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Reglamento de Laboratorios de Cómputo I Consideraciones Preliminares 1. Los servicios informáticos de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras tienen como finalidad servir de apoyo a la docencia y a la investigación. Están por tanto al servicio de los profesores, estudiantes activos y personal administrativo debidamente autorizado, para su trabajo ó estudio. Por tanto está prohibido cualquier acceso y uso de estos recursos y servicios que interfiera con los fines de la Universidad. 2. El uso de los servicios de informática y de red es parte integrante de numerosas actividades universitarias. Por este motivo se hace necesario establecer una serie de criterios y normas para respetar la información y el trabajo de otras personas que utilizan, en forma compartida, los mismos recursos. 3. Todos los usuarios de los servicios de informática y de red que utilicen los recursos de la UNAH están sujetos a la política de la institución y a las normas que regula este reglamento. 4. Como principio general, se establece que los servicios de acceso a internet se otorgan para facilitar la investigación y la labor académica de la Universidad, para comunicación con otras universidades, centros académicos y/o investigación, etc. Cualquier uso para otro propósito no es aceptable. 5. La utilización de los recursos y servicios de forma incorrecta puede llevar a entorpecer el trabajo de otras personas, ocasionar gastos inútiles, etc. En este sentido, los sistemas y recursos se han de utilizar de manera que no se interfiera o provoque que no se pueda hacer uso normal de los recursos por otras personas que quieran hacerlo. 6. La administración de los servicios de informática de la UNAH no da garantías de ningún tipo para el servicio que provee. Por lo anterior, no existirá ninguna responsabilidad por cualquier daño que el usuario sufra, lo que incluye la pérdida de datos que resulten de atrasos, falta de entrega, entregas equivocadas, ó interrupciones en el servicio causadas por negligencia propia ó los errores u omisiones de otros usuarios.

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  • Reglamento de Laboratorios de Cmputo I Consideraciones Preliminares

    1. Los servicios informticos de la Universidad Nacional Autnoma de Honduras tienen como finalidad servir de apoyo a la docencia y a la investigacin. Estn por tanto al servicio de los profesores, estudiantes activos y personal administrativo debidamente autorizado, para su trabajo estudio. Por tanto est prohibido cualquier acceso y uso de estos recursos y servicios que interfiera con los fines de la Universidad.

    2. El uso de los servicios de informtica y de red es parte integrante de numerosas actividades universitarias. Por este motivo se hace necesario establecer una serie de criterios y normas para respetar la informacin y el trabajo de otras personas que utilizan, en forma compartida, los mismos recursos.

    3. Todos los usuarios de los servicios de informtica y de red que utilicen los recursos de la UNAH estn sujetos a la poltica de la institucin y a las normas que regula este reglamento.

    4. Como principio general, se establece que los servicios de acceso a internet se otorgan para facilitar la investigacin y la labor acadmica de la Universidad, para comunicacin con otras universidades, centros acadmicos y/o investigacin, etc. Cualquier uso para otro propsito no es aceptable.

    5. La utilizacin de los recursos y servicios de forma incorrecta puede llevar a entorpecer el trabajo de otras personas, ocasionar gastos intiles, etc. En este sentido, los sistemas y recursos se han de utilizar de manera que no se interfiera o provoque que no se pueda hacer uso normal de los recursos por otras personas que quieran hacerlo.

    6. La administracin de los servicios de informtica de la UNAH no da garantas de ningn tipo para el servicio que provee. Por lo anterior, no existir ninguna responsabilidad por cualquier dao que el usuario sufra, lo que incluye la prdida de datos que resulten de atrasos, falta de entrega, entregas equivocadas, interrupciones en el servicio causadas por negligencia propia los errores u omisiones de otros usuarios.

  • II Responsabilidades de los Usuarios

    7. Todo usuario se compromete a respetar la configuracin de los equipos (computadora, impresora, etc.) que se utilizan, empleando nicamente los programas instalados por los servicios informticos u ofimticos? de la Universidad. Igualmente, los usuarios no deben grabar, crear directorios, borrar, renombrar ejecutar alguna instruccin que modifique el estado de los dispositivos de almacenamiento no removibles. Para efecto, debern trabajar con dispositivos de almacenamiento removibles (USB, etc.) que sean de su propiedad. Los encargados del laboratorio deben velar porque esta disposicin sea cumplida y no podrn hacer actividades en el mismo, que contradiga esta indicacin.

    8. El usuario deber identificarse y entregar al operador encargado del laboratorio su carnet que lo identifica como estudiante empleado de la UNAH (el cual indica la vigencia del perodo acadmico en caso del estudiante). Si trabaja en dupla, su compaero deber entregar igualmente este documento.

    9. Al utilizar los servicios de informtica internet, se debe respetar los derechos de otras personas usuarios (investigadores, etc.), incluyendo el respeto a otras polticas para estudiantes, docentes y personal administrativo. Estos derechos incluyen, pero no estn limitados, a derechos de propiedad intelectual, privacidad y libertad de ctedra.

    10. La Universidad no garantiza la seguridad de los datos, ya que existe la posibilidad de la prdida de estos por causas fortuitas (cada de la red por parte de los proveedores, problemas de energa elctrica, etc.), de las cuales no se puede responsabilizar a la administracin de la red, ni al Departamento de Sistemas de Informacin.

    III Confidencialidad

    11. En circunstancias ordinarias, La Universidad tratar toda la informacin con mucha confidencialidad, aunque no estuviese protegida mediante programas por el sistema operativo. Todo usuario tiene derecho a la privacidad del correo electrnico cuando es usado de forma personal, para fines acadmicos, administrativos de investigacin.

    12. El derecho a la privacidad antes descrito puede ser suspendido, y permitido el acceso a la informacin a terceros, en los siguientes casos:

    a.- Con la autorizacin de las autoridades competentes, cuando exista sospecha razonable de la mala utilizacin de este recurso; b.- Con autorizacin del dueo de la informacin;

  • c.- Cuando sea requerido por las autoridades civiles competentes (en este caso, Cooperacin Sueca, quien ha donado estos laboratorios de cmputo).

    IV Aspecto Legal

    13. Los programas y soportes informticos (software) instalados en las computadoras de la UNAH, estn registrados para uso en la Universidad, con licencia vigente. La copia pirateo de programas y documentacin es ilegal; puede ser un delito, que ser responsabilidad personal y directa del usuario (penal, civil y de cualquier ndole), y la Universidad no tendr ninguna obligacin proveniente de esa actuacin ilcita.

    14. Es responsabilidad de cada usuario cumplir con las leyes que aplican al uso de programas de computacin, servicios de internet, etc. En este sentido no ser permitido:

    a. Acceder archivos y directorios de otro usuario; b. Monitorear transmisin de comunicaciones que no estn destinadas a usuarios; c. Almacenar informacin personal que los creadores de la misma, no almacenara ni

    divulgaran; d. Crear archivos o programas que secretamente recopilen informacin de otros archivos

    o comunicaciones de otros usuarios; e. Utilizar los servicios de comunicacin, incluyendo correo electrnico cualquier otro

    recurso, para intimidar, insultar, acosar a otras personas, interferir el trabajo de otros;

    f. Utilizar los recursos de la Universidad para tener accesos no autorizados a redes y sistemas remotos;

    g. Provocar deliberadamente el mal funcionamiento de computadoras, estaciones terminales perifricos de redes y sistemas;

    h. Instalar en las computadoras de la Universidad, dar a otros reproducir, programas que eventualmente pueden causar dao a archivos computadoras (lo que incluye pero no est limitado, a los denominados virus, caballos de troya, virus informticos, etc.);

    i. Colocar en la red informacin que infrinja los derechos de los dems.

    15. El usuario que desarrolle alguna de las actividades antes descritas, cualquier otra prohibida por este reglamento por las leyes vigentes, ser sujeto de las sanciones disciplinares que ameriten, adems de la responsabilidad civil y penal proveniente de su actuacin ilcita

  • V Normas para el Uso de los Laboratorios

    16. El laboratorio debe utilizarse hasta por dos horas continuas ms, sino hubiese solicitud del equipo por otro usuario, dentro del horario establecido para su funcionamiento. No se permitir salir del laboratorio dejando la estacin asignada a nombre del usuario; quien vaya ausentarse del laboratorio aunque sea por poco tiempo; deber dejar la computadora disponible para otra persona.

    17. Al terminar la sesin de trabajo el usuario deber hacer el cierre en la computadora, para que quede a disposicin de la persona que est en espera. La silla utilizada debe quedar en su sitio.

    18. No es permitido fumar introducir bebidas alimentos en el rea del laboratorio; tampoco es permitido el uso de los celulares durante el tiempo de permanencia dentro del mismo.

    19. Ningn usuario est autorizado para usar el servidor central. No se deben llevar al laboratorio equipos perifricos (audfonos, mouse, teclado, etc.) de una computadora a otra, ni propios. Si se encuentra algn equipo daado deber reportarse inmediatamente al encargado del laboratorio.

    20. Dentro del laboratorio deber mostrarse una conducta apropiada: guardar el mayor silencio posible, respetar el rea de trabajo de los dems compaeros, y conservar ordenada su propia rea. Deber cuidarse el realizar las actividades personales de tal manera que no distraiga a los otros usuarios.

    21. Est permitido asignarse uno dos usuarios por computadora.

    22. Respecto a las impresiones: Todas las impresiones tienen un costo, por lo que se deber hacer el pago correspondiente a travs del sistema autorizado, se debe esperar el turno d impresin que corresponda para imprimir y recibir el documento.

  • VI Sanciones

    23. El acceso al servidor de la UNAH, es una concesin que puede ser sancionada en cualquier momento, si se detectara el uso indebido la realizacin de una accin que vaya en contra del reglamento establecido. Cualquier violacin de las normas de este reglamento, puede ser sancionada temporal permanente del acceso al servidor, sin prejuicio de las sanciones contempladas en las normas institucionales y en las leyes del Pas.

    24. El Departamento de Sistemas de Informacin de Informtica Determinar la aplicacin de la suspensin temporal de acceso a los servicios, en atencin al instructivo, las que tendrn efecto inmediato. De toda sancin que se aplique con fundamento en esta disposicin deber informarse al comit consejo pertinente.

    25. El Departamento de Sistemas de Informacin de Informtica debe dar a conocer al comit consejo pertinente responsable? a la autoridad correspondiente, aquellos hechos que considere graves y que vayan en contra de las disposiciones del reglamento, para que stos, conozcan los hechos e impongan las sanciones adicionales que consideren convenientes de conformidad con el reglamento.

    26. Todo usuario que se dirija de manera irrespetuosa o grosera a los operadores encargados del laboratorio de cmputo, ser sancionado por las autoridades correspondientes, restringiendo su acceso a los laboratorios.

    VII Disposiciones Finales

    27. El Consejo Directivo Comit responsable Resolver los casos no contemplados en ste reglamento que requieran la interpretacin del mismo, pudiendo delegar, sta facultad, para cada caso, al Departamento de Sistemas de Informacin Departamento responsable.

    28. Se encomienda al El Departamento de Sistemas de Informacin dar a conocer las polticas de uso de los laboratorios de cmputo, y el presente reglamento a todos los miembros de la Institucin.

    El Departamento de Sistemas de Informacin garantiza:

    El funcionamiento de todas las mquinas Atencin rpida y eficaz por parte de los operadores Laboratorios en condiciones optimas para trabajar (iluminacin, sillas, entre otros). Servicio de impresin de alta calidad.

    Reglamento de Laboratorios de Cmputo