reglamento de bienestar universitario

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CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON REGLAMENTO BIENESTAR UNIVERSITARIO MEDELLÍN 2011

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Por el cual se adopta el Reglamento de Bienestar Universitario de la Corporación Universitaria Remington. El CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 34 del Estatuto General, y CONSIDERANDO: Que el artículo 117 de la ley 30 de 1992 consagra: “Las instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo.” Que el Decreto 1295 de 2010 dispone como condición de calidad la organización de un modelo de bienestar universitario estructurado para facilitar la resolución de las necesidades insatisfechas en los términos de la Ley y de acuerdo a los lineamientos adoptados por el Consejo Nacional de Educación Superior - CESU -; asimismo, dispone que para los programas a distancia o virtuales la institución debe plantear las estrategias que permitan la participación de los estudiantes en los planes de bienestar universitario. Que el Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, por medio del Acuerdo 03 de 1995 establece las políticas de Bienestar Universitario y las áreas que se deben atender y las respectivas acciones. Que desde su fundación, la Corporación ha dado significativa importancia al bienestar universitario hasta el punto que el literal s del artículo 9 de los estatutos establece como una de las funciones de la Institución “Orientar actividades de bienestar social que permitan el desarrollo físico, mental, espiritual y social de los estudiantes, docentes, directivos y demás personas vinculadas a la Institución”

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Page 1: Reglamento de Bienestar Universitario

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON

REGLAMENTO BIENESTAR UNIVERSITARIO

MEDELLÍN

2011

Page 2: Reglamento de Bienestar Universitario

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CONTENIDO

CAPÍTULO PRIMERO: FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 4

CAPÍTULO SEGUNDO: CONCEPTO, POLÍTICAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS, RESPONSABILIDADES, INDICADORES Y ACCIONES EN EDUCACIÓN A DISTANCIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

8

CAPÍTULO TERCERO: ESTRUCTURA ORGÁNICA PARA BIENESTAR UNIVERSITARIO

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CAPÍTULO CUARTO: POBLACIÓN Y ÁREAS DE INTERVENCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

16

CAPÍTULO QUINTO: ÁREA DE SALUD 17

CAPÍTULO SEXTO: ÁREA DE CULTURA 20

CAPÍTULO SÉPTIMO ÁREA DE DESARROLLO HUMANO 21

CAPÍTULO OCTAVO ÁREA DE DE PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA

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CAPÍTULO NOVENO: RECREACIÓN Y DEPORTE

23

CAPÍTULO DÉCIMO: DISPOSICIONES FINALES

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CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON

CONSEJO DIRECTIVO

ACUERDO 05

(08 de noviembre de 2011)

Por el cual se adopta el Reglamento de Bienestar Universitario de la Corporación Universitaria Remington.

El CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 34 del Estatuto General, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 117 de la ley 30 de 1992 consagra: “Las instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo.”

Que el Decreto 1295 de 2010 dispone como condición de calidad la organización de un modelo de bienestar universitario estructurado para facilitar la resolución de las necesidades insatisfechas en los términos de la Ley y de acuerdo a los lineamientos adoptados por el Consejo Nacional de Educación Superior - CESU -; asimismo, dispone que para los programas a distancia o virtuales la institución debe plantear las estrategias que permitan la participación de los estudiantes en los planes de bienestar universitario.

Que el Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, por medio del Acuerdo 03 de 1995 establece las políticas de Bienestar Universitario y las áreas que se deben atender y las respectivas acciones.

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Que desde su fundación, la Corporación ha dado significativa importancia al bienestar universitario hasta el punto que el literal s del artículo 9 de los estatutos establece como una de las funciones de la Institución “Orientar actividades de bienestar social que permitan el desarrollo físico, mental, espiritual y social de los estudiantes, docentes, directivos y demás personas vinculadas a la Institución”

ACUERDA

ARTICULO 1º. Adopción. Adoptar el Reglamento de Bienestar Universitario para la Corporación Universitaria Remington, con sujeción a las disposiciones de la Ley 30 de 1992, Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior - CESU y disposición Estatutaria, el que se regula en los siguientes capítulos y artículos.

CAPÍTULO PRIMERO

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 2°. Misión. La CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON es una institución de educación superior privada, profesionalizante, orientada a la docencia, que cumple en términos de alta calidad, con las funciones de docencia, investigación y extensión, con cobertura nacional y proyección internacional de programas académicos en las modalidades presencial, a distancia y virtual, en los diferentes niveles de la educación superior para la formación integral de la persona con competencias profesionales, visión global y valores éticos, morales, políticos, económicos, ambientales y culturales.

ARTÍCULO 3°. Visión. La CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON en el año 2026 será una institución de educación superior con altos estándares de calidad en el desarrollo de programas académicos presenciales, virtuales y a distancia, con innovaciones pedagógicas, para que su oferta educativa sea pertinente, atractiva y flexible, comprometida con el desarrollo social, el medio ambiente y con proyección internacional

ARTÍCULO 4°. Principios y valores corporativos. Los Principios Corporativos de la Corporación Universitaria Remington – CUR son los siguientes:

• Formación humana, social, técnica, tecnológica y científica.

• Formación para la convivencia ciudadana y la paz, con alto sentido de amor a la Patria.

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• Formación para contribuir al desarrollo cultural del país.

• Crear cultura y compromiso para la protección de la biodiversidad y el medio ambiente.

• La participación, la comunicación y autorregulación serán parte de la cultura organizacional.

