régimen legal de las profesiones

Upload: miguel-gonzalez

Post on 06-Jan-2016

13 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

tareas

TRANSCRIPT

RGIMEN LEGAL DE LAS PROFESIONES

RGIMEN LEGAL DE LAS PROFESIONESEn Venezuela, actualmente se reconoce constitucionalmente el derecho de colegiacin profesional en la Ley Fundamental de la Repblica, aprobada mediante referendo popular, universal, directo y secreto, decretado por la Asamblea Nacional Constituyente el 15 de diciembre de 1999, que en su artculo 105 establece: "La Ley determinar las profesiones que requieran ttulos y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiacin".

Captulo IDel objeto de la LeyArtculo 1.- La presente Ley tiene por objeto, regular, coordinar y supervisar el funcionamiento de los Colegios Profesionales existentes en todo el territorio de la Repblica Bolivariana de Venezuela, as como las relaciones interinstitucionales de cada uno de los gremios profesionales del pas.

Artculo 2.- Esta Ley fundamenta su vigencia sobre el control y supervisin de cada una de las profesiones universitarias existentes en todo el territorio de la Repblica, as como determina la disposicin del Estado de otorgar la colegiacin a cada uno de los ttulos acadmicos por el Estado venezolano, a travs de universidades venezolanas.

Ttulo IIDe los colegios profesionales

CAPITULO IDe la definicin de los colegios profesionalesArtculo 3.- Los colegios profesionales son corporaciones de derecho pblico reconocidos por la Constitucin y amparados por el ordenamiento jurdico, con personalidad jurdica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Artculo 4.- Quien ostente la titulacin requerida y rena las condiciones sealadas en sus respectivas leyes de ejercicio profesional, tendr derecho a ser admitido en el colegio profesional que corresponda. Pargrafo nico: Ser requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas la incorporacin al colegio en cuyo mbito territorial se pretenda ejercer la profesin.