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“Formando personas integrales con visión intercultural e inclusiva”

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REGLAMENTO DE

EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN ESCOLAR

ESCUELA VILLA CAROLINA, TEMUCO

Boyeco #0561

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Considerando:

A. Que los establecimientos educacionales están facultados para elaborar su Reglamento de Evaluación acorde con su PEI y con las características y necesidades de sus alumnos y alumnas.

B. Los documentos curriculares vigentes 2018 1° a 6° Básico

Asignaturas Decreto Bases

Decreto Programas de Estudio

Decreto Plan de Estudio

Lenguaje y Comunicación Matemática Historia, Geografía y C. Sociales Ciencias Naturales Idioma Extranjero: Inglés

Decreto N° 439/2012

Decreto N° 2960/2012 Decreto N° 2960/2012

Artes Visuales Música Educación Física y Salud Tecnología Orientación

Decreto N° 433/2012

Decreto N° 2960/2012 Decreto N° 2960/2012

7° y 8° Básico

Asignaturas Decreto bases Decreto programas de estudio

Decreto plan de estudios

Lengua y Literatura Matemática Idioma Extranjero: Inglés Educación Física y Salud

Decreto N° 614/2013 Decreto N° 169/2014

Decreto N° 169/2014

Historia, Geografía y C. Sociales Ciencias Naturales

N° 614/2013 Sin decreto1 Decreto N° 169/2014

Artes Visuales Música Tecnología Orientación

Decreto N° 369/2015 Sin decreto2 Decreto N° 169/2014

DECRETOS LENGUA Y CULTURA INDIGENA

Plan y programa de lengua indígena de 1º básico Decreto Nº 1619 04 – 10 – 2010

Plan y programa de lengua indígena de 2º básico Decreto Nº 741 11 – 03 – 2011

Plan y programa de lengua indígena de 3º básico Decreto Nº 1479 06 – 06 – 2012

Plan y programa de lengua indígena de 4º básico Decreto N° 1623 29 – 11 - 2013

Plan y programa de lengua indígena de 5° y 6° Decreto N° 879 12 – 08 – 2016

Las disposiciones contenidas en él: -

Decreto 511 (para 1º a 8º Año de Educación Básica) de 1997. Decreto exento 158 de 1999. Decreto exento 107 del 2003.

Que el propósito general del Reglamento de Evaluación es contribuir a elevar los estándares de calidad y excelencia de la educación impartida en la Escuela Villa Carolina.

El colegio acuerda las siguientes disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción de alumnas y alumnos de enseñanza Básica.

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A. DISPOSICIONES GENERALES

1. El proceso educativo se organizará en dos semestres. 2. El cambio de un estudiante de curso a otro sólo se podrá efectuar por decisión y acuerdo

de ambos profesores de los cursos involucrados, en conjunto con el director, siempre que la situación lo amerite.

B. DE LAS EVALUACIONES

1. La evaluación es una instancia para aprender, por lo cual entregará información que permita tomar decisiones pertinentes, corregir desviaciones de los objetivos y cambiar prácticas pedagógicas cuando sea oportuno. Estará inserta en el proceso y no será sólo terminal.

2. El alumno está obligado a asistir a la totalidad de las clases establecidas en horario normal y

en horario extraordinario cuando se requiera. Así como a todas y cada una de las instancias evaluativas calendarizadas durante el año escolar.

3. En la Enseñanza Básica se contemplan las siguientes tipas de evaluación:

a) Evaluación diagnóstica se aplicará al inicio del año escolar y corresponden a las conductas de entrada que los estudiantes deberán dominar, en cada asignatura.

b) Evaluación formativa: durante el desarrollo de cada semestre, se realizarán diversas instancias evaluativas, que tendrán como objetivo evaluar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje en cada uno de las asignaturas.

c) Evaluación sumativa: será aplicada al finalizar cada unidad didáctica planificada por el docente para asignar una calificación que será registrada en el libro de clase con un decimal.

4. El profesor(a) deberá aplicar una evaluación diagnóstica o inicial cada vez que se necesite

medir lo que debe saber el alumno para lograr un nuevo aprendizaje, para indagar sus conocimientos y experiencias previas. La evaluación diagnóstica debe hacerse sobre los conocimientos mínimos que son los que resultan indispensables para que el alumno construya un nuevo aprendizaje. Pueden ser contenidos, procedimientos, destrezas y/o actitudes.

5. Las evaluaciones podrán ser individuales, bipersonales o grupales, según sea procedente,

tanto como la autoevaluación o coevaluación. Se evaluarán capacidades, destrezas, habilidades, contenidos, métodos, procedimientos, valores y actitudes.

