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Estudios Públicos, 101 (verano 2006). ESTUDIO UN NUEVO OPERADOR INDEPENDIENTE DE LOS MERCADOS ELÉCTRICOS CHILENOS 1 Hugh Rudnick V.D.W. El mercado mayorista eléctrico de cada uno de los sistemas interco- nectados de Chile es administrado por el Centro de Despacho Eco- nómico de Carga (CDEC), organismo encargado de la operación físi- ca, económica y comercial del sistema. El funcionamiento de los CDEC ha sido uno de los aspectos de la regulación que más discu- sión y análisis ha generado y su reformulación ha sido planteada en varias instancias. El artículo revisa las características ideales que debe cumplir tal organismo, según patrones internacionales, y como el CDEC cumple, o no, con ellas. Se analiza cómo gradualmente se han ido introduciendo cambios a su estructura y modo de operación. Se formula por último cómo avanzar en su reforma para llegar a constituir un efectivo operador independiente. HUGH RUDNICK VAN DE WYNGARD. Ingeniero Civil Electricista (U. de Chile), Ph. D. (University of Manchester). Profesor titular de la Facultad de Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica de Chile y director de la empresa consultora Systep Ingeniería y Diseños. [email protected] 1 Se agradece el aporte de Cristian Álvarez Arriagada, en cuya investigación de Magíster se apoya parte de este trabajo, así como las contribuciones y comentarios de Sebastián Mocarquer, Rodrigo Jiménez, Germán Henríquez, Marie-Helene Briant y Cris- tián Espinosa. Se agradece el financiamiento del proyecto Fondecyt 1030067.

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  • Estudios Pblicos, 101 (verano 2006).

    ESTUDIO

    UN NUEVO OPERADOR INDEPENDIENTEDE LOS MERCADOS ELCTRICOS CHILENOS1

    Hugh Rudnick V.D.W.

    El mercado mayorista elctrico de cada uno de los sistemas interco-nectados de Chile es administrado por el Centro de Despacho Eco-nmico de Carga (CDEC), organismo encargado de la operacin fsi-ca, econmica y comercial del sistema. El funcionamiento de losCDEC ha sido uno de los aspectos de la regulacin que ms discu-sin y anlisis ha generado y su reformulacin ha sido planteada envarias instancias. El artculo revisa las caractersticas ideales quedebe cumplir tal organismo, segn patrones internacionales, y comoel CDEC cumple, o no, con ellas. Se analiza cmo gradualmente sehan ido introduciendo cambios a su estructura y modo de operacin.Se formula por ltimo cmo avanzar en su reforma para llegar aconstituir un efectivo operador independiente.

    HUGH RUDNICK VAN DE WYNGARD. Ingeniero Civil Electricista (U. de Chile),Ph. D. (University of Manchester). Profesor titular de la Facultad de Ingeniera de laPontificia Universidad Catlica de Chile y director de la empresa consultora SystepIngeniera y Diseos. [email protected]

    1 Se agradece el aporte de Cristian lvarez Arriagada, en cuya investigacin deMagster se apoya parte de este trabajo, as como las contribuciones y comentarios deSebastin Mocarquer, Rodrigo Jimnez, Germn Henrquez, Marie-Helene Briant y Cris-tin Espinosa. Se agradece el financiamiento del proyecto Fondecyt 1030067.

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    AI. INTRODUCCIN

    unque el objetivo de las reformas de los sectores elctricos eslograr mercados mayoristas competitivos descentralizados de generacin,donde cada generador tome decisiones independientes, es indispensablemantener ciertas actividades a ser desarrolladas centralizadamente. Esto esnecesario dadas las particularidades de la cadena generacin-consumo,donde el producto elctrico debe ser generado en el momento en que esdemandado, no existiendo soluciones tecnolgicas para almacenarlo. Estocrea condiciones muy particulares del mercado elctrico que lo diferenciande otros mercados de commodities. La actividad centralizada fundamentales la de la operacin fsica (el control de la seguridad y calidad de suminis-tro) del sistema elctrico. Otras actividades son la operacin econmica(uso eficiente de los recursos de generacin-transmisin) y la operacincomercial (administracin del mercado), aunque hay avances regulatoriosdonde parte de ellas se realizan descentralizadamente.

    En la mayora de los sistemas elctricos latinoamericanos las funcio-nes descritas son realizadas por un nico organismo centralizado o pool2,que programa la operacin fsica de las unidades generadoras del sistema,respetando restricciones de seguridad y buscando alcanzar un ptimo eco-nmico. Adems, se encarga de la operacin en tiempo real del sistema y delas actividades anexas propias de la administracin de un mercado elctrico:facturacin, liquidaciones, etc.

    Sin embargo, las caractersticas de dicho organismo varan notable-mente de pas a pas, segn sea el modelo regulatorio adoptado.

    Parmetros del Banco Mundial

    El Banco Mundial3 indica que cualquier sistema de administracin ygobierno de un mercado elctrico puede ser juzgado a la luz de los siguien-tes objetivos:1. El administrador del mercado y el operador del sistema no estn

    controlados por un agente o clase de agentes particular del mercado.2. El mercado es eficiente y no discriminatorio.3. El sistema alcanza niveles de confiabilidad esperados.4. El proceso de toma de decisiones es transparente.

    2 Vase lvarez (1998), Rudnick, Varela y Hogan (1997), y Rudnick y lvarez(2001).

    3 Vase Barker, Tenanbaum y Woolf (1997).

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    5. El administrador y sus reglas de operacin pueden ser cambiadas enun periodo de tiempo razonable.

    6. El costo de la gobernabilidad4 es minimizado.

    La independencia del organismo de administracin y gobierno de unmercado elctrico es fundamental para asegurar el funcionamiento transpa-rente del mercado y un trato igualitario de los agentes. Las decisiones quedebe tomar el encargado de la operacin fsica y econmica del sistematienen impacto en los flujos monetarios entre los agentes de mercado, por loque se debe garantizar la independencia del operador de los grupos deinters. Por ello el operador del sistema no debe estar controlado por ungrupo de agentes o un agente en particular.

    El mercado debe ser no discriminatorio para permitir que todos losinteresados puedan participar en igualdad de condiciones en las transaccio-nes que en l se realizan. La exclusin de ciertos agentes o clases de agen-tes del mercado restringe la capacidad de la sociedad en su conjunto delograr eficiencia. La toma de decisiones al interior del mercado debe sereficiente. Esto se logra con mtodos de acceso y negociacin simples yclaros. No se debe complicar excesivamente el proceso de toma de decisio-nes para mantener un mercado eficiente con la participacin de todos losinteresados, tanto actuales como potenciales.

    Un buen sistema para medir el funcionamiento de la gobernabilidadde un sistema elctrico es la evaluacin del cumplimiento de los niveles deconfiabilidad impuestos para el sistema. En caso de que la estructura queregula el funcionamiento del mercado no sea adecuada, esto se reflejar enlos niveles de confiabilidad del sistema, los que se vern afectados por losproblemas de coordinacin que acarrea un sistema inadecuado de goberna-bilidad. Tambin puede medirse esta gobernabilidad en cuanto se logre o nooperar el mercado con criterios de eficiencia econmica.

    El proceso de toma de decisiones al interior de los administradoresdel mercado debe ser transparente para que los actuales y potenciales agen-tes del mercado puedan percibir seales claras del porqu se toman determi-nadas decisiones. La poca transparencia en el proceso de toma de decisio-nes puede tornar poco eficiente el mercado y abrir la puerta al abuso degrupos dominantes al interior de dicho organismo.

    4 Un concepto base para medir la eficiencia del organismo administrador es elde gobernabilidad. Se refiere al proceso de toma de decisiones en una organizacin ycmo stas son implementadas dentro de ella. En el caso de los sistemas elctricos lagobernabilidad interna del organismo administrador puede ser un substituto para la regu-lacin externa sobre el mercado.

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    El cambio del administrador y de las reglas que rigen el mercadodebe responder a los cambios que ocurren en el mercado elctrico, paramantener el buen funcionamiento de ste. El rpido cambio tecnolgico y delas condiciones de mercado hacen necesaria la existencia de una estructuradinmica que permita a las instituciones adaptarse a las nuevas condicionesimperantes.

    La minimizacin del costo de la gobernabilidad es un punto impor-tante en la evaluacin de las estructuras que sustentan el mercado elctrico.stas no deben ser una carga muy pesada que restrinja el mercado por susaltos costos. Las funciones deben estar bien especificadas, as como sufinanciamiento para evitar que los costos de manejar el mercado se vuelvanexcesivos. Otro punto central es que los mecanismos de toma de decisionesy resolucin de conflictos deben ser claros y breves para evitar que suexcesiva extensin en el tiempo aumente los costos de administrar el mer-cado.

    En la mayora de los mercados elctricos desregulados del mundoesto se ha enfrentado con la creacin de un operador independiente delsistema (ISO, del ingls Independent System Operator). En Chile esteavance ha sido tmido y no exento de problemas, segn se describe a conti-nuacin.

    II. MARCO REGULATORIO CHILENO

    El Banco Mundial identifica cuatro modelos de gobierno del adminis-trador del mercado: directorio integrado por agentes del mercado, directoriointegrado por personas independientes del mercado, directorio integradopor agentes de una clase, y corporacin sin fines de lucro. A continuacinse revisa el modelo utilizado en Chile, el Centro de Despacho Econmico deCarga, con un directorio que en su concepcin original estaba integradoslo por agentes de una clase.

    El Centro de Despacho Econmico de Carga (CDEC)

    El CDEC es un organismo definido en la Ley General de ServiciosElctricos, DFL N 1, del ao 1982, y reglamentado por el Decreto SupremoN 327, del ao 1997, ambos del Ministerio de Minera5. El Decreto N 327derog el anterior reglamento elctrico contenido en el Decreto SupremoN 6 de 1985, del Ministerio de Minera. Al respecto, dichos cuerpos legales

    5 Normativa legal en http://www.cdec-sing.cl/

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    establecen la obligacin de la creacin de estos organismos en los grandessistemas interconectados, con las siguientes funciones:

    Preservar la seguridad del servicio en el sistema elctrico; Garantizar la operacin ms econmica para el conjunto de las insta-

    laciones del sistema elctrico; Garantizar el acceso abierto a los sistemas de transmisin troncal y

    de subtransmisin.

    En la actualidad existen dos CDEC, uno para el Sistema Interconecta-do Central (SIC) y otro para el Sistema Interconectado del Norte Grande(SING).

    El CDEC est integrado por todas aquellas empresas elctricas detransmisin y generacin que cumplen con los requisitos establecidos en elDecreto N 327. Los grandes usuarios y las distribuidoras no han participa-do en el CDEC y su nica vinculacin con ste ha sido a travs de loscontratos que firmen con los generadores.

    El CDEC es gobernado por un Directorio y realiza sus funciones atravs de una Direccin de Operacin y una Direccin de Peajes (FiguraN 1).

    El Directorio est conformado por un representante de cada una delas empresas que integran el CDEC y es el encargado de los aspectos nor-mativos y de velar por el buen funcionamiento de las Direcciones de Opera-cin y Peajes. El Directorio puede encomendar a un tercero la ejecucin deacciones de apoyo o tareas especficas asociadas a las funciones del CDEC,y as de hecho lo han dispuesto el CDEC-SIC y el CDEC-SING, cada uno delos cuales ha creado una empresa especial para estos efectos. El CDECcomo tal no tiene persona jurdica, pero s puede crear una persona para laejecucin de acciones de apoyo. Cabe destacar adems que la reglamenta-cin vigente plantea que el director y el personal de cada Direccin debernreunir condiciones de idoneidad e independencia que garanticen su adecua-do desempeo. Estos organismos, eminentemente tcnicos y ejecutivos,desarrollarn su funcin conforme a la ley y su reglamento, y de acuerdo alos criterios generales que fije el Directorio.

    Los acuerdos del Directorio exigen un qurum para sesionar de dostercios de los miembros del Directorio y la unanimidad de los presentes enlas principales decisiones (reglamento interno, resolucin de conflictos). Encaso que la falta de unanimidad impida adoptar un acuerdo y la divergenciase produjere con motivo de la aplicacin del reglamento o del reglamentointerno, el Directorio debe someter la divergencia al dictamen de un tercero.Originalmente, el tercero era el Ministro de Economa. Con el Decreto Supre-

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    mo N 327 se cre una instancia intermedia, el Comit de Expertos, integradapor dos ingenieros y un abogado. Por ltimo, la Ley N 19.940 de 2004defini un nuevo Panel de Expertos como nica instancia de solucin dedivergencias, sin intervencin del Ministro de Economa.

    Dentro de las obligaciones operativas dispuestas para el CDEC en laley y el Decreto Supremo N 327, se encuentran:

    1. Operacin econmica (uso eficiente de los recursos de genera-cin-transmisin):

    Planificar la operacin del sistema elctrico, considerando su situa-cin actual y la esperada para el mediano y largo plazo, de modo queel costo del abastecimiento elctrico del sistema sea el mnimo posi-ble.

    Calcular los costos marginales instantneos de energa elctrica quese derivan de la operacin del sistema.

    2. Operacin fsica (control de la seguridad de suministro) del siste-ma elctrico:

    Determinar la operacin del conjunto de instalaciones de un sistemaelctrico incluyendo las centrales elctricas generadoras; lneas de

    FIGURA N 1: ORGANIGRAMA CDEC

    Directorio

    Direccin deoperacin

    Direccin depeajes

    Centro dedespacho y control

    Departamentode operaciones

    Departamentode planificacinde la operacin

    Departamentode administracin

    Fuente: CDEC-SIC, www.cdec-sic.cl

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    transmisin a nivel troncal, subtransmisin y adicionales; subesta-ciones elctricas, incluidas las subestaciones primarias de distribu-cin y barras de consumo de usuarios no sometidos a regulacin deprecios abastecidos directamente desde instalaciones de un sistemade transmisin.

    Comunicar la planificacin de la operacin de corto plazo del sistemaelctrico a sus integrantes para que ellos operen sus instalacionesde acuerdo a los programas resultantes. Las instrucciones de coordi-nacin que emanan del CDEC son obligatorias para todas las centra-les generadoras y lneas de transporte interconectadas.

    Elaborar los procedimientos necesarios para cumplir, en cada nivelde generacin y transporte, las exigencias de seguridad y calidad deservicio, incluidas la administracin, entre otras, de la reserva depotencia del sistema, para regular la frecuencia, y la desconexin decarga en barras de consumo.

    Coordinar el mantenimiento preventivo mayor de las unidades gene-radoras del sistema.

    Verificar el cumplimiento de los programas de operacin y de mante-nimiento preventivo mayor, adoptando las medidas correctivas quese requieran.

    3. Operacin comercial (administracin del mercado):

    Determinar y valorizar las transferencias totales de electricidad entrelos integrantes del CDEC, considerando sus inyecciones y retiros.

    Elaborar los informes que las leyes y reglamentos determinen. Garantizar el acceso abierto a los sistemas de transmisin estableci-

    dos mediante concesin. Determinar los pagos que les correspondena los propietarios de sistemas de transmisin y los agentes que de-ben aportar dichos pagos.

    Adems, al CDEC le cabe la responsabilidad de informar a la Comi-sin Nacional de Energa (CNE) y a la Superintendencia de Electricidad yCombustibles (SEC) las fallas y dems situaciones que afecten o puedanafectar la operacin normal de centrales generadoras y lneas de transmisindel sistema.

    La participacin de los agentes

    El CDEC en su concepcin original era un club de generadores.Participaban todas las empresas generadoras con ms de 2% de la capaci-

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    dad instalada total que tena el sistema a la fecha de constituirse el CDEC.Esta concepcin surge de reconocer fundamentalmente la dimensin opera-tiva que deba cumplir este organismo, donde los generadores tenan lamayor prctica en relacin a los otros agentes del mercado. Faltando expe-riencias previas de estructuracin de mercados competitivos de generacin(recordar que estos cambios tienen lugar en Chile al comienzo de los 80), nose aquilata suficientemente el rol de despejador del mercado (la mano invisi-ble de Adam Smith6) que tambin deba desempear el CDEC y donde seenfrentaran las mayores dificultades.

    Con el Decreto N 327 se incorpora al CDEC a las compaas detransmisin con a lo menos un tramo de lnea de longitud superior a 100 km.La integracin de generadores con potencia instalada superior a 9 MW esopcional. La incorporacin de los transmisores es relevante, particularmenteen Chile, donde la geografa exige extensas redes de transporte y donde losproblemas de congestin de lneas desacoplan mercados importantes, ha-ciendo crtica la relacin entre la operacin y la planificacin del sistema.

    Sin embargo, resaltaba hasta la fecha la ausencia en el CDEC derepresentacin de la demanda, a lo menos a travs de distribuidoras y gran-des clientes. La representacin de la demanda asegura, segn lo demuestrala experiencia internacional, el logro de un equilibrio en alcanzar adecuadosniveles de seguridad y calidad en el abastecimiento elctrico. El incrementode las utilidades de los generadores deja de ser un objetivo operacional, endesmedro del beneficio de los consumidores. Un ejemplo crtico de estasituacin se present en el SING durante los aos 1998-1999, donde por laforma en que se operaba el sistema tuvieron lugar varios apagones queafectaron gravemente a las compaas mineras. De haber estado estas lti-mas representadas en el CDEC, probablemente esta condicin se habraanticipado o al menos aminorado. La presin de las compaas mineras,responsables del mayor porcentaje del producto geogrfico chileno, y laintervencin de autoridades de Gobierno obligaron al CDEC a definir unplan de seguridad para operar el sistema que logr reducir dramticamentela frecuencia de los apagones.

    Finalmente, en mayo del 2005 se aprob una modificacin a la leyelctrica (bajo la Ley N 20.018) integrando al CDEC a las empresas genera-doras, transmisoras troncales y de subtransmisin y a un representante delos clientes libres del respectivo sistema. Est por verse cmo un aumentode los miembros del CDEC impacta el proceso de toma de decisiones. Hoy eldirectorio del CDEC-SIC incorpora 16 representantes, lo que ya dificulta lasdecisiones unnimes.

    6 Vase Rudnick, Varela y Hogan (1997).

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    El proceso de toma de decisiones

    El CDEC-SIC, como organismo administrador del mercado, comienzaa operar en 1985 (Decreto Supremo N 6) y oper razonablemente por sobre10 aos7, con un proceso de decisiones fluido y sin mayores problemas,existiendo un bajo nivel de conflictividad en su interior, donde las decisio-nes se centraban esencialmente en aspectos tcnicos de la operacin delsistema. Lo anterior permiti estimular competencia en el costo de abasteci-miento (aumentos de eficiencia en la generacin, introduccin de nuevastecnologas), como en las acciones comerciales de las empresas (competen-cia en contratos). Sin embargo, a medida que la competencia se increment(dando lugar a una baja de los precios resultantes en el mercado), y sepresentaron condiciones hidrolgicas extremas (en particular durante el aohidrolgico 1998-1999), las decisiones y la operacin tcnica misma del sis-tema se dificultaron por los crecientes conflictos internos.

    Generalmente las decisiones tcnicas que se toman al interior delCDEC afectan comercialmente a una u otra empresa. Cada empresa, o grupode empresas, se juega por defender sus propios intereses, buscando que lasdecisiones maximicen su beneficio o minimicen su prdida. El fenmeno decreacin de filiales de las empresas integrantes que as logran una mayorpresencia en este organismo dificulta aun ms este proceso. Los conflictospueden surgir por decisiones tan diversas como la consideracin de restric-ciones por seguridad en la operacin horaria, las metodologas de clculodel costo marginal de corto plazo, la remuneracin de la transmisin, lospagos por capacidad disponible para abastecer la demanda mxima, los cri-terios de racionamiento, o el mayor o menor uso del agua. Estas decisionesimpactan el mercado, los precios y los ingresos de cada empresa, segn seadeficitaria o excedentaria8, segn su parque sea trmico o hidrulico y se-gn sea su ubicacin geogrfica, y por ende, extreman las posiciones y elsurgimiento de conflictos. Un generador hidrulico tendr una posicinmuy distinta respecto a la forma de operar el sistema, segn sea deficitario oexcedentario.

    Como ilustracin de la dificultad en la toma de decisiones en losCDEC, en la Figura N 2 se puede apreciar el importante aumento en el

    7 Rudnick (1998).8 Un empresa es deficitaria si su generacin de energa, resultante de la opera-

    cin econmica del sistema decidida por el CDEC, es menor que los compromisos deventa de energa que tiene con sus clientes. Esto implica que debe comprar el dficit enel mercado spot al costo marginal imperante en el momento. Este costo marginal puedeser muy alto si por ejemplo hay condiciones de sequa o de altos precios de combusti-bles. Al contrario, es excedentaria cuando genera ms que sus contratos.

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    nmero de divergencias al interior del Directorio del CDEC-SIC con motivode la crisis del 98/99.

    Los conflictos no slo surgen en las decisiones de operacin delsistema. La necesidad de unanimidad en la aprobacin de reglamentos inter-nos o en el cambio de ellos ha frenado el necesario avance en la normativainterna. La autorregulacin de un CDEC debiera ser percibida como unaoportunidad que ofrece ventajas a sus participantes, frente a una regulacinimpuesta externamente por la autoridad. Sin embargo, los conflictos comer-ciales son ms fuertes y limitan el proceso asociado de toma de decisiones.

    Los mecanismos de solucin de conflictos

    Como se indicara, segn la reglamentacin original las divergenciasque surgieran en el Directorio del CDEC eran resueltas directamente por elMinistro de Economa, con consulta a la CNE. La participacin de una auto-ridad de gobierno tiene riesgos de politizacin por la participacin de steen algunos conflictos de manera indirecta o directa.

    Con el aumento de la conflictividad a fines de los noventa, el Minis-tro de Economa, va la resolucin de divergencias, en la prctica se convir-ti en el operador del sistema, sin tener inters en ejercer dicha funcin. Las

    FIGURA N 2: DIVERGENCIAS EN CDEC EN SIC Y SING (1994-2003)

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    exigencias aumentaron de tal modo que se dificult el cumplimiento delplazo de 120 das en que el Ministro deba resolver, en la prctica agudizan-do algunos conflictos y afectando la operacin segura del sistema elctrico.Con millones de dlares en juego, el lobby de las empresas generadorasante el Ministro para que resolviera en uno o en otro sentido no haca msque dificultar su accin. Emblemtica fue la divergencia con relacin al pre-cio de la energa en condiciones de desabastecimiento parcial en el SIC, quese presentara a mediados de 1998 y que el Ministro resolviera recin acomienzos de 1999. La crisis elctrica produjo cortes de energa que tuvie-ron lugar en la primavera de 1998 y en el otoo de 1999. Si bien no se puedeatribuir los cortes a la tarda resolucin de la divergencia, es claro que ellaagrav el problema y dej al mercado sin seales econmicas claras decmo enfrentar dichos cortes ni la necesidad de resolver medidas de emer-gencia para reducir su impacto.

    El Decreto N 327 cre una instancia intermedia de resolucin deconflictos, incorporando un Comit de Expertos de tres profesionales inde-pendientes, dos ingenieros y un abogado, que deban pronunciarse sobrelas divergencias antes de que stas fueran sometidas al Ministro, aunquesus informes y recomendaciones no eran obligatorias para las partes. Lainstancia se desvirtu en una primera etapa ya que los CDEC, en su bs-queda de profesionales independientes, nombraron a personas sin mayorvinculacin tcnica o econmica con el sector. Las recomendaciones de losComits de Expertos no fueron relevantes en la toma de decisiones y pocasveces fueron adoptadas por el Directorio del CDEC y el Ministro.

    Cabe agregar que muchas veces las resoluciones del Ministro eranbloqueadas por las partes por medio de recursos de reposicin y reconside-racin. En otras instancias las divergencias eran llevadas por las partes ainstancias judiciales, argumentando la incompetencia del Ministro de Eco-noma para abordarlas. En otras el Gobierno ha sido demandado por lasempresas que consideran perjudicados sus derechos por las decisiones dela autoridad. Todo esto agravaba la ingobernabilidad de la solucin institu-cional del CDEC.

    Finalmente, el Panel de Expertos creado en 2004 por la Ley N 19.940se constituye en la nica instancia de solucin de conflictos, sin interven-cin del Ministro de Economa. El Panel no slo aborda los conflictos quese susciten en el interior de un CDEC, sino que tiene una funcin msamplia, cual es pronunciarse sobre aquellas discrepancias y conflictos quese susciten con motivo de la aplicacin de la legislacin elctrica, ms alldel CDEC.

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    El Panel esta constituido por siete profesionales, cinco de los cualesdeben ser ingenieros o licenciados en ciencias econmicas, y dos aboga-dos, todos de amplia trayectoria profesional o acadmica y que acrediten,en materias tcnicas, econmicas o jurdicas del sector elctrico, dominio yexperiencia laboral mnima de tres aos. Son designados por el Tribunal deDefensa de la Libre Competencia, mediante concurso pblico de anteceden-tes fundado en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias.En el primer concurso pblico postularon ms de 80 interesados, lo quepermiti constituir un equipo tcnico altamente calificado.

    Los dictmenes del Panel de Expertos son vinculantes para todos losque participen en el procedimiento respectivo y no procede ninguna clasede recursos, jurisdiccionales o administrativos, de naturaleza ordinaria oextraordinaria. Esto ha implicado que las divergencias de los CDEC sonresueltas oportunamente, con el agregado que audiencias pblicas handado transparencia al proceso de discusin y decisin.

    La estructura administrativa y operativa

    Con anterioridad al Decreto N 327 de 1997, los CDEC no tenanpersonal ni equipamiento propio y el club de generadores decida la ope-racin del sistema y la encargaba a la empresa transmisora. Un gran avance,aunque incompleto, se produce en la estructura administrativa y operativade los CDEC con la creacin va dicho Decreto de la Direccin de Operaciny una Direccin de Peajes. Se intenta crear entes tcnicos al interior de losCDEC, buscando darles autonoma e independencia y asignndoles funcio-nes y responsabilidades especficas.

    Con la creacin de una empresa especial para estos efectos, la gene-racin de la Direccin de Operacin y una Direccin de Peajes, la contrata-cin de personal tcnico propio y la constitucin de instalaciones indepen-dientes de operacin fsica del sistema, se articula una instancia con uncierto grado de independencia de los agentes que estn representados en elDirectorio. Ambos CDEC decidieron centrar en una persona ambas Direc-ciones. La independencia de este Director es relativa pues es el Directoriodel CDEC el que lo nombra, el que decide el presupuesto y el personal conque debe operar, el que le asigna o no bonos de desempeo, y el quefinalmente lo mantiene o no en su cargo. La libertad e independencia conque puede operar dicho Director dependen entonces de las particularidadesdel sistema elctrico que administra ese CDEC, del nivel de conflictividad enla toma de decisiones, y de las caractersticas del Director como persona y

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    su facilidad o no para manejarse en situaciones conflictivas. Los Directoreshan debido enfrentar diversos conflictos y situaciones de inestabilidad la-boral que en algunos casos los han llevado a renunciar al cargo.

    Se produce un avance en este mbito en mayo del 2005, con la modi-ficacin a la ley que busca dar una mayor estabilidad al Director. Se definesu duracin en el cargo por cuatro aos, pudiendo ser reelegido por dostercios del Directorio, slo por un perodo ms. Para su nombramiento, oremocin antes del trmino de su perodo, se exige el acuerdo de dos terciosdel Directorio. La interrogante es en qu medida las grandes empresas encada CDEC ejercern o no una mayor presencia en el nombramiento o remo-cin del Director y cmo las empresas menores actuarn frente a esto.

