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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar “Fundación Educacional Anny School” La Cruz

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Reglamento de Evaluación, Calificación

y

Promoción Escolar

“Fundación Educacional Anny School”

La Cruz

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INTRODUCCIÓN

El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, pretende medir la gradualidad de los

Aprendizajes, según las características de los estudiantes en base a las disposiciones que

determinan los logros académicos y establecen las condiciones de promoción. Este desafío es

necesario asumirlo en el marco de los principios de flexibilidad y autonomía curricular que

reconoce la normativa legal emanada del Ministerio de Educación, así como en las necesidades y

características propias de la realidad educativa del establecimiento.

La evaluación es uno de los temas más complejos en educación. Cuando hablamos de evaluación

no solo hacemos referencia a la evaluación de los aprendizajes, sino que también a otros procesos

que implican el desarrollo humano y social, tales como, la construcción del conocimiento, la

innovación y la calidad educativa, etc.

En forma simple, Tenbrink (2002) señala que evaluar es “asignar un valor a algo, juzgar” (p. 17).

Ahora bien, en educación juzgar implica valorar el desempeño de un estudiante, docente,

programa educativo, o institución. Los docentes emiten muchos juicios en el proceso de evaluar

los logros de sus estudiantes, y una forma común de hacerlo es a través de la calificación. Pero,

convengamos en que la evaluación es mucho más que calificar. Implica muchos procesos tales

como recogida de información, emisión de juicios y toma de decisiones.

Desde otra perspectiva, podemos concebir la evaluación como un proceso de recopilación de

“evidencias” para demostrar que el estudiante ha logrado el resultado previsto. Ahora bien,

entendemos por evidencia el conjunto de pruebas, en el sentido de hechos y/o hallazgos, que ha

cubierto satisfactoriamente un requerimiento, un indicador de desempeño, una habilidad o un

resultado de aprendizaje.

La evaluación, al igual que el currículum, es un concepto polisémico, puesto que dependerá de la

perspectiva teórica con que se la analice. Se propone la siguiente definición elaborada a partir de

la propuesta de Castro et al. (2006):

Proceso sistemático que mide y/o aprecia el logro de los objetivos de aprendizaje. Por tanto,

considera todos los procesos de aprendizaje de los alumnos y alumnas, favoreciendo su capacidad

de seguir aprendiendo.

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En tal sentido, la evaluación nos permite conocer la situación educativa y deducir las

reorientaciones pedagógicas; así como analizar con sentido crítico las posibles causas de las

deficiencias encontradas (Castro, et al., 2006). De allí que la evaluación sea considerada como

parte integradora del proceso de enseñanza-aprendizaje. Esto significa que la evaluación es un

elemento que dinamiza y retroalimenta la acción educativa en todos sus aspectos. Por tanto, en

los criterios de evaluación de los aprendizajes deben evaluarse no sólo los contenidos, sino

también los procedimientos y las actitudes y los alumnos y alumnas deben conocer los criterios de

evaluación que se les aplicarán.

Considerando todos estos aspectos, podemos concluir que la evaluación no ha de ser una

actividad episódica, que tiene lugar una, dos o más veces durante el semestre, sino que necesita

organizarse como una acción frecuente (Himmel, 2001). Por otra parte, ha de incorporar

cuestiones éticas: debe haber coherencia entre las formas de enseñar y las formas de evaluar;

deben reconocerse los conocimientos previos adquiridos por los estudiantes en otros contextos y

comunicar a los estudiantes que se espera de ellos.

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TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO Nº 1: ARTICULACIÓN DEL REGLAMENTO

La Fundación Educacional “Anny School” de La Cruz, RBD 14848-2 establece el presente

Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción, según las normativas vigentes del Ministerio

de Educación (Mineduc) y las establecidas en el decreto 67/ 2018, derroga los decretos exentos

N° 511/97, hasta el año 2019 para enseñanza básica.

a) RÉGIMEN ESCOLAR

El régimen de estudio de la Fundación Educacional Anny School es semestral. Las fechas

correspondientes al inicio de cada periodo semestral están organizadas de acuerdo con el

calendario oficial Escolar de cada año, entregado por la Secretaría Regional Ministerial de

Educación.

Al término de cada semestre se emitirán informes de rendimiento académico y de personalidad.

b) JORNADA ESCOLAR

La Fundación Educacional Anny School posee Jornada Escolar Completa Diurna (JECD) que

comenzará a las 8:00 hrs. de lunes a viernes.

El término de la jornada será diferenciado según el curso y carga horaria semanal.

c) ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS Las actividades extraprogramáticas se realizarán después de la jornada escolar, previa autorización

Ministerial.

Las actividades ofrecidas por la Fundación como talleres artísticos, de circo, instrumental se

realizarán los días lunes de 14:30 a 16:00 hrs. Los talleres de fútbol se realizarán martes, jueves y

viernes, danza se realizarán los días martes de 16:15 hrs a 17:45 hrs.

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Los talleres serán opcionales este año.

La participación en los Talleres: de

Apoyo, Producción de Textos, Desarrollo Personal, kineducativa, formación ciudadana,

normalización y Yoga tienen carácter obligatorio, indicándose en el horario del alumnado según

corresponda.

La participación en los talleres artísticos, deportivos, comunicacionales, etc. Deben ser realizados

con rigurosidad y con sistematicidad en cuanto a su asistencia.

ARTÍCULO Nº 2 Para los efectos de la Evaluación, Calificación y Promoción, de los alumnos y alumnas se

considerarán los Planes y Programas de Estudio y los Decretos vigentes para cada uno de los

niveles y cursos, considerando que:

ORGANIZACIÓN DEL CURRÍCULUM

En el año 2012 entraron en vigencia las nuevas Bases Curriculares desde 1° a 6° año de E. Básica.

En este proceso de implementación curricular, el año 2016 entraron en vigencia las Bases

Curriculares de 7° a 8° año de E. Básica, determinando en el marco de la Ley General de Educación

N° 20.370/2009 (LGE), los aprendizajes que todas y todos los estudiantes tendrán la oportunidad

de desarrollar en cada asignatura y curso.

INSTRUMENTOS CURRICULARES

1.- Las Bases Curriculares son el documento que describe los aprendizajes del Currículum Nacional

y se han desarrollado en el marco de la Ley General de Educación (LGE) de 2009, que fija los

Objetivos Generales de la Educación.

Las Bases Curriculares presentan una serie de propósitos de aprendizaje que todas y todos deben

alcanzar en el marco de una formación de calidad. Los Objetivos de Aprendizaje (OA) de estas

Bases se organizan por asignatura y curso, y definen los conocimientos, habilidades y actitudes

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que se espera que las y los estudiantes logren, con el fin de promover en ellas y ellos un desarrollo

armónico e integral, a la vez que les permiten fortalecer las herramientas necesarias para

participar de manera activa y responsable en la sociedad.

En la práctica, esta prescripción de objetivos entrega espacios de flexibilidad curricular,

favoreciendo que la o el docente asuma estos propósitos de manera contextualizada, adaptando

su organización e implementación a las diferentes realidades escolares.

2.- Los Programas de Estudio son una propuesta pedagógica para el logro de los propósitos

formativos definidos en las Bases Curriculares. Estos programas son de carácter opcional si la

escuela o liceo cuenta con Programas Propios en las asignaturas y cursos que les parezcan

pertinentes, ciertamente resguardando el logro de los OA planteados en las Bases Curriculares.

Los Programas de Estudio ofrecen una organización temporal de los OA en unidades de

aprendizaje, las que incluyen, entre otros elementos, la visión global del año, orientaciones

didácticas, sugerencias de indicadores de evaluación, sugerencias de actividades de aprendizaje

y de evaluación, para cada uno de los objetivos declarados en las Bases Curriculares.

Es importante considerar que los Programas de Estudio han sido formulados considerando que, en

su implementación, la profesora o el profesor asume un rol activo y autónomo en la tarea de

apropiación de dicha propuesta y que, de acuerdo a los criterios curriculares existentes en cada

institución, puede contextualizarlos a su realidad escolar, gestionando el currículum de manera

pertinente.

3.- Los Planes de Estudio establecen las asignaturas obligatorias y el número mínimo de horas

Pedagógicas anuales correspondientes a cada una de ellas. Se debe considerar que los planes de

Estudio son diferentes para aquellos establecimientos que cuentan con Jornada Escolar Completa

(JEC) y para los que no la tienen. No obstante, en cualquiera de los casos, queda a elección de los

establecimientos la distribución semanal del total de horas anuales que este plan constituye,

según sus prioridades y proyectos educativos.

Para el caso de las horas de Libre Disposición, se sugiere a las escuelas y liceos tomar las

decisiones correspondientes a partir del conocimiento y reflexión acerca de sus contextos

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institucionales específicos. Entre otros, algunos criterios que podrían ser considerados al respecto

son:

1.- Requerimientos desde el Proyecto Educativo.

2.- Fortalecimiento de la formación en alguna asignatura en particular.

3.- Requerimientos desde la comunidad educativa en general.

4.- Demandas específicas de las y los estudiantes.

5.- Innovaciones curriculares en desarrollo.

EDUCACIÓN PARVULARIA

Currículum está conformado por las Bases Curriculares 2018 , Mapas de Progreso del Aprendizaje

y Programas Pedagógicos para NT1 y NT2.

PRIMARIA: 1º A 6º BÁSICO

Currículum está integrado por las Bases Curriculares y Programas de estudio en todas las

asignaturas. Las Progresiones de aprendizajes en espiral están disponibles en las asignaturas de

Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias desde 1° a 6° básico.

SECUNDARIA: 7º BÁSICO A II MEDIO

7º y 8º Currículum actualmente estable.

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ARTÍCULO Nº 3 FUNCIÓN DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA

La programación y el desarrollo de las actividades pedagógicas y específicamente de Evaluación y

Promoción son de responsabilidad de la Dirección en conjunto con la Unidad Técnica Pedagógica,

para lo cual se contemplan las normas impartidas por el Ministerio de Educación, Secretaría

Ministerial de Educación, Departamento de Educación Provincial y la legislación vigente al

respecto.

ARTÍCULO Nº 4: ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE REGLAMENTO

Las situaciones o aspectos relativos al proceso de Evaluación, Calificación y Promoción de los

alumnos y alumnas no previstas en el presente Reglamento, serán dirimidas por la Dirección, por

la Dirección Provincial de Educación o bien Secretaria Ministerial de Educación Viña del Mar.

ARTÍCULO Nº 5: PERÍODOS LECTIVOS

El año lectivo comprenderá dos Semestres con un total de 38 semanas.

El Semestre es el periodo calendario en el que se desarrollan las actividades académicas y los

Programas de Estudio impartidos por el establecimiento.

ARTÍCULO Nº 6: PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE LA ENSEÑANZA

Una distinción relevante en el ámbito de la preparación de clases es la que corresponde a las

nociones de Planificación y Diseño de la Enseñanza. La planificación corresponde a un trazado

general de los aprendizajes que se espera lograr en un lapso amplio de tiempo, asegurando al

mismo tiempo la cobertura curricular de la asignatura.

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Según Orientaciones del MINEDUC

La planificación “(…) tiene como finalidad ordenar y definir los tiempos respecto de los

aprendizajes propuestos por el currículum, para ser tratados durante el año escolar”, con el

fin de, “asegurar la cobertura curricular y prever necesidades que emergerán durante el

proceso de enseñanza y aprendizaje”

(MINEDUC, “Jornada de Planificación y Diseño de la Enseñanza”, 2007).

DISEÑO PLANIFICACIÓN MENSUAL POR ASIGNATURA:

- Los diseños mensuales no requerirán ser impresas, pero se recomienda tenerlas en forma

de PDF en caso que no haya acceso a internet.

- Los docentes deben haber validado el modelo mensual (fecha, objetivos, recursos, entre

otros) una mes antes de su aplicación, la UTP calendarizará con cada docente el día de

retroalimentación para sus planificaciones.

PROGRESIONES DE APRENDIZAJE EN ESPIRAL

Para los niveles de 1°a 6° básico en las asignaturas Lenguaje y Comunicación, Matemática,

Historia, Geografía y Ciencias , se regaran por los objetivos indicados en las progresiones en

espiral.

PLANIFICACIONES ANUALES:

- Imprimir y colocar en portafolios de aula las planificaciones anuales.

EVALUACIONES:

- Las evaluaciones deben ser presentadas con su tabla de especificaciones, si corresponde,

que se realicen mensualmente en cada asignatura.

- Se deben entregar las evaluaciones aplicadas a los estudiantes cada dos meses en carpeta

digital.