6. Los alumnos asistirán a actividades de reforzamiento y/o ejercitación, cuando el docente de

una asignatura lo estime conveniente. Este apoyo pedagógico (con conocimiento de los padres y apoderados respectivos, con firma de compromiso de asistencia) será obligatorio, con control de asistencia y en el horario que la escuela determine.

7. Los docentes a la hora de evaluar procesos, actividades, trabajos, etc. propio de cada

Asignatura o taller, considerarán: a) La presentación previa de objetivos claros y precisos. b) La confección de pautas de evaluación, y socializar estas pautas a los alumnos antes de

iniciar el trabajo. c) La entrega de bibliografía suficiente y adecuada en los casos que corresponda. d) En el caso de trabajos de investigación se debe exigir una elaboración personal del alumno

y no aceptar transcripciones o fotocopias del contenido de textos o copias textuales de páginas de Internet. Para cautelar que esta situación no ocurra el docente debe entregar preguntas orientadoras sobre el desarrollo del tema.

C.- DE LAS CALIFICACIONES

1. Se entenderá por Calificación, el procedimiento de asignación de nota al resultado obtenido en una evaluación, en la cual, se han identificado los niveles de logro de los estudiantes, en relación al currículum nacional. Por tanto, la nota es la expresión numérica, del resultado del proceso de evaluación y en ese sentido debe estar al servicio de los aprendizajes.

2. Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones en cada uno de los asignaturas o actividades de aprendizajes, para fines de registrarlas en el libro de clases, se anotarán en una escala numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación 4,0 (correspondiente al 60% de exigencia).

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3. Los alumnos obtendrán calificaciones sanativas: de proceso, parciales, semestrales anuales. Toda la matrícula del curso tendrá la misma cantidad de calificaciones según la cantidad de horas de la asignatura.

4. Las calificaciones sumativas que los alumnos obtengan en todas las asignaturas del Plan de

estudio, deberán referirse sólo al logro de los objetivos de aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares 1º a 8º. En relación a este punto no se utilizará la calificación como instrumento de castigo para sancionar situaciones como; no traer materiales para realizar un trabajo en clases, para lo cual existe un protocolo de procedimientos que se describe en el ANEXO 1.

5. Los profesores evaluarán durante cada semestre escolar, en cada uno de las asignaturas del

plan de estudio, una cantidad de calificaciones mínimas y máximas de acuerdo al siguiente cuadro:

6. Los docentes deben elaborar un calendario de evaluaciones al iniciar cada semestre, será el profesor jefe de cada curso el encargado de hacer llegar dicho calendario a los padres y apoderados de cada estudiante.

7. Las evaluaciones serán distribuidas en el semestre de tal forma que al finalizar cada mes se debe realizar una prueba de los objetivos de aprendizaje trabajados, en el caso de las asignaturas que deben registrar mayor número de calificaciones será el docente responsable de la asignatura quien las calendarizará.

8. Las evaluaciones mensuales de las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática,

ciencias naturales, historia geografía y ciencias sociales deberán consistir en una prueba escrita. Las demás evaluaciones programadas pueden corresponder a talleres disertaciones u otras estrategias evaluativas que el docente considere pertinente.

9. La evaluación escrita mensual debe tener las siguientes características:

a) Será presentada en forma impresa a cada estudiante. b) Debe tener al menos 20 ítems en el caso de 1° y 2° y 30 desde 3° a 8° año. c) Debe contener al menos tres tipos de ítems: Selección múltiple (alternativas), ítems

donde el estudiante debe elaborar las respuestas (estos tipos de ítems son obligatorios) y un tercer Ítems a de elección del docente.

10. Para la evaluación mensual el docente deberá considerar las 5 décimas obtenidas por los

estudiantes por el trabajo en clases, estas serán logradas a partir de la pauta de trabajo efectivo en aula donde el o la profesora evalúa el desempeño de los estudiantes basado en objetivos actitudinales. (Anexo 4)

11. Las calificaciones obtenidas por los y las estudiantes en las distintas evaluaciones deberán ser

registradas, tanto en el libro de clases, como en la plataforma MY SCHOOL, como plazo máximo 15 días después de aplicado el instrumento de evaluación.

12. Los resultados obtenidos en las asignaturas de Religión y Orientación, no incidirán en la promoción de los estudiantes y serán expresados en conceptos (I – S – B – MB).

13. El logro de los Objetivos transversales y actitudinales, se evaluará permanentemente, registrándose en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el cual se informará al final de cada semestre.

