reforma "ley de aguas 2015"
DESCRIPTION
Reforma a la ley general de aguas 2015TRANSCRIPT
-
Proyecto de la Ley General de Aguas 2015
-
Garantiza el derecho humano al agua nicamente a los asentamientos humanos. Adems, garantiza solamente 50 litros diarios por persona. (Artculo 49 y artculo 10
fraccin XXXII)
-
A travs del uso del agua para fines industriales, legaliza su sobreexplotacin. (Artculo 10, fraccin LIX)
-
Se le otorgan facultades a la CONAGUA que le permiten tomar decisiones sumamente trascendentes sin consultar
previamente. (Artculo 15 fraccin XXIII)
-
No se garantiza la calidad del agua, pues los concesionarios podrn, si as lo desean, certificarse en materia de
calidad. (Artculo 35)
-
No establece auditorias ni evaluaciones obligatorias, se deja a la voluntad de los concesionarios. (Artculo 39)
-
A travs de los Consejos de Cuenca (que no estarn subordinados a la CONAGUA), se tomarn decisiones sobre la preservacin de los recursos hdricos, la infraestructura y
los servicios.
Lo ms importante aqu es la representacin de los diferentes sectores: Gobierno Federal: 10% Gobierno estatal y municipal: 30% Concesionarios y Organizaciones civiles: 60%. (Artculos 55 y 56)
-
El estado podr, a travs de concesiones, prestar los servicios relacionados con el derecho al agua.
(Artculo 65)
La Comisin actuar para fomentar la participacin de los particulares (Artculo 129)
-
La explotacin, aprovechamiento y uso del agua se realizar mediante la concesin, a travs de la CONAGUA
(Artculo 88)
-
La explotacin, uso o aprovechamiento de las aguas marinas o martimas interiores y de los mares territoriales no
requiere concesin, excepto en el caso de que se sometan a procesos de desalinizacin. (Artculo 193)
-
El Estado se deslinda de responsabilidades en caso de fenmenos hidrometeorolgicos.
(Artculo 225)
-
Se prev el uso de la fuerza pblica para cumplir con lo establecido en la ley. (Artculo 258)
-
Sanciona cualquier obra de exploracin, estudio, monitoreo, reinyeccin y remediacin sin contar con el permiso
correspondiente. (Artculo 262, fraccin XXVI)