referencia del consejo de ministros · 2013-07-17 · financiar modificaciones de crédito por...

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SECRETARÍA DE ESTADO DE COMUNICACIÓN MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA CORREO ELECTRÓNICO [email protected] Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes www.lamoncloa.gob.es COMPLEJO DE LA MONCLOA 28071 - MADRID TEL: 91 321 41 44 / 45 / 46 Consejo de Ministros Referencia 22 de marzo de 2013

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SECRETARÍA DE ESTADO DE COMUNICACIÓN

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes

www.lamoncloa.gob.es

COMPLEJO DE LA MONCLOA 28071 - MADRID TEL: 91 321 41 44 / 45 / 46

Consejo de Ministros Referencia 22 de marzo de 2013

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SUMARIO Presidencia

REAL DECRETO sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio,

sobre acceso excepcional al título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y sobre el ejercicio de la Medicina de Familia en el Sistema Nacional de Salud, fijando el 31 de mayo de 2013 como fecha límite en el plazo de presentación de solicitudes de admisión de los aspirantes al título.

ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día

Mundial del Agua, 22 de marzo. Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Federal Democrática de Etiopía.

ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el

Reino de España y el Principado de Mónaco sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, así como su aplicación provisional.

ACUERDO por el que se autoriza la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre

el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, relativo al establecimiento de la Oficina de esta Organización en España.

Justicia

REALES DECRETOS de indultos. Defensa

ACUERDO por el que se autoriza la imputación de gastos realizados en el ejercicio 2013 con cargo a libramientos a justificar del ejercicio 2012 para la construcción de puestos de vigilancia y control en territorio libanés y en la provincia de Badghis, en Afganistán.

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Hacienda y Administraciones Públicas

REAL DECRETO por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013.

ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para

financiar modificaciones de crédito por importe de 593.601.624,71 euros.

ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por la Xunta de Galicia, en relación con la Resolución de 27 de diciembre de 2012, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2013 subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas.

ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

a realizar, hasta el 30 de junio de 2013, las operaciones de endeudamiento autorizadas por el Acuerdo de 21 de diciembre de 2012, por el importe pendiente de formalizar, hasta un máximo de 113.200.000 euros.

ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía a

formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 101.926.643,97 y a realizar, hasta el 30 de junio de 2013, las operaciones de endeudamiento autorizadas por los Acuerdos de 17 de febrero y 5 de octubre de 2012, por el importe pendiente de formalizar, hasta un máximo de 1.151.701.079 euros.

ACUERDO por el que se cede a la Asociación Tutelar Asistencial de Discapacitados

Intelectuales el uso de un inmueble sito en el término municipal de Zaragoza, c/ Octavio de Toledo Nº 2, con destino a fines de asistencia y tutela de discapacitados.

Interior

ACUERDO por el que se autoriza la concesión de subvenciones estatales anuales (financiación ordinaria) al Partido Popular y al Partido Socialista Obrero Español, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos, y en la disposición adicional décima del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

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ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio del Interior, Secretaria de Estado de Seguridad, Dirección General de la Policía a prorrogar hasta el 31 de agosto de 2013 la encomienda de gestión suscrita con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda el día 24 de septiembre de 2012, para la realización de diversas prestaciones relacionadas con la expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico y se aprueba un gasto para dicha prórroga por importe de 19.614.965 euros.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio del Interior, Secretaria de Estado de

Seguridad, Dirección General de la Policía a prorrogar hasta el 31 de agosto de 2013 la encomienda de gestión suscrita con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda el día 24 de septiembre de 2012, para la realización de diversas prestaciones relacionadas con la expedición del pasaporte español y se aprueba un gasto para dicha prórroga por importe de 8.406.415 euros.

Fomento

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en la A-1, A-62, BU-30, BU-11, N-234, por un valor estimado de 15.387.108,32 euros, en Burgos.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la

ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en A-62 Autovía de Castilla, p.k. 8,90 al 40,70, tramo: Inters. Con BU-30, circunvalación de Burgos-Límite provincia con Palencia; CN-120 Logroño a Vigo, p.k. 117,30 al 172,30, tramo: fin de travesía de Burgos-Inters. Con la CN-611; CN-620(a) Burgos a Portugal por Salamanca, p.k. 6,50(a) al p.k. 12,50(a) tramo: Inters. CN-120, en Villalbilla-Inters. A-62; CN-620(a) travesía de Estepar, p.k. 21,20(a) al 22,00(a); CN-620(a) travesía de Celada del Camino, p.k. 24,60(a) al 25,60(a); CN-620(a) Burgos a Portugal por Salamanca, p.k. 30,00(a) al 33,00(a), tramo: Enlace Villaldemiro-Villaquirán de los Infantes; CN-622 Lerma a Palencia, p.k. 47,90 al 80,00, tramo: Lerma-Límite provincia de Palencia (Quintana del Puente); etc. Valor estimado: 22.020.304,84 euros, en Burgos.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la

ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en la A-4, L.P. Ciudad Real a L.P. Córdoba, por un valor estimado de 15.761.949,19 euros, en Jaén.

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ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en la A-66 (Enlace Salamanca Sur-Límite provincia de Cáceres) p.k. 347,100 al 425,000; N-630 (Las Torres-Guijuelo) p.k. 346,000 al 387,900; N-630 (Puerto de Béjar-Límite provincia de Cáceres) p.k. 423,236 al 425,100; N-630a (acceso Guijuelo Sur) p.k. 390a,900 al 393a,032; N-630a (acceso Nava de Béjar) p.k. 397a,976 al 399a,817 y N-630a (Sorihuela-Puerto de Béjar) p.k. 403a,605 al 423a,300, por un valor estimado de 13.802.704,12 euros, en Salamanca.

ACUERDO por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales

vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco de los programas 1993 y 1995 del Plan de Vivienda 1992-1995, el programa 1998 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

Educación, Cultura y Deporte

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y de la ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Empleo y Seguridad Social

ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios para la prestación de los servicios postales y de paquetería del Servicio Público de Empleo Estatal.

Industria, Energía y Turismo

ACUERDO por el que se ejecuta la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 27 de noviembre de 2012, que anula el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010, por el que se asigna un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre de ámbito estatal.

ACUERDOS por los que se resuelven las reclamaciones de responsabilidad

patrimonial formuladas por personas físicas y jurídicas, en solicitud de indemnizaciones por los daños producidos como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, y del Real Decreto Ley 14/2010, de 23 de diciembre.

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Economía y Competitividad

REAL DECRETO LEY sobre medidas en materia de participaciones preferentes y deuda subordinada de entidades de crédito en reestructuración o resolución y otras medidas de carácter financiero.