14. En las situaciones de traslados, será facultad del profesor jefe transcribir las notas obtenidas por los y las estudiantes en el otro establecimiento educacional, al libro de clases del respectivo curso.

15. Cuando en una evaluación sumativa el porcentaje de notas deficientes supere el 20%, el o la docente de la asignatura deberá retroalimentar el contenido y dar oportunidad que los alumnos superen su nota, esto será obligatorio para los alumnos con calificación deficiente y voluntario para los alumnos que lo deseen.

Nº de horas por asignatura Mínimo Máxima

Con 1 hora de clases 3 calificaciones

10 NOTAS

Con 2 y 3 horas de clases 4 calificaciones

Con 4 horas de clases 4 calificaciones

Con 6 horas de clases 6 calificaciones

Con 7 y 8 horas de clases 7 calificaciones

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16. Los talleres de Jornada Escolar completa serán evaluados con conceptos con la siguiente tipología: Insuficiente (I), Suficiente(S), Bueno (B), Muy Bueno (MB). En relación a los talleres de lectura-escritura y Matemáticas se asignarán una nota a la asignatura de lenguaje y Comunicación y Matemáticas respectivamente.

17. Será responsabilidad del docente de cada asignatura cumplir con el mínimo de notas en el libro

de clase, establecidas según las fechas del calendario escolar. D.- DE LAS CALIFICACIONES SEMESTRALES Y DE FIN DE AÑO.

1. Las calificaciones finales semestrales de los alumnos, en cada asignatura de su plan de

estudio- con incidencia en su promoción – se obtendrá: por el promedio matemático de las calificaciones parciales obtenidas por el alumno durante el semestre con aproximación.

2. Las calificaciones anuales o finales de los alumnos, en cada asignatura de su plan de estudio-

con incidencia en su promoción – se obtendrá por el simple promedio matemático de las calificaciones finales de cada uno de de los dos semestres del año escolar con aproximación.

3. Los resultados de las evaluaciones serán comunicados a los padres en términos de

calificaciones. La comunicación de resultados de las evaluaciones se realizará dos veces en cada semestre con la entrega del informe correspondiente. Además, los padres y apoderados serán informados permanentemente del avance educacional de sus hijos a través de entrevistas.

E.- DE LA INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES. 1. La inasistencia del alumno a una evaluación fijada con anticipación deberá ser justificada

personalmente por su apoderado, en Inspectoría, presentando Certificado Médico si así correspondiera (documento en original y con fecha actualizada).

2. El profesor, fijará una fecha para aplicar la evaluación pendiente. Dicha evaluación se debe aplicar como máximo en una semana desde el día que el niño regresa a clases.

3. Sin las justificaciones descritas, la evaluación deberá ser aplicada, inmediatamente al reintegro del alumno a clases.

4. En el caso de un estudiante suspendido por aplicación de reglamento de convivencia, el profesor fijará una nueva fecha de evaluación. Dicha evaluación se debe aplicar como máximo en una semana desde el día que el niño se reintegra a clases.

5. El o la docente que deban concurrir con niños o niñas a eventos para representar al colegio, deberán informar a UTP, quien tramitará con los docentes la calendarización y/o postergación de la evaluación, presentando la lista de los alumnos firmada y timbrada; salvaguardando de este modo, el cumplimiento del proceso escolar, pero favoreciendo la participación del alumnado en actividades de crecimiento personal, social y valórica. Esta recalendarización será informada al apoderado a través de la libreta de comunicaciones.

F.- DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA. En base a la evaluación diferenciada se describe a continuación el decreto 83 1. Los fundamentos de esta propuesta se basan en la consideración de la diversidad y buscan

dar respuesta a las necesidades educativas de todos los estudiantes, considerando la autonomía de los establecimientos educacionales, promoviendo y valorando las diferencias culturales, religiosas, sociales e individuales de las poblaciones que son atendidas en el sistema escolar.

2. A partir de estos criterios y orientaciones se garantiza la flexibilidad de las medidas curriculares para estos estudiantes, con el propósito de asegurar sus aprendizajes y desarrollo, a través de la participación en propuestas educativas pertinentes y de calidad.

3. A esta modalidad de evaluación, podrán optar los alumnos desde NT1 a Octavo básico, que hayan sido evaluados por un especialista (profesora de diferencial, psicólogo, neurólogo y fonoaudiólogo). El decreto Nº 170/2009 de Educación, en respuesta a este mandato, define criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidades educativas especiales, reglamentando los procedimientos de evaluación diagnostica para la identificación de necesidades educativas especiales de los estudiantes. Este decreto señala también que dicha evaluación debe ser de carácter integral e interdisciplinario y considerar el ámbito psicoeducativo y de salud.