• La vinculación al medio con soluciones que contribuyan al cambio y a la equidad social.

• Formar profesionales críticos, libres, creativos, solidarios, felices, comprometidos con la paz, el desarrollo humano y económico de la región, del país y del mundo.

• Contribuir a la transformación del país a través de la puesta en práctica de objetivos, valores y principios de la CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON.

• Obtener el mejoramiento y la consolidación de la eficiencia institucional y aportar con el incremento de la cobertura con calidad en la Educación Superior.

La filosofía Institucional, es el resultado de la reflexión sobre el campo axiológico, en relación con la problemática actual en cuanto a la ética y los Derechos Humanos en Colombia y en particular sobre los procesos regionales.

En este sentido, orienta su acción en los procesos de LA CORPORACIÓN para movilizar a la comunidad universitaria en la construcción de los valores pertinentes.

Nuestra propuesta axiológica se fundamenta en el principio del humanismo social, con oportunidades para todos. A través de éste orientamos nuestra acción tanto institucional como social.

Por eso promovemos los valores que consideramos necesarios para dinamizar el tejido social, lo cual nos permite acercarnos más y mejor a través de la capacidad de persuasión y de valoración afectiva. En este sentido la razón de LA CORPORACIÓN en el campo de los valores, sigue siendo la persona y su dignidad.

Los Valores Corporativos de la CUR son los siguientes:

1. Obediencia a la institucionalidad.

2. Comportamiento ético.

3. Solidaridad.

4. Respeto.

5. La libertad.

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6. Tolerancia

7. La valoración del espacio ambiental.

8. La responsabilidad social en lo público y lo privado.

ARTÍCULO 5°. Objetivo y Propósitos Misionales. El objetivo corporativo de la CUR es el siguiente:

Desarrollar con eficiencia la Misión organizacional para asegurar su viabilidad, sostenibilidad, crecimiento y desarrollo institucional.

Los Propósitos Misionales de la CUR son los siguientes:

• Orientar a sus estudiantes para que alcancen una formación humana y científica, que les permita crecer como personas, desempeñarse con excelencia en los sectores público y privado, contribuir a lograr una sociedad mejor y ser capaces de producir conocimientos por medio de procesos investigativos que respondan a las necesidades del medio.

• Construir formas de convivencia civilizada para el logro de los valores institucionales y sociales. Promover la formación y consolidación de comunidades académicas que ejecuten programas alrededor de la calidad y con capacidad de gestión en los campos nacional e internacional.

• Contribuir en el desarrollo integral del país y así facilitarle la inserción en un mundo globalizado.

• Facilitar la formación y educación para crear una cultura ecológica, de respeto a la biodiversidad y al medio ambiente y así aportar a una mejor calidad de vida.

• Aplicar formas de participación a través de los medios estructurados que faciliten la información, la transmisión de conocimientos y la obtención de resultados, como son los procesos de autoevaluación y autorregulación para el mejoramiento de la calidad académica.

• Propiciar el fomento y desarrollo de la investigación.

• Desarrollar destrezas y competencias para formar hombres y mujeres de excelente calidad intelectual con actitud crítica, libre, creativa, solidaria, comprometidos con la convivencia y la construcción de la paz, que sepan debatir y tolerar, preparados para competir en el contexto internacional, con mentalidad abierta y que sean capaces de buscar la felicidad y trascender.

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• Formar profesionales en la difusión y búsqueda del conocimiento para transformar y desarrollar procesos sociales, económicos y productivos y así ayudar a consolidar un desarrollo sustentable y humano.

ARTÍCULO 6°. Política y objetivos de Gestión Corporativa. La Política de Gestión Corporativa de la CUR es la siguiente: La Corporación Universitaria Remington se compromete con el mejoramiento continuo de sus procesos de formación, investigación y extensión, a través de la autoevaluación y autorregulación permanente de sus programas académicos y áreas de apoyo, siendo socialmente responsable y comprometida con el ambiente, con el propósito de formar un egresado integral, humanista, competitivo, productivo y emprendedor.

Los Objetivos de Gestión Corporativa de la CUR son los siguientes:

• Implementar el Sistema de Gestión de Calidad CUR.

• Implementar una cultura de calidad y autoevaluación con el propósito de acreditar los programas académicos y la institución.

• Mejorar continuamente los procesos de formación, investigación y extensión.

• Lograr formar unos egresados integrales, humanistas, competentes, productivos y emprendedores.

• Realizar programas y proyectos de responsabilidad social y compromiso con el ambiente.

ARTÍCULO 7°. Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad. La Política de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad de la CUR es la siguiente: La Corporación Universitaria Remington, se compromete con la calidad de sus servicios en términos de: oportunidad, accesibilidad y confiabilidad; con el mejoramiento continuo de sus procesos, la competencia de su personal y la provisión de los recursos necesarios, que garanticen la satisfacción de sus usuarios internos y externos.

Los Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad de la CUR son los siguientes:

• Ofrecer a la Comunidad Universitaria servicios oportunos, accesibles y confiables de acuerdo con sus expectativas y necesidades.

• Mejorar continuamente los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad por medio de acciones eficaces y la construcción de herramientas de seguimiento y evaluación que generen la información para la gestión de la calidad.

• Satisfacer las expectativas y necesidades del usuario interno y externo brindándole acompañamiento y orientación continua, veraz y oportuna en los procesos.

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• Desarrollar las competencias de los empleados de la sede central de la CUR por medio de la formación y la capacitación que mejoren su desempeño en los procesos.

• Proveer a los usuarios internos y externos los recursos necesarios para implementar y mantener el Sistema de Gestión de Calidad y el incremento de su satisfacción.

CAPÍTULO SEGUNDO

CONCEPTO, POLÍTICAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS, RESPONSABILIDADES, INDICADORES Y ACCIONES EN EDUCACIÓN A DISTANCIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

ARTÍCULO 8°. Definición. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 30 de 1992 y Artículo 1° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, entiéndase por Bienestar Universitario el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los integrantes de la Comunidad Universitaria Remington (estudiantes, docentes – investigadores y personal administrativo), teniendo en cuenta la diversidad de condiciones de cada persona en particular: sus funciones dentro de la institución, jornada, metodología y tiempo de dedicación, su edad, situación socioeconómica, necesidades, aspiraciones individuales, así como sus intereses, aficiones y habilidades, con el fin de lograr una formación integral, la elevación de su calidad de vida y la construcción de comunidad.

ARTICULO 9º. Políticas. Con sujeción a lo dispuesto en el Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, son políticas de Bienestar Universitario:

• El Bienestar Universitario debe ser concebido como un aporte al proceso educativo mediante acciones intencionalmente formativas que permitan el desarrollo de las diferentes dimensiones (cultural, social, moral, intelectual psicoafectivo y físico) del ser humano; así como la conformación de una conciencia crítica que conduzca a la comunidad universitaria al ejercicio responsable de su libertad.

• El Bienestar Universitario tendrá un papel preponderante en el desarrollo de un clima institucional que favorezca la convivencia en comunidad y el desarrollo de las personas.

• El Bienestar Universitario debe crear espacios para propiciar el conocimiento y fortalecimiento del ser personal y del ser social y propender por el desarrollo del sentido de pertinencia y la construcción de una real comunidad universitaria donde se potencialicen todas las capacidades de sus miembros.

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• Toda acción del Bienestar Universitario debe ser planeada, ejecutada y evaluada desde la perspectiva de la formación integral de las personas y debe buscarse su continuidad.

• El trabajo del Bienestar Universitario debe articularse con las unidades académicas, así como con las instancias administrativas correspondientes, para buscar una coherencia creciente en todas las actividades de la institución desde la perspectiva de la formación integral.

• El Bienestar Universitario para sus planes de desarrollo, debe apoyarse en estudios investigativos.

• El Bienestar Universitario debe procurar el establecimiento de relaciones con entidades similares a nivel local y nacional que potencien su acción y favorezcan la prestación de servicios.

• El Bienestar Universitario creará e impulsará estrategias para estimular la participación de la comunidad universitaria en la creación y el desarrollo de los programas.

• El Bienestar Universitario debe propiciar la creación de los espacios que permitan obtener la opinión y la crítica de la comunidad universitaria tendiente a optimizar sus funciones.

ARTÍCULO 10°. Objetivo General: Contribuir a la formación integral de las personas mediante la ejecución de programas culturales, ecológicos, recreativos, de salud y de toda índole institucional, que mejoren sus condiciones de vida y generen procesos de cambio institucionales, colectivos e individuales , y que se integren en la vida académica, laboral y personal.

ARTICULO 11º. Objetivos Específicos

• Desarrollar entre los miembros de la comunidad universitaria, el sentido de pertenencia hacia la institución a través de acciones que estimulen las buenas relaciones humanas y laborales, así como la participación activa y creativa en el desarrollo institucional de la comunidad universitaria.

• Crear el ambiente ideal entre los servicios de bienestar, la academia y la administración institucional, con sentido de pertenencia universitaria y de comunidad.

• Fortalecer la integración del trabajo y del estudio con los proyectos de vida.

• Fomentar programas artísticos, deportivos y de recreación que contribuyan a la formación de actitudes favorables para la sana competencia y convivencia, el

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desarrollo de la creatividad y del espíritu de solidaridad de la comunidad universitaria.

• Apoyar la realización de eventos científicos y culturales y de la creación de ambientes pedagógicos que favorezcan la motivación y el desarrollo del potencial humano de los estudiantes y demás personas vinculadas a la Institución.

• Establecer programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, con el fin de mejorar la calidad de vida personal, colectiva e institucional.

• Propiciar programas de apoyos socioeconómicos para aquellos miembros de la comunidad universitaria que se encuentren en crisis y vean afectada su permanencia en la institución.

• Impulsar y apoyar la investigación sobre bienestar y cultura que propendan por el mejoramiento de su gestión y de la vida de la comunidad universitaria.

• Promover la prestación de servicio de asesoría y orientación pedagógica (psicológica) encaminada al desarrollo integral del estudiante, docente y demás personal vinculado a la institución.

• Ser parte del proceso de formación y desarrollo integral de todos los miembros de la comunidad universitaria, mediante programas y actividades de desarrollo que se realizan en lapsos de tiempo.

• Estructurar un plan de acción con la finalidad de desarrollar los programas de bienestar universitario, mediante un trabajo conjunto con las diferentes dependencias de la institución en el campo del deporte, la salud, la cultura y el desarrollo humano.

ARTÍCULO 12°. Estrategias. Son estrategias de Bienestar Universitario:

• Realizar convenios y alianzas con otras entidades para la realización de los programas de Bienestar Universitario.

• Optimización y racionalización de los recursos para el mejor desarrollo de la labor universitaria.

• Generación y control de las políticas, programas y acciones del Bienestar Universitario.

• Impulso y apoyo para actividades encaminadas a fomentar el desarrollo personal y la participación comunitaria.

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• Creación de condiciones sociales, ambientales y de salud para el desarrollo académico y el mejoramiento progresivo en todas las actividades propias de la comunidad universitaria.

• Desarrollo de un ambiente de humanización de la comunidad universitaria.

• Trabajar de la mano con la academia.

• Creación de un ambiente adecuado para la autorrealización de los miembros de la comunidad universitaria.

• Liderar el proceso de mejoramiento continuo de la CUR.

• Diseñar programas preventivos para propiciar estilos de vida armoniosos y saludables.

• Buscar la integración interinstitucional para poder potenciar la acción del Bienestar Universitario.

• Promover y apoyar propuestas socio-culturales, ecológicas y académicas elaboradas con la participación de la comunidad universitaria, coordinadamente con las demás dependencias de la universidad.

• Promover y contribuir al desarrollo integral de las personas que conforman la comunidad universitaria y al mejoramiento de su calidad de vida.

• Sustentar su acción en los principios de equidad, responsabilidad, participación, tolerancia, libertad, compromiso y trabajo interdisciplinario.

ARTÍCULO 13°. Responsabilidades. Con fundamento en los Lineamientos para la acreditación de programas del Consejo Nacional de Acreditación, bienestar universitario desarrollará los estudios, programas y proyectos con el fin de lograr:

a. Políticas sobre bienestar institucional suficientemente conocidas que propician el desarrollo integral de las personas y de los grupos que conforman la comunidad universitaria y que orientan la prestación de los servicios de bienestar universitario.

b. Participación de los miembros de la comunidad en los programas y las actividades de bienestar universitario que promueve la institución.

c. Clima institucional que favorece la calidad de las funciones de docencia, investigación y extensión o proyección social.

d. Servicios de bienestar universitario pertinentes para el desarrollo personal de los miembros de la comunidad y que son adecuados a la modalidad de enseñanza.

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e. Información actualizada sobre problemas, necesidades e intereses de la población objetivo de bienestar universitario.

f. Coordinación entre las distintas dependencias que organizan actividades de bienestar universitario.

ARTÍCULO 14°. Indicadores. Con fundamento en los Lineamientos para la acreditación de programas del Consejo Nacional de Acreditación, bienestar universitario tendrá los siguientes parámetros para medir el grado de logro de las responsabilidades:

a. Número y tipo de programas, servicios y actividades de bienestar universitario dirigidos a los profesores, estudiantes y personal administrativo.

b. Porcentaje de directivos, docentes, tutores, estudiantes y personal administrativo que participan en los servicios de bienestar universitario institucional.

c. Información verificable de las estrategias de seguimiento y acompañamiento permanente a estudiantes de la modalidad de educación en que se ofrece el programa académico, que incluyan convenios interinstitucionales que garantizan el apoyo en la institución o en sus hogares de residencia.

d. Apreciación de directivos, profesores, estudiantes y personal administrativo sobre los servicios y las actividades de bienestar universitario y sobre la contribución de dichos servicios y actividades a su desarrollo personal.

e. Apreciación de directivos, profesores y estudiantes del programa sobre la pertinencia que tienen las políticas institucionales y los servicios en materia de bienestar universitario, en relación con la modalidad en que se ofrece el programa.

ARTÍCULO 15° Acciones en la Modalidad a Distancia. Ya sea en las instalaciones propias o a través de convenios, los Operadores Logísticos en los diferentes CAT a nivel nacional, con sujeción a las políticas, objetivos y estrategias señalados, deben promover entre otros, los siguientes programas de Bienestar Universitario:

Convenios - apoyos especiales: establecer convenios con entidades deportivas, recreativas, culturales, sociales, de gobierno, que puedan ofrecer apoyos especiales a los alumnos, para lograr su permanencia en la institución y su avance positivo en su formación.

• Promoción y prevención de la salud: desarrollando acciones de prevención y promoción en salud, primeros auxilios, campañas de educación sexual, etc.

• Fomento artístico y cultural: para desarrollar en los alumnos la creatividad y darle posibilidades de manifestar sus fortalezas y competencias en música, canto, la escritura, la poesía, el teatro, la danza, el baile, etc.

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• Extensión cultural: brindar la posibilidad a través de convenios que la comunidad educativa participe en las actividades culturales de las empresas de la región.

• Gimnasio: a través de convenios o de instalaciones propias, brindar el servicio de la actividad física de acuerdo a las expectativas de la comunidad Universitaria.

• Deportes y Recreación: por medio de “tutores” en el área de recreación y deportes o con convenios con entidades, dar la posibilidad de que los alumnos participen en semilleros y en equipos que representen la institución, brindándole así la posibilidad de un esparcimiento sano.

• Atención Psicológica: de acuerdo con el accionar del área de salud, darle atención psicológica integral a los alumnos, a través de consultas individuales, grupales, charlas y otros eventos que permitan una estabilidad emocional, personal y académica.

• Programa familias CUR: Establecer acciones de acercamiento con las familias de los estudiantes, con el fin de conocer sus problemáticas y a través de charlas y consultas, capacitar a los padres de familia y darles toda la información del accionar de la CUR, en beneficio de sus hijos.

• Celebración de eventos especiales: la CUR, en su programación anual (Plan de acción) tiene una programación de efemérides especiales, los cuales deben ser “celebrados” en todas las instancias de la institución con eventos que permitan conocer la historia a la comunidad universitaria.