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AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES Economía y Competitividad APROBADO UN PAQUETE DE MEDIDAS PARA PROTEGER A LOS AFECTADOS POR LAS PREFERENTES • Se crea una Comisión de Seguimiento que establecerá los criterios para que los titulares

puedan acogerse al arbitraje. • Habrá una derrama extraordinaria al Fondo de Garantía de Depósitos para dar liquidez en

los canjes por acciones. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley sobre Medidas en materia participaciones preferentes y Deuda Subordinada de Entidades de Crédito en Reestructuración o Resolución, y otras medidas de carácter financiero. En él se articulan mecanismos para realizar un seguimiento de los procesos de arbitraje y se establecen, con carácter excepcional, mecanismos de liquidez para el canje de estos productos. En la norma se impulsa la creación de una Comisión de Seguimiento de los procesos de arbitraje relativos a participaciones preferentes. Tiene como objetivo analizar y evaluar los procedimientos de arbitraje en las entidades que han recibido apoyo público. La Comisión estará presidida por la presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y contará con el subgobernador del Banco de España, en calidad de vicepresidente. El resto de la Comisión la componen la secretaria general de Sanidad y Consumo, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; el secretario general del Tesoro y Política Financiera, del Ministerio de Economía y Competitividad, y la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios. La Comisión invitará a participar con voz, pero sin voto, a los representantes designados por las autoridades de consumo de las Comunidades Autónomas y del Instituto Nacional del Consumo que hayan participado o vayan a participar en los procedimientos de resolución de las reclamaciones. La Comisión estará asistida por un secretario, designado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores..

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Funciones de la Comisión Las funciones de la Comisión son las siguientes: − El análisis de los factores que han motivado la presentación de las reclamaciones

judiciales y extrajudiciales. − La remisión con carácter trimestral de un informe al Congreso de los Diputados sobre los

elementos fundamentales de las reclamaciones. − En su caso, la elevación de propuestas a las autoridades competentes para mejorar la

protección del inversor en la comercialización de este tipo de productos. − Determinación de los criterios básicos que habrán de emplear las entidades participadas

por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)con el fin de ofrecer a sus clientes el sometimiento a arbitraje. La Comisión especificará los criterios para designar al colectivo de clientes cuyas reclamaciones, en atención a la especial dificultad de sus circunstancias personales o familiares, deberán recibir una tramitación prioritaria por parte de las entidades participadas por el FROB. La Comisión trasladará estos criterios al Fondo, que dará las instrucciones necesarias para que sus entidades participadas los adopten. La Comisión acordará estos criterios en su reunión constitutiva y podrá revisarlos trimestralmente.

Provisión de liquidez El Gobierno ha articulado además un mecanismo de provisión de liquidez por el Fondo de Garantía de Depósitos para los titulares de acciones no líquidas de las entidades en proceso de reestructuración. En el marco de la reforma y recapitalización del sector financiero español, basada en los planes de reestructuración y resolución aprobados por la Comisión Europea de acuerdo con la normativa de ayudas de Estado, se va a proceder a un ejercicio de canje de instrumentos de deuda subordinada y participaciones preferentes por capital de estas entidades. Catalunya Banc y Nova Galicia Banco Una vez culminadas las operaciones de canje, el Gobierno considera esencial ofrecer la posibilidad de obtener liquidez a los tenedores de acciones en el caso de Catalunya Banc (CX) y Nova Galicia Banco (NCG), puesto que estas entidades no cotizan en mercados secundarios ni está previsto que lo hagan a medio plazo.

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Con esta finalidad, el Real Decreto Ley que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros contiene una disposición por la que se dota al Fondo de Garantía de Depósitos de capacidad legal para adquirir las acciones no cotizadas que resulten de la conversión de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada. Además, el Fondo adquirirá de forma preferente las acciones de aquellos clientes de la entidad que se encuentren en una situación de especial dificultad por sus circunstancias personales y familiares, de acuerdo con los criterios que fije la Comisión de Arbitraje. Se capacita también al Fondo de Garantía de Depósitos para suscribir acciones o deuda de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB), de modo que pueda colaborar con el FROB en la financiación de este instrumento. Contribución especial al Fondo de Garantía de Depósitos Con el objeto de mantener una posición patrimonial saneada del Fondo de Garantía de Depósitos, se establece una contribución especial al FGD distribuida en tramos de un tres por 1000 sobre los depósitos computables. Un primer tramo, equivalente a dos quintas partes, se deberá satisfacer en el plazo de veinte días hábiles desde el 31 de diciembre de 2013. En relación con este tramo, la Comisión Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos podrá establecer una serie de exenciones: − La no aplicación de este tramo a las entidades mayoritariamente participadas por el

FROB. − Una deducción de hasta un máximo del 50 por 100 en las aportaciones en el caso de las

entidades adheridas al Fondo cuya base de cálculo no exceda de cinco mil millones de euros.

− Una deducción de hasta un máximo del 30 por 100 de las cantidades invertidas por las

entidades antes del 31 de diciembre de 2013 en la suscripción o adquisición de acciones o instrumentos de deuda subordinada emitidos por la SAREB.

Un segundo tramo, equivalente a las tres quintas partes restantes, a satisfacer a partir de 1 de enero de 2014 de acuerdo al calendario de pago que fije la Comisión Gestora, dentro de un plazo máximo de siete años. Sin perjuicio del citado calendario de pago, el importe correspondiente a este segundo tramo se registrará como patrimonio del Fondo de Garantía de Depósitos en la fecha en que se liquide el primer tramo.

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Educación, Cultura y Deporte INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL • Refuerza la transparencia, el control y la vigilancia efectiva por las Administraciones

Públicas sobre las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. • Mejora la protección de los autores frente a las vulneraciones de sus derechos en

Internet. • A partir de hoy queda abierto a trámite de información pública para permitir la

participación de todos aquellos interesados. El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre el Anteproyecto de reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual, mediante el cual se modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996. Sin perjuicio de abordar una reforma de amplio calado de la Ley de Protección de la Propiedad Intelectual a lo largo de la Legislatura, con este Anteproyecto de Ley el Gobierno afronta una modificación parcial de la regulación, en aquellos aspectos más urgentes, para alcanzar un triple objetivo: − Reforzar los mecanismos de supervisión de las entidades de gestión de derechos de

propiedad intelectual, asegurando una mayor transparencia y eficacia en la operativa de las mismas.

− Mejorar la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a las

vulneraciones que puedan sufrir en el entorno digital. − Revisar el concepto legal de copia privada, atendiendo a los progresos de la sociedad

de la información. Además, procede a la transposición al ordenamiento jurídico español una Directiva comunitaria del 27 de septiembre de 2011, mediante la cual se amplía el plazo de protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas en veinte años, pasando de ser el plazo de cincuenta a setenta años. Refuerza la transparencia, el control y la vigilancia efectiva de las entidades de gestión La experiencia acumulada ha permitido identificar problemas en el funcionamiento de las entidades de gestión, especialmente relacionados con la eficiencia y la transparencia del sistema. Con objeto de atajar estas deficiencias, el Anteproyecto de Ley pretende:

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− Posibilitar un control y vigilancia efectivos de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual por las Administraciones Públicas.