    La creacin de la Direccin de Operacin y de la Direccin de Peajes,sin asegurarle el debido presupuesto para un funcionamiento independien-te, era otra limitacin de la reglamentacin. Esto se pretende corregir con laLey N 20.018 de mayo 2005, donde se determina que el presupuesto anualde cada CDEC debe ser informado favorablemente por la CNE, en formaprevia a su ejecucin.

    En el mbito administrativo, ha conspirado a un funcionamiento flui-do del CDEC y de sus Direcciones la ausencia de reglamentos internoscompletos y detallados. Los CDEC, como se destacara previamente, no hansido capaces de reglamentar adecuadamente su accin, ya sea por la dificul-tad de poner de acuerdo intereses conflictivos en la definicin de talesreglamentos, o por el simple hecho de que reglamentar acciones implicaautolimitarse en la accin y restarse grados de libertad, lo que no siempre esatractivo para las partes.

    La operacin segura de los sistemas elctricos

    A los problemas enfrentados por los CDEC descritos anteriormente,se suman en los ltimos aos diversas situaciones en que se ha afectado laseguridad de operacin de los sistemas elctricos. Se han producido proble-mas en la calidad del abastecimiento y en varias instancias se ha comprome-tido la seguridad misma del sistema, resultando en apagones extendidos. Sibien muchas de estas situaciones han sido causadas por contingenciasajenas a la problemtica institucional de los CDEC, tambin es cierto que laincompleta articulacin de un operador independiente ha agravado estassituaciones. Esto no solo ha sido responsabilidad de los mismos CDEC sinoque de la inexistencia de normas tcnicas que regularan su accin.

    Un sistema elctrico se enfrenta frecuentemente a contingencias queexigen una muy clara especificacin de la coordinacin que debe desempe-

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    ar el operador del sistema y de las responsabilidades y desempeo de cadagenerador, transmisor, distribuidor y gran cliente. Esto es fundamental parasuperar las contingencias sin arriesgar el continuo suministro. Los CDEC,en su responsabilidad de preservar la seguridad del servicio en el sistemaelctrico, han establecido algunos procedimientos de operacin, control decondiciones crticas y esquemas de recuperacin de servicio. Sin embargo,esto no se ha logrado a cabalidad, en la medida nuevamente que la defini-cin de algunos procedimientos se ha dificultado porque pueden afectar losintereses comerciales de los participantes. No necesariamente se privilegiala seguridad del sistema, sino que entran en consideracin aspectos econ-micos y comerciales.

    Es importante destacar que la seguridad de un sistema elctrico seresuelve en forma sistmica, debiendo participar en su logro, e inversionesasociadas, todos los agentes de la cadena produccin-consumo. Es por ellofcil que aparezcan free riders, agentes que esperan que las inversionesen seguridad sean abordadas por otros. Este dilema finalmente debe serresuelto por el operador del sistema, el CDEC en el caso chileno. Los apago-nes de los aos 1998-1999 en el SIC son un ejemplo de cmo el equilibrioseguridad-economa se ve afectado en la medida que las decisiones se to-man slo por los generadores.

    Otro ejemplo crtico se presenta en el SING el ao 2003. Los riesgospara la operacin segura y econmica del sistema elctrico por una inade-cuada toma de decisiones operativas y administrativas al interior del CDECllevaron a una intervencin de la SEC en 2003. La SEC intervino precisandolas reglas relativas a la operacin interna del CDEC-SING en relacin a laforma en que se deben tomar decisiones y a las competencias que corres-ponden al Directorio como al Director de Operaciones. La autoridad puso enduda la disposicin a ponerse de acuerdo por parte de las empresas encuestiones fundamentalmente tcnicas y que son centrales para la opera-cin segura y econmica del sistema.

    Se logra un avance importante en esta materia el 2005 con la formula-cin por parte de la autoridad regulatoria de una Norma Tcnica que buscaorientar y acotar la actuacin de los CDEC en su operacin fsica del siste-ma, buscando integrar los segmentos de generacin, transporte, distribu-cin y consumo, as como lograr una consistencia de los criterios de opera-cin como de planificacin. Esta norma surge como otra instancia quebusca propender a una mayor autonoma de los entes tcnicos que compo-nen cada CDEC. En el mbito operativo se busca que la Direccin de Opera-cin sea la unidad que vele por la operacin segura del sistema encargada alCDEC. Se mantiene en el CDEC (y su Directorio) la responsabilidad del

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    cumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los agentesresponsables de la operacin interconectada.

    Si bien esta nueva norma se formula como un avance importante enel fortalecimiento del CDEC como administrador del mercado, se anticipandificultades en su aplicacin, dada la falta de una mayor autoridad legal, eindependencia, de la Direccin de Operacin. No es evidente cmo se resol-vern los conflictos que puedan surgir entre el Directorio y dicha Direcciny cmo se articularn las obligaciones de aquellos que no participan en losCDEC (por ejemplo, distribuidores y grandes consumidores). La autoridadestara formulando modificaciones reglamentarias para estos efectos.

    Las barreras de entrada al mercado

    Uno de los objetivos bsicos de los procesos de desregulacin delos mercados elctricos ha sido el reducir o eliminar las barreras de entradaque pudieran existir para inversionistas interesados en el negocio de lageneracin. La no necesidad de solicitar concesiones para inversiones engeneracin trmica, la no obligacin de servicio y el libre acceso a la trans-misin son slo tres ejemplos de elementos de la legislacin que propendena reducir barreras y lograr una mayor competencia en generacin.

    La existencia de un operador independiente que d un tratamientoequitativo a un nuevo generador o transmisor debiera ser tambin otra ca-racterstica de la regulacin vigente. Las limitaciones del modelo CDEC ac-tual, donde las decisiones son tomadas por aquellos que pueden ser amena-zados por los nuevos entrantes, a lo menos cuestiona el modelo9.Oportunidades de crear barreras a terceros entrantes ha habido varias, porejemplo en la asignacin de pagos por potencia firme, en el acceso a siste-mas de transmisin, etc.

    Las multas como barreras de entrada al CDEC

    Empresas elctricas con posibilidad de incorporarse al CDEC handudado en hacerlo por razn de las multas que les puede aplicar la Superin-tendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Por ejemplo, algunas em-presas distribuidoras consideraron separar su negocio de subtransmisinpara poder ingresar al CDEC, pero el alto costo asociado de eventualesmultas se convirti en un desincentivo para ello.

