaria, es el órgano de a sesoría,

responsable del desarrollo universitario, conduce el proceso de la

información estadística, la formulación de proyectos de inversión,

presupuesto, racionalización, infraestructura y cooperación técnica

internacional. Esta a cargo de un docente a tiempo completo elegido

por consejo universitario a propuesta del rector. Depende jerárquica y

administrativamente del rectorado.

Art.43.- La Oficina de Planificación Universitaria, tiene las siguientes funciones:

a) Asesorar al órgano de gobierno de la universidad, a la alta

dirección, en materias de políticas para el desarrollo institucional.

b) Formular, proponer y evaluar los planes de desarrollo a corto

mediano y largo plazo de la institución y el sistema estadístico

de la universidad..

c) Conducir el proceso de programación, formulación, ejecución y

evaluación del presupuesto de la Universidad,

d) Normar, integrar, coordinar, y ejecutar las actividades estadísticas en

el ámbito de la universidad.

e) Conduce la elaboración de documentos de gestión

administrativa.

f) Dirigir y coordinar las acciones del sistema cooperación técnica

de la universidad.

g) Conducir la consolidación, actualización y promover la firma de

convenios de cooperación internacional, nacional, regional y

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local, con organismos públicos y privados.

h) Conducir las acciones de: racionalización administrativa,

análisis organizacional y normatividad.

i) Gestionar la transferencia de recursos financieros, bienes,

servicios, capitales y tecnología mediante convenios.

j) Planeamiento de infraestructura física de la universidad, así como el

aprovechamiento del espacio y uso racional de la planta física.

k) Las demás que le encargue el rector de la u niversidad y no previstas

en el presente reglamento.

UNIDAD DE PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION

Art.44.- La unidad de presupuesto y racionalización es la encargada de formular,

evaluar y controlar las actividades presupuesto y racionalización de la

universidad. Estará dirigida por un jefe de unidad, de preferencia un

profesional especialista en el área, y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la oficin a de planificación universitaria.

Art.45.- Son funciones de la Unidad de Presupuesto y Racionalización:

a) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la UANCV.

b) Planificar, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar

el proceso presupuestario de la institución, en todas sus fases.

c) Coordinar con la alta dirección, estamentos académicos y

administrativos la programación presupuestal, y ampliaciones

presupuestarias.

d) Promover el perfeccionamiento permanente de los procesos

técnicos de presupuesto y sistematización de las mismas.

e) Proporcionar información presupuestaria a los órganos de gobierno,

al rector; a otros estamentos cuando lo soliciten, previa

autorización y coordinación con la jefatura de la oficina de

planificación universitaria

f) Formular y coordinar las tareas relativas a la fase de programación

presupuestal

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g) Programar, formular, controlar y evaluar el presupuesto de la

institución, sujetándose a los objetivos Institucionales establecidos

por el rector de la UANCV para cada año.

h) Emite opinión presupuestal técnica para contrato del personal

docente y no docente.

i) Consolidar directivas, reglamentos u otros dispositivos

normativos, en coordinación con las dependencias, académicas

y administrativas con la finalidad de asegurar el normal

funcionamiento de la universidad.

j) Consolidar, actualizar y procesar instrumentos normativos,

como son: Reglamento de organización y funciones, manual

de organización y funciones, cuadro para asignación de

personal, texto único de procedimientos administrativos.

k) Planificar, gestionar y evaluar el intercambio y/o desplazamiento de

recursos humanos diversos.

l) Formular y proponer a la alta dirección, políticas de

racionalización de los recursos humanos de la universidad, en

coordinación con la oficina de personal.

m) Las demás funciones, relacionadas a su competencia que le asigne

la jefatura de oficina de planificación u niversitaria.

UNIDAD DE ESTADISTICA Y DESARROLLO UNIVERSITARIO

Art. 46.- La unidad de estadística y desarrollo universitario es la encargada del

análisis y procesamiento de información estadística cuantitativa

relacionada con la vida institucional, a fin de facilitar el diagnóstico, la

planificación, toma de decisiones, asegurando un flujo de información

interna y externa; de igual forma es la encargada de formular, evaluar y

controlar planes de desarrollo, acción y proyectos de i nversión. Estará

dirigida por un jefe de unidad, de preferencia un p rofesional especialista

en el área. Dependerá jerárquica y administrativamente del jefe de la

oficina de planificación universitaria.

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Art.47.- Son funciones de la unidad de estadística y desarrollo universitario:

a) Planificar, organizar, coordinar, la implementación del

sistema de estadística y planeamiento de la universidad.

b) Recopilar, consolidar, formular y evaluar el plan estratégico

de la universidad, plan de acción institucional.

c) Recopilar, analizar, procesar, consolidar, y actualizar la

información estadística de la universidad, con la finalidad

de brindar información estadística básica y aplicada.

d) Editar en forma anual el boletín estadístico de la universidad.

e) Recopilar, consolidar y procesar la información para la memoria anual.

f) Elaborar directivas para formulación y elaboración de los planes de

acción de las diferentes dependencias universitarias..

g) Presentar en forma trimestral la evaluación del plan de acción y en

forma anual la evaluación del pla n estratégico.

h) Preparar proyectos y estudios técnicos de inversión productiva y

de servicios al interior de la universidad.

i) Las demás funciones que le asigne la jefatura de la oficina de

planificación universitaria.

UNIDAD DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL

Art. 48.- La unidad de cooperación técnica internacional es la encargada de

formular, gestionar, controlar y evaluar los proyectos y convenios de

cooperación técnica nacional e internacional , por medio del cual, la

institución canaliza, recibe, transfiere y/o intercambia recursos

humanos, bienes, servicios, capitales, tecnología, de fuentes

cooperantes externas e internas. Estará a cargo por un profesional

especialista en el área, y dependerá jerárq uica y administrativamente

del jefe de la oficina de planificación universitaria.

Art.49.- Son funciones de la unidad de cooperación técnica internacional:

a) Planificar, programar, gestionar y evaluar el intercambio

de recursos humanos, bienes y servicios diversos.

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b) Formular, gestionar, controlar y evaluar los proyectos de inversión

para lograr cooperación técnica nacional e internacional.

c) Formular, canalizar, coordinar y apoyar la ejecución de convenios, y

actividades de implementación, investigación, producción y

sociales, conducentes al desarrollo Universitario

d) Presentar informes trimestrales del cumplimiento de las acciones de

cooperación nacional e internacional .

e) Constituirse en gestora de recursos financieros y donaciones por

cooperación técnica nacional e internacional.

f) Difundir permanentemente en la comunidad universitaria las

ofertas de las becas, pasantía, especialización y otros. Asesorando

a los interesados en los trámites administrativos.

g) Las demás funciones, relacionadas a su competencia que le

asigne la jefatura de la oficina de planificación u niversitaria.

UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA

Art. 50.- La unidad de infraestructura es la responsable de la concepción diseño

y control de los proyectos de infraest ructura física que requiere la

universidad. Estará dirigida por un profesional especialista y

dependerá jerárquica y administrativamente del jefe de la oficina de

planificación universitaria.

Art.51.- Son funciones de la unidad de i nfraestructura:

a) Formular y conducir el proceso técnico y administrativo de los

proyectos de inversión en inf raestructura y su ejecución bajo

las diversas modalidades en concordancia con los dispositivos

legales vigentes.

b) Elaborar, evaluar y ejecutar el plan director de desarrollo

físico y equipamiento de la universidad.

c) Formular los anteproyectos y proyectos de inversión en

infraestructura , de acuerdo a las necesidades determinadas en

el consejo universitario.

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d) Participar en la formulación del plan de acción de los proyectos

de inversión de la UANCV..

e) Coordinar con los residentes de obras la ejecución de los

proyectos y obras de inversión

f) Efectuar coordinaciones entre la unidad de presupuesto y

racionalización en materia de ejecución financiera.

g) Brindar apoyo y asesoramiento técnico, para la ejecución de

anteproyectos y proyectos a las distintas facultades de la UANCV.

h) Participar en la elaboración y evaluación del programa de

inversiones del presupuesto anual de la institución.

i) Informar periódicamente del avance físico y financiero del

desarrollo de las obras en ejecución.

j) Determinar y autorizar la necesidad para la realización de

cualquier tipo de estudios, que permitan desarrollar el proceso

constructivo de las obras.

k) Evaluar los resultados y el impacto de los estudios, en

su etapa de formulación, como también de los estudios

definitivos en expedientes técnicos.

l) Evaluar, consolida y concilia los avances de obra, a

través de las valorizaciones de obras, remitidas por el residente

y supervisor de obras.

m) Verificar, controla y autoriza la adquisición de materiales, y la

prestación de servicios; de igual manera la contratación y

categorización del personal de obra.

n) Las demás funciones, relacionadas a su competencia que le

asigne la jefatura de la oficina de planificación universitaria.

CAPITULO XIIOFICINA DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA

Art.52.- La oficina de evaluación y acreditación u niversitaria, es la encargada de

promover los procesos de evaluación y acreditación de la

universidad. Está a cargo de un docente ordinario a ti empo completo

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nombrado por el consejo universitario a propuesta del rector. Depende

jerárquica y administrativamente de rectorado,

.

.

Art.53.- La oficina de evaluación y acreditación universitaria, tiene las funciones

siguientes:

a) Proponer lineamientos de política relacionadas al mejoramiento

de la calidad, institucional, así como a la capacitación y

perfeccionamiento del personal de la universidad;

b) Diseñar e implementar un sistema de normalización y

autoevaluación para la acreditación de la universidad;

c) Desarrollar eventos relacionados al proceso de mejoramiento de la

calidad educativa y acreditación;

d) Asesorar en el proceso de autoevaluación de las facultades

para la posterior acreditación de la universidad;

e) Fomentar en los miembros de la comunidad universitaria

una cultura de autoevaluación, acreditación y mejoramiento

continuo de la calidad;

f) Emitir dictámenes técnicos y asesorar en el campo de su competencia;

g) Informar periódicamente de las actividades realizadas a

rectorado

h) Proponer los estándares mínimos de calidad para cada una de

las carreras profesionales;

i) Otras funciones encomendadas por el rectorado en el ámbito de su

competencia.

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TITULO SEXTOORGANOS DE APOYO A RECTORADO

CAPITULO XIIIOFICINA DE SECRETARIA GENERAL

Art.54.- La oficina de secretaría general es un órgano de apoyo y de servicio

que depende del rectorado. Tiene por responsabilidad el tramite de los

documentos, archivos, registro de grados y títulos que ot orga la

universidad. Está a cargo de un docente ordinario a dedicación

exclusiva o tiempo completo, nombrado por el consejo u niversitario a

propuesta del rector. Depende jerárquica y administrativamente de

rectorado. Es el fedatario de la universidad.

Art.55.- La oficina de secretaría general tiene las funciones siguientes:

a) Preparar la agenda y elaborar las actas del consejo unive rsitario y

asamblea universitaria.

b) Redactar y transcribir las resoluciones de los órganos de gobierno

para conocimiento de las demás organizaciones de la u niversidad y

personas interesadas.

c) Conducir los trámites y procedimientos ac adémicos administrativos

de la universidad.

d) Preparar la documentación que el secretario general presentará al

rector.

e) Tramitar y registrar los grados académicos y títulos profesionales

que expide la universidad;

f) Legalizar diplomas, certificados de estudios y toda documentación

oficial firmada por las autoridades competentes.

g) Imprimir, reproducir y autenticar la documentación de secretaría

general y demás órganos de gobierno de la u niversidad.

h) Elaborar y firmar los certificados y constancias de trabajo que

provengan de la oficina de personal

i) Realizar las demás funciones que le asigne el rector de la

universidad.

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UNIDAD DE GRADOS Y TITULOSArt. 56.- La unidad de grados y t ítulos, es la responsable del control del

otorgamiento de grados y títulos en la Universidad . Estará dirigida por

un profesional especialista y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la oficina de s ecretaria general.

Art. 57.- La unidad de grados y t ítulos tiene las funciones siguientes:

a) Controlar y administrar el a rchivo de las carpetas de grados y títulos de

los alumnos de pre y post grado de la universidad.

b) Tramitar y registrar los grados académico s y títulos que la universidad

expida.

c) Tramitar las fichas de inscripción de grados y títulos ante la asamblea

nacional de rectores.

d) Verificar los requisitos en los expedientes de grados y títulos de pre y

posgrado

e) Preparar las medallas y diplomas para la ceremonia de colación .

f) Programar fechas, lugar para la ceremonia de colación de grados y

títulos

g) Otras funciones asignadas por el secretario general.