4. Para aplicar dicha evaluación se considerará el tipo de necesidad educativa que presenta el alumno.

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a) Necesidades educativas especiales de carácter permanente. Son aquellas barreras para aprender y participar, diagnosticadas por profesionales competentes, que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar. Por lo general, las NEE de carácter permanente se presentan asociadas a discapacidad visual, auditiva, disfasia, trastorno autista, discapacidad intelectual y discapacidad múltiple.

b) Necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Son dificultades de aprendizaje que experimentan los estudiantes en algún momento de su vida escolar, diagnosticada por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional, por una parte, la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios por un determinado período de su escolarización, para asegurar el aprendizaje y la participación de estos en el proceso educativo, y por otra, el desarrollo de capacidades en el profesorado para dar respuestas educativas de calidad a los diferentes estilos de aprendizaje, ritmos, capacidades e intereses que presentan los estudiantes. Las NEE de carácter transitorio pueden presentarse asociadas a dificultades de aprendizaje, Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), Déficit Atencional y Coeficiente Intelectual Limítrofe. CONSIDERAR ANEXO 2 Y 3

G.- PROMOCIÓN ESCOLAR

1. Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de E.G.B., que hayan asistido como mínimo al 85% de las clases realizadas, considerando que disponen de dos años escolares consecutivos para el cumplimiento de los Objetivo de Aprendizajes Obligatorios correspondientes al nivel. No obstante, el Director del Colegio y el Profesor Jefe autorizarán la promoción de alumnos con porcentajes menores al 85% de asistencia, fundados en causas de salud u otras causas debidamente justificadas. (Decreto 107 artículo único)

2. No obstante lo señalado en el artículo anterior, el Director del establecimiento podrá decidir

excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor(a) Jefe del Curso de los alumnos afectados, no promover de 1° a 2° básico o de 3° a 4° año básico a aquellos(as) que presenten un atraso significativo en lectura, escritura y/o matemática , en relación a los objetivos aprendizajes de los programas de estudio que aplica el establecimiento, que pueden afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. El establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera de posibilitar una labor conjunta. (Decreto 107 artículo único se adjunta una copia al reglamento)

3. Para la promoción de los alumnos de 2º a 3º, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 6º a 7º, de 7º a 8º de educación Básica, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio, que incidan en su promoción y la asistencia a un mínimo de 85% de las clases realizadas.

4. Respecto del logro de los objetivos de aprendizaje de 2º, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º.

a) Serán promovidos de curso los alumnos que aprueben las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio, que incidan en su promoción.

b) Serán promovidos de curso los alumnos de 2º a 3º, de 4º a 5º, de 5º a 6º de 6º a 7º, de 7º a 8º de educación básica, que no aprueben una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 4,5, incluida asignatura reprobada.

c) Serán promovidos de curso los alumnos de 2º a 3º, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 6º a 7º, de 7º a 8º, que no aprueben dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 5,0 incluidas las asignaturas reprobadas.

d) La repitencia de estudiantes con NEE permanentes será justificada con un informe de parte de la educadora Diferencial y los profesores de la o las asignaturas en las que presente nota deficiente de aprendizaje.

5. Respecto de la asistencia mínima a clases:

a) Para ser promovidos de curso, los alumnos deberán asistir a un mínimo de un 85% de las clases realizadas.

b) La Dirección de escuela conjuntamente con el Profesor Jefe, tiene la facultad de autorizar la promoción de los alumnos de 2º y 4º año de Educación Básica, con porcentajes de asistencia inferiores al mínimo, por razones de salud u otras debidamente justificadas. (art. 11 N° 2)

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c) Los alumnos de 5º a 8º de Educación Básica, con porcentajes de asistencia inferiores al mínimo, por razones de salud u otras debidamente justificadas, podrán ser autorizados a promoverse de curso por la Dirección de la escuela, el Profesor Jefe y la ratificación de dicha autorización por parte del Consejo de Profesores. ((art. 11 N° 2)

6. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 8º Año de Educación Básica, deberán quedar resueltos dentro del período escolar correspondiente.

7. La situación final de promoción de los alumnos, deberá quedar resuelta al término de cada año

escolar. Una vez finalizado el proceso, el colegio entregará a todos los apoderados una copia del certificado anual de estudios, que indique las asignaturas cursadas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

8. Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las

calificaciones finales en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos.

H.- SITUACIONES ESPECIALES

1. El director del establecimiento educacional, previa consulta al Profesor Jefe de curso y al profesor de asignatura correspondiente, podrá autorizar la eximición de los alumnos de una asignatura en casos debidamente justificados.

2. El director en conjunto con Unidad Técnico Pedagógica, previa recolección de antecedentes, resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes.

3. Los estudiantes que participen en eventos relativos a diferentes áreas del currículo, en representación del establecimiento y/o patrocinados por el Ministerio de Educación, tendrán derecho a quedar liberados de asistir a clases, sin que esto sea considerado inasistencia.

4. De acuerdo a orientaciones del Ministerio de Educación, se solicita que no figure en acta un

promedio final 3.9, en alguna asignatura, cuando éste incide en la promoción. En caso de presentarse esta situación, se debe comunicar a Unidad Técnico Pedagógica, quien decidirá el camino a seguir, pudiendo ser éste la aplicación de una prueba especial considerando los contenidos mínimos obligatorios. Si un alumno en la calificación anual obtuviese nota 3.9, en uno o más asignaturas, se le aplicará una evaluación extra que deberá contener en forma general los contenidos mínimos obligatorios del nivel. Para aprobar esta evaluación el alumno deberá obtener a lo menos un 60% de logro. Al ser aprobada esta evaluación el alumno obtendrá una calificación final de 4,0.

I.- CONSIDERACIONES FINALES

1. La revisión y adecuación del presente reglamento se efectuará una vez al año, en el mes de diciembre, con la participación plena del Consejo de Profesores.

2. El presente Reglamento se difundirá a toda la comunidad escolar de la Escuela Municipal Villa Carolina, a través de: La agenda institucional, en reuniones de apoderados y la página web del colegio.

3. Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por La Dirección del establecimiento la que consultará y se asesorará para una decisión, profesores de asignatura, profesores jefes, coordinadores de ciclo, equipo de resolución de conflicto, educadora diferencial, Consejo General de Profesores, según sea la situación. Si el caso lo amerita, será la Secretaría Regional Ministerial de Educación la que defina la situación planteada.

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ANEXO 1 PROTOCOLO PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE EVALUACIÓN EN LOS QUE LOS ALUMNOS PRESENTAN LAS SIGUIENTES CONDUCTAS

SITUACIÓN 1: No trae materiales para trabajar en clases. Procedimiento

1. Dejar escrito con antelación el listado de materiales en el diario mural del curso. Esto lo puede hacer el profesor o tener un monitor por subsector.

2. Asignar una actividad paralela a lo que están haciendo sus compañeros. El profesor calificará según pauta de evaluación.

3. El profesor de la asignatura deben informar al profesor(a) jefe y al apoderado a través de una comunicación.

SITUACIÓN 2: No presenta el trabajo en la fecha fijada.

Procedimiento

1. Se le dan dos oportunidades después de la fecha fijada.

2. La primera oportunidad que se presenta sin su trabajo se fijará una nueva fecha, para la semana

siguiente, se le informará vía comunicación al apoderado, asegurándose que el profesor jefe esté

enterado. La nota máxima será un 50.

3. Darle la oportunidad de hacer el trabajo en la escuela en el horario de los talleres JEC. La nota

máxima será un 4.0

4. Si el alumno no cumple en esta instancia, será evaluado con un 20.

SITUACIÓN 3: No realiza un ejercicio práctico.

Procedimiento

1. Crear un ambiente propicio para desarrollar el trabajo práctico.

2. Si el niño se niega a realizar el ejercicio práctico, se informará al apoderado a través de

comunicación en la libreta, se debe dar otra oportunidad para que la realice, puede ser en

privado o en un grupo más pequeño, en otro horario (se calificará según pauta de

evaluación). El profesor jefe debe ser informado.

3. Si el niño se sigue negando se evaluará con la nota 20.

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ANEXO 2 PROCESO DE EVALUACIÓN DE NEE EN EL MARCO DEL DECRETO Nº 83:

La evaluación de NEE, se realizará desde un enfoque educativo y contextual, dejando de lado el

acercamiento puramente clínico centrado solo en el déficit, para incorporar una valoración al alumno/a

centrada en los apoyos de diversos tipos, que requiere para aprender y participar en el contexto escolar.

Consideraciones:

Para incorporar alumnos y alumnas al Programa de Integración Escolar del Establecimiento Educacional, se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:

- Seguimiento anual del rendimiento. - Observaciones en aula común. - Entrevistas al profesor jefe. - Documentos e informes psicológicos y psicopedagógicos de alumnos nuevos.

Esto permitirá determinar la postulación del estudiante al PIE. Lo cual estará sujeto a la disponibilidad de cupos, priorizando para estos, aquellos alumnos que de acuerdo al análisis anterior demanden mayores apoyos y recursos en su proceso de enseñanza- aprendizaje. Además, se debe señalar que para dar cumplimiento al decreto 83, es necesario brindar respuesta educativa a todos los estudiantes que presenten necesidades educativas especiales independiente de que estos estén o no en Programa de Integración Escolar.

ANEXO 3: Implementación Adecuaciones

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TIPOS DE ADECUACIONES CURRICULARES Y CRITERIOS PARA SU APLICACIÓN a) Adecuaciones curriculares de acceso. Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras a

la participación, al acceso a la información, expresión y comunicación, facilitando así el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con los demás estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Generalmente, las adecuaciones curriculares de acceso son utilizadas por los estudiantes tanto en el colegio como en el hogar y en la comunidad.

Criterios a considerar para las adecuaciones curriculares de acceso:

- Presentación de la información. La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre estos. Como por ejemplo: ampliación de la letra o de las imágenes, amplitud de la palabra o del sonido, uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información, videos o animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso de ayudas técnicas que permitan el acceso a la información escrita (lupa, recursos multimedia, equipos de amplificación de audio), uso de textos escritos o hablados, medios audiovisuales, uso de lengua de señas, apoyo de intérprete, uso de sistema Braille, uso de gráficos táctiles, presentación de la información a través de lenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros. -28- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015

- Formas de respuesta. La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar actividades,

tareas y evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que interfieren la participación del estudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a través del uso de un ordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresión a través de múltiples medios de comunicación tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de señas, discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas del estudiante, uso de calculadora, ordenadores visuales, organizadores gráficos, entre otros.

- Entorno. La organización del entorno debe permitir a los estudiantes el acceso autónomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicación, y las condiciones en las que se desarrolla la tarea, actividad o evaluación. Por ejemplo, situar al estudiante en un lugar estratégico del aula para evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, o que pueda realizar lectura labial; favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales; adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros.

- Organización del tiempo y el horario. La organización del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autónomo, a través de modificaciones en la forma Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -29- que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o evaluaciones. Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluación; organizar espacios de distensión o desfogue de energía; permitir el cambio de jornada en la cual se rinda una evaluación, entre otros.

Estas adecuaciones curriculares de acceso, aplicadas según las necesidades educativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben ser congruentes con las utilizadas en sus procesos de evaluación, de modo que, al momento de evaluar, sean conocidas por los estudiantes para que no constituyan una dificultad adicional. b) Adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje. Los Objetivos de Aprendizaje establecidos en

las Bases Curriculares pueden ser ajustados en función de los requerimientos específicos de cada estudiante con relación a los aprendizajes prescritos en las distintas asignaturas del grupo curso de pertenencia. Los objetivos de aprendizaje expresan las competencias básicas que todo alumno debe alcanzar en el transcurso de su escolaridad. En consecuencia, deben adoptarse como resultado de un proceso de evaluación amplio y riguroso y de carácter interdisciplinario. Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisión del uso de adecuaciones en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminación de aquellos aprendizajes que se consideran básicos imprescindibles para el desarrollo integral del estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan más adelante. -30- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 Las adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje pueden considerar los siguientes criterios:

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- Graduación del nivel de complejidad. Es una medida orientada a adecuar el grado de complejidad de un contenido, cuando éste dificulta el abordaje y/o adquisición de los aspectos esenciales de un determinado objetivo de aprendizaje, o cuando esté por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisición de un estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduación del nivel de complejidad de los aprendizajes son los siguientes:

• Conocer a cabalidad los aprendizajes que han alcanzado los estudiantes, así como también aquellos que no han logrado. • Plantear objetivos de aprendizaje que sean alcanzables y desafiantes al mismo tiempo, basados en los objetivos de aprendizajes del currículum nacional. • Operacionalizar y secuenciar con mayor precisión (metas más pequeñas o más amplias) los niveles de logro con la finalidad de identificar el nivel de aprendizaje adecuado al estudiante.

- Priorización de objetivos de aprendizaje y contenidos: Consiste en seleccionar y dar prioridad a determinados objetivos de aprendizaje, que se consideran básicos imprescindibles para su desarrollo y la adquisición de aprendizajes posteriores. Implica, por tanto, jerarquizar a unos por sobre otros, sin que signifique renunciar a los de segundo orden, sino más bien a su postergación o sustitución temporal. Algunos de los contenidos que se deben priorizar por considerarse fundamentales son:

• Los aspectos comunicativos y funcionales del lenguaje, como comunicación oral o gestual, lectura y escritura. Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -31- • El uso de operaciones matemáticas para resolución de problemas de la vida diaria. • Los procedimientos y técnicas de estudio.

- Temporalización. Consiste en la flexibilización de los tiempos establecidos en el currículum para el logro de los aprendizajes. Este tipo de adecuación curricular está preferentemente orientada a la atención de las necesidades educativas especiales que afectan el ritmo de aprendizaje. Puede implicar la destinación de un período más prolongado o graduado para la consecución y consolidación de ciertos aprendizajes sin que se altere la secuencia de éstos.

- Enriquecimiento del currículum. Esta modalidad de adecuación curricular corresponde a la

incorporación de objetivos no previstos en las Bases Curriculares y que se consideran de primera importancia para el desempeño académico y social del estudiante, dadas sus características y necesidades. Supone complementar el currículum con determinados aprendizajes específicos, como por ejemplo, el aprendizaje de una segunda lengua o código de comunicación, como la lengua de señas chilena, lengua nativa de los pueblos originarios, el sistema Braille u otros sistemas alternativos de comunicación, o profundizar en algún aspecto del currículo correspondiente al nivel, a través de la estrategia de integración de asignaturas o incorporando objetivos de aprendizaje, materiales y actividades que respondan a las necesidades de profundización de algunos estudiantes. -32- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015

- Eliminación de aprendizajes. La eliminación de objetivos de aprendizaje se debe considerar sólo

cuando otras formas de adecuación curricular, como las descritas anteriormente, no resultan efectivas. Esta será siempre una decisión a tomar en última instancia y después de agotar otras alternativas para lograr que el estudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisión de eliminar un aprendizaje son los siguientes:

• Cuando la naturaleza o la severidad de la necesidad educativa especial es tal, que los otros tipos de adecuación no permiten dar respuesta a las necesidades de aprendizaje del estudiante. • cuando los aprendizajes esperados suponen un nivel de dificultad al cual el estudiante con necesidades educativas especiales no podrá acceder. • Cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para el desempeño del estudiante con necesidades educativas especiales en relación con los esfuerzos que supondría llegar a alcanzarlos. • Cuando los recursos y apoyos extraordinarios utilizados no han tenido resultados satisfactorios. • Cuando esta medida no afecte los aprendizajes básicos imprescindibles, tales como el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemáticas y todas aquellas que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana. Las adecuaciones curriculares a utilizar para los estudiantes con necesidades educativas especiales no deberían afectar los aprendizajes básicos imprescindibles; por lo tanto, es importante considerar en primera instancia las adecuaciones curriculares de acceso antes de afectar los objetivos de aprendizaje del currículo. Las adecuaciones curriculares de acceso a través de mínimos ajustes posibilitan que los estudiantes

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participen en el currículum nacional en igualdad de condiciones que los estudiantes sin necesidades educativas especiales.

La Evaluación de Proceso

Todos los estudiantes pertenecientes al PIE deben ser evaluados periódicamente en sus aprendizajes, para determinar los resultados obtenidos en función de los apoyos y respuesta educativa entregada en el contexto escolar, las cuales deben ser sistematizadas e informadas a la familia.

Este proceso se monitoreara mediante: Pauta de seguimiento por alumno (ámbito escolar, familiar y asistencia a clases). Seguimiento reportes PAC por periodo. Monitoreo y Seguimiento del proceso de enseñanza - aprendizaje de cada alumno, notas semestrales.

Toda la información recopilada a través de dichas estrategias evaluativas (contempladas en registro

de planificación), permitirá ajustar la respuesta pedagógica durante el período escolar en curso y aportará

datos relevantes para el proceso de reevaluación.

Al finalizar cada semestre las Educadoras Diferenciales y profesionales de apoyo deberán redactar

informe a la familia de evolución de carácter cualitativo que dé cuenta de los avances alcanzados por los

estudiantes en las áreas de lenguaje, escritura y matemática.

Evaluación Final La evaluación final se realizará una vez terminado el proceso de intervención psicopedagógica a los

alumnos, para ello se aplicaran pruebas estandarizadas, en las asignaturas de lenguaje y comunicación y matemáticas, que permitirán medir los aprendizajes logrados durante el año escolar, la información será vaciada en un informe final, el cual será conocido por la dirección del establecimiento, validado por la unidad técnica pedagógico y entregado en entrevista personal a los padres y/o apoderados.

Las reevaluaciones a nivel psicopedagógico se realizarán mediante pruebas Evalúa de acuerdo a los diferentes niveles, la información recopilada será sistematizada e informada a la familia del estudiante en un informe final.