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DE LAS ACTIVIDADES CURRICULARES NO LECTIVAS, DE ACUERDO A LA LEY

20.903

La Ley define como actividades curriculares no lectivas aquellas labores educativas

complementarias a la función docente de aula, relativa a los procesos de enseñanza

aprendizaje considerando, prioritariamente, la preparación y seguimiento de las actividades de

aula, la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes, y las gestiones derivadas

directamente de la función de aula. Asimismo, se considerarán también las labores de

desarrollo profesional y trabajo colaborativo entre docentes, en el marco del Proyecto

Educativo Institucional y del Plan de Mejoramiento Educativo del establecimiento, cuando

corresponda. Asimismo, considera aquellas actividades profesionales que contribuyen al

desarrollo de la comunidad escolar, como la atención de estudiantes y apoderados vinculada a

los procesos de enseñanza; actividades asociadas a la responsabilidad de jefatura de

curso, cuando corresponda; trabajo en equipo con otros profesionales del establecimiento;

actividades complementarias al plan de estudios o extraescolares de índole cultural,

científica o deportiva; actividades vinculadas con organismos o instituciones públicas o

privadas, que contribuyan al mejor desarrollo del proceso educativo y al cumplimiento

del Proyecto Educativo Institucional y del Proyecto de Mejoramiento Educativo, si

correspondiere, y otras análogas que sean establecidas por la dirección, previa consulta

al Consejo de Profesores.

Respecto al uso de las horas no lectivas

Un porcentaje de a lo menos el 35% de las horas no lectivas estará destinado a las

actividades de preparación de clases y de evaluación de aprendizajes y otras actividades

profesionales relevantes para el establecimiento, ello implica tener como referente para

esta definición el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de Mejoramiento (PME).

Ello se fundamenta en la importancia que tiene la planificación como una herramienta clave

para el logro de los objetivos de aprendizaje y en cautelar un tiempo para que el docente

contextualice los instrumentos curriculares de acuerdo a las necesidades y normas

establecidas por cada uno de los establecimientos.

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Las horas no lectivas destinadas a otras actividades profesionales relevantes para el

establecimiento, las determinará el director, previa consulta al Consejo de Profesores,

debiendo tener como referente para esta definición el Proyecto Educativo Institucional (PEI)

y el Plan de Mejoramiento (PME).

Consejo de Profesores:

- Consejo de Profesores se realizará el día lunes de 14:00 a 16:00 hrs. durante la jornada

escolar y tendrá una duración de 2 hrs. cronológicas.

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TÍTULO II DE LA EVALUACIÓN

RESPONSABILIDAD DEL DOCENTE EN LA APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS EVALUATIVOS.

Todo docente perteneciente al establecimiento Fundación Educacional “Anny School” debe

diseñar instrumentos evaluativos tendientes a medir el avance y alcance en el logro de los

Objetivos de Aprendizaje y niveles de logro que determina el Ministerio de Educación de Chile.

El trabajo docente se desarrolla sobre la base de planificaciones Anuales y mensual para cada

asignatura, según formato institucional, las que deben ser entregadas a la Unidad Técnica

Pedagógica para su revisión y retroalimentación con tres días de anticipación y a la vez consensuar

con PIE el instrumento que se aplicará a los alumnos con NEE.

.

Revisar los diseños de aula con una semana de anticipación a las actividades y evaluaciones

planificadas a fin de que sean retroalimentadas durante la semana por UTP.

Cada docente debe mantener un archivador en su sala o en CRA, según indique Dirección, que

contenga: Sus planificaciones Anuales, por Unidad y en otro archivador las evaluaciones

mensuales ya corregidas con sus tablas de especificaciones y pautas de evaluación utilizadas.

EVALUACIÓN DOMINIO LECTOR

La Unidad Técnica Pedagógica evaluará institucionalmente en los meses de julio a 2º, 3º y 4º

básico y en noviembre desde 1º a 4º, entregando en Consejo de profesores los avances en cuanto

a Dominio Lector para su posterior presentación en reunión de apoderados.

MONITOREO LECTURA

- Los docentes que imparten clases de Lenguaje y Comunicación en 1º ( segundo semestre)

y 2º Básico deben monitorear la lectura en forma diaria y dejar registro del avance

obtenido, entregarán un informe mensual de los resultados obtenidos.

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- Los docentes que imparten clases en 3º y 4º entregarán un registro mensual de las

mediciones realizadas hasta la fecha y procederán a monitorear la lectura mediante

actividades de aula, informando a UTP

- Firmar UN COMPROMISO DE LECTURA con los alumnos y sus familias que presentan un

rezago lector importante a fin de comprometerlos a trabajar en esta destreza tan vital para

el desarrollo de otras habilidades.

- Al término de cada semestre se procederá a colocar una calificación en Dominio lector en

los cursos de 1º a 4º Básico y será registrada en la asignatura de Lenguaje y Comunicación.

EVALUACIÓN PROGRESIVA

La Evaluación Progresiva es un componente del nuevo Sistema Nacional de Evaluación de

Aprendizajes, cuya finalidad es aportar información oportuna y específica a los profesores de 2º

básico respecto de los avances en el desarrollo de habilidades de comprensión lectora de sus

estudiantes durante el año escolar. Para lograr este objetivo, Evaluación Progresiva entrega un

conjunto de herramientas para recopilar evidencia sobre la comprensión de lectura de los

estudiantes, monitorear sus avances e implementar acciones concretas para el mejoramiento

escolar.

Se distingue de otras evaluaciones porque es voluntaria y aplicada por los propios

establecimientos, entregando resultados por estudiante, curso y colegio. Además, ofrece

orientaciones concretas para retroalimentar las prácticas de los profesores y mejorar la

comprensión de lectura de sus estudiantes.

• Las herramientas que conforman la Evaluación Progresiva son:

Pruebas de comprensión de lectura.

Reportes de resultados por curso y por cada estudiante para profesores y directivos.

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Orientaciones pedagógicas para usar los resultados para la mejora de cada estudiante.

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

- Presentar con anterioridad los instrumentos evaluativos como:(pruebas, pautas, guías

evaluadas , material de estudio, ejercitación, etc.), a UTP y/o a Dirección con tres días de

anticipación

- Los instrumentos de evaluación deben ser presentados con su Tabla de Especificaciones y

Pauta de Corrección, según formato institucional.

- Una vez aplicados, corregidos y tabulados los instrumentos de evaluación éstos deben ser

presentados en Dirección para su revisión (antes de entregarlos a los alumnos y alumnas)

- Una vez que las evaluaciones son revisadas por Dirección se estará en condiciones de

realizar el registro en libro de clases y plataforma Webclass y la entrega de éstos a los

alumnos y alumnas revisando con ellos la evaluación ítem por ítem si es que no se

retroalimentó con anterioridad luego de terminada la evaluación.

- Se sugiere para este año acortar el tiempo de la evaluación disminuyendo el número de

ítemes y preguntas, logrando de esta forma retroalimentar el instrumento en la misma

sesión.

- Es deber de todo docente asegurarse que las pruebas y pautas de evaluación se

encuentren en condiciones óptimas para su aplicación, tanto en calidad como en cantidad:

no le falten hojas, esté bien compaginada, bien impresa, con letra clara, etc., evitando

perjudicar al alumnado. De ocurrir alguna situación de este tipo el docente deberá buscar

la solución que permita subsanar este impasse.

- Si más del 60% de los alumnos /as no logra los objetivos esperados se deberá reforzar los

contenidos y se evaluará en la siguiente evaluación con ITEM especifico. (manteniendo la

calificación inicial)

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ARTÍCULO Nº 7: ASPECTOS DE LA EVALUACIÓN QUE FUNDAMENTA ESTE REGLAMENTO

Fundación Educacional Anny School define a la evaluación como una herramienta de aprendizaje

y desarrollo personal en los educandos. Conforme al Marco/Bases Curricular(es) y a las

necesidades específicas del establecimiento.

7.1 Se hace necesaria la evaluación en el proceso de Enseñanza - Aprendizaje para tomar

decisiones que tiendan a proponer mejoras y soluciones para aquellos(as) alumnos y alumnas que

no han cumplido con lo esperado. Se considerarán las etapas: diagnóstica, de proceso, de

producto y de retroalimentación.

7.2 La función principal de la evaluación, es proporcionar evidencias acerca de los avances en los

aprendizajes de cada educando, identificando los logros, fortalezas o debilidades en forma

oportuna para la toma de decisiones y la aplicación de medidas remediales correspondientes.

7.3 De diversas formas se evalúan los aspectos afectivos, cognitivos, psicomotores y sociales.

7.4 El establecimiento evaluará el desarrollo de la transversalidad, el afianzamiento de las

actitudes y valores que se manifiestan en las distintas asignaturas.

7.5 Las evaluaciones deben estar calendarizadas y avisadas a los alumnos y alumnas y a sus

apoderados, indicando fecha de aplicación, tipo de instrumento, modalidad, contenidos a

evaluar.

En el caso de que se quiera elaborar más de una forma ( Ej. A y B) los instrumentos deberán medir

los mismos conocimientos y habilidades y tener el mismo número de ítems y preguntas.

7.6. Es de responsabilidad de las Educadoras y los docentes (de asignatura y/o Jefe) que

imparten docencia en un determinado curso, la elaboración de los siguientes documentos

Técnicos – Pedagógicos, según corresponda

a) Planificación Anual y Mensuales de Aprendizajes.

b) Calendario de evaluaciones (entregar fechas y temarios oportunamente todos los meses)

Todo instrumento de evaluación y materiales de trabajo como apoyo a la asignatura. Ej. Guías:

c) Guías de motivación, de Aprendizaje, de Comprobación, de Síntesis, de Aplicación, de Estudio

de Lectura, de Refuerzo, de Nivelación, de Anticipación, de Reemplazo, etc.

d) Registro mensual de las calificaciones obtenidas por los alumnos y alumnas en Libro de Clases .

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e) Completaciòn del leccionario en el Libro de Clases (No registrar los contenidos tratados y

habilidades desarrolladas una vez realizada la clase corresponde a una falta grave)

f) Registro de firmas en Libro de Clases (No firmar las horas realizadas corresponde a una falta

grave)

g) Registro semestral de los promedios obtenidos por los alumnos y alumnas según cronograma

institucional.

h) Entregar informe sobre los avances y retrocesos de los alumnos y alumnas en el área de

formación.

i) Informe de Notas Parciales.

j Informe de Notas Semestrales y Anuales e Informe de Personalidad y Confección de Actas.

k) Cierre de Libros de Clases con su estadística.

l) Registro de asistencia a reuniones y de los temas tratados en el Libro de Clases.

ll) Entrevistas realizadas a alumnos y alumnas y/o apoderados en el Libro de Clases.

m) Mantener los archivadores organizados y al día con las planificaciones anuales y evaluaciones

de cada asignatura.

n) Llevar la asistencia diaria en el Libro de clases sin errores y el registro conductual de los

alumnos en la Hoja de Vida.

ñ) Entregar informes de lectura mensual (según corresponda)

o) Es de responsabilidad del docente revisar los instrumentos de evaluación y no traspasar esta

tarea a una asistente de aula u otra persona.

p) Las asistentes de aula podrán controlar lectura diaria, revisar agendas e informar a la jefatura,

marcar cuadernos según parámetros institucionales.

q) Registrar los acuerdos e informaciones entregadas en Consejo de Profesores y/ o en reuniones

con Dirección y llevarlas a cabo según indicaciones dadas. Ej control de lectura diario.

ARTÍCULO Nº 8 CRITERIOS DE EVALUACIÓN

8.1 Todos los alumnos y alumnas, deberán ser evaluados en todas las asignaturas descritas en el

Plan de Estudio correspondiente.

8.2 Según la finalidad que tenga la evaluación, ésta puede ser:

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8.2.1 La Evaluación Diagnóstica

Se realiza al comienzo de un período de aprendizaje y al inicio del año escolar. El alumno o alumna

deberá demostrar la adquisición de determinados aprendizajes. Esta evaluación no tiene una

calificación; sin embargo, sus resultados sirven de orientación para que los docentes adopten

decisiones, sobre la base de las necesidades de aprendizaje, fortalezas y debilidades evidenciadas,

para planificar la práctica docente de acuerdo con la realidad del grupo y con las diferencias

individuales.

Los resultados serán expresados y registrados por conceptos de Logrado, Medianamente Logrado

y No Logrado en el libro de clases.

Decreto 67, Reglamento de Evaluación:

8.2.2 La Evaluación Formativa

Proporciona información útil para decidir qué actividades de apoyo y refuerzo son más adecuadas

para orientar el proceso de enseñanza-aprendizaje y optimizar los esfuerzos y recursos. Es parte

de la práctica habitual del docente, pues le permite detectar avances, posibilidades, limitaciones y

otras variables y específicamente en el logro de los objetivos. Se debe promover que se corrijan

los errores a través de una retroalimentación oportuna, autónoma, usando varias formas así como

escrita, oral, individual o grupal.

Disposición D:

A) Retroalimentación de las actividades de Evaluación con Calificación.

- Presentar con anterioridad los instrumentos evaluativos como:(pruebas, pautas, guías

evaluadas, material de estudio, ejercitación, etc.), a UTP y/o a Dirección con tres días de

anticipación

- Los instrumentos de evaluación deben ser presentados con su Tabla de Especificaciones y

Pauta de Corrección, según formato institucional.

- Una vez aplicado el instrumento de evaluación, se realizará con los alumnos

La retroalimentación promoviendo en ellos de manera autónoma la corrección de sus errores,

esto se podrá desarrollar de manera escrita, oral, individual o grupal. El Docente debe registrar

en el leccionario la fecha y la forma en que se realizó la retroalimentación del instrumento.

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- Una vez aplicados, corregidos y tabulados los instrumentos de evaluación éstos deben ser

presentados en Dirección para su revisión (antes de entregarlos a los alumnos y alumnas)

- Una vez que las evaluaciones son revisadas por Dirección se estará en condiciones de

realizar el registro en libro de clases y plataforma Webclass y la entrega de éstos a los

alumnos y alumnas revisando con ellos la evaluación ítem por ítem si es que no se

retroalimentó con anterioridad luego de terminada la evaluación.

B) De las Actividades de Evaluación sin calificación

- El Docente deberá realizar en forma inmediata la retroalimentación de estas actividades en

las mismas condiciones que una evaluación con calificación, además a modo de incentivo y

motivación escolar el Docente, puede hacer uso de esta instancia para acumular décimas

que serán consideradas y sumadas en la evaluación formativa.

- Los docentes podrán otorgar puntaje adicional durante el transcurso de la Unidad, el cual

será otorgado por los siguientes motivos:

- 1.- Actividades realizadas en clases y que representen un desafío.

- 2.- Responder satisfactoriamente a preguntas desafiantes realizadas por el docente.

- 3.- Generar preguntas críticas.

- 4.- Entregar informes de lectura que no pertenezcan al Plan Lector.

- 5.- Realizar guías en forma organizada, completa, correcta que demuestren compromiso y

dedicación.

c) De la frecuencia de las actividades evaluativas se regirá a través de un calendario de evaluaciones al

inicio de cada mes, de esta manera el equipo directivo, resguardará que no exista una sobrecarga

de evaluaciones por día.

- D) Del Seguimiento y pertenencia de las actividades de Evaluación:

- El Equipo de Directivo es el encargado de recepcionar con anterioridad los instrumentos

evaluativos con o sin calificación como:(pruebas, pautas, guías evaluadas, material de

estudio, ejercitación, etc.), con tres días de anticipación

- Los instrumentos de evaluación deben ser presentados con su Tabla de Especificaciones y

Pauta de Corrección, según formato institucional.

Page 19: Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar · - Imprimir y colocar en portafolios de aula las planificaciones anuales. EVALUACIONES: - Las evaluaciones deben ser presentadas con

- Los Instrumentos serán revisados y devueltos con sugerencias o adecuaciones para su

posterior corrección y aplicación.

DISPOSICIÓN F:

1) Fortalecimiento de la Evaluación Formativa: Una de las estrategias es la coordinación de

Docente Pie y Docente Aula, en la construcción del Instrumento de Evaluación Formativa.

2) El Equipo Técnico- Pedagógico Monitorear la pertinencia del Instrumento Evaluativo

aportando adecuaciones que favorezcan a los tres estilos de aprendizaje.

EVALUACIÓN PARA LA DIVERSIDAD

Los instrumentos de Evaluación Formativa serán construidos atendiendo a la diversidad

Considerando características, ritmos, formas de aprender (estilos de aprendizaje) y necesidades e

intereses múltiples. El Docente debe, dar hincapié a construir una Evaluación Auténtica con

situaciones a la vida real y poner en práctica aprendizajes en situaciones que sean relevantes para

los estudiantes, generar la instancia para que los estudiantes emitan juicio e innoven. Este

instrumento debe integrar conocimientos, habilidades ya actitudes y proveer al estudiante la

oportunidad para practicar y recibir retroalimentación.

Del Artículo 5:

Los Alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio,

debiendo ser evaluados en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla, pues se

aplicará de una Evaluación diferenciada que responda a las necesidades, características, intereses

y modos preferidos de aprender de cada estudiante.

DE LA EVALUACION DIFERENCIADA

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

DEL EQUIPO PIE

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COORDINADORA DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR

El rol de Coordinadora del Programa de Integración Escolar consiste en regular el adecuado

funcionamiento del grupo de profesionales que conforman el equipo de aula, que se compone por

Educadoras Diferenciales, Profesores Básicos, Fonoaudiólogo y Psicóloga.

En este sentido se trata de resguardar que se cumplan los requerimientos que establece el

Decreto N° 170 del Ministerio de Educación que consisten en ocho horas semanales de

intervención en aula común, 4 de Lenguaje o Lengua y 4 de Matemática, 1 hora para aula de

recursos y 1 hora de coordinación con el profesorado. Para los alumnos permanentes serán 8

horas de aula común con un mínimo de 3 horas y máximo de 6 en aula de recursos.

Se realizan sesiones semanales con Fonoaudiólogo para los alumnos con TEL Mixto o Expresivo,

atención psicológica para los alumnos que lo requieran.

Se debe verificar que se atiendan las coordinaciones entre Profesores Básicos y Educadoras

Diferenciales para que se realicen las adecuaciones curriculares y/o evaluaciones diferenciadas en

caso que sean pertinentes. Además existen funciones administrativas relacionadas con el

resguardo de información de cada alumno perteneciente al PIE y de la gestión de los equipos, que

deben ser presentadas a entidades como la Superintendencia de Educación, Provincial de

Educación y Agencia de Calidad del Ministerio de Educación.

EDUCADORA DIFERENCIAL

El rol de Educadora Diferencial, quienes atienden alumnos del Programa de Integración Escolar

desde Pre Kínder a 8° Básico que tengan diagnóstico de Trastornos del Lenguaje, Dificultades

Específicas de Aprendizaje, Déficit Atencional, Funcionamiento Intelectual Limítrofe y

Discapacidad Intelectual leve, cumpliendo con las ocho horas semanales en aula común y tres

horas de atención individualizada que estipula el Decreto n° 170. La intervención se realiza en aula

común en las asignaturas de Lenguaje y Matemática, mediante el monitoreo del desempeño de

los alumnos, incorporación de estrategias pertinentes a los contenidos trabajados y mediación

constante, con el fin de asegurar el cumplimiento de objetivos de aprendizaje. También realiza

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coordinaciones semanales con los Profesores Básicos, en donde se confecciona material necesario

para las clases, planificaciones, adecuaciones curriculares y evaluaciones diferenciadas.

También participa de reuniones de coordinacion con dirección y U.T.P.

FONOAUDIOLOGO/A

El rol del Fonoaudiólogo, quien atiende alumnos y alumnas pertenecientes al Programa de

Integración Escolar entre los Niveles de pre – básica a 4° Básico, que presentan Trastornos

Específicos de Lenguaje ya sea Mixto o Expresivo y de 5º a 8º que presenten necesidades

educativas permanentes, mediante la modalidad de sesiones individuales en aula de recursos,

todo esto con el objetivo de que cada uno de los alumnos que reciben atención adquieran las

habilidades lingüísticas correspondientes a su edad cronológica y características individuales.

Además el profesional brinda apoyos y asesorías a profesores con el fin de entregar estrategias de

estimulación lingüística a nivel grupal e imparte talleres a padres y/o apoderados.

PSICOLOGO/A

El rol de la Psicóloga consiste en entregar apoyo psicológico a todo alumno o alumna del Programa

de Integración Escolar que lo requiera, previa derivación de las Educadoras Diferenciales, con el fin

de facilitar el desarrollo emocional y adaptación social de ellos en el contexto escolar. La

modalidad de atención consiste en entrevistas individuales y/o grupales con los niños. Además se

realizan intervenciones a nivel familiar, en donde se brindan apoyos de acuerdo a las diferentes

dinámicas familiares. También cumple la función de mantener activas las redes de apoyo que se

encuentren vinculadas con el establecimiento. Junto con esto la profesional orienta y entrega

estrategias a los profesores que trabajan con los niños del Programa de Integración.

CONSIDERACIONES

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Los alumnos antiguos deberán ser reevaluados en el mes de noviembre por los especialistas de

integración del establecimiento (educadora diferencial, fonoaudiólogo, psicóloga, psicopedagoga),

para definir si sus necesidades persisten o son superadas.

Los alumnos nuevos con Necesidades Educativas especiales (TEL, TDA, DEA, FIL, DI) deben

presentar al comienzo del año escolar (hasta el 30 de marzo), pues el proceso de postulación

finaliza a fines de marzo del año en curso, la documentación certificada (valoración médica,

informe Fonoaudiológico, informe psicopedagógico y/o psicológico) el cual será revisado por las

especialistas del establecimiento en conjunto con la Directora y UTP. En el caso de los alumnos/as

pertenecientes al establecimiento, que han sido pesquisados por presentar Necesidades

educativas Especiales, deberán ser evaluados por los especialistas de la escuela, previa

autorización de los padres, madres y/o apoderados.

El alumno o alumna que se retira del establecimiento deberá solicitar su documentación a la

coordinadora PIE.

Es importante mencionar que los alumnos y alumnas que son evaluados/as diferenciadamente no

sufren modificaciones en los objetivos que deben alcanzar para el curso en que se encuentran,

sino que se realizan adaptaciones en los recursos brindados en el aula (material audiovisual, apoyo

de especialistas, etc.) y durante el proceso de evaluación mismo.

Ejemplos de evaluación.

a) Interrogación oral, oral parcial y/o evaluación mixta.

b) Interrogación escrita.

c) Disminuir el número de preguntas y/o ámbito numérico.

d) Darle más tiempo para desarrollar la evaluación.

e) Darle otra alternativa de trabajo o tarea a desarrollar, entre otros.

Solo se tomarán evaluaciones en aula de recursos cuando el alumno lo requiera y

la educadora lo considere oportuno, ya sea con NEET o NEEP.

El procedimiento de aplicación es el siguiente:

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El alumno participa del proceso evaluativo, al igual que sus compañeros de curso. El instrumento

evaluativo manifiesta los mismos objetivos de aprendizajes esperados, lo único que cambia es la

complejidad de las instrucciones, menor cantidad de ejercicios, uso de material concreto y mayor

tiempo para la realización de la evaluación, cuando sea pertinente.

PROTOCOLO EVALUACIÓN DIFERENCIADA

Los alumnos /alumnas que presentan Necesidades Educativas Especiales:

Podrán optar a la Evaluación Diferenciada, los alumnos y alumnas que acrediten la

Necesidad Educativa Especial (condición específica) con informes médicos o de

especialistas y con fecha actualizada.

La certificación del especialista podrá ser tanto externa o interna (psicopedagoga y

sicóloga del establecimiento).

La Dirección en conjunto con el equipo de especialistas analizarán los documentos

entregados y establecerán si corresponde la Evaluación Diferenciada, informando al

apoderado del alumno o alumna, la resolución y el carácter de la misma (temporal,

semestral o anual).

Se informará a los profesores de cada curso sobre aquellos alumnos y alumnas con

Necesidades Educativas Especiales y que deben tener evaluación diferenciada.

Los instrumentos de evaluación construidos por los profesores serán adecuados

por las especialistas del establecimiento para los educandos de PIE, en los tiempos

que han sido acordados para tal efecto, quedando registro del trabajo realizado en

bitácora. Se entregarán copias del instrumento tanto a UTP como a las

especialistas.

Se llevará una bitácora de cada alumno y alumna en la cual se registrarán los

avances, retrocesos, reuniones y acuerdos tomados durante el proceso 2017.

La evaluación diferenciada no garantiza promoción.

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Se les solicitará a los padres, madres y/o apoderados de los alumnos y alumnas que

deben ser atendidas durante el 2017 en el establecimiento, asistir a charlas,

citaciones o reuniones que permitan informar sobre el trabajo realizado con sus

hijos/as

Se solicitará que los mismos firmen una autorización de diagnóstico y seguimiento

por parte de las especialistas.

Se realizarán estados de avances trimestrales (mayo - septiembre - diciembre) por

parte de la Fonoaudióloga y semestrales (julio – diciembre) por parte de las

Educadoras Diferenciales y la Psicóloga.

TRABAJO SEGÚN LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES QUE SE ATIENDEN EN EL

ESTABLECIMIENTO SON LAS SIGUIENTES:

Trastornos Específicos del Lenguaje

o Los alumnos serán evaluados por la fonoaudióloga y la educadora diferencial, las

cuales realizarán un plan de trabajo individual para cada alumno, considerando sus

necesidades.

o La educadora diferencial entrará 8 horas pedagógicas en el aula común, para el

apoyo y co-enseñanza del grupo curso y de los alumnos PIE.

o Los alumnos tendrán atención fonoaudiológica, a través de sesiones individuales o

en pequeños grupos de hasta 3 niños y niñas, con una duración mínima de 30

minutos cada una.

o Las evaluaciones serán adecuadas según las características individuales de los

alumnos, modificándolas en cantidad de ítems, complejidad de las preguntas,

cantidad de alternativas, trabajo más pictórico, etc.

Funcionamiento Intelectual Limítrofe(FIL)

o Los alumnos serán evaluados por la psicóloga y la educadora diferencial, las cuales

realizarán un plan de trabajo individual para cada alumno, considerando sus

necesidades.

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o La educadora diferencial entrará 8 horas pedagógicas en el aula común, para el

apoyo, tratamiento y co-enseñanza del grupo curso y de los alumnos PIE.

o Los alumnos tendrán atención psicológica, a través de sesiones individuales de 45

minutos, mínimo.

o Las evaluaciones serán adecuadas según las características individuales de los

alumnos, modificándolas en cantidad de ítems, complejidad de las preguntas,

cantidad de alternativas, trabajo más pictórico, etc.

Discapacidad intelectual leve(DI)

o Los alumnos serán evaluados por la psicóloga y la educadora diferencial, las cuales

realizarán un plan de trabajo individual para cada alumno, considerando sus

necesidades.

o La educadora diferencial entrará 8 horas pedagógicas en el aula común, para el

apoyo y co-enseñanza del grupo curso y de los alumnos PIE. Además contará con 3

horas pedagógicas de apoyo en aula de recursos, trabajando habilidades

descendidas a través de un programa de habilidades cognitivas.

o Los alumnos tendrán atención psicológica, a través de sesiones individuales de 90

minutos, mínimo.

o Las evaluaciones serán adecuadas según las características individuales de los

alumnos, modificándolas en los objetivos, en cantidad de ítems, complejidad de las

preguntas, cantidad de alternativas, trabajo más pictórico, etc.

Déficit atencional con y sin hiperactividad

o Los alumnos serán evaluados por el neurólogo y la educadora diferencial,

realizando un plan de trabajo individual para cada alumno, considerando sus

necesidades.

o La educadora diferencial entrará 8 horas pedagógicas en el aula común, para el

apoyo y co-enseñanza del grupo curso y de los alumnos PIE.

o Las evaluaciones serán adecuadas según las características individuales de los

alumnos, modificándolas en cantidad de ítems, complejidad de las preguntas,

cantidad de alternativas, trabajo más pictórico, etc.

Dificultades del aprendizaje.

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o Los alumnos serán evaluados por la educadora diferencial, la cual realizará un plan

de trabajo individual para cada alumno, considerando sus necesidades.

o La educadora diferencial entrará 8 horas pedagógicas en el aula común, para el

apoyo y co-enseñanza del grupo curso y de los alumnos PIE.

o Las evaluaciones serán adecuadas según las características individuales de los

alumnos, modificándolas en cantidad de ítems, complejidad de las preguntas,

cantidad de alternativas, trabajo más pictórico, etc.

La Evaluación Diferenciada en la asignatura de inglés, será a través de una adaptación al

currículum, ésta procederá en aquellos casos en que presente una evaluación formal y que

será respaldada con la emisión de un Certificado Médico, además la fonoaudióloga como

especialista dará un diagnóstico. Se planteará una evaluación y calificación diferenciada a

través de trabajos, exposiciones relacionadas con la asignatura. En caso excepcional,

dependiendo el tipo de dificultad, el equipo multidisciplinario evaluará la situación en base a

su diagnóstico aplicando el Decreto N°511.

COORDINACIÓN CON DOCENTES QUE IMPARTEN LA ASIGNATURA DE

LENGUAJE Y MATEMATICA (otra asignatura)

Las sugerencias para los diseños de aula y/o evaluaciones, serán realizadas en conjunto con el

profesor de aula regular en las horas de coordinación.

En las evaluaciones, las adecuaciones se realizarán cuando la especialista las considere

oportunas, solo en las asignaturas de lenguaje y matemática (o asignatura con apoyo PIE). Se

entregará un pequeño manual con algunas sugerencias referidas a la evaluación diferenciada

para ser usada por las otras asignaturas.

PROCEDIMENTO EVALUATIVO APLICADO

ADECUACIÓN EN EL TIEMPO Y/O EN EL ESPACIO

Tiempo

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Extensión de 1 hora

Extensión de 2 horas

Aplicación en una día en diferente horario

Aplicación en dos días distintos

Lugar

Aula recursos

Aula común

Biblioteca(CRA)

Otro (indicar)

ADECUACIÓN DEL INSTRUMENTO EN FORMA Y/O CONTENIDO CON O SIN APOYO

A las instrucciones

Disminución de alternativas

Disminución de ítems

Tamaño y tipo de letra

Modificación en la complejidad del ejercicio

Modificación en la estructura de ejercicio

Apoyo con material gráfico

Apoyo con material concreto

Apoyo con recursos digitales

ADECUACIÓN A LA ESCALA DE EVALUACIÓN

Exigencia de un 50%

Planilla: Evaluación Conceptual

La Planilla de Evaluación Conceptual, surge por la necesidad de determinar el nivel de logro del

alumno en mediciones por aprendizaje esperado en ocasión que se diseñen instrumentos

y/o situaciones de aprendizaje con menos de treinta preguntas. También se genera por la

necesidad de atender a la diversidad y necesidades educativas especiales, determinando

calificaciones conceptuales diferenciadas, de acuerdo a sus capacidades. Tiene una base numérica,

es decir, el profesorado determina el nivel de logro básico, intermedio y avanzado en términos de

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porcentaje; la planilla Excel del ejemplo cuenta con las hojas de cálculo realizadas y

permite que el profesorado cambie las metas y expectativas (%) utilizando la misma base o

generando otras hojas para realizar cálculos.

Su utilización, consiste en lo siguiente:

1. Seleccionar una escala:

con mayor exigencia: 60% de logro para el Nivel Básico y 86% para el nivel avanzado.

con menor exigencia: 50% de logro para el Nivel Básico y 75 % para el Nivel Avanzado.

Esta escala es recomendable para estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE).

Criterios para la evaluación

La escala de evaluación conceptual, es una herramienta técnica que permite al profesor

tomar decisiones al momento de calificar con base científica.

Considera tres niveles de aprendizaje: básico, intermedio y final.

Se adapta a las características del curso y de cada alumno.

Es práctica, útil, de fácil comprensión.

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DIVERSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA

DECRETO N°83/2015

APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR

PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE

EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA

Considerando: Que el decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Ministerio de Educación, que

Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 20.370, con las Normas no

Derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación,

establece en sus artículos 22 y siguientes que la educación especial o diferencial es aquella

modalidad educativa que posee una opción organizativa y curricular dentro de uno o más

niveles educativos de la educación regular, proveyendo un conjunto de servicios, recursos

humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades

educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o

permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad

específica de aprendizaje, procurando dar respuesta a requerimientos específicos de aprendizaje

personales o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación.

Que el concepto de necesidades educativas especiales implica una transición en la

comprensión de las dificultades del aprendizaje, desde un modelo centrado en el déficit hacia

un enfoque propiamente educativo, que implique el desarrollo integral de las características

individuales de los estudiantes, proporcionando los apoyos necesarios, para que pueda aprender y

participar en el establecimiento educacional.

Ya que la educación especial es una modalidad de la educación y en ella se desarrollan todos los

niveles educativos, con el instrumento de criterios y orientaciones de adecuación curricular, los

establecimientos educacionales podrán adecuar las bases curriculares de párvulos y básica,

logrando finalmente asegurar que los estudiantes con necesidades educativas especiales

puedan acceder, participar y progresar en su proceso de enseñanza en condiciones similares a

las que acceden los estudiantes sin estas necesidades.

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DECRETO:

ARTÍCULO 1º.- Establécense los siguientes criterios y orientaciones de adecuación curricular

para la educación parvularia y la educación general básica con el propósito de favorecer el acceso

al currículo nacional de los estudiantes con necesidades educativas especiales.

ARTÍCULO 2º.- Los criterios y orientaciones señalados en este decreto están dirigidos a los

establecimientos de enseñanza regular, con o sin programas de integración escolar, bajo

modalidades educativas, tradicionales, especial, de adultos y a los establecimientos educacionales

hospitalarios.

ARTÍCULO 3º.- Los establecimientos educacionales que impartan modalidad educativa especial

y aquellos que tengan proyecto de integración (PIE) que atienden a estudiantes con

necesidades educativas especiales, deberán implementar los criterios y orientaciones de

adecuación curricular a que se refiere el presente decreto en los niveles de educación parvulario y

educación general básica.

ARTÍCULO 4º.- Los establecimientos educacionales que, de acuerdo a los criterios y orientaciones

establecidos en este decreto, implementen adecuaciones curriculares para aquellos estudiantes

con necesidades educativas especiales, deberán aplicarles una evaluación de acuerdo a dichas

adecuaciones, accesible a las características y condiciones individuales de los mismos. Una

vez finalizado este proceso de evaluación, el establecimiento educacional entregará a todos

los estudiantes una copia del certificado anual de estudios que indique las calificaciones obtenidas

y la situación final correspondiente

Los resultados de la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes con necesidades

educativas especiales quedarán registrados en los instrumentos que el Ministerio de

Educación establezca para todos los estudiantes del sistema escolar, de acuerdo a la normativa

específica y al reglamento de evaluación de cada establecimiento.

ARTÍCULO 5º.- Continuarán vigentes los decretos exentos Nº89, de 1990; Nº637, de 1994; Nº86,

de 1990; Nº87, de 1990, todos del Ministerio de Educación, sólo en lo que se establezca para

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el ciclo o nivel de formación laboral, y hasta la total tramitación del acto administrativo que

apruebe los criterios y orientaciones de adecuación curricular para la educación media.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ARTÍCULO PRIMERO: Los criterios y orientaciones de adecuación curricular para los estudiantes

con necesidades educativas especiales e educación parvularia y educación básica que trata el

presente decreto, entrarán en vigencia gradualmente en el año escolar 2017 para el nivel

de educación parvularia, 1º y 2º año básico; en el año escolar 2018 para 3º y 4º año básico y

para el año escolar 2019, 5º año básico y siguientes. No obstante lo anterior, aquellos

establecimientos educacionales que deseen aplicar los criterios y orientaciones, podrán hacerlo a

partir de la publicación de este decreto.

EL DECRETO Nº170/2009 DE EDUCACIÓN define criterios y orientaciones para diagnosticar a los

alumnos que presenten necesidades educativas especiales, reglamentando los procedimientos

de evaluación diagnóstica para la identificación de necesidades educativas especiales en los

estudiantes, así como los profesionales competentes e idóneos para realizarlas. Este decreto

señala también que dicha evaluación debe ser de carácter integral e interdisciplinario y considerar

el ámbito psicoeducativo y de salud.

EL DECRETO Nº83/2015 DE EDUCACIÓN Por su parte tiene como propósito definir criterios y

orientaciones de adecuación curricular que permitan planificar propuestas educativas de

calidad para los estudiantes de los niveles de educación parvularia y básica que así lo requieran.

Las disposiciones y pautas que se definen y desarrollan en este documento están dirigidas a los

establecimientos de educación común, con o sin programas de integración escolar, y a las escuelas

especiales. Para su aplicación se debe tener como referente el currículum nacional, esto es, los

Objetivos Generales descritos en la Ley General de Educación, en su artículo 28 para los niños y

niñas de educación parvularia, y en su artículo 29 para los niños y niñas de educación general

básica, incluida la modalidad de adultos, y los conocimientos, habilidades y actitudes estipulados

en las Bases Curriculares correspondientes.

Los principios que orientan la toma de decisiones para definir las

adecuaciones curriculares son los siguientes:

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a) Igualdad de oportunidades.

El sistema debe propender a ofrecer a todos los alumnos y alumnas la posibilidad de

desarrollarse como personas libres, con conciencia de su propia dignidad y como sujetos de

derechos, y contribuir a que todos los estudiantes tengan la oportunidad de desarrollar

plenamente su potencial, independientemente de sus condiciones y circunstancias de vida. Ello

supone tener presente la diversidad en los aspectos físicos, psíquicos, sociales y culturales propios

de la naturaleza humana. En este sentido, la adecuación curricular constituye una herramienta

pedagógica que permite equiparar las condiciones para que los estudiantes con necesidades

educativas especiales puedan acceder, participar y progresar en su proceso de enseñanza

aprendizaje.

b) Calidad educativa con equidad.

El sistema debe propender, en la máxima medida posible, a que todos los estudiantes alcancen

los objetivos generales que estipule la Ley General de Educación, independiente de sus

condiciones y circunstancias. Para conseguir una educación de calidad, el currículum debe

caracterizarse por ser relevante y pertinente.

Bajo este principio, desde una perspectiva inclusiva, la adecuación curricular permite los ajustes

necesarios para que el currículum nacional sea también pertinente y relevante para los

estudiantes con necesidades educativas especiales para que, de esta forma, puedan alcanzar los

objetivos que estipula el actual marco legal.

c) Inclusión educativa y valoración de la diversidad.

El sistema debe promover y favorecer el acceso, presencia y participación de todos los

alumnos y alumnas, especialmente de aquellos que por diversas razones se encuentran

excluidos o en situaciones de riesgo de ser marginados, reconociendo, respetando y

valorando las diferencias individuales que existen al interior de cualquier grupo escolar.

La adecuación curricular es una manera de generar condiciones en el sistema educativo

para responder a las necesidades y características individuales de los estudiantes y de sus

procesos de aprendizaje, resguardando su permanencia y progreso en el sistema escolar.

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d) Flexibilidad en la respuesta educativa.

El sistema debe proporcionar respuestas educativas flexibles, equivalentes en calidad, que

favorezcan el acceso, la permanencia y el progreso de todos los estudiantes. Esta flexibilidad

es especialmente valorada cuando se trata de aquellos que se encuentran en situación de

mayor vulnerabilidad.

La adecuación curricular es la respuesta a las necesidades y características individuales de los

estudiantes, cuando la planificación de clases (aun considerando desde su inicio la diversidad

de estudiantes en el aula) no logra dar respuesta a las necesidades educativas especiales que

presentan algunos estudiantes, que requieren ajustes más significativos para progresar en sus

aprendizajes y evitar su marginación del sistema escolar.

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Conceptualización de Necesidades

Educativas Especiales (NEE)

El concepto NEE implica una transición en la comprensión de las dificultades de aprendizaje,

desde un modelo centrado en el déficit hacia un enfoque propiamente educativo, situando la

mirada no sólo en las características individuales de los estudiantes, sino más bien en el carácter

interactivo de las dificultades de aprendizaje.

Se entenderá por alumno o alumna que presenta Necesidades Educativas Especiales a aquél

que precisa ayudas y recursos adicionales, ya sea humanos, materiales o pedagógicos, para

conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro de los fines de la

educación (LGE art. 23). Las necesidades educativas especiales pueden ser de carácter

permanente o transitorio:

NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE CARÁCTER PERMANENTE.

Son aquellas barreras para aprender y participar, diagnosticadas por profesionales

competentes, que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que

demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos adicionales o

extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar.

Por lo general, las NEE de carácter permanente se presentan asociadas a discapacidad

visual, auditiva, disfasia, trastorno autista, discapacidad intelectual y discapacidad múltiple.

NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE CARÁCTER TRANSITORIO.

Son dificultades de aprendizaje que experimentan los estudiantes en algún momento de su vida

escolar, diagnosticada por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional,

por una parte, la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios por un

determinado período de su escolarización, para asegurar el aprendizaje y la

participación de estos en el proceso educativo, y por otra, el desarrollo de capacidades en el

profesorado para dar respuestas educativas de calidad a los diferentes estilos de aprendizaje,

ritmos, capacidades e intereses que presentan los estudiantes.

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Las NEE de carácter transitorio pueden presentarse asociadas a dificultades de aprendizaje,

Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), Déficit Atencional y Coeficiente Intelectual

Limítrofe.

II. RESPUESTA EDUCATIVA A LA DIVERSIDAD

Las estrategias para dar respuesta a la diversidad en el aula considerarán la EVALUACIÓN

DIAGNÓSTICA DE APRENDIZAJE DEL CURSO, la cual se realiza al inicio del año escolar, y

proporciona información relevante al docente respecto del progreso, estilo y ritmo de

aprendizaje de todos los estudiantes de un curso y de cada uno en particular, lo que

permite planificar estrategias diversificadas que favorezcan el aprendizaje de todos.

Esta evaluación es relevante porque aporta información de los factores que favorecen o dificultan

el aprendizaje, y en consecuencia, para el diseño de respuestas educativas ajustadas a la

diversidad.

EL DISEÑO UNIVERSAL PARA EL APRENDIZAJE (DUA)

Es una estrategia de respuesta a la diversidad, cuyo fin es maximizar las oportunidades de

aprendizaje de todos los estudiantes, considerando la amplia gama de habilidades, estilos de

aprendizaje y preferencias.

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Los principios que orientan el Diseño Universal de Aprendizaje son los siguientes:

a) Proporcionar múltiples medios de presentación y representación.

Los estudiantes, en general, difieren en la manera en que perciben y comprenden la

información que se les presenta, por lo cual no existe una modalidad de representación que

sea óptima para todos.

Bajo este criterio el docente reconoce y considera diversas modalidades sensoriales, estilos de

aprendizaje, intereses y preferencias. Por lo anterior, la planificación de clases considerará

diversas formas de presentación de las asignaturas escolares, que favorezcan la percepción,

comprensión y representación de la información a todos los estudiantes.

Por ejemplo, las personas con discapacidad sensorial (ceguera o sordera) o las personas con

dificultades de aprendizaje, procedentes de otras culturas, entre otras, pueden requerir

modalidades distintas a las convencionales para acceder a las diversas materias (uso

de lengua de señas chilena, textos en Braille, proponer actividades con apoyo de materiales que

consideren contenidos culturales de los pueblos originarios, uso de textos hablados,

aumentar la imagen y el texto, el sonido, aumentar el contraste entre el fondo y el texto,

contraste de color para resaltar determinada información, etc.).

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b) Proporcionar múltiples medios de ejecución y expresión.

El docente considera todas las formas de comunicación y expresión. Se refiere al modo en que

los alumnos ejecutan las actividades y expresan los productos de su aprendizaje.

Los estudiantes presentan diversidad de estilos, capacidades y preferencias para

desenvolverse en un ambiente de aprendizaje y expresar lo que saben, por lo que no existe un

único medio de expresión que sea óptimo o deseable para todos. Al proporcionar variadas

alternativas de ejecución de las actividades y de las diferentes tareas, permitirá a los

estudiantes responder con los medios de expresión que prefieran.

Para proporcionar variadas alternativas de ejecución de las actividades y de las diferentes tareas,

es necesario que se concreten en la planificación de clases, a través de estrategias para favorecer

la expresión y comunicación.

Por ejemplo, las personas con discapacidad motora, o quienes presentan dificultades en la

función ejecutiva, o quienes presentan barreras con el idioma, entre otras, pueden demostrar su

dominio en las diferentes tareas de modo muy diverso. Algunos pueden expresarse bien en la

escritura, pero no en el discurso oral, y viceversa.

Asimismo, algunos estudiantes para demostrar lo que saben o para la exploración y la

interacción, requieren de ilustraciones, de la manipulación de materiales, de recursos

multimedia, música, artes visuales, escultura, utilizar tecnologías de apoyo, tales como

conversores de textos de voz, Jaws, entre otros.

c) Proporcionar múltiples medios de participación y compromiso.

El docente ofrece distintos niveles de desafíos y de apoyos, tales como: fomentar trabajos

colaborativos e individuales, formular preguntas que guían a los estudiantes en las

interacciones, y proporcionar estrategias alternativas para: activar los conocimientos

previos, apoyar la memoria y el procesamiento de la información. Alude a las variadas formas

en que los alumnos pueden participar en una situación de aprendizaje y a los diversos modos

en que se motivan e involucran en ella. Al planificar, los profesores se asegurarán que todos los

estudiantes participen en la situación de aprendizaje con un adecuado nivel de desafío. Por

ejemplo: promover la toma de decisiones y la autonomía, en aspectos tales como: el

contexto o el contenido utilizado para la práctica de habilidades; los instrumentos utilizados

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para la recogida de información o la producción, la secuencia y tiempo para la realización

de las tareas, variando las actividades y fuentes de información a fin de que puedan ser

personalizadas y contextualizadas a las experiencias de vida de los estudiantes; ofrecer a los

estudiantes oportunidades de participación en el diseño de actividades educativas e

involucrarlos en la definición de sus propios objetivos de aprendizaje; resguardar la

pertinencia y autenticidad en el diseño de experiencias de aprendizaje, cautelando que las

actividades se distingan por ser socialmente relevantes, pertinentes a la edad y capacidades,

apropiadas para los diferentes grupos raciales, culturales, étnicos, género, etc. y que en su

diseño se considere la demostración de resultados de desempeño en contextos reales por

parte del o los estudiantes.

Cuando las estrategias de respuesta a la diversidad basadas en el Diseño Universal de Aprendizaje

no permitan responder a las necesidades de aprendizaje de algunos estudiantes, es necesario

que se realice un proceso de evaluación diagnóstica individual para identificar si estos presentan

necesidades educativas especiales y si requieren medidas de adecuación curricular.

III. CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR

Las adecuaciones curriculares se entienden como los cambios a los diferentes elementos del

currículum, que se traducen en ajustes en la programación del trabajo en el aula. Consideran las

diferencias individuales de los estudiantes con necesidades educativas especiales, con el fin de

asegurar su participación, permanencia y progreso en el sistema escolar

Las adecuaciones curriculares deben responder a las necesidades educativas especiales de

los alumnos y alumnas, permitiendo y facilitando el acceso a los cursos o niveles, con el

propósito de asegurar aprendizajes de calidad y el cumplimiento de los principios de igualdad

de oportunidades, calidad educativa con equidad, inclusión educativa y valoración de la diversidad

y flexibilidad en la respuesta educativa.

El uso de adecuaciones curriculares se definirá buscando favorecer a los estudiantes con

necesidades educativas especiales para que puedan acceder y progresar en los distintos

niveles educativos, habiendo adquirido los aprendizajes básicos imprescindibles establecidos

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en las bases curriculares, promoviendo además el desarrollo de sus capacidades con respeto a

sus diferencias individuales.

Las adecuaciones curriculares que se establezcan para un estudiante se organizarán en un Plan de

Adecuaciones Curriculares Individualizado (PACI), el cual tiene como finalidad orientar la acción

pedagógica que los docentes implementarán para apoyar el aprendizaje del estudiante, así como

también llevar un seguimiento de la eficacia de las medidas curriculares adoptadas. El proceso

implicado en este plan se define a partir de la planificación que el docente elabora para el grupo

curso y su información debe registrarse en un documento que permita el seguimiento y

evaluación del proceso de implementación de éstas, así como de los resultados de aprendizaje

logrados por el estudiante durante el tiempo definido para su aplicación.

La decisión de implementar adecuaciones curriculares para un estudiante tendrá presente

que:

a) Las prácticas educativas siempre considerarán la diversidad individual, asegurando que

todos los estudiantes alcancen los objetivos generales independientemente de sus condiciones y

circunstancias.

b) La decisión de implementar adecuaciones curriculares considerará como punto de partida

toda la información previa recabada, durante el proceso de evaluación diagnóstica integral e

interdisciplinaria de necesidades educativas especiales, considerando en el ámbito educativo

la información y los antecedentes entregados por los profesores, la familia del estudiante o las

personas responsables de este, o el propio alumno, según corresponda; y en el ámbito de la salud,

los criterios y dimensiones de la Clasificación del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud

(CIF) y las orientaciones definidas por el Ministerio de Salud.

c) Las adecuaciones curriculares asegurarán que los estudiantes con necesidades educativas

especiales puedan permanecer y transitar en los distintos niveles educativos con equivalentes

oportunidades de recibir y desplegar una educación de calidad, que les permita desarrollar sus

capacidades de forma integral y de acuerdo a su edad.

d) Las adecuaciones curriculares se definirán bajo el principio de favorecer o priorizar aquellos

aprendizajes que se consideran básicos imprescindibles dado su impacto para el desarrollo

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personal y social de los estudiantes, y cuya ausencia puede llegar a comprometer su proyecto

de vida futura y poner en riesgo su participación e inclusión social.

e) El proceso de definición e implementación de adecuaciones curriculares se realizarán con la

participación de los profesionales del establecimiento: docentes, docentes especialistas y

profesionales de apoyo, en conjunto con la familia del estudiante, de modo que éstas sean

pertinentes y relevantes para responder a las necesidades educativas especiales detectadas

en el proceso de evaluación diagnóstica individual. (Según DS Nº170/2009).

TIPOS DE ADECUACIONES CURRICULARES Y CRITERIOS PARA SU APLICACIÓN

a) Adecuaciones curriculares de acceso.

Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras a la participación, al acceso a la

información, expresión y comunicación, facilitando así el progreso en los aprendizajes

curriculares y equiparando las condiciones con los demás estudiantes, sin disminuir las

expectativas de aprendizaje. Generalmente, las adecuaciones curriculares de acceso son utilizadas

por los estudiantes tanto en el colegio como en el hogar y en la comunidad.

Criterios a considerar para las adecuaciones curriculares de acceso:

1. Presentación de la información

La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de

modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre

estos. Como por ejemplo: ampliación de la letra o de las imágenes, amplitud de la palabra o del

sonido, uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información, videos o

animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso de ayudas técnicas que permitan el

acceso a la información escrita (lupa, recursos multimedia, equipos de amplificación de audio),

uso de textos escritos o hablados, medios audiovisuales, uso de lengua de señas, apoyo de

intérprete, uso de sistema Braille, uso de gráficos táctiles, presentación de la información a través

de lenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad,

entre otros.

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2.- Formas de respuesta

La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar actividades, tareas y

evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o

ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que

interfieren la participación del estudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a

través del uso de un ordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresión a través de

múltiples medios de comunicación tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de señas,

discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos multimedia, música, artes

visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas del estudiante, uso de calculadora,

ordenadores visuales, organizadores gráficos, entre otros.

3.- Entorno

La organización del entorno debe permitir a los estudiantes el acceso autónomo, mediante

adecuaciones en los espacios, ubicación, y las condiciones en las que se desarrolla la tarea,

actividad o evaluación. Por ejemplo, situar al estudiante en un lugar estratégico del aula para

evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, o que pueda realizar

lectura labial; favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales;

adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros.

4.-Organización del tiempo y el horario

La organización del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autónomo, a través de

modificaciones en la forma que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o

evaluaciones. Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluación;

organizar espacios de distensión o desfogue de energía; permitir el cambio de jornada en la

cual se rinda una evaluación, entre otros.

Estas adecuaciones curriculares de acceso, aplicadas según las necesidades educativas

especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben ser congruentes con las

utilizadas en sus procesos de evaluación, de modo que, al momento de evaluar, sean conocidas

por los estudiantes para que no constituyan una dificultad adicional.

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COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN:

Disposición B

Garantizar la toma de conocimiento del Reglamento de Evaluación por parte de la totalidad de los

Apoderados a través de difusión en Vía correo electrónico, material impreso.

Plazo: Primera Reunión de Marzo.

Respaldo a través de Firmas.

Se entregará estados de avances de manera mensual, a partir de principio del mes de mayo hasta

principios de noviembre.

Agendar entrevistas de apoderados de los alumnos que presenten evaluaciones descendidas.

Se establece que, en el Mes de Septiembre, se citará a los apoderados de los alumnos que

presentan un bajo rendimiento académico y para tomar decisiones sobre la promoción del alumno

o generar las estrategias apoyo conjuntas con el apoderado.

Con respecto a los tipos de Evaluación:

- Pautas de Evaluación

- Rúbricas

- Trabajos Prácticos individuales y/o grupales en las diferentes asignaturas

Se le entregará a los alumnos con anterioridad a la fecha de la aplicación del instrumento de

evaluación: Fecha, los contenidos y las formas de cómo serán evaluados, a través de Calendario de

Evaluación Mensual.

Con respecto a las pautas de evaluación y a las rúbricas, estás serán enviadas al hogar ésta deberá

ser pegada en el cuaderno de la asignatura correspondiente, para la toma de conocimiento, la cual

el alumno debe presentar el día de la evaluación, de no ser presentada, el docente deberá enviar

una comunicación al apoderado donde informa que el alumno se presenta a la evaluación sin su

pauta, dejando registro en el libro de clases, por lo tanto el docente procederá a evaluar al alumno

con la pauta que es idéntica a la enviada al hogar, que es de uso al docente.

Disposición C:

Las disposiciones respecto de la manera en que se informará a los padres, madres y apoderados de las formas y criterios con que serán evaluados los alumnos”

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En la primera semana de cada mes se hará entrega en reunión de apoderado del calendario de

evaluación, con las fechas, el contenido y el tipo de evaluación a realizar. Se informará además,los

plazos a ejecutar en situación especial de inasistencia a la evaluación por parte del alumno donde

estará estipulado que una vez reincorporado el alumno se tomará el instrumento de evaluación,

en caso que un alumno presente una licencia médica muy extensa y una vez que se haya

reincorporado, se agendará un nuevo calendario de evaluación.

Disposición M:

“Disposiciones sobre la forma y los tiempos para la comunicación sobre el proceso, progreso y logros de aprendizaje a los alumnos, padres madres y apoderados” A través de la Reunión de apoderados se entregarán estados avances, citándose a entrevista personal a modo de monitoreo de los alumnos que presenten calificaciones insuficientes con la finalidad establecer apoyos y compromisos por parte de la escuela y familia para establecer las medidas remediales en el proceso de enseñanza- aprendizaje del alumno. En el mes de Septiembre se citará a entrevista a los apoderados de los alumnos que presenten calificaciones insuficientes con peligro de repitencia, con la finalidad de poner en conocimiento al apoderado y tomar medidas pertinentes en apoyo al estudiante para evitar la posible repitencia.

Para los alumnos pertenecientes al Proyecto de Integración Escolar, se entregará estado de

avances semestrales y se realizará el mismo proceso de monitoreo de los progresos de los logros

de aprendizajes, preocupándose de realizar todas las entrevistas necesarias con el apoderado

durante el año escolar.

Disposición E:

Disposiciones que definan espacios para que los profesionales de la educación puedan discutir y acordar criterios de evaluación y tipos de evidencias centrales en cada asignatura, y fomentar un trabajo colaborativo para promover la mejora continua de la calidad de sus prácticas evaluativas y de enseñanza, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 69 y 80 del decreto con fuerza de ley N°1 de 1996, del Ministerio de

Educación”

Coordinación de Docente y especialista:

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Esta instancia será de un trabajo colaborativo y reflexivo sobre los procesos

educativos en donde las planificaciones y/o evaluaciones, serán realizadas en

conjunto con los docentes. En las evaluaciones, las adecuaciones se realizarán tanto

los alumnos que pertenecen a PIE, como a los que no pertenecen al Proyecto de

Integración Escolar y que presentan NEE. Se entregará una pauta de criterios a

considerar para la evaluación diferenciada.

ACOMPAÑAMIENTO EN AULA: Esta práctica se institucionaliza con la finalidad de orientar y mejorar el desempeño metodológico de los docentes en el aula. Los responsables de este proceso de acompañamiento es un trabajo que se realiza de manera conjunta entre la Directora y la Jefe de UTP, a través de la observación directa de una clase, la completación de una Pauta de Observación y la respectiva retroalimentación de los docentes a través del comentario del trabajo observado, proporcionando sugerencias y comentarios que aporten al trabajo de los Docentes. El trabajo de acompañamiento se programa en realizar visitas a lo menos 2 veces en cada Semestre. CONSEJO DE CICLO: Los Docentes son los responsables de participar como representantes de los niveles que atiende en el Consejo de Ciclo correspondiente, estás reuniones son dirigidas por la Jefe de UTP o Directora, según corresponda y tiene por finalidad reflexionar sobre los procesos evaluativos y crear estrategias de motivación a los estudiantes para promover los aprendizajes, resolver temas relacionados con los Niveles y cursos que lo integran, además de capacitar e informar. Las reuniones de ciclo se institucionalizan a lo menos 2 veces al mes. CONSEJO DE PROFESORES: Los Docentes son los responsables de participar y representar a los niveles que atiende dentro del consejo general de profesores, donde participa activamente de temáticas relacionadas con la institución a nivel global. La Directora con apoyo de la Jefa de UTP lideran este proceso técnico administrativo destinado a entregar información a nivel general, planificar acciones en conjunto, capacitar a los docentes y resolver situaciones determinadas. Este Consejo se realiza una vez a la semana. Consejo de Evaluación Semestral: Es la instancia de un trabajo colaborativo en donde se reflexiona sobre los procesos evaluativos y se sugieren estrategias metodológicas para la mejora con la participación de Directora, Jefa de Utp y todo el cuerpo docente.

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Reunión de Coordinación PIE y Equipo Directivo. Es la instancia de un trabajo colaborativo de análisis y reflexión sobre los procesos evaluativos en donde se establecen acuerdos que permitan mejorar metodologías ya establecidas en mejora del proceso de enseñanza aprendizaje que van en beneficio directo al trabajo del Docente de aula.

8.2.3 La Evaluación Sumativa

Recoge y valora datos al finalizar un período de tiempo previsto, para la realización de un

aprendizaje como constatación de los objetivos esperados. Es utilizada para la calificación final y

decide la promoción de los alumnos y alumnas.

8.2.4 La Evaluación Diferenciada

Se aplica en una o más asignaturas, es adaptada a las características y dificultades de los alumnos

y alumnas que así lo requieran y que hayan sido debidamente evaluados/as y diagnosticados/as.

De acuerdo al documento emanado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Educación

(DECRETO 170/2009) y por el DECRETO N°83/2015 que aprueba criterios y orientaciones de

adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación

parvularia y educación básica.

8. 3 La Evaluación en Educación Parvularia:

Será exigible para cursar 1º Nivel de Transición haber cumplido los 4 años de edad al 31 de marzo ,

de igual forma para cursar el 2º Nivel de Transición el alumno o alumna deberá haber cumplido

los 5 años de edad al 31 de marzo.

Los alumnos (as) del 1° y 2° Nivel de Transición serán evaluados de acuerdo a las Bases curriculares

y los Programas de estudio vigentes de la Educación Parvularia y Decreto 289 del 29/10/01.

La evaluación de los alumnos (as) de los niveles de Transición, será en términos conceptuales,

Logrado, Medianamente Logrado, Parcialmente Logrado.

INFORME AL HOGAR

A partir de los registros diarios, se elaborará una pauta denominada Informe al Hogar, basada en

los Mapas de Progreso especificados por el Ministerio de Educación.

Se aplican instrumentos evaluativos en las siguientes instancias: al inicio, en el desarrollo y al

término de procesos de enseñanza - aprendizaje.

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Se aplicarán instrumentos evaluativos ministeriales, prueba PAC:

Inicio (marzo) Intermedio (junio) Final (octubre) PAC

Las educadoras de párvulos utilizan cuatro técnicas de evaluación:

Registro anecdótico: La observación directa es usada en los registros anecdóticos diarios de las

actividades en los párvulos, en donde queda constancia del desempeño, las capacidades que

poseen, el desarrollo de aprendizajes, las actitudes y valores que presentan los niños y niñas de

sus comienzos a la vida pre – escolar. En el registro anecdótico la educadora tiene a mano la ficha

de registro que le permite recoger datos sobre los comportamientos espontáneos del

alumno/alumna durante un período determinado de tiempo; describir lo observado y

posteriormente interpretarlo.

Lista de Cotejo: Este instrumento consiste en una lista de indicadores de logros, de posibles

actuaciones de uno o varios alumnos/alumnas ante una situación específica que se quiere

comprobar. Las principales ventajas de las listas de cotejo son su rápida aplicación y el ser una

selección de hechos y actuaciones de interés. Se emplea para registrar trabajos y actividades de

los alumnos, tanto grupales como individuales; actitudes, etc.

En su elaboración se consideran: la competencia a observar, los indicadores, el o los alumnos, la

escala de referencia del desempeño y el juicio valorativo o interpretación.

La escala de apreciación: Es un conjunto de características, cualidades o acciones, ordenadas de

forma tal que se puede ubicar al alumno/alumna donde no sólo se marca la ausencia o presencia,

sino que además se hace evidente el grado en su ejecución; es por ello que van acompañadas de

una escala cuantitativa, cualitativa o de frecuencia.

Es la evaluación de proceso, que se aplica a los párvulos mediante medición de niveles de logros.

Como L/ML/PL/L.

Pauta de Evaluación para los aprendizajes esperados de los programas pedagógicos primer y

segundo nivel de transición.

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Se realizarán dos evaluaciones en el año una en cada semestre, generando estados de avances.

ARTÍCULO Nº 9 FORMAS DE EVALUAR EN ENSEÑANZA BÁSICA

Será exigible para cursar 1º Año de Enseñanza Básica haber cumplido los 6 años de edad al 31 de

marzo.