UNIDAD DE RESOLUCIONESArt. 58.- La Unidad de resoluciones, es la responsable de la redacción de

resoluciones. Estará dirigida por un profesional especialista y

dependerá jerárquica y administrativamente del jefe de la oficina de

secretaria general.

Art. 59.- La unidad de resoluciones tiene las funciones siguientes:

a) Verificar, supervisar y controlar la formulación y emisión de

resoluciones, teniendo especial cuidado en la fundamentación de las

mismas,

b) Redactar y transcribir las resoluciones de los órganos de gobierno,

para conocimiento de las demás dependencias de la u niversidad y

personas interesadas.

c) Coordinar con el secretario general sobre documentos

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recepcionados y que aun falta completar información y/o

documentación sustentatoria para la emisión de resoluciones.

d) Administrar la documentación para su pronta ubicación,

manteniendo la mayor fuente documentaria que corresponda a la

unidad.

e) Atender a los usuarios y absolver consultas relacionadas con la

emisión de resoluciones y otras inherentes al cargo.

f) Imprimir y reproducir la documentación de la secretaría g eneral y fin

de reproducir documentos para el inmediato servicio de las

oficinas internas de la universidad.

g) Otras funciones asignadas por el secretaría g eneral.

UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO (MESA PARTES)Art. 60.- La unidad de tramite documentario, es la responsable de l tramite de la

documentación oficial de la Universidad . Estará dirigida por un

profesional especialista y dependerá jerárq uica y administrativamente

del jefe de la oficina de secretaria g eneral.

Art. 61.- La Unidad de trámite documentario tiene las funciones siguientes:

a) Recibir, registrar y dar curso a la documentación oficial de la

universidad.

b) Administrar la documentación para su pronta ubicación,

manteniendo la mayor fuente documentaria que corresponda a la

unidad.

c) Coordinar con la secretaria de secretaría general sobre el

trámite, recepción, archivo y entrega de documentos a las

oficinas internas e interesados.

d) Atender a los usuarios y absolver consultas relacionadas con

trámi te documentar io .

e) Desarrollar un proceso dinámico de distribución de la

documentación.

f) Otras funciones asignadas por secretaria general.

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CAPITULO XIVOFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

Art.62.- La oficina de imagen institucional es el órgano de apoyo de rectorado,

encargada de difundir e informar sobre las actividades, con el fin de

elevar y mantener el prestigio de la universidad; así mismo, propiciar la

práctica de las relaciones humanas entre los miembros de la

comunidad universitaria; establecer y mantener relaciones con

entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras. Coordina con

las instancias pertinentes las actividades protocolares. Estará a cargo

de un docente ordinario a tiempo c ompleto y dedicación exclusiva,

nombrado por el consejo universitario a propuesta del rector. Depende

jerárquica y administrativamente de rectorado.

.

Art. 63.- Son funciones de la oficina de imagen i nstitucional:

a. Diseñar la política de imagen institucional de la universidad.

c. Conducir la edición de revistas y boletines de carácter científico y

cultural con las diferentes facultades de la UANCV.

d. Redactar los comunicados oficiales de la U A N C V y suministra

materiales de información a los diversos medios de comunicación de

la localidad, región o país, para mantener informada a la opinión

pública sobre la vida universitaria.

d. Suministrar material informativo a los estudiantes, sobre la

actividad académica y administrativa de la universidad.

e. Establecer comunicación con entidades públicas y privadas,

nacionales y extranjeras a fin de coordinar la realización de

actividades conjuntas.

f. Conducir eventos y actos protocolares que se desarrollan dentro y

fuera de la universidad.

g. Organizar conferencias de prensa y programas televisivos referentes

a lo que acontece en la UANCV.

h. Representar a las autoridades en actos protocolares fuera de la

universidad.

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i. Otras funciones que le asigne el rector.

UNIDAD DE RELACIONES PÚBLICAS E IMAGEN

Art. 64.- La unidad de relaciones publicas e imagen, es la responsable de

conducir las relaciones publicas e imagen de la u niversidad. Estará

dirigida por un profesional especialista y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la ofici na de imagen institucional.

Art. 65.- La unidad de relaciones publicas e i magen tiene las funciones

siguientes:

a) Diseñar la política de relaciones públicas e imagen institucional.

b) Mantener actualizado el archivo periodístico de la oficina de imagen

institucional.

c) Mantener actualizado la base de datos de la oficina de imagen

institucional.

d) Coordinación para la organización de eventos, ceremonias,

premiaciones u otros actos académicos designados por la alta

dirección.

e) Atención al público que asiste a la oficina de imagen institucional .

f) Concesión de información a estudiantes, universitarios y público en

general, sobre temas concernientes al entorno universitario .

g) Proponer las medidas protocolares y de relaciones públicas

concernientes a mejorar la imagen de la universidad y/o sus

organismos.

h) Planificar la realización de eventos l iterarios, científicos y culturales

dentro y fuera de la comunidad u niversitaria.

i) Supervisar la forma y contenido de los documentos de prensa y

radio antes de la divulgación pública.

j) Otras funciones que le asigne el jefe de oficina

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UNIDAD DE PRENSA Y PROTOCOLOArt. 66.- La unidad de prensa y protocolo, es la responsable de la difusión y

protocolo de la universidad. Estará dirigida por un profesional

especialista y dependerá jerárquica y administrati vamente del jefe de la

oficina de imagen institucional.

Art.67.- La unidad de prensa y protocolo tiene las funciones siguientes

a) Publicar periódicamente revistas y otros documentos de

información a la comunidad univer sitaria.

b) Redacción y envío de notas de prensa referentes a las diligencias

que organiza o ejecuta la UANCV.

c) Publicación en la página web de la UANCV las actividades

académicas, ceremonias y convenios que involucran a nuestra

institución.

d) Organizar conferencias de prensa y programas televisivos

referentes a lo que acontece en la UANCV.

e) Diligencia para etiquetar, empaquetar, ensobrar y remitir

invitaciones a las diferentes dependencias universitarias y

entidades publicas y privadas.

f) Diseñar diplomas, invitaciones, tarjetas, trípticos, programas

ceremoniales, gigantografías y demás gráficos dependiendo la

coyuntura

g) Organizar y conducir las ceremonias oficiales de la universidad y

otros extraordinarios que indique el rector.

h) Tomar fotográficas en eventos y ceremonias predispuestas al

entorno académico y administrativo.

i) Apoyo a otras dependencias de la institución en la organización de

ceremonias.

j) Otras funciones que le asigne el jefe de o ficina

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CAPITULO XVOFICINA DE TECNOLOGIA INFORMATICA

Art.68.- La oficina de tecnología informática es el órgano de apoyo de r ectorado,

encargada de planificar, organizar, diseñar, dirigir y mantener renovado

el sistema de servicios de información automatizada de la universidad,

Estará a cargo de un docente ordinario a tiempo completo, nombra do

por el consejo universitario a propuesta del rector. Depende jerárquica y

administrativamente de rectorado, cuenta don dos unidades: Unidad de

Desarrollo de Software y Unidad de Mantenimiento de Hardware

Procesos y Producción..

Art. 69.- Son funciones de la oficina de tecnología informática

a) Formular y proponer la política de tecnología informática y científica

en los aspectos académicos y administrativos de la universidad.

b) Definir objetivos cuantificables para supe rar los problemas y

satisfacer las necesidades de la universidad en el campo de la

informática, sistemas y tele comunicaciones .

c) Dar pautas generales sobre evaluación y adquisición de equipos de

cómputo, sistemas operativos, sistemas de aplicación y siste mas de

informática en general,

d) Ofrecer servicio de procesamiento de datos de apoyo a la

enseñanza, investigación y administración en la comunidad

universitaria.

e) Mantener actualizado la pagina web de la u niversidad

f) Asesorar a la alta dirección y a las f acultades en asuntos

relacionados a su especialidad.

g) Capacitar al personal administrativo de la universidad

en el adecuado uso de recursos informáticos y el

adiestramiento en el manejo del software de oficina.

h) Brindar servicios de mantenimiento de redes, software a hadware

de las diferentes dependencias de la u niversidad.

i) Instalar redes para la automatización de la información académica,

para actas, certificados

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j) Otras funciones que le asigne el rectorado.

TITULO SETIMOORGANOS DE APOYO A VICERRECTORADO ACAD EMICO

CAPITULO XVIOFICINA PERMANENTE DE ADMISION

Art.70.- La oficina permanente de admisión es la encargada de planificar,

organizar, ejecutar y evaluar el proceso de admisión, por el cual

se realiza el ingreso a la universidad para cursar estudios

académicos profesionales en la diferentes carreras académico

profesionales con que cuenta la u niversidad. La o f i c ina de

com is ión pe rmanen te de adm is ión será nombrada por consejo

universitario a propuesta del rector, integrada por dos profesores

ordinarios y un estudiante en calidad de observador. El Presidente

asume la jefatura de la oficina permanente de a dmisión. Depende

jerárquica y administrativamente de vicerrectorado a cadémico.

.

Art. 71.- Son funciones de la oficina permanente de admisión:

a) Determinar las medidas económicas administrativas,

organizativas, a fin de realizar un proceso exitoso garantizando su

imparcialidad y honestidad.

b) Determinar la utilización racional de los recursos humanos,

materiales y económicos.

c) Elaborar el reglamento del concurso de admisión para su

aprobación por el consejo universitario.

d) Convocar oportunamente al concurso de a dmisión.

e) Formular criterios para elaborar una prueba de admisión objetiva y

estandarizada.

f) Diseñar y organizar el banco de preguntas.

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g) Dar cuenta al consejo universitario sobre los resultados del proceso

de concurso de admisión, conforme al cronograma establecido.

h) Elaboración del prospecto de admisión, afiches, trípticos y otros

documentos técnicos.

i) Formulación y mantener actualizado la información estadística de

los procesos de admisión. .

j) Mantener actualizados los archivos de los postulantes en general.

Art.72.- Las decisiones y resoluciones de la oficina permanente de admisión,

son definitivas e inapelables, dentro del contexto de autonomía que

tiene este órgano.

Art.73.- La comisión permanente de admisión tiene la obligación de publicar

la nomina de postulantes que hayan logrado ingresar a la

Universidad, en orden de meritos.

CAPITULO XVIIOFICINA DE SERVICIOS ACADÉMICOS

Art.74.- La oficina de servicios académicos es el órgano de apoyo a

vicerrectorado académico, encargada de centralizar, sistematizar y

controlar la actividad académica de formación profesional, ejecutada

por las facultades, relacionada al proceso de matrícula, actas de

evaluación, archivos académicos y certificados. Estará a cargo de un

docente ordinario a tiempo com pleto, nombrado por el Consejo

universitario a propuesta del rector. Depende jerárquica y

administrativamente de vicerrectorado a cadémico.

.

Art.75.- Son funciones de la oficina de servicios a cadémicos:

a) Asesorar al vicerrectorado académico, en materia de política

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académica para el desarrollo institucional.

b) Orientar el proceso académico de acuerdo a las políticas y

estrategias de la UANCV.

c) Elaborar y actualizar los documentos normativos tales como:

reglamento académico, reglamento de matrícula, reglamento

de evaluación, reglamento de grados y títulos, reglamentos de

docentes, reglamento de prácticas pre profesionales, bibliotecas,

laboratorios y otros.

d) Automatizar la información académica, previa la instalación de

las redes y servidores.

e) Automatizar e l otorgamiento de certificados de estudios.

f) Programar y ejecutar certámenes académicos en beneficio de

docentes, estudiantes y población en general.

g) Asesorar a los órganos académicos en el manejo de software

académico.

h) Organizar el sistema de registro y archivo académico, concernien te al

desarrollo curricular de formación profesional y de la labor que

realiza el docente universitario.

i) Proporcionar información académica de estudiantes y docentes para

trámites correspondientes a cada caso.

j) Coordina acciones con las comisiones académico y c urricular de las

facultades.

k) Optimizar el proceso académico a través de la formulación

oportuna de lineamientos estratégicos de desarrollo.

l) Otras que le encomiende el vicerrector a cadémico.

UNIDAD DE REGISTRO CENTRAL

Art.76.- La unidad de registro central es la encargada de la organización y registro

de los documentos inherentes a las currículas, planes de estudio,

sílabos, actas de evaluación, certificados de estudios, carnés

universitarios y del control posterior de las actividades relacionadas con

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el cumplimiento de funciones planes, programas, objetivos y metas

académicas de las diversas unidades orgánicas de la u niversidad.

Estará dirigida por un profesional especialista y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la oficina de servicios académicos.

