reforma constitucional el salvador 1991

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REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1,991. El 31 de Octubre de 1,991, se efectúa una reforma a las Constitución de 1,983 donde se pueden observas las siguientes modificaciones: Artículo 38.- Se elegirán los Magistrados del primer Tribunal Supremo Electoral a que se refiere el Art. 208, dentro del plazo de noventa días a partir de la vigencia del decreto de ratificación, y durarán en sus funciones hasta el treinta y uno de julio de 1994. El Primer Tribunal Electoral se conformará con cinco Magistrados, los cuales serán elegidos por la Asamblea Legislativa de la siguiente manera: Cuatro Magistrados de las ternas propuestas por los cuatro partidos políticos o coaliciones que hayan obtenido el mayor número de votos en la última elección presidencial, electos por simple mayoría y un Magistrado elegido con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos, de una terna propuesta por la Corte Suprema de Justicia, quien deberá reunir los requisitos establecidos para ser Magistrado de la Cámara de Segunda Instancia y no tener afiliación partidista. El Magistrado propuesto por la Corte Suprema de Justicia ejercerá la presidencia del Tribunal. Concluido el periodo

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REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1,991.El 31 de Octubre de 1,991, se efecta una reforma a las Constitucin de 1,983 donde se pueden observas las siguientes modificaciones:Artculo 38.-Se elegirn los Magistrados del primer Tribunal Supremo Electoral a que se refiere el Art. 208, dentro del plazo de noventa das a partir de la vigencia del decreto de ratificacin, y durarn en sus funciones hasta el treinta y uno de julio de 1994.El Primer Tribunal Electoral se conformar con cinco Magistrados, los cuales sern elegidos por la Asamblea Legislativa de la siguiente manera:Cuatro Magistrados de las ternas propuestas por los cuatro partidos polticos o coaliciones que hayan obtenido el mayor nmero de votos en la ltima eleccin presidencial, electos por simple mayora y un Magistrado elegido con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos, de una terna propuesta por la Corte Suprema de Justicia, quien deber reunir los requisitos establecidos para ser Magistrado de la Cmara de Segunda Instancia y no tener afiliacin partidista.El Magistrado propuesto por la Corte Suprema de Justicia ejercer la presidencia del Tribunal. Concluido el periodo sealado para este Primer Tribunal Supremo Electoral, los siguientes tribunales se integrarn conforme a lo estipulado en el art. 208.Artculo 39.- La eleccin de los Nuevos Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, conforme a la nueva organizacin de esta, tendr lugar dentro de los 90 das que precedern al vencimiento del ejercicio de los actuales Magistrados.Los efectos de lo establecido en el art. 22 de este acuerdo, para la eleccin de los Magistrados de la prxima Corte Suprema de Justicia la Asamblea Legislativa fijar un periodo de su mandato en tres, seis y nueve aos.Artculo 40.- Mientras no opere el rgano de investigacin del delito que contempla el ordinal tercero de art. 193 y no estn vigentes las leyes que desarrollen la atribucin que en l se confiere al Fiscal General de la Repblica, seguirn conociendo en la investigacin del delito las mismas instituciones que de conformidad a sus respectivas leyes y al Cdigo de Procesal Penal, tienen tales atribuciones, aplicando los procedimientos establecidos en la mismas.Podrn regularse que la referida atribucin sea cumplida por el Fiscal General de la Repblica en forma progresiva, de conformidad al criterio territorial por la naturaleza de los delitos.Artculo 41.- El procurador para la Defensa de los Derechos Humanos creado por el siguiente Acuerdo, ser elegido dentro de los noventa das siguientes a la ratificacin de la norma constitucional, por la Asamblea Legislativa que se instalar el 1 de mayo de 1991.Artculo 42.- La legislacin secundaria en materia electoral ser reformada dentro de los ciento ochenta das siguientes a la ratificacin de la reforma constitucional por la Asamblea Legislativa que se instalar el 1 de mayo de 1991.Artculo 43.- Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 4 del art. 172, la asignacin presupuestaria se har efectiva en forma gradual, progresiva y proporcional hasta su total cobertura, en un plazo no mayor a cuatro aos contados a partir de la vigencia del decreto correspondiente.Artculo 44.- Los procesos pendientes que se estuvieran tramitando por Tribunales Militares especiales, en aplicacin especiales, en aplicacin de la Ley Especial de Procedimientos que estaba prevista en los artculos 30 de la Constitucin; sern remitidos, junto con los imputados a los Tribunales comunes dentro de ocho das siguientes a la vigencia del decreto ratificacin y sern aplicables a estos procesos las disposiciones del Cdigo Procesal Penal.- El presente decreto entrar en vigencia el da treinta de noviembre de 1991, previa publicacin en el Diario Oficial el da veinte del mismo ao.B.- Disposicin Transitoria Contenida en el Decreto N 152 publicado con fecha 30 de enero de 1992, que modifica la Constitucin Poltica de 1983.Artculo 45.-La adscripcin de la Polica Nacional Civil al Ministerio que corresponda se llevar a cabo de conformidad a una ley en la que se determine entre otros asuntos, el plazo para ejecutarla, las identidades que participarn en el proceso, as como la distribucin de los medios materiales y personales entre los Ministerios que tendrn a su cargo la defensa nacional y la seguridad pblica.

REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2014.Art. 1.- Ratificase la incorporacin de un inciso al Art. 63 de la Constitucin, contenida en el Acuerdo de Reforma Constitucional N 5, de fecha 25 de abril del 2012, publicado en el Diario Oficial N84, Tomo N 395, de fecha 9 de mayo del mismo ao, as:El Salvador reconoce a los pueblos indgenas y adoptar polticas a fin de mantener y desarrollar su identidad tnica y cultural, cosmovisin, valores y espiritualidad.Art. 2.- El presente Decreto entrar en vigencia ocho das despus de su publicacin en el Diario Oficial.

Entre las principales diferencias de las reformas estudiadas estn: las circunstancias en que se dan, su objetivo, los objetos de reforma.La diferencia primordial radica en el momento en que se da porque en la reforma de 1991 el pas se encontraba en la finalizacin de un conflicto armado y gran parte de su infraestructura estaba destruida as como tambin el pueblo salvadoreo, mientras que ya en la reforma del 2014 con nuevos procesos democrticos y una infraestructura ms o menos solida, el pas se encontraba en condiciones ms estables. Las similitudes se encuentran principalmente en que ambas son reformas parciales ratificadas por el legislador para proteger derechos fundamentales.

ESQUEMA DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIN DE 1991 Y 2014.