    9 Basaes, Saavedra y Soto (1999).

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    La Ley 18.410 de 1985 que cre la SEC junto a su modificacin dejunio de 1999 (Ley 19.613) le asign una potestad sancionadora que le per-mite aplicar multas a aquellos que cometan infracciones a la ley elctrica. Eluniverso al que puede aplicar multas incluye, a lo menos, a todas las empre-sas integrantes de los CDEC. Esto, en la medida que el Artculo 81 del DFLN 1 obliga a las empresas que operan interconectadas entre s a coordinar-se con el fin de preservar la seguridad del servicio en el sistema elctrico.Adicionalmente el artculo 202 del reglamento del DFL N 1, reproducidohoy en el art. 81 bis del DFL 1, indica que cada integrante del CDEC, separa-damente, ser responsable por el cumplimiento de las obligaciones que ema-nen de la ley y del reglamento. Por ende, cuando la ocurrencia de un apagn(incluyendo los efectos de ste) se asocia a la falta de coordinacin delsistema, la SEC lo ha interpretado como una infraccin al art. 81. En estecontexto, las empresas integrantes de un CDEC, obligadas a efectuar lacoordinacin, responden separadamente y en su calidad de integrantes porhaber fallado al deber de coordinacin.

    No hay reglamentacin sobre criterios de aplicacin de multas anteinfracciones, ms all de una especificacin de montos, que los vincula a laimportancia y gravedad de la multa, y de los factores a considerar para lassanciones. La magnitud de la penalizacin depende del tipo de infraccin ysu gravedad. Para la determinacin de las sanciones se considera la impor-tancia del dao causado o del peligro ocasionado, el porcentaje de usuariosafectados por la infraccin, el beneficio econmico obtenido con motivo dela infraccin, la intencionalidad y el grado de participacin en la infraccin,la conducta anterior y la capacidad econmica del infractor, especialmentesi se compromete el servicio prestado por el infractor.

    Con esas definiciones, la SEC aplica sanciones que asignan multaspor apagones a los integrantes de los CDEC en dos niveles. Un primer nivel,con multas a las empresas propietarias de las instalaciones donde se produ-jo la falla que caus el apagn, y un segundo nivel con multas a todas lasempresas integrantes del CDEC, aduciendo el incumplimiento de la obliga-cin de coordinacin de cada una de las empresas que estando obligadas acoordinar la operacin, no hayan cumplido con ella. La SEC as mantiene elcriterio que la responsabilidad es individual y no solidaria. Con todo, elhecho de que en la mayora de los casos en que se han aplicado sancionespor apagones se haya penado a casi todas las empresas, se ha interpretadocomo asignacin de responsabilidad solidaria. Pero la sancin a las empre-sas la aplica la SEC no por el solo hecho de integrar el CDEC, sino por noacreditar el haber actuado, en tanto miembros del Directorio, con la debidadiligencia en el cumplimiento de su deber de coordinacin.

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    Las multas a su vez dependen del tamao de las empresas infracto-ras. A manera de ejemplo, con ocasin de un apagn en noviembre del 2003,la SEC responsabiliz a un generador y al transmisor por responsabilidadesespecficas que originaron el apagn, y les aplic multas individuales indi-cadas en la Tabla N 1. Tambin aplic multas al resto de los integrantes porfalla en la coordinacin, segn los criterios que se resumen en la mismatabla. Con estas multas, la SEC no slo castig la falta de coordinacin enmitigar los efectos de la falla, sino que tambin en el restablecimiento delservicio.

    TABLA N 1: MULTAS EN CDEC-SIC POR APAGN DE NOVIEMBRE 2003

    Multas M US$Empresa sancionada Responsabilidad como Responsabilidad Total

    integrante del CDEC, individualpor falta de

    coordinacin

    Generadores o transmisores pequeos 46 46Generadores o transmisores medianos 228 228Generadores o transmisores grandes 365 365Generador grande involucrado 365 365 730Transmisor involucrado 365 365 730

    10 Vergara (2004).

    La aplicacin de estas multas solidarias ha sido cuestionada, argu-mentando que la responsabilidad por infracciones en materia elctrica espersonal o individual10, y slo se responde por hechos propios y no porhechos ajenos. Este cuestionamiento adems plantea la carencia de un de-sarrollo conceptual en cuanto a la responsabilidad que le cabe al CDEC,como persona jurdica independiente y distinta de las empresas que lo com-ponen. El CDEC es reconocido usualmente como infractor, pero nunca se loha sancionado como tal.

    Si bien no es el propsito de este trabajo pronunciarse sobre aspec-tos legales del esquema de multas, es importante reconocer que eventualescambios del CDEC debieran hacerse cargo del tema de la responsabilidaddel operador propiamente tal. El esquema de multas puede tener un carcterdistinto en otra estructura institucional. De hecho, la incorporacin al CDECde un representante de los clientes libres, segn lo imponen los recientescambios legales, plantea desafos a la autoridad en cuanto la asignacin dela responsabilidad de esos clientes en la aplicacin de multas.

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    Cabe destacar que los responsables por fallas en el suministro, ade-ms de responder a multas, tambin deben pagar compensaciones a losconsumidores afectados.

    Las multas no slo se han constituido en barreras de entrada alCDEC, sino que tambin de entrada al sector elctrico. Efectivamente, po-tenciales inversionistas en transmisin han castigado sus anlisis de renta-bilidad considerando el riesgo adicional de eventuales futuras multas.

    III. UN NUEVO OPERADOR PARA EL MERCADO CHILENO

    Si bien en el desarrollo histrico de la normativa chilena se ha idomejorando el modelo CDEC, se han incorporado nuevos agentes, se hanresuelto problemas en el mecanismo de resolucin de conflictos y se hanormado su accionar para operar el sistema elctrico, el avance ha sidotmido e incompleto. Se est lejos de constituir un ente independiente quevele por una segura operacin de los sistemas y la creacin de condicioneseconmicas y comerciales para que se logre un efectivo y transparentemercado competitivo.

    En base a lo anterior, se plantea la necesidad de avanzar a la creacinde un nuevo operador para el mercado chileno. Ejemplos de otras regulacio-nes con mercados centralizados abundan como referencias para la formula-cin de un nuevo operador. Si bien el modelo regulatorio elctrico argentinoha colapsado, como consecuencia de la crisis macroeconmica que ha sufri-do el vecino pas, su operador, el Cammesa (Compaa Administradora delMercado Mayorista Elctrico Sociedad Annima) se constituye en un ejem-plo de inters.

    El modelo del operador argentino

    Cammesa es una sociedad annima, sin fines de lucro, que tienecomo su nombre lo indica la misin de administrar el mercado elctricomayorista. Su propiedad se distribuye en 20% para cada uno de los siguien-tes accionistas: el Estado Nacional, la Asociacin de Generadores, la Aso-ciacin de Distribuidores, la Asociacin de Transportistas y la Asociacinde Grandes Usuarios. La Secretara de Energa es la tenedora de las accio-nes de propiedad del Estado Nacional y ejerce los derechos correspon-dientes. Estas asociaciones integran el directorio, el cual se compone de lasiguiente manera:

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    2 representantes del Estado (uno de los cuales ostenta la presidencia), 2 representantes de los generadores, 2 representantes de los transmisores, 2 representantes de los distribuidores, 2 representantes de los grandes usuarios.

    El Secretario de Energa Elctrica es el presidente del directorio ynomina al vicepresidente. Las resoluciones del directorio se adoptan pormayora de votos de los directores presentes, siempre y cuando en la mayo-ra se encuentre el presidente de la sociedad o el vicepresidente en ausenciade ste. Por ende, se da derecho a veto a los representantes del Estado.

    El modelo argentino tiene varias facetas de inters11 en la formula-cin de una nueva propuesta para Chile. La representacin de generadores,transmisores, distribuidores y grandes usuarios, a travs de asociacionesde ellos en el directorio, entrega las garantas necesarias para considerarloun ente independiente. Es central la participacin a travs de asociaciones,y no de empresas individuales, porque ofrece la oportunidad de representarintereses genricos de un tipo de agente (por ejemplo distribuidores) y nointereses comerciales particulares. As, estas asociaciones actan como unprimer filtro a los intereses particulares de las empresas, los que son contra-puestos al interior de la asociacin con los de otros agentes de la mismaclase, evitando que lleguen en forma directa al directorio.

    Sin embargo, la presencia de la Secretara de Energa en el directorio,as como su excesivo protagonismo son puestos en duda por algunos agen-tes. La participacin de la Secretara tena el objetivo original de representara los usuarios regulados que por su escasa informacin, no tenan la capaci-dad para estar en el directorio. Su excesivo protagonismo trae aparejadosriesgos de manipulacin poltica del operador, de hecho se la ha acusado dedesvirtuar el despacho econmico en una bsqueda persistente de reduc-cin del precio de la energa.

    La transparencia de la informacin es otro de los pilares de Camme-sa, informacin abundante que permite tener una idea de la dinmica delmercado, y que facilita una buena auditoria de los procesos por parte de losagentes del mercado.

    Otro aspecto positivo es que la integracin al directorio de los dife-rentes agentes del mercado genera una valiosa dinmica regulatoria y origi-na instancias de mejoramiento de la regulacin. Las mejoras pueden serconsensuadas al interior del directorio entre los representantes de las dis-

    11 lvarez (1998).

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    tintas asociaciones y de la Secretara de Energa, para luego ser enviadas aeste organismo para su promulgacin.

    Aunque potenciales entrantes (nuevos generadores por ejemplo) noestn representados explcitamente en el directorio de Cammesa, la presen-cia de los distribuidores, grandes clientes y del Estado asegura que susintereses estn presentes, en la medida que coincidan con un aumento de laoferta y mejores precios.

    Un nuevo CDEC

    Como se describiera previamente, la regulacin chilena ha ido avan-zando gradualmente y mejorando las caractersticas del CDEC como opera-dor del mercado, superando algunas de sus falencias. Los cambios msrecientes, con la incorporacin de nuevos agentes al directorio y la mayorfortaleza asignada a las Direcciones de Operacin y Peajes, van en el senti-do correcto, aunque se anticipan problemas de implementacin. De particu-lar preocupacin es que con una mayor representacin de agentes indivi-duales, aumentar el tamao del Directorio y las dificultades en la toma dedecisiones. Con alta probabilidad, aumentarn las oportunidades de diver-gencias, por falta de unanimidad en las votaciones, al crecer el nmero ytipo de agentes representados (hoy hay 16 votantes en el Directorio deCDEC-SIC y 7 en el CDEC-SING).

    Se plantean avances adicionales en la creacin de un nuevo CDEC,esencialmente a travs de:

    Creacin de una nueva figura legal, Representacin genrica de clases de agentes, Incorporacin de observador del Estado, Toma de decisiones por mayora, Presupuesto y procedimientos trasparentes.

    Creacin de una nueva figura legal

    Se considera fundamental la necesidad de consagrar al OI como unanueva persona jurdica, que para distinguir del CDEC llamaremos el Opera-dor Independiente (OI). Las ventajas de que sea una empresa independientela que se encargue de administrar el mercado son claras desde la perspecti-va de un trato igualitario y transparencia. El evitar que agentes del mercado,con intereses comerciales de por medio, tengan responsabilidades en elmercado o la operacin del sistema aparece como muy deseable en ese

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    sentido. La creacin de esta nueva persona legal no debe ser restriccinpara que los agentes asuman sus responsabilidades legales individuales ocolectivas en el mercado.

    Existen varias formas de alcanzar la independencia. Una primera for-ma directa es crear un OI sin vinculacin absoluta de los agentes, y susintereses. Esto podra implementarse en el modelo del Panel de Expertos,con un Directorio del mayor nivel profesional, con una vinculacin de cono-cimientos del mercado y sistemas elctricos, pero sin participacin de repre-sentantes de los agentes. La desventaja de este modelo radica en la dificul-tad de encontrar gente con experiencia en la operacin misma del sistemaque no tenga relacin con algn agente del mercado y el peligro de que elDirectorio se asle de lo que sucede en el mercado.

    Esta primera forma est siendo considerada en Per, en un proyectoque pretende modificar la Ley General de Concesiones. Uno de los aspectosimportantes de la reforma propuesta es precisamente la modificacin delCentro Econmico de Operacin del Sistema (COES), en donde se est cam-biando la composicin de su Directorio. Actualmente est compuesto porrepresentantes de empresas de generacin y transmisin, similar al Directo-rio del CDEC chileno. El nuevo Directorio estar integrado por cinco miem-bros, sin vinculacin alguna, directa o indirecta, con los agentes participan-tes en el mercado. Debern ser profesionales con experiencia, nofuncionarios pblicos, que sern seleccionados mediante concurso pblico.

    Una segunda forma de alcanzar la independencia es seguir el modeloactual, en forma indirecta, con un OI gobernado en forma compartida pordiferentes agentes del mercado que en base a la contraposicin de susintereses alcancen la operacin independiente.

    Una tercera alternativa e intermedia es combinar un grupo de repre-sentantes de los agentes del mercado con personas independientes. Estemodelo hbrido permitira salvar algunas de las falencias de tener slo per-sonas independientes. Los directores independientes debieran ser mayoradentro del Directorio.

    La segunda instancia significara un cambio menos drstico para elmercado chileno, pero debe complementarse con la siguiente medida.

    Representacin genrica de clases de agentes

    La participacin de diferentes agentes en el Directorio del OI es de-seable, debido a la contraposicin de intereses necesaria para alcanzar laindependencia al interior del Directorio, la experiencia de stos en el manejo

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    del sistema y la necesidad de mantener bien informados a estos agentes,porque en definitiva son ellos los que toman las decisiones de inversin.

    Sin embargo, el que sean los mismos agentes los que concurran alDirectorio no es la mejor solucin, como lo demuestra la realidad histricade los CDEC. Los intereses particulares de las empresas llegan directamenteal Directorio complicando el proceso de toma de decisiones. En esa medida,una representacin genrica de clases de agentes, similar al modelo argenti-no, es un camino alternativo. La reciente incorporacin de un representantede los grandes clientes en los CDEC demuestra que el concepto ya estpresente en la legislacin chilena. Slo faltara extenderlo a las otras clases(generadores y transmisores) y agregar la clase de los distribuidores. Lareduccin del nmero de votantes es otra ventaja de este camino.