Art. 77.- Son funciones de la unidad de registro central:

a) Planificar, organizar y coordinar la implementación del sistema

académico de la universidad.

b) Centralizar, procesar y dar a conocer, la información académica de

la universidad,

c) Archivar actas promocionales y otros de la universidad.

d) Procesar y analizar información relacionada con la población

estudiantil, docentes, egresados, graduados y titulados.

e) Proponer a la jefatura y ejecutar las acciones de control sobr e

aspectos normativos, operativos y de gestión académica.

f) Elaborar los certificados de estudios de pre y post grado.

g) Procesar los datos referidos a carnés universitarios.

h) Emitir información académica a los estudiantes y ex alumnos.

i) Las demás funciones que asigne el jefe de oficina.

UNIDAD DE ARCHIVO CENTRAL

Art.78.- La unidad de archivo central es encargada de centralizar, sistematizar y

archivar la documentación, proporcionada por todas las unidades

operativas de la universidad. Estará dirigida por un personal con

capacitación en el área. Dependerá jerárquica y administrativamente del

jefe de la oficina de servicios académicos.

Art. 79.- Son funciones de la unidad de archivo c entral:

a) Organizar, dirigir y controlar el funcionamiento del archivo central

de la universidad, de acuerdo con la normatividad vigente.

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b) Proponer directivas o normas internas para la administración de

los archivos.

c) Acopiar, conservar y organizar el patrimonio documental de la

universidad, teniendo presente la eficiencia en la administración de

los archivos.

d) Brindar servicio oportuno de información a los usuarios

e) Coordinar acciones con todas las unidades operativas de la

UANCV.

f) Las demás funciones que asigne el jefe de oficina.

CAPITULO XVIIIOFICINA DE INVESTIGACION

Art. 80.- La oficina de investigación es un órgano de apoyo del vicerrectorado

académico. Tiene la responsabilidad de registrar, fomentar, pro mover,

difundir y publicar los proyectos de i nvestigación, desarrollados en las

diferentes facultades de la universidad, de acuerdo con las líneas de

política de investigación. Estará a cargo de un docente ordinario a

tiempo completo, nombrado por el consejo universitario a propuesta del

rector. Depende jerárquica y administrativamente de vicerrectorado

académico.

Art. 81.- Son funciones de la oficina de i nvestigación:

a) Proponer a vicerrectorado académico, políticas y estrategias de

investigación de la universidad y dar a conocer las prioridades en la

política de investigación a la comunidad universitar ia.

b) Promover, registrar y facilitar la investigación en la u niversidad,

realizando periódica evaluación de la misma de acuerdo a las

normas establecidas.

c) Propiciar la realización de eventos científicos anuales con la finalidad

de hacer conocer a la comunid ad académica los avances y

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resultados de los trabajos de investigación.

d) Publicar los trabajos de investigación anualmente y

propiciar las publicaciones en revistas nacionales y extranjeras

de reconocimiento científico.

e) Proponer convenios nacionales e internacionales para promoción y

financiamiento para el desarrollo de trabajos de investigación.

f) Programar actividades a fin de dotar a los investigadores de los

conocimientos técnicos adecuados para optimizar los trabajos de

investigación.

g) Otras funciones que le asigne el v icerrectorado académico.

CAPITULO XIXOFICINA DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA

Art. 82.- La oficina de tecnología educativa es la encargada de proponer las

políticas y estrategia referente a la implementación de tecnol ogía

educativa para la actividad académica de la universidad con la finalidad

de mejorar el proceso de enseñanza de docentes y aprendizaje de los

estudiantes. Estará a cargo de un docente ordinario a ti empo completo,

nombrado por el consejo universitario a propuesta del rector. Depende

jerárquica y administrativamente de v icerrectorado académico. Cuenta

con las unidades de: unidad de desarrollo académico, unidad de

supervisión y control del desarrollo académico.

Art. 83.- Son funciones de la oficina de tecnología educativa:

a) Supervisar el desarrollo de las actividades de diseño,

programación, ejecución, evaluación y actualización curricular en

las diferentes facultades.

b) Planificar y ejecutar programas de perfeccionamiento y

actualización docente en aspectos técnico-pedagógicos.

c) Mejorar la calidad de la enseñanza, a través de la innovación de

métodos y técnicas didácticas de la enseñanza moderna y elaborar

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procedimientos para la selección de instrumentos auxiliares del

proceso educativo.

d) Proponer las normas para garantizar la prestación eficiente de

servicios en las bibliotecas especializadas de cada facultad.

e) Mantener actualizado del material bibliográfico de la universidad en

coordinación con las facultades y escuela de post grado.

f) Sistematizar la información bibliográfica disponible en el entorno de

internet y otros.

g) Publicar los manuales, textos y libros universitarios ge nerados por

los docentes de la universidad

h) Propiciar la creatividad y renovación pedagógica, tecnología

educacional y diseños de sistemas de aprendizaje.

i) Controlar la aplicación del registro de asistencia y evalua ción de los

alumnos en toda la universidad

j) Otras funciones que le asigne el vicerrectorado a cadémico.

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TITULO OCTAVOORGANOS DE APOYO A VICERRECTORADO ADM INISTRATIVO

CAPITULO XXOFICINA DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Art. 84.- La oficina de producción de bienes y prestación de s ervicios, esta

encargada de propiciar la creación y gerencia de unidades de

producción de bienes y la presta ción de servicios, generando recursos

propios para la universidad. Estará a cargo de un docente ordinario a

tiempo completo, designado por el consejo universitario a Propuesta del

rector.

Art. 85.- La oficina de producción de bienes y prestación de s ervicios tiene las

siguientes funciones.

a) Proponer las políticas de gestión y directivas específicas para

producción de bienes y prestación de servicios de la

universidad.

b) Elaborar el plan de actividades anual de producción de bienes

y prestación de servicios de la universidad en coordinación con

las facultades.

c) Propicia la suscripción de convenios de cooperación para el

financiamiento de las unidades productivas y de servicios.

d) Evaluar las actividades económicas y resultados financieros de

las unidades productivas y de servicio e informar a consejo

universitario de los resultados sobre el grado de cumplimiento

de sus metas programadas, y los índices de liquidez, de gestión,

de solvencia y de rentabilidad.

e) Formular proyectos de factibilidad de producción de bienes y

prestación de servicios para la generación de ingresos y

presentar alternativas de financiamiento para su ejecución.

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f) Prestar asesoría a docentes y es tudiantes en la formulación de

proyectos de inversión.

g) Apoyar en la administración de los centros de producción de

bienes y prestación de servicios, presentando informes

periódicos sobre sus resultados

h) Coordinar con la oficina de planificación universitaria la

factibilidad de los proyectos de inversión.

i) Organizar certámenes tecnológicos sobre producción de bienes

y prestación de servios.

UNIDAD DE PROYECTOS PRODUCTIVOS Y DE SERVICIOS

Art. 86.- La unidad de proyectos productivos y de s ervicios es la encargada de

diseñar, formular, analizar, evaluar y canalizar los proy ectos productivos

y de prestación de servicios con la finalidad de generar ingresos propios

para la universidad. Estará dirigida por un profesional especialista y

dependerá jerárquica y administrativamente del jefe de la o ficina

producción de bienes y prestación de servicios.

Art. 87.- Son funciones de la unidad de p royectos productivos y de servicios:

a. Diseña y elabora planes de trabajo para las facultades y/o CAPs .

que deseen implementar un centro productivo y/o de servicios.

b) Formular proyectos a nivel de factibilidad de producción de

bienes y prestación de servicios para la generación de ingresos y

presentar alternativas de financiamiento para su ejecución.

c) Asesorar a docentes y estudiantes de los últimos semestres en la

formulación de proyectos de inversión de las facultades .

d) Asesora en diseño de formulación de proyectos de reingeniería

planificación estratégica y marketing a instituto de i diomas (Juliaca,

Puno y Arequipa), instituto de i nformática (Juliaca, Puno y

Arequipa), CIP Yocara, coleg io de aplicación, CEPRE (Juliaca,

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Puno), servicios vehiculares y t ransporte, editorial universitaria y los

centros productivos y de servicios por crearse.

e) Diseñar, actualizar la base de datos de la memoria técnica de los

proyectos de inversión.

f) Coordinar la organización y ejecución de eventos relacionados con

la formulación de proyectos de inversión productiva y de servicios

g) Asesorar a docentes y estudiantes en la formulación de proyectos

de inversión productiva.

h) Asesorar en diseño y formulación de planes de marketing de las

unidades productivas y de servicio con que cuenta la universidad.

i) Elaborar propuestas de convenios con entidades publicas y

privadas para el financiamiento de las unidades productivas y de

servicio y las nuevas por crea rse.

j) Desarrollar investigaciones para elevar la productividad,

rentabilidad y asegurar la sostenibilidad de las unidades

productivas y de servicio de la universidad.

k) Realizar actividades de investigación de mercado .

l) Otras que determine el jefe de oficina.

UNIDAD DE GERENCIA Y CONTROL DE CENTROS DE PRODUCCION YSERVICIOS

Art. 88.- La unidad de gerencia y control de centros de producción de s ervicios

es la encargada de la supervisión, control administrativo y financiero de

las unidades productivas y de servicio de la universidad. Estará dirigida

por un profesional especialista y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la oficina producción de bienes y

prestación de servicios.

Art. 89.- Son funciones de la unidad de ge rencia y control de centros de

producción de servicios:

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a) Ejercer el control preventivo y posterior en los aspectos

administrativos y financieros de las unidades pr oductivas y de

servicios de la universidad.

b) Efectuar auditorias de los estados financieros y p resupuestarios

unidades productivas y de servicios de la universidad.

c) Vigilar y mantener un nivel significativo de calidad de los

servicios y productos ofertados.

d) Actuar de oficio cuando se ad viertan indicios razonables de

irregularidades administrativas y financieras, informando al jefe de

oficina para la adopción de medidas correctivas y encargarse del

seguimiento de estas medidas.

e) Proponer las políticas de administración del personal, recursos

materiales, económicos y financieros de las diferentes

unidades productivas y de servicio de la sede central, filial y sub

sedes, centros de de producción de bienes (CIP Yocara, editorial

universitaria, ) y centros de prestación de servicios (instituto de

idiomas, instituto de informática, colegio de aplicación, centro pre

universitario, transportes, estadio monumental) y los centros

productivos y de servicios por crearse .

f) Asesorar la administración de la comercialización de los bienes

finales y servicios de las unidades productivas y de servicios.

g) Elabora control preventivo y posterior, informes contable -

financiero, auditorias de estados financieros de los lab oratorios de

las facultades de ciencias de la educación, ingeniería y ciencias

puras, contables y administrativas, ciencias de la s alud, ingeniería

de sistemas, ciencias jurídicas y p olíticas y las facultades por

crearse, para las oficinas de economía, control i nterno y para las

autoridades universitarias.

h) Realiza la consolidación de los informes financieros del progreso

de las unidades productivas.

i) Otras que determine el jefe de o ficina.

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CAPITULO XXIOFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO PROYECCIÓN SOCIAL Y

EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

Art. 90.- La oficina de bienestar universitario proyección social y extensión

universitaria, es responsable de ofrecer a los miembros de la

comunidad universitaria, programas y servicios especiales de

bienestar en la salud, recreación y deportes y organizar

programas de extensión universitaria y proyección s ocial, para

vincularse a la comunidad, a efecto de extender y proyectar su

patrimonio cultural, científico, tecnológico y de servicios, que

contribuya a su desarrollo, y recoja de ella su expe riencia y

conocimiento. Estará a cargo de un docente ordinario a tiempo

completo, designado por consejo universitario a propuesta del

Rector. Depende jerárquica y administrativamente de v icerrectorado

administrativo.

Art.91.- Son funciones de la oficina de bienestar universitario, proyección social y

extensión universitaria:

a) Formular y proponer la política de bienestar universitario,

proyección social y extensión universitaria de la universidad. así

como sus planes de acción.

b) Formular, proponer y ejecutar estudios y proyectos necesarios

para el desarrollo de lo programas de bienestar tanto e n

prevención y asistencia en salud; recreación y deportes, desarrollo

familiar, culturales y artísticos.

c) Ejecutar, supervisar y coordinar los programas de proyección social y

extensión universitaria.

d) Proponer la firma de convenios de proyección y extensión de la

universidad y las facultades, con instituciones públicas y privadas,

con la finalidad de promover los diferentes planes de

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proyección y extensión universitaria.

e)Apoyar los proyectos de eventos científicos, culturales y artísticos.

f) Fomentar la cultura y difusión del f olklore e idiomas extranjeros y

nacionales.

UNIDAD DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

Art. 92.- La unidad de bienestar universitario es la encargada de planificar,

organizar y dirigir los programas de bienestar universitari o de la

comunidad universitaria. Estará a cargo por un profesional especialista

y dependerá jerárquica y administrativamente del jefe de la o ficina de

bienestar universitario, proyección social y extensión u niversitaria.

