reglamento de elección del consejo estudiantil 2011

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Page 1: Reglamento de elección del Consejo Estudiantil 2011

C. GONZAGA @ Dirección de Bienestar Estudiantil • Pág. 1 / 7

Colegio San Luis Gonzaga Dirección de Bienestar Estudiantil

Proceso de Elección de Consejo Estudiantil 2010 -2011

Objetivos:

o General:

Proponer un proceso que desarrolle una participación socio-política real, participativa y de construcción de comunidad, que permita el empoderamiento de todos los estudiantes.

o Específicos:

� Evitar que existan condiciones iniciales desiguales para los candidatos, (que quien gane no sea el que más dinero invierta o sea más “popular”).

� Ayudar para que los miembros del Consejo Estudiantil cumplan con las funciones que les son propias y que se encuentran en Nuestro Modo de Proceder Gonzaga.

� Lograr un proceso permanente de participación estudiantil dentro de la Comunidad Gonzaga.

Reglamentación de Nuestro Modo de Proceder Gonzaga:

Art. 41 EL CONSEJO ESTUDIANTIL Es considerado como un organismo de participación de los estudiantes en el desarrollo del quehacer educativo. Éste debe ser una instancia de encuentro y aporte sobre la propuesta educativa. Está integrado por el Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario, elegidos en forma democrática y universal, por voto secreto, de entre las listas aprobadas por el Tribunal Estudiantil Electoral y conforme a la reglamentación específica que para su designación puedan implementar las autoridades del plantel. Art. 42 Son funciones y atribuciones del Consejo Estudiantil:

a. Animar, promover y coordinar las distintas actividades que hacen referencia a la formación integral de los estudiantes.

b. Representar a los estudiantes del Colegio ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa y la sociedad en general.

c. Velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos y deberes del estudiante.

d. Estudiar y sugerir las líneas de acción, enmarcadas en el Perfil del Estudiante.

e. Comunicar a las autoridades del colegio las fallas que puedan presentarse en la implementación y ejecución de los planes y proyectos concernientes a la formación de los estudiantes, sugiriendo soluciones y líneas de acción.

f. Colaborar en la organización y desarrollo de los eventos programados, sobre todo en las fiestas patronales.

g. En la persona del Presidente, forma parte del Consejo de Bienestar Estudiantil.

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Proceso de elecciones:

o Socialización del reglamento y convocatoria a elecciones. � Una vez que los profesores asesores han sido designados por la

Asamblea de estudiantes, ellos, nombran a su vez a tres estudiantes miembros que integran el Tribunal Estudiantil Electoral cuya misión es convocar, desarrollar y supervisar el proceso eleccionario.

o Perfil de los candidatos para el Consejo Estudiantil y conformación de listas

• El estudiante candidato para el Consejo Estudiantil deberá cumplir con los siguientes requisitos:

o Querer participar en el Consejo Estudiantil: ánimo y tiempo para priorizarlo en este servicio a la Comunidad Educativa.

o Estar matriculado legalmente. o Tener un promedio igual o mayor a diecisiete en el año

lectivo anterior. o Tener un promedio en disciplina de dieciocho y asistencia

regular al colegio. o No haber sido condicionado anteriormente. o Haber sido estudiante regular de la Institución por al

menos dos años, de ser el caso. o Ser capaz de trabajar en equipo por el bien común del

Colegio. o Presentar la documentación que respalde los requisitos

anteriores. • Para participar en las elecciones es necesaria la conformación de una lista de seis miembros, cada uno representante de uno de los cursos, candidatos para las dignidades de: Presidente/a (estudiante de cuarto a sexto curso), Vicepresidente/a (estudiante de cuarto a sexto curso), Secretario/a, Tesorero/a y dos Vocales. • En virtud del número de estudiantes por género, al menos debe existir la participación de dos chicas en cada lista.

• Además cada lista deberá tener el respaldo de por lo menos 150 firmas de estudiantes legalmente matriculados en el Colegio Gonzaga. Esta recolección de firmas únicamente podrá hacerse en los recreos de los días señalados para el efecto y de ninguna manera interrumpiendo clases o actividades académicas.

• Las listas que deseen calificar para este proceso deberán entregar la documentación solicitada en la Dirección de Bienestar Estudiantil hasta la fecha y hora fijadas por el Tribunal Estudiantil Electoral, incluyendo a un/a director/a de campaña que será el enlace tanto con los educadores asesores como con el Tribunal Estudiantil Electoral.

• Cualquier incumplimiento de los puntos anteriores ocasionará la descalificación de la lista, según la determinación del Tribunal Estudiantil Electoral.

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o Reuniones que deberá cumplir el Consejo Estudiantil • Cada mes se reúne el Consejo Estudiantil para trabajar sobre sus planes y actividades a realizar. Se deberá redactar un acta de cada una de estas reuniones y será firmada por el secretario y el presidente del Consejo Estudiantil.

• El Presidente del Consejo Estudiantil (quien debe ser un estudiante de cuarto, quinto o sexto cursos) participa, en representación de todos los estudiantes, de las reuniones del Consejo de Bienestar Estudiantil, tal como consta en Nuestro Modo de Proceder.

o Reglamento de elecciones del Consejo Estudiantil

Art. 1. Buscamos, desde la Comunidad Educativa Gonzaga, generar un proceso de elección que desarrolle una participación socio-política real, participativa y de construcción de comunidad, que permita el empoderamiento de todos los estudiantes Art. 2. Esperamos cumplir los siguientes objetivos:

� Evitar que existan condiciones iniciales desiguales para los candidatos, (que quien gane no sea el que más dinero invierta o sea más “popular”).

� Ayudar para que los miembros del Consejo Estudiantil cumplan con las funciones que les son propias y que se encuentran en Nuestro Modo de Proceder Gonzaga.

� Lograr un proceso permanente de participación estudiantil dentro de la Comunidad Gonzaga.

Art. 3. El proceso se desarrollará de acuerdo a la propuesta arriba mencionada con los objetivos inmediatamente anteriores y según los perfiles expuestos. Art. 4. Para que este proceso se cumpla, es necesaria la conformación de un Comité de asesores del proceso electoral constituido por 2 educadores ignacianos escogidos la Asamblea de Estudiantes (reunión de los presidentes de cada paralelo), quienes a su vez designarán a tres estudiantes como miembros del Tribunal Estudiantil Electoral. Este tribunal será el encargado de convocar, desarrollar y supervisar el proceso, cumpliendo y haciendo cumplir los reglamentos establecidos para el efecto, además de resolver cualquier problema que se presentare, aplicando incluso las sanciones respectivas en caso de ser necesario. Art. 5. De la campaña electoral Durante el tiempo especificado por el Tribunal Estudiantil Electoral, cada lista candidata al Consejo Estudiantil podrá realizar campaña por medio de carteles, periódicos murales y boletines. Ellos deberán incluir el plan de trabajo de la lista, su lema y los nombres de quienes la conforman. La publicidad que se realice debe evidenciar el espíritu del proceso. Sólo será permitido utilizar recursos manufacturados en el propio Colegio y deberán ser retirados la última hora del día fijado para su presentación.

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No se permitirá participar de la campaña a personas ajenas al Colegio ni con materiales que no hayan sido elaborados por estudiantes. Art. 6. Del debate Los candidatos a presidentes durante un debate de una hora, deberán presentar ante la Comunidad Educativa sus propuestas de trabajo y la manera de integrar a todo el Colegio en las actividades del Consejo Estudiantil. Art. 7. De las mesas electorales Se organizarán cuatro mesas electorales, en las cuales deberán sufragar los estudiantes de los respectivos paralelos (a, b, c y d respectivamente). Estarán conformadas por tres estudiantes: un presidente, un secretario y un vocal. Los cuales serán designados al azar por el Director de Bienestar Estudiantil de entre los estudiantes de primero, segundo y tercer curso. Art. 8. Son causa de nulidad: • Las cruces en los espacios correspondientes a más de una

candidatura. • Las rayas, marcas, señales o palabras que se escriben sobre la

papeleta. • La mutilación de todo o parte de la papeleta. Art. 9. De los escrutinios Una vez recolectadas todas las urnas se instalará la sesión de escrutinios, a la cual asistirá el Tribunal Estudiantil Electoral, quien contará los votos y redactará el acta de escrutinios. Contarán además con la presencia de los profesores asesores que supervisarán el conteo y de observadores de cada una de las listas. Se contarán los votos por cada uno de los candidatos, los nulos y los blancos. Para efecto de resultados los votos blancos se añadirán al candidato que más votos haya alcanzado. Art. 10. De las sanciones En caso de que cualquiera de los candidatos incumpliere el presente reglamento tendrá una sanción del 2% de los votos válidos para su candidatura, los cuales serán contabilizados, para el escrutinio, como nulos. La ejecución de este artículo queda reservada para el Tribunal Electoral. Art. 11. De las discrepancias Cualquier otra discrepancia o circunstancia que no se encuentre especificada en el presente reglamento deberá ser resuelta por el Tribunal Estudiantil Electoral, asesorado por los educadores ignacianos designados para el efecto, procurando siempre los objetivos señalados para todo el proceso.

o Cronograma de elecciones del Consejo Estudiantil Fecha Actividad

Lunes 27 septiembre - miércoles 6 octubre Presentación de listas

Miércoles 6 – viernes 8 de octubre Calificación de listas

Semana del 11 al 15 de octubre Campaña electoral

Martes 19 de octubre Debate de los candidatos a presidentes

Jueves 21 de octubre Elecciones y conteo de votos

Lunes 25 de octubre Posesión