    Siempre existe el peligro de que el OI se convierta en una herramientapara el abuso oligoplico debido a la informacin que se maneja en suinterior. Para contrarrestar esto, se deben generar los mecanismos adecua-dos de control de la competitividad y acceso a la informacin.

    Al independizarse el CDEC, y definirse una representacin genricade los agentes, de inmediato surge la pregunta sobre la responsabilidadante fallas. Es el operador, como entidad independiente, el que deberaentonces pagar compensaciones y/o multas, o se puede mantener el actualesquema que traspasa las responsabilidades a las mismas empresas elctri-cas? El tema global de sanciones podra revisarse a la luz de un cambioinstitucional de este tipo, pero el actual esquema de multas seguido por laSEC podra seguir aplicndose a todas las empresas representadas en elCDEC, aunque no estn directamente presentes en el Directorio.

    Incorporacin de observador del Estado

    La participacin de representantes del Estado en el Directorio deloperador presenta ventajas y desventajas. Entre las principales ventajas seencuentran la de actuar como representante de los pequeos usuarios, quepor sus caractersticas son difciles de organizar, as como servir de contra-peso a clases de agentes con demasiado poder al interior del operador.Entre las desventajas principalmente se cuenta el riesgo de politizacin parael operador que acompaa la participacin del Estado. ste puede utilizar supoder al interior del operador para servir intereses distintos para los que fuediseada su participacin.

    Un camino es incorporar en forma permanente a un observador delEstado, con todos los privilegios de cualquier participante, por ejemplo de

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    acceso a informacin, pero sin derecho a voto, y que sea un canal de comu-nicacin y de logro de mayor trasparencia en el operar del OI, particularmen-te vigilante de la bsqueda de una operacin segura del sistema. Este repre-sentante debiera provenir de una institucin tcnica del Estado y no delmbito poltico propiamente tal. Podra venir de parte de la SEC, que dehecho es el organismo encargado, entre otras materias, de fiscalizar el cum-plimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y normas tcnicassobre generacin, transporte y distribucin de electricidad. Esto no necesa-riamente restara grados de libertad a este organismo en sus responsabilida-des de fiscalizar y sancionar, y al contrario podra darle mayores anteceden-tes para el cumplimiento de sus obligaciones.

    Toma de decisiones por mayora

    La ventaja de la toma de decisiones por mayora simple, o spermayora (por ejemplo dos tercios), radica en la facilidad para alcanzar acuer-dos, mientras que la desventaja se presenta cuando hay abuso de poder porun grupo mayoritario. Con la generacin de un esquema de representacinpor agentes se evita este ltimo peligro.

    Presupuesto y procedimientos trasparentes

    El tema presupuestario es fundamental en el logro de la independen-cia que necesariamente debe tener el OI. Debe definirse un presupuestopblico que debe ser financiado por todos los agentes del sector (al estilodel Panel de Expertos o de los estudios de expansin de los sistemas detransmisin troncal). El presupuesto debe permitir mantener un equipo tc-nico profesional de primer nivel, con sueldos de mercado en una poltica deremuneraciones estable y conocida, con esquemas trasparentes de eva-luacin y de incentivos del personal. Se debe sin embargo evitar el sn-drome Cammesa, que lleg a tener 145 personas dividas en tres partes igua-les (Operacin, Mercado, Administracin-Direccin) y con un presupuestoque alcanz a los 14 millones de dlares, donde el 70% eran gastos desalarios.

    Otro aspecto importante en el desarrollo independiente del OI es eldesarrollo de procedimientos operativos y administrativos simples y trans-parentes que ilustren a los participantes, y no participantes, de cada sistemaelctrico, de la forma en que opera el organismo. Estos procedimientos de-

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    ben revisarse para seguir el cambio tecnolgico y de las condiciones demercado, adaptndose a las nuevas condiciones imperantes.

    No es menor la necesidad que los procedimientos operativos y admi-nistrativos sean simples. Procedimientos extremadamente sofisticados ycomplejos, como los actuales de determinacin de potencia firme o de clcu-lo de costos marginales y transferencias de energa, no slo hacen onerosoel anlisis y dificultan el proceso de toma de decisiones y de resolucin dedivergencias, sino que en la prctica se convierten en barreras de entradapara nuevos entrantes.

    Un futuro ms competitivo

    Cabe destacar que a nivel mundial se ha avanzado a nuevas formasde organizar los mercados, ms all del concepto centralizado vigente enLatinoamrica. Buscando lograr una mayor transparencia y superar debilida-des observadas en los mercados centralizados, se disearon los mercadosdescentralizados, conocidos como Power Exchange/Independent SystemOperador (PC/ISO). stos buscan separar las funciones econmico-comer-ciales de la operacin fsica del sistema elctrico. Para ello, se crean dosorganismos independientes. El operador del mercado (Power Exchange) esresponsable de llevar a cabo la operacin del mercado y entregar los resul-tados al operador fsico del sistema. Su principal objetivo es satisfacer losrequerimientos de la demanda de la manera ms econmica posible. El ope-rador independiente (Independent System Operator) ajusta los resultadosdel mercado para garantizar la operacin segura del sistema elctrico. Laprincipal debilidad de esta estructura es la dificultad para coordinar la ope-racin del mercado y la operacin del sistema elctrico.

    Este modelo ha sido implementado en varios pases con resultadosmuy aceptables, y de hecho fue formulado en Chile el ao 2000 en la pro-puesta de la denominada ley larga, con la creacin de una Bolsa de Ener-ga, donde se reemplazaba la operacin va costos auditados con un esque-ma de ofertas. La concentracin de la propiedad de los medios degeneracin en el pas ha sido el principal escollo que cuestiona la viabilidadde este mecanismo, dadas las oportunidades potenciales de ejercicio depoder de mercado12.

    Por ltimo, una mayor competitividad surgir con la interconexinentre los dos sistemas elctricos chilenos y con los sistemas elctricos

    12 Villar y Rudnick (2003).

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    argentino y peruano. Estas interconexiones plantearn desafos que necesa-riamente requerirn de un CDEC con mayor independencia que la del mode-lo vigente.

    IV. CONCLUSIONES

    Se ha avanzado en Chile en la mejora del modelo CDEC como orga-nismo operador del mercado, pero est lejos an de constituirse en unainstancia independiente de los intereses de empresas particulares del merca-do, fundamental para cumplir con los objetivos enunciados por el BancoMundial. La representacin genrica por clases de agentes surge como unamejor alternativa a la actual, con presencia directa de los agentes, tanto porla reduccin del nmero de votantes como por filtrar intereses especficosde un agente en particular. La participacin del Estado, con derecho a vozpero sin voto, es importante para mantenerlo informado de la situacin exis-tente al interior del organismo. Por ltimo, el cambio del sistema de votacindesde uno unnime hacia una sper mayora es indispensable para mejorarel actual sistema de toma de decisiones.

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