Art.93.- Son funciones de la unidad de bienestar universitario:

a) Organizar programas de bienestar, que contribuyan a crear

condiciones adecuadas para el cumplimiento de los fines de la

universidad.

b) Gestionar y proponer el establecimiento de convenios, becas, viajes

de estudios y otros servicios y acciones en beneficio de la

comunidad universitaria.

c) Fomentar la práctica del deporte en el ámbito de la Comunidad

universitaria con la finalidad de perseguir su formación integral,

de los trabajadores y estudiantes de la universidad.

d) Plantear soluciones a la problemática social de la Comunidad

universitaria basándose en un diagnóstico económico social.

e) Asumir la atención social integral de los casos individuales que se

presenten, buscando alternativas de solución a sus problemas.

f) Coordinar con instituciones públicas y privadas para la obtención

de servicios y/o la prestación de servicios sociales.

g) Formular y proponer las normas (reglamento, directivas,

manuales, etc.), que regulen el otorgamiento y prestación de los

diferentes servicios que brinda la of ic ina y supervisar la ejecución

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de los mismos.

h) Brindar apoyo técnico y profesional a las distintas

dependencias de la universidad.

i) Las demás funciones que le asigne el jefe de oficina.

UNIDAD DE PROYECCION SOCIAL Y EXTENSION UN IVERSITARIA

Art. 94.- La unidad de proyección social y extensión u niversitaria, es la encargada

de planificar, organizar y dirigir los programas de proyección social y

extensión universitaria de la universidad a la comunidad local y regional.

Estará a cargo por un profesional especialista y dependerá jerárq uica y

administrativamente del jefe de la oficina de bienestar universitario,

proyección social y extensión universitaria.

Art. 95.- Son funciones de la unidad de proyección social y extensión

universitaria:

a) Proponer políticas de proyección social y extensión universitaria

y elaborar su plan de acción anual.

b) Aprobar los reglamentos específicos d e extensión y proyección

social de la universidad.

c) Establecer en forma permanente programas de promoción

cultural, social y económica en beneficio de la comunidad.

d) Planear, organizar, y ejecutar programas supervisados de

extensión, promoción, divulgación y/o capacitación hacia la

comunidad local y regional.

e) Organizar equipos de promoción comunal interdisciplinarias para

trabajos en la zona rural, instituciones educativas de la periferia

y otros que cumplan función social.

f) Fomentar la práctica y difusión de las principales

expresiones culturales: danzas, música y teatro en

escenarios públicos.

g) Organizar, coordinar y ejecutar programas de

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capacitación y perfeccionamiento como son: cursos, cursillos,

seminarios, simposios, etc., dentro y fuera de la universidad;

k. Supervisar y orientar la ejecución de los planes de trabajo de

los grupos de extensión y proyección social para el cumplimiento

de los objetivos y metas en cada una de las facultades.

l. Mantener estrecha relación con las instituciones culturales,

sociales y económicas de carácter público y privado, con

fines de cooperación e intercambio de conocimientos y servicio,

a través de convenios.

h) Promocionar la imagen institucional en coordinación con la

oficina de imagen institucional.

i) Las demás funciones que le asigne el jefe de oficina.

CAPITULO XXIIOFICINA DE ECONOMIA

Art. 96.- La oficina de economía, es el órgano de apoyo del vicerrectorado

administrativo, encargada de la administración de los recursos

financieros de la universidad mediante la contabilización y supervisión

de las operaciones contables, la formulación, análisis e interpretación

de los estados financieros, la ejecución presupuestal y la

programación y control de los recursos disponibles; así como

administrar el proceso de adquisición de bienes r equeridos por los

órganos de la universidad. Estará a cargo de un profesor ordinario a

tiempo completo designado por el consejo universitario a propuesta

del rector.

Art. 97.- Son funciones de la oficina de economía:

a) Planificar, organizar, dirigir, coordi nar y controlar las actividades

financieras de la universidad para la oportuna y racional provisión

de los recursos económicos y materiales de las diversas unidades

orgánicas de la institución.

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b) Formular las normas y procedim ientos de los sistemas de

contabilidad, tesorería y abastecimientos.

c) Asesorar a la alta dirección en asuntos relacionados con el área

contable.

d) Conducir y desarrollar los procesos de centralización, revisión y

registro de las operaciones contables de la u niversidad en

concordancia con las normas y disposiciones legales vigentes.

e) Conducir y desarrollar los procesos de formulación rev isión e

interpretación de los estados f inancieros, así como de la

información contable de la universidad.

f) Hacer que se formulen las conciliaciones de las cuentas bancarias

de la universidad.

g) Ejecución del gasto de las asignaciones presupuestarias de la

universidad.

h) Administrar y controlar la utilización de los recursos financieros de

la universidad.

i) Conducir y desarrollar el proceso de adquisicion es de bienes

requeridos por los órganos de la u niversidad.

UNIDAD DE CONTABILIDAD

Art. 98.- La unidad de contabilidad, es la encargada de dirigir, coordinar y

supervisar la correcta ejecución y/o aplicación de los recursos

financieros, de acuerdo a las normas del sistema contable. Estará

dirigido por un contador público colegiado y dependerá del jefe de la

oficina de economía.

Art. 99.- Son funciones de la unidad de contabilidad:

a) Organizar, programar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar la

debida implementación del sistema de c ontabilidad, proponiendo su

normatividad interna de funcionamiento y procedimientos.

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b) Llevar la contabilidad de la universidad en sus aspectos económicos

financieros.

c) Formular las normas y proced imientos de la unidad de

contabilidad.

d) Ejecución del gasto de las asignaciones presupuestarias.

e) Elaboración periódica de balances de comprobación con sus

respectivos anexos.

f) Presentar la información financiera, de acuerdo a las normas l egales

vigentes, como se señala .

g) Balance general.

h) Estado de ganancias y perdidas.

i) Estado de cambios en el patrimonio n eto.

j) Estado de flujos de efectivo.

k) Administrar el desarrollo de las actividades de conciliaciones de

los eventos bancarios.

l) Administrar el desarrollo de las actividades de archivo y control de

la información y documentación contable.

m) Centralizar y procesar informac iones de las operaciones de la

universidad.

n) Apertura los registros principales y auxiliares de la universidad.

o) Emitir informes de su competencia.

UNIDAD DE TESORERIA

Art.100.- La unidad de tesorería es la encargada de gestionar y recepcionar los

fondos y efectuar los pagos de la UANCV. Estará dirigida por un

profesional especialista en el área y depende del jefe de la oficina de

economía.

Art.101.- Son funciones de la unidad de tesorería:

a) Realizar la programación de caja, recepción de ingresos, ubicación

y custodia de fondos y ejecución de los mismos.

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b) Registrar las operaciones de movimientos de fondos de acuerdo a

las disposiciones vigentes y del sistema de tesorería.

c) Centralizar los ingresos de efectivo de toda fuente y canalizar los

empoces a las respectivas cuentas corrientes.

d) Formular las normas y procedimiento s de la unidad de

tesorería.

e) Girar comprobantes de pago de acuerdo al presupuesto de gastos

aprobado.

f) Determinar la propiedad, legalidad, veracidad y conformidad de

todos los compromisos, pagos y deducciones con cargo al

presupuesto funcional de la universidad.

g) Preparar los estados de tesorería e informes de gestión, según los

documentos fuente del sistema de tesorería.

h) Elaborar informes periód icos sobre ingresos, egresos y estado de

cuentas.

i) Verificar las conciliaciones de las cuentas corrientes por toda

fuente de financiamiento.

j) Reporta información a la unidad de contabilidad para fines de

formulación de los estados financieros.

k) Supervisar el adecuado manejo y uso del fondo para pagos en

efectivo y caja chica.

l) Efectuar arqueos periódicos de caja.

m) Efectuar pagos oportunos a los acreedores de la universidad, así

como por remuneraciones al personal de la universidad.

n) Opinar e informar en asuntos de su competencia .

o) Otras funciones que el asigne el jefe de oficina de economía.

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UNIDAD DE ABASTECIMIENTOS

Art.102.- La unidad de abastecimiento, es la encargada de p roporcionar los

recursos materiales que requieren las distintas unidades operativas de

la universidad. Estará dirigida por un profesional especialista en el área.

Depende del jefe de la oficina de economía.

Art.103.- Son funciones de la unidad de a bastecimientos::

a) Programar, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar el

sistema de abastecimiento.

b) Proponer la implementación del sistema de a bastecimientos

mediante la normatividad interna de funcionamiento.

c) Efectuar la programación de bienes y serv icios que requieren las

dependencias de la universidad.

d) Formular los presupuestos valorados de bienes y servicios que

requieren las dependencias de la universidad.

e) Llevar registros auxiliares y mantenerlos actualizados.

f) Adquirir recursos de acuerdo al prog rama de adquisiciones.

g) Recepcionar, verificar, clasificar y almacenar los recursos materiales

adquiridos.

h) Distribuir los recursos materiales y proponer criterios para mejorar las

actividades relativas al abastecimiento.

i) Archivar la documentación procesada en las áreas de programación,

compras, almacenamiento y distribución de bienes.

j) Remitir en los plazos previstos las planillas de inventarios a los

organismos que lo soliciten.

k) Participar en el proyecto de las bases administrativas, formulación

de las especificaciones técnicas de los bienes por adquirir

mediante licitación y concursos.

l) Brindar apoyo técnico al comité de adjudicaciones en las

licitaciones y concursos.

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m) Coordinar y programar la ejecución de las adquisiciones, de

acuerdo a lo programado.

n) Elaborar los cuadros comparativos d e las licitaciones y concursos;

actas y contratos en coordinación con la oficina de asesoría l egal.

o) Mantener permanentemente informado al Jefe de la oficina de

economía acerca del desarrollo de las actividades comprendidas

en el ámbito de su competencia.

p) Otras que le asigne el jefe de oficina de e conomía

UNIDAD DE PATRIMONIO Y SERVICIOS GENERALES

Art.104.- La unidad de patrimonio y servicios generales, es la encargada de l

inventario de los bienes patrimoniales, inmuebles y semovientes de la

universidad y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la

universidad. Estará dirigida por un profesional especialista en el área y

depende del jefe de la oficina de economía.

Art.105.- Son funciones de la unidad de patrimonio y servicios generales:

a) Dirigir, coordinar y confeccionar el margesí de bienes, e

implementar un sistema de registro de control p atrimonial.

b) Actualizar el valor de los bienes i nmuebles, muebles y

semovientes; así como los bienes materiales depreciados.

c) Verificar y codificar la ubicación física de los bienes en general.

d) Informar sobre actividades de su competencia.

e) Formular periódicamente los balances patrimoniales de la

UANCV y elevar información a la unidad de c ontabilidad para la

formulación de balances.

f) Promover su normatividad interna de funcionamiento.

g) Controlar y evaluar el mantenimiento de la s distintas

dependencias de la universidad.

h) Adecuar y/o proponer normas internas de la unidad.

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i) Organizar, coordinar y controlar el proceso de mantenimiento de

la universidad.

j) Dirigir y controlar el proceso de limpieza de las instalaciones

físicas de la universidad.

k) Velar permanentemente por el mantenimiento de los equipos,

instalaciones y demás bienes de la universidad.

l) Otras que le asigne el jefe de la oficina de economía.

CAPITULO XXIIIOFICINA DE PERSONAL

Art.106.- La Oficina de Personal es la encargada de ejecutar acciones

orientadas a lograr el desarrollo del personal de la universidad,

propiciando un óptimo desempeño labor al que asigne y garantice a la

universidad el uso óptimo y racional del potencial humano. Estará a

cargo de un docente ordinario a tiempo completo y designado por el

consejo universitario a propuesta del rector. Depende del vicerrector

administrativo.

Art.107.- La oficina de personal, tiene las funciones siguientes:

a) Proponer y ejecutar la normatividad necesaria para hacer más

eficiente el s istema de a dministración de p ersonal,

remuneraciones, escalafón y capacitación del personal de la

universidad.

b) Supervisar, controlar y sistematizar la información referente a la

asistencia, puntualidad y permanencia de los servidores docentes y

administrativos que laboran en la universidad, de acuerdo a los

horarios establecidos.

c) Supervisar, coordinar y ejecutar acciones de especialización y

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capacitación para el personal docente y administrativo de la

UANCV.

d) Analizar, estudiar y dictaminar todos los expedientes de tipo

administrativo como: permisos, vacaciones, descansos médicos,

licencias de diversa índole, movimiento del personal, constancias,

pago de compensación por tiempo de servicios, planillas,

aportaciones y otros.

e) Autorizar y consolida el otorgamiento de vacaciones de todo el

personal (administrativo y docentes), de la universidad.

f) Supervisar, verificar y controlar el funcionamiento eficiente y

oportuno de los diferentes servicios que requieran las

dependencias académicas y administrativas de la universidad.

g) Efectuar coordinaciones permanentes con la oficina de

planificación universitaria referentes a acciones de ingreso,

desplazamiento, altas y bajas de personal.

h) Planificar, organizar, actualizar, supervisar y controlar el

escalafón universitario.

i) Administrar racionalmente los recursos humanos y cuidar que

todo trabajador de la universidad esté ubicado en su puesto de

trabajo respectivo.

j) Asesorar a los órganos de gobierno en asuntos relacionados

con personal, tales como: convocatorias a concurso de plazas

vacantes, ascensos, promociones, procesos administrativos,

recategorización, rotación, encargaturas y designaciones. Y todo lo

relacionado con procesos administrativos de personal.

k) Tramitar ante la oficina de secretaria g eneral los certificados,

constancias de trabajo al personal docente y administrativo.

l) Expedir los carnés de trabajo al personal docente y administrativo

m) La oficina de personal es la responsable y encargada del control de

asistencia (entrada y salida) del personal docente y administrativo de

la UANCV, cualquiera fuera su régimen de dedicación.

n) Las demás funciones que le asigne el vicerrectorado administrativo.

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UNIDAD DE REMUNERACIONES

Art.108.- La unidad de remuneraciones es responsable de formular la planilla

única de pagos, efectuar el estudio y análisis de la acumulación de tiempo

de servicios del personal de la universidad. Estará dirigida por un

profesional especialista en el área. Depende del jefe de la oficina de

personal.

Art.109.- La unidad de remuneraciones tendrá las siguientes funciones:

a) Ejecutar los procesos de formulación de las pl anillas únicas de pago

de haberes del personal docente, administrativo, contrat ado, obrero

permanente, eventuales y planillas de vacaciones.

b) Elaborar el presupuesto analítico de personal (PAP) y elevarlo a la

oficina de planificación universitaria.

c) Elaborar los cuadros de ejecución del presupuesto de

remuneraciones para su presentación a la o ficina de planificación

universitaria.

d) Proponer la normatividad para hacer más eficiente el s istema de

remuneraciones y liquidaciones.

e) Ejecutar las liquidaciones de acuerdo a los dispositivos legales

vigentes.

f) Procesar los expedientes previo estudio y análisis de la acumulación

de tiempo de servicios prestados a la UANCV.

g) Emitir informes de su competencia.

h) Procesar y aprobar las constancias de pagos y descuentos,

certificaciones de remuneraciones, y otros.

i) Las demás funciones que se le asigne.

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UNIDAD DE ESCALAFÓN Y CAPACITACION

Art.110.- La unidad de escalafón y capacitación es responsable planteamiento,

programación y ejecución de las actividades y p rocedimientos

administrativos del sistema de escalafón y capacitación de la universidad.

Estará dirigida por un profesional especi alista en el área. Depende del jefe

de la oficina de personal.

Art.111.- La unidad de escalafón y capacitación tiene las s iguientes funciones:

a) Organizar mantener actualizado el registro y escalafón del

personal docente y administrativo de la universidad, el cual debe

publicarse anualmente.

b) Proponer normas internas de funcionamiento sobre registros, legajos

de personal y escalafón.

c) Mantener actualizados los legajos del personal docente y

administrativo de la universidad.

d) Emitir los carnés de trabajo para el personal de la universidad y

formular certificados y constancias de t rabajo.

e) Desarrollar políticas de especialización, capacitación y

perfeccionamiento para el personal d ocente y administrativo de la

universidad.

f) Programar cursos y eventos que permitan la capacitación de los

trabajadores de la universidad.

g) Promover y desarrollar acciones para suscribir conveni os para la

capacitación del personal administ rativo en entidades públicas y

privadas.

h) Elaborar informes sobre tiempo de servicios del personal docente

y administrativo.

i) Elaborar el ron y la cédula de vacaciones del personal docente y

administrativo

j) Programar y coordinar las actividades referentes a la actualización

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de los legajos personales de docentes y administrativos .

k) Emitir informes escalafonarios de las diferentes acciones de

personal docente, administrativo, pensionistas y cesantes

(ratificación, promoción docente, procesos administrativos

disciplinarios, licencias y otros según el caso lo requiera)

l) Elaborar cuadros de ubicación según categorías y dedicación por

dependencia y régimen laboral y otros d el personal que labora

para la universidad.

m) Realizar acciones de control y evaluación de los cursos y eventos

programados.

n) Coordinar con las facultades la participación de docentes en el

dictado de cursos.

o) Otros que le asigne el jefe de oficina.

UNIDAD DE CONTROL DE PERSONAL

Art.112.- La Unidad de Control de Personal es responsable del Planificar,

organizar, normar y desarrollar los procesos y acciones técnicas de

control de personal. Estará dirigida por un profesional especi alista en el

área. Depende del jefe de la oficina de p ersonal.

Art.113.- La unidad de control de personal tendrá las siguientes funciones:

a) Elaborar la normatividad requeri da para hacer mas eficiente el

sistema de control de personal.

b) Organizar, planear y programar las actividades de control de

asistencia, puntualidad y permanencia del personal de la

universidad.

c) Mantener actualizado la información de asistencia del personal

docente y administrativo en el modulo computarizado de control .

d) Propiciar oportunamente la información estadística del personal

docente, administrativo y obrero de la universidad.

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e) Justificar la inasistencia por enfermedad y otros debidamente

comprobada.

f) Suministrar información para el debido procesamiento de documentos

administrativos del sistema de personal.

g) Supervisar, evaluar y controlar la prestación de servicios de

guardianía en las distintas instalaciones de la universidad.

h) Efectuar la programación de actividades y distribución de personal

según su especialidad, para las distintas tareas de limpieza y

mantenimiento.

i) Emitir informes de su competencia .

j) Las demás funciones que le asigne el jefe de oficina de personal.

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TITULO NOVENOORGANOS DE LINEA

CAPITULO XXIVFACULTADES

Art.114.- Las facultades constituyen unidades académic as fundamentales de

organización. Están integradas por profesores y estudiantes,

responsables de la formación académico -profesional, de

perfeccionamiento, de investigación, de proyección social y extensión

universitaria, de generación y promoción de cultura en áreas afines del

conocimiento.

Art.115.- Las facultades gozan de autonomía de gobierno, académica,

económica y administrativa dentro de la ley, el estatuto y de las

disposiciones de los órganos de gobierno de l a universidad; así como

de las propias normas que rigen su organización y funciona miento.

Art.116.- Son objetivos de las facultades:

a).Desarrollar una conciencia crítica integral en la formación

profesional.

b).Promover el cambio de las estructuras de la sociedad.

c).Contribuir a la solución de los problemas principales de los se ctores

mayoritarios de la sociedad.

d).Formar profesionales de alto nivel científico técnico y c ultural.

e).Cumplir con los fines y objetivos establecidos por la universidad.

Art.117.- Las facultades para el cumplimiento de sus funciones y objetivos,

contará con las siguientes dependencias a su cargo:

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ORGANO DE GOBIERNO

-Consejo de Facultad.

-Decano

ORGANO DE ASESORAMIENTO

-Comisión Académico y Curricular

-Comisión de Investigación

-Comisión de Proyección Social y Extensión Universitaria

-Comisión de Prestación de Servicios y Producción de Bienes

-Comisión de Presupuesto, Planificación y Racionalización

-Comisión de Grados y Títulos

-Comisión de Autoevaluación y Acreditación.

ORGANOS DE APOYO

-Secretaría académica.

-Secretária administrativa.

-Biblioteca especializada

-Laboratórios

ORGANOS DE LINEA

-Carrera Académico Profesional.

Art.118.- Son funciones de las Facultades:

a) La investigación de la realidad regional y nacional sustentada

en una concepción crítica, buscando su transformación.

b) La formación profesional de alto nivel, buscando que los

egresados se constituyan en agentes activos del cambio social.

c) La proyección social y la extensión, ligado al quehacer

universitario, a problemática de la sociedad; así como a la

organización de actividades académico formativas que

beneficien a los sectores más necesitados.

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d) .La prestación de servicios que beneficie n a los sectores

mayoritarios.

e) La implementación del perfec cionamiento para formar

docentes calificados e investigadores por excelencia.

CONSEJO DE FACULTAD

Art.119.- El consejo de facultad es el órgano de gobierno de la f acultad y integrado

por:

a) El decano, quien lo preside.

b) Por los representantes de los docentes en numero de 06 u 08, de los

cuales, la mitad deberán ser principales, 01 docente auxiliar y los

demás asociados.

c) Los representantes de los estudiantes en la proporción del tercio total

de los miembros del consejo.

d) Representante de los graduados en calidad de supernumerario .

Art. 120.- En las facultades donde existe más de una carrera profesional, los

docentes y estudiantes serán representados proporcionalmente al

número de carreras académico - profesional de la facultad. En caso de

los directores de las carreras académico profesionales que no sean

miembros del consejo de facultad participan el consejo de facultad, sin

derecho a voto.

Art.121.- Son atribuciones del consejo de f acultad:

a) Elegir al decano.

b) Pronunciarse sobre la renuncia y vacancia del decano.

c) Elegir al secretario académico a propuesta del deca no, por el

sistema de ternas.

d) Aprobar los planes curriculares de cada una de las carreras

académico-profesionales, a propuesta de sus respectivos directores.

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71

e) Aprobar el currículo de formación profesional y académic a

presentado por cada carrera académico -profesional, programas y

unidades de post-grado.

f) Proponer semestralmente al consejo u niversitario el número de

vacantes de ingreso de estudiantes.

g) Aprobar los planes de desarrollo y operativo de la facultad; así como

los planes de trabajo de cada una de las unidades de la facultad.

h) Proponer al consejo universitario la creación, fusión o supresión de

carreras académico-profesionales, institutos, centros, programas y

unidades de Post-Grado y aprobar el otorgamiento de grados

académicos y títulos profesionales.

i) Aprobar la carga académica de los docentes de la facultad.

j) Aprobar la evaluación de los docentes, personal administrativo y de

servicio.

k) Ejercer en primera instancia, el poder disciplinario sobre docentes,

estudiantes, personal administrativo y de servici o.

l) Formular y proponer al consejo universitario el proyecto de

presupuesto de la facultad para su aprobación.

m) Evaluar la ejecución del presupuesto de la facultad de conformidad

con sus objetivos, metas y normas establecidas.

n) Proponer al consejo universitario el contrato, nombramiento,

promoción, ratificación y cambio de régimen de los docentes de la

facultad, en concordancia a la ley universitaria, estatuto y

reglamento.

o) Proponer el otorgamiento de becas, por estudio de los docentes y

estudiantes de la facultad que se distinguen por sus méritos.

p) Proponer al consejo universitario, el otorgamiento del año sabático a

los docentes que cumplan los requisitos de ley.

q) Pronunciarse sobre la memoria anual del decano.

r) Aprobar los reglamentos de la facultad.

s) Elegir los miembros integrantes de las comisiones permanentes y

transitorias.

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72

t) Resolver en primera instancia, sobre los asuntos planteados por

docentes y estudiantes de la facultad.

u) Las demás establecidas en su propio reglamento.

DECANO

Art.122.- El decano es el representante de la facultad ante los organismos de

gobierno de la universidad, instituciones públicas y privadas del país y

del extranjero, con grado de magister o doctor en la especialidad

señalados en el titulo profesional .

Art.123.- Son atribuciones y funciones del decano de facultad:

a) Convocar y presidir las sesiones del consejo de f acultad.

b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la asamblea universitaria,

del consejo universitario y del consejo de facultad.

c) Planificar, organizar, dirigir, coordin ar y controlar la marcha

académica y administrativa de la facultad.

d) Refrendar los diplomas de grados académicos y títulos

profesionales.

e) Presentar ante el consejo de f acultad, el plan de desarrollo y

operativo de la facultad, para su aprobación.

f) Presentar su memoria anual ante el consejo de f acultad.

g) Delegar las funciones de autoridad en caso de ausencia al docente

principal más antiguo del consejo de f acultad.

h) Cumplir y hacer cumplir la ley el estatuto el presente r eglamento

y los reglamentos de facultad.

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ÓRGANOS DE ASESORAMIENTOCOMISIONES PERMANENTES

Art.124.- Las comisiones permanentes, son los órganos de asesoramiento de la

facultad, encargado de proponer las políticas y acciones académicas,

administrativas y otras inherentes a las f acultades de acuerdo a su

competencia.

Art.125.- Las comisiones permanentes estarán integradas por cuatro miembros

docentes ordinarios de la facultad, preside por el p rofesor ordinario de

mayor categoría, designado por el consejo de facultad a propuesta del

decano y depende de el mismo. Las comisiones con que contara cada

facultad son:

Comisión Permanente Académico Curricular

Comisión Permanente de Investigación

Comisión Permanente de Proyección Social y Extensión Universitaria

Comisión Permanente de Prestación de Servicios y Producción de

Bienes

Comisión Permanente de Presupuesto, Planificación y

Racionalización

Comisión Permanente de Grados y Títulos

Comisión Permanente de Autoevaluación y Acreditación

Art.126.- Las funciones de las comisiones permanent es de las facultades son:

Comisión permanente académico c urricular

a) Asesorar y proponer al consejo de f acultad reajustes periódicos

a la currícula de estudios de acuerdo a la realidad de la

especialidad.

b) Evaluación constante de la currícula de e studios.

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c) Otros que le asigne el consejo de f acultad.

Comisión permanente de investigación:

a) Asesorar al consejo de facultad en relación al reglamento de

investigación.

b) Proponer al consejo de facultad los mejores trabajos de

investigación para su premiación.

c) Llevar el registro de proyectos de investigación y sus avances.

d) Otros que le asigne el consejo de Facultad.

Comisión permanente de proyección social y extensión u niversitaria:

a) Asesorar al consejo de facultad en la política de proyección

social y extensión universitaria.

b) Propone y formula en coordinación con el decano el plan anual

de proyección social y extensión u niversitaria.

c) Otros que le asigne el consejo de f acultad.

Comisión permanente de prestación de servicios y producción de

bienes:

a) Promueve la formación de centros productivos y de servicios en

la facultad.

b) Formula el plan anual de actividades empresariales de la

facultad.

c) Promueve la formación de grupos de docentes y estudiantes en

la iniciación de proyectos de inversión para la creación de centros

productivos y de servicios.

d) Coordina en forma periódica con el jefe de la oficina de

producción de bienes y prestación de servicios, en lo referente a

los centros productivos y de servicios.

e) Remite información periódica sobre los centros productivos y de

servicios de la facultad.

f) Otros que le asigne el consejo de f acultad.

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Comisión permanente de presupuesto, planificación y

racionalización

a) Formular y proponer el plan de d esarrollo y acción de la

facultad.

b) Proponer y formular en coordinación con secretar ía

administrativa el presupuesto anual de la f acultad.

c) Otros que le asigne el consejo de f acultad

Comisión permanente de grados y t ítulos:

a) Pronunciarse sobre los otorgamientos de grados académicos,

títulos profesionales en las diferentes especialidades que

brinda la facultad.

b) Proponer al reglamento interno de grados y t ítulos y

pronunciarse sobre los expedientes de g raduandos.

c) Otros que le asigne el consejo de f acultad.

Comisión permanente de autoevaluación y a creditación

a) Asesorar al Consejo de Facultad en la Política de

autoevaluación y acreditación

b) Propone, coordina y ejecuta las acciones para la

autoevaluación y acreditación de la s carreras profesionales de

la facultad.

c) Otros que le asigne el consejo de facultad.

SECRETARIA ACADÉMICA

Art.127.- La secretaria académica es el órgano de apoyo de la facultad

encargada de brindar los servicios académicos de matrícula, registro

académico y asesoramiento al estudiante de la facultad. Estará a cargo

de un profesor ordinario a tiempo completo de la facultad, elegido por

el consejo de facultad, a propuesta del d ecano por el sistema de terna,

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por un periodo de dos años. Actuara como secretario del consejo de

facultad, depende del decano de facultad.

Art.128- Son funciones de la secretaria a cadémica:

a) Prestar apoyo académico al decan o y consejo de facultad para

el cumplimiento de los fines y objetivos de la facultad.

b) Programar y controlar el proceso de matrícula y otorgamiento

de grados y títulos, coordinando con la o ficina servicios

académicos el procesamiento de la información,

c) Ejecutar y evaluar el servicio de asesoría y orientación al

estudiante en aspectos académicos.

d) Administrar los recursos materiales de la facultad.

e) Elaborar la información estadística requerida para formular el

plan de desarrollo y de acción de la facultad.

f) Mantener actualizada la información documentaría y el libro de

actas del consejo de facultad y transcribir sus acuerdos.

g) Controlar la permanencia del personal docente de la facultad.

h) Proyectar y suscribir las resoluciones del decanato.

i) Mantener actualizado el margesí de bienes de la facultad, en

coordinación con la unidad de patrimonio y servicios generales de

la universidad.

j) Informar mensualmente a consejo de facultad acerca de las

actividades desarrolladas.

k) Velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones,

bienes y equipos de la facultad.

l) Coordinar las actividades inherentes al cargo con el decano de la

facultad.

m) Integrar las comisiones de gestión que establezca la facultad.

n) Proponer al consejo de facultad el reglamento i nterno sobre

residentado, internado, prácticas pre p rofesionales y otros.

o) Proponer al consejo de facultad la suscripción de c onvenios

con entidades públicas y privadas.

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p) Propiciar y administrar el intercambio académico con instituciones

universitarias nacionales y extranjeras.

q) Preparar conjuntamente con el decano la memoria a nual.

r) Otras encomendadas por el consejo de facultad y el d ecano.

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

Art.129- La secretaria administrativa es el órgano de apoyo de la facultad

encargada de brindar servicios administrativos; controla y ejecuta las

acciones propias de personal, mantenimiento, publicaciones, trámite

documentario de la facultad. Estará a cargo de un secretario

administrativo. Depende del decano de facultad.

Art.130- Son funciones de la secretaria a dministrativa:

a) Prestar apoyo administrativo al decano de f acultad.

b) Implementar y ejecutar las normas que estable zcan las oficinas

administrativas de la universidad en las áreas de su

competencia.

c) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativo

de la facultad.

d) Faccionar los partes de asistencia diaria del personal docente de la

facultad y/o carrera académico profesional.

e) Realizar las acciones referentes a trámite documentario,

mantenimiento, impresiones y publicaciones .

f) Recepción y redacción de documentación de la f acultad.

g) Administrar los materiales de escritorio y otros asignados a la

facultad.

h) Apoyo en el mecanografiado de la memoria anual del decano de

facultad.

i) Proporcionar información a estudiantes, docentes y público que lo

requiera en aspectos que le concierne .

j) Otras encomendadas por el decano.

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BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

Art.131.- La biblioteca especializada, es el órgano de apoyo de la f acultad

encargado de la prestación de servicios bibliográficos. Estará a cargo

de un profesor ordinario, designado por el consejo de facultad a

propuesta del decano. Cumplirá dicha función como parte de su

actividad académica.

Art.132.- Son funciones de la biblioteca e specializada:

a) Proponer e implementar la normatividad interna de

funcionamiento administrativo de la biblioteca e specializada.

b) Mantener actualizado y administrar el acervo bibliográfico.

c) Dirigir y organizar la hemeroteca.

d) Acopiar información de organismos que pr estan apoyo

bibliográfico y gestionar convenios.

e) Establecer un sistema de fotocopiado de textos a utilizarse son

fines académicos por profesores y estudiantes.

f) Organizar un sistema apropiado de intercambio bibliográfico entre

las facultades y las instituc iones públicas y privadas de la región.

g) Responsabilizarse de los bienes de activo fijo asignados a la

biblioteca especializada.

h) Proponer la adquisición y renovación de bibliografía

especializada.

i) Otras que le encomienda el decano de la f acultad.

COORDINACION DE LABORATORIOS

Art.133 La coordinación de laboratorios es el órgano de apoyo de la

facultad, encargado de coordinar y garantizar la ejecución de prácticas y

trabajos de experimentación en los laboratorios de la facultad. Estará a

cargo de un docente ordinario con el cargo de coordinador de

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laboratorios, elegido para consejo de facultad por un periodo de dos (2)

años de una terna propuesta por el decano. Depende jerárquicamente

del decano y coordina sus acciones con la oficina de tecnología

educativa.

Art.134.- La coordinación de laboratorios cumple las siguientes

funciones :

a) Programar, dirigir, organizar, coordinar y supervisar según

reglamento interno el uso de laboratorios para la atención y

prestación de servicios a los estudiantes y público en general,

gestionando la dotación de reactivos, materiales y equipos de

laboratorio en general.

b) Mantener operativo los equipos a su cargo.

c) Organizar y renovar el sistema de mantenimiento y control de

equipos y materiales de la facultad, relacionados a prácticas

de laboratorio y servicios a terceros, propendiendo a su

automatización.

d) Informar anualmente al decano de facultad sobre las altas y bajas de

los materiales y equipos de los laboratorios a cargo de la facultad.

ORGANOS DE LINEACARRERA ACADEMICO PROFESIONAL

Art.135.- La carrera académico profesional, es el órgano ejecutivo de la f acultad,

encargado de desarrollar actividades de enseñanza aprendizaje de

conformidad al plan curricular de estudios, en concordancia a los planes

curriculares de las carreras p rofesionales.

Art.136.- El director de la carrera académico profesional, es propuesto por los

profesores ordinarios adscritos a la carrera, y es ratificado por el

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consejo de facultad. Deberá tener la categoría de profesor principal o

asociado a dedicación exclusiva o tiempo completo. Su mandato dura

dos (02) años y puede ser reelegido por una sola vez para el periodo

inmediato siguiente. Debe poseer título profesional de la carrera en que

ejerce la dirección.

Art. 137. Son atribuciones y funciones del director de la carrera académico

profesional.

a) Depende del decano y preside la reunión de docentes de la carrera

académico- profesional

b) Planifica, organiza, dirige, coordina y controla las actividades

académicas y administrativas de la carrera académico – profesional.

c) Eleva el currículo de estudios de la carrera académico -profesional al

consejo de facultad para su aprobación.

d) Coordina la actualización de los sílabos de las asignaturas que

conformen el plan de estudios de la carrera académico profesional.

e) Dotar de información necesaria, al coordinador de laboratorio y

secretario académico de la facultad para mantener actualizado la

información a proporcionar a los estudiantes.

f) Informa al consejo de facultad sobre las actividades académicas de

los docentes que sirven a la carrera académico profesional.

g) Propone la distribución de la carga académica de los d ocentes de la

carrera académico profesional al consejo de facultad para su

aprobación.

h) Propone al consejo de facultad el número de vacantes para el

concurso de admisión.

i) Propone al consejo de facultad el otorgamiento de grados

académicos y títulos profesionales.

j) Resuelve en primera instancia lo s problemas derivados del trabajo

académico con los estudiantes.

k) Otras que le encomiende el decano y/o consejo de

facultad.

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CAPITULO XXVESCUELA DE POSGRADO

Art.138.-La escuela de post grado es el órgano encargado de formar especialistas

en estudios avanzados conducentes a los niveles de maestría y d octorado

que permita al graduado emprender el desarrollo, analizar y resolver

problemas de la región y el país .

Art.139.- La escuela de post- grado, gozará de autonomía académica,

administrativa, normativa y funcional dentro de los planes de desarrollo

de la universidad. Como unidad académica depende de los vice rectores y

del rectorado.

Art.140.- La escuela de post grado tiene la siguiente estructura organizativa:

ÓRGANO DE GOBIERNOConsejo de Posgrado

ÓRGANO DIRECTIVODirecciónSecretaría de dirección

ORGANOS DE ASESORIAComisión AcadémicaComisión de Investigación,Comisión de Autoevaluación y Acreditación ,

ÓRGANOS DE APOYOUnidad de Servicios AcadémicosUnidad de Administración y FinanzasUnidad de Caja (Recaudación)

Biblioteca Especializada

ÓRGANOS DE LÍNEACoordinación de DoctoradosCoordinación de MaestríasCoordinación de Segunda Especialidad y Diplomados

ÓRGANOS DESCONCENTRADOSFiliales

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Sedes Itinerantes

ORGANO DE GOBIERNOCONSEJO DE POSGRADO

Art.141.- La escuela de post grado se gobierna a través del consejo de post g rado,

integrada por:

El Director de la Escuela de postgrado quien lo preside.

Rector

Vicerrector Académico

Vicerrector Administrativo

Los Coordinadores de posgrado de las facultades

Representante del tercio estudiantil

Los Coordinadores Académicos de Doctorado, Maestría y Segunda

Especialidad.

.

Art.142.- Son funciones y atribuciones del consejo de posgrado:

a) Elegir al director de la escuela y proponer su ratificación al consejo

universitario.

b) Aprobar los reglamentos internos de la escuela y sus modificaciones.

c) Formular el presupuesto. en coordinación con la oficina de p lanificación

universitaria.

d) Autorizar la ejecución del presupuesto.

e) Aprobar el número de vacantes por cada área de posgrado o pos título.

f) Elegir a los directores o coordinadores de la escuela de p osgrado y

pos título, y Secretario Académico.

g) Proponer al Consejo Universitario la solicitud para otorgamiento de los

grados académicos de Maestro, Doctor y pos títulos.

h) Aprobar en primera instancia la creación de áreas de posgrado y

pos títulos.

i) Aprobar y modificar el currícu lo de estudios de cada área de posgrado y

pos título.

j) Sancionar el informe memoria del directo r de la escuela y de los

coordinadores de área de posgrado y pos títulos.

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k) Aprobar el costo de las pensiones y costos de enseñanza para cada

área de posgrado y pos título.

l) Proponer las decisiones de consejo de posgrado que requieran la

aprobación de consejo universitario y/o asamblea universitaria.

m) Pronunciarse sobre otros asuntos acad émicos y administrativos de la

escuela de posgrado no previsto.

Art. 143.- El consejo de posgrado se reunirá ordinariamente una vez en cada mes,

convocado por el director de la escuela de posgrado. Extraordinariamente,

tantas veces como sea necesario a iniciativa del director de la e scuela. El

quórum para las sesiones es la mitad más uno de sus miembros.

Art. 144.- La inasistencia injustificada de los integrantes a las sesiones de consejo de

posgrado, constituye falta disciplinaria. Se pier de la condición de miembro de

consejo con tres inasistencias injustificadas consecutivas ó cinco alternas.

Art. 145.- El consejo de posgrado tiene un secretario académico, a cargo de un docente

con grado académico de magíster o d octor, con carga lectiva de tres (3)

asignaturas como máximo en su f acultad.

ORGANO DIRECTIVO

Art. 146.- La escuela de posgrado tiene organizada el órgano directivo integrado por

un director y una secretaria general.

Art.147.- El director de la escuela de posgrado, será un profesor principal, con

grado académico de doctor, elegido en asamblea u niversitaria por un

período de tres años.

Art. 148.- Son funciones del director de la escuela de p osgrado:

a) Presidir el consejo de posgrado y representar a la escuela.

b) Asumir la dirección de la actividad académica, administrativa ,

económica y financiera de la escuela.

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c) Presentar ante consejo de posgrado el plan de acción anual, en el

plazo determinado por la autoridad superior.

d) Delegar sus funciones al director de m aestría o doctorado más antiguo

del consejo de posgrado, en caso necesario.

e) Relacionar a la escuela de posgrado con Instituciones nacionales e

internacionales.

f) Proponer al consejo de posgrado, los proyectos de creación de

maestrías, doctorado, y segunda especialización, para aprobación en

primera instancia.

g) Proponer ante en consejo de posgrado las estructuras curriculares.

h) Elaborar y proponer reglamentos que sean necesarios, ante el consejo

de posgrado, para su aprobación.

i) Proponer al consejo de posgrado, los expedientes para la aprobación

de títulos de segunda especial idad, los grados académicos de magíster

y doctor de los egresados que hayan cumplido con los requisitos.

j) Cumplir y hacer cumplir el estatuto, reglamentos y resoluciones

emitidas por las instancias correspondientes.

k) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la asamblea universitaria,

consejo universitario y consejo de posgrado, mediante la emisión de

resoluciones de consejo de posgrado y de la dirección.

l) Refrendar los certificados y grados académicos de las respectivas

maestrías, doctorados, y de ser el caso los títulos de segunda

especialización.

m) Proponer el proyecto de presupuesto consolidado de la escuela al

consejo universitario y coordinar su ejecución con las instancias

pertinentes.

n) Presentar la memoria anual al consejo de posgrado y al rectorado a la

finalización del año académico correspondiente.

o) Supervisar la ejecución de los planes, organización y ejecución de los

programas de postgrado y pos título.

p) Proponer al consejo de posgrado, las tasas educativas.

q) Proponer al consejo de posgrado la convocatoria a admisión de las

maestrías, doctorado, y segunda especialización profesional en forma

periódica, así como el contrato de docentes.

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r) Integrar el consejo universitario y asamblea u niversitaria en

representación de la escuela de posgrado.

s) Ejercer la administración académica y administrativa de la escuela de

posgrado.

t) Elevar al consejo universitario, de ser necesario, las propuestas del

consejo de posgrado para su ratificación.

u) Otras funciones no establecidas que sean inherentes a la escuela de

posgrado y/o funciones encomendadas por el rectorado, consejo

universitario y asamblea universitaria.

Art. 149 Son funciones de la secretaría de d irección:

a) Planear, organizar, ejecutar y controlar los procesos d ocumentario y

resolutivo de la escuela de posgrado.

b) Recibir, organizar, registrar, derivar, evacuar y hacer seguimiento de la

documentación que afluye y genera la escuela de p osgrado

c) Redactar todo tipo de documentos de tipo académico y administrativo

de la dirección.

d) Redactar los contratos de docentes y administrativos de la escuela de

posgrado, en la forma establecida por los coordinadores de doctorado,

maestría, segunda especialidad y d irección.

e) Registrar los proyectos de investigación de tesis de maestría,

doctorado.

f) Redactar, coordinar y derivar las resoluciones de exámenes de

suficiencia y defensa de tesis de l os programas de segunda

especialidad, maestría y doctorado, por diversas modalidades.

g) Preparar la documentación necesaria para consejo de posgrado,

consejo universitario y asamblea universitaria.

h) Posibilitar la fluidez de atención al usuario o cliente externo e interno

con la diplomacia indispensable.

i) Otras funciones afines al cargo que co adyuven a lograr los objetivos y

metas de escuela de posgrado.

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ORGANOS DE ASESORIA

Art. 150.- La escuela de posgrado tiene como órgano de asesoramiento la

coordinación de investigación, y asesoría. Estarán a cargo de

profesionales idóneos, a propuesta de la dirección y aprobadas por el

rectorado.

Art. 151.- La escuela de postgrado tiene organizada las siguientes comisiones

permanentes: Comisión Académica, Comisión de Inv estigación, y comisión

de autoevaluación y Acreditación, integrado por docentes de la escuela de

posgrado.

ORGANOS DE APOYOArt. 152 La escuela de posgrado tiene los siguientes órganos de apoyo: Unidad de

Servicios Académicos, Unidad de Administración y Finanzas, y Unidad de

Recaudación (Caja) y Biblioteca.

Art. 153 La unidad de servicios académicos es la responsable de planear, organizar,

ejecutar y controlar los procesos de inscripción, matrícula, control de

asistencia de los estudiantes participantes; registro y archivo académico,

carpetas, actas de los cursos, historiales aca démicos, emisión de

constancias, estadísticas, y otras afines que coadyuven a la calidad de la

gestión académica.

Art. 154 La unidad de servicios académicos está integrado por un profesional y un

especialista en servicios académicos, encargadas de la sede central e

itinerantes respectivamente.

Art. 155 Son funciones del profesional y especialista en servicios a cadémicos:

a) Planear, organizar, ejecutar, controlar los procesos académico y

administrativo de los programas de postgrado.

b) Coordinar y ejecutar los procesos de admisión, inscripción de

postulantes, generación de código de alumno, matrícula y movimiento

de los alumnos.

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c) Coordinar, ejecutar y controlar la conformidad de las carpetas

personales de los participantes, el registro académico actualizado y

archivo.

d) Coordinar y ejecutar la emisión de actas de evaluación, historiales

académicos, previa verificación de facturación, cumplimiento de

requisitos y plazos.

e) Emitir constancias, estadísticas, diplomados, diplomas, certificaciones

por curso y otros.

f) Emitir resoluciones de reserva de matrícula, reincorporación, matrícula

especial por curso dirigido.

g) Verificar, recibir y entregar los certificados de estudios de los

participantes.

h) Proporcionar información sobre aspectos académicos: situación de

alumno, notas y otros, a los sistemas informáticos y virtual es, previa

coordinación con la unidad de caja, y en caso extremo en forma directa.

i) Atender al cliente externo e interno con la diplomacia indispensable.

j) Otras funciones que coadyuven a l ograr los objetivos y metas de

escuela de posgrado.

k) Otras funciones afines al cargo que coadyuven a logr ar los objetivos y

metas de la escuela de posgrado.

Art. 156 La unidad de administración y finanzas es la responsable de planear,

organizar, ejecutar y controlar la tramitaci ón de los contratos y pagos de los

docentes; gestionar los recursos materiales y financieros; asumir la gestión

y provisión de equipamiento y servicios de biblioteca a los docentes y

estudiantes; formular planes y presupuestos; y otras afines que coadyuven

a la calidad de la gestión administrativa y financiera.

Art. 157 La unidad de administración y f inanzas, está a cargo de un profesional en

ciencias contables o administrativas, cuyas funciones son:

a) Planear, organizar, ejecutar y controlar los procesos académicos,

administrativos y financieros de la escuela de p osgrado.

b) Formular los planes operativos anuales en coordinación con las

coordinaciones y comisiones.

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UANCV-OPU-UPR REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

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c) Formular el presupuesto anual, consolida los inform es para la memoria

anual de posgrado y similares.

d) Gestionar los recursos materiales y financieros en forma oportuna y

suficiente para el funcionamiento académico y administrativo.

e) Coordinar, formular y hacer suscribir los contratos de trabajo de los

docentes visitantes y locales.

f) Coordinar, gestionar la emisión de resoluciones de aprobación de los

contratos, así como el pago oportuno de los mismos.

g) Hacerse cargo del fondo rotatorio y del fondo fijo de caja chica,

ejecutando eficazmente, efectuando rendiciones oportunas para la

reposición, priorizando el uso en coordinación estrecha con los

coordinadores y la dirección.

h) Asumir la gestión, provisión de equipos y servicios de biblioteca a los

docentes y estudiantes.

i) Velar por la seguridad, conservación, de la infrae structura y

equipamiento de la escuela de posgrado.

j) Otras funciones afines al cargo que coadyuven a logr ar los objetivos y

metas de la escuela de posgrado.

Art.158 La unidad de recaudación (caja) es la responsable planear, organizar,

ejecutar y controlar la recaudación de los ingresos por todo concepto.

Llevar el control de la recaudación por programas, mencione s, filiales y

sedes itinerantes; efectuar depósitos bancarios de recaudaciones dentro de

las 24 horas; consolidar las recaudaciones y facturación por alumno;

cumplir los cronogramas de apertura y cierre de emisión de recibos o

facturas, en función a las políticas de la escuela de p osgrado, y otras afines

para alcanzar la calidad de gestión de fondos.

Art. 159 La unidad de recaudación, está a cargo de un profesional en ciencias

contables, cuyas funciones son:

a) Planear, organizar, ejecutar y controlar los procesos de recaudación,

aseguramiento y depósitos de la escuela de p osgrado.

a) Recaudar fondos provenientes de inscripciones, matrícula, pensiones

de enseñanza, derechos y otros.

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b) Registrar y llevar el control de la recaudación por programas,

menciones, filiales, sedes itinerantes.

c) Efectuar los depósitos bancarios de las recaudaciones dentro de las 24

horas de haberse efectuado los arqueos.

d) Proponer a la dirección, los cronogramas de pago, m atrícula, reserva de

matrícula, aplicación de moras, tratamiento de moras y otros.

e) Proponer la actualización permanente de las tasas educativas de los

diferentes programas.

f) Proporcionar información oportuna sobre el detalle de facturación con

fines de control, programación de colaciones, emisión de certificados,

diplomas, constancias y otros.

g) Coordinar y ejecutar el cierre de caja semanal, debiendo conservar la

documentación sustentatoria.

h) Otras funciones afines al cargo que coadyuven a logr ar los objetivos y

metas de la escuela de posgrado.

Art.160.- La biblioteca especializada, es el órgano de apoyo de la escuela de

posgrado encargado de la prestación de servicios bibliográficos

estará a cargo de un personal administrativo

Art.161.- Son funciones de la biblioteca e specializada:

a) Proponer e implementar la normatividad interna de funci onamiento

administrativo de la biblioteca especializada.

b) Mantener actualizado y administrar el acervo bibliográfico.

c) Dirigir y organizar la hemeroteca.

d) Acopiar información de organismos que prestan apoyo bibliográfico

y gestionar convenios.

e) Establecer un sistema de fotocopiado de textos a utilizarse son

fines académicos por profesores y estudiantes.

f) Responsabilizarse de los bienes de activo fijo asignad os a la

biblioteca especializada.

g) Proponer la adquisición y renovación de bibliografía

especializada.

h) Otras que le encomienda el d irector.