• Símbolos de la CUR: a través de las acciones de Bienestar Universitario, debe darse a conocer los diferentes símbolos de la Institución y lo que cada uno de ellos significa y representa: Himno, Bandera, Escudo, Logo.

CAPÍTULO TERCERO

ESTRUCTURA ORGÁNICA PARA BIENESTAR UNIVERSITARIO

ARTÍCULO 16°. Dependencia. Bienestar Universitario CUR es una Unidad Administrativa adscrita a la Vicerrectoría Académica y cuyo fin es planear y ejecutar programas y actividades de Bienestar, con sujeción a las políticas de Bienestar Universitario establecidas en el Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU y disposiciones institucionales.

ARTÍCULO 17°. Integrantes. La Unidad Administrativa de Bienestar Universitario estará integrada por:

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• El Jefe de Bienestar Universitario.

• La Auxiliar Administrativa.

• Los Coordinadores de área de Bienestar

• Equipo profesional interdisciplinario al servicio de las áreas

• Los Entrenadores

• Los Docentes facilitadores de cursos y actividades

ARTÍCULO 18°. Funciones del Jefe de Bienestar. Son funciones del jefe de Bienestar Universitario:

a. Propiciar el desarrollo cultural, la creatividad, la recreación y las manifestaciones reflexivas y críticas de los diversos estamentos de la Corporación.

b. Orientar los proyectos y actividades culturales, en los que debe estar presente la filosofía institucional.

c. Presentar plan de acción y programación anual, en el respectivo período académico de actividades para su aprobación.

d. Presentar a las directivas, políticas de Bienestar que beneficien a la comunidad universitaria, indicando estrategias que deben adoptarse y las actividades a realizar.

e. Aprovechar los recursos humanos y físicos existentes, coordinando la realización de programas de beneficio general para las distintas dependencias.

f. Concretar programas que impulsen y desarrollen profundos y reales compromisos culturales de toda la comunidad universitaria con el medio social e institucional al que pertenece.

g. Llevar la vocería de la Universidad en los eventos culturales y deportivos programados en la ciudad y en los que la Institución deba tener participación para mejorar o mantener su buena imagen respecto a la educación y la cultura.

h. Cumplir las funciones propias de Bienestar Universitario y coordinar las labores de las secciones bajo su dependencia.

i. Mantener una constante vigilancia en cuanto a control de calidad y de precios, a las personas y entidades que presten servicios complementarios a la comunidad universitaria dentro de los edificios de la corporación.

j. Intervenir en las campañas de salud, como: prevención, control de drogadicción y de enfermedades contagiosas en las que haya de participar la Universidad.

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k. Divulgar ampliamente las actividades de bienestar, para logara la participación efectiva de la comunidad universitaria.

l. Cumplir funciones de relaciones públicas y de proyección universitaria, en asocio con las dependencias correspondientes.

m. Apoyar a los Operadores Logísticos y a los CAT para el cumplimiento de las políticas, objetivos, estrategias y actividades de bienestar universitario en la modalidad a distancia.

n. Evaluar permanentemente las actividades realizadas.

o. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente.

ARTÍCULO 19°. Funciones de los Coordinadores de Área. Son funciones de los Coordinadores de Área las siguientes:

a. Elaborar semestralmente la programación de actividades y presentarla para su aprobación al Jefe de Bienestar Universitario.

b. Vigilar el cumplimiento de los estándares de calidad requeridos para la acreditación de Alta Calidad de los programas académicos y de la institución en la correspondiente área.

c. Programar y desarrollar servicios de bienestar suficientes y adecuados en el área correspondiente.

d. Desarrollar estrategias para lograr un bienestar contextualizado académica y normativamente en el área correspondiente.

e. Elaborar información actualizada en el área correspondiente sobre problemas, necesidades e intereses de la población objetivo de bienestar.

f. Formular, ejecutar y evaluar un programa de bienestar para el área correspondiente que consulte, convoque, promueva y coordine.

g. Coordinar los servicios de apoyo al área correspondiente para el desarrollo personal de la población objetivo de bienestar.

h. Apoyar a los Operadores Logísticos y a los CAT para la programación y desarrollo de actividades de bienestar en el área correspondiente en la modalidad a distancia.

i. Rendir informes periódicos sobre el desarrollo del área correspondiente al Jefe de Bienestar Universitario.

j. Las demás propias del área correspondiente y las que le asigne el Jefe de Bienestar Universitario.

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ARTÍCULO 20°. Funciones del personal de apoyo y facilitador en las áreas. Los integrantes del equipo profesional interdisciplinario, entrenadores y docentes facilitadores cumplirán con las funciones de apoyo para el desarrollo de los programas y actividades propias del área a la que son asignados, tanto en la modalidad presencial como en la modalidad a distancia.

CAPÍTULO CUARTO

POBLACIÓN Y ÁREAS DE INTERVENCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

ARTÍCULO 21°. Población. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, los programas de Bienestar Universitario deben cubrir la totalidad de la comunidad que conforma la Corporación Universitaria Remington, tanto en su modalidad presencial como a distancia: estudiantes, docentes – investigadores y personal administrativo.

ARTÍCULO 22°. Áreas del Intervención. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 6° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU y de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento, el Bienestar Universitario CUR debe atender las siguientes áreas: salud, cultura, desarrollo humano, promoción socioeconómica, recreación y deportes.

La Corporación Universitaria Remington debe buscar el establecimiento de relaciones con entidades estatales o privadas, regionales, nacionales e internacionales que favorezcan la realización de programas y actividades de bienestar universitario, en desarrollo de las áreas descritas.

El estudio y la investigación de temas propios de cada una de las áreas de bienestar universitario señaladas, deben tener un espacio importante en los programas de bienestar universitario.

PARÁGRAFO. Para los programas a distancia o virtuales bienestar universitario CUR debe plantear las estrategias que permitan la participación de los estudiantes en los planes de bienestar universitario.

ARTÍCULO 23°. Dimensiones. El Bienestar Universitario CUR realizará sus actividades, en el contexto de las áreas descritas, en las dimensiones del desarrollo humano integral y comunitario, a saber:

• Dimensión Fisiológica. se pretende promocionar mecanismos eficientes que les permita a los estudiantes y demás miembros de la comunidad universitaria, estar en

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condiciones sanas a nivel físico y mental a través de programas preventivos y asistenciales.

• Dimensión Moral y Espiritual. se pretende contribuir al crecimiento armónico de los miembros de la comunidad universitaria a través de la formación en valores y principios morales y espirituales.

• Dimensión Emocional y Afectiva. se pretende generar proyectos que apunten al desarrollo comunitario mediante el mejoramiento de los ambientes socio-afectivos y valorativos, como también atención a problemas académicos y psicológicos.

• Dimensión Técnica Profesional – Laboral. se pretende velar por el desarrollo profesional – laboral de la comunidad universitaria para mejorar su calidad de vida.

• Dimensión cultural. Se pretende apoyar y participar en los eventos donde se promueva la manifestación de la cultura a nivel institucional, local, regional y nacional. Además de desarrollar programas artísticos y culturales al interior de la institución.

• Dimensión Deporte y Recreación. Se pretende fomentar programas deportivos a nivel formativo, competitivo y recreativo a través de la conformación semilleros, de equipos y la participación de torneos y encuentros deportivos a nivel interno, local, regional y nacional.

• Dimensión Social – Familiar. Organizar espacios formativos que permitan el crecimiento armónico y el desarrollo de habilidades para el mejoramiento de las relaciones humanas y el fortalecimiento del proceso de crecimiento del núcleo familiar de los miembros de la comunidad a través del servicio de consejería con profesionales competentes.

• Dimensión Influencia en el Medio. Desarrollar un concepto claro sobre la identidad humana como ser individual y social, poseedor de autonomía para el ejercicio responsable de la libertad, con el propósito de ejercer una influencia significativa dentro del entorno social en el cual le tocará desenvolverse y proyectarse cada día como agente proactivo por una sociedad más justa y con mejor calidad de vida.

CAPÍTULO QUINTO

ÁREA DE SALUD

ARTÍCULO 24°. Definición. Es el desarrollo de la atención integral de la salud en la comunidad universitaria CUR, con un enfoque de promoción y prevención e

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intencionalmente formativa, a través del fomento de prácticas saludables a partir del reconocimiento de los factores de riesgo y de los factores protectores de la salud.

ARTÍCULO 25°. Acciones. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 14 del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar universitario en el área de la salud, en relación con los estudiantes, deben procurar el mejoramiento permanente de las condiciones ambientales, físicas y psíquicas mediante programas preventivos y correctivos que contribuyan a un buen desempeño académico. Las acciones dirigidas al personal docente y administrativo, deben orientarse a complementar los programas generales propios de la vinculación contractual. Asimismo, se debe tener en cuenta las situaciones de emergencia y de alto riesgo en los campos de la CUR.

ARTÍCULO 26°. Servicios. El bienestar universitario prestará los siguientes servicios:

a. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad. El cual incluirá:

• Atención básica en primeros auxilios

• Asesorías personalizadas en salud sexual y reproductiva

• Estilos de vida saludables

• Salud oral

• Salud visual

• Salud y deporte

• Campaña contra el tabaquismo

• Salud ocupacional (interno)

• Toma de presión arterial

• Semana de la salud

• Jornada de salud

• Donación de sangre.

• Jornada de tamizaje de presión arterial

• Jornada de toma de glicemia.

• Artículos de salud enviados por la red interna de la CUR

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• Plan de evacuación CUR

b. Servicios de apoyo psicopedagógico. El servicio de apoyo psicopedagógico hace parte de los servicios que la Jefatura de Bienestar Universitario y el programa de promoción de la salud y prevención de la enfermedad ofrece a la comunidad universitaria en el campo de la psico orientación. El cual incluirá:

• Promoción de la salud sexual y afectividad.

• Prevención de adicciones.

• Intervención en situaciones de vulnerabilidad psíquica.

c. Salud sexual y la afectividad. El servicio de promoción de la salud sexual y la afectividad ofrece un espacio formativo en la palabra, que permite pensar la sexualidad humana real, que tropieza con las dificultades, que se desvía de la norma, que nos hace creer mitos, que confunde y angustia. Esa sexualidad que embaraza, que pone en aprietos, que despliega excesos y abusos y, si se quiere, patologías.

El abordaje de esta dimensión humana de la sexualidad, se hace desde diferentes campos del conocimiento: lo psíquico o emocional y la relación de lo psíquico con lo fisiológico.

Se trata de reflexionar sobre el asunto y aclarar en lo posible, teniendo presente que la sexualidad es una de las dimensiones del hombre más importantes y determinante de su comportamiento y de su pensamiento.

Se ofrece un espacio para trabajar en aras de una claridad conceptual, de una coherencia entre lo que se piensa y lo que se dice.

Ciclo de talleres dirigidos a parejas gestantes:

• Talleres sobre amores y desamores.

• Talleres sobre anticoncepción

• Taller: “SIDA” Mito y realidad.

d. Prevención de la adicción. Programa de prevención del consumo de sustancias Psicoactivas y adicciones en general.

Objetivo. Tiene como objetivo propiciar la responsabilidad de los miembros de la comunidad universitaria en la toma de decisiones respecto a las maneras como los mismos se relacionan con los objetos que la sociedad de consumo ofrece especialmente con las sustancias psicoactivas.

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Este servicio se operativiza con estrategias de formación, comunicación, investigación y orientación, interviniendo factores de riesgo y en las representaciones sociales que favorecen una relación problemática, de adicción o dependencia, entre otros dos agentes: sujeto y objeto de consumo.

Se realizan talleres, conferencias, conversatorios, en temas como:

• Consumo y adicciones.

• Adicciones contemporáneas

• Adictos y adiciones.

• Prevención de las adiciones.

CAPÍTULO SEXTO

ÁREA DE CULTURA

CAPÍTULO 27°. Definición. Desarrollo de actividades intencionalmente formativas en cualquiera las diferentes manifestaciones artísticas culturales y, en particular, en los aspectos que complementen la misión formativa, integral y académica dentro de la Institución, en la perspectiva de apoyar la formación integral con calidad de vida, en sus valoraciones desde el conocer, el ser, el saber hacer y el convivir.

ARTÍCULO 28°. Acciones. Con fundamento en lo ordenado en el artículo 17° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior, el área cultural de La Corporación generará espacios para el desarrollo de aptitudes personales y de la creatividad, y para la conformación de grupos institucionales en las áreas del teatro, la música vocal e instrumental, las danzas y en otras ramas del arte.

Con los grupos culturales se promueve el talento humano, la expresión artística y la formación integral de toda la comunidad institucional, formado esencialmente por estudiantes de los distintos programas académicos, que en su labor de proyección, representen a la Corporación Universitaria Remington en el ámbito local, departamental, nacional e internacional si fuera el caso.

ARTÍCULO 29°. Servicios. Al inicio de cada semestre académico, se realiza una convocatoria, para que las personas de la comunidad universitaria se inscriban en alguno de los siguientes grupos y actividades a desarrollar:

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a. Música y danzas. Fomento de las aptitudes artísticas en torno a la danza y al baile, en sus diferentes manifestaciones:

• Técnica Vocal

• Solfeo

• Expresión Oral

• Instrumentos

• Semillero de baile.

• Semillero de Danzas

• Grupos Representativos.

b. Teatro. El teatro, tiene como objetivo, la exploración de las habilidades corporales, orales y de creatividad de los participantes.

CAPÍTULO SÉPTIMO

ÁREA DE DESARROLLO HUMANO

ARTÍCULO 30°. Definición. Es el impulso y el apoyo de actividades encaminadas a fomentar el desarrollo personal, la integración comunitaria la consolidación de la cultura de bien estar y la potencialización de las habilidades para la vida.

ARTÍCULO 31°. Acciones. Con fundamento en el artículo 15 del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar universitario en el área de desarrollo humano deben: facilitar en cada persona el mejor conocimiento de sí mismo y de los miembros de la comunidad; fomentar su capacidad de relacionarse y comunicarse; desarrollar el sentido de pertenencia y compromiso individual con la Corporación Universitaria Remington y fortalecer las relaciones humanas dentro de ella para lograr una verdadera integración que redunde en beneficio del entorno social.

Bienestar universitario debe procurar espacios físicos que propicien el encuentro de las personas y el aprovechamiento del tiempo libre.

ARTÍCULO 32°. Servicios. El Bienestar Universitario prestará los siguientes servicios:

a. Servicios de apoyo psicopedagógico:

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• Favorecer el proceso de aprendizaje, mediante actividades formativas y de orientación asistencia dirigida fundamentalmente a funcionarios, estudiantes y familiares de la comunidad universitaria.

• Sensibilizar sobre la necesidad de mejorar las condiciones individuales y grupales bio-psico-sociales que afectan a las personas y comunidades.

• Promover el desarrollo de la excelencia académica.

• Favorecer el proceso de aprendizaje, mediante actividades formativas y de orientación asistencia dirigida fundamentalmente a funcionarios, estudiantes y familiares de la comunidad universitaria.

• Sensibilizar sobre la necesidad de mejorar las condiciones individuales y grupales bio-psico-sociales que afectan a las personas y comunidades.

• Promover el desarrollo de la excelencia académica.

b. Servicios de permanencia y deserción estudiantil.

• Estudios sobre factores de riesgo y factores protectores para facilitar la integración y permanencia de los estudiantes en la Corporación.

• Desarrollo de estrategias para lograr la integración del estudiante a la vida universitaria, de acuerdo a la identificación de necesidades.

• Asesorar al estudiante en riesgo de deserción.

• Estudio para identificar y evaluar las causas de la deserción estudiantil

CAPÍTULO OCTAVO

ÁREA DE DE PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA

CAPÍTULO 33°. Definición. Es el diseño y desarrollo de procesos de apoyo económico y social a los miembros de la comunidad universitaria.

CAPÍTULO 34°. Acciones. Con fundamento en el artículo 16 del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar universitario en el área de la promoción socioeconómica deben apoyar las condiciones socioeconómicas de los miembros de la comunidad universitaria, a partir de los esfuerzos individuales.

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CAPÍTULO 35°. Servicios. Los servicios complementarios estarán orientados para atender las necesidades socioeconómicas de los miembros de la comunidad:

• Estudio sobre las necesidades socioeconómicas de los miembros de la comunidad.

• Diseño y ejecución de proyectos encaminados a mejorar la calidad de vida de los miembros de la comunidad.

• Diseño y ejecución de proyectos para la financiación de los estudiantes con recursos socioeconómicos limitados.

• Elaboración y ejecución de reglamentos para el expendio de alimentos en los locales comerciales en los campus de la Corporación.

• Estudio y aprobación de los precios en los locales comerciales que funcionan en los campus de la institución.

CAPÍTULO NOVENO

RECREACIÓN Y DEPORTE

ARTÍCULO 36°. Definición. Es la que promueve la formación integral de la comunidad universitaria, apoyando el área académica y abriendo espacios alternativos que se articulen a ésta desde el deporte y la recreación y el uso del tiempo libre.

ARTÍCULO 37°. Acciones. Con fundamento en lo ordenado en el artículo 18° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior, las acciones de bienestar en el área de recreación y deportes deben dirigirse a: orientar el esparcimiento mediante actividades de carácter recreativo y ecológico que permitan valorar y preservar el medio ambiente; motivar la práctica del deporte y fomentar el espíritu de superación a través de una sana competencia estimulando el desarrollo de aptitudes deportivas, la formación correspondiente, y la participación de toda la comunidad.

ARTÍCULO 38°. Servicios. El área de recreación y deportes de bienestar universitario prestará los siguientes servicios:

a. Deporte recreativo y aprovechamiento del tiempo libre. Desarrolla las actividades físicas de carácter recreativo y deportivo que lleven al mejoramiento de la calidad de vida mediante el uso saludable del tiempo libre, de estudiantes, empleados, egresados y docentes.

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b. Deporte formativo. Incluye actividades de formación deportiva para estudiantes y empleados, y las escuelas de iniciación y formación.

• Semillero de Voleibol masculino y femenino.

• Semillero de Baloncesto masculino y femenino.

• Semillero de fútbol Sala masculino.

• Semillero de fútbol Masculino.

• Semillero de ajedrez.

• Semillero de Tenis de Mesa.

• Semillero de Taekwondo.

c. Deporte representativo. Se encargará de definir y apoyar la participación y representación de la universidad en eventos competitivos programados por el deporte asociado. Se compite en las modalidades deportivas donde se logra congregar una cantidad mínima de deportistas, según cada especificidad:

• Equipo de Fútbol de la CUR

• Equipo de Baloncesto Masculino de la CUR

• Equipo de Fútbol Sala Masculino de la CUR

• Equipo de Voleibol Masculino de la CUR

• Equipo de Tenis de Mesa de la CUR

• Ajedrez

d. Torneos inter-facultades. Permiten congregar e integrar a los estudiantes de las distintas facultades, durante el desarrollo de cada torneo. También admite la participación de los estudiantes, egresados, empleados y docentes que no son deportistas de competencia, pero que disfrutan de la actividad física a un nivel más recreativo. Fomentando con ello la práctica deportiva entre la comunidad universitaria por medio de torneos internos, donde participen estudiantes de diferentes facultades, egresados y empleados.

e. Caminatas ecológicas. Aportarán a la sensibilización sobre los problemas ambientales actuales y como se puede contribuir a la ecología y al cuidado de la naturaleza, por medio de visitar espacios naturales en los municipios de Antioquia.

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f. Semilleros Deportivos Infantiles. Los semilleros tienen acogida positiva entre los hijos e hijas de estudiantes, egresados y empleados.

g. Gimnasio. Prestará los servicios del gimnasio a toda la comunidad educativa, empresarial y del medio externo, como parte del proyecto de Bienestar Universitario en el mejoramiento de la calidad de vida de la población en general, convirtiéndolo en un medio para conservar y mejorar la salud biofísica, además de ser complemento para la formación integral de las personas a través de gimnasia aeróbica y de tonificación con aparatos, haciendo un trabajo lúdico y ameno.

En el Gimnasio se ofrece:

• Ruma aeróbica

• Tae-bo

• Pesas

• Spinning

• Rutina

• Aeróbicos

CAPÍTULO DÉCIMO

DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 39°. Reglamentaciones. El Jefe de Bienestar Universitario elaborará la reglamentación específica para cada servicio, teniendo en cuenta horarios de atención, derechos y deberes de los usuarios; asimismo, elaborará el respectivo manual de procedimientos.

ARTÍCULO 40°. Actividades. La programación de actividades de bienestar universitario debe estar ceñida al calendario académico.

ARTÍCULO 41°. Presupuesto. En acatamiento a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 30 de 1992, la Corporación Universitaria Remington destinará por lo menos el dos por ciento (2%) de su presupuesto de funcionamiento para atender adecuadamente su propio bienestar universitario.

En la distribución presupuestal, tal como lo dispone el artículo 7° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, debe tenerse presente el criterio de

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equidad para no desatender ninguna de las áreas del bienestar universitario. Los costos de programas de formación docente y de subvención en las matrículas estudiantiles no pueden hacer parte del presupuesto de bienestar universitario.

ARTÍCULO 42°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Aprobado en la ciudad de Medellín a los ocho días del mes de noviembre del año 2011

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO JORGE VÁSQUEZ POSADA (Original firmado)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO MÓNICA LUCÍA GRANDA VIVEROS (Original firmado)