− Reforzar las funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual,

otorgándole una competencia reguladora y de establecimiento de tarifas. − Garantizar una representación suficiente y equilibrada de los socios a través del régimen

de voto. − Garantizar la eficacia en la administración de los derechos de propiedad intelectual y la

simplificación, para los usuarios de estos derechos, del acceso a su explotación y de los procedimientos de recaudación.

Reforzar la función social de las entidades de gestión. En ese sentido: 1. Se recoge de forma detallada y sistemática el catálogo de obligaciones de las entidades de gestión para con las Administraciones Públicas y respecto a sus asociados, con especial atención a aquellas relacionadas con la rendición anual de cuentas. 2. Se establece un cuadro de infracciones y sanciones que permitan exigir a las entidades de gestión responsabilidades administrativas por el incumplimiento de sus obligaciones legales, condición indispensable para garantizar su cumplimiento. Las sanciones económicas estarán vinculadas a un porcentaje de la recaudación del año anterior de la entidad de gestión que variará según sea la gravedad de la infracción, pudiendo llegar hasta el 2 por 100. Como paso previo a la revocación de la licencia, que es la sanción más grave que se le puede poner a una entidad, se establece la posibilidad de que se intervenga la entidad nombrando un gestor interino con el objetivo de desarrollar todas aquellas actuaciones que permitan reconducir su funcionamiento para que dé cumplimiento a las los deberes y obligaciones establecidos en la Ley. 3. Para dar mayor transparencia al funcionamiento de las entidades, se somete a la aprobación del órgano autorizante la facultad de crear fundaciones y, de forma especialmente justificada y excepcional, sociedades mercantiles destinadas a dar cumplimiento a sus obligaciones de desarrollar actividades asistenciales, formativas y promocionales en favor de sus socios y de los autores y artistas intérpretes o ejecutantes. También se modifica el régimen de voto plural, con el objetivo de dar mayor participación a los asociados y se introducen nuevas obligaciones en relación con el establecimiento y publicación de las tarifas generales.

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Mejora de la protección de los derechos de propiedad intelectual en Internet La implantación generalizada e intensiva de las nuevas tecnologías ha motivado una profunda transformación en la introducción de modelos de negocio en el entorno digital. Para mejorar la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y creadores en Internet, el Anteproyecto de Ley recoge las siguientes propuestas: - Se modifica de forma puntual la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley de 7 de enero de 2000) para permitir que un juez pueda solicitar la identificación del prestador de un servicio de la sociedad de la información sobre el que concurran indicios razonables de que está poniendo a disposición o difundiendo a gran escala, de forma directa o indirecta, contenidos protegidos. - Se realizan ajustes en el procedimiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual como los siguientes: − Se crea un tablón de edictos electrónico que producirá efectos de notificación con

carácter global. − Se dota a la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual de mecanismos

más eficaces de reacción frente a aquellos que no cumplan voluntariamente con los requerimientos de retirada de contenidos vulneradores de los derechos de autor. Así, se incluye la posibilidad de requerir la colaboración de intermediarios de pago electrónico y de publicidad, como paso previo a la medida considerada de último recurso: la petición al juez de lo contencioso-administrativo del bloqueo técnico de la web.

− En caso de incumplimiento reiterado de los requerimientos de retirada de contenidos

ilícitos, se prevén sanciones económicas de entre treinta mil y trescientos mil euros. − Se incluyen en el ámbito del procedimiento de la Comisión las webs que tengan como

principal actividad facilitar de manera específica y masiva la localización de contenidos ofrecidos ilícitamente de forma notoria, como, por ejemplo, listados ordenados de enlaces a tales contenidos ilegales, desarrollando una labor activa, no neutral. Ello no afecta a prestadores que desarrollen meras actividades neutrales de intermediación técnica, como los motores de búsqueda.

Todas estas medidas están dirigidas a los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información. En ningún caso afectarán a los usuarios finales de Internet.

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Revisión del concepto legal de copia privada Tras la aprobación del Real Decreto mediante el cual se regulaba el procedimiento para la compensación por copia privada, era necesario abordar con rango de Ley los límites de este concepto, amparándose en los márgenes que se deducen de la normativa europea. De esta manera, se mantiene que la reproducción por copia privada es la que se lleva a cabo por una persona física para su uso privado sobre obras ya divulgadas y que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa. A ello se añade la condición de que la reproducción se realice sin asistencia de terceros, es decir, que el copista y el usuario de la copia sea la misma persona. Por otro lado, se incorpora la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia “Padawan”), que excluye del concepto de copia privada a los usos profesionales y empresariales. Con todo ello se pretende impulsar un modelo de explotación de derechos de propiedad intelectual acorde al progreso de la sociedad de la información. Por otra parte, se amplía el alcance de la excepción legal relativa a la ilustración en la enseñanza, atendiendo a una Directiva comunitaria de 2001. Tramitación Este Anteproyecto de Ley se publicará desde esta tarde en la web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.mecd.gob.es). Con ello se pretende, en aras de la transparencia de este proceso legislativo, dar cabida en el debate a todos los interesados. Este trámite de audiencia pública tendrá un plazo de veinte días hábiles. En ese mismo período se consultará a las Comunidades Autónomas, se recabarán los informes preceptivos de la Comisión Nacional de la Competencia, la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo de Consumidores y Usuarios, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. Con sus aportaciones, se someterá el texto al dictamen del Consejo de Estado y, posteriormente, volverá al Consejo de Ministros para su consiguiente transformación en Proyecto de Ley. Será a partir de entonces cuando se inicie la tramitación legislativa en sede parlamentaria.

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Hacienda y Administraciones Públicas APROBADA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO • Se convocan 422 plazas de personal funcionario y estatutario y laboral, frente a las 133

plazas que se autorizaron en 2012. • Además, se convocan 449 plazas de promoción interna, frente a las 347 convocadas en

2012. Con ello, el Gobierno hace un esfuerzo en fomentar la promoción interna como medio para que los empleados públicos progresen en su carrera desde grupos inferiores a superiores.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la Oferta de Empleo Público 2013 para la Administración General del Estado, de acuerdo con los criterios fijados en la Ley de Presupuestos para 2013 para el conjunto de las Administraciones Públicas. Se prioriza nuevamente el ingreso en Cuerpos que realizan funciones contra el fraude en sus distintas vertientes (fiscal, de seguros, catastral, laboral), en materia de seguridad social, en relación con las subvenciones públicas, representación de España en el exterior, personal investigador doctor, asesoramiento jurídico, gestión y control de la asignación eficiente de los recursos públicos, supervisión e inspección de los mercados de valores, personal para la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el correspondiente a la Administración de Justicia, así como Cuerpos docentes no universitarios en el ámbito de la Ley Orgánica de Educación. Se trata, en definitiva, de mantener y consolidar la profesionalidad de los empleados públicos y la calidad de determinados servicios, de forma compatible con la necesidad de control del déficit público en materia de gastos de personal. Así, se convocan 422 plazas de nuevo ingreso de personal funcionario y estatutario y laboral, frente a las 133 plazas que se autorizaron en 2012. Igualmente, se convocan 449 plazas de promoción interna que en estos momentos se configura como una alternativa al no incremento de empleados públicos. Por ello, el Gobierno hace un esfuerzo en fomentar la promoción interna como medio para que los empleados públicos progresen en su carrera desde grupos inferiores a superiores. DATOS DE LAS PLAZAS Subgrupo 1 Las plazas del Subgrupo A1, que recoge la Oferta de Empleo Público son, entre otras (y sin pretender citar a todos los que se incluyen en el correspondiente Anexo), Abogados del