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ORGANOS DE LINEA

Art. 162 La escuela de posgrado tiene organizado los coordinadores de segunda

especialidad, maestría y doctorado, integrado por docentes ordinarios o

contratados de postgrado, con una carga lectiva de tres (3) asignaturas

como máximo en su facultad con bonificación al cargo o de dos (2)

asignaturas pero sin bonificación al cargo.

Art. 163 Son funciones de los coordinadores académicos de postgrado:

a) Ejecutar las directivas de la dirección de la escuela de p osgrado.

b) Proponer docentes de postgrado para su contratación en

coordinación con los representantes de la maestría o doctorado de

las facultades ante el consejo de posgrado.

c) Organizar, ejecutar la provisión de aulas y equipos para las sesiones

presenciales de maestría o doctorado.

d) Revisar en equipo con los representantes ante el consejo de

posgrado, las propuestas o proyectos de cre ación de programas de

maestría o doctorado.

e) Programar y supervisar el desarrollo de las actividades académicas

de las diferentes maestrías y doctorado en estrecha relación con los

coordinadores de maestrías.

f) Coordinar la contratación de docentes y posibili tar la elaboración de

las actas de evaluación.

g) Informar y proponer al director de la escuela de p osgrado cualquier

acción que conlleve a la solución de dificultades e iniciativas de

mejora en las actividades académicas y administrativas de la

escuela de posgrado.

h) Otras afines para mejorar la calidad académica de la escuela de

posgrado.

Art. 164 Las actividades administrativas de los programas de segunda e specialidad,

están a cargo de personal secretarial, por cada 1200 alumnos,

debidamente organizadas.

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Art. 165 Son funciones de la secretaria del programa de segunda e specialidad:

a) Planear, organizar, ejecutar y controlar los procesos documentarios de

los programas de segunda especialidad.

b) Recibir, organizar, registrar, derivar, evacuar y hacer seguimie nto de la

documentación que afluyen y generan los p rogramas.

c) Redactar todo tipo de documentos de tipo académico y administrativo.

d) Redactar los contratos de docentes y administrativos de programas.

e) Redactar, coordinar y derivar las resoluciones de exámenes de

suficiencia y defensa de tesis de los programas de segunda

especialidad.

f) Atender al cliente externo e interno con la diplomacia indispensable.

g) Otras funciones afines al cargo que coadyuven a l ograr los objetivos y

metas de escuela de posgrado.

h) Coordinar y ejecutar los procesos de inscripción, matrícula, desarrollo

de sesiones presenciales.

i) Organizar y ejecutar el registro académico, carpetas personales,

nóminas, actas de evaluación, constancias y otros.

j) Otras funciones afines al cargo que coadyuven a l ograr los objetivos y

metas de escuela de posgrado.

TITULO DECIMOORGANOS DESCONCENTRADOS

CAPITULO XXVIFILIALES Y SUB SEDES

Art. 166.- La Universidad, cuenta con los siguientes órganos desconcentrados:

a) Filial Arequipa

b) Sub sede Puno y Sub sede Ilave.

Art.167.- Son funciones de las filiales y sub s edes

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a) Promoción y difusión de la educación y la c ultura, la investigación y

la prestación de servicios profesionales, para generar los cambios

culturales y tecnológicos para el desarr ollo económico y social de la

región.

b) Formar profesionales humanistas y científicos de alto nivel, en

concordancia con las necesidades de la región y el país.

Art.168.- Las filiales y sub sedes dependen directamente de r ectorado, y coordinan

con vicerrectorado académico, vicerrectorado administrativo y

facultades, tienen la siguiente estructura orgánica:

ORGANOS DE DIRECCIONCoordinación

ORGANOS DE APOYOSecretaria Académica

Secretaria Administrativa

Biblioteca Especializada

ORGANOS DE LINEASCarreras Académico Profesionales

COORDINADOR

Art.169.- La filial y las sub sedes, estarán dirigidas por un coordinador y debe

reunir los mismos requisitos para ser decano de facultad.

Art.170.- Son funciones del coordinador de a las filiales y sub s edes:

a) Formular, ejecutar y evaluar el plan de acción sobre las

actividades de su competencia e informar periódicamente al rector.

i) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la asamblea universitaria,

del consejo universitario.

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j) Planificar, organizar, dirigir, coor dinar y controlar la marcha

académica y administrativa.

k) Presentar su memoria anual ante el rector

l) Cumplir y hacer cumplir la ley, el estatuto y reglamentos generados

por el órgano central.

b) Dirigir y coordinar las acciones académicas de las carreras

académicos profesionales de extensión.

c) Controlar la asistencia diaria del personal docente y administrativo,

elevando el informe correspondiente al órgano central.

d) Coordinar con la sede central sobre aspectos académicos,

financieros, administrativos y otros prop ios de la actividad.

e) Presentar informes periódicos sob re la situación económica a la sede

central.

f) Otras que le asigne el rector.

ORGANOS DE APOYOSECRETARIA ACADEMICA

Art.171.- La secretaria académica es el órgano de apoyo de la filial y sub s edes

encargada de revisar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la

actividad académica, esta a cargo de un profesor, por un periodo de

dos años.

Art.172.- Son funciones de la secretaria a cadémica:

a) Prestar apoyo académico al coordinador para el cumplimiento de

los fines y objetivos.

b) Programar y controlar el proceso de matrícula y otorgamiento de

grados, coordinando con la Oficina Servicios Académicos el

procesamiento de la información,

c) Ejecutar y evaluar el servicio de asesoría y orientación al

estudiante en aspectos académicos.

d) Administrar los recursos materiales de la coordinación.

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e) Elaborar la información estadística requerida para formular el plan

de acción de la coordinación.

f) Mantener actualizada la información documentaría de los

aspec tos académicos.

g) Controlar la asistencia y permanencia del personal docente

h) Mantener actualizado el margesí de bienes de la coordinación, en

coordinación con la unidad de patrimonio y servicios generales de la

universidad.

i) Informar mensualmente al coordinador acerca de las actividades

desarrolladas.

j) Velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones,

bienes y equipos de la coordinación.

k) Preparar conjuntamente con el coordinador la memoria anual para

ser presentado a rectorado.

l) Otras encomendadas por rectorado.

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

Art.173.- La secretaria administrativa es el órgano de apoyo de la filial y s ub

sedes, encargada de brindar servicios administrativos, controla y

ejecuta las acciones propias de personal, mante nimiento,

publicaciones, trámite documentario. Esta a cargo de un secretario

administrativo.

Art.174.- Son funciones de la secretaria a dministrativa:

a) Prestar apoyo administrativo al coordinador

b) Implementar y ejecutar las normas que establezcan las ofic inas

administrativas del órgano

c) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativo .

d) Realizar las acciones referentes a trámite documentario,

rrecepción, redacción, archivo de documentación, impresiones y

publicaciones.

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e) Administrar los materiales de escritorio y otros asignados.

f) Apoyo en el mecanografiado de la memoria anual de la

coordinación

g) Proporcionar información a estudiantes, docentes y público que lo

requiera en aspectos que le concierna.

h) Otras encomendadas por el coordinador.

BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

Art.175.- La biblioteca especializada de las filiales y sub s edes, es el órgano de

apoyo de la facultad encargado de la prestación de servicios

bibliográficos estará a cargo de un personal administrativo.

Art.176.- Son funciones de la biblioteca e specializada:

a) Implementar la normatividad interna de funci onamiento administrativo

de la biblioteca especializada.

b) Mantener actualizado y administrar el acervo bibliográfico.

c) Dirigir y organizar la hemeroteca.

d) Acopiar información de organismos que prestan apoyo bibliográfico y

gestionar convenios.

e) Establecer un sistema de fotocopiado de textos a utilizarse son fines

académicos por profesores y estudiantes.

f) Organizar un sistema apropiado de intercambio bibliográfico entre las

instituciones públicas y privadas de la región.

g) Responsabilizarse de los bienes de activo fijo asignados a la

biblioteca especializada.

h) Proponer la adquisición y renovación de bibliografía

especializada.

i) Otras que le encomienda el coordinador.

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COORDINACION DE LABORATORIOS

Art.177.- La coordinación de laboratorios es el órgano de apoyo de la

filial y sub sedes, encargado de coordinar y garantizar la ejecución de

prácticas y trabajos de experimentación en los laboratorios, Está a

cargo de un docente con el cargo de coordinador de laboratorios,

depende jerárquicamente del c oordinador y coordina sus

acciones con la oficina de tecnología educativa

Art.178.- La coordinación de laboratorios cumple las siguientes

funciones:

a) Programar, dirigir, organizar, coordinar y supervisar según

reglamento Interno el uso de laboratorios para la atención y

prestación de servicios a los estudiantes y público en general,

gestionando la dotación de reactivos, materiales y equipos de

laboratorio en general.

b) Organizar y renovar el sistema de mantenimiento y control de

equipos y materiales, relacionados a prácticas de laboratorio

y servicios a terceros, propendiendo a su automatización.

c) Informar anualmente al coordinador sobre las altas y bajas de los

materiales y equipos de los laboratorios a su cargo.

ORGANO DE LINEACARRERA ACADEMICO PROFESI ONAL

Art.179.- La carrera académico profesional, es el órgano ejecutivo de las filiales y

sub sedes, encargado de desarrollar actividades de enseñanza

aprendizaje de conformidad al plan curricular de e studios, en

concordancia a los planes curricula res de las carreras profesionales.

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TITULO DECIMO PRIMERODISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art.180.- EL presente reglamento de organización y funciones será

aprobado por resolución entrando en vigencia a partir de la fecha

de su aprobación.

Art.181.- EL presente reglamento de organización y funciones deberá ser

complementado con el manua l de organización y funciones y el cuadro

de asignación de personal.

Art.182.- La oficina de planificación universitaria, unidad de p resupuesto y

racionalización en coordinación con las dependencias académicas y

administrativas de la universidad es responsable de la actualización del

presente reglamento de organización y funciones, de acuerdo a la

dinámica administrativa institucional .

TITULO DECIMO SEGUNDO

DISPOSICIONES FINALES

Art.183.- Deróguese las normas y reglamentos que se opongan al presente

reglamento de organización y funciones.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURALEstructura orgánica de la UANCV, aprobado mediante Resolución Nº 232 -2008-

CU-UANCV.

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CONSEJOUNIVERSITARIORECTORADO

COMITÉ ELECTORALASAMBLEA UNIVERSITARIAOFIC. CONTROL INTERNO

TRIBUNAL DE HONOR

COMISIONES PERMAN

U.CONTR.INT U.AUDIT.INT.

U.RESOLUCIONESU.GRADOS Y TITULOS U TRAMITE DOCUMEN.

OF. IMAGEN INSTITUCIONAL OF. TECNOLOGIA INFORMATICA

U.RELACIONESPUBL E IMAG

U.PRENSA YPROTOCOLO.

U.DESARROLLOSOFTWARE

U.MANTEN.HARDPROC. Y PROD.

OF. PLANIFICACION UNIVERSITARIA

OF. ASESORIA JURIDICA

U.PRES. Y RAC. U.ESTAD. D..U

OF.SECRETARIA GENERALU.COOP.TEC.IN U. INFRAES

OF .EVALUACION Y ACREDITACION U .

U.ASES.ADMIN. U. ASES.JURID

O.BIEN.UNIPROY.S.E.U

OFICINAECONOMIA

U.BIEN.UNIVER

U.PROY.S.E.U U.TESORERIA

U.REMUNER

U. ESCALAFONCAPACITAC

U. CONTABILID

OFIVINAPERSONAL

U. CONTROL.P

U.PROYECTOSPRODUC Y SERV

U.GEREN. CONROLCENTR.PROD.SSPROYECTOS

U. ABASTECIM.

U.PATRIM.S. G

O.PROD.BBPREST.SS

VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO

U.REG.CENTR.

U.ARCH.CENTR

O.PERMAN.ADMISION

O.SERVICACADEMIC.

OFICINAINVESTIG.

OFICINATEC. EDUC.

VICERRECTORADO ACADEMICO

U.DES.ACADEM.

U.SUP.CON.D.A

SUB SEDE

ESCUELA DE POSTGRADO

FILIAL

FACULTADES

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OFICINA DE PLANIFICACION UNIVERSITARIA

ING. PEDRO ZANABRIA GALLEGOSJEFE DE OFICINA

MAG. FREDY A.J MOLINA NARVAEZJEFE DE UNIDADES DE PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION

MAG. FREDY F, MAMANI COLQUEHUANCAJEFE DE UNIDADES DE DESARROLLO UNIVERSITARIO Y ESTADISTICA

ING. LUIS ALBISURI TUPAYACHIJEFE DE LA UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA

CPC. HENRY GOMEZ TAPIAASISTENTE DE PRESUPUESTO

SRA. ELSA RODRIGUEZ RODRIGUEZSECRETARIA

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