9.1 Según el momento de aplicación

9.1.1 Evaluación inicial: se realiza al comienzo de una unidad de aprendizaje, de la implantación

de un programa educativo, del funcionamiento de una institución escolar, etc. Consiste en la

recogida de datos en la situación de partida.

9.1.2 Evaluación de proceso: consiste en la valoración a través de la recogida continua y

sistemática de datos, del funcionamiento de un centro, de un programa educativo, del proceso de

aprendizaje de un estudiante, de la eficacia de un profesor, etc. a lo largo del periodo de tiempo

fijado para la consecución de unas metas u objetivos.

9.1.3 Evaluación final: consiste en la recogida y valoración de unos datos al finalizar un periodo de

tiempo previsto para la realización de un aprendizaje, un programa, un trabajo, un curso escolar,

etc. o para la consecución de unos objetivos.

9.2 Dependiendo de los agentes que evalúan, la evaluación puede ser considerada como:

Evaluación interna: es aquella que es llevada a cabo y promovida por los propios integrantes de un

centro, un programa educativo, etc. A su vez, la evaluación interna ofrece diversas alternativas de

realización: autoevaluación, Heteroevaluación y co- evaluación.

9.2.1 Heteroevaluación: es la evaluación hecha por los profesores; el alumno o la alumna es

evaluado sin que pueda participar en el proceso.

9.2.2 Autoevaluación: cada alumno o alumna evalúa su propio trabajo; el profesor define,

planifica y aplica los instrumentos y técnicas de evaluación para conocer los logros en el proceso

de enseñanza-aprendizaje.

9.2.3 Co - evaluación: el profesorado, junto a su alumnado, desarrollan una evaluación en la que

se identifican y valoran los aprendizajes realizados y el proceso seguido.

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Evaluación externa: se da cuando agentes no integrantes de un centro escolar o de un programa

evalúan su funcionamiento. Suele ser el caso del SIMCE.

9.3 Según su extensión

9.3.1 Evaluación parcial: pretende el estudio o valoración de determinados componentes o

dimensiones de un centro, de un programa educativo, de rendimiento de un estudiante, etc.

9.4 Según el criterio de comparación

9.4.1 Referencia o evaluación criterial: Aquella en las que se comparan los resultados de un

proceso educativo cualquiera con los objetivos previamente fijados, o bien con unos patrones de

realización, con un conjunto de situaciones deseables y previamente establecidas. Es el caso en el

que comparamos el rendimiento del alumno con los objetivos que debería haber alcanzado en un

determinado plazo de tiempo, o los resultados de un programa de educación compensatoria con

los objetivos que éste se había marcado, y no con los resultados de otro programa.

Especifica los objetivos-criterios y metas a lograr, para comparar los resultados obtenidos en

función de los mismos (ejecutadas por proyectos de integración).

9.4.2 Referencia o evaluación normativa: El referente de comparación es el nivel general de un

grupo normativo determinado (otros estudiantes, centros, programas o profesores).

El empleo de uno u otro tipo de evaluación dependerá siempre de los propósitos de la evaluación

y de su adecuación al objeto de nuestra evaluación.

9.5 Evaluación Criterial: Especifica los objetivos-criterios y metas a lograr, para comparar los

resultados obtenidos en función de los mismos (ejecutadas por proyectos de integración).

9.6 Evaluación Individualizada: es la que va en función propia del alumno. Utiliza criterios

adaptados a los aprendizajes, capacidades y habilidades del educando.

9.7 Evaluación Acumulativa: es un conjunto variado de actividades de aprendizaje, cuyo objetivo

es evaluar y valorar el contenido conceptual, procedimental y el actitudinal para su aplicación.

ARTÍCULO Nº 10: ESTRATEGIAS EVALUATIVAS

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Las estrategias de evaluación posibles de utilizar: guías, trabajos grupales, disertaciones,

dramatizaciones, investigaciones, cuestionarios, bitácoras, uso de organizadores gráficos,

portafolio, mandalas, lapbook, construcción de maquetas, puzzles, crucigramas, encuestas de

opinión, interrogaciones orales, laboratorios, revisión de cuadernos , etc.

Plan lector: El trabajo que se realiza en clases con los libros del Plan Lector es una estrategia que

busca orientar la lectura con una serie de técnicas para desarrollar habilidades lectoras (antes,

durante y después de la lectura)

Se realizará una síntesis de los conocimientos y habilidades tratadas con anterioridad a la

evaluación.

Las asignaturas tales como Educación Física y Salud, Música, Artes Visuales, Tecnología u otras que

utilicen como instrumento de evaluación pautas de evaluación, rúbricas, etc. deben ser conocidas

con anterioridad por los evaluados.

10.- Los docentes podrán otorgar puntaje adicional durante el transcurso de la Unidad, el cual será

otorgado por los siguientes motivos:

1.- Actividades realizadas en clases y que representen un desafío.

2.- Responder satisfactoriamente a preguntas desafiantes realizadas por el docente.

3.- Generar preguntas críticas.

4.- Entregar informes de lectura que no pertenezcan al Plan Lector.

5.- Realizar guías en forma organizada, completa, correcta que demuestren compromiso y dedicación.

El puntaje asignado se suma al puntaje total de la prueba y no puede exceder de los 1 punto (equivale 10 decimas)

El docente decidirá si hace efectiva esta acción, respetando su autonomía y sus decisiones pedagógicas. El puntaje solo se puede utilizar en pruebas parciales.

11.- En periodos de evaluación se evitará enviar trabajo personal extra, a fin de que los

estudiantes puedan preparar sus evaluaciones de mejor manera, sabiendo que las pruebas se

preparan durante todo el mes (calendario de evaluaciones) y no el día anterior.

A) AUSENCIA DEL ALUMNO A EVALUACIONES PROGRAMADAS

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Toda ausencia a algún tipo de evaluación previamente programada, debe ser justificada por el

apoderado en forma personal y se deberá presentar el certificado del médico tratante al

momento de reintegrarse el alumno o alumna a clases.

Se consignará la inasistencia a la prueba en la hoja de vida del alumno o alumna, indicando el

motivo.

Si el alumno o alumna no es justificado/a en el día señalado por el apoderado se procederá a

aplicar el instrumento de evaluación apenas el alumno se incorpore a clases.

La UTP en conjunto con los docentes coordinará los espacios pedagógicos para la aplicación de los

instrumentos evaluativos para aquellos alumnos y alumnas cuyos apoderados hayan justificado la

inasistencia a clases en día de evaluación, ésta será aplicada por el docente responsable de la

asignatura.

En casos excepcionales, aquellos alumnos o alumnas que se ausenten a alguna evaluación por los

siguientes motivos: duelos, viajes, enfermedades sin asistencia médica, situaciones religiosas,

nacimientos de un hermano/a serán autorizados por la Dirección para rendir su evaluación a la

clase siguiente previa justificación del apoderado/a en forma personal.

B) Si un alumno es sorprendido copiando en una evaluación o hurtando la prueba a un docente

se procederá a retirar la prueba y se le calificará con la nota mínima (2.0). En caso de que un

alumno plagie un trabajo evaluativo, se procederá a investigar y una vez finalizada la

investigación se aplicará la calificación nota mínima 2.0 al responsable.

Alumnos y alumnas que interrumpen cualquier tipo de evaluación, sea interna o externa, y luego

de llamarles la atención (amonestación verbal) continua con la misma acción se procederá a retirar

el instrumento y a calificar con nota 2.0 dejando registro en Hoja de Vida del alumno.

La presentación de Certificados falsos o adulterados será sancionada como una falta gravísima.

Alumno o alumna que se ausenta sin un certificado médico que lo justifique, pero se presenta con

el apoderado será la Dirección quien determinará como se procederá.

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Los alumnos y alumnas que representen a la Escuela en eventos culturales u otros se les

brindarán las facilidades necesarias para que puedan rendir sus evaluaciones en los plazos

consensuados.

Nota: Las evaluaciones pendientes de los alumnos/as con justificación médica prolongada serán

re calendarizadas por el docente jefatura o de asignatura , comunicadas previamente vía

agenda .

ARTÍCULO Nº 12: FALTAS DE LOS ALUMNOS DURANTE LA EVALUACIÓN

Si un alumno es sorprendido copiando en una evaluación se procederá a retirar la prueba y se le

calificará con la nota mínima (2.0)

Si un alumno es sorprendido hurtando un instrumento de evaluación o los resultados de éste se

procederán a retirar la prueba y se le calificará con la nota mínima (2.0) .

Si un alumno o alumna entrega su instrumento de evaluación con groserías o gráficos obscenos

se evaluará con la nota mínima 2.0

Se hará registro en la hoja de observaciones del alumno y se notificara al apoderado de la

situación.

En caso de descontrol del alumno (a) se llamará de inmediato al apoderado para el retiro del

alumno (a).

ARTÍCULO Nº 13: APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS EVALUATIVOS PENDIENTES

La UTP en conjunto con los docentes coordinará los espacios pedagógicos para la aplicación de los

instrumentos evaluativos para aquellos alumnos y alumnas cuyos apoderados hayan justificado la

inasistencia a clases en día de evaluación, ésta será aplicada por el docente responsable de la

asignatura.

En casos excepcionales, aquellos alumnos o alumnas que se ausenten a alguna evaluación por los

siguientes motivos: duelos, viajes, enfermedades sin asistencia médica, situaciones religiosas,

nacimientos de un hermano/a serán autorizados por la Dirección para rendir su evaluación previa

justificación del apoderado/a en forma personal o escrita.

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Los alumnos y alumnas que representen a la Escuela en eventos culturales u otros se les

brindarán las facilidades necesarias para que puedan rendir sus evaluaciones en los plazos

consensuados.

Las evaluaciones pendientes deben ser tomadas durante la misma semana y no exceder del mes

en que han sido programadas o cuando el alumno se reintegre de su licencia médica.

ARTÍCULO Nº 14: ALUMNOS EN SITUACIONES EVALUATIVAS ESPECIALES

Se podrán aplicar procedimientos evaluativos adecuados a las circunstancias que aquejan a un

alumno o alumna, tales como

a) Problemas de convivencia y/o de adaptación escolar.

b) Ausencias prolongadas de un alumno o alumna por enfermedad física, emocional,

sicológica u otra causa pertinente debidamente justificada.

Para ello actuará el siguiente Protocolo:

1.- Alumnos que presenten una licencia médica por temas emocionales y/o sicológicos se

procederá a respetar su reposo y aunque exista la insistencia del apoderado en cuanto a cumplir

con tareas varias para evitar un retraso escolar, no se entregará trabajo pedagógico de ningún

tipo. Cuando el alumno ingrese se procederá a gestionar su incorporación al aula y su trabajo

escolar.

2.- Alumnos que habiéndose incorporado al régimen escolar y presenten un tiempo de ausencia

prolongado en el aula se procederá a nivelarlo, siempre que exista la posibilidad por parte del

docente que imparte la asignatura u otro apoyo para ir paulatinamente evaluándolo hasta

cumplir con la cobertura curricular y con el número de evaluaciones. También se contará con la

posibilidad de crear proyectos multidisciplinarios que respondan a los OA que persiguen varias

asignaturas obteniendo calificaciones para cada una de ellas, evitando el agobio escolar.

3.- Si el alumno ingresa al término del I semestre se procederá a revisar las calificaciones que se

han registrado hasta la fecha en cada asignatura y si el número lo permite se cerrará el semestre

con ese registro, de no cumplir alguna asignatura con el número de notas se procederá a dejar sin

promedio esa asignatura y durante el II semestre se dará cumplimiento a la cobertura curricular y

se evaluará al alumno para registrar sus calificaciones y sacar su promedio.

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Si al sacar el promedio de alguna asignatura se obtiene nota deficiente se procederá a dejar sin

efecto esta acción a la espera de poder nivelar al alumno, avanzar en la cobertura curricular y así

evaluar para mejorar su promedio semestral.

4.- Si el alumno se ausentó durante el 1º semestre no teniendo registro de calificaciones e ingresa

en el 2º semestre, se promoverá al alumno con solo el 2º semestre cursado.

5.- En casos excepcionales, aquellos alumnos o alumnas que se ausenten por largo período o por

licencia psiquiátricas se reagendarán las evaluaciones con adecuaciones y si es necesario se dará

cierre de año anticipado por la salud mental del alumno (a).

6.- Cualquier situación no contemplada será resuelta por la Dirección.

ARTÍCULO Nº 14: DE LA EXIMICIÓN

De acuerdo a las nuevas disposiciones no existe la eximición en ninguna asignatura del Plan de

Estudios, ya que existen diversas estrategias para evaluar lo conceptual, procedimental y

actitudinal.