El egreso será determinado por las evidencias de su progreso y las condiciones de su contexto, que

hagan concluir que ya no se requiere las ayudas especiales y recursos especiales, sino que puede enfrentar

junto con el apoyo del docente de aula común y los recursos que en ella se encuentren, el proceso de

enseñanza educativo regular de forma asertiva.

Otro factor de egreso es por motivo de traslado del estudiante a otro establecimiento, término de

su enseñanza o retiro del establecimiento., lo cual debe ser documentado con un informe psicopedagógico

y se deberá informar al departamento provincial respectivo. Una copia de este informe debe ser entregado

a la familia.

Se mantendrá una copia del informe que contiene la síntesis del diagnóstico y de los apoyos

entregados durante el período escolar.

REEVALUACIÓN

Es un proceso anual, que consiste en evaluar los progresos del estudiante y las condiciones que se

crearon en el establecimiento, para asegurar dicho progreso, determinando así el egreso o continuidad del

estudiante por un año más.

Las reevaluaciones en los casos de alumnos NEEP y Limítrofes, por parte de la psicóloga se

realizarán en los meses que se concreten en el plan anual, definiendo claramente el egreso o continuidad

del estudiante en el PIE, de acuerdo al C.I arrojado por la evaluación psicométrica WISC III

REEVALUACIÓN DE LOS TEL.

Las reevaluaciones en los casos de alumnos TEL, por parte de él o la fonoaudióloga se realizarán en

los meses que se concreten en el plan anual, definiendo claramente el egreso o continuidad del estudiante

en el PIE, de acuerdo a los puntajes obtenidos en las baterías de TEPROSIF, TECAL, TAR, STSG

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ANEXO 4

RÚBRICA PARA EVALUAR TRABAJO EFECTIVO EN CLASES

Nivel de desempeño 4 Nivel desempeño 3 Nivel desempeño 2 Nivel desempeño 1

ASE

O Siempre mantiene su

espacio y aula limpia Generalmente mantiene su espacio o aula limpia

A veces mantiene su espacio y/o aula limpia

Le cuesta mantener la limpieza de su aula y/o espacio.

OR

DEN

Siempre mantiene su espacio y aula en orden

Generalmente mantiene su espacio o aula en orden

A veces mantiene su espacio y aula en orden

Le cuesta mantener el orden de su espacio y/o aula.

PA

RTI

CIP

AC

N

Siempre participa activamente en las diversas actividades propuestas para la clase.

Generalmente participa activamente en las diversas actividades propuestas para la clase.

A veces participa activamente en las diversas actividades propuestas para la clase.

Casi nunca participa de las diversas actividades propuestas para la clase.

PR

ESEN

T

AC

IÓN

Siempre usa el uniforme y el cabello de acuerdo a las normas del colegio

Generalmente usa el uniforme y el cabello de acuerdo a las normas del colegio

A veces usa el uniforme y el cabello de acuerdo a las normas del colegio

Pocas veces lleva el uniforme y el cabello de acuerdo a las normas del colegio

DIS

CIP

LIN

A

Siempre mantiene un comportamiento de respeto frente a sus compañeros y profesores.

Generalmente mantiene un comportamiento de respeto frente a sus compañeros y profesores.

Pocas veces mantiene un comportamiento de respeto frente a sus compañeros y profesores.

Le cuesta mantener un comportamiento de respeto frente a sus compañeros y profesores.

RES

PO

NS

AB

ILID

AD

Siempre cumple con traer tareas y materiales.

Generalmente cumple con traer tareas y materiales

A veces cumple con traer tareas y materiales

Casi nunca cumple con traer tareas y materiales

CO

NST

AN

CIA

Siempre permanece en su trabajo hasta terminarlo.

Generalmente permanece en su trabajo hasta terminarlo.

Pocas veces permanece en su trabajo hasta terminarlo.

Casi nunca permanece en su trabajo hasta terminarlo.

PU

NTU

AL

IDA

D

Siempre llega a tiempo a clases.

Generalmente llega a tiempo a clases.

A veces llega a tiempo a clases.

Casi nunca llega a tiempo a clases.

Observaciones

A cada estudiante se le asignará puntaje en la planilla mensual de cada clase cuando haya cumplido al menos con 6 de los indicadores descritos en la tabla.

Es obligación que el indicador que corresponde a la disciplina esté presente.

El cumplimiento mensual de trabajo efectivo en aula asignara al estudiante 5 décimas bases, para presentarse

a la prueba (estas décimas no son acumulables a futuras evaluaciones aun cuando los o las estudiantes no los

utilicen completos en la evaluación mensual)

Para que el estudiante sea acreedor a estas decimas de base, deberá haber cumplido al menos en un 80%

las clases con el trabajo efectivo.