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Estado; Carrera Diplomática; Ingenieros Aeronáuticos; Inspectores de Hacienda del Estado; Inspectores de Seguros del Estado; Superior de Interventores y Auditores del Estado; distintos Cuerpos de la Seguridad Social; Técnicos Comerciales y Economistas del Estado; así como Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación; el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado y el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información. Subgrupo 2 Por lo que se refiere al Subgrupo A2, se convocan, igualmente, plazas en una serie de Cuerpos que suponen el apoyo a los Cuerpos anteriormente indicados del Subgrupo A1: Diplomados Comerciales del Estado, Gestión de la Administración General del Estado, Gestión de Sistemas e Informática de la Administración General del Estado, Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, Técnico de Auditoría y Contabilidad y Técnico de Hacienda. Igualmente, se convocan en el Cuerpo de Maestros. Subgrupo C1 Por lo que se refiere a Cuerpos del Subgrupo C1, se convoca la especialidad de Agentes de la Hacienda Pública. Igualmente, se incluyen las plazas correspondientes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como Organismo que vela por la supervisión e inspección de los mercados. DISCAPACIDAD INTELECTUAL Además, se convoca, en turno independiente y exclusivamente para personas con discapacidad intelectual (lo que origina el reconocimiento de tal condición, la no discriminación en el acceso al empleo público y la compensación de las desventajas para este colectivo), el correspondiente cupo establecido por la ley del 2 por 100 para las personas con discapacidad intelectual. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Por lo que se refiere a las plazas del personal al servicio de la Administración de Justicia, la Oferta Pública de Empleo contiene, siguiendo los criterios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013, las que corresponden a este ámbito y diferencia, de acuerdo con lo indicado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, las que se autorizan para el ámbito del Ministerio de Justicia de las que corresponden a Comunidades Autónomas que han recibido traspaso de medios personales en esta materia, que en total suman 300. Corresponde a ingreso libre el 50 por 100 de las indicadas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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En este sentido, hay que recordar que la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2013 autoriza la convocatoria de hasta cincuenta plazas para el acceso a las carreras judicial y fiscal, plazas cuya convocatoria corresponde gestionar al Consejo General del Poder Judicial. OTRAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO Por último, en próximas fechas, el Consejo de Ministros aprobará los correspondientes Reales Decretos de Oferta Pública de Empleo para el Cuerpo de la Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Fuerzas Armadas.

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Nuevo Ingreso Personal Funcionario

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUPO GENERAL

DISC. GEN.

DISC. INT.

TOTAL PLAZAS

Abogados del Estado 11 11 Arquitectos de la Hacienda Pública 5 5 Carrera Diplomática 14 1 15 Ingenieros Aeronáuticos 10 10 Ingenieros de Montes 2 2 Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública 4 4 Superior de Administradores Civiles del Estado 28 2 30 Superior de Inspectores de Hacienda del Estado 14 1 15

Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social 10 10

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Inf. Admón. E. 28 2 30

Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado 10 10

Superior Inspectores de Seguros del Estado 6 6 Superior Interventores y Auditores del Estado 13 1 14 Inspectores del SOIVRE 4 4 Traductores intérpretes 4 4 Superior de Intervención y Contabilidad de Admón. De la S. Social 12 12

Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social 12 12

Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social 7 7

Científicos titulares de organismos públicos de investigación 14 1 15

Diplomados comerciales del Estado 4 4 Gestión de la Administración Civil del Estado 23 2 25 Gestión de sistemas e informática de la Administración del Estado 23 2 25

Subinspectores de Empleo y Seguridad Social 22 2 24 Técnico de Auditoría y Contabilidad 17 1 18 Ingenieros Técnicos del SOIVRE 4 4 Técnico de Hacienda 47 3 50 General Administrativo Admón. Est., Esp. Agentes Hacienda Pública 18 2 20

TOTAL 366 20 386

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Nuevo Ingreso Personal Laboral

Administración General del Estado Cupo General

Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

Convenio Único 8 8 TOTAL 8 8

Nuevo Ingreso Personal Laboral E.P. Empresariales y Entes Públicos

E.P. Empresariales y Entes Públicos Cupo General

Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

CNMV 5 5 TOTAL 5 5

Plazas personal estatutario Red Hospitalaria de la Defensa

Cupo

General Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

Facultativos especialistas de área 12 12 TOTAL 12 12

Nuevo Ingreso Educación

Cupo

General Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

Maestros 10 1 11 TOTAL 10 1 11

Promoción Interna Personal Funcionario

Cupo

General Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

Distintos Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1 103 4 107

Distintos Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 99 4 103

Cuerpos del Subgrupo C1 132 7 139 Cuerpo Auxiliar Subgrupo C2 84 7 9 100 TOTAL 418 22 9 449

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Personal de la Administración de Justicia

Cupo

General Disc. Gen.

Disc. int.

Total Plazas

Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales 55 3 58 Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa 224 12 6 242

Total 279 15 6 300

De estas plazas corresponden al Ministerio de Justicia: Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales 55 3 58 Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa 17 1 2 20

Total 72 4 2 78

Corresponden a Comunidades Autónomas que han recibido traspasos de medios personales las siguientes plazas: Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa 207 11 4 222

Total 207 11 4 222

Del total de plazas que se convocan, el 50 por 100 se reservan para su provisión por promoción interna, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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Industria, Energía y Turismo CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE ANULÓ UN ACUERDO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE UN MÚLTIPLE DIGITAL El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para ejecutar una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 27 noviembre de 2012, que anuló el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010, por el que se asignaba un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre de ámbito estatal, directamente sin mediar concurso. Mediante el Acuerdo aprobado, se da cumplimiento estricto a la sentencia del Tribunal Supremo incardinando la ejecución de la misma en el proceso de liberación del conocido como “dividendo digital”.

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Asuntos Exteriores y de Cooperación DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA MUNDIAL DEL AGUA El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración del Gobierno con motivo de la celebración hoy del Día Mundial del Agua. El Gobierno de España conmemora el Día Mundial del Agua con el propósito de proseguir la sensibilización sobre la dramática situación que sufren millones de personas en el mundo por falta de acceso al agua potable y al saneamiento, y de llamar la atención sobre el tema elegido para este año 2013: cooperación en la esfera del agua. En el Día Mundial del Agua, -que se conmemora el 22 de marzo, a iniciativa de Naciones Unidas, y que se enmarca en el Año Internacional para la Cooperación en la Esfera del Agua- el Gobierno de España desea ratificar su compromiso en este ámbito, subrayando que el gran reto a afrontar es la correcta implementación de este derecho humano. Consciente de los retos que giran entorno al acceso al agua y a su gestión, España ha venido abordando esta materia centrándose en diversos ámbitos de actuación, cuyo desarrollo está necesariamente interrelacionado: nacional y transfronterizo, internacional, cooperación al desarrollo, y desarrollo tecnológico. Ámbito internacional En el ámbito internacional, España emprendió en 2006, junto con Alemania, una iniciativa internacional a favor del reconocimiento del derecho humano al agua potable y el saneamiento. La Cooperación al Desarrollo española cuenta con una larga tradición de trabajo en el sector del agua. El esfuerzo realizado durante los últimos años en el marco de los Objetivos del Milenio -la reducción a la mitad, para 2015, de la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y a los servicios básicos de saneamiento- ha llevado a la Cooperación al Desarrollo española a convertirse en un referente internacional.. El sector agua es estratégico y prioritario, ya que contribuye al logro de los citados Objetivos del Milenio y es clave para conseguir otros derechos humanos: salud, educación, alimentación…

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La mejor muestra del compromiso adquirido por España en el ámbito exterior es el Fondo de Cooperación de Agua y Saneamiento para América Latina y Caribe que, hasta la fecha, ha desembolsado más de ochocientos millones de euros. Con ello España ha pasado de ser un donante de importancia intermedia a ser el sexto donante mundial en 2010. Desde 2009 diecinueve países se han beneficiado de 62 programas y proyectos. Ámbito nacional En el ámbito nacional, la gestión hídrica por cuencas que España realiza desde hace muchas décadas, a través de las Confederaciones Hidrográficas ha despertado, por sus buenos resultados, el interés de la Comunidad Internacional, al estar España en condiciones de compartir su experiencia. A lo largo de los años España se ha ido dotando de una sólida “caja de herramientas del agua”, que día a día se sigue renovando y enriqueciendo. La tarea por delante es la de articular todas esas herramientas, para poner en valor la experiencia y capacidad españolas en los ámbitos multilateral y bilateral, al igual que para poner de relieve que la cooperación española en materia de agua contribuye a la estabilidad y la seguridad. Asimismo, esta Declaración deja constancia de la adhesión del Estado al reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento, un derecho de reciente creación que puede considerarse consolidado en el sistema jurídico internacional.

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Interior CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ESTATALES ANUALES A PARTIDOS POLÍTICOS • Ascienden a 52,7 millones de euros, lo que representa un 40 por 100 menos que en 2011,

año en el que superaron los 82 millones de euros. El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de subvenciones estatales anuales, en concepto de financiación ordinaria, al Partido Popular y al Partido Socialista Obrero Español en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica sobre financiación de los partidos políticos, de 4 de julio de 2007, y en el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, de 21 de julio de 2006. Los Presupuestos Generales del Estado para 2013 recogen la concesión de una subvención de 52.704.104 euros para los partidos políticos con representación parlamentaria. Esta cantidad representa un 40 por 100 menos que la distribuida a los partidos políticos en 2011, que ascendió a 82.354.480 euros. El Acuerdo del Consejo de Ministros cita explícitamente, de acuerdo con la Ley de Subvenciones, la concesión de subvenciones al Partido Popular y al Partido Socialista Obrero Español por rebasar en cada caso la cifra de doce millones de euros. De todos modos, se incluye a continuación el desglose de las subvenciones a todos los partidos políticos con representación parlamentaria:

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FORMACIÓN ANUAL 2013

Partido Popular + PP-EU 24.568.114,69 € Partido Socialista Obrero Español 14.017.916,13 € Convergencia I Unió 2.339.642,96 € Partit dels Socialistes de Catalunya 2.098.346,35 € Partido Popular-Partido Aragones 915.152,28 € Izquierda Unida (La Izquierda Plural) 2.364.806,35 € Amaiur 857.387,83 € Unión Progreso y Democracia 1.980.437,16 € Partido Nacionalista Vasco 741.597,23 € Esquerra Republicana de Catalunya 539.348,88 € Iniciativa per Catalunya Verds (La Izquierda Plural) 574.395,80 € Bloque Nacionalista Galego 378.799,09 € Coalición Canaria (CC-PNC-NC) 318.051,30 € Unión del Pueblo Navarro-PP 291.781,61 € Bloc-Iniciativa-Verds-Equo-Compromis-Q 239.756,71 € Foro de Ciudadanos 200.676,68 € Chunta Aragonesista-IU(la Izquierda Plural) 163.569,33 € Geroa Bai 114.359,62 € TOTAL 52.704.140,00 €

La Ley Orgánica sobre financiación de los partidos políticos fija que la consignación presupuestaria se distribuirá en tres cantidades iguales. Una de ellas se repartirá en proporción al número de escaños obtenidos por cada partido político en las últimas elecciones al Congreso de los Diputados, mientras que las dos partes restantes se distribuirán proporcionalmente a todos los votos obtenidos por cada partido en dichas elecciones, en este caso las del 20 de noviembre de 2011.

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Fomento ACTUALIZADOS LOS TIPOS DE INTERÉS DE LOS PRÉSTAMOS SOBRE VIVIENDAS PROTEGIDAS • Los tipos de interés modificados lo son a la baja, lo que redundará en reducciones de las

cuotas a pagar por los titulares de los préstamos. El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco de los programas 1993 y 1995 del Plan de Vivienda 1992-1995, programa 1998 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008. La normativa vigente que regula el funcionamiento de los distintos Planes de Vivienda establece que en el primer trimestre del año 2013 procede revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos concedidos en los mencionados programas. Tras la revisión, los tipos de interés modificados lo son a la baja, lo que redundará en reducciones de las cuotas a pagar por los titulares de los préstamos. Los tipos de interés ahora fijados son los siguientes:

TIPO DE INTERÉS VIGENTE

TIPO DE INTERÉS REVISADO

3,86% 2,70% PROGRAMA 1993 ( PLAN 1992-1995)

4,08% 2,85%

PROGRAMA 1995 ( PLAN 1992-1995) 2,60% 2,60%

PROGRAMA 1998 ( PLAN 1996-1999) 2,60% 2,60%

PLAN 2002-2005 3,38% 2,76%

PLAN 2005-2008 3,39% 2,78%

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Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Con carácter general, la revisión se realiza a partir de un tipo medio de referencia, obtenido como promedio del tipo de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades financieras publicado por el Banco de España en los últimos meses.

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Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad EL 31 DE MAYO, FECHA LÍMITE PARA EL ACCESO EXTRAORDINARIO AL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA El Consejo de Ministros ha aprobado la convocatoria de una prueba para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, y ha fijado el 31 de mayo próximo como fecha límite para la presentación de solicitudes Un Real Decreto de 31 de julio de 1998 surgió para dar una solución a aquellos licenciados en Medicina antes del 1 de enero de 1995 que no disponían del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y se veían afectados por las previsiones de una Directiva comunitaria de 1993; en concreto, por el requisito de ostentar dicho título de especialista, o la certificación a que se refería el Real Decreto del 4 de junio de 1993, para desempeñar plazas de Médico de Familia en centros o servicios sanitarios integrados en el Sistema Nacional de Salud. Los requisitos para optar al procedimiento de obtención del título, contemplaban, por una parte, reunir una serie de obligaciones referidas a la práctica profesional y formación en el ámbito de la Medicina Familiar y Comunitaria, ambas certificadas, requisitos que debían reunirse antes del año 2008. Asimismo, contemplaban la superación de una prueba de evaluación de la competencia, denominada prueba ECOE. Las previsiones que contemplaba el citado Real Decreto de 1998, establecían el inicio de procedimiento a través de solicitud del interesado y no preveían una fecha límite para poder dirigir su solicitud de participación en la prueba de evaluación de competencia, por lo que se convertían, por tanto, en un procedimiento abierto “sine die”. La modificación que recoge el Real Decreto que se ha aprobado en la reunión de Consejo de Ministros pone como fecha límite para presentar la solicitud de participación en la prueba de evaluación antes citada, el 31 de mayo de este año.

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Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente RESTRICCIÓN AL USO DE DETERMINADAS SUSTANCIAS PELIGROSAS EN APARATOS ELÉCTRICOS • Se trata de proteger la salud y el medio ambiente, y de facilitar la valorización y

eliminación correcta de los residuos. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las normas necesarias para restringir la utilización de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. El objetivo de este Real Decreto es limitar la utilización de sustancias peligrosas en estos aparatos, de manera que, cuando se conviertan en residuos, se proteja más adecuadamente la salud humana y el medio ambiente, y se facilite la valorización y eliminación correcta desde el punto de vista medioambiental. Los aparatos eléctricos y electrónicos son productos muy complejos que, generalmente, incluyen numerosas piezas y componentes fabricados con materiales muy diversos y de diferente naturaleza. Básicamente, se trata de metales (férreos y no férreos), plásticos, vidrios y otros materiales (como madera, caucho, cartón, etcétera). Además de estos materiales, los aparatos eléctricos y electrónicos necesitan para su funcionamiento una serie de sustancias que, una vez convertidos en residuos, si no se gestionan y tratan adecuadamente, son peligrosas para el medio ambiente y la salud humana. Transformación en residuos Por otra parte, los materiales que componen estos aparatos eléctricos y electrónicos son recursos valiosos que deben aprovecharse cuando se transformen en residuos mediante el reciclado o su valorización. Una recuperación efectiva de estos metales o materiales es esencial para que puedan ser utilizados en la fabricación de nuevos aparatos, evitando así el consumo de nuevos recursos. Con esta norma, además, el Gobierno transpone una Directiva comunitaria del 8 de junio de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Entre las principales novedades que introduce el Real Decreto, destacan la ampliación del ámbito de los aparatos sometidos a las restricciones de utilización de sustancias peligrosas, así como la adaptación del régimen jurídico de los aparatos eléctricos y electrónicos al progreso científico y técnico.

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Este Real Decreto, propuesto por los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de Industria, Energía y Turismo, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha contado con el informe favorable del Consejo de Estado, y en su elaboración han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

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Hacienda y Administraciones Públicas AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 593.601.624,71 euros, para financiar las siguientes modificaciones de crédito: Ampliaciones de crédito − 514.421.026,74 euros para atender durante el año 2013 gastos ocasionados por la

participación de las Fuerzas Armadas Españolas en operaciones de mantenimiento de la paz. Por sendos Acuerdos del Consejo de Ministros del 28 de diciembre de 2012 y del 18 de enero de 2013 se prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2013 la participación de unidades y observadores militares en operaciones fuera del territorio nacional, y se autorizó el despliegue y la participación de unidades militares españolas en el marco de la crisis de Mali, respectivamente.

− 16.460.000,00 euros para la cobertura de gastos derivados de situaciones de emergencia

o de naturaleza catastróficas, en cumplimiento de la Ley de 26 de diciembre de 2012, por la que se aprobaron medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.

− 137.150,14 euros para atender el pago de diversas indemnizaciones a participantes en

operaciones de mantenimiento de la paz; y 1.299.676,73 euros correspondientes al 1 por 100 cultural, según lo dispuesto en el la Ley del Patrimonio Histórico Español, de 1985, y en el Real Decreto de 2002 de desarrollo parcial de la misma.

Remanentes de crédito 39.719.222,24 euros de los remanentes de crédito no ejecutados en el año 2012, según lo establecido en la Ley reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, del 27 de diciembre de 2001; y 21.564.548,86 euros del remanente de crédito procedente del año 2012 destinado a la prevención, investigación y represión de los delitos relacionados con el tráfico de drogas y otros fines, de conformidad con lo previsto en la Ley por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por el tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, del 29 de mayo de 2009.

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Hacienda y Administraciones Públicas RESPUESTA AL REQUERIMIENTO DE INCOMPETENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA SOBRE PLANES DE FINANCIACIÓN El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por que se da contestación al requerimiento de incompetencia de la Xunta de Galicia formulado en relación con la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, del 27 de diciembre de 2012, por la que se convocan para el ejercicio 2013 subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Argumentos En primer lugar, hay que destacar que, con posterioridad a la aprobación de la convocatoria, el Tribunal Constitucional establece unos criterios de aplicación en esta materia, en especial en una sentencia al respecto de 2013. Tales criterios señalan que, en materia de ayudas a la formación de personal de entidades locales, as Comunidades Autónomas tienen competencias ejecutivas salvo que, mediante la oportuna argumentación, el Estado demuestre la procedencia de la gestión centralizada. Así, en relación con la Resolución objeto de requerimiento,.se estiman incluidos en el ámbito de actuación estatal los supuestos de promoción de la Administración General del Estado en los términos previstos por la Jurisprudencia Constitucional, como, por ejemplo, lo relacionado ala formación de los funcionarios pertenecientes a Cuerpos locales con habilitación estatal olas ayudas correspondientes a las organizaciones sindicales de carácter supraterritorial. Participación de las Comunidades Autónomas Sin perjuicio de ello, y a la vista de la muy reciente jurisprudencia constitucional en esta materia, el Gobierno se compromete a adaptar a la misma la próxima convocatoria de las subvenciones a que se refiere la Resolución. Además, en el caso de que el Estado, con fundamento en los criterios determinados por la jurisprudencia constitucional, realizara el otorgamiento de un determinado porcentaje de estas ayudas, se garantizará, mediante acuerdo con las Comunidades Autónomas, la participación de las mismas.

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Hacienda y Administraciones Públicas AUTORIZADAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A ANDALUCÍA Y MURCIA El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Andalucía a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 101,93 millones de euros, para financiar la variación de activos financieros previstos en el Plan económico-financiero de reequilibrio 2012-2014 cuyas medidas fueron consideradas idóneas por el Pleno del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 17 de mayo de 2012. Asimismo, se le han prorrogado, hasta el 30 de junio de 2013, las autorizaciones de los Acuerdos del Consejo de Ministros de 17 de febrero y 5 de octubre de 2012, por el importe pendiente de formalizar, hasta un máximo de 1.151,70 millones de euros. Por otra parte, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se le ha autorizado a realizar, hasta el 30 de junio de 2013, las operaciones de endeudamiento autorizadas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2012, por el importe pendiente de formalizar de 113,20 millones de euros. Estas autorizaciones podrán ser atendidas con cargo al Fondo de Liquidez Autonómico, creado por el Real Decreto Ley, de 13 de julio de 2012, de medidas de liquidez de las Administraciones Públicas y en el ámbito financiero, con las condiciones que se establezcan para la concertación de las operaciones de crédito derivadas de este mecanismo de apoyo a la liquidez.

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Justicia CONCESIÓN DE DOS INDULTOS ESPECIALES CON MOTIVO DE LA SEMANA SANTA • Estas medidas de gracia se suman a los diecinueve concedidos en el anterior Consejo de

Ministros a propuesta de Cofradías y Hermandades. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se conceden dos indultos especiales con motivo de la festividad de Semana Santa. Estos indultos, sumados a los diecinueve concedidos en el Consejo de Ministros anterior, establecen un total de veintiún medidas de gracia a propuesta de Cofradías y Hermandades religiosas. Tradicionalmente, las cofradías de penitentes solicitan esta medida de gracia para aquellos reos del ámbito de su provincia que cumplen los requisitos de cualquier indulto ordinario, como son: que esté cumpliendo condena en la actualidad y que concurran razones de justicia, equidad o utilidad pública. Los penados que verán formalizado su indulto este año son: − G.G, S., solicitado por la Hermandad de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Agonía y

Hermandad de Nuestro Padre Jesús del Perdón, de Salamanca. − Y.G., M.P., solicitado por la Pontificia y Real Cofradía y Hermandad de Nuestra Señora de

la Soledad y Descendimiento del Señor, de Granada.

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Industria, Energía y Turismo DESESTIMADAS VARIAS RECLAMACIONES DE TITULARES DE INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS El Consejo de Ministros ha aprobado dos Acuerdos que tienen por objeto desestimar, en un caso, e inadmitir, en el otro, diversas reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas por los titulares de instalaciones fotovoltaicas, por los daños y perjuicios que argumentaban que les habían ocasionado un Real Decreto del 19 de noviembre de 2010 y un Real Decreto Ley del 23 de diciembre de 2010. Las citadas normas modifican el régimen de las instalaciones fotovoltaicas, limitando en el tiempo el derecho de estas instalaciones a percibir la prima, limitando el número de horas al año por el que podían percibir las primas (el resto de las horas podrían percibir los precios de mercado) y estableciendo ciertas obligaciones de carácter técnico. Los titulares de las instalaciones reclamaban indemnizaciones por considerar que estas normas les había producido daños antijurídicos, esto es, que no tienen el deber de soportar, y que, por lo tanto, deben ser indemnizados por la Administración General del Estado. Argumentos Los acuerdos desestiman estas reclamaciones. El primero de ellos, que desestima las reclamaciones, cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado. La desestimación se funda en las sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que confirman que las normas son conforme a Derecho. Las sentencias señalan que los titulares de instalaciones fotovoltaicas no tienen derecho a que el régimen de primas se mantenga inalterado en el tiempo, sino que tienen derecho a una rentabilidad razonable. Por ello, son legítimos los cambios que se produzcan en dicho régimen de primas, siempre que no menoscaben el derecho a la retribución razonable. Y eso, se justifica, es lo que ha ocurrido en este caso. El segundo de los Acuerdos tiene por objeto inadmitir otras reclamaciones ya que faltaban los requisitos para que las reclamaciones fueran admitidas.

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Defensa IMPUTACIÓN AL EJERCICIO 2013 DE GASTOS EN 2012 PARA CONSTRUIR PUESTOS DE VIGILANCIA Y CONTROL EN LÍBANO Y AFGANISTÁN El Consejo de Ministros ha autorizado la imputación de gastos realizados en el ejercicio 2013 con cargo a libramientos a justificar del ejercicio 2012 para la construcción de puestos de vigilancia y control en territorio libanés y en la provincia de Badghis (Afganistán), por un importe de 227.800 y 330.951 euros, respectivamente. El Acuerdo resulta necesario dado que los créditos asignados para la financiación de los proyectos fueron puestos a disposición a finales de 2012, una vez aprobada la última ampliación de crédito con cargo al Fondo de Contingencia, de manera que, en muchos casos, su realización se prolongará a lo largo de 2013. Además, en noviembre fueron aprobados nuevos proyectos de ‘Impacto Rápido’, cuya ejecución se solapa en los dos ejercicios citados. Estas iniciativas son vitales para mejorar la relación con las poblaciones vecinas a los proyectos militares ejecutados: escuelas, carreteras, etcétera.

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Asuntos Exteriores y de Cooperación ACUERDO CON LA FAO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE UNA OFICINA EN ESPAÑA El Consejo de Ministros ha autorizado la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), relativo al establecimiento de la Oficina de esta Organización en España. La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura es un organismo especializado del sistema de Naciones Unidas creado en 1945, con el mandato de alcanzar la seguridad alimentaria, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial. España es miembro de la Organización desde 1951 y en 2004 se firmó el Acuerdo Marco entre España y la FAO con el objetivo de impulsar las relaciones entre ambas, en el que se contempla la posibilidad de establecer oficinas de la Organización en España mediante los oportunos Acuerdos de Sede. Para proporcionar la adecuada cobertura jurídica a la Oficina surge la necesidad de negociar un Acuerdo de Sede, fundamentalmente en lo que se refiere a la aplicación de privilegios e inmunidades reconocidos en la Convención de 1947 sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados de Naciones Unidas. Es preciso destacar el retorno económico que aporta la relación con FAO. España es la octava potencia exportadora mundial de productos agroalimentarios y en este ámbito es esencial la aportación de la FAO en el área del conocimiento. Asimismo, en relación al sector pesquero, las directivas emanadas (pesca responsable, pesca ilegal, estado rector del puerto, etcétera) son recibidas por la Unión Europea y son especialmente importantes para la conservación y protección de consumidores y recursos. El Acuerdo, aplicable a la sede principal en Madrid y a las delegaciones que pudieran establecerse a su amparo en otras localidades españolas se ocupa, fundamentalmente, de la inviolabilidad de la Oficina; la inmunidad de jurisdicción; la protección de las comunicaciones; el régimen fiscal y aduanero; la libertad de acceso y estancia; las inmunidades y facilidades concedidas a los funcionarios y exención de impuestos sobre sus sueldos así como de contribuciones a la seguridad social, la regulación del empleo de sus familiares dependientes, el tratamiento de los expertos en misión, el estatuto del Representante de la FAO y la solución de controversias.