ARTÍCULO Nº15: EVALUACION DIFERENCIADA

Los alumnos y alumnas que presenten Necesidades Educativas Especiales deberán ser evaluados

por un especialista, integrante del Proyecto de Integración del Establecimiento (PIE):

Psicopedagoga, Psicóloga, Fonoaudióloga, Educadora diferencial u otro con el objetivo de

diagnosticar al alumno/alumna y poder planificar el trabajo pedagógico que se llevará a cabo

durante el año en conjunto con los profesores.

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TÍTULO III DE LAS CALIFICACIONES

ARTÍCULO Nº 16: RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES

Los alumnos y alumnas serán calificados(as) durante el Semestre, en todas las asignaturas del Plan

de Estudio, mediante una escala numérica de 2,0 a 7,0 con un decimal. (con aproximación)

Las calificaciones semestrales y anuales se colocarán con 2 decimales con aproximación a la

décima inmediatamente siguiente, cuando ésta, sea igual o superior a 0,05

16.1 Los resultados de las evaluaciones parciales deben ser revisadas por los docentes en un plazo

máximo de 7 días hábiles, desde el momento de aplicación del instrumento evaluativo. La UTP

tendrá tres días para hacer la devolución de los instrumentos.

Los resultados serán entregados a los alumnos para su retroalimentación en un plazo de 5 días.

El total del proceso no debe sobrepasar los 15 días.

16.2 La calificación mínima de aprobación será 4,0; esta calificación se obtendrá con el logro del

60% de los objetivos evaluados.

16.3 Los docentes del establecimiento este año no deben presentar la estadística con los

resultados obtenidos en las evaluaciones aplicadas.

16.4 Los instrumentos deberán ser entregados a los alumnos y alumnas.

16. 5 Toda evaluación debe tener retroalimentación (se incluye en la planificación).

16.6 Los docentes deben aplicar medidas remediales con los alumnos y alumnas que presenten un

bajo nivel de logro en sus aprendizajes. Se deberán utilizar estrategias pertinentes e innovadoras,

para que el educando desarrolle y potencie sus conocimientos.

En objetivos con un % de Logro bajo el 80% se procederá de la siguiente forma:

De 1º a 8º sólo se hará el remedial de los objetivos descendidos, pero éste no tendrá incidencia en

la nota final.

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- En situaciones en que los resultados obtenidos en evaluaciones por alumnos y alumnas de

5º a 8º básico sobrepasen el 70% de calificaciones deficientes será decisión de la Directora

buscar otra forma de mejorar estos resultados en conjunto con el docente que imparte la

asignatura.

16.7 Los alumnos y alumnas tendrán el siguiente número de calificaciones mínimas cada

semestre:

Asignatura con una a cuatro horas: 4 notas.

Asignatura con cinco a ocho horas: mínimo 5 notas.

ARTÍCULO 17: TIPOS DE CALIFICACIONES

Para evaluar los Objetivos de Aprendizaje (O.A) y Objetivos de Aprendizaje Transversales(O.A.T)

explicitados en las Bases curriculares los alumnos y alumnas obtendrán durante el año escolar las

siguientes calificaciones: Parciales, Semestrales, Finales y Promedio General.

Durante el año lectivo los alumnos y alumnas obtendrán las siguientes calificaciones.

17.1 CALIFICACIONES PARCIALES:

Son las calificaciones coeficiente uno, asignadas durante el semestre académico, obtenidas en

cada subsectores de aprendizaje del Plan de Estudio. Corresponderá a las calificaciones de

pruebas, interrogaciones, trabajos en clases u otras actividades que el docente planifique,

expresadas hasta con un decimal. Las notas serán Coeficiente uno.

El puntaje asignado por pregunta deberá ser un número entero sin decimal.

17.2 PROMEDIO SEMESTRAL:

Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales, obtenidas durante el

semestre en los respectivas asignaturas, calculados con dos decimales y con aproximación.

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17.3 PROMEDIO ANUAL:

Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones semestrales, calculadas con dos

decimales, aproximando a la décima siguiente, cuando sea igual o superior a 0.05

17.4 NOTA FINAL DE LA ASIGNATURA:

Corresponderá al promedio aritmético de los dos semestres calculado con dos decimales, con

aproximación a la décima superior cuando sea igual o superior a 0.05.

17.5 PROMEDIO GENERAL FINAL DE CALIFICACIONES: Corresponderá al promedio aritmético de las

calificaciones finales, de todas las asignaturas que inciden en la promoción con aproximación a la

décima superior.

17.6 Toda calificación final que sea igual a 3,95 automáticamente será considerada como igual a

4,0.

17.7 La calificación mínima de aprobación es cuatro coma cero (4,0).

EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJE TRANVERSALES Y OBJETIVOS FUNDAMENTALES TRANSVERSALES Se registrará en el Informe de Desarrollo Personal que se entregará al término del año.

Al término del año lectivo los alumnos y alumnas no rendirán examen en ninguna asignatura. Por

lo tanto, aprobarán el año escolar con la suma de sus calificaciones del Primer y Segundo

Semestre.

Los logros o retrocesos en cada asignatura deben ser conocidos en el transcurso del año tanto por

los alumnos y alumnas como por su apoderado, para que en conjunto con el profesor

correspondiente, exista una situación remedial.

No obstante lo anterior se aplicará una evaluación final a aquellos alumnos y alumnas que

encontrándose en riesgo de repitencia hayan obtenido en cualquiera de las asignaturas cursadas

un 3.9 como promedio final del año.

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La ponderación de esta evaluación final (examen) será de un 30%, por lo tanto sus calificaciones

corresponderán al 70% de la nota final.

La Dirección en conjunto con UTP determinará los conocimientos y habilidades a evaluar.

De igual manera, los alumnos y alumnas que tengan dos asignaturas reprobadas y un promedio

general de 4.9 podrán rendir un Examen Final en aquellas asignaturas reprobadas y se regirán por

el mismo protocolo descrito anteriormente.

DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN

Al inicio del año escolar se hace una consulta pública a los apoderados sobre su decisión de que

se imparta la asignatura de Religión, a través de una encuesta oficial en conformidad con lo

dispuesto en el Decreto Supremo N° 924/ 1983 de Educación, que estipula que en todos los

establecimientos educacionales del país deberán ofrecer clases de religión con carácter de

optativa para los alumnos y alumnas y sus familias.

DE LAS SALIDAS PEDAGÓGICAS Y VIAJES DE ESTUDIO

En el mes de abril quedará definido el lugar que visitarán Preescolar y Primero Básico. El viaje se

realizará entre los meses de septiembre y octubre incluidos los mismos.

En el mes de octubre se realizan las jornadas de reflexión desde 3° a 8° Básico.

TÍTULO IV DE LA PROMOCIÓN

Para la promoción de los alumnos y alumnas de 1º a 8º de Enseñanza Básica, se considerarán

conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a

clases.

ARTÍCULO Nº 18: LA ASISTENCIA

Para ser promovidos los alumnos y alumnas deberán asistir al menos al 85% de las clases

estipuladas por el calendario escolar anual. No obstante, por razones muy justificadas , la

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Directora podrá autorizar la promoción de alumnos y alumnas con porcentajes menores a lo

establecido.

Los Criterios para considerar promoción:

Situación médica (que afecte al estudiante físico, psicológica y emocionalmente).

Alumnos con NEE que asistan a terapias o tratamientos complementarios (terapia ocupacional,

fonoaudiólogo, kinesiólogo, entre otros).

Situaciones de embarazo adolescente.

Casos familiares importantes (duelos, separaciones, abandono, abusos a la integridad del menor,

catástrofes naturales, fuerza mayor entre otros).

Alumnos (as) que participan en actividades deportivas y artísticas y necesiten desplazarse a otras

ciudades o países en un tiempo prolongado.

Cabe señalar que los requisitos o modo de operar que se utilizarán para promover a los

estudiantes con un porcentaje menor al 85% debe ser justificado personalmente o con

documentación por alguno de los padres/ apoderado o tutor legal.

ARTÍCULO Nº 19: LOGRO DE LOS OBJETIVOS PARA EDUCACIÓN PARVULARIA Y ENSEÑANZA

BÁSICA.

19.1 Serán promovidos los alumnos de educación parvularia automáticamente.

19.2 Los alumnos (as) de primero básico serán promovidos a segundo básico automáticamente de

acuerdo al decreto exento 511 de 1997 aprueba reglamento de evaluación y promoción escolar de

niñas y niños de enseñanza básica.

19.3 Serán promovidos los alumnos y alumnas de 1° a 8° Básico que hubieren aprobado todos las

asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio. Obteniendo como promedio final en cada

asignatura como nota mínima 4,0 de acuerdo al decreto exento 511 de 1997 Artículo 7.

No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el (la) Director (a) del respectivo Establecimiento

podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a)

Jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º

año básico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o

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matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el

establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso

superior.

Asimismo, los alumnos (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la educación

regular, considerando las adaptaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las

mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del

profesor (a) especialista.

19.4 Serán promovidos(as) los alumnos y alumnas de los cursos de 1º a 8º Año de Enseñanza

Básica que no hubieren aprobado una asignatura siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluida la asignatura reprobada, de acuerdo al

decreto exento 511 de Artículo 11.

19.5 Igualmente serán promovidos(as) los alumnos y alumnas de los cursos de 1º a 8º año de

Enseñanza Básica que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de

logro corresponda a un promedio de 5.0 o superior, incluidas las dos asignaturas reprobadas.

decreto exento 511 de Artículo 11.

ARTÍCULO Nº 20 : SITUACIÓN FINAL

Cada profesor jefe debe comunicar a los padres, madres y/o apoderados la posible repitencia de

los alumnos y alumnas, citando a una entrevista personal en el mes de junio . Esta información

será registrada en la hoja de observación del estudiante (Sin perjuicio de haber sido informado con

anterioridad durante el año).

Articulo 11 decreto 67/2018: Se establece que en el mes de octubre se realizará una entrevista

para analizar la situación final del alumno(a) , esta sesión estará conformada por la Directora, jefe

Unidad técnica pedagógica, profesor jefe , profesores de asignatura , especialistas , su madre,

padre u apoderado . Con la finalidad de analizar los siguientes aspectos:

a) Progreso de los aprendizajes del alumno(a).

b) Magnitud de la brecha entre lo logrado por el alumno y los logros del curso.

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c) Consideraciones del orden socio emocionales.

Posteriormente se confeccionará un informe con todo el equipo de profesionales donde se

decidirá la situación final del alumno, definiendo su promoción o repitencia. En donde el

establecimiento dará apoyo a los estudiantes según sus necesidades educativas,

considerando la normativa vigente del decreto 83/ 2015.

ARTÍCULO Nº 21: LOS CERTIFICADOS ANUALES

El establecimiento entregará un Certificado Anual de Estudios a todos los alumnos y alumnas,

indicando las calificaciones obtenidas en las correspondientes asignaturas indicando la

situación final, de promoción o repitencia, además del Informe de Personalidad.

ARTÍCULO Nº 22: ACTA DE REGISTRO DE CALIFICACION Y PROMOCIÓN

22.1 Las actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar, consignarán en cada curso y

nivel, las calificaciones finales en cada subsector, la situación final general de los alumnos,

indicando la cédula nacional de identidad y comuna de cada uno de ellos.

22.2 Las actas de calificaciones anuales se confeccionarán y registrarán a través del sistema SIGE,

Sistema de Información General de Estudiantes.

22.3 El establecimiento entregará certificado de promoción escolar al apoderado.

ARTÍCULO Nº 23: REPITENCIA EN LA ESCUELA

La repitencia de un alumno (a) de Enseñanza Básica estará sujeta al cupo vacante que posea el

establecimiento para el año escolar siguiente.

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ANEXOS Y DECRETOS

Links con información de consulta:

Decreto 310 EXENTO

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1062957&idVersion=2014-06-04

Decreto 169 EXENTO

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1060269&idVersion=2014-06-04

Decreto Supremo 614

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1059966&idVersion=2015-01-01

Bases Curriculares

http://curriculumenlinea.mineduc.cl/sphider/search.php?query=&t_busca=1&results=&search=1&d

is=0&cat egory=6876

Programas de estudio

http://curriculumenlinea.mineduc.cl/sphider/search.php?query=&t_busca=1&results=&search=1&d

is=0&cat egory=6876

Progresiones y Mapas de progreso

http://curriculumenlinea.mineduc.cl/sphider/search.php?query=&t_busca=1&results=&search=1&d

is=0&cat egory=6876

Agencia de la Calidad de Educación: http://www.agenciaeducacion.cl/simce/calendario-de-

evaluaciones/