recuerde - cámara de comercio de bogotá

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Talón de equipaje El transportador deberá entregarle como constancia uno o varios talones que permitan determinar el número de piezas, su peso y destino. Tenga en cuenta que la entrega del equipaje se hará contra presentación del talón. La falta de tal presentación da derecho al transportador a verificar la identidad del reclamante pudiendo diferir la entrega hasta cuando ello se verifique. Transporte y conservación del equipaje El transportador tiene la obligación de recibir el equipaje, conducirlo y entregarlo al pasajero en el estado en que las recibió (se presume en buen estado, salvo constancia en contrario). Tiempo para reclamación por fallas en el transporte de equipaje El transportador debe atender la reclamación por destrucción, retraso, saqueo o pérdida del equipaje facturado, pero esta reclamación debe ser presentada dentro de los siguientes términos: a. Para transporte nacional (artículo 1028 del Código de Comercio), la reclamación debe comunicarse por escrito a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha prevista de entrega del equipaje. b. Para transporte internacional, (artículo 26 y modificado por el Convenio de La Haya/55), la protesta debe presentarse inmediatamente y a más tardar, dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha de su recibo. En caso de retraso, la protesta deberá hacerse a más tardar dentro de los 21 días siguientes. Si la empresa recibe la reclamación o protesta, debe iniciar inmediatamente los trámites correspondientes a la búsqueda o indemnización. Perjuicios por pérdida, saqueo, destrucción o demora de equipajes. En caso de pérdida, destrucción o demora en la entrega de su equipaje, usted tiene derecho a ser indemnizado conforme a lo previsto en: cuando se trate de transporte en vuelos domésticos. 1.929, La Haya de 1.955 según sean aplicables o los que en el futuro los sustituyan, para vuelos internacionales. RECUERDE RECUERDE RECUERDE

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Page 1: RECUERDE - Cámara de Comercio de Bogotá

Talón de equipajeEl transportador deberá entregarle como constancia uno o varios talones que permitan determinar el número de piezas, su peso y destino. Tenga en cuenta que la entrega del equipaje se hará contra presentación del talón. La falta de tal presentación da derecho al transportador a verificar la identidad del reclamante pudiendo diferir la entrega hasta cuando ello se verifique.

Transporte y conservación del equipajeEl transportador tiene la obligación de recibir el equipaje, conducirlo y entregarlo al pasajero en el estado en que las recibió (se presume en buen estado, salvo constancia en contrario).

Tiempo para reclamación por fallas en el transporte de equipajeEl transportador debe atender la reclamación por destrucción, retraso, saqueo o pérdida del equipaje facturado, pero esta reclamación debe ser presentada dentro de los siguientes términos:a. Para transporte nacional

(artículo 1028 del Código de Comercio), la reclamación debe comunicarse por escrito a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha prevista de entrega del equipaje.

b. Para transporte internacional, (artículo 26

y modificado por el Convenio de La Haya/55), la protesta debe presentarse inmediatamente y a más tardar, dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha de su recibo. En caso de retraso, la protesta deberá hacerse a más tardar dentro de los 21 días siguientes.

Si la empresa recibe la reclamación o protesta, debe iniciar inmediatamente los trámites correspondientes a la búsqueda o indemnización.

Perjuicios por pérdida, saqueo, destrucción o demora de equipajes.En caso de pérdida, destrucción o demora en la entrega de su equipaje, usted tiene derecho a ser indemnizado conforme a lo previsto en:

cuando se trate de transporte en vuelos domésticos.

1.929, La Haya de 1.955

según sean aplicables o los que en el futuro los sustituyan, para vuelos internacionales.

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SI USTED ES VISITANTE DEL AED TENGA EN CUENTA:

No sólo si usted es pasajero y ha comprado un tiquete tiene derechos que reclamar y deberes que cumplir. Si usted es visitante, funcionario o propietario de algún establecimiento comercial del Aeropuerto El Dorado, puede exigir calidad en el servicio prestado por el AED, pero también debe respetar las normas básicas de comportamiento dentro de esta área.

Recuerde que estas instalaciones se rigen bajo un contrato de concesión para la “administración, operación, explotación comercial, mantenimiento, modernización y expansión del Aeropuerto El Dorado” y están a cargo de OPAIN S.A. Por lo tanto, sus derechos y obligaciones se asocian al “administrador” de las instalaciones: El CONCESIONARIO.

A continuación se presenta una serie de obligaciones mínimas de desempeño en la prestación de los servicios del Aeropuerto El Dorado y que usted en calidad de “visitante” tiene derecho a exigir.

Las áreas comunes de espera deberán tener una silletería adecuada, limpia, funcional y libre de riesgo para los usuarios.