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Interior PRÓRROGA DE LA ENCOMIENDA A LA FÁBRICA DE LA MONEDA SOBRE LA EXPEDICIÓN DE DNI Y PASAPORTES El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad-Dirección General de la Policía) a prorrogar hasta el 31 de agosto de 2013 las encomiendas de gestión suscritas con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para la realización de diversas prestaciones relacionadas con la expedición del pasaporte español, por un importe de 8.406.415 euros, y del documento nacional de identidad electrónico, por un importe de 19.614.965 euros. Los acuerdos se suscriben debido a la próxima finalización de la vigencia de las últimas encomiendas de gestión aprobadas, que se formalizaron el pasado 24 de septiembre con un plazo de ejecución hasta el 31 de marzo de 2013, y que contemplaban la posibilidad de prorrogarlas. En las prórrogas se mantienen las mismas condiciones administrativas, técnicas y económicas de las encomiendas iniciales, en las cuales se fijaban los términos que han de regir para la realización, por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, de todas las prestaciones relacionadas con la confección, expedición y entrega de ambos documentos.

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Fomento 67 MILLONES PARA CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA Y DE CASTILLA Y LEÓN El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento la contratación de diversas operaciones de conservación y explotación de carreteras en diferentes puntos de España, por un valor conjunto de 66.972.066,47 euros, excluido el IVA. Los contratos se refieren a tramos de la Red de Carreteras del Estado situados en las Comunidades Autónomas de Andalucía (15.761.949,19 euros), concretamente en la provincia de Jaén, y de Castilla y León (51.210.117,28 euros), en Burgos y Salamanca. Jaén En Jaén las actuaciones se llevarán a cabo en la A-4 en el tramo L.P. Ciudad Real a L.P. Córdoba. Burgos En cuanto a Burgos, son dos los contratos de servicios para las actuaciones de conservación y explotación. El primero de ellos afecta a tramos de la A-1, la A-62, la BU-30, la BU-11 y la N-234. El segundo contrato incluye, entre otros, tramos de la A-62, Autovía de Castilla; CN-120, de Logroño a Vigo; CN-620(a), de Burgos a Portugal por Salamanca; CN-620(a), travesía de Estepar; CN-620(a), travesía de Celada del Camino; y CN-622, de Lerma a Palencia. Salamanca Por último, en Salamanca el contrato de servicio para las actuaciones de conservación y explotación afecta a diferentes tramos de la A-66 (enlace Salamanca Sur-Límite provincia de Cáceres); N-630 (Las Torres-Guijuelo); N-630 (Puerto de Béjar-Límite provincia de Cáceres); N-630a (acceso Guijuelo Sur); N-630a (acceso Nava de Béjar) y N-630a (Sorihuela-Puerto de Béjar).

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Hacienda y Administraciones Públicas CESIÓN DE UN INMUEBLE EN ZARAGOZA A LA ASOCIACIÓN TUTELAR ASISTENCIAL DE DISCAPACITADOS INTELECTUALES El Consejo de Ministros ha aprobado la cesión de un inmueble a la Asociación Tutelar Asistencial de Discapacitados Intelectuales (ATADES), antes Asociación Tutelar de Minusválido Psíquicos de Zaragoza, sito en dicha localidad, para dedicarlo a labores de asistencia y tutela de personas discapacitadas. La Asociación ocupa el inmueble desde el año 1964, en virtud de la autorización otorgada por el entonces Canal Imperial de Aragón. La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas permite que la Administración General del Estado ceda los bienes y derechos de su titularidad cuya afectación a un servicio público o su explotación no sean previsibles a favor de asociaciones que hayan sido declaradas de utilidad pública, y atribuye al Consejo de Ministros la competencia para acordar dichas cesiones. Al considerar que el inmueble solicitado no resulta de utilidad para los fines de la Administración General del Estado, el Consejo de Ministros ha estimado adecuado proceder a su cesión, para lo que se ha tramitado el oportuno procedimiento y se han recabado los preceptivos informes a los órganos consultivos correspondientes, que han valorado positivamente la cesión solicitada.

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Asuntos Exteriores y de Cooperación ACUERDO CON MÓNACO SOBRE RECONOCIMIENTO Y CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN El Consejo de Ministros ha aprobado un Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Mónaco sobre el reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducción nacionales. En la redacción del Acuerdo se refleja que en ambos Estados las normas y señales que regulan la circulación por carretera se ajustan a lo dispuesto en la Convención sobre Circulación por Carretera y Señales de Tráfico adoptada en Viena el 8 de noviembre de 1968 y que, tanto las clases de los permisos y licencias de conducción, como las condiciones que se exigen y las pruebas que se realizan para su obtención, son básicamente homologables, puesto que se ajustan a las disposiciones de la Directiva comunitaria de 2006 sobre el Permiso de Conducción. Por este Acuerdo ambas partes reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por sus autoridades a quienes tuvieran su residencia legal en las mismas, siempre que se encuentren en vigor y de conformidad con la Tabla de Equivalencias entre las clases de permisos del Anexo que forma parte integrante del mismo.

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Asuntos Exteriores y de Cooperación REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO CON ETIOPÍA El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Federal Democrática de Etiopía. Este Acuerdo, el primero que se negocia entre ambos países, fue rubricado en una reunión celebrada en Addis Abeba el 22 de junio de 2011 con el fin de establecer un marco legal que proporcione cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países. Para la conclusión del mismo se han cumplido todos los preceptos del Reglamento comunitario sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea. La Comisión Europea ha dado su conformidad para que España suscriba este Acuerdo. Asimismo, el Acuerdo sigue la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos. Recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados miembros. Durante las negociaciones se acordó que cada país podrá designar a dos compañías aéreas para las operaciones de pasajeros, correo y carga; y una compañía aérea para los servicios exclusivos de carga. El marco establecido en este Acuerdo faculta a las empresas aéreas designadas de uno y de otro país a que los servicios se puedan llevar a cabo bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países; así como otra serie de facilidades operativas. Asimismo, el Acuerdo establece siete frecuencias semanales de pasajeros, correo y carga en sus rutas respectivas, con cualquier tipo de aeronave.