Artículos perdidos: El Aeropuerto deberá contar con un servicio adecuado para la entrega y reclamo de artículos perdidos.

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Escaleras eléctricas, ascensores y esteras rodantes: El Aeropuerto deberá proporcionar, operar y mantener disponibles las escaleras eléctricas, asecensores y esteras rodantes.

Información a pasajeros: El Aeropuerto debe proveer puntos de servicio de información atendidos por personal idóneo en los que se respondan preguntas sobre información de vuelos, transporte público terrestre, ubicación de restaurantes, tiendas, salas de espera, cajeros automáticos, salas de abordaje y hoteles, entre otros. Adicionalmente, deben existir puntos de atención de quejas y reclamos para ser atendidos en coordinación con personal de Aerocivil. Estos puntos de información y de atención deben estar en áreas claramente visibles y fácilmente identificables, además el servicio de información debe ser proporcionado en castellano y en inglés.

Otros servicios: Se debe asegurar la prestación de servicios de telecomunicaciones (incluir teléfonos públicos, servicio de internet inalámbrico entre otras), el manejo idóneo del servicio de estacionamientos (asegurando que se respeten las tarifas establecidas según la normatividad vigente) y el servicio de taxis (garantizando la prestación de este servicio las 24 horas del día de los 7 días de la semana).

Sanitarios: El AED debe proveer y mantener disponibles unas instalaciones sanitarias adecuadas, equipadas, aseadas, libres de cualquier riesgo y accesibles a todos los usuarios.

Señalización: El AED debe proporcionar, operar y mantener disponible una señalización, claramente visible, que facilite el movimiento, la ubicación y la evacuación de los usuarios entrantes y salientes. También se deben proporcionar símbolos que identifiquen sanitarios, restaurantes, teléfonos y cajeros automáticos.

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Servicios para usuarios especiales: El Aeropuerto debe contar con servicios para personas discapacitadas tales como rampas, posiciones de estacionamiento de vehículos especiales, teléfonos especiales e instalaciones sanitarias.

Terminal de pasajeros: Usted tiene el derecho a visitar unas instalaciones limpias, aseadas, iluminadas y seguras. Paticularmente las intalaciones del terminal de pasajeros deben proveer servicios de control e inspección –suministrados por el gobierno-, orientación y ubicación de señalización, instalaciones para el descanso y comodidad de pasajeros y usuarios en general, servicios de teléfono, ascensor, escaleras eléctricas, esteras rodantes, aire acondicionado, sanitarios, servicios médicos, sistema público de sonido, señalización e información. Además las instalaciones deben facilitar servicios de limpieza y sanidad y en principio se debe percibir un enfoque de buen servicio al cliente por parte de todos los empleados del aeropuerto.

Usted tiene derecho a que sobre las vías de acceso al aeropuerto se ejecuten planes de mantenimiento correctivo y preventivo que garantizen la seguridad y comodidad de los usuarios que transitan por las vías de acceso. Por otra parte, se debe proporcionar y mantener disponible la señalización adecuada de estas vías, de manera que facilite el movimiento del tráfico entrante y saliente y que al mismo tiempo permita la toma de decisiones en puntos críticos de circulación.

Finalmente recuerde que como visitante del Aeropuerto Internacional El Dorado no sólo tiene derechos que exigir, también tiene el deber de comportarse dentro de las normas del Código Civil Colombiano y abstenerse de cometer cualquier acto que atente contra la seguridad y comodidad de los demás usuarios del Aeropuerto.

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CAPÍTULO III

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counters de facturación y chequeo, qué documentos debo tener a la mano?

Durante el procedimiento de chequeo, usted debe presentar tarjeta de identidad si es menor de edad y/o registro civil, cédula de ciudadanía o extranjería, para vuelos nacionales y pasaporte para vuelos internacionales. El pasado judicial, la libreta militar y la visa se presentarán en los casos que se requieran.

un menor de edad, que documento debo presentar?

Además de la tarjeta de identidad o registro civil del menor, en caso de viajar sin los padres o sin uno de ellos, deberá hacerlo acompañado de un mayor de edad y presentar un documento autenticado donde conste el permiso de salida del menor, de la ciudad o del país.

Las compañías aéreas pueden transportar menores recomendados con el personal de la aerolínea, siempre y cuando los padres o acudientes firmen un descargo de responsabilidad y garanticen que en el aeropuerto de destino un adulto se hará cargo del menor, con previa identificación (en algunas aerolíneas el servicio tiene costo adicional).

A los niños menores de doce años, se les cobrará en vuelos nacionales como máximo las dos terceras partes de la tarifa correspondiente, con derecho a ocupar asiento (Esto no es obligación cuando se trate de tarifas promocionales).

RECOMENDACIONES Y RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES