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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO MEMORIA 2015 1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO MEMORIA JUDICIAL Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 152.1 nº 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, eleva al Consejo General del Poder Judicial la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. MEMORIA JUDIZIALA Botere Judizialeko Lege Organikoaren 152.1 9 zk.ko artikuluan xedatutakoaren arabera EAEko Auzitegi Nagusiko Gobernu Salak Botere Judizialeko Kontseilu Nagusiari igortzen diona.

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL PAÍS VASCO

MEMORIA JUDICIAL

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 152.1 nº 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

eleva al Consejo General del Poder Judicial la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del

País Vasco.

MEMORIA JUDIZIALA

Botere Judizialeko Lege Organikoaren 152.1 9 zk.ko artikuluan xedatutakoaren arabera EAEko

Auzitegi Nagusiko Gobernu Salak Botere Judizialeko Kontseilu Nagusiari igortzen diona.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

2

I N D I C E

1.— INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 5

1.1 REFORMAS CRUCIALES A COSTE CERO ..................................................................... 5

1.2 DESCRIPCIÓN ÓRGANOS JUDICIALES DE LA CAPV ................................................ 13

1.3 VALORACIÓN GENERAL SOBRE EL MOVIMIENTO DE ASUNTOS EN LAS

UNIDADES JUDICIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. AÑO 2015 .............................. 38

1.4 ESTRUCTURA DEMOGRÁFICA DE LA CARRERA JUDICIAL,

DE LOS LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y

DEL FUNCIONARIADO DE LAS OFICINAS JUDICIALES ..................................................... 41

1.5 SITUACIÓN JUECES DE ADSCRIPCIÓN TERRITORIAL Y JUECES DE

APOYO AL JUEZ DE ADSCRIPCIÓN TERRITORIALEN EL AÑO 2015 ............................... 52

2.— INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE LA EFICIENCIA DE LOS JUZGADOS Y

TRIBUNALES .................................................................................................................... 54

2.1 ASUNTOS INGRESADOS Y RESUELTOS DURANTE EL AÑO 2015,

CORRESPONDIENTES A ÓRGANOS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE

JUSTICIA DEL PAÍS VASCO ............................................................................................. 54

A) Total de asuntos correspondientes al año 2015..................................... 54

B) Asuntos resueltos .................................................................................... 55

C) Ejecución de sentencias ........................................................................... 56

2.2 INDICADORES CLAVE SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA .................................................................................................................... 57

A) Desagregados por jurisdicciones en el ámbito del Tribunal

Superior de Justicia del País Vasco ............................................................. 57

B) Desagregados por órganos judiciales en el ámbito del Tribunal

Superior de Justicia del País Vasco ............................................................. 62

C) Desagregados por jurisdicciones en el conjunto de la

Administración de Justicia .......................................................................... 64

3.— INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA A SITUACIONES DE ESPECIAL AFECCIÓN SOCIAL ...................................... 69

3.1 PROCEDIMIENTOS EJECUTIVOS HIPOTECARIOS, DESAHUCIOS Y

LANZAMIENTOS ............................................................................................................... 69

3.2 INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE PROCESOS EN MATERIA DE VIOLENCIA

SOBRE LA MUJER ............................................................................................................. 71

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

3

A) Movimiento de asuntos ........................................................................... 71

B) Delitos ingresados .................................................................................... 73

C) Faltas......................................................................................................... 73

D) Elevados para su enjuiciamiento............................................................ 74

E) Órdenes y medidas judiciales de protección ......................................... 75

F) Personas enjuiciadas ................................................................................ 77

G) Denuncias y renuncias ............................................................................ 78

H) Sobreseimientos ....................................................................................... 78

I) Forma de terminación de los procedimientos ........................................ 78

4.— ACTIVIDAD INSPECTORA EN RELACION CON LA EFICIENCIA Y CALIDAD DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ...................................................................................... 79

4.1 RELACIÓN DE INSPECCIONES REALIZADAS POR EL CGPJ. AÑO 2015 ................... 79

4.2 RELACIÓN DE INSPECCIONES REALIZADAS POR EL TSJ. AÑO 2015 ...................... 80

5.— MEDIACIÓN JUDICIAL .................................................................................................... 81

5.1 MEDIACIÓN PENAL .................................................................................................. 81

5.2 MEDIACIÓN FAMILIAR........................................................................................... 149

6. — MEMORIA DE LA ILMA. SRA. SECRETARIA DE GOBIERNO – IMPLANTACIÓN

Y EVOLUCIÓN DE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL ......................................................... 183

6.1 EVOLUCIÓN DE IMPLANTACIÓN DE LA NOJ EN EL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO .................................................................... 183

6.1.1 DESARROLLO IMPLANTACIÓN N.O.J .......................................................... 183

6.1.2 IMPLANTACIÓN DE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL EN BARAKALDO ........... 186

6.2 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN ARABA/ÁLAVA .................................................... 193

6.2.1 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE VITORIA-GASTEIZ ................ 193

6.2.2 SERVICIO COMÚN PROCESAL DE EJECUCIÓN DE VITORIA-GASTEIZ ........ 206

6.2.3 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE AMURRIO .............................. 243

6.3 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN BIZKAIA ............................................................... 313

6.3.1 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE BALMASEDA .......................... 316

6.3.2 SERVICIO COMÚN PROCESAL DE EJECUCIÓN DE BARAKALDO ................. 319

6.3.3 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE BARAKALDO .......................... 330

6.3.4 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN

DE DURANGO ......................................................................................................... 342

6.3.5 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN

DE GERNIKA-LUMO ............................................................................................... 367

6.3.6 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCION

DE GETXO .............................................................................................................. 385

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

4

6.4 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN GIPUZKOA ........................................................... 401

6.4.1 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE AZPEITIA ............................... 402

6.4.2 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN

DE BERGARA .......................................................................................................... 413

6.4.3 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCION DE EIBAR ........ 429

6.4.4 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN DE IRÚN .......... 436

6.4.5 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN

DE TOLOSA ............................................................................................................. 452

6.5 INSPECCIONES REALIZADAS POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y

SECRETARIAS COORDINADORAS PROVINCIALES ........................................................ 546

7.— PREVISIÓN DE NECESIDADES EN LOS ÓRGANOS JUDICIALES ....................................... 547

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

5

El Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco acordó, por

unanimidad, aprobar la Memoria expositiva que refleja el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales

en dicho territorio, 1 de enero a 31 de diciembre de 2.015.

1.— INTRODUCCIÓN

1.1 REFORMAS CRUCIALES A COSTE CERO

I

La organización judicial en la Comunidad Autónoma del País Vasco se distribuye en 14 partidos

judiciales en los que se integran 157 juzgados unipersonales, 11 Secciones de Audiencias Provinciales y

7 Secciones correspondientes a las tres Salas del Tribunal Superior de Justicia.

Al 1 de enero de 2016, ejercían jurisdicción en los órganos judiciales del País Vasco 231 jueces.

La media de jueces en activo en la Comunidad Autónoma del País Vasco por cada 100.000 habitantes

era de 10,6. Este valor se sitúa por debajo de la media en la Administración de Justicia en España (11,5)

y sensiblemente por debajo de la media en la Unión Europea (18,1) de jueces a tiempo completo

equivalente por cada 100.000 habitantes. Este último dato se corresponde con el recogido en el

informe publicado en el año 2014 por la Comisión para la Eficiencia de la justicia (CEPEJ) del Consejo de

Europa.

II

El año 2015 se corresponde con la conclusión de la Xª Legislatura de las Cortes Generales cuya

sesión de apertura tuvo lugar el 27 de diciembre de 2011, acordándose su disolución por Real Decreto

publicado el 27 de octubre de 2015.

La actividad legislativa relacionada con la Administración de Justicia en este año de cierre de

legislatura se ha caracterizado tanto por su intensidad reformadora como por la insuficiente previsión

por parte del legislador en cuanto a los efectos que las modificaciones legales van a proyectar sobre la

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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planta judicial, la organización de la Administración de Justicia, el alcance y la estructura de la plantilla

orgánica judicial.

En relación con el ejercicio de la potestad jurisdiccional, debe destacarse en la producción

legislativa del año 2015 la aprobación de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se lleva a

efecto una revisión estructural del Código Penal de 1995, complementada por la Ley Orgánica 2/2015,

de igual fecha, en materia de delitos de terrorismo. En el Código Penal resultante debe subrayarse que

se deroga el Libro III de las faltas cuyo contenido, en parte, se incorporan al Libro II como delitos leves;

la creación de nuevas figuras delictivas y la revisión de los delitos de homicidio, asesinato y detención

ilegal o secuestro con desaparición. Ha de considerarse de singular importancia la introducción de la

pena de prisión permanente revisable y la profunda modificación del régimen de suspensión de la

ejecución de la pena en el que se incluye la libertad condicional.

En relación con el proceso penal, la legislatura ha concluido sin haberse alcanzado el objetivo de

la aprobación de un auténtico Código Procesal Penal.

Guardan gran importancia, sin embargo, las modificaciones introducidas en la Ley de

Enjuiciamiento Criminal por la Ley Orgánica 13/2015, “para el fortalecimiento de las garantías

procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica” y la Ley 41/2015 “para la

agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales”, ambas promulgadas el 5

de octubre de 2015. Así mismo, las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de

abril, en relación con el derecho a la información en los procesos penales.

Muy singularmente, la Ley 41/2015 procede a instaurar la generalización de la segunda instancia

penal ya prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se regula ex novo el recurso de apelación en la

jurisdicción penal, así como la concomitante remodelación del recurso de casación penal. De forma

que, a partir del 6 de diciembre de 2015 en que se produce la entrada en vigor de la nueva regulación,

corresponde a las Salas de lo Civil y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia conocer de los

recursos de apelación penal contra los autos que supongan la finalización del proceso por falta de

jurisdicción o sobreseimiento libre y contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales.

En este mismo ámbito relacionado con el proceso penal se ha producido en el año 2015 la

entrada en vigor del Estatuto de la víctima del delito, aprobado por la Ley 4/2015, de 27 de abril, por la

que se trasponen la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011 ,

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas,

y la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa

a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil. La

nueva legislación dispone importantes compromisos a las autoridades judiciales, fiscales y policiales en

garantía de los derechos de las víctimas del delito y en evitación de las segundas victimizaciones.

La jurisdicción civil ha sido también objeto de una intensa actividad legislativa reformadora en

relación con la Ley de Enjuiciamiento Civil:

La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, mantiene la competencia objetiva

genérica de los Juzgados de Primera Instancia o de lo Mercantil y establece una separación neta entre

la tramitación de los expedientes ante la jurisdicción voluntaria y el régimen procesal de la jurisdicción

civil contenciosa. Desjudicializa la resolución de determinados expedientes cuyo conocimiento se

encomienda a los Notarios – expedientes en materia de derecho sucesorio- y a los Registradores de la

Propiedad y Mercantiles – relativos a derechos reales y en materia mercantil-; y, en el ámbito de la

Administración de Justicia, atribuye importantes competencias a los Letrados de la Administración de

Justicia en la tramitación y resolución de expedientes en materia de personas, así como en la

realización de subastas voluntarias de forma electrónica.

Resulta de gran relevancia para la modernización de la Administración de Justicia, la Ley 42/2015,

de 5 de octubre, que impone la obligatoriedad, a partir del 1 de enero de 2016, de todos los

profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, que aún no lo hagan, de emplear los

sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y

documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de

la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

Así mismo, la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil,

con una reforma en profundidad del sector del reconocimiento y ejecución de decisiones extranjeras y,

muy singularmente, del proceso judicial de exequátur.

Y la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la

Administración de Justicia y del Registro Civil, que regula un nuevo sistema de subastas electrónicas a

través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal Boletín Oficial del

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Estado; así como la tramitación electrónica desde los centros sanitarios de los nacimientos y

defunciones.

Finalmente, la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, articula un importante paquete de medidas procesales y

estructurales en relación con el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Caben ser destacadas dos medidas de muy distinto signo:

Por una parte, entre las de carácter procesal, la reforma de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en lo relativo al recurso de casación en este

orden jurisdiccional. En su virtud, el recurso de casación recibe una regulación única en la jurisdicción

contencioso-administrativa cuya piedra angular se sitúa en la superación del requisito del “interés

casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”. La nueva regulación que entrará en vigor el 22

de julio del 2016, atribuye a las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de

Justicia del conocimiento del recurso de casación cuando se funde en infracción de normas emanadas

de la Comunidad Autónoma y prevé la constitución de una Sección funcional para cuyo funcionamiento

corresponde a la Sala de Gobierno el establecimiento del correspondiente turno entre los Presidentes

de Sección y entre todos los Magistrados que presten servicio en la Sala.

A su vez, resulta relevante el paquete de medidas relevantes pero carentes de conexión

sistemática por referencia a un modelo de Administración de Justicia. Las medidas se refieren a los

juzgados de violencia sobre la mujer, a la habilitación para un equilibrio de ámbito provincial en el

reparto de las cargas de trabajo, al procedimiento de especialización de los juzgados, a las medidas de

apoyo a los juzgados de instrucción y a la regulación de la figura de los jueces de adscripción territorial

en el extremo de su incardinación en la organización judicial.

III

La Memoria judicial correspondiente al año 2015 no llega a recoger el efecto que vayan a

producir sobre el funcionamiento de la Administración de Justicia las importantes modificaciones

sustantivas, procesales y estructurales aprobadas en los últimos periodos de sesiones de la Xª

Legislatura.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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En clave de gobierno interno de la Administración de Justicia, la principal preocupación nace de

la prescripción que, en forma de Disposición Adicional, ha acompañado a las leyes de reforma: en ella,

bajo el epígrafe de “Previsión de costes”, se dispone: “Las medidas incluidas en esta norma no podrán

suponer incremento de dotaciones de personal, ni de retribuciones ni de otros gastos de personal”.

Resulta difícil mantener el optimismo de la modernización y la regeneración de nuestra

Administración de Justicia desde la premisa decidida por el legislador estatal de una previsión de costes

igual a cero.

Se aparta de esta previsión la aportación de los soportes infraestructurales correspondientes a

las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma del País Vasco cuyos presupuestos generales

incrementaron en un 4% la dotación de 139,9 millones de euros en materia de Administración de

Justicia para el año 2015, con una previsión específica en infraestructura informática de 18 millones de

euros.

IV

El análisis global de los datos recogidos en la Memoria Judicial correspondiente al año 2015

mantiene en casi sus estrictos términos las líneas de tendencia que venimos comprobando desde el año

2010:

1.- Los valores estadísticos en los indicadores de eficiencia de la actividad judicial expresan un

adecuado funcionamiento de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País

Vasco.

En un contexto de baja y decreciente tasa de litigiosidad (122,8 asuntos ingresados por cada

1000 habitantes) nuestros juzgados y tribunales mantienen, en su conjunto, la capacidad para resolver

un número de asuntos aún ligeramente superior (1,01) al que se corresponde con los registrados en el

periodo anual.

Pero debemos señalar que la tasa de congestión, también en datos del conjunto de los órganos

judiciales en el País Vasco, alcanza un valor (1,23); lo que nos indica que se inicia cada periodo anual

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

10

con un número de asuntos en tramitación equivalente a casi la cuarta parte de los que ingresarán en los

siguientes doce meses.

2.- Las posibilidades de mejora en cuanto a la eficacia jurisdiccional se encuentran lastradas

por un modelo obsoleto de planta judicial.

Estas tasas estadísticas de resolución y de congestión no se distribuyen homogéneamente por

jurisdicciones, ni entre instancias: en la jurisdicción civil, los juzgados de lo mercantil y los juzgados de

familia se alejan de la media presentando un acentuado nivel de congestión respectivo de 1,83 y de

1,52. La tasa de congestión también rebasa la media en los juzgados de lo social (1,76) y en los juzgados

de lo contencioso-administrativo (1,67). En cuanto a la distribución en el interior de cada jurisdicción, es

en los juzgados de primera instancia y mercantiles, así como en los juzgados de lo contencioso-

administrativo y social donde se ofrecen los valores superiores en la tasa de congestión.

La falta de homogeneidad se refleja, también, en la distribución geográfica de la carga de

trabajo. Atendiendo al número de asuntos ingresados en los órganos judiciales civiles y penales con

jurisdicción en el ámbito de un solo partido judicial, el número de asuntos recibidos por órgano judicial

difiere de manera muy acusada: los juzgados de las tres capitales y de Barakaldo reciben un mayor

ingreso de asuntos por juzgado que los correspondientes a los juzgados de los demás partidos

judiciales; así, en Bizkaia el partido judicial de Balmaseda, en Álava el partido judicial de Amurrio y en

Gipuzkoa el partido judicial de Bergara ingresan anualmente por cada juzgado un número medio de

asuntos que no alcanza a la mitad de los ingresados por cada juzgado de los partidos judiciales con sede

en las respectivas capitales, así como en Barakaldo, Getxo y Durango; a su vez, el número medio de

asuntos ingresados anualmente en los restantes cinco partidos judiciales con sede en Gernika-Lumo,

Tolosa, Irún, Eibar y Azpeitia, con la excepción de este último, presentan valores homogéneos en

ingresos medios por juzgado que son inferiores en más de un 25% respecto de los correspondientes a

los partidos judiciales de las respectivas capitales.

3.- La consolidación de la figura del Juez de adscripción territorial producida en sustitución de

las necesarias reformas de la planta judicial comporta un denodado esfuerzo de gestión por parte de

la Sala de Gobierno y de los Decanatos de los partidos judiciales.

Durante el año 2015 los efectos de la congelación de la plantilla orgánica judicial se abordaron,

prioritariamente, con la dotación de diez plazas de Juez de adscripción territorial (JAT) y con la

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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asignación de once jueces en situación de expectativa de destino -sin plaza orgánica- a quienes se

adscribió en la condición de Jueces de apoyo en funciones de Jueces de adscripción territorial (JAJAT).

Para el mismo ejercicio de 2015, el Ministerio de Justicia mantuvo congelado en 367.416 euros

el crédito asignado al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco para el llamamiento a jueces

sustitutos y magistrados suplentes.

Los anteriores instrumentos han generado una fuerte complejidad en la gestión de las

situaciones de exceso estructural o de coyuntura en la carga de trabajo, así como en las situaciones de

licencia por enfermedad, matrimonio o disfrute de permisos por estudios, vacaciones y asuntos propios

de los titulares de las plazas orgánicas. Los requerimientos de refuerzo han debido ser atendidos

mediante la adscripción temporal de jueces JAT y JAJAT. A su vez, en cada partido judicial y en cada

Audiencia y Sala han debido aprobarse unos muy exigentes planes de sustitución extraordinaria entre

los jueces y magistrados titulares a fin de proveer en turno rotatorio las ausencias en periodos de hasta

quince días.

La disminución en la tasa de resolución de asuntos ha sido el resultado apreciable de esta

congelación en la planta orgánica judicial, así como de los débiles instrumentos jurídicos facilitados para

abordarla en el contexto de la incidencia litigiosa en las jurisdicciones social y mercantil de la sostenida

crisis económica.

4.- Continuidad en la implantación del modelo organizativo de nueva oficina judicial (NOJ) que

alcanza a doce de los catorce partidos judiciales.

El de 2015 tuvo lugar la implantación del modelo de organización sobre la base de servicios

comunes conocido como Nueva Oficina Judicial (NOJ) en el partido judicial de Barakaldo. En el mismo

año se han desarrollado las actuaciones de preimplantación que permitirán que en el último trimestre

del año 2016 se haga realidad la nueva organización NOJ en el partido judicial de Donostia-San

Sebastián. A partir de esta fecha restará para la culminación del proyecto la extensión del modelo a los

partidos judiciales de Bilbao.

La NOJ en el partido judicial de Barakaldo se estructura en dos Servicios Comunes, Servicio

Común Procesal General y Servicio Común Procesal de Ejecución, complementados por trece Unidades

Procesales de Apoyo Directo (UPAD) a los titulares de los juzgados unipersonales.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

12

V

Como en anteriores ediciones, la Memoria anual incluye la Memoria de la Ilma. Sra. Secretaria

de Gobierno en la que se aportan datos exhaustivos sobre el funcionamiento de los Servicios Comunes

en las oficinas judiciales de los doce partidos judiciales en los que se desarrolla el modelo organizativo

de la NOJ.

La Memoria de la Ilma. Sra. Secretaria de Gobierno pone de manifiesto la muy importante

mejora en el conocimiento y control del movimiento de asuntos que proporciona la organización en el

modelo de servicios comunes y unidades procesales de apoyo directo.

VI

Finalmente, la Memoria judicial recoge, también, en esta edición los datos estadísticos del

Servicio de Mediación Intrajudicial en los ámbitos penal y familiar.

El número de expedientes derivados en el año 2015 – 1.443 en la Sección Penal y 623 en la

Sección Familiar- y el alto grado de conclusión con acuerdo 77,45% en la derivación penal y 42,34% en

el ámbito familiar- pone de manifiesto que la mediación intrajudicial como forma complementaria de

resolución de conflictos está llamada a desarrollarse y a consolidarse en nuestra Administración de

Justicia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

13

1.2 DESCRIPCIÓN ÓRGANOS JUDICIALES DE LA CAPV

La Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco se encuentra

organizada en catorce partidos judiciales distribuidos en los Territorios Históricos de Araba/Álava

(2), Bizkaia (6) y Gipuzkoa (6). El total de órganos judiciales, unipersonales y colegiados, ubicados

en esta Comunidad Autónoma asciende a 166, repartidos de la siguiente forma:

VITORIA-GASTEIZ

AMURRIO

BALMASEDA

BARAKALDO

GETXO

GERNIKA-LUMO

BILBAO

DURANGO

EIBAR

AZPEITIA

DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN

IRUN

TOLOSA

BERGARA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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BIZKAIA

1.2.1 Partido Judicial de Durango (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (4 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº1 de Bizkaia

Abadiño, Amorebieta-Etxano, Arantzazu, Areatza, Artea, Atxondo, Bedia, Berriz, Castillo-Elejabeitia,

Dima, Durango, Elorrio, Ermua, Garai, Igorre, Iurreta, Izurtza, Lemoa, Mallabia, Mañaria, Otxandio,

Ubide, Zaldibar, Zeanuri

1.2.2 Partido Judicial de Barakaldo (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia-UPADs civil (6 Juzgados).

. Juzgados de Instrucción-UPADs instrucción (4 Juzgados).

. Juzgados de lo Penal-UPADs penal (2 Juzgados).

. Juzgado de Violencia sobre la Mujer-UPAD penal (1 Juzgado).

. Servicios Comunes:

Servicio Común Procesal General S.C.P.G.:

a) Sección de Actos de Comunicación y Ejecución y otros

b) Sección de Registro y Reparto

Servicio Común Procesal de Ejecución S.C.E.J.:

a) Sección de Ejecución Civil

b) Sección de Ejecución Penal

BILBAO BALMASEDA

DURANGO

GETXO

BARAKALDO GERNIKA-LUMO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

15

Partido judicial nº2 de Bizkaia

Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Barakaldo, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi,

Sestao, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena

1.2.3 Partido Judicial de Gernika-Lumo (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (4 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº3 de Bizkaia

Ajangiz, Amoroto, Arratzu, Arrieta, Aulesti, Bakio, Bermeo, Berriatua, Busturia, Ea, Elantxobe, Ereño,

Errigoiti, Etxebarria, Forua, Fruiz, Gamiz-Fika, Gautegiz Arteaga, Gernika-Lumo, Gizaburuaga,

Ibarrangelu, Ispaster, Kortezubi, Lekeitio, Markina-Xemein, Meñaka, Mendata, Mendexa, Morga,

Mundaka, Mungia, Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz, Murueta, Muxika, Nabarniz, Ondarroa, Sukarrieta

1.2.4 Partido Judicial de Bilbao

. Tribunal Superior de Justicia (Sala Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-Administrativo y

Sala de lo Social, además de la Presidencia y la Secretaría de Gobierno).

. Audiencia Provincial de Bilbao (6 Secciones).

. Juzgados de Primera Instancia (14 Juzgados. 3 de ellos de Familia).

. Juzgados de lo Mercantil (2 Juzgados).

. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (6 Juzgados).

. Juzgados de lo Social (10 Juzgados).

. Juzgados de Instrucción (10 Juzgados).

. Juzgados de lo Penal (7 Juzgados).

. Juzgados de Violencia sobre la Mujer (2 Juzgados).

. Juzgados de Menores (2 Juzgados).

. Juzgado de Vigilancia Penitenciaria (1 Juzgado con jurisdicción en toda la CAPV).

. Juzgado Decano (liberado).

. Registro Civil (único).

Partido judicial nº4 de Bizkaia

Arakaldo, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Basauri, Bilbao, Derio, Erandio, Etxebarri, Galdakao, Larrabetzu,

Lezama, Loiu, Orozko, Sondika, Ugao-Miraballes, Urduña/Orduña, Zamudio, Zaratamo, Zeberio

1.2.5 Partido Judicial de Balmaseda (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (2 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Partido judicial nº5 de Bizkaia

Artzentales, Balmaseda, Galdames, Gordexola, Güeñes, Karrantza Harana/Valle de Carranza, Lanestosa,

Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Zalla

1.2.6 Partido Judicial de Getxo (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (6 Juzgados, servidos por Magistrados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº6 de Bizkaia

Barrika, Berango, Gatika, Getxo, Gorliz, Laukiz, Leioa, Lemoiz, Maruri-Jatabe, Plentzia, Sopelana,

Urduliz

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

17

ARABA/ÁLAVA

1.2.7 Partido Judicial de Amurrio (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (2 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General.

Partido judicial nº1 de Araba/Álava

Amurrio, Artziniega, Ayala/Aiara, Laudio/Llodio, Okondo, Urkabustaiz, Valdegovía/Gaubea

1.2.8 Partido Judicial de Vitoria-Gasteiz (NOJ)

. Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz (UPADS 2 Secciones).

. Juzgados de Primera Instancia (UPADS 8 Juzgados).

. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (UPADS 3 Juzgados).

. Juzgados de lo Social (UPADS 4 Juzgados).

. Juzgados de Instrucción (UPADS 4 Juzgados).

. Juzgados de lo Penal (UPADS 2 Juzgados).

. Juzgado de Violencia sobre la Mujer (UPAD 1 Juzgado).

. Juzgado de Menores (UPAD 1 Juzgado).

. Servicios Comunes:

Servicio Común Procesal General S.C.P.G.:

Se estructura en 3 Secciones:

VITORIA-GASTEIZ

AMURRIO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

18

c) Sección de Actos de Comunicación y Ejecución

d) Sección de Registro y Reparto

e) Sección de otros Servicios

Servicio Común Procesal de Ejecución S.C.E.J.:

c) Sección de Ejecución Civil-Social Contencioso-Administrativo

d) Sección Penal

Partido judicial nº2 de Araba/Álava

Agurain/Salvatierra, Alegría-Dulantzi, Añana, Aramaio, Armiñón, Arraia-Maeztu, Arratzua-Ubarrundia,

Asparrena, Baños de Ebro/Mañueta, Barrundia, Berantevilla, Bernedo, Campezo/Kanpezu,

Elburgo/Burgelu, Elciego, Elvillar/Bilar, Erriberagoitia/Ribera Alta, Harana/Valle de Arana, Iruña

Oka/Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Kripan, Kuartango, Labastida/Bastida, Lagrán, Laguardia,

Lanciego/Lantziego, Lantarón, Lapuebla de Labarca, Legutio, Leza, Moreda de Álava/Moreda Araba,

Navaridas, Oyón/Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Ribera Baja/Erribera Beitia, Samaniego, San

Millán/Donemiliaga, Villabuena de Álava/Eskuernaga, Vitoria-Gasteiz, Yécora/Iekora, Zalduondo,

Zambrana, Zigoitia, Zuia

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

19

GIPUZKOA

1.2.9 Partido Judicial de Tolosa (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (4 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº1 de Gipuzkoa

Abaltzisketa, Aduna, Albiztur, Alegia, Alkiza, Altzaga, Altzo, Amezketa, Andoain, Anoeta, Arama,

Asteasu, Ataun, Baliarrain, Beasain, Belauntza, Berastegi, Berrobi, Elduain, Ezkio-Itsaso, Gabiria,

Gaintza, Gaztelu, Hernialde, Ibarra, Idiazabal, Ikaztegieta, Irura, Itsasondo, Larraul, Lazkao, Leaburu,

Legorreta, Lizartza, Mutiloa, Olaberria, Ordizia, Orendain, Orexa, Ormaiztegi, Segura, Tolosa, Villabona,

Zaldibia, Zegama, Zerain, Zizurkil

1.2.10 Partido Judicial de Azpeitia (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (2 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General.

Partido judicial nº2 de Gipuzkoa

Aia, Aizarnazabal, Azkoitia, Azpeitia, Beizama, Bidania-Goiatz, Errezil, Getaria, Zarautz, Zestoa, Zumaia

1.2.11 Partido Judicial de Bergara (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (4 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº3 de Gipuzkoa

Antzuola, Aretxabaleta, Arrasate/Mondragón, Bergara, Elgeta, Eskoriatza, Legazpi, Leintz-Gatzaga,

Oñati, Urretxu, Zumarraga

BERGARA

EIBAR AZPEITIA

IRUN

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

TOLOSA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

20

1.2.12 Partido Judicial de Eibar (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (2 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

. Juzgado de lo Social-UPAD (1 Juzgado).

Partido judicial nº4 de Gipuzkoa

Deba, Eibar, Elgoibar, Mendaro, Mutriku, Soraluze/Placencia de las Armas

1.2.13 Partido Judicial de Donostia-San Sebastián

. Audiencia Provincial de Donostia-San Sebastián (3 secciones).

. Juzgados de Primera Instancia (8 Juzgados).

. Juzgado de lo Mercantil (1 Juzgado).

. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (3 Juzgados).

. Juzgados de lo Social (5 Juzgados).

. Juzgados de Instrucción (5 Juzgados).

. Juzgados de lo Penal (5 Juzgados).

. Juzgado de Violencia Sobre la Mujer (1 Juzgado).

. Juzgado de Menores (1 Juzgado).

Partido judicial nº5 de Gipuzkoa

Astigarraga, Donostia/San Sebastián, Errenteria, Hernani, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Orio, Pasaia,

Urnieta, Usurbil

1.2.14 Partido Judicial de Irún (NOJ)

. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción-UPADs (5 Juzgados).

. Servicio Común Procesal General y de Ejecución.

Partido judicial nº6 de Gipuzkoa

Hondarribia, Irun

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

21

BIZKAIA

AUDIENCIA PROVINCIAL

CIVIL

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del Periodo

Ingresa

dos

Resuelt

os

En Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de

resolución A

Módulo de

resolución B

Módulo de

pendencia A

Módulo de

pendencia B

SEC. Nº 3 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 10.780 98 522 484 136 522 - 484 - 136 -

SEC. Nº 4 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 10.781 306 810 809 309 810 - 809 - 309 -

SEC. Nº 5 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 10.782 109 544 448 205 544 - 448 - 205 -

TOTAL ORGANOS 3 513 1.876 1.741 650 1.876 0 1.741 0 650 0

PENAL

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al Inicio

Del

Periodo

Ingresad

os

Resuelt

os

En

Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de

resolución

A

Módulo de

resolución

B

Módulo de

pendencia

A

Módulo de

pendencia

B

SEC. Nº 1 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 10.778 163 1.290 1.294 159 1.290 - 1.294 - 159 -

SEC. Nº 2 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 10.779 189 1.073 1.124 147 1.073 - 1.115 - 147 -

SEC. Nº 6 DE LA A.

PROV. DE BIZKAIA 11.133 140 1.174 1.168 146 1.174 - 1.168 - 146 -

TOTAL ORGANOS 3 492 3.537 3.586 452 3.537 0 3.577 0 452 0

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

22

PARTIDOS JUDICIALES

BALMASEDA

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos Nº

Asuntos Media x Órgano

Nº Asuntos

Media x Órgano

Nº Asuntos

Media x Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 1 7 7,00 6 6,00 2 2,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 399 722 361,00 760 380,00 361 180,50

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 2 400 729 364,50 766 383,00 363 181,50

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 405 1.519 759,50 1.579 789,50 355 177,50

Jdos. Violencia contra la mujer 1 31 64 64,00 74 74,00 21 21,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 2 436 1.583 791,50 1.653 826,50 376 188,00

TOTAL JURISDICCIONES 2 836 2.312 1.156,00 2.419 1.209,50 739 369,50

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

23

BARAKALDO

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 5 1.804 5.869 1.173,80 5.765 1.153,00 1.908 381,60

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 2 113 167 83,50 157 78,50 123 61,50

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 1 734 1.490 1.490,00 1.378 1.378,00 846 846,00

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 0 - - - - - - -

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 7 2.651 7.526 1.075,14 7.300 1.042,86 2.877 411,00

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 4 3.399 18.917 4.729,25 19.686 4.921,50 2.796 699,00

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 2 342 1.044 522,00 1.015 507,50 371 185,50

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 2 892 991 495,50 947 473,50 965 482,50

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 7 4.633 20.952 2.993,14 21.648 3.092,57 4.132 590,29

TOTAL JURISDICCIONES 13 7.284 28.478 2.190,62 28.948 2.226,77 7.009 539,15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

24

DURANGO

Año 2015 Órganos

En Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 6 13 13,00 12 12,00 7 7,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 1.113 2.142 535,50 2.227 556,75 998 249,50

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 4 1.119 2.155 538,75 2.239 559,75 1.005 251,25

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 713 4.366 1.091,50 4.661 1.165,25 453 113,25

Jdos. Violencia contra la mujer 1 30 219 219,00 228 228,00 21 21,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 4 743 4.585 1.146,25 4.889 1.222,25 474 118,50

TOTAL JURISDICCIONES 4 1.862 6.740 1.685,00 7.128 1.782,00 1.479 369,75

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

25

GERNIKA-LUMO

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 6 19 19,00 25 25,00 3 3,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 738 1.836 459,00 1.901 475,25 669 167,25

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Civiles 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Mixtas 0 - - - - - - -

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 - - - - - - -

Tribunal Supremo: Sala 1ª 0 - - - - - - -

TOTAL 4 744 1.855 463,75 1.926 481,50 672 168,00

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 582 4.300 1.075,00 4.412 1.103,00 505 126,25

Jdos. Violencia contra la mujer 1 37 181 181,00 199 199,00 19 19,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 4 619 4.481 1.120,25 4.611 1.152,75 524 131,00

TOTAL JURISDICCIONES 4 1.363 6.336 1.584,00 6.537 1.634,25 1.196 299,00

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

26

GETXO

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 17 30 30,00 30 30,00 17 17,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 6 1.038 3.289 548,17 2.963 493,83 1.310 218,33

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 6 1.055 3.319 553,17 2.993 498,83 1.327 221,17

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 6 1.238 8.504 1.417,33 8.923 1.487,17 899 149,83

Jdos. Violencia contra la mujer 1 73 279 279,00 281 281,00 72 72,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 6 1.311 8.783 1.463,83 9.204 1.534,00 971 161,83

TOTAL JURISDICCIONES 6 2.366 12.102 2.017,00 12.197 2.032,83 2.298 383,00

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

27

ARABA/ÁLAVA

AUDIENCIA PROVINCIAL

CIVIL

Año 2015 Órganos

En Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresa

dos

Resuelt

os

En Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de resolución

A

Módulo de resolución

B

Módulo de pendencia

A

Módulo de pendencia

B

SEC. Nº 1 DE LA A. PROV. DE

ARABA/ALAVA

10.774 103 858 806 155 856 - 804 - 155 -

TOTAL ORGANOS 1 103 858 806 155 856 0 804 0 155 0

PENAL

Año 2015 Órganos

En Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresa

dos

Resuelt

os

En

Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº Asuntos Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de

resolución

A

Módulo de

resolución

B

Módulo de

pendencia

A

Módulo de

pendencia

B

SEC. Nº 2 DE LA A.

PROV. DE

ARABA/ALAVA

10.845 127 1.032 1.057 97 1.032 - 1.062 - 97 -

TOTAL ORGANOS 1 127 1.032 1.057 97 1.032 0 1.062 0 97 0

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

28

PARTIDO JUDICIAL

AMURRIO

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 4 3 3,00 4 4,00 0 0,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 201 544 272,00 533 266,50 134 67,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Civiles 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Mixtas 0 - - - - - - -

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 - - - - - - -

Tribunal Supremo: Sala 1ª 0 - - - - - - -

TOTAL 2 205 547 273,50 537 268,50 134 67,00

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 225 1.452 726,00 1.503 751,50 216 108,00

Jdos. Violencia contra la mujer 1 14 82 82,00 75 75,00 21 21,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 2 239 1.534 767,00 1.578 789,00 237 118,50

TOTAL JURISDICCIONES 2 444 2.081 1.040,50 2.115 1.057,50 371 185,50

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

29

GIPUZKOA

AUDIENCIA PROVINCIAL

CIVIL

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del Periodo

Ingresa

dos

Resuelt

os

En Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de resolución

A

Módulo de resolución

B

Módulo de pendencia

A

Módulo de pendencia

B

SEC. Nº 1 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.775 0 0 0 0 0 - 0 - 0 -

SEC. Nº 2 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.776 59 418 364 113 418 - 364 - 113 -

SEC. Nº 3 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.777 74 492 494 72 490 - 492 - 72 -

TOTAL ORGANOS 3 133 910 858 185 908 0 856 0 185 0

PENAL

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al Inicio

Del

Periodo

Ingresa

dos

Resuelt

os

En

Tramite Al

Final Del

Periodo

MODULO ENTRADA MODULO

RESOLUCION

MODULO

PENDENCIA

ORGANOS Código Nº

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Asuntos

Módulo de

entrada A

Módulo de

entrada B

Módulo de

resolución

A

Módulo de

resolución

B

Módulo de

pendencia

A

Módulo de

pendencia

B

SEC. Nº 1 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.775 113 776 812 61 776 - 817 - 61 -

SEC. Nº 2 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.776 30 445 420 55 445 - 420 - 55 -

SEC. Nº 3 DE LA A.

PROV. DE GIPUZKOA 10.777 23 450 438 35 450 - 438 - 35 -

TOTAL ORGANOS 3 166 1.671 1.670 151 1.671 0 1.675 0 151 0

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

30

PARTIDOS JUDICIALES

AZPEITIA

Año 2015 Órganos

En

Tramite Al

Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 6 17 17,00 7 7,00 14 14,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 442 865 432,50 857 428,50 460 230,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Civiles 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Mixtas 0 - - - - - - -

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 - - - - - - -

Tribunal Supremo: Sala 1ª 0 - - - - - - -

TOTAL 2 448 882 441,00 864 432,00 474 237,00

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 750 2.511 1.255,50 2.610 1.305,00 683 341,50

Jdos. Violencia contra la mujer 1 48 90 90,00 89 89,00 49 49,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 2 798 2.601 1.300,50 2.699 1.349,50 732 366,00

TOTAL JURISDICCIONES 2 1.246 3.483 1.741,50 3.563 1.781,50 1.206 603,00

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

31

BERGARA

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 8 4 4,00 10 10,00 2 2,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 418 1.732 433,00 1.487 371,75 663 165,75

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Civiles 0 - - - - - - -

A.P. Secciones Mixtas 0 - - - - - - -

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 - - - - - - -

Tribunal Supremo: Sala 1ª 0 - - - - - - -

TOTAL 4 426 1.736 434,00 1.497 374,25 665 166,25

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 604 3.566 891,50 3.756 939,00 417 104,25

Jdos. Violencia contra la mujer 1 87 134 134,00 188 188,00 35 35,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 4 691 3.700 925,00 3.944 986,00 452 113,00

TOTAL JURISDICCIONES 4 1.117 5.436 1.359,00 5.441 1.360,25 1.117 279,25

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

32

EIBAR

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 7 7 7,00 10 10,00 4 4,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 437 939 469,50 908 454,00 465 232,50

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 2 444 946 473,00 918 459,00 469 234,50

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2 463 2.504 1.252,00 2.465 1.232,50 541 270,50

Jdos. Violencia contra la mujer 1 51 108 108,00 86 86,00 73 73,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 2 514 2.612 1.306,00 2.551 1.275,50 614 307,00

Jurisdicción Social:

Jdos. de lo Social 1 448 500 500,00 528 528,00 396 396,00

Jdos. De lo Social de Ejecuciones 0 - - - - - - -

TOTAL 1 448 500 500,00 528 528,00 396 396,00

TOTAL JURISDICCIONES 3 1.406 4.058 1.352,67 3.997 1.332,33 1.479 493,00

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

33

IRUN

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 4 19 19,00 8 8,00 15 15,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 5 658 1.806 361,20 1.728 345,60 715 143,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 5 662 1.825 365,00 1.736 347,20 730 146,00

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 5 936 5.627 1.125,40 5.758 1.151,60 779 155,80

Jdos. Violencia contra la mujer 1 63 202 202,00 198 198,00 63 63,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 5 999 5.829 1.165,80 5.956 1.191,20 842 168,40

TOTAL JURISDICCIONES 5 1.661 7.654 1.530,80 7.692 1.538,40 1.572 314,40

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

34

TOLOSA

Año 2015 Órganos

En

Tramite

Al Inicio

Del

Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final

Del Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº

Asuntos

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Mercantil 0 - - - - - - -

Jdos. Violencia contra la mujer 1 7 31 31,00 18 18,00 23 23,00

Jdos. Incapacidades e Internamientos 0 - - - - - - -

Jdos. Familia 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 499 1.576 394,00 1.526 381,50 570 142,50

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

TOTAL 4 506 1.607 401,75 1.544 386,00 593 148,25

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 0 - - - - - - -

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4 802 4.684 1.171,00 4.689 1.172,25 856 214,00

Jdos. Violencia contra la mujer 1 46 150 150,00 159 159,00 37 37,00

Jdos. de Menores 0 - - - - - - -

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal 0 - - - - - - -

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 - - - - - - -

TOTAL 4 848 4.834 1.208,50 4.848 1.212,00 893 223,25

TOTAL JURISDICCIONES 4 1.354 6.441 1.610,25 6.392 1.598,00 1.486 371,50

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

35

DATOS TOTALES AGRUPADOS NIVEL DE COMUNIDAD AUTONOMA

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

Población

2015

juzgados

Asuntos

ingresados

Nº medio asuntos

ingresados por

juzgado

Tasa de

litigiosidad

Asuntos

resueltos

Nº medio

asuntos

resueltos por

juzgado

Asuntos

en trámite

Nº medio

asuntos en

trámite por

juzgado

sentencias

Nº medio

sentencias por

juzgado

Nº autos

finales

Nº medio

autos

finales por

juzgado

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 36.788 2 2.252 1.126 61,2 2.179 1.090 560 280 328 164 1.430 715

ARABA/ÁLAVA VITORIA-

GASTEIZ 286.860 13 34.414 2.647 120,0 35.320 2.717 5.071 390 5.057 389 23.868 1.836

GIPUZKOA TOLOSA 105.823 4 6.441 1.610 60,9 6.392 1.598 1.486 372 882 221 4.526 1.132

GIPUZKOA AZPEITIA 69.634 2 3.483 1.742 50,0 3.563 1.782 1.206 603 491 246 2.203 1.102

GIPUZKOA BERGARA 88.070 4 5.436 1.359 61,7 5.441 1.360 1.117 279 683 171 3.397 849

GIPUZKOA EIBAR 55.752 3 4.058 1.353 72,8 3.997 1.332 1.479 493 622 207 2.272 757

GIPUZKOA DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN 319.129 14 34.803 2.486 109,1 35.505 2.536 6.263 447 4.337 310 22.181 1.584

GIPUZKOA IRUN 78.426 5 7.654 1.531 97,6 7.692 1.538 1.572 314 1.131 226 5.089 1.018

BIZKAIA DURANGO 108.997 4 6.740 1.685 61,8 7.128 1.782 1.479 370 1.134 284 4.177 1.044

BIZKAIA BARAKALDO 263.375 13 28.478 2.191 108,1 28.948 2.227 7.009 539 4.971 382 17.354 1.335

BIZKAIA GERNIKA-LUMO 95.214 4 6.336 1.584 66,5 6.537 1.634 1.196 299 992 248 3.841 960

BIZKAIA BILBAO 498.631 26 59.749 2.298 119,8 61.831 2.378 11.274 434 8.286 319 35.955 1.383

BIZKAIA BALMASEDA 32.240 2 2.312 1.156 71,7 2.419 1.210 739 370 375 188 1.505 753

BIZKAIA GETXO 150.318 6 12.102 2.017 80,5 12.197 2.033 2.298 383 1.668 278 7.822 1.304

PAIS VASCO 2.189.257 102 214.258 219.149 42.749 30.957 135.620

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

Nº decretos

finales

Nº medio

decretos

finales por

juzgado

Ejecutorias

Registradas

Ejecutorias

Resueltas

En Tramite

Al Final Del

Periodo

Tasa de

Resolución

Tasa de

Pendencia

Tasa de

Sentencia

Evolución

anual asuntos

ingresados

Evolución

anual asuntos

Resueltos

Evolución

anual asuntos

en trámite al

final del año

Evolución

anual

Sentencias

Evolución

anual Autos

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 279 140 189 289 352 0,97 0,26 0,15 -1,2% -6,2% 26,1% -19,0% 2,4%

ARABA/ÁLAVA VITORIA-

GASTEIZ 5.283 406 4.036 6.110 7.811 1,03 0,14 0,14 -0,9% -0,2% -8,5% -6,7% -1,1%

GIPUZKOA TOLOSA 672 168 520 1.135 916 0,99 0,23 0,14 -1,5% -2,9% 9,7% -10,6% 11,0%

GIPUZKOA AZPEITIA 508 254 352 494 767 1,02 0,34 0,14 -8,7% -3,0% -3,2% -7,0% -3,0%

GIPUZKOA BERGARA 613 153 442 767 451 1,00 0,21 0,13 8,4% 3,9% 0,0% -8,7% 0,6%

GIPUZKOA EIBAR 797 266 413 734 793 0,98 0,37 0,16 -0,3% 4,1% 5,2% -12,5% 3,2%

GIPUZKOA DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN 4.179 299 2.979 3.958 6.508 1,02 0,18 0,12 -1,2% -1,3% -4,7% -17,5% 3,0%

GIPUZKOA IRUN 791 158 717 1.291 1.442 1,00 0,20 0,15 -8,8% -9,9% -5,4% -16,7% -9,5%

BIZKAIA DURANGO 765 191 921 1.088 2.030 1,06 0,21 0,16 -10,1% -9,1% -20,6% -15,4% -5,9%

BIZKAIA BARAKALDO 4.376 337 3.980 4.625 6.430 1,02 0,24 0,17 -7,0% -4,8% -3,8% -11,0% -5,4%

BIZKAIA GERNIKA-LUMO 715 179 502 828 877 1,03 0,18 0,15 -1,0% 4,7% -12,3% 1,0% 3,0%

BIZKAIA BILBAO 9.144 352 5.795 7.360 9.908 1,03 0,18 0,13 -3,2% -0,7% -8,5% -14,2% -8,5%

BIZKAIA BALMASEDA 318 159 241 323 389 1,05 0,31 0,16 -8,4% -5,9% -11,6% -14,0% -2,1%

BIZKAIA GETXO 1.176 196 1.068 1.299 1.250 1,01 0,19 0,14 -2,1% -2,2% -2,9% -5,3% -8,8%

PAIS VASCO 29.616 22.155 30.301 39.924

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

36

DATOS CIVILES AGRUPADOS NIVEL DE COMUNIDAD AUTONOMA

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

Población

2015

juzgados

Nº Asuntos

ingresados

Nº medio

asuntos

ingresados

por juzgado

Tasa de

litigiosidad

Asuntos

resueltos

Nº medio

asuntos

resueltos por

juzgado

Nº Asuntos

en trámite

Nº medio

asuntos en

trámite por

juzgado

sentencias

Nº medio

sentencias

por juzgado

Nº autos

finales

Nº medio

autos finales

por juzgado

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 36.788 2 655 328 17,8 587 294 273 137 184 61 183 61

ARABA/ÁLAVA VITORIA-

GASTEIZ 286.860 9 9.689 1.077 33,8 9.959 1.107 2.897 322 2.717 302 3.254 362

GIPUZKOA TOLOSA 105.823 4 1.607 402 15,2 1.544 386 593 148 521 104 487 97

GIPUZKOA AZPEITIA 69.634 2 882 441 12,7 864 432 474 237 252 84 233 78

GIPUZKOA BERGARA 88.070 4 1.736 434 19,7 1.497 374 665 166 417 83 413 83

GIPUZKOA EIBAR 55.752 2 946 473 17,0 918 459 469 235 272 91 297 99

GIPUZKOA DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN 319.129 9 8.777 975 27,5 8.743 971 3.266 363 2.271 252 2.936 326

GIPUZKOA IRUN 78.426 5 1.825 365 23,3 1.736 347 730 146 524 87 444 74

BIZKAIA DURANGO 108.997 4 2.155 539 19,8 2.239 560 1.005 251 630 126 902 180

BIZKAIA BARAKALDO 263.375 7 7.526 1.075 28,6 7.300 1.043 2.877 411 1.895 237 2.610 326

BIZKAIA GERNIKA-LUMO 95.214 4 1.855 464 19,5 1.926 482 672 168 582 116 656 131

BIZKAIA BILBAO 498.631 16 18.884 1.180 37,9 19.106 1.194 7.877 492 4.853 303 6.542 409

BIZKAIA BALMASEDA 32.240 2 729 365 22,6 766 383 363 182 227 76 288 96

BIZKAIA GETXO 150.318 6 3.319 553 22,1 2.993 499 1.327 221 1.014 145 1.016 145

PAIS VASCO 2.189.257 76 60.585 60.178 23.488 16.359

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

decretos

finales

Nº medio

decretos

finales por

juzgado

Ejecutorias

Registradas

Ejecutorias

Resueltas

En Tramite

Al Final Del

Periodo

Tasa de

Resolución

Tasa de

Pendencia

Tasa de

Sentencia

Evolución

anual asuntos

ingresados

Evolución

anual asuntos

Resueltos

Evolución

anual asuntos

en trámite al

final del año

Evolución

anual

Sentencias

Evolución anual

Autos

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 278 93 133 214 294 0,90 0,47 0,31 -6,6% -17,8% 33,2% -13,2% -3,2%

ARABA/ÁLAVA VITORIA-

GASTEIZ 4.823 536 2.933 4.902 7.368 1,03 0,29 0,27 5,3% 7,6% -7,9% 4,8% 19,9%

GIPUZKOA TOLOSA 671 134 431 1.010 861 0,96 0,38 0,34 3,3% -3,3% 17,2% 2,6% 3,4%

GIPUZKOA AZPEITIA 490 163 297 451 701 0,98 0,55 0,29 -1,2% -0,8% 5,8% 3,3% -6,4%

GIPUZKOA BERGARA 613 123 332 649 406 0,86 0,44 0,28 32,0% 10,6% 56,1% 3,2% -5,7%

GIPUZKOA EIBAR 389 130 250 521 712 0,97 0,51 0,30 8,2% 2,6% 5,6% 0,7% 23,2%

GIPUZKOA

DONOSTIA-

SAN

SEBASTIAN

4.174 464 2.066 2.940 5.998 1,00 0,37 0,26 5,5% 3,2% 3,8% -9,3% 9,6%

GIPUZKOA IRUN 788 131 495 1.055 1.340 0,95 0,42 0,30 4,0% 3,0% 10,3% -6,3% 4,0%

BIZKAIA DURANGO 763 153 593 736 1.921 1,04 0,45 0,28 -4,6% -12,0% -10,2% -13,0% -12,6%

BIZKAIA BARAKALDO 3.218 402 2.147 2.875 4.538 0,97 0,39 0,26 5,8% 8,7% 8,5% -2,1% 21,1%

BIZKAIA GERNIKA-

LUMO 710 142 377 660 773 1,04 0,35 0,30 0,5% 13,0% -9,7% 17,1% 3,8%

BIZKAIA BILBAO 9.129 571 3.981 5.234 9.077 1,01 0,41 0,25 2,8% 6,4% -1,7% 1,4% 4,3%

BIZKAIA BALMASEDA 286 95 188 267 339 1,05 0,47 0,30 -3,6% 3,4% -9,3% -1,7% 19,5%

BIZKAIA GETXO 1.161 166 778 988 1.156 0,90 0,44 0,34 12,9% 1,5% 25,8% 9,0% -6,4%

PAIS VASCO 27.493 15.001 22.502 35.484

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

37

DATOS PENALES AGRUPADOS NIVEL DE COMUNIDAD AUTONOMA

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

Población

2015

juzgados

Asuntos

ingresados

Nº medio

asuntos

ingresados

por juzgado

Tasa de

litigiosidad

Nº Asuntos

resueltos

Nº medio

asuntos

resueltos por

juzgado

Asuntos

en trámite

Nº medio

asuntos en

trámite por

juzgado

sentencias

Nº medio

sentencias

por juzgado

Nº autos

finales

Nº medio

autos finales

por juzgado

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 36.788 2 1.597 799 43,4 1.592 796 287 144 144 48 1.247 416

ARABA/ÁLAVA VITORIA-

GASTEIZ 286.860 5 24.725 4.945 86,2 25.361 5.072 2.174 435 2.340 468 20.614 4.123

GIPUZKOA TOLOSA 105.823 4 4.834 1.209 45,7 4.848 1.212 893 223 361 72 4.039 808

GIPUZKOA AZPEITIA 69.634 2 2.601 1.301 37,4 2.699 1.350 732 366 239 80 1.970 657

GIPUZKOA BERGARA 88.070 4 3.700 925 42,0 3.944 986 452 113 266 53 2.984 597

GIPUZKOA EIBAR 55.752 2 2.612 1.306 46,9 2.551 1.276 614 307 163 54 1.975 658

GIPUZKOA DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN 319.129 6 26.026 4.338 81,6 26.762 4.460 2.997 500 2.066 344 19.245 3.208

GIPUZKOA IRUN 78.426 5 5.829 1.166 74,3 5.956 1.191 842 168 607 101 4.645 774

BIZKAIA DURANGO 108.997 4 4.585 1.146 42,1 4.889 1.222 474 119 504 101 3.275 655

BIZKAIA BARAKALDO 263.375 7 20.952 2.993 79,6 21.648 3.093 4.132 590 3.076 385 14.744 1.843

BIZKAIA GERNIKA-

LUMO 95.214 4 4.481 1.120 47,1 4.611 1.153 524 131 410 82 3.185 637

BIZKAIA BILBAO 498.631 12 40.865 3.405 82,0 42.725 3.560 3.397 283 3.433 286 29.413 2.451

BIZKAIA BALMASEDA 32.240 2 1.583 792 49,1 1.653 827 376 188 148 49 1.217 406

BIZKAIA GETXO 150.318 6 8.783 1.464 58,4 9.204 1.534 971 162 654 93 6.806 972

PAIS VASCO 2.189.257 65 153.173 26.907 158.443 18.865 14.411 115.359

PROVINCIA PARTIDO

JUDICIAL

decretos

finales

Nº medio

decretos

finales por

juzgado

Ejecutorias

Registradas

Ejecutori

as

Resueltas

En Tramite Al

Final Del

Periodo

Tasa de

Resolución

Tasa de

Pendencia

Tasa de

Sentencia

Evolución

anual asuntos

ingresados

Evolución

anual asuntos

Resueltos

Evolución

anual asuntos

en trámite al

final del año

Evolución

anual

Sentencias

Evolución

anual

Autos

ARABA/ÁLAVA AMURRIO 1 0 56 75 58 1,00 0,18 0,09 1,1% -1,1% 20,1% -25,4% 3,3%

ARABA/ÁLAVA VITORIA-GASTEIZ

460 92 1.103 1.208 443 1,03 0,09 0,09 -3,1% -3,0% -9,3% -17,3% -3,8%

GIPUZKOA TOLOSA 1 0 89 125 55 1,00 0,18 0,07 -3,0% -2,7% 5,3% -24,6% 12,0%

GIPUZKOA AZPEITIA 18 6 55 43 66 1,04 0,27 0,09 -10,9% -3,7% -8,3% -15,8% -2,6%

GIPUZKOA BERGARA 0 0 110 118 45 1,07 0,11 0,07 0,0% 1,6% -34,6% -22,7% 1,6%

GIPUZKOA EIBAR 1 0 86 117 47 0,98 0,24 0,06 -0,3% 3,2% 19,5% -30,0% 0,7%

GIPUZKOA DONOSTIA-SAN

SEBASTIAN 5 1 913 1.018 510 1,03 0,11 0,08 -3,2% -2,7% -12,5% -24,9% 2,1%

GIPUZKOA IRUN 3 1 222 236 102 1,02 0,14 0,10 -12,1% -13,1% -15,7% -23,9% -10,6%

BIZKAIA DURANGO 2 0 328 352 109 1,07 0,10 0,10 -12,5% -7,6% -36,2% -18,3% -3,9%

BIZKAIA BARAKALDO 1.158 145 1.833 1.750 1.892 1,03 0,19 0,14 -10,9% -8,6% -10,8% -15,8% -9,0%

BIZKAIA GERNIKA-LUMO 5 1 125 168 104 1,03 0,11 0,09 -1,6% 1,6% -15,3% -15,5% 2,8%

BIZKAIA BILBAO 15 1 1.814 2.126 831 1,05 0,08 0,08 -5,7% -3,5% -21,2% -29,6% -10,9%

BIZKAIA BALMASEDA 32 11 53 56 50 1,04 0,23 0,09 -10,4% -9,7% -13,8% -27,8% -6,1%

BIZKAIA GETXO 15 2 290 311 94 1,05 0,11 0,07 -6,7% -3,3% -25,9% -21,3% -9,1%

PAIS VASCO 1.716 7.077 7.703 4.406

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

38

1.3 VALORACIÓN GENERAL SOBRE EL MOVIMIENTO DE ASUNTOS EN LAS UNIDADES JUDICIALES DE

LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.- AÑO 2015

1.3.1 Evolución en los resultados generales

En el año 2015, el número de asuntos ingresados en los órganos judiciales del País Vasco, fue de

268.935, inferior en 8.991 a la cifra de entrada del año anterior. En el orden civil, ingresaron 67.565

asuntos, 2.672 asuntos más que en el año anterior. En el orden penal, lo hicieron 173.164 asuntos, 10.454

asuntos menos que en el año anterior. En el orden contencioso-administrativo se registraron 8.042

asuntos, 1.134 asuntos mas que en el año anterior. Y 20.164 asuntos en el Orden Social 2.343 asuntos

menos que en el año anterior.

La tasa de litigiosidad en la Comunidad Autónoma del País Vasco (asuntos ingresados por cada

1.000 habitantes) alcanzó el valor de 122,8 manteniendo la tendencia de descenso (-3,2%) respecto del

año anterior, siendo la Comunidad Autónoma con menor tasa de litigiosidad. En España, la tasa de

litigiosodad alcanzó un valor de 179,7, con evolución a la baja (-2,9%) respecto del año anterior.

Sumando los cuatro órdenes jurisdiccionales se habían resuelto, al 31 de diciembre de 2015, un

total de 278.313 asuntos, siendo 268.935 el número de los asuntos ingresados. Por lo que la tasa de

resolución (1,03) se mantiene ligeramente al alza (+2,1%) respecto de la alcanzada en el año anterior. La

tasa fue equivalente a la media española (1,02).

Atendiendo a la relación entre los asuntos pendientes de resolver al 31 de diciembre de 2015,

66.344, y los asuntos resueltos en el mismo periodo 278.313, la tasa de pendencia (0,24) inferior (0,02)

a la del año 2014. En el conjunto de los juzgados y tribunales españoles, la tasa alcanzó un valor de 0,28,

con ligera tendencia a la baja respecto del año anterior.

Igualmente, efectuada la correlación entre la suma de los asuntos en tramitación al 1 de enero de

2015 (73.062) más los ingresados en el año 2015 (168.935) ; y, por otra parte, los asuntos resueltos en el

año 2015 (278.313) se constata una tasa de congestión (1,23) levemente inferior (0,01) con respecto al

año 2014. En el conjunto de los juzgados y tribunales españoles, la tasa de congestión alcanzó el valor de

1,28 en el mismo periodo, también con ligera tendencia a la baja.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

39

Por último, en el total de las jurisdicciones se promovieron 34.560 ejecuciones de sentencias y se

resolvieron 57.190, con una tasa de resolución de 1,04. Cabe destacar que, después de 4 años al alza este

año se ha producido una disminución (2.608) en el número de sentencias ejecutadas por los órganos

judiciales en la Comunidad Autónoma del País Vasco en el año 2015 (57.190) en relación con el anterior

año (59.798).

1.3.2 Nociones empleadas

Litigiosidad: La litigiosidad se toma en esta Memoria como expresión del número de asuntos

ingresados por cada 1.000 habitantes de población.

Se utilizan las poblaciones oficiales al 1 de enero de cada año, publicadas por el Instituto

Nacional de Estadística. La formula utilizada es: n.° de asuntos ingresados/población x 1.000.

Tasas de resolución: cociente entre el número de asuntos resueltos en el periodo y los ingresados

en el mismo.

Tasa de pendencia: cociente entre los asuntos pendientes al final del periodo y los resueltos en el

mismo.

Tasa de congestión: cociente entre la suma de los pendientes de resolver al comienzo del periodo

más los ingresados en el mismo y los asuntos resueltos en el periodo.

1.3.3 Tiempo de respuesta por jurisdicciones e instancias

En el conjunto de los juzgados españoles, la duración media estimada de los procesos en la

primera instancia, en el año 2015, fue de 3,4 meses. En el conjunto de los juzgados con sede en la C.A.

del País Vasco, fue de 3.1 meses.

En la segunda instancia, la duración media estimada de los procesos en el conjunto de las

jurisdicciones en la Administración de Justicia española fue de 4,2 meses. En el conjunto de los

tribunales con sede en la C.A. del País Vasco, fue de 1,6 meses.

En los salas del Tribunal Supremo, la duración media estimada de los procesos fue de 11,6 meses.

Las duraciones medias estimadas de los procesos, en el año 2015, en la jurisdicción civil fue de

6,2 meses en la primera instancia y de 6,5 meses en la segunda instancia. En los órganos de la

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

40

jusrisdicción civil con sede en la C.A. del País Vasco, fue de 5,0 meses en la primera instancia y de 2,6

meses en la segunda instancia.

En la jurisdicción penal las duraciones medias estimadas de los procesos, fue de 1,9 meses en la

primera instancia y de 2,0 meses en la segunda instancia. En los órganos de la jusrisdicción penal con

sede en la C.A. del País Vasco, fue de 1,7 meses en la primera instancia y de 1,1 meses en la segunda

instancia.

Las duraciones medias estimadas de los procesos, en la jurisdicción contencioso-administrativa

fue de 12,8 meses en la primera instancia y de 11,3 meses en la segunda instancia. En los órganos de la

jusrisdicción contencioso-administrativa con sede en la C.A. del País Vasco, fue de 8,5 meses en la

primera instancia y de 4,6 meses en la segunda instancia.

Las duraciones medias estimadas de los procesos, en la jurisdicción social fue de 9,0 meses en la

primera instancia y de 4,9 meses en la segunda instancia. En los órganos de la jusrisdicción social con

sede en la C.A. del País Vasco, fue de 6,8 meses en la primera instancia y de 1,3 meses en la segunda

instancia.

1.3.4 Posición en relación con los demás Tribunales Superiores de Justicia

En todos los anteriores índices, la Administración de Justicia en el País Vasco obtiene unos

valores mejorados en relación con el valor medio de la Administración de Justicia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

41

1.4 ESTRUCTURA DEMOGRÁFICA DE LA CARRERA JUDICIAL, DE LOS LETRADOS DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL FUNCIONARIADO DE LAS OFICINAS JUDICIALES

1.4.1 CARRERA JUDICIAL

La estructura demográfica de la carrera judicial en la Comunidad Autónoma del País Vasco,

revela los siguientes datos:

A 1 de enero de 2015, ejercían jurisdicción en la C.A. del País Vasco 231 Jueces y Magistrados.

De los jueces titulares, 139 eran mujeres, con una media de edad de 45,7 años y 92 eran varones,

con una media de edad de 49,3. El porcentaje total de mujeres era, por tanto, del 60,2%.

La media de edad en el conjunto del País Vasco se sitúa en 47,1 años.

La ratio por población de jueces y magistrados de carrera destinados en la C.A. del País Vasco

era, a dicha fecha de 10,6 por cada 100.000 habitantes, inferior a la media estatal situada en el 11,5.

La antigüedad media de los jueces y magistrados en activo en la C.A. del País Vasco era, a igual

fecha, de 15,3 años.

Por último la estabilidad de la plantilla en el año 2015 se situó en un porcentaje que ronda el 83,6.

Este factor expresa la permanencia de los jueces y magistrados titulares en el mismo destino o en otro,

dentro del mismo Tribunal Superior de Justicia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

42

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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50

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

51

1.4.2 LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Durante el año 2014 han prestado servicio en los órganos judiciales de la CAPV un total de 192

Letrados de la Administración de Justicia entre los que se encuentran incluidos la Secretario de Gobierno

y las Secretarias Coordinadoras Provinciales.

1.4.3 FUNCIONARIOS DESTINADOS EN OFICINAS JUDICIALES

En lo que respecta al personal funcionario destinado en la Comunidad Autónoma del Pais Vasco,

el número de los funcionarios de carrera, incluidos los destinados en la Fiscalía y en el Instituto de

Medicina Legal, a fecha 31 de diciembre de 2015 asciende a 1.476 funcionarios titulares (471

pertenecientes al Cuerpo de Gestión, 688 al Cuerpo de Tramitación, 277 al de Auxilio Judicial y 40 al de

Médicos Forenses) de los cuales 1.091 son mujeres y 385 varones. En el conjunto de los cuatro cuerpos

el porcentaje de mujeres titulares asciende al 74%.

Auxilio Judicial Tramitadores Gestores Médicos Forenses TOTALES

Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres

Titulares 132 145 113 575 124 347 16 24 385 1.091

% 48 52 16 84 26 74 40 60 26 74

TOTAL 277 688 471 40 1.476

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

52

1.5 SITUACIÓN JUECES DE ADSCRIPCIÓN TERRITORIAL Y JUECES DE APOYO AL JUEZ DE

ADSCRIPCIÓN TERRITORIALEN EL AÑO 2015

JUECES DE ADSCRIPCION TERRITORIAL

NOMBRE ORGANO DESTINO FECHA

ACTUACION OBSERVACIONES

Zigor Oyarbide de la

Torre

Jdo.de lo Mercantil Bilbao

(refuerzo)

01/01/2015 a

31/12/2015

Susana Rivero Sancho Jdo. de lo Penal nº 7 Bilbao

(refuerzo)

01/01/2015 a

31/12/2015

Vanesa Murillo

Villaverde

Jdo 1ª Instancia nº 2 San

Sebastián

23/02/2015 a

23/03/2015

Jdo 1ª Instancia nº 4 San

Sebastián

24/03/2015 a

30/04/2015

Jdo 1ª Instancia nº 5 San

Sebastián

01/05/2015 a

31/05/2015

Jdo 1ª Instancia nº 1 San

Sebastián

01/06/2015 a

30/06/2015

Jdo.de lo Mercantil San

Sebastián (refuerzo)

01/07/2015 a

03/09/2015

Cesa concurso

traslado

Rebeca Huertos Domingo Jdos de lo Penal Barakaldo 23/06/2015 a

31/12/2015

Alfredo López Calleja Jdo. de lo Penal nº7 Bilbao 19/05/2015 a

31/12/2015

Raúl Aztiria Sánchez Aud. Provincial Álava (Sec.

Penal)

19/05/2015 a

31/12/2015

David Losada Durán Jdos de lo Social Vitoria

(refuerzo)

19/05/2015 a

31/12/2015

Pedro Santiago Romero

Buck-Arstad

Jdos de lo Social San Sebastián

(refuerzo)

08/07/2015 a

31/12/2015

Maria Francisca Fustero

Aznar

Jdo. de lo Penal nº 4 San

Sebastián (refuerzo)

08/07/2015 a

31/12/2015

Estefanía Gonzalez Sanz Jdos de lo Social Bilbao

(refuerzo)

23/09/2015 a

31/12/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

53

JUECES DE APOYO AL JUEZ DE ADSCRIPCIÓN TERRITORIAL

NOMBRE ORGANO DESTINO FECHA

ACTUACION OBSERVACIONES

Vanesa Murillo

Villaverde

Jdos. de Familia Bilbao

(refuerzo)

01/01/2015 a

05/02/2015

Cesa concurso

traslado

Alicia Alonso Cuesta Jdo. de lo Penal nº 6 Bilbao 01/01/2015 a

09/08/2015

Jdo. de lo Penal nº 2 Barakaldo 10/08/2015 a

31/12/2015

Ana Rosa Rincón Varona Jdos de lo Social Bilbao 01/02/2015 a

02/09/2015

Cesa concurso

traslado

Elena Rodriguez Vadillo Jdo. 1ª Ins e Instrucción nº 2

Gernika

01/01/2015 a

06/02/2015

Jdos de Familia Bilbao

(refuerzo)

07/02/2015 a

31/12/2015

Silvia Martín Blanco Jdo. de Instrucción nº 1

Barakaldo

01/01/2015 a

02/09/2015

Cesa concurso

traslado

Maialen Zabala Álvarez Jdo. 1ª Instancia nº 3 San

Sebastián

01/01/2015 a

31/12/2015

Yoanna Sánchez Merino Jdo. 1ª Instancia nº 5 San

Sebastián

01/01/2015 a

30/06/2015

Jdo de Violencia nº 1 San

Sebastián

01/07/2015 a

01/09/2015

Cesa concurso

traslado

Marta Fernández Molina Jdo. 1ª Instancia nº 1 Vitoria 01/01/2015 a

01/09/2015

Cesa concurso

traslado

Arrate Romaneli

Martínez Jdo. 1ª Instancia nº 6 Vitoria

01/01/2015 a

14/05/2015

Jdo. 1ª Instancia nº 1 Vitoria 15/05/2015 a

01/09/2015

Cesa concurso

traslado

Maria de Blas Piñeiro Jdo. de lo Penal nº 2 Vitoria 01/01/2015 a

16/06/2015

Jdo. de Instrucción nº 4 Vitoria 17/06/2015 a

15/09/2015

Jdo. 1ª Instancia nº 6 Vitoria 16/09/2015 a

31/12/2015

Daniel Calderón Gómez Jdo. 1ª Ins e Instrucción nº 4

Gernika

28/07/2015 a

31/12/2015

Itziar Otegui Jauregui Jdo de lo Mercantil Vitoria 28/07/2015 a

31/12/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

54

2. — INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE LA EFICIENCIA DE LOS JUZGADOS Y

TRIBUNALES

2.1 ASUNTOS INGRESADOS Y RESUELTOS DURANTE EL AÑO 2015, CORRESPONDIENTES A ÓRGANOS

JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

A) Total de Asuntos correspondientes al año 2015

Año 2015 Órganos

En Tramite

Al Inicio Del Periodo

Ingresados Resueltos En Tramite Al Final Del

Periodo

JURISDICCIONES Nº Nº Asuntos Nº

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Asuntos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 28 11.246 30.379 1.084,96 30.271 1.081,11 11.555 412,68

Jdos. de lo Mercantil 4 2.763 3.350 837,50 3.287 821,75 2.836 709,00

Jdos. Violencia contra la mujer 16 465 980 61,25 927 57,94 522 32,63

Jdos. Familia 8 5.309 13.668 1.708,50 14.050 1.756,25 4.930 616,25

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 35 5.943 15.558 444,51 14.939 426,83 6.481 185,17

Jdos. de Menores 4 0 0 0,00 0 0,00 0 0,00

A.P. Secciones Civiles 4 616 2.698 674,50 2.545 636,25 805 201,25

A.P. Secciones Mixtas 3 143 910 303,33 866 288,67 185 61,67

T.S.J. Sala Civil y Penal 1 4 22 22,00 20 20,00 6 6,00

TOTAL 91 26.489 67.565 742,47 66.905 735,22 27.320 300,22

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 23 13.001 107.284 4.664,52 111.237 4.836,39 10.790 469,13

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 35 6.718 39.094 1.116,97 40.370 1.153,43 5.752 164,34

Jdos. Violencia contra la mujer 16 1.354 5.804 362,75 5.889 368,06 1.358 84,88

Jdos. de Menores 4 425 1.070 267,50 1.116 279,00 408 102,00

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 1 601 8.173 8.173,00 8.290 8.290,00 484 484,00

Jdos. de lo Penal 14 2.896 5.467 390,50 5.909 422,07 2.600 185,71

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 2 - - - - - - -

A.P. Secciones Penales 4 619 4.558 1.139,50 4.633 1.158,25 549 137,25

A.P. Secciones Mixtas 3 166 1.672 557,33 1.672 557,33 151 50,33

T.S.J. Sala Civil y Penal 1 5 42 42,00 42 42,00 5 5,00

TOTAL 94 25.785 173.164 1.842,17 179.158 1.905,94 22.097 235,07

Jurisdicción Cont.-Admva.:

Jdos Cont.-Admvo. 12 3.451 6.249 520,75 5.502 458,50 4.372 364,33

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. 1 1.910 1.793 1.793,00 2.183 2.183,00 1.579 1.579,00

TOTAL 13 5.361 8.042 618,62 7.685 591,15 5.951 457,77

Jurisdicción Social:

Jdos. de lo Social 20 15.041 17.654 882,70 21.954 1.097,70 10.699 534,95

Jdos. De lo Social de Ejecuciones 0 - - - - - - -

T.S.J. Sala Social 1 386 2.510 2.510,00 2.620 2.620,00 277 277,00

TOTAL 21 15.427 20.164 960,19 24.574 1.170,19 10.976 522,67

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

55

TOTAL JURISDICCIONES 169 73.062 268.935 1.591,33 278.322 1.646,88 66.344 392,57

B) Asuntos resueltos

Año 2015 Órganos SENTENCIAS AUTOS DECRETOS

JURISDICCIONES Nº Nº

Sentencias

Media x

Órgano Nº Autos

Media x

Órgano Nº Decretos

Media x

Órgano

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 28 6.306 225,21 9.366 334,50 19.100 682,14

Jdos. de lo Mercantil 4 1.380 345,00 2.096 524,00 1.430 357,50

Jdos. Violencia contra la mujer 16 357 22,31 323 20,19 199 12,44

Jdos. Familia 8 5.147 643,38 5.687 710,88 2.066 258,25

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 35 4.549 129,97 4.895 139,86 6.128 175,09

Jdos. de Menores 4 2 0,50 0 0,00 184 46,00

A.P. Secciones Civiles 4 1.596 399,00 638 159,50 288 72,00

A.P. Secciones Mixtas 3 577 192,33 231 77,00 38 12,67

T.S.J. Sala Civil y Penal 1 14 14,00 6 6,00 2 2,00

TOTAL 103 19.928 193,48 23.242 225,65 29.435 285,78

Jurisdicción Penal ( 2 ): 0

Jdos. Instrucción 23 11.355 493,70 82.237 3.575,52 1.031 44,83

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 35 3.800 108,57 30.776 879,31 72 2,06

Jdos. Violencia contra la mujer 16 866 54,13 2.262 141,38 77 4,81

Jdos. de Menores 4 710 177,50 422 105,50 9 2,25

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 1 - - 2.402 2.402,00 0 0,00

Jdos. de lo Penal 16 5.457 341,06 350 21,88 599 37,44

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 2 - - 2.625 1.312,50 26 13,00

A.P. Secciones Penales 4 2.020 505,00 2.572 643,00 96 24,00

A.P. Secciones Mixtas 3 513 171,00 1.149 383,00 9 3,00

T.S.J. Sala Civil y Penal 1 5 5,00 39 39,00 0 0,00

TOTAL 105 24.726 235,49 124.834 1.188,90 1.919 18,28

Jurisdicción Cont.-Admva.: 0

Jdos Cont.-Admvo. 12 3.419 284,92 2.210 184,17 858 71,50

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. 1 1.856 1.856,00 527 527,00 144 144,00

TOTAL 13 5.275 405,77 2.737 210,54 1.002 77,08

Jurisdicción Social: 0

Jdos. de lo Social 20 8.727 436,35 - - 15.437 771,85

Jdos. De lo Social de Ejecuciones 0 - - - - - -

T.S.J. Sala Social 1 2.532 2.532,00 67 67,00 23 23,00

TOTAL 21 11.259 536,14 67 3,19 15.460 736,19

TOTAL JURISDICCIONES 169 61.188 362,06 150.880 892,78 47.816 282,93

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

56

C) Ejecución de Sentencias

Año 2015

Registradas Resueltas En Tramite Al Final Del

Periodo JURISDICCIONES

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 9.336 13.847 23.017

Jdos. de lo Mercantil 604 596 1.637

Jdos. Violencia contra la mujer 213 194 378

Jdos. Familia 1.592 1.933 3.612

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 3.860 6.528 8.477

Jdos. de Menores 249 278 325

A.P. Secciones Civiles - - -

A.P. Secciones Mixtas - - -

T.S.J. Sala Civil y Penal 1 1 2

TOTAL 15.855 23.377 37.448

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 4.509 5.166 2.281

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1.393 1.575 720

Jdos. Violencia contra la mujer 141 166 61

Jdos. de Menores 642 622 511

Jdos. Vigilancia Penitenciaria - - -

Jdos. de lo Penal 5.420 11.015 5.551

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 2.414 9.102 2.968

A.P. Secciones Penales 384 613 546

A.P. Secciones Mixtas 68 127 287

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 0 1

TOTAL 14.971 28.386 12.926

Jurisdicción Cont.-Admva.:

Jdos Cont.-Admvo. 275 297 187

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. 90 97 29

TOTAL 365 394 216

Jurisdicción Social:

Jdos. de lo Social 3.365 5.028 1.770

Jdos. De lo Social de Ejecuciones - - -

T.S.J. Sala Social 4 5 0

TOTAL 3.369 5.033 1.770

TOTAL JURISDICCIONES 34.560 57.190 52.360

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

57

2.2.- INDICADORES CLAVE SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

A) Desagregados por jurisdicciones en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia del País

Vasco

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES DEL PAÍS VASCO

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,01 1,03 2,1%

127,0 122,8 -3,2% Pendencia 0,26 0,24 -8,1%

Congestión 1,25 1,23 -1,9%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

1.251,9 1.211,4 -3,2% 284,6 264,7 -7,0%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS RECURRIDAS

PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

13,5% 13,8% 2,8% Recursos apelación 69,2% 67,3% -3,3%

Recursos casación 87,6% 83,8% -4,3%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

90,6% 91,4% 0,8% 1ª Instancia 3,3 3,1 -7,3%

2ª Instancia 1,6 1,6 2,2%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

58

INDICADORES CLAVE DE LA JURISDICCIÓN CIVIL DEL PAÍS VASCO 2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 0,99 0,99 0,4%

29,6 30,9 4,1% Pendencia 0,41 0,41 -1,3%

Congestión 1,42 1,41 -0,8%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

569,2 592,7 4,1% 172,9 174,8 1,1%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

9,9% 12,2% 23,6% Recursos apelación 59,3% 60,7% 2,4%

Recursos casación 82,8% 85,1% 2,9%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

92,9% 93,7% 0,9% 1ª Instancia 5,2 5,0 -3,8%

2ª Instancia 2,3 2,6 16,6%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

59

INDICADORES CLAVE DE LA JURISDICCIÓN PENAL DEL PAÍS VASCO 2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,02 1,03 1,4%

83,9 79,1 -5,7% Pendencia 0,14 0,12 -10,4%

Congestión 1,12 1,11 -1,2%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

1.569,4 1.480,0 -5,7% 231,9 190,5 -17,9%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

9,5% 8,4% -11,7% Recursos apelación 74,4% 71,9% -3,3%

Recursos casación 88,0% 90,1% 2,4%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

89,2% 90,1% 1,0% 1ª Instancia 1,7 1,7 -2,6%

2ª Instancia 1,3 1,1 -16,9%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

60

INDICADORES CLAVE DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DEL PAÍS VASCO 2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,08 0,96 -11,7%

3,16 3,67 16,4% Pendencia 0,72 0,77 7,9%

Congestión 1,71 1,74 2,2%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

287,8 335,1 16,4% 208,9 219,8 5,2%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

21,2% 23,4% 10,2% Recursos apelación 66,3% 65,1% -1,9%

Recursos casación 84,0% 68,7% -18,2%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

90,9% 91,7% 0,81% 1ª Instancia 9,4 8,5 -10,4%

2ª Instancia 3,9 4,6 19,2%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

61

INDICADORES CLAVE DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL DEL PAÍS VASCO

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,01 1,22 20,7%

10,3 9,2 -10,4% Pendencia 0,68 0,45 -34,2%

Congestión 1,69 1,45 -14,5%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

750,2 672,1 -10,4% 377,5 375,3 -0,6%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

28,8% 27,9% -3,2% Recursos apelación 72,8% 70,2% -3,6%

Recursos casación 91,7% 89,9% -1,9%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

96,2% 95,8% -0,4% 1ª Instancia 8,5 6,8 -20,3%

2ª Instancia 1,3 1,3 2,5%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

62

B) Desagregados por órganos judiciales en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia del

País Vasco

Año 2015

Resolución Pendencia Sentencia Congestión

JURISDICCIONES

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia 1,00 0,36 0,19 1,36

Jdos. de lo Mercantil 0,98 0,86 0,42 1,86

Jdos. Violencia contra la mujer 0,94 0,69 0,63 1,69

Jdos. Familia 1,03 0,35 0,36 1,35

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1,01 0,40 0,28 1,36

Jdos. de Menores - - - -

A.P. Secciones Civiles 0,95 0,31 0,68 1,29

A.P. Secciones Mixtas 0,97 0,19 0,70 1,19

T.S.J. Sala Civil y Penal 0,91 0,30 0,70 1,30

TOTAL 1,00 0,39 0,28 1,38

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción 1,04 0,10 0,10 1,08

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1,03 0,14 0,09 1,13

Jdos. Violencia contra la mujer 1,01 0,23 0,15 1,22

Jdos. de Menores 1,04 0,37 0,64 1,34

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 1,01 0,06 - 1,06

Jdos. de lo Penal 1,08 0,44 0,92 1,42

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias - - - -

A.P. Secciones Penales 1,02 0,12 0,44 1,12

A.P. Secciones Mixtas 1,00 0,09 0,31 1,10

T.S.J. Sala Civil y Penal 1,00 0,12 0,12 1,12

TOTAL 1,03 0,12 0,14 1,11

Jurisdicción Cont.-Admva.:

Jdos Cont.-Admvo. 0,88 0,79 0,62 1,76

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. 1,22 0,72 0,85 1,70

TOTAL 0,96 0,77 0,69 1,74

Jurisdicción Social:

Jdos. de lo Social 1,24 0,49 0,40 1,49

Jdos. De lo Social de Ejecuciones - - - -

T.S.J. Sala Social 1,04 0,11 0,97 1,11

TOTAL 1,22 0,45 0,46 1,45

TOTAL JURISDICCIONES 1,04 0,24 0,22 1,22

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

63

EVOLUCIÓN

Año 2015 En Tramite

Al Inicio Del

Periodo

Ingresados Resueltos

En Tramite

Al Final Del

Periodo

Sentencias Autos Tasas

Resolución

Tasas

Pendencia

Tasas

Sentencia

Tasas

Congestión

JURISDICCIONES

Jurisdicción Civil ( 1 ):

Jdos. 1ª Instancia -3,9% 2,2% 0,0% 2,4% -1,3% 12,6% -2,2% 2,4% -24,2% 0,6%

Jdos. de lo Mercantil 18,7% -11,2% -1,6% 2,6% -1,0% -10,5% 10,8% 4,4% 0,7% 1,9%

Jdos. Violencia contra la mujer -6,7% -0,8% -10,9% 12,3% -14,4% -12,9% -10,1% 26,0% -4,0% 8,8%

Jdos. Familia 11,7% 6,3% 18,9% -7,2% 1,1% 9,7% 11,8% -21,9% -16,5% -9,3%

Jdos. 1ª Instª. e Instr. -2,7% 5,0% -0,6% 8,7% 1,2% -1,2% -5,4% 9,4% -7,6% 3,4%

Jdos. de Menores - - - - - - - - - -

A.P. Secciones Civiles -2,5% 16,8% 9,0% 30,8% 18,9% 2,7% -6,7% 20,0% 9,1% 3,5%

A.P. Secciones Mixtas 73,1% 5,6% 4,2% 14,8% 2,3% 4,5% -1,4% 10,2% -1,8% 7,2%

T.S.J. Sala Civil y Penal 0,0% -21,4% -28,6% 50,0% -12,5% 50,0% -9,1% 110,0% 22,5% 13,8%

TOTAL 1,4% 3,3% 3,3% 2,7% 1,1% 5,6% -0,1% -0,5% -13,0% -0,5%

Jurisdicción Penal ( 2 ):

Jdos. Instrucción -3,3% -5,9% -4,2% -17,0% -10,5% -6,0% 1,8% -13,4% -6,7% -1,5%

Jdos. 1ª Instª. e Instr. -0,4% -6,7% -4,6% -14,3% -10,9% -2,7% 2,3% -10,1% -6,6% -1,3%

Jdos. Violencia contra la mujer -15,9% 0,8% -4,6% 0,3% -2,3% -9,4% -2,7% 66,7% 343,4% 12,2%

Jdos. de Menores -18,4% 6,2% -4,0% -4,0% 2,6% -7,7% -9,5% 0,0% 6,8% 1,8%

Jdos. Vigilancia Penitenciaria -9,1% -1,2% -0,5% -19,5% - - 0,7% -19,1% - -1,3%

Jdos. de lo Penal -1,1% -8,9% -5,4% -10,2% -3,9% -14,6% 3,8% -5,1% 1,5% -1,0%

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias - - - - - - - - - -

A.P. Secciones Penales -24,4% -7,6% -10,5% -11,3% -12,4% -9,4% -3,1% -1,0% -2,2% 0,5%

A.P. Secciones Mixtas -40,1% -2,6% -10,9% -9,0% -15,6% -8,7% -8,6% 2,1% -5,3% 3,5%

T.S.J. Sala Civil y Penal 150,0% 44,8% 61,5% 0,0% -28,6% 105,3% 11,5% -38,1% -55,8% -6,1%

TOTAL -4,5% -5,7% -4,4% -14,3% -8,9% -1,4% 1,4% -10,4% -4,7% -1,2%

Jurisdicción Cont.-Admva.:

Jdos Cont.-Admvo. 6,2% 20,8% 9,3% 26,7% 13,7% 2,8% -9,5% 15,9% 4,0% 5,4%

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. -26,3% 3,3% -10,5% -17,3% -7,5% -3,8% -13,4% -7,6% 3,4% -4,3%

TOTAL -8,2% 16,4% 2,8% 11,0% 5,2% 1,5% -11,7% 7,9% 2,3% 2,2%

Jurisdicción Social:

Jdos. de lo Social -4,2% -11,0% 8,9% -28,9% -1,2% - 22,3% -34,7% -9,2% -15,5%

Jdos. De lo Social de Ejecuciones - - - - - - - - - -

T.S.J. Sala Social 38,4% -6,0% 2,2% -28,2% 1,6% 26,4% 8,7% -29,8% -0,6% -3,9%

TOTAL -3,5% -10,4% 8,1% -28,9% -0,6% 26,4% 20,7% -34,2% -8,0% -14,5%

TOTAL JURISDICCIONES -2,5% -3,3% -1,4% -9,3% -3,2% -0,3% 2,0% -8,0% -5,5% -1,8%

NOTA ACLARATORIA: En el año 2007 se ha pasado a recoger, por primera vez, el dato de número de autos

finales en los órganos de la jurisdicción penal.

Por este motivo el dato de la evolución de los autos, en los órganos de esta jurisdicción, respecto al mismo

periodo del año anterior carece de significación

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

64

C) Desagregados por jurisdicciones en el conjunto de la Administración de Justicia

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES

NACIONAL

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,02 1,02 0,6%

185,0 179,7 -2,9% Pendencia 0,29 0,28 -3,3%

Congestión 1,29 1,28 -0,9%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

1.702,7 1.611,8 -5,3% 306,7 280,7 -8,5%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

12,7% 13,4% 5,7% Recursos apelación 72,7% 72,9% 0,2%

Recursos casación 84,7% 82,9% -2,1%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

94,3% 92,5% -1,9%

1ª Instancia 3,7 3,4 -7,5%

2ª Instancia 4,6 4,2 -8,7%

Supremo 11,1 11,6 4,8%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

65

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES CIVIL NACIONAL

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,01 0,97 -3,9%

39,5 42,3 7,2% Pendencia 0,54 0,56 2,8%

Congestión 1,55 1,56 1,0%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolu5,5%ción 2014 2015 Evolución

697,1 735,6 183,1 188,0 2,7%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

10,8% 12,4% 14,8% Recursos apelación 62,6% 63,0% 0,6%

Recursos casación 86,2% 86,3% 0,1%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

94,8% 92,6% -2,4%

1ª Instancia 7,0 6,2 -10,9%

2ª Instancia 7,1 6,5 -8,6%

Supremo 13,3 15,4 15,9%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

66

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES PENAL NACIONAL

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,02 1,03 1,5%

132,0 124,5 -5,7% Pendencia 0,16 0,14 -11,2%

Congestión 1,15 1,13 -1,5%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

2.246,4 2.047,1 -8,9% 255,1 208,0 -18,5%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

9,9% 9,8% -1,1% Recursos apelación 77,4% 77,4% 0,1%

Recursos casación 86,3% 83,0% -3,8%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

94,5% 92,2% -2,4%

1ª Instancia 2,0 1,9 -4,9%

2ª Instancia 2,2 2,0 -11,3%

Supremo 5,1 5,1 -0,7%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

67

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NACIONAL

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 1,13 1,16 2,1%

4,4 4,3 -3,4% Pendencia 0,99 0,90 -9,1%

Congestión 1,97 1,87 -5,3%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

363,9 349,2 -4,0% 270,5 256,1 -5,3%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

15,9% 18,5% 16,4% Recursos apelación 72,6% 73,9% 1,7%

Recursos casación 79,3% 79,0% -0,3%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

95,8% 96,0% 0,2%

1ª Instancia 14,9 12,8 -13,6%

2ª Instancia 12,5 11,3 -9,2%

Supremo 14,3 12,9 -9,9%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

68

INDICADORES CLAVE DEL CONJUNTO DE LAS JURISDICCIONES SOCIAL NACIONAL

2014-2015

TASAS TASA DE LITIGIOSIDAD (asuntos ingresados

por cada 1000 habitantes)

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

Resoluciones 0,96 1,05 9,0%

9,2 8,6 -6,3% Pendencia 0,84 0,75 -11,3%

Congestión 1,91 1,78 -7,0%

NÚMERO DE ASUNTOS INGRESADOS POR MAGISTRADOS/JUEZ

NÚMERO DE SENTENCIAS POR MAGISTRADO/JUEZ

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

798,4 745,5 -6,6% 408,7 408,1 -0,1%

ESTIMACIÓN DEL PORCENTAJE DE SENTENCIAS

RECURRIDAS PORCENTAJE DE RECURSOS DEVUELTOS

CONFIRMANDO TOTALMENTE

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

26,3% 26,4% 0,5% Recursos apelación 77,4% 77,2% -0,25%

Recursos casación 89,4% 85,3% -4,62%

PORCENTAJE DE SENTENCIAS DICTADAS POR JUECES DE CARRERA

DURACIONES MEDIAS ESTIMADAS

2014 2015 Evolución 2014 2015 Evolución

94,2% 94,0% -0,2%

1ª Instancia 10,6 9,0 -14,7%

2ª Instancia 5,6 4,9 -12,7%

Supremo 11,1 12,7 14,2%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

69

3.- INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA A SITUACIONES DE ESPECIAL AFECCIÓN SOCIAL

3.1 PROCEDIMIENTOS EJECUTIVOS HIPOTECARIOS, DESAHUCIOS Y LANZAMIENTOS

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

EJECUCIONES HIPOTECARIAS PRESENTADAS POR PROVINCIAS EN LA CAPV

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

ARABA/ALAVA 192 292 221 238 181 137 144 145

BIZKAIA 557 663 594 586 609 469 439 361

GIPUZKOA 236 300 360 350 271 211 197 205

TOTAL 985 1.255 1.175 1.174 1.061 817 780 711

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

PROCEDIMIENTOS MONITORIOS PRESENTADOS POR PROVINCIAS EN LA CAPV

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

ARABA/ALAVA 3.538 4.020 4.234 3.470 3.995 3.378 3.670 3.947

BIZKAIA 9.717 12.248 11.969 10.312 10.936 9.475 10.376 10.606

GIPUZKOA 4.511 5.959 6.012 5.291 5.199 4.487 4.454 5.074

TOTAL 17.766 22.227 22.215 19.073 20.130 17.340 18.500 19.627

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

70

SERVICIOS COMUNES DE ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN

LANZAMIENTOS RECIBIDOS POR PROVINCIAS EN LA CAPV

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

ARABA/ALAVA 272 252 421 580 521 384 459 486

BIZKAIA 715 752 1.161 1.260 1.612 1.187 1.223 1.173

GIPUZKOA 222 293 381 402 391 267 307 263

TOTAL 1.209 1.297 1.963 2.242 2.524 1.838 1.989 1.922

SERVICIOS COMUNES DE ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN

LANZAMIENTOS CON CUMPLIENTOS POSITIVO POR PROVINCIAS EN LA CAPV

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

ARABA/ALAVA 207 235 362 482 426 315 355 429

BIZKAIA 504 542 764 901 1.000 780 809 778

GIPUZKOA 202 225 281 318 301 201 238 208

TOTAL 913 1.002 1.407 1.701 1.727 1.296 1.402 1.415

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA

LANZAMIENTOS PRACTICADOS POR PROVINCIAS EN LA CAPV

Consecuencia de

procedimientos de

ejecución

hipotecaria

Consecuencia de

procedimientos

derivados de la Ley

de Arrendamientos

Urbanos

Otros Total 2014

ARABA/ALAVA 51 184 43 278

BIZKAIA 132 425 77 634

GIPUZKOA 85 139 11 235

TOTAL 268 748 131 1.147

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

71

3.2 INDICADORES ESTADÍSTICOS SOBRE PROCESOS EN MATERIA DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

A) Movimiento de asuntos

ASUNTOS PENALES. Por tipos de procesos

Ingresados Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 909 141 75 1.103 203

GIPUZKOA 1.329 275 9 1.638 451

BIZKAIA 2.786 364 9 3.148 704

Diligencias Urgentes

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos

Reabiertos Resueltos Pendientes al

finalizar

ALAVA 321 47 8 374 3

GIPUZKOA 523 26 2 548 4

BIZKAIA 1.076 123 3 1.218 6

Sumarios

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 5 0 1 3 3

GIPUZKOA 2 0 0 3 0

BIZKAIA 5 1 0 4 6

Diligencias previas

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 393 92 62 553 131

GIPUZKOA 423 245 4 681 307

BIZKAIA 977 239 3 1.199 489

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

72

Procedimientos abreviados

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 114 0 4 95 64

GIPUZKOA 334 0 2 360 132

BIZKAIA 542 0 3 525 192

Juicios sobre delitos leves

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 40 2 0 41 1

GIPUZKOA 15 1 1 11 6

BIZKAIA 54 1 0 49 6

Juicios de faltas

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 35 0 0 37 0

GIPUZKOA 32 3 0 35 2

BIZKAIA 130 0 0 153 3

Ley Orgánica 5/95 Jurado

Ingresados

Directamente

Ingresados procedentes

otros órganos Reabiertos Resueltos

Pendientes al finalizar

ALAVA 1 0 0 0 1

GIPUZKOA 0 0 0 0 0

BIZKAIA 2 0 0 0 2

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

73

B) Delitos ingresados

Resumen general por tipos de delitos ingresados

Total Homicidio Aborto Lesiones

al feto

Lesiones y malos tratos

del art. 153 CP

Lesiones y malos tratos

del art. 173 CP

Lesiones y malos tratos del art. 148 y

ss CP

ALAVA 883 1 0 0 712 6 25

GIPUZKOA 1.463 0 0 0 712 52 128

BIZKAIA 2.666 2 0 0 1.694 120 58

Resumen general por tipos de delitos ingresados

Contra la libertad

Contra la libertad e

indemnidad sexuales

Contra la integridad

moral

Contra los derechos y

deberes familiares

Quebranta-mientos de

penas

Quebranta-mientos de

medidas Otros

ALAVA 41 1 2 0 89 0 6

GIPUZKOA 287 12 25 0 70 59 118

BIZKAIA 341 28 173 4 89 139 18

C) Faltas

Resumen por tipos de faltas ingresadas

Juicios de faltas de enjuiciamiento rápido e inmediato

Juicios sobre delitos leves de enjuiciamiento rápido e inmediato

Total Injuria

s

Vejación

injusta Otras

Ingresados

Directamente

Reabiertos

Resueltos

Pendientes al

finalizar

Ingresados

Directamente

Reabiertos

Resueltos

Pendientes al

finalizar

ALAVA 72 47 21 4 15 0 15 0 26 0 26 0

GIPUZKOA 42 36 2 4 6 0 6 0 10 1 7 4

BIZKAIA 188 124 56 8 75 0 74 1 42 0 41 1

Ejecutorias de juicios de faltas Ejecutorias de juicios sobre delitos leves

Ingresadas

Incoadas

Reabiertas

Resueltas.

Archivo Provisio

nal

Resueltas.

Archivo Definitiv

o

Pendientes al

finalizar

Ingresadas

Incoadas

Reabiertas

Resueltas.

Archivo Provisio

nal

Resueltas.

Archivo Definitiv

o

Pendientes al

finalizar

ALAVA 14 13 5 5 29 1 16 16 0 0 0 16

GIPUZKOA 12 8 0 0 15 3 4 0 0 0 1 3

BIZKAIA 79 20 9 33 77 27 16 0 1 1 3 11

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

74

D) Elevados para su enjuiciamiento

ELEVADOS AL JUZGADO DE LO PENAL

Causas con preso. Juicios

rápidos

Causas con preso

Restantes

Causas sin preso. Juicios rápidos

Causas sin preso.

Restantes Total

ALAVA 0 4 26 46 76

GIPUZKOA 1 3 70 273 347

BIZKAIA 1 6 177 327 511

ELEVADOS A LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Causas con preso. Juicios rápidos

Causas con preso. Restantes

Causas sin preso. Juicios rápidos

Causas sin preso. Restantes

Total

ALAVA 0 1 0 4 5

GIPUZKOA 0 0 0 0 0

BIZKAIA 0 0 0 0 0

TOTAL

Causas con preso. Juicios rápidos

Causas con preso.

Restantes

Causas sin preso. Juicios rápidos

Causas sin preso. Restantes

Total

ALAVA 0 5 26 50 81

GIPUZKOA 1 3 70 273 347

BIZKAIA 1 6 177 327 511

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

75

E) Órdenes y medidas judiciales de protección

A instancia de la víctima/s A instancia de otras personas

Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre

Inadmitidas Adoptadas Denegadas Inadmitidas Adoptadas Denegadas

ALAVA 94 4 40 50 0 3 0 2 1 0

GIPUZKOA 285 0 139 146 0 6 0 0 6 0

BIZKAIA 418 39 211 168 0 3 1 0 2 0

A instancia del Ministerio Fiscal De oficio

Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre

Inadmitidas Adoptadas Denegadas Inadmitidas Adoptadas Denegadas

ALAVA 1 0 0 1 0 0 0 0 0 0

GIPUZKOA 7 0 7 0 0 0 0 0 0 0

BIZKAIA 1 0 1 0 0 1 0 1 0 0

A instancia de la Administración Total

Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre Incoadas

Resueltas

Pendientes final

trimestre

Inadmitidas Adoptadas Denegadas Inadmitidas Adoptadas Denegadas

ALAVA 0 0 0 0 0 98 4 42 52 0

GIPUZKOA 0 0 0 0 0 298 0 146 152 0

BIZKAIA 0 0 0 0 0 423 40 213 170 0

Incoadas

A instancia

de la víctima/s

A instancia de otras

personas

A instancia

del Minist. Fiscal

De oficio A instancia de

la Administración

ALAVA 95,92% 3,06% 1,02% - -

GIPUZKOA 95,64% 2,01% 2,35% - -

BIZKAIA 98,82% 0,71% 0,24% 0,24% -

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

76

Resueltas inadmitidas A

instancia de la

víctima/s

A instancia de otras

personas

A instancia

del Minist. Fiscal

De oficio

A instancia de la

Administración

ALAVA 100,00% - - - -

GIPUZKOA - - - - -

BIZKAIA 97,50% 2,50% - - -

Resueltas adoptadas A

instancia de la

víctima/s

A instancia de otras

personas

A instancia

del Minist. Fiscal

De oficio

A instancia de la

Administración

ALAVA 95,24% 4,76% - - -

GIPUZKOA 95,21% - 4,79% - -

BIZKAIA 99,06% - 0,47% 0,47% -

Resueltas denegadas A

instancia de la

víctima/s

A instancia de otras

personas

A instancia

del Minist. Fiscal

De oficio

A instancia de la

Administración

ALAVA 96,15% 1,92% 1,92% - -

GIPUZKOA 96,05% 3,95% - - -

BIZKAIA 98,82% 1,18% - - -

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

77

F) Personas enjuiciadas

VARONES

Numero Condenado

Español Condenado Extranjero

Absuelto Español

Absuelto Extranjero

ALAVA 247 135 68 36 8

GIPUZKOA 159 91 54 11 3

BIZKAIA 467 277 117 57 16

MUJERES

Numero Condenado

Español Condenado Extranjero

Absuelto Español

Absuelto Extranjero

ALAVA 25 18 7 0 0

GIPUZKOA 0 0 0 0 0

BIZKAIA 0 0 0 0 0

TOTAL

Numero Condenado

Español Condenado Extranjero

Absuelto Español

Absuelto Extranjero

ALAVA 272 153 75 36 8

GIPUZKOA 159 91 54 11 3

BIZKAIA 467 277 117 57 16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

78

G) Denuncias y renuncias

Mujeres víctimas de violencia de

género

Denuncias recibidas

Presentada directamente por victima

Presentada directamente por familiares

Atestados policiales

Parte de lesiones

Servicios asistencia-Terceros

en general

con denuncia victima

con denuncia familiar

por intervención

directa policial

ALAVA 82 826 38 5 483 5 237 30 28

GIPUZKOA 1.140 1.140 89 11 587 11 328 63 51

BIZKAIA 2.242 2.266 96 6 1.303 30 682 132 17

Renuncias al proceso

Renuncias por

españolas

Renuncias por

extranjeras

Denuncias por cada 10.000

habitantes

Denuncias por cada 10.000

mujeres

Mujeres víctimas de violencia de género por cada 10.000

mujeres

Ratio casos en los que la

víctima se acoge a la dispensa a

la obligación de declarar

como testigo /

denuncias

Ratio casos en los que la

víctima se acoge a la dispensa a

la obligación de declarar

como testigo / Mujeres

víctimas de V.G.

Ratio renuncias / denuncias

Ratio ordenes / denuncias

ALAVA 71 34 37 25,5 50,6 50,5 0,09 0,09 0,12 0,12

GIPUZKOA 173 101 72 15,9 31,1 31,1 0,15 0,15 0,26 0,26

BIZKAIA 541 293 248 19,7 38,2 37,7 0,24 0,24 0,19 0,19

H) Sobreseimientos

Sobreseimiento libre Sobreseimiento provisional

Por no haber

indicios racionales de haberse cometido

delito

El hecho no es

constitutivo de delito

Por exención responsabilida

d criminal

total sobreseimiento

libre

Por no resultar

justificada la perpetración

del delito

Por no haber autor conocido y

determinado

Total sobreseimiento

provisional

ALAVA 1 2 5 8 321 0 321

GIPUZKOA 3 6 2 11 407 66 473

BIZKAIA 9 26 1 36 894 8 902

I) Forma de terminación de los procedimientos

Valores Porcentuales

Por Sentencia Por Sobreseimiento Elevación al órgano

competente Otras

Absolutoria Condenatoria Libre Provisional

ALAVA 5,9% 27,9% 1,1% 43,9% 11,2% 10,1%

GIPUZKOA 1,2% 13,7% 1,0% 44,7% 33,1% 6,3%

BIZKAIA 3,0% 17,5% 1,6% 40,0% 22,8% 15,2%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

79

4.— ACTIVIDAD INSPECTORA EN RELACION CON LA EFICIENCIA Y CALIDAD DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

4.1.- RELACIÓN DE INSPECCIONES REALIZADAS POR EL CGPJ. AÑO 2015

Nº FECHA ORGANO INSPECCIONADO INFORME

1 25 y 26 de

febrero de 2015

Juzgados de Instrucción nº 1 y nº 3 de

Barakaldo

6 de marzo de 2015

(seguimiento Instrucción

nº 3 de Barakaldo)

2 23 de febrero de

2015 Juzgado de Violencia sobre la Mujer de

Barakaldo 20 de abril de 2015

3 6 y 7 julio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Bilbao 15 de julio de 2015

4 7 y 8 de julio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Bilbao 21 de julio de 2015

5 9 de julio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia nº 7 (Mercantil)

de Vitoria-Gasteiz 16 de julio de 2015

6 2, 3, 4 de junio

de 2015 Partido Judicial de Irún 31 de julio de 2015

7 2 de junio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia Instrucción nº 1

de IRUN 31 de julio de 2015

8 3 de junio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia Instrucción nº 4

de IRUN 31 de julio de 2015

9 4 de junio de

2015 Juzgado de 1ª Instancia Instrucción nº 5

de IRUN 31 de julio de 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

80

4.2 RELACIÓN DE INSPECCIONES REALIZADAS POR EL TSJ. AÑO 2015

Nº FECHA ORGANO INSPECCIONADO INFORME

1 25 de mayo de

2015 Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Bilbao 14 de julio de 2015

2 15 de julio de

2015 Sala de lo Contencioso-Administrativo

del TSJPV

13 de noviembre de

2015

3 21 de septiembre

de 2015 Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 3 de Vitoria-Gasteiz 5 de noviembre de 2015

4 2 de noviembre

de 2015 Juzgado de 1ª Instancia nº 4 (Familia)

de Vitoria-Gasteiz

20 de noviembre de

2015

5 26 de noviembre

de 2015 Sección 2ª de la Audiencia Provincial

de Bizkaia 2 de diciembre de 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

81

5.— MEDIACIÓN JUDICIAL

5.1.- MEDIACIÓN PENAL

(Datos facilitados por el Servicio de Mediación Intrajudicial)

SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL (SMI)

(MEDIACIÓN PENAL)

Memoria 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

82

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ...............................................................................................................................

I. DATOS GENERALES ...........................................................................................................

1. CÓMPUTO DE EXPEDIENTES ..............................................................................

1.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA ......................................................................

1.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS .....................................................................

2. TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS ....................................................................

2.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA ......................................................................

2.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS .....................................................................

II. EXPEDIENTES DERIVADOS .............................................................................................

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS .................................................................

1.1. CÓMPUTO TOTAL ......................................................................................

1.2. INICIATIVA DE LA DERIVACIÓN ...........................................................

1.3. ÓRGANOS JUDICIALES REMITENTES ..................................................

1.3.1. Partidos judiciales ............................................................................

1.3.2. Juzgados (por Territorio Histórico) .................................................

1.4. FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN ........................................................

1.5. TIPO DE CAUSA..........................................................................................

1.6. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS .......................................................................

1.6.1. Delitos graves ..................................................................................

1.6.2. Delitos menos graves .......................................................................

1.6.3. Faltas ................................................................................................

1.6.4. Delitos leves ....................................................................................

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ....

2.1. ROL PROCESAL ..........................................................................................

2.2. NATURALEZA ...........................................................................................

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

83

2.3. SEXO .............................................................................................................

2.4. EDAD ............................................................................................................

2.5. LUGAR DE RESIDENCIA ..........................................................................

2.6. LUGAR DE NACIMIENTO .........................................................................

2.7. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA ..................................................

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN ...........................................................

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS .................................................................

1.1. CÓMPUTO TOTAL ......................................................................................

1.2. FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN ........................................................

1.3. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS .......................................................................

1.3.1. Delitos graves ..................................................................................

1.3.2. Delitos menos graves .......................................................................

1.3.3. Faltas ................................................................................................

1.3.4. Delitos leves ....................................................................................

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ....

2.1. ROL PROCESAL ..........................................................................................

2.2. NATURALEZA ...........................................................................................

2.3. SEXO .............................................................................................................

2.4. EDAD ............................................................................................................

2.5. LUGAR DE RESIDENCIA ..........................................................................

2.6. LUGAR DE NACIMIENTO .........................................................................

2.7. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA ..................................................

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN .......................................

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN ................................................................................

3.2. RESULTADO DE LA MEDIACIÓN ...........................................................

3.3. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES ..............................................................

3.4. INTERVALOS DE TIEMPO ........................................................................

3.4.1. Entre los hechos y la derivación al SMI ..........................................

3.4.2. Entre la derivación al SMI y el inicio del proceso de mediación ....

3.4.3. Entre el inicio del proceso de mediación y su conclusión ...............

IV. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO ..................................

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

84

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS .................................................................

1.1. CÓMPUTO TOTAL ......................................................................................

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS .......................................................................

1.2.1. Delitos graves ..................................................................................

1.2.2. Delitos menos graves .......................................................................

1.2.3. Faltas ................................................................................................

1.2.4. Delitos leves ....................................................................................

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ....

2.1. ROL PROCESAL ..........................................................................................

2.2. NATURALEZA ...........................................................................................

2.3. SEXO .............................................................................................................

2.4. EDAD ............................................................................................................

2.5. LUGAR DE RESIDENCIA ..........................................................................

2.6. LUGAR DE NACIMIENTO .........................................................................

2.7. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA ..................................................

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN .......................................

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN ................................................................................

3.2. NATURALEZA DE LOS ACUERDOS .......................................................

3.3. CONSECUENCIAS JUDICIALES...............................................................

3.3.1. Concurrencia de otras circunstancias modificativas de la

responsabilidad penal ......................................................................

3.3.2. Resolución judicial tras el acuerdo ..................................................

3.3.3. Efecto penológico derivado .............................................................

V. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN ACUERDO ...........................

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS .................................................................

1.1. CÓMPUTO TOTAL ......................................................................................

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS .......................................................................

1.2.1. Delitos graves ..................................................................................

1.2.2. Delitos menos graves .......................................................................

1.2.3. Faltas ................................................................................................

3.4.4. Delitos leves ....................................................................................

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

85

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ....

2.1. ROL PROCESAL ..........................................................................................

2.8. NATURALEZA ...........................................................................................

2.2. SEXO .............................................................................................................

2.3. EDAD ............................................................................................................

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA ..........................................................................

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO .........................................................................

2.6. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA ..................................................

3. INTERRUPCIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ............................................

VI. EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN ..............................................................

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS .................................................................

1.1. CÓMPUTO TOTAL ......................................................................................

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS .......................................................................

1.2.1. Delitos graves ..................................................................................

1.2.2. Delitos menos graves .......................................................................

1.2.3. Faltas ................................................................................................

1.2.4. Delitos leves ....................................................................................

2. MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ...............................

3. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES ..........................................................................

4. INTERVALOS DE TIEMPO ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y SU

CONCLUSIÓN .........................................................................................................

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

86

INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa o reparadora tiene en cuenta las necesidades de las personas

involucradas en el conflicto (victimario/a, víctima y comunidad) y articula espacios de comunicación

que fomentan la búsqueda dialogada de la reparación del daño sufrido por la víctima, la inserción

social positiva de su victimario/a y la pacificación de los conflictos en la comunidad.

Entre las diversas técnicas de Justicia Restaurativa, la mediación intrajudicial víctima-

victimario/a, como complemento al sistema adversarial en vigor, supone una excelente oportunidad

para constituir un sistema de justicia formal de mayor calidad en la atención a la ciudadanía. En la

Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE), este sistema ha alcanzado un desarrollo importante y

sostenido en el tiempo, conclusión que se puede extraer de los datos de la presente memoria penal del

año 2015 sobre el Servicio de Mediación Intrajudicial de Euskadi (SMI), que lo convierte en el

servicio público de justicia restaurativa de referencia en el Estado Español.

Constituido en el año 2007, el SMI ha mostrado desde entonces un crecimiento constante y en

pocos años se ha convertido en un servicio público de calidad que se pone a disposición de los

operadores jurídicos en todos los partidos judiciales de la CAE.

De acuerdo con la memoria, en el año 2015, el SMI ha atendido un total de 1.701 asuntos

penales, si bien el número de asuntos derivados por los Juzgados y Tribunales, 1.443, es ligeramente

inferior a la del año 2014 (1.557), a los que deben sumarse los asuntos pendientes el año anterior, 257.

De todos ellos, el SMI ha conseguido cerrar 1.518 asuntos (1.526 en 2014), quedando pendientes 183

para el año 2016 (257 en 2014), lo que da cuenta de la estabilidad del Servicio. En términos similares

al año anterior, de los 1.518 asuntos cerrados, un 54,34% (825 asuntos), han concluido mediante un

proceso de mediación, con un resultado realmente positivo: 639 asuntos, el 77,45 %, han finalizado

tras un acuerdo entre las partes. Estos datos ponen de manifiesto el alto contenido restaurativo de la

labor del SMI.

Como dato positivo cabe destacar que las Audiencias Provinciales de Bizkaia y Araba se van

sumando a Gipuzkoa en las derivaciones de asuntos a mediación, si bien los penales de las capitales de

la CAE siguen sin mostrar un ritmo de derivación continuo y decidido con lo que debemos seguir

trabajando en la promoción de la mediación en asuntos penales graves que es donde la justicia

restaurativa tiene una mayor eficacia probada en el contexto europeo.

En cuanto a la fase procesal de derivación el 65,70 % se deriva en instrucción, lo que permite

abordar la mediación cuanto antes en beneficio de las partes. Sin embargo, sigue sin derivarse apenas

nada en la fase de ejecución, donde la reforma operada en el régimen de la libertad condicional por el

Código Penal permite la suspensión de condenas en ejecución de acuerdo a los acuerdos obtenidos en

un proceso de mediación, lo que esperamos incremente las derivaciones al SMI de los juzgados de

ejecutorias en la CAE.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

87

Durante el año 2015 hemos asistido a un proceso de modificaciones y novedades legislativas

que por primera vez regulan aunque sea tímidamente la justicia restaurativa y la mediación en nuestro

Ordenamiento Jurídico y por primera vez dan asimismo cierta cabida legal al principio de oportunidad

frente al exclusivo principio de legalidad que regía y sigue rigiendo de forma casi absoluta nuestro

ordenamiento, lo que unido a la falta de cultura jurídica de autocomposición, hacía complicada la

introducción de la justicia restaurativa en nuestro entorno judicial formal.

Entre los principales hitos legislativos en el sentido señalado está en primer lugar la Ley

4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito por la que se traspone la Directiva

2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se

establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.

Si bien ya en la Directiva señalada no se ha conseguido la regulación del acceso a los servicios

de justicia restaurativa como un derecho de la persona víctima tal y como abogaban entidades de

reconocido prestigio como el European Forum For Restorative Justice, del que el Gobierno Vasco es

un miembro destacado, se configuran los servicios de justicia restaurativa como servicios públicos de

apoyo a las víctimas estableciendo las salvaguardas necesarias en la atención y la derivación de las

personas víctimas a dichos servicios 1. Además por primera vez en el Estado español se habla de

justicia restaurativa frente a la mediación que es simplemente una técnica más de justicia restaurativa

pero que en el Estado se había extendido denominar a la parte por el todo.

Dicha Ley ha sido desarrollada por el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el

que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se

regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. Dicho Real Decreto vuelve a hablar

de los servicios de justicia restaurativa y la mediación en varios de sus artículos2. El principal de los

1 Artículo 15 Servicios de justicia restaurativa

1. Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una

adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad;

b) la víctima haya prestado su consentimiento, después de haber recibido información exhaustiva e imparcial sobre su contenido, sus posibles

resultados y los procedimientos existentes para hacer efectivo su cumplimiento;

c) el infractor haya prestado su consentimiento;

d) el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima, ni exista el peligro de que su desarrollo pueda causar

nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima; y

e) no esté prohibida por la ley para el delito cometido.

2. Los debates desarrollados dentro del procedimiento de mediación serán confidenciales y no podrán ser difundidos sin el consentimiento de ambas

partes. Los mediadores y otros profesionales que participen en el procedimiento de mediación, estarán sujetos a secreto profesional con relación a los hechos y manifestaciones de que hubieran tenido conocimiento en el ejercicio de su función.

3. La víctima y el infractor podrán revocar su consentimiento para participar en el procedimiento de mediación en cualquier momento.

2 Artículo 19. Funciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas realizarán las siguientes funciones: […]

19. La información sobre alternativas de resolución de conflictos con aplicación, en su caso, de la mediación y de otras medidas de justicia restaurativa.

Artículo 27. Fase de información.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

88

cuales es el artículo 37 que establece que en el caso de la CAE, el Servicio de Asistencia a la

Víctima (SAV), podrá proponer al órgano judicial la mediación penal cuando lo considere necesario y

realizar actuaciones de apoyo al SMI, por lo que es necesaria una estrecha coordinación y

colaboración entre ambos servicios ambos dependientes de la Dirección de Justicia.

Por último la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley

Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal ha introducido en nuestro Ordenamiento

aunque sea de forma tímida el principio de oportunidad con la regulación de los delitos leves, que

vienen a sustituir a las antiguas faltas. La reforma, muy acorde a los principios de la justicia

restaurativa, parte de la base de que existen habitualmente conductas que, aunque típicas, no tienen

una gravedad que justifique la apertura de un proceso y la imposición de una sanción penal, por lo

que se ha introducido un criterio de oportunidad, que va a permitir a los jueces, a petición del

Ministerio Fiscal, valoradas la escasa entidad del hecho y la falta de interés público, sobreseer el

procedimiento (arts. 963 y 964 LECrim., según la redacción dada por la Disposición final segunda de

la Ley Orgánica de reforma del Código Penal).

Además en la regulación de la suspensión ordinaria (art. 80.1 y 2 CP de la reforma) se da

especial importancia a la reparación del daño ya que para acordar la suspensión se van a tener en

cuenta “las circunstancias personales del penado, sus antecedentes, su conducta posterior al hecho,

en particular su esfuerzo para reparar el daño causado, sus circunstancias familiares y sociales, y

los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución y del cumplimiento de las

medidas que fueren impuestas.” Esta importancia de la reparación se vuelve a recoger en el artículo

80.3 CP (suspensión sustitutiva) ya que “la suspensión quedará condicionada a la reparación

efectiva del daño o la indemnización del perjuicio causado conforme a sus posibilidades

físicas y económicas, o al cumplimiento del acuerdo alcanzado en mediación”.

Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas darán la información que precisa la víctima adaptada a sus circunstancias y condiciones personales, a la

naturaleza del delito cometido y a los daños y perjuicios sufridos. […]

Las oficinas informarán a las víctimas sobre la función tuitiva del Ministerio Fiscal, y facilitarán a las víctimas información sobre los derechos que les

asisten, y en particular sobre los siguientes […]

k) Servicios de justicia restaurativa disponibles, en los casos en que sea legalmente posible.

Artículo 28. Fase de intervención.

Entre las intervenciones jurídicas, psicológicas y sociales que realizan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas están las siguientes: […]

f) La información sobre la posibilidad de acceder a justicia restaurativa y, en su caso, sobre la aplicación de las medidas de esta naturaleza que puedan adoptarse.

Artículo 37. Funciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas en materia de justicia restaurativa.

Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas podrán realizar las siguientes actuaciones de justicia restaurativa:

a) Informar, en su caso, a la víctima de las diferentes medidas de justicia restaurativa.

b) Proponer al órgano judicial la aplicación de la mediación penal cuando lo considere beneficioso para la víctima.

c) Realizar actuaciones de apoyo a los servicios de mediación extrajudicial.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

89

Finalmente el artículo 84 del CP se refiere expresamente al proceso de mediación, al señalar que, “el

juez o tribunal también podrá condicionar la suspensión de la ejecución de la pena al cumplimiento

de alguna o algunas de las siguientes prestaciones o medidas:

1.ª El cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación”…./…

Para finalizar, el periodo de libertad condicional pasa a considerarse como un periodo en el

que la pena estará suspendida y le serán de aplicación los criterios generales de las suspensiones

que se regulan en los arts. 80 y siguientes del Código Penal. Por ello, ahora más que nunca, sería

posible la derivación a mediación en fase de ejecución en nuestra comunidad, más aún cuando el

artículo 90 CP señala además que se podrá conceder la libertad condicional cumplida la mitad de la

condena, cuando la persona presa haya participado en prisión en actividades laborales u

ocupacionales y además acredite “la participación efectiva y favorable en programas de

reparación a las víctimas o programas de tratamiento o desintoxicación, en su caso”.

I. DATOS GENERALES CÓMPUTO DE EXPEDIENTES

COMUNIDAD AUTÓNOMA

PENDIENTES AL INICIO 257

DERIVADOS 1.443

CERRADOS 1.517

EN SEGUIMIENTO3 13

PENDIENTES AL FINAL 183

EN PREMEDIACIÓN4

114

EN MEDIACIÓN5 69

3 Fase en la que ya ha finalizado el proceso de mediación y se ha remitido el acta de reparación al órgano judicial. No obstante, dado que determinadas

acciones restaurativas, por su naturaleza o entidad, requieren el transcurso de un determinado periodo para su materialización, el SMI hace el seguimiento

para verificar el cumplimiento de estos compromisos aplazados. Es el caso de determinadas reparaciones económicas con abonos fraccionados o tratamientos de deshabituación o de salud mental. 4 Fase previa a la firma del documento de consentimiento informado. 5 Fase comprendida desde la firma del consentimiento informado hasta la formalización del acuerdo restaurativo o finalización del proceso por no alcanzarse

acuerdo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

90

TERRITORIOS HISTÓRICOS

ARABA

PENDIENTES AL INICIO 70

DERIVADOS 211

CERRADOS 248

EN SEGUIMIENTO 0

PENDIENTES AL FINAL 33

EN PREMEDIACIÓN

23

EN MEDIACIÓN 10

BIZKAIA

PENDIENTES AL INICIO 126

DERIVADOS 927

CERRADOS 944

EN SEGUIMIENTO 11

PENDIENTES AL FINAL 109

EN PREMEDIACIÓN

69

EN MEDIACIÓN 40

GIPUZKOA

PENDIENTES AL INICIO 61

DERIVADOS 305

CERRADOS 325

EN SEGUIMIENTO 2

PENDIENTES AL FINAL 41

EN PREMEDIACIÓN

22

EN MEDIACIÓN 19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

91

TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS

2.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA

CERRADOS

1.517

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

825

(54,38%)

692

(45,62%)

CON ACUERDO SIN ACUERDO

639

(77,45%)

186

(22,55%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

92

2.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS

ARABA

CERRADOS

248

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

147 101

(59,27%) (40,73%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

114 33

(77,55%) (22,45%)

BIZKAIA

CERRADOS

944

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

512 432

(54,24%) (45,76%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

397 115 (77,54%) (22,46%)

GIPUZKOA

CERRADOS

325

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

166 159

(51,08%) (48,92%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

128 38 (77,11%) (22,89%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

93

II. EXPEDIENTES DERIVADOS 1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS 1.1. CÓMPUTO TOTAL

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

211 927 305 1.443

1.2. INICIATIVA DE LA DERIVACIÓN6

Nº EXPEDIENTES

DE ORGANOS JUDICIALES 1.415

TH Araba 189

TH Bizkaia 923

TH Gipuzkoa 303

DE FISCALÍA 0

TH Araba 0

TH Bizkaia 0

TH Gipuzkoa 0

DE LAS PARTES 28

TH Araba 22

TH Bizkaia 4

TH Gipuzkoa 2

TOTAL 1.443

6 Conforme al protocolo de funcionamiento del Servicio de Mediación Intrajudicial vigente, la iniciativa en la derivación puede proceder del propio órgano

judicial, de la fiscalía o de las partes, sin perjuicio de la responsabilidad última del órgano judicial de acordar o no dicha derivación, conforme a la regulación

vigente y a su propio criterio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

94

1.3. ÓRGANOS JUDICIALES REMITENTES PARTIDOS JUDICIALES

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Vitoria-Gasteiz 203 (14,07%)

Amurrio 8 (0,55%)

Bilbao 356 (24,67%)

Balmaseda 36 (2,49%)

Barakaldo 219 (15,18%)

Durango 112 (7,76%)

Gernika 73 (5,06%)

Getxo 131 (9,08%)

Donostia 120 (8,32%)

Azpeitia 18 (1,25%)

Bergara 70 (4,85%)

Eibar 46 (3,19%)

Irun 16 (1,11%)

Tolosa 35 (2,43%)

TOTAL 1.443

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

95

JUZGADOS (POR TERRITORIO HISTÓRICO)

ARABA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Vitoria-Gasteiz 203 (96,21%)

Amurrio 8 (3,79%)

TOTAL 211

JUZGADOS Nº EXPEDIENTES

VIT

OR

IA-G

AST

EIZ

UPAD Instrucción 1 Vitoria-Gasteiz 96 (45,50%)

UPAD Instrucción 2 Vitoria-Gasteiz 32 (15,17%)

UPAD Instrucción 3 Vitoria-Gasteiz 37 (17,54%)

UPAD Instrucción 4 Vitoria-Gasteiz 35 (16,59%)

UPAD Penal 1 Vitoria-Gasteiz 1 (0,47%)

UPAD Penal 2 Vitoria-Gasteiz 0 (0,00%)

Audiencia Provincial Vitoria-Gasteiz 2 (0,95%)

AM

UR

RIO

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº1 Amurrio

4 (1,90%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº2 Amurrio

4 (1,90%)

Juzgado de Paz de Llodio 0 (0,00%)

TOTAL 211

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

96

BIZKAIA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Bilbao 356 (38,40%)

Balmaseda 36 (3,88%)

Barakaldo 219 (23,62%)

Durango 112 (12,08%)

Gernika 73 (7,87%)

Getxo 131 (14,13%)

TOTAL 927

JUZGADO Nº EXPEDIENTES

BIL

BA

O

Instrucción 1 Bilbao 150 (16,18%)

Instrucción 2 Bilbao 0 (0,00%)

Instrucción 3 Bilbao 103 (11,11%)

Instrucción 4 Bilbao 26 (2,80%)

Instrucción 5 Bilbao 1 (0,11%)

Instrucción 6 Bilbao 0 (0,00%)

Instrucción 7 Bilbao 2 (0,22%)

Instrucción 8 Bilbao 14 (1,51%)

Instrucción 9 Bilbao 10 (1,08%)

Instrucción 10 Bilbao 4 (0,43%)

Penal 1 Bilbao 13 (1,40%)

Penal 2 Bilbao 3 (0,32%)

Penal 3 Bilbao 0 (0,00%)

Penal 4 Bilbao 2 (0,22%)

Penal 5 Bilbao 19 (2,05%)

Penal 6 Bilbao 0 (0,00%)

Penal 7 Bilbao 1 (0,11%)

Audiencia Provincial- Sección 1ª 1 (0,11%)

Audiencia Provincial- Sección 2ª 7 (0,76%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

97

BA

LMA

SED

A

UPAD 1ª instancia e instrucción nº1 Balmaseda

36 (3,88%)

UPAD 1ª instancia e instrucción nº2 Balmaseda

0 (0,00%)

Juzgado de Paz de Güeñes 0 (0,00%)

BA

RA

KA

LDO

UPAD Instrucción 1 Barakaldo 183 (19,74%)

UPAD Instrucción 2 Barakaldo 11 (1,19%)

UPAD Instrucción 3 Barakaldo 8 (0,86%)

UPAD Instrucción 4 Barakaldo 5 (0,54%)

Penal 1 Barakaldo 0 (0,00%)

Penal 2 Barakaldo 9 (0,97%)

Juzgado de paz de Abanto-Zierbana 1 (0,11%)

Juzgado de paz de Alonsotegi 1 (0,11%)

Juzgado de Paz de Santurtzi 1 (0,11%)

DU

RA

NG

O

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1 Durango 22 (2,37%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2 Durango 2 (0,22%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3 Durango 52 (5,61%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4 Durango 20 (2,16%)

Juzgado de Paz de Amorebieta-Etxano 7 (0,76%)

Juzgado de Paz de Areatza 1 (0,11%)

Juzgado de Paz de Berriz 3 (0,32%)

Juzgado de Paz de Dima 1 (0,11%)

Juzgado de Paz de Lemoa 2 (0,22%)

Juzgado de Paz de Zaldibar 2 (0,22%)

GER

NIK

A

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1 Gernika 16 (1,73%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2 Gernika 23 (2,48%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3 Gernika 17 (1,83%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4 Gernika 17 (1,83%)

GET

XO

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1 Getxo 17 (1,83%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2 Getxo 12 (1,29%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3 Getxo 28 (3,02%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4 Getxo 57 (6,15%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 5 Getxo 12 (1,29%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 6 Getxo 5 (0,54%)

TOTAL 927

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

98

GIPUZKOA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Donostia 120 (39,34%)

Azpeitia 18 (5,90%)

Bergara 70 (22,95%)

Eibar 46 (15,08%)

Irun 16 (5,25%)

Tolosa 35 (11,48%)

TOTAL 305

JUZGADO Nº EXPEDIENTES

DO

NO

STIA

Instrucción 1 Donostia 1 (0,33%)

Instrucción 2 Donostia 43 (14,10%)

Instrucción 3 Donostia 11 (3,61%)

Instrucción 4 Donostia 27 (8,85%)

Instrucción 5 Donostia 21 (6,89%)

Audiencia Provincial Sección 1ª 10 (3,28%)

Penal 1 Donostia 0 (0,00%)

Penal 2 Donostia 0 (0,00%)

Penal 3 Donostia 0 (0,00%)

Penal 4 Donostia 0 (0,00%)

Penal 5 Donostia 1 (0,33%)

AZP

EITI

A Instancia e Instrucción 1 Azpeitia 12 (3,93%)

Instancia e Instrucción 2 Azpeitia 6 (1,97%)

BER

GA

RA

Instancia e Instrucción 1 Bergara 20 (6,56%)

Instancia e Instrucción 2 Bergara 9 (2,95%)

Instancia e Instrucción 3 Bergara 10 (3,28%)

Instancia e Instrucción 4 Bergara 31 (10,16%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

99

EIB

AR

Instancia e Instrucción 1 Eibar 46 (15,08%)

Instancia e Instrucción 2 Eibar 0 (0,00%) IR

UN

Instancia e Instrucción 1 Irun 0 (0,00%)

Instancia e Instrucción 2 Irun 2 (0,66%)

Instancia e Instrucción 3 Irun 0 (0,00%)

Instancia e Instrucción 4 Irun 9 (2,95%)

Instancia e Instrucción 5 Irun 5 (1,64%)

TOLO

SA

Instancia e Instrucción 1 Tolosa 2 (0,66%)

Instancia e Instrucción 2 Tolosa 5 (1,64%)

Instancia e Instrucción 3 Tolosa 14 (4,59%)

Instancia e Instrucción 4 Tolosa 13 (4,26%)

Juzgado de Paz de Alkiza 1 (0,33%)

Juzgado de Paz de Astigarraga 1 (0,33%)

Juzgado de Paz de Oiartzun 5 (1,64%)

TOTAL 305

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

100

FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN7

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

INSTRUCCIÓN 22 (88,00%) 79 (58,96%) 34 (72,34%) 135 (65,53%)

ENJUICIAMIENTO 3 (12,00%) 54 (40,30%) 13 (27,66%) 70 (33,98%)

EJECUCIÓN 0 (0%) 1 (0,75%) 0 (0%) 1 (0,49%)

TOTAL 25 134 47 206

TIPO DE CAUSA

7 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves. No se incluyen las faltas ni los delitos leves.

FAL - PROCEDIMIENTO DE FALTAS 898 (62,23%)

LEV - JUICIO SOBRE DELITO LEVE 339 (23,49%)

DIP - DILIGENCIAS PREVIAS 135 (9,36%)

DUR - DILIGENCIAS URGENTES 0 (0%)

JRA - JUICIO RÁPIDO 0 (0%)

PAB - PROCEDIMIENTO ABREVIADO 71 (4,92%)

SUM - PROCEDIMIENTO SUMARIO 0 (0%)

PTJ - PROCEDIMIENTO TRIBUNAL JURADO 0 (0%)

TOTAL 1.443

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

101

TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

8 No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves Menos graves Leves

24 242 449

715 (32,77%)

FALTAS 1.467 (67,23%)

TOTAL8 2.182

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

2 46 67 11 134 276 11 63 106

115 (40,35%) 421 (29,99%) 180 (36,44%)

FALTAS 170 (59,65%) 983 (70,01%) 314 (63,56%)

TOTAL 285 1.404 494

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

102

DELITOS GRAVES

Lesiones 15 (62,50%)

Contra el patrimonio y el orden socio-económico

Estafa 4 (16,67%)

Apropiación indebida 5 (20,83%)

TOTAL 24

DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones

Lesiones 110 (45,45%)

Lesiones por imprudencia grave 1 (0,41%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 13 (5,37%)

Contra la libertad

Amenazas 13 (5,37%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 2 (0,83%)

Coacciones 10 (4,13%)

Contra la integridad moral 2 (0,83%)

Contra la intimidad Descubrimiento y revelación de secreto 1 (0,41%)

Divulgación no consentida de imágenes o grabaciones íntimas

3 (1,24%)

Contra el honor Calumnias 1 (0,41%)

Injurias 3 (1,24%)

Contra las relaciones familiares

Impago de pensiones 6 (2,48%)

Sustracción de menores 2 (0,83%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 6 (2,48%)

Robo con fuerza 4 (1,65%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

103

Robo con intimidación 2 (0,83%)

Estafa 9 (3,72%)

Apropiación indebida 20 (8,26%)

Daños 25 (10,33%)

Ocupación de bien inmueble-usurpación 1 (0,41%)

Alteración de lindes 1 (0,41%)

Societario 3 (1,24%)

Falsedades Falsificación documento privado 1 (0,41%)

Usurpación del estado civil 1 (0,41%)

Contra la Administración de

Justicia Quebrantamiento de condena 1 (0,41%)

Contra el orden público Desobediencia a la autoridad 1 (0,41%)

TOTAL 242

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

104

FALTAS

Contra las personas

Lesiones 264 (18,00%)

Lesiones imprudentes 9 (0,61%)

Incumplimiento de obligaciones familiares 194 (13,22%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 1 (0,07%)

Maltrato de obra 76 (5,18%)

Amenazas 338 (23,04%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 15 (1,02%)

Coacciones 130 (8,86%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 13 (0,89%)

Injurias 299 (20,38%)

Infracción del régimen de custodia 4 (0,27%)

Contra el patrimonio

Hurto 22 (1,50%)

Estafa 22 (1,50%)

Apropiación indebida 24 (1,64%)

Daños 48 (3,27%)

Alteración de lindes 1 (0,07%)

Alteración curso del agua 1 (0,07%)

Contra los intereses generales

Contra la flora 2 (0,14%)

Maltrato animal 1 (0,07%)

Contra el orden público Falta de respeto o desobediencia leve a la

autoridad 3 (0,20%)

TOTAL 1.467

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

105

DELITOS LEVES

Lesiones

Lesiones en violencia intrafamiliar 2 (0,45%)

Lesiones 97 (21,60%)

Maltrato de obra 19 (4,23%)

Contra las personas

Amenazas 192 (42,76%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 11 (2,45%)

Coacciones 51 (11,36%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 2 (0,45%)

Acoso 2 (0,45%)

Contra el honor Injurias y vejaciones injustas violencia

intrafamiliar 5 (1,11%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 12 (2,67%)

Estafa 16 (3,56%)

Apropiación indebida 12 (2,67%)

Daños 23 (5,12%)

Usurpación 3 (0,67%)

Contra el medio ambiente

Maltrato animal 1 (0,22%)

Contra la intimidad Usurpación de identidad 1 (0,22%)

TOTAL 449

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

106

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES9

2.1. ROL PROCESAL 2.2. NATURALEZA

9 Hace referencia al perfil de las personas que intervienen en las causas judiciales en el rol de denunciante y/o denunciada.

DENUNCIANTE 1.449 (42,22%)

DENUNCIADA 1.498 (43,65%)

ROL CRUZADO (DENUNCIANTE/DENUNCIADA)

485 (14,13%)

TOTAL 3.432

PERSONA FÍSICA 3.409 (99,32%)

PERSONA JURÍDICA

PÚBLICA

Ámbito local 3 (0,09%)

Ámbito foral 1 (0,03%)

Ámbito CAPV

0 (0%)

Ámbito estatal

0 (0%)

PRIVADA 19 (0,55%)

TOTAL 3.432

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

107

2.3. SEXO 2.4. EDAD

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

< 18 14 (0,98%) 2 (0,13%) 0 (0%) 16 (0,47%)

18-20 18 (1,27%) 51 (3,43%) 13 (2,68%) 82 (2,41%)

21-30 205 (14,42%) 248 (16,67%) 117 (24,12%) 570 (16,72%)

31-40 434 (30,52%) 460 (30,91%) 132 (27,22%) 1.026 (30,10%)

41-50 427 (30,03%) 418 (28,09%) 121 (24,95%) 966 (28,34%)

51-60 208 (14,63%) 209 (14,05%) 73 (15,05%) 490 (14,37%)

61-70 84 (5,91%) 66 (4,44%) 22 (4,54%) 172 (5,05%)

> 71 32 (2,25%) 34 (2,28%) 7 (1,44%) 73 (2,14%)

SIN DETERMINAR 14 (0,41%)

3.409

HOMBRES 2.093 (61,40%)

MUJERES 1.316 (38,60%)

TOTAL 3.409

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

108

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DENUNCIANT

E DENUNCIADO

/A

DENUNCIANTE/

DENUNCIADO/A

TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 25

1 (17,59%)

222

(14,98%)

144

(30,06%)

617 (18,10%)

RESTO ARABA 31 (2,17%)

41 (2,77%)

18

(3,76%) 90 (2,64%)

BILBAO 26

6 (18,64%)

277

(18,69%)

66

(13,78%)

609 (17,86%)

RESTO BIZKAIA 55

1 (38,61%)

590

(39,81%)

164

(34,24%)

1.305

(38,28%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

76 (5,33%)

76 (5,13%)

17

(3,55%) 169 (4,96%)

RESTO GIPUZKOA 21

5 (15,07%)

221

(14,91%)

64

(13,36%)

500 (14,67%)

FUERA DE LA CAPV 37 (2,59%)

55 (3,71%)

6 (1,25%) 98 (2,87%)

SIN DETERMINAR 21 (0,62%)

3.409

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

ESTADO ESPAÑOL

1.204 (84,73%) 1.218 (81,97%) 371 (77,29%) 2.793 (81,93%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

27 (1,90%) 34 (2,29%) 4 (0,83%) 65 (1,91%)

ESTADO AJENO A LA UE

190 (13,37%) 234 (15,75%) 105 (21,88%) 529 (15,52%)

SIN DETERMINAR 22 (0,65%)

3.409

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

109

2.6. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA

10 Relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. En la casuística del perfil de las personas usuarias del SMI, un ejemplo de éstas son las relaciones familiares, de pareja/expareja o análogas y de amistad entre las personas

intervinientes en una causa judicial. 11 Resto de posibles relaciones interpersonales: vecindad, de trabajo, estudios, conocidas/os, etc.

CON RELACIÓN

Afectiva10 487 (33,75%)

No afectiva11 697 (48,30%)

SIN RELACIÓN 259 (17,95%)

TOTAL 1.443

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

110

III.-EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. CÓMPUTO TOTAL

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

147 512 166 825

1.2. FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN12

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

INSTRUCCIÓN 18 (90,00%) 56 (66,67%) 14 (66,67%) 88 (70,40%)

ENJUICIAMIENTO 2 (10,00%) 28 (33,33%) 7 (33,33%) 37 (29,60%)

EJECUCIÓN 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

TOTAL 20 84 21 125

12 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves. No se incluyen las faltas ni los delitos leves.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

111

1.3. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

13 No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves Menos graves Leves

10 136 148

294 (21,51%)

FALTAS 1.073 (78,49%)

TOTAL13 1.367

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

1 25 23 2 87 85 7 24 40

49 (25,13%) 174 (19,66%) 71 (24,74%)

FALTAS 146 (74,87%) 711 (80,34%) 216 (75,26%)

TOTAL 195 885 287

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

112

1.3.1. DELITOS GRAVES

Lesiones 5 (50,00%)

Contra el patrimonio y el orden socio-económico

Estafa 1 (10,00%)

Apropiación indebida 4 (40,00%)

TOTAL 10

1.3.2. DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones

Lesiones 52 (38,24%)

Lesiones por imprudencia grave 1 (0,74%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 18 (3,24%)

Contra la libertad

Amenazas 4 (2,94%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (2,21%)

Coacciones 2 (1,47%)

Contra la integridad moral 2 (1,47%)

Contra la intimidad Allanamiento de morada 1 (0,74%)

Divulgación no consentida de imágenes o grabaciones intimas

1 (0,74%)

Contra el honor Injurias 1 (0,74%)

Contra las relaciones familiares

Quebrantamiento de los deberes de custodia

1 (0,74%)

Impago de pensiones 5 (3,68%)

Sustracción de menores 1 (0,74%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

113

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 4 (2,94%)

Robo con fuerza 4 (2,94%)

Robo con intimidación 2 (1,47%)

Estafa 4 (2,94%)

Apropiación indebida 10 (7,35%)

Daños 16 (11,76%)

Societario 2 (1,47%)

Falsedades Falsificación documento privado 1 (0,74%)

Contra el orden público Desobediencia a la autoridad 1 (0,74%)

TOTAL 136

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

114

1.3.3. FALTAS

Contra las personas

Lesiones 187 (17,43%)

Incumplimiento de obligaciones familiares 9 (0,84%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 117 (10,90%)

Maltrato de obra 134 (12,49%)

Amenazas 233 (21,71%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 11 (1,03%)

Coacciones 93 (8,67%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 11 (1,03%)

Injurias 197 (18,36%)

Infracción del régimen de custodia 8 (0,75%)

Contra el patrimonio

Hurto 11 (1,03%)

Estafa 15 (1,40%)

Apropiación indebida 15 (1,40%)

Daños 29 (2,70%)

Alteración de lindes 1 (0,09%)

Contra el orden público Falta de respeto o desobediencia leve a la

autoridad 2 (0,19%)

TOTAL 1.073

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

115

1.3.4. DELITOS LEVES

Lesiones

Lesiones 31 (20,95%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 4 (2,70%)

Maltrato de obra 5 (3,38%)

Contra las personas

Amenazas 58 (39,19%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (2,03%)

Coacciones 19 (12,84%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 1 (0,68%)

Acoso 4 (2,70%)

Contra el honor Injurias y vejaciones injustas violencia

intrafamiliar 3 (2,03%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 4 (2,70%)

Estafa 3 (2,03%)

Apropiación indebida 3 (2,03%)

Daños 8 (5,41%)

Usurpación 1 (0,68%)

Contra la intimidad Usurpación de identidad 1 (0,68%)

TOTAL 148

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

116

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES14

2.1. ROL PROCESAL 2.2. NATURALEZA

14 Hace referencia al perfil de las personas que intervienen en las causas judiciales en el rol de denunciante y/o denunciada. 15 Ídem, pie de página nº 10, página 21. 16 Relaciones con profesionales sanitarios, de servicios sociales, etc. 17 Representantes de instituciones públicas y/o de movimientos asociativos.

DENUNCIANTE 801 (42,20%)

DENUNCIADA 822 (43,31%)

ROL CRUZADO (DENUNCIANTE/DENUNCIADA) 264 (13,91%)

TERCERAS PERSONAS DE APOYO

Con vinculación

Afectiva15 6 (0,32%)

Profesional16 5 (0,26%)

Sin vinculación17 0 (0%)

TOTAL 1.898

PERSONA FÍSICA 1.883 (99,21%)

PERSONA JURÍDICA PÚBLICA

Ámbito local 0 (0%)

Ámbito foral 2 (0,11%)

Ámbito CAPV 0 (0%)

Ámbito estatal

0 (0%)

PRIVADA 13 (0,68%)

TOTAL 1.898

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

117

2.3. SEXO 2.3. EDAD

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

< 18 7 (0,88%) 1 (0,12%) 0 (0%) 8 (0,42%)

18-20 16 (2,00%) 35 (4,28%) 8 (3,04%) 59 (3,13%)

21-30 117 (14,64%) 160 (19,56%) 65 (24,71%) 342 (18,16%)

31-40 245 (30,66%) 241 (29,46%) 74 (28,14%) 560 (29,74%)

41-50 230 (28,79%) 212 (25,92%) 54 (20,53%) 496 (26,34%)

51-60 125 (15,64%) 109 (13,33%) 36 (13,69%) 270 (14,34%)

61-70 42 (5,26%) 39 (4,77%) 20 (7,60%) 101 (5,36%)

> 71 17 (2,13%) 21 (2,57%) 6 (2,28%) 44 (2,34%)

SIN DETERMINAR 3 (0,16%)

1.883

HOMBRES 1.124 (59,69%)

MUJERES 759 (40,31%)

TOTAL 1.883

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

118

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DENUNCIANT

E DENUNCIADO

/A

DENUNCIANTE/

DENUNCIADO/A

TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 12

9 (16,23%)

122

(14,86%)

71

(26,89%)

322

(17,10%)

RESTO ARABA 22 (2,77%)

23 (2,80%)

11

(4,17%) 56 (2,97%)

BILBAO 14

7 (18,49%)

148

(18,03%)

32

(12,12%)

327

(17,37%)

RESTO BIZKAIA 33

2 (41,76%)

351

(42,75%)

99

(37,50%)

782

(41,53%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

43 (5,41%)

40 (4,87%)

15

(5,68%) 98 (5,20%)

RESTO GIPUZKOA 11

6 (14,59%)

113

(13,76%)

33

(12,50%)

262

(13,91%)

FUERA DE LA CAPV 6 (0,75%)

24 (2,92%)

3 (1,14%) 33 (1,75%)

SIN DETERMINAR 3 (0,16%)

1.883

2.6. LUGAR DE NACIMIENTO

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

ESTADO ESPAÑOL

648 (81,51%) 665 (81,00%) 200 (75,76%) 1.513 (80,35%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

15 (1,89%) 14 (1,71%) 5 (1,89%) 34 (1,81%)

ESTADO AJENO A LA UE

132 (16,60%) 142 (17,30%) 59 (22,35%) 333 (17,68%)

SIN DETERMINAR 3 (0,16%)

1.883

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

119

2.7. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA

18 Ídem, pie de página nº 10, página 21. 19 Ídem, pie de página nº 11, página 21.

CON RELACIÓN

Afectiva18 280 (33,94%)

No afectiva19 398 (48,24%)

SIN RELACIÓN 147 (17,82%)

TOTAL 825

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

120

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN20

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

DIRECTA21 28 (19,04%) 204 (39,84%) 61 (36,75%) 293 (35,52%)

INDIRECTA22 93 (63,26%) 292 (57,03%) 100 (60,24%) 485 (58,79%)

MIXTA23 26 (17,68%) 16 (3,13%) 5 (3,01%) 47 (5,70%)

TOTAL 147 512 166 825

20 Sin perjuicio de la existencia de otras herramientas, existen diversas prácticas de justicia restaurativa, entre las cuales Naciones Unidas menciona la

mediación, los círculos y las conferencias. Si bien cada una de ellas presenta características que las identifican, todas se insertan en el marco de la justicia restaurativa. El uso de una práctica u otra responde a cuál es la mejor respuesta restaurativa en un determinado caso, en un determinado programa o en un

determinado contexto. Es decir, existen diferentes prácticas, que aun compartiendo los mismos objetivos, buscan alcanzarlos por vías diferentes y lo logran en

grados diferentes. Por otro lado, cada práctica puede derivar en distintos modelos, fruto de la adaptación a las necesidades sociales y a la idiosincrasia del

lugar donde se implementa.

De todas las prácticas, la mediación20 es la más extendida en Europa, al punto de inducir al error, en no pocas ocasiones, de equiparar mediación y justicia restaurativa, como si fueran sinónimos o fuera ésta la única herramienta o técnica que ésta aglutina en su seno. Ha sido legislada, junto con las conferencias,

en la mayor parte de los estados miembros, en especial, pero no sólo, en materia de justicia juvenil20. Ello no es óbice para su disparidad, en cuanto a la

disponibilidad y accesibilidad a las mismas en los Estados miembros de la Unión, como en su nivel y ámbito de implementación20 (dentro o fuera del sistema judicial penal, a iniciativa policial, del Ministerio fiscal, durante la tramitación del proceso judicial o, en fase de ejecución, una vez recaída sentencia firme

condenatoria).

21 Diálogo facilitado directo entre perjudicadas y personas denunciadas. Presencia de una persona facilitadora que entrevista individualmente a las participantes para valorar la idoneidad del proceso, asegurar un entorno seguro y

preparar el encuentro.

El diálogo resulta más importante que un posible acuerdo. Es el proceso restaurativo más extendido en la Unión Europea, así como en el Estado español.

22 Diálogo facilitado indirecto entre personas perjudicadas y personas denunciadas. No hay contacto directo, físico entre las personas participantes, de tal

manera que la persona victimizada y la infractora interactúan indirectamente a través de diversas formas, para lo cual, los avances tecnológicos resultan un

aliado.

Indicado en situaciones de desequilibrio de poder entre las personas participantes, o donde el diálogo en persona es rechazado por una de ellas para evitar

identificación visual (en caso de inexistencia de relación previa entre las partes) o por limitación de recursos personales para abordar un diálogo presencial, etc.

Enfocado al acuerdo más que al proceso.

En la práctica suponen un número importante de procesos en Europa. Su valoración es positiva, aunque las investigaciones indican mejores resultados generales cuando el encuentro es directo. 23 Este proceso restaurativo participa de las características de la mediación directa e indirecta. Así, la persona facilitadora, en función de las necesidades del

proceso y de las personas que en él intervienen, combina el desarrollo de un dialogo directo como indirecto entre las personas participantes en el proceso.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

121

3.2. RESULTADO DE LA MEDIACIÓN

3.3. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

SESIÓN INFORMATIVA

Con la persona denunciante 785 (16,76%)

Con la persona denunciante-denunciada 217 (4,63%)

Con la persona denunciada 793 (16,93%)

Con otras personas 27 (0,58%)

SESIÓN DE MEDIACIÓN INDIVIDUAL

Con la persona denunciante 1.112 (23,75%)

Con la persona denunciante-denunciada 243 (5,19%)

Con la persona denunciada 1.064 (22,72%)

Con otras personas 24 (0,51%)

SESIONES DE MEDIACIÓN CONJUNTAS 418 (8,93%)

TOTAL 4.683

24 Debe coincidir con el número de causas judiciales cerradas con mediación.

CON ACUERDO 639

(77,45%)

SIN ACUERDO 186

(22,55%)

TOTAL24 825

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

122

3.4. INTERVALOS DE TIEMPO 3.4.1. ENTRE LOS HECHOS Y LA DERIVACIÓN AL SMI

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 1 mes 60

(40,82%)

275

(53,71%)

47

(28,31%)

382

(46,30%)

1-2 meses 81

(55,10%)

99

(19,34%)

55

(33,13%)

235

(28,48%)

2-3 meses 2 (1,36%)

35

(6,84%)

21

(12,65%)

58

(7,03%)

3-6 meses 1 (0,68%)

54

(10,55%)

24

(14,46%)

79

(9,58%)

6-12 meses 1 (0,68%)

28

(5,47%)

9 (5,42%)

38

(4,61%)

12-24 meses 2 (1,36%)

15

(2,93%)

7 (4,22%)

24

(2,91%)

>24 meses 0 (0%) 6 (1,17%)

3 (1,81%)

9 (1,09%)

TOTAL 147 512 166 825

3.4.2. ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 0 (0%) 213

(41,60%)

61

(36,75%)

274

(33,21%)

15-30 días 112

(76,19%)

152

(29,69%)

70

(42,17%)

334

(40,48%)

1-2 meses 28

(19,05%)

115

(22,46%)

31

(18,67%)

174

(21,09%)

2-3 meses 7 (4,76%)

30

(5,86%)

4 (2,41%)

41

(4,97%)

3-6 meses 0 (0%) 2 (0,39%)

0 (0%) 2 (0,24%)

TOTAL 147 512 166 825

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

123

3.1.1. ENTRE EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN Y SU CONCLUSIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 1 (0,68%)

224

(43,75%)

48

(28,92%)

273

(33,09%)

15-30 días 80

(54,42%)

100

(19,53%)

46

(27,71%)

226

(27,39%)

1-2 meses 36

(24,49%)

101

(19,73%)

36

(21,69%)

173

(20,97%)

2-3 meses 18

(12,24%)

54

(10,55%)

21

(12,65%)

93

(11,27%)

3-6 meses 12

(8,16%)

30

(5,86%)

15

(9,04%)

57

(6,91%)

6-12 meses 0 (0%) 3 (0,59%)

0 (0%) 3 (0,36%)

TOTAL 147 512 166 825

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

124

IV.-EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. CÓMPUTO TOTAL

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

114 397 128 639

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

25 No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves Menos graves Leves

3 86 126

215 (20,40%)

FALTAS 839 (79,60%)

TOTAL25 1.054

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

0 19 21 0 56 80 3 11 25

40 (26,49%) 136 (19,46%) 39 (19,12%)

FALTAS 111 (73,51%) 563 (80,54%) 165 (80,88%)

TOTAL 151 699 204

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

125

1.2.1. DELITOS GRAVES

Lesiones 2 (66,67%)

Contra el patrimonio y el orden socio-económico

Estafa 1 (33,33%)

TOTAL 3

1.1.2 DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones

Lesiones 34 (39,53%)

Lesiones por imprudencia grave 1 (1,16%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 15 (17,44%)

Contra la libertad

Amenazas 4 (4,65%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (3,49%)

Coacciones 1 (1,16%)

Contra la integridad moral 2 (2,33%)

Contra la intimidad y el derecho a la propia

imagen Allanamiento de morada 1 (1,16%)

Contra las relaciones familiares

Impago de pensiones 4 (4,65%)

Sustracción de menores 1 (1,16%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 2 (2,33%)

Robo con intimidación 1 (1,16%)

Estafa 2 (2,33%)

Apropiación indebida 9 (10,47%)

Daños 6 (6,98%)

TOTAL 86

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

126

2.1.1. FALTAS

Contra las personas

Lesiones 140 (16,69%)

Lesiones imprudentes 5 (0,60%)

Incumplimiento de obligaciones familiares 74 (8,82%)

Maltrato de obra 125 (14,90%)

Amenazas 186 (22,17%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 8 (0,95%)

Coacciones 70 (8,34%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 8 (0,95%)

Injurias 164 (19,55%)

Infracción del régimen de custodia 3 (0,36%)

Contra el patrimonio

Hurto 9 (1,07%)

Estafa 11 (1,31%)

Apropiación indebida 11 (1,31%)

Daños 22 (2,62%)

Alteración de lindes 1 (0,12%)

Contra el orden público Falta de respeto o desobediencia leve a la

autoridad 2 (0,24%)

TOTAL 839

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

127

2.1.2. DELITOS LEVES

Lesiones

Lesiones 31 (24,60%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 1 (0,79%)

Maltrato de obra 4 (3,17%)

Contra las personas

Amenazas 48 (38,10%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (2,38%)

Coacciones 12 (9,52%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 1 (0,79%)

Acoso 4 (3,17%)

Contra el honor Injurias y vejaciones injustas violencia

intrafamiliar 3 (2,38%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 3 (2,38%)

Estafa 3 (2,38%)

Apropiación indebida 3 (2,38%)

Daños 8 (6,35%)

Usurpación 1 (0,79%)

Contra la intimidad Usurpación de identidad 1 (0,79%)

TOTAL 126

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

128

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES26

2.1. ROL PROCESAL 2.2. NATURALEZA

26 Idem, pie de página nº 14, página 28. 27 Idem, pie de página nº 15, página 28. 28 Idem, pie de página nº 16, página 28. 29 Idem, pie de página nº 17, página 28.

DENUNCIANTE 625 (42,78%)

DENUNCIADA 640 (43,81%)

ROL CRUZADO (DENUNCIANTE/DENUNCIADA) 189 (12,94%)

TERCERAS PERSONAS DE APOYO

Con vinculación

Afectiva27 4 (0,27%)

Profesional28 3 (0,21%)

Sin vinculación29 0 (0%)

TOTAL 1.461

PERSONA FÍSICA 1.450 (99,25%)

PERSONA JURÍDICA PÚBLICA

Ámbito local 0 (0%)

Ámbito foral 1 (0,07%)

Ámbito CAPV 0 (0%)

Ámbito estatal 0 (0%)

PRIVADA 10 (0,68%)

TOTAL 1.461

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

129

2.3. SEXO 2.4. EDAD

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

< 18 7 (1,13%) 1 (0,16%) 0 (0%) 8 (0,55%)

18-20 14 (2,26%) 30 (4,69%) 2 (1,06%) 46 (3,17%)

21-30 99 (15,99%) 132 (20,66%) 50 (26,46%) 282 (19,45%)

31-40 188 (30,37%) 179 (28,01%) 59 (31,22%) 426 (29,38%)

41-50 169 (27,37%) 160 (25,04%) 39 (20,63%) 369 (25,45%)

51-60 92 (14,86%) 94 (14,71%) 23 (12,17%) 210 (14,48%)

61-70 36 (5,82%) 29 (4,54%) 11 (5,82%) 76 (5,24%)

> 71 14 (2,26%) 14 (2,19%) 5 (2,65%) 33 (2,28%)

TOTAL 619 639 189 1.450

HOMBRES 856 (59,03%)

MUJERES 594 (40,97%)

TOTAL 1.450

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

130

2.5. LUGAR DE RESIDENCIA

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE/ DENUNCIADO/A

TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 98 (15,83%) 90 (14,11%) 51 (26,98%) 239 (16,48%)

RESTO ARABA 20 (3,23%) 22 (3,44%) 9 (4,76%) 51 (3,52%)

BILBAO 121 (19,55%) 117 (18,31%) 22 (11,64%) 260 (17,93%)

RESTO BIZKAIA 253 (40,87%) 276 (43,19%) 71 (37,57%) 600 (41,38%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

34 (5,49%) 32 (5,01%) 10 (5,29%) 76 (5,24%)

RESTO GIPUZKOA 89 (14,38%) 84 (13,15%) 24 (12,70%) 197 (13,59%)

FUERA DE LA CAPV

4 (0,65%) 18 (2,82%) 2 (1,06%) 24 (1,66%)

SIN DETERMINAR 3 (0,21%)

1.450

2.6. LUGAR DE NACIMIENTO

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

ESTADO ESPAÑOL

498 (80,45%) 515 (80,59%) 133 (70,37%) 1.146 (79,03%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

14 (2,26%) 10 (1,56%) 3 (1,59%) 27 (1,86%)

ESTADO AJENO A LA UE

107 (17,29%) 114 (17,84%) 53 (28,04%) 274 (18,90%)

SIN DETERMINAR 3 (0,21%)

1.450

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

131

2.6. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

DIRECTA32 23 (20,18%) 177 (44,58%) 54 (42,19%) 254 (39,75%)

INDIRECTA33 71 (62,28%) 205 (51,64%) 72 (56,25%) 348 (54,46%)

MIXTA34 20 (17,54%) 15 (3,78%) 2 (1,56%) 37 (5,79%)

TOTAL 114 397 128 639

30 Idem, pie de página nº 10, página 21. 31 Idem, pie de página nº 11, página 21. 32 Idem, pie de página nº 21, página 32. 33 Idem, pie de página nº 22, página 32. 34 Idem, pie de página nº 23, página 32.

CON RELACIÓN

Afectiva30 206 (32,24%)

No afectiva31 312 (48,83%)

SIN RELACIÓN 121 (18,24%)

TOTAL 639

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

132

3.2. NATURALEZA DE LOS ACUERDOS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

MATERIAL/ECONÓMICA35

28 (8,03%) 84 (8,25%) 34 (9,57%) 14

6 (8,48%)

ÉTICA36 98 (28,08%)

344

(33,76%)

89 (25,07%)

531

(30,82%)

SANITARIA37 3 (0,86%) 17 (1,67%) 4 (1,13%) 24 (1,39%)

SOCIAL38 3 (0,86%) 12 (1,18%) 0 (0%) 15 (0,87%)

LEGAL/PROCESAL39 114 (32,66%)

397

(38,96%)

128

(36,06%)

639

(37,09%)

CONDUCTUAL40 103 (29,51%)

165

(16,19%)

100

(28,17%)

368

(21,36%)

TOTAL 349 1.019 355 1.723

35 Corresponden a compromisos de reparaciones monetarias o patrimoniales entre las personas participantes. 36 Corresponden mayoritariamente a iniciativas de reconocimiento de la responsabilidad de las personas participantes, mayoritariamente denunciadas, en el

desarrollo de los hechos denunciados; reflexiones verbalizadas relativas a lo inadecuado del comportamiento desarrollado, a la identificación y lamento por

los daños causados a las personas perjudicadas; y traslado y/o aceptación de disculpas. 37 Corresponden a compromisos de sometimiento a abordaje psico/sanitario en relación a las dificultades de salud mental y/o de consumo de tóxicos detectadas que pudieran estar incidiendo en la conflictiva habida. 38 Corresponden a compromisos de intervención social o conjunta con las personas participantes. 39 Corresponden mayoritariamente a la renuncia, por parte de la parte denunciante, a las acciones legales que pudieran corresponderle por los hechos

denunciados, como muestra de satisfacción con lo acordado, sin perjuicio de otras iniciativas que las personas participantes acuerdan desarrollan para zanjar la problemática arrastrada (liquidación de bienes en común, liquidación de deudas existentes, etc.). 40 Corresponden a la modificación en el comportamiento de las personas tendente a mejorar su problemática en relación al conflicto originado.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

133

3.3. CONSECUENCIAS JUDICIALES41 3.3.1. CONCURRENCIA DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA

RESPONSABILIDAD PENAL

ATENUANTE/S 6 (1,01%)

AGRAVANTE/S 1 (0,17%)

AMBAS 0 (0%)

NINGUNA 131 (21,98%)

NO PROCEDE (FALTAS) /

NO CONSTA 458 (76,85%)

TOTAL 596

41 En el estudio de este apartado, se analizan aquellas causas judiciales en las que, tras el desarrollo de un proceso de mediación por parte del SMI, ha recaído

resolución judicial firme que pone fin al proceso judicial a la fecha de cierre de la presente memoria. De ahí que no coincida el número total de resoluciones

judiciales analizadas con el número total de causas finalizadas con acuerdo en el ejercicio 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

134

3.3.2. RESOLUCIÓN JUDICIAL TRAS EL ACUERDO

AUTO DE SOBRESEIMIENTO

Sobreseimiento libre 23 (3,86%)

Sobreseimiento provisional 55 (9,23%)

Archivo definitivo 322 (54,03%)

SENTENCIA

Absolutoria 169 (28,36%)

Condenatoria

De conformidad

Con estimación de atenuante de reparación del daño

Simple 5 (0,84%)

Muy cualificada

7 (1,17%)

Sin estimación de atenuante de reparación del daño

8 (1,34%)

No procede estimación de atenuante de reparación de daño (faltas)

4 (0,67%)

De no conformidad

Con estimación de atenuante de reparación del daño

Simple 0 (0%)

Muy cualificada

0 (0%)

Sin estimación de atenuante de reparación del daño

3 (0,50%)

TOTAL 596

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

135

3.3.3. EFECTO PENOLÓGICO DERIVADO

En tipos penales relativos a FALTAS

Ausencia de sanción penal 506 (98,64%)

Existencia de sanción penal mínima establecida para el tipo 7 (1,36%)

TOTAL 513

En tipos penales relativos

a DELITOS

LEVES

Ausencia de sanción penal 54 (94,74%)

Existencia de sanción penal

Pena mínima establecida para el tipo 2 (3,51%)

Pena en la mitad inferior establecida para el tipo 0 (0%)

Baja un grado la pena 0 (0%)

Baja dos grados la pena 1 (1,75%)

TOTAL 57

En tipos penales relativos

a DELITOS GRAVES

Ausencia de sanción penal 7 (26,92%)

Existencia de sanción penal

Pena mínima establecida para el tipo 8 (30,77%)

Pena en la mitad inferior establecida para el tipo 0 (0%)

Pena en la mitad superior establecida para el tipo 0 (0%)

Baja un grado la pena 5 (19,23%)

Baja dos grados la pena 4 (15,38%)

Modificación de la calificación a un tipo menos gravoso 2 (7,69%)

TOTAL 26

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

136

V. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN ACUERDO

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. CÓMPUTO TOTAL

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

33 115 38 186

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

42 No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves Menos graves Leves

7 50 22

79 (25,24%)

FALTAS 234 (74,76%)

TOTAL42 313

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

1 6 2 2 31 5 4 13 15

9 (20,45%) 38 (20,43%) 32 (38,55%)

FALTAS 35 (79,55%) 148 (79,57%) 51 (61,45%)

TOTAL 44 186 83

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

137

1.2.1. DELITOS GRAVES

Lesiones 3 (42,86%)

Contra el patrimonio y el orden socio-económico

Apropiación indebida 4 (57,14%)

TOTAL 7

1.2.2. DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones Lesiones 18 (36,00%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 3 (6,00%)

Contra la libertad Coacciones 1 (2,00%)

Contra la intimidad y el derecho a la propia

imagen

Divulgación no consentida de imágenes o grabaciones íntimas

1 (2,00%)

Contra el honor Injurias 1 (2,00%)

Contra las relaciones familiares

Quebrantamiento de los deberes de custodia

1 (2,00%)

Impago de pensiones 1 (2,00%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 2 (4,00%)

Robo con fuerza 4 (8,00%)

Robo con intimidación 1 (2,00%)

Estafa 2 (4,00%)

Apropiación indebida 1 (2,00%)

Daños 10 (20,00%)

Societario 2 (4,00%)

Falsedades Falsificación de documento privado 1 (2,00%)

Contra el orden público Desobediencia a la autoridad 1 (2,00%)

TOTAL 50

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

138

1.2.3. FALTAS

Contra las personas

Lesiones 47 (20,09%)

Lesiones imprudentes 4 (1,71%)

Incumplimiento de obligaciones familiares

43 (18,38%)

Maltrato de obra 9 (3,85%)

Amenazas 47 (20,09%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (1,28%)

Coacciones 23 (9,83%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 3 (1,28%)

Injurias 33 (14,10%)

Infracción del régimen de custodia 5 (2,14%)

Contra el patrimonio

Hurto 2 (0,85%)

Estafa 4 (1,71%)

Apropiación indebida 4 (1,71%)

Daños 7 (2,99%)

TOTAL 234

1.2.4. DELITOS LEVES

Lesiones Lesiones en violencia intrafamiliar 3

(13,64%)

Maltrato de obra 1 (4,55%)

Contra las personas Amenazas 10

(45,55%)

Coacciones 7 (31,82%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico Hurto 1 (4,55%)

TOTAL 22

EstafaEstafa

Apropiación indebida

Defraudaciones

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

139

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES43

2.1. ROL PROCESAL 2.2. NATURALEZA

43 Idem, pie de página nº 14, página 28. 44 Idem, pie de página nº 15, página 28. 45 Idem, pie de página nº 16, página 28. 46 Idem, pie de página nº 17, página 28.

DENUNCIANTE 176 (40,27%)

DENUNCIADA 182 (41,65%)

ROL CRUZADO (DENUNCIANTE/DENUNCIADA) 75 (17,16%)

TERCERAS PERSONAS DE APOYO

Con vinculación

Afectiva44 2 (0,46%)

Profesional45 2 (0,46%)

Sin vinculación46 0 (0%)

TOTAL 437

PERSONA FÍSICA 433 (99,08%)

PERSONA JURÍDICA PÚBLICA

Ámbito local 0 (0%)

Ámbito foral 1 (0,23%)

Ámbito CAPV 0 (0%)

Ámbito estatal 0 (0%)

PRIVADA 3 (0,69%)

TOTAL 437

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

140

2.3. SEXO 2.3. EDAD

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

< 18 0 (0%) 0 (0%) 1 (1,33%) 1 (0,23%)

18-20 2 (1,14%) 5 (2,75%) 5 (6,67%) 12 (2,77%)

21-30 18 (10,23%) 28 (15,38%) 15 (20,00%) 61 (14,09%)

31-40 56 (31,82%) 62 (34,07%) 14 (18,67%) 132 (30,48%)

41-50 57 (32,39%) 54 (29,67%) 16 (21,33%) 127 (29,33%)

51-60 34 (19,32%) 16 (8,79%) 14 (18,67%) 64 (14,78%)

61-70 6 (3,41%) 10 (5,49%) 9 (12,00%) 25 (5,77%)

> 71 3 (1,70%) 7 (3,85%) 1 (1,33%) 11 (2,54%)

TOTAL 176 182 75 433

HOMBRES 268 (61,89%)

MUJERES 165 (38,11%)

TOTAL 433

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

141

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE/ DENUNCIADO/A

TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 31 (17,61%) 32 (17,49%) 20 (27,03%) 83 (19,17%)

RESTO ARABA 2 (1,14%) 1 (0,55%) 2 (2,70%) 5 (1,15%)

BILBAO 26 (14,77%) 31 (16,94%) 7 (9,46%) 64 (14,78%)

RESTO BIZKAIA 79 (44,89%) 77 (42,08%) 31 (41,89%) 187 (43,19%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

9 (5,11%) 8 (4,37%) 5 (6,76%) 22 (5,08%)

RESTO GIPUZKOA 27 (15,34%) 29 (15,85%) 8 (10,81%) 64 (14,78%)

FUERA DE LA CAPV 2 (1,14%) 5 (2,73%) 1 (1,35%) 8 (1,85%)

433

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

DENUNCIANTE DENUNCIADO/A DENUNCIANTE / DENUNCIADO/A

TOTAL

ESTADO ESPAÑOL 150 (85,23%) 150 (82,42%) 67 (89,33%) 367 (84,76%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

1 (0,57%) 4 (2,20%) 2 (2,67%) 7 (1,62%)

ESTADO AJENO A LA UE

25 (14,20%) 28 (15,38%) 6 (8,00%) 59 (13,63%)

433

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

142

2.6. RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA

3. INTERRUPCIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

POR DIFERENCIAS ENTRE LAS PARTES

Material/Económica49 70 (40,86%)

Ética50 51 (27,42%)

Sanitaria51 1 (0,54%)

Social52 0 (0%)

Legal/Procesal53 7 (3,76%)

Conductual54 50 (26,88%)

POR DECISIÓN DE SMI 7 (3,76,%)

TOTAL 186

47 Idem, pie de página nº 10, página 21. 48 Idem, pie de página nº 11, página 21. 49 Idem, pie de página nº 35, página 44. 50 Idem, pie de página nº 36, página 44. 51 Idem, pie de página nº 37, página 44. 52 Idem, pie de página nº 38, página 44. 53 Idem, pie de página nº 39, página 44. 54 Idem, pie de página nº 40, página 44.

CON RELACIÓN

Afectiva47 73 (39,25%)

No afectiva48 87 (46,77%)

SIN RELACIÓN 26 (13,98%)

TOTAL 186

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

143

VII. EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. CÓMPUTO TOTAL

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

101 432 159 692

1.2. TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

55 No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves Menos graves Leves

8 95 144

247 (19,59%)

FALTAS 1.014 (80,41%)

TOTAL55 1.261

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

Graves

Menos

graves Leves

0 10 19 5 41 96 3 44 29

29 (22,66%) 142 (15,81%) 76 (32,34%)

FALTAS 99 (77,34%) 756 (84,19%) 159 (67,66%)

TOTAL 128 898 235

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

144

1.2.1. DELITOS GRAVES

Lesiones Lesiones 1 (12,5%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 5 (62,5%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Estafa 1 (12,5%)

Apropiación indebida 1 (12,5%)

TOTAL 8

1.2.2. DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones Lesiones 50 (52,63%)

Lesiones por imprudencia grave 1 (1,05%)

Contra la libertad Amenazas 1 (1,05%)

Coacciones 4 (4,21%)

Acoso laboral 1 (1,05%)

Contra la intimidad Descubrimiento y revelación de secreto 1 (1,05%)

Divulgación no consentida de imágenes o grabaciones intimas

2 (2,11%)

Contra el honor Calumnias 1 (1,05%)

Injurias 2 (2,11%)

Contra las relaciones familiares

Quebrantamiento de los deberes de custodia

1 (1,05%)

Sustracción de menores 1 (1,05%)

…/…

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

145

…/…

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 4 (4,21%)

Estafa 5 (5,26%)

Apropiación indebida 6 (6,32%)

Daños 12 (12,63%)

Ocupación de bien Inmueble-usurpación 1 (1,05%)

Alteración de lindes 1 (1,05%)

Falsedades Usurpación del estado civil 1 (1,05%)

TOTAL 95

1.2.3. FALTAS

Contra las personas

Lesiones 150 (14,79%)

Lesiones imprudentes 6 (0,59%)

Incumplimiento de obligaciones familiares 165 (16,27%)

Lesiones en violencia intrafamiliar 2 (0,20%)

Maltrato de obra 31 (3,06%)

Amenazas 223 (21,99%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 9 (0,89%)

Coacciones 93 (9,17%)

Coacciones en violencia intrafamiliar 6 (0,59%)

Injurias 215 (21,20%)

Infracción del régimen de custodia 13 (1,28%)

Contra el patrimonio Hurto 21 (2,07%)

Estafa 17 (1,68%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

146

Apropiación indebida 20 (1,97%)

Daños 37 (3,65%)

Alteración curso del agua 1 (0,10%)

Contra los intereses generales

Incumplimiento del deber de custodia de animales

1 (0,10%)

Contra la flora 2 (0,20%)

Maltrato animal 1 (0,10%)

Contra el orden público Falta de respeto o desobediencia leve a la

autoridad 1 (0,10%)

TOTAL 1.014

1.2.4. DELITOS LEVES

Lesiones Lesiones 25 (17,36%)

Maltrato de obra 7 (4,86%)

Contra las personas

Amenazas 66 (45,83%)

Amenazas en violencia intrafamiliar 3 (2,08%)

Coacciones 19 (13,19%)

Contra el patrimonio y el orden socio-

económico

Hurto 4 (2,78%)

Estafa 8 (5,56%)

Apropiación indebida 5 (3,47%)

Daños 6 (4,17%)

Contra el medio ambiente

Maltrato animal 1 (0,69%)

TOTAL 144

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

147

2. MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

TOTAL

POR INCOMPARECENCIA DE ALGUNA/S DE LA/S PARTE/S

Denunciante 14 (2,02%)

Denunciada 24 (3,47%)

Rol cruzado (denunciante/denunciada) 1 (0,14%)

Ambas 1 (0,14%)

POR NO LOCALIZAR A ALGUNA/S DE LA/S PARTE/S

Denunciante 41 (5,92%)

Denunciada 87 (12,57%)

Rol cruzado (denunciante/denunciada) 12 (1,73%)

Ambas 8 (1,16%)

POR DECISIÓN DE LA/S PARTE/S

Denunciante 240 (34,68%)

Denunciada 109 (15,75%)

Rol cruzado (denunciante/denunciada) 44 (6,36%)

Ambas 32 (4,62%)

POR VALORACIÓN PROFESIONAL

Del órgano judicial 9 (1,30%)

De la fiscalía 4 (0,58%)

Del SMI 53 (7,66%)

De otras instituciones/profesionales56 1 (0,14%)

POR RAZONES PROCESALES Archivo de la causa tras retirarse la denuncia

12 (1,73%)

692

56 Por ejemplo, valoración del profesional sanitario o de intervención social que está actuando con una de las partes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

148

3. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

4. INTERVALOS DE TIEMPO ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y SU CONCLUSIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 0 (0%) 102 (23,61%) 31 (19,50%) 133 (19,22%)

15-30 días 27 (26,73%) 84 (19,44%) 44 (27,67%) 155 (22,40%)

1-2 meses 47 (46,53%) 137 (31,71%) 56 (35,22%) 240 (34,68%)

2-3 meses 21 (20,79%) 71 (16,44%) 22 (13,84%) 114 (16,47%)

3-6 meses 6 (5,94%) 38 (8,80%) 6 (3,77%) 50 (7,23%)

TOTAL 101 432 159 692

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

CON SESIÓN

INFORMATIVA

89 (88,12%) 285 (65,97%) 98 (61,64%) 472 (68,21%)

SIN SESIÓN

INFORMATIVA

12 (11,88%) 147 (34,03%) 61 (38,36%) 220 (31,79%)

TOTAL 101 432 159 692

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

149

5.2.- MEDIACIÓN FAMILIAR

Datos facilitados por el Servicio de Mediación Intrajudicial

SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL (SMI)

(MEDIACIÓN FAMILIAR)

Memoria 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

150

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

I. DATOS GENERALES

1. CÓMPUTO DE EXPEDIENTES

1.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA

1.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS

2. TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS

2.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA

2.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. ÓRGANOS JUDICIALES REMITENTES

1.1.1. Partidos judiciales

1.1.2. Juzgados (por Territorio Histórico)

1.2. TIPOLOGÍAS

1.3. INICIATIVA EN LA DERIVACIÓN

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. TIPOLOGÍAS

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

2.3. EDAD

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN

3.2. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

3.3. INTERVALOS DE TIEMPO

3.3.1. Entre la derivación al SMI y el inicio del proceso de mediación

3.3.2. Entre el inicio del proceso de mediación y su conclusión

3.4. ASPECTOS TRABAJADOS DEL PROCESO

3.5. RESULTADO DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

151

IV. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. TIPOLOGÍAS

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

2.3. EDAD

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN

3.2. NATURALEZA DE LOS ACUERDOS

V. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN ACUERDO

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. TIPOLOGÍAS

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

2.3. EDAD

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

3. MOTIVOS DE LA INTERRUPCIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

VI. EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. TIPOLOGÍAS

2. DATOS RELATIVOS A LA PREPARACIÓN DE LA MEDIACIÓN

2.1. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

2.2. INTERVALOS DE TIEMPO

2.2.1. Entre la derivación al SMI y su conclusión

2.3. MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

152

INTRODUCCIÓN

El Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) de Euskadi, dependiente de la Dirección de

Justicia del Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, extendió en

mayo de 2011 el ámbito de intervención a la Jurisdicción Civil Familiar en separaciones y divorcios

con hijos menores a cargo en todos los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Euskadi

(CAE).

La justicia restaurativa o reparadora y en concreto la mediación es entendida como

restaurativa de las relaciones familiares y sociales, así como responsabilizadora de las decisiones

futuras de la familia tras una situación de ruptura de la convivencia o cambio de circunstancias

personales y/o económicas de sus integrantes, existiendo hijos menores de edad o en situaciones de

especial vulnerabilidad. Además del SMI, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del

Gobierno Vasco pone a disposición de la ciudadanía de la CAE el Servicio de Mediación Familiar en

las capitales de los tres Territorios Históricos. Ambos servicios se complementan al trabajar el

Servicio de Mediación Familiar de forma extrajudicial y habitualmente en fase prejudicial y el SMI con

sede y derivación judicial, una vez dichas separaciones y divorcios están judicializados.

En cualquier caso es aplicable la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y

mercantiles y el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, que la desarrolla y Ley 1/2008, de 8 de

febrero, de Mediación Familiar de Euskadi y el Decreto 246/2012, de 21 de noviembre, del Registro

de Personas Mediadoras y de la preparación en mediación familiar requerida para la inscripción, por

lo que los mediadores del SMI que intervienen en este ámbito cumplen los requisitos que recoge la

legislación señalada y están inscritos debidamente en el Registro referido.

A pesar del breve tiempo transcurrido, la mediación familiar intrajudicial se ha ido

consolidando en nuestra Comunidad, conclusión que se extrae de la memoria del año 2015 en esta

materia. La derivación de expedientes se ha incrementado en un 28,4% pasando de 446 expedientes

derivados en 2014 a 623 en 2015, asentando así la opción de un proceso de Mediación Familiar

Intrajudicial para los Juzgados. Este aumento ha sido especialmente relevante en Gipuzkoa y

específicamente en Donostia (aumento del 48%), aunque el aumento ha sido también significativo en

Bizkaia (18,2% más de derivaciones), siendo el aumento de derivación similar en Araba (18,75%).

Sin embargo, el número de asuntos cerrados con acuerdo de mediación ha sido similar al 2014. En

2015 han sido 105 asuntos cerrados con acuerdo frente a 98 en 2014, con lo que cabe realizar las

siguientes conclusiones que ya apuntábamos el año anterior:

- El alto grado de conflicto y judicialización de los asuntos conlleva una mayor dificultad para la

propia mediación y la posibilidad de alcanzar acuerdos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

153

- Muchos asuntos con un grado de acuerdo del 90% llegan a juicio por falta de acuerdo en

algún punto específico, lo que no obsta para que el proceso de mediación haya sido altamente

satisfactorio para las partes y la pacificación del conflicto y se complementa con el sistema formal

para dilucidar algún punto de no acuerdo.

- En Gipuzkoa fundamentalmente, el alto grado de satisfacción de los operadores jurídicos con

el sistema está produciendo un alto número de derivaciones que al llegar a mediación tienen escasas

posibilidades de acuerdo, lo que exigirá un análisis del protocolo en vigor y alcanzar nuevos

acuerdos de derivación y procedimiento de mediación para no colapsar el Servicio.

- Continúa siendo preciso un alto grado de especialización para los mediadores y nuevas

metodologías de trabajo para evitar tiempos de mediación más largos y complicados.

En cuanto a la distribución territorial de la mediación familiar intrajudicial cabe destacar que la

implicación de los operadores jurídicos y el conocimiento tanto de la materia de mediación familiar

intrajudicial como de sus protocolos y procedimientos ha sido excelente en los tres Territorios

Históricos, y el resultado es que se han remitido asuntos de todos los partidos judiciales excepto

Amurrio y Getxo, siendo el aumento de derivación de casi el 50% en partidos como Barakaldo (127

asuntos derivados), Donostia (181 asuntos), con aumentos muy importantes también en Bergara,

Eibar y Tolosa.

Este incremento de derivación de expedientes y el mantenimiento del porcentaje de

resultados positivos del año precedente ha implicado un trabajo y esfuerzo reseñable por parte de

todos los operadores jurídicos implicados, por lo que es de agradecer la ilusión y el buen hacer con el

que están participando, poniéndose el SMI a su disposición para poder continuar trabajando al

servicio de la ciudadanía de la CAE.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

154

III. DATOS GENERALES CÓMPUTO DE EXPEDIENTES

COMUNIDAD AUTÓNOMA

PENDIENTES AL INICIO 111

DERIVADOS 623

CERRADOS 630

PENDIENTES AL FINAL 104

EN PREMEDIACIÓN57

57

EN MEDIACIÓN58 47

57 Fase previa a la firma del documento de consentimiento informado. 58 Fase comprendida desde la firma del consentimiento informado hasta la formalización del acuerdo restaurativo o finalización del proceso por no alcanzarse

acuerdo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

155

TERRITORIOS HISTÓRICOS 1.3.1. ARABA

PENDIENTES AL INICIO 16

DERIVADOS 48

CERRADOS 44

PENDIENTES AL FINAL 20

EN PREMEDIACIÓN

8

EN MEDIACIÓN 12

1.3.2. BIZKAIA

PENDIENTES AL INICIO 68

DERIVADOS 346

CERRADOS 358

PENDIENTES AL FINAL 56

EN PREMEDIACIÓN

33

EN MEDIACIÓN 23

1.3.3. GIPUZKOA

PENDIENTES AL INICIO 27

DERIVADOS 229

CERRADOS 228

PENDIENTES AL FINAL 28

EN PREMEDIACIÓN

16

EN MEDIACIÓN 12

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

156

TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS

2.3. COMUNIDAD AUTÓNOMA

CERRADOS

630

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

248 (39,37%) 382 (60,63%)

CON ACUERDO SIN

ACUERDO

105 (42,34%) 143 (57,66%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

157

2.4. TERRITORIOS HISTÓRICOS

ARABA

CERRADOS

44

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

31 13

(70,45%) (29,55%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

13 18

(41,94%) (58,06%)

BIZKAIA

CERRADOS

358

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

149 209

(41,62%) (58,38%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

68 81 (45,64%) (54,36%)

GIPUZKOA

CERRADOS

228

CON MEDIACIÓN SIN MEDIACIÓN

68 160

(29,82%) (70,18%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

24 44 (35,29%) (64,71%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

158

IV. EXPEDIENTES DERIVADOS 2. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS 1.4. ÓRGANOS JUDICIALES REMITENTES PARTIDOS JUDICIALES

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Vitoria-Gasteiz 48 (7,70%)

Amurrio 0 (0%)

Bilbao 174 (27,93%)

Balmaseda 3 (0,48%)

Barakaldo 127 (20,39%)

Durango 35 (5,62%)

Gernika 7 (1,12%)

Getxo 0 (0%)

Donostia 181 (29,05%)

Azpeitia 0 (0%)

Bergara 11 (1,77%)

Eibar 10 (1,61%)

Irun 2 (0,32%)

Tolosa 25 (4,01%)

TOTAL 623

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

159

JUZGADOS (POR TERRITORIO HISTÓRICO)

ARABA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Vitoria-Gasteiz 48 (100%)

Amurrio 0 (0%)

TOTAL 48

JUZGADOS Nº EXPEDIENTES

VIT

OR

IA-

GA

STEI

Z

1ª Instancia nº 4 Familia nº 1 Vitoria-Gasteiz

20 (41,67%)

1ª Instancia nº 8 Familia nº 1 Vitoria-Gasteiz

28 (58,33%)

AM

UR

RIO

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº1 Amurrio

0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº2 Amurrio

0 (0%)

TOTAL 48

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

160

BIZKAIA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Bilbao 174 (50,29%)

Balmaseda 3 (0,87%)

Barakaldo 127 (36,71%)

Durango 35 (10,12%)

Gernika 7 (2,02%)

Getxo 0 (0%)

TOTAL 346

JUZGADO Nº EXPEDIENTES

BIL

BA

O 1ª Instancia nº 5 Familia Bilbao 91 (26,30%)

1ª Instancia nº 6 Familia Bilbao 81 (23,41%)

1ª Instancia nº 14 Familia Bilbao 2 (0,58%)

BALMASEDA

UPAD 1ª instancia e instrucción nº 1 Balmaseda

3 (0,87%)

UPAD 1ª instancia e instrucción nº 2 Balmaseda

0 (0%)

BARAKALDO 1ª Instancia nº 5 Familia Barakaldo 127 (36,71%)

DU

RA

NG

O

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 1 Durango

10 (2,89%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 2 Durango

8 (2,31%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 3 Durango

13 (3,76%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 4 Durango

3 (0,87%)

Servicio Común Durango 1 (0,29%)

GER

NIK

A

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 1 Gernika

1 (0,29%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 2 Gernika

6 (1,73%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 4 Gernika

0 (0%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº5 Gernika

0 (0%)

Servicio Común Gernika 0 (0%)

GET

XO

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 1 Getxo 0 (0%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 2 Getxo 0 (0%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

161

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 3 Getxo 0 (0%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 4 Getxo 0 (0%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción nº 5 Getxo 0 (0%)

Servicio Común Getxo 0 (0%)

TOTAL 346

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

162

GIPUZKOA

PARTIDO JUDICIAL Nº EXPEDIENTES

Donostia 181 (79,04%)

Azpeitia 0 (0%)

Bergara 11 (4,80%)

Eibar 10 (4,37%)

Irun 2 (0,87%)

Tolosa 25 (10,92%)

TOTAL 229

JUZGADO Nº EXPEDIENTES

DONOSTIA 1ª Instancia nº3 Familia Donostia 121 (52,84%)

1ª Instancia nº6 Familia Donostia 60 (26,20%)

AZPEITIA UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 1 Azpeitia 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 2 Azpeitia 0 (0%)

BER

GA

RA

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 1 Bergara 1 (0,44%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 2 Bergara 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 3 Bergara 5 (2,18%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 4 Bergara 5 (2,18%)

EIB

AR

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 1 Eibar 9 (3,93%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 2 Eibar 1 (0,44%)

IRU

N

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 1 Irun 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 2 Irun 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 3 Irun 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 4 Irun 0 (0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 5 Irun 2 (0,87%)

Ejecutorias del Juzgado de Irun 0 (0%)

TOLO

SA

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 1 Tolosa 1 (0,44%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 2 Tolosa 11 (4,80%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 3 Tolosa 1 (0,44%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº 4 Tolosa 12 (5,24%)

TOTAL 229

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

163

TIPOLOGÍAS

Separación 4 (0,64%)

Divorcio 212 (34,03%)

Medidas hijos no matrimoniales 138 (22,15%)

Modificación de medidas 208 (33,39%)

Ejecución de sentencia 40 (6,42%)

Declaración gastos extraordinarios 5 (0,80%)

Juicio verbal (Relación ascendientes-descendientes) 11 (1,77%)

Procedimiento ordinario 3 (0,48%)

Jurisdicción voluntaria (discrepancia Patria Potestad) 2 (0,32%)

TOTAL 623

INICIATIVA EN LA DERIVACIÓN

JUDICIAL 616 (98,88%)

DE LA FISCALÍA 0 (0%)

DE LAS PARTES

Demandante 2 (0,32%)

Demandado/a 2 (0,32%)

Ambas partes 3 (0,48%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

164

II

III.-EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN 3. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.5. TIPOLOGÍAS

Separación 1 (0,40%)

Divorcio 84 (33,87%)

Medidas hijos no matrimoniales 58 (23,39%)

Modificación de medidas 78 (31,45%)

Ejecución de sentencia 18 (7,26%)

Declaración gastos extraordinarios 1 (0,40%)

Juicio verbal (Relación ascendientes-descendientes) 4 (1,61%)

Procedimiento Ordinario 3 (1,21%)

Jurisdicción voluntaria (discrepancia Patria-Potestad) 1 (0,40%)

TOTAL 248

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

165

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

DEMANDANTE 251 (49,90%)

DEMANDADO/A 252 (50,10%)

TOTAL 503

HOMBRES 249 (49,50%)

MUJERES 254 (50,50%)

TOTAL 503

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

166

2.3. EDAD

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

< 18 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

18-20 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

21-30 22 (8,76%) 23 (9,13%) 45 (8,95%)

31-40 91 (36,25%) 92 (36,51%) 183 (36,38%)

41-50 115 (45,82%) 122 (48,41%) 237 (47,12%)

51-60 17 (6,77%) 13 (5,16%) 30 (5,96%)

61-70 6 (2,39%) 2 (0,79%) 8 (1,59%)

> 71 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

TOTAL 251 252 503

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 28 (11,16%) 27 (10,71%) 55 (10,93%)

RESTO ARABA 3 (1,20%) 5 (1,98%) 8 (1,59%)

BILBAO 64 (25,50%) 65 (25,79%) 129 (25,65%)

RESTO BIZKAIA 82 (32,67%) 83 (32,94%) 165 (32,80%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

31 (12,35%) 34 (13,49%) 65 (12,92%)

RESTO GIPUZKOA 36 (14,34%) 34 (13,49%) 70 (13,92%)

FUERA CAPV 7 (2,79%) 4 (1,59%) 11 (2,19%)

TOTAL 251 252 503

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

167

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

ESTADO ESPAÑOL 223 (88,84%) 229 (90,87%) 452 (89,86%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

5 (1,99%) 3 (1,19%) 8 (1,59%)

ESTADO AJENO A LA UE 23 (9,16%) 20 (7,94%) 43 (8,55%)

TOTAL 251 252 503

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.5. TIPO DE MEDIACIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

DIRECTA59 10 (32,25%) 139 (93,29%) 61 (89,71%) 210 (84,68%)

INDIRECTA60 21 (67,74%) 10 (6,71%) 7 (10,29%) 38 (15,32%)

TOTAL 31 149 68 248

59 Sesiones con encuentro dialogado entre las partes. 60 Sesiones individuales sin encuentro dialogado entre las partes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

168

3.6. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

SESIÓN INFORMATIVA 493 (29,97%)

SESIÓN INDIVIDUAL

Preparatoria o de impulso del proceso de mediación

372 (22,61%)

De mediación indirecta 221 (13,43%)

SESIÓN CONJUNTA 559 (33,98%)

TOTAL 1.645

3.7. INTERVALOS DE TIEMPO 3.7.1. ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 0 (0%) 14

(20,59%)

9 (37,50%)

23

(18,70%)

15-30 días 9 (29,03%)

25

(36,76%)

8 (33,33%)

42

(34,15%)

1-2 meses 22

(70,96%)

17

(25,00%)

6 (25,00%)

45

(36,59%)

2-3 meses 0 (0%) 9 (13,24%)

1 (4,17%)

10

(8,13%)

3-6 meses 0 (0%) 3 (4,41%)

0 (0%) 3 (2,44%)

TOTAL 31 68 24 123

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

169

3.7.2. ENTRE EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN Y SU CONCLUSIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 0 (0%) 17

(25%) 2 (8,33%)

19

(15,45%)

15-30 días 3 (9,68%)

9 (13,24%)

5 (20,83%)

17

(13,82%)

1-2 meses 13

(41,94%)

20

(29,41%)

7 (29,17%)

40

(32,52%)

2-3 meses 4 (12,90%)

10

(14,71%)

5 (20,83%)

19

(15,45%)

3-6 meses 11

(35,48%)

11

(16,18%)

5 (20,83%)

27

(21,95%)

6-12 meses 0 (0%) 1 (1,47%)

0 (0%) 1 (0,81%)

TOTAL 31 68 24 123

3.8. ASPECTOS TRABAJADOS DEL PROCESO

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

Contenido de la parentalidad (obligaciones y derechos)

15

(28,30%)

61

(30,65%)

16

(22,86%)

92

(28,57%)

Distribución del tiempo con menores

12

(22,64%)

59

(29,65%)

22

(31,43%)

93

(28,88%)

Atribución del uso del domicilio familiar

5 (9,43%)

16

(8,04%)

5 (7,14%)

26

(8,07%)

Cuantificación de gastos de los/as menores y distribución

12

(22,64%)

49

(24,62%)

23

(32,86%)

84

(26,09%)

Compensaciones económicas progenitores

0 (0%) 5 (2,51%)

1 (1,43%)

6 (1,86%)

Bienes y deudas en común y distribución

9 (16,98%)

9 (4,52%)

3 (4,29%)

21

(6,52%)

TOTAL 53 199 70 322

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

170

3.9. RESULTADO DEL PROCESO

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

CON ACUERDO 13

(29,55%)

68

(45,64%)

24

(35,29%)

105

(40,23%)

TOTAL

Organización familiar de gastos + reparto de tiempos

9 (69,23%)

49

(72,06%)

19

(79,17%)

77

(73,33%)

Organización familiar de gastos

2 (15,38%)

2 (2,94%) 1 (4,17%) 5 (4,76%)

Organización familiar de tiempos

1 (7,69%) 12

(17,65%)

3 (12,50%)

16

(15,24%)

Reconciliación y desestimiento del proceso judicial

0 (0%) 1 (1,47%) 0 (0%) 1 (0,95%)

PARCIAL

Organización familiar de gastos

0 (0%) 2 (2,94%) 1 (4,17%) 3 (2,86%)

Organización de tiempos

1 (7,69%) 2 (2,94%) 0 (0%) 3 (2,86%)

SIN ACUERDO 31

(70,45%)

81

(54,36%)

44

(64,71%)

156

(59,77%)

TOTAL 44 149 68 261

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

171

IV.-EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO

2. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.3. TIPOLOGÍAS

Separación 0 (0%)

Divorcio 31 (29,52%)

Medidas hijos no matrimoniales 33 (31,43%)

Modificación de medidas 28 (26,67%)

Ejecución de sentencia 9 (8,57%)

Declaración gastos extraordinarios 0 (0%)

Juicio verbal (Relación ascendientes-descendientes) 1 (0,95%)

Procedimiento Ordinario 2 (1,90%)

Jurisdicción voluntaria (discrepancia Patria-Potestad) 1 (0,95%)

TOTAL 105

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

172

3. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

DEMANDANTE 108 (49,77%)

DEMANDADO/A 109 (50,23%)

TOTAL 217

HOMBRES 107 (49,31%)

MUJERES 110 (50,69%)

TOTAL 217

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

173

2.3. EDAD

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

< 18 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

18-20 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

21-30 13 (12,04%) 14 (12,84%) 27 (12,44%)

31-40 40 (37,04%) 41 (37,61%) 81 (37,33%)

41-50 43 (39,81%) 47 (43,12%) 90 (41,47%)

51-60 9 (8,33%) 6 (5,50%) 15 (6,91%)

61-70 3 (2,78%) 1 (0,92%) 4 (1,84%)

> 71 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

TOTAL 108 109 217

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 11 (10,19%) 10 (9,17%) 21 (9,68%)

RESTO ARABA 1 (0,93%) 3 (2,75%) 4 (1,84%)

BILBAO 29 (26,85%) 33 (30,28%) 62 (28,57%)

RESTO BIZKAIA 38 (35,19%) 37 (33,94%) 75 (34,56%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

11 (10,19%) 13 (11,93%) 24 (11,06%)

RESTO GIPUZKOA 13 (12,04%) 11 (10,09%) 24 (11,06%)

FUERA CAPV 5 (4,63%) 2 (1,83%) 7 (3,23%)

TOTAL 108 109 217

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

174

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

ESTADO ESPAÑOL 91 (84,26%) 96 (88,07%) 187 (86,18%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

2 (1,85%) 0 (0%) 2 (0,92%)

ESTADO AJENO A LA UE 15 (13,89%) 13 (11,93%) 28 (12,90%)

TOTAL 108 109 217

3. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

3.1. TIPO DE MEDIACIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

DIRECTA61 6 (46,15%) 66 (97,06%) 22 (91,67%) 94 (89,52%)

INDIRECTA62 7 (53,84%) 2 (2,94%) 2 (8,33%) 11 (10,48%)

TOTAL 13 68 24 105

61 Sesiones con encuentro dialogado entre las partes. 62 Sesiones individuales sin encuentro dialogado entre las partes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

175

3.2. NATURALEZA DE LOS ACUERDOS

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

Relativo a la organización familiar en tiempos con los/as menores

9 (40,91%) 58 (49,15%) 21 (44,68%) 88 (47,06%)

Relativo a la organización familiar en el reparto de gastos de los/as menores

11 (50%) 48 (40,68%) 20 (42,55%) 79 (42,25%)

Reparto de bienes con afectación directa al bienestar y necesidades de las/os hijos menores

2 (9,09 %) 8 (6,78%) 6 (12,77%) 16 (8,56%)

Relativo al desestimiento del proceso judicial

0 (0%) 4 (3,39%) 0 (0%) 4 (2,14%)

TOTAL 22 118 47 187

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

176

V. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN

ACUERDO

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1. TIPOLOGÍAS

Separación 1 (0,70%)

Divorcio 53 (37,06%)

Medidas hijos no matrimoniales 25 (17,48%)

Modificación de medidas 50 (34,97%)

Ejecución de sentencia 9 (6,29%)

Declaración gastos extraordinarios 1 (0,70%)

Juicio verbal (Relación ascendientes-descendientes) 3 (2,10%)

Procedimiento Ordinario 1 (0,70%)

Jurisdicción voluntaria (discrepancia Patria Potestad) 0 (0%)

TOTAL 143

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

177

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1. ROL PROCESAL

2.2. SEXO

DEMANDANTE 143 (50%)

DEMANDADO/A 143 (50%)

TOTAL 286

HOMBRES 142 (49,65%)

MUJERES 144 (50,35%)

TOTAL 286

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

178

2.3. EDAD

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

< 18 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

18-20 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

21-30 9 (6,29%) 9 (6,29%) 18 (6,29%)

31-40 51 (35,66%) 51 (35,66%) 102 (35,66%)

41-50 72 (50,35%) 75 (52,45%) 147 (51,40%)

51-60 8 (5,59%) 7 (4,90%) 15 (5,24%)

61-70 3 (2,10%) 1 (0,70%) 4 (1,40%)

> 71 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%)

TOTAL 143 143 286

2.4. LUGAR DE RESIDENCIA

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

VITORIA-GASTEIZ 17 (11,89%) 17 (11,89%) 34 (11,89%)

RESTO ARABA 2 (1,40%) 2 (1,40%) 4 (1,40%)

BILBAO 35 (24,48%) 32 (22,38%) 67 (23,43%)

RESTO BIZKAIA 44 (30,77%) 46 (32,17%) 90 (31,47%)

DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

20 (13,99%) 21 (14,69%) 41 (14,34%)

RESTO GIPUZKOA 23 (16,08%) 23 (16,08%) 46 (16,08%)

FUERA CAPV 2 (1,40%) 2 (1,40%) 4 (1,40%)

TOTAL 143 143 286

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

179

2.5. LUGAR DE NACIMIENTO

DEMANDANTE DEMANDADO/A TOTAL

ESTADO ESPAÑOL 132 (92,31%) 133 (93,01%) 265 (92,66%)

ESTADO MIEMBRO DE LA UE

3 (2,10%) 3 (2,10%) 6 (2,10%)

ESTADO AJENO A LA UE 8 (5,59%) 7 (4,90%) 15 (5,24%)

TOTAL 143 143 286

3. INTERRUPCIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

POR INICIATIVA

DE LAS PARTES

Por discrepancias relativas al ejercicio de la corresponsabilidad de parentalidad

28 (17,39%)

Por discrepancias relativas a la distribución de tiempos con los/as menores

52 (32,30%)

Por discrepancias relativas a la atribución del uso del domicilio familiar

11 (6,83%)

Por discrepancias relativas a la cuantificación de los gastos de los/as menores y la distribución de los mismos

30 (18,63%)

Por discrepancias relativas a compensaciones económicas entre los miembros del matrimonio/pareja

11 (6,83%)

Por discrepancias relativas al inventario y distribución del patrimonio ganancial o en común

11 (6,83%)

Por desatención del proceso por alguna/s de las partes 10 (6,21%)

Por indicación de la dirección letrada de la/s parte/s 12 (7,45%)

Por razón personal/ética 2 (1,24%)

POR INICIATIVA

DEL SMI

Por incumplimiento de las reglas y fundamentos del proceso de mediación

2 (1,24%)

Por falta de recursos personales detectada en las partes incompatible con el desarrollo y/o participación en el proceso

3 (1,86%)

TOTAL 161

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

180

VI. EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN

2. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

2.1. TIPOLOGÍAS

Separación 3 (0,79%)

Divorcio 131 (34,29%)

Medidas hijos no matrimoniales 84 (21,99%)

Modificación de medidas 134 (35,08%)

Ejecución de sentencia 19 (4,97%)

Declaración gastos extraordinarios 3 (0,79%)

Juicio verbal (Relación ascendientes-descendientes) 6 (1,57%)

Procedimiento Ordinario 1 (0,26%)

Jurisdicción voluntaria (discrepancia Patria Potestad) 1 (0,26%)

TOTAL 382

3. DATOS RELATIVOS A LA PREPARACIÓN DE LA MEDIACIÓN

2.1. NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

SESIÓN INFORMATIVA 144 (87,27%)

SESIÓN INDIVIDUAL 21 (12,73%)

TOTAL 165

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

181

2.2. INTERVALOS DE TIEMPO 2.2.1. ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y SU CONCLUSIÓN

ARABA BIZKAIA GIPUZKOA TOTAL

< 15 días 0 (0%) 44

(21,05%)

45

(28,13%)

89

(23,30%)

15-30 días 7 (53,85%)

53

(25,36%)

57

(35,63%)

117

(30,63%)

1-2 meses 6 (46,15%)

72

(34,45%)

44

(27,50%)

122

(31,94%)

2-3 meses 0 (0%) 24

(11,48%)

10

(6,25%)

34

(8,90%)

3-6 meses 0 (0%) 16

(7,66%)

4 (2,50%)

20

(5,24%)

TOTAL 13 209 160 382

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

182

4. MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

TOTAL

NO LOCALIZAR A ALGUNA/S DE LAS PARTES

Parte demandante 3 (0,79%)

Parte demandada 9 (2,36%)

POR INCOMPARECENCIA DE ALGUNA/S DE LAS PARTES

Parte demandante

Previo a la sesión informativa

14 (3,66%)

Posterior a la sesión informativa

5 (1,31%)

Parte demandada

Previo a la sesión informativa

7 (1,83%)

Posterior a la sesión informativa

6 (1,57%)

POR DECISIÓN

De la parte demandante 108 (28,27%)

De la parte demandada 84 (21,99%)

De ambas partes 58 (15,18%)

Del SMI 10 (2,62%)

De otras instituciones o profesionales

0 (0%)

POR ACUERDO PREVIO AL DESARROLLO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

66 (17,28%)

POR EXCEDER AL ÁMBITO COMPETENCIAL DEL SMI 12 (3,14%)

382

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

183

6. — MEMORIA DE LA ILMA. SRA. SECRETARIA DE GOBIERNO –IMPLANTACIÓN Y

EVALUACIÓN DE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL

6.1 EVOLUCIÓN DE IMPLANTACIÓN DE LA N.O.J. EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE

JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

6.1.1 DESARROLLO IMPLANTACIÓN N.O.J.

PROVINCIA PARTIDO JUDICIAL FECHA IMPLANTACIÓN

Araba/Álava P. Judicial de Amurrio

P. Judicial Vitoria-Gasteiz

2 de noviembre de 2010

3 de marzo de 2014

Bizkaia

P. Judicial de Getxo 3 de noviembre de 2010

P. Judicial de Balmaseda 19 de septiembre de 2011

P. Judicial de Durango 28 de noviembre de 2011

P. Judicial de Gernika-Lumo 13 de octubre de 2011

P. Judicial de Barakaldo 6 de julio de 2015

Gipuzkoa

P. Judicial de Azpeitia 25 de octubre de 2010

P. Judicial de Eibar 27 de octubre de 2010

P. Judicial de Irún 25 de octubre de 2010

P. Judicial de Bergara 7 de noviembre de 2011

P. Judicial de Tolosa 21 de noviembre de 2011

Ámbito

CAPV

Secretaria de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia

del País Vasco

23 de enero de 2012

Juzgados de Paz 17 de septiembre de 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

184

INTRODUCCION OFICINA JUDICIAL

El año 2015 ha supuesto para todo el colectivo de Letrados de la Administración de Justicia un período de

modificaciones y retos importantes, que han hecho necesaria la autogestión del cambio a medida que se iban

produciendo las reformas legislativas.

Sin perjuicio de este cambio general, se ha profundizado en la mejora de los Servicios Comunes

Procesales, apoyando a las UPADs para posibilitar la agilidad en los trámites de intervención con los referidos

Servicios.

Los datos aportados permiten constatar que estos Servicios han superado las expectativas que se habían

marcado para el año 2015, lo que ha contribuido a una mejora especialmente constatable en materia de ejecución.

También ha sido relevante la mejora en lo que respecta a coordinación y comunicación entre las dos

unidades que integran las oficinas judiciales. Se han seguido celebrando reuniones periódicas de coordinación que,

sobre todo en el partido judicial de Barakaldo, de nueva implantación, ha supuesto un intercambio de propuestas

de mejora que han dado como resultado una mayor agilidad, sobre todo en la ya mencionada materia de ejecución

de procedimientos.

Con vistas a la incorporación de JUSTIZIASIP y desarrollo de las notificaciones telemáticas, durante el

2015 se inician los preparativos para que dicha aplicación resulte eficaz y de ese modo todos los integrantes en

este proceso notificador lleguen al 2016 conociendo la herramienta, tanto en el aspecto informático como en el

proceso a seguir en dichos trámites telemáticos.

Del mismo modo, durante el año 2015 se ha avanzado considerablemente en la detección de anomalías y

áreas susceptibles de mejora, habiéndose establecido mecanismos de coordinación y comunicación con las UPAD,

en particular con jueces y magistrados, así como con los profesionales implicados, con el fin de dar cumplimiento

a las funciones de asistencia de las UPADs.

Se ha venido observando durante el 2015 que la pendencia de los juzgados ha disminuido

considerablemente en el área penal, permaneciendo estable o con un ligero incremento en el orden civil. Se

observa igualmente, conforme a los datos estadísticos, un aumento en la incoación de ejecuciones.

Se han reducido tiempos y trámites, verificándose un control exhaustivo de los mismos por parte de los

Directores y Secretarias Coordinadoras.

No obstante lo anterior, seguimos necesitando disponer de un programa informático adecuado a la nueva

organización que permita gestionar los nuevos equipos, adaptándose el mismo al diseño judicial y procesal.

En este sentido, es preciso insistir en la necesidad de que, en aquellos Partidos Judiciales no

correspondientes a capitales, uno de los Letrados de la Administración de Justicia destinado en las UPADs se

centre en la dirección del grupo UPAD, con funciones de gestión y organización similar a las que corresponden al

Secretario Director del Servicio Común. Esto va a permitir la unificación en la dirección y gestión de estos grupos.

Otra de las demandas reiteradas de los Letrados de la Administración de Justicia durante este año ha sido

la necesidad de formación en materia tecnológica y de reformas legislativas.

Es destacable la profesionalidad que siguen manteniendo los Directores de los Servicios Comunes, cuya

labor ha hecho posible que los objetivos fijados para el año 2015 se hayan cumplido.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

185

Se constata, asimismo, una mejora en las relaciones con las UPADs.

Igualmente, se ha mejorado en las comunicaciones internas y externas, potenciando la utilización de los

medios informáticos (scanner, correo electrónico, etc…).

Debe recordarse que durante parte del año 2015 se ha dedicado un esfuerzo muy importante a la

estabilización de la NOJ en todos los partidos judiciales y especialmente en Barakaldo (Bizkaia). El encomiable

empeño de todos los implicados ha tenido un resultado muy satisfactorio, destacando a los responsables del

Colectivo de Letrados de la Administración de Justicia de Barakaldo, que han demostrado su capacidad para

gestionar el cambio y su preparación técnica y versatilidad ante las distintas contrariedades que iban surgiendo.

También cabe destacar el esfuerzo realizado en los preparativos de implantación de la NOJ para el año

2016, objetivo primordial que se fija para dicho período.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

186

6.1.2 IMPLANTACIÓN NUEVA OFICINA JUDICIAL EN BARAKALDO

CRONOGRAMA RESOLUCIONES Y ACTUACIONES GOBIERNO VASCO NOJ BARAKALDO

FECHA ACTUACIONES REALIZADAS CONTENIDO

23 de julio 2010

Decreto 202/2010, de 20 de Julio de

aprobación de RPTs de la

Administración de Justicia en la

Comunidad Autónoma del País

Vasco.

RPTs Partidos Judiciales Menores

del País Vasco: 1ª Fase Implantación

NOJ

14 Sep. 2010

Decreto 223/2010 de 31 de Agosto,

por el que se aprueba el IV acuerdo

regulador de la equiparación del

Personal Funcionario al Servicio de

la Administración de Justicia en la

Comunidad Autónoma de Euskadi

y de implantación de la Oficina

Judicial.

Se pretende establecer con el mismo,

las condiciones en las que se

desarrollará el proceso de

implantación de la NOJ y NOF en la

Comunidad Autónoma de Euskadi,

tanto en sus aspectos organizativos

como de gestión personal (artículo

3).

7 Feb. 2014 Reunión Secretarios Judiciales y

Secretaria Coordinadora

Plantilla de Secretarios Judiciales y

Plantilla de personal.

17 Feb. 2014 Reunión de Responsable de RRHH

del G.V. y Secretaria Coordinadora.

Refuerzos para Instrucción nº1 de

Barakaldo y NOJ.

20 Feb. 2014

Informe de la Secretaria

Coordinadora remitido al Ilmo. Sr.

Secretario General de la

Administración de Justicia.

Ministerio de Justicia, a Jon Arturo

Uriarte y Begoña Otazua. Gobierno

Vasco

Informe relativo a la proposición de

la Relación de Puestos de Trabajo de

Secretarios Judiciales en el proyecto

de implantación de la NOJ de

Barakaldo.

24 Feb. 2014

Reunión de SJ del Juzgado de lo

penal nº2 y SJ del SCACE de

Barakaldo con la Secretaria

Coordinadora de Bizkaia

Plantilla de auxilio, ubicaciones,

guardia y archivo.

21 Abr. 2014 Reunión del Equipo de Gestión del

Cambio de la NOJ de Barakaldo.

Planos con propuestas relativas a las

plantas 3ª y 4ª de la NOJ en

Barakaldo.

21 May. 2014 RPT de Barakaldo Primera versión de las RPT de los

Secretarios Judiciales de Barakaldo

26 May. 2014 Envió de e-mails entre la Secretaria

Coordinadora y Gobierno Vasco

Envió al Ministerio de las RPT de

funcionarios NOJ de Barakaldo y

fecha de la probable implantación

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

187

30 May. 2014 Envió de correos electrónicos con

Javier Garrido (Ministerio).

Organización de las RPTs de

Secretarios Judiciales de Barakaldo.

16 Jun. 2014

Envío de Informe del Servicio de

Informática Judicial por cuestiones

trasladadas por la Secretaria

Coordinadora de Araba.

Cuestiones informáticas relacionadas

con la implantación de la NOJ en

Vitoria-Gasteiz.

27 Jun. 2014

Planos del Palacio de Justicia,

nueva organización por la entrada

en vigor de la NOJ.

Plan Organizativo del Palacio de

Justicia de Barakaldo.

3 Jul. 2014

Correo electrónico de Santiago

Ortega Zaballa, Responsable EAT

Bizkaia.

Comienzo de las obras de la

ampliación de los mostrados de la 3ª

y 4ª planta de Barakaldo para el

próximo día 7 de julio de 2014 y

localización de 2 despachos nuevos

en la 3ª planta.

8 Jul. 2014

Informe Secretaria Coordinadora

RPTs funcionarios Barakaldo

remitidos a Gobierno Vasco.

Cuestiones relativas a la ordenación

de funcionarios con la Implantación

de la NOJ.

8 Jul. 2014

Informe Secretaria Coordinadora

Cuerpos Gestión y Tramitación

remitidos a Gobierno Vasco.

Necesidad de funcionarios en los

Juzgados de lo Penal y de Violencia.

8 Sept. 2014 Reunión con Begoña Otazua y

Alicia Olazabal

Resolución sobre la implantación de

la NOJ en Barakaldo

10 Sept. 2014 Reunión con Cecilio informática

Sobre la adaptación del sistema

informático a la implantación de la

NOJ

16 Sept. 2014 Reunión secretarios orden penal Tema de SIRAG en la NOJ,

documento explicativo

6 Oct. 2014 Reunión con Cecilio Informática

SIRAJ, estructura del SCG,

herramientas de control/ seguimiento de

ejecutorias, resoluciones emitidas desde

el SCEJ, señalamiento de vistas, ramos,

normas de distribución de asuntos en el

SCEJ, migración de ejecuciones

24 Oct. 2014 Informe dirigido al Ministerio de

Justicia

Ampliación de informe solicitando 1

secretario más para NOJ

9 Dic. 2014 Correo sobre implantación NOJ

Aprobación de RPT . Preparación

ejecutorias Refuerzos Grupos

Secciones del SCEJ

Modificación protocolo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

188

18 Feb. 2015

Resolución Departamento de

Administración Pública y Justicia

(1 de sept)

Resolución sobre la organización

detallada de la Oficina Judicial en

Barakaldo

20 Feb. 2015

ORDEN 3/202/2015 DEL DPTO

DE ADMÓN DE JUSTICIA DEL

GOBIERNO VASCO (BOPV

20.02.2015)

CREACIÓN SCPG y SCPE

20 Feb. 2015

DECRETO 16/2015 DEL DPTO

DE ADMÓN DE JUSTICIA DEL

GOBIERNO VASCO (BOPV

20.02.2015)

RPTs FUNCIONARIOS

20 Feb. 2015 REUNIÓN INFORMATIVA

COORD CON SECRETARIOS

MIGRACIÓN EJECUCIÓN.

REFUERZOS.

RPTs SECRETARIOS Y

FUNCIONARIOS

26 Feb. 2015

PROPUESTA de la

Coordinadora en relación al

borrador de RESOLUCIÓN del

Director de la Administración de

Justicia del Gobierno Vasco, por la

que se determina la organización

detallada de la Oficina Judicial en

Barakaldo, así como las normas

básicas de funcionamiento del

Servicio Común Procesal General y

del Servicio Común Procesal de

Ejecución.

1.- Organización detallada de la

Oficina Judicial en Barakaldo

y

2.- Normas básicas de

funcionamiento:

- del Servicio Común

Procesal General SCPG y

- del Servicio Común

Procesal de Ejecución

SCPE.

06 Marzo 2015

PUBLICACIÓN BOE: Orden

JUS/378/2015, de 23 de febrero,

por la que se determina la

estructura y se aprueban las

RELACIONES DE PUESTOS DE

TRABAJO EN LA OFICINA

JUDICIAL DE BARAKALDO

PUBLICACIÓN BOE de 6.03.2015

RPTs SSJJ NOJ BARAKALDO

13 Marzo 2015

Resolución de la Administración

Pública y Justicia determina la

organización Oficina Judicial de

Barakaldo

Organización oficina judicial y

normas básicas de funcionamiento

del Servicio Común Procesal General

y del Servicio Común Procesal de

Ejecución

13 Marzo 2015

Reunión de la Secretaria

Coordinadora con los Secretarios

de los Juzgados de lo Penal de

Barakaldo (ACTA 3/2015)

Preparación de la migración de

ejecutorias

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

189

17 Marzo 2015 Cálculo nº aproximado

ejecutorias para migración

Ejecutorias DELITOS:

Trámite: 944

Archivo no definitivo: 3.598

Ejecutorias FALTAS:

Trámite: 678

Archivo no definitivo: 1.773

23 Marzo 2015 Remisión informe al Gobierno

Vasco

Implantación NOJ Barakaldo. Orden

penal. Solicitud refuerzos.

23 Marzo 2015

Cálculo nº aproximado

ejecuciones civiles para

migración

Trámite: 3.435

Archivo provisional o suspendido:

13.456

23 Marzo 2015

Remisión Informe a Secretaría de

Gobierno para Junta Sala Gobierno

TSJPV

1º informe de SEGUIMIENTO IMPLANTACIÓN NOJ Barakaldo

24 Marzo 2015 Reunión Informática

25 Marzo 2015 Reunión Barakaldo

30 de Marzo de 2015 Remisión mail secretarios

Judiciales de Barakaldo

Confirmación nombramiento de

refuerzos 1 gestor y 2 tramitadores

13 de Abril de 2015 Reunión Barakaldo

15 de Abril de 2015 Comunicación a los Secretarios de

Balmaseda

Cambios archivo y ejecución de

DUR de Balmaseda por implantación

NOJ Barakaldo

23 de Abril de 2015

Reunión Secr SCACE y Penal 2,

Responsable Proyectos y

Responsable EAT Bizkaia

ACTA 4/2015

27 de Abril de 2015 Reunión con Secretarios Balmaseda Cambios por implantación NOJ en

Barakaldo

29 de Abril de 2015

Visita NOJ Vitoria Secrs SCACE e

Instrucción Barakaldo, Responsable

EAT y Secr Coord Bizkaia

Sobre experiencias de implantación

NOJ VITORIA aplicables a

BARAKALDO

29 de Abril de 2015

Publicación en el BOPV

Resolución de 15 de abril de 2015,

del Director de la Administración

de Justicia

Organización detallada de la Oficina Judicial en

Barakaldo, así como las nombras básicas de

funcionamiento del Servicio Común General y

del Servicio Común Procesal de Ejecución

04 de Mayo de 2015

Publicación en el BOPV Orden de

20 de abril de 2015, del Consejero

de Administración Pública y

Justicia

Convocatoria de concurso

específico euskera NOJ

BARAKALDO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

190

04 de Mayo de 2015

Publicación en el BOPV

Resolución de 20 de abril de 2015,

del Director Administración

Justicia

Provisión en provisión de

servicios del puesto de Gestor

Responsable

04 de Mayo de 2015

Publicación en el BOPV

Resolución de 20 de abril de 2015,

del Director Administración

Justicia

Criterios de ACOPLAMIENTO

NOJ BARAKALDO

6 de Mayo de 2015 Correo electrónico en relación al

acoplamiento de BARAKALDO

Cuestiones a tratar en reunión ,

acoplamiento de funcionarios,

puestos singularizados etc

11 de Mayo de 2015 Publicación en el BOE de la Orden

JUS/859/2015, de 23 de abril

Convocatoria concurso específico

para la provisión de puestos de

trabajo para el Cuerpo de

Secretarios Judiciales

11 de Mayo de 2015

Reunión informativa Responsable

EAT BIZKAIA D. Santiago Ortega

Zaballa con funcionarios

Barakaldo

PRESENTACIÓN E

INFORMACIÓN NOJ

BARAKALDO a funcionarios

18 de Mayo de 2015 Publicación en el BOE de la Orden

JUS/901/2015, de 4 de mayo

Se resuelve convocatoria de libre

designación de puestos de trabajo

de Directores de los Servicios

Comunes procesales

20 de Mayo de 2015

Publicación en el BOPV

Corrección de errores

Resolución de 15 de abril de

2015

CORRECCIÓN ERRORES

Resolución de 15 de abril de

2015, aptdo c) párr 1 del art. 30:

auxilio judicial

22 de Mayo de 2015

Recepción de la EAT y difusión a

Secretarios del plan y calendario

de MOVIMIENTOS NOJ

MOVIMIENTOS físicos

programados para

IMPLANTACIÓN en

Mayo, Junio y Julio 2015

25 de Mayo de 2015 Reunión Coordinadora con

Servicios Informáticos

CONCRECIÓN ASPECTOS

INFORMÁTICOS

IMPLANTACIÓN

26 de Mayo de 2015

Publicación Resolución de 22 de

mayo de 2015, del Director de la

Administración de Justica

Resolución provisional del

concurso específico de euskera

26 de Mayo de 2015

Difusión a los Secretarios

Documento INFORMÁTICA NOJ

VITORIA

Indicaciones traslados equipos

informáticos y acerca del JBat y

operativa

29 de Mayo de 2015

Apertura plazo 10 días

SOLICITUD confirmación y/o

reordenación voluntaria

Acoplamiento PUESTOS DE

TRABAJO GENÉRICOS

funcionarios Barakaldo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

191

03 de Junio de 2015 Sorteo de espacio físico UPAD´S ACTA del sorteo de los espacios

físicos de las UPAD´S

10 de Junio de 2015

Publicación en el BOPV de la

resolución concurso específico

por idioma

Adjudicación puesto de trabajo

singularizados por idioma para los

Cuerpos de Gestión , Tramitación

y Auxilio

12 de Junio de 2015 Resolución de 12 de junio de

2015, del Director de la

Administración de Justicia

Resuelve el procedimiento de

ACOPLAMIENTO de los

funcionarios con destino

definitivo en la Oficina Judicial de

Barakaldo

12 de Junio de 2015

Publicación en el portal listado

vacantes tras acoplamiento de

titulares

Listado de puestos de trabajo

VACANTES para solicitar por

funcionarios en comisión de

servicios e interinos

15 de Junio de 2015 Resolución de 15 de junio de

2015, del Director de la

Administración de Justicia

Corrección de errores de la

Resolución de 12 de junio de 2015

15 de Junio de 2015

Difusión a los Secretarios del

informe de la Secretaria

Coordinadora sobre

ACTUACIONES PREVIAS a la

NOJ

Informe sobre ACTUACIONES

PREVIAS para el TRASVASE

FÍSICO de expedientes al SCEJ

y a la UPAD

16 de Junio de 2015

Convocatoria de la DAJ a los

funcionarios en comisión de

servicios y funcionarios interinos

Barakaldo

Objeto: formular solicitud para

cubrir las VACANTES en el

ACOPLAMIENTO

18 de Junio de 2015

PROCESO ACOPLAMIENTO:

FASE 1ª CONFIRMACIÓN

SSJJ BARAKALDO

ACEPTACIÓN Rosa Vales, Alicia

Martín y Diana Bajo

NO ACEPTACIÓN Tomás Varga

24 de Junio de 2015 Solicitud reunión, del juez decano,

implantación NOJ BARAKALDO

23 de Junio de 2015

Convocatoria de la Secretaria

Coordinadora a los funcionarios

titulares e interinos Barakaldo

Objeto: asignación personal UPADs

concretas civil e instrucción

1 de Julio de 2015

Resolución de 22 de junio de 2015,

por la que se determina la fecha de

entrada en funcionamiento del

SCPG y del SCPE de la Oficina

Judicial de BARAKALDO

Establece el día 6 de julio de 2015

como fecha de entrada en

funcionamiento del Servicio Común

Procesal General y del servicio

Común Procesal de Ejecución de la

Oficina Judicial de Barakaldo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

192

1 de Julio de 2015 Resolución Director sobre guardias

partido judicial Barakaldo

Establece el personal y turno de

funcionarios que realizarán la guardia

6 de Julio de 2015 FECHA IMPLANTACIÓN NOJ

16 de Julio de 2015 Dirección de la Administración de

Justicia del Gobierno Vasco

PLAN DE FORMACIÓN:

- Para Secretarios y Gestores

Responsables: Dirección de

personas y liderazgo de

equipos

- Para Gestores, Tramitadores

y Auxilios: El trabajo en

equipo

16 de Julio de 2015 Dirección de la Administración de

Justicia del Gobierno Vasco TUTORÍAS: FORMACIÓN

PROCESAL BARAKALDO

8 de Septiembre de 2015 Convocatoria cursos formación y

reunión secretarios para el día 9

9 de Septiembre de 2015 REUNIÓN SSJJ BARAKALDO Y

COORDINADORA ACTA 1/2015

NOJ BARAKALDO

10 de Septiembre de 2015

CORREO DE SECRETARIA

COORDINADORA A SSJJ

BARAKALDO

INTERESANDO INFORME

SOBRE NECESIDADES DE

REFUERZOS Y DE

FORMACIÓN/ TUTORÍAS

10 de Septiembre de 2015 DAJ PLAN DE FORMACIÓN NOJ

BARAKALDO

15 de Septiembre de 2015

CORREO DE SECRETARIA

COORDINADORA A SSJJ

BARAKALDO

INTERESANDO LA REMISIÓN

DE INFORMES SOBRE

NECESIDADES DE REFUERZOS

Y FORMACIÓN ANTES DEL

DÍA 17/09/2015

22 de Septiembre de 2015

CORREO SECRETARIA

COORDINADORA AL

DEPARTAMENTO

INTERESA PERSONAL DEL

SOJ SE DESTINE A LA NOJ DE

BARAKALDO

30 de Septiembre de 2015

Remisión a recursos Humanos del

listado funcionarios NOJ

BARAKALDO para formación

Remisión de listado de

funcionarios que necesitan

formación

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

193

6. 2 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN ARABA/ÁLAVA

6.2.1 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE VITORIA-GASTEIZ

Implantada la NOJ el 3 de marzo de 2014, la organización de los Servicios Comunes en esta

capital se ha mantenido en la forma en que se dejó expuesta en la Memoria correspondiente al año 2014.

Esto es, con la estructura de tres Secciones diferentes:

1.- Sección de Actos de Comunicación y Ejecución

2.- Sección de Registro y Reparto y

3.- Sección de Otros Servicios

Integradas en un único órgano: SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL, cuenta con una

plantilla total de:

- 1 Letrado de la Admón. de Justicia en calidad de Director

- 2 Gestores Responsables

- 5 Gestores

- 18 Tramitadores

- 42 Auxiliadores

1.- SECCIÓN DE ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN

Plantilla: 1 gestor responsable, 3 gestores, 4 tramitadores y 19 auxiliadores, si bien, una de las

plazas de auxiliador no ha estado ocupada ni por titular ni por interino durante todo el año.

El territorio municipal agrupa la capital y 65 pequeños núcleos urbanos agregados al

Ayuntamiento de la ciudad, en un radio de unos 15 kms alrededor de la misma.

Se mantiene la distribución territorial del término municipal en 13 ZONAS la servidas cada una

por un funcionario, 2 funcionarios, para la atención del mostrador. 1-2 funcionarios (gestor y auxiliador),

para los actos de ejecución. El resto de los funcionarios se colocan en situación de retén, o de

disponibilidad para cubrir ausencias o apoyar zonas sobrecargadas.

- Habida cuenta del acusado descenso que las diligencias de embargo han sufrido a raíz de la entrada

en vigor de la NOJ, se ha hecho innecesario el mantenimiento de dos comisiones de servicio para los

actos de ejecución, como había ocurrido hasta ahora, siendo factible la realización de todos ellos

mediante una única comisión compuesta de un gestor y de un auxiliador para los embargos y

remociones, y de un solo gestor (sin auxiliador) para los lanzamientos derivados de procedimientos de

desahucio por falta de pago y por expiración legal o contractual del plazo, al amparo de lo dispuesto en

el art. 703 párrafo 3º de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

194

Con ocasión de la implantación de la NOJ (Nueva Oficina Judicial) (03/03/2014), se hizo

necesario fijar nuevos cupos máximos de actos de comunicación readaptándolos a la nueva estructura

organizativa, estableciéndose cupos distintos según los órdenes jurisdiccionales, en base a sus

necesidades.

1.1.- CUPO DE DILIGENCIAS POR ÓRGANO JUDICIAL Y DÍA

Pre-NOJ post-NOJ Total

-UPAD DE 1ª INSTANCIA (8) .................................. 32 dilig ............. 25 ..............200

-UPAD DE INSTRUCCIÓN (4) .................................. 25 dilig ............. 18 ................ 72

-UPAD DE VIOLENCIA (1) ....................................... 20 dilig ............. 12 ................ 12

-UPAD DE LO SOCIAL (4) ......................................... 20 dilig ............. 14 ................ 56

-UPAD CONT-ADMTVAS (3) ..................................... 20 dilig ............. 10 ................ 30

-UPAD DE LO PENAL (2) .......................................... 15 dilig ............. 15 ................ 30

-UPAD DE MENORES (1) .......................................... 10 dilig ............. 10 ................ 10

-AUDIENCIA PROVINCIAL (2 Secc) ........................ 10 dilig ............. 20 ................ 20

-SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN (SCEJ) .... inexistente ....... 150 ...............150

680

ANTES DE LA NOJ:

El volumen potencial diario de actos de comunicación que podían recibirse antes de la NOJ,

según los cupos que para cada orden jurisdiccional estaban establecidos, era de 576 diligencias. El

volumen real de diligencias diarias que se recibían, solía cuantificarse en los 2/3 de aquél, más los

segundos y terceros intentos, ya que no se reciclaban formalmente como ahora.

A PARTIR DE LA NOJ:

-Volumen potencial de diligencias (incluido el SCEJ)

según el cuadro anterior ....................................................................................680

-Actos reciclados diariamente por término medio ...................................... 60-100

-Total potencial de actos diarios ............................................................... 740-780

-Volumen real de actos diarios que se reciben

por término medio:.................................................................... Entre un 50%-60%

En la actualidad el sistema de cupos por órganos judiciales está dotado estos de mayor

flexibilidad, de modo que cuando un órgano judicial (cualquiera), tuviera necesidad de rebasar el cupo

inicialmente asignado, bastaría con consultarlo ante el propio SCACE, donde, siempre se accedería a

ello, salvo que el volumen total de dicho día fuera inasumible en razón a las disponibilidades de personal

existentes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

195

1.2.- ACTOS DE COMUNICACIÓN.- Datos estadísticos del año 2015

Responden a la suma de los datos contenidos en los boletines estadísticos que trimestralmente son

enviados al CGPJ:

1.2.1. Número de registro de SOLICITUDES de órganos judiciales

1º Trim 2º Trim 3º Trim 4º Trim Total Pendientes

17.135 17.036 12.447 5.851 62.469

Número de solicitudes cumplimentadas

17.219 17.074 12.348 15.997 62.638 619

1.2.2.- Número de registro de ACTOS de comunicación

1º Trim 2º Trim 3º Trim 4º Trim Total

22.308 21.873 15.955 19.901 80.037

1.2.3.- Nº de actos de comunicación realizados

22.399 21.958 15.827 20.038 80.222 823

Dentro de los actos de comunicación van incluidos los actos que corresponden a los EXHORTOS o

despachos de auxilio jurisdiccional, tanto nacionales como internacionales, cuyos datos estadísticos,

según se desprenden de los boletines que trimestralmente se iban obteniendo para su remisión al CGPJ

son los siguientes:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

196

EXHORTOS

-Registrados .................................................................................................... 3.369

-Cumplimentados............................................................................................ 3.372

-Pendientes para 2016 ......................................................................................... 34

1.3.- ACTOS DE EJECUCIÓN EN COMISIÓN.-Datos estadísticos de 2015

1.3.1.-Número de registro de SOLICITUDES recibidas

1º Trim. 2º Trim. 3º Trim. 4º Trim. Total

186 245 128 145 704

1.3.2.- Número de ACTOS DE COMISIÓN realizados

1º Trim. 2º Trim 3º Trim 4º Trim Total Pendientes

190 229 130 152 701 13

Desglosados por trimestres de la siguiente manera:

Embargos 61 74 52 36 223

Lanzamientos 128 155 78 116 477

Remociones 1 0 0 0 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

197

1.4.- EVOLUCIÓN COMPARATIVA de los ACTOS DE COMUNICACIÓN

Años 2013-2014-2015

1.4.1. Número de registro de SOLICITUDES recibidas

1º Trim. 2º Trim 3ºTrim 4º Trim Total

2013 19.359 19.233 13.282 18.021 69.795

2014 18.657 19.503 14.722 17.917 70.799

2015 17.135 17.036 12447 15.851 62.798

1.4.2.-Número de SOLICITUDES CUMPLIMENTADAS

2013 19.399 19.220 13.199 18.164 69.982

2014 23.999 24.847 18.395 22.657 89.898

2015 17.548 17.074 12.348 15.977 62.947

1.4.3.- Número de registro de ACTOS de comunicación recibidos

1º Trim. 2º Trim 3ºTrim 4º Trim Total

2013 24.751 24.596 17.144 23.018 89.509

2014 24.122 24.900 18.395 22.609 90.026

2015 22.308 21.873 15.955 15.827 80.037

1.4.4.-Nº de ACTOS de comunicación REALIZADOS

2013 24.824 24.746 16.905 23.240 89.715

2014 18.539 19.468 14.751 17.922 70.680

2015 22.399 21.958 15.827 20.038 80.222

De ellos: Positivos Negativos Incompletos

2014 53.739 (76%) 13.138 (18,6%) 3.803 (5,4%)

2015 57.669 (71,9%) 18.515 (23%) 4.038 (5,1%)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

198

1.5.- EVOLUCIÓN COMPARATIVA de los ACTOS DE COMISIÓN

Años 2013-2014-2015

1.5.1.- Número de registro de SOLICITUDES RECIBIDAS

1º Trim. 2º Trim. 3º Trim. 4º Trim. Total

2013 240 232 117 219 808

2014 228 146 116 179 669

2015 186 245 145 128 704

1.5.2.- Número de ACTOS de comisión REALIZADOS

2013 250 239 118 222 829

2014 225 153 97 201 676

2015 190 229 130 152 701

EMBARGOS

2013 134 151 53 98 436

2014 105 38 14 63 220

2015 61 74 52 36 135

LANZAMIENTOS

2013 112 82 62 124 380

2014 117 113 83 136 449

2015 128 155 78 116 477

REMOCIONES

2013 4 6 3 0 13

2014 3 2 0 2 7

2015 1 0 0 0 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

199

1.5.3.- DILIGENCIAS DE LANZAMIENTO.- DESGLOSE:

-SOLICITUDES de LANZAMIENTOS de las UPAD o del SCEJ 484

-LANZAMIENTOS ejecutados* 416

Devueltos-anulados-suspendidos 68

* Desglose por procedimientos, de los 416 LAN efectivamente ejecutados:

-EJH-Ejecuciones hipotecarias 114

-JVD-ETJ-Desahucios 293

-EAR-Ejecuciones laudos arbitrales 1

-ENJ-Ejecuciones de título no judicial 6

-EXC-Exhortos civiles 2

416

2.- SECCIÓN DE REGISTRO Y REPARTO

El Servicio de Registro y Reparto a raíz de la implantación de la NOJ (3-03-2014) pasó de estar

constituido por dos oficinas totalmente diferenciadas, que en ocasiones reiteraban de forma innecesaria

operaciones de registro, a configurarse como una única oficina o Sección de Registro y Reparto, ubicadas

físicamente en la misma dependencia, lo que, junto con la supresión, por innecesarias, de algunas tareas

que por inercia venían efectuándose, ha contribuido a una mayor eficiencia en el desarrollo de sus

funciones.

A fin de aprovechar la experiencia previa que los funcionarios tenían adquirida en su destino

anterior, esta Sección se estructuró en dos equipos: El de registro y el de reparto, asumiendo de esta

manera, las antiguas funciones que desempeñaban los dos Servicios de Registro General y Reparto a la

Audiencia Provincial por un lado y el Servicio de Registro y Reparto a los órganos unipersonales por

otro, dependientes orgánicamente de la Presidencia de la Audiencia Provincial y del Magistrado-Juez

Decano, respectivamente.

-Plantilla: 1 Gestor, 9 tramitadores y 1 Auxiliador

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

200

2.1.- UNIDAD DE REGISTRO GENERAL:

La dotación de personal está compuesta por un auxiliador para la recepción de todo tipo de

documentación y cinco tramitadores.

Se adjunta listado de documentos REGISTRADOS en este Servicio, debidamente desglosado,

cuyo resumen de datos por su destino es el siguiente:

2.2.1.- UNIDAD DE REGISTRO.- Registros de escritos

2014 2015

Dirigidos al SCEJ (Sección A) 23.494 27.444

Dirigidos al SCEJ (Sección B) 3.093 3.486

Orden jurisdiccional PENAL (Penal-Instrucción-Vio-Men.) 12.584 11.247

Orden jurisdiccional CIVIL (1ª Instancia-Mercantil) 30.761 31.897

Orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo 6.220 6.353

Orden jurisdiccional Social 9.479 8.198

Audiencia Provincial 3.058 2.960

Registro Civil 1.149 *-------

Dirigidos al SCPG –Sección Otros Servicios 3.122 4.054

Dirigidos a la Upad de Amurrio (presentados por error) 2 **------

Total 92.962 91.585

*Los escritos dirigidos al RC se presentan directamente ante el propio R.Civil

**Los escritos presentados para órganos judiciales de fuera de este Partido se incluyen en el epígrafe

OTROS de la Sección 3ª (OTROS SERVICIOS) de este SCPG

2.1.2.- Otros registros de RECURSOS, procedimientos, dirigidos a AUD. PROVINCIAL

2014 2015

Dirigidos a la Sección Primera (Civil) 496 722

Dirigidos a la Sección Segunda (Penal) 1.026 1.030

Total 1.667 1.752

Suma TOTAL de REGISTROS efectuados en esta unidad de Reg.General 93.337

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

201

2.2.- UNIDAD DE REPARTO:

-Dotación de personal: 1 Gestor y 4 tramitadores.

2.2.1.- COMPARATIVA de Registros y REPARTOS AÑOS 2013-2014-2015

2013 2014 2015

CIVIL (demandas + exhortos) 9.666 9.162 12.016

SOCIAL 4.283 3.618 3.046

CONTENCIOSO-ADMTVO (recursos + exhortos) 1.045 1.195 1.141

PENAL (Jdos de lo PENAL) (para enjuiciar + exhortos) 2.121 887 620

MERCANTIL (demandas + exhortos) 377 573 522

EXHORTOS dirigidos al SCPG (SCACE) 3.266 2.087 3.369

EXHORTOS dirigidos al SCPG (Sección Otros Servicios) --- 160 369

PENAL (Jdos de INSTRUCCIÓN)(C.instruidas+exhortos) 29.859 29.488 29.077

Total registros y repartos 50.617 47.170 50.176

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

202

3.- SECCIÓN DE OTROS SERVICIOS

Seguidamente se relacionan los datos estadísticos de esta Sección, separando los correspondientes

a la unidad de REGISTRO GENERAL y los correspondientes a la de REPARTO.

3.1.- Relación de REGISTROS efectuados en esta Sección

2013 2014 2015

Apoderamientos apud acta 519 1.194 1.468

Comunicaciones 39 86 201

Exhortos* 3.266 1.192 -----

Justicias gratuitas 78 113 88

Expedientes gubernativos --- --- 72

Otros asuntos 44 56 280

Jueces sustitutos 7 10 13

Juntas de Jueces 22 26 30

Jueces de Paz 7 24 4

Juramentos 5 0 0

Expedientes de queja 36 51 65

Sugerencias 3 9 6

Nombramientos de peritos* 263 188 176

Otros 3 23 101

Videoconferencias pasivas --- 223 237

Reprografía --- 19 68

TOTAL 4.292 3.214 2.809

*Suma de los peritos designados por la aplicación informática más los designados al margen de ella

OTRAS ACTUACIONES

2013 2014 2015

Encuadernación de Sentencias --- --- 9.180

Asistencia a matrimonios civiles (en sustitución) --- --- 8

Ley del Jurado: Excusas o reclamaciones* --- 144 Próx .año

*Desde el 1-05-2014 esta Sección se encarga únicamente de las provenientes de todas las Upad así como

de las todas las que tengan por destino la Diputación Foral de Álava y el SCEJ efectúa sus propias

consultas salvo las dirigidas a la Diputación Foral de Álava.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

203

3.2.- LEY DEL JURADO

A partir del 6 de octubre de 2014, esta Sección se hizo cargo de la gestión de todos los actos de

comunicación, recepción de reclamaciones, resolución y notificación a los interesados y expedición de

comunicaciones a los organismos o instituciones determinadas por la Ley Orgánica del Tribunal del

Jurado. Al ser bianual la elección de jurados y haberse hecho la última el pasado año, no procederán

nueva actividad al respecto hasta el año 2016.

3.3.-SERVICIO DE AVERIGUACIÓN DE BIENES

Servicio centralizado en esta oficina para la averiguación de bienes a solicitud de los órganos

judiciales de esta plaza, según extracto informático que se adjunta:

2013 2014 2015*

Total consultas (DGT+DForal+TGSS+INSS) 26.882 15.971 8.998

Solicitudes 7.748 6.805 6.935

*La evolución negativa obedece a la modificación competencial introducida con ocasión de la

implantación de la NOJ: hasta el 1 de mayo de 2014 todas las averiguaciones de bienes se centralizaban

en esta oficina. A partir de dicha fecha, el Servicio Común de Ejecución viene efectuando por sí mismo

las averiguaciones de bienes que precisan sus dos secciones, salvo cuando solicitan información

acerca de bienes de los que conozca la Diputación Foral de Álava, que permanecen centralizadas en

esta Sección.

3.4.- SERVICIO DE INFORMACIÓN

Pese a que se ha gestionado con personal de esta Sección dicho servicio, no constan datos

estadísticos registrados, encontrándonos a la espera de la recepción de las correspondientes instrucciones

al respecto.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

204

3.5.- ARCHIVO JUDICIAL TERRITORIAL

Los registros llevados a cabo durante el año 2015 y su comparativa con los dos años precedentes

es la que sigue:

REGISTROS efectuados en el ARCHIVO TERRITORIAL

2013 2014 2015

1º Nº de expedientes recibidos en el ARCHIVO 49.875 46.897 38.501

2º Nº de expedientes desarchivados + devueltos 15.066 15.648 18.043

3º Nº de registros de efectos recibidos + devueltos No se contabilizaron 663

4º Nº de expedientes de expurgo incoados y tramitados 5 5 1

Material documental destruido en dichos expurgos: 6.380 16.100 kgs. -----

Efectos en depósito destruidos previa autorización: 1.140 0 kgs. -----

Total registros 57.208

3.6.- SERVICIO DE SALA

Nº de vistas asistidas por los auxiliadores de esta Sección 6.860

Vistas en la Audiencia Provincial asistidas por sustitución * 8

Grabación de diligencias de reconocimiento judicial fuera de la sede 8

*La prestación de este servicio a las Upad Penal de Instrucción y a la Audiencia Provincial, no se

efectuó con carácter general durante el presente año al disponer dichos órganos de auxiliador propio,

realizándose únicamente en caso de ausencia o de imposibilidad de éstos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

205

3.7.- OTROS SERVICIOS

Sin reflejo informático por la inexistencia, de momento, de un programa que los compute, se han

venido realizando otras funciones asistenciales no preceptivas a órganos judiciales o Servicio Común

de Ejecución como:

-Apoyo al SCEJ (Secciones A y B) y ocasionalmente a otros órganos (Aud. Provincial- Reg. Civil) en la

elaboración del correo diario* 146 ocasiones

-Asistencia a matrimonios civiles 8 días

-Servicio ocasional de foliado de autos (Social, Civil y Mercantil) No contabilizados

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

206

6.2.2 SERVICIO COMÚN PROCESAL DE EJECUCIÓN DE VITORIA-GASTEIZ

1.- SECCION CIVIL/SOCIAL/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA:

1.- Recursos Humanos y organización del trabajo.

a) Estructura del SCEJ, SECCION CIVIL/SOCIAL/CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO.

b) Relaciones de puestos de trabajo.

c) Integración y funciones de los equipos de trabajo.

d) Movilidad de la plantilla.

2.- Datos de productividad.

3.- Objetivos y necesidades observadas.

2.- SECCION PENAL:

1.- Actividad Laboral.

2.- Recursos Humanos:

a) Estructura del SCEJ-PENAL: Equipos y Grupos.

b) Relaciones de Puestos de Trabajo.

c) Integración de los Equipos y Reparto del trabajo.

d) Funciones de la Gestora Responsable.

e) Movilidad de la plantilla.

f) Formación de la plantilla.

3.- Datos de Productividad.

4.- Necesidades, objetivos y mejoras.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

207

1- SECCIÓN CIVIL, SOCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

A) ESTRUCTURA DEL SCEJ CIVIL-SOCIAL-CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Durante el año 2015, se ha cumplido con lo establecido en la Resolución de 29 de octubre, de la

Directora de la Oficina Judicial y Fiscal del Gobierno Vasco, por la que se determinó la organización

detallada de la Nueva Oficina Judicial de Vitoria-Gasteiz.

Conforme a dicha resolución, la Sección Civil-Social - Contencioso Administrativo del SCEJ ha

estado conformada por los siguientes equipos:

-Equipo de inicio.

-Equipo ejecución de asuntos de familia.

-Equipo de ejecución civil y mercantil.

-Equipo de ejecución social y Contencioso-Administrativo.

Una vez entró en vigor la Nueva Oficina Judicial en Vitoria-Gasteiz, y con el fin de proceder a

una mejor organización del trabajo, se crearon al margen de los preceptivamente establecidos en la

Resolución de 29 de octubre indicada, los siguientes equipos de trabajo:

-Equipo de Caja.

-Equipo de hipotecarios.

Estos dos equipos han seguido funcionando a lo largo del año 2015, dado el buen funcionamiento

de los mismos desde su creación.

B) RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

La dotación asignada al Servicio Común de Ejecución, Sección Civil-Social -Contencioso

Administrativo durante el año 2015 ha sido la siguiente:

- Secretario Director.

- Letrado de la Administración de Justicia, Jefa de Sección.

- 2 Letrados de la Administración de Justicia Procesalistas.

- 2 Letrados de la Administración de Justicia con compatibilidad.

- 1 Gestor Responsable.

- 17 funcionarios del cuerpo de Gestión Procesal.

- 23 funcionarios del cuerpo de Tramitación Procesal.

- 2 funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

208

Cuerpo Nombre

Gestión

AGUSTINA JIMENEZ

BORREGO

encontrándose desde el

01/10/2015 liberada por

euskera, siendo sustituida por

MARIA JESUS FERRERO

USUNAGA

titular

Gestión MANUELA PEREZ

ALAVARO titular

Gestión MAITE BLAZQUEZ

MORCUENDE Interina ocupa vacante

Tramitación ENCARNACIÓN DURÁN

LOPEZ

Interina cubriendo excedencia

voluntaria de titular, por

cuidado de hijo menor.

Tramitación IÑIGO GOIRIA MADARIA Interino ocupa vacante

Tramitación MARINA AZAGRA RAMOS Interina ocupa vacante

Gestión

AMAIA QUINTEIRO

GARCIA, encontrándose desde

el 01/1072015 liberada por

euskera y siendo sustituida por

la funcionaria MARIA ELENA

SOTO RUBIO

Titular

Gestión SONIA CARRETE RIVAS titular

Reseñar que desde el mes de noviembre de este año, el Secretario Director del servicio, causó

baja laboral, siendo sustituido en la actualidad por la Letrada de la Administración de Justicia, Jefa de

sección, SILVIA ZUBIZARRETA GARCIA.

El Servicio Común de Ejecución Civil- Social -Contencioso Administrativo está dividido en 5

equipos que a continuación se pasan a reseñar, así como las funciones que realiza cada uno de los

mismos:

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EQUIPO DE INICIO:

Letrado de la Administración de Justicia, Jefa de Sección, Dña. Silvia Zubizarreta Garcia.

Integrado por 5 Gestores y 3 Tramitadores.

Funcionarios

En Octubre de 2015, se procedió al cambio en la distribución del trabajo en el equipo de inicio, a

fin de dinamizar el mismo y equilibrar la carga de trabajo entre los funcionarios integrantes. El trabajo de

este equipo ha quedado distribuido de la siguiente forma:

Se han formado 4 grupos de trabajo, distinguidos por letras:

Grupo INI A: integrado por un Gestor y un tramitador. Le corresponde la tramitación de las

ejecuciones civiles y mercantiles acabadas en 1,2 y 3.

Grupo INI B: integrado por dos Gestores. Le corresponde la tramitación de las ejecuciones civiles

y mercantiles acabadas en 3,4, y 5.

Grupo INI C: integrado por un Gestor y un tramitador. Le corresponde la tramitación de las

ejecuciones civiles y mercantiles acabadas en 6,7 y 8.

Grupo INI D: integrado por un Gestor y un tramitador. Le corresponde la tramitación de las

ejecuciones acabadas en 0. Este grupo de trabajo, se ocupa de dar apoyo a los restantes grupos en la

incoación de todas las ejecuciones (dictado del auto y decreto de despacho de ejecución). Asimismo, se

encarga también de remitir los procedimientos al equipo de apremio.

Cada grupo de trabajo tiene asignado por número expedientes de cuya tramitación se encarga

hasta su remisión al equipo de apremio. Esta remisión se realiza una vez ha transcurrido el plazo de

oposición a la ejecución y/o cuando el cualquier momento del procedimiento se solicite por el ejecutante

un embargo distinto al solicitado con el escrito de demanda.

Funciones de los grupos que engloban el equipo de inicio:

-Registro de demandas.

-Dictado del auto y decreto de despacho de ejecución respecto a las ETJ, ENJ y EAR de orden

civil y mercantil.

-Notificación de las resoluciones anteriores y gestión de las notificaciones negativas cuando

proceda.

-Realización de los embargos decretados en el primer decreto de embargo.

-Incoación y tramitación de las piezas de oposición a la ejecución.

-Remisión de los expedientes al equipo de apremio.

Dentro de cada grupo de trabajo, los gestores se encargan de la tramitación de las Ejecuciones de

Título No Judicial, así como de las Ejecuciones derivadas de los Juicios Cambiarios y de los Juicios de

Desahucios que dan lugar a los lanzamientos. Igualmente se ocupan de la gestión de los embargos

telemáticos. El tramitador junto con el gestor se encarga de la admisión y trámite del resto de ejecuciones

de orden civil y mercantil así como de su tramitación.

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EQUIPO DE FAMILIA:

Letrado de la Administración de Justicia, Jefa de Sección Dña. Silvia Zubizarreta Garcia.

Integrado por 2 Gestores y 1 Tramitador.

Funcionarios

Cuerpo Nombre

Gestión MARI SOL ARRAZOLA GOMEZ titular

Gestora ADELA ARCE GARCIA titular

Tramitación MIGUEL ANGEL CASADO GARCIA Interino ocupa

vacante

Se han formado cuatro grupos de trabajo:

Grupo FAM A.

Grupo FAM B.

Grupo FAM C.

Grupo FAM D.

Se encargan de la tramitación de las ejecuciones de familia desde el inicio hasta su finalización.

1 Gestor integra el grupo FAM A y FAM D y se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones de

Familia dimanantes de la UPAD Civil nº 8 y de la UPAD de Violencia contra la Mujer.

1 Tramitador integra el grupo FAM B y un Gestor integra el grupo FAM C y se encargan de la

tramitación de las Ejecuciones de Familia dimanantes de la Upad civil 4, así como de las Ejecuciones de

Familia antiguas de las UPADs números 1, 2 y 5.

Cabe indicar, que al margen del reparto de asuntos anteriormente indicado, los funcionarios

integrantes del equipo de familia, se prestan apoyo diario cuando la carga de trabajo de un compañero

así lo requiere, de ahí el buen funcionamiento de éste.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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EQUIPO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y SOCIAL:

Letrada de la Administración de Justicia, IDOIA ZABALA ORTEGA.

Integrado por 2 Gestores y 3 Tramitadores.

Funcionarios

Cuerpo Nombre

Gestión ELENA GUINEA ESCRIBANO

Interina que ocupa de

titular en comisión de

servicios de gestora

responsable.

Gestión ASUNCION VERGUINZAS NIETO titular

Tramitación MARIA ANGELES CASTRO AYUELA titular

Tramitación

MARIA JOSE SAINZ BRETÓN, liberada

por euskera desde el 01/10/2015 y siendo

sustituida por MAITE GOMEZ DE

SEGURA OROZCO

titular

Tramitación ANA MARIA HERNANDEZ PETISCO Interino ocupa

vacante

Se han formado 5 grupos de trabajo:

Grupo SOC A.

Grupo SOC B.

Grupo SOC C.

Grupo SOC D.

Grupo SOC E.

Se encargan de la tramitación en su totalidad de las ejecuciones Sociales y Contencioso

Administrativas desde su inicio hasta su finalización.

El grupo SOC A, está integrado por 1 Gestor que se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones

Sociales finalizadas en 1 y 2 así como de las Ejecuciones pares Contencioso Administrativas.

El grupo SOC B está integrado por 1 Gestor se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones

Sociales finalizadas en 3 y 4 así como de las ejecuciones impares Contencioso Administrativas.

El grupo SOC C está compuesto por 1 Tramitador se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones

Sociales finalizadas en 5 y 6.

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El grupo SOC D está integrado por 1 Tramitador se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones

Sociales finalizadas en 7 y 8.

El grupo SOC E está integrado por 1 Tramitador se ocupa de la tramitación de las Ejecuciones

Sociales finalizadas en 9 y 0.

EQUIPO DE HIPOTECARIOS:

Letrado de la Administración de Justicia CRISTINA RUBIO DOMINGO.

Integrado por 1 Gestor y 1 Tramitador.

Funcionarios

Cuerpo Nombre

Gestión CRISTINA MARTINEZ MARTINEZ titular

Tramitación ITZIAR ISASI OTAOLA Interina ocupa vacante

Se ocupa de la tramitación del procedimiento Hipotecario desde su inicio hasta su finalización o

transformación en Ejecución de Título No Judicial.

Cabe indicar que a consecuencia de la Ley 19/2015 de 13 de julio, de medidas de reforma

administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y Registro Civil, el 15 de octubre de 2015

entró en vigor la subasta electrónica, la cual ha supuesto un cambio sustantivo en la tramitación de las

subastas. Con motivo de esta reforma, la Gestora Responsable del servicio, ha asumido la tramitación

procesal de las subastas dimanantes de los procedimientos

EQUIPO DE APREMIO:

Este equipo se encuentra distribuido en 6 grupos de trabajo, integrados por:

Dña. IDOIA ZABALA ORTEGA, Letrado de la Administración de Justicia procesalista.

Gestiona el GRUPO 3, así como de las ejecuciones pares del GRUPO 2 de apremio.

Dña. MARIA JESUS ARIZAGA ZIORDIA, Letrado de la Administración de Justicia

procesalista. Gestiona el GRUPO 5, así como de las ejecuciones pares del GRUPO 4 de apremio.

Dña. ALTAMIRA MIRANDA GOMEZ, Letrado de la Administración de Justicia, procesalista.

Gestiona el GRUPO 6, así como las ejecuciones impares del GRUPO 4 de apremio.

Dña. CRISTINA RUBIO DOMINGO, Letrado de la Administración de Justicia. Gestiona el

GRUPO 1 y las ejecuciones impares del GRUPO 2 de apremio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

213

Cada grupo de trabajo está formado por 1 Gestor y 2 Tramitadores. El Gestor se encarga de

dirigir al grupo y por ende la tramitación de todas las ejecuciones, distribuyendo el trabajo dentro de su

grupo. Asimismo, se encarga de la tramitación de los escritos de mayor complejidad, repartiendo los

restantes entre los tramitadores del grupo, controla la cuenta de depósitos y consignaciones, y realiza los

embargos telemáticos.

Funcionarios del grupo 1

Cuerpo Nombre

Gestión CLARA ISABEL SANTOS HERRERA titular

Tramitación MARIA TERESA GARCIA SANTA

CRUZ interina ocupa vacante

Tramitación INES GARCIA MURILLO interina ocupa vacante

Funcionarios del grupo 2

Cuerpo Nombre

Gestión MARIA JOSE FEIJOO GONZALEZ titular

Tramitación ARANZAZU IZARRA AZUMENDI interina ocupa vacante

Tramitación MARIA ROSARIO IBARRA OCHOA DE

ERIBE interina ocupa vacante

Funcionarios grupo 3

Cuerpo Nombre

Gestión JOSE ANTONIO GIL MINGUEZ titular

Tramitación MARIA GLORIA VIGURI GUINEA Interina ocupa vacante

Tramitación CRISTINA ESQUIDE SAENZ DE

LAFUENTE interina ocupa vacante

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214

Funcionarios del grupo 4

Cuerpo Nombre

Gestión INMACULADA MONTOYA GUEVARA titular

Tramitación BEATRIZ ANZUELA MARTINEZ interina ocupa vacante

Tramitación MARIA ARANZAZU GARCIA

RABANAL interina ocupa vacante

Funcionarios del grupo 5

Cuerpo Nombre

Gestión JAVIER VAZQUEZ RODRIGUEZ titular

Tramitación MARIA BEGOÑA MINGUEZ LOPEZ interino ocupa vacante

Tramitación IGOR FREIRE PENIN interino ocupa vacante

Funcionarios del grupo 6

Cuerpo Nombre

Gestión JUAN MIGUEL MARCHENA titular

Tramitación PEDRO LUIS MORO SAN NICOLAS interino

Tramitación MARIA SANTOS MARTIN

GARAGALZA interino por vacante

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EQUIPO DE CONSIGNACIONES:

Entró en funcionamiento el 19 de Mayo de 2.014 y ha seguido funcionando durante el año 2015.

Integrado por 1 Gestores y 2 Tramitadores.

Funcionarios del grupo de caja

Cuerpo Nombre

Gestión MONIKA ANSOTEGUI ELORDI

Interina ocupa la plaza

de la titular que se

encuentra en comisión

de servicios como

gestora responsable

Tramitación RAQUEL OGUETA PEREZ interina

Tramitación MARI CRUZ GARCIA POLANCO interina

Corresponde al Equipo de Consignaciones las siguientes atribuciones:

- Recepción resguardo de consignaciones.

- Localización expediente ejecución.

- Elaboración Diligencia de Ordenación, dando destino legal a la consignación.

- Elaboración mandamiento de pago- transferencia.

- Unión diligencia de notificación de la resolución dictada.

- Actualizar la hoja de cálculo asignada al expediente ejecutivo.

- Colocación del expediente ejecutivo en el lugar asignado por el Equipo de Apremio

correspondiente.

Respecto a la elaboración de mandamiento de pago-transferencia, este equipo se ocupa de la

elaboración de los pagos periódicos.

Este Equipo se ocupa de la tramitación de los exhortos “generales”, aquellos que no se dimanan

de ninguna Ejecución.

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216

FUNCIONES DE LA GESTORA RESPONSABLE

Desde la entrada en vigor de la NOJ en Vitoria-Gasteiz, la Gestora Responsable BLANCA

VIRGINIA HERMOSILLA ARTOLA, viene desarrollando las funciones establecidas para su puesto de

trabajo por el Departamento de Justicia del Gobierno Vasco, en las monografías de puestos de trabajo,

así como funciones propias del cuerpo de Gestión procesal.

Funciones exclusivas del puesto:

-Gestión de sistemas de calidad: actualización y control de los registros informáticos, cotejo de

listados de escritos recibidos, dar entrada a los mismos y reparto entre los grupos de trabajo, revisión

diaria de la bandeja de entrada; control de ejecuciones y de escritos pendientes e impulso de los mismos;

control de procedimientos inactivos; control de fases y/o estados.

-Gestión de recursos humanos: planificación de vacaciones y/o asuntos; acogimientos de nuevos

funcionarios; gestión de claves, tutorías, etc.

-Gestión de recursos materiales: detención de necesidades materiales y tramitación de las mismas

(teléfonos, material, fax…).

-Planificación de actividades del servicio: control de la productividad de los diferentes equipos y

organización de los mismos; comunicar y aplicar protocolos, instrucciones y comunicaciones que se

reciben.

Funciones propias del cuerpo de Gestión Procesal:

-Apoyo a equipos en la tramitación de los procedimientos cuando las necesidades lo hacen

oportuno (nuevos funcionarios, bajas, etc.).

-Tramitación de las subastas dimanantes de las ejecuciones hipotecarias del servicio.

FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL:

JOSÉ JESÚS FERNÁNDEZ DE LARREA

ARGIÑE LÓPEZ POBLACIÓN, funcionaria interina ocupa vacante.

La sección Civil, Social y Contencioso-Administrativo se encuentra dotada de 2 funcionarios

pertenecientes al cuerpo de Auxilio Judicial, uno en la Sección A ((Apremio) y uno en la Sección B

(Equipo Inicio, Familia, Social y Contencioso-Administrativo, Hipotecarios y Subastas).

Estos funcionarios se ocupan de la canalización del público a los diferentes equipos, gestión del

archivo existente en el propio servicio así como de la remisión de expedientes al archivo general, correo

y reparto de toda la documentación que se recibe en el Servicio a los diferentes equipos, etc.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

217

C) MOVILIDAD DE LA PLANTILLA

Durante el año 2015 y dado el gran número de funcionarios que integran la plantilla del SCEJ

CIVIL, éste ha sufrido gran número de movimientos de personal, pasando a continuación a reseñar los

más importantes:

-Movimientos derivados de bajas de larga duración:

Han sido 4, los casos de bajas de larga duración, los que durante el 2015 ha habido en este servicio. La

problemática derivada de éstas, radica en la tardanza por parte del Departamento de Recursos Humanos

del Gobierno Vasco en la cobertura de estas plazas, transcurriendo normalmente un plazo de un mes y

medio, desde que se produce la vacante en el puesto, hasta que finalmente, se nombra funcionario

interino para su cobertura. Este hecho conlleva numerosos problemas a nivel organizativo, ya que el

resto de funcionarios que integran el equipo donde se da la ausencia, deben asumir, muchas veces con

gran dificultad, el trabajo que realizaba la persona que causa la baja.

-Movimientos derivados de liberaciones para estudio de euskera:

Cuatro han sido las personas que durante el año 2015 han estado liberadas por este motivo. Si bien es

cierto que estos casos son cubiertos por el Departamento desde la fecha de inicio del hecho causante, nos

hemos tenido que enfrentar a la formación del personal interino nombrado, lo cual a veces y dependiendo

de las cualidades de los mismos (experiencia y aptitudes personales), lleva un largo tiempo, tiempo

durante el cual, el funcionario nombrado no trabaja con la rapidez y eficiencia que este servicio requiere.

-Movimientos derivados de ceses producidos como consecuencia de plazas perfiladas con

euskera:

2 han sido los funcionarios que con fecha 15/11/2015 cesaron en sus puestos de trabajo al no poseer el

perfil lingüístico requerido para su puesto.

Cabe reseñar que el equipo de inicio ha sido el que más ha acusado los movimientos de personal

durante el año 2015:

Baja por embarazo de alto riesgo de una de sus funcionarias y su posterior baja por maternidad y

disfrute de vacaciones y días de asuntos pendientes. Esto ha dado lugar a que su puesto haya estado vacío

durante largo tiempo, (más de dos meses).

Liberación por euskera de dos funcionarias del cuerpo de Gestión, con incorporación de personal

que ha tenido que ser formado.

Incorporación de funcionaria titular tras acabar con liberación de euskera.

Todos estos movimientos, han dado lugar a que el equipo se haya resentido, ya que tanto las

ausencias en los puestos de trabajo como las nuevas incorporaciones de funcionarios muchas veces sin

experiencia, conlleva una disminución del trabajo que cada día se saca. Si bien este equipo tiene al día de

la fecha unos extraordinarios números: las demandas se incoan si no al día, al día siguiente a su

presentación, no gran número de pendencia en escritos, para llegar a esto, se ha tenido que realizar por

parte de los integrantes del equipo un gran esfuerzo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

218

2.-DATOS DE PRODUCTIVIDAD

INCOACIONES

En el año, se han incoado un total de procedimientos de ejecución civil que se desglosan en:

ETJ 2366

ENJ 132

EJH 138

EFM 276

EAR 8

POJ y POH 281 y 36

CUP 11

CUA 9

ITC 43

CIN 0

PDG 2

PJG 21

Procedimientos Mercantiles incoados:

ETJ 112

EAR 0

POJ 23

PJG 0

Procedimientos Sociales incoados:

PEJ 702

ENJ 27

Procedimientos Contenciosos incoados:

EJ1 79

PZ1 2

PZ7 0

De las incoaciones habidas, el mayor número corresponde a ejecuciones de título judicial y dentro

de estas a ejecuciones dinerarias.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

219

REAPERTURAS DE ASUNTOS QUE SE ENCONTRABAN EN EL ARCHIVO PROVINCIAL

En el año 2015 se han reaperturado un total de 3044 asuntos.

Las principales causas del número de reaperturas se deben a:

-petición de la parte ejecutante.

-tramitación de la sucesión procesal por cesión de créditos.

-depuración de la cuenta de depósitos y consignaciones.

La distribución de las reaperturas sería la siguiente:

Asuntos civiles 2658

Asuntos mercantiles 62

Asuntos sociales 318

Asuntos Contencioso administrativo 6

DEMANDAS EN TRÁMITE A FECHA 31-12-2015

ASUNTOS CIVILES

ETJ 5299

ENJ 1116

EJH 396

EFM 561

EAR 24

POJ 72

CUP 1

CUA 5

ITC 8

CIN 0

PDG 1

PJG 3

ASUNTOS MERCANTILES

ETJ 226

EAR 1

ITC 0

PJG 0

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ASUNTOS SOCIALES

PEJ 302

ENJ 12

ASUNTOS CONTENCIOSOS

EJ1 49

PZ1 1

PZ7 0

ASUNTOS RESUELTOS ARCHIVADOS DEFINITIVA O PROVISIONALMENTE

El total de asuntos archivados definitivamente en el 2015:

Asuntos civiles 1715

Asuntos mercantiles 63

Asuntos sociales 531

Asuntos contencioso administrativo 78

El total de asuntos archivados de forma provisional durante 2015:

Asuntos civiles 3425

Asuntos mercantiles 76

Asuntos sociales 406

Asuntos contencioso administrativos 4

ENTRADA DE ESCRITOS

En este Servicio se han recibido un total de 19488 escritos, distribuidos de la siguiente forma:

Escritos civiles 22951

Escritos Mercantiles 838

Escritos Contencioso Administrativo 300

Escritos Sociales 3219

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

221

EXHORTOS

En este Servicio se han recibido un total de 103 solicitudes de auxilio judicial (exhortos),

correspondiendo 98 a asuntos civiles y 4 a asuntos del orden social y 1 asuntos de orden contencioso

administrativo.

INTERVENCIÓN DE LA UPAD

Solicitudes de intervención a la Upad realizadas por el SCEJ

Upad Civiles 1274

Upad Mercantil 40

Upad Sociales 158

Upad Contencioso-administrativo 62

SUBASTAS

En el 2015 se han señalado un total de 193 subastas, correspondiendo el mayor número de estas a

Ejecuciones Hipotecarias.

3.-OBJETIVOS Y NECEDIDADES OBSERVADAS:

OBJETIVOS

Los objetivos principales de la sección Civil-Social-Contencioso Administrativo del SCEJ,

durante el año 2015, han sido la calidad y la agilidad.

Calidad en la tramitación de ejecuciones:

- Unificación de criterios procesales para todo el servicio.

- Utilización de los modelos informáticos de justicia bat, prescindiendo así del llamado texto libre

y limitándose éste solo para los casos indispensables en los que no existe modelos.

-examen cuidadoso de las demandas presentadas, a fin de que cumplan con todos los requisitos

legalmente establecidos (transcurso del plazo del artículo 548 de la LEC, demandas firmadas por

abogado y procurador, aportar tasa judicial en los casos preceptivos, etc.) para evitar declaraciones de

nulidad por causas imputables a este servicio.

-archivo provisional de los procedimientos por inactividad de las partes en el plazo de 6 meses.

-especial cuidado en la tramitación de los procedimientos hipotecarios, debido a la alarma social y

a la complejidad de los mismos. Estos procedimientos, como ya se ha indicado, son tramitados por un

equipo especializado desde el inicio de la NOJ.

-control de las fases y estados de los procedimientos, en aras a la adecuación, de la realidad física

del expediente con la aplicación informática.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

222

-control de las bandeja de entrada de asuntos y de entrada de escritos, procurando que las mismas

se encuentren actualizadas.

-Con la entrada en vigor de la nueva subasta electrónica, este servicio ha procedido a llevar a

cabo la misma desde el primer día de su entrada en vigor, siendo señaladas éstas, nada más se presenta

escrito en solicitud por la parte ejecutante.

Indicar que aunque al día de la fecha no han sido instaurados para Vitoria-Gasteiz los indicadores

de calidad fijados para los Servicios Comunes de Ejecución de Vitoria-Gasteiz, al día de la fecha se

trabaja teniendo en cuenta los mismos y realizándose por la Gestora Responsable un control diario.

Agilidad en la tramitación de las ejecuciones:

Se siguen manteniendo los criterios fijados desde el inicio de la NOJ y que son:

-Registro de ejecuciones en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su recepción. Indicar que

hasta la fecha se ha procedido a su registro en el mismo día de su recepción, salvo algún caso aislado y

por motivos puntuales.

-Proveer los escritos presentados en el plazo máximo de 10 días desde su recepción. Cabe indicar

que pese a que este objetivo se ha estado cumpliendo, al elaborar este servicio la estadística trimestral,

siempre hay escritos pendientes de proveer de más de 30 días de antigüedad. Estos escritos son en

muchas ocasiones escritos que están en las UPADs.

-Evitar que los procedimientos se encuentren inactivos por causa imputable al SCEJ.

-Archivo provisional de las ejecuciones por inactividad de las partes en el plazo de 6 meses.

NECESIDADES OBSERVADAS

Tutorías:

Revisión de la política llevada a cabo por el Departamento de Justicia de Gobierno Vasco en

relación a las tutorías.

En la actualidad este servicio se encuentra con graves problemas a la hora de buscar persona

dispuesta a realizar las tutorías, debido a los requisitos de horario sobre realización de las mismas fijados

por el Departamento.

Debido a lo expuesto, ha habido ocasiones en las que ha sido imposible llevar a cabo las mismas,

por lo que se solicita la revisión urgente de las tutorías, incidiendo en la flexibilidad del horario para

poder realizar las mismas.

-Este servicio considera necesidad imperiosa, que el Departamento de Justicia del Gobierno

Vasco, proceda a la cobertura de las vacantes existentes (baja de larga duración, vacante, excedencias,

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

223

liberaciones por euskera), a la mayor brevedad posible, entendiendo que en el plazo máximo de una

semana se debería proceder al nombramiento de funcionario interino/a.

En la realidad los nombramientos se dilatan en el tiempo y esto conlleva retrasos por acumulación

de tareas en la tramitación de los procedimientos.

Problemática con los funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial.

Si bien el SCEJ civil se encuentra dotado con 2 funcionarios del cuerpo de auxilio judicial, lo cual

se considera correcto y suficiente, la problemática a la que nos enfrentamos viene dada no por el número

de estos funcionarios, sino por la separación física existente entre los mismos.

El SCEJ civil-social-contencioso administrativo, ocupa en la actualidad la 5ª planta del palacio de

justicia, pero encontrándose separada en dos alas de dicha planta. Por este motivo los funcionarios de

auxilio judicial, se encuentran divididos, siendo imposible la sustitución entre los mismos, en los

periodos de vacaciones, permisos, descansos, etc.

Este servicio, ha tenido que articular un turno rotatorio entre los funcionarios del SCEJ, para

cubrir las ausencias del auxilio judicial en los casos indicados.

Si bien gracias al turno de cobertura establecido, las funciones inherentes al auxilio judicial

quedan cubiertas, ello conlleva que los funcionarios de los cuerpos de tramitación y gestión, dejen de

realizar en estos casos, las propias funciones que tienen encomendadas, como es la tramitación de los

procedimientos.

Por lo indicado y que pese a que por este servicio se ha solicitado en reiteradas ocasiones el

nombramiento de funcionario del cuerpo de auxilio en situación de refuerzo administrativo, se vuelve a

reiterar la petición, solicitándose que al menos se proceda a su nombramiento en periodos concretos

como vacaciones y bajas laborales.

Cobertura inmediata de las bajas por enfermedad.

Que por el departamento y en bajas laborales que se prevén de larga duración, se proceda de

forma inmediata a la cobertura de las mismas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

224

Incidencias informáticas.

A lo largo de este año se han ido dando respuesta y en muchas ocasiones solución, a las

incidencias informáticas planteadas.

Una de ellas ha sido, que en las ocasiones en que por este servicio se da intervención a las

UPADs, estas puedan dar de alta a nuevos intervinientes ( testigos y peritos) y proceder a notificar

informáticamente sus propias resoluciones.

No obstante lo anterior, al día de la fecha nos encontramos con que las diferentes UPADs, cuando

por este servicio se les da intervención, no pueden informáticamente, dar de baja los escritos que han

proveído, ya que al tratarse de ejecuciones, solo el SCEJ puede llevarlo a cabo.

Esto plantea problemas a la hora de elaborar las estadísticas, ya que el apartado de escritos

pendientes, refleja muchas veces, escritos que ya han sido proveídos por la UPADs, y que siguen

constando como pendientes de proveer.

Esto implica, que a fin de ajustar los datos informáticos con la realidad, la gestora responsable,

debe realizar una labor regular de investigación, a fin de conocer que escritos correspondientes a

ejecuciones que se encuentran en las UPADs, han sido realmente proveídos, para así proceder a la

eliminación informática de los mismos, y garantizar la coincidencia del expediente físico e informático.

SECCION PENAL DEL SERVICIO COMUN PROCESAL DE EJECUCION

INDICE

1.- Actividad Laboral.

2.- Recursos Humanos:

A) Estructura del SCEJ-PENAL: Equipos y Grupos.

B) Relaciones de Puestos de Trabajo.

C) Integración de los Equipos y Reparto del trabajo.

D) Funciones de la Gestora Responsable.

E) Movilidad de la plantilla.

F) Formación de la plantilla.

3.- Datos de Productividad.

4.- Necesidades, objetivos y mejoras.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

225

1.- ACTIVIDAD LABORAL

Dentro de la Sección Penal del SCEJ la actividad laboral desde sus inicios el 3 de marzo de

2.014 hasta el día de hoy, sin perjuicio de la descripción pormenorizada efectuada en la normativa

aplicable, se describe en:

1.- Las órdenes generales de ejecución de Sentencias dictadas en:

- Procedimientos de faltas y faltas rápidas remitidas por las UPAD de Instrucción y de Violencia

sobre la mujer del Partido Judicial de Vitoria-Gasteiz.

- Diligencias Urgentes remitidas por las UPAD de Instrucción del partido Judicial de Amurrio y

Vitoria-Gasteiz.

- Procedimientos abreviados remitidos por las UPAD penales.

- Órdenes de ejecución penal de la Audiencia Provincial.

2.- Las órdenes generales de ejecución de los títulos ejecutivos (decretos fin) procedentes de Juras

de Cuentas y Tasación de Costas, previamente tramitadas por las UPAD de Instrucción, Penales y

Audiencia Provincial, y cuya ejecución la tramita el SCEJ Penal.

3.- Ejecución de Sanciones pecuniarias de Tribunales Extranjeros de la U.E.

2.- RECURSOS HUMANOS

A) ESTRUCTURA DEL SCEJ-SECCION PENAL-: EQUIPOS Y GRUPOS:

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 29 de octubre, de la Directora de la

Oficina Judicial y Fiscal del Gobierno Vasco, la Sección Penal de Ejecución continúa a día de hoy

estructurada en tres equipos:

1.- EQUIPO DE INICIO

2.- EQUIPO DE FALTAS/DELITOS LEVES

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

226

3.- EQUIPO DE DELITOS:

3.1-DELITOS DE LOS JUZGADOS DE LO PENAL DE VITORIA-GASTEIZ:

- GRUPO 1: DELITOS DE PENAL 1.

- GRUPO 2: DELITOS DE PENAL 2.

3.2-DELITOS DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL.

- GRUPO 3

B) RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO:

El personal asignado en las relaciones de puestos de trabajo de la Sección Penal del SCEJ desde

sus inicios a día de hoy es el siguiente:

- 1 Director del Servicio Letrado de la Administración de Justicia.

- 1 Letrado de la Administración de Justicia, Jefa de la Sección.

- 3 Letrados de la Administración de Justicia Procesalistas.

- 1 Gestora Responsable.

- 6 Gestores.

- 10 Tramitadores.

- 2 Auxiliadores.

Se asigna un identificativo, consistente en una Letra, a cada funcionario que servirá para realizar

su encuadramiento en Equipos, Grupos y la individualización de la actividad procesal encomendada al

SCEJ y que deberán anotar en cada una de las peticiones y listados que elaboren.

C) INTEGRACION DE LOS EQUIPOS Y REPARTO DE TRABAJO:

La organización del Trabajo de este Servicio se plasmó en un inicio en las NORMAS DE

FUNCIONAMIENTO INTERNO, dictadas por el Secretario Director del mismo.

Con posterioridad se han producido cuatro cambios en aras a mejorar el reparto y la distribución u

organización del trabajo, dictándose, a tal efecto, cuatro Instrucciones a las que ya se hizo mención en la

memoria del año 2.014.

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Los equipos y Grupos actualmente se integran del siguiente modo:

1.- EQUIPO DE INICIO:

Está compuesto únicamente por la Gestora Responsable titular MARIA CIORDIA PASCUAL,

y sus funciones como componente de este equipo consisten en:

- Registro y Numeración de las ejecutorias con verificación del contador informático, a los

efectos de comprobar la correlación sucesiva del reparto de ejecutorias y de exhortos.

- Registro y Numeración de los exhortos y reparto entre los 6 gestores del Servicio previa

anotación manual en su Libro correspondiente.

- Registro de todos los escritos que entran en el Servicio, así como la solicitud de la migración

informática de las ejecutorias que se hallan en archivo definitivo de las Upad de Instrucción y de la

Audiencia Provincial cuando se presentan escritos relativos a la mismas para su control exhaustivo y

asignación de letra.

- Entrada informática de las resoluciones de la Comisión de Justicia Gratuita a través de la

Agenda.

2.- EQUIPO DE FALTAS/DELITOS LEVES:

Con la última reforma operada en el Código Penal, con entrada en vigor el 01/07/15, los

componentes de este equipo a parte de las Faltas que continúan en trámite hasta su extinción, empiezan a

tramitar los Delitos Leves.

Está compuesto por:

-2 Letrados de la Administración de Justicia Procesalistas:

MANUEL MARIA GARAVILLA VARGAS: Dirige, compatibilizando con la Upad de

Menores, dentro de este Equipo la ejecución de las UPAD de Instrucción 2,3 y 4 y Violencia

sobre la mujer.

Mª CONCEPCIÓN URBIETA LAVIADA: Dirige, compatibilizando con su trabajo en la

Sección 2ª de la Audiencia Provincial, dentro de este Equipo la ejecución de la UPAD de

Instrucción nº 1 y 4.

-1 Gestora:

BEGOÑA GONZALEZ BASTERRECHEA, interina, que tramita la ejecución de las Faltas y

Delitos Leves de la UPAD de Instrucción nº 3 y de la UPAD de Violencia Domestica y sobre la

Mujer. Así como Los números 3, 6 y 9 de la UPAD de Instrucción nº 4. Tiene asignada la Letra

INSTR-C.

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-2 Tramitadoras:

Mª DOLORES FLORES GARCÍA, interina, que tramita la ejecución de las Faltas y Delitos

Leves de la UPAD de Instrucción nº 1 y los números 1, 4 y 7 de la UPAD nº 4. Tiene asignada la

letra INSTR-A.

Mª BELEN RUIZ AMORES, interina, que tramita la ejecución de las Faltas de la UPAD de

Instrucción nº 2 y los números 2, 5 y 8 de la UPÀD nº 4. Tiene asignada la letra INSTR-B.

La Gestora del Equipo lleva como carga adicional la tramitación de los exhortos penales de las

UPAD de Instrucción de ámbito nacional que tengan entrada en este Servicio, así como se hace cargo de

la UPAD de Violencia sobre la Mujer

3.-EQUIPO DE DELITOS:

Está integrado por 3 grupos:

-GRUPO 1:

Tramitan la ejecución de la UPAD PENAL nº 1 de Vitoria-Gasteiz, así como las DUR de las

UPAD de Amurrio y de Instrucción por reparto igualitario con el Grupo 2, efectuado por el Servicio de

Registro y Reparto y la Ejecución de la Sanciones Pecuniarias de Países de la U.E. por igual reparto.

Está compuesto:

-1 Letrado de la Administración de Justicia Procesalista:

DANIEL RUIZ MARTÍNEZ dirige, a tiempo completo, este grupo.

-2 Gestoras:

ANA ISABEL FERNÁNDEZ PUELLES, titular, que tiene asignada la Letra P1- C para las

ejecutorias nuevas del Servicio y los números 5 y 6 de las ejecutorias antiguas desde la 219/11 y

las anteriores a ese año las que tengan asignada la letra C, así como todas las piezas separadas que

se originen dentro de las citadas ejecuciones.

Mª TERESA AZCOAGA MENDIZABAL, interina, que tiene asignada la Letra P1- B para las

ejecutorias nuevas del Servicio y los números 3 y 4 de las ejecutorias antiguas desde la 219/11 y

las anteriores a ese año las que tengan asignada la letra B, así como todas las piezas separadas que

se originen dentro de las citadas ejecuciones.

-4 Tramitadores:

FCA. ISABEL VERA ACEITUNO, interina, que tiene asignada la Letra P1- F para las

ejecutorias nuevas del Servicio y los números 7 y 8 de las ejecutorias antiguas desde la 219/11 y

las anteriores a ese año las que tengan asignada la letra F, así como todas las piezas separadas que

se originen dentro de las citadas ejecuciones.

MARIA GONZALEZ OTERO, titular, que tiene asignada la Letra P1- R para las ejecutorias

nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas acabadas en 9 y 0 desde la 219/11 y las anteriores a

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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ese año las que tengan asignada la letra R, así como todas las piezas separadas que se originen

dentro de las citadas ejecuciones.

JOSE Mª GRACIA CARIDAD, titular, que tiene asignada la Letra P1-A para las ejecutorias

nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas acabadas en 1 y 2 desde la 219/11 y las anteriores a

ese año las que tengan asignada la letra A, así como todas las piezas separadas que se originen

dentro de las citadas ejecuciones.

NOEMI BRIZ JIMENEZ, interina, que tiene asignada la Letra P1- J para las ejecutorias

nuevas del Servicio, más 56 ejecutorias nuevas que se le han dado para la creación de un armario

con un total de 80, de las cuales 26 ya estaban en trámite con la Letra J y el resto son nuevas, así

como todas las piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

-GRUPO 2:

Tramitan la ejecución de la UPAD PENAL nº 2 de Vitoria-Gasteiz y las DUR de las UPAD de

Amurrio y de INSTRUCCIÓN tal y como ya se ha mencionado y la Ejecución de la Sanciones

Pecuniarias de Países de la U.E. por igual reparto.

Está compuesto:

-1 Letrado de la Administración de Justicia:

Mª EUGENIA CARRICAJO LOBATO, que compatibiliza la Jefatura de la Sección con la

dirección de este grupo.

-2 Gestoras:

YOLANDA BARNETO GOMEZ, interina, que tiene asignada la Letra P2-B para las

ejecutorias nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas terminadas en 1 y 2, así como todas las

piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

OLGA GONZALEZ OTERO, interina, que tiene asignada la Letra P2- D para las ejecutorias

nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas terminadas en 7 y 8, así como todas las piezas

separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

-4 Tramitadoras:

Mª PILAR ORTIZ DE LUNA PANIEGO, interina, que tiene asignada la Letra P2-E para las

ejecutorias nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas terminadas en 0 y 9, así como todas las

piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

Mª MILAGROS VICARIO CORRAL, interina, que tiene asignada la Letra P2-A para las

ejecutorias nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas terminadas en 3 y 4, así como todas las

piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

ESTIBALIZ LUZURIAGA OYON, interina, que tiene asignada la Letra P2-C para las

ejecutorias nuevas del Servicio y las ejecutorias antiguas terminadas en 5y 6, así como todas las

piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

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MARI FE ALONSO BASCONES, titular con D.N.I. nº 13131985C, que tiene asignada la Letra

P2-F para las ejecutorias nuevas del Servicio habiéndosele repartido todas las ejecuciones

registradas en este grupo hasta el día 15 de

Abril para igualar la carga de trabajo, así como todas las piezas separadas que se originen dentro

de las citadas ejecuciones.

Las cuatro Gestoras del Grupo 1 y 2 llevan como cargar adicional la tramitación de los exhortos

penales de las UPAD Penales o Juzgados de lo Penal de ámbito nacional que tengan entrada en este

Servicio, así como la tarea de registro y reparto de la ejecutorias en caso de ausencia de la Gestora

Responsable por turno rotatorio.

-GRUPO 3:

Tramitan la ejecución de la Audiencia Provincial.

Está compuesto:

-1 Letrado de la Administración de Justicia procesalista:

Mª CONCEPCIÓN URBIETA LAVIADA: Dirige, compatibilizando con su trabajo en la

Sección 2ª de la Audiencia Provincial, la ejecución de este grupo.

-2 Gestoras:

Mª ARACELI SALVADOR HIDALGO, interina con D.N.I. nº 20182960T, que tiene asignada

la Letra AUD-D para las nuevas ejecutorias del Servicio y tramita igualmente las antiguas de la

Sección Penal abiertas en la Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz, así como los exhortos que

provengan de las Audiencias Provinciales que tengan entrada en este Servicio y todas las piezas

separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones.

Mª BEGOÑA GONZALEZ BASTERRECHEA, interina con D.N.I. nº 11907386X, que tiene

asignada la Letra AUD-C para la nuevas ejecutorias pares del Servicio a partir del 01/09/14, así

como todas las piezas separadas que se originen dentro de las citadas ejecuciones, llevando las

impares la otra gestora del grupo, compatibilizándolo con la ejecución de Faltas arriba señalada.

Asimismo el SCEJ sección Penal cuenta con dos funcionarias del CUERPO DE AUXILIO:

MARTA RUIZ DE LOIZAGA RUIZ, titular con D.N.I. nº 13305778W.

ALAZNE MORALES VIRIBAY, interina con D.N.I. n1 72827083K.

Dichas funcionarias tienen encomendadas las siguientes tareas:

-Control de entrada:

.Recibir autos, correo, fax, documentación, listados, piezas, etc… y su correspondiente sellado

con fecha de entrada.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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.Examinar que los expedientes, escritos, documentación en general o piezas de convicción van

dirigidos al Servicio Común de Ejecución-Sección Penal.

.Examinar que los listados que se presenten coincidan con los expedientes, piezas, escritos o

documentos que son remitidos y entregados en el Servicio.

NOTA: Seguidamente se entregan a la Gestora Responsable que les da entrada

informáticamente.

.Dar de alta y baja en los listados de Notificaciones a Procuradores y SCACE.

.Recepción de los expedientes que se han enviado a Fiscalía, llevando un control informático.

.Recepción de los expedientes que se envían a la Audiencia Provincial, llevando un control

informático.

.Abrir correspondencia general del Servicio.

-Control de Salida:

Consistiendo en el cotejo de los listados con los escritos, despachos o piezas que se envíen, así

como confirmar el lugar de destino de los mismos.

- Archivo y Desarchivo de Expedientes y Piezas:

Marta Ruiz de Loizaga se encarga del Archivo del Grupo 1 del Equipo de Delitos.

Alazne Morales Viribay se encarga del archivo del Grupo 2 del Equipo de Delitos.

El archivo de Ejecución de Faltas y Audiencia Provincial lo hacen entre las dos citadas

funcionarias del Cuerpo de Auxilio.

- Envíos a Fiscalía y Audiencia Provincial con sus respectivas anotaciones en los Libros.

- Correo, paquetería y reprografía.

Este Servicio cuenta con dos mostradores en los que las dos funcionarias del Cuerpo de Auxilio

prestan un cuidadoso servicio de atención, encargándose de:

-Recoger las llamadas telefónicas.

-Atender a profesionales y público, poniéndoles en contacto con el funcionario tramitador del

expediente correspondiente.

Para que la atención al ciudadano sea de la máxima calidad se han establecido para ambos

mostradores unos turnos de atención entre el resto de los funcionarios para todas aquellas ocasiones en

que falten los Auxilios Judiciales.

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D) FUNCIONES DE LA GESTORA RESPONSABLE

1.- PLANTEAMIENTO GENERAL

Con carácter general, le corresponde el desempeño de todas las funciones que con carácter

exclusivo se le atribuyen en el manual de procedimientos derivadas del carácter directivo del puesto.

Además, se le encomiendan una serie de tareas del ámbito propio de las competencias del cuerpo de

Gestión Procesal y Administrativa.

2.- DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DE LA GESTORA RESPONSABLE EN EL SCEJ

2.1- FUNCIONES EXCLUSIVAS DEL PUESTO DE GESTORA RESPONSABLE:

Las funciones establecidas para su puesto de trabajo por el Departamento de Justicia del Gobierno

Vasco, en las monografías de puestos de trabajo:

-Gestión de sistemas de calidad:

- Actualización y control de los registros informáticos: Registro de las Ejecuciones y Exhortos

que se reciben en el Servicio (Equipo de Inicio)

- Cotejo de listados de escritos recibidos, registro de los mismos comprobando que todos tengan

su letra asociada y su número, y reparto entre los grupos de trabajo.

- Revisión diaria de la bandeja de entrada y de la Agenda, dando entrada a los informes de la

Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita para su reparto correspondiente.

- Gestión de las incidencias informáticas, de las modificaciones en documentos y de las

migraciones de Ejecuciones de las Upad de Instrucción que están en archivo definitivo.

- Consulta informática de todo lo que entra en el Servicio derivado de las UPADs, así como de

otros servicios, que no tiene número de ejecución o se desconoce.

- Proposiciones sobre posibles cambios de trabajo y normas de funcionamiento a fin de unificar

criterios.

- Preparación de la Estadística mensual y trimestral.

- Reparto de tareas y turnos de mostrador en caso de ausencias.

- Extracción de Listados mensuales, individualizados por funcionario, para la revisión de:

*Plazos de suspensión de las penas.

*Plazos para devolución de los Permisos de conducir.

*Control de los archivos provisionales.

*Requisitorias.

*Consulta y revisión de presos

*Asuntos parados más de 2 meses.

*Escritos pendientes de proveer.

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-Gestión de recursos humanos:

- Planificación de vacaciones y/o asuntos.

- Acogimientos de nuevos funcionarios.

- Tramitación de los conflictos existentes en el servicio entre los funcionarios.

- Comunicar las instrucciones directivas.

- Seguir la aplicación de las instrucciones directivas.

-Gestión de recursos materiales:

- Detención de necesidades materiales y tramitación de las mismas (teléfonos, material, fax…).

2.2- FUNCIONES PROPIAS DEL CUERPO DE GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA:

a) Gestión del Punto Neutro Judicial y TGSS

b) Tramitación de las ejecutorias del Antiguo Juzgado de lo Penal nº 3(Letra asignada: P3M) que

estén en curso.

c) Las ya mencionadas dentro del Equipo de Inicio.

d) Cualesquiera otras que por necesidades del servicio pudieran serle encomendadas aunque no

se encuentren comprendidas dentro del ámbito propio de las funciones del cuerpo de gestión, siempre

que así resulte necesario.

E) MOVILIDAD PLANTILLA

El Servicio Común Procesal de Ejecución durante el año 2.015 ha tenido la siguiente movilidad:

El Director del Servicio ENRIQUE ARRIETA LOREDO causa baja por enfermedad en el mes

de Noviembre, sustituyéndole en sus funciones la Letrado de la Administración de Justicia SILVIA

ZUBIZARRETA GARCÍA.

En el Equipo de Faltas/Delitos Leves:

La Tramitadora interina Mª DOLORES FLORES GARCÍA causa baja por enfermedad del

07/09/15 al 23/09/15, no nombrándose una sustituta al efecto, causando grandes inconvenientes dado que

este Equipo solamente se compone de 3 funcionarias que llevan la ejecución de 5 UPADS.

El equipo 1 de delitos ha sufrido los siguientes cambios:

Ha habido movimiento de Letrado de la Administración de Justicia procesalista derivado de

la resolución del concurso nacional de traslados.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Tras el concurso la Letrado BEATRIZ SANZ MORENO cesa en fecha 13/07/15 sustituyéndole el

Letrado DANIEL RUIZ MARTÍNEZ, el cual toma posesión en fecha 03/08/15.

En materia de funcionarios con motivo de bajas por enfermedad, se ha producido un cambio. La

gestora interina ANA IZAGUIRRE GORRICHATEGUI ha sufrido una baja por enfermedad causada el

30/11/15, estando en la actualidad de baja y habiendo ocupado su puesto la gestora interina MARIA

TERESA AZCOAGA MENDIZABAL el día 28/12/15, la cual no tiene ningún conocimiento en materia

penal habiéndose producido disfunciones en dicha mesa como consecuencia de dicho desconocimiento,

así como del nombramiento un mes después de la baja.

Para la formación de la citada funcionaria se solicitó al Gobierno Vasco se le nombrara como

Tutor al tramitador de su Grupo JOSE MARIA GRACIA CARIDAD, petición que fue desatendida por

no cumplirse la Resolución de fecha 05/11/14 y pertenecer el Tutor a una categoría inferior, con la carga

que ello conlleva para todo el grupo.

Consideramos que esta tutoría debió ser admitida pese a esta circunstancia ya que habría

redundado en una mayor calidad del Servicio y en una mayor rapidez en la adquisición de los

conocimientos necesarios para su puesto de trabajo ya que el tramitador interesado en la tutoría conocía

perfectamente las características del puesto de trabajo y tenía sobrados conocimientos.

En el Grupo 2 de Delitos:

Ha habido movimiento de Magistrado-Juez. El Servicio comenzó con una Magistrado-titular la

Sra. Elena Cabero Montero, que era la Magistrado del Penal nº2 de Vitoria en el momento de la entrada

del Servicio. La misma se fue en Comisión de Servicios a la Audiencia Provincial donde sigue en la

actualidad.

Le sustituye la Juez María De Blas Otero en fecha 29/05/14, la cual cesa en fecha 17/06/15,

sustituyéndole en la actualidad el Magistrado-Juez ROBERTO RAMOS GONZÁLEZ, que toma

posesión en fecha 17/06/15.

En materia de funcionarios se origina la baja por enfermedad de una de las Tramitadoras

MILAGROS VICARIO CORRAL, del 13/10/15 al 28/10/15, y la misma no es cubierta, asumiendo su

trabajo los componentes de dicho grupo.

También como consecuencia del concurso específico de Euskera la Auxilio Judicial interina

LOURDES RUIZ DE ZARATE UGARTE cesa en fecha 13/11/15, sustituyéndole en fecha 16/11/15 la

actual Auxilio Judicial interina ALAZNE MORALES VIRIBAY.

En el Grupo 3 de Delitos no ha habido movimientos.

Es de reseñar que en este Servicio hay cuatro personas que hacen guardias lo que implica una

ausencia parcial de las mismas en el Servicio, con los inconvenientes y disfunciones que para el resto de

los componentes origina.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

235

Reseñable y de vital importancia es la falta de cobertura inmediata por parte del Gobierno

Vasco de las Bajas por enfermedad.

F) FORMACION DE LA PLANTILLA

No existió un plan de formación previo y específico para los funcionarios. En el momento de la

creación del Servicio, solo 6 de las 16 personas que componían el mismo tenían conocimientos

específicos de ejecución penal por provenir de los Juzgados de lo Penal nº 1 y 2 e Instrucción nº 4 y venir

desarrollando en los mismos tareas de ejecución.

En ese momento inicial esas 6 personas se responsabilizaron, a través de Tutorías, de la

formación del resto del personal con un grado total de disponibilidad y eficiencia, así como de buena

voluntad, lo que hizo posible el correcto aprendizaje del resto de funcionarios que integraban los

respectivos equipos.

Con el mismo problema nos encontramos al incorporarse al Servicio interinas, como

consecuencia del Concurso o por bajas, personal sin experiencia alguna, teniendo por tanto la necesidad

de volver a formar a dichas personas por los funcionarios del Servicio, pero en este caso con el agravante

de que como consecuencia de las modificaciones efectuadas en las Instrucciones dadas para las Tutorías

por parte del Departamento del Gobierno Vasco, mediante Resolución de fecha 5 de Noviembre de

2.014, como ya se ha dicho se ha solicitado una Tutoría y no se ha aceptado por ser el Tutor de una

categoría inferior, no siendo posible ejercerse la misma por el resto de los Gestores dado que son de fuera

de Vitoria-Gasteiz y no pueden estar disponibles dadas las limitaciones de horario establecidas por dicha

Instrucción, siendo la formación que se ha ido haciendo de forma altruista y sin compensación

económica e igualmente con dedicación plena por todos los integrantes del Servicio, con el desgaste

físico y emocional que ello conlleva.

El grado actual de formación de los funcionarios es en términos generales satisfactorio, si bien

hay que destacar que se ha llegado a este grado como consecuencia de una dedicación exhaustiva y

detallada de los funcionarios integrantes de los distintos equipos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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2.- DATOS DE PRODUCTIVIDAD

En el año 2.015 se han registrado, reaperturado y archivado los siguientes asuntos:

1.- INCOACIONES Y REAPERTURAS:

EJECUTORIAS INCOADAS REAPERTURADAS

FALTAS/DEL. LEV. 1043 178

DELITOS- UPAD

PENALES

1351 1950

DELITOS-AUD.

PROVINCIAL

60 104

TOTAL 2454 2232

2.- RESUELTAS: ARCHIVO PRO. Y ARCHIVO DEF:

EJECUTORIAS ARCH. PROV. ARCH. DEF.

FALTAS/DEL. LEV. 289 1034

DELITOS UPAD

PENALES

2034 1306

DELITOS-AUD. PROV. 111 32

TOTAL 2434 2372

3.- EN TRÁMITE A FECHA 31/12/15:

EJECUTORIAS EN TRAMITE

FALTAS/DEL. LEV. 449

DELITOS-U. PENALES 967

DELITOS-AUD. PROV 150

TOTAL 1566

EJE PTES.

AÑO

ANT

INCO. REABIER. ARCH.

PROV.

ARCH.

DEF.

PTES.

FIN AÑO

1686 2454 2232 2434 2372 1566

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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4.- ACTUACIONES DERIVADAS DE PETICIONES DE OTROS ORGANOS JUDICIALES:

EXHORTOS

PTES. DEL

PERIODO

ANTERIOR

INCOA. RESUELTOS PTES.

FAL/DEL

LEV.

6 88 88 6

DELITOS

UPAD

PENALES

23 297 300 20

DELITOS-

UPAD AUD.

PROV.

3 29 28 4

TOTAL 32 414 416 30

5.- ESCRITOS PENDIENTES:

ESCRITOS INGRESADOS PTES. PROVEER

FAL/DEL LEV. 599 25

DELITOS UPAD

PENALES

2609 57

DELITOS AUD. PROV. 281 19

TOTAL 3489 101

6.- SUBASTAS:

SUBASTAS SEÑALADAS CELEBRADAS

SUBASTAS 1 1

Es de reseñar el volumen de los señalamientos da lugar a un trabajo cuantificable relacionado con

la diligencia practicada, pero así mismo lleva implícito un volumen de trabajo no cuantificable

relacionado con el tiempo que requiere explicar a los penados las consecuencias derivadas de los

incumplimientos de las penas que le han sido impuestas, labor que ha de realizarse de modo detallado,

concreto y sencillo con el objeto de que dichas consecuencias sean conocidas con exactitud por los

penados, ya que en muchas ocasiones dichos incumplimientos y quebrantamientos llevan aparejada

privación de libertad.

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238

3.- NECESIDADES, OBJETIVOS y MEJORAS

A) NECESIDADES:

1.- La Sección Penal del Servicio Común de Ejecución se encuentra ubicada en la primera planta

del Palacio de Justicia y el espacio físico que ocupa la misma es muy reducido.

Se ha llegado a un entendimiento con el Gobierno Vasco para la redistribución y ampliación de dicho

espacio, estándose a la espera de la tramitación del mismo y del comienzo de las obras.

Como consecuencia de dicha ampliación se podrá montar en el Servicio un ARCHIVO DE

GESTIÓN en condiciones ya que en la Ejecución Penal el volumen de los archivos provisionales es

grandísimo y ello facilitaría enormemente el trabajo.

2.- Dotación de Plantilla escasa:

Se han efectuado diversas solicitudes, de las que no se ha obtenido respuesta alguna, sobre la

necesidad de aumento de personal por cinco motivos, ya expuestos en la anterior memoria del año

2.014, que se vuelven a reproducir:

- Como consecuencia del aumento de trabajo.

-La nueva asunción de competencias derivadas de la ejecución de CUA, CUP (Juras de Cuentas

de Abogados y Procuradores) y TAC (Tasaciones de Costas) que provienen de las distintas UPAD

PENALES.

-La llevanza de la ejecución de la Audiencia Provincial que en su momento inicial no figuraba

dentro del Servicio.

-La asunción, especialmente por el motivo de no existir SCOP (servicio de ordenación del

procedimiento) y la falta de personal en las UPAD de lo Penal, del dictado de todos los autos y

providencias que han de realizarse a lo largo de la ejecución que son numerosísimos.

-Las ejecuciones del Antiguo Juzgado de lo Penal nº 3 de Vitoria-Gasteiz que tampoco se tuvo en

cuenta y que actualmente se han migrado al Servicio.

Reiteramos que la ejecución de las Faltas-Delitos Leves es tramitada por 3 funcionarios, lo cual

se considera insuficiente ya que absorben el volumen de trabajo instruido por 5 UPAD.

Así mismo reiteramos la asunción por parte de este Servicio de ejecución penal del dictado de

todos los autos y providencias, que por protocolo se había acordado eran competencias de las UPAD

penales, ha aumentado considerablemente el trabajo dada la amplia intervención judicial en el ámbito

penal en el que están implicados derechos fundamentales de los ciudadanos, como lo es el de la libertad

personal. Todos los beneficios que establece el Código Penal especialmente en sus art. 80 a 89,

relacionados con la suspensión y la sustitución de la pena privativa de libertad inferior a 2 años, dan

lugar a una serie de trámites complejos que ha asumido el servicio en aras a una mayor agilidad en la

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

239

tramitación, evitando la intervención de la UPAD al haberse considerado más ágil este sistema, si bien

esto produce una mayor sobrecarga de trabajo del SCEJ en relación con las UPAD, que exige una mayor

dotación de plantilla. Así mismo el Volumen del archivo provisional y definitivo también da lugar a un

trabajo que se añade al que implica la tramitación de los procedimientos de incoación actual.

3.- COBERTURA INMEDIATA DE LAS BAJAS POR ENFERMEDAD

En la actualidad la cobertura únicamente se produce si se prevee una baja superior a tres meses

desde el inicio de la baja, lo que ha producido acumulaciones de trabajo que han tenido que ser

cubiertas por el resto de los funcionarios incrementándose notablemente la carga de trabajo de cada uno

de ellos.

Sería deseable, asimismo, que no fuese tan rígida la aplicación de la normativa en virtud de la

cual un funcionario perteneciente al cuerpo de tramitación no puede formar a otro perteneciente al cuerpo

de gestión, ya que en el caso concreto se puede dar la circunstancia de que el funcionario correspondiente

tenga la capacidad adecuada para la realización de la tutoría y la formación que la misma implica, con

los consiguientes beneficios en la agilidad y buen funcionamiento del servicio que supone una formación

adecuada y realizada en el momento concreto de la incorporación al puesto de trabajo.

4.- INCIDENCIAS INFORMÁTICAS

Durante este año han surgido incidencias informáticas que algunas se han solventado y otras

están pendientes de solucionarse.

Seguimos sin contar con un único Libro informático de exhortos, y sigue habiendo problemas

con el SIRAJ en el tema de la Requisitorias.

5.- CRITERIOS PENDIENTES DE UNIFICAR

Se intentó unificar criterios jurisdiccionales para la tramitación de la ejecución de las faltas-

Delitos Leves, dada la existencia de distintos criterios en la aplicación del artículo 53 del Código Penal

por parte de los Magistrados-Jueces, no consiguiéndose en su totalidad, si bien, se ha conseguido unificar

en el sentido de considerar prioritario el criterio de la Localización Permanente en la mayoría de los

Delitos Leves.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

240

6.- RELACIONES CON FISCALÍA

Otra de las necesidades del Servicio que contribuirían a mejorarlo es conseguir una mayor

optimación procesal de los traslados al Ministerio Fiscal.

Volvemos a insistir en lo beneficioso que sería no tener que trasladar el expediente físicamente a

Fiscalía cuando sólamente se trate de notificar y, más aún, teniendo en cuenta que ya se han puesto en

marcha las notificaciones telemáticas y es totalmente innecesario estando integradas en el programa

informático Justiziabat.

Únicamente sería necesario remitir el expediente físico a Fiscalía a efectos de informe.

7.- RELACIONES CON PROCURADORES Y LETRADOS

Actualmente se da una doble vía de notificación, la telemática y por método tradicional (en papel)

dando lugar a que se produzca una carga de trabajo duplicada.

Es un avance significativo la notificación telemática, pero actualmente al no estar funcionando

correctamente supone que el funcionario dispone de menos tiempo para ocuparse de la tramitación de la

ejecución al tener que ocuparse continuamente al grapado de las notificaciones efectuada en papel, más

dar de baja a las efectuadas telemáticamente. Una vez que se implante la vía telemática como único

mecanismo de notificación se podrá comprobar la incidencia de este aspecto en la agilidad del

procedimiento.

8.- RELACIONES CON LAS UPADS

A.- LA Instrucción 3/15 de la Secretaria General de la Administración de justicia sobre

remisión telemática de datos desde el SIRAJ a la DGT, implica que desde las UPADS de Instrucción en

las DUR sea necesario introducir en el Registro de Penados, la fecha de previsible cumplimiento de la

pena de privación del permiso de conducir, para que este dato llegue telemáticamente a la DGT, y se

pueda controlar el cumplimiento de esta pena desde el requerimiento inicial.

Esta Instrucción tiene vigencia desde el 15-09-2015. Ante la falta inicial de anotación de los datos

desde la DGT se nos remitió a este Servicio un comunicado que fue atendido en el sentido de remitir a

cada UPAD los listados correspondientes a cada UPAD para la anotación de los datos. Desde este

servicio se anotaron los datos en los supuestos en que las UPADS no habían realizado los requerimientos

que en las DUR determina la Instrucción 2/13 del TSJ del País Vasco en línea con el art 794.1 de la

LECR.

Actualmente aunque no es necesario, seguimos remitiendo a la DGT en papel las liquidaciones de

condena incorporadas en el mandamiento dirigido a la DGT. Si bien próximamente se valorará la

posibilidad de simplificar el trámite y evitar el papel.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

241

B.- El Acuerdo de fecha 28/12/15, dictado por el Secretario Coordinador de Alava, en el

Expediente Gubernativo 87/15, determinó que, a partir del 01/01/16, siempre que sea necesario incoar la

apertura de una Ejecutoria por parte del SCEJ-PENAL, las UPADs, además de la remisión telemática, se

limitarán a la remisión física, no de los autos principales completos sino de los Testimonios necesarios

para la ejecución de la Sentencia.

Es un aspecto del protocolo que empieza a llevarse a cabo con ciertas dificultades en torno a las

DUR, ya que al haberse planteado por una upad de instrucción de Barakaldo una consulta sobre si han de

archivarse la DUR por la upad de Instrucción o la Upad Penal, hasta la resolución de la misma se

guardarán en el Servicio a la espera de resolución sobre quien habrá de efectuar el archivo.

Cuando el Servicio necesite consultar algún dato se procederá a la petición de préstamo o

desarchivo por parte de las UPADs para la obtención de dicha información.

B) OBJETIVOS Y MEJORAS

El objetivo primordial de la Sección Penal del SCEJ consiste en la prestación de un servicio

público de Justicia de calidad, próximo, ágil y eficiente, a través de la utilización racional de los

recursos humanos, aunque escasos, y materiales.

Para conseguir un servicio de calidad es conveniente, como ya dijimos, cumplir con los

Indicadores de calidad fijados para los Servicios Comunes de Ejecución del País Vasco en la Carta de

Servicios, que aun no estando instaurados con carácter definitivo en Vitoria-Gasteiz, sería deseable que

fuesen exigiéndose paulatinamente y a la par del nombramiento de los refuerzos solicitados para su

íntegro cumplimiento.

Son objetivos a tal efecto:

-La incoación de las Ejecutorias en el plazo máximo de 5 días desde su recepción.

-Proveer los escritos recibidos en el Servicio en el plazo máximo de 10 días desde su entrada en el

servicio, a excepción de los relativos a expedientes que se encuentren en las UPAD o Fiscalía.

-Evitar la inactividad en las ejecutorias más de 2 meses (excluido Agosto).

-Control de fases y estados de los procedimientos a fin de conseguir que el expediente físico y el

informático coincidan.

-Evitar por causas imputables al Servicio las declaraciones de nulidad, haciendo un exhaustivo

examen de todos los documentos y expedientes.

-Llevar especial control sobre los archivos provisionales, requisitorias y presos, continuando con

los sistemas establecidos al efecto.

-Procurar en la medida de lo posible las prescripciones.

-Poner especial cuidado en la tramitación de los Procedimientos de Violencia contra la Mujer

debido a la alarma social y a la delicada materia.

-Control exhaustivo de las bandejas de entrada y de la Agenda (a diario).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

242

-Mantener la calidad de atención a la ciudadanía y a los profesionales que acuden al servicio

insistiendo en los turnos de mostrador al efecto establecidos.

-Insistir en dotar al Servicio con una Cuenta de Consignaciones propia, dado que la mayor parte

de los asientos en las cuentas de las UPAD son realizados en algún procedimiento de ejecución, por lo

que sería lógico que este Servicio tuviera asignada su propia cuenta.

-Crear un Archivo de Gestión de calidad dentro de la Sección dado el elevado archivo

provisional existente dentro de la ejecutoria penal.

Para ello es primordial contar con la ampliación del Espacio ya solicitado.

Esta ampliación del espacio y la distinta ubicación de los equipos que la misma traerá consigo,

facilitará la integración de los dos equipos de delitos lo cual podría suponer una mayor colaboración

entre los integrantes de ambos grupos lo que redundaría en prácticas de trabajo más uniformes y en

consecuencia ágiles.

La separación física de los procedimientos abreviados, DUR, y delitos leves respecto de la

ejecución que no se ha llevado a cabo a lo largo del año 2015, si bien empieza a realizarse en el 2016,

supondrá una notable mejora en el ámbito del espacio físico existente en el servicio, si bien es a medio

plazo cuando esto se verá reflejado.

Hoy en día la mayoría de los indicadores de calidad se cumplen, a excepción de los periodos

vacacionales o en función otras veces de la movilidad de la plantilla, y las dificultades con las que el

Servicio se ha ido encontrando se han ido superando con la colaboración de todos los integrantes del

mismo.

En la actualidad todo el personal es absolutamente consciente de la necesidad de supervisión y

control y de que el trabajo se realice con una minuciosidad y exhaustividad que impida errores que

puedan afectar a los ciudadanos en sus derechos fundamentales.

Se ha puesto en marcha el Sistema de Casilleros y ello ha contribuido positivamente.

Se reitera la necesidad de ampliar la dotación de la plantilla.

Si esta ampliación fuese admitida las consecuencias en orden a la mejora en la calidad de

prestación del servicio serian patentes, toda vez que se podrían crear subgrupos con funciones

especializadas tales como un SERVICIO DE CAJA, u otros relativos a las anotaciones practicadas en el

SIRAJ o de CONTROL DE REQUISITORIAS.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

243

6.2.3 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE AMURRIO

CREACIÓN DEL SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE AMURRIO Y ÁREAS DE

ACTUACIÓN

Por Orden, de 23 de julio de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, se

aprobó la creación del Servicio Común Procesal General del Partido Judicial de Amurrio.

Según establece su artículo 1º “Se crea el Servicio Común Procesal General del Partido Judicial

de Amurrio que, sin estar integrado en un órgano judicial concreto, asume labores centralizadas de

gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes procesales, con el objeto de

facilitar un servicio más ágil y eficaz tanto a órganos judiciales, a profesionales como a la ciudadanía

usuaria de la Administración de Justicia”.

El Servicio Común Procesal General del Partido Judicial de Amurrio presta servicios en las

siguientes áreas de actuación:

a) Asistencia a Sala.

b) Actos de comunicación y de ejecución.

c) Archivo Territorial de expedientes judiciales y depósito de efectos y piezas de convicción.

d) Registro y Reparto.

e) Información y atención a la ciudadanía y profesionales.

f) Correo y paquetería.

g) Reprografía.

h) Asistencia al servicio de guardia.

i) Asistencia al Juez Decano.

j) Gestión de videoconferencias pasivas.

k) Asistencia a la Clínica Médico Forense – Instituto Vasco de Medicina Legal.

l) Constitución de apoderamientos alud acta

ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO COMÚN PROCESAL

GENERAL DE AMURRIO

La Resolución, de 27 de octubre de 2010, de la Directora de la Oficina Judicial y Fiscal,

determinó la fecha de entrada en funcionamiento del Servicio Común Procesal General y de Ejecución

del Partido Judicial de Amurrio, siendo la del día 2 de Noviembre de 2010.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

244

PLANTILLA ORGÁNICA

La plantilla del Servicio Común Procesal General del Partido Judicial de Amurrio se compone

de:

- Un Secretario Judicial, Director del Servicio Común Procesal General, actualmente Letrado

Director del Servicio Común Procesal General.

- Un funcionario Gestor Responsable.

- Un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

- Dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

- Tres funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial.

Del total de la plantilla, son funcionarios titulares 5, que se corresponden con el funcionario

Gestor Responsable, dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y dos

funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial.

El resto de la plantilla se compone por personal interino, así un funcionario del Cuerpo de

Auxilio Judicial, un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y la actual Letrado

Director del Servicio Común Procesal General.

Por la Directora del Servicio Común Procesal General de Amurrio se aprobaron las Normas de

funcionamiento interno para el ámbito de aplicación de dicho Servicio, por las que se delimitan las

funciones a desempeñar por cada cuerpo y miembro de la plantilla del Servicio con el objetivo de

organizar el adecuado desempeño de sus funciones de manera coordinada y eficiente, contribuyendo a la

correcta atención de todas las áreas de actuación del Servicio Común Procesal General de Amurrio.

Dichas Normas de funcionamiento interno comprenden, asimismo, el régimen ordinario de sustituciones

de cada cuerpo o, en su caso, entre distintos cuerpos. Las Normas de funcionamiento interno han sido

objeto de revisión y actualización con fecha enero 2015.

Asimismo, consta dictada por la Directora la Instrucción nº 1/2011, de 21 de noviembre de

2011, para organizar los periodos de vacaciones de la plantilla del Servicio, con el objetivo que, durante

los periodos prolongados de permisos del personal, tales como semana santa, verano, navidad o similares

las distintas áreas de actuación del Servicio se encuentren cubiertas y debidamente atendidas.

Periódicamente se realizan reuniones internas con el personal del Servicio Común Procesal

General de Amurrio, referentes a cada una o varias áreas de actuación del propio Servicio, para

supervisar la adecuación de las funciones desempeñadas por el correspondiente personal a lo establecido

en el Protocolo en vigor, detectar posibles anomalías y proponer y aprobar actuaciones de mejora, en

caso de resultar necesarias.

Asimismo, las posibles anomalías que pudieran detectarse en el desempeño diario de las

funciones propias de cada cuerpo o de cada miembro del personal del Servicio o en el desarrollo de un

área de actuación concreta, así como, en su caso, las posibles actuaciones de mejora para la optimización

de las funciones de la plantilla o de las distintas áreas de actuación, además de las novedades o

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

245

actualizaciones que pudieran afectar al correcto desarrollo de un concreto área de actuación son

examinadas y valoradas por la Directora, adoptándose las decisiones oportunas, que son comunicadas y

puestas en conocimiento de todo el personal del Servicio y, en concreto, del cuerpo o personal que

pudiera resultar afectado.

INFRAESTRUCTURA

La distribución del edificio judicial no permite la centralización del Servicio Común Procesal

General en una única ubicación, sino que, de un lado, existe un espacio físico para Información y

atención al cliente en la planta baja, planta baja donde se encuentra asimismo la Clínica Médico Forense

a la que se presta asistencia durante un día a la semana (miércoles), y, por otro, se encuentra el Servicio

Común Procesal General, propiamente dicho, que se ubica en la planta segunda. Dicha situación plantea

que se deba organizar, coordinar y planificar debidamente el desempeño de sus funciones por el personal

del Servicio para atender las necesidades de las distintas áreas de actuación en las distintas ubicaciones,

sin obviar que, además, el personal de auxilio judicial presta los servicios correspondientes a las distintas

Upad del partido judicial de Amurrio, que se encuentran en la planta primera.

ÁREAS DE ACTUACIÓN

1. INFORMACIÓN

Se ofrece información general y procesal a particulares, profesionales, órganos judiciales y

oficinas colaboradoras, a través de ventanilla, fax, teléfono y correo electrónico, en castellano y euskera.

Siendo la clasificación principal de solicitudes de información la que se divide en información

general, procesal y queja, la información procesal comprende las solicitudes de información sobre un

proceso específico e identificado, siendo registrada como información general el resto de solicitudes de

información, además de aquellas solicitudes de información referidas a expedientes de queja previamente

iniciados.

A.- GENERAL

* NOTA: Aun cuando se haga referencia a los datos registrados en el ejercicio 2012, a efectos

comparativos únicamente se tendrán en cuenta los datos registrados a partir del 2013, inclusive, por

cuanto es desde la segunda semana del mes de mayo del ejercicio 2012 que se incluyen entre las

peticiones de información las llamadas recibidas a través de la centralita del Servicio Común con

destinatario a las UPADs, en virtud de lo acordado en reunión celebrada en Bilbao el 25 de Abril de

2012.

Por tanto, partiendo de idénticas premisas de registro y a efectos de analizar en los mismos

términos comparativos los datos registrados en los distintos ejercicios, se analizarán los resultados

obtenidos durante los ejercicios 2013 y siguientes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

246

El total de consultas de información de 2015 es de 17.597, frente a 15.906 en el ejercicio 2014

y 15.551 durante el año 2013 (* en 2012, 10.641).

Durante el último ejercicio 2015 se experimenta un incremento importante y significativo en el

número de consultas de información respecto de las registradas en los años precedentes. Si bien en 2013

y 2014 se mantiene el número de consultas de información atendidas y registradas, durante el año 2015

se constata un incremento entre 1.500/2.000 peticiones, incremento especialmente relevante.

El desglose de solicitudes de información durante el ejercicio 2015 es de 4.382 durante el

primer trimestre, 4.933 solicitudes de información en el segundo trimestre, 3.534 solicitudes de

información en el tercer trimestre de 2015 y 4.748 solicitudes de información del cuarto y último

trimestre de 2015.

El número de solicitudes de información durante el tercer trimestre del año es el más bajo de

todo el año 2015, si bien se trata de un dato previsible por encontrarse en el tercer trimestre el mes de

Agosto, mes considerado inhábil en la jurisdicción civil y que ve reducida la actividad también en la

jurisdicción penal.

A lo largo de los restantes trimestres, véase, primer, segundo y cuarto trimestre de 2015 los

datos de peticiones de información se mantienen similares sin que puedan constatarse diferencias

relevantes.

La media mensual de solicitudes de información de 2015 es de 1.466,42 peticiones al mes y,

de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la media

diaria de solicitudes de información es de 73,32 peticiones al día.

La media mensual de solicitudes de información de 2014 fue de 1.325,5 peticiones al mes y, de

igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la media diaria

de solicitudes de información es de 66,28 peticiones al día.

La media mensual de solicitudes de información de 2013 fue de 1.295,92 peticiones al mes y,

de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la media

diaria de solicitudes de información fue de 64,80 peticiones al día.

B.- POR TIPO DE SOLICITUD

Desglosando el global de datos de información registrados durante el año 2015 (17.597), según

tipo de solicitud, resultan 15.311 solicitudes de información general y 2.286 solicitudes de

información procesal.

Comparando dichos datos con los de 2014 y 2013, en el ejercicio 2014 se registraron 15.906

peticiones de información, de las que 13.277 fueron de información general y 2.629 de información

procesal, mientras que durante el año 2013 de las 15.551 solicitudes de información, 12.828 se

correspondían con solicitudes de información general y 2.723 con solicitudes de información procesal.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

247

(* en 2012, de 10.641 solicitudes, 7.996 fueron de información general frente a 2.645 de información

procesal).

Del examen de los datos previamente referidos resulta que el incremento de solicitudes de

información registrado en el ejercicio 2015 obedece a un incremento, incremento especialmente

significativo, en el número de solicitudes de información general (de 12.828 en 2013 a 13.277 en 2014 y

15.311 en el ejercicio 2015) frente a un descenso en el número de peticiones de información procesal (de

2.723 en 2013 a 2.629 en 2014, descendiendo hasta 2.286 en el finalizado año 2015), manteniéndose en 0

el número de solicitudes de información sobre expedientes de queja en trámite. El último dato obedece a

que, durante el año 2015, no se ha registrado ningún expediente de queja, no existiendo otros en trámite

procedentes de años inmediatamente anteriores.

La tendencia ascendente en el registro de solicitudes de información ya se constató durante el

ejercicio 2014, en relación con el ejercicio 2013, y se confirma, de manera relevante, durante el año

2015.

Se constata una tendencia constante y reiterada durante los ejercicios 2013 y 2014 por la que, año

tras año, se reducen las peticiones de información procesal a través del Servicio Común General

Procesal, cuando una de las finalidades u objetivos que se plantean de dicho Servicio es la de

concentrar/centralizar a través del Servicio Común, área de información, las consultas de carácter

procesal.

Las peticiones de información general de 2015 son 15.311, desglosándose en 3.779 en el primer

trimestre, 4.279 en el segundo trimestre, 3.038 en el tercer trimestre y 4.215 en el último trimestre del

año.

Las peticiones de información procesal de 2015 son de 2.286, distinguiéndose 603 en el primer

trimestre, 654 en el segundo trimestre, 496 en el tercer trimestre y 533 en el cuarto trimestre de 2015.

Respecto de las solicitudes de información procesal, es de destacar que durante los dos últimos

trimestres de la anualidad 2015 se registran los datos más reducidos del ejercicio.

Del total de solicitudes de información (17.597), el 87,01% se corresponde con solicitudes de

información general (15.311) frente al 12,99% peticiones de información procesal (2.286), es decir

solicitudes de información referidas a un procedimiento concreto, debidamente identificado por el

solicitante e iniciado y en trámite ante una UPAD.

La media mensual de solicitudes de información general de 2015 fue de 1.275,92 peticiones

al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la

media diaria de solicitudes de información general en 2015 fue de 63,80 peticiones al día.

Frente a la media mensual de solicitudes de información general de 2014 que fue de 1.106,42

peticiones al mes y la media diaria de solicitudes de información general en 2014 que fue de 55,32

peticiones al día.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

248

En el mismo sentido, en el ejercicio 2013 la media mensual de solicitudes de información

general fue de 1.069 peticiones al mes, mientras la media diaria de solicitudes de información general

fue de 53,45 peticiones al día.

La media mensual de peticiones de información procesal en 2015 es de 190,50 peticiones al

mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la

media diaria de solicitudes de información procesal de 2015 es de 9,53 peticiones al día.

Frente a la media mensual de solicitudes de información procesal de 2014 que fue de 219,08

peticiones al mes y la media diaria de solicitudes de información general en 2014 que fue de 10,95

peticiones al día.

Asimismo, en el ejercicio 2013 la media mensual de solicitudes de información procesal fue

de 226,92 peticiones al mes, mientras la media diaria de solicitudes de información procesal fue de

11,35 peticiones al día.

C.- POR TIPO DE PETICIONARIO

De los datos globales de 2015, y, de manera aún más detallada, y, en concreto, centrándonos en

los datos de solicitudes de información procesal, destacar que las solicitudes de información procesal

se desglosan según el peticionario sea ciudadano, profesional, órgano judicial u oficina

colaboradora.

Durante el ejercicio 2015 se han registrado 2.286 solicitudes de información procesal

(12,99% del total), 876 se corresponden con las realizadas por ciudadanos (38,32% de las procesales y

4,98% del total), 276 por profesionales (12,07% de las procesales y 1,57% del total), 1.110 por órganos

judiciales (48,56% de las procesales y 6,31% del total) y 24 por oficinas colaboradoras (1,05% de las

procesales y 0,14% del total).

Comparando los datos inmediatamente anteriores con los de los ejercicios precedentes, 2014 y

2013, resulta que:

- En 2014, de las 2.629 peticiones de información procesal (16,53% del total), 873 se

corresponden con las realizadas por ciudadanos (33,21% de las procesales y 5,49% del total), 472 por

profesionales (17,96% de las procesales y 2,97% del total), 1256 por órganos judiciales (47,77% de las

procesales y 7,90% del total) y 28 por oficinas colaboradoras (1,07% de las procesales y 0,18% del

total).

- En 2013, de las 2.723 peticiones de información procesal (17,51% del total), 1.037 fueron

realizadas por ciudadanos (38,08% de las procesales y 6,67% del total), 494 por profesionales (18,14%

de las procesales y 3,18% del total), 1.180 por órganos judiciales (43,33% de las procesales y 7,59% del

total) y 12 por oficinas colaboradoras (0,44% de las procesales y 0,08% del total).

* En 2012, de las 2.645 peticiones de información procesal, 939 fueron realizadas por

ciudadanos, 513 por profesionales, 1.178 por órganos judiciales y 15 por oficinas colaboradoras.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

249

Durante el año 2015 se confirma la tendencia descendente, apreciada ya en el ejercicio 2014,

por la que se reducen las peticiones de información procesal por parte de profesionales (de 494 en 2013 a

472 en 2014 y 276 durante el año 2015) (* Incluso, en 2012, y a pesar de la diferencia en el modo de

registro de las solicitudes de información, se constatan 513 peticiones de información por parte de

profesionales, siendo el número más elevado de los últimos cinco años). Es relevante el descenso

operado en el ejercicio 2015.

Respecto al resto de peticionarios (ciudadanos, órgano judicial y oficina colaboradora), y,

comparando los datos de 2015, 2014 y 2013, no se aprecian diferencias significativas en el número de

solicitudes de información procesal registradas.

Por ciudadanos

Las peticiones de información procesal por parte de ciudadanos son 876 en 2015, frente a 873 en

el año 2014 y 1.037 en el ejercicio 2013. (* en 2012, 939).

Durante 2015 y 2014 se mantiene constante, sin variaciones relevantes el número de peticiones

de información procesal efectuadas por parte de los ciudadanos, si bien destaca el descenso operado en

relación con los datos registrados en 2013, ejercicio que recoge los datos más elevados de los últimos

años.

La evolución durante el ejercicio 2015 de las solicitudes de información procesal realizadas por

ciudadanos (876) obedece a 225 en el primer trimestre, 223 en el segundo trimestre, 207 en el tercer

trimestre y 221 en el cuarto

Se mantiene un número constante, trimestre tras trimestre, en el número de solicitudes de

información procesal interesadas por los ciudadanos.

La media mensual en 2015 de peticiones de información procesal realizadas por ciudadanos

es de 73 peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días

hábiles al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información procesal realizadas por

ciudadanos es de 3,65 peticiones al día.

Frente a la media mensual en 2014 de peticiones de información procesal realizadas por

ciudadanos que fue 72,75 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 3,64 peticiones al día.

Además, la media mensual en 2013 de peticiones de información procesal realizadas por

ciudadanos fue de 86,42 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 4,32 peticiones al día.

Por profesionales

Las solicitudes de información procesal por parte de profesionales son 276 durante el año 2015,

frente a 472 en el ejercicio 2014, 494 en el año 2013 y 513 en el año 2012 *.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

250

Durante el año 2015, y, en relación con los datos registrados en el año 2014 y 2013, desciende

de manera muy significativa y relevante el número de peticiones de información procesal por parte de

profesionales. Y el descenso resulta más significativo incluso si se compara con los datos de 2012, año

en el que se produjeron 513 peticiones de información procesal por profesionales (a pesar de las

diferencias iniciales en cuanto al modo de registro de las solicitudes de información).

Desglosando el número de solicitudes de información procesal por parte de los profesionales

durante el año 2015 (276), destacar que han sido 101 en el primer trimestre, 80 en el segundo trimestre,

49 en el tercer trimestre y 46 en el cuarto trimestre.

Se confirma durante el ejercicio 2015 la tendencia constatada durante el año 2014 por la que

desciende de manera continuada, anualidad tras anualidad y trimestre tras trimestre, el número de

peticiones de información procesal por parte de los profesionales.

Al finalizar el último trimestre de 2015 se registra el número más reducido de solicitudes de

información procesal por parte de profesionales de los últimos ejercicios.

La media mensual de 2015 de peticiones de información procesal realizadas por profesionales

es de 23 peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días

hábiles al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información procesal realizada por

profesionales es de 1,15 peticiones al día.

Frente a la media mensual en 2014 de peticiones de información procesal realizadas por

profesionales que fue 39,33 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 1,97 peticiones al día.

Y la media mensual en 2013 de peticiones de información procesal realizadas por

profesionales fue de 41,17 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 2,06 peticiones al día.

Asimismo, la media mensual en 2012 de peticiones de información procesal realizadas por

profesionales fue de 42,75 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 2,14 peticiones al día.

Por órganos judiciales

El número de las peticiones de información procesal por parte de los órganos judiciales es

durante 2015 de 1.110, frente a 1.256 en 2014 y 1.180 en 2013 (* en 2012, 1.178)

Comparando los datos registrados en los últimos ejercicios, referidos a las solicitudes de

información procesal realizadas por órganos judiciales, los datos no reflejan diferencias relevantes año

tras año.

De las 1.110 solicitudes registradas en 2015, 269 lo son en el primer trimestre, 340 en el

segundo trimestre, 236 en el tercer trimestre y 265 en el último trimestre de 2015.

Las solicitudes de información registradas como realizadas por órganos judiciales se

corresponden con las realizadas por otros órganos judiciales, en solicitud, mayoritariamente, de

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

251

información sobre la cumplimentación por el Servicio Común Procesal General de Amurrio de los actos

de comunicación o en comisión interesados y, además, con las realizadas por personal del propio

Servicio Común Procesal General de Amurrio a fin de prestar el servicio en las restantes áreas de

actuación del propio Servicio.

Las consultas que realiza el personal del propio Servicio Común General, a fin de dar efectivo

cumplimiento a las distintas áreas de actuación del mismo (solicitudes de información, registro y reparto

jurisdicción civil y penal, registro y reparto de escritos, etc…), se registran informáticamente como

solicitudes/peticiones de información. La aplicación informática no permite obtener la información

pertinente sin registrarla propiamente como una nueva petición de información. Ello provoca que el

número de consultas de información procedentes de órganos judiciales sea elevado.

La media mensual de 2015 de peticiones de información procesal realizadas por órganos

judiciales es de 92,50 peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son

veinte los días hábiles al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información procesal realizada

por órganos judiciales es de 4,63 peticiones al día.

Frente a la media mensual en 2014 de peticiones de información procesal realizadas por

órganos judiciales que fue 104,67 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 5,23 peticiones al día.

Y la media mensual en 2013 de peticiones de información procesal realizadas por órganos fue

de 98,33 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 4,92 peticiones al día.

Por oficinas colaboradoras:

Por último, el último desglose atendiendo al peticionario es el de las solicitudes de información

procesal registradas como realizadas por oficinas colaboradoras, que se corresponden con las efectuada,

por ejemplo, por Diputaciones Forales, bancos o cajas, comisión de asistencia jurídica gratuita, etc.

Durante 2015 constan 24 solicitudes de información procesal por parte de oficinas

colaboradoras, frente a 28 en 2014 y 12 en el año 2013 (* en 2012, 15).

De las 24 registradas en esta última anualidad, 8 corresponden al primer trimestre de 2015, 11 al

segundo trimestre, 4 al tercer trimestre y 1 al cuarto trimestre de 2015.

La media mensual de 2015 de peticiones de información procesal realizadas por oficinas

colaboradoras es de 2 peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son

veinte los días hábiles al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información procesal realizada

por oficinas colaboradoras es de 0,10 peticiones al día.

Frente a la media mensual en 2014 de peticiones de información procesal realizadas por

oficinas colaboradoras que fue 2,33 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 0,12 peticiones al

día.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

252

Y la media mensual en 2013 de peticiones de información procesal realizadas por oficinas

colaboradoras fue de 1 peticiones al mes, siendo la media diaria la de 0,05 peticiones al día.

D.- POR MEDIO DE PETICIÓN

Otra posibilidad, a la hora de analizar los datos obtenidos de la aplicación informática, es

aquella que permite el estudio de las solicitudes de información según el medio de la petición, así las

consultas de información se reciben bien a través de ventanilla, fax, email o teléfono.

En el ejercicio 2015 constan 0 consultas vía fax, 55 a través de correo electrónico, 6.021 en

ventanilla y 11.521 vía telefónica.

Los datos de 2014 a este mismo respecto fueron de 3 consultas vía fax, 48 consultas vía correo

electrónico, 6.445 en ventanilla y 9.410 a través de teléfono.

Los datos de 2013 fueron de 3 consultas vía fax, 70 consultas vía correo electrónico, 5.921 en

ventanilla y 9.557 a través de teléfono.

* Los datos de 2012 fueron de 0 consultas vía fax, 94 consultas vía correo electrónico, 4.110 en

ventanilla y 6.437 a través de teléfono.

Las consultas vía fax y correo electrónico proceden mayoritariamente de profesionales.

Las peticiones de información se centran principalmente a través de ventanilla y teléfono,

manteniéndose el número de peticiones de información a través de ventanilla durante los últimos

ejercicios valorados e incrementándose anualmente el número de solicitudes de información vía

telefónica, siendo significativo el incremento en este último apartado durante el ejercicio 2015.

No constan solicitudes de información, vía fax, durante el año 2015.

Las solicitudes de información, a través de correo electrónico, durante 2015 son 55, de las que

14 se producen en el primer trimestre, 15 en el segundo trimestre, 3 en el tercer trimestre y 23 en el

cuarto trimestre de 2015.

Las solicitudes de información, de manera telefónica, son 11.521 en el año 2015, de las que

2.857 en el primer trimestre, 3.291 en el segundo trimestre, 2.198 en el tercer trimestre y 3.175 en el

último trimestre de 2015.

Las solicitudes de información en ventanilla durante 2015 son 6.021, produciéndose 1.511 en el

primer trimestre, 1.627 en el segundo trimestre, 1.333 en el tercer trimestre y 1.550 en el último trimestre

de 2015.

Del total de solicitudes de información de 2015 (17.597), 6.021 se realizan a través de ventanilla

(34,22% del total), 0 a través de fax (0% del total), 55 a través de correo electrónico (0,31% del total) y

11.521 a través de teléfono (65,47% del total).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

253

Reiterar que, entre las 11.521 peticiones de información a través de teléfono (65,47%) se

incluyen las llamadas recibidas a través de la centralita del Servicio Común con destinatario a las

UPADs.

* Se insiste en que, durante el ejercicio 2012, no es sino a partir de la segunda semana del mes de

Mayo de 2012 que se incluyen entre las peticiones de información vía telefónica las llamadas recibidas a

través de la centralita del Servicio Común con destinatario a las UPADs, en virtud de lo acordado en

reunión celebrada en Bilbao el 25 de Abril de 2012 (*Comparativa gráfica 2012/2013/2014/ Tabla

Información).

La media mensual de 2015 de peticiones de información vía ventanilla es de peticiones al

501,75 mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes,

la media diaria de 2015 de solicitudes de información vía ventanilla es de 25,09 peticiones al día.

La media mensual de 2015 de peticiones de información vía telefónica es de 960,08

peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles

al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información vía telefónica es de 48 peticiones al día.

La media mensual de 2015 de peticiones de información vía fax es de 0 peticiones al mes y,

de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles al mes, la media

diaria de 2015 de solicitudes de información vía ventanilla es de 0 peticiones al día.

La media mensual de 2015 de peticiones de información vía correo electrónico es de 4,58

peticiones al mes y, de igual modo, considerando que, con carácter general, son veinte los días hábiles

al mes, la media diaria de 2015 de solicitudes de información vía correo electrónico es de 0,23

peticiones al día.

E.- POR IDIOMA

Respecto al idioma en que se atienden las peticiones de información, del total de peticiones

atendidas en 2015 (17.597), 17.593 lo han sido en castellano (99,98%) y 4 en euskera (0,02%).

Comparando dichos datos con los registrados en los años 2014 y 2013, resulta que durante la

anualidad de 2014 del total de solicitudes de información recibidas en el Servicio Común General de

Amurrio (15.906) 15.896 fueron atendidas en castellano (99,94%), 9 en euskera (0,06%) y 1 en otro

(0,01%).

Mientras durante el año 2013, del total de solicitudes de información recibidas en el Servicio

Común General de Amurrio (15.551), 15.538 fueron en castellano (99,92%) y 13 en euskera (0,08%).

* En 2012, de las 10.641 solicitudes de información recibidas en el Servicio, únicamente 11 se

atendieron en euskera, frente a 10.630 en castellano.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

254

F.- COMPARATIVA GRÁFICA DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN DE LOS AÑOS

2012, 2013, 2014 y 2015.

* NOTA: En el ejercicio 2012 es a partir de la segunda semana del mes de Mayo de 2012 que

se incluyen entre las peticiones de información las llamadas recibidas a través de la centralita del

Servicio Común con destinatario a las UPADs.

INFORMACIÓN

GENERAL

INFORMACIÓN

PROCESAL TOTAL

2012 (*) 7.996 2.645 10.641

2013 12.828 2.723 15.551

2014 13.277 2.629 15.906

2015 15.311 2.286 17.597

INFORMACIÓN PROCESAL

CIUDADANOS PROFESIONALES ORG.JUD. OFIC.COLAB. TOTAL

2012(*) 939 513 1.178 15 2.645

2013 1.037 494 1.180 12 2.723

2014 873 472 1.256 28 2.629

2015 876 276 1.110 24 2.286

0

5000

10000

15000

20000

2012 2013 2014 2015

Informacióngeneral

Informacionprocesal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

255

INFORMACIÓN (*)

VENTANA FAX EMAIL TLFNO. TOTAL

2012 (*) 4.110 0 94 6.437 (*) 10.641 (*)

2013 5.921 3 70 9.557 15.551

2014 6.445 3 48 9.410 15.906

2015 6.021 0 55 11.521 11.521

IDIOMA

CASTELLANO EUSKERA OTROS TOTAL

2012 (*) 10.630 11 0 10.641

2013 15.538 13 0 15.551

2014 15.896 9 1 15.906

2015 17.593 4 0 17.597

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

2012 2013 2014 2015

Ciudadanos

Profesionales

Órganosjudiciales

Oficinascolaboradoras

0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

14000

16000

2012 2013 2014 2015

Ventanilla

Fax

Email

Teléfono

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

256

G.- CONSIDERACIONES

Se accede al historial de los expedientes judiciales de las UPADs del partido judicial de

Amurrio, pero no así al contenido íntegro de las resoluciones judiciales dictadas en los mismos, por lo

que resulta limitada la información a facilitar por el Servicio Común Procesal General.

Todas las consultas de información que se atienden por el Servicio Común Procesal General

tienen su reflejo en la aplicación informática. Diariamente se comprueba que las consultas del día hábil

inmediatamente anterior constan registradas, cumplimentadas y finalizadas.

En la información facilitada se observan los requisitos exigido por el Consejo General del Poder

Judicial en su Acuerdo de 22 de Septiembre de 1999, Instrucción 1/1999.

Por otro lado, tanto en la planta baja de Información general como en la segunda planta de

Servicio Común Procesal General, se comunica que existen modelos sobre quejas.

En el mismo sentido, tanto en la planta baja como en la segunda planta, constan a disposición de

los particulares y profesionales distintos casilleros, de acceso directo y al público, con modelos de

actuaciones y procedimientos actualizados: modelo de solicitud de información, demanda sucinta de

juicio verbal, contestación a juicio verbal, petición inicial de proceso monitorio, oposición a petición

inicial de proceso monitorio (hasta 2.000 Euros), impugnación a oposición de proceso monitorio (hasta

2.000 Euros), petición inicial de proceso monitorio de propiedad horizontal, oposición a petición inicial

de proceso monitorio de propiedad horizontal hasta 2.000 Euros), impugnación a oposición de proceso

monitorio de propiedad horizontal (hasta 2.000 Euros), otros modelos en materia de desahucios, asuntos

de familia, solicitud de jurisdicción voluntaria y otros, modelo de queja, impreso para la concesión del

derecho a la asistencia jurídica gratuita, modelo de indemnización de testigo y otros modelos genéricos

(solitud de testimonio, solicitud de documentación, escrito genérico de alegaciones …).

Los modelos, en la mayoría de los casos descritos, se encuentran en castellano y euskera.

En el tablón de anuncios de la planta baja de Información general como en el de la segunda

planta del Servicio Común Procesal General propiamente dicho se encuentra información completa de

teléfonos y direcciones de interés.

Es pública, asimismo, la Carta de Servicios del Servicio Común General Procesal de Amurrio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

257

2. APOYO A SALA

Anualmente se realiza la previsión anual de la única sala de vistas, atribuyendo su uso

correlativo por semana alternas a cada UPAD.

Las UPADs registran en su agenda informática los asientos correspondientes a las vistas,

comparecencias o demás a celebrar en la única Sala de Vistas y en las respectiva Sala multiusos de cada

UPAD.

Los dos/tres últimos días de cada mes, desde el Servicio Común Procesal General se imprime la

agenda de señalamientos de cada UPAD correspondiente al mes próximo, que se facilita a cada UPAD, a

fin de que se proceda a su comprobación y subsanación, en su caso, quedando debidamente actualizada.

La agenda de señalamientos de cada UPAD es pública y por parte del Servicio Común Procesal

General de Amurrio se revisa, actualiza y se le da nueva publicidad cada viernes.

Los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial acuden a la UPAD a primera hora, donde se les

hace entrega del listado de señalamientos actualizado, informándoles, asimismo, de cualquier incidencia

que pudiera existir respecto de las vistas señaladas, a fin de que informen debidamente a las partes

intervinientes en cada uno de los procesos a celebrar en el día.

Se asiste en Sala.

Diariamente, finalizada la sesión, se facilita el CD/DVD de la vista a la UPAD, a través de su

respectivo Letrado de la Administración de Justicia, que firma en conformidad con la entrega.

La asistencia a Sala se presta correctamente, sin destacar incidencias de relevancia.

Asimismo, el Servicio Común es informado telefónicamente de cada actuación judicial en la

que resulte necesaria la presencia o actuación de los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial,

personándose el funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial en la Sala de vistas o Sala multiusos

correspondiente con carácter previo al inicio de las correspondientes actuaciones, preparando y

organizando lo necesario en cuanto a la utilización de distintos medios tecnológicos (grabaciones,

videoconferencias …).

Durante el 2015 se han llevado a cabo 345 asistencias a sala, celebrándose vista en 321 de ellas

y resultando suspendidas 24 de las señaladas.

Comparándose los datos de 2015 con los de ejercicios anteriores resulta que en el 2014 se

llevaron a cabo 383 asistencias a sala, celebrándose vista en 363 de ellas y resultando suspendidas 20 de

las señaladas.

Mientras en el ejercicio 2013, en éste se llevaron a cabo 434 asistencias a sala, celebrándose

vista en 409 de ellas y resultando suspendidas 25 de las señaladas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

258

3. ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN.

Diariamente se da entrada a las entregas diarias de actos de comunicación y/o en comisión

procedentes de las UPADs, así como a los Exhortos recibidos de otros órganos judiciales distintos del

partido judicial de Amurrio, registrándose en ambos casos los correspondientes actos de comunicación

o/y en comisión interesados.

Se registran todos los actos de comunicación el mismo día de entrada en el Servicio Común, y,

excepcionalmente, el día hábil siguiente, cuando problemas informáticos o circunstancias puntuales de

personal impiden o dificultan el registro el mismo día de su recepción en el Servicio Común Procesal

General.

Se asigna informáticamente la salida para la práctica de los actos de comunicación unipersonal

el tercer día hábil siguiente a su registro.

Dadas las características del Partido Judicial de Amurrio y el número de actos de comunicación

interesados, no justifican, tanto por razones organizativas como económicas, la salida diaria para la

práctica de actos de comunicación. Las salidas se realizan tres días por semana (martes, jueves y

viernes), agrupando las zonas que pueden realizarse a pie, por un lado, y, de otro, aquellas que necesitan

de taxi para su desplazamiento, a fin de optimizar al máximo la utilización de taxi.

Excepcionalmente, cuando razones de urgencia lo exigen, se sale cuatro días.

Con la elección de los tres días semanales descritos, se cumple con la primera, y única salida en

muchos casos, dentro de los tres días hábiles siguientes a su entrada en el Servicio Común Procesal

General.

Son muchos las ocasiones en que la salida se práctica incluso antes del día asignado

informáticamente para su práctica, ello porque el sistema organizativo de salidas y número de actos de

comunicación a practicar permiten realizar esa primera salida con antelación al día asignado

informáticamente.

En cada salida, y, ante la dificultad para su debida cumplimentación en una primera salida, se

intenta conocer si el destinatario reside en dicho domicilio, horas en que puede ser localizado en el

mismo, si ha cambiado de domicilio y, en su caso, nuevo domicilio o lugar de trabajo.

El acto de comunicación que no ha podido practicarse debidamente en la primera salida se

registra informáticamente con la fecha de la primera salida como “En busca/ Reciclable”, permaneciendo

en esa Fase/ Estado durante los próximos dos días hábiles. Durante esos dos días el acto de comunicación

permanece en el Servicio Común a fin de poder practicarse, en su caso, en sede judicial. Si no ha sido

posible practicar debidamente el acto de comunicación unipersonal durante esos dos días hábiles y en

sede judicial, se registra como Reciclado y se asigna informáticamente su salida para el tercer día hábil

siguiente a su registro como reciclado.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

259

Se reitera lo manifestado anteriormente, en el sentido de que, en ocasiones, la salida se practica

incluso antes de la fecha asignada informáticamente, porque el sistema organizativo de salidas y los actos

de comunicación a practicar lo permiten.

Practicado el acto de comunicación, en una primera salida, en sede judicial o en una segunda

salida, se registra su resultado. El registro informático del resultado se realiza el mismo día de su práctica

o excepcionalmente, a primera hora del día hábil siguiente.

Los actos de comunicación y ejecución practicados se devuelven a la UPAD correspondiente,

junto con listado adjunto, firmado en conformidad por la UPAD, el mismo día o al día hábil siguiente al

registro de su resultado.

A.- DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y/O EJECUCIÓN REGISTRADOS

Durante el año de 2015 se han registrado 909 actos de comunicación y/o ejecución, frente a

1.156 en el ejercicio 2014 y 1.207 durante el año 2013.

De los 909 actos de comunicación y/o en ejecución registrados en el año 2015 (1.156 en 2014 y

1.207 en 2013), 893 se corresponden con actos de comunicación unipersonales (1.138 en 2014 y 1.193

en 2013) y 16 con actos en comisión (18 en 2014 y 14 en 2013).

Durante el año 2013 y 2014 se produce un descenso de solicitudes de comunicación unipersonal

y/o ejecución a practicar por el Servició Común de Actos de Comunicación y/o Ejecución (SCACE),

pero dicho descenso se evidencia más incluso durante el ejercicio 2015.

Dicho descenso operado en el año 2015 se centra en los actos de comunicación unipersonales,

que descienden significativamente, tanto respecto de 2014 como en cuanto a los registrados en 2013 (de

1.193 en 2013, a 1.138 en 2014 y 893 en 2015)

Si bien los actos en comisión de 2015 descienden respecto de los interesados en 2014 (de 18 en

2014 a 16 en 2015), el descenso es poco significativo y durante los tres últimos ejercicios se mantiene un

número constante en el registro de actos en comisión (14 en 2013, 18 en 2014 y 16 en 2015).

Actos de comunicación unipersonal registrados

El total de actos de comunicación unipersonales interesados en el año 2015 es de 893, frente a

1.138 en 2014 y 1.193 en 2013.

Del total de actos de comunicación unipersonales interesados en el año 2015 (893) (100% de los

unipersonales), 456 derivan de Exhortos (51,06% de los unipersonales) (319 referidos a la jurisdicción

penal – 69,96% de los derivados de Exhortos - y 137 a la jurisdicción civil – 30,04% de los derivados de

Exhortos -) y 437 de las UPADs (48,94% de los unipersonales).

Como se ha evidenciado anteriormente es relevante el descenso de peticiones de actos de

comunicación unipersonales en el año 2015, ya que de 1.193 en 2013 se descendió a 1.138 en 2014, pero

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

260

el descenso llega a 893 en 2015, procedente tanto de actos de comunicación unipersonales interesados y

derivados de Exhortos como de los interesados y derivados de peticiones de las UPADs del partido

judicial de Amurrio.

Retomando los datos del ejercicio 2015, de los actos de comunicación unipersonales interesados

en el año 2015 (893), 456 derivan de Exhortos (319 referidos a la jurisdicción penal y 137 a la

jurisdicción civil) y 437 de las UPADs.

Los 319 actos de comunicación unipersonales derivados de Exhortos penales proceden de 243

Exhortos penales y, por su parte, los 137 actos de comunicación unipersonales derivados de Exhortos

civiles proceden de 94 Exhortos civiles.

De los 893 actos de comunicación unipersonal registrados en 2015 (98,24% del total de actos

de comunicación y/o ejecución registrados en 2015):

- Primer trimestre: 248 (94 de Exhortos penales, 41 de Exhortos civiles y 113 de UPAD).

- Segundo trimestre: 275 (103 de Exhortos penales, 40 de Exhortos civiles y 132 de UPAD).

- Tercer trimestre: 183 (59 de Exhortos penales, 32 de Exhortos civiles y 92 de UPAD).

- Cuarto trimestre: 187 (63 de Exhortos penales, 24 de Exhortos civiles y 100 de UPAD).

Actos en comisión registrados

Los 16 actos en comisión registrados en el año 2015 se corresponden con 3 embargos (de 1

Exhorto penal y 2 Exhortos civiles) y 13 lanzamientos (2 derivados de 2 Exhortos civiles y 11

procedentes de las UPADs del partido judicial de Amurrio – jurisdicción civil)

Las 13 peticiones de lanzamiento se corresponden con 9 procedimientos de ejecución

hipotecaria (8 de UPADs de Amurrio – del que uno anulado/devuelto al órgano - y 1 de Exhorto civil,

que resultó anulado/devuelto al órgano), 3 juicios verbales de desahucio de UPADs de Amurrio y 1

procedimiento de ejecución provisional de un Exhorto civil.

Durante el ejercicio 2014 se registraron 18 peticiones de actos en comisión, correspondientes a 6

embargos y 12 lanzamientos a solicitud de las UPADs del partido judicial de Amurrio (9 de juicios

verbales de desahucio – de los que dos resultaron anulados/devueltos al órgano - , 1 de procedimientos

de ejecución hipotecaria, 2 de procedimientos de ejecución de laudo arbitral – de los que uno resultó

anulado/devuelto al órgano).

En el año 2013 se registraron 14 actos en comisión, de los que 3 fueron embargos y 11

lanzamientos (3 de procedimientos de juicio verbal de desahucio de las UPADs, 4 de procedimientos de

ejecución hipotecaria de las UPADs, 1 de un procedimiento de ejecución de título judicial de una

UPADs y 1 de un Exhorto civil – incidente concursal-, más 2 lanzamientos anulados procedentes de

procedimientos de ejecución de título judicial de las UPADs del partido judicial de Amurrio).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

261

Durante el ejercicio 2012 se registraron 7 actos en comisión, de los que 2 fueron embargos y 5

lanzamientos (3 derivaban de juicios verbales de desahucio y 2 de ejecuciones hipotecarias), frente a 16

actos en comisión en 2011, de los que 9 fueron embargos y 7 lanzamientos.

En los cinco últimos ejercicios se mantiene una constante en el número de actos en comisión

interesados, sin diferencias significativas, si bien desde el 2011 se ha incrementado el número de

lanzamientos frente al descenso en los embargos, siendo el número de lanzamientos interesados durante

los últimos tres años de 11 en 2013, 12 en 2014 y 13 en 2015. Aunque no se produce un incremento

relevante en el número de lanzamientos interesados, si es de destacar que aumenta año tras año.

De los 16 actos en comisión registrados en el 2015 (1,76% del total de actos de comunicación

y/o ejecución registrados en 2015):

- Primer trimestre: 1 embargo, procedente de un Exhorto penal (de una tasación de costas).

- Segundo trimestre: 5 lanzamientos, procedentes de las UPADs de Amurrio, derivados de 4

procedimientos de ejecución hipotecaria y de 1 juicio verbal de desahucio.

- Tercer trimestre: 1 embargo y 3 lanzamientos, siendo el embargo procedente de un Exhorto

civil (procedimiento de ejecución provisional) y los lanzamientos procedentes de las UPADs

DE Amurrio, de los que 1 de un procedimiento de ejecución hipotecaria de una de las UPADs

de Amurrio, 1 de juicio verbal de desahucio de una de las UPADs de Amurrio y 1 de un

procedimiento de ejecución provisional derivada de un Exhorto civil.

- Cuarto trimestre: 1 embargo y 5 lanzamientos, siendo el embargo procedente de un Exhorto

civil (procedimiento de ejecución de título no judicial) y los lanzamientos de 4

procedimientos de ejecución hipotecaria (uno de ellos derivado de un Exhorto civil y el resto

de las UPADs de Amurrio) y 1 de un juicio verbal de desahucio de una de las UPADs de

Amurrio.

B.- DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y/O EJECUCIÓN REALIZADOS

Durante el año 2015 se han realizado 918 actos de comunicación y/o en comisión, frente a

1.158 actos de comunicación y/o en comisión en 2014 y 1.200 actos de comunicación y/o en comisión en

el año 2013.

De los 918 actos realizados en 2015, 903 se corresponden con actos de comunicación

unipersonales (1.140 en 2014 y 1.186 en 2013), habiéndose practicado 15 actos en comisión (18 en 2014

y 14 en el año 2013).

Actos de comunicación unipersonal realizados

De los 903 actos de comunicación unipersonal realizados durante 2015 (98,37% del total de

actos de comunicación y/o ejecución realizados en 2015):

- Primer trimestre: 249 (103 de Exhortos penales, 38 de Exhortos civiles y 108 de UPADs).

- Segundo trimestre: 284 (102 de Exhortos penales, 43 de Exhortos civiles y 139 de UPADs).

- Tercer trimestre: 171 (57 de Exhortos penales, 32 de Exhortos civiles y 82 de UPADs).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

262

- Cuarto trimestre: 199 (67 de Exhortos penales, 24 de Exhortos civiles y 108 de UPADs).

Actos en comisión realizados

Los 15 actos en comisión realizados se corresponden con 2 embargos (uno procedente de un

Exhorto penal - tasación de costas - y otro procedente de un Exhorto civil – PEJ-) y 13 lanzamientos (de

2 Exhortos civiles y de 11 procedimientos de las UPADs de Amurrio), derivados de 9 procedimientos de

ejecución hipotecaria (1 de un Exhorto civil – anulado/devuelto al órgano - y 8 de las UPADs del partido

judicial de Amurrio – de los que uno anulado/devuelto al órgano), de 3 procedimientos de juicio verbal

de desahucio de las UPADs de Amurrio y de 1 procedimientos de ejecución provisional derivado de un

Exhorto civil.

De los 15 actos en comisión realizados durante 2015 (1,63% del total de actos de comunicación

y/o ejecución realizados en 2015):

- Primer trimestre: 0.

- Segundo trimestre: 1 embargo y 5 lanzamientos, siendo el embargo procedente de un Exhorto

penal (tasación de costas) y 5 lanzamientos procedentes de las UPADs del partido judicial de

Amurrio, derivados de 4 procedimientos de ejecución hipotecaria (de los que uno anulado) y

de 1 juicio verbal de desahucio.

- Tercer trimestre: 1 embargo y 2 lanzamientos, siendo que el embargo procede de un Exhorto

civil (pieza de ejecución) y 2 lanzamientos acordados por las UPADs de Amurrio, uno de un

procedimiento de ejecución hipotecaria y el otro de un juicio verbal de desahucio.

- Cuarto trimestre: 6 lanzamientos (de 2 Exhortos civiles y de 4 procedimientos de las UPADs

de Amurrio), derivados de 4 procedimientos de ejecución hipotecaria (uno de ellos de un

Exhorto civil-anulado), de 1 juicio verbal de desahucio de una de las UPADs de Amurrio y de

1 procedimiento de ejecución provisional procedente de un Exhorto civil.

Resultado de los actos de comunicación unipersonal realizados

Respecto del total de actos de comunicación unipersonales realizados en el 2015 (903), 760

lo han sido en sentido positivo (84,16%) (288 derivados de exhortos de la jurisdicción penal, 102

derivados de exhortos de la jurisdicción civil y 370 derivados de las UPADs); 123 en sentido negativo

(13,62%) (34 derivados de exhortos de la jurisdicción penal, 35 derivados de exhortos de la jurisdicción

civil y 54 derivados de las UPADs), 12 sin efecto (1,33%) (5 derivados de exhortos de la jurisdicción

penal, 0 derivado de exhorto de la jurisdicción civil y 7 procedentes de UPADs) y 8 anulados/devueltos

al órgano (0,89%) (2 derivados de exhortos de la jurisdicción penal, 0 derivado de exhorto de la

jurisdicción civil y 6 procedentes de UPADs)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

263

Resultado de los actos en comisión realizados

Respecto del total de actos en comisión registrados (16), se han realizado 15, de los que 11 en

sentido positivo (73,33%) (1 embargo procedente de un Exhorto penal – tasación de costas – y 10

lanzamientos, procedente 1 de un Exhorto civil – procedimiento de ejecución provisional – y los 9

restantes procedentes de las UPADs del partido judicial de Amurrio, siendo 6 de procedimientos de

ejecuciones hipotecarias y 3 de juicios verbales de desahucio), 2 en sentido negativo (13,33%) (1

embargo procedente de 1 Exhorto civil – pieza de ejecución – y 1 lanzamiento procedente de un

procedimiento de ejecución hipotecaria de una UPAD del partido judicial de Amurrio), 0 sin efecto

(0%) y, además, 2 solicitudes de actos en comisión se han anulado y devuelto al órgano de origen

(13,33%) (2 lanzamientos de procedimiento de ejecución hipotecaria, uno procedente de un Exhorto

civil y el otro de una de las UPADs del partido judicial de Amurrio).

C.- REPRESENTACIÓN GRAFICA DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y/O

EJECUCIÓN REGISTRADOS Y REALIZADOS

Durante el año 2015 se han registrado 909 actos de comunicación unipersonal y/ o en comisión,

de los que 893 se corresponden con actos de comunicación unipersonal y 16 con actos en comisión.

Se han realizado 918 actos de comunicación unipersonal y/o en comisión, de los que 903 se

corresponden con actos de comunicación unipersonal y 15 actos en comisión.

DILIGENCIAS

REGISTRADAS

DILIGENCIAS

REALIZADAS

UNIPERSONALES 893 903

EN COMISION 16 15

TOTAL 909 918

Actos de comunicación unipersonal

DILIGENCIAS UNIPERSONALES

DILIGENCIAS

REGISTRADAS

DILIGENCIAS

REALIZADAS

EXHORTOS PENALES 319 329

EXHORTOS CIVILES 137 137

UPADS 437 437

TOTAL 893 903

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

264

DILIGENCIAS

UNIPERSONALES

-REGISTRADAS

DILIGENCIAS

UNIPERSONALE

S-REALIZADAS-

CUMPLIMENTAD

O NEGATIVO SIN EFECTO

ANULADO/

DEVUELTO AL

ORGANO

EXHORTO PENAL

319

(35,72% del total)

(69,96% de los

Exhortos)

329

(36,43% del total)

(70,60% de los

Exhortos)

288

(37,89% del total)

(73,85% de los

Exhortos)

34

(27,64% del

total)

(49,28% de los

Exhortos)

5

(41,67% del

total)

(100% de los

Exhortos)

2

(25% del total)

(0% de los

Exhortos)

EXHORTO CIVIL

137

(15,34% del total)

(30,04% de los

Exhortos)

137

(15,17 %del total)

(29,40% de los

Exhortos)

102

(13,42 % del total)

(26,15% de los

Exhortos)

35

(28,46% del

total)

(50,72% de los

Exhortos)

0

(0 % del total)

(0% de los

Exhortos)

0

(0% del total)

(0% de los

Exhortos)

UPAD

437

(48,94% del total)

437

(48,39% del total)

370

(48,68% del total)

54

(43,90% del

total)

7

(58,33% del

total)

6

(75% del total)

TOTAL

893

(100% del total de

diligencias

unipersonales

registradas)

903

(100% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas)

760

(84,16% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas)

123

(13,62% del

total de

diligencias

unipersonales

practicadas)

12

(1,33% del total

de diligencias

unipersonales

practicadas)

8

(0,89% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

265

0

200

400

600

800

CUMPLIMENTADO

NEGATIVO

SIN EFECTO

ANULADO/DEVUELTO AL

ÓRGANO

0

100

200

300

400

500

600

700

800

CUMPLIMENTADO

Cumplimentado Exhorto Penal

Cumplimentado Exhorto Civil

Cumplimentado UPADs

0

20

40

60

80

100

120

140

NEGATIVO

Negativo Exhorto Penal

Negativo Exhorto Civil

Negativo UPADs

0

2

4

6

8

10

12

SIN EFECTO

Sin efecto Exhorto Penal

Sin efecto Exhorto Civil

Sin efecto UPADs

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

266

Actos en comisión

EN COMISION

DILIGENCIAS EN COMISION

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN COMISION

REALIZADAS

LANZAMIENTOS

13

(81,25% de las diligencias en

comisión registradas)

13

(86,67% de las diligencias en comisión

realizadas)

EMBARGOS

3

(18,75% de las diligencias en

comisión registradas)

2

(13,33% de las diligencias en comisión

registradas)

TOTAL 16 15

LANZAMIENTOS REGISTRADOS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

LANZAMIENTOS JVD UPADs partido

judicial Amurrio

3

(23,08 % de los

lanzamientos

registrados)

LANZAMIENTOS

EJH

UPADs partido

judicial Amurrio 8

9

(69,23 % de los

lanzamientos

registrados) LANZAMIENTO EXHORTO CIVIL 1

LANZAMIENTO OTROS- EJP EXHORTO CIVIL

1

(81,25% de las

diligencias en

comisión registradas)

TOTAL 13

0

1

2

3

4

5

6

7

8

ANULADO/DEVUELTO AL ÓRGANO

Anu./Dev. Exhorto Penal

Anu./Dev. Exhorto Civil

Anu./Dev. UPADs

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

267

LANZAMIENTOS REALIZADOS

CUMPLIMENTADO NEGATIVO ANULADO TOTAL

LANZAMIENTOS JVD UPAD

3

0

0

3

(23,08% de

los

lanzamientos

realizados)

LANZAMIENTOS

EJH

UPAD

6

1

1

9

(69,23% de

los

lanzamientos

realizados) LANZAMIENTO

EXHORTO

CIVIL

0

0

1

LANZAMIENTO OTROS-

EJP

EXHORTO

CIVIL

1

0

0

1

(7,69% de

los

lanzamientos

realizados)

TOTAL

10

(76,92% de los

lanzamientos

realizados)

1

(7.69% de

los

lanzamientos

realizados)

2

(15,38% de

los

lanzamientos

realizados)

13

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

268

EMBARGOS REGISTRADOS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN -

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN -

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN -

REGISTRADAS

DILIGENCIAS EN

COMISIÓN-

REGISTRADAS

EMBARGO TCS EXHORTO PENAL 1

EMBARGO EJP-ENJ EXHORTO CIVIL 2

TOTAL 3

EMBARGOS REALIZADOS

CUMPLIMENTADO NEGATIVO ANULADO TOTAL

EMBARGO TCS EXHORTO

PENAL 1 0 0 1

EMBARGO PEJ EXHORTO

CIVIL 0 1 0 1

TOTAL 1 1 0 2

D.- DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN UNIPERSONAL REALIZADAS EN

SEGUNDA SALIDA

Del total de actos de comunicación unipersonales practicados en el año 2015 (903), en 117 de

ellos el resultado se ha registrado tras realizar una segunda salida, lo que supone un 12,96% del total de

actos de comunicación practicados en el año 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

269

DILIGENCIAS

UNIPERSONALES

-REALIZADAS

TRAS SEGUNDA

SALIDA-

CUMPLIMENTA

DO TRAS

SEGUNDA

SALIDA

NEGATIVO

TRAS

SEGUNDA

SALIDA

SIN EFECTO

TRAS

SEGUNDA

SALIDA

ANULADO /

DEVUELTO AL

ORGANO TRAS

SEGUNDA

SALIDA

EXHORTOS

PENALES

42

28

8

5

1

EXHORTOS

CIVILES

15

12

3

0

0

UPADs

60

37

16

7

0

117

(12,96% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas)

(100% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas tras

segunda salida)

77

(10,13% del total de

diligencias

unipersonales

cumplimentadas)

(65,81% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas tras

segunda salida)

27

(21,95% del

total de

diligencias

unipersonales

con resultado

negativo)

(23,08% del

total de

diligencias

unipersonales

practicadas tras

segunda salida)

12

(100% del total

de diligencias

unipersonales

con resultado sin

efecto)

(10,26% del

total de

diligencias

unipersonales

practicadas tras

segunda salida)

1

(12,5% del total de

diligencias

unipersonales con

resultado

anulado/devuelto al

órgano)

(0,85% del total de

diligencias

unipersonales

practicadas tras

segunda salida)

Respecto de los 117 actos de comunicación unipersonal practicados y en los que ha resultado

necesaria una segunda salida, se han resuelto positivamente 77 (28 de Exhortos penales, 12 de Exhortos

civiles y 37 de UPADs) (65,81% de los practicados tras una segunda salida), 27 negativamente (8 de

Exhortos penales, 3 de Exhortos civiles y 16 de UPADs) (23,08% de los practicados tras una segunda

salida), 12 sin efecto (5 de Exhortos penales, 0 de Exhortos civiles y 7 de UPADs) (10,26% de los

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

270

practicados tras una segunda salida) y 1 anulado de un Exhorto penal (0,85% de los practicados tras una

segunda salida.

E.- DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y/O EJECUCIÓN PENDIENTES

Al finalizar el cuarto trimestre de 2015 quedan PENDIENTES de practicar 4 actos, de los

que 3 son actos de comunicación unipersonal (1 derivado de un Exhorto civil y 2 de las UPADs de

Amurrio) y 1 es un embargo derivado de un Exhorto civil (de un procedimiento de ejecución de título

no judicial).

De los 3 actos de comunicación unipersonal pendientes de practicar, en 2 de ellos ya se ha

realizado una primera salida (proceden de una de las UPADs de Amurrio) y 1 está pendiente de que se

practique la primera salida, dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción en el Servicio.

F.- COMPARATIVA GRÁFICA DE ACTOS DE COMUNICACIÓN UNIPERSONAL

REGISTRADOS Y REALIZADOS DE LOS EJERCICIOS 2013, 2014 y 2015.

0

100

200

300

400

500

600

700

2013 2014 2015

Exhorto penal

Exhorto civil

UPADs

DILIGENCIAS UNIPERSONALES REGISTRADAS

EXHORTO

PENAL

EXHORTO

CIVIL UPADS TOTAL

2013 422 150 621 1.193

2014 355 166 617 1.138

2015 319 137 437 893

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

271

0

100

200

300

400

500

600

700

2013 2014 2015

Exhortos penales

Exhortos civiles

UPADs

DILIGENCIAS UNIPERSONALES REALIZADAS

DILIGENCIAS UNIPERSONALES REGISTR

CUMPLIMENTAD

A

NEGATIV

A

SIN

EFECTO

ANULADO/DEVUEL

TO AL ORGANO

2013

EXH. PENALES 375 36 6 4 421

EXH. CIVILES 82 62 4 1 149

UPADS 506 91 14 5 616

TOTAL 963 189 24 10 1.186

2014

EXH. PENALES 310 33 6 0 349

EXH. CIVILES 112 51 4 0 167

UPADS 522 69 18 15 624

TOTAL 944 153 28 15 1.140

2015

EXH. PENALES 288 34 5 2 329

EXH. CIVILES 102 35 0 0 137

UPADS 370 54 7 6 437

TOTAL 760 123 12 8 903

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

272

Desglose de los actos de comunicación unipersonal realizados, según su resultado:

G.- COMPARATIVA GRÁFICA DE ACTOS EN COMISIÓN REGISTRADOS Y

REALIZADOS DE LOS EJERCICIOS 2013, 2014 y 2015

DILIGENCIAS EN COMISIÓN REGISTRADAS- LANZAMIENTOS

2013 LANZAMIENTOS JVD UPADs partido

judicial Amurrio 3

LANZAMIENTOS EJH UPADs partido

judicial Amurrio 4

LANZAMIENTO ETJ UPADs partido

judicial Amurrio 3

LANZAMIENTO OTROS EXHORTO

CIVIL 1

TOTAL 11

2014 LANZAMIENTOS JVD UPADs partido

judicial Amurrio 9

LANZAMIENTOS EJH UPADs partido

judicial Amurrio 1

LANZAMIENTO EAR UPADs partido

judicial Amurrio 2

LANZAMIENTO OTROS EXHORTO

CIVIL 0

0

100

200

300

400

500

600

700

800

900

1000

2013 2014 2015

Cumplimentados

Negativos

Sin efecto

Anulado/Devuelto alórgano

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

273

TOTAL 12

2015 LANZAMIENTOS JVD UPADs partido

judicial Amurrio 3

LANZAMIENTOS

EJH

UPADs partido

judicial Amurrio 8

LANZAMIENTO EXHORTO

CIVIL 1

LANZAMIENTO OTROS-EJP EXHORTO

CIVIL 1

TOTAL 13

DILIGENCIAS EN COMISIÓN REGISTRADAS-EMBARGOS

2013 EMBARGOS ETJ UPADs partido judicial Amurrio 1

EMBARGOS EJH UPADs partido judicial Amurrio 0

EMBARGOS EAR UPADs partido judicial Amurrio 0

EMBARGOS OTROS EXHORTO CIVIL 2

TOTAL 3

2014 EMBARGOS ETJ UPADs partido judicial Amurrio 2

EMBARGOS EJH UPADs partido judicial Amurrio 0

EMBARGOS EAR UPADs partido judicial Amurrio 0

EMBARGOS OTROS EXHORTO CIVIL 4

TOTAL 6

2015 EMBARGOS TCS EXHORTO PENAL 1

EMBARGOS EJP-ENJ EXHORTO CIVIL 2

TOTAL 3

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

274

DILIGENCIAS EN COMISIÓN REALIZADAS – LANZAMIENTOS y EMBARGOS

CUMPLIMENTADO NEGATIVO ANULADO TOTAL

2013 LANZAMIENTOS JVD UPADs 3 0 0 3

LANZAMIENTOS EJH UPADs 4 0 0 4

LANZAMIENTO ETJ UPADs 1 0 2 3

LANZAMIENTO EAR UPADs 0 0 0 0

LANZAMIENTO OTROS EXHORTOS

CIVILES 1 0 0 1

TOTAL 9 0 2 11

EMBARGO ETJ UPADs 0 0 1 1

EMBARGO OTROS Exh. civiles 1 1 0 2

TOTAL 1 1 1 3

TOTAL 14

2014 LANZAMIENTOS JVD UPADs 6 1 2 9

LANZAMIENTOS EJH UPADs 1 0 0 1

LANZAMIENTO ETJ UPADs 0 0 0 0

LANZAMIENTO EAR UPADs 1 0 1 2

LANZAMIENTO OTROS EXHORTO

CIVIL 0 0 0 0

TOTAL 8 1 3 12

EMBARGO ETJ UPADs 2 0 0 2

EMBARGO OTROS Exh. civiles 3 1 0 4

TOTAL 5 1 0 6

TOTAL 13 2 3 18

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

275

2015 LANZAMIENTOS JVD UPADs 3 0 0 3

LANZAMIENTOS

EJH

UPADs 6 1 1 8

LANZAMIENTO EXHORTO

CIVIL 0 0 1 1

LANZAMIENTO OTROS-

EJP

EXHORTO

CIVIL 1 0 0 1

TOTAL 10 1 2 13

EMBARGO TCS EXHORTO

PENAL 1 0 0 1

EMBARGO PEJ EXHORTOS

CIVILES 0 1 0 1

TOTAL 1 1 0 2

TOTAL 11 2 2 15

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

2013 2014 2015

EMBARGOS

LANZAMIENTOS

Lanzamientos -Ejecuciónhipotecaria

Lanzamientos -Juicios desahucio

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

276

H.- CONSIDERACIONES

Con respecto a la aplicación informática, los actos de comunicación y/o en comisión en los

que se interesa de inicio por el órgano solicitante su anulación o devolución se registra el acto, pero sin

asignación de primera salida y, asimismo, en el mismo momento y fecha de su registro, se indican los

motivos preexistentes en la aplicación informática, de manera que dicha anulación sí tiene reflejo

informático, y, en concreto, a través de la consulta por actos de comunicación, se pueden comprobar los

casos de anulación y los motivos de la misma.

Cuando la anulación/devolución al órgano se interesa por el órgano solicitante con posterioridad

a la asignación de primera salida es en dicho momento, con fecha de la solicitud por parte del órgano

solicitante, que se registra, como resultado del acto registrado y con inicial asignación de salida, el de

anulación/devolución al órgano. En cualquiera de los casos, dichas anulaciones/devoluciones al órgano

de origen sí tienen reflejo informático a través de la consulta de actos de comunicación.

4. REGISTRO Y REPARTO

Se registran el mismo día de su recepción en el Servicio Común, o, excepcionalmente, al día

siguiente de su recepción, los Exhortos para su remisión al Órgano Competente (EORs), Exhortos a

cumplimentar en el mismo Servicio Común General y Exhortos recibidos en el SCAC para la práctica de

diligencias unipersonales y/o en comisión, tanto los referidos a la jurisdicción civil como a la

jurisdicción penal.

Se registran el mismo día de su recepción en el Servicio Común o, excepcionalmente, al día

siguiente de su recepción, de un lado, las demandas y exhortos civiles que se reparten a las UPADs y, de

otro, los atestados, denuncias, querellas, inhibiciones y exhortos penales que se reparten a las UPADs.

Es en reducidas ocasiones que se hace uso/que se agota el plazo de dos días hábiles desde su

recepción en el Servicio Común, fijado en los Protocolos de actuación en vigor, para el registro de las

demandas, exhortos civiles, atestados, denuncias, querellas, inhibiciones y exhortos penales, ya que,

como se ha indicado anteriormente, dicho registro se intenta practicar el mismo día de su recepción en el

Servicio o, en su caso, el inmediato día hábil.

Finalizado el registro, se realiza el reparto a las UPADs, firmando la UPAD el correspondiente

listado de entrega en conformidad.

Asimismo, se registran los distintos escritos que se presentan ante el Servicio Común General

Procesal o, bien, que se reciben, vía correo ordinario o fax, a fin de producir sus efectos en los distintos

procedimientos ante las Upads del Partido Judicial de Amurrio, igualmente en el mismo día de su entrada

en el Servicio Común, y, excepcionalmente, al día siguiente.

Como ya se ha hecho referencia en los asuntos y exhortos civiles y en los asuntos y exhortos

penales, es en reducidas ocasiones que se hace uso/que se agota el plazo de dos días hábiles para su

registro desde su recepción en el Servicio Común, fijado en los Protocolos de actuación en vigor.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

277

Finalizado el registro, se realiza el reparto a las UPADs, que firman en conformidad con la

entrega.

Las Piezas de Convicción se registran informáticamente al registrar el atestado/ampliatoria

correspondiente, dejando constancia detallada en el registro informático del número que se le atribuye,

del atestado/ampliatoria de referencia, fecha de recepción y breve descripción de la pieza de convicción.

Asimismo, se toma nota en el libro registro de piezas de convicción del número que se le

atribuye, de descripción lo más detallada posible de la pieza de convicción registrada, con referencia del

atestado/ampliatoria del que trae causa, fecha de recepción y ubicación de la pieza, con objeto de llevar a

cabo un control más exhaustivo de los movimientos de cada una de las piezas de convicción registradas y

su efectiva ubicación y destino (archivo, préstamo a distintos organismos, remisión a otros órganos

judiciales, destrucción, devolución a su propietario).

En aquellas piezas de convicción registradas, pero en las que no resulta posible su archivo en el

Servicio Común de Amurrio, según previsión legal y expresa en Protocolo de actuación en vigor, se

procede a la inadmisión del archivo de la pieza de convicción, que sí consta registrada, comunicando

dicha inadmisión al órgano judicial definitivo al que ha resultado asignado y repartido el asunto

principal o ampliatoria, siendo el órgano judicial definitivo el que haya de acordar lo procedente sobre el

adecuado archivo y ubicación de la pieza de convicción registrada.

La decisión sobre el destino y ubicación de la pieza de convicción es comunicada al Servicio

Común por el órgano judicial, dejándose constancia en el libro físico de registro de piezas de convicción

de dicho destino y ubicación y fecha de la misma (p.e. devolución al organismo policial presentante para

su adecuado archivo en dependencias policiales u otras debidamente habilitadas para la correcta

conservación de la pieza de convicción en cuestión).

La aplicación informática disponible en el partido judicial de Amurrio no permite ninguna otra

actuación respecto a las piezas de convicción, más allá de su registro inicial. Por ello, resulta imposible

registrar informáticamente su ubicación en Archivo (ubicación – baldas, estanterías - ...), así como los

distintos movimientos referidos a cada pieza de convicción (entrega a la UPAD, devolución de la UPAD,

devolución al organismo policial presentante, remisión a otro partido judicial, entrega al propietario,

destrucción, etc.). Ello se lleva a cabo manualmente, a través del libro registro de piezas de convicción.

Asimismo, se obtiene de manera periódica de la aplicación informática el listado de piezas de

convicción, listados que se complementa y actualiza con los distintos movimientos de cada pieza de

convicción.

Anualmente, finalizado el ejercicio, se facilita a cada Upad del partido judicial de Amurrio un

listado de piezas de convicción, complementado y actualizado con las correspondientes anotaciones

marginales realizadas por el personal del Servicio Común Procesal General de Amurrio. El objetivo de

las anotaciones marginales es el de mantener debidamente informado al órgano judicial de la ubicación y

destino de las correspondientes piezas de convicción.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

278

Retomando lo referente al REGISTRO, de un lado, de los Exhortos para su remisión al Órgano

Competente (EORs), Exhortos a practicar en el propio Servicio y Exhortos remitidos al SCAC para la

práctica de diligencias unipersonales y/o en comisión, tanto en la jurisdicción civil como penal, y, de

otro, el REGISTRO de las demandas y exhortos en la jurisdicción civil que se reparten a las UPADs, así

como de los atestados, denuncias, querellas, inhibiciones y exhortos de la jurisdicción penal que se

reparten a las UPADs, debe destacarse lo siguiente.

A.- DE LOS EXHORTOS PARA REMISIÓN AL ÓRGANO COMPETENTE (EORs).

En el año 2015, tanto en la jurisdicción civil como en la penal, constan registrados por el

Servicio Común 73 EORs, frente a 60 EORs en 2014, 77 registrados en el año 2013 y 80 en el ejercicio

2012.

De los 73 EORs registrados por el Servicio Común Procesal General de Amurrio, 23 se

corresponden a la jurisdicción civil mientras 50 lo son de la jurisdicción penal.

No obstante, hay que destacar que, en la jurisdicción civil, de los 23 EORs registrados, 17 se

corresponden con EORs propiamente dichos (Exhortos para su remisión al Órgano Competente) y 6 se

corresponde con un Exhorto cumplimentado por y ante el mismo Servicio Común Procesal General de

Amurrio.

Por lo que respecta a la jurisdicción penal, de los 50 EORs registrados, 35 se corresponden con

EORs propiamente dicho (Exhortos para su remisión al Órgano Competente) y 15 se corresponden con

Exhortos cumplimentados por y ante el mismo Servicio Común Procesal General de Amurrio.

Los Exhortos cumplimentados por el Servicio Común Procesal General de Amurrio se registran

en el contexto de EOR, si bien, en el apartado de observaciones, se deja constancia de la actuación

interesada por el Órgano exhortante y practicada / cumplimentada por el propio Servicio.

En la cumplimentación de dichos Exhortos por/ante el Servicio Común Procesal General de

Amurrio se utilizan los modelos normalizados elaborados para su uso por los Juzgados de Instancia y por

los Juzgados de Instrucción. Dichos modelos se archivan informáticamente creándose un catálogo de

modelos a utilizar por el Servicio.

Comparando los datos del año 2015 con los del 2014, 2013 y 2012, resulta que los EORs

registrados en la jurisdicción civil son 23 en el año 2015 (17 EORs propiamente dichos y 6 EORs

cumplimentados por el Servicio Común), frente a 21 en el año 2014 (20 EORs propiamente dichos y 1

EOR cumplimentados por el Servicio Común), 23 en el año 2013 (18 EORs propiamente dichos y 5

EORs cumplimentados por el Servicio Común) y 34 en el año 2012.

Mientras en la jurisdicción penal se han registrado 50 EORs en el ejercicio 2015 (35 EORs

propiamente dichos y 15 EORs cumplimentados por el Servicio Común), frente a 39 EORs durante el

año 2014 (25 EORs propiamente dichos y 14 EORs cumplimentados por el Servicio Común), 54 en el

año 2013 (28 EORs propiamente dichos y 26 EORs cumplimentados por el Servicio Común) y 46 en el

año 2012.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

279

No se dispone de datos del ejercicio 2011 por cuanto no se registraban informáticamente los

EORs.

El número de EORs registrados por el Servicio y, en concreto, Exhortos para su remisión al

Órgano Competente, en la jurisdicción civil, ha descendido respecto a los registrados en 2014 y 2013, si

bien durante los tres últimos ejercicios no se aprecian cambios significativos, manteniéndose constante

el número de los mismos registrados durante 2013, 2014 y 2015. Por el contrario, los EORs registrados

por el Servicio, y, concretamente, Exhortos para su remisión al Órgano Competente correspondientes a la

jurisdicción penal han aumentado durante 2015, tanto respecto de los datos de 2014 como 2013, y el

aumento pudiera resultar relevante.

Los EORs cumplimentados por el Servicio Común de Amurrio, correspondientes a la

jurisdicción civil, han aumentado en el año 2015 en relación con el ejercicio 2014 y 2013, si bien se

mantiene, más o menos, constante su número en la jurisdicción penal en relación con los datos de 2014,

en ambos caso inferior a los datos de 2013 (26).

B.- DE LOS EXHORTOS

En el año 2015, en la jurisdicción civil y penal, constan registrados y repartidos al

SERVICIO DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS/LANZAMIENTOS DE AMURRIO 342

EXHORTOS, frente a 381 en el año 2014, 409 en el año 2013, 354 en el año 2012 y 413 en 2011.

De los 342 Exhortos, 98 se corresponden con Exhortos civiles (frente a 106 en 2014, 100 en el

año 2013, 83 en el año 2012 y 102 en 2011) y 244 con Exhortos penales (frente a 275 en el año 2014,

309 en el ejercicio 2013, 271 en el año 2012 y 311 en 2011).

Durante 2015 desciende el número de Exhorto civiles registrados en el Servicio Común de

Amurrio para actos de comunicación y/o en comisión, si bien se mantiene, más o menos constante, el

número de los mismos registrado durante los últimos cinco ejercicios. La misma tendencia descendente

se aprecia respecto de los Exhortos penales registrados en el Servicio Común de Amurrio para actos de

comunicación y/o en comisión, si bien en este caso el descenso es más relevante, alcanzándose en el

ejercicio 2015 el número más reducido de los últimos cinco años.

C.- DE LAS AMPLIATORIAS REMITIDAS

En la JURISDICCION PENAL, recibida una ampliatoria de un procedimiento iniciado,

instruido o enjuiciado en este partido judicial, si bien itinerada a otro Juzgado/Audiencia o Servicio

Común de otro partido judicial, se registra y reparte a la UPAD de origen que instruyó o conoció del

asunto, que lo remite por correo, certificado con acuse de recibo, al Juzgado/Audiencia o Servicio

Común correspondiente.

En el año 2015 se ha registrado y repartido a las UPADs para su posterior remisión por éstas al

órgano o servicio competente 3 ampliatorias, 1 con destino al Juzgado de Paz de Llodio, 1 al Servicio

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

280

Común Procesal General - Sección de Registro y Reparto Penal de Vitoria y 1 a la UPAD Penal- Juzgado

de lo Penal nº 1 de Vitoria.

D.- DE LA JURISDICCIÓN CIVIL

En la JURISDICCION CIVIL, y, en relación con los asuntos principales que se registran y

reparten a las UPADs, se han registrado y repartido 583 en el año 2015, frente a 602 asuntos en 2014,

649 en el ejercicio de 2013, 700 en el ejercicio 2012 y 612 en 2011.

Teniendo en cuenta que en 2015 se han registrado y repartido a las UPADs 583 asuntos,

interesa destacar, de manera específica, lo siguiente:

- Respecto a los JUICIOS VERBALES DE DESAHUCIO, se registran 21, de los que 20 se

basan en FALTA DE PAGO y 1 en PRECARIO.

De los 21 juicios de desahucio que constituyen el total anual computado (16,41% del total

de los verbales), en el primer trimestre de 2015 constan 9, de los que todos son por FALTA DE PAGO y

ninguno en PRECARIO; en el segundo trimestre 5, de los que 4 son por FALTA DE PAGO Y 1 en

PRECARIO; en el tercer trimestre 2, todos por FALTA DE PAGO y en el último trimestre de 2015

constan 5, todos por FALTA DE PAGO y ninguno en PRECARIO.

Comparativamente, en el año 2014 se registraron 23 asuntos verbales de desahucio, de los que

21 fueron por FALTA DE PAGO y 2 en PRECARIO; habiéndose registrado en el ejercicio 2013 el

mismo número de asuntos verbales de desahucio en las mismas modalidades; mientras en el ejercicio

2012 se registraron 18 JUICIOS VERBALES DE DESAHUCIO, siendo 14 POR FALTA DE PAGO y 4

por PRECARIO y, asimismo, en el año 2011 se registraron igualmente 18 JUICIO VERBALES DE

DESAHUCIO, siendo 17 POR FALTA DE PAGO y 1 por PRECARIO.

Durante el año 2015 se reduce ligeramente el número de juicios verbales de desahucio respecto

de 2014 y 2013 (de 23 en ambos ejercicios a 21 en 2015), pero sigue siendo superior al número de

asuntos de este tipo que se registraron en 2012 y 2011 (18 en ambos ejercicios). En los años 2011 y 2012

es cuando se registra el número más reducido de juicios verbales de desahucio. Se constata, ejercicio tras

ejercicio, que entre los juicios verbales de desahucio es mayoritario el correspondiente a falta de pago.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

281

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LOS JUICIOS VERBALES DE DESAHUCIO DE LOS

ÚLTIMOS CINCO AÑOS

JUICIOS VERBALES DE DESAHUCIO

FALTA DE PAGO PRECARIO TOTAL

2011 17 1 18

2012 14 4 18

2013 21 2 23

2014 21 2 23

2015 20 1 21

- El número de EJECUCIONES HIPOTECARIAS es durante el año 2015 de 3, frente a 9

en 2014, 7 en el año 2013, 17 en el año 2012 y 15 en 2011.

De las 3 ejecuciones hipotecarias de 2015, no se ha registrado ninguna en el primer trimestre de

2015, ha sido 1 en el segundo trimestre, 1 en el tercer trimestre y 1 en el último trimestre de 2015.

Durante el año 2015 desciende considerable y muy significativamente el número de ejecuciones

hipotecarias en relación con las registradas en los cuatro años precedentes. Si bien, en el ejercicio 2014

se dio un pequeño ascenso de las ejecuciones hipotecarias respecto de las registradas en 2013, sin

embargo, en el año 2015 se registra el menor número de ejecuciones hipotecarias de los últimos cinco

años, siendo el descenso operado muy significativamente relevante en relación con los datos registrados

en los ejercicios 2012 (17 ejecuciones hipotecarias) y 2011 (15 ejecuciones hipotecarias).

En el ejercicio 2015 se confirma la tendencia descendente apreciada durante los años precedentes

en el número de ejecuciones hipotecarias registradas, siendo especialmente destacable que durante el año

2015 únicamente se registran 3 ejecuciones hipotecarias.

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS DE LOS

ÚLTIMOS CINCO AÑOS

EJECUCIONES HIPOTECARIAS

2011 15

2012 17

2013 7

2014 9

2015 3

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

282

- El número de EJECUCIONES DE TITULOS NO JUDICIALES en el año 2015 es de

6, frente a 5 en 2014, 24 en el año 2013, 36 en el ejercicio 2012 y 23 en el año 2011.

De las 6 ejecuciones de título no judicial registradas en 2015, no se registra ninguna en el primer

trimestre de 2015, 3 en el segundo trimestre, 0 en el tercer trimestre y 2 en el último trimestre de 2014.

Se produce un pequeño ascenso en el año 2015, pero lejos de los números registrados en 2013,

2012 y 2011. Durante el año 2015 se sigue registrando uno de los números más reducidos de ejecuciones

de título no judicial registradas y repartidas a las UPADs de los últimos cinco años.

- Consta registrada y repartida en el año 2015 una ejecución genérica (auto de cuantía

máxima).

- Los ASUNTOS DE FAMILIA (103), más los juicios verbales sobre capacidad de las

personas físicas (21) son 124 durante el año 2015, frente a 172 en 2014, 145 en el año 2013, 138 en el

año 2012 y 124 en 2011.

Al finalizar el ejercicio 2015 se constata que se registra el menor número de asuntos de familia de

los últimos cinco años, equiparándose los datos a los registrados en 2011.

En 2015 se rompe con la tendencia ascendente de los ejercicios 2012, 2013 y 2014 y, de hecho,

como se ha referenciado, es en 2015 cuando se registra el menor número de asuntos de familia de los

últimos cinco años.

Los 103 asuntos de familia registrados y repartidos durante el año 2015 se desglosan en 26 en

el primer trimestre, 27 en el segundo trimestre, 20 en el tercer trimestre y 30 durante el cuarto trimestre

de 2014.

Además, en 2015 se han registrado 21 juicios especiales sobre la capacidad de las personas

física (6 se registraron en el primer trimestre, 6 en el segundo trimestre, 1 en el tercer trimestre y 8 en el

cuarto trimestre de 2015).

Entre los 103 procedimientos propiamente dichos de familia (17,67% del total de asuntos

registrados y repartidos a las UPADS):

* 46 divorcios de mutuo acuerdo (44,66% del total de procedimientos propiamente dichos de

familia) (10 en el primer trimestre, 14 en el segundo trimestre, 4 en el tercer trimestre y 18 en el último

trimestre de 2015).

* 17 se corresponden con divorcios contencioso (16,50% del total de procedimientos

propiamente dichos de familia) (6 del primer trimestre, 2 del segundo trimestre, 6 del tercer trimestre y 3

del cuarto trimestre de 2015).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

283

* 2 separación de mutuo acuerdo (1,94% del total de procedimientos propiamente dichos de

familia) (1 en el primer y segundo trimestre de 2015).

* 15 procedimientos referidos a la adopción de medidas respecto de hijos no matrimoniales, ya

sean de mutuo acuerdo o contenciosas, (14,56% del total de procedimientos propiamente dichos de

familia) (3 en el primer trimestre, 3 en el segundo trimestre, 5 en el tercer trimestre y 4 en el cuarto

trimestre de 2015).

* En 5 ocasión se ha interesado por el solicitante la adopción de medidas previas respecto de

hijos (4,85% del total de procedimientos propiamente dichos de familia) (1 en el primer trimestre, 2 en el

segundo trimestre, 2 en el tercer trimestre y 0 en el cuarto trimestre de 2015).

* 15 procedimientos de modificación de medidas, ya sean de mutuo acuerdo o contenciosas

(14,56% del total de procedimientos propiamente dichos de familia) (4 en el primer trimestre, 5 en el

segundo trimestre, 2 en el tercer trimestre y 4 del cuarto trimestre de 2015).

* 1 procedimiento de familia derivado de violencia contra la mujer (0,97% del total de

procedimientos propiamente dichos de familia) (durante el cuarto trimestre de 2015).

* 2 procedimientos de liquidación de sociedad de gananciales (1,94% del total de

procedimientos propiamente dichos de familia) (1 en el primer trimestre, 0 en el segundo trimestre, 1 en

el tercer trimestre y ninguno en el cuarto trimestre de 2015).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

284

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LOS ASUNTOS PROPIAMENTE DE FAMILIA DE

2015

RESTO

DIVORCIOMUTUOACUERDODIVORCIOCONTENCIOSO

SEPARACIÓNMUTUOACUERDOMEDIDAS HIJONOMATRIMONIALMODIFICACIÓNMEDIDAS

MEDIDASPREVIAS

RESTO

DIVORCIOMUTUOACUERDODIVORCIOCONTENCIOSO

SEPARACIÓNMUTUOACUERDOMEDIDAS HIJONOMATRIMONIALMODIFICACIÓNMEDIDAS

MEDIDASPREVIAS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

285

De manera comparativa, los asuntos de familia del 2015, en relación con los registrados en los

ejercicios 2014, 2013, 2012 y 2011, se desglosan de la siguiente manera:

* 46 divorcios de mutuo acuerdo en el año 2015, frente a 37 en 2014, 35 en 2013, 38 en el

2012 y 39 en el 2011.

* 17 divorcios contenciosos en el año 2015, frente a 24 en 2014, 27 en 2013, 18 en el año 2012

y 28 en 2011.

* 2 separaciones de mutuo acuerdo 2015, frente a 1 en 2014, 0 en 2013, 2 en el año 2012 y 3 en

2011.

* Ninguna separación contenciosa en 2015 y 2014, 1 separación contenciosa en el año 2013, 0

en 2012 y 2 separaciones contenciosas en 2011.

* 15 procedimientos referidos a la adopción de medidas respecto de hijos no matrimoniales, ya

sean de mutuo acuerdo o contenciosas en el año 2015, frente a 43 en 2014, 26 en 2013, 24 en el año 2012

y 14 en 2011.

* En 5 ocasión se ha interesado por el solicitante la adopción de medidas previas respecto de

hijos durante en ejercicio 2015, frente a 7 en 2014, 5 en el año 2013, 8 en el año 2012 y 1 en 2011.

* 15 procedimientos de modificación de medidas, ya sean de mutuo acuerdo o contenciosas en

2015, frente a 24 en 2014, 21 en el año 2013, 19 en el año 2012 y 19 en 2011.

* 1 procedimiento de juicio verbal de familia en 2014 y 2011.

* 1 procedimientos de familia derivados de violencia contra la mujer en 2015, frente a 1 en

2014 y 2 en 2012.

* 2 procedimientos de liquidación de sociedad de gananciales en el año 2015, frente a 7 en

2014, 3 en el año 2013, 5 en el año 2012 y 5 en 2011.

* 10 procedimientos de impugnación de justicia gratuita, referidos a procesos de familia, en el

año 2013 y 2 en 2014.

*1 exequatur en el año 2013.

En el año 2015, y, en relación con los datos de 2014, 2013, 2012 y 2011:

* Si bien durante 2011 (39), 2012 (38) y 2013 (35) descendió progresivamente cada nueva

anualidad el número de divorcios de mutuo acuerdo, en 2014 (37) opera un mínimo ascenso respecto el

más bajo registrado durante el año inmediatamente anterior 2013 y en el último año 2015 se registra el

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

286

número más elevado de divorcios de mutuo acuerdo de los últimos cinco años, siendo 46 los registrados

en 2015 frente a los 35 del año 2013, año en el que se constató el número más reducido de asuntos de

familia de este tipo de los últimos cinco años.

* Las separaciones de mutuo acuerdo asciende mínimamente durante 2015, pero se mantiene la

misma tendencia durante los últimos cinco años. No es destacable el número de separaciones de mutuo

acuerdo, siendo su número muy reducido en todas las anualidades.

* En el año 2015 vuelve a reducirse (17), como sucedió durante 2014 (24) y 2013 (27), el

número de divorcios contenciosos, alcanzándose en 2015 el número más reducido registrado en los

últimos cinco años, frente al número más elevado de divorcios contenciosos (28) registrado durante

2011.

* En los años 2015 y 2014 no se registra ninguna separación contenciosa, al igual que durante

2012, siendo las registradas en 2013 (1) y 2011 (2) muy reducidas.

* Asciende el número de separaciones/divorcios de mutuo acuerdo, confirmándose el número

más elevado de procedimientos de mutuo acuerdo de los últimos cinco años, frente a un descenso de las

separaciones/divorcios contenciosos, confirmándose, igualmente, el número más reducido de

procedimientos contenciosos de los últimos cinco años.

* Resulta muy relevante el descenso operado durante 2015 en el número de procedimientos

referidos a la adopción de medidas respecto de hijos no matrimoniales, ya sean de mutuo acuerdo o

contenciosas (de 43 en 2014 a 15 en 2015). Es inferior también a los registrados en 2013 (26) y 2014

(24). Si bien el de 2015 no es el dato más bajo de este tipo de procedimiento de familia, sí se encuentra

muy cercano al más bajo registrado, que fue de 14 registrados en el ejercicio 2011. En 2015 los

procedimientos de adopción de medidas respecto de hijos no matrimoniales se reducen a más de la mitad

de los registrados en 2014 y, es más, los 15 registrados durante 2015 son muy similares a los más

reducidos registrados en 2011 (14).

* En 2015 desciende ligeramente el número de medidas previas respecto de hijos con relación a

2014 (de 7 en 2014 a 5 en 2015), igualándose a las registradas durante 2013 (5), pero sin llegar a

alcanzar el número más reducido registrado en el año 2011 (1). Fue durante 2012 que se registró el

número más elevado de medidas previas (8).

* Desciende de manera destacable el número de procedimientos de modificación de medidas, ya

sean de mutuo acuerdo o contenciosas, ello con respecto a 2014 (de 24 en 2014 a 15 en 2015), aunque

desciende igualmente el relación con los registrados en 2013 (21) y en 2012 y 2011 (19

respectivamente), alcanzándose en 2015 el número más reducido de procedimientos de modificación de

medidas de los últimos cinco años.

* El número de procedimientos de familia derivados de violencia de género es muy reducido en

las distintas anualidades.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

287

* Se aprecia un nuevo descenso en el número de liquidaciones de sociedad de gananciales,

siendo el de 2015 el número más reducido (2) de los últimos cinco años.

* En general, y, durante el ejercicio 2015, se aprecia un descenso de los procedimientos de

familia contenciosos frente a un ascenso de los tramitados por mutuo acuerdo.

* La misma tendencia parece apreciarse en los datos registrados durante los últimos cinco

ejercicios.

- Los PROCEDIMIENTOS SOBRE LA CAPACIDAD DE PERSONAS FÍSICAS en 2015

han sido 21, frente a 25 en 2014, 16 en el año 2013, 22 en el año 2012 y 12 en 2011.

De los 21 juicios especiales sobre la capacidad de las personas física, 6 se registraron en el primer

trimestre, 6 en el segundo trimestre, 1 en el tercer trimestre y 8 en el cuarto trimestre de 2015.

Se reduce durante el ejercicio 2015 el número de asuntos sobre la capacidad de personas físicas

(de 25 en 2014 a 21 en 2015).

- Los ASUNTOS DECLARATIVOS propiamente dichos, sin incluir los Monitorios (193) ni

los Cambiarios (2) ni otros contenciosos (4), son 185 (31,73% del total de asuntos registrados), frente a

145 durante 2014, 173 durante el año 2013, 209 durante el año 2012 y 172 en el año 2011.

Durante el año 2015 asciende el número de asuntos declarativos propiamente dichos, ello tanto

respecto de los registrados en 2014 como los registrados en su día en 2013 y 2011, aunque no se superan

los registrados en 2012 (209), año que refleja los datos más elevados de los últimos cinco años.

De los 185 asuntos, 57 son juicios ordinarios (12 en el primer trimestre de 2014, 16 en el

segundo trimestre, 10 en el tercer trimestre y 19 en el cuarto trimestre del 2015) y 128 son juicios

verbales (40 en el primer trimestre, 34 en el segundo trimestre, 22 en el tercer trimestre y 32 del cuarto

trimestre de 2015).

RESTO

JUICIOSVERBALES

JUICIOSORDINARIOS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

288

De los juicios ordinarios registrados en el ejercicio 2015 (57) (30,81% del total de asuntos

declarativos propiamente dichos):

* 7 son referidos a la circulación de vehículos a motor (12,28% del total de ordinarios) (ninguno

en el primer trimestre, 4 en el segundo trimestre, ninguno en el tercer trimestre y 3 en el cuarto trimestre

de 2015).

* 43 resto de ordinarios (75,44% del total de ordinarios) (10 en el primer trimestre, 10 en el

segundo trimestre, 9 en el tercer trimestre y 14 en el cuarto trimestre de 2015).

De esos 43 ordinarios, 4 se refieren a demandas sobre condiciones generales de la contratación,

2 a demandas en relación con participaciones preferentes y aportaciones financieras subordinada, 5 a

demandas referidas a acciones de BANKIA, 1 a SWAP y 31 a otros ordinarios.

* 2 en materia de propiedad horizontal (1 tanto en el primer como en el cuarto trimestre de 2015

(3,51% del total de ordinarios).

* 1 en materia de retracto durante el segundo trimestre de 2015 (1,75% del total de ordinarios).

* 4 de división judicial de patrimonio (7,02% del total de ordinarios) (1 en cada uno de los

trimestres de 2015).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

289

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LOS JUICIOS ORDINARIOS DE 2015

Teniendo en cuenta los datos registrados en 2015, y, además, acudiendo a los datos del año 2014,

2013, 2012 y 2011 en los que resultaron 38, 52, 67 y 59 juicios ordinarios respectivamente, hay que

destacar lo siguiente:

* 7 referidos a la circulación de vehículos a motor en el año 2015, frente a 6 en 2014 , 11 en el

año 2013, 21 en el año 2012 y 11 en 2011.

* 43 como resto de ordinarios en 2015, frente a 28 en 2014, 40 en el año 2013, 43 en el año

2012 y 42 en 2011.

* 4 de división judicial de patrimonio en 2015, frente a 1 en 2014, 2 en el año 2012 y 4 en

2011.

* 0 de procedimiento de arrendamiento en 2015, frente a 2 en 2014, y 0 en 2013 y 2012 y 1 en

2011.

* 2 de procedimiento de propiedad horizontal en 2015, frente a 1 en los ejercicios 2014, 2013,

2012 y 2011 respectivamente.

* 1 procedimiento de retracto en 2015.

RESTO

JUICIOS VERBALES

ORDINARIOTRAFICO

RESTO ORDINARIO

ORDINARIO LPH

ORDINARIORETRACTO

DIVISIÓN JUD.PATRIMONIO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

290

En el año 2015, y, en relación con los datos de 2014, 2013, 2012 y 2011:

* Durante el año 2015 asciende significativamente el número de juicios ordinarios respecto de

2014 (de 38 en 2014 a 57 en 2015), ascenso también respecto de los registrados en 2013 (52), pero todo

ello sin llegar a superar los datos de 2012 y 2011 (67 y 59 respectivamente).

* El ascenso operado en los procedimientos ordinarios en 2015, con respecto a 2014, tiene su

reflejo en todas las clases de juicios ordinarios, pero especialmente en el número de resto de juicios

ordinarios.

De los juicios verbales (128) (69,19% del total de asuntos declarativos propiamente dichos):

* 31 son referidos a la circulación de vehículos a motor (24,22% del total de verbales) (13 en el

primer trimestre, 7 en el segundo trimestre, 4 en el tercer trimestre y 7 en el cuarto trimestre de 2015).

* 67 a restantes verbales (52,34% del total de verbales) (18 en el primer trimestre, 15 en

segundo trimestre, 16 en el tercer trimestre y 18 en el primer trimestre de 2015).

De estos 67 verbales, 1 es referido a a demanda en relación con participaciones preferentes y

aportaciones financieras subordinada, 3 a demandas referidas a acciones de BANKIA y 64 a demás

juicios verbales.

* 21 a verbales de desahucio (16,41% del total de verbales) (9 en el primer trimestre, 5 en el

segundo trimestre, 2 en el tercer trimestre y 5 en el cuarto trimestre de 2014). De los 21 verbales de

desahucio, 20 se corresponden por falta de pago y 1 en precario (en el segundo trimestre de 2015).

* 1 interdicto en el segundo trimestre de 2015 (0,78% del total de verbales).

* 8 procedimientos de impugnación gratuita (6,25% del total de verbales) (0 en el primer

trimestre, 6 en segundo trimestre, 0 en el tercer trimestre y 2 en el cuarto trimestre de 2015).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

291

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LOS JUICIOS VERBALES DE 2015

Teniendo en cuenta los datos de juicios verbales de 2015, y, a modo de comparativa con los

datos de los ejercicios 2014, 2013, 2012 y 2011 en los que destacan 107, 121, 142 y 113 juicios verbales

respectivamente, hay que decir que:

* 31 referidos a la circulación de vehículos a motor en el año 2015, frente a 33 en 2014, 43 en el

año 2013, 50 en el año 2012 y 39 en 2011.

* 67 como restantes verbales en el año 2015, frente a 50 en 2014, 54 en el año 2013, 60 en el

año 2012 y 50 en 2011.

* 21 referidos a verbales de desahucio en 2015, frente a 23 en el año 2014, de los que 21 por

falta de pago y 2 en precario; 23 en el año 2013, de los que 21 por falta de pago y 2 en precario, en el año

2013; 18 en el año 2012, siendo 14 por falta de pago y 4 en precario y 18 en 2011, de los que 17 por falta

de pago y 1 en precario.

* 8 procedimientos de impugnación gratuita en 2015, frente a 1 en 2014, 0 en 2013, 14 en 2012

y 6 en 2011.

* 1 interdicto en 2015, frente a 1 interdicto en 2013.

RESTO

JUICIOSORDINARIOS

JUICIOSDESAHUICIO

VERBAL TRÁFICO

RESTO VERBALES

INTERDICTO

IJG

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

292

En el año 2015, y, en relación con los datos de 2014, 2013, 2012 y 2011:

* Los datos de juicios verbales de desahucio descienden ligeramente en el año 2015 (de 23 en

2014 y 2013 a 21 en 2015), pero se mantienen muy similares a los registrados durante los ejercicios 2014

y 2013, siendo mínimamente superiores a los más bajos registrados, que lo fueron durante el año 2012 y

2011 (18 en ambos casos).

* Asimismo, en el mismo sentido, durante el año 2015 desciende ligeramente respecto del

ejercicio 2014 el número de juicios verbales derivados de la circulación de vehículos a motor (de 33 en

2014 a 31 en 2015), descenso que ya se venía constatando respecto de los registrados en 2013 (43) y

2012 (50). No obstante, lo más destacable es que en el ejercicio 2015 se registra el número más reducido

de los últimos cinco años en los juicios verbales derivados de la circulación de vehículos a motor.

* En contraposición con lo anterior, en el ejercicio 2015 se incrementa el número de resto de

juicios verbales (de 55 en 2014 a 67 en 2015), rompiéndose la tendencia descendente apreciada durante

2014 y 2013 (54), confirmándose en 2015 el número más elevado de restantes juicios verbales de los

últimos cinco años, superior a los 50 de 2011 e, incluso, a los 60 en el año 2012.

- Las solicitudes de proceso MONITORIOS son 193 en el año 2015 (33,10% del total de

asuntos registrados), frente a 190 en el ejercicio 2014, 208 en el año 2013, 211 en el año 2012 y 187 en

2011.

De las 193 peticiones de monitorio, 12 de ellas se refieren a reclamación en materia de

propiedad horizontal (artículo 21 LPH).

De los 193 procesos monitorios de 2015, 48 en el primer trimestre (6 monitorios de propiedad

horizontal + 42 monitorios), 45 en el segundo trimestre (0 monitorios de propiedad horizontal + 45

monitorios), 45 en el tercer trimestre (2 monitorios de propiedad horizontal + 43 monitorios) y 55 en el

cuarto trimestre (4 monitorios de propiedad horizontal + 51 monitorios).

Durante el año 2015, y en relación con el ejercicio inmediatamente precedente, se incrementa

ligeramente el número de procesos monitorios. Dicho incremento obedece a un incremento de los

proceso monitorios propiamente dichos frente a un descenso de los procesos del mismo tipo pero

referidos a la materia de propiedad horizontal. De hecho, en el ejercicio 2015 se reduce, respecto a 2014,

el número de procesos monitorios en materia de propiedad horizontal (artículo 21 LPH) (de 17 en el año

2014 a 12 en 2015).

En 2015 se incrementa el número de procesos monitorios generales frente a un mínimo

descenso de los monitorios en materia de propiedad horizontal.

- Las solicitudes de CONCILIACIONES del año 2015 son 30 (5,15% del total de asuntos

registrados), frente a 26 en 2014, 31 en el año 2013, 34 en el año 2012 y 28 en 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

293

De las 30 solicitudes de conciliación del año 2015, 6 lo son en el primer trimestre, 7 en el

segundo trimestre, 10 en el tercer trimestre y 7 en el último trimestre de 2014.

- Los procedimientos CAMBIARIOS registrados durante el ejercicio 2015 son 2 (0,34% del

total de asuntos registrados), frente a 4 en 2014, 5 en el año 2013, 11 en el año 2012 y 11 en 2011.

Los 2 procedimientos cambiarios de 2015 se registran durante el primer y cuarto trimestre de

2015.

Continúa durante el año 2015 la tendencia descendente constatada durante los cuatro años

precedentes. En el 2015 consta el número más bajo de procedimientos cambiarios de los últimos cinco

años, limitándose su número a 2.

- En 2015 constan 35 asuntos de JURISDICCION VOLUNTARIA, de los que 7 son

expedientes de dominio, (6% del total de asuntos registrados), frente a 44 (de los que 6 son expediente

de dominio) en 2014, 52 (de los que 7 son expedientes de dominio) en el año 2013, 40 (de los que 3 son

expedientes de dominio) en el año 2012 y 31 (de los que 4 son expedientes de dominio) en 2011.

Durante el año 2015 se registran 35 asuntos de jurisdicción voluntaria, de los que en el primer

trimestre son 9 (siendo 2 de ellos expedientes de dominio), en el segundo trimestre 9 (siendo 2 de ellos

expedientes de dominio), en el tercer trimestre 5 (siendo 1 de ellos expedientes de dominio) y en el

cuarto trimestre 12 (siendo 2 de ellos expedientes de dominio).

Asimismo, en la jurisdicción civil, y, además de los asuntos principales, durante el ejercicio

2015 se han registrado y repartido a las UPADs para su cumplimentación 26 Exhortos.

Constaron registrados en el 2014 como Exhortos registrados y repartidos a las UPADs 31, 15

durante 2013, 16 en el año 2012, siendo 34 los Exhortos registrados y repartidos a las UPADs en 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

294

* COMPARATIVA GRÁFICA DE LA JURISDICCIÓN CIVIL EN 2011, 2012, 2013,

2014 y 2015.

JURISDICCIÓN CIVIL

ASUNTOS EXHORTOS – UPAD

2011 612 34

2012 700 16

2013 649 15

2014 602 31

2015 583 26

JURISDICCIÓN CIVIL

ASUNTOS

FAMILIA

SOBRE

CAPACIDAD

PERSONAS

FISICAS

ASUNTOS

DECLARATIVO

S

MONIT

.

CAMBIARI

O

OTROS CONCILIACIO

N J.VOL. EJEC.

2011 112 12 172 187 11 21 28 31 38

2012 116 22 209 211 11 1 34 40 54

2013 118 16 173 208 5 2 31 52 34

2014 145 25 145 190 4 6 26 44 15

2015 103 21 185 193 2 4 30 35 10

0

100

200

300

400

500

600

700

2011 2012 2013 2014 2015

ASUNTOS

EXHORTOS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

295

E.- DE LA JURISDICCIÓN PENAL

En la JURISDICCION PENAL, y, en relación con los asuntos principales y ampliatorias

registrados y repartidos a las UPADs, se han registrado y repartido a las UPADs 2.045 en el ejercicio

2015, frente a 2.011 en 2014, 2.012 en el ejercicio 2013, 2.129 en el ejercicio 2012 y 2.189 en 2011.

- El número de ATESTADOS durante el ejercicio 2015 es de 1.256 (61,42% del total de

asuntos registrados), frente a 1.312 en 2014, 1.435 en el año 2013, 1.491 en el año 2012 y 1.506 en 2011.

De los 1.256 atestados registrados en el año 2015, 315 lo son en el primer trimestre, 300 en el

segundo trimestre, 341 en el tercer trimestre y 300 en el cuarto trimestre de 2015.

0

50

100

150

200

250

2011 2012 2013 2014 2015

ASUNTOS FAMILIA

SOBRE CAPACIDADPERSONA FISICA

ASUNTOSDECLARATIVOS

MONITORIO

CAMBIARIO

EJECUCIÓN

CONCILIACIÓN

JURISD.VOLUNTARIA

OTROS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

296

Desde el ejercicio 2011 el número de atestados registrados y repartidos a las UPADs se ha ido

reduciendo sucesivamente año tras año.

La diferencia entre el número de atestados registrados y repartidos durante el año 2011 y los

registrados y repartidos en 2015 es de 250 atestados.

- Derivados de dichos asuntos principales constan registradas y repartidas a las UPADs 656

ampliatorias.

Durante el ejercicio 2014 se registraron 580 ampliatorias, 339 fueron en 2013, durante el año

2012 fueron 426 las ampliatorias registradas y repartidas en relación con asuntos principales y 484 en el

año 2011.

- El número de Diligencias Urgentes (DUR) durante el año 2015 es de 34, frente a 46 en

el ejercicio 2014, 55 en el año 2013 y 63 en el año 2012 y 2011 respectivamente.

De las 34 Diligencias Urgentes (DUR) registradas en el año 2015, 6 lo fueron en el primer

trimestre, 9 en el segundo trimestre, 10 en el tercer trimestre y 9 en el cuarto trimestre de 2015.

Durante el año 2015 se constata la tendencia descendente apreciada durante los últimos cinco

ejercicios, cifrándose en 34 las Diligencias Urgentes (DUR) registradas en 2015, frente al número más

elevado de 63 en los ejercicios 2012 y 2011. Se constata un diferencia de 29 entre 2011 y 2015,

reduciéndose las Diligencias Urgentes a casi la mitad que en los ejercicios 2012 y 2011, en los que se

registró el número más elevado.

Durante el año 2015 se registra el número más reducido de diligencias urgentes de los últimos

cinco años.

- El número de Juicios de FALTAS RAPIDAS es en 2015 de 30 (se incluyen las faltas

rápidas y los juicios inmediatos de delito leve), frente a 32 en 2014, 38 en el año 2013, 87 en el año

2012 y 97 en 2011.

Si bien, las faltas rápidas se registraron hasta el 1/7/2015, fecha de entrada en vigor del nuevo

Código penal, por el que desaparece el procedimiento de faltas, siendo que, a partir de dicha fecha, han

de contabilizarse en el mismo apartado los juicios de delito leve de celebración inmediata (LEI).

Son 15 los juicios de faltas rápidas e, igualmente, 15 los juicios inmediatos de delito leve

registrados en el ejercicio 2015.

De la suma de faltas rápidas y juicio inmediatos de delito leve, a celebrar ambos por la

correspondiente Upad - Juzgado en funciones de guardia, resulta un total de 30 en el año 2015.

De las 15 Faltas Rápidas (FAR) registradas en el año 2015, 5 lo fueron en el primer trimestre, 8

en el segundo trimestre y 2 en el tercer trimestre de 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

297

De los 15 Juicios inmediatos de delito leve registrados en el año 2015, 6 lo fueron en el tercer

trimestre y 9 en el cuarto y último trimestre de 2015.

Se confirma una tendencia descendente durante los últimos cinco años, siendo especialmente

significativo el descenso durante los últimos tres ejercicios, y, efectivamente, el número registrado

durante el ejercicio 2015 es el más bajo de los últimos cinco años.

La diferencia entre el ejercicio 2015, que recoge el número más elevado, y el ejercicio 2011, que

registra el número más reducido, es de 67 en el número de faltas rápidas o juicios inmediatos por delito

leve (LEI).

El número de faltas rápidas y juicios inmediatos de delito leve registrados en el año 2015 es el

más reducido de los últimos cinco años, lejano a los 87 y 97 juicios de faltas rápidas registrados en 2012

y 2011 respectivamente.

- Consta 5 QUERELLAS registradas en el año 2015, frente a 3 tanto en el ejercicio 2012

como 2013, 4 en el año 2012 y 5 en 2011.

Se mantiene una tendencia constante en el número de querellas registradas.

- Consta registrado 1 recurso de apelación frente a una resolución penal dictada por un

Juzgado de Paz perteneciente al partido judicial de Amurrio. Se registraron 2 en 2014, 1 en 2013 y

ninguno en 2012 y 2011.

- Durante el año 2015 se registraron hasta 8 diligencias diversas.

- El total de asuntos de Violencia contra la Mujer durante el año 2015 es de 55 (2,69 %

de los asuntos registrados), desglosándose en:

* 2 atendidos por el Juzgado de Guardia (0 en el primer trimestre, 0 en el segundo trimestre, 2 en

el tercer trimestre y 0 en el cuarto trimestre de 2015).

* 27 tramitados Urgentes (2 en el primer trimestre, 6 en el segundo trimestre, 8 en el tercer

trimestre y 11 en el cuarto trimestre de 2015).

* 26 tramitados No urgentes (5 en el primer trimestre, 5 en el segundo trimestre, 11 en el tercer

trimestre y 5 en el cuarto trimestre de 2015).

Especial mención requieren los datos registrados en asuntos de Violencia contra la Mujer, y, en

este sentido, durante el ejercicio 2015, 2014, 2013, 2012 y 2011 se registraron 55, 36, 40, 58 y 34

asuntos de Violencia contra la Mujer respectivamente, destacando:

* 2 atendidos por el Juzgado de Guardia en 2015, 3 en 2014, 9 en el año 2013, 9 en el año 2012

y 4 en 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

298

* 27 se tramitados Urgentes en 2015, 16 en 2014, 23 en el año 2013, 29 en el año 2012 y 23 en

2011.

* 26 tramitados No urgentes 2015, 17 en 2014, 8 en el año 2013, 20 en el año 2012 y 7 en 2011.

Se pueden realizar en materia de Violencia contra la Mujer las siguientes consideraciones:

* En cómputo global, durante el ejercicio 2015 se incrementa el número de asuntos de violencia

contra la mujer respecto los registrados en 2014 (36) y 2013 (40). Si bien, se produjo un descenso en el

año 2013, confirmado posteriormente en 2014, durante el año 2015 asciende el número de asuntos en

materia de Violencia contra la Mujer. Sin embargo, no se alcanza el número más elevado registrado en

los últimos cinco años, que se corresponde con el registrado en 2012 en que fueron 58 los asuntos de

Violencia contra la Mujer. Asimismo, nos encontramos lejos del valor más reducido registrado en 2011,

con 34 asuntos de Violencia contra la Mujer.

* Desglosando los datos generales, y, tomando en consideración las tres modalidades existentes

en materia de violencia contra la mujer, así, atendidos por el Juzgado de Guardia, tramitados como No

urgentes y los tramitados como Urgentes, se confirma el ascenso durante el año 2015 en las

modalidades de tramitación urgente y tramitación ordinaria - no urgente, reduciéndose los tramitados de

guardia.

Durante el año 2015, y, en relación con los asuntos de violencia contra la mujer con tramitación

urgente, se rompe la tendencia descendente apreciada durante 2013 (23) y 2014 (16), de hecho fue en

2014 el año en que se registró el menor número de los asuntos de violencia contra la mujer tramitados

como Urgentes (16). No obstante, no se supera en 2015 (27) el número más elevado de asuntos de este

tipo tramitados como Urgentes y que se registró en 2012 (29).

El número de asuntos de violencia contra la mujer con tramitación ordinaria – no urgente

registrado en 2015 es el más elevado de los últimos cinco años.

Además de los asuntos penales propiamente dichos, se han registrado y repartidos a las UPADs,

en la jurisdicción penal 148 Exhortos, siendo los Exhortos repartidos a las UPADs durante 2014 los de

143, 164 en 2013, 152 durante el año 2012 y 140 en 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

299

* COMPARATIVA GRÁFICA DE LA JURISDICCIÓN PENAL EN 2011, 2012, 2013,

2014 y 2015

JURISDICCIÓN PENAL

ASUNTOS EXHORTOS – UPAD

2011 2.189 140

2012 2.129 152

2013 2.012 164

2014 2.011 143

2015 2.045 148

* COMPARATIVA GRÁFICA ENTRE LOS ASUNTOS DE VIOLENCIA DE

GÉNERO Y RESTO DE ASUNTOS PENALES EN 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015

0

500

1000

1500

2000

2500

2011 2012 2013 2014 2015

ASUNTOS PENALES

EXHORTOS - UPADs

0

500

1000

1500

2000

2500

2011 2012 2013 2014 2015

RESTO ASUNTOSPENALES

VIOLENCIA DEGÉNERO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

300

* COMPARATIVA GRÁFICA DE LOS ASUNTOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN

2011, 2012, 2013, 2014 y 2015

JURISDICCIÓN PENAL

VIOLENCIA DE GÉNERO TRAMITACIÓN

URGENTE

TRAMITACIÓN

ORDINARIA

DE

GUARDIA

2011 34 23 7 4

2012 58 29 20 9

2013 40 23 8 9

2014 36 16 17 3

2015 55 27 26 2

Según desglose por distintas modalidades,

F.- DE LAS PIEZAS DE CONVICCIÓN

Durante el año 2015 se han registrado 61 piezas de convicción, frente a 152 piezas de

convicción registradas en 2014, 109 piezas de convicción registradas en el año 2013, 78 piezas de

convicción registradas en el año 2012 y 85 en 2011.

La aplicación informática registra informáticamente las piezas de convicción asignándolas al

correspondiente expediente judicial, pero la aplicación informática no permite registrar informativamente

0

10

20

30

40

50

60

2011 2012 2013 2014 2015

VIOLENCIA DEGÉNERO

De tramitaciónnormal

De guardia

De urgencia

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

301

la ubicación en archivo de las piezas de convicción (ubicación – baldas, estanterías - ...). Se registra

manualmente en el libro registro de piezas de convicción y se identifica cada pieza de convicción

mediante una etiqueta que se asigna al expediente judicial, en la que se identifica y numera cada pieza de

convicción (según numeración correlativa asignada en el libro registro de piezas de convicción).

La Piezas de Convicción se archivan, salvo que no resulte procedente su archivo, por

disposición legal y expresa del Protocolo de actuación en vigor, o que la UPAD solicite su unión a los

autos físico

Se mantiene un listado actualizado de piezas de convicción, con detalle de la ubicación y

destino de cada una de las piezas de convicción registradas, del que anualmente, al finalizar el ejercicio,

se facilita una copia a cada UPAD del partido judicial de Amurrio.

G.- DE LOS ESCRITOS

En el año 2015 se han registrado y repartido 5.698 escritos, distribuyéndose en 1.536 escritos

en el primer trimestre, 1.567 escritos en el segundo trimestre, 1.177 escritos en el tercer trimestre y 1.418

escritos en el cuarto trimestre de 2015.

Durante el ejercicio 2014 se registraron y repartieron 5.586 escritos, en el año 2013 fueron

5.487 escritos, 5.101 escritos en el año 2012 y 5.117 los escritos registrados y repartidos a las UPADs en

el año 2011.

ESCRITOS

CIVILES PENALES TOTAL

2011 - - 5.117

2012 - - 5.101

2013 3.921 1.566 5.487

2014 3.986 1.600 5.586

2015 3.674 2.024 5.698

Se aprecia que anualmente asciende el número de escritos registrados y repartidos por el

Servicio Común Procesal General de Amurrio a las distintas UPADs del partido judicial de Amurrio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

302

Se desglosa, según jurisdicción civil o penal, como sigue:

5. ARCHIVO Y DEPOSITO

La recogida de expedientes de las UPADs se realiza correctamente, según el calendario anual

aprobado a principios de año. Cada UPAD tiene asignada, por semanas alternas, un día a la semana

(jueves) para la recogida de expedientes para primer archivo. Por el Servicio Común General se cumple

con el calendario anual aprobado a principios de año.

Recibida la entrega, junto con el correspondiente listado de entrega emitido por la UPAD, por el

personal asignado del Servicio se coteja el listado de entrega con los expedientes recepcionados y,

verificado, se devuelve a la UPAD un ejemplar del listado de entrega, debidamente sellado por el

Servicio Común.

Se han recibido 1.596 expedientes para su primer archivo en 2015, 739 en el primer

trimestre de 2015, 106 en el segundo trimestre de 2015, 587 en el tercer trimestre de 2015 y 164 en el

cuarto trimestre de 201.

En 2014 se recibieron para primer archivo 1.912 expedientes, siendo el dato de 2013 el de 2.219

expedientes, en 2012 fueron 2.038 expedientes y en el año 2011 fueron 2.609 los expedientes para

primer archivo.

Por otra parte, en este ejercicio 2015 se han atendido 419 solicitudes de desarchivo, 97 en

el primer trimestre de 2015, 110 en el segundo trimestre de 2015, 136 en el tercer trimestre de 2015 y 76

en el cuarto trimestre de 2015.

48004900500051005200530054005500560057005800

2011 2012 2013 2014 2015

Escritos

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

2011 2012 2013 2014 2015

TOTAL

Escritosciviles

Escritospenales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

303

En 2014 se recibieron 356 solicitudes de desarchivo, en 2013 fueron 386 las solicitudes de

desarchivo, siendo el dato del año 2012 el de 382 expedientes.

Por el Servicio Común se emiten las correspondientes diligencias de entrega y devolución,

haciendo entrega de un ejemplar de las mismas a la UPAD, que firman en conformidad con el servicio

prestado.

Las solicitudes de desarchivo se atienden dentro de los tres días hábiles siguientes a su

recepción en el Servicio Común General, con excepción de aquellos calificados de urgentes que se

atiende el mismo día o al día siguiente de su recepción en el Servicio Común General.

Continuamos con el problema de que no es posible asignar NIG ni registrar movimientos

respecto de aquellos expedientes que no fueron previamente informatizados. Desde Informática nos

informan que obedece a la aplicación informática instalada en Amurrio.

La aplicación informática existente en Amurrio no permite informatizar a posteriori aquellos

expedientes en su día remitidos al expediente sin previo registro informático.

6. ASISTENCIA A DECANO

En la planta baja de Información general y en la segunda planta de Servicio Común, se

comunica que existen a disposición de particulares y profesionales modelos de procedimientos y modelos

sobre quejas.

Se distinguen distintos servicios:

- Quejas: A disposición de los particulares y profesionales el modelo oficial.

Constan 0 expedientes de queja registrados y archivados en el año 2015, frente a 6 en el

ejercicio 2014, 3 en el ejercicio 2013, 1 en el año 2012 y 3 en 2011.

- Justicia Gratuita: A disposición de los particulares y profesionales el modelo oficial. Se

acoge al particular, se le ayuda con la documentación y se recoge la debida comparecencia que se remite

al Servicio de Orientación Jurídica de Vitoria.

Constan registrados y archivados 54 expedientes de justicia gratuita en el año 2015, frente a

66 en el ejercicio 2014, 83 expedientes de justicia gratuita en el año 2013, 67 en el año 2012 y 69 en el

año 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

304

EXPEDIENTES DE JUSTICIA GRATUITA

2011 69

2012 67

2013 83

2014 66

2015 54

Desde el ejercicio 2011, y, año tras año, a excepción del año 2013, han ido descendiendo la

solicitudes de justicia gratuita, registrándose en este año 2015 el número más reducido de los últimos 5

años (54), frente al número de peticiones más elevado en 2013 (83).

- Apud acta: Se acoge al ciudadano de manera inmediata, haciéndole entrega del

correspondiente testimonio.

Constan registrados y archivados 149 apud acta durante el ejercicio de 2015, frente a 150 en

el año 2014, 85 apud acta en el año 2013, 88 en el ejercicio 2012 y 48 en el año 2011.

APUD ACTAS

2011 48

2012 88

2013 85

2014 150

2015 149

- Comunicaciones: Se registran el mismo día de entrada en el Servicio Común y se ponen en

conocimiento de las distintas Upads, con traslado de copia.

Constan registradas y archivadas 112 comunicaciones en el ejercicio 2015, frente a 105 en el

ejercicio 2014, 146 comunicaciones en el año de 2013, 155 en el ejercicio 2012 y 82 en el año 2011.

- Jueces sustitutos: Constan 3 expedientes registrados durante el año 2015. Fue un único

expediente de este tipo registrado tanto en el año 2014 como en el año 2013, siendo 3 los expedientes de

jueces sustitutos en 2012, no constando ninguno en el ejercicio 2011.

- Junta de Jueces: Consta 2 asuntos registrados y archivados en el año 2015, al igual que en

el ejercicio 2014, frente a 1 en 2013 y ninguna en 2012 y 2011.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

305

- Jueces de Paz: Se ha registrado y archivado 2 asuntos de esta modalidad en el año 2015, al

igual que en el año 2014, frente a 1 en 2014, 0 en el ejercicio 2013, siendo 2 en 2012 y 2011.

- Otros asuntos/Otros: Constan 13 asuntos registrados de este tipo en el ejercicio 2015, al

igual que durante el año 2014, frente a 10 en el año 2013, 1 asunto en el ejercicio 2012 y durante el año

2011 se registraron dos expedientes de esta modalidad.

- Solicitudes de designación de perito: Se elaboran a principios de año los listados de peritos

y durante el año se actualizan en los casos de que algún perito de la lista haya causado baja, a fin de

evitar designaciones a peritos que ya no desempeñan las correspondientes actuaciones solicitadas por las

Upads.

Se atienden 7 peticiones de perito en el ejercicio 2015, frente a 12 en el año 2014, 20

peticiones de perito en el ejercicio 2013, 18 en el ejercicio 2012 y 14 el año 2011.

- Averiguación de bienes: Se atiende por el Servicio Común Procesal General de Amurrio.

Cada solicitud de averiguación de bienes supone la posible consulta, siempre previa petición

por el órgano judicial, de los siguientes apartados:

* Diputación Foral de Alava.

* AEAT (percepciones, cuentas, IAE, fondos de inversión).

* Catastro.

* Dirección General de Tráfico (conductor, vehículo).

* Tesorería General de la Seguridad Social (vida laboral, empresa, prestaciones).

* Instituto Nacional de la Seguridad Social (prestaciones).

Durante el ejercicio 2015 se han recibido 331 solicitudes de averiguación de bienes,

habiéndose atendido 344 de ellas durante el año 2015, por lo que al finalizar la anualidad quedó

pendiente de resolución 1 solicitud de averiguación de bienes.

De las 374 solicitudes de averiguación de bienes recibidas en 2014, se practicaron 372,

quedando pendientes de resolución 14 solicitudes de averiguación de bienes.

Se recibieron 473 solicitudes de averiguación de bienes en el ejercicio 2013, de las que

resultaron atendidas en dicha anualidad 457 solicitudes de averiguaciones de bienes en el mismo

ejercicio referido y quedaron pendientes de resolución al finalizar el año 2013 12 solicitudes de

averiguación de bienes.

En el año 2012 se recibieron 464 solicitudes de averiguación de bienes y se atendieron 462,

quedando 2 solicitudes de averiguación de bienes pendientes de atender al finalizar el año 2012.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

306

Durante el año 2011 se atendieron 380 solicitudes de averiguación de bienes.

SOLICITUDES DE AVERIGUACION DE BIENES

SOLICITADAS ATENDIDAS (*) PENDIENTES

2011 - 380 0

2012 464 462 2

2013 473 457 12

2014 374 372 14

2015 331 344 1

(*) Cada una de las solicitudes atendidas puede comprender la consulta de los distintos

apartados enunciados al comienzo de este epígrafe.

* REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LOS ASUNTOS REGISTRADOS EN SECCIÓN

DECANATO EN 2015

7. REPROGRAFÍA

Por el personal del Cuerpo de Auxilio Judicial del Servicio Común Procesal General de

Amurrio se procede a la reproducción de cualquier información, documento o acto procesal que conste

en cualquier soporte (físico, informático, audio, audiovisual, etc).

Con objeto de lleva a cabo dicha actividad, por la UPAD interesada se cumplimenta un modelo

normalizado, en el que se hace constar el tipo de reprografía que se interesa, el expediente judicial al que

Apud acta

Comunicaciones

Comisiones rogatorias

Justicia gratuita

Otros asuntos

Jueces sustitutos

Jueces de paz

Petición de sala

Peritos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

307

hace referencia y, en concreto, el folio/s cuya reproducción interesa o, en su caso, la reproducción

audiovisual de referencia, acompañando a tal efecto el propio expediente judicial.

Verificada la petición, se entrega a la UPAD solicitante la reproducción interesada, junto el

expediente judicial de referencia, firmándose por la UPAD la conformidad con la devolución en el

mismo modelo normalizado que sirve de base a la petición.

El servicio de reprografía se presta dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción en el

Servicio Común Procesal General, a excepción de las solicitudes calificadas de Urgentes por la propia

UPAD, que se practican y entregan a la UPAD interesada en el plazo de un día hábil desde su recepción

en el Servicio Común.

Se presta el servicio correctamente.

En el año 2015 se han recibido y atendido 342 peticiones de reprografía, no quedando

pendiente de atender ninguna petición de reprografía al final del cuarto trimestre

Durante 2014 se recibieron 315 peticiones de reprografía, no quedando pendiente de atender

ninguna petición de reprografía al final del ejercicio.

En el ejercicio 2013 se recibieron 347 y se atendieron 348, no existiendo petición alguna

pendiente de atender al finalizar el año.

En 2012 se recibieron 277 solicitudes de reprografía y se atendieron 276, quedando una petición

pendiente de atender al finalizar 2012.

En el año 2011 se atendieron 84 peticiones de reprografía, todas las interesadas.

Se ve la necesidad de implantar el escaneado de documentos y su incorporación a la aplicación

informática de JUSTIZIABAT, a cuyo fin se plantea como objetivo para la mejora del servicio de

reprografía la coordinación con el departamento de informática a fin de valorar y gestionar la realización

de las adaptaciones informáticas necesarias para la implementación del servicio de escaneado de

documentos y su incorporación al expediente judicial a través del aplicativo de JUSTIZIABAT.

Se han recibido 60 peticiones de reproducciones de CDs, habiéndose realizado

reproducciones de CDs solicitadas, no constando ninguna petición pendiente de atender al finalizar el

trimestre.

En 2014 se recibieron 44 peticiones de reproducciones de CDs, habiéndose realizado

reproducciones de CDs solicitadas, no constando ninguna petición pendiente de atender al finalizar el

trimestre.

En el ejercicio 2013 se recibieron 23 solicitudes de reproducción de CDs y se atendieron 24, sin

que constase ninguna solicitud no atendida.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

308

En el ejercicio 2012 se recibieron 43 solicitudes de reproducción de CDs y se atendieron 42,

quedando una pendiente de atender al finalizar 2012.

En 2011, se solicitaron y atendieron 59 solicitudes de reproducción de CDs.

FOTOCOPIAS CD

SOLICITADAS REALIZADAS PTE. SOLICITADOS REALIZADOS PTE.

2011 - 84 0 - 59 0

2012 277 276 1 43 42 1

2013 347 348 0 23 24 0

2014 315 315 0 44 44 0

2015 342 342 0 60 60 0

8. CORREO Y PAQUETERÍA

El correo interno procedente de las UPADs se recoge de las UPADs diariamente y se elabora y

confecciona el correspondiente listado de correo, que se hace entrega, junto con el correo, al funcionario

de correos diariamente a última hora de la mañana. Asimismo, se entrega a cada una de las UPAD una

copia de su correspondiente listado de correo, con la relación detallada del correo remitido, debidamente

sellado por el Servicio Común Procesal General de Amurrio.

El correo externo se abre diariamente según se recibe y, asimismo, el correo dirigido a las

Upads se reparte a las mismas a última hora de la mañana.

Los listados de paquetería se elaboran por cada UPAD y, una vez recogidos los listados, con sus

correspondientes expedientes judiciales, por el personal del Servicio Común General, es el funcionario

del Cuerpo de Auxilio Judicial el que, después de cotejar los listados con los expedientes judiciales,

realiza la paquetería, gestionando con la empresa habilitada por la EAT, y se remite a destinatario. Se

entrega a cada una de las UPADs una copia de sus respectivos listados de paquetería, con la relación

detallada de la paquetería remitida, debidamente sellada por el Servicio Común Procesal General de

Amurrio.

Asimismo, con la implantación de la Nueva Oficina Fiscal, desde Diciembre de 2014, por cada

UPAD se elaboran, además, listados de entrega a Fiscalía, junto con sus correspondientes expedientes

judiciales o, en su caso, copias de resoluciones, que el funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial del

Servicio Común Procesal General recepciona, actuando de manera similar a la ya descrita respecto el

resto de listados de paquetería.

Semanalmente se recepcionan y realizan dos envíos de paquetería, los lunes y los jueves, salvo

que razones de urgencia o solicitud expresa de una de las UPAD motiven que se realice cualquier otro

envío de paquetería.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

309

Por tanto, al igual que con el correo interno, se hace entrega a cada una de las UPADs de una

copia de su correspondiente listado de paquetería y/o listado de entregas a Fiscalía, con la relación

detallada de aquello que ha sido remitido a través de paquetería y su destino, todo ello debidamente

sellado por el Servicio Común Procesal General de Amurrio.

La paquetería que se recibe en el Servicio Común se abre en el momento de su recepción o al

día siguiente en su caso y se reparte a las UPADs.

9. GESTIÓN DE VIDEOCONFERENCIA PASIVA

Se practican correctamente.

En el año 2015 se han recibido 124 solicitudes de videoconferencias (21 pasivas y 103

activas) y se han llevado a cabo 100 videoconferencias interesadas (13 pasivas y 87 activas). Se han

suspendido 24 videoconferencias de las solicitadas (8 pasivas y 16 pasivas)

En el año 2014 se han recibido 72 solicitudes de videoconferencias (24 pasivas y 48 activas) y

se han llevado a cabo 52 videoconferencias interesadas (11 pasivas y 41 activas). Se han suspendido 20

videoconferencias de las solicitadas (7 pasivas y 13 pasivas)

En el ejercicio 2013 se recibieron 52 solicitudes de videoconferencias (20 pasivas y 32 activas)

y se gestionaron 30 videoconferencias, de las que 25 lo fueron activas y 5 pasivas, habiéndose

suspendido 22 de las solicitadas (7 activas y 15 pasivas).

En el ejercicio 2012 se recibieron 35 solicitudes de videoconferencias (13 pasivas y 22 activas)

y se gestionaron 33 videoconferencias, de las que 22 lo fueron activas y 11 pasivas, habiéndose

suspendido, asimismo, 2 videoconferencias pasivas, por interesarlo expresamente la parte solicitante.

Durante el año 2011, se atendieron 18 videoconferencias activas y 7 pasivas.

VIDEOCONFERENCIAS

SOLICITADAS REALIZADAS SUSPENDIDAS

ACTIVAS PASIVAS TOTAL ACTIVAS PASIVAS TOTAL ACTIVAS PASIVAS TOTAL

2011 18 7 25 18 7 25 0 0 0

2012 22 13 35 22 11 33 0 2 2

2013 32 20 52 25 5 30 7 15 22

2014 48 24 72 41 11 52 7 13 20

2015 103 21 124 87 13 100 16 8 24

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

310

10. APOYO A LA CLÍNICA MÉDICO FORENSE

Un tramitador presta apoyo al Médico Forense los miércoles desde las 10:00 horas hasta la

finalización de la jornada por parte del Médico Forense.

11. ELABORACIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS A JURADO

NO CONFORMIDADES.

Consta 1 NO CONFORMIDAD en el ejercicio 2015.

La única NO CONFORMIDAD registrada en el año 2015 hace referencia al procedimiento de

actos de comunicación y ejecución (PSG 3), por incumplimiento del Indicador 3.2, es decir, número de

actos de comunicación unipersonales no realizados dentro de un estándar de 10 días hábiles desde su

recepción.

La No conformidad está motivada por causa no imputable al Servicio Común Procesal General

de Amurrio.

La única No conformidad obedece a que el destinatario del concreto acto de comunicación se

encuentra fuera de la Comunidad Autónoma, si bien, puestos en contacto telefónico con el mismo,

manifiesta su voluntad de comparecer en sede judicial a fin de que se dé cumplimiento al

correspondiente acto de comunicación, que finalmente se practica con el destinatario, con resultado

positivo, ello el 11º día hábil posterior a la entrada en el Servicio Común de Amurrio, remitiéndose

inmediatamente al órgano exhortante, en este caso.

ACCIONES PREVENTIVAS

No consta iniciada ninguna acción preventiva en el tercer trimestre de 2015.

ACCIONES CORRECTIVAS

No consta iniciada ninguna acción correctiva en el tercer trimestre 2015.

ACCIONES DE MEJORA / PROYECTO DE MEJORA

No se ha iniciado ninguna acción de mejora durante el ejercicio 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

311

OBJETIVOS

Se ve la necesidad de implantar el escaneado de documentos y su incorporación a la aplicación

informática de JUSTIZIABAT, a cuyo fin se plantea como objetivo la coordinación con el departamento

de informática a fin de valorar y gestionar la realización de las adaptaciones informáticas necesarias para

la implementación del servicio de escaneado de documentos y su incorporación al expediente judicial a

través del aplicativo de JUSTIZIABAT.

SUPERVISIÓN, CONTROL Y SUBSANACIÓN DE DEFIENCIAS

Diariamente se supervisa la actividad desarrollada por el Servicio Común Procesal General de

Amurrio durante el día hábil inmediatamente anterior, a fin de detectar posibles deficiencias en la

correcta prestación de servicios y proceder a su inmediata subsanación.

Se lleva a cabo un SEGUIMIENTO DIARIO de los siguientes servicios:

- Información.

Se supervisa que las peticiones de información constan debidamente incorporadas a la

aplicación informática, sin que se haya producido ningún error en la incorporación informática.

A tal fin, se obtiene de la aplicación informática, contexto Servicio de Información al Público,

la Estadística General Actuaciones Resultado y Consulta de actuaciones.

- Registro y reparto.

Se coteja que todos los asuntos efectivamente recepcionados en el Servicio Común Procesal

General de Amurrio consten debidamente incorporados a la aplicación informática.

Se controla que los asuntos itinerados informáticamente coinciden con los recepcionados

físicamente en el Servicio.

Transcurrido un plazo orientativo (que se ha fijado en un periodo de tiempo de un mes) desde la

itineración informática de un asunto sin que el mismo se haya recepcionado físicamente en el Servicio

Común Procesal General de Amurrio, el personal del mismo se pone en contacto con el Servicio u

Oficina judicial de origen, a fin de reclamar el asunto o solicitar su exclusión como itinerado (en el

supuesto de tratarse de un error de itineración).

Se constata que todos los asuntos consten debidamente registrados y repartidos al

correspondiente Servicio u Oficina Judicial de destino.

A tal fin se obtiene de la aplicación informática, contexto Servicio Registro y Reparto (1ª

Instancia) y contexto Servicio Registro y Reparto (Instrucción), Estadística de asuntos registrados,

bandeja de entrada de asuntos y Libro de Auxilio Judicial, respectivamente.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

312

Asimismo, en contexto de S.C.R.E.D., listado de documentos.

- Actos de comunicación y/o ejecución.

Se supervisa que los actos de comunicación y/o ejecución se registran correctamente, que se

asigna la fecha de primera salida el tercer día hábil siguiente a su recepción, que se registra

correctamente el resultado o se registra como “En busca” y que, en su caso, se registra como

“Reciclado”, asignando nueva fecha para segunda salida.

A tal fin, se obtiene de la aplicación informática, contexto de Servicio de Notificaciones y

Embargos, consulta de actos de comunicación.

- Asistencia a Decanato.

Se controla que los asuntos correspondientes a Decanato constan registrados y archivados el día

de su cumplimentación.

A tal fin, se obtiene de la aplicación informática, contexto J. Decano, consulta de asuntos

genéricos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

313

6. 3 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN BIZKAIA

MEMORIA ANUAL DEL AÑO 2015 DE LOS PARTIDOS JUDICIALES CON NOJ EN LA

PROVINCIA DE BIZKAIA

❖ La fecha de entrada en funcionamiento de los Servicios Comunes en Bizkaia se produjo:

.- Getxo el 3 de noviembre de 2010.

.- Balmaseda el 19 de septiembre de 2011.

.- Gernika el 13 de octubre de 2011.

.- Durango el 28 de noviembre de 2.011.

.- Barakaldo el 6 de Julio de 2015.

1.- Servicios comunes implantados con anterioridad a 2015: Getxo, Gernika, Durango y

Balmaseda.

Los servicios comunes en estos partidos judiciales han venido funcionando con normalidad. El

nuevo sistema organizativo está plenamente asentado y asimilado, encontrándose en una fase avanzada

de detección de necesidades, aportación de soluciones e incorporación de buenas prácticas.

La plantilla es adecuada y no ha sido modificada si bien, el incremento de grabaciones y

videoconferencias de forma exponencial va a requerir una adecuada planificación de los recursos

humanos y materiales actuales y una redistribución de tareas entre el personal de los servicios comunes.

Igualmente el previsible incremento de las funciones de escaneo y la necesidad de incrementar el apoyo

de los SCG a las UPAD en la atención al público, información y atención de mostradores, que no estaba

prevista en las primeras implantaciones, haga necesaria el incremento del número de funcionarios de

auxilio.

Los objetivos previsto para el año 2015 por los directores de los servicios han sido cumplidos y

los señalados en las memorias anuales para el 2016, se refieren a plazos mucho más reducidos, recogidos

en las distintas cartas de servicio, cuyo cumplimiento viene a significar una adecuada prestación de los

servicios y al control de inactividades en la tramitación y en el control de las cuentas de depósitos y

consignaciones. Además se incluyen áreas de mejora, derivadas de la especialización de los servicios que

prestan, referidas al archivo, reprografía, escaneado, utilización de marcas en las grabaciones e incluso

protección de datos, que infieren el progresivo desarrollo de estos servicios.

La situación de las UPAD también ha mejorado y cabe decir que también ha finalizado el periodo

de implantación, tanto en Balmaseda y Gernika, como en Getxo y Durango, en los que las UPAD

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

314

trabajan por grupos. La pendencia de los juzgados ha disminuido notablemente en el área penal y

permanece estable o con un ligero incremento en el orden civil. La incoación de ejecuciones ha

aumentado lo que vienen a poner de manifiesto el correcto funcionamiento de las UPAD tras la

modificación de las RPT en Getxo, Durango y Gernika, y el mantenimiento de los refuerzos en los

primeros partidos.

Al igual que en el año anterior, sigue siendo necesario avanzar en la organización por grupos o en

su defecto dar por finalizada la experiencia, dados los inconvenientes informáticos y de gestión que

producen una organización que no se adapta al diseño judicial y procesal previsto y que se retrasan las

reformas procesales y orgánicas que estaban pendientes.

Se ha reiterado al Departamento de Justicia la propuesta de modificación del inicial diseño para

que los servicios comunes asuman nuevas asistencias a las UPAD sobre todo en área de información y

atención de mostradores, realización de listados, distribución de escritos y expedientes y tareas similares,

de forma similar a la realizada para Vitoria y Barakaldo.

Resulta necesario en segundo lugar, la designación de uno de los Secretarios de UPAD como

Director de las UPAD, con funciones de gestión y organización similar al Secretario Director del

Servicio Común, que permita unificar la dirección y la gestión de estos grupos.

Las necesidades detectadas por los directores de los servicios han sido:

- Concluir la informatización de los expedientes archivados.

- Aplicación informática para la gestión de del depósito de efectos.

- Formación para los Letrados de la Administración de Justicia y el personal sobre las últimas

reformas legislativas y tecnológicas.

2.- Implantación de la NOJ en Barakaldo.

La implantación en el partido judicial de Barakaldo ha sido compleja, generándose las tensiones y

conflictos propios de estos procesos que entrañan importantes cambios en la estructura, las relaciones y

tareas de todos los operadores jurídicos. Se han detectado en el proceso carencias de comunicación que

han impedido conocer el modelo implantado. Las UPAD entienden, como en anteriores implantaciones,

que toda la ejecución corresponde al servicio y perciben las intervenciones como algo ajeno a sus

funciones. Igualmente ha habido carencias gestión del cambio que han dificultado la adaptación a la

nueva organización. Tras la implantación han disminuido paulatinamente las tensiones estando la

situación normalizada al acabar el año.

En el SCG, los principales problemas se han producido en la sección de registro y reparto por las

nuevas funciones que han asumido en la guardia el personal de esta sección, el archivo territorial y de

gestión por la ingente cantidad de expedientes que han sido reubicados y los apoyos que los auxilios ha

realizado para las UPAD y que han sido percibidos por las UPAD como insuficientes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

315

En el SCEJ, sección civil la adaptación y puesta al día ha sido muy rápida y cabe concluir que

funciona correctamente. La sección Penal ha presentado varios problemas. El primero, el estado de los

procedimientos remitidos por uno de los Juzgados. El segundo, la escasa plantilla que siempre ha

resultado insuficiente, así como la falta de formación y experiencia del personal así como los problemas

de ausencias en la plantilla. El tercero, el incremento de la carga de trabajo derivado de la asignación de

un Juez de refuerzo para los dos Juzgados de lo penal de Barakaldo. Como buena práctica cabe reseñar la

separación del procedimiento declarativo de la ejecución en esta sección.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

316

6.3.1 SERVICIO COMUN PROCESAL GENERAL DE BALMASEDA

El Servicio Común Procesal General de Balmaseda se creó en fecha 19 de septiembre de 2011, y

vino a sustituir al antiguo Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Balmaseda.

Su plantilla está conformada por un Letrado de la Administración de Justicia Director del

Servicio Común, un Gestor Responsable, un Gestor Procesal, dos Tramitadores Procesales y tres

funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, siendo en la actualidad titulares todos ellos, a excepción de

una de las funcionarias de auxilio; dicha plantilla se considera adecuada a las funciones que dicho

Servicio Común tiene encomendadas.

Toda la plantilla presta sus servicios a total y completa satisfacción, no teniendo queja alguna de

importancia respecto al correcto desarrollo del trabajo de todos los funcionarios que conforman la

plantilla.

No obstante lo manifestado anteriormente, es de destacar que el puesto de Gestor Responsable se

encuentra sin cubrir desde fecha 7 de noviembre de 2014, en que cesó la anterior Gestora Responsable.

La ausencia de dicho puesto ha supuesto que desde dicha fecha no se lleve un control de indicadores ni

se levanten incidencias de seguimiento del sistema de control de calidad, ya que ésta era la tarea

fundamental que venía siendo asignada al Gestor Responsable; la ausencia del Gestor Responsable no ha

repercutido negativamente en el funcionamiento del Servicio Común, ya que, como se ha dicho

anteriormente, la función que venía desempeñando era fundamentalmente de control de calidad, no

desarrollando funciones específicas dentro del Servicio Común, las cuales asumen a total y completa

satisfacción tanto el Gestor Procesal como las Tramitadoras y los funcionarios de Auxilio.

En cuanto a los medios materiales de que dispone dicho Servicio Común se consideran asimismo

adecuados a las necesidades del mismo, toda vez que el lugar de trabajo presenta unas características

idóneas, con una gran luminosidad natural, siendo un lugar de un tamaño adecuado y funcional. Como

aspecto negativo únicamente debemos destacar que el fax de que dispone el Servicio Común se

encuentra ya muy anticuado, dando numerosos problemas. En cuanto a los archivos tanto de expedientes

como de piezas de convicción presentan espacio suficiente, al haberse realizado durante el presente año

2015 los pertinentes expurgos, tanto de piezas como de expedientes judiciales.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

317

En cuanto a dicho Servicio Común durante el año 2015 ha efectuado las siguientes actuaciones en

diligencias unipersonales:

Dilig. Unipers.

recibidas

Cumplimiento

positivo

Cumplimiento

Negativo

Incompletas e

intent. sin

efect.

1º trimestre 453 379 56 18

2º trimestre 387 310 36 21

3º trimestre 330 252 71 21

4º trimestre 422 349 37 34

Total anual 1.592 1.290 200 94

En cuanto a dicho Servicio Común durante el año 2015 ha efectuado las siguientes actuaciones en

diligencias en comisión:

Total diligencias

recibidas Cumpli. Positivo Restantes

1º trimestre 9 6 2

2º trimestre 5 4 1

3º trimestre 13 7 5

4º trimestre 5 5 1

Total anual 32 22 9

En cuanto a dicho Servicio Común durante el año 2015 ha diligenciado los siguientes exhortos

(correspondientes a todos los órdenes jurisdiccionales):

Total exhortos

recibidos Cumpli. Positivo Restantes

1º trimestre 165 133 33

2º trimestre 141 106 22

3º trimestre 96 70 32

4º trimestre 152 121 33

Total anual 554 430 120

En cuanto a dicho Servicio Común durante el año 2015 ha registrado un total de 839 asuntos

civiles (entre demandas y exhortos civiles).

Asimismo dicho Servicio Común durante el año 2015 ha registrado un total de 2.489 asuntos

penales (entre denuncias, atestados, querellas y exhortos de índole penal).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

318

Asimismo durante el año 2015 se han registrado un total de 4.966 escritos, tanto civiles como

penales.

Igualmente en dicho servicio común se han realizado durante el año 2015 un total de 200

diligencias de apoderamiento apud-acta tanto para asuntos aún no iniciados y que se presentan para su

reparto en el Servicio Común como para asuntos que se siguen en Juzgados no radicados en este partido

judicial.

Asimismo y como objetivos fundamentales de cara a 2016 podemos citar los siguientes:

1.- Mayor profundización en el cumplimiento de los protocolos de actuación.

2.- Profundización en la realización y cumplimiento de la Carta de Servicios del Servicio Común

de Balmaseda, con especial incidencia en el cumplimiento de los plazos para la realización de las

distintas actuaciones y, en la medida de lo posible, la reducción de los mismos.

3.- Mejoras, en la medida de lo posible, en la atención a los ciudadanos y profesionales,

intentando que el tiempo de espera de los mismos para ser atendidos sea el menor posible, y caso de

demora explicarles el motivo de la misma.

4.- En caso de demora en los Juicios o declaraciones, explicar a los afectados el motivo del

retraso.

5.- Descargar de trabajo a las UPAD desde el Servicio de Atención al Público, dando, en la

medida de lo posible, al ciudadano o profesional la mayor información que sea posible para que la

UPAD no pierda tiempo buscando, por ejemplo, el número de expediente u otros aspectos similares.

6.- Mayor profundización en las relaciones internas entre UPAD y Servicio Común mediante un

sistema fluido de comunicación y de resolución de los conflictos que puedan surgir.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

319

6.3.2 SERVICIO COMÚN PROCESAL DE EJECUCIÓN DE BARAKALDO

1.-INTRODUCCIÓN

Por ORDEN de 3 de febrero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, se

creó el Servicio Común Procesal General y el Servicio Común Procesal de Ejecución de la oficina

judicial de Barakaldo, sin embargo, no fue hasta el 6 de julio cuando entró en funcionamiento.

El Decreto 16/2015 de 17 de febrero de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la

Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi correspondientes a la oficina judicial

de Barakaldo determinó para el Servicio Común General una plantilla de un Gestor Responsable, de diez

gestores y veintitrés tramitadores, de los que cuatro de estos últimos tienen el perfil de guardia. Al frente

del mismo y en relación a las RPTs de letrados de la Admón. de Justicia un Director del Servicio, do

Letrados Jefes de Sección, y tres Letrados más pertenecientes a las UPADs de civil y de Violencia de

Género, este último compatibilizando la misma con ejecución. Todos ellos tomamos posesión del cargo

tras el proceso de acoplamiento y reordenación de efectivos llevado a cabo en el Partido Judicial. Existe

una gestora responsable tanto para la Sección Civil como la Penal.

El 13 de Julio se reforzó por el Gobierno Vasco la Sección Penal, dada la carga de trabajo que

presentaba, por un tramitador más.

2.-ESTRUCTURACIÓN DEL SERVICIO

El mismo se estructuró en dos secciones, la sección civil y la sección penal, cada una de ellas

dirigidas por un Letrado Jefe de Sección. Por el director del servicio común se dictaron las normas de

funcionamiento interno en las que se regulaban aspectos como:

o Organización interna y distribución de tareas entre los componentes de la unidad

o Sustituciones internas

o Priorización de tareas

En general todo aquello que se estime necesario protocolizar para una mejor prestación del servicio.

Teniendo en cuenta estos planteamientos la organización en las dos secciones pasa a ser la siguiente.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

320

a) Sección Civil

Existen seis grupos de trabajo, al frente de cada uno existe un gestor. Del total de 23 personas, una

tramitadora titular está liberada por el euskera, ocupando su lugar una tramitadora interina, lo que hace

un total de 8 son tramitadores interinos y 2 gestores interinos lo que supone un 43% de interinidad, sin

embargo, en esta Sección no ha supuesto mayor perjuicio puesto que la gente tiene experiencia

profesional en el campo civil, y los que no la tenían unas tres personas, pese a solicitarse formación al

Departamento, han ido vadeando la situación con el apoyo del equipo al que pertenecían. Ello implicó

que la distribución de cada uno los miembros de los equipos estuviera equilibrada.

- Grupo de inicio, con tres tramitadores y un gestor quienes tras la minuta de la Jefa de Sección,

incoan la demanda, dictan el auto despachando ejecución y decreto y acuerdan las medidas asegurativas,

tras la notificación de ambas resoluciones se pasan a los grupos de apremio o de familia, si la materia es

perteneciente a esta jurisdicción. Es este el único grupo que hace resoluciones de Magistrado junto con el

de familia, y ello tras reunión con los Sres. Magistrados de este orden en el que nos dieron criterios para

dicho dictado, concretado en los autos de ETJ y EFM, puesto que en los demás supuestos se solicita

intervención a las UPADs.

- Grupo de Familia, con dos tramitadores y un gestor, tras recibir los autos del grupo de inicio los

trámites hasta el final de la ejecución se verifican en este grupo. Dado que en Barakaldo solo hay una

UPAD que tramita familia más la de Violencia de Género, en base a los criterios de la Magistrada

prácticamente todos los tramites de la ejecución se hacen en este servicio, con excepción de los

señalamientos de vistas de las POJ, o resolución de recursos así como aquellos incidentes que requieren

resolución motivada de la Magistrada que se pasan a intervención de la UPAD.

Al frente del grupo de Inicio y del grupo de familia firmando las resoluciones que en ambos se dicten

está la Jefa de Sección

- Grupos de apremio, un total de 4, con tres tramitadores y un gestor cada uno, repartidos cada uno de

ellos con dos números, según las terminaciones de los procedimientos del 1 al 8, mientras que el cero y el

nuevo se distribuyen por par e impar entre los cuatro. Recibiendo los autos que les pasa el grupo de

inicio y realizando todos los trámites posteriores.

Al principio de la implantación y hasta finales del mes de Diciembre la labor encomiable de la

Gestora Responsable ha permitido que se controlasen todos los escritos y demandas dirigidos a la

Sección Civil, o mal dirigidos al mismo, solventando con Registro y Reparto las numerosas incidencias

que en todo este tiempo se han producido. Además de controlar las salidas y venidas de los

procedimientos en los que se había acordado la intervención. La misma por su buen talante y su espíritu

mediador ha conciliado muchos de los problemas y dudas que han surgido entre los grupos y en sus

relaciones con el Servicio Común General y las UPADs.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

321

b) Sección Penal

La misma está compuesta por 4 gestores con el perfil de guardia y 6 tramitadores. De los cuales sólo

4 son titulares, siendo la interinidad del 60%. En cuanto al reparto de trabajo, antes de la implantación la

Secretaria coordinadora en reuniones previas con los Letrados de las UPADs de Instrucción y de penal,

se acordó que como cuestión de índole práctica y en aras de una mayor eficacia y agilidad en el manejo

de las ejecutorias, las mismas se desglosarán del procedimiento principal del que dimanaban, remitiendo

al servicio sólo aquellas actuaciones necesarias para la ejecución, consistentes básicamente en testimonio

de la resolución que se ejecutaba, de la resolución despachando ejecución y demás actuaciones

necesarias. Así se procedió por todas las UPADs, respecto a los asuntos que estuvieran en trámite o en

fase de archivo no definitivo, excepto por una de las UPADs penales que por circunstancias coyunturales

(bajas y plantilla reducida al mínimo) le fue imposible tal remisión en una gran parte de los

procedimientos.

Con estos orígenes se estructuró el trabajo por números del 0 al 9, asignando un número a cada

funcionario, siendo los gestores, quien con igual reparto, además ejercían labores de control sobre los

tramitadores. El 13 de julio el Departamento del Gobierno Vasco nombró una tramitadora de refuerzo

para terminar el desglose de las autos que habían llegado a la Sección con todo el procedimiento.

El hecho de que los tramitadores con perfil de guardia tengan que acudir a la misma implica que

durante un mes de cada dos el servicio cuenta con una persona menos. Por otro lado, las bajas,

vacaciones, y la poca formación de los miembros del equipo ha conllevado un retraso en la tramitación

de los asuntos, que en determinados momentos llega a ser preocupante. Lo que se analizará

posteriormente. Además como también veremos las solicitudes de intervención dada la materia en la que

nos movemos son numerosas. Siéndolo más al principio y bajando un poco tras los criterios

suministrados por los Magistrados de la UPADs penales (tres) a finales del mes de septiembre.

A principios del mes de noviembre, visto que la situación no mejoraba, que la formación del personal

adscrito no se producía, tras una reunión con el Jefe de Sección la Secretaria procesalista y de la que

subscribe, se adoptó una nueva forma de trabajo, así se establecieron tres grupos:

- Grupo de Instrucción, para la tramitación de las ejecuciones derivadas de LEV, LEI, y juicios de

faltas, con los cuatro tramitadores que hacen guardia, trabajando cada uno de ellos con la UPAD de

instrucción con la que hacen guardia. Al frente de este grupo y firmando las diligencias realizadas está la

letrada procesalista que compagina la UPAD de Violencia sobre la mujer.

- Grupo de Penal, para los delitos cuyo trámite de ejecución corresponde a las UPADs penales, con

cuatro gestores y dos tramitadores. Dada la falta de experiencia de una de las gestoras y la dificultad que

la misma presenta para realizar el trabajo ordinario, se le han encomendado labores más sencillas como

son la tramitación de las ejecuciones que hemos llamado “dinerarias” y comprende los trámites de

tasaciones de costas, CUPs Y CUAs y su ejecución. El resto de los miembros dos tramitadores y dos

gestores tienen asignados dos números de ejecución. Al frente de todos ellos en cuanto a la tramitación y

firma está el Jefe de Sección. Uno de los tramitadores de este grupo se ha incorporado en diciembre, no

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

322

tiene experiencia en el ámbito penal y desde entonces se ha demandado para el mismo formación al

Departamento.

- El grupo de la violencia doméstica y de género, llevado por dos tramitadores, uno de cada uno de

los de grupo anteriores, y de cuyo trámite y firma se encarga la letrada procesalista. Haciendo hincapié

que la tramitadora nombrada de refuerzo por su experiencia en la materia se le ha encomendado la

violencia de género por delitos de las UPADs penales.

En ambas Secciones se han establecido turnos para la atención al público y la recepción de las

llamadas de teléfono, especialmente cuando el auxilio asignado para filtrar en principio dicha atención no

se ha tenido por problemas de prestación del servicio en el SCG.

3.-TRABAJO REALIZADO POR EL SERVICIO DURANTE EL AÑO

Teniendo en cuenta que sólo llevamos 6 meses de NOJ, no se puede establecer ninguna comparativa

con periodos anteriores, por lo que el presente informe se limita a poner sobre papel como ha ido la

dinámica del trabajo y el estado de los procedimientos a finalizar el 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

323

a) SECCIÓN CIVIL

EJECUCION CVIL

06/07/15-31/12/15

PROCEDIMIENTOS

INCOADOS (totales) 1114

PROCEDIMEINTOS EN

TRAMITE 4874

PROCEDIMIENTOS

ARCHIVADOS 1170

SOLICITUDES DE

INTERVENCION 517

INCOADAS POR

PROCEDIMIENTOS 06/07/15-31/12/15 EN TRAMITE

ETJ 698 3256

EJH 39 246

ENJ 412 537

EAR 0 5

TODO A 31/12/15

PROCEDIM. EN

TRAMITE

ESCRITOS

PROVEIDOS

ESCRITOS

PENDIENTES

GRUPO 1 947 1398 32

GRUPO 2 1112 1415 25

GRUPO 3 1030 1412 16

GRUPO 4 1090 1470 10

GRUPO FAMILIA 696 840 19

GRUPO INICIO 72 104 1

Si se tiene en cuenta los procedimientos incoados que aparecen en la primera tabla y los incoados

por procedimientos específicos, son más los primeros que los segundos y ello es debido a que en el

primer bloque se recogen tanto procedimientos de ejecución principal como incidentes.

Por otro lado, también se puede observar que las solicitudes de intervención a las UPADs civiles han

sido 517, de las cuales:

193 correspondían a familia (135 para la UPAD nº 5 y 58 para la UPAD de violencia sobre la

mujer) que si dividimos entre los cinco meses de la NOJ da a una 40 intervenciones al mes, lo

que implica unas 10 a la semana.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

324

324 corresponden al resto de las UPAD, que en principio y con un término medio divididas entre

los cinco Juzgados da a 65 procedimientos por Juzgado entre cinco meses a 13 asuntos

mensuales, o entre 3 y 4 asuntos por UPAD.

Haciendo un estudio de 25 procedimientos remitidos a las UPADs para intervención escogidos

aleatoriamente se puede observar el tiempo que los procedimientos han estado en la UPAD, dentro del

Servicio hay un funcionario perteneciente al grupo de inicio que realiza diariamente los listados de

intervención que se remiten a las UPADs y da entrada a las que llegan cumplimentadas, sin que exista

dilación en esta tarea.

En la Sección civil, analizando los tiempos de trabajo de los procedimientos que se tramitan se

puede manifestar que en el grupo de inicio una de las tramitadores procede a dar el nº que corresponda a

la demanda, tras la minuta de la Jefa de Sección, quien la despacha el mismo día o al siguiente de la

entrada de la demanda, salvo circunstancias excepcionales tales como complejidad del asunto que

requiere mayor tiempo de estudio, o no haber transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario cuando

existen indicios de cumplimiento…. Dicha tramitadora procede a la incoación inmediatamente, salvo en

los supuestos de familia donde hace agrupaciones de diez procedimientos para un reparto equitativo entre

los miembros del grupo de familia, lo mismo ocurre con el reparto de las EJH para que se asigne número

igual a cada uno de los grupos. El tiempo mayor de espera en estos casos es de 10 días. Tras dicha

asignación el resto de los miembros del grupo de inicio dicta en el mismo día o en el siguiente, salvo

fecha de la solicitud asunto fecha entrada en UPADFECHA FIN. UpadENTRADA en SCEJ ESTADO TIEMPO EXPTE. EN LA UPAD

10/07/2015 POJ 2250058/14 13/07/2015 04/09/2015 07/09/2015 CERRADA 1 MES

10/07/2015 POJ2250009/15 13/07/2015 17/09/2015 17/09/2015 CERRADA 1 MES

14/07/2015 ETJ 2230056/15 14/07/2015 30/07/2015 04/09/2015 CERRADA 15 DIAS

14/07/2015 EJH 2210596/15 15/07/2015 17/07/2015 17/07/2015 CERRADA 3 DIAS

15/07/2015 POJ 2240007/15 17/07/2015 30/07/2015 03/08/2015 CERRADA 15 DIAS

15/07/2015 POJ 2220001/15 21/07/2015 15/09/2015 15/09/2015 CERRADA 1 MES

07/09/2015 EJH 156/15 07/09/2015 18/09/2015 21/09/2015 CERRADA 10 DIAS

08/09/2015 POJ 2250010/15 10/09/2015 25/09/2015 25/09/2015 CERRADA 10 DIAS

08/09/2015 POJ 2250013/15 10/09/2015 29/09/2015 09/11/2015 CERRADA 1MES

08/09/2015 POJ 2250020/15 10/09/2015 16/09/2015 16/09/2015 CERRADA 1 SEMANA

16/09/2015 POJ 2250020/15 16/09/2015 28/09/2015 14/10/2015 CERRADA 1 MES

02/10/2015 ENJ 2220475/15 15/10/2015 09/11/2015 09/11/2015 CERRADA 1 MES

02/10/2015 POJ 3/15 13/10/2015 20/10/2015 20/10/2015 CERRADA 15 DIAS

05/10/2015 EJH 737/15 08/10/2015 19/10/2015 19/10/2015 CERRADA 10 DIAS

13/11/2015 EJH 455/15 16/11/2015 19/11/2015 19/11/2015 CERRADA 3 DIAS

23/11/2015 POH 5/15 24/11/2015 30/11/2015 30/11/2015 CERRADA 10 DIAS

24/11/2015 ENJ 634/15 27/11/2015 02/12/2015 02/12/2015 CERRADA 1 SEMANA

25/11/2015 POJ 2250039/15 16/12/2015 22/12/2015 22/12/2015 CERRADA 1 MES

25/11/2015 ETJ 2220113/15 30/11/2015 30/11/2015 30/11/2015 CERRADA 1 MES

29/12/2015 ENJ 905/15 12/01/2016 14/01/2016 15/01/2016 CERRADA 10 DIAS

29/12/2015 ENJ 904/15 12/01/2016 14/01/2016 15/01/2016 CERRADA 10 DIAS

30/12/2015 ETJ 914/15 12/01/2016 19/01/2016 20/01/2016 CERRADA 15 DIAS

30/12/2015 ENJ 2240594/15 11/01/2016 18/01/2016 18/01/2016 CERRADA 15 DIAS

08/01/2016 POJ 5/15 12/01/2016 PENDIENTE

19/01/2016 POJ 62/15 20/01/2016 21/01/2016 22/01/2016 CERRADA 3 DIAS

19/01/2016 EJH 2240446/15 19/01/2016 PENDIENTE

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

325

circunstancias excepcionales (permisos, cobertura de otro miembro del equipo…) el auto despachando

ejecución o resolución para solicitud de intervención y se pasa a la firma de los distintos Magistrados,

devuelta ésta se dicta el decreto de embargo en el mismo día o al siguiente.

En cuanto al plazo de tiempo en que los escritos dentro de esta Sección están proveídos, el término

medio es de 7 días, salvo en aquellos casos en que los procedimientos están en la UPAD o en el archivo

y hay dificultades para localizarlos, por no ubicarse en el de gestión sino en el de Kareaga.

b) SECCIÓN PENAL

A continuación se reflejan los cuadros de la evolución de los procedimientos y las solicitudes de

intervención realizadas tanto para los Juzgados de lo Penal como para los de Instrucción. El asignar en

instrucción un funcionario por Juzgado ha permitido que las relaciones entre el servicio y los

magistrados de Instrucción mejoren, como también lo han hecho las mantenidas con los de las Upads de

los Juzgados de lo Penal. Esto último gracias a los criterios suministrados por los mismos en el mes de

septiembre. Habilitado la Sala multiusos del Servicio de Ejecución para la firma de las resoluciones de

los magistrados de lo Penal, y mediante el pase de los mismos a las Upads de Instrucción cuando se trate

de la firma de tales magistrados.

EJECUCION PENAL

06/07/15-

31/12/15

PROCEDIMIENTOS

INCOADOS (totales) 607

PROCEDIMEINTOS EN

TRAMITE 1563

PROCEDIMEINTOS ZAD 458

PROCEDIMIENTOS ZSU 396

PROCEDIMIENTOS ZRT 136

PROCEDIMIENTOS ZCC 583

PROCEDIMIENTOS ZPR 423

SOLICITUDES DE

INTERVENCION 980

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

326

EJECUCION INSTRUCCIÓN 06/07/15-

31/12/15

PROCEDIMIENTOS

INCOADOS (totales) 397

PROCEDIMEINTOS EN

TRAMITE 634

PROCEDIMIENTOS ZAD 305

PROCEDIMIENTOS ZAP 24

SOLICITUDES DE

INTERVENCION 350

SOLICITUDES DE INSTRUCCIÓN

fecha de la solicitud asunto fecha entrada en UPAD FECHA FIN. Upad ENTRADA en SCEJ ESTADO TIEMPO EXPTE. UPAD

14/07/2015 EJE 1630142/15 15/07/2015 01/08/2015 03/08/2015 CERRADA 15 DIAS

14/07/2015 EJE 1620096/15 CANCELADA

15/07/2015 EJE1630024/15 22/07/2015 22/07/2015 18/08/2015 CERRADA 1 MES

15/07/2015 EJE 1640170/15 09/09/2015 09/10/2015 21/10/2015 CERRADA 3 MESES (AGOSTO POR MEDIO)

23/07/2015 EJE 1640121/15 23/07/2015 27/07/2015 28/07/2015 CERRADA 5 DIAS

03/08/2015 EJE 1610072/15 14/08/2015 21/08/2015 16/08/2015 CERRADA 10 DIAS

10/08/2015 EJE 1610095/15 01/10/2015 05/10/2015 05/10/2015 CERRADA 1 MES Y MEDIO

03/09/2015 EJE 75/15 09/09/2015 14/09/2015 14/09/2015 CERRADA 10 DIAS

16/09/2015 EJE 1610072/15 18/09/2015 21/09/2015 21/09/2015 CERRADA 1 SEMANA

22/09/2015 EJE 1630138/15 25/09/2015 01/10/2015 02/10/2015 CERRADA 1 SEMANA

22/09/2015 EJE 1640014/15 28/09/2015 02/11/2015 02/11/2015 CERRADA 1 MES

07/10/2015 EJE 1610054/15 25/10/2015 28/10/2015 30/10/2015 CERRADA 20 DIAS

07/10/2015 EJE 157/15 14/10/2015 16/10/2015 16/10/2015 CERRADA 1 SEMANA

07/10/2015 EJE 1610167/14 CANCELADA

02/11/2015 EJE 1630194/14 03/11/2015 05/11/2015 16/11/2015 CERRADA 10 DIAS

11/11/2015 EJE 1630126/15 20/11/2015 20/11/2015 23/11/2015 CERRADA 10 DIAS

13/11/2015 EJE 40/15 16/11/2015 16/11/2015 23/11/2015 CERRADA 10 DIAS

16/11/2015 EJE 1620043/15 17/11/2015 18/11/2015 19/11/2015 CERRADA 3 DIAS

25/11/2015 EJE 1630070/15 25/11/2015 02/12/2015 02/12/2015 CERRADA 1 SEMANA

15/12/2015 EJE 1630027/15 15/12/2015 17/12/2015 17/12/2015 CERRADA 2 DIAS

18/12/2015 EJE 366/15 18/12/2015 18/12/2015 21/12/2015 CERRADA 2 DIAS

21/12/2015 EJE 1630192/14 31/12/2015 07/01/2016 08/01/2016 CERRADA 2 SEMANAS

23/12/2015 EJE 1630091/15 28/12/2015 14/01/2016 15/01/2016 CERRADA 2 SEMANAS

23/12/2015 EJE 458/15 30/12/2015 30/12/2015 04/01/2016 CERRADA 1 SEMANA

20/01/2015 EJE 1630020/15 20/01/2016 21/01/2016 22/01/2016 CERRADA 2 DIAS

20/01/2016 EJE 282/15 21/01/2016 ACEPTADA

20/01/2016 EJE 728/15 22/01/2016 ACEPTADA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

327

En esta Sección se puede observar la carga de trabajo y como han entrado tantas demandas de

ejecución como en civil, y sin embargo la dotación personal es bastante inferior. Desde el principio se

han mandado informes al Gobierno Vasco evidenciando esta situación, el último a principios de este año

2016. En él se hacía hincapié en las siguientes ideas:

La sobrecarga de trabajo que la sección padece pone en evidencia que es necesario más plantilla para

prestar de forma correcta y adecuada la prestación del servicio. Todo ello unido a la especial atención

que la jurisdicción penal merece, donde se actúa de oficio, y con intereses altamente sensibles, donde una

parte del personal adscrito no tiene la suficiente formación y sus compañeros no pueden dedicar el

tiempo que sería conveniente para formales. Es esta una jurisdicción donde las consultas en ventanilla

son constantes, así como las llamadas de teléfono, lo que lleva una cantidad de tiempo que en términos

medios supone entre un 15 y 20% del trabajo diario. También se ha venido repitiendo en los anteriores

SOLICITUDES DE PENAL

fecha de la solicitud asunto fecha entrada en UPAD FECHA FIN. Upad ENTRADA en SCEJ ESTADO EXPTE. EN UPAD

07/07/2015 EJE 1510262/15 08/07/2015 09/07/2015 10/07/2015 CERRADA 3 DIAS

10/07/2015 EJE 1520289/15 13/07/2015 21/08/2015 31/08/2015 CERRADA 1 MES PASADO

23/07/2015 EJE 44/15 27/07/2015 27/08/2015 27/08/2015 CERRADA 1 MES

24/07/2015 EJE 12/15 27/07/2015 13/08/2015 14/08/2015 CERRADA 15 DIAS

05/08/2015 EJE 1510218/15 16/09/2015 18/09/2015 18/09/2015 CERRADA 1 MES

13/08/2015 EJE 1510022/15 17/08/2015 11/09/2015 18/09/2015 CERRADA 1 MES

13/08/2015 EJE 1520322/14 14/08/2015 11/09/2015 13/09/2015 CERRADA 1 MES

09/09/2015 EJE 1510137/15 09/09/2015 18/09/2015 18/09/2015 CERRADA 10 DIAS

10/09/2015 EJE 1520437/13 15/09/2015 02/10/2015 05/10/2015 CERRADA 15 DIAS

11/09/2015 EJE 1510233/15 14/09/2015 02/10/2015 05/10/2015 CERRADA 15 DIAS

14/09/2015 EJE 1510198/14 15/09/2015 18/09/2015 18/09/2015 CERRADA 4 DIAS

23/09/2015 EJE 24/09/15 24/09/2015 02/10/2015 05/10/2015 CERRADA 15 DIAS

07/10/2015 EJE 291/15 09/10/2015 16/10/2015 16/10/2015 CERRADA 7 DIAS

13/10/2015 EJE 1510329/06 14/10/2015 20/10/2015 21/10/2015 CERRADA 10 DIAS

14/10/2015 EJE 310/15 14/10/2015 16/10/2015 16/10/2015 CERRADA 2 DIAS

23/11/2015 EJE 230/15 24/11/2015 05/01/2016 05/01/2016 CERRADA 5 DIAS

13/11/2015 EJE 123/15 17/11/2015 20/11/2015 23/11/2015 CERRADA 10 DIAS

23/11/2015 EJE 350/15 24/11/2015 01/12/2015 01/12/2015 CERRADA 1 SEMANA

11/12/2015 EJE 70/15 14/12/2015 05/01/2016 05/01/2016 CERRADA 2 SEMANAS

11/12/2015 EJE 683/15 14/12/2015 18/12/2015 21/12/2015 CERRADA 1 SEMANA

16/12/2015 EJE 428/15 16/12/2015 22/12/2015 23/12/2015 CERRADA 5 DIAS

21/12/2015 EJE 755/15 22/12/2015 19/12/2015 30/12/2015 CERRADA 1 SEMANA

11/01/2016 EJE 1510161/14 12/01/2016 19/01/2016 21/01/2016 CERRADA 10 DIAS

11/01/2016 EJE 38/16 11/01/2016 14/01/2016 15/01/2016 CERRADA 3 DIAS

15/01/2016 EJE 229/15 19/01/2016 22/01/2016 25/01/2016 CERRADA 10 DIAS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

328

informes el hecho de que cuatro personas bajan a la guardia en turnos de uno por semana. Tal es así que

haciendo un examen exhaustivo de los controles de presencia proporcionados por EIZU, se puede decir

lo siguiente:

- En el mes de julio de los 18 días hábiles que hubo con la NOJ en marcha, 2 días la Sección tuvo 9

personas, 5 días 8 personas. 1 día 7 personas, 3 días 6 personas, 3 días 5 personas, 1 día 4

personas, otro 3, otro 2 y un día 1 persona.

- En el mes de agosto de los 21 días hábiles, 9 días con 5 personas, 3 días con 6, 5 días con 7, 3

días con 4 y 1 día con 3 personas.

- En el mes de septiembre de los 22 días hábiles, 5 días con 8 personas, 9 con 7, 4 con 6 y 4 con 5

personas.

- En el mes de octubre de los 21 días hábiles, dos días con la plantilla al completo, 8 con 10

personas, 5 con 9, 4 con 8 y 2 con 6 personas.

- En el mes de noviembre de los 21 días hábiles, 3 días con 10 personas, 7 con 9, 8 con 8 y 3 con 7

personas.

- En el mes de Diciembre de los 19 días hábiles, 1 día con 10 personas, 1 con 9, 8 con 8, 3 con 7, 2

con 6, 1 con 5, 2 con 4, 1 con 3.

Sí que es cierto que se puede alegar que han sido fechas de vacaciones, pero no hay que olvidar que

siempre habrá días de vacaciones, de exceso, que para este año son 14, libre disposición, canosos…, pero

todos ellos son derechos que no debemos obviar y que hay que tener en cuenta para llegar también a la

conclusión de que el servicio esta infradotado. Por otro lado la ratio por persona de procedimientos es

elevada para poder ejercer un control como es debido de la materia con la que se trabaja.

- Los procedimientos por delito , están repartidos entre los grupos, haciendo un total de 1563

asuntos (se recogen ejecutorias e incidentes) y si los contabilizamos por personas, se puede decir

que los relativos a violencia de género y doméstica importan 238 asuntos (al frente de cual está

una tramitadora, que es la persona de refuerzo y a la que se le ha asignado la misma por su

experiencia), unos 30 son ejecución dineraria (llevados por una gestora, quien controla las

solicitudes de intervención a las UPADS y los listados de fiscalía), el resto están repartidos entre

dos gestores y tres tramitadores, lo que importa para cada uno de ellos unos 250 asuntos.

- Los procedimientos por ejecución de faltas, delitos leves y leves rápidos, suponen un número al

día de hoy de 634 asuntos (ejecutorias e incidentes), que repartidos entre los cuatro tramitadores

resultan con una ratio más baja, pero no olvidemos que son los que bajan a hacer guardias, y que

tienen repartidos los asuntos por la UPAD con la que hacen la guardia, así:

Instrucción 1 tiene 155 asuntos en ejecución

Instrucción 2 tiene 124 asuntos

Instrucción 3 tiene 209

Instrucción 4 tiene 106

Violencia de Género 14

Hacia finales del mes de diciembre ante la situación de esta Sección se han encomendado las

tareas que venía desempeñando la Gestora Responsable en la Sección Civil a miembros del grupo de

inicio para poder de esta forma liberarla y permitir que desarrolle actividades más referidas al control de

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

329

indicadores que nos vayamos fijando en los objetivos, y ha pasado a realizar labores de trámite de

procedimiento y control en la Sección Penal intentando descongestionar el volumen de trabajo de esta

última Sección.

La Letrada Directora ha mantenido distintas reuniones con los miembros del SCEJ, tanto de la

Sección penal como civil, como con los letrados de las Upads, y con los magistrados, incluso con los

Procuradores y letrados sobre la entrada en funcionamiento de la Noj, todo ello con el objetivo de

canalizar los distintos problemas que van surgiendo. En muchas de estas reuniones ha estado presente la

Secretaria coordinadora.

Tampoco nos debemos olvidar que dada la cantidad de procedimientos que han llegado al

Servicio en estado de archivo no definitivo, se ha hecho necesario organizar el archivo de gestión,

proceso que se está llevando a cabo con la ayuda de los refuerzos, cuando están disponibles, del cuerpo

de auxilio del Servicio Común de Ejecución. Se ha empezado por los penales, ubicando en cajas con nota

informática de su posición, lo que facilita en gran medida la búsqueda y acorta las pérdidas que se

estaban dando al principio. Se pretende hacer lo mismo para los procedimientos civiles.

Finalmente añadir que los problemas con la informática, con parones diarios a veces de tiempo,

han contribuido a ralentizar el procedimiento.

4.-OBJETIVOS DE MEJORA

Establecer distintos indicadores que nos permitan mejorar en la tramitación de asuntos, muchos de

los cuales son comunes para ambas secciones

1) Que las demandas se incoen en el mismo día o al siguiente de su minuta, no dejando más de 10

días en los proveidos

2) Que los escritos pendientes, se tramiten en el plazo máximo de una semana.

3) Que no existan procedimientos parados más de seis meses sin bajar al archivo de gestión en los

asuntos civiles y en los penales sin cotejar sus causas. Haciendo controles mensualmente

4) Que se examinen por la Gestora Responsable cada 15 días las solicitudes de intervención, a las

que se les dará entrada diariamente, para evitar retrasos en su tramitación.

5) Que mensualmente por la Gestora Responsable se examinen los movimientos bancarios que están

parados más de 6 meses.

6) Reiterar las solicitudes de formación del personal especialmente tras las continuas y múltiples

reformas que se han producido

7) Continuar con las labores de archivo de los procedimientos que figuran en el archivo de gestión,

para lo que es necesario seguir continuando con el apoyo de los miembros de auxilio.

8) Continuar con el aprovechamiento de gestión de mando y canalización de sugerencias de todos

los grupos de ambas secciones realizados a través de la Gestora Responsable.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

330

6.3.3 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE BARAKALDO DESDE EL 6 DE JULIO

HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

1.-Introducción.

Por Orden de 3 de febrero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, se crean

el Servicio Común Procesal General y el Servicio Común Procesal de Ejecución de la oficina judicial de

Barakaldo.

Al frente del Servicio Común Procesal General se encuentra el LAJ-Directora del Servicio. Es

asistido en esta función por un Gestor Responsable, que además de llevar a cabo la supervisión y control

general de todos los Servicios , confecciona las estadísticas mensuales, gestiona las videoconferencias

pasivas, sustituye en sus funciones a todos los Gestores del SCPG , elabora el pedido de material, califica

atestados de guardia y demandas civiles, da publicidad a los concursos de acreedores, gestiona los

demandas y escritos de Registro y Reparto de especial dificultad y gestiona los conflictos con Upads y

SCEJ, sin perjuicio de otras funciones que la Directora le pueda encomendar por sus especiales

características.

Asimismo por Resolución de 12 de Junio de 2015, del Director de la Administración de Justicia,

por la que se establecen los criterios de aplicación del procedimiento de acoplamiento de los funcionarios

con destino definitivo en Barakaldo y la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente, la plantilla ha

quedado compuesta de la siguiente manera:

- 1 Gestor responsable

- 2 Gestores del Servicio Común de Actos de Comunicación

- 2 Gestores gubernativos

- 1 Gestor de Registro y Reparto

- 2 Tramitadoras del SCAC

- 1 Tramitadora gubernativa

- 6 Tramitadoras de Registro y Reparto

- 10 funcionarios del cuerpo de Auxilio del SCAC

- 9 funcionarios del cuerpo de Auxilio asignados a Apoyo a Upad (uno de ellos en funciones de

guardia)

- 7 funcionarios del Cuerpo de Auxilio asignados a Sala e información

- 3 funcionarios interinos del cuerpo de Auxilio, nombrados de refuerzo.

De esta plantilla, un Gestor del SCAC tiene como requisito asociado a su puesto el Perfil 3 de

Euskera; dos Tramitadores tienen Perfil 2 de Euskera; tres Auxiliadores del SCAC tienen Perfil 3 de

Euskera; dos Auxiliadores de Otros Servicios tienen Perfil 2 de Euskera y un Auxiliador de Otros

Servicios tiene Perfil 3 de Euskera.

Desde la entrada en funcionamiento de la nueva Oficina Judicial se han celebrado varias

reuniones entre el Director, Gestor responsable y Funcionarios de los distintos equipos y grupos que

componen el Servicio, con la finalidad de, además de dinamizar la nueva organización, aclarar las

numerosas dudas que han ido surgiendo con respecto a las tareas que deben desempeñar en cada puesto

de trabajo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

331

Estas reuniones han resultado muy beneficiosas porque en la actualidad todo el mundo trabaja

con normalidad y pleno conocimiento de sus competencias. De estas reuniones no se ha remitido acta

alguna a Sala de Gobierno, dada la premura y agilidad del Servicio, y sobre todo, que se trata de un

funcionamiento muy incipiente y todavía carece de mecanismo normales de actuación que con el

transcurso del tiempo se irán desarrollando.

En cuanto a los medios materiales, a raíz de la entrada en funcionamiento de la NOJ, se ha divido

el Servicio preexistente de Información entre la planta 0 y la 1. En planta 0, se presta información

general y Justicias Gratuitas y en planta 1, recepción de escritos civiles y penales, elaboración de apud-

actas, presentación periódica de rendiciones de cuentas y cualquier otra información que por su

especificidad u dificultad no pueda ser prestada en planta 0. Esta distribución ha resultado ser positiva y

muy bien acogida por los Procuradores, dado que se encuentra aneja a la sala del Colegio de dichos

profesionales. Efectivamente, la oficina de información anterior a la NOJ, agrupaba a todo este colectivo

en un reducido espacio, lo que impedía prestar una atención al ciudadano de calidad. Con lo que

podemos concluir que la nueva distribución es mejor en todos los aspectos. Como nota negativa, reseñar

que en épocas de vacaciones y permisos es difícil mantener personal dividido en ambas plantas, pero se

ha solucionado reduciendo y reasignando la plantilla según las necesidades de cada momento.

Mención aparte merece el archivo de Kareaga. Se trata de un local adquirido por el Departamento

de Justicia que se encuentra ubicada en una zona de polígonos industriales. Allí se guardan los

expedientes más antiguos y semanalmente una comitiva de Auxiliadores se desplaza a dicho lugar con la

finalidad de archivar y desarchivar los expedientes solicitados por los Juzgados. Últimamente, se han

introducido mejoras por parte del Departamento en este centro de trabajo, como la limpieza periódica,

suministro de batas para los trabajadores, carros de transporte, armarios para almacenaje y calefacción.

Sería igualmente aconsejable proporcionarles un medio de comunicación, como un teléfono móvil o

similar dado que necesitan estar en contacto con el Gestor y Tramitador para que estos les indiquen la

ubicación de los expedientes. En este sentido, la NOJ ha supuesto una mejora dado que con anterioridad

se trabajaba en condiciones inadecuadas para un centro de trabajo.

Otro elemento discordante son las ventanillas de atención al público. Dichas ventanillas al abrirse

generan unas corrientes de aire tan fuertes que impiden se pueda atender al público desde ese punto, con

lo cual en caso de que la consulta ciudadana no sea puntual o meramente informativa, han de pasar al

interior de la oficina de información. Rogaría fueran revisadas dichas ventanillas por si pudiera

encontrarse alguna solución arquitectónica al problema.

2. Recursos Humanos:

La plantilla de este Servicio ha quedado reseñada en párrafos anteriores.

Desde el 6 de julio hasta la fecha de hoy, se han producido 2 bajas de Auxiliadores en el SCAC,

de duración inferior a tres meses y superior a un mes, que han sido suplidas por el resto de la plantilla sin

que esto haya supuesto ninguna alteración del Servicio.

Debido a los permisos, licencias y vacaciones aprobados para este año, es muy probable que la

plantilla quede muy reducida en los periodos vacacionales, esto conlleva que se tenga que atender sobre

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

332

todo los servicios perentorios, inmediatos y sujetos a un señalamiento como salas, información y

videoconferencias. Esto puede resultar gravoso para el apoyo a las distintas Upad y Servicio de

ejecución, al no contar con personal suficiente. Para paliar esta situación, los tres Auxiliadores

nombrados de refuerzo realizan una labor esencial porque son redistribuidos diariamente en las distintas

tareas en un intento de sostener el funcionamiento normal del Servicio. Como conclusión y a la vista de

lo expuesto, estos refuerzos además del archivo trabajan en otras secciones, por lo que su consolidación

sería muy conveniente para no alterar la marcha de la nueva Oficina Judicial.

3-.Organización del Servicio y volumen de trabajo realizado.

Equipo de Actos de Comunicación

Dos Gestores, dos Tramitadoras y diez Auxiliadores componen el equipo de Actos de

Comunicación y Ejecución.

Los dos gestores realizan los actos en comisión, esto es, lanzamientos embargos y otros análogos.

Además de esto examinan la documentación, reparten las zonas entre los Auxiliadores y realizan el retén

del SCAC.

Los diez Auxiliadores llevan a cabo las diligencias correspondientes a las seis zonas en las que

está dividido organizativamente el Partido Judicial de Barakaldo así como los lanzamientos, embargos y

otros análogos que han de efectuar junto con el Gestor. Dos de ellos permanecen de retén para practicar

las diligencias que deban efectuarse en el Servicio por no haber sido localizados en su domicilio los

ciudadanos. También se practican los embargos en el mostrador del SCAC. De los Auxilios restantes,

uno realiza actos en comisión y el resto llevan a cabo las unipersonales del Servicio.

Desde la entrada en funcionamiento de la NOJ, los dos Auxiliadores del retén del SCAC,

colaboran en la recepción y sellado de escritos en el servicio, comprobando que estén firmados y

acompañados de las copias preceptivas e igualmente, colaboran en el desarrollo de las videoconferencias

pasivas , haciendo entrar a la persona que va a declarar y controlar la llamada del Juzgado exhortante,

evitando así que tengan que abandonar el mostrador los Auxiliadores de apoyo a Upad, lo cual puede

considerarse una mejora. Igualmente realizan tareas de reprografía cuando no hay suficiente personal en

el Grupo de apoyo Upad.

A raíz de la entrada en funcionamiento de la NOJ, este Servicio no tiene límites en la recepción

de Diligencias y se llevan a cabo todas las que entran diariamente procedentes de las UPAD y el SCEJ.

Además este Servicio cumplimenta los exhortos remitidos por otros Juzgados.

Desde el 6 de julio hasta el 31 de diciembre de 2015 se han registrado un total de 12779 actos de

comunicación unipersonales.

Se han cumplimentado 8451 de manera positiva, un total de 3811 han sido cumplimentadas con

resultado negativo y 517 han sido intentadas sin efecto, es decir se ha intentado su cumplimiento a través

de los avisos dejados en su busca así como averiguaciones y no ha podido ser hallada la persona. Aquí se

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

333

incluyen también las diligencias incompletas, es decir, las que han sido devueltas al órgano por faltar

documentación, dirección incorrecta, falta de tiempo hábil para su práctica, etc.

Por lo que respecta a las diligencias en Comisión, se han realizado desde el 6 de julio hasta el 31

de diciembre de 2015 un total de 150 embargos y lanzamientos, lo que supone cifras inferiores a la

entrada en vigor de la NOJ, dado que en la actualidad solo se efectúan los embargos y lanzamientos

correspondientes al partido judicial de Barakaldo, Alonsótegi y Muskiz, al no ser servidos por

funcionarios de Justicia.

También cabe reseñar que durante el periodo que nos ocupa han entrado en el Servicio Común un

total de 2262 exhortos, de los cuales 1554 han sido cumplimentados de forma positiva y el resto

negativos o intentados sin efecto.

Es de señalar que las diligencias unipersonales y los embargos se cumplimentan en un tiempo

medio de 7 días, que es bastante óptimo. Los lanzamientos son señalados en un plazo medio de treinta

días, desde la fecha del juicio hasta la ejecución del acto, lo cual es necesario, dado que hay que esperar

un tiempo hasta la firmeza de la sentencia, para poder practicar la diligencia acordada.

Equipo de Otros Servicios.

Grupo de apoyo a UPAD

Un Gestor Procesal y nueve Auxiliadores integran el grupo de apoyo a Upad.

En el Servicio Común General, este grupo realiza además de la información del mostrador y la

elaboración de listados, tiene encomendada la gestión de las videoconferencias pasivas, reprografía,

archivo, porteo de expedientes, atención de testigos protegidos de sala, etc. Estos Auxilios están

organizados y distribuidos en turnos rotatorios semanales en función del Servicio de guardia, para cubrir

las tareas que les han sido adjudicadas. Uno de ellos realiza la Guardia rotando semanalmente entre los 4

Auxiliadores con derecho a la prestación de la misma. Otros 7 ocupan cada uno de los mostradores

correspondientes a las UPADs Civiles, Penales, Instrucción y Violencia así como al SCEJ Civil y Penal.

El noveno Auxiliador se encuentra en situación de refuerzo para cubrir ausencias, y si está libre se

encarga de la reprografía y de reforzar los mostradores de especial dificultad o cualquier otra

circunstancia urgente que surja y que precise la asistencia del Servicio.

El Gestor Procesal junto con la Tramitadora, recibe los expedientes para archivar porteados por

los funcionarios de Auxilio desde los respectivos Juzgados al SCPG y a continuación los registran

informáticamente, los ubican y los remiten al Archivo central. Esta labor es realizada por los

Auxiliadores de sala, que trasladan los expedientes al Archivo y allí los colocan en las ubicaciones

asignadas para ello.

El Gestor y la Tramitadora registran los archivos, los ubican, efectúan las apud-actas, rendiciones

anuales de cuentas, recepción y registro de demandas y escritos civiles y penales, así como la atención al

ciudadano cuando ello sea preciso.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

334

Los cambios de turno de trabajo se realizan los miércoles, atendiendo al cambio de guardia de

Barakaldo.

A continuación aporto datos estadísticos sobre las funciones desarrolladas por este grupo desde el

6 de julio hasta el 31 de diciembre de 2015.

REPROGRAFIA

-Fotocopias y escaneados…..96 peticiones recibidas y realizadas

-Grabaciones.………………..50 peticiones recibidas y realizadas

-Videoconferencias…………..107 peticiones recibidas y 35 realizadas

ARCHIVO NO INFORMATIZADO

-Préstamos realizados…..61

ARCHIVO INFORMATIZADO

-Expedientes 1º archivo recibidos….25884

-Prestamos realizados………1592

-Devoluciones realizadas……1355

APUD ACTA

-Apud actas realizadas……2169

REGISTRO DE ESCRITOS

-UPAD Civiles……….10222

-UPAD Penales………1013

-UPAD Instrucción…..5262

-SCPEJ Civil…….……9701

-SCPEJ Penal………….10478

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

335

Grupo de Sala e Información

Este grupo está constituido por siete Auxiliadores y tres contratados labores, dos de ellos en

situación de contrato relevo. Este grupo está dirigido por una Gestora Procesal que elabora los cuadros

mensuales de salas, con indicación de la rotación de los funcionarios en cada sala y los listados de

señalamientos. Igualmente esta Gestora lleva a cabo el registro y comparecencias de las Justicias

gratuitas, tramitación de las quejas de los ciudadanos, nombramiento de peritos judiciales, expedientes

gubernativos, comunicaciones, circulares, excusas del jurado y asistencia al Decano. Esta última conlleva

la gestión de las Juntas de Jueces así como el nombramiento de Jueces Sustitutos e informes trimestrales

sobre la actividad de los mismos. El nombramiento de Peritos Judiciales se realiza manualmente.

Los Auxiliadores asisten las salas, realizan la información en número de uno o dos según las

necesidades del Servicio, bajan los expedientes al archivo y las piezas de convicción al Depósito así

como su devolución, cotejando el listado con las piezas recibidas. El control de las piezas de convicción

se realiza mediante la aplicación informática antigua.

Con respecto a la asistencia a vistas, manifestar que en este Partido Judicial existen ocho salas

para la celebración de juicios y vistas, que son atendidos por estos siete funcionarios del cuerpo de

Auxilio que se turnan mensualmente según el cuadrante de trabajo anteriormente indicado. Además estos

funcionarios se encargan de las videoconferencias de sala.

En relación a la asistencia a sala, manifestar que son ocho salas y que además existe una Juez de

Adscripción Territorial señalando vistas, con lo cual el número señalamientos es tan elevado que

frecuentemente deben bajar los refuerzos para cubrir los juicios y en los días más complicados tiene que

asistir a sala el funcionario de UPAD del mostrador correspondiente al Juzgado que ha señalado el juicio.

Mención aparte merece la atención al público y profesionales. En el Partido Judicial de

Barakaldo, esta importante tarea se lleva a cabo en dos plantas. En la planta 0, se presta información al

público presencial y telefónica por parte de dos Auxiliadores. Así mismo, se entregan los formularios de

justicia gratuita y otros legalmente previstos.

Los contratados laborales trabajan en esta planta, porteando expedientes dos veces al día a los

distintos órganos del Palacio y también prestan información direccional a la ciudadanía a través de las

ventanillas habilitadas al efecto.

A su vez, en la planta primera un Gestor procesal y una Tramitadora registran escritos y

demandas civiles y penales, rendiciones de cuentas, apud-actas, archivo e información general. Se

encuentran ubicados al lado del Colegio de Procuradores. Este diseño introducido con la nueva Oficina

Judicial ha recibido muy buena aceptación entre los Profesionales dada la proximidad de las oficinas y a

que no tienen que esperar para poder sellar sus escritos. Se puede considerar como una mejora porque

ciertamente la antigua oficina dedicada a estos menesteres era excesivamente pequeña y con una

distribución inadecuada del mobiliario que dificultaba el acceso a ciudadanos y profesionales.

En referencia al servicio de correo, manifestar que los Contratados laborales se encargan del

reparto diario del correo entre los órganos judiciales y por acuerdo de LAJs en reunión de fecha

16/10/2015 se tomó la decisión de abrir los sobres para su distribución, por necesidades organizativas y

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

336

funcionales, lo que ha resultado ser una mejora al facilitar la tarea a UPADs y SCEJ. Los martes y jueves

se recibe la saca procediendo igualmente a su reparto.

Por otro lado, el Auxilio que tenga encomendada la función de apoyo a Oficina presta su servicio

a los 7 mostradores, porteando los listados de correo ordinario y certificado , envío de faxes en número

no superior a veinte hojas, empaquetado de los envíos, fotocopias , archivo y desarchivo en la manera

anteriormente indicada.

A continuación expondré los datos estadísticos referidos a la actividad desempeñada por estos

funcionarios, desde el 6 de julio hasta el 31 de diciembre.

DEPOSITO

Nº de efectos depositados….247

Nº de efectos entregados….139

Nº de efectos devueltos…….89

Nº de efectos destruidos…..111

ASISTENCIA A DECANO

Expedientes Gubernativos…2

Comunicaciones y Circulares…87

Quejas………………………………6

Peritos……………………………..96

Otros Asuntos…………………..125

Comparecencias Justicias Gratuitas..537

NÚMERO DE VISTAS CELEBRADAS

-3609

Es de reseñar con relación a la estadística indicada que el número de Justicias Gratuitas va en

aumento, lo que conlleva que el servicio de información se vea en ocasiones colapsado por la gran

afluencia de personas en la planta 0, lo que pone de manifiesto la importancia de que este Servicio se

encuentre perfectamente atendido.

También resulta evidente elevado número de Juicios que se celebran, motivado en parte por la

existencia de tres Magistrados en los Juzgados de lo Penal. Antes de la NOJ , se contaba con un

funcionario de refuerzo nombrado por el departamento para poder asistir a las vistas. En la situación

actual se requiere la presencia de los refuerzos para cubrir estas eventualidades y en ocasiones la de los

funcionarios de apoyo a UPAD, ya que con gran frecuencia resulta claramente insuficiente la dotación

prevista. Esto a su vez pone de relieve la necesidad de que los Juzgados avisen al Servicio con suficiente

antelación a los señalamientos acordados y así evitar los problemas derivados de la previsión del número

de funcionarios que han de asistir a Sala. Muchas veces no se comunica a pesar de nuestros

requerimientos y esto conlleva demoras indeseadas que se podrían evitar con una comunicación fluída y

eficaz entre el SCPG y los Juzgados.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

337

Mención especial del refuerzo de archivo

Como consecuencia de la entrada en funcionamiento de la NOJ, fueron nombrados tres

funcionarios del Cuerpo de Auxilio para llevar a cabo las tareas derivadas de la creación y organización

del archivo de gestión de los Servicios Comunes que recibieron un elevado número de ejecutorias, según

consta en el Anexo IV del informe elaborado por la Ilma. Sra, Secretaria Coordinadora de Bizkaia. Estos

refuerzos han realizado una ingente labor archivando un promedio de 8000 expedientes correspondientes

a Instrucción 4 y Penal 1. En la actualidad están revisando los expedientes correspondientes a Instrucción

nº 1 ,2 y 4 que se encuentra ubicados en planta 2 , que ya están informatizados con la finalidad de

remitirlos al archivo central . Con respecto a Instrucción 4 y Servicio de ejecución penal , están

informatizando los expedientes para poder bajarlos al Archivo central. Una vez cotejado, se ubican y se

pasan al Gestor y Tramitador para su registro informático, habiéndose llegado a archivar mil expedientes

en un solo día.

Mención especial sobre el Expurgo

Por lo expuesto en el párrafo anterior se deduce la conveniencia de efectuar un expurgo dada la

falta de capacidad y la dificultad en la ubicación del archivo central. A día de hoy, existe un turno

semanal de entregas al archivo efectuadas por los Auxiliadores de Upad ya que los lunes y martes se

dedican a la “limpieza de cajas” con la finalidad de bajarlas al cotejo , registro y posterior depósito en el

archivo .

Equipo de Registro y Reparto

El registro y reparto de demandas, escritos, comisiones rogatorias y asuntos penales se realiza por

un Gestor Procesal y seis funcionarias del Cuerpo de Tramitación Procesal.

Se ha establecido un turno rotatorio semanal de las tareas de registro, correspondiendo el Gestor

el control y la calificación de las demandas civiles.

Las demandas y escritos son presentados en el mostrador del Scac. Son sellados por el Gestor y la

Tramitadora gubernativos, y cuando alguno de ellos se encuentra ausente, por los Auxiliadores de retén

del Scac. A continuación son porteados bien por los contratados laborales o por los propios funcionarios

del Scac a la oficina de registro y reparto, donde son recogidos por las Tramitadoras para su posterior

reparto. La misma operación se realiza con respecto al correo recibido a diario y la saca.

Las denuncias, atestados, querellas, ampliatorias, testimonio de particulares e inhibiciones, previo

al registro se entregan a la Directora del Servicio para ser minutadas en lo referente a la fecha de los

hechos. Junto al atestado o denuncia se registran las piezas de convicción si las hubiere. Las denuncias y

atestados urgentes se registran y tramitan en la guardia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

338

El registro de asuntos a fecha 31 de diciembre de 2015 se ha venido efectuando el mismo día o al

siguiente, cumpliéndose de esta forma con los indicadores recogidos en la Carta de Servicios.

Una vez efectuado el registro, se dejan los asuntos junto con los listados debidamente cotejados

en las bandejas que cada Upad y Servicio de Ejecución tiene asignados para ser entregados por los

contratados laborales.

Como consecuencia de la implementación de los códigos de Registro y reparto por el CGPJ, en

fecha 1 de enero de 2016, se han producido una serie de cambios en el trabajo diario que ha obligado a

los funcionarios de este equipo a efectuar un estudio más minucioso de los asuntos y demandas a fin de

ajustarlos a los parámetros impuestos. Por parte de la Directora del Servicio se ha puesto en

conocimiento de los superiores competentes, las anomalías detectadas en relación a las exenciones de

reparto y las diligencias de reparto de atestados y denuncias, estando en vías de solución por parte de los

equipos informáticos.

En el tablón de anuncios se saca una copia de los listados para profesionales e intervinientes.

Es preciso reseñar en este punto, que como consecuencia de la implantación de la NOJ, durante

los meses de julio y agosto se produjo un atasco de asuntos que fue solventada a finales del mes de

agosto. Durante este periodo, los asuntos penales tardaban varios días en registrarse y las demandas

civiles hasta 15 días. Todo ello se puso de manifiesto en Secretaria de Gobierno hasta que fue

solucionado, a través de los correspondientes informes. En ellos quedaba patente que la ausencia de

personal por vacaciones, libranzas y permisos junto con el parón informático motivado por la puesta en

funcionamiento de la NOJ, había producido la acumulación de asuntos pendientes de registrar.

Los datos que arroja la aplicación informática respecto al número de asuntos registrados el pasado

año es el siguiente:

Se han registrado un total de 26975 escritos civiles y penales.

Con respecto a los Asuntos Civiles se han registrado los siguientes:

o Upad unipersonales ........................... 4498

o SCPEJ ............................................... 1281

o Exhortos SCACE ................................ 696

o Exhortos SCPG ..................................... 34

Con respecto a los Asuntos penales:

- Upad unipersonales Instrucción .......... 13421

- Upad Unipersonales Penal ...................... 653

- SCPEJ Instrucción .................................. 123

- SCPEJ Penal ........................................... 268

- Exhortos SCACE INSTRUCCIÓN ........ 917

- Exhortos SCACE Penal .......................... 621

- Exhortos SCPG Instrucción ...................... 42

- Exhortos SCPG Penal ............................... 79

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

339

OBJETIVOS PARA EL AÑO 2016

Adecuar el funcionamiento de la nueva Oficina a los marcadores establecidos en la Carta de

Servicios elaborada por la Dirección de la Oficina Judicial y Fiscal.

1. Marcas en las grabaciones de vistas

En el mes de diciembre se impartió un breve curso por parte de la empresa “ Fujitsu” a los

funcionarios de Auxilio a sala sobre esta cuestión y por lo tanto están perfectamente preparados para

realizar estas marcas.

Existen algunas dificultades derivadas de la ubicación de los Auxilios en sala. Efectivamente,

estos se encuentran en la puerta de acceso donde está colocada la mesa y la silla y el ordenador está

ubicado en el fondo de la sala, detrás del asiento del Magistrado.Por todo ello, podría ocasionar molestias

el trasiego de funcionarios para hacer las marcas, sobretodo en juicios agiles y rápidos.

2. Depósito

Las piezas se registran informáticamente y se ubican en el mismo día de su entrega a la Gestora.

Por consiguiente, se trata de mantener este mismo ritmo durante el año 2016.

En este punto se debe poner de manifiesto que la capacidad del depósito se encuentra al límite y

por tanto es preciso realizar periódicamente la destrucción de un mayor número de piezas de convicción

siempre que se cumplan los plazos de prescripción establecidos legalmente. Por lo tanto el objetivo de

este año es lograr que los Juzgados nos autoricen con mayor celeridad la destrucción y para ello

enviaremos cada poco tiempo listados de efectos cuyo depósito haya prescrito para evitar acumulaciones

de objetos.

3. Actos de comunicación

Cumplimentarlos en menos de diez días hábiles. Este parámetro se cumple dado que las

diligencias unipersonales se cumplimentan en un promedio de 7 días naturales, según las ultimas

estadísticas.

Actualizar la aplicación informática registrando y dando de baja todos los Actos de

comunicación. A este respecto reseñar como muy importante el hecho de que se han enviado varios

correos al servicio informático a fin de que se solventen los graves errores que padece el aplicativo,

como es el de la duplicidad de las diligencias registradas que produce consecuencias tales como que

otros Juzgados no puedan archivar el asunto por existir una pendencia en el SCAC, pese a estar

perfectamente cumplimentada y dada de baja. Además se produce el indeseado efecto de alterar la

estadística en lo referente al número de diligencias ingresadas. Por lo tanto sería deseable que a lo largo

de este año se solucionara esta situación.

4. Solicitudes de cooperación Judicial Internacional

Se cumplimentan en un promedio de siete días. Conviene mantener este ritmo de trabajo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

340

5. Registro

- Registro de escritos :Se registran al día

- Registro de demandas: Se registran al día o al siguiente.

- Registro de actos de comunicación: Al día.

- Registro de asuntos penales: Se registran al día.

- Registro de quejas: Se registran al día o al siguiente y se tramitan y resuelven en un plazo

máximo de 15 días.

Por consiguiente, el objetivo es mantener los tiempos de registro actuales, si bien hay que tener en

cuenta que la ausencia de personal por vacaciones, bajas, permisos y libranzas de guardia, puede

dilatar estos plazos.

6. Archivo

El desarchivo de expedientes se realiza en el plazo de un día desde la solicitud por parte del

Órgano Jurisdiccional.

En este punto existe una importante excepción, los expedientes que se encuentran archivados en

el local de Kareaga. Como he señalado anteriormente, esta lonja se encuentra lejos del Palacio de Justicia

y para ello todos los viernes se desplazan dos funcionarios del Cuerpo de Auxilio en vehículo público.

En consecuencia estos desarchivos tardan una semana en llevarse a cabo por necesidades ineludibles.

7. Información

Realizar el registro informático del Servicio de información a fin de cuantificarlo, comparar con

otros partidos y seguimiento de su evolución posterior. Se registrarán también las llamadas telefónicas

efectuadas por los ciudadanos en demanda de información.

Este objetivo tiene la dificultad añadida de que son los siete Auxilios de sala los que tienen

asignada la tarea de la información general y por ello puede resultar comprensible que en ocasiones se le

pase por alto este registro pese a que ya saben manejarlo. Todo ello por lo excesivamente específico que

resulta registrar cada una de las informaciones dadas en un ámbito que se caracteriza por su rapidez a fin

de evitar colas innecesarias y conflictivas.

8. Actos de ejecución

Con respecto a los Lanzamientos, embargos, remociones de depositarios, tomas de posesión y

otros análogos que realiza el Scac, lograr la no suspensión por causas imputables al servicio.

Sobre este aspecto, existe un Protocolo de actuación en Barakaldo, que faculta a la comisión de

lanzamientos a paralizar un desahucio si hallase en la vivienda un menor o anciano indefenso, enfermo o

similar. Para paliar la situación de estas personas se da traslado al Juzgado ordenante para que este a su

vez se ponga en contacto con los servicios sociales del Ayuntamiento a fin de buscar un realojo,

acomodo o hacerse cargo de estas personas para que no sufran desprotección. Este es el único caso en el

que la paralización es imputable al Servicio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

341

9. Celebración de Juicios

No suspender Juicios por casa imputable al Servicio. En ocasiones se han producido demoras en

la preparación de las salas por parte de los Auxilios. Pero ello se ha debido a que no se ha comunicado la

celebración de ese Juicio por parte del Juzgado. Para paliar esta situación , además de los

correspondientes correos emitidos a la Upad rogándoles información, se ha decidido que el Gestor

responsable revise diariamente los señalamientos por si se ha incluido alguno nuevo y los listados

emitidos por los Juzgados , dado que en numerosas ocasiones algunos señalamientos no están recogidos

en ellos. En este último caso, el Gestor responsable sube a las Upad para que en el acto le añadan el

juicio que falta, con todos los datos tales como intervinientes, videoconferencias, presos en calabozos

etc.

10. Fotocopias

Realización en plazo máximo de dos días desde la recepción de la solicitud. Dado que en

ocasiones los expedientes tienen un elevado número de hojas se ha tardado un poco más en elaborar la

reprografía solicitada.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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6.3.4 SERVICIO COMÚN PROCESAL Y DE EJECUCIÓN DE DURANGO

DOTACIÓN EXISTENTE en 2015

Durante el año 2015, la dotación del Servicio Común General y Procesal de Durango se ha

estructurado en:

- Letrada de la Administración de Justicia Directora

- 2 Letradas de la Administración de Justicia Procesalistas

- Gestor Responsable

- 4 Gestores

- 11 Tramitadores

- 7 Funcionarios de Auxilio

El personal de la sección de ejecución se ha estructurado en:

Grupo Inicio: 1 Gestora y 3 Tramitadores que llevan inicio (familia y general) y ejecución penal

Grupo Desarrollo ejecución 1: 1 Gestora y 3Tramitadores, llevan el desarrollo de la ejecución

(de familia y general) una vez resueltas, en su caso, las POJ de los procedimientos impares.

Grupo Desarrollo 2: 1 Gestora y 3 Tramitadores llevan el desarrollo de la ejecución (de familia

y general) una vez resueltas, en su caso, las POJ de los procedimientos pares.

En el último trimestre ha cambiado la Gestora de Inicio, pasando a asumir las funciones una

tramitadora titular, que cumplía el perfil lingüístico, por sustitución vertical, y se ha incorporado una

nueva tramitadora en sustitución de la misma.

El personal de la sección común procesal se ha estructurado en:

1 Grupo: compuesto por 1 Gestor y 2 Tramitadoras

Con funciones de registro y reparto de asuntos civiles y penales, escritos, auxilio al Juez Decano,

Tramitación de Justicias gratuitas, Quejas, atención al público, actos de auxilio judicial…

2 Grupo: 7 funcionarios de Auxilio Judicial

Con funciones de actos de comunicación y ejecución, información al público, asistencia a sala,

reprografía, paquetería, archivo…

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INFORME DEL TRABAJO REALIZADO POR EL SERVICIO DE EJECUCIÓN DE

DURANGO DE 2015

A) Ejecución Civil

1.-INCOACIONES Y REAPERTURAS:

INCOACIONES

En el año 2015 se han incoado 600 procedimientos de ejecución civil, que por tipo de

procedimiento se desglosan en:

Procedimientos 2015 Incoaciones

ETJ 459

ENJ 37

EJH 35

EFM 67

EAR 2

TOTAL 600

Esto supone una incoación media de 54/55 incoaciones mensuales (descontando el mes de agosto

que es inhábil), frente a las 55/56 del 2014, las 62 incoaciones del año 2013 o 60 incoaciones del 2012.

Por tanto, esto supone una ligera disminución de las incoaciones que no alcanza un 1%. -8

demandas menos que el año pasado-.

Comparativa de incoaciones 2012-2014:

Procedimientos Incoaciones 2012 Incoaciones 2013 Incoaciones 2014

ETJ 445 500 466

ENJ 98 80 48

EJH 59 45 47

EFM 48 55 47

EAR 1 0 0

TOTAL 651 680 608

De las incoaciones, casi el 88% siguen siendo incoaciones de título judicial (incluye ETJ Y EFM) y un

12% son de título no judicial. Continua el aumento de ejecución de títulos judiciales y se nota un

importante aumento de demandas de ejecución en familia, más de un 35%.

Por lo que, continúa la inversión de clase de títulos que se ejecutan, iniciada en el 2014.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

344

El mayor nº de incoaciones son ejecuciones dinerarias (más del 80%, lo mismo que en el año

2012 y 2013).

Comparando con los datos de 2014 se observa:

1.- Que ha existido una disminución del 1,31% de incoaciones (apenas apreciable).

2.- Que la incoación de demandas de ejecución de Título Judicial ha sufrido aumento, debido al

importante aumento de ejecuciones de familia (de 47 en el año 2014 a 67 en el año 2015).

3- Por el contrario continúa la disminución de incoaciones de ENJ Y EJH, alrededor de un 22%.

Posible causa, la estabilización de la situación económica y los acuerdos extrajudiciales de entidades

bancarias y clientes.

REAPERTURAS

En el año 2015 se han re-aperturado 258 asuntos, frente a los 425 del 2014 y 458 de 2013 y 317

de 2012.

El motivo de la disminución de reaperturas se debe a la menor solicitud de los ejecutantes,

probablemente al haber concluido la mayor parte de compras de créditos en masa, derivados de la crisis

económica, y por tanto, menor nº de solicitudes de sucesión procesal, y a la mayor actividad de los

ejecutantes que evitan los archivos provisionales.

OBJETIVOS 2015 y su cumplimiento

Se señaló como objetivo para 2015 conforme a la carta de servicios y los indicadores de calidad:

- Continuar con el registro de las ejecuciones civiles en el plazo máximo de 2 días hábiles

desde su recepción

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro, ejecuciones de título judicial y 7 días para ejecuciones

hipotecarias y de título no judicial.

Se continúa cumpliendo, como norma general, tanto el registro en el plazo máximo de 2 días

hábiles así como el incoar o dar impulso procesal de las ejecuciones en el plazo de 5 días hábiles para

ejecuciones de título judicial y 7 días para EJH y ENJ, desde su registro.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

345

OBJETIVOS 2016

Mantener el nivel de registro e incoación de 2015, es decir:

- Continuar con el registro de las ejecuciones civiles en el plazo máximo de 2 días hábiles

desde su recepción

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro, ejecuciones de título judicial y 7 días para ejecuciones

hipotecarias y de título no judicial.

La supervisión diaria, semanal y mensual se seguirá llevando por el gestor responsable, con

dación de cuenta.

2.- ASUNTOS RESUELTOS y/o ARCHIVADOS:

El nº de asuntos archivados en ejecución civil en 2015 ha sido de 798 asuntos que se desglosan:

Asuntos en ZAD 191

Asuntos en ZAP 594

Asuntos ZAC 7

Asuntos ZCV 3

Asuntos TSU concurso 5

Asuntos TSA

Comparativa: El nº de asuntos archivados en ejecución civil en el 2014 fueron 876, en 2013

fueron 893 asuntos y en 2012 fueron 1056, que se desglosan en:

Tipo archivo 2014 2013 2012

Asuntos en ZAD 224 234 257

Asuntos en ZAP 623 604 754

Asuntos ZAC 4 4 16

Asuntos ZPA 1 0 6

Asuntos TSU concurso 25 51 19

Asuntos TSA 4

Se mencionan los Asuntos suspendido por concurso, aunque NO se han computado ya que en las fases viene con la vocal T

Si se compara con 2014, HA DISMINUIDO casi en un 9% los asuntos archivados en 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

346

Se mantienen las mismas causas que en 2014:

- Un menor nº de asuntos archivados provisionalmente (de 754 del 2012 a 604 en 2013, 623 en 2014 a 594

en 2015) derivado de la mayor actividad de las partes que ya no tienen procedimientos sin

mover 6 meses.

- La situación de los antiguos juicios ejecutivos y procedimientos del 131 LH ya se

regularizaron en el 2012-2013 (salvo alguna excepción, que una vez desarchivados se han

regularizado en 2014 y 2015).

- Los asuntos suspendidos, en el años anteriores, en el 90% de los casos terminaban en archivo

provisional. Actualmente, salvo las suspensiones por concurso, el resto de suspensiones no

terminan en archivo, sino que las partes solicitan la continuación del procedimiento.

De los asuntos archivados definitivamente, destaca el archivo de ejecución de título judicial

154 (ETJ Y EFM), lo que supone un 80% de los archivos definitivos.

De las ejecuciones hipotecarias se han archivado 16 y de título no judicial 21

Así mismo, se han archivado definitivamente 3 JUICIOS EJECUTIVOS

OBJETIVOS 2015 y su cumplimiento

Objetivos para el año 2015 conforme a la carta de servicios y los indicadores de calidad fueron:

- Mantener el objetivo de 2014, de evitar que los procedimientos estén inactivos más de 4

meses, por inactividad del SCEJ, salvo aquellos que se encuentren en la UPAD, Fiscalía, o

fase de recurso, fase pre-archivo o en fase de resolución.

- Mantener la fase TPA que ya está plenamente consolidada.

Se han cumplido dichos objetivos conforme la dación de cuenta del gestor responsable.

OBJETIVOS 2016

Se mantienen los del año 2015

- Se mantiene el objetivo de 2013, 2014 y 2015, de evitar que los procedimientos estén

inactivos más de 4 meses, por inactividad del SCEJ, salvo aquellos que se encuentren en la

UPAD, Fiscalía, o fase de recurso, fase pre-archivo o en fase de resolución.

- Mantener la fase TPA que ya está plenamente consolidada.

Para ello, se prevé que el gestor responsable haga la verificación mensual de los indicadores de calidad,

con dación de cuenta.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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3.- ASUNTOS EN TRÁMITE:

El nº de asuntos en trámite a 31 de diciembre de 2015 es de 1.936 asuntos que se desglosan

en:

a) 1178 asuntos en trámite,

b) 409 asuntos en trámite de reapertura y

c) 325 asuntos en fase trámite pre-archivo.

d) 24 asuntos suspendidos (de ellos 5 por concurso)

El nº de asuntos en trámite a 31 de diciembre de 2014 es de 1.837 asuntos que se desglosan

en:

a) 1067 asuntos en trámite,

b) 423 asuntos en trámite de reapertura y

c) 312 asuntos en fase trámite pre-archivo.

d) 35 asuntos suspendidos (de ellos 25 por concurso)

El nº de asuntos en trámite a 31 de diciembre de 2013 fue de 1.695 asuntos que se desglosan

en:

a) 1040 asuntos en trámite,

b) 314 asuntos en trámite de reapertura y

c) 311 asuntos en fase trámite pre-archivo.

d) 30 asuntos suspendidos

En comparación con los asuntos en trámite a 31 de diciembre de 2014 (1.837) a los 1.936 de 31

de diciembre de 2015 se ha producido un incremento del 5.5% de asuntos en trámite.

En el 2014 también se produjo un incremento de asuntos en trámite del 8%

La posible causas es una mayor actividad de los intervinientes que dada la situación económica

demandan una mayor actividad investigadora del patrimonio de los ejecutados.

De ellos, 1.430 asuntos son ejecuciones de título judicial (1.288 ETJ y 142 EFM), lo que supone un

73,86% de las ejecuciones civiles, 124 son ejecuciones hipotecarias, lo que supone un 6,40% de las

ejecuciones y 340 de títulos no judiciales lo que supone un 17,56% de las ejecuciones., y 2 EAR Los

porcentajes se mantienen similares a los del año 2014 y 2013

En las ejecuciones de familia se sigue potenciando la mediación, a fin de evitar la crispación

entre los progenitores, con deterioro de su relación y perjuicio de sus hijos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Objetivos 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento

Los objetivos eran:

- Especial cuidado en el control previo a la incoación de las demandas. Se ha observado que

en el segundo semestre se ha comenzado a interponer un alto porcentaje de demandas con

defectos formales que impiden su despacho inicial

- Continuar potenciando la mediación en asuntos de familia

- Continuar con el especial cuidado en la tramitación de los procedimientos hipotecarios.

- Continuar con el estudio detallado de los asuntos, para evitar declaraciones de nulidad por

causa imputable al SCEJ.

- Continuar controlando el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos

y su baja informática. Hay que poner especial hincapié en la baja informática de los escritos

proveídos y dar entrada a los exhortos.

- Continuar con la correcta atención al público tanto en el fondo como en la forma.

Y de modo general se ha logrado.

Objetivos 2016 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad:

Se mantienen los del 2014 y 2015:

- Especial cuidado en el control previo a la incoación de las demandas. Ya que continúa la

tendencia de presentación de demandas con requisitos a subsanar, para poder despachar.

- Continuar potenciando la mediación en asuntos de familia, ya que sirve para evitar nuevas

incoaciones de demandas ejecutivas sobre todo en tema de visitas, vacaciones…

- Continuar con el especial cuidado en la tramitación de los procedimientos hipotecarios.

- Continuar con el estudio detallado de los asuntos, para evitar declaraciones de nulidad por

causa imputable al SCEJ.

- Continuar controlando el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos

y su baja informática. Hay que poner especial hincapié en la baja informática de los escritos

proveídos y dar entrada a los exhortos.

- Continuar con la correcta atención al público tanto en el fondo como en la forma.

4.- SUBASTAS:

En 2015 se han señalado 107 subastas y se han celebrado 69.

Si se compara con el 2014 se ha incrementado el nº subastas señaladas y celebradas se ha

triplicado prácticamente (82%).

En 2012 se señalaron 73 y se celebraron 48, en 2013 se señalaron 46 y se han celebrado 24, en el

2014 se señalaron 38 y se celebraron 20.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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5.-ENTRADA DE ESCRITOS:

En 2015 han entrado 5.581 escritos en ejecución, se ha incrementado en un 9.3% el nº de

escritos frente a 2014 que entraron 5.106 y 2013 que entraron 5.108. Esto hace una media de 507 escritos

mensuales (sin computar agosto que es inhábil)

Objetivos 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento:

Se previó como objetivo para el 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de

calidad continuar dándoles entrada en el sistema informático del SCEJ en el plazo máximo de 2 días

hábiles

Objetivos 2016 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad:

Se mantiene el objetivo de 2015

Se prevé como objetivo para el 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de

calidad continuar dándoles entrada en el sistema informático del SCEJ en el plazo máximo de 2 días

hábiles

6.- ESCRITOS PENDIENTES a 31 de diciembre de 2015 había 188, de los cuales de más de un mes

son 45

- A 31 de diciembre de 2014 eran 250, de los cuales de más de un mes eran 31.

- A 31 diciembre de 2013 eran180.

Se observa que la pendencia ha vuelto a bajar a los niveles de 2013

La media para proveer un escrito de ejecución civil no suele exceder de 10 días hábiles, como

norma general.

Objetivos 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento:

Objetivo 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad: continuar proveyendo los

escritos en plazo medio de 10 días hábiles, procurando que NO se exceda en un 20% de los casos de un

plazo máximo de 1 mes, salvo los que se encuentren pendientes de intervención judicial o fiscal.

Se ha cumplido el objetivo, pero dentro de los límites de reducción de personal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

350

Objetivos 2016 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad:

Mantener el objetivo del 2015, una vez revisado el año pasado.

Objetivo 2015 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad: continuar proveyendo los

escritos en plazo medio de 10 días hábiles, procurando que NO se exceda en un 20% de los casos de un

plazo máximo de 1 mes, salvo los que se encuentren pendientes de intervención judicial o fiscal.

Como se ha comentado en apartados anteriores, es un esfuerzo adicional dada cuenta que las RPTs han

reducido en 3 personas la plantilla.

Se prevé un control semanal y dación de cuenta mensual

Ejecución Penal

1.- INCOACIONES:

Durante el año 2015 se han incoado 200 ejecutorias penales.

Frente a 2014 que se incoaron 217 ejecutorias penales se ha producido una bajada de 7.8 %.

Causa no petición por UPAD, continúa la tendencia a la bajada de asuntos (2013: 234 incoaciones).

La media mensual de incoaciones es de unas 17 mensuales (frente 18 en 2014 y frente a las 21 de

2013).

Objetivos para 2015 conforme a la carta de servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento

- Registrar las ejecuciones penales en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su recepción

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro.

- Proveer escritos plazo máximo 10 días ( son casi inexistentes)

Se cumplen salvo excepciones

Objetivos para 2016 conforme a la carta de servicios y los indicadores de calidad:

Se mantienen los objetivos del 2015, al considerarlos adecuados

- Registrar las ejecuciones penales en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su recepción

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro.

- Proveer escritos plazo máximo 10 días ( son casi inexistentes)

Control diario de los 2 primeros y semanal del 3º

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351

2.-ASUNTOS RESUELTOS:

En 2015 se han archivado 227 ejecuciones penales, de ellas 203 son de archivo definitivo (ZAD)

y 24 de archivo provisional, lo que hace una media de unas 21 ejecuciones archivadas mensualmente

(descontando el mes de agosto) de las cuales 18 son de archivo definitivo.

Comparativa:

- Año 2014 archivaron 253 ejecuciones penales, de ellas 173 eran de archivo definitivo

(ZAD), y 80 de archivo provisional (ZAP), lo que hace una media de archivo de 23 archivos

de ejecutorias mensuales, (descontando el mes de agosto). De estos 23 archivos, 15-16 eran en

archivo definitivo (como media mensual).

- Año 2013 se archivaron 264 ejecuciones penales, de ellas 207 eran de archivo definitivo

(ZAD), y 57 en archivo provisional (ZAP), lo que hacía una media de archivo de 23-24

archivos de ejecutorias mensuales, (descontando el mes de agosto). De estos 23-24 archivos,

19 eran en archivo definitivo (como media mensual).

- En el 2012, se archivaron 258 ejecuciones penales.

Se mantiene la reducción de archivos, pero existe también una menor entrada de asuntos.

** A fin de tener en cuenta asuntos resueltos hemos incluido:

- asuntos en ZAD

- asuntos en ZAP

- asuntos en ZAC (acumulaciones) no existen

- asuntos en INH (inhibiciones) que son inexistentes

Objetivos para el año 2015 según carta de servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento

El objetivo era evitar que existieran procedimientos inactivos durante más de 2 meses por

inactividad del SCEJ, lo que se ha cumplido salvo en el mes de agosto.

Objetivos para el año 2016 según carta de servicios y los indicadores de calidad y su

cumplimiento

- Continuar con el objetivo del año anterior: evitar que existan procedimientos inactivos más de 2 meses,

por inactividad del SCEJ, salvo aquellos que se encuentren en la UPAD, Fiscalía, o fase de recurso, en

fase de resolución. Para ello se prevé hacer una verificación mensual.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

352

3.- ASUNTOS EN TRÁMITE:

A 31 de diciembre de 2015 hay 123 ejecutorias penales en trámite.

Comparado con el 31 de diciembre de 2014 que había 142 ejecutorias penales en trámite, se ha reducido en un 13,38 % el nº de ejecutorias penales en trámite. Nos acercamos a las 117 ejecutorias

penales en trámite a 31 de diciembre de 2013

Los Objetivos 2015 y su cumplimiento:

Los objetivos del 2015 eran:

- Controlar las ejecutorias cada 2 meses

- Procurar EVITAR en la medida de lo posible las prescripciones

- Evitar declaraciones de nulidad por causa imputable al SCEJ. Para ello, controlar las

solicitudes presentadas y resoluciones adoptadas sobre dichas peticiones, a fin de controlar

esos supuestos y en su caso evitar su reiteración.

- Controlar el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos y su baja

Y se han cumplido:

- las ejecutorias penales, salvo el mes de agosto se han controlado cada 2 meses.

- se está llevando un correcto cambio de fases y de provisión de escritos y su baja informática

Objetivos 2016 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad:

Se prevé continuar con los objetivos de 2015 al considerarse adecuados.

- Controlar las ejecutorias cada 2 meses

- Procurar EVITAR en la medida de lo posible las prescripciones

- Evitar declaraciones de nulidad por causa imputable al SCEJ. Para ello, controlar las

solicitudes presentadas y resoluciones adoptadas sobre dichas peticiones, a fin de controlar

esos supuestos y en su caso evitar su reiteración.

- Controlar el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos y su baja

Coinciden los plazos de control con los de ejecución civil y se practica por el Gestor responsable

con dación de cuenta

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

353

INFORME SOBRE EL TRABAJO DEL SERVICIO COMÚN PROCESAL EN EL AÑO 2015 DE

DURANGO

A.- SERVICIO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO

A lo largo de 2015 se han registrado 25.890 asistencias de atención al público.

De ellas 22.866 eran asuntos de carácter general, 3023 cuestiones procesales y 1 queja.

De ellas, 16.144 se han hecho personalmente en ventanilla (sin tener en cuenta la atención en

guardia), 9.744 vía teléfono y 2 vía fax.

Si se divide entre 11 meses supone una atención al público de 2.354 asistencias al público

mensuales (alrededor de 118 asistencias diarias).

Si se compara con 2014 el nivel de asistencia ha bajado por menor nº peticiones

Comparativa:

- El año 2014 se registraron 26.966 asistencias de atención al público. De ellas 24.845

asuntos eran de carácter general, 2.845 asuntos de cuestiones procesales.

- El año 2013 registraron 27.025 asistencias de atención al público. De ellas 22.960 asuntos

eran de carácter general, 4.065 asuntos de cuestiones procesales. De ellas, 16.159 se han

hecho personalmente en ventanilla (sin tener en cuenta la atención en guardia,10.864 vía

teléfono y 1 via fax, 1 e-mail.

Objetivo 2015 conforme a la Carta de Servicios de Durango e Indicadores de Calidad y su

cumplimiento

Se ha cumplido el objetivo de mantener la correcta atención y el grado de satisfacción del

ciudadano.

Se ha controlado por medio del examen de quejas y no conformidades mensualmente por el

Gestor Responsable, con dación de cuenta.

Objetivo 2016 conforme a la Carta de Servicios de Durango e Indicadores de Calidad.

Se mantiene el de 2015: mantener la correcta atención y el grado de satisfacción del ciudadano

Y se va a controlar por medio del examen de quejas y no conformidades mensualmente por el

Gestor Responsable, con dación de cuenta.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

354

B.- SCACE

A lo largo de 2015 se han recibido 2.422 solicitudes para realizar actos de comunicación y

ejecución, de ellas 2.332 han sido unipersonales y 90 en comisión. Han generado 3022 actos de

comunicación unipersonal y de ejecución de ellos 2.932 han sido unipersonales y 90 en comisión.

Comparado con 2014 se ha producido una disminución de solicitudes y en consecuencia de actos

(casi un 12% de solicitudes y casi un 15 % de actos de comunicación).

Comparativa años anteriores:

(A lo largo del 2014 se recibieron 2.746 solicitudes para realizar actos de comunicación y

ejecución, de ellas 2639 fueron unipersonales y 107 en comisión. Generaron 3550 actos de

comunicación unipersonales y de ejecución de ellos 3443 fueron unipersonales y 107en comisión.

A lo largo del 2013 se habían recibido 2.146 solicitudes para realizar actos de comunicación y

ejecución, de ellas 2082 han sido unipersonales y 64 en comisión. Habían generado 2903 actos de

comunicación unipersonales y de ejecución de ellos 2.829 habían sido unipersonales y 74 en

comisión.

En 2012 se recibieron 1953 solicitudes

Quedan pendientes de realizar a 31 de diciembre de 2015: 27 (frente a36 actos de

comunicación unipersonal que quedaron pendientes a 31/12/14, no obstante ha habido menos peticiones.)

El tiempo medio para realizar los actos de comunicación unipersonales unos 5 días (como en

2014).

El tiempo medio para los actos en comisión es de 8 días para los lanzamientos y 13 días para los

embargos

En cuanto a las peticiones de cooperación jurisdiccional recibidas en el año 2015 han sido de

1031 (en 2014 1067, en 2013: 1021 y en 2012: 1022) de los cuales quedan pendientes a final de 2015: 9

actos de comunicación. Más del 97% de las peticiones de auxilio son auxilio a órganos nacionales. No

tiene apenas incidencia, las comisiones rogatorias. Las realizadas han sido de la Unión Europea.

OBJETIVOS para 2015 y su cumplimiento

Los objetivos para 2015 han sido:

- Mantener que la primera salida en los actos de comunicación unipersonales sea en el plazo

máximo de 3 días hábiles. (control bisemanal)

- Practicar los actos de comunicación unipersonales se realice en el plazo máximo de 15 días

hábiles desde su recepción (Control semanal)

- Realizar los actos en comisión en el plazo máximo de 20 días hábiles desde su recepción,

controlando los que no se realicen, estudiando sus causas. (Control semanal).

- Practicar correctamente los actos de comunicación, controlando los que se devuelven por los

órganos peticionarios por no haberse practicado correctamente. Con estudio de causas para evitar

repetición (Control mensual)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

355

- Devolución en el plazo máximo de 3 días hábiles los actos de comunicación y ejecución

realizados al órgano peticionario (Control mensual)

De las estadísticas y de la dación de cuenta del Gestor responsable se observa que se han

cumplido los objetivos.

Objetivos para 2016 conforme a la Carta de Servicios y los indicadores de calidad:

Mantener los objetivos de 2015 y años anteriores

- Mantener que la primera salida en los actos de comunicación unipersonales sea en el plazo máximo de

3 días hábiles. (control bisemanal)

- Practicar los actos de comunicación unipersonales se realice en el plazo máximo de 12 días hábiles

desde su recepción (Control semanal)

- Realizar los actos en comisión en el plazo máximo de 15 días hábiles desde su recepción, controlando

los que no se realicen, estudiando sus causas. (Control semanal)

- Practicar correctamente los actos de comunicación, controlando los que se devuelven por los órganos

peticionarios por no haberse practicado correctamente. Con estudio de causas para evitar repetición

(Control mensual)

- Devolución en el plazo máximo de 3 días hábiles los actos de comunicación y ejecución realizados al

órgano peticionario (Control mensual)

C.- Funciones de apoyo al DECANO

a) Apud acta: 462 frente a los 349 realizados en 2014.

Sale una media de 42 apud acta mensuales, (sin tener en cuenta el mes de agosto), frente a los 32

apud-acta mensuales de 2014. Esto supone un incremento de más de un treinta por ciento anual.

El incremento de los apud-acta ha sido constante, porque en 2014 fueron 349, en el 2013, que se

realizaron 272 apud acta.

OBJETIVO 2015 y su cumplimiento:

El objetivo para 2014 era el cambio correcto de estados. Se va mejorando cuando están las 2

tramitadoras, en cuanto falta una el volumen de trabajo lo dificulta

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

356

OBJETIVO 2016

- cambio de estados correcto.

b) Comunicaciones: 333 frente a las 350 de 2014 y 409 de 2013.

Se practica su registro, tramitación, comunicación y archivo como norma general:

- registro y tramitación en el mismo día

- y comunicación a órganos de Durango en el día siguiente.

El objetivo de 2015 era mantener la tramitación en los mismos plazos, y correcto cambio de

estado y se ha logrado

Se mantiene el objetivo para 2016

c) Justicias gratuitas

Se han registrado 351, frente a las 415 de 2014 y los 510 de 2013

Continúa la línea descendente de justicias gratuitas, frente al incremento de los apud-acta (un

22% menos que el año pasado)

Se tramitan como norma general en el mismo día, salvo bajas, vacaciones o exceso de atención al

público y se remiten en el día siguiente

OBJETIVO 2015 y su cumplimiento

Los objetivos eran:

- mantener la tramitación en plazos de años anteriores (mismo día o siguiente) y remisión,

- control de los estados.

Como norma general se ha respetado. Hay pequeñas disfunciones en los cambios de estado, igual

que el año anterior.

OBJETIVOS 2016:

Se mantiene los objetivos de 2015:

- mantener la tramitación y remisión de los expedientes en el mismo día o en el siguiente día

hábil

- el control de los estados

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

357

d) Jueces sustitutos y Jueces de Paz

Ha habido 1 nombramientos de juez sustituto, para la UPAD Nº 1 por asistencia a un curso.

Se han tramitado 3 nombramientos de Jueces de Paz

e) Expedientes de queja

Se han registrado 9 expedientes de queja.

En el 2014 se registraron 5 expedientes de queja, en el 2013 se registraron 10 expedientes de quejas.

f) Reclamaciones de Jurado: Este año no había que designar personas para posibles

jurados

En el 2014 se registraron y resolvieron 38 reclamaciones de jurado

g) Nombramiento de peritos 37, frente al 2014 que fueron 59 asuntos

h) Otros 7

En total en el servicio común procesal en funciones de auxilio a Decano se han se han tramitado

1235 asuntos. En el año 2014 fueron 1283 asuntos.

OBJETIVOS 2015 y su cumplimiento en funciones de apoyo

Se marcaron como objetivos para el 2015:

- Mantener los tiempos en tramitación de los distintos expedientes, siendo como norma general el

registro e incoación en el mismo día o el siguiente, salvo supuestos de bajas permisos u otras causas

fundadas.

- Cuidar los cambios de fases y estados y su correcto archivo como proceda. Control mensual

del mismo.

Se han cumplido los tiempos de tramitación de los expedientes.

Los cambios de fase y estado se cumplen sin perjuicio de alguna pequeña disfunción en épocas de

puntas de trabajo, pero se corrigen rápidamente.

OBJETIVOS 2016

Se marcan como objetivos de 2016 conforme a la Carta de Servicios de Durango y los

indicadores de calidad en cuanto a las funciones de apoyo al Juez Decano, mantener los del 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

358

- Mantener los tiempos en tramitación de los distintos expedientes, siendo como norma general el

registro e incoación en el mismo día o el siguiente, salvo supuestos de bajas permisos u otras causas

fundadas

- Cuidar los cambios de fases y estados y su correcto archivo como proceda. Control mensual del

mismo

D.- ARCHIVO Y DEPOSITO

A lo largo de 2015 se han archivado 2.516 asuntos, remitidos por las 4 UPAD y el SCEJ. Si se

compara con el año 2014 en el que se archivaron 6.805 asuntos, se ha producido una disminución de un

63%., el motivo es la falta de espacio del Archivo. Para paliarlo se ha remitido a las UPAD y luego a la

Junta de Expurgo listados de procedimientos para que acuerde su destino: las faltas de 2000 a 2008 de

las 4 UPAD, las Diligencias Previas del año 1.997 y 1998 (de la upad 1) y los procedimientos civiles y

penales de 1965.

Por la Junta de Expurgo se ha dispuesto el destino, acordando remitir al Archivo Histórico los

Procedimientos de 1.965, y el resto su destrucción.

Los archivos se han realizado separando entre jurisdicción civil y penal y entre archivos

DEFINITIVOS (ZAD) y (ZAP).

El calendario no se ha cumplido al no existir espacio en el archivo. Como se preveía el problema

se ha hablado con las UPAD y se han remitido a la Junta de Expurgo expedientes que cumplían los

requisitos para su expurgo.

En cuanto al movimiento de asuntos se han producido 833 movimientos, (frente a los 1.272 de

2014), 545 préstamos y 288 retornos al archivo.

El plazo de entrega de asuntos reclamados por UPAD y SCEJ no excede de 2 días, como norma

general.

Para evitar el problema de espacio, se va a continuar con las propuestas de expurgo de

expedientes.

OBJETIVOS 2015 y su cumplimiento

Los objetivos que se señalaron para 2015 fueron:

- Continuar con la elaboración de unas normas de archivo que faciliten el mismo así como el

expurgo cuando proceda.

- Evitar incumplimientos del SCG por de recogida de expedientes para archivo, manteniendo

nivel 0 como en este año (control bimensual).

- Mantener la entrega de expedientes en préstamo en el plazo de 3 días hábiles, salvo urgencias,

que el plazo es de 1 día hábil (control semanal).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

359

- En cuanto a las piezas de convicción seguir buscando acomodo para las mismas, así como dar

traslado a las UPAD para que determinen el destino de determinadas piezas, al existir piezas de

procedimientos terminados en un plazo superior a 15 años, y el espacio reducido que tenemos.

Se han cumplido los puntos1 y 3.El segundo se ha incumplido a partir del 3º trimestre por falta de

espacio. El punto cuarto está cumpliéndose, pero con dificultades por el problema de acomodo que

existe.

OBJETIVOS 2016

Se mantienen los objetivos 2, 3 y 4 del 2015 hasta su cumplimiento integro

- Evitar incumplimientos del SCG por de recogida de expedientes para archivo, manteniendo nivel 0

como en este año (control bimensual)

- Mantener la entrega de expedientes en préstamo en el plazo de 3 días hábiles, salvo urgencias, que el

plazo es de 1 día hábil (control semanal)

- En cuanto a las piezas de convicción seguir buscando acomodo para las mismas, así como dar traslado

a las UPAD para que determinen el destino de determinadas piezas, al existir piezas de procedimientos

terminados en un plazo superior a 15 años, y el espacio reducido que tenemos.

G.- ASISTENCIA A SALA

Se han realizado 1336 asistencias a Sala entre las diferentes UPAD, sin contraindicaciones, igual

que en el 2014.

Se ha producido una media de 122 asistencias mensuales, descontando el mes de agosto por

inhábil, aunque este año se ha producido alguna asistencia a parte de las derivadas de la guardia.

OBJETIVO 2015 y su cumplimiento:

Se planteo como objetivos en el 2015:

- Procurar No suspender ningún juicio por causa imputable al SCP, salvo causa justificada de bajas,

enfermedades…

- Evitar el retraso de los juicios y las video conferencias por causa imputable al SCG.

- Evitar las grabaciones de juicios y video conferencias incorrectamente grabados por causa

imputable al SCG.

Como norma general se ha cumplido.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

360

Objetivo 2016 conforme a la Carta de Servicios de Durango y los Indicadores de calidad:

Mantener los objetivos de 2015

- Procurar No suspender ningún juicio por causa imputable al SCP, salvo causa justificada de

bajas, enfermedades…

- Evitar el retraso de los juicios y las video conferencias por causa imputable al SCG

- Evitar las grabaciones de juicios y video conferencias incorrectamente grabados por causa

imputable al SCG

En los 3 casos se va a controlar sobre el examen de las Quejas y no conformidades,

mensualmente

H.- REGISTRO Y REPARTO

1.- Registro y reparto de demandas y asuntos penales

En el año 2015 se han registrado 2992 asuntos civiles. Se registran de media 272 asuntos

mensuales (descontando agosto que es inhábil).

Si se compara con el año 2014, en el que se registraron 3074 asuntos civiles (unos 279 asuntos

mensuales), se ha producido una reducción de asuntos del 2,6%.

Continúa la reducción de asuntos que se inicio en el 2013, No obstante, los declarativos

contenciosos se han incrementado de 1838 a 1870.

En el año 2013 que se registraron 3134 asuntos civiles. En 2012 se registraron 3.162 asuntos.

De ellos:

- 1870 asuntos de jurisdicción contenciosa (frente a los 1838 de 2014 y frente a los 1780

asuntos son de jurisdicción contenciosa de 2013 y frente a los 1853 asuntos de 2012) que se

desglosan en:

o Familia: 253 asuntos ( frente a 280 asuntos de 2014, frente a los 244 asuntos de

2013 y a los 236 asuntos de 2012) de ellos 12 ( frente a 11 de 2013 y a los 18 de

2012) derivan de violencia

o Filiación: 3 o Incapacitaciones: 102 asuntos (frente a los 114 asuntos de 2014 116 asuntos de

2013 y a los 119 asuntos de 2012)

o Internamientos no voluntarios: 114 asuntos (frente a los 122 asuntos de 2014 114

asuntos de 2013 y a los 99 asuntos de 2012)

o División judicial de patrimonios: 18 asuntos (frente a los 21 asuntos de 2014, los 10

asuntos de 2013 y a los 13 asuntos de 2012)

o Medidas cautelares y medidas provisionales: 76 asuntos de ellas 70 son de

familia (frente a los 69 asuntos de 2014, a los 65 asuntos de 2013, -de ellas 58 son

medidas provisionales de familia, y a los 56 asuntos del año 2012)

o Ordinarios: 176 asuntos de ellos 21 son de tráfico ( frente a los 196 asuntos de

2014 (17 eran de trafico), a los 156 asuntos de 2013 de ellos 11 son de tráfico y a

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

361

los 198 asuntos de los cuales 2 eran de derechos fundamentales y 31 de tráfico de

2012) o Verbales de desahucio: 51 asuntos ( igual que en 2014 y frente a los 47 asuntos de

2013 y a los 54 asuntos de 2012)

o Verbales: 275 asuntos de los cuales 48 son de tráfico ( frente a los 262 asuntos, de los

cuales de tráfico son 45 de 2014, frente a los 247 asuntos de 2013 de los cuales 59 son

de tráfico, frente a los 231 asuntos de 2012 de los cuales de tráfico eran 89)

o Impugnación de Justicia Gratuita 10 (frente a los 13 de 2014)

o Monitorios: 766 asuntos de los cuales 73 son de propiedad horizontal ( frente a

los 702 de 2014, de los cuales 42 eran MOP, frente a los700 asuntos de 2013 de los

cuales 44 son de propiedad horizontal y a los 778 asuntos de 2012 de ellos de

propiedad horizontal eran 51)

o Cambiarios: 11 asuntos (frente a los 21 asuntos de 2014 y a los 50 asuntos de 2013

y a los 40 asuntos de 2012)

o Diligencias preliminares: 14 asuntos ( frente a los 11 asuntos de 2014 y a los 10

asuntos de 2013 y a los14 asuntos de 2012)

o CONCURSO PERSONA NATURAL: 1

- 45 conciliaciones (frente a las 66 conciliaciones de 2014, a las 71 conciliaciones de 2013 y

a las 91 conciliaciones de 2012)

- 180 asuntos de jurisdicción voluntaria (frente a los 208 asuntos de 2014 a los 226 asuntos

de jurisdicción voluntaria de 2012 y a los 188 de 2012)

- 603 asuntos de ejecución (frente a los 629 asuntos de ejecución de 2014, a los 697

asuntos de ejecución de 2013 y frente a los 651 asuntos de 2012)

- 294 exhortos ( frente a los 333 exhortos de 2014, a los 360 exhortos de 2013 y a los 379

exhortos de 2012)

Asuntos penales: se han registrado 6428 asuntos penales (frente a los 7110 asuntos penales

de 2014 y los 7984 asuntos penales de 2013). Aproximadamente 538 asuntos mensuales frente a los

592 asuntos mensuales de media de 2014.

Son específicos de violencia sobre la mujer 153 asuntos (frente a los 128 asuntos de 2014 y a

los 139 asuntos de 2013 y a los 125 asuntos de 2012,)( supone disminución del 7.9% de asuntos de

violencia)

Si se compara con el año 2014 (7110 asuntos) se han reducid nuevamente la entrada de asuntos

penales, en este año un 9.6% aproximadamente.

En el 2014 se redujo frente al 2013 un 10%.

Se desglosan a grandes rasgos:

- Atestados: 3.870 asuntos de ellos 126 son de violencia (frente a los frente a los 4.314 de 2014

y de ellas 110 son de violencia, frente a los 5.110 de 2013 de ellos 126 son de violencia sobre la mujer

y a los 5310, de 2012 de ellos específicos de violencia eran 76).

- Querellas: 10 (frente a las 13 de 2014 y a las 9 de 2013 y las 9 de 2012)

- Ampliatorias: 1.080 asuntos (frente a las 1.142 de 2014 y a las 1179 de 2013 y a las 1471de

2012)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

362

- Diligencias Urgentes (delitos leves cita previa): 215 de ellas 27 son de violencia (frente 164 de

2014, de las que 18 eran de violencia , y frente a las 172 de 2013 , de ellas 13 eran de violencia sobre

la mujer y frente a las 196 de 2012, de ellas 49 eran de violencia sobre la mujer)

- Faltas inmediatas: 66 ( frente a 107 asuntos de 2014 y frente a los 79 de 2013)

- Apelación faltas: 3 ( frente a las 7 de 2014, y frente a los asuntos 4 de 2013 y a los 3 de 2012)

- Exhortos: 1184 (frente a los 1.363 de 2014 y frente a los 1.431de 2013 y frente a los 1456 de

2012)

OBJETIVO para año 2015 y su cumplimiento

Los objetivos señalados para 2015 han sido:

- Continuar registrando los asuntos civiles y escritos en el plazo máximo de 2 días hábiles

(practica se hace diario)

- Continuar registrando asuntos penales en el plazo máximo de 2 días hábiles (practica a diario

según minuta juez)

Si se han cumplido según control realizado conforme a indicadores

Objetivo para año 2016 de acuerdo con la Carta de Servicios de Durango y los Indicadores de

Calidad

Se mantienen los objetivos al considerarlos adecuados para el 2016

- Continuar registrando los asuntos civiles y escritos en el plazo máximo de 2 días hábiles

(practica se hace diario)

- Continuar registrando asuntos penales en el plazo máximo de 2 días hábiles (practica a diario

según minuta juez)

2.- Registro de escritos:

Se han registrado 15.033 escritos en el año 2015, lo que hace una media de 1.253 escritos al mes,

frente a los 14.617 escritos del año 2014 (media de 1.219 escritos al mes).

En la jurisdicción penal han entrado 2964 escritos de ellos 1545 referentes a DIP, 113 a DUR,

701 a FALTAS, 432 a PAB, 11 a SUMARIOS, 6 a TJU 30, a LEI, 35 A LEV Y 91 a EJECUTORIAS

PENALES.

Si se compara con 2014 ha disminuido el nº de escritos presentados (3005 en 2014) pero la

proporción en la que entran se mantiene siendo más de la mitad dirigidos a DIP (2014: DIP

1.407escritos, 112 referentes a DUR, 957escritos dirigidos a faltas, 433 a PAB, 12 a SUMARIO, 1a

TJU y 83 ejecutorias).

En la jurisdicción civil han entrado 12.069 asuntos. De ellos dirigidos al SCEJ han sido 5.581

escritos, y 6.488 escritos dirigidos a la sección civil de las UPAD

(En el 2014 en la jurisdicción civil entraron 11.612asuntos. De ellos destinados al SCEJ fueron 5106

escritos y 6506 escritos a la sección civil de las UPAD.)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

363

Como en el 2014 continua el incremento de escritos presentados, este año un 2.8% (en el 2013

hubo 13.674 escritos, lo que supuso que en el 2014 el incremento fuera de casi un 7%).

Por jurisdicciones, el mayor nº de escritos entran en Civil: el 80%. De estos el 53,4% van

dirigidos a la UPAD y el 44.6 % al SCEJ.

OBJETIVO 2015 y su cumplimiento

El objetivo de 2015 era registrar los escritos en el plazo máximo de 2 días.

Se ha cumplido porque salvo excepciones se registran en el mismo día (baja de alguna tramitadora)

Objetivo 2016 conforme a la Carta de Servicios de Durango y calidad:

Se mantiene objetivo de 2015 al considerarlo adecuado

- seguir registrando en plazo máximo de 2 días

Control diario por el Gestor y dación de cuenta semanal

DETECCIÓN DE NUEVAS NECESIDADES POR JUECES

Se mantiene la petición de una sala de vistas más y un funcionario de Auxilio para asistencia a

vistas y juicios.

Se continúa celebrando Audiencias Previas en las Salas Multiusos, pero sin funcionario de

Auxilio, y con los problemas de espacio.

Se mantiene la propuesta de solución de del informe del año anterior:

“Como propuesta de solución, se ha detectado que en el Palacio de Justicia de Durango, hay una

sala contigua a las 2 salas de vistas existentes, que si se equipa podría hacer las funciones y permitiría

agilizar los procedimientos civiles contenciosos, que como se observa en el informe, siguen

incrementándose, frente a otros tipos de procedimiento.

Para ello, necesitaríamos por tanto, la habilitación de la sala de vistas y un funcionario de

auxilio más. Dicha necesidad se va a transmitir a Gobierno vasco en la próxima reunión de mejora”

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

364

RESUMEN OBJETIVOS 2016

Como norma general se ha decidido mantener los objetivos señalados para el 2015, toda vez que

se consideran que son óptimos y suponen un mayor esfuerzo sobre todo en la sección de ejecución en

que la plantilla se ha reducido en 3 personas.

Así el desglose sería:

A) Sección ejecución

a) Incoaciones y reaperturas civil

- Registrar las ejecuciones civiles en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su recepción

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro, ejecuciones de título judicial y 7 días para ejecuciones

hipotecarias y de título no judicial

El control de todo ello se va a realizar diariamente por el Gestor responsable, siguiendo los

indicadores de calidad

b) Asuntos civiles en trámite y Archivo de asuntos

- Especial cuidado en el control previo a la incoación de las demandas

- Continuar potenciando la mediación en asuntos de familia

- Continuar con el especial cuidado en la tramitación de los procedimientos hipotecarios.

- Continuar con el estudio detallado de los asuntos, para evitar declaraciones de nulidad por

causa imputable al SCEJ.

- Continuar controlando el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos

y su baja informática. Hay que poner especial hincapié en la baja informática de los escritos

proveídos y dar entrada a los exhortos.

- Continuar con la correcta atención al público tanto en el fondo como en la forma

- Evitar que existan procedimientos inactivos más de 4 meses, por inactividad del SCEJ, salvo

aquellos que se encuentren en la UPAD, Fiscalía, o fase de recurso, fase pre-archivo o en fase

de resolución. Para ello se prevé hacer una verificación mensual.

- Mantener la fase TPA cuando los escritos lleven 4 meses sin moverse por causa imputable a

la parte ejecutante, y ZAP a los 6 meses, que ya está plenamente consolidada

Todo ello controlado mensualmente, conforme a los indicadores de calidad en las materias que así se

prevén

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

365

c) Entrada de escritos y provisión de los mismos (ejecución civil)

- dar entrada en el plazo máximo de 2 días

- continuar con la provisión de escritos en plazo medio de 10 días hábiles, procurando que NO

se exceda en un 20% de los casos de un plazo máximo de 1 mes, salvo los que se encuentren

pendientes de intervención judicial o fiscal

d) Ejecutorias penales

- Registrar las ejecuciones penales en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su recepción

(Control diario)

- Incoar o dar impulso procesal en su caso de las ejecuciones en el plazo máximo de 5 días

hábiles desde su registro. (Control diario)

- Proveer escritos plazo máximo 10 días ( son casi inexistentes) (Control semanal)

- Evitar que existan procedimientos inactivos más de 2 meses, por inactividad del SCEJ, salvo

aquellos que se encuentren en la UPAD, Fiscalía, o fase de recurso, en fase de resolución.

Para ello se prevé hacer una verificación mensual.

- Controlar las ejecutorias cada 2 meses

- Procurar en la medida de lo posible las prescripciones (Control mensual)

- Evitar declaraciones de nulidad por causa imputable al SCEJ. Para ello, controlar las

solicitudes presentadas y resoluciones adoptadas sobre dichas peticiones, a fin de controlar

esos supuestos y en su caso evitar su reiteración.

- Controlar el cambio correcto de fases y estado, así como la provisión de escritos y su baja

(Control mensual)

B) Sección común procesal

a) Atención al público

- Mantener la correcta atención y el grado de satisfacción del ciudadano

Se va a controlar por medio del examen de quejas y no conformidades mensualmente

b) SCACE

- Mantener que la primera salida en los actos de comunicación unipersonales sea en el plazo

máximo de 3 días hábiles. (Control bisemanal)

- Practicar los actos de comunicación unipersonales en el plazo máximo de 12 días hábiles desde su

recepción (Control semanal)

- Realizar los actos en comisión se realicen en el plazo máximo de 15 días hábiles desde su

recepción, controlando los que no se realicen, estudiando sus causas. (Control semanal)

- Practicar correctamente de los actos de comunicación, controlando los que se devuelven por los

órganos peticionarios por no haberse practicado correctamente. Con estudio de causas para evitar

repetición (Control mensual)

- Devolución en el plazo máximo de 3 días hábiles los actos de comunicación y ejecución realizados

al órgano peticionario (Control mensual)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

366

c) Funciones de apoyo al Decano

- Mantener los tiempos en tramitación de los distintos expedientes, siendo como norma general el

registro e incoación en el mismo día o el siguiente, salvo supuestos de bajas permisos u otras causas

fundadas

- Cuidar los cambios de fases y estados y su correcto archivo como proceda. (Control mensual del

mismo)

d) Archivo y Depósito

- Evitar incumplimientos del SCG por de recogida de expedientes para archivo, manteniendo nivel 0

como en este año (control bimensual)

- Mantener la entrega de expedientes en préstamo en el plazo de 3 días hábiles, salvo urgencias, que

el plazo es de 1 día hábil (control semanal)

- En cuanto a las piezas de convicción seguir buscando acomodo para las mismas, así como dar

traslado a las UPAD para que determinen el destino de determinadas piezas, al existir piezas de

procedimientos terminados en un plazo superior a 15 años, y el espacio reducido que tenemos.

e) Apoyo a Sala

- Procurar No suspender ningún juicio por causa imputable al SCP, salvo causa

justificada de bajas, enfermedades…

-Evitar el retraso de los juicios y las videoconferencias por causa imputable al SCG

-Evitar las grabaciones de juicios y video conferencias incorrectamente grabados por causa imputable

al SCG

f) Registro y Reparto de asuntos civiles, asuntos penales y escritos

-Continuar registrando los asuntos civiles y escritos en el plazo máximo de 2 días hábiles (en la

práctica se hace diario)

-Continuar registrando asuntos penales en el plazo máximo de 2 días hábiles (en la práctica se hace a

diario según minuta juez)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

367

6.3.5 SERVICIO COMUN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCION DE GERNIKA-LUMO

Con fecha 13 de Octubre de 20011 entró en funcionamiento este Servicio Común Procesal

de los Juzgados del Partido Judicial de Gernika, RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2011, de la

Directora de la Oficina Judicial y Fiscal del Gobierno Vasco, por la que se determina la organización

detallada de la nueva Oficina judicial en el Partido judicial de Gernika-Lumo, así como las normas

básicas de funcionamiento de su Servicio Común Procesal General y de Ejecución, debiendo destacarse

las siguientes cuestiones.

1º.- La dotación asignada INICIALMENTE de MEDIOS PERSONALES viene constituida por

una plantilla integrada por un Secretario Judicial Director, un Secretario de UPAD Procesalista, un

Gestor Responsable, tres funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal, nueve funcionarios del Cuerpo

de Tramitación Procesal y siete del Cuerpo de Auxilio Judicial.

A este respecto LA COMISION DE COORDINACION Y MEJORA DE 30 OCTUBRE DE

2012, anuncia una modificación de LA RELACION DE PUESTOS de trabajo (RPT), concluyendo que

a la vista de que en las UPAD se requiere un mayor número de personal, y dado que las restricciones

presupuestarias no van a permitir el incremento de los refuerzos se acordó dicha modificación

consistente en pasar una dotación de la Sección de Ejecución del Servicio Común al centro de destino

UPAD.

Reconociendo en todo caso el buen trabajo que se realiza desde la Sección de Ejecución pero

atendiendo a criterios de racionalizar la disposición de los puestos de trabajo de forma que se atienda a

requilibrar las cargas de trabajo.

Este cambio se materializo mediante DECRETO 455/2013, de 10 de Diciembre, PUBLICADO

EN EL BOE DEL PAIS VASCO DE 19 DE DICIEMBRE DE 2013, sobre modificación del Decreto por

el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de diversas unidades que componen las Oficinas

Judiciales correspondientes a los partidos judiciales de Durango y Gernika-Lumo.

Su entrada en vigor fue al día siguiente de su publicación y desde ese momento contamos con una

tramitadora menos en el Servicio de Ejecución.

La plantilla, conforme a las RPTS aprobadas para este Servicio Común en estos momentos es:

a).- Sección General: Gestor Responsable (compatibiliza con SCEJ), 1 funcionario del Cuerpo de

Gestión Procesal, 2 funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y 7 del Cuerpo de Auxilio Judicial.

Asimismo, los funcionarios de auxilio judicial se hayan asignados a SCACE, tres, y todos ellos

hacen guardias, asignándose semanalmente uno de ellos a la guardia.

b).- Sección de Ejecución: 1 Secretario Procesalista de UPAD, Gestor Responsable

(compatibiliza con SCG) , 2 funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal, 6 funcionarios de Tramitación

Procesal.

Asimismo, 1 funcionario de entre los funcionarios de Gestión y Tramitación Procesal se halla

asignado semanalmente al Servicio de Guardia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

368

c).- La Sección General y La Sección de Ejecución de este servicio Común se encuentran

separadas físicamente, resultando que la Sección General se encuentra en la planta baja del palacio de

justicia de Gernika y la Sección de ejecución se encuentra en la segunda planta de esta sede judicial.

2º.- DATOS ESTADISTICOS

Tras el transcurso de CUATRO AÑOS completos desde la entrada en vigor de la NOJ en el

partido judicial de Gernika- Lumo se puede llevar a cabo una comparativa incremento/descenso del

trabajo con respecto a años anteriores,

SECCION GENERAL

AÑO

2012

AÑO

2013

2014 2015

ASUNTOS CIVILES 2354 1995 2131 2210

ESCRITOS CIVILES 8751 8960 8713 9217

EXHORTOS CIVILES 198 207 171 166

ASUNTOS PENALES 6489 5968 5748 5269

ESCRITOS PENALES 2359 2227 2109 2030

EXHORTOS PENALES 896 912 947 818

ACTOS DE

COMUNICACIÓN

UNIPERSOL.

REGISTRADOS

1416 1494

1498 1420

SOLICITUD JUDICIAL

INTERN 0 0

4 14

ACTOS DE

COMUNICACIÓN

UNIPERSONAL DADOS DE

BAJA

1401 1500

1501 1441

ACTOS EN COMISIÓN

REGISTRADOS 47 31

43 36

ACTOS EN COMISIÓN

DADOS DE BAJA 36 35

44 36

QUEJAS /

RECLAMACIONES 24 4

15 3

APODERAMIENTO APUD

ACTA 201 182

279 398

JUSTICIAS GRATUITAS 113 143 149 129

EXPEDIENTES GUB.

DECANATO 684 1016

968 840

REGISTROS DE

INFORMACIÓN 6183 13367

14177 15990

ASISTENCIA A SALA 860 1223 1484 1715

REPROGRAFIA

REALIZADA 483 653

617 783

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

369

VIDEOCONFERENCIAS

REALIZADAS 23 33

643 76

ENTRADAS DEPOSITO

JUDICIAL 999 48

61 72

SALIDAS DEPOSITO

JUDICIAL 169 0

19 23

ARCHIVO JUDICIAL

INCORPORADO 8910 6666

5077 5481

ARCHIVO JUDICIAL

PRESTAMOS 765 985

919 297

ARCHIVO JUDICIAL

DEVUELTO 903 895

865 755

SECCION EJECUCCION:

Durante el año 2015 se incoaron un total de:

AÑO 2012 AÑO 2013 2014 2015

ETJ 422 352 324 299

ENJ 59 43

36

37

EJH 56 29 18 24

EFM 46 65 63 65

A fecha 31/12/2014 contábamos con un total de 1056 EJECUCIONES EN TRÁMITE

ETJ: 699

ENJ: 147

EJH: 101

EFM: 109

En materia PENAL se registran:

- AÑO 2012: 274 EJE

- AÑO 2013: 255 EJE

- AÑO 2014: 195 EJE

- AÑO 2015: 160 EJE

El número de asuntos en trámite a 31/12/2015 es de 128 asuntos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

370

3º.- SEGUIMIENTO EVOLUCION NOJ AÑO 2015

A diferencia del año 2014, donde la evolución de las ejecuciones fue un tanto irregular y en

ningún caso imputable a los miembros del servicio, sino que en aquellos supuestos en que los

procedimientos quedaban en poder de sus respectivas SSª a fin de emitir las resoluciones pertinentes se

género un considerable retraso de lo que se dio debida cuenta a Secretaria de Gobierno con la

documentación acreditativa de todo ello.

El año 2015, con una nueva plantilla de jueces desde aproximadamente el mes de julio, ha

generado una nueva situación respecto aquellos procedimientos que quedaban pendientes de resolución

y es su rápida respuesta, con lo que el funcionamiento del servicio ha quedado estable y en balance

positivo. Como el informe de INSPECCION VIRTUAL lo recoge.

El mejor resumen que se puede hacer de la EVOLUCION DE LA NOJ, a lo largo del añs 2015,

es el resumen ejecutivo que tras la INSPECCION VIRTUAL INTEGRAL, donde entiende que el

funcionamiento del SERVICIO COMUN GENERAL PROCESAL Y DE EJECUCION DE

GERNIKA, es muy correcto, sin que puedan observarse variaciones reseñables desde la última

inspección realizada.

Se manifiesta que los indicadores de actividad valorados revelan que se desarrolla la actividad en

los plazos establecidos, siendo en algunas áreas esenciales como registro y reparto, excelentes.

El servicio se encuentra dotado de una plantilla suficiente y estable para las funciones que tiene

encomendadas pudiendo asumir las ausencias ordinarias de la plantilla.

Transcurridos cuatro años desde la implantación de la NOJ, en este partidos judicial, el nuevo

sistema organizativo esta plenamente asentado y asimilado, encontrándose en una fase avanzada de

detección de necesidades, aportación de soluciones e incorporación de nuevas practicas.

3.1. INFORMACION Y ATENCION AL PUBLICO

El servicio de atención al público y profesionales que acuden al mostrador del servicio común es

atendido de manera rotatoria por todos los funcionarios del cuerpo de Auxilio.

La atención telefónica se lleva a cabo a través de tres terminales telefónicas designadas al efecto,

en un sistema en cascada en función de si la anterior se encuentra ocupada. La atención telefónica en

primera llamada se lleva a cabo por el funcionario del cuerpo de Auxilio que esta atendiendo el

mostrador, y posterior por todos los funcionarios de la Sección presentes en el momento que se trate,

incluidos los Tramitadores y Gestor de la misma, ya que por tratarse de atención al ciudadano es una

tarea preferente dentro de las que presta el Servicio.

No existe como tal un funcionario encargado de la Información y atención, puesto que el

funcionario del cuerpo de auxilio judicial que por RPT estaría destinado en el SCEJ desarrolla sus

funciones en el SCG formando parte del equipo de trabajo de los funcionarios del cuerpo de auxilio

judicial del mismo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

371

La información general referente a organismos de la Administración de Justicia en general o de

los ubicados en el Partido Judicial y Palacio de Justicia en concreto, se facilita por cualquiera de los

funcionarios integrantes del SCEJ sin que haya destinado uno en concreto a desarrollar dicha función.

En los casos en los que acude un ciudadano preguntando por un procedimiento en concreto se le

deriva al funcionario que tramita el mismo. El inconveniente que presenta este procedimiento al no haber

ningún funcionario en el mostrador que filtre, es que los funcionarios ubicados cerca del mostrador se

encuentran sobrecargados.

En los supuestos en los que la consulta respecto a un procedimiento en concreto se realiza vía

telefónica, la misma ya viene filtrada desde el servicio de información al público del SCG.

A lo largo del año 2015 tal y como puede comprobarse por los datos estadísticos aportados

mensualmente se ha llevado a cabo un registro más exhaustivo de las llamadas y su desglose: telefónico,

mostrador…

Así mismo y con respecto a los escritos y solicitudes que se reciben por correo electrónico se ha

acordado utilizar el “reenvío” en vez de “responder” porque de esta manera conseguimos arrastrar los

archivos que en su caso ha podido adjuntar los ciudadanos con sus mensajes.

3.2 CUENTA DE CONSIGNACIONES

En este punto hemos de decir que dado que somos un servicio específico de ejecución y que el

fin último es el cumplimiento de las resoluciones que mayoritariamente conllevan el pago hemos

facilitado un sistema para el pago inmediato de las cantidades una vez que estas son ingresadas en la

cuenta de consignaciones.

Diariamente por parte de la Secretaria Directora se diligencian todos los ingresos que se reciben

en las cuentas de las cuatro UPAD referente a ejecución que se adjuntan a cada procedimiento y se lleva

a cabo la entrega del Mandamiento de Devolución ese mismo día o al día siguiente.

Desde que entró en funcionamiento la NOJ en Gernika-Lumo todo lo referente a la cuenta de

consignaciones lo había llevado la Secretaria Directora.

Desde el 16 de septiembre 2013, el reparto de trabajo con la Secretaria Procesalista ha variado, y

ahora se lleva una división de expedientes pares e impares que cada una de las Secretarias diligencia

desde el inicio al fin.

Por parte de la Secretaria Procesalista se ha habilitado a una de la Gestoras para elaborar el

borrador de parte de los mandamientos de devolución.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

372

3.3. ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCION:

A modo ilustrativo incluimos en la presente memoria que del análisis de funciones y actividad del

área SCACE efectuada por la INSPECCION VIRTUAL INTEGRAL, sobre el plazo de realización de

los actos de comunicación y ejecución de un total de 14 actos, 9 han sido realizados en el plazo de un

dia, es decir un 64,28 %.

De los actos unipersonales, el 54,54 % (6 de 11) realizados en el plazo de un dia desde su

recepción.

Lo más destacable al respecto se ha conseguido que las UPADs- SCEJ utilicen los registros

normalizados para la práctica de las diligencias en calle.

También se ha modificado la diligencia de citación a la que se ha añadido un nuevo epígrafe, por

el que se solicita al ciudadano que manifieste en que idioma quiere que se practiquen las diligencias con

él cuando acuda al Juzgado. Se ha añadido dicho epígrafe en bilingüe y se ha solicitado al servicio de

informática para que modifique el documento normalizado.

Se ha cambiado el criterio respecto a las Comisiones Rogatorias que ahora se registran como EDS

PUEBLOS en vez de EOR a fin de utilizar los documentos normalizados de Justiziabat de los

Prontuarios.

Se han establecido criterios en cuanto al registro de GSS y LAN ó CEM. Así cuando se solicita

la fecha para practicar lanzamientos o embargos se registra como GSS y una vez se vaya a practicar la

diligencia se registra como LAN, CEM ó REM.

ACTO UNIPERSONALES

En cuanto a la preparación de los actos de comunicación y ejecución se procede tal y como se

recoge en el protocolo, salvo por el hecho de que cuando algún acto se ha inadmitido en vez del resultado

de devuelto se pone el de anulado puesto que sólo de esa manera el sistema informático abre una pestaña

en la que se recogen las causas de devolución normalizadas.

Respecto a la zonificación para la práctica de las diligencias de calle, se procedió cuando entró en

funcionamiento la NOJ en Gernika (13.10.2011), a la zonificación informática de la misma, existiendo

una constancia en plano del trabajo realizado que se encuentra a disposición del gestor de actos de

comunicación y de los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial que tienen asignados la práctica de

diligencias en calle.

Así mismo, se ha creado una base Acces a disposición del gestor de actos de comunicación y de

los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial que tienen asignado calle con un doble objeto: por una

parte que consulten la información recogida en el mismo antes de salir a la calle a practicar las

diligencias encomendadas y por otra para que actualicen diariamente datos referentes a los ciudadanos

con el fin de evitar salidas innecesarias. Dicha base Acces recoge tres campos, nombre, dirección

facilitada y dirección correcta. Esta base Acces se encuentra ubicada en una carpeta compartida a la que

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

373

pueden acceder tanto el gestor de actos de comunicación, como los funcionarios del cuerpo de auxilio

judicial que tengan asignadas calle, como el gestor responsable.

Junto a esta base Acces compartida se ha añadido un documento Word normalizado que se

utilizaba anteriormente titulado “Diligencia negativa” que facilita la elaboración de las indicadas

diligencias.

Así mismo y tal y como se estableció en la reunión de calidad celebrada el 22-06-2012 en Bilbao

se ha empezado a levantar la diligencia en busca que se adjunta a las diligencias practicadas siempre. Se

ha facilitado a los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial que tienen asignada calle modelo

normalizado y recogido en Justiziabat de la diligencia en busca.

También se les facilita copia del modelo normalizado y recogido en Justizabat de la diligencia

referente al artículo 161.2 de la LEC, así como el modelo normalizado y recogido en Justiziabat de

avisos. Se adjuntan copias de los documentos normalizados.

Se ha facilitado al gestor de actos de comunicación y a las tramitadoras del servicio de registro y

reparto instrucciones informáticas para la preparación de los actos de comunicación unipersonales.

Se ha indicado al gestor de actos de comunicación que en el caso de que en una diligencia que se

ha salido a la calle se ha dejado aviso, informáticamente debe de poner el resultado en busca, si

transcurridos dos días el ciudadano no ha comparecido en la sede del juzgado entonces deberá de poner

el resultado reciclado y proceder a reciclar la diligencia, con el fín de que quede constancia informática

del número de salidas realizadas.

DILIGENCIAS EN COMISION

Se han puesto a disposición tanto del gestor de actos de comunicación como de los funcionarios

del cuerpo de auxilio judicial que tienen asignada calle, las instrucciones a tener en cuenta a la hora de

practicarlas y que vienen recogidas en el protocolo.

Los actos de comunicación en comisión en los que interviene un procurador se comunican al

procurador correspondiente a través de una copia de la diligencia de señalamiento que va relacionada en

un listado por duplicado que vuelve al SCACE con sello de entrega con el fin de que quede constancia de

que tienen conocimiento de la fecha de señalamiento.

Dicho listado se ha elaborado en un documento en Word puesto que el sistema informático no da

opción a elaborar el mismo.

También se ha procedido a hacer una incidencia a Deitu para que habiliten la agenda del SCACE

para hacer el señalamiento de los actos en comisión. Al día de hoy dicha incidencia ha sido respondida y

es posible realizar dichos señalamientos informáticamente de manera que cualquier funcionario puede

consultar la agenda y saber que diligencias en comisión se encuentran señaladas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

374

3.4. REGISTRO Y REPARTO

El registro y reparto de demandas, escritos, comisiones rogatorias y asuntos penales se realiza por

dos funcionarias del Cuerpo de Tramitación Procesal.

Las demandas y escritos son presentados en el mostrador del Servicio Común son sellados y

depositados en las bandejas correspondientes, siendo recogidas por las tramitadoras para su posterior

registro.

En octubre de 2012 se sustituye el impreso normalizado para la presentación de quejas y

reclamaciones por el nuevo, que nos lo remite el equipo de implantación de calidad. Se dejan copias en el

“cajetín” habilitado en la entrada a disposición de los ciudadanos y otra copia en el A-Z de documentos

normalizados.

Se ha empezado a cumplir las normas aprobadas por el CGPJ en su Guía para la correcta

aplicación de las normas definidas en el Reglamento 2/2010 para el registro de asuntos y el Compendio

de dudas resueltas por la Comisión de Modernización e Informática sobre la correcta aplicación de las

normas de registro definidas en el indicado reglamento (Reglamento 2/2010) tras la Junta de Jueces 2/12

de 11 de julio de 2012. Así, por ejemplo:

Se han empezado a registras las Impugnaciones de Justicia Gratuita como escritos.

También se ha sacado la guía informática para el registro de las Impugnaciones de Justicia

Gratuita.

Se ha facilitado tanto al funcionario del cuerpo de gestión procesal y administrativa como a las

del cuerpo de tramitación copia de la Guia y del Compendio del CGPJ como la Guia informática de las

Impugnaciones de Justicia Gratuita.

Los MON que derivan a JVB u ORD se registran como nuevas demandas asignándolas a UPAD

que conoció del MON.

Los exhortos provenientes de otros Juzgado de fuera de la comunidad autónoma se registran

según indicaciones de protocolo.

Se ha transmitido tanto al funcionario del cuerpo de Gestión, como Tramitación procesal y

administrativa que tienen a su disposición las normas recogidas en el protocolo para el registro y reparto

de asuntos para el caso de que se les generase alguna duda.

Durante este año 2013, se elaboraron y puesieron a disposición de los funcionarios los criterios

en cuanto a:

APUD-ACTAS

SOLICITUDES DE JUSTICIA GRATUITA. Durante el año 2015, se ha generado una carpeta de

“impresos normalizados” referentes a: quejas, justicias gratuitas, juicios monitorios y verbales, tribunal

de jurado y diligencias en comisión.

En materia civil el registro y reparto se realiza en el mismo dia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

375

En el orden penal se sigue la misma pauta, a excepción de alguna ampliación que aparece de

reparto de dos o tres días tras su entrada, dado que la ampliatoria se presenta uno o dos días después del

atestado y no se puede registrar hasta que la correspondiente UPAD le hayan dado numero.

El registro de escritos no diferencia civil y penal puesto que no lo permite la aplicación

informática.

Destacamos del informe elaborado tras la INSPECCION VIRTUAL INTEGRAL que destaca que los

plazos en registro y reparto son excelentes.

3.5. REPOGRAFIA

CAMBIOS/MEJORAS 2015 – ESCANEADO

En aras a agilizar y a lograr una mayor eficacia de la justicia y dentro de las funciones que otorga

la LOPJ AL SECRETARIO JUDICIAL, IMPULSANDO Y PROMOVIENDO el empleo de los medios

técnicos, audiovisuales e informáticos de documentación con que cuenta la unidad procesal donde

prestan sus servicios, conforme al art. 454 LOPJ, y conforme a la instrucción de las LINEAS DE

ACTUACIÓN DE LA NUEVA OFICINA JUIDICIAL Y TECONOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN

DE LA COMUNICACIÓN PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE

JUSTICIA, aprobadas por el Pleno del CGPJ de 22 de marzo de 2012, en concreto su apartado 2.2 que

pretende impulsar que las comunicaciones con los profesionales de la Justicia se realicen por medios

electrónicos: se reunieron las Secretarias judiciales del partido judicial acordando que a partir de 25 de

septiembre de 2014 en:

- MATERIA CIVIL: en los procedimientos de Mutuo Acuerdo de Familia, o en los acuerdos

transacionales en cualquier materia civil, deberán remitirse en formato WORD al correo electrónico del

juzgado que se facilitaran a través de Diligencia de Ordenación en cada procedimiento correspondiente.

- MATERIA PENAL: los traslados para defensa y acusación en los PAB, a los profesionales

serán a través de medios telemáticos, debiendo aportar los Sres. Procuradores ejercientes en el Partido

Judicial de Gernika el correo electrónico al que se les hará llegar los mismos.

En ambas materias se tendrá por realizados los actos de comunicación de acuerdo a lo dispuesto

en el art. 162 LEC.

Esta información fue debidamente entregada al Colegio de Procuradores del Partido Judicial así

como a los funcionarios de las diferentes Upad y a los funcionarios del cuerpo de Auxilio.

El funcionamiento está siendo correcto y ágil, sin que se detectado un solo problema y ha

supuesto un ahorro en tiempo y medios materiales que deberá ser tenido en cuenta para ampliar el

escaneado a nuevos supuestos.

Se ha facilitado a los funcionarios los registros normalizados y se han establecido criterios al

respecto sellando las solicitudes de reprografía y devolución de las solicitudes una vez realizado el

trabajo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

376

CAMBIOS/ MEJORAS DESTRUCCION PAPEL/ CUMPLIMIENTO PROTECCION DATOS

Se ha acordado con el Gobierno Vasco, que los primeros viernes de cada mes se recogerá el papel

acumulado en el archivo para que procedan a su destrucción. Se especifico en su momento que cada

funcionario podrá destruir por si mismo la documentación que considere oportuna o podrá acumularla en

las cajas habilitadas al respecto en cada una de las UPAD y SCEJ para que posteriormente los

funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial procedan a retirarlo y bajarlo al archivo desde donde será

recogido por AEAT.

RESTO REPROGRAFIA

Se ha procedido a cambiar físicamente en las UPADs, en el SCEJ y en el propio SCG, la plantilla

que se estaba utilizando hasta el momento por el registro RSE 04.01.06. Este documento a fecha de hoy

sólo lo teníamos en castellano, pero el 24.07.2012 las del equipo de implantación nos han remitido la

versión en euskera.

El 27.09.2012 nos comentan cuál es el uso de dicho registro, la primera página se subdivide en

dos áreas, la primera donde los funcionarios de las UPADs y del SCEJ nos dicen qué servicio solicitan,

estampan su firma a media página y a su lado estampan también los funcionarios del cuerpo de auxilio

judicial su firma. Una vez realizado el servicio solicitado se entrega al funcionario solicitante quien

estamparía la firma al entregarle el mismo.

La segunda página sólo está previsto utilizarla para el caso de que se solicite el desarchivo de un

expediente para CONSULTA o cuando se solicite el desarchivo de piezas de convicción.

Se ha dejado una copia del registro actualizado en el A-Z de documentos normalizados para que

los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial lo tengan como modelo.

Respecto a los testimonios y desgloses se acuerda lo siguiente:

En cuanto a los desgloses se seguirá el criterio establecido en la reunión del Grupo de Mejora

Transversal de la NOJ de fecha 18.05.2011 donde se “acuerda no realizar testimonio de los documentos

originales en los desgloses previos al archivo, dejando el Secretario Judicial una diligencia en la que

haga constar a quién se le entrega y el contenido de la entrega

Respecto a las fotocopias se acordó lo siguiente:

.-Cuando se solicite el fotocopiado de un expediente, éste deberá estar previamente foliado, en

caso contrario será devuelto al órgano solicitante a fin de que subsane dicho error.

.- Los expedientes estarán con fasteners y sin ningún tipo de grapas, se exceptúan aquellos

expedientes antiguos que no se encontrasen en trámite a la entrada en vigor de la NOJ

Una vez realizado el trabajo el SCG devolverá la copia “sujeta” con fasteners.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

377

.- En la solicitud de servicio se deberá de indicar las páginas que en su caso se solicita se

fotocopien. Dicha solicitud será sellada con el fin de que quede constancia de la fecha de entrada en el

SCG.

.- El SCG no dispone de medios para realizar el fotocopiado de planos por lo que tanto las

UPADs como el SCEJ deberá de recurrir a otras vías en estos supuestos.

.- Con el fin de economizar tanto medios materiales como humanos a la hora de prestar el servicio de

fotocopiado y atendiendo a que el SCG ya dispone de una fotocopiadora con “scaner” desde el

17.10.2012 se acuerda proponer al resto de Secretarios Judiciales:

1.- En materia civil: que sea siempre la parte quien se encargue de realizar las fotocopias, puesto

que tienen también opción a imputarlas en costas.

2.- En materia penal: se pregunte primero a las partes que copias requieren, si de todo el

expediente o de determinadas partes, y si prefieren que se scanee en vez de fotocopiar. En este caso, es

decir, en el caso de que se solicite scanear, quedaría pendiente de articular por parte de la Secretaria

Directora la manera de proceder, aunque lo correcto sería que una de las partes aportase un pen donde se

scanearia una copia y el resto se procedería a hacer una copia de pen a pen.

3.6 CORREO Y PAQUETERIA

Los funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial se encargan del reparto diario del correo entre los

órganos judiciales con sede en este edificio, así como la subida y bajada de expedientes, elaborara los

listados de correo certificado y ordinario, envío de faxes, empaquetado de los envíos de Fiscalía y

mensajería.

Aquí se produjo un cambio considerable y es que en el mes de marzo del añl 2013 desde

FISCALIA BILBAO, se puso en conocimiento de la Juez Decana que los fiscales no pasarían por el

Partido Judicial de Gernika en aras al visto y a la firma, como lo venían haciendo de manera que

absolutamente todo lo que deba ser enviado/visto por Ministerio Fiscal debe ser enviado a Bilbao a

través de la saca interna.

Esto ha supuesto un gran incremento en el número de expedientes que se envían y reciben del

Bilbao y hasta ese momento se seguía el cumplimiento del protocolo salvo por el hecho que no se

utilizaban los registros normalizados RSE 04.01.07 YRSE 04.01.08, dado que respecto a los expedientes

que se enviaban a Fiscalía y a la Audiencia Provincial se relacionaban en unas hojas en blanco

encuadernadas en cada UPAD y SCEJ donde los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial se encargan

de anotar todos los viernes los expedientes que se envían y de indicar la fecha de regreso de los mismos.

Pero con este cambio se realizó por la Secretaria Directora una instrucción sobre la correcta forma

de salida y llegada de expedientes a Fiscalía Bilbao y se puso en conocimiento de todos los órganos a

través de sus Secretarias así como a la Juez Decana.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

378

Así en cumplimiento del Protocolo y conforme a lo establecido en el PROTSE 040101: “las

diferentes oficinas entregan al personal del Servicio Común General, las actuaciones que deben remitirse

a otros Órganos, debidamente relacionados en el registro 08.01.01 (RSE 010107)

Previo cotejo de la lista de los expedientes entregados, el SCG entrega una copia firmada y

sellada a la oficina depositante.

Dado que se había creado un nuevo trámite en JUSTIZIABAT para control de las notificaciones y

remisiones de expedientes que los órganos hacen a Fiscalia podrían utilizarse cualquiera de ambos para

listar los expedientes.

El funcionamiento es correcto, sin consideraciones o valoraciones sobre los inconvenientes que

suponen para la tramitación de los expedientes que será por parte de Fiscalia, y sus relaciones con lo

órganos quien deba valorar.

3.7. ARCHIVO Y DEPOSITO (de piezas)

Se sigue el cumplimiento del protocolo, pero es necesario dejar constancia de las características

propias del servicio de archivo y depósito de Gernika-Lumo, así podemos afirmar que:

.- Se esta archivando siguiendo el cuadro que se tenía elaborado con anterioridad a al entrada en

funcionamiento de la NOJ Se ha mantenido lo que era costumbre hasta la entrada de la NOJ en GErnika

(13.10.2011), es decir, se baja al trimestre los expedientes correspondientes a los tres meses anteriores a

los tres meses anteriores a cuando se hace el archivo, diferenciando por jurisdicción y entre provisional y

definitivo.

Se han entregado calendarios con las fechas correspondientes a cada una de las UPAD Y SCEJ.

Ya se ha solicitado el NIG pozo y facilitado por parte de Deitu el NIG pozo para el caso de los

expedientes que nunca han bajado al archivo y que es: 4803801000001.

Respecto a este punto hemos de indicar que en Gernika-Lumo sólo se utiliza el

NIG pozo. No se usa el NIG de archivo (el NIG para los expedientes que se encuentran en el archivo

pero que no tienen NIG informático por ser muy muy antiguos), ni el NIG elaborado para los expedientes

que están en el archivó pero que no consta el archivo informático y que tienen NIG informático.

1.- NIG pozo: para el caso de que el expediente no haya bajado nunca al archivo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

379

2.- NIG de nueva creación: para el caso de que el expediente se encuentre en el archivo y tenga

NIG informático. En este caso lo que habría que hacer es antes de entregar el expediente al órgano

solicitante crear el NIG y dejar constancia del movimiento de desarchivo. A este respecto la ISG 050301

resulta muy clara.

3.- NIG de nueva creación para asuntos muy muy antiguos, es decir, que no tienen NIG

informático, lo que se llama el NIG de archivo. 48.03.8.año de incoación del procedimiento número

correlativo. En este caso, primero habría que crear el NIG de archivo y posteriormente dejar constancia

informática del movimiento.

Tanto el 2º como el 3.er supuesto se irían creando a medida que las UPADs-SCEJ fuesen

solicitando el desarchivo de los indicados expedientes. Así se lograría informatizar poco a poco el

archivo físico de expedientes muy muy antiguos o que no constasen informáticamente. También se

lograría una constancia informática de los movimientos realizados con los expedientes muy muy

antiguos o con los que están sin archivar informáticamente pero sí físicamente.

Se ha dejado constancia de ciertas disfunciones en el funcionamiento del sistema informático

Justiziabat, contexto Archivo Central, que ya se han transmitido al servicio de informática para que

procedan a su subsanación.

En cuanto al etiquetado de las cajas de archivo no se sigue lo establecido en el protocolo, por

cuanto tal y como se nos sugiere por parte de Santiago Ortega para el caso de GErnika-Lumo es más

práctico mantener la UPAD en el etiquetado en vistas a un futuro expurgo. Por tanto, se ha acordado

mantener el etiquetado de la siguiente manera: 48.jurisdiccion (1-penal, 2- civil).upad. número

correlativo general para todas las upads.

Se han llevado para su destrucción las piezas de convicción antigua que ya no correspondían a

ningún procedimiento, en fecha 27 de Noviembre, consiguiendo con ello dejar al día y ordenado el

archivo de piezas de convicción.

EXPURGO.

En el año 2014, se facilitó a las Secretarias de las UPADs relación de expedientes del año 1999

para que procedan a su expurgo, que fueron llevadas a la Junta de Expurgo del 22 de abril de año 2015.

Realizados por este servicio los trámites legales establecidos, se aprueba por JUNTA DE

EXPURGO de 29 de OCTUBRE DE 2015 el expurgo de los procedimientos de faltas, procedimientos

de faltas rápidas, diligencias previas, y procedimientos abreviados que se habían declarado por medio de

los correspondientes AUTOS EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL, de la UPAD Nº 1 y

2 AÑO 1999, asi como el de los incoados antes del año 1960.

Se han elaborado, al igual que en años anteriores una relación anual de piezas de convicción

depositadas en archivo a fin de facilitárselo a las UPADs y que se decida el destino legal de las mismas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

380

3.8. ASISTENCIA AL DECANO

El conjunto de actuaciones que el Servicio Común General debe desempeñar, conforme al art. 17

de la Resolución de 26 de Julio de 2010 de la Directora de la Oficina Judicial y Fiscal, para asistir a la

Jueza Decana en la función de gobierno que le es propia se realizan por la funcionario del Cuerpo de

Gestión.

Dentro de las funciones encomendadas se encuentran las siguientes:

Gestión de Junta de Jueces,

Gestión del nombramiento de Jueces Sustitutos e informes trimestrales sobre la actividad de los

mismos.

Gestión y difusión de información y circulares o comunicaciones.

Otras cuestiones de apoyo similares a las funciones gubernativas para las que sea competente el

Juez Decano.

1.- En lo referente al área gubernativa:

1.1.- Junta de jueces: en lo referente a la “transcripción del acta…” desde la entrada en la NOJ se

hace un “copy-paste” del acta que se levanta tras la celebración de la Junta de Jueces. Hasta entonces se

transcribía punto por punto, pero atendiendo a las facilidades que proporciona actualmente el sistema

office dicho sistema resulta más eficaz.

1.2.- En lo referente a las comunicaciones: cuando se remiten a la oficina de registro y reparto de

Gernika-Lumo desde el Juzgado de lo Mercantil de Bilbao comunicaciones referentes a concurso de

acreedores, aparte de dar conocimiento de dichas comunicaciones a las UPADs y SCEJ de este partido

judicial se procede a registrar en una base Word la comunicación referente a la concursada. De esta

manera existe una base de datos en Word referente a empresas declaradas en concurso de acreedores

actualizadas.

2.- En lo referente a la tramitación de quejas: se ha procedido a actualizar el impreso de

presentación quejas, facilitado tanto en castellano como en euskera y que el equipo de implantación de

calidad remitió a la Secretaria Directora y a la Gestora Responsable.

3.- Respecto a los peritos, la oficina de registro y reparto no solo se preocupa de gestionar los

listados de peritos, sino que procede a realizar el nombramiento en los procedimientos en que así se

solicite.

4.- Respecto a la JRA: Desde la reunión de mejora del 04.07.2012 se ha establecido lo siguiente:

4.1.- Antes de la reunión indicada todas las JRAs se tramitaban en Decanato.

4.2.- Desde la reunión de mejora.

4.2.1.- Si el procedimiento respecto al cual se va a solicitar JRA está iniciado y se lleva en alguna

de las UPADs o SCEJ de Gernika, se remite al ciudadano al órgano correspondiente para que le recojan

la comparecencia en la que se solicita la suspensión del procedimiento y para que le faciliten los

impresos oficiales para tramitar la JRA. Son las propias UPADs o SCEJ las que posteriormente remiten

por correo al SOJ de Bilbao el impreso de solicitud y la documentación aportada con el mismo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

381

4.2.2.- Si el procedimiento está todavía sin iniciar, o estando iniciado en Gernika el expediente se

encuentra elevado a la Audiencia Provincial (por haber interpuesto recurso en unas FAL por ejemplo), es

decir, físicamente no está el expediente en Gernika, entonces el Decanato facilita al ciudadano los

impresos para solicitar la JRA y en su caso remite el impreso una vez rellenado junto con la

documentación adjunta al SOJ de Bilbao.

Si por el contrario el expediente se encuentra físicamente sin remitir a la Audiencia Provincial, es

decir, se encuentra en las UPADs, se remite al ciudadano a la UPAD para que le faciliten el impreso de

solicitud de JRA y son ellos (UPADs) los que remiten por correo al SOJ de Bilbao la solicitud junto con

toda la documentación aportada.

4.2.3.- Si el procedimiento está iniciado pero se lleva ante un órgano judicial de fuera de Bizkaia,

se le da el impreso de solicitud de JRA al ciudadano para que lo rellene en el momento, se le recoge

comparecencia solicitando la suspensión del procedimiento y se procede a remitir primero por fax al

Colegio de Abogados de la provincia donde se lleva el procedimiento la comparecencia solicitando la

suspensión del procedimiento así como fotocopia del impreso de JRA y posteriormente se envía por

correo el impreso de solicitud rellenado, la comparecencia solicitando la suspensión, el “ok” del fax

remitido al Colegio de Abogados de la provincia donde se tramita el procedimiento.

5.- Hay que indicar que aunque el protocolo no lo establece expresamente, es el Decanato el

encargado de recoger las apud-actas para inicio de procedimiento tanto de los que se van a llevar en las

UPADs o SCEJ de Gernika como de los que se llevan en otro partido judicial siempre y cuando el

otorgante del poder tenga su domicilio en alguna de los municipios que forman parte del partido judicial

de Gernika.

6.- También en Decanato se están recogiendo las comparecencias de ciudadanos que han

realizado ingresos de fianzas para la puesta en libertad de algún pariente y se han remitido al Juzgado en

el que se lleva la causa. Dichas comparecencias se registran como ZZZ.

Se sigue manteniendo lo que como cuestión novedosa del año 2013 se comenzó a utilizar el

correo electrónico habilitado por la Secretaria de Gobierno del TTSSJJ para la comunicación de los

nombramientos de Jueces de Paz y para el resto de comunicaciones provenientes de la Secretaria de

Gobierno.

Cabe destacar que la INSPECCION VIRTUAL que constaban 479 asuntos en trámite y que se

trataba de un problema informático derivado de la migración de expedientes tras la implantación de la

NOJ y que no pudo ser solucionado hasta fecha reciente.

En todo caso se ha tomado debida cuenta por esta Letrada Directora con un doble objetivo:

ACTUALIZAR FASES Y ESTADOS Y QUE SE TRABAJE EN LA FASE CORRECTA Y

ESTABLECER RUTINA CORRECTA.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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4. PLANIFICACION DE RECURSOS Y SERVICIO DE EJECUCION

La distribución del trabajo en el SERVICIO DE EJECUION se ha modificado desde el

05.03.2012 respecto a cómo se organizó el servicio cuando entró en funcionamiento la NOJ. Podrían

resumir de la siguiente manera:

“no existe dos grupos, ejecución penal y ejecución civil. Sino que todos los funcionarios llevan de

todo penal y civil, es decir, las nueve personas que forman el SCEJ tramitan ejecutorias penales y civiles

(incluyendo familia), cada uno lleva un número del 1 al 9 y el 0 se repartirá según el número anterior.

Además, las gestoras llevan las ejecuciones hipotecarias y los procedimientos en los que se

señalan subastas, además de las ejecuciones y ejecutorias con violencia. Dentro de los hipotecarios el

reparto es:

1.- Las ejecuciones procedentes de las UPADs 1 y 3 las lleva una de las gestoras

2.- Las ejecuciones procedentes de las UPADs 2 y 4 las lleva la otra gestora.

Tras la modificación del RPT expuesta en el apartado referente a medios personales y toda vez

que supone una reducción en la plantilla se reparte el trabajo de la tramitadora entre el resto de sus

compañeras.

De la INSPECCION VIRTUAL REALIZADA se desprende que hay 75 expedientes en la

Seccion Civil del servicio, cuyo ultimo es de fecha anterior a cuatro meses, lo cual se trata de unos

índices razonables y que en todo caso responden a la mecánica de trabajo pautada por esta Letrada

Directora, cotejo de listados mensuales de todos los procedimiento que están en tramite (TRA) o

reapertura (TRE) que no han tenido actividad en los cuatro meses, de forma y manera que tras la

revisión los que quedan pendientes de realizar tramite judicial se lleva a cabo y aquellos que no lo están

quedan a la espera de dar el debido cumplimiento a las INSTRUCCIONES DEL CONSEJO

GENERAL DEL PODER JUDICIAL, sobre los archivos en el plazo de UN AÑO.

Las resoluciones judiciales. AUTOS Y PROVIDENCIAS, que se elaboran por el personal del

Servicio Común de Ejecución se llevan a cabo en contexto informático SCEJ. Se trata de ejecuciones

dinerarias en civil y todas las relativas a meteria penal, en base a la INSTRUCCIÓN 1/12, de 31 de

marzo, sobre el funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo a jueces y magistrados y su

actuación coordinada con los servicios comunes.

5. DETECCION DE NECESIDADES

Respecto a este aspecto hemos de decir que se cumple con el protocolo por cuanto:

Se solicitan mensualmente los medios materiales necesarios telemáticamente. A este respecto se

comunicó a esta sección desde la EAT de Bizkaia la implantación de un nuevo sistema, desde la Intranet-

Para ti-Logistica-Solicitud de material.

Como consecuencia de este nuevo sistema una vez llegue el material pedido hay que validar el

albarán para que a la EAT de Bizkaia le conste que hemos recibido el mismo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

383

En cuanto a la solicitud de medios materiales excepcionales, como por ejemplo, unos “pen” para

hacer copias a las partes, se han solicitado y recibido.

.- Respecto a los medios humanos hemos de indicar que se ha procedido tal y como se recoge en

protocolo, atendiendo en todo momento las singularidades de cada puesto tal y como se recoge en las

RPTs de Gernika-Lumo.

Respecto de las consultas que los ciudadanos realicen en ventanilla respecto a la mediación

hipotecaria y a la mediación penal o a las Justicias Gratuitas, se les remitirá a los organismos

correspondientes:

- Servicio de atención ciudadana “Zuzenean” ubicada en Gran Via 85.

- Al Colegio de abogados de Bizkaia o al Servicio de Orientación Jurídica de Bilbao.

- Al Servicio de Mediación de Bizkaia situado en Santutxu 69.

- Eudel (Asociciación de Municipios Vascos)

- Servicio de atención a la victima.

6 .OBJETIVOS CUMPLIDOS Y OBJETIVOS PENDIENTES

Cabe destacar entre los objetivos cumplidos lo que también se ha denominado por el informe tras

la INSPECCION VIRTUAL REALIZADA, “BUENAS PRACTICAS”

- Se ha observado desde el punto de vista organizativo que las ordenes se recogen por escrito y

se trasladan a todos los operadores afectados, contribuyendo a la homogenización de

practicas y a la estandarización de tareas.

- Se realiza un especial control y seguimiento de los indicadores establecidos.

- Se fomenta desde el SCG el escaneado paulatino de documentos para su integración en

Justiziabat. Resultando especialmente reseñable el escaneado de los PAB para su posterior

traslado a los procuradores de las partes, que igualmente han aceptado de forma muy positiva

esta forma de trabajo.

- Conforme a la Instrucción 1/2011 del secretario General de la Administración de Justicia el

Servicio Común colabora en la elaboración de resoluciones judiciales, estando plenamente

coordinada con las UPAD la forma en la que se realiza esta colaboración, lo que contribuye a

la reducción de los plazos de tramitación.

- Por último y también desde un punto de vista organizativo, se realizan reuniones dentro del

servicio y también con los Letrados/as AJ de las UPAD, que contribuyen a detectar los

problemas del partido y a que se generen buenas practicas procesales y organizativas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Además de todo ello hay una serie de objetivos que ya se marcaron en años anteriores pero que

deben ser una constante para este nuevo año y entre ellos destacamos:

. Seguir dando con el cumplimiento de los compromisos enunciados en la CARTA DE

SERCIO.

. Continuara con la revisión de todas LAS EJECUCIONES CIVILES Y PENALES y revisión

de fases y estados , con el doble objetivo de trabajar en la fase correcta y establecerlo como rutina

de trabajo.

. Actualización de la APLIACIÓN INFORMATICA y todos los cambios que conlleva con el

nuevo propósito de papel cero en la Administración de Justicia.

. Ampliar supuestos escaneado en los procedimientos.

. Durante el ejercicio 2015, no se ha producido ninguna suspensión de lanzamiento ni

embargos por casusas imputables al SCG, marcándonos como continuidad este mismo objetivo.

. Continuar desarrollando la actividad procesal en los plazos establecidos y concretamente

continuar con los de registro y reparto que han sido calificados como excelentes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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6.3.6 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN DE GETXO

1.- Introducción.

Por Orden de 23 de julio de 2010 de la Consejera de Justicia y Administración Pública, se aprobó

la creación del Servicio Común Procesal General y de Ejecución de Getxo, no entrando en

funcionamiento la Sección de Ejecución hasta el día 3 de noviembre de 2010 en virtud de la Resolución

de 28 de octubre de 2010 de la Directora de la Oficina Judicial y Fiscal.

Al frente del Servicio Común Procesal general y de Ejecución se encuentra el Letrado Director

del Servicio, quien tomó posesión de su cargo tras el proceso de acoplamiento-reordenación de efectivos

llevado a cabo en el Partido Judicial.

Prestan además sus servicios en la Sección de Ejecución dos Letradas de la Administración de

Justicia procesalistas que compatibilizan estas funciones con las que tienen encomendadas en sus

respectivas UPAD. En la actualidad estas plazas están siendo ocupadas por funcionarios de carrera del

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Asimismo, por Orden JUS/2337/2010, de 30 de julio, se aprobó la relación de puestos de trabajo

de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio

Judicial del servicio, la cual ha sido modificada mediante el anexo del Decreto 10/2012 de 12 de junio,

quedando la misma, tras esta modificación, compuesta por:

- 2 Gestores responsables.

- 5 Gestores Procesales (Uno sin guardias asignado a Actos de Comunicación)

- 15 Tramitadores Procesales.

- 12 Funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (Cuatro de ellos asignados a actos de

comunicación).

De esta plantilla, un Gestor Responsable y otros dos Gestores (Uno de ellos el asignado a Actos

de Comunicación) tienen como requisito asociado a su puesto el Perfil 3 de Euskera; siete Tramitadores

tienen como requisito Perfil 2 de Euskera y cinco Auxiliadores Judiciales tienen asimismo asignado

Perfil 2 de Euskera, si bien la preceptividad de este requisito varia de unos a otros entre enero de 2010 y

enero de 2020.

Por lo que respecta al personal que prestamos sus servicios en el Servicio Común de Getxo, y con

el objeto de conseguir una mayor coordinación y cohesión, durante el pasado año se han venido

celebrando una serie de reuniones para tratar los más diversos temas.

Así, el día 30 de enero y 16 de septiembre 2015 se celebraron dos reuniones entre todos los

Letrados de la Administración de Justicia de este Partido Judicial y la Secretaria Coordinadora de

Bizkaia.

Los días 16 de noviembre y 15 de diciembre de 2015 nos reunimos los Letrados de la

Administración de Justicia de Getxo para tratar diversos temas organizativos de la oficina judicial.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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Asimismo el Secretario Director ha mantenido una reunión con los funcionarios que integran la

plantilla del SCPGE, el día 13 de febrero de 2015, cuando ha sido necesario establecer pautas de

actuación, resolver dudas, redistribuir el trabajo o se ha considerado necesario su celebración. Se ha

procurado en todas ellas fomentar la participación de los funcionarios, de forma tal que expusieran sus

ideas, quejas o aquello que considerasen de su interés. De todas estas reuniones se ha remitido la

oportuna copia a Secretaría de Gobierno.

También se celebró el día 1 de octubre pasado una reunión de coordinación y mejora a la que

asistieron tanto Letrados de la Administración de Justicia como funcionarios y representantes del

Departamento de Justicia del Gobierno Vasco.

Es opinión de quien esto suscribe que estas reuniones han resultado muy positivas, sobre todo de

cara a que el personal perciba el funcionamiento de la oficina como un todo integrado y no como la suma

de distintos negociados independientes.

En cuanto a los medios materiales, el Servicio Común cuenta con unas amplias instalaciones que,

en el caso de la Sección General, han sido totalmente remodeladas con motivo de las obras de ampliación

del Palacio de Justicia de Getxo. Ello ha motivado que se ha ganado por un lado en espacio físico y

luminosidad, y por otro en espacios para poder ser utilizados por los funcionarios tales como armarios,

estanterías, etc.

No obstante es de reseñar una vez más que la realización de dichas obras ha supuesto un

alejamiento físico de las seis UPADs con respecto al Servicio Común, lo cual resulta más incómodo para

el personal adscrito al mismo (en particular para los funcionarios del Cuerpo de Auxilio), y por qué no

decirlo, supone una merma en las relaciones, incluso personales, de los funcionarios que trabajan en uno

y otro edificio.

Por lo que respecta al suministro de material de consumo corriente, tras la implantación de la

aplicación informática a través de la cual cada Secretario o funcionario autorizado, puede realizar los

pedidos necesarios, siendo mínimo el tiempo entre las peticiones de material y su efectiva entrega. No

puede valorarse sino positivamente la implantación de este sistema, si bien se han suprimido muchos de

los artículos que aparecían en el catálogo de materiales y deben de pedirse aparte mediante oficio.

También es de destacar que, suponemos que en aras de disminuir el consumo, la calidad de los productos

suministrados no es, en algunas ocasiones aquella que pudiéramos desear.

Todos los funcionarios, salvo los cuatro auxilios que tienen encomendados actos de

comunicación, disponen de su correspondiente terminal de ordenador, así como acceso a Justiziabat.

Sigue echándose en falta la creación de una aplicación informática para la gestión del Depósito de

Efectos, que siguen siendo gestionados con la existente a la entrada en funcionamiento de Justiziabat.

A finales del pasado año 2015 se ha procedido a ubicar “en red” las tres fotocopiadoras scanner

con las que cuenta el Partido Judicial, de forma que los documentos que se scanean pasan directamente

bien a la carpeta de la Upad que corresponda, bien a la del Servicio Común. Todo esto redundará sin

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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duda en un considerable ahorro en papel y permitirá en el futuro facilitar la incorporación de documentos

al expediente digital.

Desde finales del ejercicio pasado en los encabezamientos de oficios y notificaciones que se

emiten a través de la aplicación, figura la dirección de correo electrónico del Servicio Común. A

consecuencia de esto cada vez resulta más frecuente que organismos, particulares y profesionales utilicen

esta vía de comunicación con dicho servicio. También se está empezando a utilizar este cauce para

remitir mandamientos a los registradores de la propiedad, abandonando paulatinamente la utilización del

fax que solía generar problemas porque muchas veces no se recibía la documentación completa.

También contamos desde el pasado año en el Partido Judicial, tras la oportuna solicitud al

Gobierno Vasco, de un convenio con la Fundación Peñascal a fin de que por la misma, y tras solicitarlo a

través del Servicio Común General, se proporcionen figurantes cuando por parte de alguna Upad se

necesite llevar a cabo una rueda de reconocimiento.

El pasado año se llevó a cabo, tras someterlo a la Junta de Expurgo, la eliminación física de los

procedimientos Juicios de Faltas y Diligencias Previas (a excepción de los de la Upad núm. 5), que

estaban en situación de archivo provisional o definitivo con anterioridad al 1 de enero de 2001 y que no

habían sido objeto de ninguna actuación los diez últimos años.

Asimismo, y tras los trámites oportunos se ha procedido a destruir los objetos obrantes en el

Depósito de Efectos con anterioridad al 31 de diciembre de 2008.

También se ha procedido a separar los objetos que se ha comprobado que el expediente en el que

obran, ha sido remitido a otro órgano judicial, y que por error no fueron enviados junto al mismo.

Todas estas actuaciones han permitido ganar espacio considerable tanto en el archivo como en el

depósito de efectos.

A) SECCION GENERAL

1.- Recursos Humanos:

El personal asignado en la Relación de Puestos de Trabajo del SCPSG de Getxo es el siguiente:

- Una Gestora Responsable.

- Dos Gestoras (Una de ellas tiene asignados actos de comunicación).

- Tres Tramitadoras.

- Doce Auxiliadores.

No se ha producido ninguna baja durante el pasado año, que haya superado los tres meses de

duración, las que ha habido no han superado ese plazo, por lo que han tenido que ser suplidas por el resto

de la plantilla.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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El 23 de marzo de 2015 se produjo el cese de una Gestora del Servicio Común, no siendo cubierta

su vacante hasta el día 23 de abril.

Asimismo se produjo el cese por jubilación de la Gestora responsable de actos de comunicación,

el día 29 de mayo de 2015, siendo cubierta su plaza el día 1 de junio de 2015, tras la oportuna solicitud al

Departamento de Justicia, haciendo especial hincapié en la necesidad de que dicha plaza se cubriera de

forma automática.

Por parte del Departamento de Justicia se sigue con la política de no nombrar funcionarios para

cubrir bajas por enfermedad, salvo cuando ésta supera los tres meses. No obstante consideramos que, en

aquellos casos en los que se sabe con antelación la fecha del cese y que este va a ser definitivo (véase

jubilaciones y ascensos), el nombramiento debería ser inmediato.

2.- Organización del Servicio y volumen de trabajo realizado.

Actos de Comunicación.

Una Gestora y cuatro Auxilios integran el grupo de Actos de Comunicación y Ejecución. Durante

el pasado año se ha solicitado y nos han sido suministradas por el Departamento de Justicia Tarjetas

Identificativas para estos funcionarios con el objeto de facilitar su labor, ya que en no pocas ocasiones

eran requeridos para que se identificasen como tales.

Los cuatro funcionarios de Auxilio Judicial realizan a diario los actos de comunicación que se

deben practicar fuera de la sede judicial. Uno de los mismos realiza las diligencias urgentes y las de las

zonas más alejadas, entendiéndose por diligencias urgentes aquellas cuya cumplimentación deberá

realizarse dentro de los siete días siguientes a su recepción.

Según el protocolo de este Servicio por parte de cada UPAD se pueden entregar a este Servicio un

máximo de 5 diligencias diarias y por parte del Servicio Común de Ejecuciones un máximo de 15

diligencias diarias. Además cada funcionario realizará al día un máximo de 17 direcciones de calle.

Dicho tope se ha considerado en todo caso orientativo, habiéndose observado durante el año que nos

ocupa, al igual que en los anteriores, como norma general, la recepción de todas las diligencias para su

realización el día más próximo que lo permita el servicio.

Además, este Servicio cumplimenta los exhortos remitidos por otros Juzgados solicitando la

entrega de carné de conducir, requerimiento de documentación, notificación de suspensión de condena...

Durante el pasado año se han registrado un total de 6888 diligencias unipersonales.

Por lo que respecta a los actos de comunicación derivados de dichas solicitudes, se han

cumplimentado, ya sea al primero o al segundo intento, de manera positiva 6485, un total de 1859 han

sido devueltos con resultado negativo o han sido intentados “sin efecto”, es decir, se ha intentado su

cumplimiento pero después de dos avisos dejados en los domicilios de la persona buscada, son devueltos

al Juzgado correspondiente como intentados sin efecto. Por último 1101 actos de comunicación

unipersonales han sido anulados o devueltos al órgano de procedencia. Los motivos de esta

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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anulación/devolución son muy variados, ya sea por falta de documentación, ya porque así lo ha solicitado

el órgano solicitante,, ya por dirección incorrecta…

Por lo que respecta a las diligencias en comisión se han realizado durante el pasado año un total

de 26 embargos y 50 lanzamientos, lo que supone una cifra similar con respecto al año anterior.

También cabe reseñar que durante el periodo que nos ocupa han entrado en el Servicio Común un

total de 3765 exhortos, de los cuales 2739 se han cumplimentado de forma positiva, y el resto, 1026, de

forma negativa o han sido intentados sin efecto o han quedado pendientes al finalizar el año.

Apoyo a las UPADs.

Ocho Auxilios son los funcionarios que integran el grupo de Apoyo a las UPAD, estando

repartidas las tareas de registro y de apoyo al Juez Decano entre el resto de funcionarios de la Sección

General.

En el Servicio Común General para el apoyo a las UPAD las funciones se desempeñan conforme

a un cuadrante, en el cual los 8 funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial van rotando para cubrir todos

los servicios que tiene encomendada esta Sección General.

Los cambios de turno de trabajo se realizan los jueves, coincidiendo con los cambios de guardia.

Esto supone un cambio con respecto al sistema anterior en que el día de libranza era el viernes.

Consideramos que el antiguo sistema era mejor porque los viernes las Salas de Vistas no suelen celebrar

juicios, cosa que normalmente no ocurre los jueves, lo que conlleva la disponibilidad de más

funcionarios de auxilio para el desempeño de las funciones del Servicio. Por este motivo, la libranza en

jueves significa vernos privados de un funcionario un día en que la carga de trabajo es mayor que en

viernes.

a) Atención al público y profesionales.

El servicio de información al público y profesionales que acuden al mostrador del Servicio

Común es atendido por dos Auxilios.

La atención telefónica se lleva a cabo a través de las cuatro terminales telefónicas designadas al

efecto, en un sistema en cascada en función de si la anterior se encuentra ocupada. La atención telefónica

se lleva a cabo por todos los funcionarios de la Sección presentes en el momento que se trate, incluidos

los Gestores de la misma, por tratarse la atención al ciudadano una tarea preferente dentro de las que

presta el Servicio.

Durante el pasado año se han atendido un total de 25.901 consultas, tanto de forma telefónica

como presencial, lo que supone un notable descenso respecto al año 2014, si bien ello puede ser debido a

que debido a lo farragoso que resulta registrar este tipo de actuaciones muchas veces los funcionarios

realizan la atención sin que esta quede grabada. Por parte de esta dirección ya se ha hecho hincapié en

que deben quedar registradas todas las actuaciones que se lleven a cabo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

390

Como ya se ha mencionado más arriba, empezamos a notar que cada vez es más utilizado el

correo electrónico como medio de comunicación de profesionales y particulares con el Servicio Común

de Ejecución. Sigue sin embargo utilizándose muy poco la dirección de correo creada como servicio de

información al público. Tal vez por parte del Gobierno Vasco debiera de realizarse alguna campaña

publicitaria a fin de darla a cono0cer al mayor número de ciudadanos posible.

Tampoco se ha utilizado prácticamente por los profesionales, el nuevo sistema de durante dos

horas diarias, de 9 a 10 y de 13 a 14 horas, en el mostrador de la Sección de Ejecución para presentar

escritos y demandas y realizar cualquier gestión. Es de destacar que la utilización de este servicio ha sido

prácticamente nula por parte de los profesionales.

b) Archivo y Depósito:

Como ya se ha puesto de manifiesto en anteriores informes, desde del día 1 de enero de 2011,

todos los expedientes tanto civiles como penales así como las ejecutorias incoadas a partir de dicha

fecha, ingresan en el archivo de forma informatizada a través de la aplicación Justiziabat, asignándoseles

una ubicación en el mismo con referencia al rodante, balda y caja en que dichos expedientes se

custodian.

Se ha establecido un calendario por semanas para que tanto las UPAD, como la Sección de

Ejecución puedan realizar las entregas de aquellos expedientes que deben ser custodiados en el archivo.

Este calendario no rige para aquellos expedientes ya archivados y de los cuales se solicita el desarchivo,

los cuales pueden ser entregados en cualquier momento.

Asimismo, de cara a facilitar en el futuro el expurgo de expedientes, no se han admitido por la

Sección General entregas para custodia si no consta diligenciado por el Secretario correspondiente que se

ha dado destino legal a los documentos, dinero y piezas de convicción que pudieran obrar en tales

procedimientos.

La relación de expedientes para su archivo se remite a este servicio informáticamente junto con el

correspondiente listado y haciendo constar expresamente si el archivo es provisional o definitivo.

Este servicio será prestado por 7 de los 8 funcionarios de Auxilio que no tienen asignados actos

de comunicación en la RPT, de forma que cada uno de ellos está encargado del archivo de los

expedientes de una UPAD y otro de los archivos del Registro Civil y dos grupos de atienden la Sección

de Ejecución dado el volumen de trabajo que genera. Cada Auxilio o grupo, en la semana que les

corresponda, atiende los desarchivos solicitados por las UPAD, Registro Civil y el Servicio Común de

Ejecución, asimismo recoge todas las entregas de los órganos judiciales según el calendario de entregas y

procede a su ubicación física y posteriormente, a su registro en el soporte informático y ubicación en

dicho soporte para una rápida localización.

El volumen de movimiento de expedientes del archivo durante el año 2014 arroja los siguientes

datos: Se han realizado un total de 10052 entregas por parte de los órganos a los que se presta servicio, lo

que supone una disminución respecto al año anterior el año anterior, y a su vez éstos han solicitado 750

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

391

préstamos, cifra ésta ligeramente más baja que la del año 2014. En cuanto a las devoluciones al archivo,

éstas han sido durante el pasado año 309.

El archivo de piezas de convicción en el Depósito de Efectos y devolución de las mismas, se

realiza por el otro funcionario de Auxilio de este Servicio que no tiene asignados actos de comunicación.

Este Auxilio recepciona los efectos y coteja el listado entregado con las piezas recibidas. Dado que la

aplicación Justiziabat no lo permite, el control de las piezas de convicción se realiza mediante la

aplicación informática antigua.

Durante el pasado año se realizaron un total de 173 entregas para su ingreso en el depósito,

número similar al mismo dato del año anterior, se han entregado a solicitud de las distintas Upad 12

entregas, y ha sido devuelto un solo efecto.

c) Asistencia a vistas.

En este Partido Judicial existen, tres Salas para la celebración de juicios y vistas, que son

atendidos por tres funcionarios del cuerpo de Auxilio que se turnan semanalmente según el cuadrante de

trabajo anteriormente indicado. Además estos funcionarios se encargan de las videoconferencias.

Respecto de las videoconferencias, debe mencionarse que si bien el protocolo de actuación sólo

prevé que por el Servicio Común se realicen las pasivas, esto es, las que solicitan órganos judiciales de

fuera del Partido Judicial, hasta ahora han venido realizándose tanto las activas como las pasivas, dado

que en las UPAD no existen funcionarios que sepan manejar el Sistema Arconte que se utiliza en estos

casos. Por ello o bien debiera incluirse en el Protocolo de Actuación esta función como una más de las

que presta el Servicio Común si es que así se considera que debe hacerse, o bien tras un periodo de

transición debiera dejar de prestarse el mismo.

Recientemente se ha dictado un acuerdo por parte de Sala de Gobierno del T.S.J. en el que, en

síntesis, se infiere que se entenderá que un órgano judicial de la C.A. del País Vasco tendrá por

debidamente cumplimentado un exhorto solicitándole una declaración, siempre que ponga a disposición

del órgano exhortante los medios técnicos necesarios para poder llevarla a cabo personalmente el juez

exhortante. A la luz de este acuerdo es de prever que en un futuro aumentará considerablemente el

número de videoconferencias pasivas que se soliciten al Servicio Común, lo que sin duda redundará en

su funcionamiento.

Durante el año 2013 se han atendido un total de 1904 señalamientos, habiéndose suspendido con

anterioridad a su celebración por causas ajenas a este Servicio 702 vistas.

Por lo que respecta a las videoconferencias, la Sección General ha intervenido en 195 durante el

pasado año, lo que supone un notable incremento respecto a las celebradas el año 2014, tal vez motivado

por la causa antes aludida. Se han suspendido por causas no imputables al Servicio un total de 11.

d) Correo y reprografía.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

392

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial presentes en la oficina, se encargan del reparto

diario del correo entre los órganos judiciales con sede en este edificio. Los lunes y jueves se recibe la

saca procediendo, igualmente, a su reparto.

El Auxilio que tenga encomendada cada día la función de apoyo a “oficina” presta su servicio a

las 6 UPAD y al Registro Civil mediante la subida y bajada de correo y expedientes, elaborar los listados

del correo certificado y ordinario, envío de faxes, empaquetado de los envíos de Fiscalía y mensajería,

hacer fotocopias, realizando tareas de archivo y desarchivo en la manera anteriormente indicada.

Existe en Colegio de Procuradores de este Edificio Judicial una máquina para la grabación de

CDs, que desde el mes de octubre de 2011, es usada por los propios Profesionales que obtienen las

copias de las vistas en que estén interesados directamente a través de la máquina expendedora.

Durante el año pasado se realizaron 1436 copias de vistas para su unión a sus respectivos

procedimientos.

La máquina dispensadora de copias de vistas a disposición de los Procuradores, viene siendo

utilizada desde octubre del año 2011, como ya se ha dicho. No obstante suele darse con cierta frecuencia

el problema de que los profesionales no pueden obtener las copias porque su personamiento en los

procedimientos se produce en el propio acto de la vista, no estando por lo tanto dados de alta como

intervinientes. En estos casos es el Servicio Común el que debe proporcionar las copias de las vistas a

dichos profesionales.

En cuanto al número de solicitudes para efectuar fotocopias de expedientes realizadas que fueron

durante el pasado año un total de 193, lo que supone un notable aumento con respecto al periodo

anterior.

e) Asistencia al Juez Decano.

El conjunto de actuaciones que el Servicio Común General debe desempeñar, conforme al art. 17

de la Resolución de 26 de julio de 2010 de la Directora de la Oficina Judicial y Fiscal, para asistir a la

Jueza Decana en la función de gobierno que le es propia se realizan por la funcionaria del Cuerpo de

Gestión que no tiene encomendada en la Relación de Puestos de Trabajo la realización de actos de

comunicación.

Dentro de las funciones encomendadas a esta Gestora se encuentran comprendidas, las que

siguen:

-Tramitación cuestiones que se planteen respecto a la interpretación de las Normas de Reparto e

incidencias o urgencias en relación a la prestación del servicio de guardia.

-Gestión de Juntas de Jueces, incluida la proposición de calendario de vacaciones.

-Gestión de nombramiento de jueces sustitutos e informes trimestrales sobre la actividad de los

mismos.

-Gestión y difusión de información, circulares y comunicaciones.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

393

-Otras cuestiones de apoyo similares a las funciones gubernativas para las que sea competente el

Juez Decano.

Además la Gestora encargada de esta tarea se encarga de actuaciones en materias específicas

como:

-Excusas del jurado consistente en la recepción del ciudadano, examen de la documentación

aportada, transcripción de la resolución y notificación de lo resuelto por la Jueza Decana al

interesado y en caso de haber sido estimada la excusa al Censo Electoral y archivo.

-Quejas, reclamaciones y sugerencias en su trámite se seguirán lo dispuesto en el Reglamento

1/1998, de 2 de Diciembre del CGPJ y consistirá en acoger al solicitante, examen de la

documentación, trascripción de los acuerdos de la Jueza Decana, la ejecución de lo en él

dispuesto, y la notificación a quien corresponda (órgano judicial, interesado, CGPJ).

-Solicitud de asistencia jurídica gratuita que consistirá en le recepción del ciudadano, examen de

la documentación aportada, recepción de la comparecencia y remisión al Colegio de Abogados.

-Designación de peritos para las solicitudes efectuadas por los órganos judiciales de esta sede.

En el pasado año la labor realizada en cumplimiento de esta función en términos numéricos fue

como se expone a continuación:

Se han tramitado 224 Expedientes de Justicia Gratuita, lo que supone que se mantiene la

tendencia al alza en este tipo de expedientes con respecto al pasado año.

Han sido interpuestas y se ha dado trámite a 17 quejas de ciudadanos.

Se han realizado 457 actas de apoderamiento apud acta.

Han sido convocadas 2 Juntas de Jueces.

No se ha tramitado en el periodo que nos ocupa ninguna cuestión de competencia.

Han sido incoados 4 expedientes para nombramiento de Jueces Sustitutos y se ha realizado el

nombramiento de 2 Jueces de Paz.

Han entrado un total de 430 comunicaciones de organismos ajenos al Servicio Común a las cuales

se ha dado oportuna difusión entre el órgano u órganos de su interés.

Se ha prestado servicio en otro tipo de asuntos entre los que se encuentran nombramiento de

peritos, juramentos de Jueces de Paz y Procuradores, certificaciones trimestrales de Jueces Sustitutos,

etc. Haciéndolo en un total de 59 actuaciones de este tipo.

El desempeño de estas funciones venía siendo llevado a cabo por una Gestora Procesal, si bien,

en aras de un mejor aprovechamiento de los recursos humanos se ha producido un cambio en la

organización.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

394

f) Registro y reparto.

El registro y reparto de demandas, escritos, comisiones rogatorias y asuntos penales se realiza

por una Gestora Procesal y tres funcionarias del Cuerpo de Tramitación Procesal. Como se observa, y ya

se ha mencionado anteriormente, se ha producido un cambio con respecto al pasado ejercicio en que sólo

tres tramitadores procesales llevaban a cabo esta tarea. Se venía observando que la Gestora del Servicio

que tenía encomendada la asistencia al Juez Decano tenía, en comparación con el resto de funcionarios

del servicio, una menor carga de trabajo. Así, se han encomendado algunas de sus funciones a los otros

dos gestores del servicio (el que tiene encomendados actos de comunicación y la gestora responsable),

pasando ella a desempeñar labores de registro.

Se consideraba oportuno que un funcionario de esta categoría llevara un control más riguroso

sobre la forma de registrar las demandas y escritos. Máxime cuando el pasado 1 de enero entró en vigor

la nueva clase de registro elaborada por el CGPJ, que exige un examen más minucioso de las demandas a

fin de poder catalogarlas conforme a la nomenclatura adecuada.

Se ha establecido un turno rotatorio de las tareas de registro, de tal forma que existen cuatro

bandejas de recogida: una de escritos, otra de demandas, y otra última para asuntos de guardia. Cada

Tramitadora tendrá asignado durante un mes el registro de una de las bandejas, pasado este mes

procederá al registro de los asuntos de otra de las tres bandejas. De esta manera, todas las funcionarias

conocen a fondo las tareas propias de este Servicio.

Las demandas y escritos que son presentados en el mostrador del Servicio Común son sellados y

depositados en las bandejas correspondientes, siendo recogidos por las Tramitadoras para su posterior

registro. El correo recibido a diario y la saca (lunes y jueves) es abierto y minutado por la gestora

responsable y depositado en la bandeja correspondiente. Las funcionarias del Cuerpo de Tramitación

recoge toda la documentación de estas bandejas para proceder a su registro y reparto.

Las denuncias, atestados, querellas, ampliatorias, testimonio de particulares e inhibiciones, previo

al registro, se entregan en el Juzgado de Guardia para que cada UPAD establezca sus pautas en el

registro y sean minutadas por el Magistrado de guardia. Junto al atestado o denuncia se registran las

piezas de convicción si las hubiere.

A diario las bandejas de entrada de escritos, demandas, asuntos penales y exhortos quedan vacías

y, el registro de los mismos se ha venido realizando en el mismo día o en el siguiente, cumpliéndose de

esta forma con los indicadores recogidos en la Carta de Servicios.

Efectuado el registro de todos los asuntos, por las Tramitadoras se procede al cotejo de los

mismos con los listados de envío a cada órgano judicial. Después se dejan los asuntos que han

correspondido a cada órgano junto con el listado en el cajetín que cada UPAD y Sección de Ejecución

tienen asignados en el Servicio Común, para que sea entregados por los Auxilios.

En el tablón de anuncios (libros) se saca una copia de los listados para profesionales e

intervinientes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

395

Los datos que arroja la aplicación informática respecto al número de asuntos registrados el pasado

año es el siguiente:

Se han registrado un total de 20.218 escritos, lo que supone un ligero descenso con respecto al

ejercicio 2014. En esta cifra están incluidos tanto aquellos dirigidos al orden jurisdiccional civil como al

penal, toda vez que la aplicación no hace distinción entre unos y otros.

También durante el pasado año se han registrado y repartido a las UPAD un total de 4.010

asuntos civiles, cifra ésta superior al anterior periodo.

En cuanto al orden jurisdiccional penal, durante el pasado año se han registrado un total de

10.028 procedimientos, lo que supone un ligero descenso con respecto al ejercicio 2014.

Durante el pasado año se han registrado un total de 4.666 Exhortos tanto civiles como penales, lo

que supone un notable aumento respecto al pasado ejercicio.

B) SECCION DE EJECUCIÓN

1) Recursos Humanos.

El personal asignado en las relaciones de puestos de trabajo del SCEJ es el siguiente:

- Una Gestora Responsable.

- Tres Gestores.

- Doce Tramitadores.

Sólo se ha producido durante el pasado año una baja de una funcionaria, de las que dan lugar al

nombramiento de funcionario interino por parte del Departamento de Justicia, esto es superior a tres

meses, la cual se produjo el día 23 de abril, no siendo cubierta la misma hasta el día 22 de mayo de 2014.

Organización del Servicio.

De conformidad con lo establecido en el art. 22 de la Resolución de 26 de julio de 2010, de la

Directora de la Oficina Judicial y Fiscal del Gobierno Vasco, el SCEJ se estructura en dos equipos: un

Equipo de Ejecución Civil y un Equipo de Ejecución Penal. Asimismo, debido a la reestructuración que

se tuvo que acometer con ocasión de la reducción de la plantilla operada mediante el anexo del Decreto

10/2012 de 12 de junio, los equipos se estructuran de la siguiente manera.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

396

1.- Equipo Civil

Dos Gestores.

Nueve tramitadores.

2.- Grupo de Familia y Ejecución penal.

Un Gestor.

Tres Tramitadores.

Asimismo diariamente asiste al Servicio un funcionario de Auxilio Judicial de los que componen

la plantilla del Servicio Común General y de Ejecución.

A fecha 31 de diciembre de 2015 existían 2.185 ejecuciones, tanto civiles como penales, en

estado TRA (Trámite), TRE (Reapertura), TSU (Suspendida), TSA (Suspendida por acuerdo)…etc. Esta

cifra supone un ligero descenso con respecto al período anterior.

El número de ejecutorias incoadas durante el periodo que va desde el día 1 de enero al 31 de

diciembre de 2015 ha sido el siguiente:

ETJ: 538

ENJ: 54

EFM: 134

EJH: 34

EJE: 334

Lo que hace un total de 1.094 nuevos procedimientos, que supone una cifra similar al año

anterior. Es de destacar que se mantiene la tónica en las cifras de incoación de EFM y sobre todo en

ejecuciones penales. Asimismo se mantiene en números más que discretos la incoación de EJH. A esta

cifra hay que sumar la cifra de las ejecuciones ya archivadas que se han reaperturado, y que han sido las

siguientes: 612 Ejecuciones. En cuanto a las Ejecutorias Penales el número de reaperturas ha sido de 4.

Han tenido entrada un total de 6.720 escritos dirigidos a ejecutorias civiles y sólo 45 escritos de

procedimientos penales.

Asimismo durante el año 2015 se han señalado un total de 71 subastas, lo que supone un ligero

retroceso respecto del ejercicio anterior, de las cuales se han celebrado 48.

Durante el mismo periodo se han archivado un total de 1.452 ejecuciones civiles y 324 ejecutorias

penales.

Por lo que respecta a las intervenciones solicitadas a las UPAD, en el orden civil se han realizado

un total de 295 intervenciones, quedando por resolver al finalizar el periodo que nos ocupa un total de 19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

397

procedimientos. No nos queda sino volver a incidir en que el número de intervenciones solicitadas por

este Servicio es proporcionalmente inferior al de otros partidos judiciales, debido a que el dictado de los

autos despachando ejecución y dictando orden general se realizan en el propio servicio sin que en estos

casos se solicite la intervención de las UPADs.

En cuanto a las intervenciones solicitadas a las UPADs en el orden penal han sido solamente 7,

cifra que representa un descenso respecto al año 2014, no quedando ninguna de ellas pendiente de

resolver al finalizar el pasado ejercicio.

Se sigue echando en falta la dotación de este Servicio con una Cuenta de Consignaciones.

Efectivamente, la mayor parte de los asientos en las cuentas de las UPAD son realizados en algún

procedimiento de ejecución, por lo que lo lógico sería que este Servicio tuviera asignada su propia

cuenta, máxime cuando durante el pasado año se ha procedido a dotar a la Sección General de su propia

Cuenta de Consignaciones. No vemos óbice en que si se dota a esta sección con dicha herramienta, con

mayor motivo debería hacerse con la Sección de Ejecución, donde el número de movimientos que se

realizarían sería muchísimo más elevado.

Para solventar este problema, como ya se ha expuesto en anteriores ocasiones, se ha habilitado en

las cuentas de las UPAD a los tres Secretarios del Servicio, por un lado; así como a la Gestora

Responsable y la Gestora de Familia y Ejecutorias Penales, por otro.

Recientemente también se ha realizado una modificación de la aplicación del Punto Neutro

Judicial, de forma que ahora no se puede realizar la comunicación de ingreso de tasas judiciales a la

AEAT desde el contexto del Servicio Común, debiendo hacerse sólo desde las UPAD. Esto no nos

parece conveniente puesto que muchos procedimientos que llevan aparejado el pago de la tasa, tales

como ENJ o EJH, se presentan directamente al SCEJ, por lo que lo lógico sería poder realizar desde este

servicio tales comunicaciones. Máxime cuando desde cualquier UPAD se pueden realizar las

comunicaciones de cualquiera de las de este Partido Judicial.

Enlazando con lo anterior tampoco se pueden realizar comunicaciones seguras a través del Punto

Neutro Judicial en el contexto Servicio Común, puesto que la aplicación no lo reconoce como órgano

judicial, debiendo cambiarse de contexto a alguna de las Upad para poder llevar a cabo dichas

comunicaciones.

También se continúa utilizando la aplicación de la Cuenta de Consignaciones para realizar

embargos telemáticos de cuentas a la vista. Con ello se agilizan este tipo de actuaciones, a la par que se

disminuye notablemente el correo generado por el servicio, puesto que ya no es necesario el envío

masivo de oficios a las distintas entidades bancarias.

No obstante, desde la implantación de este sistema han venido observándose algunos problemas

derivados de su funcionamiento. El primero y quizás el más importante es que cuando se ordena un

embargo telemático y se encuentra dinero en alguna entidad, el sistema no discierne la procedencia de

dicha cantidad. Ello puede derivar, como sucede en algunas ocasiones, en que se puede embargar a una

persona un sueldo o pensión inembargable conforme a la ley.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

398

Tampoco es posible saber de qué cuenta se ha obtenido el dinero embargado, lo cual puede ser

útil cuando hay que devolver (por la causa que sea) el dinero a su origen, lo cual si bien no es muy

frecuente, sí que se da de forma puntual.

Tampoco permite la aplicación, una vez que el embargo está en proceso de traba, proceder a su

anulación, opción esta que entendemos debería estar disponible en todo momento hasta el momento

mismo del efectivo embargo de una cuenta.

El segundo problema, derivado en este caso del ya aludido de inexistencia de una cuenta de

depósitos propia del Servicio Común; es que las respuestas por parte del Consejo a las solicitudes de

embargo realizadas, se realizan a través de la Intranet de las Upad, esto es, debemos entrar en las seis

cuentas de correo de las mismas para poder obtener el documento acreditativo del resultado del embargo.

OBJETIVOS PARA EL AÑO AÑO 2016

Además de mantener los compromisos que se contienen en la Carta de Servicios elaborada por la

Dirección de la oficina Judicial y Fiscal para este Servicio Común, y que creemos que se están

cumpliendo satisfactoriamente, debemos procurar mantenermos.

SECCIÓN GENERAL

1.- Depósito:

1º) Registrar informáticamente todas las piezas dándoles ubicación en la aplicación en el plazo de

dos días desde su entrega por el Juzgado de Guardia.

2.- Actos de comunicación:

Cumplimentarlos en menos de 10 días hábiles. A modo de ejemplo, durante el último trimestre

del pasado año el tiempo medio de realización de los actos de comunicación unipersonales fue de 6 días.

Actualizar la aplicación informática registrando y dando de baja todos los actos de comunicación.

3.- Solicitudes de cooperación judicial internacional:

Cumplimentarlas en menos de 1 mes

4.- Registro

1º) Registro de escritos: en un máximo de dos días desde su presentación.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

399

2º) Registro de demandas: en máximo de dos días desde su presentación.

3º) Actos de comunicación (alta): en máximo de dos días desde su recepción.

4º) Registro de asuntos penales: en un máximo de dos días.

5º) Registro de quejas: en el mismo día de su presentación o en el siguiente hábil.

5.- Archivo:

Realizar el desarchivo en un máximo de tres días desde la recepción de la solicitud.

La entrega de procedimientos podrá hacerse en varios días para que de esta forma no se

perjudique el trabajo diario del órgano de que se trate.

6.- Información:

Realizar el registro informático del servicio de información (a fin de cuantificarlo, comparar con

otros partidos y poder hacer un seguimiento de su evolución posterior). Se registrarán también las

llamadas telefónicas en que el Servicio interviene simplemente como mera “centralita”.

Se pondrá especial cuidado en velar por el cumplimiento de este objetivo, puesto que se viene

constatando que los funcionarios del servicio, debido quizás a lo complicado de al aplicación, pasado un

tiempo dejan progresivamente de registrar las actuaciones.

7.- Actos de ejecución (lanzamientos, tomas de posesión, embargos, remoción de depositarios):

No suspensión por causas imputables al Servicio.

Realización en un máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud. Durante el cuarto

trimestre del año 2013 el tiempo medio de realización de estos actos ha sido de 11 días.

8.- Fotocopias:

Realización en un plazo máximo de dos días desde la recepción de la solicitud.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

400

SECCIÓN DE EJECUCIÓN

1.- Lanzamientos y tomas de posesión / embargos:

No suspensión por causa imputable al SCEJ.

2.- Proveído de escritos:

Proveer los escritos en menos de 20 días.

3.- Número de ejecuciones civiles: Tramitar o archivar provisionalmente toda ejecución que lleve más

de 6 meses sin actuación alguna.

4.- Ejecutorias penales:

Mantener o reducir el porcentaje de Ejecutorias en trámite respecto a las iniciadas.

5.- Incoación de ejecuciones:

En un máximo de dos días desde la recepción de la demanda o del auto de ejecución penal.

6.- Dictado del decreto de inicio:

En el mismo día o en el siguiente hábil desde el dictado del auto.

7.- Pagos:

Tener actualizados los pagos mensualmente. No deben transcurrir más de quince días desde el

ingreso de las cantidades en la cuenta y la expedición del mandamiento de pago.

9.- Actualización de la aplicación informática:

1º) Dar de baja los escritos pendientes de proveer

2º) Dar de baja las notificaciones

3º) Validación de resoluciones

4º) Titulación de resoluciones

5º) Actualización de estados y fases.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

401

6. 4 EVALUACIÓN DE LA N.O.J. EN GIPUZKOA

Tras cinco años de funcionamiento de la NOJ puede afirmarse que el rendimiento del SCEJ se

encuentra estabilizado. La tramitación de las ejecuciones, tanto civiles como penales, se lleva a cabo con

un ritmo uniforme y adecuado.

A través de revisiones periódicas de las ejecuciones penales, se cumple el objeto de impulso de

oficio del trámite dentro de los plazos establecido a fin de evitar prescripciones. Igualmente se

comprueba, si penden de una responsabilidad, si el responsable ha llegado a mejor fortuna a efectos de

liquidación.

La coordinación con los juzgados es fluida y se efectúa en los plazos establecidos. Remitiéndose

las causa siempre que requieran la intervención judicial. Sin embargo, en el partido judicial de Irún existe

un acuerdo con los Jueces de forma que son los funcionarios del SCEJ y no los de la oficina judicial

quienes elaboran las resoluciones judiciales más sencillas. Para ello se han recabado los necesarios

criterios judiciales a fin de poder elaborar dichas resoluciones. Hasta la fecha este sistema ha funcionado

y ha permitido concentrar y homogeneizar trámites que antes se desdoblaban entre el Juzgado y el SCEJ,

caso de autos de ejecuciones dinerarias con condena clara, autos de ampliación de la ejecución o de

sucesión procesal por transmisión de crédito. En el ámbito penal, se elaboran todas las providencias y

autos de las Ejecutorias con excepción de: auto inicial de ejecución, auto por el que se resuelve el recurso

de reforma o de revisión, auto por el que se resuelve el incidente de nulidad de actuaciones y en general

todos aquellos otros supuestos en los que resulte necesaria una valoración judicial respecto a la cual el

Servicio no cuente con un criterio preestablecido por los Jueces.

Por lo demás, y por lo que respecta al personal se observa una mejora paulatina en relación a los

conocimientos iniciales. Un factor esencial es la estabilidad en los destinos que en general desde el

inicio se mantiene sin modificación.

En definitiva, la creación de un servicio común de ejecución ha dado lugar a un mayor control de

las ejecuciones, lo que ha permitido una disminución de su pendencia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

402

6.4.1 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL DE AZPEITIA

1.- SITUACIÓN DEL PERSONAL.

A lo largo de año 2015 la movilidad del personal ha sido muy importante.

La gestora responsable del Servicio sigue siendo Arantza Mendez.

Pero la gestora del Servicio Común que llevaba años con nosotros, Dña. Iciar Begoña Candel

Carro, cesó por no cumplir con el perfil de euskera el 13 de noviembre de 2015, siendo una gran pérdida

para este Servicio por la gran valía que demostraba.

Actualmente lleva escasamente un mes nombrado una persona carente de experiencia que de

momento está aprendiendo el funcionamiento y las funciones propias del gestor.

El personal de tramitación se mantiene igual que el año anterior.

En cuanto al cuerpo de auxilio judicial, Dña. Garbiñe Ibarzabal estuvo de baja médica en el mes

de febrero y desde el 9 de noviembre de 2015 hasta la actualidad ha vuelto a causar baja médica. Aunque

esta última baja ha sido cubierta por Recursos Humanos del Gobierno Vasco, y aunque existe retraso en

determinadas áreas dada la falta de experiencia del personal se está haciendo un gran esfuerzo por parte

del mismo.

En diciembre de 2014 fue nombrado D. Julio Garate que al igual que la gestora cesó el 13 de noviembre

de 2015 por carecer de perfil de euskera, siendo designada un auxilio también carente de experiencia en

dichas labores.

Todas estas situaciones de personal ha dado lugar a la sustitución entre cuerpos tal y como se

recoge en las normas de funcionamiento interno dictadas por la Secretaria-Directora.

2.- SITUACIÓN MATERIAL.

En relación con la situación material, quizás sea destacable la problemática de la práctica de

videoconferencias ya sea en las multiusos de las Upad o en la Sala de Vistas con órganos

jurisdiccionales de fuera del País Vasco, existen numerosas incidencias de imposibilidad de conectar

correctamente las mismas.

Si es de destacar en relación con las videoconferencias que en ocasiones cuando se deben de

realizar varias videoconferencias simultaneas solicitadas vía exhorto puede darse la casualidad de que las

salas multiusos de las dos upad estén ocupadas y se observa que hay una falta de espacio o de previsión

en el diseño del edificio en cuanto a la posibilidad de tener una tercera sala multiusos para uso del

Servicio Común en dicha materia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

403

En relación con el gasto de taxi se sigue realizando un control del gasto del taxi.

- GASTO TAXI EL PRIMER TRIMESTRE 551 €

- GASTO TAXI EL SEGUNDO TRIMESTRE 518€

- GASTO TAXI EL TERCER TRIMESTRE ES 320.45€

- GASTO TAXI EL CUARTO TRIMESTRE ES 234.50€

3.- SITUACIÓN.

3.1. ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Se han recibido 5 quejas en el Juzgado Decano, aunque ninguna dirigida al funcionamiento del

Servicio Común de Azpeitia.

Los motivos han sido varios, 3 quejas dirigidas al Registro Civil de Aia y por ende al de Azpeitia

en relación con la expedición de certificados literales de defunción.

Una queja recibida dirigida al Juzgado de Paz de Zarautz en relación con el horario señalado para

la celebración de un matrimonio, resuelta igualmente.

Una queja recibida en relación con el retraso en la tramitación de un procedimiento de la Upad nº

2 de Azpeitia.

En relación con los datos estadísticos de información al público es de reseñar el gran número de

solicitudes que se reciben en el mostrador de información al público o vía telefónica. Aunque a

principios de año con motivo de la nueva incorporación del auxilio judicial se dio una disminución en el

número de informaciones al público registradas por no haberse realizado un buen registro de las mismas,

al igual que en el mes de diciembre que tampoco se han registrado adecuadamente por parte del auxilio

judicial dichas informaciones.

En cambio se siguen sin recibir emails en la dirección electrónica de “Información al público de

Azpeitia”.

En el correo electrónico creado para el Juzgado Decano de Azpeitia, se reciben comunicaciones

del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

404

3.2. ASISTENCIA A SALA.

La asistencia a sala se ha realizado sin ninguna incidencia, a salvo de lo que ya se ha comentado

en relación con la celebración de Videoconferencias con órganos judiciales de fuera del territorio del País

Vasco.

3.3. ACTOS DE COMUNICACIÓN.

Los actos de comunicación se realizan con normalidad y se realizan dentro del periodo

establecido por los indicadores, a excepción de los periodos vacacionales o bajas de personal en los que

se reduce el personal y que en alguna ocasión pueden saltar algún indicador.

Al igual que en años anteriores se está controlando el gasto de taxi y por lo tanto se acumulan el

mayor número de actos para poder salir en solo una vez, que en ocasiones supone que salte algún

indicador.

El tiempo medio mensual de realización de los actos de comunicación es de 5 o 6 días.

Un tema que se examina y se comenta en las numerosas reuniones que se mantiene con el

personal de auxilio, tanto por la Secretaria Directora como por parte de la Gestora Responsable como la

Gestora de Decanato en cuanto la corrección a la hora de cumplimentar los actos, etc.

3.4. REGISTRO Y REPARTO.

Se realiza con normalidad a diario el registro tanto de atestados, escritos, como de demandas

civiles. Se puede retrasar puntualmente el registro por motivos de licencias y permisos.

Este año se ha mantenido el reparto entre las tramitadoras acordada en el año 2014,

correspondiendo a la tramitadora que asiste a IVML el registro de demandas civiles, que además se

acordó debería realizar en las dos primeras horas del día a excepción de los lunes en los que la

dedicación es exclusiva para asistencia a clínica forense.

A la otra tramitadora le corresponde el registro de atestados y escritos.

Sin perjuicio de que en momentos de licencias o permisos se sustituyan entre ellas.

Se siguen devolviendo los escritos mal presentados a los procuradores cuando no hay forma de

localizar el procedimiento al que van dirigidos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

405

3.5. ARCHIVO Y DEPÓSITO.

En relación con el depósito de piezas de convicción como ya se ha ido informando

periódicamente se ha hecho un gran avance en el expurgo de las mismas. La Upad nº 2 finalizó con el

expurgo y la Upad nº 1 no le queda mucho por finalizar. El equipo de mejora del Servicio Común ha

considerado que una vez finalizado con el expurgo por parte de la Upad nº 1 realizaran una reubicación y

organización de las piezas que se queden archivadas en el Depósito. Pero esta circunstancia está todavía

pendiente dada la movilidad del personal.

En relación con el archivo de expedientes se ha continuado con el equipo de mejora aperturado en

el mes de septiembre de 2014 con el objetivo de buscar aquellos expedientes anteriores al año 2010 que

no están en las upad y no constan archivados correctamente, con la finalidad de buscarlos, y registrarlos

informáticamente en su correcta ubicación.

En el primer semestre del año se ha procedido a buscar dichos expedientes y se ha realizado un

seguimiento del Equipo de Mejora con la Gestora Responsable y los auxilios judiciales.

3.6. ASISTENCIA AL DECANO.

Nada que reseñar.

3.7. REPROGRAFIA.

Tanto las fotocopias y las copias de CD se realizan con normalidad.

3.8. CORREO Y PAQUETERIA.

Funciona con normalidad.

Se sigue manteniendo la “costumbre” de que el auxilio judicial se traslade a la oficina de Correos

para la recogida del correo.

3.9. ASISTENCIA AL IVML.

Funciona con normalidad.

3.10. OTROS

Se ha conseguido que el Servicio de Mantenimiento habilite la captura de llamadas de un puesto a

otro, con lo que se facilita el trabajo de la oficina.

Se procura mantener mensualmente reuniones con el personal del Servicio Común tanto por parte

de la Gestora Responsable como por parte de la Secretaria-Directora, a excepción de los meses

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

406

complicados en el sentido de ausencia de personal por licencias o vacaciones y falta de personal

(especialmente del cuerpo de auxilio judicial que es el cuerpo que más temas implica)

4.- CALIDAD.

El desglose de las no conformidades que han existido en el año 2015 es el siguiente:

En total han sido 10 no conformidades de las cuales todas han sido imputables al cuerpo del

auxilio judicial.

Cuatro de ellas han sido por transcurso del plazo de previsión para la entrega de préstamos

solicitados de expedientes, cuyas causas son por inobservancia de las normas y por falta de atención a la

hora de realización del préstamo.

El resto de las no conformidades se han dado en el indicador de la previsión de tres días para la

salida de los actos de comunicación y la causa principal es por falta de personal a la hora de realizar las

mismas, por permisos, licencias o bajas médicas.

Se adjunta en anexo al presente informe la relación de no conformidades.

Se adjunta asimismo mediante anexo la plantilla de calidad relacionada con el informe anual de

gestión en relación con los indicadores y acciones para su conocimiento.

5.- ESTADÍSTICAS.

Mensualmente se han remitido las estadísticas del Servicio Común a la Secretaria Coordinadora

de Gipuzkoa.

Trimestralmente se remiten al Consejo General del Poder Judicial la estadística trimestral del

Servicio, habiendo sido aprobadas todas hasta el momento.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

407

5.1. ESTADÍSTICAS MENSUALES.

INFORMACIÓN AL PÚBLICO

MESES DATOS.

ENERO 272

FEBRERO 279

MARZO 677

ABRIL 769

MAYO 828

JUNIO 1204

JULIO 1132

AGOSTO 695

SEPTIEMBRE 782

OCTUBRE 560

NOVIEMBRE 615

DICIEMBRE 256

SCACE

MESES SCACE

ENTRADA

SCACE

REALIZADOS

SCACE

PENDIENTES

ENERO 82 69 19

FEBRERO 131 143 13

MARZO 96 96 13

ABRIL 122 139 11

MAYO 147 124 12

JUNIO 164 115 32

JULIO 139 134 10

AGOSTO 108 92 26

SEPTIEMBRE 142 108 7

OCTUBRE 150 111 15

NOVIEMBRE 110 97 20

DICIEMBRE 94 115 16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

408

FOTOCOPIAS Y DVD

MESES SOLICITUD REALIZADAS PENDIENTES

ENERO 0 0 0

FEBRERO 3 3 0

MARZO 11 11 0

ABRIL 8 8 0

MAYO 4 4 0

JUNIO 5 5 0

JULIO 3 3 0

AGOSTO 1 1 0

SEPTIEMBRE 6 6 0

OCTUBRE 3 3 0

NOVIEMBRE 3 3 0

DICIEMBRE 3 3 0

VIDEOCONFERENCIAS

MESES SOLICITADAS REALIZADAS PENDIENTES

ENERO 7 3 8

FEBRERO 7 7 0

MARZO 10 11

ABRIL 5 8

MAYO 9 8 2

JUNIO 7 6

JULIO 2 3

AGOSTO 3 0 7

SEPTIEMBRE 6 2

OCTUBRE 7 8

NOVIEMBRE 8 14

DICIEMBRE 3 9

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

409

APUD ACTAS

MESES REALIZADAS

ENERO 16

FEBRERO 22

MARZO 39

ABRIL 20

MAYO 17

JUNIO 30

JULIO 27

AGOSTO 4

SEPTIEMBRE 28

OCTUBRE 21

NOVIEMBRE 20

DICIEMBRE 41

PIEZAS DE CONVICCIÓN

MESES REGISTRADA PRESTADAS+DEV+DESTRUIDAS

ENERO 6 0

FEBRERO 7 0

MARZO 41 3

ABRIL 8 0

MAYO 10 0

JUNIO 0 6

JULIO 5 2

AGOSTO 24 27

SEPTIEMBRE 14 6

OCTUBRE 10 2

NOVIEMBRE 12 1

DICIEMBRE 27 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

410

ARCHIVO DE EXPEDIENTES JUDICIALES

SALA REALIZADA

MESES REALIZADA

ENERO 37

FEBRERO 46

MARZO 38

ABRIL 30

MAYO 42

JUNIO 55

JULIO 37

AGOSTO 0

SEPTIEMBRE 5

OCTUBRE 42

NOVIEMBRE 44

DICIEMBRE 19

MESES REGISTRADOS PRESTADO+DEVOL

ENERO 52 58

FEBRERO 104 104

MARZO 494 160

ABRIL 260 80

MAYO 109 79

JUNIO 218 87

JULIO 305 95

AGOSTO 317 189

SEPTIEMBRE 483 133

OCTUBRE 188 37

NOVIEMBRE 26 49

DICIEMBRE 260 88

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

411

CIVIL Y PENAL

MESES CIVIL PENAL

ENERO 69+407 289+106

FEBRERO 90+466 265+117

MARZO 88+475 265+133

ABRIL 80+455 260+143

MAYO 109+423 276+123

JUNIO 98+471 340+119

JULIO 95+94 346+1

AGOSTO 9+11 338+21

SEPTIEMBRE 110+556 233+115

OCTUBRE 94+487 379+121

NOVIEMBRE 77+451 312+105

DICIEMBRE 127+417 222+108

5.2. ESTADÍSTICAS TRIMESTRALES remitidas al CGPJ

TRIMESTRES Mov.gen. regis Mov.gen.devuel Mov.gen.ptes Mov.gen.tiempo

PRIMER 321 304 18 4

SEGUNDO 383 378 23 4

TERCER 305 333 5 4

CUARTO 323 324 4 6

TRIMESTRES DILG.COM.REC DILG.COM.REA DILG.COM

PTES TIEMPOMEDIO

PRIMERO 5 3 1 3+5

SEGUNDO 3 4 0 13

TERCERO 2 2 0 5

CUARTO 0 0 0 0

TRIMESTRES ACTOS.COM.RECI ACTOS.COM

REA

ACTOS.COM

PEND

PRIMERO 409 388 27

SEGUNDO 478 471 34

TERCERO 398 434 11

CUARTO 422 426 7

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

412

TRIMESTRES EXH.RECIBIDOS EXH.

REALIZADOS EXH.PENDIENTES

PRIMERO 86 81 43

SEGUNDO 79 87 40

TERCERO 58 60 9

CUARTO 62 64 3

Como es de observar los datos que se aprecian en las estadísticas suelen ser constantes en cuanto

al volumen de trabajo que se aprecia y se mantiene. Sin que hubiera nada que destacar.

6.- CONCLUSIÓN Y OBJETIVOS.

A modo de conclusión se ha de destacar que la evolución de estos cinco años de la implantación

de la NOJ en Azpeitia y en especial del Servicio Común de Azpeitia ha sido positiva, existe una manera

de trabajar correcta y regulada.

Además una vez organizados los archivos territoriales de expedientes judiciales y de piezas de

convicción la mejoría es ostensible.

Los objetivos consistirían en continuar con la labor que se está realizando con independencia del

personal existente.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

413

6.4.2 SERVICIO COMUN GENERAL Y DE EJECUCION DE BERGARA

1.- SECCIÓN GENERAL

1.1.- Medios Personales

La dotación de personal actual sigue siendo la establecida en el momento de entrada en

funcionamiento de este Servicio Común y consta de:

- Gestor Responsable: 1 (compatibiliza con SCEJ)

- Gestión Procesal: 1

- Tramitación Procesal: 1

- Auxilio Judicial: 6

La dotación de personal en cuanto al número de funcionarios se considera suficiente para

atender la carga de trabajo ordinaria y en general, puede concluirse que, la carga de trabajo recibida ha

sido atendida dentro de los plazos previstos para su ejecución en el Manual de Procedimientos 2012 y

Normas de Funcionamiento Interno de este servicio.

1.2.- Estadísticas

Este Servicio Común Procesal entró en funcionamiento el 7/11/2011 por lo que se dispone de

datos que permitan efectuar una comparativa estadística de la evolución de la carga de trabajo recibida

y realizada entre los año 2.014 y 2.015 para contrastar la evolución en términos anuales.

INFORME DE GESTIÓN DEL AÑO 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

414

1.2.1.- ESTADISTICA ANUAL: COMPARACIÓN AÑO 2.014-2015:

1.2.1.1.- Datos Comparativos 2014 y 2015:

TIPOS REGISTRO 2.014 2.015 Variación

numérica Variación %

Asuntos Civiles 1.537 1.895 358 23,29%

Escritos Civiles 7.406 7.398 -8 -0,11%

Exhortos Civiles 176 134 -42 -23,86%

Asuntos Penales 3.898 4.032 134 3,44%

Escritos Penales 1.700 1.899 199 11,71%

Exhortos Penales 777 761 -16 -2,06%

Auxilio Judicial Recibidas 12 13 1 8,33%

Internacional Cumplimentadas 12 9 -3 -25,00%

Actos Comunicación Registradas 1.272 1.347 75 5,90%

Unipersonales Dadas de Baja 1.327 1.367 40 3,01%

Actos Comunicación Registrados 46 22 -24 -52,17%

Comision Dados de Baja 44 26 -18 -40,91%

Quejas, Sugerencias 6 5 -1 -16,67%

Reclamaciones

Poder <<Apud Acta>> 232 254 22 9,48%

Justicia Gratuita 8 18 10 125,00%

Otros Exp. Gubernativos 36 27 -9 -25,00%

Registros Información 18.647 16.989 -1658 -8,89%

Asistencia Sala 712 703 -9 -1,26%

Reprografia Recibidas 580 831 251 43,28%

Realizadas 580 831 251 43,28%

Video-Conferencias Recibidas 53 51 -2 -3,77%

Realizadas 52 44 -8 -15,38%

Depósito Judicial Entradas 155 211 56 36,13%

Salidas 72 87 15 20,83%

Incorporados 4.606 5.055 449 9,75%

Archivo Judicial Prestados 946 1.032 86 9,09%

Devueltos 812 862 50 6,16%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

415

1.2.1.2- Valoración

En las distintas áreas que conforman la Sección General cabe destacar:

a).- En el área de Registro y Reparto, ha de indicarse que las peticiones han sido debidamente

atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

Respecto de la carga de trabajo registrada en el año 2015, en materia civil la tendencia general

ha sido de incremento moderado de asuntos: 23,29%, resultando prácticamente idéntica la

cantidad de escritos recibidos: -0,11% y en materia penal presenta incremento leve (asuntos:

3,44 %, escritos: 11,49 %), de lo que cabe concluir que, en esta anualidad, la recepción de carga de

trabajo ha aumentado moderadamente en los asuntos civiles recibidos y ligeramente en materia penal,

respecto del nivel del año precedente.

En materia de auxilio jurisdiccional la tendencia general en el año 2.015 ha sido mixto

(civiles: -23,86 % y penales: 2,06 %) afectando la disminución a la jurisdicción civil y siendo similar

en materia penal la carga de trabajo recibida.

b).- En el área de Actos de Comunicación y de Ejecución, ha de indicarse que las peticiones

han sido debidamente atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

Al respecto se constata que en el año 2.015 se ha producido un ligero incremento en Actos

Comunicación Unipersonales (5,90 %) y una fuerte disminución de Actos en Comisión (-52,17 %)

y un ligero incremento de Actos de Auxilio Judicial Internacional (8,33%), cuya justificación cabria

encontrarla en que las oficinas judiciales internas y externas – excepto auxilio judicial internacional- a

esta sede judicial han visto aumentada su necesidad de acudir, en materia de actos de comunicación

unipersonal, no así en los actos en comisión, a este Servicio Común Procesal.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

416

c).- En el área de Información al Público ha de indicarse que las peticiones han sido

debidamente atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

Al respecto, la tendencia general en el año 2.015 ha sido su ligera disminución (-8,89 %) cuya

justificación hay que encontrarla no tanto en la disminución de la carga de trabajo atendida sino en que

resulta <<farragoso>> su registro informático ya que el personal está atendiendo al

público, presencial o telefónicamente, y debe de realizar simultáneamente la anotación de

la prestación del servicio.

d).- En el área de Asistencia a Sala la prestación se ha realizado correctamente, si bien se

constata que en el año 2015 se ha producido un levísima disminución (-1,26 %).

e).- En el área de Archivo Judicial, ha de indicarse que las peticiones han sido debidamente

atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

En cuanto al movimiento de asuntos, se constata que en el año 2.015, ha aumentado

ligeramente el nivel de incorporación de asuntos ha sido superior (9,75 %).

Respecto de los movimientos de expedientes prestados su incremento en el año 2.015 (9,09

%) se encuentra dentro de un margen normal, puesto que supone una variación derivada de la propia

actividad judicial.

En cuanto a los movimientos de expedientes devueltos al Archivos en el año 2.015, se ha

producido un ligero incremento (6,16 %) cuya justificación es ajena a este Servicio Común, ya se

deriva de la actividad judicial ordinaria de las UPADS de este partido Judicial.

Por último, señalar que en noviembre de 2015 se ha procedido al traslado de los Expedientes

Civiles y Penales archivados definitiva y provisionalmente entre el 01/01/2011 y 31/12/2.011 al

Palacio de Justicia de Éibar, lo que de momento, impedirá el colapso del espacio disponible para

ubicación de expedientes en el Palacio de Justicia de Bergara.

f).- En el área de Depósito Judicial, ha de indicarse que las peticiones han sido debidamente

atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

Al respecto, la tendencia general en el año 2.015 ha sido el aumento notable de las entradas:

36,13 % y el aumento de las salidas: 20,83 %).

No obstante, reiterar la apreciación sobre la práctica de existente de que en las Oficinas

Judiciales no se resuelve sobre el destino legal de las Piezas y Efectos intervenidos, de manera que

el Depósito Judicial acaba y acabará convirtiéndose en un “almacén-basurero”.

g).- En el área de Correo, Paquetería y Despachos Internos la “comunicación” se ha

realizado a través de los mecanismos y pautas previstos en la NOJ entre las UPADS y la Sección

General.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

417

h).- En el área de Reprografía y Medios materiales ha de indicarse que las peticiones han

sido debidamente atendidas, sin que se hayan producido incidencias en su realización.

En materia de Reprografía, la tendencia general en el año 2.015 ha sido su notable incremento

(43,28 %) siendo de destacar que ha sido atendida en su totalidad.

En materia, de Medios Materiales, ha de indicarse que el nuevo sistema de gestión centralizada de

petición de materiales a través de la Sección General, ha funcionado con normalidad.

i).- En el área de Asistencia al Servicio de Guardia ha de destacarse que el servicio ha sido

prestado con normalidad y sin incidencias.

j).- En el área de Asistencia a la o al Juez Decano ha de destacarse que el servicio ha sido

prestado con normalidad y sin incidencias.

Al respecto, hay que indicar el moderado descenso (-25%) apreciado en Otros Expedientes

Gubernativos.

Por otra parte, la asistencia en materia de Justicia Gratuita en el año 2.015 se ha aumentado

significativamente (125%) a consecuencia de la disminución de peticiones efectuadas por los

ciudadanos para remisión a otras sedes judiciales fuera de Gipuzkoa.

1.3.- Necesidades

1.3.1.- Personales:

1.3.1.1.- Plantilla:

La dotación de personal, como ya se ha dicho, se considera adecuada para que, en condiciones

normales, es decir, cuando se encuentra la integridad de la plantilla (incluidas libranzas y permisos) en

el ejercicio de sus funciones, para atender la carga de trabajo que recibe este Servicio Común.

1.3.1.2.- Formación:

- En materia de actos de comunicación y ejecución: se trata de una materia que presenta una

casuística muy variada, que justificaría una formación específica, tanto al personal de Auxilio, como al

de Gestión (que debe intervenir en los actos en comisión).

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

418

1.3.2.- Materiales:

En materia de medios materiales, se considera que su dotación es la adecuada.

No obstante, se insiste es que el espacio físico en el que está instalada la Sección General

resulta insuficiente ya que sería necesario disponer un lugar separado (sala) para almacenaje de

materiales (oficina, paquetería, expedientes, …) y realización de tareas (correo, paquetería, archivo,

piezas, fotocopiado, ..…) que ahora se realiza conjuntamente en el mismo espacio físico por lo que se

ve afectado por otras tareas (atención al público presencial, teléfono) .

1.4.- Actuaciones emprendidas y resultado:

En relación a los objetivos planteados en el Informe del Año 2.015 ha de indicarse que:

a).- En materia de cumplimiento de los compromisos enunciados en la Carta de Servicios ha de

indicarse que se ha procedido a su realización.

b).- El sistema de calidad implantado en el año 2.013, ha de indicarse que se ha procedido a su

realización.

c).- Recabar de las UPADS se proceda a dar destino a las Piezas Informatizadas con anterioridad al

año 2.007, ha de indicarse que se ha insistido en su realización y queda pendiente de la decisión de cada

Juzgado de esta sede judicial.

d).- Reuniones: Semanalmente (lunes 8:30 aprox.) se mantiene una reunión con todos los

componentes de la Sección General (Gestor Responsable, Gestor, Tramitador y Auxilio Judicial) a fin de

analizar, según corresponda, la carga de trabajo pendiente, aplicación de instrucciones, revisión

organizativa de organización, sugerencias dudas, quejas y reclamaciones internas y demás cuestiones que

el personal considere plantear.

e).- Modificaciones Normas de Funcionamiento Interno: Con carácter general, se mantienen las

normas establecidas hasta ahora dictadas para la Sección General del Servicio Común Procesal.

1.5.- Balance Final:

En relación a la situación de la Sección General ha de indicarse que el año 2.015 el sistema de

trabajo y organizativo derivado de la implantación de la NOJ y se ha realizado con normalidad.

1.6.- Previsión de futuro:

1.6.1.- Objetivos para 2016:

a).- Cumplir los compromisos enunciados en la Carta de Servicios.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

419

b).- Mantenimiento de la realización de la carga de trabajo en los plazos previstos en el Manual

de Procedimientos.

1.6.2.- Propuestas:

a).- La existencia de un interlocutor designado por el departamento de Administración de justicia

del Gobierno Vasco al que pueda dirigirse el Letrado Director para tratar las cuestiones en materia de

personal.

b).- Nombramiento de interinos por bajas, licencia, …..: Al respecto ha de indicarse que en

materia de debiera reducirse a 1 mes ( igual que vacaciones) el período máximo de ausencia en que la

plaza este sin cubrir, ya que pese al régimen de sustituciones y priorización previstos, la reducida

dimensión de los diferentes cuerpos de funcionarios de este Servicio Común, dificulta el mantenimiento

del ritmo de trabajo a fin de evitar dilaciones en la tramitación de los asuntos.

c).- Aplicación informática de gestión de Piezas de Convicción y Efectos: Al respecto insistir,

en que la proceda a la mayor brevedad posible a la plena integración de la aplicación informática de

gestión de Piezas de Convicción y Efectos en la aplicación informática general de gestión Procesal

Justiziabat.

2.- SECCIÓN DE EJECUCIÓN

2.1.- Medios Personales:

La dotación de personal actual sigue siendo la establecida en el momento de entrada en

funcionamiento de este Servicio Común y consta de:

- Gestor Responsable: 1 (compatibiliza con SCG)

- Gestión Procesal: 2

- Tramitación Procesal: 4

2.2.- Estadísticas

Este Servicio Común procesal entró en funcionamiento el 7/11/2011 y tras dos años de

funcionamiento este ejercicio es el primer año en que se disponen de datos en cómputo anual referidos al

año 2.013 que permitan efectuar una comparativa estadística de la evolución de la carga de trabajo

recibida y realizada entre el presente y anterior ejercicio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

420

2.2.1.- ESTADISTICA ANUAL: COMPARACIÓN AÑO 2.014-2015:

2.2.1.1.- Datos Comparativos 2014 y 2015:

Asuntos Penales:

Evolución de las ejecutorias penales en trámite al finalizar el año

(comparación de datos del 2014 y el 2015):

Asuntos en trámite 2.014 2.015 Variación Numérica Variacion %

Ejecuciones principales 59 48 -11 -18,64%

TIPOS REGISTRO 2.014 2.0

15

Variación

Numérica

Variacion

%

ESCRITOS Registrados 2 23 21 1050,000%

EJECUTORIAS Registradas 123 106 -17 -13,82%

Archivo Definitivo 103 103 0 0,00%

Registrados 1 27 26 2600,00%

EXHORTOS PENALES Cumplimentados 1 26 25 2500,00%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

421

Tasa de presentación de escritos:

Escritos 2.014 2.015 Variación Numérica

Enero 1 2 1

Febrero 0 1 1

Marzo 1 0 -1

Abril 0 0 0

Mayo 0 3 3

Junio 0 0 0

Julio 0 5 5

Agosto 0 0 0

Septiembre 0 4 4

Octubre 0 4 4

Noviembre 0 2 2

Diciembre 0 2 2

TOTAL 2 23 21

Tasa de pendencia de escritos:

Escritos 2.014 2.015 Variación Numérica

Pendientes 0 0 0

Recibidos 2 23 21

Proveídos 2 23 21

Pendientes 0 0 0

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

422

Asuntos Civiles:

Evolución de las ejecuciones civiles en trámite al finalizar el Año

(comparación de datos de 2.014 y 2015):

Asuntos en trámite 2.014 2.015 Variación Numérica Variacion %

Ejecuciones

principales 865 831 -34 -3,93%

Decretos Resolutorios:

Decretos 2.014 2.015 Variación Numérica Variacion %

Resolutorios 213 344 131 61,50%

Tipo de Asuntos Civiles:

TIPOS REGISTRO

CIVIL

2014 2015 Variación

Numérica

Variacion

%

Demandas 316 308 -8 -2,53%

Escritos Civiles 3.409 3.144 -265 -7,77%

Ejc. Titulo Judicial Registradas 250 224 -26 -10,40%

Archivo Definitivo 108 102 -6 -5,56%

EAR (Ejec. Laudo Arbitral) Registradas 1 2 1 100,00%

Archivo Definitivo 0 2 2 100,00%

Ejec. Titulo No Judicial Registradas 19 20 1 5,26%

Archivo Definitivo 14 13 -1 -7,14%

Ejecución Hipotecaria Registradas 17 27 10 58,82%

Archivo Definitivo 7 7 0 0,00%

Ejec Forzosa Familia Registradas 29 35 6 20,69%

Archivo Definitivo 15 18 3 20,00%

PDG (Gastos Extraordinarios) Registradas 2 3 1 50,00%

Archivo Definitivo 0 1 1 100,00%

EJC (Juicio Ejecutivo) Archivo Definitivo 0 0 0 100,00%

POJ (Oposición Ejecución) Registradas 12 7 -5 -41,67%

Archivo Definitivo 20 12 -8 -40,00%

POH (Oposición Hipotecaria) Registradas 3 1 -2 300,00%

Archivo Definitivo 0 2 2 0,00%

IJG (Impug. Just. Gratuita) Registradas 3 0 -3 300,00%

Archivo Definitivo 3 0 -3 300,00%

TCS (Tasacion de Costas) Registradas 51 95 44 510,00%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

423

Archivo Definitivo 35 97 62 350,00%

ITC (Impg. Tasación Costas) Registradas 12 18 6 50,00%

Archivo Definitivo 13 15 2 15,38%

712 (Impug. Intreses) Registradas 46 88 42 91,30%

Archivo Definitivo 33 86 53 160,61%

EMU (Multa) Registradas 1 0 -1 100,00%

Archivo Definitivo 1 0 -1 100,00%

EXC (Exhorto Civil) Registradas 4 6 2 50,00%

Archivo Definitivo 4 6 2 50,00%

CUP (Cuenta Procurador) Registradas 3 5 2 66,67%

Archivo Definitivo 1 4 3 300,00%

CUA ( Cuenta Abogado) Registradas 0 1 1 100,00%

Archivo Definitivo 0 0 0 100,00%

Escritos presentados:

Tasa de presentación mensual de escritos 2.015:

Escritos 2.014 2.015 Variación

Numérica

Enero 288 311 23

Febrero 321 277 -44

Marzo 315 321 6

Abril 269 299 30

Mayo 286 254 -32

Junio 277 309 32

Julio 290 310 20

Agosto 0 0 0

Septiembre 262 305 43

Octubre 437 263 -174

Noviembre 378 301 -77

Diciembre 286 194 -92

TOTAL 3.409 3.144 -265

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

424

Tasa de pendencia de escritos 2.015:

Escritos 2.014 2.015 Variación

Numérica

Pendientes 0 0 0

Recibidos 3.409 3.144 -265

Proveídos 3.409 3.141 -268

Pendientes 0 3 3

Tasa de pendencia de escritos durante 2.015:

Escritos

pdtes. Ene. Feb. Mar. Abril Mayo Jun Jul. Ago. Sept. Oct. Nov. Dic.

Del último

mes 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3

De meses

anteriores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Evolución de las subastas (comparación entre 2.014 y 2015):

Subastas 2.014 2.015 Variación Numérica Variacion

%

Señaladas 29 33 4 13,79%

Suspendidas 8 13 5 62,50%

Celebradas 21 20 -1 -4,76%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

425

2.2.2.- Valoración:

De la comparación de datos se desprenden las siguientes valoraciones: 2.2.2.1)

Ejecutorias, exhortos penales y escritos penales:

En relación a las Ejecutorias en trámite se observa que en el año 2.015 una leve

disminución (13,82 %) respecto de las existentes en el año 2014 cuya justificación está

en la especialidad de este tipo de procedimiento donde la norma general es que el

cumplimiento ha de ser coercitivo, lo que dilata los trámites procesales necesarios para

la extinción de la responsabilidad penal.

En relación a los Exhortos Penales se observa que en el año 2.015 un

incremento significativo (26007 %) respecto de las existentes en el año 2014, que se

justifica por la asignación al SCEJ de todos los exhortos de ejecutorias que no precisan

intervención judicial, debiendo señalarse que los mismos han sido tramitados en el

periodo de su recepción.

En relación con los escritos penales se observa que en el año 2.015 un

incremento significativo (+ 21) respecto de las existentes en el año 2014, resultando

que el número de escritos registrados es más bien testimonial y se justifica por ser

una actividad generada a instancia de parte, siendo público y notorio el hecho de que en

materia de ejecutoria de faltas, el índice de personamiento o de la actividad de la parte

condenada es muy reducido.

2.2.2.2) Decretos Definitivos:

En relación con Decretos Definitivos se observa que en el año 2.015 un

notable incremento (61,5 %) respecto de los dictados en el año 2014, que se

justifica por que se ha procedido a tramitar separadamente las tasaciones de costas y

liquidaciones de intereses, cuya finalización se realiza mediante decreto final,

metodología esta que ha permitido dar claridad a la tramitación del procedimiento

principal donde únicamente se recogen los trámites procesales necesarios para

embargo y, en su caso, apremio.

2.2.2.3) Asuntos civiles en trámite:

En relación con los asuntos civiles en trámite se observa que en el año 2.015

una leve disminución (-3,93 %) respecto de las existentes en el año 2014, que se

justifica por los movimientos de expedientes que han de ser reaperturados como

consecuencia de la transmisión de créditos litigiosos efectuados por la entidades

bancarias.

2.2.2.4) Ejecuciones y escritos civiles:

En materia de ejecuciones civiles se observa que en el año 2.015 un leve

decremento (-2,22 %) respecto de las registradas en el año 2014, que se justifica por la

disminución de Ejecuciones de Títulos Judiciales (ETJ: -10,40% resultando por el

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

426

contrario un aumento de Ejecuciones de Titulo extrajudicial (ENJ: 5,26 %; EJH:

58,82%) y en las Ejecuciones de Familia (EFM: 20,69%).

Al respecto, indicar que, dentro de los datos correspondientes al ejercicio 2.015,

ha de indicarse que de los 308 procedimientos de ejecución incoados, se encuentran

en trámite 195 asuntos, es decir, un 63,31 % lo que implica que se han archivado

(36,69 %).

En materia de los escritos presentados se observa que en el año 2.015 una leve

disminución (7,77 %) respecto de los presentados en el año 2014, debiendo destacarse

que se ha proveído prácticamente la totalidad de los presentados en el año 2015.

En materia de tasa intranual de pendencia de escritos, ha de indicarse que en

la práctica habitual, ha sido que se han proveído todos los escritos recibidos en el mes,

excepto en Diciembre (3).

2.3.- Necesidades

2.3.1.- Personales:

La dotación de personal, como ya se ha dicho, se considera adecuada para que,

en condiciones normales, es decir, cuando se encuentra la integridad de la plantilla

(incluidas libranzas y permisos) en el ejercicio de sus funciones, para atender la carga

de trabajo que recibe este Servicio Común.

2.3.2.- Materiales:

En general se considera, que la dotación de medios materiales es correcta si bien,

se reiteran las consideraciones efectuadas en anteriores informes.

En esta materia se ha de destacar el <<grave>> problema existente en relación al

almacenamiento de los expedientes judiciales ya que la necesidad nuevos armarios es

constante lo que implica que el espacio disponible del SCEJ se está reduciendo de

manera notable.

2.3.3.- Actuaciones emprendidas y resultado:

a).- En materia de cumplimiento de los compromisos enunciados en la Carta de

Servicios ha de indicarse que se ha procedido a su realización.

b).- El cumplimiento del sistema de calidad implantado en el año 2.014, ha de

indicarse que se ha procedido a su realización.

c).- Control y Seguimiento de todas las ejecuciones civiles y penales para

adecuarlas al nuevo estado de trámite previo de archivo (TPA) se ha procedido a su

realización.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

427

d).- El control y seguimiento de ejecuciones civiles y penales se ha realizado de

manera que, en general, no existan expedientes judiciales cuyo último trámite sea

superior a dos meses en caso de Ejecuciones Civiles y de Un mes en el caso de

Ejecutorias Penales.

e).- En materia de Proveído de escritos en términos generales, se ha cumplido

el objetivo de su proveído en el plazo máximo de 7 días hábiles, excepto que no se han

podido proveer por causa no imputable al personal del SCEJ (autos en UPAD, recursos,

Fiscalía, Archivo de Eibar o pendientes de resolución por Secretario Procesalistas).

f).- Reuniones: El ritmo de las reuniones ha sido adaptado dada la dimensión

(personal y carga de trabajo) del SCEJ en estos momentos que, salvo cuestiones

puntuales o urgentes, la reuniones se efectúan con carácter semestral.

g).- Modificaciones Normas de Funcionamiento Interno: Con carácter, se

mantienen las normas establecidas a la entrada en funcionamiento de este Servicio

Común procesal y las posteriores Instrucciones relacionadas en el Informe de Gestión

Anual del año 2014.

2.5.- Balance:

2.5.1.- Aspectos negativos:

La dotación de la plantilla se considera suficiente, pero existen algunos

inconvenientes que ya han sido expuestos en anteriores informes.

2.5.2.- Aspectos positivos:

a).- El personal ha respondido adecuadamente asumiendo la carga de trabajo

redistribuida y haciendo un notable esfuerzo en los momentos en los que se ha visto

reducida la plantilla en activo del SCEJ, por bajas no cubiertas, permisos y libranzas

imprevistas e imprevisible.

En consecuencia, el ritmo de trabajo el SCEJ evidencia que su funcionamiento

es correcto ya que ha dado una respuesta adecuada en la prestación de su actividad

judicial.

b).- La tramitación de todas las ejecuciones presenta ritmo uniforme y

adecuado con independencia de la UPAD a la que pertenezcan.

c).- La escasa o nula existencia de suspensión de subastas o actos en comisión

por causa imputable al SCEJ.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

428

2.6.- Previsión de futuro:

2.6.1.- Objetivos para el 2015:

a).- Cumplir los compromisos enunciados en la Carta de Servicios.

b).- Mantenimiento de los objetivos establecidos en el año 2014 para la revisión

y control de ejecuciones civiles (2 meses) y penales (1 mes) y para la tramitación de

escritos (7 días hábiles desde su recepción en el SCEJ).

c).- Proveído de escritos en el plazo máximo de 7 días hábiles, excepto en los

expedientes elevados por recurso, en Fiscalía o pendiente de estudio por Secretario

Judicial Procesalista.

d).- Proveído de todos los escritos en el mes natural de su recepción en el SCEJ

excepto en los expedientes elevados por recurso, en Fiscalía, en Archivo Judicial de

Eibar o pendiente de estudio por Secretario Judicial Procesalista.

2.6.2.- Propuestas:

a).- La existencia de un interlocutor designado por el departamento de

Administración de justicia del Gobierno Vasco al que pueda dirigirse el Secretario

Director para tratar las cuestiones en materia de personal.

b).- Nombramiento de interinos por bajas, licencia,: Al respecto ha de

indicarse que en materia de debiera reducirse a 1 mes (igual que vacaciones) el

período máximo de ausencia en que la plaza este sin cubrir, ya que pese al régimen

de sustituciones y priorización previstos, la reducida dimensión de los diferentes

cuerpos de funcionarios de este Servicio Común, dificulta el mantenimiento del ritmo

de trabajo a fin de evitar dilaciones en la tramitación de los asuntos.

3.- Balance Final:

En conclusión, ha de indicarse que el SCPGEJ ha tenido un funcionamiento

adecuado y positivo que ha permitido la realización de la carga de trabajo de la que han

recibido sus dos secciones, lo cual es debido a la actitud positiva general de su plantilla.

No obstante, los objetivos, necesidades y propuestas expuestos en el presente

Informe podrían verse modificados a consecuencia del concurso convocado

mediante la Orden JUS/2685/2015, de 4 de diciembre, por la que se convoca la

provisión de puestos de trabajo de Directores de los Servicios Comunes Procesales

por el sistema de libre designación. (BOE 15/12/2015), ya que el candidato que

pudiera resultar designado, pudiera establecer sus propios objetivos, necesidades y

propuestas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

429

6.4.3 SERVICIO COMUN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCION DE

EIBAR

SECCION GENERAL

Respecto al Servicio de Información al Público, destacar que se presta el

servicio de una manera correcta, no habiendo ninguna queja por parte de los órganos a

los que se presta servicio de que se hayan pasado llamadas de forma incorrecta, se

intenta hacer el filtrado correspondiente, destacando que se intenta facilitar la

información que desde el servicio se puede dar a fin de evitar que se pasen llamadas

innecesarias, destacar que este trabajo es realizado por todos los componentes del

Servicio, tanto cuerpo de auxilio, como tramitadores y gestor. Se observa una

disminución muy notable respecto a los datos de 2014, no obstante lo cual no se debe a

menor número de llamadas sino a olvido por parte de los encargados de prestar la tarea,

que no han hecho el apunte informático correspondiente, también hay que destacar que

muchas llamadas se atienden también en el Servicio de Ejecución, al tener este Servicio

una línea directa. El total de información es de 6.332 registros frente a 9.777 del año

anterior, debido a lo expuesto más arriba, dado que en la anotación diaria muchas veces

hay olvidos o despistes de las anotaciones manuales que se hacen de las consultas

telefónicas o de ventanilla, que probablemente al final de día no se refleja en la

aplicación informática, siendo en realidad más información la prestada que la que

queda reflejada en la aplicación y que es la que consta en los datos estadísticos que

elaboramos mensualmente. Se hace saber a los funcionarios este extremo a fin de que

sean más rigurosos en este tema, no obstante hay momentos puntuales, o en el que hay

poco personal para atender, en los que no se practican anotaciones en la aplicación

informática.

En cuanto al SCACE, destacar el buen trabajo que se viene realizando en el

tema de actos de comunicación, siendo la pendencia a finales de 2.015 de 6 actos

unipersonales, no existiendo pendencia alguna de actos en comisión. En este año 2.015

ha habido un aumento con respecto al año anterior, han sido 2318 frente a los 2215 del

año anterior, por tanto, han sido 103 más respecto del año anterior. Como consecuencia

de la aplicación del sistema de calidad a través del registro de indicadores, en concreto

se mide el nº de actos de comunicación cuya primera salida no se haya realizado en el

plazo máximo de tres días desde su recepción, nº actos unipersonales no realizados en

plazo de 15 días hábiles desde su recepción, nº actos comunicación en comisión no

realizados en un plazo de 20 días hábiles desde su recepción, nº actos devueltos por el

peticionario por no haberse practicado correctamente, nº actos no entregados en el

plazo de tres días desde su realización al órgano peticionario. Cuando por el Gestor

Responsable se hacen estas mediciones, no se ha observado prácticamente ningún

incumplimiento de los plazos, únicamente ha sucedido en momentos puntuales, como

consecuencia de vacaciones o días de asuntos propios . En este caso concreto se ha

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

430

incumplido el indicador de los actos de comunicación cuya primera salida no se ha

realizado en el plazo de tres días de su recepción, (han sido 8 las no conformidades

levantadas por este motivo) Los actos de comunicación en general, se están haciendo en

un plazo de 10 días y en un plazo inferior.

Como consecuencia del equipo de mejora que se formó el año 2012 por la

Gestora Responsable, para que las diligencias de calle fueran practicadas de la manera

más clara posible para el receptor de las mismas, (grupo de mejora cerrado en su

momento) se sigue haciendo una revisión diaria de las diligencias con el fin de detectar

posibles errores, no habiéndose detectado anomalías en este aspecto.

En lo referente a los actos de comunicación también adjunto una plantilla con el

resumen anual de la estadística que del Servicio Común General se remite al Consejo

General del Poder Judicial. Destacar que se sigue con la política de disminuir el uso del

taxi, que ya se comenzó a practicar el año anterior, se utiliza el taxi únicamente para las

diligencias imprescindibles, se viene utilizando el transporte público, en concreto el

autobús, facilitándose por parte de la EAT, una cantidad para este servicio. De los datos

que se reflejan en la plantilla, hay un aumento respecto del año anterior tanto en el

movimiento general de solicitudes como en los actos de comunicación derivados de las

solicitudes en lo que a las diligencias unipersonales se refiere, sin embargo hay un

menor número de las diligencias en comisión.

En relación con la reprografía y videoconferencias, se realiza con total

normalidad, cumpliendo la entrega en el plazo de dos días desde su solicitud, las

solicitudes de fotocopias han aumentado respecto del año anterior, en concreto el nº de

solicitudes a lo largo del año ha sido de 366; en cuanto a las videoconferencias se ha

prestado a asistencia a un total de 73, observándose un aumento considerable respecto

las del año anterior, que fueron 54. No ha habido en este tema ningún tipo de problema

con las UPAD.

Las reproducciones de CD han sido este año 11 frente a las 13 del año anterior,

destacar en este extremo, que las reproducciones que se solicitan no son de grabaciones

de vistas, salvo en contadas excepciones sino por ejemplo reproducciones de CD que

haya aportado la policía.

En este apartado también quiero hacer mención a que por los funcionarios del

cuerpo de auxilio se realiza la labor de escaneo, funcionando perfectamente, dichos

escaneos quedan reflejados en el apartado de fotocopias. En este apartado queda

pendiente el poder hacer esta labor de escaneo de expedientes con los Procuradores,

evitando de esta manera el hacer multitud de fotocopias de los expedientes; está

pendiente de elaborar un pequeño protocolo de funcionamiento con los Procuradores en

este tema evitando de esta manera el fotocopiado de expedientes completos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

431

En cuanto al archivo, se realiza correctamente siendo muy buena la función

desempeñada por los dos funcionarios del cuerpo de auxilio que tienen asignada la

tarea, si bien es cierto que lo que son labores de desarchivo viene siendo realizado por

todos los funcionarios del cuerpo de auxilio, la especificidad del primer archivo se

realiza por eso dos funcionarios que realizan un trabajo muy bueno y muy controlado.

Se observa un menor número de los expedientes de archivo, respecto al año anterior,

han sido en este año 3766 el nº expedientes para primer archivo. Los préstamos

realizados han sido 743 y las devoluciones recibidas 564. Se siguen realizando

desarchivo de expedientes en los que hay dinero en la cuenta de depósitos y

consignaciones para poder tener preparados los expedientes para un futuro expurgo sin

que haya dinero en la cuenta.

El tema de depósito de efectos, se sigue practicando con normalidad en este año

se han mandado al depósito de efectos un total de 18 piezas y se ha procedido a la

devolución al órgano de un total de 7 efectos, quedando en este apartado aún por dar

destino a algunas piezas sobre las que no ha habido pronunciamiento por parte de los

Juzgados, quedando pendiente por tanto de su destrucción. Se va a proceder a la

revisión de las piezas informatizadas desde el año 2011, a fin de que las piezas en las

que no se ha acordado nada por parte de las UPAD informen al respecto de su destino.

En cuanto a la gestión de apud acta, se observa un aumento respecto al año anterior,

siendo este año 435, frente a los 321 del año anterior, realizándose con total normalidad.

Por lo que se refiere al registro y reparto, ha habido un aumento del registro de

asuntos civiles, demandas han sido este año 1210, frente a 1105 del año anterior,

igualmente respecto al nº de registro de exhortos civiles, 217 de este año frente a 193

del año anterior. En el registro de asuntos penales ha habido una ligera disminución

respecto del año anterior, 2929 de este año frente a 2979 del año anterior, igualmente en

el registro de exhortos penales, 836 de este año frente a 895 del año anterior y en el

registro de asuntos sociales, ha habido una disminución respecto al año anterior, este

año han sido 589 los asuntos registrados, frente a los 660 del año anterior, no obstante

lo cual siguen siendo cifras superiores a la de años anteriores y en cuanto a los exhortos

ha habido un ligero aumento, 16 de este año frente a los 10 del año anterior. Respecto

al registro y reparto, destacar que el registro se realiza sin ningún tipo de retraso,

realizándose todo en el mismo día o en el siguiente. Ante las dudas que puedan surgir de

registro y reparto se consulta por parte de los tramitadores a la Gestora Responsable,

siendo ella la que les indica como lo deben hacer con los criterios que ya hemos ido

estableciendo.

Por lo que se refiere al registro de escritos, en cuanto a los escritos civiles

prácticamente nos movemos en números muy parecidos, 5230 de este año frente a los

5355 del año anterior, en penal también prácticamente nos encontramos ante números

muy parecidos 1004 este año frente a 1106 del año anterior y en social se observa una

ligera disminución en el número de escritos registrados, 1340 este año, frente a los 1506

del año anterior. En realidad en todas las jurisdicciones ha habido una disminución.

Respecto a este extremo, destacar que los escritos se registran al día, o en el plazo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

432

máximo dos días, pero dado que hay veces que se crean dudas en cuanto al registro de

los mismos o bien no se registran correctamente, lo que generalmente viene motivado

porque los profesionales no se dirigen correctamente al órgano destinatario (no obstante

haberse comunicado al Colegio de Procuradores al comienzo de la puesta en marcha de

la nueva oficina judicial el modo de presentación de escritos). Extremo éste que hay que

volver a incidir para evitar problemas en este sentido.

En lo referente a la asistencia a Sala, se ha prestado el Servicio a lo largo de

todo el año con total normalidad, se ha dado asistencia a 672 vistas, y el año anterior

fueron 680, observándose por tanto una disminución. El trabajo desempeñado por el

cuerpo de auxilio es muy correcto, no existiendo ningún problema.

En la asistencia al Decano, no han surgido incidencias, funcionando todo

correctamente. Se han tramitado dos expedientes de queja a lo largo de este año.

Destacar en lo que se refiere al equipo que forma el Servicio General, la buena

disposición que tienen todos los funcionarios, el equipo está formado por un gestor

titular, dos tramitadores igualmente titulares, tres auxilios titulares y tres interinos.

Respecto al Gestor Responsable, esta plaza que venía siendo ocupada por un

funcionario interino, se produjo su cese en fecha 13 de noviembre, al no estar en

posesión del perfil que la plaza exigía, habiéndose nombrada a una gestora responsable

interina en fecha 16 de noviembre. Hice gestiones a fin de que pudiera mantenerse en el

puesto a Javier Camarón, que era un funcionario que estaba desempeñando

perfectamente su cargo, con pleno conocimiento de sus funciones; la respuesta fue el

cese del citado funcionario y el nombramiento de la nueva gestora, que aunque con muy

buena disposición tiene un total desconocimiento de un juzgado, lo que ha conllevado

que el resto de compañeros y yo tengamos que dedicar un mayor esfuerzo para poder

explicar todo lo que es el funcionamiento de la nueva oficina judicial como la aplicación

informática.

A finales del mes de julio se dieron las pautas a las tramitadoras y la gestora de

Servicio a fin de determinar y dejar claro las actuaciones a realizar en el mes de agosto

en cuanto al registro y reparto, dejando por escrito las normas.

Por lo que se refiere al sistema de gestión de calidad, a partir del mes de

noviembre, ya no se ha ido haciendo, dada la situación que he reflejado anteriormente,

la persona que han nombrado en el puesto de Gestor Responsable no está formada y por

tanto con carácter previo a hacer toda esa labor tiene que conocer como es el

funcionamiento del Servicio y todas las aplicaciones informáticas, esperando que el

Gobierno Vasco le ofrezca la formación oportuna. Destacar que las no conformidades

levantadas hasta el mes de noviembre han sido 9, y en concreto 8 referentes al indicador

que mide el número de actos de comunicación cuya primera salida no se haya realizado

en el plazo máximo de tres días; esto ha sido en momentos puntuales, como

consecuencia de vacaciones y no habiéndose ocasionado ninguna disfunción importante

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

433

al servicio. Y 1 no conformidad referente al indicador del número de actos de

comunicación no realizados en el plazo de 15 días, simplemente el destinatario del acto

de comunicación estaba ausente de la localidad y así nos lo hizo saber, habiendo

quedado pendiente el acto con el fin de no devolverlo sin cumplimentar por unos días

que sabíamos que iba a resultar positivo. Por tanto siempre son no conformidades que

no tienen carácter de críticas.

SECCION EJECUCION

Por lo que se refiere a los datos de ejecuciones en trámite comparando las cifras

de 2.014 con las de este año no se observa variación prácticamente, en la jurisdicción

penal, nos encontramos con una pendencia menor, en concreto 47 frente a las 52 del año

anterior en social estamos en cifras similares, una pendencia de 35, y eran 36 el año

anterior y en la jurisdicción civil se ha terminado con una pendencia de 713, frente a los

700 del año anterior; como consecuencia del sistema de indicadores, procedemos a

revisar las inactividades de hasta cuatro meses en la jurisdicción civil y social y de hasta

dos meses en la jurisdicción penal, conseguimos detectar las inactividades que puedan

ser imputables al Servicio y revisamos los expedientes para su archivo provisional; se

han levantado no conformidades por este motivo, en concreto han sido 10, pero

realmente no son críticas y en muy pocos casos son por causa no imputable al Servicio,

el archivo provisional en el Servicio lo estamos realizando una vez transcurrido el plazo

de 6 meses, sin que las partes hayan solicitado actuación alguna; todas estas no

conformidades se encuentran ya cerradas.

En las ejecutorias penales se sigue haciendo un buen trabajo de archivo y

revisión de las mismas, no hay nada más que ver como se sigue manteniendo la

homogeneidad en la pendencia, seguimos actuando de la misma manera que el año

anterior respecto de las ejecuciones que tienen pendiente indemnización y que se

encuentran en archivo provisional se sigue con su desarchivo cada 6 meses a fin de

solicitar oficio al Servicio de Consulta Registral para averiguar la solvencia del

ejecutado, y ahora se acuerda el embargo telemático de cuentas.

En cuanto a los datos de incoación, en la ejecución civil hay un ligero aumento

en cuanto a las incoaciones respecto del año 2.014, en concreto en el 2.014 fueron 243

incoaciones y 250 en 2.015, por el contrario se observa una disminución de las

reaperturas, 396 en el año 2014 y 336 en el año 2015. Se observa una disminución de

procedimientos archivados 573 este año, frente a los 652 del año anterior, aunque este

dato es fluctuante según el momento en el que se produzcan los archivos. En la

ejecución penal nos encontramos con cifras prácticamente iguales, 82 el año anterior y

86 en este año, las reaperturas han sido mayores en este año, 43 frente a las 29 del año

anterior. Las inactividades que nos solemos encontrar en las ejecutorias penales vienen

motivadas por la tardanza en la respuesta del Servicio de Gestión de Penas. En la

ejecución social nos encontramos con cifras muy parecidas al año anterior, un ligero

aumento en la incoación y una disminución mínima en la reapertura y archivo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

434

Destacar en la ejecución social el control que tiene sobre la materia los dos

gestores encargados de la ejecución social, teniendo algunas ejecuciones gran dificultad

por el nº de intervinientes.

Respecto a las solicitudes de intervención ha habido una disminución respecto

del año anterior, tanto en civil como en social, siendo el número igual en penal. Se

observa que la pendencia de las intervenciones en civil ha aumentado, en concreto al

finalizar el año había 38 intervenciones pendientes en las UPAD, sin embargo en la

jurisdicción penal y social la pendencia es insignificante.

Respecto de los escritos, los escritos civiles pendientes al finalizar el año son 28

de un total de 2.401 escritos presentados, no hay escritos pendientes en penal y tampoco

en social. El proveído de mero trámite se realiza en el plazo de 2-3 días, en algunos

puede llegar a cinco días. Los 28 escritos pendientes a final de año se deben al período

de asuntos propios de los funcionarios del Servicio, pendencia que en el mes de enero

ya se ha visto notablemente disminuida.

La entrada de asuntos se hace en el mismo día o en el siguiente y la incoación

igualmente en el mismo plazo. Hay una revisión diaria de las bandejas de las tres

jurisdicciones con el fin de que no haya ningún error y poder efectuar la oportuna

reclamación de los asuntos que estén en la bandeja de entrada del Servicio y no los

tengamos físicamente. Únicamente en esta materia se ha levantado una no conformidad

por asunto que no se incoó en el plazo de dos días porque estaba pendiente de una

suspensión por concurso.

Por lo que se refiere a las subastas, el nº de subastas señaladas ha sido de 14 a

lo largo de este año, y se han celebrado 9. Hay subastas pendientes de señalar porque se

ha estado a la espera del nuevo funcionamiento de las subastas electrónicas, estando

controlado todo este tema pro el Secretario Procesalista.

Respecto al tema de cambios de fases y estados, ha sido un aspecto en el que

ha venido incidiendo de una manera muy exhaustiva el Gestor Responsable, en primer

lugar indicando a los gestores y tramitadores que tuvieran especial cuidado en este tema

y luego con el control diario, han sido 4 el nº de no conformidades levantadas en este

tema, frente a las 13 del año anterior, por lo que se observa la mayor atención que tienen

los funcionarios en este aspecto.

La revisión de la cuenta de Depósitos y Consignaciones es diaria por parte del

Secretario Procesalista y se continúa con la entrega de los mandamientos de devolución

en un plazo de 3-5 días desde su ingreso. Se continúa con la revisión de la cuenta a fin

de dar destino a las cantidades que se han quedado pendientes de entrega, habiéndose

hecho ya una limpieza bastante importante, quedando ya pocos expedientes antiguos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

435

pendientes de revisión También se sigue realizando el embargo telemático de las

cuentas, en este caso se realiza por el Secretario Procesalista.

Por el personal hay muy buena disposición y muy ambiente de trabajo, con una

muy buena colaboración del Secretario Procesalista, con todos los funcionarios.

Destacar que se observa en todo el equipo es una gran implicación para el buen

funcionamiento del servicio. De hecho en el mes de noviembre como consecuencia del

cese de una de las funcionarias por no tener el perfil de euskera requerido para la plaza

se nombró a una interina, que no había trabajado con anterioridad en un juzgado y el

resto de compañeros se han ocupado de su formación.

Por lo que se refiere al Sistema de Calidad en el Servicio de Ejecución, como se

ha ido comentando a lo largo de este informe, se han levantado 14 no conformidades, de

éstas 4 son referentes al indicador de fases y estados, y 10 por inactividades . Destacar

a este respecto que las no conformidades se encuentran todas ellas ya cerradas a fecha

de cierre de este informe.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

436

6.4.4 SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCIÓN DE

IRUN

INFORME DE GESTIÓN DEL AÑO 2015

1.- SECCIÓN GENERAL

1.1.- Situación estructural:

La plantilla actual sigue siendo la inicial, es decir:

- Gestor Responsable: 1 puesto

- Gestión: 1 puesto

- Tramitación: 2 puestos

- Auxilio: 9 puestos

Se considera adecuada, si bien el personal dedicado a tareas de registro está

ajustado, de manera que en periodos vacacionales o de ausencia de un funcionario

cualquiera superior a una semana por cualquier otro motivo el servicio se resiente y

resulta difícil mantener el ritmo de registro, lo que ocasiona una progresiva acumulación

de retraso. Al igual que en años anteriores, solo en ocasiones puntuales se han llegado a

incumplir los indicadores, a pesar de atender al régimen de priorización de tareas, con el

que se ha logrado al menos equilibrar los retrasos de los distintos tipos de registro y

mantener en unos márgenes mínimos.

1.2.- Estadísticas

1.2.1.- Datos del año 2015, comparados con los del 2014:

Tipos de registro Año 2014 Año 2015 Variación

numérica

Variación

porcentual

Demandas 2.226 2.333 +107 +4,80%

Escritos 13.547 13.442 -105 -0,77%

Asuntos penales 6.923 6.456 -467 -6,74%

Exhortos registrados 3.901 3.546 -355 -9,10%

Solicitudes de coop.

Judicial

internacional

Registradas 78 63 -15 -19,23%

Realizados 76 64 -12 -15,78%

Actos de comunic.

(en total)

Registrados 7.882 7.388 -494 -6,26%

Realizados 7.999 7.351 -648 -8,10%

Actos en comisión Registrados 123 102 -21 -17,07%

Realizados 121 101 -1 -0,82%

Quejas, reclamaciones o sugerencias 11 12 +1 +9,09%

Apoderamientos apud acta 439 494 + 55 +12,52%

Justicias gratuitas 43 42 -1 - 2,32%

Otros expdtes. gubernativos de decanato 646 56 -590 -91,33%

Registros de información 9.714 9.625 -89 -0,91%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

437

1.2.2.- Valoración:

Se ha reducido sensiblemente el número de exhortos registrados y, en menor

medida, el de asuntos penales registrados, que es previsible que continúe descendiendo

en 2016 como consecuencia de la modificación legislativa introducida en la LECrim

(art. 284.2) por la Ley 41/2015, que entró en vigor el pasado 6 de diciembre de 2015, y

por la que los atestados sin autor conocido en los que se cumplan determinados

requisitos no se deben enviar a los Juzgados para su registro.

El número de demandas se ha incrementado de forma leve y el número de

escritos registrados se ha mantenido prácticamente en los mismos términos.

El número de actos de comunicación registrados ha descendido, especialmente el

de actos en comisión, y también el número de actos realizados

El número de expedientes de decanato ha evolucionado del siguiente modo:

- Las quejas, reclamaciones y sugerencias se mantienen prácticamente igual.

- Los apoderamientos apud acta han continuado aumentando de forma

significativa incluso respecto a 2014, que ya fue un año en el que se

experimentó un importante ascenso numérico en comparación con años

anteriores.

- Las justicias gratuitas no varían apenas.

- El número del resto de expedientes gubernativos ha descendido de forma

muy acusada como consecuencia, sobre todo, del nuevo sistema de registro

de las comunicaciones de los Colegios y Asociaciones de peritos para su

incorporación a los listados previstos en el artículo 341 de la LEC. Así,

mientras que en ejercicios anteriores se realizaba un registro por cada

comunicación, a partir de finales del año 2014 se abrió un solo expediente

por año, en el que se incorporan las sucesivas solicitudes, reduciendo de este

modo el número de registros y facilitando la gestión de las comunicaciones y

los datos que se incorporan, puesto que los listados se insertan en una carpeta

compartida a disposición de las UPAD, por una parte, y en la carpeta

compartida del SCEj, por otra, para que cada oficina judicial disponga de

acceso a los listados registrados.

Destacan varios factores que suponen una carga importante de trabajo:

- La población de Irun, que determina, por una parte, un número importante de:

actos de comunicación y de ejecución.

solicitudes de otorgamientos de poder apud acta, que interrumpen y entorpecen

en cierta medida el resto de actividades de registro y reparto. Las solicitudes de justicia

gratuita se han mantenido prácticamente invariables a lo largo de 2015 respecto al año

2014, por lo que se ha estabilizado el descenso respecto a los valores de los años

anteriores al 2013, que se produjo como consecuencia de la asunción desde octubre de

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

438

2012 por parte del Colegio de Abogados que todas aquellas peticiones para cuya

tramitación tuvieran competencia. En consecuencia, el Servicio Común tramita las

solicitudes que se presenten fuera del horario de apertura de la Sala de Togas del

Colegio de Abogados y todas aquellas que se solicitan para procedimientos de fuera del

T.H. de Gipuzkoa.

registros de exhortos, si bien se ha reducido en 2015.

solicitudes de información. No obstante, su registro se mantiene en términos

muy similares a los del año 2015, en que experimentó un descenso acusado respecto a

2014. Dado que la causa puede haber sido la omisión del registro de servicios prestados

telefónicamente, se ha puesto de manifiesto al personal a finales de 2015, recordando

que deben registrarse. Es previsible que el efecto de esta corrección se pueda comprobar

en los datos correspondientes al año 2016.

- El carácter fronterizo de Irun, lo que justifica el número de solicitudes de

cooperación judicial internacional recibidas, si bien en 2015 han reducido respecto a

2014.

1.3.- Necesidades

1.3.1.- De personal:

En general y en condiciones normales la plantilla orgánica puede considerarse

suficiente para el desempeño ordinario de las funciones que tiene encomendadas.

Sin embargo, debe destacarse la incidencia que tiene sobre el Servicio la política

departamental de cobertura de ausencias solo cuando sean superiores a tres meses, ya

que a lo largo de este año han sido varias las bajas relativamente largas que han afectado

a la oficina y que no han llegado a superar ese límite temporal. Es cierto que una de las

ventajas de los Servicios Comunes es la de disponer de una plantilla que permita diluir

las ausencias repartiendo el trabajo entre los presentes, pero también lo es que el

Servicio debe atender una serie de tareas que en su mayoría son inaplazables (apoyo a

sala, reparto, información y atención al público, realización de actos de comunicación y

de ejecución fuera de la sede, gestión de videoconferencias pasivas...) o exigen un

cumplimiento en un plazo muy breve (registro y reparto). De este modo, una política

rígida de no cobertura de ausencias breves puede determinar la imposibilidad de atender

el servicio debidamente con la consiguiente repercusión negativa para las restantes

oficinas judiciales. Sería deseable el mantenimiento de una política flexible de cobertura

de bajas en supuestos de acumulación de ausencias imprevistas o en periodos

vacacionales, sin perjuicio de que se pudieran exigir los correspondientes informes

justificativos.

Especial incidencia ha tenido a lo largo de este año 2015 la falta de cobertura en

el puesto de Gestor/a responsable, que ha permanecido de baja desde el mes de enero de

2015 hasta final de año prácticamente de forma ininterrumpida y para la que no se ha

nombrado sustituto/a alguno/a, a pesar de haberse solicitado. De este modo, las tareas

que en materia de calidad le vienen atribuidas han quedado desatendidas en gran

medida, puesto que la Gestora del SCEJ no puede asumir una sustitución plena de estas

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

439

características durante un periodo tan largo sin afectar al desempeño de sus tareas

propias en el SCEj.

1.3.2.- Informáticas: se dan varios problemas, entre los que destacan los siguientes:

- La no integración del depósito de piezas en Justizia Bat.

- Las caídas del sistema informático, que afectan en ocasiones a todas las oficinas

judiciales de Irun.

1.3.3.- Materiales:

A lo largo de este año se han reubicado los puestos de trabajo del SCPG para

concentrarlos en función de las tareas que desempeñan, a fin de facilitar la atención al

público y favorecer la concentración del personal, especialmente del de registro y

reparto.

Debe destacarse la colaboración del responsable de la E.A.T. a lo largo de este

año en materia de medios materiales.

1.4.- Actuaciones emprendidas y resultado:

1.4.1.- Se ha mantenido la acción de mejora 1/11 en materia de lanzamientos y

tomas de posesión solicitados desde el SCEJ a fin de coordinar el funcionamiento de

ambas secciones, evitar suspensiones y garantizar la corrección del procedimiento. El

resultado ha sido positivo, puesto que no se ha suspendido ningún acto de este tipo por

causas imputables al Servicio, si bien dado el cambio de personal, resulta necesario

recordarlo periódicamente.

1.4.2.- La acción de mejora 2/12 para dejar una nota informativa en caso de

practicarse una diligencia negativa o sin efecto de notificación de lanzamiento se ha

seguido aplicando sin incidencias.

1.4.3.- La acción de mejora 2/13 sobre seguimiento de solicitudes de cooperación

judicial internacional en materia de traslados de documentación en procedimientos

civiles iniciada en junio de 2013 para evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de las

instrucciones dictadas en esta materia, se ha seguido aplicando satisfactoriamente en

2015.

1.4.5.- Aplicación del sistema de calidad:

Este año se ha visto muy limitada su aplicación como consecuencia de la ausencia de la

Gestora responsable y la falta de nombramiento de sustituto/a por parte del

Departamento de Recursos Humanos.

1.4.6.- Realización de un estudio sobre el porcentaje de resultados en materia de

actos de comunicación para tratar de obtener el menor número posible de resultados

“sin efecto”, agotando los medios para lograr el cumplimiento de la comunicación. De

este modo, se ha reducido el porcentaje de resultados “sin efecto”, que en 2015 se ha

situado en un 8,92%, frente al 9,21% de 2014 y el 11,79% de 2013. Por otra parte, el

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

440

porcentaje de actos cumplimentados ha alcanzado en 2015 un 62,77%, algo inferior al

resultado de 2014 (un 64,84%), pero superior al de 2013 (un 60,78%).

1.5.- Balance:

1.5.1.- En materia de registro y reparto:

Puede decirse que los resultados han sido en general positivos, de manera que en

condiciones normales de entrada de trabajo y de asistencia del personal la mayoría de

los asuntos se registran y turnan en un plazo no superior a dos días.

Este año la carga de trabajo se ha reducido levemente respecto al año anterior y

los resultados de registro han sido satisfactorios.

No obstante, sigue teniendo una incidencia negativa en la efectividad del

Servicio de Registro y Reparto el número de funcionarios que compone la plantilla, que

resulta insuficiente en cuanto se acumulan permisos o licencias y bajas imprevistas, de

modo que el Servicio adolece de excesiva fragilidad en este ámbito. Puede planificarse

el disfrute de las vacaciones, permisos y licencias, pero dado el escaso número de

funcionarios que componen este Servicio (una Gestora Responsable –que este año casi

en su totalidad ha estado de baja o disfrutando de licencia-, una Gestora y dos

Tramitadoras), cualquier ausencia inesperada por enfermedad u otra circunstancia

similar sitúa a la oficina en unas condiciones en las que no resulta posible mantener en

el tiempo el cumplimiento de los estándares del servicio y hace que la única opción

posible sea la priorización de tareas para atender a aquellas a las que debe darse

preferencia. Este factor se ha visto agravado este año como consecuencia de la baja y

posterior licencia de la Gestora responsable, para la que no se ha nombrado sustituto.

1.5.2.- En materia de tareas encomendadas a Auxilio:

El desempeño de estas tareas se ha realizado sin incidencias destacables, si bien

puede subrayarse, al igual que en años anteriores, que:

- El empleo de la dirección de correo electrónico para la solicitud de información

ha sido muy limitado.

- El servicio de centralización de llamadas sigue resultando poco efectivo desde

el punto de vista de la información, ya que convierte a la Sección General en una mera

centralita de distribución de llamadas.

1.5.3.- En materia de gestión de calidad:

En 2015 la gestión de la calidad en la Sección General se ha resentido

notablemente por la ausencia de la Gestora responsable y la falta de cobertura por

interino/a.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

441

1.5.4.- Cumplimiento de objetivos fijados para 2015:

- En general, cumplir los compromisos enunciados en la Carta de Servicios:

cumplido en términos generales.

- No suspensión de los actos de ejecución por causas imputables al Servicio:

cumplido.

- Aplicación y seguimiento de las acciones de mejora, así como su cierre en

cuanto proceda: cumplido solo parcialmente por no disponer de Gestor/a

responsable la mayor parte del año.

- Continuación de la aplicación del sistema de calidad: cumplido de forma

muy limitada por el mismo motivo.

- Completar el expediente para el expurgo de procedimientos archivados,

preferentemente de FAL, FAR y EJE: se han seguido realizando los trámites

para dar destino a la documentación expurgada. Dado que se trata, por una

parte de procedimientos no informatizados y por otra de EJE unidas a FAL o

FAR, resulta muy trabajoso avanzar en el proceso. Sin embargo, al finalizar el

2015 ya se ha actualizado informáticamente la documentación expurgada y se

ha procedido a destruir la correspondiente a las Faltas de los años 1965 a

1980 y de los años 1985 a 1987. Es previsible que a lo largo de 2016 se

culmine el proceso o se avance significativamente en él.

- Incoar un nuevo expediente de expurgo de procedimientos archivados,

preferentemente de los asuntos civiles más antiguos, sin incluir

procedimientos de familia, o de Diligencias Previas: se ha llevado a cabo con

procedimientos exclusivamente penales.

- Racionalizar el registro de listados de peritos para disponer de manera

unificada de todos los peritos y minimizar el registro de este tipo de

comunicaciones, tramitándolas todas en un solo expediente: se ha cumplido.

1.6.- Previsión de futuro. Objetivos para el año 2015:

- En general, cumplir los compromisos enunciados en la Carta de Servicios.

- No suspensión de los actos de ejecución por causas imputables al Servicio.

- Retomar y actualizar las actuaciones de calidad, una vez se reincorpore la

Gestora responsable tras la licencia.

- Completar el expurgo de los asuntos respecto a los que se ha obtenido el

pronunciamiento favorable en 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

442

2.- SECCIÓN DE EJECUCIÓN

2.1.- Situación estructural:

La plantilla actual se ha mantenido este año, por lo que los puestos actuales son

los siguientes:

- Secretarios procesalistas: 2 puestos (compatibilizados con puesto en UPAD)

- Gestor/a Responsable: 1 puesto

- Gestión: 3 puestos

- Tramitación: 9 puestos

2.2.- Estadísticas

2.2.1.- Datos:

Sección penal:

(*) La tasa de resolución es el porcentaje de asuntos resueltos en el 2015 respecto a los

asuntos entrantes en el 2015.

Sección civil:

1) Decretos resolutorios:

Decretos

resolutorios

2014 2015 Variación

numérica

Variación

porcentual

Civiles 203 174 -29 -14,28%

Penales 5 182 +177 -

La variación de decretos penales obedece a que a partir de 2015 se ha empezado

a poner fin a todas las EJE con decreto numerado, con arreglo a las instrucciones

impartidas por la Secretaría de Coordinación de Gipuzkoa para homogeneizar las

prácticas de todos los SCEj de Gipuzkoa.

Asuntos 2014 2015 Variación

numérica

Variación

porcentual

Tasa de

resolución (*)

EJE

Registradas 270 226 -44 -16,29%

111,06% Archivo def. 279 251 -28 -10,03

En trámite 147 151 +4 +2,72

EXP (penal)

Registrados 202 170 -32 -15,84%

105,88% Archivo def. 192 180 -12 -6,25%

En trámite 24 13 -11 -45,83%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

443

2) Evolución de las ejecuciones civiles en trámite al finalizar el año

(comparación de datos del 2014 y el 2015:

Asuntos en

trámite

2014 2015 Variación

numérica

Variación

porcentual

Ejecuciones

principales

1.532 1.660 +128 +8,35%

3) Asuntos civiles:

(*) La tasa de resolución es el porcentaje de asuntos resueltos en el 2015 respecto a los

asuntos entrantes en el 2015.

4) Desarchivos para reapertura en ejecuciones civiles durante el año 2015: 921

frente a los 1.019 del año 2014, lo que supone una reducción del 9,61%.

Asuntos 2014 2015 Variación

numérica

Variación

porcentual

Tasa de

resolución (*)

Demandas registradas 521 494 -27 -5,18% -

Escritos registrados 6.091 6.322 +231 +3,79% -

ETJ Registradas 390 387 -3 -0,76% 39,53%

Archivo def. 144 153 +9 +6,25%

ENJ Registradas 29 36 +7 +24,13% 52,77%

Archivo def. 22 19 -3 -13,63%

EJH Registradas 38 19 -19 -50% 84,21%

Archivo def. 19 16 -3 -15,78%

EFM Registradas 64 53 -11 -17,18% 15,09%

Archivo def. 6 8 +2 +33,33%

PDG Registradas 8 5 -3 -37,50% 120%

Archivo def. 5 6 +1 +20%

EJC Archivo def. 0 0 - - -

POJ Registradas 23 33 +10 +43,47% 78,78%

Archivo def. 27 26 -1 -3,70%

POH Registradas 8 4 -4 -50% 75%

Archivo def. 5 3 -2 -40%

ITC Registradas 10 10 = 0% 70%

Archivo def. 13 7 -6 -46,15%

712 Registradas 9 3 -6 -66,66% 133%

Archivo def. 13 4 -9 -69,23%

EXC (civil)

Registrados 14 14 = 0% 107,14%

Archivo def. 13 15 +2 +15,38%

CUP Registradas 18 11 -7 -38,88% 109,09%

Archivo def. 20 12 -8 -40%

CUA Registradas 2 2 = 0% 100%

Archivo def. 1 2 +1 +100%

JGR /

PJG

Registradas 3 6 +3 +100% 83,33%

Archivo def. 1 5 +4 +400%

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

444

5) Evolución de las subastas (comparación entre el 2014 y el 2015):

Subastas 2014 2015

Señaladas 40 44

Suspendidas 18 19

Celebradas 22 25

6) Entrada de escritos:

Enero Feb. Marzo Abril Mayo Jun Jul. Ago. Sept. Oct. Nov. Dic.

Escritos

presentados 516 569 615 512 636 633 545 53 652 603 558 484

Se ha experimentado un incremento global de 231 escritos presentados, como

consecuencia en gran medida de la presentación de escritos relativos a la sucesión

procesal por parte de empresas dedicadas al cobro de deudas a las que se han cedido

créditos cuya ejecución estaba en curso y de la solicitud de actuaciones ejecutivas

posteriores. Estas solicitudes han generado no solo un incremento en los trámites, sino

que ha supuesto el desarchivo de numerosas ejecuciones que estaban archivadas

provisionalmente.

7) Tasa de pendencia de escritos:

Escritos

pdtes.

Enero Feb. Marzo Abril Mayo Jun Jul. Ago. Sept. Oct. Nov. Dic.

Del último

mes 161 180 118 160 214 216 280 26 174 223 172 237

De meses

anteriores 15 13 12 14 14 20 32 53 10 24 23 14

La media mensual de escritos pendientes del último mes (exceptuado el mes de

agosto) ascendió el año 2014 a 148,72, mientras que en 2015 se sitúa en 194,09.

Teniendo en consideración que la media de entrada de escritos en el SCEJ (también

descontando agosto) es de 569,90 (frente a los 566,81 del año 2014) la tasa de escritos

pendientes de proveer del mes anterior asciende a un 34,05% (frente al 26,70% de

2014).

Si se calcula la media semanal de escritos presentados a razón de 4 semanas por

mes, esta alcanza los 142,47 (1,47 escritos semanales más que en 2014).

En consecuencia, la pendencia de escritos del mes anterior se ha incrementado

respecto al año anterior en mayor proporción que el incremento de la entrada de

escritos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

445

2.2.2.- Valoración de los datos:

De los datos se desprenden las siguientes valoraciones:

1) Ejecutorias y exhortos penales:

- Se ha producido una reducción tanto de la entrega de Ejecutorias (algo más de

un 16%) como de Exhortos Penales (casi un 16%), por lo que la carga de trabajo del

Equipo Penal se ha reducido respecto al año anterior, en que ya se había visto reducida.

- Gracias a esta menor entrada de Ejecutorias, la tasa de resolución de este tipo

de asuntos se ha incrementado respecto a 2014, situándose sobre un 111%, frente al

103% del año anterior. La pendencia, no obstante, se sitúa en términos muy similares a

la de finales del 2014, como consecuencia de una circunstancia coyuntural, cual es la

baja de una de las funcionarias de Tramitación del Equipo Penal que no ha sido cubierta

en el curso de la última quincena del año, lo que ha motivado una pendencia superior a

la ordinaria, que es previsible que se recupere una vez se cubra la plaza.

- La tasa de resolución de los exhortos alcanza casi un 106% y, por lo tanto,

arroja un buen resultado, superior al del año pasado.

2) Decretos definitivos:

- Su número ha descendido respecto al año pasado en civil. En penal se ha

empezado en 2015 a finalizar las EJE por decreto numerado, por lo que no puede

compararse su número con el de decretos de fin de años anteriores, que solo se dictaban

en caso de haberse cumplido la responsabilidad civil con posterioridad a la extinción de

la responsabilidad penal.

3) Asuntos civiles en trámite:

Han aumentado notablemente respecto al año pasado, lo que se debe

principalmente a las solicitudes de sucesión procesal que han tenido lugar tanto en

asuntos en trámite como en otros antiguos que llevaban tiempo archivados.

4) Ejecuciones civiles:

En cuanto a la entrada de asuntos, se ha reducido en general.

El descenso es especialmente acusado en la incoación de EJH y en menor

medida en las EFM, mientras que se mantiene casi en los mismos términos en las ETJ y

se incrementa de forma moderada en las ENJ.

La reducción en ejecución de familia no puede ser valorada en términos

numéricos, ya que se trata de ejecuciones que por la especialidad del título ejecutivo,

que contiene medidas cuya eficacia se prolonga en el tiempo, no pueden ser archivadas

definitivamente. De este modo, sucede que a numerosas demandas de ejecución de

familia se les da en Registro y Reparto el tratamiento de escritos, a fin de reabrir la

ejecución.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

446

El número de escritos ha aumentado en casi un 4% respecto al año 2014, lo que

mantiene la tendencia creciente de dicho ejercicio, que ya experimentó un incremento

superior al 6% respecto a 2013 y este a su vez otro aumento de un 8% respecto a 2012.

Este aumento ha supuesto una carga de trabajo importante. Debe destacarse que este año

se ha producido una presentación masiva de escritos de sucesión procesal y trámites

relacionados con ella por parte de empresas cesionarias de los créditos (principalmente

bancarios) que se estaban ejecutando.

- El resto de los datos no ofrecen cambios significativos, salvo el incremento de

las POJ.

5) Reaperturas:

En 2015 el número de reaperturas de ejecuciones civiles, a pesar de haberse

reducido respecto a 2014, sigue siendo elevado (921 en total), por lo que, combinando

este dato con los de menor entrada de ejecuciones y mayor entrada de escritos, puede

considerarse que se ha reducido la presentación de nuevas ejecuciones, pero se ha

intensificado la solicitud de trámites en las ya incoadas.

Por otra parte, tienen una incidencia numérica muy importante, que exige una labor

constante de archivo y desarchivo.

6) Subastas:

Se ha incrementado el número de señalamientos y, además, ninguna de las

suspensiones se ha producido por causas imputables al SCEJ, por lo que el resultado es

positivo.

7) Tasa de pendencia de escritos:

En cuanto a los escritos presentados hace más de un mes, en su mayoría se trata

de escritos de procedimientos que están en la UPAD pendientes de resolver o,

principalmente, pendientes de estudio por el/la Secretario/a procesalista

correspondiente. La incidencia de los primeros se ha resuelto en gran medida mediante

la práctica de recuperar los autos que están en la UPAD y devolverlos inmediatamente

después de proveer el escrito pendiente.

Respecto a los escritos pendientes del mes anterior a cada estadística, se ha

aumentado respecto al año anterior y mantienen un volumen superior al número de

escritos presentados en el SCEJ de media en una semana. El resultado, por lo tanto, es

peor que el de 2014.

2.2.3.- Conclusión:

El SCEJ ha experimentado una disminución en la entrada de ejecuciones civiles

que ha sido compensado con un incremento en la entrada de escritos y en las

reaperturas, por lo que la carga de trabajo puede considerarse que se mantiene estable

respecto a 2014.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

447

En ejecución penal se ha reducido el número de asuntos y, en consecuencia, de

los asuntos pendientes.

En conclusión, puede considerarse que el rendimiento del SCEJ se encuentra

estabilizado después de 4 años de funcionamiento y que las variaciones en los

resultados obedecen a causas circunstanciales de mayor o menor disponibilidad de

personal y mayor o menor entrada de asuntos. No obstante, debe comprobarse si

procede compensar el aumento de la carga de trabajo del equipo civil con cargo al

personal del equipo penal, cuyo volumen de trabajo se ha reducido durante dos años

consecutivos, teniendo en consideración que las Ejecutorias se mantienen en unos

valores más asequibles que en años anteriores.

2.3.- Necesidades

2.3.1.- Personales:

La plantilla disponible se considera adecuada.

2.3.2.- Materiales:

Uno de los principales problemas del SCEJ es la disponibilidad de espacio para

albergar los expedientes, tanto en tramitación como archivados provisionalmente. Para

paliar esta dificultad se están realizando archivos provisionales de ejecuciones en

trámite y paralizadas por falta de impulso de parte durante más de 4 meses. No obstante,

ha seguido existiendo un número importante de ejecuciones en trámite, en ocasiones

con varios tomos, por lo que se ha solicitado de la E.A.T. la habilitación de armarios

adicionales en las dependencias del depósito judicial (que es la única ubicación ofrecida

al efecto) donde se puedan albergar dichos tomos, liberando espacio en la oficina

judicial. A lo largo de 2016 es previsible que se organice el sistema y se trasladen

físicamente los tomos.

Por otra parte, se han reubicado los puestos del SCEj para evitar la exposición de

varios puestos a corrientes de aire.

En relación con ambas cuestiones, por la E.A.T. se ha mostrado receptividad y

se ha ofrecido una solución rápida y eficaz.

2.4.- Actuaciones emprendidas y resultado:

2.4.1.- Actualización de las normas de funcionamiento interno.

2.4.2.- Se ha promovido el archivo provisional periódico de expedientes con la

distribución de listados de procedimientos no tramitados desde antes de cuatro meses

con el mantenimiento de las instrucciones para el desarchivo vigentes desde el año

2012. El resultado ha sido positivo, ya que ha permitido mantener un volumen más

manejable de ejecuciones en trámite y detectar pendencias subsanables.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

448

2.4.3.- Unificación de criterios procesales en materia civil: realizada desde un primer

momento con los primeros Secretarios procesalistas del Servicio y modificaciones y

adaptaciones posteriores a las reformas con los actuales, especialmente en materia de

sucesiones procesales y de subastas electrónicas.

2.4.4.- Reuniones: se han mantenido reuniones con el personal para trasladarles

información relativa a novedades organizativas, legislativas o de criterios procesales.

También se han mantenido con los Secretarios procesalistas.

2.4.5.- Coordinación con las UPAD:

Se ha revisado el sistema de intervenciones simplificadas con el objetivo de

optimizar el funcionamiento del conjunto del sistema concentrando en el SCEJ la

elaboración de aquellas resoluciones judiciales más sencillas que, además, son las más

numerosas. Con ese fin se han recabado los necesarios criterios judiciales para poder

elaborar las resoluciones, ganándose con ello una homogeneidad que resulta más difícil

de lograr cuando las resoluciones se elaboran por cada UPAD. Este sistema es limitado,

porque no se extiende más allá de las resoluciones más sencillas: autos de ejecución

dineraria con condena clara y autos de ampliación de ejecución, así como los de

sucesión procesal por transmisión del crédito, siempre que en ambos casos se ajusten a

una serie de requisitos.

Hasta la fecha el sistema ha funcionado en general de forma correcta y ha

permitido coordinar a las UPAD y el SCEJ permitiendo concentrar trámites que antes se

desdoblaban en una actuación por el SCEJ y otra posterior por la UPAD. Los problemas

que han ido surgiendo se han resuelto mediante la comunicación con los Jueces y

Secretarios de las UPAD.

2.4.6.- Aplicación del sistema de calidad:

Gracias a los seguimientos de calidad se han detectado sobre todo retrasos en el

proveído de escritos, que es el principal problema de cumplimiento de los indicadores

que puede afectar a un Servicio de las características del SCEJ. Se ha tratado

principalmente de escritos de procedimientos que están en la UPAD pendientes de

resolver o pendientes de estudio por el Secretario procesalista correspondiente, por lo

que en el funcionamiento ordinario de la oficina no se observan retrasos que afecten al

cumplimiento de los indicadores en materia de proveído de escritos.

El resto de los indicadores se han respetado de forma satisfactoria, con mínimas

excepciones.

Se han abierto piezas incidentales para tramitar las nulidades, a fin de detectar

posibles causas imputables al Servicio y poder adoptar las medidas preventivas

correspondientes. Se ha decretado una nulidad imputable al SCEJ, que fue puesta de

manifiesto por el propio Servicio y subsanada tras la correspondiente declaración de

nulidad.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

449

2.4.7.- Cumplimiento de objetivos para el año 2015:

- Lanzamientos y tomas de posesión / embargos: no suspensión por causa

imputable al SCEJ: cumplido.

- Proveído de escritos: reducir el nivel de escritos pendientes de proveer desde

hace más de un mes y mantener la tasa de proveído de escritos del mes inmediatamente

anterior:

No se ha cumplido, por lo que debe incidirse en este aspecto en 2016,

especialmente en aquellos que están pendientes de estudio y resolución por los Letrados

procesalistas, tratando, donde se pueda, de delimitar los supuestos problemáticos y

asentar criterios. Debe destacarse que una parte de estos escritos se referían a la

sucesión procesal del ejecutante por transmisión del crédito y que en diciembre de 2015

se han fijado una serie de criterios tanto de los Letrados procesalistas como de los

Jueces, que permitirán agilizar en lo sucesivo la tramitación en estos supuestos.

- Número de ejecuciones civiles: tramitar o archivar provisionalmente toda

ejecución que lleve más de 4 meses sin actuación alguna: cumplido. Las excepciones

han dado lugar al levantamiento de no conformidades y a la adopción, en su caso, de

medidas de corrección.

- Ejecutorias penales: mantener la tasa de resolución de las Ejecutorias en

niveles cercanos al 100%: se ha cumplido, ya que se ha rebasado dicha tasa.

- Cumplir con los indicadores de la Carta de Servicios: se ha cumplido, excepto

en materia de proveído de escritos.

- Pagos: dar destino a las cantidades ingresadas hace más de siete meses, dando

preferencia a los ingresos más cuantiosos: se ha cumplido parcialmente.

- Sistema de calidad: continuar con su aplicación y realizar las reuniones

periódicas con la Gestora responsable para el análisis de las no conformidades u otros

defectos que pudieran hallarse y adoptar las medidas de corrección y/o prevención

necesarias: se ha cumplido.

- Unificación y establecimiento de criterios procesales, especialmente en civil,

en algunas materias que presentan dificultades prácticas: cumplido en materia de

sucesión procesal y de subastas electrónicas.

- Revisar las cargas de trabajo de los equipos civil y penal y reorganizar en su

caso la distribución de funciones: no se ha cumplido, por lo que deberá llevarse a efecto

en 2016.

- Intensificar las reuniones con los Letrados procesalistas: cumplido

parcialmente.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

450

2.5.- Balance:

2.5.1.- Aspectos negativos:

- Disfunciones en materia de sustituciones y priorización de tareas, sobre todo en

periodos en los que se concentran bajas y permisos.

- Los pagos no se han hecho siempre con la necesaria regularidad.

- No se han revisado las cargas de trabajo de los distintos equipos y grupos de

trabajo.

2.5.2.- Aspectos positivos:

- Unificación de prácticas procesales: se ha seguido avanzado especialmente en

materia de sucesión procesal por transmisión del crédito. No obstante, se trata de una

tarea que nunca puede darse por concluida y que precisa de una revisión y refuerzo

constante.

- Progresiva especialización del personal, que apenas ha experimentado cambios

este año.

- Se sigue utilizando la agenda informática como herramienta común del

Servicio, lo que permite detectar las actuaciones pendientes de importancia aunque no

se encuentre en la fecha correspondiente el responsable de la tramitación del expediente.

- Asunción en general por parte del personal de la pertenencia a un Servicio

Común y consecuente asunción de las tareas del Servicio como propias

independientemente del procedimiento concreto al que se refieran, especialmente en los

casos de sustituciones por ausencias, si bien debe reforzarse este aspecto para evitar

inercias negativas y para insertar a los nuevos funcionarios en una dinámica de equipo.

- Las subastas, tomas de posesión y lanzamientos se han realizado de forma

correcta y sin suspensiones imputables al Servicio.

- Asunción por el personal del reparto de funciones entre los cuerpos de Gestión

y Tramitación.

- Correcto desempeño de las funciones relativas a la gestión de cuentas

judiciales y de bases de datos judiciales por parte del cuerpo de Gestión.

-Agilidad en general en las actuaciones propias del grupo de Inicio, relativas al

comienzo de la ejecución (incoación, por una parte, y dictado del decreto inicial, por

otra, así como de los autos que ahora se elaboran en los supuestos previstos).

- Realización periódica del archivo provisional de ejecuciones, salvo en periodos

vacacionales, en que debe priorizarse otro tipo de tareas preferentes como el proveído

de escritos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

451

- La realización desde el SCEJ de la práctica totalidad de las actuaciones de las

Ejecutorias penales mediante el sistema de intervenciones simplificadas y de una parte

importante de las órdenes generales de ejecución y de los autos de sucesión procesal por

transmisión del crédito, lo que permite homogeneizar la tramitación de estos supuestos.

2.6.- Objetivos para el 2016:

- Lanzamientos y tomas de posesión / embargos: no suspensión por causa

imputable al SCEJ

- Proveído de escritos: reducir el nivel de escritos pendientes de proveer tanto de

los presentados en el mes anterior como de los anteriores.

- Número de ejecuciones civiles: tramitar o archivar provisionalmente toda

ejecución que lleve más de 4 meses sin actuación alguna

- Ejecutorias penales: mantener la tasa de resolución de las Ejecutorias en

niveles cercanos al 100%.

- Cumplir con los indicadores de la Carta de Servicios.

- Pagos: revisar las cuentas judiciales y dar destino a todas las cantidades

ingresadas antes del 31-12-2014 y agilizar en la medida de lo posible los trámites para

realizar los pagos.

- Sistema de calidad: continuar con su aplicación y realizar las reuniones

periódicas con la Gestora responsable para el análisis de las no conformidades u otros

defectos que pudieran hallarse y adoptar las medidas de corrección y/o prevención

necesarias.

- Revisar las cargas de trabajo de los equipos civil y penal y reorganizar en su

caso la distribución de funciones.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

452

6.4.5 SERVICIO COMUN PROCESAL GENERAL Y DE EJECUCION DE

TOLOSA

I.- SECCION GENERAL

1.1.- Estadísticas

A)1º Trimestre 2015

Pendientes trimestre

anterior

Recibidos en

trimestre

Realizados Pendientes en el

trimestre

Actos unipersonales 15 794 769 40

Actos en comisión 5 14 26 3

TIEMPO MEDIO DE

REALIZACION

ACTOS COMUNICACION EMBARGOS LANZAMIENTOS

4 días 9 días 27 días

ARCHIVO CENTRAL TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos registrados en el trimestre 1537 1197

REGISTRO EN EL TRIMESTRE TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos civiles 586 538

Escritos 2403 2064

Asuntos penales 1709 1457

Apud-Actas 119 58

INFORMACION AL PUBLICO TRIMESTRE ANTERIOR

822 1437

VISTAS CELEBRADAS TRIMESTRE ANTERIOR

356 418

FOTOCOPIAS /GRABACIONES/VIDEOCONF. TRIMESTRE ANTERIOR

153 6 17 (176) 307

B) 2º Trimestre 2015

Pendientes trimestre

anterior

Recibidos en

trimestre

Realizados Pendientes en el

trimestre

Actos unipersonales 40 728 740 28

Actos en comisión 3 6 6 3

TIEMPO MEDIO DE

REALIZACION

ACTOS COMUNICACION EMBARGOS LANZAMIENTOS

4 DIAS 4 DIAS 25 DIAS

ARCHIVO CENTRAL TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos registrados en el trimestre 1834 1537

REGISTRO EN EL TRIMESTRE TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos civiles 635 586

Escritos 2480 2403

Asuntos penales 1675 1709

Apud-Actas 72 119

INFORMACION AL PUBLICO TRIMESTRE ANTERIOR

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

453

1298 822

VISTAS CELEBRADAS TRIMESTRE ANTERIOR

364 356

FOTOCOPIAS /GRABACIONES/VIDEOCONF. TRIMESTRE ANTERIOR

262/4/20 (286) 176

c) 3º TRIMESTRE 2015

Pendientes trimestre

anterior

Recibidos en

trimestre

Realizados Pendientes en el

trimestre

Actos unipersonales 28 490 474 44

Actos en comisión 3 12 12 3

TIEMPO MEDIO DE

REALIZACION

ACTOS COMUNICACION EMBARGOS LANZAMIENTOS

5 DIAS 9 DIAS 7 DIAS

ARCHIVO CENTRAL TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos registrados en el trimestre 1387 1834

REGISTRO EN EL TRIMESTRE TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos civiles 461 635

Escritos 1919 2480

Asuntos penales 960 1675

Apud-Actas 72 72

INFORMACION AL PUBLICO TRIMESTRE ANTERIOR

1511 1298

VISTAS CELEBRADAS TRIMESTRE ANTERIOR

245 364

FOTOCOPIAS /GRABACIONES/VIDEOCONF. TRIMESTRE ANTERIOR

87/8/5 (100) 286

D) 4º TRIMESTRE 2015

Pendientes trimestre

anterior

Recibidos en

trimestre

Realizados Pendientes en el

trimestre

Actos unipersonales 44 565 589 20

Actos en comisión 3 11 11 3

TIEMPO MEDIO DE

REALIZACION

ACTOS COMUNICACION EMBARGOS LANZAMIENTOS

4 DIAS 19 DIAS 9 DIAS

ARCHIVO CENTRAL TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos registrados en el trimestre 1486 1387

REGISTRO EN EL TRIMESTRE TRIMESTRE ANTERIOR

Asuntos civiles 535 461

Escritos 2396 1919

Asuntos penales 1384 960

Apud-Actas 69 72

INFORMACION AL PUBLICO TRIMESTRE ANTERIOR

1193 1511

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

454

VISTAS CELEBRADAS TRIMESTRE ANTERIOR

371 245

FOTOCOPIAS /GRABACIONES/VIDEOCONF. TRIMESTRE ANTERIOR

115/4/14 (133) 100

BALANCE ANUAL/ COMPARATIVA 2015-2014

2014 2015

Actos unipersonales 2327 2577

Actos en comisión 45 43

ARCHIVO CENTRAL 2014 2015

Asuntos registrados en 2014 6347 6244

Piezas registradas 167 279

REGISTRO GENERAL 2014 2015

Asuntos civiles 2022 2217

Escritos 9907 9198

Asuntos penales 5440 5278

INFORMACION AL PUBLICO 2015

5376 4824

VISTAS CELEBRADAS 2015

1156 1336

FOTOCOPIAS /GRABACIONES/VIDEOCONF. 2015

1032 695

DEPOSITO DE EFECTOS 2015

MOVIMIENTOS

ENTRADA

S

PRESTAMO

S

READMISIO

N

279 1 15

DESTINO

ENTREGA

S

DESTRUCC

.

BENEFICI

.

SUBASTADO

S

21 18 0 0

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000

ASTS.CIVIL ASTS.PENAL VISTAS REPROG.

2015

2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

455

OTROS DATOS ASISTENCIA A JUEZ DECANO 2014 2015

Registro comunicaciones 125 117

Quejas, reclamaciones… 8 12

Apud-Actas 279 332

Excusas jurado 47 0

Tomas posesión J. paz 0 2

Nomb. Jueces sustitutos 1 3

Sol. Justi.gratuita 20 26

Gubernativos y otros 20 22

- INFORME:

En términos generales la actividad anual del servicio correspondiente a 2015 se

mantiene de forma similar a la del año anterior, si bien con un ligero aumento en cuanto a los

asuntos civiles y penales, que trae como consecuencia también un ligero aumento en relación al

señalamiento de vistas, si bien es de prever que, con las reformas habidas en las leyes

procesales, sobre todo la civil, vayan disminuyendo de forma paulatina la necesidad de

realización de vistas al quedar a voluntad de las partes su celebración como acto procesal previo

para la resolución de los conflictos. Si es de remarcar una disminución de la ratio del grupo de

fotocopias/grabaciones y vistas, motivadas por los traslados en otras formas alternativas que

mejora y disminuye el gasto absoluto de medios de reproducción. También se observa un ligero

repunte en cuanto a presentación de escritos.

En relación a los actos propios del Servicio (actos de comunicación, archivo central e

información general) se deduce un ligero aumento de actividad en relación al año anterior pero

manteniéndose, en líneas generales los parámetros medios de este partido judicial. Hay que

hacer constar que en cuanto a la información general se detectó, a consecuencia de la inspección

virtual realizada en el presente año, que no constaban los datos absolutos de la actividad total de

información, circunstancia que fue informado al grupo de trabajo a los efectos de plena

coincidencia de los datos estadísticos con la actividad, que en cómputo final, se realiza.

0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

ACTOS COM. INF.PUBLIC ARCHV CENT ESCRITOS

2015

2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

456

No constan situaciones de baja laboral por parte del personal del Servicio de Actos de

Comunicación, salvo en el primer trimestre del año, por lo que la ratio de tiempo medio de

realización de los actos de comunicación, lanzamientos y embargos se mantiene en la media

general, sin retrasos llamativos y causados, principalmente, por la necesidad para su eficacia de

las preceptivas notificaciones previas para la efectividad posterior del acto y la determinación

de un plazo para la planificación de tareas -teniendo en cuenta que la persona encargada realiza

otras funciones en la sede del órgano judicial-. Por el mismo motivo, ha disminuido la

pendencia de actos de comunicación pendientes al final del período. Sin embargo, en cómputo

general en comparación al año anterior se observa un ligero aumento de peticiones de

realización de actos de comunicación (de 2327 a 2577 en actos unipersonales), manteniéndose

los datos respecto de los actos en comisión.

Descienden ligeramente los asuntos registrados en el Archivo Central (de 6347 a 6244)

y aumentan, sin embargo, las piezas de convicción depositadas (de 167 a 279). Las demandas

civiles instadas también han aumentado ligeramente si bien no tienen una importancia

significativa (de 2022 a 2217); también disminuyen en número los asuntos penales incoados en

el año en comparación con el anterior de 5440 a 5278). La atención al público ha disminuido

ligeramente si bien puede deberse al motivo mencionado anteriormente; aumentaron las vistas

celebradas (1156 a 1336), y como ya se ha referido, el servicio de fotocopias, videoconferencias

y grabaciones disminuye considerablemente en relación al año anterior debido, principalmente,

a la aplicación de otros sistemas alternativos.

En relación a los datos de efectos depositados, se ha incrementado el número de registro

de piezas de convicción, se observa, sin embargo unos bajos números estadísticos en cuanto al

destino de las piezas, sin perjuicio del deficitario sistema de gestión informática, se procederá en

el próximo año a la revisión de la debida remisión de las piezas junto con los asuntos penales

y/o destrucción de los mismos por archivo definitivo de los asuntos, bien por sentencia firme,

bien por prescripción de los mismos.

Respecto a otros datos, cabe destacar el aumento de las apud-actas realizadas para

órganos judiciales ajenos a este partido judicial. Se mantiene el número de peticiones de justicia

gratuita.

1.2. PLANTILLA

- 1 GESTOR RESPONSABLE que compatibiliza con la Sección de Ejecución.

- 1 GESTOR

- 2 TRAMITADORES.

- 7 AUXILIOS JUDICIALES. Todos realizan guardias penales y únicamente tres de

ellos realizan actos de comunicación.

Los períodos han coincidido con el disfrute de días de asuntos, licencias por vacaciones y

de exceso de horario de todo el personal adscrito al Servicio. El personal ha llegado a acuerdos

voluntarios para el disfrute de los días de permiso sin necesidad de intervención por parte de

esta letrada-directora. La relación entre el personal del servicio es buena no habiéndose

detectado incidencias que perjudiquen el normal desarrollo de la actividad.

Hay que destacar la situación de baja laboral por parte de un funcionario de cuerpo de

Tramitación Procesal adscrito al servicio de registro y reparto de asuntos que ha provocado

ligeras disfunciones en el periodo de vacante si bien el nombramiento de funcionario sustituto

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

457

ha sido relativamente rápido por parte del Gobierno Vasco (en términos generales son

nombrados en el plazo de un mes) La baja se inició el 3 de febrero de 2015 con alta en junio de

2015 y recaída en septiembre de 2015, manteniéndose al finalizar el período del presente

informe.

La colaboración entre los funcionarios adscritos al Servicio es buena, de las reuniones

individuales y conjuntas realizadas, así como de las directrices acordadas para el desarrollo del

servicio se deduce una buena predisposición e interés en la realización de las mismas sin que

consten incidencias o quejas por parte del ciudadano y/u otros intervinientes del servicio.

1. INCIDENCIAS DETECTADAS EN EL AÑO.

En fecha 3 de febrero de 2015 y 20 de mayo de 2015, se celebraron sendas reuniones

conjuntas con el personal adscrito al servicio, de las que se adjuntan copias de las actas, en la

que se expusieron los temas, instrucciones e incidencias detectados, sin perjuicio de ello, la

comunicación con el Servicio es diaria y se resuelven en el momento aquellas incidencias que

puedan surgir, dada la perentoriedad de los asuntos (información al ciudadano, actos de

comunicación, temas de registro y reparto…) sin perjuicio de comunicar aquellas instrucciones

o informaciones remitidas por el Ministerio, Gobierno Vasco o Secretarías de Gobierno o

Coordinación que directamente pueden afectar al servicio a través de correo electrónico a través

de la Gestora Responsable.

Como incidencias surgidas en el año y que han sido resueltas cabe destacar:

1) NOTIFICACIONES A FISCALIA. REMISIONES SPs

A raíz de la nueva implementación del sistema telemático de las notificaciones a

Fiscalía se hizo un seguimiento por parte del Servicios conforme a las directrices

realizadas por la Secretaría de Coordinación de la provincia y fueron subsanadas las

deficiencias iniciales que se fueron detectando, y que fueron debidamente comunicadas

en su día tanto a la propia Fiscalía como a la Sra. Secretaria coordinadora. Actualmente

el servicio funciona dentro de los parámetros normales y no han sido detectadas nuevas

incidencias que afecten sustancialmente al servicio.

2) GRABACIONES DE VISTAS. ARCONTE

Se comunicó debidamente la instrucción en relación a la necesidad de realizar los

marcajes necesarios en las grabaciones de las vistas a efectos de la posibilidad de

remisión de los asuntos a las Audiencias Provinciales. Se explicó por parte de esta

Letrada-directora al personal adscrito a este servicio y la forma de realización sin que

consten quejas u omisiones en su realización. Se solicitó el traslado del sistema

informático a la entrada de la puerta de acceso de las vistas por parte del servicio de

mantenimiento del gobierno vasco, si bien en la reunión transversal realizada en este

partido se informó la sustitución del sistema arconte por otro más moderno por lo que

no era necesario el traslado del aparato informático.

3) REVISION DE ASUNTOS UBICADOS EN EL ARCHIVO PARA POSTERIOR

DESTINO.

Se acordó ir revisando los asuntos ubicados en la zona de archivo comprendidos en el

período de 1997 a 2000, a fin de acordar, en el momento correspondiente su remisión

definitiva, bien al archivo territorial, bien a su expurgo definitivo. Por parte del personal

del servicio se ha inspeccionado la constancia material de los asunto civiles y penales

que se encuentran en archivo definitivo de las diferentes Upads de este partido judicial

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

458

de los años 1997 y 1998, restaría pendiente de revisar si constan piezas de convicción o

cantidades pendientes de disposición en las cuentas de depósitos adscritas a dichos

expediente, labor que se realizará por esta letrada-directora y, posteriormente, solicitar

de los letrados de las diferentes oficinas judiciales las debidas certificaciones para su

destino final, definitivo o provisional. Se prevé continuar con la tarea respecto de los

años siguientes (1999-2000) en este año por parte del personal adscrito al servicio.

4) CUENTA DEL DECANO

Ha sido revisada la cuenta del decano (1949) remitiendo aquellas cantidades que

constaban pendientes en las cuentas expedientes. La cuenta quedó a saldo cero y en

revisada periódicamente para que no consten saldos superiores a cero por destino

erróneo. No ha sido peticionada la cancelación definitiva de la cuenta por cuanto

algunos ingresos fueron destinados al Tesoro Público por su origen desconocido, pese a

los oficios remitidos a las diferentes comandancias policiales, por lo que pudieran ser

reintegrados si el posible interesado solicita su devolución dentro del período

establecido para su solicitud.

5) PIEZAS DE CONVICCION.

a) Fue inspeccionada la zona de piezas de convicción por esta Letrada-directora y se

observó que en la caja fuerte existente en esas dependencias existían cantidades en

metálico en moneda pesetas en diferentes bolsas. Examinados los antecedentes

informáticos se deduce que son importes depositados a raíz de ser hallados en

personas fallecidas, de las que se incoaron expedientes en el período 1988-2000. Se

ha localizado los asuntos de los que traen causa. Si bien surgió una incidencia

respecto a la entidad Santander por cuanto no acepta el ingreso en pesetas. Abierta

incidencia telemática informó en iguales términos –la no aceptación en moneda

que ya no es de curso legal- y que debía canjearse ante el Banco de España ubicado

en Bilbao. Está pendiente resolver el problema para el debido ingreso de dichos

importes en la cuenta. A raíz de dicho hallazgo y sin perjuicio de la antigüedad de

los asuntos, se informó convenientemente al personal de servicio que no podía

admitirse como piezas de convicción dinero o signo que lo represente.

b) En relación a las piezas de convicción fue remitida a las diferentes Upad peticiones

de estado de las piezas que podían ser trasladas o destruidas. No consta respuesta

por lo que se volverá a insistir en la revisión de las mismas para acordar el destino

final de las piezas de convicción que corresponda.

6) MATERIAL DESECHABLE EN LA ZONA DE ARCHIVO

Desde el año anterior se ha requerido en las diferentes reuniones habidas con los

Letrados de las Upad el posible destino que debe realizarse sobre diferentes materiales

obsoletos o en desuso que se encuentran en la zona del archivo. No ha habido oposición

por parte de los compañeros para que se proceda a la destrucción de los mismos por

considerar que carecen de valor por lo que en el presente año se solicitará al personal

correspondiente de la EAT que proceda a la retirada y destrucción de dicho material.

7) COMPENDIO DE DUDAS 2015

El personal adscrito al servicio de registro y reparto le fue debidamente comunicado el

nuevo compendio actualizado de dudas definidas por el Reglamento 2/2010 a efectos de

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

459

registro de asuntos y sus posibles incidencias conforme a los criterios de

homogeneización general.

8) Comunicación del acuerdo homogeneización de normas de reparto. La juez decana

informó de la reunión celebrada en este partido judicial en Junta de Jueces a fin de

adoptar el acuerdo de adaptación de normas de reparto en relación a las clases de

reparto elaboradas por el Ministerio a fin de homogeneizar los registros generales. De lo

que se informó debidamente al Responsable Territorial de Informática del Gobierno

Vasco a los efectos pertinentes.

9) Supervisión del cumplimiento de subsanación de anomalías a través de muestreos

semanales o quincenales. Desde el mes de febrero de 2013, la Gestora responsable

comenzó a realizar el control de los indicadores conforme a los compromisos asumidos

en la Carta de Servicios relativos, en su mayoría, al cumplimiento de los plazos de las

diferentes tareas desempeñadas por el servicio. Los plazos se cumplen en su integridad -

por cuanto las no conformidades detectadas se deben a la imposibilidad procesal de

cumplimiento para la realización del acto -vg. Fechas de entrega del permiso de

conducción; fechas de lanzamientos en cooperación y auxilio judicial-. No se han

detectado retrasos cumpliéndose los plazos establecidos en la Carta de Servicios.

En este sentido, tanto las visitas realizadas durante el año por parte del Equipo

Responsable de Calidad de la Dirección de la Administración de Justicia del Gobierno Vasco,

como las remisiones telemáticas de los informes trimestrales que se realizan por este Servicio a

aquel organismos, han dado como resultado los correspondientes informes de conformidad con

los parámetros establecido por dicho departamento. El objetivo, por tanto, es mantener los

indicadores propuestos en la Carta de Servicios para el año próximo.

10) Mejora en la coordinación con las Upads en la prestación de servicios y detección de

anomalías que pudieran afectar al Servicio.

Se mantienen reuniones individuales por esta Directora con los Letrados de la Admón.

Judiciales de cada Upad por temas concretos e incidencias detectadas en el sistema de

cooperación y auxilio que fueron resueltas dando las instrucciones necesarias para ello, sin

perjuicio de la comunicación general con los demás letrados. Se mantiene una línea de

comunicación fluida con todos los integrantes de las oficinas para posibles incidencias o gestión

de mejora del servicio. Resta pendiente la celebración de una reunión conjunta con todos los

letrados de la Admón. En relación a todas las modificaciones habidas en las leyes procesales

para obtener criterios comunes en la tramitación de asuntos y sus posibles incidencias. No

constan quejas de la actividad que desarrolla servicio común a las diferentes Upads en este

período.

11) Asistencia al Juez Decano. Se continúa la recopilación y ordenación de los datos

relativos a las actas de juntas de jueces, informatización de los nombramientos de jueces

sustitutos así como las certificaciones y demás documentos de interés, por cuanto

resulta compleja la certificación del tiempo desempeñando por éstos al no existir una

ordenación de la materia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

460

12) Limpieza bandeja de entrada de asuntos. En el mes de junio, se procedió por el Servicio

de Registro y reparto a la limpieza de los apuntes de NIGs obsoletos (87 apuntes)

informando a Deitu de la incidencia.

13) Información del Servicio de Atención al ciudadano solicitada por el Consejo General

del Poder Judicial. En fecha 22 de julio de 2015, se solicitó por parte de la Unidad de

Atención ciudadana informe relativo a la situación de los servicios comunes de atención

al ciudadano, informe que fue remitido en fecha 24 de julio de 2015.

NECESIDADES

1.- PERSONALES

A) Plantilla.- La plantilla orgánica se considera suficiente para el desempeño ordinario

de las funciones que tienen encomendadas. En los supuestos de ausencia prolongada del

personal adscrito a registro y reparto, se estima que debe cubrirse el puesto de forma

inmediata. Por cuanto está compuesto por una gestora, con funciones propias de registro y

reparto; apud actas y salidas por actos en comisión, entre otras, por lo que la vacante de

cualquiera de los puestos puede provocar una disfunción en el servicio.

Tras la disfunción provocada por la simultaneidad de bajas laborales en el personal de

auxilio adscrito a la realización de actos de comunicación fuera de la sede judicial, sería

conveniente que en situación de urgente necesidad, pudiera adscribirse temporalmente a algún

funcionario del mismo cuerpo pero destinado al servicio común no especializado. Pudiera ser un

tema a tratar en la próxima reunión sectorial con los responsables de personal y justicia del

Gobierno Vasco.

B) Formación.- Los modelos procesales inherentes al desarrollo del servicio se

consideran completos y ajustados. En aras a la aplicación de la Ley de Protección de datos, debe

requerirse la personación suficiente de abogados/procuradores en los asuntos judiciales.

Se insiste que en materia de formación al ciudadano, existe una disfunción por cuanto el

servicio de atención del partido judicial no debe confundirse con el de asesoramiento legal,

resultando conveniente la posibilidad de petición al Iltre. Colegio de Abogados la implantación

de un grupo de servicio de orientación jurídica al cual derivar ante consultas que exceden de

nuestra competencia.

2.- MATERIALES

A) Informática.- Sería conveniente y necesario la implementación del sistema

informático del depósito de piezas de convicción en Justizia Bat.

En el contexto Decano los documentos siguen resultando insuficientes. Sin perjuicio de

ello se van recopilando las necesidades y su remisión a la Comisión de Documentación para

unificación de modelos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

461

1.7 BALANCE

El Balance es positivo, sin incidencias ni anomalías destacables, aquéllas generadas por

el desarrollo ordinario de la actividad se han ido subsanando. El personal es colaborador y

autónomo, asumiendo con responsabilidad sus funciones y realizándolas conforme a las

instrucciones generales y las de cada caso concreto. No se han detectado incidencias en la

propuesta conjunta de petición de permisos y licencias, las necesidades de servicio se han

cubierto voluntariamente sin necesidad de intervención por parte de esta Letrada-directora. No

se producen suspensiones atribuibles al servicio. Ya se han referido las reuniones conjuntas

celebradas con la totalidad de la plantilla del Servicio Común, sin perjuicio de las reuniones

individualizadas para actos concretos. Se mantendrá por periodos semestrales reuniones

conjuntas para la optimización del servicio, si se considera necesario la exposición de nuevos

temas.

II.- SECCION DE EJECUCION

2.1.- ESTADISTICAS 2015

2.1.1. DATOS 1º TRIMESTRE

Trim.anterior incoadas reabiertas archivadas En tramite

EJEC. CIVILES 1503 123 119 250 1496

EJEC. PENALS 83 29 3 32 83

TOTAL 1586 152 122 282 1579

C) INTERVENCIONES UPADS

remitidas devueltas

civil 207 201

penal 45 63

E) ESCRITOS

PRESENTADOS PENDIENTES

CIVIL 967 63

PENAL 1 0

E) SUBASTAS

SEÑALADAS CELEBRADAS

13 11

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

462

2.1.2. DATOS 2º TRIMESTRE

Trim.anterior incoadas reabiertas archivadas En tramite

EJEC. CIVILES 1496 127 158 422 1358

EJEC. PENALS 83 23 6 33 79

TOTAL 1579 150 164 455 1437

C) INTERVENCIONES UPADS

remitidas devueltas

civil 196 180

penal 46 47

E) ESCRITOS

PRESENTADOS PENDIENTES

CIVIL 1024 67

PENAL 8 1

E) SUBASTAS

SEÑALADAS CELEBRADAS

13 8

2.1.3. DATOS 3º TRIMESTRE

Trim.anterior incoadas reabiertas archivadas En tramite

EJEC. CIVILES 1358 82 191 156 1475

EJEC. PENALS 79 19 4 41 61

TOTAL 1437 101 195 197 1536

C) INTERVENCIONES UPADS

remitidas devueltas

civil 137 119

penal 64 58

E) ESCRITOS

PRESENTADOS PENDIENTES

CIVIL 909 52

PENAL 0 0

E) SUBASTAS

SEÑALADAS CELEBRADAS

5 5

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

463

2.1.4 DATOS 4º TRIMESTRE

Trim.anterior incoadas reabiertas archivadas En tramite

EJEC. CIVILES 175 96 130 227 1474

EJEC. PENALS 61 19 4 25 59

TOTAL 1536 115 134 252 1533

C) INTERVENCIONES UPADS

remitidas devueltas

civil 179 177

penal 43 48

E) ESCRITOS

PRESENTADOS PENDIENTES

CIVIL 936 21

PENAL 0 0

E) SUBASTAS

SEÑALADAS CELEBRADAS

8 4

Ejecución civil.

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

1º trimes 2º trimes 3º trimes 4º trimes

ejec civil inic)

inc/reaper

archivadas

en tramite

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

464

BALANCE ANUAL

anterior incoadas reabiertas archivadas En tramite

EJEC.

CIVILES

1503 428 598 1055 1474

EJEC.

PENALS

83 90 17 131 59

TOTAL 1586 518 615 1186 1533

a) Ejecuciones Civiles

Trim.anter. incoadas reabiertas archivadas En tramite

E.HIPOTEC. 73 31 14 38 80

ETNJ 260 28 74 103 259

EFM 83 45 16 58 86

ETJ 1087 324 494 856 1049

b) PIEZAS SEPARADAS

Tramite

ant.

incoadas reabiertas archivadas en tramite

CUP/CUA 7 17 0 13 11

CIN 3 13 0 10 3

EMU 3 1 0 2 2

ITC 11 12 0 19 4

PDG 3 4 0 4 3

POJ/POH 20 29 0 24 25

JGR 0 0 0 0 0

TCS 2 120 0 124 0

TMH/TMD 0 1 0 1 0

712 3 3 0 5 1

Tramite

ant.

incoadas reabiertas archivadas en tramite

TOTAL 73 191 2 203 63

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

465

C) INTERVENCIONES UPADS

remitidas devueltas

civil 719 677

penal 198 216

D) EXHORTOS

INCOADOS ARCHIVADOS

EXHORT.PENAL 54 54

EXHORT.CIVIL 3 3

E) ESCRITOS

PRESENTADOS PENDIENTES

CIVIL 3828 21

PENAL 9 0

E) SUBASTAS

SEÑALADAS CELEBRADAS

39 28

COMPARATIVA 2014-2015

Anterior

2015

Incoadas

2015

Reabiertas

2015

Archivadas

2015

En tramite

2015

EJEC.

CIVILES

1501

1503

515

428

608

598

1121

1055

1503

1474

EJEC.

PENALS

113

83

156

90

30

17

216

131

83

59

TOTAL 1614

1586

671

518

638

615

1337

1186

1586

1533

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

466

EJECUCIONES CIVILES

EJECUCIONES PENALES

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

INC/REAPE FINALIZAD EN TRAMITE

2015

2014

0

50

100

150

200

250

INC/REAP FINALIZAD EN TRAMITE

2015

2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

467

2015 EN TRAMITE 2014

E.HIPOTEC. 80 73

ETNJ 259 260

EFM 86 83

ETJ 1049 1087

PIEZAS

SEPARADAS 2015 EN

TRAMITE

2014

TOTAL 63 73

2015 2014

EXHORT.PENAL 54 54

EXHORT.CIVIL 3 3

ESCRITOS 2015 PRESENTADOS 2014 PRESENTADOS

CIVIL 3828 4170

0

200

400

600

800

1000

1200

EJ.HIPOT. ETNJ EFM ETJ

2015

2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

468

2.- SECCION DE EJECUCION

2.1. ESTADISTICAS. VALORACION

De los datos transcritos se deduce, respecto de los asuntos civiles ejecutorios,

una tendencia homogénea en el mantenimiento de los asuntos en trámite con un leve

aumento de los asuntos finalizados (1503 al inicio del año y 1474 al finalizar). Si bien el

número de asuntos de nuevo registro ha descendido, hay que tener en cuenta la

idiosincrasia de la naturaleza de la ejecución que no finaliza definitivamente hasta la

plena satisfacción del interés del actor; por ello, aquella disminución es compensada con

el número de asuntos reabiertos que se hallaban en situación de archivo provisional por

inactividad de las partes. Por otra parte, las ejecutorias penales sí que se aprecia una

paulatina disminución de asuntos, provocada, principalmente por el gran número de

asuntos despenalizados por la ley penal en el presente año y manteniéndose la

proporción de archivos dentro de los ratios medios, sin embargo, por el volumen de

asuntos que representan respecto al cómputo global, tienen un aspecto residual en su

valoración.

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

4500

ESCRITOS PENDENCIA

2015

2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

469

En relación a la especialidad de asuntos civiles, se mantiene, en general, la

entrada de los procedimientos de ejecución en sus distintas especialidades: ejecuciones

hipotecarias, de familia, de título no judicial y las ejecuciones ordinarias de título

judicial, que si bien has disminuido en entradas nuevas, quedan compensadas por las

reaperturas de asuntos que se hallaban en situación de archivo por inactividad. Se

detecta un ligero ascenso de archivo definitivo de los asuntos por satisfacción judicial y

extrajudicial. Apenas hay incidencia respecto de la posibilidad de pago enervatorio en

ejecución hipotecaria por vivienda habitual.

También se mantiene, levemente incrementado, la apertura de expedientes

incidentales con ligero aumento de la proporción numérica respecto de su finalización.

Se ha procedido al registro y cómputo de los incidentes de tasación de costas a efectos

de seguimiento y control. Así como la específica la pieza de gasto extraordinario del

procedimiento de familia, como ya se hizo constar en el informe anual anterior, también

a efectos de seguimiento y control. Se mantiene el número de registro de exhortos. Ha

disminuido ligeramente la itineración de intervención de asuntos con la Upad por cuanto

ha finalizado la revisión global de la incidencia de cláusulas abusivas en las ejecuciones

hipotecarias, si bien se continuó la revisión de ejecuciones de título no judicial antiguas.

El aumento de itineración de asuntos penales se debe, en su mayor parte, a la revisión de

las ejecutorias penales debida a la modificación de los asuntos penalizados pues en su

gran mayoría quedaron despenalizados los ilícitos derivados de juicios de faltas. No

constan incidencias en los plazos para la resolución de asuntos de intervención. En

relación a los escritos presentados en el año, se mantiene la constancia respecto al año

anterior con ligera disminución de la pendencia de los mismos al finalizar el año.

En general, la mayor parte de los escritos presentados por la parte instante de los

procesos en trámite lo son, solicitando actuaciones procesales tendentes a la

averiguación patrimonial y solicitudes de embargo sobre el patrimonio de los deudores,

manteniendo vivo el proceso lo que conlleva, por un lado, que disminuya la posibilidad

de archivo provisional por inactividad de parte y, por otro, la reactivación de aquéllos

asuntos

civil

penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

470

que se encontraban en situación de archivo provisional. También se ha dado un aumento

significativo de solicitudes de cesión de crédito que, con la modificación procesal (art.

540 LEC) provoca un aumento en la petición de intervenciones con las diferentes

Upads.

Se mantiene, asimismo, los parámetros de señalamientos y celebraciones de

subastas, resultando en el cómputo anual un total de 39 señalamientos de las que, en

definitiva, se celebraron 28 subastas que, en su mayor parte, fueron de ejecuciones

hipotecarias, que resultaron desiertas con la adjudicación a favor de la parte actora

dentro del plazo otorgado, en su práctica totalidad, por el límite mínimo exigido por ley.

Asimismo se han señalado conforme, a la legislación procesal anterior a la vigente

regulación de subastas públicas electrónicas, hasta el mes de febrero de 2016.

En relación a las subastas electrónicas, se han confeccionado un dossier y los

resúmenes necesarios para la debida difusión y conocimiento por parte del personal

adscrito a este servicio común que fue explicado y comentado en la reunión habida en

septiembre de 2015. Asimismo se han preparado hasta la fecha un total de ocho

expedientes para lanzar las convocatorias a subasta pública por vía telemática, si bien

las caídas del sistema informático, la falta de previsión por parte del legislador, la

ausencia de contraseñas y accesos telemáticos por parte del funcionario adscrito al

servicio y otros situaciones contingentes a la ingente y poco sistematizada modificación

de las normas procesales que inciden directamente en la tramitación de los asuntos ha

provocado una paralización temporal en los asuntos, si bien se tiene previsto que en el

presente mes se proceda a la reanudación y tramitación de las subastas convocadas.

2.2. PLANTILLA DEL SERVICIO

1 GESTORA RESPONSABLE que compatibiliza con la Sección General

2 GESTORAS

8 TRAMITADORAS PROCESALES

– Todo el personal realiza guardias salvo la gestora responsable.

– La plantilla se mantiene estable, si bien ha coincidido con el disfrute de días de

asuntos particulares, exceso de horario del personal y licencia por vacaciones. No ha

habido incidencias en cuanto a la petición conjunta de permisos llegando a acuerdos

voluntarios de los afectados en aras mantener el servicio sin necesidad de intervención

de esta Secretaria Judicial.

– Existe una funcionaria de Tramitación con licencia de reducción de horas por

maternidad. No constan permisos o licencias de baja por enfermedad.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

471

2.3.- RESULTADOS DE OBJETIVOS ANTERIORES

1.- PROVEIDO DE ESCRITOS

Se mantiene, como en el año anterior, el objetivo de tramitación de escritos en

menos de un mes, teniendo en cuenta el volumen de escritos; el número de escritos

pendientes de proveer de tiempo inferior a un mes ha sido de 21 escritos al finalizar el

año, si bien del examen por secciones se deduce que el incremento ha coincidido con

los escritos presentados al tiempo de ausencia temporal del personal por disfrute de

permisos autorizados. Sin perjuicio de la tramitación de aquellos escritos perentorios y/o

urgentes por parte del personal asistente en la oficina en aquel período.

2.- CUMPLIMIENTO DE INSTRUCCIONES

Se cumplen las instrucciones dadas con anterioridad, la inspección de anomalías

en indicadores de seguimiento son realizadas con carácter periódico por la Gestora

Responsable, las mismas son comunicadas individual o colectivamente al personal de la

Oficina a efectos de subsanación y cumplimiento de los compromisos aceptados en la

Carta de Servicios. No constan incidencias relevantes, consta informe favorable por

parte del Grupo de calidad dependiente del Departamento de Justicia del Gobierno

Vasco.

3.- EVITACION DE PRESCRIPCIONES DE EJECUCIONES PENALES

Se cumple el objetivo de impulso de oficio el trámite hasta su finalización dentro

de los plazos establecidos a fin de evitar prescripciones. La itineración de asuntos con la

Upad es fluida y se efectúa en los plazos establecidos. No constan asuntos prescritos por

inactividad del órgano. Se ha observado una disminución de asuntos derivados de la

despenalización de una gran mayoría de ilícitos penales en los juicios de faltas (ahora

delitos leves) ello permite, para el próximo año, una revisión de los asuntos que pende

responsabilidad civil a los efectos de averiguar si el responsable ha llegado a mejor

fortuna a los efectos de su liquidación.

4.- REVISION DEL ESTADO DE LAS CUENTAS DE CONSIGNACIONES

Se continúa la revisión de las cuentas de expediente de consignaciones de las

Upads que corresponden a ejecuciones civiles y penales. Por parte de la tramitadora

asignada se hace el seguimiento de los asuntos donde constan cantidades no abonadas.

Se acuerda poner a disposición las mismas con advertencia de ingreso en el TP por

abandono, transcurrido un año desde la caducidad se procede a su transferencia. Se

realizan intentos de averiguación del domicilio del beneficiario en ese período. Se

seguirá con el examen y destino pertinente de los importes que constan en estas cuentas

expedientes antiguas.

Respecto de los ingresos mensuales, el ritmo de pago es rápido con una ratio de

2/4 días en su puesta a disposición desde su ingreso. La excepción de las consignaciones

derivadas de retenciones de cuentas genéricas del Punto Neutro Judicial, que se demora

el pago un mínimo de siete días por cuanto nos hemos encontrado que alguna de estas

retención eran nulas por resultar aquellos importes inembargables.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

472

2.4. ACCIONES REALIZADAS EN EL AÑO

1.- REVISION DE LOS ASUNTOS DE INICIO

Previo a solicitar la intervención de la Upad para el correspondiente despacho de

ejecución, se solicita, conforme a las modificación de la norma procesal, la debida

certificación de estado de los ejecutados en el Registro Público Concursal, que se

demoró unos días hasta tanto fue suministrado el acceso telemático al letrado del

Servicio Común. Nos encontramos, sin embargo, que dicho acceso está inhabilitado

para el personal adscrito al Servicio, por cuanto es necesaria firma electrónica y, hasta la

fecha, no ha sido habilitada por el departamento correspondiente del Gobierno Vasco,

situación que es conocida pues esta Directora envió la correspondiente petición en el

mes de Noviembre. Hasta tanto se solucione el incidente, las debidas comunicaciones al

Registro Público Concursal (autos de inicio de ejecución y de finalización, en su caso)

se remiten por correo ordinario por considerar que, como actos de comunicación, es

tarea que se encomienda directamente al personal de la oficina judicial.

Sin perjuicio de lo anterior, también se revisa el procedimiento que trae causa la

ejecución que se pretende despachar en relación a los asuntos de procedimiento

monitorio en relación a verificar la realización del trámite de examen de oficio de las

posibles cláusulas abusivas que pudieran existir.

Asimismo se procede al examen de esa circunstancia de los asuntos antiguos que

pretenden su desarchivo para la reanudación del trámite de ejecución.

2.- INSPECCION DE LOS ASUNTOS EN TRAMITE.

En el año anterior se realizó la inspección de la gran mayoría de asuntos en

trámite de Ejecuciones Hipotecarias y de ETNJ, en relación a la posibilidad de

existencia de cláusulas abusivas. Con la reforma habida en el presente año, se estará a la

revisión de los asuntos de ETJ que deriven de monitorios a los mismos efectos.

Se han revisado materialmente las Ejecuciones de Familia y sus posteriores

ampliaciones de principal. En relación a las anomalías detectadas en el año anterior

respecto del trámite incidental de los gastos extraordinarios, han sido subsanadas, por lo

que en la actualidad se abre la correspondiente pieza incidental de gasto extraordinario

y, una vez resuelta por la Upad, se solicita, en su caso, la debida ampliación de la

ejecución.

Como ya se hizo constar en el informe anterior, esta Directora sigue revisando el

trámite ordinario de las Ejecuciones Hipotecarias, de las de Familia –en concreto

respecto a las ampliaciones de principal y concordancia en los pagos realizados-, en las

Ejecuciones de Título No judicial en su inicio, revisando el cumplimiento de los

aspectos formales y procesales, la inclusión de cláusulas abusivas, la aportación de la

documental preceptiva. En cuanto a las Ejecuciones de Título judicial, se revisa, por su

complejidad, las obligaciones no dinerarias y, en general, el trámite de

subasta/adjudicación y entrega de posesión de los bienes trabados, a fin de detectar, en

definitiva, posibles incidencias en su tramitación al objeto de ser subsanadas,

informando tanto individualmente al funcionario responsable como para el

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

473

conocimiento general al resto de la plantilla a través de las reuniones mensuales que se

realizan.

3.- REUNIONES CELEBRADAS CON EL PERSONAL DE LA OFICINA

JUDICIAL

En este sentido hay que decir que Se han celebrado reuniones, en general, con

carácter trimestral, si bien se determinan en relación a las necesidades de información

general por incidencias o modificaciones procesales, con el personal de la Oficina

Judicial de Ejecuciones, la primera el 24 de febrero, el 12 de mayo, y el 29 de

septiembre de 2015, en las que estuvo presente la totalidad de la plantilla adscrita al

Servicio Común de Ejecuciones. Las reuniones se celebran un día previamente fijado, si

bien se adelanta el contenido de los temas en días anteriores para que el personal pueda

plantear dudas o sugerencias en la reunión, se adicionan temas monográficos de

naturaleza ejecutoria-procesal para el mejor conocimiento de los asuntos que se

tramitan. Se adjuntan las correspondientes actas extendidas y que no le constan

previamente remitidas.

Así, las reuniones se dividen en cuatro bloques, el primero de temas de

naturaleza procesal derivado de las incidencias detectadas en el trámite de los

procedimientos ejecutorios. Un segundo bloque de incidencias detectadas en la

ordenación de los expedientes, un tercero de temas monográficos de asuntos procesales

y un último bloque para las cuestiones de organización de servicio, licencias y permisos,

quejas y sugerencias. A las actas se les adjunta los modelos a utilizar que se remite vía

telemática por correo electrónico a todos los integrantes del grupo de ejecutorias a

través de la gestora responsable para su archivo informático.

Especial importancia tuvo la reunión celebrada en septiembre de 2015, en la que

se remitió un dossier de las modificaciones que tenían una especial incidencia en el

ámbito de la ejecución, tanto civil como penal derivadas de la ley procesal.

Posteriormente esta letrada-directora asistió a la reuniones previstas el 28 de octubre en

Eibar, el 20 de noviembre en Bilbao en relación a la cuenta de consignaciones y

subastas electrónicas, y el 23 de noviembre de 2015 en Donostia, en relación a las

nuevas tecnologías en el ámbito judicial, de la que se informó al personal de la Oficina

Judicial sin perjuicio de documentar todas las innovaciones habidas en la próximo

reunión a celebrar. Resta pendiente además una reunión conjunta con los letrados de las

distintas Upads para determinar actuaciones procesales comunes en el ámbito de

interrelación entre Upad y Servicio Común, derivadas de las modificaciones procesales

habidas.

Asimismo se ha ido comunicando al personal adscrito al servicio las diferentes

instrucciones recibidas por la Secretaría de Gobierno del TsjPv, por la Sra. Secretaria de

Coordinación y por el Gobierno Vasco, canalizando la información a través de la

Gestora Responsable del servicio.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

474

II.- ANOMALIAS DETECTADAS

– Continúa el embargo telemático generalizado de cuentas bancarias del punto

neutro judicial respecto a cantidades de naturaleza inembargable. En los requerimientos

documentados se hace referencia a esa imposibilidad de retención. Ante esta situación

se ha ordenado demorar el pago a favor del acreedor en una semana a fin de que la

deudora pueda alegar lo conveniente y resolver respecto a la ineficiencia del embargo

por resultar nulo de pleno derecho.

– Se ha detectado la incoación de ejecuciones derivadas de un mismo título

judicial pero con obligaciones diferentes para los apremiados, resultando que las

obligaciones pecuniarias tienen naturaleza mancomunada, se ha dado la instrucción de

abrir diferentes piezas (ramos) por cada uno de los obligados para un mejor trámite

procesal y evitación de errores por confusión de patrimonios y obligaciones.

III.- OBJETIVOS FUTUROS

1) Se mantendrán, en tanto se consideren necesarias para la mejora del servicio,

las reuniones periódicas con el personal de la Oficina del Servicio de Ejecuciones a fin

de tratar los temas e incidencias que se fueran detectando, manteniendo el sistema

referido a la vista de los buenos resultados por cuanto se ha observado una mejor

comprensión y diligencia en los asuntos procesales con disminución de

errores/omisiones en la tramitación de asuntos. Continuación en la confección de

esquemas procesales de tramitación de la Ejecución para obtener un óptimo

conocimiento en los temas objeto de gestión procesal, sin perjuicio de la debida

comunicación personal con el funcionario de las incidencias y omisiones que se vayan

detectando en la tramitación de asuntos.

2) Se mantiene, como el año anterior incentivar la acumulación de procesos a fin

de obtener una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de asuntos. 1) De oficio,

conforme al art. 555 LEC, cuando exista plena identidad de partes. 2) A instancia de

parte, para cuando no exista dicha identidad, con advertencia de la existencia de

procesos en trámite para su debido conocimiento.

3) Se continuará con la revisión previa de los procedimientos en archivo

definitivo o provisional, revisando en este caso, que se ha cumplido el trámite ordenado

y no consta cantidades pendientes de pago, por no disposición previa o por caducidad

del mandamiento. Se insiste a las partes en la necesidad de identificación y autorización

de cuentas a efectos de transferencia sin perjuicio de advertir del carácter público del

expediente judicial, de conformidad con el Acuerdo del CGPJ. Se constata un aumento

de referencias de cuentas bancarias a efectos de transmisión directa si bien, visto el

carácter potestativo, queda a voluntad de la parte su referencia.

4) Continuar asimismo con la revisión de las Cuentas antiguas de expedientes de

las cuenta de consignaciones y depósito del Banco de Santander a efectos de poner a

disposición las cantidades pendientes de abono/caducadas o, en su defecto, el ingreso de

dichos importes en el Tesoro Público como importes provisionalmente abandonados, si

bien es una actividad lenta por su complejidad y por el transcurso del período de una

año desde su caducidad.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

475

Y en definitiva, respecto a la inspección material de los procedimiento seguir con la

práctica anterior, esto es:

5) Impulso procesal de las ejecutorias penales, limitando la itineración de

asuntos cuando no resulte preceptiva la resolución judicial, ni el previo informe del

Ministerio Fiscal.

6) Revisión de oficio de las ejecutorias penales en archivo provisional por

insolvencia para averiguar si ha llegado a mejor fortuna a efectos de resarcir los daños

al perjudicado.

7) Continuación con la inspección material de los asuntos civiles, en especial,

con las ejecuciones hipotecarias, de familia y ordinarias de ejecución conforme a los

motivos referidos anteriormente.

8) Mantener la necesidad de reuniones con los Letrados de la Admón. De este

partido judicial, para obtener principios comunes de homogeneización y armonización

en el trámite procesal y otras cuestiones relativas al funcionamiento del partido.

2.5.-NECESIDADES

1.- PERSONALES. Plantilla.- La plantilla orgánica se considera suficiente para

el desempeño ordinario de las funciones encomendadas. En supuesto de ausencia de

personal, se estima que debe cubrirse su ausencia de forma inmediata y con carácter

prioritario en relación al Cuerpo de Gestión Procesal, por ser la plantilla asignada de dos

funcionarias teniendo en cuenta la especialización y necesidad de superior conocimiento

en la tramitación de asuntos. Sin perjuicio de lo anterior, se determinará la posibilidad

de sustitución ordinaria para el caso de ausencia prolongada en el resto de personal.

La relación con el Letrado procesalista es óptima, las reuniones a tratar para

asuntos concretos, es automática cuando surge alguna incidencia, se comentan los

asuntos generales buscando principios comunes en la tramitación, se unifican criterios

previamente a dar las instrucciones necesarias al personal de la oficina. La relación con

los Letrados adscritos en las diferentes Upads también es óptima, las incidencias se

resuelven en las reuniones que al efecto se celebran, sin perjuicio de aquellas

incidencias concretas que se resuelven de forma armónica y automática en el momento

que se detectan. La relación en general es fluida, se buscan puntos comunes y

homogéneos para la eficacia del servicio al ciudadano, son los interlocutores para la

debida comunicación con los Jueces y personal adscrito a cada una de las Upads.

La gestora responsable realiza las tareas propias y aquellas que se le

encomiendas con prontitud y diligencia. Revisa los indicadores con carácter semanal,

quincenal y mensual, advirtiendo de las anomalías propias de tramitación al personal

responsable de su tramitación y dando oportuna cuenta a esta Directora. Cumple los

objetivos marcados en la Carta de Servicios.

En relación al personal adscrito al Servicio Comun de Ejecución, se observa una

mejora paulatina en relación a los conocimientos iniciales y, en general, una buena

predisposición para el ejercicio de las tareas que se les encomiendan, que realizan con

prontitud y diligencia, todo ello sin perjuicio de la necesaria observancia y control tanto

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

476

en la minutación de asuntos como en su posterior revisión por parte de esta Directora

del servicio como del Letrado procesalista. Un factor esencial es la estabilidad en los

destinos del personal adscrito que desde el inicio del Servicio se mantiene sin

modificación.

En relación al personal del cuerpo de tramitación la predisposición y aceptación

de las instrucciones y tareas es muy buena. La relación del personal entre sí, de atención

al ciudadano y demás agentes colaboradores es excelente. No constan incidencias de

contrario.

2.- MATERIALES

1) Informática.- Ausencia de registro de embargos y de notificaciones en el

sistema operativo. Se insta a la necesidad de anotación en la hoja de esquema del

proceso. Se ha insertado hoja de cálculo si bien no constan los mandamientos

caducados, deficitario también en el sistema de cuentas de depósito del Banco

Santander por cuando no indica relación de los mismos pasando automáticamente a

cuentas abiertas o ejecutadas.

2) Registro de Decretos fin penales y civiles, llevanza de los libros

correspondientes. Pendiente de encuadernación.

3) Ejecuciones Provisionales, cambio de estado a definitiva.

4) Posibilidad de acceso al registro público concursal por parte del personal

adscrito al servicio.

IV. BALANCE

El grado de implantación de modelos homogéneos es bueno, más deficitario en

aquellos procedimientos de mayor complejidad y en los que es necesaria la connivencia

con los Jueces de este partido judicial. Hay buena receptividad entre los Letrados de la

Admón. De Justicia del partido a las necesidades del Servicio Común de ejecución. La

relación es fluida entre el servicio y las Upads. No puede llegarse a criterios

homogéneos judiciales por cuanto el principio de independencia judicial prevalece en

todo caso por lo que nos podemos encontrar antes situaciones procesales similares con

criterios interpretativos distintos en una misma oficina.

El personal es receptivo a los cambios y participativo, se insta a intensificar el

grado de conocimiento a través del conocimiento de la ley, esquemas procesales y

monográficos que se adjuntan como anexo de las actas que se celebran. El grado de

interés e implicación es óptimo, no se han detectado incidencias en la atención al

ciudadano. La interacción en la gestión con la Gestora Responsable es excelente. La

comunicación para el establecimiento de criterios comunes en casos de itineración e

intervención es muy buena. La relación con el letrado Procesalista en la dirección y

tramitación de los asuntos es excelente. Se establecen reuniones necesarias tanto con los

letrados de la admón. del partido para armonizar criterios comunes y con el personal del

Servicio para armonizar criterios homogéneos en la tramitación de asuntos.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

477

III.- SISTEMA CALIDAD. INDICADORES

Por la Gestora Responsable se informa que no existen disconformidades en el

cumplimiento de los objetivos asumidos en la Carta de Servicios.

IV.- ESTADISTICA JUDICIAL CGPJ/COORDINACION

Han sido debidamente cumplimentadas dentro del período ordinario y dada su

conformidad por el CGPJ

Asimismo han sido elaborados los informes mensuales requeridos por la Sra.

Secretaria Coordinadora

V.- INSPECCION DEL SCPGYE

Por último hacer mención que en el período comprendido del 8 de junio al 12 de

junio de 2015, este servicio fue inspeccionado por la Secretaría de Coordinación de

Guipuzcoa, cuya copia del informe fue remitido a este servicio, en el que se hizo constar

como incidencia la posible falta de registro de todas las consultas recibidas en relación a

la atención al público. Como ya se ha hecho constar, fue comentado con el personal

adscrito al servicio a fin de que se verificara y anotaran todas las consultas que se

peticionaran a lo largo del día.

VI.- OTRAS REUNIONES

1.- SECRETARIOS JUDICIALES DE LAS UPADS DE TOLOSA

Se mantienen las reuniones necesarias con los Letrados de la Admón. de las

Upads de este partido judicial a fin de coordinar acciones comunes para la debida

eficiencia y eficacia en la tramitación de los asuntos de ejecuciones y otras materias

generales, buscando criterios comunes y homogéneos para el debido impulso de los

asuntos. Resta pendiente para este próximo año a efectos de armonizar las nuevas

modificaciones procesales habidas.

2.- REUNIONES CON DIRECTORES DE SCP DE EUSKADI

Dos han sido las reuniones celebradas con la Sra. Secretaria de Gobierno, las

Sras. Secretarias Coordinadoras y el resto de Directores de los Servicios Comunes

Procesales, la primera el 2 de julio de 2014 y la segunda el 9 de octubre de 2015, en

Donostia, los Directores de Guipuzcoa con la Sra. Secretaria Coordinadora. En relación

a las directrices determinas en las mismas, se han dado las instrucciones y

comunicaciones precisas para llevar a cabo la mejor del servicio. Asimismo está en

proyecto la modificación e intento de mejora de los protocolos de actuación aportando

propuestas y modificaciones para unificar criterios por parte de los Directores de los

Servicios Comunes.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

478

3.-REUNIONES CON LA COMISION DE COORDINACION Y MEJORA DE

TOLOSA

En el presente año se han celebrado una reunión con la Comisión de

Coordinación y Mejora de Tolosa, el 19 de junio de 2015. El contenido consta en el acta

adjunta que acompaño, si bien alguna de las soluciones siguen siendo deficitarias

(información de la ubicación de atención al ciudadano, que provocan largas colas de

espera en el Registro Civil, ya de por sí colapsado; necesidad de habilitar la cámara de

grabación en el Juzgado de Guardia)

4.- REUNIONES CON RESPONSABLE DEL SERVICIO DE CALIDAD DEL

GOBIERNO VASCO.

La reunión con los responsables del servicio de calidad se realizó, a petición de

éstos, los días 3 de julio, a modo de presentación del nuevo responsable de calidad D.

Xabier Balerdi. La relación con el servicio es fluida. No se han producido informes de

disconformidad tanto en el S.C.A.C como en el S.C.G.E. Las actas han resultado

favorables respecto a la labor desempeñada por el personal del Servicio Común.

5.- OTROS SECTORES

Las relaciones con el colegio de Procuradores son fluidas y de buen

entendimiento. No constan incidencias o quejas por partes de ciudadanos.

ANEXOS. ACTAS CELEBRADAS

ACTA REUNION SERVICIO COMUN GENERAL

30 DE ENERO DE 2015- 3 DE FEBRERO DE 2015

Vista la comunicación recibida por la Iltra. Sra. Secretaria Coordinadora de esta

provincia, se procede a convocar al personal del Servicio Común Procesal a efectos de

tratar los temas pendientes del mismo así como a informar respecto de las directrices

referidas en la reunión realizada en fecha 3 de febrero de 2015.

1) NOTIFICACIONES A FISCALIA. REMISION DE SPs.

Vista la necesidad de remisión de los expedientes penales por conducto del Servicio

Común Procesal para su recepción en el Servicio Común de Donostia y posterior

remisión a la Oficina Fiscal de ese partido judicial, se informa de la necesidad de

continuar con los listados de asuntos penales para la impronta del sello de recepción por

parte de Fiscalía, que se ha ido realizando hasta la fecha sin incidencias, si bien se

ampliara la remisión de los asuntos de SP, para el preceptivo visto por parte de aquel

órgano.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

479

A partir del 2 de marzo de 2015, se implementará en el sistema informático las

notificaciones telemáticas por medio de Justizia Bat, sin perjuicio de la propia remisión

del expediente material por el mismo cauce que hasta la fecha.

Las Upads remitirán los correspondientes listados individualizados y por los bloques

de tipos de informes que habilita el sistema, que serán los que se remitirán a Donostia a

efectos de recepción. Se requiere por parte de la Secretaria Coordinadora un control

tanto de remisión como de recepción de estos listados e informar de las posibles

incidencias que pudieran surgir, por lo que se solicita del personal la remisión de los

listados recepcionados para su control por parte de esta Directora.

2) GRABACIONES DE VISTAS. ARCONTE

Se informa al personal de la necesidad de realizar los debidos marcajes en las

grabaciones que se realizan en la Sala de Vistas, si bien dada la organización y

ubicación del monitor de grabación se está a la modificación del mismo a fin de que el

personal de auxilio pueda gestionar la grabación de una forma cómoda y eficaz, si

necesidad de subir a los estrados que se encuentran equidistantes con la puerta de acceso

de los intervinientes en juicio. Una vez se reubiquen los monitores, se darán las

instrucciones necesarias la realización de las marcas durante el desarrollo de la vista.

3) REVISION PARA REMISION DE EXPEDIENTES AL ARCHIVO

TERRITORIAL

Por parte del personal se informa que se ha iniciado la revisión de los expedientes

que se encuentran en la zona de archivo de los años 1997 a 2000.

Se revisará tanto la existencia material de los expedientes que constan en el listado

general, la existencia de posibles piezas de convicción para acordar su destino legal, la

constancia de dinero en la cuenta expediente del banco para su cancelación y cualquier

otra situación procesal.

4) PIEZAS DE CONVICCION. UPAD 2/

POR PARTE DEL PERSONAL DEL SERVICIO SE INFORMA QUE SE HA DADO

CURSO LEGAL A LAS PIEZAS PENDIENTES POR PARTE DE LA UPAD 2

NO TENIENDO NADA MÁS QUE AÑADIR SE DA POR FINALIZADO EL

ACTO DEL QUE SE EXTIENDE LA PRESENTE, EN TOLOSA A 5 DE FEBRERO

DE 2015.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

480

REUNION SERVICIO COMUN GENERAL

Tolosa, 20 de mayo de 2015.

Siendo las 13.00 horas, se inicia la reunión convocada para el día de hoy con el

personal del Servicio Común General de este partido judicial, los temas a tratar son los

siguientes:

- INCIDENCIA PUERTA DE ACCESO Y SEGURIDAD

En relación al bloqueo de la puerta de acceso del vestíbulo de entrada a la

secretaría del servicio común general, según comenta el responsable de riesgos

laborales, si bien se permite que dicha puerta se deje abierta durante un tiempo concreto

para airear la zona a la vista del deficitario sistema de aire acondicionado y la falta de

ventilación, se debe dejar cerrada en aras de la seguridad del edificio, sin perjuicio del

acceso/salida a través de la tarjeta de acceso o bien la apertura desde dentro de la zona

por medio del botón de acceso, en los casos que proceda y que parece ser que el

personal de mantenimiento habilitará la tarjeta de acceso del personal del Servicio

Común. Sin perjuicio de lo anterior, la puerta debe quedar debidamente cerrada.

Asimismo, se comenta la comunicación recibida por el responsable de riesgos

laborales que ha sido conectada la cámara de seguridad de la zona de entrada para una

mejor vigilancia del acceso al servicio común.

En otro orden de cosas, se le comentó por esta Directora la posibilidad de

conectar la cámara de seguridad de la zona del servicio de guardia sobre todo en jornada

de tarde y festivos que es donde mayor incidencia de personal existe en ese período y,

por ende, donde debería existir mayor vigilancia en el acceso de terceros. Refirió que lo

comentaría con los responsables.

-GRABACIONES DE VISTAS Y MARCAJES

Se comenta la instrucción ordenada por Coordinación respecto de la necesidad

de realizar los marcajes necesarios en las grabaciones que se realizan en las Salas de

Vistas. En este sentido, se procederá a realizar las prácticas conducentes para que quede

constancia en el soporte informático de las personas intervinientes y el momento de

actuación, así como cualquier otra incidencia que fuera menester señalar. Se estará, en

todo caso, a la reubicación del sistema informático para que el personal de auxilio pueda

realizar dichas funciones a la par que el llamamiento de las personas que deban acceder

a la vista durante su celebración.

-REVISION ASUNTOS ARCHIVADOS DEL AÑO 1997 A EFECTOS DE

REMISION A EIBAR.

Se hace constar que a principios de año se ha iniciado la revisión de los asuntos

del año 1997 que se encuentran archivados definitivamente, civil y penal, la revisión es

tanto físicamente (los expedientes se encuentran ubicados en el archivo), revisión de

inexistencia de piezas de convicción (no existen piezas accesorias del expediente en el

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

481

depósito correspondiente, en caso contrario se insta a la Upad correspondiente para que

resuelva sobre su destino) y revisión de la cuenta de depósitos bancario (no existe

cantidad alguna pendiente de determinar su destino)

Hasta la fecha se ha iniciado la revisión de asuntos de la Upad 1. Y se han

aportado a esta Secretaria Judicial los listados de la Upad 2 y 3 para su examen. Con su

resultado, al finalizar el año se comunicará al responsable del Archivo de Eibar los

expedientes que deben remitirse.

-PIEZAS DE CONVICCIÓN.

Asimismo, se informa que ha sido abierta incidencia a Banco Santander para la

remisión al Banco de España de cantidades de dinero en pesetas que se encontraban

depositadas en la caja fuerte. Se está a su resultado.

Se reitera al personal que no puede aceptarse dinero en metálico, ni armas, jeringuillas,

materia orgánica, etc, como piezas de convicción, debiendo, en todo caso, devolverse a

la Upad para que determine su destino legal.

Se han revisado las piezas de la Upad 1 y remitido la correspondiente

comunicación a efectos de su destino legal. Resta pendiente la información a remitir a

las Upad 2 y Upad 3, que están pendientes de revisar los listados por esta Secretaria

Judicial, conjuntamente con la revisión de asuntos antiguos pendientes de remitir al

archivo de Eibar

-MATERIAL DESECHABLE DEPOSITADO EN LA ZONA DE ARCHIVO.

En la próxima reunión con los Secretarios de este partido, se reiterará la

necesidad de limpiar la zona de archivo del material abandonado, para que, si no

refieren lo contrario, acordar su retirada y destrucción.

-RECEPCION DOCUMENTACION/CORREO DIRIGIDO AL DECANO.

Vista la incidencia acaecida en fecha 12.2.15, por la que fue requerido este

Servicio Común en apoyo al Juez Decano, por la ilocalización del nombramiento de la

Juez de Paz de Gaztelu, se solicita que cualquier correo o documentación relativa al

Servicio de Decano, sea examinada por esta Secretaria Judicial para la debida

constancia del servicio, sin perjuicio de remitirse, a la mayor brevedad a la Sra. Juez

Decana para su debido conocimiento y efectos.

-SEGUIMIENTO CORREO FISCALIA

En relación al seguimiento del correo remitido y recepcionado de Fiscalía, salvo

las incidencias iniciales que ya se hicieron constar no se han detectado nuevas

incidencias respecto a los asuntos penales. Se sigue remitiendo en la forma ordinaria los

asuntos civiles.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

482

-MEMORIA 2014 PARTIDO JUDICIAL TOLOSA

Se informa al personal de los datos estadísticos emitidos por la Secretaría de

Coordinación de esta provincia en relación a las tareas que le son propias.

ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN

2013 2014

P.

Judiciales

Actos

Uniperson.

Actos

Comisión

Solicitudes

Coop.

Intern.

P.

Judiciales

Actos

Uniperson.

Actos

Comisión

Solicitudes

riorCoop.

Intern.

Donostia 62.133 282 91 Donostia 61.441 283 74

Irún 12.541 107 52 Irún 11.231 118 66

Tolosa 3.213 84 17 Tolosa 2.227 45 7

Bergara 1.613 28 24 Bergara 1663 45 23

Eibar 2.972 45 Eibar 2923 74 42

Azpeitia 2.048 22 3 Azpeitia 1.773 35 10

ARCHIVO EXPEDIENTES

2013 2014

P.Judicial Archivos Prestamos Devoluciones P.Judicial Archivos Prestamos Devoluciones

Donostia 55.664 11.232 10.888 Donostia 54.041 12.138 11.490

Irún 8143 1722 1522 Irún 8.030 1.929 9.157

Tolosa 6836 1387 1220 Tolosa 5.720 1.482 1.256

Bergara 4580 818 840 Bergara 4.606 957 811

Eibar 4.416 757 637 Eibar 4.384 940 609

Azpeitia 4.239 991 637 Azpeitia 3.448 808 721

DEPOSITO DE EFECTOS

MOVIMIENTOS DESTINO

P.Judicial Entradas Préstamos Readmisión Entregas Destrucción Beneficien. Subastados

Donostia 2.825 710 626 1.019 3.105 18 3

Irún 258 18 1 336 243 1 0

Tolosa 167 0 9 61 77 0 0

Bergara 155 21 18 32 40 0 0

Eibar 15 0 0 10 66

Azpeitia 207 46 2 17 41 7 0

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

483

II.- PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO DE REGISTRO Y REPARTO

- BAJAS DE NIGS OBSOLETOS

Por parte de la Gestora del Servicio se informa que existen un conjunto de

asuntos registrados con NIGS propios que han quedado obsoletos por cuanto su origen

trae causa en errores de registros posteriormente subsanados por lo que sería

conveniente darlos de baja. Se informará oportuna a DEITU a fin de que procedan a su

cancelación.

-ENTRADA DE ATESTADOS DESPUÉS DE LAS 13.00 (HERNANI/TOLOSA)

Por el personal de Registro y Reparto se refiere que, generalmente, la recepción

de los atestados que se presentan por las Fuerzas de Seguridad es a última hora de la

mañana (después de las 13.00 horas) y, en algunos casos, de forma acumulada de varios

días seguidos, lo que provoca un retardo en el registro que queda diferido al día

siguiente, por lo que quizás sería conveniente solicitar a aquéllos que la presentación de

atestados se realizara a primera hora de la mañana (antes de las 11.00 horas) y no a

última para poder ser registrados en el mismo día de su recepción.

Asimismo, refieren que en muchas ocasiones en los atestados vienen acumuladas

varias denuncias de hechos y días diferentes por lo que se le otorga un NIG y,

posteriormente, la Upad desglosa los asuntos y los devuelve al Servicio de Registro para

otorgarles un nuevo NIG a cada una de las denuncias independientes, por lo que, quizás

sería conveniente que los atestados de hechos/días distintos en que no hubiera conexión

entre ellos se presentaran en atestados independientes.

De todo ello se informará en la próxima reunión de Secretarios del partido para

su debido conocimiento y, de estimarlo conveniente, referirlo a los Jueces respectivos

para las medidas que fueran conducentes.

-ERROR DE DATO DE INTERVINIENTES.

Se ha referido al servicio que en muchas ocasiones existe respecto de las partes

de los procedimientos una pluralidad errónea de datos de un interviniente, debe anularse

a través del código DOE-00502 (ej. Inversiones Bidelan S.L, cuyo código correcto es

DOE 00005002 y debería anularse el resto).

El personal del Servicio refiere que no pueden anular los datos previos existentes

de una misma persona, que ello sucede porque recogen los datos que existen en cada

una de las demandas que se presentan y depende de la extensión de datos que aportan.

Cuando constan antecedentes de la persona a registrar utilizan el registro dónde la

información es más extensa.

-HORARIO DE ATENCION AL PÚBLICO Y PROFESIONALES

Se informa por el personal del Servicio Común que el cartel informativo de la

entrada puede traer confusión ya que, conforme a la Resolución de 6 de febrero de 2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

484

dictada por el Director de la Admón. De Justicia del Gobierno Vasco, el horario de

atención al público y profesionales tanto en órganos judiciales, oficinas y servicios

judiciales queda limitado de 9.00 a 14.00, ello sin perjuicio de la extensión del horario

hasta las 15.00 horas que se prorroga el mismo para la presentación de escritos y para

los servicios de atención al ciudadano.

Dicha cuestión se comentará en la próxima reunión de Secretarios Judiciales. Sin

perjuicio de ello, se estará, en todo caso, al turno de rotación ordinario entre el personal

adscrito al servicio común, para la recepción de los escritos y documentos que se

presenten y atender a aquellas personas que soliciten información general del

funcionamiento de la Admón. De Justicia.

-COMPENDIO DE DUDAS.COMENTARIOS DE LAS MODIFICACIONES

HABIDAS

Se informa al personal de las modificaciones habidas en relación al anterior

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

485

COMPENDIO DE DUDAS RESUELTAS POR LA COMISIÓN DE

MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA SOBRE LA CORRECTA

APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE REGISTRO DEFINIDAS EN EL

REGLAMENTO 2/2010

1.- Presentada una solicitud de nombramiento de tutor tras la declaración de

incapacidad,

¿se debe otorgar a la misma NIG propio o se debe mantener el NIG del procedimiento

que declaró la incapacidad?

Respuesta

La solicitud de designación de tutor posterior a la sentencia que declare la incapacidad

de una persona y su régimen de tutela, aunque es una consecuencia accesoria a la

declaración de incapacidad, es un expediente de Jurisdicción Voluntaria y por tanto se

registrará con el código y la descripción existente en el Test de Compatibilidad,

otorgándole NIG propio.

Nueva Respuesta

La regla general es que de forma inicial o simultánea a la tramitación del procedimiento

de declaración de incapacidad se tramite el nombramiento de tutor. En este caso, es una

pieza separada con el mismo NIG que el procedimiento de incapacitación.

Es cierto que el procedimiento termina con el nombramiento de tutor, pero tiene la

especialidad de que queda “sometido a seguimiento y control” por parte del órgano

judicial. De hecho, en los boletines les preguntamos cuántos asuntos tienen en este

estado. Por eso las Administraciones en sus Sistemas de Gestión Procesal tendrán que

arbitrar un sistema, el que les parezca más correcto, por el que el proceso principal haya

terminado la declaración de incapacidad, la pieza tenga resolución final (el

nombramiento de tutor) y, sin embargo, permanezca en estado de “seguimiento y

control”, de forma que una vez al año el tutor rinda cuentas y éstas se aprueben.

La pieza sólo se “cierra” cuando el tutor deja de ostentar ese cargo (por muerte del

incapaz, rehabilitación de la capacidad de éste, fallecimiento del tutor, remoción del

tutor). Lógicamente, puede darse el caso de que concluya por remoción o muerte del

tutor y sea necesario nombrar otro tutor. En este caso, será una decisión judicial la que

acuerde o bien que se incoe un nuevo procedimiento de jurisdicción voluntaria, con su

NIG propio, en el que se nombre tutor, o bien que se abra otra pieza separada, con el

NIG del procedimiento de incapacitación.

Otro caso es que por cambio de domicilio del incapaz, en un partido judicial diferente se

continúe con la tutela; en este caso será un procedimiento nuevo de Jurisdicción

Voluntaria con NIG propio, pero a continuación el caso es igual: la resolución final es el

auto de ratificación (si sigue siendo el mismo tutor) o nombramiento de tutor (si se

nombra otro distinto), pero el procedimiento sigue sometido a seguimiento y control por

parte del Juzgado.

2. En los casos de fallecimiento o remoción de un tutor, ¿se debe registrar un nuevo

procedimiento de jurisdicción voluntaria para el nombramiento de nuevo tutor?

Respuesta

No. En los casos de fallecimiento del tutor o la remoción del mismo, se dicta un auto

generalmente en el mismo procedimiento de la tutela nombrando al nuevo tutor, tras una

comparecencia, generalmente. Pero no es un auto final. La tutela solo se archiva

cuando se muere el incapaz pero no el tutor. No hacen falta más resoluciones.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

486

3.- En el caso de cambio de domicilio del incapaz, a la vez que el auto final, incluido en

el mismo o separado ¿debe haber otra resolución de trámite acordando remitir el asunto

al servicio de Registro y Reparto del nuevo partido judicial al que se traslada el incapaz

para que en el mismo se proceda a registrar un nuevo asunto de jurisdicción voluntaria?

Respuesta

No hacen falta más resoluciones ya que, con carácter general, en el mismo auto de

inhibición a otro territorio se acuerda la remisión del expediente al Juzgado competente

para ello o al Decanato de la población de que se trate para su reparto si hay varios

órganos. Contra ese auto no cabe recurso

-INFORMACION MEMORIA ANUAL 2014 EN RELACION AL PARTIDO

JUDICIAL DE TOLOSA

Se informa al personal adscrito al grupo de registro y reparto los datos inherentes a las

tareas que desempeñan:

ASUNTOS REGISTRADOS RESTO PARTIDOS

2011 2012 2013 2011 2012 2013

Civil Penal Civil Penal Civil Penal Social Social Social

Irún 3.615 10.327 3.349 10.304 3.285 9.938

Tolosa 2.650 7.017 2.520 6.796

Bergara 1.771 5.149 1.638 4.729

Eibar 1.512 4.249 1.432 4.033 1.417 4.000 716 635 985

Azpeitia 1.457 4.479 1.101 4.680 1.031 4.192

ESCRITOS REGISTRADOS

P.Judicial 2013 2014 %

Donostia 98.653 99.744 1,1

Irun 12.794 13.542 5,8

Tolosa 10.298 9.907 -3,7

Bergara 8.288 9.106 9,8

Eibar 8.297 6,461 -22,1

Azpeitia 7.342 6.890 -6,1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

487

ASUNTOS GUBERNATIVOS

2013 2014

Donostia Irún Tolosa Bergara Eibar Azpeitia Donostia Irún Tolosa Bergara Eibar Azpeitia

C. SCR 62.512

58.953

E. Queja 32 19 2 16 7 3 45 11 8 8 4 0

J.Sustitutos 11 1 2 6 2 3 14 2 1 3 3 0

R.Jurado 0 0 0 0 0

135 27 47 36 20 28

Apud Actas 576 262 229 165 202 190 976 439 279 232 321 211

Otros 355 90 146 192 122 131 323 110 145 183 96 133

C Reparto 11 6

1

9 11

Información 14.018 14.757 9.928 26.289 12.545 10.856 15.558 9.695 5.325 18.347 9.779 10.762

Just.Gratui. 124 55 25 18 1 6 113 43 20 8 4

No teniendo nada más que añadir se da por finalizada la presente reunión, siendo las

14:45 horas.

REUNION SCEJ 24/FEBRERO/15

Siendo las 13.15 horas se da inicio a la reunión convocada en el día de hoy

estando presentes la totalidad de la plantilla del presente Servicio Común de Ejecución,

los temas a tratar son los siguientes:

I.CIVIL

1) PIEZAS GASTO EXTRAORDINARIO (PDG)

En los asuntos de familia, cuando reclamen importes en concepto de gastos

extraordinarios no declarados (art. 776 LEC), se abrirá pieza incidental de PDG con

testimonio de la demanda. Se dará traslado a la adversa en dicha pieza, si no se opone,

resolverá la Upad (número definitivo). Se unirá testimonio a los autos principales y se

continuará/despachará ejecución si previamente no se ha dictado.

Si se opone, se dará traslado de la demanda y contestación al Fiscal (en tanto hayan

menores o incapaces) y se bajará a la Upad para vista y resolución. La resolución será

definitiva para la pieza y se unirá testimonio a los autos principales. Se continuará en

éstos la tramitación correspondiente.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

488

2) INTERVENCION DEL MINISTERIO FISCAL EN FAMILIA.

Cuando la ejecución se siga por impago de alimentos a favor de menores o

incapaces y haya oposición, se dará traslado de la demanda y del escrito de oposición

para alegaciones. Si los alimentos reclamados son ya para un mayor de edad no

interviene el Ministerio Fiscal.

Cuando la causa de reclamación sea el incumplimiento de régimen de visitas o

similar, se dará siempre traslado al Ministerio Fiscal.

3) SEGUIMIENTO DE RESULTADO DE LAS SUBASTAS SEÑALADAS

El señalamiento de subasta se anotará en la agenda del sistema informático y en el

Libro que se lleva en la Oficina. Se anotara también su resultado en ambos

(CELEBRADA – REA/ NO CELEBRADA/ ANU) (suspensión por parte, suspensión

por falta de citación, celebrada, desierta….o cualquier otro dato de interés).

4) CONTENIDO DE LAS ACTAS DE SUBASTA

En las actas de subasta únicamente se ha de hacer constar el contenido de lo que

suceda en el acto o si éste ha resultado desierto. Cualquier resolución de trámite

posterior deberá realizarse por medio de resolución (diligencia ordenación o decreto)

porque éstas sí pueden ser impugnadas (recurso de reposición/revisión) pero no las

actas, que no pueden ser recurridas.

5) TERCER POSEEDOR EN LAS EJECUCIONES HIPOTECARIA

Tercer poseedor es la persona que adquiere una finca que tiene como carga inscrita

en el Registro un derecho real de hipoteca (garantía hipotecaria). El art. 685 de la LEC,

establece que deberá ser demandado –desde el inicio del procedimiento- si le consta al

acreedor (actor) su existencia. El art. 689 de la LEC, establece que si no es conocido y

se conoce su existencia posteriormente, con la certificación de cargas, “se le advertirá

de la existencia del procedimiento para que pueda intervenir en la ejecución o satisfaga

antes del remate el importe del crédito y gastos hasta el límite en que esté asegurada

aquella garantía”.

Esto tiene sentido porque el que compra una finca con hipoteca, en caso de impago

del préstamo que la garantiza, perderá la vivienda en subasta si no abona el importe

adeudado por el que pidió el préstamo hasta el límite que consta en el registro, aunque

sea él el nuevo propietario (por eso es un derecho real).

En definitiva, en el trámite procesal, que es lo que aquí interesa, será parte

demandada este TERCER POSEEDOR (además del deudor –el que pidió el préstamo- o

de otros propietarios de otras fincas –hipotecantes no deudores-) por lo que deberá

aportarse una copia de la demanda y tenerlo como parte demandada. Si aparece

posteriormente (de la certificación) no se le considera parte demandada, pero sí deberá

requerírsele de pago del importe reclamado (aunque hasta el límite asegurado en el

Registro) y se le advertirá conforme dispone el art. 689 de la LEC, a fin de que pueda

liberar la finca y archivarse la ejecución hipotecaria.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

489

6) AVERIGUACION PATRIMONIAL DEL APREMIADO. ORGANISMOS.

Cuando el ejecutante solicite la averiguación patrimonial de los organismos

públicos, se autorizará la averiguación genérica del Punto Neutro Judicial y, en su caso,

del Servicio del Decano de Donostia. El modelo 347 (de créditos de terceros) de la

A.Tributaria será siempre subsidiario y, únicamente, cuando no se hayan localizado

otros bienes concretos.

La reiteración de información a la Agencia Tributaria será cuando haya transcurrido

un periodo mínimo de TRES MESES respecto de las empresas y de UN AÑO respecto

de las personas físicas, porque durante ese período no ha habido variación.

Sin embargo, el embargo de cuentas bancarias del PNJ tiene una duración de tres

días (barrido) y no mantienen la nota de apremio, así que no podemos negarnos a

reiterar los mismos.

Cuando finalice una ejecución por satisfacción –procesal o extraprocesal- hay que

revisar el expediente y levantar los embargos practicados remitiendo los

correspondientes oficios/mandamientos. También hay que quitar la nota de apremio del

PNJ para los embargos de crédito a la Agencia Tributaria.

7) APODERAMIENTOS Y PIEZAS INCIDENTALES

Cuando en un procedimiento se encuentre abierto además pieza/s incidentale/s, los

apoderamientos apud-acta se unirán siempre al procedimiento principal. Los escritos y

demás documentos (notificaciones, oficios, ….) que correspondan a la pieza incidental

se unirán a ésta por orden de fecha. Los escritos mixtos (que refieran temas del asunto

principal y del incidente) se unirán al expediente principal y se dejará copia

testimoniada al incidente. La resolución final del incidente (número definitivo) se unirá

por medio de testimonio a los autos principales.

8) PLAZOS DE ESPERA PARA PAGAR EN ETJ

En las ejecuciones de título judicial aunque ingresen el importe reclamado

esperaremos el plazo de DIEZ DIAS desde la notificación del Auto de ejecución por si

el integro no es en concepto de pago sino de CONSIGNACION (suspende la ejecución

pero no reconoce el pago porque se opone) (p.e. art. 556 LEC, que la oposición tiene

efecto suspensivo, o cuando la causa de oposición sea pago….) Si alega pluspetición, se

abonará parcialmente lo que sí reconozca adeudado y se mantendrá en depósito el resto

no reconocido hasta que se resuelva la oposición.

II. PENAL

1) COMPENSACION ENTRE EJECUTADOS. EMBARGO DE CREDITO.

Cuando en una ejecutoria se condena a varias personas imponiéndoles una

indemnización por Responsabilidad Civil, se acuerda la compensación hasta el

límite máximo en que coincidan ambos importes. Nunca pueden compensarse

importes referidos a MULTAS por corresponder su importe al Estado.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

490

Cuando uno de los condenados deba recibir un importe por parte de otro en

concepto de Responsabilidad Civil, se deberá acordar el embargo de dicho importe

(por medio de Decreto de embargo de crédito) hasta cubrir la cantidad que deba

abonar en concepto de multa y/o responsabilidad civil.

Cuando se deba de abonar ambos importes, siempre se pagará primero al

perjudicado su indemnización.

2) TRAMITACION EN LA EJECUCIÓN DE ORDENES DE

ALEJAMIENTO/COMUNICACIÓN.

Cuando se condene en una sentencia al cumplimiento de una orden de

alejamiento/comunicación, se citará al condenado para que comparezca un día/hora

ante la Oficina Judicial (en tanto tenga el domicilio en el partido o cerca de aquí) y

será en secretaría donde se procederá a requerir personalmente de la prohibición y

de las responsabilidades en que pudiera incurrir por quebrantamiento. En el mismo

acto, se procederá a la liquidación de condena y se le notificará seguidamente. El

trámite se hará a la mayor brevedad.

La liquidación de condena se notificará también al/la perjudicada para su debido

conocimiento.

III.- COMUNICACIONES. INFORME Y BALANCE ANUAL

9) COMUNICACIÓN CGPJ INFORMACION AEAT PNJ

Se reitera la comunicación recibida del Consejo General del Poder Judicial en fecha

20 de enero de 2015, respecto de la posibilidad a partir del 1 de febrero de 2015 de

solicitar telemáticamente información más detallada respecto del patrimonio del deudor

(hay que ir a Punto Neutro Judicial, Servicios, Comunicaciones seguras y remisión).

10) COMUNICACIÓN GOBIERNO VASCO DERECHOS PROTECCION

DATOS

Asimismo, se reitera la comunicación remitida por la Agencia Vasca de Protección

de Datos de fecha 6 de febrero de 2015 respecto a los derechos de los ciudadanos y los

deberes de la administración en la protección de datos.

11) COMUNICACIÓN GOBIERNO VASCO. DEPART. DE SEGURIDAD.

También se recuerda la comunicación remitida por el Departamento de Seguridad

del Gobierno Vasco de fecha 23/1/15, respecto del cambio de domicilio del Centro de

Coordinación Policial Aduanero que pasa a estar en los Servicios centrales.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

491

Secretaria General-Ertzaintza, Sección Cooperación Policial y Judicial. c/ Larrauri

Mendoetxe Bidea, 18 48950 Erandio, Bizkaia. (tf.- 94-607.94.84/ fax.: 94-607.96.55)

12) INFORME/ BALANCE ANUAL 2014

Se informa del balance anual correspondiente al año 2014. Se han detectado 119 no

conformidades, en la mayoría por falta de cambio de fase o modificación de estado.

Unicamente 2 no conformidades fue por falta de impulso procesal. El número de no

conformidades ha descendido respecto del año anterior. Se felicita al grupo por el buen

desarrollo del trabajo que desempeñan.

No habiendo más temas a tratar se da por finalizado el acto del que se extiende la

presente siendo las 14.00 horas.

REUNION SCEJ TOLOSA

12 de mayo de 2015

Siendo las 13 :15 horas se da inicio a la reunión convocada en el día de hoy

estando presentes la totalidad de la plantilla del presente Servicio Común de Ejecución,

los temas a tratar son los siguientes:

I.CIVIL

1.- NOTIFICACIONES A PROCURADORES EN EL COLEGIO DE

PROCURADORES

Por parte del Secretario procesalista se ha detectado, en el examen de las

actuaciones, que en alguna de éstas, no consta la fecha de recepción por parte del

procurador que las recibe, expuesto el tema en la presente reunión, se manifiesta por

parte del personal que las formas de realizar aquellas notificaciones, de ordinario, es

remitir la diligencia de notificación con la fecha del día siguiente de su expedición para

que sea firmada por el procurador. Excepcionalmente, una funcionaria refiere que no lo

realiza, por lo que se le informa que debe hacer constar la fecha del día siguiente a los

efectos de que no pueda demorarse los efectos de la notificación en el tiempo.

2.- ACOTACION DE LA INFORMACIÓN AL INTERESADO EN

PARTICIPAR EN SUBASTA A EFECTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS.

Asimismo refiere que se debe ser especialmente cuidadoso en la información

que se ofrece a los terceros interesados en participar en una subasta. En este sentido,

únicamente puede darse la información relativa de la certificación de cargas expedida

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

492

por el Registrador de la Propiedad para los bienes inmuebles, o de aquellos datos que

resulten de interés para los muebles, pero nunca se puede hacer entrega para su examen

del expediente completo por constar datos de terceros ajenos al objeto de subasta, que

podría vulnerar la normativa de protección de datos.

Así pues, se acuerdo realizar un legajo con la copia del edicto, de la certificación

de cargas expedida y con aquellos documentos que resultaran de interés únicamente a

efectos de participar en la subasta.

3.- REQUERIMIENTO DE PAGOS EXTRAJUDICIALES CUANDO EL

ASUNTO SE REAPERTURA A INSTANCIA DEL ACTOR.

Cuando una ejecución se ha archivado provisionalmente por inactividad de parte

y transcurrido un tiempo, la actora solicita la reapertura del mismo. Deberá requerirse a

fin de que informe si, en su caso, ha percibido extrajudicialmente cantidades a cuenta

del principal y, en ese supuesto, los importes y fechas de cobro, a efectos de actualizar

los importes adeudados y conocer la Oficina la deuda actualizada por la que se debe

seguir la ejecución.

De dicha manifestación, se dará traslado por cinco días (5) al apremiado para su

conocimiento si no muestra su disconformidad, se entenderá que es ésa el importe que

se debe por principal.

4.- INTERPOSICION/ADMISIÓN-INADMISION DE LOS RECURSOS DE

APELACIÓN.

Cuando se interponga recurso de apelación (art. 458 LEC), si el Secretario

Judicial considerar que no debe admitirse, le dará cuenta al Juez, el cual: a) dictara

providencia si debe admitirse, o b) dictará auto si lo debe inadmitir. Contra ese auto

solo cabe interponer recurso de queja.

Se comenta lo anterior porque se observó en una ejecución (207/14) que fue

inadmitido un recurso de apelación por medio de providencia, y que si bien no es

competencia de este servicio su documentación, no está demás la revisión de las

resoluciones que se dicten en la Upad correspondiente para que, previo a su

notificación, proceda a subsanarlas si lo consideran necesario.

5.- MOMENTO DEL PAGO AL PERITO JUDICIAL EN TRAMITE DE

EJECUCIÓN.

Se reitera la necesidad de revisar correctamente las ejecuciones en que soliciten

la valoración de bienes muebles (vehículos, por ejemplo) pues si no se tiene localizado

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

493

el vehículo objeto de peritación a efectos de subasta posterior, no se debe hacer pago

de la provisión de fondos al perito, hasta tanto sea debidamente localizado el mismo

pues lo contrario acarrea un perjuicio al actor que ha desembolsado una cantidad para

una peritación que no se va a poder practicar.

El orden de tramitación sería: 1)designación de perito, 2)aceptación del cargo y

solicitud de provisión de fondos, 3)requerimiento de consignación de provisión de

fondos, 4)localización fehaciente del vehículo (al apremiado localizado o, en su defecto,

precinto y depósito del mismo, 5)pago provisión de fondos, 6)tasación del bien, 7)

señalamiento de subasta.

6.- NOTIFICACIONES CON FECHA EN LA REMISION DE ASUNTOS O

RESOLUCIONES AL MINISTERIO FISCAL

Por la Sra. Secretaria Coordinadora se informó en la última reunión que se debía

hacer constar una fecha a efectos de notificación en las diligencias de notificación que

se remitía al Ministerio Fiscal, si bien se estaba confeccionando un protocolo de

actuación y, en tanto no tenga vigencia el mismo, se refiere que se haga constar la fecha

de tres días siguientes a la remisión de las actuaciones que es el transcurso ordinario de

tiempo que tarda en recibirse en esas Oficina fiscal por correo ordinario.

7.- REVISION DE LA CUENTA DE LA CUENTA-EXPEDIENTE DE

CONSIGNACIONES JUDICIALES.

Se recuerda que debe de revisarse la cuenta expediente antes de proceder al

archivo, provisional o definitivo de los autos, pues no pueden quedar cantidades

pendientes de pago o caducadas en el mismo. Como hasta que no transcurra un año

desde la puesta a disposición no pueden ingresarse en el Tesoro Público aquellas

cantidades renunciadas, se tomará nota en la agenda informática para desarchivo y

transferencias.

8.- MODIFICACION CUENTA EXPEDIENTE PARA EL DEPOSITO DE LOS

RECURSOS.

Visto que la inclusión en la misma cuenta expediente del procedimiento, tanto de

los ingresos a cuenta por parte del ejecutado como de las consignaciones que efectúan

los recurrentes de los depósitos de los recursos puede generar errores de cómputo y

puesta a disposición, se acuerda que dichos depósitos sean transferidos a la cuenta 01-

(nº de expediente) para llevar un mejor control de los mismos y evitar su pago en otro

concepto.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

494

9.- ACTUALIZACION DE DATOS EN LA AGENDA INFORMATICA.

Se ha detectado por la Gestora responsable, errores y/u omisiones en la

anotación de datos de la agenda, se solicita un mayor control en dichas anotación pues

las omisiones de datos (asuntos, objeto de la anotación….) produce la ineficacia de la

propia anotación.

10.- NUMERACION DEL DECRETO DEFINITIVO DE TASACION DE

COSTAS

Por parte del personal de la Oficina Judicial se refiere la necesidad de numerar

los decretos definitivos de las piezas de tasación de costas, se toma nota para informar a

Deitu a dichos efectos.

II.- REFORMAS LEGISLATIVAS PROCESALES

1.-R.D.L. 1/15, DE 27 DE FEBRERO, DE MECANISMO DE SEGUNDA

OPORTUNIDAD, REDUCCIÓN DE CARGA FINANCIERA Y OTRAS

MEDIDAS EN EL ORDEN SOCIAL.

-Se informa al personal de Oficina la nueva regulación en relación a las Tasas

Judiciales, que modifica la anterior en el sentido que queda exenta del pago de la misma

cualquier persona física (también comunidad de propietarios), tanto en los

procedimientos de Título No judicial (actores) como en las oposiciones de título judicial

(apremiados).

-También ha modificado el plazo de DOS AÑOS, de suspensión del lanzamiento

respecto de los apremiados en situación de especial vulnerabilidad, que los

PRORROGA por DOS AÑOS MAS (en total ha de transcurrido CUATRO AÑOS

desde la entrada en vigor de la ley 1/2013, de 14 de mayo (2017).

2.- ANEXO DE LAS ULTIMAS MODIFICACIONES LEGISLATIVAS QUE

AFECTAN A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

Se adjunta a la presente acta las disposiciones legales que han modificado

artículos de la LEC, a fin de que se proceda a su debida anotación y actualización de las

mismas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

495

III.- MODELOS PROCESALES CIVILES

1.- ERROR EN EL MODELO DE TRASLADO AL ACTOR POR RESULTAR

DESIERTA LA SUBASTA EN EJECUCION HIPOTECARIA

Se ha detectado un error en la redacción del modelo de la DIOR (art. 671 LEC)

que da la posibilidad al actor de adjudicación de la finca objeto de subasta por resultar

desierta la misma para su adjudicación en el plazo de veinte días.

Se recuerda a la Oficina que si estamos ante una Ejecución Hipotecaria debe

borrarse el último párrafo que refiere: “si el acreedor no hiciere uso de esa facultad, el

Secretario Judicial procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado”.

Pues en este tipo de ejecuciones no se ha practicado embargo en ningún

momento, por lo que no puede alzarse el mismo.

2. PENAL

1.- NOTIFICACIONES A FISCALIA POR CORREO ELECTRONICO.

Desde la implantación de la notificación por medio de correo electrónico a

Fiscalía en el Orden Penal, las notificaciones que se realicen únicamente de

resoluciones (no se remite el expediente) y que queden consignadas en la relación del

listado de entrega, deben ser revisadas antes de enviar y adjuntar, en todo caso, la

resolución objeto de notificación, pues si no se envía la resolución, no tiene eficacia la

notificación.

Se ha recibido queja de Fiscal, en fecha 27 de abril de 2015, en el sentido que se

envían las notificaciones pero no las resoluciones (eje. 39/14, 140/14, 4/13, 62/14 y

36/14, por lo que, sin perjuicio de revisar las futuras remisiones de notificaciones, debe

procederse a reiterar la remisión de las notificaciones junto con las resoluciones

procedentes en esas ejecuciones para la debida notificación en forma al Ministerio

Fiscal).

2.- REVISION DE LOS PAGOS PARCIALES EN LA CUENTA EXPEDIENTE

BANCARIA

Se informa a las funcionarias adscritas a la sección penal que pasen para revisión

los expedientes de ejecutorias penales en que se haya realizado cualquier abono judicial

en la cuenta expediente bancaria o extrajudicialmente, a fin de llevar un mayor control

de los pagos y conceptos realizados.

3.-SUSTITUCIONES ORDINARIAS ENTRE SECRETARIOS JUDICIALES

1.- INFORMACION AL SECRETARIO JUDICIAL EN SUSTITUCIÓN DEL

PROCESALISTA DE LA AGENDA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

496

Se recuerda que cuando el Secretario Judicial Procesalista deba ser sustituido por

otro Secretario Judicial, se le debe informar a éste de la agenda de señalamientos para

esos días realizada por el servicio común. Así, por ejemplo, si hay subastas señaladas o

cualquier otro tipo de comparecencias, en su caso, acordadas, dando cuenta del estado

de los autos o traslado de los mismos con la suficiente antelación para su examen.

III.- COMUNICACIONES. INFORME Y BALANCE ANUAL

- Se informa de la comunicación recibida del Gabinete Técnico del Consejo

General del Poder judicial de fecha 4 de mayo de 2015 en relación a las nuevas

funcionalidades del PNJ (puntos 4 y 5) y la creación de la nueva Plataforma de

servicios del PNJ”

No habiendo más temas a tratar se da por finalizado el acto del que se extiende la

presente siendo las 14.00 horas.

ANEXO ACTUALIZACION LEGISLATIVA DE LA LEC

RDL 11/14 DE 5 DE SEPTIEMBRE

Disposición final tercera. Modificación de la ley 1/2000, de 7 de enero, de

enjuiciamiento civil.

El apartado 4 del artículo 695 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil,

queda redactado en los siguientes términos:

«4. Contra el auto que ordene el sobreseimiento de la ejecución, la inaplicación de una

cláusula abusiva o la desestimación de la oposición por la causa prevista en el apartado

1.4.º anterior, podrá interponerse recurso de apelación.

Fuera de estos casos, los autos que decidan la oposición a que se refiere este artículo no

serán susceptibles de recurso alguno y sus efectos se circunscribirán exclusivamente al

proceso de ejecución en que se dicten.»

LEY 17/14 DE 30 DE SEPTIEMBRE

Disposición final primera. Modificación de la ley 1/2000, de 7 de enero, de

enjuiciamiento civil.

El Título y el apartado 1 del artículo 568 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de

Enjuiciamiento Civil, quedan redactados en los siguientes términos:

«Artículo 568. Suspensión en caso de situaciones concursales o preconcursales.

No se dictará auto autorizando y despachando la ejecución cuando conste al Tribunal

que el demandado se halla en situación de concurso o se haya efectuado la

comunicación a que se refiere el artículo 5 bis de la Ley Concursal y respecto a los

bienes determinados en dicho artículo. En este último caso, cuando la ejecución afecte a

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

497

una garantía real, se tendrá por iniciada la ejecución a los efectos del artículo 57.3 de la

Ley Concursal para el caso de que sobrevenga finalmente el concurso a pesar de la falta

de despacho de ejecución.»

Artículo segundo. Modificación de la ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.

La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el subapartado 7.º y se introducen unos nuevos subapartados 10.º

y 11.º en el apartado 1 del artículo 256, con la siguiente redacción:

«7.º Mediante la solicitud, formulada por quien pretenda ejercitar una acción por

infracción de un derecho de propiedad industrial o de un derecho de propiedad

intelectual cometida mediante actos que no puedan considerarse realizados por meros

consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o

comerciales, de diligencias de obtención de datos sobre el posible infractor, el origen y

redes de distribución de las obras, mercancías o servicios que infringen un derecho de

propiedad intelectual o de propiedad industrial y, en particular, los siguientes:

a) Los nombres y direcciones de los productores, fabricantes, distribuidores,

suministradores y prestadores de las mercancías y servicios, así como de quienes, con

fines comerciales, hubieran estado en posesión de las mercancías.

b) Los nombres y direcciones de los mayoristas y minoristas a quienes se hubieren

distribuido las mercancías o servicios.

c) Las cantidades producidas, fabricadas, entregadas, recibidas o encargadas, y las

cantidades satisfechas como precio por las mercancías o servicios de que se trate y los

modelos y características técnicas de las mercancías.»

«10.º Por petición, de quien pretenda ejercitar una acción por infracción de un derecho

de propiedad industrial o de un derecho de propiedad intelectual, para que se identifique

al prestador de un servicio de la sociedad de la información sobre el que concurran

indicios razonables de que está poniendo a disposición o difundiendo de forma directa o

indirecta, contenidos, obras o prestaciones objeto de tal derecho sin que se cumplan los

requisitos establecidos por la legislación de propiedad industrial o de propiedad

intelectual, considerando la existencia de un nivel apreciable de audiencia en España de

dicho prestador o un volumen, asimismo apreciable, de obras y prestaciones protegidas

no autorizadas puestas a disposición o difundidas.

La solicitud estará referida a la obtención de los datos necesarios para llevar a cabo la

identificación y podrá dirigirse a los prestadores de servicios de la sociedad de la

información, de pagos electrónicos y de publicidad que mantengan o hayan mantenido

en los últimos doce meses relaciones de prestación de un servicio con el prestador de

servicios de la sociedad de la información que se desee identificar. Los citados

prestadores proporcionarán la información solicitada, siempre que ésta pueda extraerse

de los datos de que dispongan o conserven como resultado de la relación de servicio que

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

498

mantengan o hayan mantenido con el prestador de servicios objeto de identificación,

salvo los datos que exclusivamente estuvieran siendo objeto de tratamiento por un

proveedor de servicios de Internet en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 25/2007,

de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y

a las redes públicas de comunicaciones.»

«11.º Mediante la solicitud, formulada por el titular de un derecho de propiedad

intelectual que pretenda ejercitar una acción por infracción del mismo, de que un

prestador de servicios de la sociedad de la información aporte los datos necesarios para

llevar a cabo la identificación de un usuario de sus servicios, con el que mantengan o

hayan mantenido en los últimos doce meses relaciones de prestación de un servicio,

sobre el que concurran indicios razonables de que está poniendo a disposición o

difundiendo de forma directa o indirecta, contenidos, obras o prestaciones objeto de tal

derecho sin que se cumplan los requisitos establecidos por la legislación de propiedad

intelectual, y mediante actos que no puedan considerarse realizados por meros

consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o

comerciales, teniendo en cuenta el volumen apreciable de obras y prestaciones

protegidas no autorizadas puestas a disposición o difundidas.»

Dos. El apartado 4 del artículo 259 pasa a tener la siguiente redacción:

«4. La información obtenida mediante las diligencias de los números 7, 8, 10 y 11 del

apartado 1 del artículo 256 se utilizará exclusivamente para la tutela jurisdiccional de

los derechos de propiedad industrial o de propiedad intelectual del solicitante de las

medidas, con prohibición de divulgarla o comunicarla a terceros. A instancia de

cualquier interesado, el tribunal podrá atribuir carácter reservado a las actuaciones, para

garantizar la protección de los datos e información que tuvieran carácter confidencial.»

REUNION SCEJ 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015

Siendo las 13:00 horas se da inicio la reunión señalada para el día de hoy con la

asistencia del personal adscrito a este servicio común de ejecución.

Los temas a tratar son los siguientes:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

499

I.- DE DOCUMENTACION

Artículo 458. LOPJ

1. Los secretarios judiciales serán responsables del Archivo Judicial de Gestión, en el que, de conformidad con la normativa establecida al efecto, se conservarán y custodiarán aquellos autos y expedientes cuya tramitación no esté finalizada, salvo el tiempo en que estuvieren en poder del juez o del magistrado ponente u otros magistrados integrantes del tribunal.

2. Por real decreto se establecerán las normas reguladoras de la ordenación y archivo de autos y expedientes que no estuviesen pendientes de actuación alguna, así como del expurgo de los archivos judiciales.

Con carácter general se procederá a la destrucción de autos y expedientes judiciales transcurridos seis años desde la firmeza de la resolución que de manera definitiva puso término al procedimiento que dio lugar a la formación de aquéllos. Se exceptúan de lo anterior aquéllos formados para la instrucción de causas penales seguidas por delito, así como los supuestos que reglamentariamente pudiesen ser contemplados, especialmente en atención al valor cultural, social o histórico de lo archivado.

Previamente, el Letrado de la Administración de Justicia concederá audiencia por un tiempo no inferior a quince días a las partes que estuvieron personadas para que interesen, en su caso, el desglose de aquellos documentos originales que hubiesen aportado o ejerciten los derechos que esta Ley les reconoce en los artículos 234 y 235.»

-A la vista de la nueva regulación de la LOPJ, para el expurgo definitivo de los

asuntos judiciales, previo a acordar el traslado del expediente físico al archivo general, y

una vez firme el Decreto/Auto acordando el archivo definitivo de los autos, se acordará

el desglose de los documentos originales que constaran en las actuaciones, dejando

testimonio suficiente en los mismo y se procederá a la entrega de la parte que los

hubiera aportado.

-Asimismo, se le informará del archivo definitivo de los autos y se le advertirá que

el período de depósito de las actuaciones en el Archivo Judicial de Gestión será, en

general, de seis años a los efectos prevenidos en los arts. 234 y 235 de la LOPJ,

-La excepción la tendríamos en la ejecución de los juicios cambiarios en los que el

título que sirve de base para despachar ejecución, si el archivo es definitivo por

satisfacción del acreedor, judicial o extrajudicial, deberá devolverse al deudor (por

cuando queda extinguida la obligación que nace de ese título)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

500

II.- DE LOS RECURSOS DE REPOSICION QUE INTERPONEN CONTRA LAS

RESOLUCIONES DEL SECRETARIO JUDICIAL

Artículo 451. Resoluciones recurribles en reposición. Inexistencia de efectos suspensivos.

1. Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos cabrá recurso de reposición ante el Secretario judicial que dictó la resolución recurrida, excepto en los casos en que la ley prevea recurso directo de revisión.

2. Contra todas las providencias y autos no definitivos cabrá recurso de reposición ante el mismo Tribunal que dictó la resolución recurrida.

3. La interposición del recurso de reposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida.

Artículo 452. Plazo, forma e inadmisión del recurso de reposición.

1. El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de cinco días, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.

2. Si no se cumplieran los requisitos establecidos en el apartado anterior, se inadmitirá, mediante providencia no susceptible de recurso, la reposición interpuesta frente a providencias y autos no definitivos, y mediante decreto directamente recurrible en revisión la formulada contra diligencias de ordenación y decretos no definitivos.

-Cuando se interponga un recurso de reposición, se revisará si está dentro de plazo

(cinco días) y, además, deberá expresar la infracción en que la resolución hubiera

incurrido. Por lo tanto, previo a admitir el recurso de reposición, se dará cuenta al

Secretario procesalista para que revise si efectivamente se cumplen el segundo

requisito de admisibilidad. (el recurrente ha expresado la infracción en que la

resolución ha incurrido)

III.- JUICIO CAMBIARIO Y TASACION DE COSTAS

Cuando se solicite tasación de costas en una Ejecución que trae causa en un

juicio cambiario, antes de admitirla, hay que revisar que no se haya practicado una

(tasación de costas) anterior en el juicio cambiario, pues en principio, solo cabría

realizar una en todo el procedimiento (cambiario+ejecución). Si ya constara una previa

practicada en la Upad correspondiente, hay que dar cuenta al Secretario Procesalista

para que decida lo procedente.

IV.- DE LAS EJECUCIONES PROVISIONALES

Las ejecuciones provisionales que estén en situación de TPA (pendiente de

archivo) hay que revisar que en el procedimiento declarativo del que trae causa (UPAD)

no se haya dictado la sentencia en segunda instancia. Si consta dictada, hay que unir

copia de la misma a la ejecución provisional y dar cuenta al Secretario para determinar

lo que proceda.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

501

En principio, no puede archivarse definitivamente una ejecución provisional

hasta que no recaiga resolución firme en los autos declarativos de los que precede.

V.- DE LOS RAMOS SEPARADOS DE LA EJECUCIÓN (ver anexo I)

VI DOSSIER DE LAS SUBASTAS ELECTRONICAS

MODIFICACIONES DE LA LEY 19/2015, 13 DE JULIO, EN LA LEY

ENJUICIAMIENTO CIVIL

INTRODUCCION

El presente texto recoge nuevas medidas normativas para la ejecución de las

propuestas relativas a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a

través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal

Boletín Oficial del Estado. En nuestro ordenamiento se prevé, en diversas ocasiones, el

recurso a la subasta pública como medio de realización de bienes. Esta forma de venta,

basada en la pública concurrencia, persigue dos claros objetivos:

a) por un lado, la transparencia del procedimiento y,

b) por otro, la obtención del mayor rendimiento posible de la venta de los

bienes.

Estos procedimientos se caracterizaban fundamentalmente por su configuración

presencial, por las diferencias en cuanto a su desenvolvimiento, las limitaciones a su

publicidad y la gran rigidez de su procedimiento.

El Consejo de Ministros de 21 de junio de 2013, aprobó el informe de la

Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas en el que se analizó, como

una de las medidas a adoptar, la creación en la Agencia Estatal Boletín Oficial del

Estado de un Portal Electrónico de Subastas para su celebración, a fin de lograr una

mayor simplificación administrativa evitando, al mismo tiempo, el solapamiento de

procedimientos mediante la reutilización de los medios disponibles

La Ley regula la subasta electrónica de bienes muebles, de bienes inmuebles y

de bienes inmuebles en los casos en los que estos hubieran sido hipotecados, con las

especialidades propias de la ejecución hipotecaria. La reforma incide en la totalidad del

procedimiento de subasta, tanto para bienes muebles como para inmuebles, adaptando el

mismo al sistema electrónico. Este sistema se diseña fundamentándose en los criterios

de publicidad, seguridad y disponibilidad.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

502

1.- Especial interés se presta a la publicidad, pues se comienza con

- su anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», que tiene en la esencia de su

función la publicación oficial en España;

-También se publicitará en el Portal de la Administración de Justicia

- Y posteriormente en el Portal de Subastas.

Para cada una de ellas, se encontrará la publicidad registral de los bienes y de los datos complementarios, como planos, fotografías, licencias u otros elementos que, a juicio del deudor, del acreedor o del Secretario judicial, puedan contribuir a la venta del bien.

Destaca, igualmente, el impulso a las comunicaciones y notificaciones electrónicas entre el Portal de Subastas y los diversos intervinientes en el proceso y la novedad introducida en las notificaciones y comunicaciones que debe realizar el Registrador de la Propiedad a los titulares registrales de derechos posteriores a la carga que se ejecuta, sustituyéndose la publicación de aquellas que hubieran resultado infructuosas en el tablón de anuncios del Registro, de limitada efectividad, por su publicación en el

«Boletín Oficial del Estado», dentro de la actuación del servicio público registral.

2.-Inicio de subasta y dirección. Como responsable de la dirección de la Oficina

judicial, al Secretario Judicial le corresponde el inicio de la subasta, ordenar su

publicación con remisión de los datos necesarios, así como su suspensión o

reanudación, manteniendo un control continuado durante su desarrollo hasta su término,

a través de una relación electrónica privilegiada con el Portal de Subastas. Y

terminada la subasta, el Portal de Subastas remitirá información certificada al Secretario

judicial en la que indicará ordenadamente las pujas, encabezadas por la que

hubiera resultado vencedora.

RESUMEN

I.- TRAMITACION PROCESAL. INICIO

1.1.- PRESENTACIÓN DEMANDA DE EJECUCIÓN.

1.1. REVISION DE OMISIONES EN LA PRESENTACION DE LA DEMANDA A

EFECTOS DE SUBSANACION.

-Datos de las partes, cuantía de la reclamación.

-Aportación del poder para pleitos si no consta en actuaciones

-Si es ETNJ, aportación de TASA (si es persona jurídica sin beneficio justicia

gratuita)

-Aportación de copias para la parte contraria.

1.2. CONSULTA AL REGISTRO PUBLICO CONCURSAL (previo a despachar)

-Se comprobará si consta inscrito o anotado el/los ejecutado/s contra los que se

inste la demanda de ejecución (persona física o jurídica) con expresa especificación del

NUMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

503

*Por lo que si no consta, en su caso, en las actuaciones previas o no lo aporta la parte ejecutante, deberá requerirse en el plazo de DIEZ DIAS para que subsane el defecto. Si no lo subsana, se dará cuenta al Tribunal, a fin de que determine si debe despacharse ejecución o se inadmite la demanda.

a) Si no consta inscrito en el Registro Público Concursal: Se solicitará la

intervención de la Upad a efectos de despachar ejecución.

b) Si consta inscrito en el Registro: No podrá iniciarse ejecución (judicial o

extrajudicial) respecto de bienes o derechos que resulten necesarios para la

continuidad de la actividad empresarial del ejecutado. Por lo que se dará cuenta

al Tribunal para resolver.

*EXCEPCION: SI ES EJECUCION HIPOTECARIA sí se acordará el inicio de la ejecución pero se acordará la paralización del trámite en tanto no transcurra el plazo o se den las circunstancias del art. 5 bis Lc. (SE ACORDARA POR AUTO)

1.3. PETICION INTERVENCIÓN DE LA UPAD. (dictará auto resolviendo lo

procedente)

II.-REALIZACION DE LOS BIENES EMBARGADOS (art. 636 LEC)

a) PREREFENTE: Por CONVENIO DE REALIZACIÓN (art. 640 LEC)

b) SUBSIDIARIO: - 2.1. por PERSONA/ENTIDAD ESPECIALIZADA

(art. 641 LEC)

-2.2 por SUBASTA JUDICIAL (art. 643 y 655 LEC)

III.- SUBASTA JUDICIAL

3.1 BIENES MUEBLES (ART. 643 LEC)

3.1.1. TASACION BIENES EMBARGADOS

- Art. 638 LEC.- (DIOR) Designación perito judicial que corresponda entre los que

presten servicio en la Administración de Justicia. Traslado a las partes por plazo de

cinco días a fin de que manifiesten su conformidad a la designación o, en su caso,

soliciten su recusación.

- Art. 638 LEC.- (ACTA) Aceptación del cargo del perito nombrado, referencia al

objeto de la peritación, solicitud de provisión de fondos y plazo para la presentación del

informe desde la percepción de la provisión de fondos.

(DIOR) Traslado a la proponente de la valoración para el abono de la provisión

de fondos. Abono provisión de fondos y determinación de plazo para presentar

dictamen.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

504

(DIOR) Traslado dictamen a las partes para alegaciones e informes alternativos

en el plazo de cinco días. Si presentan informes, (DECRETO) de valoración definitiva a

efectos de ejecución.

3.1.2 PREPARACION SUBASTA

Art. 643 LEC.- Si es necesario la formación de lotes: DIOR emplazando a las partes

por cinco días para que aleguen lo conveniente en relación a la formación de lotes para

la subasta proponiendo, para el caso concreto, la formación de los lotes específicos.

3.1.3 CONVOCATORIA DE SUBASTA

Art. 644 LEC.- (DECRETO)*1 se acordará la convocatoria de la subasta, que se llevará

a cabo de forma electrónica en el Portal de Subastas.

- Para el anuncio de subasta en los Portales deberá expedirse el correspondiente

EDICTO *3

, en el que se hará constar los datos identificativos del órgano

judicial, el asunto a que se refiere, los bienes objeto de subasta y su valoración,

cualquier otro dato de interés que pudieran aportar las partes o el Secretario

Judicial considere relevante, respecto de los bienes, las condiciones generales y

particulares de la subasta, las consecuencias de la insuficiencia del importe de

las posturas peticionadas, consecuencia de las reservas de posturas y quiebra de

subasta. (art. 646 LEC)

Art. 645 LEC.- Cuando este Decreto sea FIRME, la convocatoria de subasta se

anunciará en:

- BOE (modelo) *2, sirviendo de anuncio de notificación al ejecutado no

personado. La referencia será sucinta a efectos de economizar costes.

- PORTAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, solo a efectos

informativos.

- OTROS (a instancia del ejecutante, del ejecutado o cuando se acuerde

expresamente)

Los gastos de publicación en el BOE serán incluidos en la tasación de costas que

se realice, si bien adelantará el pago la parte actora a efectos de poder ser

publicado. Los demás gastos que se generen y no sean preceptivos los abonará la

parte que lo solicite

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

505

3.1.4 REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA

Las modificaciones son las siguientes:

1.- PARTICIPACIÓN EN LA SUBASTA

-art. 647.1.3. º Estar en posesión de la correspondiente acreditación, para lo que será

necesario haber consignado el 5 por ciento del valor de los bienes. La consignación se realizará por medios electrónicos a través del Portal de Subastas, que utilizará los servicios

telemáticos que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria pondrá a su disposición, quien a su vez recibirá los ingresos a través de sus entidades colaboradoras.»

2.- FACULTAD DE CESION DE REMATE A FAVOR DE TERCERO

- art. 647.3. Solo el ejecutante o los acreedores posteriores podrán hacer postura

reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el Secretario judicial responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente. Igual facultad corresponderá al ejecutante si solicitase, en los casos previstos, la adjudicación del bien o bienes subastados.»

3.1.5. FORMA DE CELEBRACION DE LA SUBASTA

«Artículo 648. Subasta electrónica.

La subasta electrónica se realizará con sujeción a las siguientes reglas:

1.ª La subasta tendrá lugar en el Portal dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para la celebración electrónica de subastas a cuyo sistema de gestión tendrán acceso todas las Oficinas judiciales. Todos los intercambios de información que deban realizarse entre las Oficinas judiciales y el Portal de Subastas se realizarán de manera telemática. Cada subasta estará dotada con un número de identificación único.

2.ª La subasta se abrirá transcurridas, al menos, veinticuatro horas desde la publicación del anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, cuando haya sido remitida al Portal de Subastas

la información necesaria para el comienzo de la misma. 3.ª Una vez abierta la subasta solamente se podrán realizar pujas electrónicas con sujeción

a las normas de esta Ley en cuanto a tipos de subasta, consignaciones y demás reglas que le fueren aplicables. En todo caso el Portal de Subastas informará durante su celebración de la existencia y cuantía de las pujas.

4.ª Para poder participar en la subasta electrónica, los interesados deberán estar dados de alta como usuarios del sistema, accediendo al mismo mediante mecanismos seguros de

identificación y firma electrónicos de acuerdo con lo previsto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, de forma que en todo caso exista una plena identificación de los licitadores. El alta se realizará a través del Portal de Subastas mediante mecanismos seguros de identificación y firma electrónicos e incluirá necesariamente todos los datos identificativos del interesado. A los ejecutantes se les identificará de forma que les permita comparecer como postores en las subastas dimanantes del procedimiento de ejecución por ellos iniciado sin

necesidad de realizar consignación. 5.ª El ejecutante, el ejecutado o el tercer poseedor, si lo hubiere, podrán, bajo su

responsabilidad y, en todo caso, a través de la Oficina judicial ante la que se siga el procedimiento, enviar al Portal de Subastas toda la información de la que dispongan sobre el bien objeto de licitación, procedente de informes de tasación u otra documentación oficial, obtenida directamente por los órganos judiciales o mediante Notario y que a juicio de aquéllos pueda considerarse de interés para los posibles licitadores. También podrá hacerlo el

Secretario judicial por su propia iniciativa, si lo considera conveniente.

6.ª Las pujas se enviarán telemáticamente a través de sistemas seguros de comunicaciones al Portal de Subastas, que devolverá un acuse técnico, con inclusión de un sello de tiempo, del momento exacto de la recepción de la postura y de su cuantía. En ese instante publicará electrónicamente la puja.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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El postor deberá también indicar si consiente o no la reserva a que se refiere el párrafo

segundo del apartado 1 del artículo 652 y si puja en nombre propio o en nombre de un tercero. Serán admisibles posturas por importe superior, igual o inferior a la más alta ya realizada, entendiéndose en los dos últimos supuestos que consienten desde ese momento la reserva de consignación y serán tenidas en cuenta para el supuesto de que el licitador que haya realizado la

puja igual o más alta no consigne finalmente el resto del precio de adquisición. En el caso de que existan posturas por el mismo importe, se preferirá la anterior en el tiempo.»

«Artículo 649. Desarrollo y terminación de la subasta.

1. La subasta admitirá posturas durante un plazo de veinte días naturales desde su apertura. La subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la realización de la última postura, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicial de veinte días a que se refiere este artículo por un máximo de 24 horas.

3. En la fecha del cierre de la subasta y a continuación del mismo, el Portal de Subastas remitirá al Secretario judicial información certificada de la postura telemática que hubiera resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la reserva de postura a que

se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 652, con el nombre, apellidos y dirección electrónica de los licitadores.

4. Terminada la subasta y recibida la información, el Secretario judicial dejará constancia de la misma, expresando el nombre de quienes hubieran participado y de las posturas que

formularon.» (modelo)*4

3.1.6.- SITUACION DE DECLARACION DE CONCURSO DEL DEUDOR

Art. 649 LEC.- En el caso de que el Secretario judicial tenga conocimiento de la declaración de concurso del deudor, suspenderá mediante decreto la ejecución y procederá a dejar sin efecto la subasta, aunque ésta ya se hubiera iniciado. Tal circunstancia se comunicará

inmediatamente al Portal de Subastas. 2. La suspensión de la subasta por un periodo superior a quince días llevará consigo la

devolución de las consignaciones, retrotrayendo la situación al momento inmediatamente anterior a la publicación del anuncio. La reanudación de la subasta se realizará mediante una nueva publicación del anuncio como si de una nueva subasta se tratase.

3.1.7.- LIBERACIÓN DEL BIEN SUBASTADO POR PAGO DEL DEUDOR

Art. 650. 6. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al ejecutante podrá el ejecutado liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas. En este supuesto, el Secretario judicial

acordará mediante decreto la suspensión de la subasta o dejar sin efecto la misma, (modelo*5)

y lo comunicará inmediatamente en ambos casos al Portal de Subastas.

3.1.8.- DECRETO DE APROBACION DE REMATE/ ADJUDICACION

a) Finalizada la subasta, si hay postores, se estará a lo dispuesto en el art. 650 LEC

b) si ha resultado desierta por falta de postores, se estará a lo dispuesto en el art. 651

LEC

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

507

Artículo 651. Adjudicación de bienes al ejecutante.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 30 por

100 del valor de tasación, o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos.

En ningún caso, ni aun cuando actúe como postor rematante, podrá el acreedor ejecutante adjudicarse los bienes, ni

ceder el remate o adjudicación a tercero, por cantidad inferior al 30 por 100 del valor de tasación.

Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esta facultad, el Secretario judicial procederá al

alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado

3.2 BIENES INMUEBLES (ART.655 LEC)

3.2.1.-AMBITO DE APLICACIÓN

Hay que recordar que:

1. Las normas de esta sección se aplicarán a las subastas de bienes inmuebles y a las de

bienes muebles sujetos a un régimen de publicidad registral similar al de aquéllos.

- se deberá realizar de este modo las subastas de vehículos, los bienes muebles sujetos a prenda sin desplazamiento y aquellos otros en que consten registrados en un registro público

2. En las subastas a que se refiere el apartado anterior serán aplicables las normas de la

subasta de bienes muebles, salvo las especialidades que se establecen en los artículos

siguientes

3.2.-REQUISITOS PREVIOS PARA LA VALORACION DEFINITIVA

3.2.1. SOLICITUD DE CERTIFICACION DE DOMINIO Y CARGAS (art. 656 LEC)

«Artículo 656. Certificación de dominio y cargas.

1.el Secretario judicial responsable de la ejecución librará mandamiento al registrador a cuyo cargo se encuentre el Registro de que se trate para que remita al juzgado certificación con información continuada en la que consten los siguientes extremos:

1.º La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien o derecho gravado.

2.º Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien registrable embargado, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas. En todo caso, la certificación se expedirá en formato electrónico y dispondrá de

información con contenido estructurado.

2. El registrador hará constar por nota marginal la expedición de la certificación a que se refiere el apartado anterior, expresando la fecha y el procedimiento a que se refiera. El registrador notificará, inmediatamente y de forma telemática, al Secretario judicial y al Portal de Subastas el hecho de haberse presentado otro u otros títulos que afecten o modifiquen la información inicial a los efectos del artículo 667.

El Portal de Subastas recogerá la información proporcionada por el Registro de modo inmediato para su traslado a los que consulten su contenido. 3. Sin perjuicio de lo anterior, el Procurador de la parte ejecutante, debidamente facultado por el Secretario judicial y una vez anotado el embargo, podrá solicitar la certificación a la que se refiere el apartado 1 de este precepto, cuya expedición será igualmente objeto de nota marginal. En todo caso, la certificación se expedirá en formato electrónico y con contenido estructurado.»

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A) SOLICITUD DE INFORMACION DEL ESTADO ACTUAL DE LA CARGA

INSCRITA

Artículo 657. Información de cargas extinguidas o aminoradas. 1. El Secretario judicial se dirigirá de oficio a los titulares de los créditos anteriores que sean preferentes al que sirvió para el despacho de la ejecución y al ejecutado para que informen sobre la subsistencia actual del crédito garantizado y su actual cuantía. Aquéllos a quienes se reclame esta información deberán indicar con la mayor precisión si el crédito subsiste o se ha extinguido por cualquier causa y, en caso de subsistir, qué cantidad resta pendiente de pago, la fecha de vencimiento y, en su caso, los plazos y condiciones en que el pago deba

efectuarse. Si el crédito estuviera vencido y no pagado, se informará también de los intereses moratorios vencidos y de la cantidad a la que asciendan los intereses que se devenguen por cada día de retraso.

Cuando la preferencia resulte de una anotación de embargo anterior, se expresarán la cantidad pendiente de pago por principal e intereses vencidos a la fecha en que se produzca la información, así como la cantidad a que asciendan los intereses moratorios que se devenguen por cada día que transcurra sin que se efectúe el pago al acreedor y la previsión de costas. Los oficios que se expidan en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior se entregarán al procurador del ejecutante para que se encargue de su cumplimiento.

2. A la vista de lo que el ejecutado y los acreedores a que se refiere el apartado anterior declaren sobre la subsistencia y cuantía actual de los créditos, si hubiera conformidad sobre ello, el Secretario judicial encargado de la ejecución, a instancia del ejecutante, expedirá los mandamientos que procedan a los efectos previstos en el artículo 144 de la Ley Hipotecaria. De existir disconformidad les convocará a una vista ante el Tribunal, que deberá celebrarse dentro de los tres días siguientes, resolviéndose mediante auto, no susceptible de recurso, en los cinco días siguientes.

«3. Transcurridos diez días desde el requerimiento al ejecutado y a los acreedores sin que ninguno de ellos haya contestado, se entenderá que la carga, a los solos efectos de la ejecución, se

encuentra actualizada al momento del requerimiento en los términos fijados en el título preferente.»

- DILIGENCIA DE LIQUIDACIÓN DE CARGAS A EFECTOS DE SUBASTA

Artículo 666. Valoración de inmuebles para su subasta.

1. Los bienes inmuebles saldrán a subasta por el valor que resulte de deducir de su avalúo,

realizado de acuerdo con lo previsto en los artículos 637 y siguientes de esta Ley (peritación

judicial), el importe de todas las cargas y derechos anteriores al gravamen por el que se

hubiera despachado ejecución cuya preferencia resulte de la certificación registral de dominio y

cargas.

Esta operación se realizará por el Secretario Judicial descontando del valor por el que haya sido

tasado el inmueble el importe total garantizado que resulte de la certificación de cargas o, en su

caso, el que se haya hecho constar en el Registro con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del

artículo657

2. Si el valor de las cargas o gravámenes iguala o excede del determinado para el bien, el

Secretario judicial dejará en suspenso la ejecución sobre ese bien.

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B) BIEN INSCRITO A NOMBRE DE PERSONA DISTINTA AL EJECUTADO

Art. 658 LEC Si de la certificación que expida el registrador resultare que el bien embargado se encuentra inscrito a nombre de persona distinta del ejecutado, el Secretario judicial, oídas las partes personadas, ordenará alzar el embargo, a menos que el procedimiento se siga contra el ejecutado en concepto de

heredero de quien apareciere como dueño en el Registro o que el embargo se hubiere trabado teniendo en cuenta tal concepto. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si la inscripción del dominio a nombre de persona distinta del ejecutado fuera posterior a la anotación del embargo, se mantendrá éste y se estará a lo

dispuesto en el artículo 662. (cualidad de tercer poseedor)

3.2.2.TERCEROS OCUPANTES DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DE SUBASTA

«Artículo 661. Comunicación de la ejecución a arrendatarios y a ocupantes de hecho. Publicidad de la situación posesoria.

1. Cuando, por la manifestación de bienes del ejecutado, por indicación del ejecutante o de cualquier otro modo, conste en el procedimiento la existencia e identidad de personas, distintas del ejecutado, que ocupen el inmueble embargado, se les notificará la existencia de la ejecución, para que, en el plazo de diez días, presenten ante el Tribunal los títulos que justifiquen su situación. Esta notificación podrá ser practicada por el procurador de la parte

ejecutante que así lo solicite o cuando atendiendo a las circunstancias lo acuerde el Secretario judicial.

En la publicidad de la subasta que se realice en el Portal de Subastas, así como en los medios públicos o privados en su caso, se expresará, con el posible detalle, la situación posesoria del inmueble o que, por el contrario, se encuentra desocupado, si se acreditase

cumplidamente esta circunstancia al Secretario judicial responsable de la ejecución. 2. El ejecutante podrá pedir que, antes de anunciarse la subasta, el Tribunal declare que el

ocupante u ocupantes no tienen derecho a permanecer en el inmueble, una vez que éste se haya enajenado en la ejecución. La petición se tramitará con arreglo a lo establecido en el apartado 3 del artículo 675 y el Tribunal accederá a ella y hará, por medio de auto no recurrible, la

declaración solicitada, cuando el ocupante u ocupantes puedan considerarse de mero hecho o sin título suficiente. En otro caso, declarará, también sin ulterior recurso, que el ocupante u ocupantes tienen derecho a permanecer en el inmueble, dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder al futuro adquirente para desalojar a aquéllos.

Las declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se harán constar en la publicidad de la subasta.»

3.2.3 CONVOCATORIA DE SUBASTA DE BIENES

A) CONVOCATORIA

«Artículo 667. Convocatoria de la subasta.

1. La convocatoria de la subasta se anunciará y será objeto de publicidad conforme lo previsto en el artículo 645.

2. El Portal de Subastas se comunicará, a través de los sistemas del Colegio de Registradores, con el Registro correspondiente a fin de que este confeccione y expida una información registral electrónica referida a la finca o fincas subastadas que se mantendrá permanentemente actualizada hasta el término de la subasta, y será servida a través del Portal de Subastas.

De la misma manera, si la finca estuviera identificada en bases gráficas, se dispondrá la información de las mismas. En el caso de que dicha información no pudiera ser emitida por cualquier causa transcurridas cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio, se expresará así y se comenzará la subasta, sin perjuicio de su posterior incorporación al Portal de Subastas antes de la finalización de la subasta.»

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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C) CONTENIDO DEL ANUNCIO DE SUBASTA

«Artículo 668. Contenido del anuncio y publicidad de la subasta.

1. El contenido del anuncio de la subasta y su publicidad se realizará con arreglo a lo previsto en el artículo 646.

2. En el Portal de Subastas se incorporará, de manera separada para cada una de ellas, el edicto que expresará, además de los datos indicados en el artículo 646, la identificación de la finca

o fincas objeto de la subasta, sus datos registrales y la referencia catastral si la tuvieran, así como cuantos datos y circunstancias sean relevantes para la subasta y, necesariamente, el avalúo o valoración que sirve de tipo para la misma, la minoración de cargas preferentes, si las hubiera, y su situación posesoria, si consta en el procedimiento de ejecución. También se indicará, si procede, la posibilidad de visitar el inmueble objeto de subasta prevista en el apartado 3 del artículo 669. Estos datos deberán remitirse al Portal de Subastas de forma que puedan ser tratados

electrónicamente por este para facilitar y ordenar la información.

En el edicto y en el Portal de Subastas se hará constar igualmente que se entenderá que:

- todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia,

- así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670.

- Además se señalará que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que,

- por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor.

3. La certificación registral, en su caso, podrá consultarse a través del Portal de Subastas.

De toda finca objeto de licitación se facilitará desde el Registro correspondiente, a través del Portal de Subastas, la certificación que se hubiera expedido para dar comienzo al procedimiento, así como la información registral actualizada a que se refiere el artículo 667, la referencia catastral si estuviera incorporada a la finca e información gráfica, urbanística o medioambiental asociada a la finca en los términos legalmente previstos, si ello fuera posible.»

Artículo 669. Condiciones especiales de la subasta.

«1. Para tomar parte en la subasta los postores deberán, previamente, consignar en la forma establecida en el apartado 1 del artículo 647, una cantidad equivalente al 5 por ciento del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley.»

«3. Durante el periodo de licitación cualquier interesado en la subasta podrá solicitar del Tribunal inspeccionar el inmueble o inmuebles ejecutados, quien lo comunicará a quien estuviere en la

posesión, solicitando su consentimiento. Cuando el poseedor consienta la inspección del inmueble y colabore adecuadamente ante los requerimientos del Tribunal para facilitar el mejor desarrollo de la subasta del bien, el deudor podrá solicitar al Tribunal una reducción de la deuda de hasta un 2 por cien del valor por el que el bien hubiera sido adjudicado si fuera el poseedor o éste hubiera actuado a su instancia. El Tribunal, atendidas las circunstancias, y previa audiencia del ejecutante por plazo no superior a cinco días, decidirá la reducción de la deuda que proceda dentro del máximo deducible.

4. La reanudación de la subasta suspendida por un periodo superior a quince días se realizará

mediante una nueva publicación del anuncio y una nueva petición de información registral, en su caso, como si de una nueva subasta se tratase.»

Artículo 670. Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de los bienes al acreedor.

«1. Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien

hubiere salido a subasta, el Secretario judicial responsable de la ejecución, mediante decreto, el mismo día o el día siguiente al del cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor. En el plazo de cuarenta días, el rematante habrá de consignar en la Cuenta de Depósitos

y Consignaciones la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.»

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2. Si fuera el ejecutante quien hiciese la mejor postura igual o superior al 70 por

100 del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, aprobado el remate, se

procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal,

intereses y costas y, notificada esta liquidación, el ejecutante consignará la diferencia,

si la hubiere.

3. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien

hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes,

bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los

veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del

valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en

favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas

en la misma.

4. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 por ciento del

valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el ejecutado, en el plazo de diez

días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 por

ciento del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para

lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo

anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del

inmueble por el 70 % de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los

conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al sesenta por ciento de su valor

de tasación y a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate en favor del

mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento

del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya

despachado la ejecución, incluyendo la previsión ( por principal, intereses y costas.

Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el Secretario judicial responsable de la ejecución, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso y teniendo en cuenta especialmente la conducta del deudor en relación con el cumplimiento de la obligación por la que se procede, las posibilidades de lograr la satisfacción del acreedor mediante la realización de otros bienes, el sacrificio patrimonial que la aprobación del remate suponga para el deudor y el beneficio que de ella obtenga el acreedor. En este último caso, contra el decreto que apruebe el remate cabe recurso directo de revisión ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución. Cuando el Secretario judicial deniegue la aprobación del remate, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente.

5. Quien resulte adjudicatario del bien inmueble conforme a lo previsto en los apartados

anteriores habrá de aceptar la subsistencia de las cargas o gravámenes anteriores, si los

hubiere y subrogarse en la responsabilidad derivada de ellos.

6. Cuando se le reclame para constituir la hipoteca a que se refiere el número 12.º del

artículo 107 de la Ley Hipotecaria, el Secretario judicial expedirá inmediatamente

testimonio del decreto de aprobación del remate, aun antes de haberse pagado el precio,

haciendo constar la finalidad para la que se expide. La solicitud suspenderá el plazo

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para pagar el precio del remate, que se reanudará una vez entregado el testimonio al

solicitante.

«7. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al podrá el ejecutado liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas. En este supuesto, el Secretario judicial acordará mediante decreto la suspensión de la subasta o dejar sin efecto la misma, y lo comunicará inmediatamente en ambos casos al Portal de

Subastas.».

8. Aprobado el remate y consignado, cuando proceda, en la Cuenta de Depósitos y

Consignaciones, la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate, se

dictará decreto de adjudicación en el que se exprese, en su caso, que se ha consignado

el precio, así como las demás circunstancias necesarias para la inscripción con arreglo a

la legislación hipotecaria.

Artículo 671. Subasta sin ningún postor.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación del bien. - Si no se tratare de la vivienda habitual del deudor, el acreedor podrá pedir la adjudicación por el 50 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. - Si se tratare de la vivienda habitual del deudor, la adjudicación se hará por importe igual al 70 por cien del valor por el que el bien hubiese salido a subasta o si la cantidad que se le deba por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por el 60 por cien. -Se aplicará en todo caso la regla de imputación de pagos contenida en el artículo 654.3. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, el Secretario judicial procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.

Artículo 672. Destino de las sumas obtenidas en la subasta de inmuebles.

1.Por el Secretario judicial se dará al precio del remate el destino previsto en el apartado 1 del artículo 654, pero el remanente, si lo hubiere, se retendrá para el pago de quienes tengan su derecho inscrito o anotado con posterioridad al del ejecutante. Si satisfechos estos acreedores, aún existiere sobrante, se entregará al ejecutado o al tercer poseedor. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio del destino que deba darse al remanente cuando se hubiera ordenado su retención en alguna otra ejecución singular o en cualquier proceso concursal. 2. El Secretario judicial encargado de la ejecución requerirá a los titulares de créditos posteriores para que, en el plazo de treinta días, acrediten la subsistencia y exigibilidad de sus créditos y presenten liquidación de los mismos. De las liquidaciones presentadas se dará traslado por el Secretario judicial a las partes para que aleguen lo que a su derecho convenga y aporten la prueba documental de que dispongan en el plazo de diez días. Transcurrido dicho plazo, el Secretario judicial resolverá por medio de decreto recurrible lo que proceda, a los solos efectos de distribución de las sumas recaudadas en la ejecución y dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder a los acreedores posteriores para hacer valer sus derechos como y contra quien corresponda. El decreto será recurrible solo en

reposición y estarán legitimados para su interposición los terceros acreedores que hubieren presentado liquidación.

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Artículo 673. Inscripción de la adquisición: título.

«Artículo 673. Inscripción de la adquisición: título.

Será título bastante para la inscripción en el Registro de la Propiedad el testimonio,

expedido por el Secretario judicial, del decreto de adjudicación, comprensivo de la resolución de aprobación del remate, de la adjudicación al acreedor o de la transmisión por convenio de realización o por persona o entidad especializada, y en el que se exprese, en su caso, que se ha consignado el precio, así como las demás circunstancias necesarias para la inscripción con arreglo a la legislación hipotecaria. El testimonio expresará, en su caso, que el rematante ha obtenido crédito para atender el pago del

precio del remate y, en su caso, el depósito previo, indicando los importes financiados y la entidad

que haya concedido el préstamo, a los efectos previstos en el artículo 134 de la Ley Hipotecaria.»

Artículo 674. Cancelación de cargas.

«Artículo 674. Cancelación de cargas.

A instancia del adquirente, se expedirá, en su caso, mandamiento de cancelación de la anotación o inscripción del gravamen que haya originado el remate o la adjudicación.

Asimismo, el Secretario judicial mandará la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubieran verificado después de expedida la certificación prevenida en el artículo 656, haciéndose constar en el mismo mandamiento que:

- el valor de lo vendido o adjudicado fue igual o inferior al importe total del crédito del actor y, en el caso de haberlo superado, que se retuvo el remanente a disposición de los interesados.

- También se expresarán en el mandamiento las demás circunstancias que la legislación hipotecaria exija para la inscripción de la cancelación.

A instancia de parte, el testimonio del decreto de adjudicación y el mandamiento de cancelación de cargas se remitirán electrónicamente al Registro o Registros de la Propiedad correspondientes.»

Artículo 675. Posesión judicial y ocupantes del inmueble.

1. Si el adquirente lo solicitara, se le pondrá en posesión del inmueble que no se hallare ocupado.

2. Si el inmueble estuviera ocupado, el Secretario judicial acordará de inmediato el lanzamiento cuando el Tribunal haya resuelto, con arreglo a lo previsto en el apartado 2 del artículo 661, que el ocupante u ocupantes no tienen derecho a permanecer en él. Los ocupantes desalojados podrán ejercitar los derechos que crean asistirles en el juicio que corresponda. - Cuando, estando el inmueble ocupado, no se hubiera procedido previamente con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 661, el adquirente podrá pedir al Tribunal de la ejecución el lanzamiento de quienes, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 661, puedan considerarse ocupantes de mero hecho o sin título suficiente. La petición deberá efectuarse en el plazo de un año desde la adquisición del inmueble por el rematante o adjudicatario, transcurrido el cual la pretensión de desalojo sólo podrá hacerse valer en el juicio que corresponda. 3. La petición de lanzamiento a que se refiere el apartado anterior se notificará a los ocupantes indicados por el adquirente, con citación a una vista que señalará el Secretario judicial dentro del plazo de diez días, en la que podrán alegar y probar lo que consideren oportuno respecto de su situación. El Tribunal, por medio de auto, sin ulterior recurso, resolverá sobre el lanzamiento, que decretará en todo caso si el ocupante u ocupantes citados no comparecieren sin justa causa. 4. El auto que resolviere sobre el lanzamiento de los ocupantes de un inmueble dejará a salvo, cualquiera que fuere su contenido, los derechos de los interesados, que podrán ejercitarse en el juicio que corresponda.

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3.3.ESPECIALIDADES EJECUCION HIPOTECARIA (ART. 681 LEC)

Artículo 682. Ámbito del presente Capítulo.

1. Las normas del presente Capítulo sólo serán aplicables cuando la ejecución se dirija

exclusivamente contra bienes pignorados o hipotecados en garantía de la deuda por la

que se proceda.

«2. Cuando se persigan bienes hipotecados, las disposiciones del presente capítulo se aplicarán siempre que, además de lo dispuesto en el apartado anterior, se cumplan los requisitos siguientes:

1.º Que en la escritura de constitución de la hipoteca se determine el precio en que los interesados tasan la finca o bien hipotecado, para que sirva de tipo en la subasta, que no podrá ser

inferior, en ningún caso, al 75 por cien del valor señalado en la tasación que, en su caso, se hubiere realizado en virtud de lo previsto en la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario.

2.º Que, en la misma escritura, conste un domicilio, que fijará el deudor, para la práctica de los requerimientos y de las notificaciones. También podrá fijarse, además, una dirección electrónica a

los efectos de recibir las correspondientes notificaciones electrónicas, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 660.

En la hipoteca sobre establecimientos mercantiles se tendrá necesariamente por domicilio el local en que estuviere instalado el establecimiento que se hipoteca.»

Artículo 683. Cambio del domicilio señalado para requerimientos y notificaciones.

«Artículo 683. Cambio de domicilio señalado para requerimientos y notificaciones.

1. El deudor y el hipotecante no deudor podrán cambiar el domicilio que hubieren designado para la práctica de requerimientos y notificaciones, sujetándose a las reglas siguientes:

1.ª Cuando los bienes hipotecados sean inmuebles, no será necesario el consentimiento del acreedor, siempre que el cambio tenga lugar dentro de la misma población que se hubiere designado en la escritura, o de cualquier otra que esté enclavada en el término en que radiquen las fincas y que sirva para determinar la competencia del Juzgado.

Para cambiar ese domicilio a punto diferente de los expresados será necesaria la conformidad del acreedor.

2.ª Cuando se trate de hipoteca mobiliaria, el domicilio no podrá ser cambiado sin consentimiento del acreedor.

3.ª En caso de hipoteca naval, bastará con poner en conocimiento del acreedor el cambio de domicilio.

En todo caso, será necesario acreditar la notificación fehaciente al acreedor. 2. Los cambios de domicilio a que hace referencia el apartado anterior se harán constar en el

Registro por nota al margen de la inscripción de hipoteca, bien mediante instancia con firma legitimada o ratificada ante el Registrador, bien mediante instancia presentada telemáticamente en el Registro, garantizada con certificado reconocido de firma electrónica, o bien mediante acta notarial.

3. A efectos de requerimientos y notificaciones, el domicilio de los terceros adquirentes de bienes hipotecados será el que aparezca designado en la inscripción de su adquisición. En todo caso será de aplicación la previsión contenida en el apartado 1 del artículo 660.»

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Artículo 685. Demanda ejecutiva y documentos que han de acompañarse a la misma.

«5. A los efectos previstos en el apartado 1 del artículo 579 será necesario, para que pueda despacharse ejecución por la cantidad que falte y contra quienes proceda, que se les haya

notificado la demanda ejecutiva inicial. Esta notificación podrá ser practicada por el procurador de la parte ejecutante que así lo solicite o cuando atendiendo a las circunstancias lo acuerde el Secretario judicial.

La cantidad reclamada en ésta será la que servirá de base para despachar ejecución contra los avalistas o fiadores sin que pueda ser aumentada por razón de los intereses de demora devengados durante la tramitación del procedimiento ejecutivo inicial.»

Artículo 686. Requerimiento de pago.

1. En el auto por el que se autorice y despache la ejecución se mandará requerir de

pago al deudor y, en su caso, al hipotecante no deudor o al tercer poseedor contra

quienes se hubiere dirigido la demanda, en el domicilio que resulte vigente en el

Registro.

«2. Sin perjuicio de la notificación al deudor del despacho de la ejecución, no se practicará el requerimiento a que se refiere el apartado anterior cuando se acredite haberse efectuado

extrajudicialmente el requerimiento o requerimientos (fehaciente por notario) conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 581.

A estos efectos, el requerimiento al deudor y en su caso las notificaciones al tercer poseedor hipotecante no deudor y titulares, en su caso, de derechos inscritos con posterioridad al derecho real de hipoteca que se ejerce, habrá de realizarse en el domicilio que conste consignado por cada uno de ellos en el Registro. El requerimiento o notificación se hará por el Notario, en la

forma que resulte de la legislación notarial, en la persona del destinatario, si se encontrare en el domicilio señalado. No hallándose en el domicilio, el Notario llevará a efecto la diligencia con la persona mayor de edad que allí se encontrare y manifieste tener con el requerido relación personal o laboral. El Notario hará constar expresamente la manifestación de dicha persona sobre su consentimiento a hacerse cargo de la cédula y su obligación de hacerla llegar a su destinatario.

No obstante lo anterior, será válido el requerimiento o la notificación realizada fuera del domicilio que conste en el Registro de la Propiedad siempre que se haga en la persona del destinatario y, previa su identificación por el Notario, con su consentimiento, que será expresado

en el acta de requerimiento o notificación. En caso de que el destinatario sea una persona jurídica el Notario entenderá la diligencia

con una persona mayor de edad que se encontrare en el domicilio señalado en el Registro y que forme parte del órgano de administración, que acredite ser representante con facultades suficientes o que a juicio del Notario actúe notoriamente como persona encargada por la persona jurídica de recibir requerimientos o notificaciones fehacientes en su interés.

3. Intentado sin efecto el requerimiento en el domicilio que resulte del Registro, no pudiendo ser realizado el mismo con las personas a las que se refiere el apartado anterior, y realizadas por la Oficina judicial las averiguaciones pertinentes para determinar el domicilio del deudor, se

procederá a ordenar la publicación de edictos en la forma prevista en el artículo 164.»

Artículo 691. Convocatoria de la subasta de bienes hipotecados. Anuncio y publicidad de la convocatoria.

«Artículo 691. Convocatoria de la subasta de bienes hipotecados. Anuncio y publicidad de la convocatoria.

1. Cumplido lo dispuesto en los artículos anteriores y transcurridos veinte días desde que

tuvieron lugar el requerimiento de pago y las notificaciones antes expresadas, se procederá a instancia del actor, del deudor o del tercer poseedor, a la subasta de la finca o bien hipotecado.

2. La subasta se anunciará y dará publicidad en la forma determinada por los artículos 667 y 668.

3. Cuando se siga el procedimiento por deuda garantizada con hipoteca sobre establecimiento mercantil el edicto que se publique en el Portal de Subastas indicará que el

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adquirente quedará sujeto a lo dispuesto en la Ley sobre arrendamientos urbanos, aceptando, en su caso, el derecho del arrendador a elevar la renta por cesión del contrato.

4. La subasta de bienes hipotecados, sean muebles o inmuebles, se realizará con arreglo a lo dispuesto en esta Ley para la subasta de bienes inmuebles.

5. Cuando le conste al Secretario judicial la declaración de concurso del deudor,

suspenderá la subasta aunque ya se hubiera iniciado. En este caso se reanudará la subasta cuando se acredite, mediante testimonio de la resolución del Juez del concurso, que los bienes o derechos no son necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor, siendo de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 649. En todo caso el

Registrador de la Propiedad notificará a la Oficina judicial ante la que se siga el procedimiento ejecutivo la inscripción o anotación de concurso sobre la finca hipotecada, así como la constancia registral de no estar afecto o no ser necesario el bien a la actividad profesional o empresarial del deudor.

6. En los procesos de ejecución a que se refiere este Capítulo podrán utilizarse también la realización mediante convenio y la realización por medio de persona o entidad especializada reguladas en las Secciones 3.ª y 4.ª del Capítulo IV del presente Título.»

Artículo 693. Reclamación limitada a parte del capital o de los intereses cuyo pago deba hacerse en plazos diferentes. Vencimiento anticipado de deudas a plazos.

«Artículo 693. Reclamación limitada a parte del capital o de los intereses cuyo pago deba hacerse en plazos diferentes. Vencimiento anticipado de deudas a plazos.

1. Lo dispuesto en este Capítulo será aplicable al caso en que deje de pagarse una parte del capital del crédito o los intereses, cuyo pago deba hacerse en plazos, si vencieren al menos tres plazos mensuales sin cumplir el deudor su obligación de pago o un número de cuotas tal que suponga que el deudor ha incumplido su obligación por un plazo al menos equivalente a tres meses. Así se hará constar por el Notario en la escritura de constitución y por el Registrador en el asiento correspondiente. Si para el pago de alguno de los plazos del capital o de los intereses fuere necesario enajenar el bien hipotecado, y aún quedaren por vencer otros plazos de la obligación, se verificará la venta y se transferirá la finca al comprador con la hipoteca correspondiente a la parte del crédito que no estuviere satisfecha.

2. Podrá reclamarse la totalidad de lo adeudado por capital y por intereses si se hubiese convenido el vencimiento total en caso de falta de pago de, al menos, tres plazos mensuales sin cumplir el deudor su obligación de pago o un número de cuotas tal que suponga que el deudor ha incumplido su obligación por un plazo, al menos, equivalente a tres meses, y este convenio constase en la escritura de constitución y en el asiento respectivo.

3. En el caso a que se refiere el apartado anterior, el acreedor podrá solicitar que, sin perjuicio de que la ejecución se despache por la totalidad de la deuda, se comunique al deudor que, antes de que se cierre la subasta, podrá liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y resulten impagados en todo o en parte. A estos efectos, el acreedor podrá solicitar que se proceda conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 578.

Si el bien hipotecado fuese la vivienda habitual, el deudor podrá, aun sin el consentimiento

del acreedor, liberar el bien mediante la consignación de las cantidades expresadas en el párrafo anterior.

Liberado un bien por primera vez, podrá liberarse en segunda o ulteriores ocasiones

siempre que, al menos, medien tres años entre la fecha de la liberación y la del requerimiento de pago judicial o extrajudicial efectuada por el acreedor.

Si el deudor efectuase el pago en las condiciones previstas en los apartados anteriores, se

tasarán las costas, que se calcularán (5%)y, una vez satisfechas éstas, el Secretario judicial dictará decreto liberando el bien y declarando terminado el procedimiento. Lo mismo se acordará

cuando el pago lo realice un tercero con el consentimiento del ejecutante.»

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ANEXO MODELOS

1.- DECRETO CONVOCATORIA SUBASTA (art. 644 LEC)

HECHOS

1) En fecha……………se dictó Auto despachando ejecución a instancia de

……………….contra………en virtud de título ejecutivo constituido

por……………………….en reclamación de…………………….en concepto

de principal, con más………………calculados para intereses y costas

provisionales.

2) En fecha……………se acordó el embargo de los bienes que en concreto

son:………………….y, realizados los trámites procesales pertinentes,

procede dictar la presente resolución, al no haberse peticionado por las partes

otra forma alternativa para la realización de los mismos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO) Resultando el objeto del presente procedimiento la satisfacción en vía

de apremio del derecho del actor y habiéndose practicado las actuaciones

procesales conducentes para la realización de los bienes embargados sin que las

partes e interesados hayan peticionado una forma alternativa de realización

forzosa consensuada, de conformidad a lo preceptuado en el art. 636 de la LEC,

procede, en aplicación de los dispuesto en el art. 644 de la Ley de

Enjuiciamiento Civil, una vez que han sido justipreciados los bienes

embargados, convocar subasta pública, que se llevará a cabo electrónicamente en

el Portal de Subastas, en la forma y con los requisitos regulados en dicha ley

procesal.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: CONVOCAR SUBASTA PUBLICA de los bienes embargados en

la presente ejecución y que en concreto son:

Subasta que se llevará a efecto electrónicamente en el Portal Electrónico de

Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Firme que sea la presente resolución, anúnciese la presente convocatoria de

subasta en el Boletín Oficial del Estado*2, con remisión telemática, de los datos

necesarios para su publicación y sirviendo el mismo de notificación al ejecutado

no personado en las presentes actuaciones.

Asimismo, se acuerda la publicación del anuncio de la convocatoria de subasta

en el Portal de la Administración de Justicia, si bien, únicamente a efectos

informativos.

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Sin perjuicio de lo anterior, adviértase a las partes que podrá solicitarse la

publicidad que resulte razonable a dicha convocatoria, advirtiendo que la parte

proponente estará obligada al pago de los gastos derivados de las mismas.

2.-MODELO ANUNCIO CONVOCATORIA SUBASTA EN EL BOE

Procedimiento:…………………..

Ejecutante:……………………

Procurador:………………….

OFICIO: ANUNCIO DE SUBASTA PUBLICA

En virtud de lo acordado en resolución dictada en el día de hoy informo que ha sido

convocada subasta pública en el procedimiento arriba referenciado seguido a instancia

de………………..representado por el Procurador………………………, por lo que

deberá publicarse el anuncio siguiente:

Anuncio de fecha……………..

Oficina Judicial: SCPGE TOLOSA (GUIPUZCOA)

Procedimiento: EJECUCION Nº…………….

Dirección electrónica en el Portal de Subastas:…………………………….

Haciendo constar que ha sido habilitado para su diligenciamiento al Procurador

D……………quien deberá asumir los gastos derivados de la publicación del anuncio en

ese boletín.

En Tolosa, a……………

3.- EDICTO SUBASTA BIENES MUEBLES

D………………………………….Letrado de la Administración de Justicia y del

Servicio Común Procesal de Ejecución de Tolosa,

HAGO SABER:

Que en el proceso de ejecución seguido ante esta Oficina Judicial con el

nº…………….a instancia de …………………….contra…………………………, sobre

reclamación de cantidad, se ha convocado subasta pública que se llevará a cabo de

forma electrónica en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del

Estado, de los bienes que a continuación se describen:

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I.- BIENES OBJETO DE SUBASTA

1.1. LOTE PRIMERO………………………VALOR A EFECTOS DE

SUBASTA:……………………….

- descripción del bien

- otros datos relevantes (informe pericial) (lugar de depósito)

- valor de tasación

1.2. LOTE SEGUNDO……………………..VALOR A EFECTOS DE

SUBASTA:………………………

(Idem)

II.- CONDICIONES GENERALES DE LA SUBASTA

2.1.- ACCESO A LA PARTICIPACION EN LA SUBASTA

Para poder participar en la subasta electrónica, los interesados deberán estar dados

de alta como usuarios del sistema. El alta se realizará a través del Portal de Subastas

mediante mecanismos seguros de identificación y firma electrónicos e incluirá

necesariamente todos los datos identificativos del interesado. A los ejecutantes se les

identificará de forma que les permita comparecer como postores en las subastas

dimanantes del procedimiento de ejecución por ellos iniciado sin necesidad de realizar

consignación.

2.2.- REQUISITOS

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos (art. 647 LEC)

a) identificarse de forma suficiente

b) declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta

c) estar en posesión de la correspondiente acreditación, para lo que será necesario

haber consignado el 5 por ciento del valor de los bienes. La consignación se realizará

por medios electrónicos a través del Portal de Subastas, conforme a la regulación legal

establecida.

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2.3.- CONDICIONES DE PARTICIPACION

1) Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o

asume su inexistencia.

2) El ejecutante sólo podrá tomar parte en la convocatoria acordada cuando existan

licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se vayan produciendo, sin

necesidad de consignar cantidad alguna.

3) Solo el ejecutante o los acreedores posteriores, en su caso, podrán hacer

postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se

verificará mediante comparecencia ante el Secretario judicial responsable de la

ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello

previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que

deberá hacerse constar documentalmente.

4) Las pujas se enviarán telemáticamente al Portal de Subastas, que devolverá un

acuse técnico, con inclusión de un sello de tiempo, del momento exacto de la

recepción de la postura y de su cuantía. En ese instante publicará

electrónicamente la puja. El postor deberá también indicar si consiente o no la

reserva a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 652 y si

puja en nombre propio o en nombre de un tercero. Serán admisibles posturas

por importe superior, igual o inferior a la más alta ya realizada, entendiéndose

en los dos últimos supuestos que consienten desde ese momento la reserva de

consignación y serán tenidas en cuenta para el supuesto de que el licitador que

haya realizado la puja igual o más alta no consigne finalmente el resto del

precio de adquisición. En el caso de que existan posturas por el mismo importe,

se preferirá la anterior en el tiempo.»

5) La subasta admitirá posturas durante un plazo de veinte días naturales desde su

apertura. La subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la

realización de la última postura, aunque ello conlleve la ampliación del plazo

inicial de veinte días a que se refiere este artículo por un máximo de 24 horas.

6) Finalizado el plazo de convocatoria, el Portal de Subastas remitirá al

Secretario judicial información certificada de la postura telemática que hubiera

resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico

en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la

reserva de postura a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del

artículo 652, con el nombre, apellidos y dirección electrónica de los licitadores.

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2.4 –RESULTADO DE LAS POSTURAS:

Se advierte a los licitadores (art. 650 LEC):

1.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50 por ciento del avalúo, se

aprobará el remate en favor del mejor postor. El rematante habrá de consignar el

importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días desde la

notificación del decreto y, realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los

bienes.»

2.- Si sólo se hicieren posturas superiores al 50 por 100 del avalúo pero ofreciendo

pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio alzado,

se harán saber al ejecutante, que, en los cinco días siguientes, podrá pedir la

adjudicación de los bienes por el 50 por 100 del avalúo. Si el ejecutante no hiciere uso

de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas.

3.-. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 50 por ciento del

avalúo, podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejore la

postura ofreciendo cantidad superior al 50 por ciento del valor de tasación o que, aun

inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del

derecho del ejecutante.

Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo

anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación de los

bienes por la mitad de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los

conceptos, siempre que esta cantidad sea superior a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate en favor del

mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 30 por ciento del

valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya

despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el Secretario judicial responsable de

la ejecución, resolverá sobre la aprobación del remate.

4.-. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación

podrá el ejecutado liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante

por principal, intereses y costas. En este supuesto se acordará mediante la suspensión de

la subasta o dejar sin efecto la misma.

2.5.-DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES CONSIGNADAS

1. Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los

postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito

como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio

de la venta.

Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las

cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el

resto del precio, pueda aprobarse el remate en favor de los que le sigan, por el orden

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

522

de sus respectivas posturas y, si fueran iguales, por el orden cronológico en el que

hubieran sido realizadas.

2. Las devoluciones que procedan con arreglo a lo establecido en el apartado anterior

se harán a quien efectuó el depósito con independencia de si hubiere actuado por sí

como postor o en nombre de otro.»

2.6.- DE LA QUIEBRA DE LA SUBASTA

Si ninguno de los rematantes a que se refiere el artículo anterior consignare el precio

en el plazo señalado o si por culpa de ellos dejare de tener efecto la venta, perderán el

depósito que hubieran efectuado.

(III.- CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA)

En Tolosa,…….

4.- MODELO DILIGENCIA TERMINACION SUBASTA

DILIGENCIA DE ORDENACION

Por recibida la anterior comunicación del Portal de Subastas de la Agencia Estatal del

Boletín Oficial del Estado, informando que con fecha…………..se ha procedido al

cierre de la subasta convocada en los presentes autos en fecha……………….y, visto su

resultado, se hace constar:

a) Que la misma ha resultado desierta.

b) Que en la misma han participado en calidad de postores:……………………..,

cuyos demás datos son:…………………………..

Que han sido formuladas las posturas que se deducen de la certificación aportada

por el Portal de Subastas y que se dan por reproducidas

Que la mejor postura ofrecida ha sido la de D……………………………, por

importe de…………..

Que asimismo consta la reserva de las siguientes posturas:…………………..

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

523

5.- DECRETO SUSPENSIÓN SUBASTA POR PAGO DEL DEUDOR

FUNDAMENTO DE DERECHO

UNICO.- (para bienes muebles) Dispone el art. 650.6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

que, en cualquier momento anterior a la aprobación del remate o, en su caso, de la

adjudicación al ejecutante de los bienes subastados, podrá el ejecutado liberar sus bienes

pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas.

Verificado lo cual, se acordará la suspensión de la subasta o dejar sin efecto la misma –

para el supuesto que hubiere finalizado-, lo que se comunicará debidamente al Portal de

Subastas.

En el presente supuesto, consta que el ejecutado ha

procedido………………………, por lo que debe acordarse (la suspensión de la subasta

anunciada/ dejar sin efecto la subasta celebrada) y la comunicación inmediata de este

extremo al Portal de Subastas a los efectos legales oportunos.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: (LA SUSPENSION DE LAS SUBASTA ANUNCIADA EN

FECHA…………………../ DEJAR SIN EFECTO LA SUBASTA CELEBRADA EN

LOS PRESENTES AUTOS), por los motivos expuestos en el fundamento anterior.

Comuníquese la presente resolución al Portal de Subastas a los efectos legales

oportunos.

6.- EDICTO SUBASTA BIENES INMUEBLES

D………………………………….Letrado de la Administración de Justicia y del

Servicio Común Procesal de Ejecución de Tolosa,

HAGO SABER:

Que en el proceso de ejecución seguido ante esta Oficina Judicial con el

nº…………….a instancia de …………………….contra…………………………, sobre

reclamación de cantidad, se ha convocado subasta pública que se llevará a cabo de

forma electrónica en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del

Estado, de los bienes que a continuación se describen:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

524

I.- BIENES OBJETO DE SUBASTA

1.1. LOTE PRIMERO………………………VALOR A EFECTOS DE

SUBASTA:……………………….

- DESCRIPCION DE LA FINCA (según datos del Registro de la Propiedad)

-Referencia catastral:

- otros datos relevantes (informe pericial) (lugar de depósito)

- Diligencia de liquidación de cargas

- situación posesoria:

1) la finca objeto de subasta se encuentra desocupada

2) de las actuaciones realizadas hasta la fecha no puede deducirse que la finca se

halle libre de ocupantes.

3) no consta terceros ocupantes con derecho a permanecer en la finca una vez se

haya enajenado.

4) constan terceros ocupantes si bien no ha sido declarado por el Tribunal el

derecho o no a permanecer en la finca.

5) constan terceros ocupantes sin derecho a permanecer en la finca una vez que

haya sido enajenada

6) constan terceros ocupantes con derecho a permanecer en la finca una vez

que haya sido enajenada.

-(posibilidad o no de visitar el inmueble (art. 669.3 LEC)

1.2. LOTE SEGUNDO……………………..VALOR A EFECTOS DE

SUBASTA:………………………

(Ídem)

II.- CONDICIONES GENERALES DE LA SUBASTA

2.1.- ACCESO A LA PARTICIPACION EN LA SUBASTA

Para poder participar en la subasta electrónica, los interesados deberán estar dados

de alta como usuarios del sistema. El alta se realizará a través del Portal de Subastas

mediante mecanismos seguros de identificación y firma electrónicos e incluirá

necesariamente todos los datos identificativos del interesado.

A los ejecutantes se les identificará de forma que les permita comparecer como

postores en las subastas dimanantes del procedimiento de ejecución por ellos iniciado

sin necesidad de realizar consignación.

2.2.- REQUISITOS

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos (art. 647 LEC)

a) identificarse de forma suficiente

b) declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta

c) estar en posesión de la correspondiente acreditación, para lo que será necesario

haber consignado el 5 por ciento del valor de que sirve de tipo a efectos de subasta. La

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

525

consignación se realizará por medios electrónicos a través del Portal de Subastas,

conforme a la regulación legal establecida.

2.3.- CONDICIONES DE PARTICIPACION

7) Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o

asume su inexistencia. Además se señalará que las cargas, gravámenes y

asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes.

8) Que por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores

aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista

titulación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al

crédito por el que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor.

9) La certificación registral, en su caso, podrá consultarse a través del Portal de

Subastas. De toda finca objeto de licitación se facilitará desde el Registro

correspondiente, a través del Portal de Subastas, la certificación que se hubiera

expedido para dar comienzo al procedimiento, así como la información registral

actualizada a que se refiere el artículo 667, la referencia catastral si estuviera

incorporada a la finca e información gráfica, urbanística o medioambiental

asociada a la finca en los términos legalmente previstos, si ello fuera posible.»

10) Durante el periodo de licitación cualquier interesado en la subasta podrá

solicitar del Tribunal inspeccionar el inmueble o inmuebles ejecutados, quien lo

comunicará a quien estuviere en la posesión, solicitando su consentimiento.

11) El ejecutante sólo podrá tomar parte en la convocatoria acordada cuando existan

licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se vayan produciendo, sin

necesidad de consignar cantidad alguna.

12) Solo el ejecutante o los acreedores posteriores, en su caso, podrán hacer

postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se

verificará mediante comparecencia ante el Secretario judicial responsable de la

ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello

previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que

deberá hacerse constar documentalmente.

13) Las pujas se enviarán telemáticamente al Portal de Subastas, que devolverá un

acuse técnico, con inclusión de un sello de tiempo, del momento exacto de la

recepción de la postura y de su cuantía. En ese instante publicará

electrónicamente la puja. El postor deberá también indicar si consiente o no la

reserva a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 652 y si

puja en nombre propio o en nombre de un tercero. Serán admisibles posturas

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

526

por importe superior, igual o inferior a la más alta ya realizada, entendiéndose

en los dos últimos supuestos que consienten desde ese momento la reserva de

consignación y serán tenidas en cuenta para el supuesto de que el licitador que

haya realizado la puja igual o más alta no consigne finalmente el resto del

precio de adquisición. En el caso de que existan posturas por el mismo importe,

se preferirá la anterior en el tiempo.»

14) La subasta admitirá posturas durante un plazo de veinte días naturales desde su

apertura. La subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la

realización de la última postura, aunque ello conlleve la ampliación del plazo

inicial de veinte días a que se refiere este artículo por un máximo de 24 horas.

15) Finalizado el plazo de convocatoria, el Portal de Subastas remitirá al

Secretario judicial información certificada de la postura telemática que hubiera

resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico

en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la

reserva de postura a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del

artículo 652, con el nombre, apellidos y dirección electrónica de los licitadores.

2.4 –RESULTADO DE LAS POSTURAS:

Se advierte a los licitadores (art. 670 LEC):

1.-. Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el

bien hubiere salido a subasta, el Secretario judicial responsable de la ejecución,

mediante decreto, el mismo día o el día siguiente al del cierre de la subasta, aprobará

el remate en favor del mejor postor. En el plazo de cuarenta días, el rematante habrá

de consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones la diferencia entre lo

depositado y el precio total del remate.»

2.- Si fuera el ejecutante quien hiciese la mejor postura igual o superior al 70 por 100

del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, aprobado el remate, se procederá

por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal, intereses y

costas y, notificada esta liquidación, el ejecutante consignará la diferencia, si la

hubiere.

3.-. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien

hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes,

bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en

los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100

del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el

remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y

garantías ofrecidas en la misma

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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4.-. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 por ciento del

valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el ejecutado, en el plazo de diez

días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 por

ciento del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para

lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo

anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del

inmueble por el 70 % de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los

conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al sesenta por ciento de su valor de

tasación y a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate en favor del

mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento del

valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya

despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor

postura no cumpliera estos requisitos, el Secretario judicial responsable de la

ejecución, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las

circunstancias del caso y teniendo en cuenta especialmente la conducta del deudor en

relación con el cumplimiento de la obligación por la que se procede, las posibilidades

de lograr la satisfacción del acreedor mediante la realización de otros bienes, el

sacrificio patrimonial que la aprobación del remate suponga para el deudor y el

beneficio que de ella obtenga el acreedor. En este último caso, contra el decreto que

apruebe el remate cabe recurso directo de revisión ante el Tribunal que dictó la orden

general de ejecución. Cuando el Secretario judicial deniegue la aprobación del remate,

se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente.

5.-En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al

podrá el ejecutado liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al

ejecutante por principal, intereses y costas. En este supuesto, el Secretario judicial

acordará mediante decreto la suspensión de la subasta o dejar sin efecto la misma, y lo

comunicará inmediatamente en ambos casos al Portal de Subastas.».

2.5.-DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES CONSIGNADAS

1. Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los

postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito

como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio

de la venta.

Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las

cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el

resto del precio, pueda aprobarse el remate en favor de los que le sigan, por el orden

de sus respectivas posturas y, si fueran iguales, por el orden cronológico en el que

hubieran sido realizadas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

528

2. Las devoluciones que procedan con arreglo a lo establecido en el apartado anterior

se harán a quien efectuó el depósito con independencia de si hubiere actuado por sí

como postor o en nombre de otro.»

2.6.- DE LA QUIEBRA DE LA SUBASTA

Si ninguno de los rematantes a que se refiere el artículo anterior consignare el precio

en el plazo señalado o si por culpa de ellos dejare de tener efecto la venta, perderán el

depósito que hubieran efectuado.

(III.- CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA)

-No teniendo nada más que añadir se da por concluida la presente reunión.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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REUNION ORDINARIA

SECRETARIA COORDINADORA DE GIPUZKOA-SECRETARIOS DEL

PARTIDO JUDICIAL DE TOLOSA

ACTA Nº/BILERA ZBK 1/2015

Lugar/ Tokia: Palacio de Justicia de Tolosa

Fecha/Eguna: 03/02/2015

Inicio/Hasiera: 10 horas

Fin/Amaiera: 12 horas

Se tratan los siguientes temas:

Notificaciones a Fiscalía.-

La Secretaria Coordinadora informa que la Fiscal Jefe de ese territorio le ha

comunicado que a partir de ahora los Fiscales que acudan a los Partidos Judiciales no

firmarán los expedientes dejados a la firma para ello, y que las Oficinas Judiciales

deberán, en consecuencia, remitir todos los expedientes para visto del Fiscal- como los

sobreseimientos provisionales- a la Oficina Fiscal sita en la capital Gipuzkoana.

Igualmente se informa que a partir del día 2 de marzo se va a implantar en Gipuzkoa la

nueva aplicación de Fiscalía que afecta a las notificaciones y traslados a esa Oficina.

En tanto se ponga en marcha el nuevo aplicativo, se verá la forma de obtener los

listados, comprometiéndose los Secretarios a que lo miraran y acordarán una actuación

conjunta.

La Secretaria Coordinadora informa igualmente, que es necesario llevar un seguimiento

de las comunicaciones con Fiscalía para posterior elaboración de un informe que se

presentará a la Secretaria de Gobierno.

Posibilidad de realizar marcas en las grabaciones de vistas.-

La Secretaria Coordinadora informa que se ha acordado que en las grabaciones de

vistas se utilice la funcionalidad de marcar las intervenciones. Deberán ser los

Directores de los Servicios Comunes quienes dicten las instrucciones oportunas. No

obstante, ello está supeditado a que los equipos de grabación se trasladen al puesto de

trabajo de los funcionarios de auxilio en sala. Será la Secretaria Coordinadora quien

solicite este cambio de ubicación de los equipos al Departamento.

SIRAJ.-

Se informa que sigue sin estar operativa para el País Vasco la nueva funcionalidad de

gestión documental en las requisitorias pese a que por parte del Ministerio se nos afirmó

que en breve así sería.

Por otra parte, se recuerda la necesidad de unir al expediente en papel las notas

remitidas, grapando únicamente la hoja que hace referencia a la nota remitida en ese

momento, pese a que al imprimir la misma salgan todas las notas generadas por la

Oficina ( Se grapará únicamente la última hoja)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

530

Formación de equipos para tramitar en Euskera.-

La Secretaria Coordinadora informa del proyecto “Auzia Euskaraz” y que se está

estudiando la formación de equipos de funcionarios para, dado el caso, poder tramitar

en euskara.

Sin más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión.

REUNION SECRETARIOS JUDICIALES

PARTIDO JUDICIAL TOLOSA

9 de junio de 2015

Siendo las 12.00 horas, da comienzo la reunión señalada para el día de hoy por los

Secretarios Judiciales de este partido judicial, se encuentran presentes Dª Nekane

Esquisabel Polanco, que lo es de la Upad 1, Dª Raquel Miranda Anta, Secretaria

Judicial de la Upad 2; Dª Eva Tarin Gregori, de la Upad 3, D. Joaquin Albizu Morentín,

Secretario Judicial de la Upad nº 4 que compatibiliza con el Servicio Común de

Ejecución y Dª Inés Rosado Hidalgo, Directora del Servicio Común Procesal General y

de Ejecución a fin de tratar los siguientes asuntos:

1.-TEMAS PENDIENTES DE LAS ANTERIORES REUNIONES

1.1.CUENTA DECANATO

En relación a la cuenta de decanato se hace constar por la Directora del Servicio Común

y de apoyo al Juez Decano que únicamente constan abiertas ya seis cuentas, las cuales

están pendientes de ser ingresados sus importes al Tesoro Público por cuanto ha sido

imposible localizar a sus titulares. Se revisa diariamente la cuenta a efectos de que no se

produzcan nuevos ingresos erróneos, si bien a opinión de esta Secretaria, debe

mantenerse abierta la misma por si en algún momento aparecen los titulares de las

cantidades ingresadas a fin de proceder a su reintegro automático.

1.2.PIEZAS INCIDENTALES DE VIOLENCIA

En relación a la petición realizada por la Secretaria Judicial de la Upad 1 de la remisión

en sede de Juzgado de Guardia de los oficios ordenados en la pieza de medida cautelar

de protección a la víctima de violencia de género y el registro informático de aquélla, se

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

531

han observado alguna deficiencias en el registro informático de asuntos. Se toma nota

para intentar subsanar estos defectos para el futuro.

1.3.DEPOSITO DE PIEZAS DE CONVICCION Y CUENTA DE

CONSIGNACIONES

Se informa a los Secretarios judiciales del partido que es intención del Servicio Común

la remisión de los asuntos que se encuentran en el archivo del año 1997 al archivo

territorial de Eibar, para ello se está procediendo a la revisión de la cuenta de

consignaciones y de piezas de convicción para dar el destino legal que fuera

conveniente a las mismas así como la comprobación de la existencia física del

expediente en el archivo. A tal fin se están remitiendo los listados correspondientes a

cada una de las Upads. Finalizado ese periodo, se procederá a los siguientes.

Se informa asimismo que el proyecto de ley de archivos judiciales refiere el expurgo de

asuntos pasados seis años desde su finalización definitiva, si bien, previamente, se ha de

dar audiencia a las partes para que soliciten, de convenirles, la devolución de los

documentos originales que pudieran obrar en el expediente. Sería conveniente que dicho

traslado se realizara a la finalización del asunto por cuanto en ese período se encuentran

localizados los mismos con lo cual tendríamos, para el futuro, listo el expediente a

efectos de remisión para expurgo.

1.5 MATERIAL DESECHABLE

Como ya ha sido comentado en varias reuniones anteriores, existe material desordenado

del Registro Civil y de Elecciones antiguas en un rincón del archivo, próximamente se

va a proceder a la limpieza del mismo autorizando la destrucción por parte del servicio

de la EAT de dicho material.

Asimismo se encuentra debidamente archivado en la sede de las dependencias judiciales

de este partido documentación de las elecciones habidas en este territorio que ocupan

una gran volumen de espacio, se acuerda solicitar la oportuna información por parte de

la Junta Electoral a fin de que indiquen qué debe hacerse con esta documentación y, en

su caso, qué destino hay que darle.

2.- NUEVO NOMBRAMIENTO DE JUEZ DECANA

Se solicita a la Secretaria Judicial de la Upad nº 2, que a raíz del nombramiento como

Juez Decana de la titular de dicha Upad, informe de los nombramientos de jueces

sustitutos, incidencias y cualquier otra cuestión que deba ser conocida por el Servicio

Común de apoyo al Juez Decano a los efectos oportunos. Asimismo se le solicita nos

informe de cualquier documentación que llegue por correo al Juez decano por si fuera

necesario registrar el asunto y tener cumplido conocimiento este servicio, tal y como

hasta la fecha realizaba la secretaria judicial de la Upad nº3 a la que se le agradece la

colaboración prestada.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

532

3.-RECEPCION ATESTADOS POR EL SERVICIO DE REGISTRO Y REPARTO

Por el personal del Servicio y Reparto se ha manifestado que los atestados que presenta

la Ertzaintza que, generalmente, la recepción de los atestados que se presentan por las

Fuerzas de Seguridad es a última hora de la mañana (después de las 13.00 horas) y, en

algunos casos, de forma acumulada de varios días seguidos, lo que provoca un retardo

en el registro que queda diferido al día siguiente, por lo que quizás sería conveniente

solicitar a aquéllos que la presentación de atestados se realizara a primera hora de la

mañana (antes de las 11.00 horas) y no a última para poder ser registrados en el mismo

día de su recepción.

Asimismo, refieren que en muchas ocasiones en los atestados vienen acumuladas varias

denuncias de hechos y días diferentes por lo que se le otorga un NIG y, posteriormente,

la Upad desglosa los asuntos y los devuelve al Servicio de Registro para otorgarles un

nuevo NIG a cada una de las denuncias independientes, por lo que, quizás sería

conveniente que los atestados de hechos/días distintos en que no hubiera conexión entre

ellos se presentaran en atestados independientes. Respecto a esta cuestión no tienen

constancia que efectivamente suceda habitualmente, sin perjuicio de ello, se acuerda dar

conocimiento a la Juez Decana a fin de que pueda plantearse, de estimarlo conveniente,

en la próximo junta de jueces.

4.- GRABACIONES DE VISTAS Y MARCAJES

Se comenta la instrucción ordenada por Coordinación respecto de la necesidad de

realizar los marcajes necesarios en las grabaciones que se realizan en las Salas de

Vistas. En este sentido, se procederá a realizar las prácticas conducentes para que quede

constancia en el soporte informático de las personas intervinientes y el momento de

actuación, así como cualquier otra incidencia que fuera menester señalar. Se estará, en

todo caso, a la reubicación del sistema informático para que el personal de auxilio pueda

realizar dichas funciones a la par que el llamamiento de las personas que deban acceder

a la vista durante su celebración.

Se comenta la necesidad de que previamente estén registrados informáticamente todas

las partes e intervinientes (testigos, peritos….) de los que se tenga previamente

conocimiento, a efecto de arrastre una vez iniciada la grabación pertinente, para el

supuesto que comparezcan en el mismo acto de la vista y se desconozca su identidad, se

tomará nota en observaciones. En todo caso, se marcará en el sistema de grabación

todos los inicios de intervenciones de las partes e interesados en el desarrollo de la vista.

5.- ALARMAS EN SALA DE VISTA Y PETICION PARA EL JUZGADO DE

GUARDIA

El pasado 3 de junio de 2015, se informó por parte de la EAT de la instalación de una

alarma en las Salas de Vistas de este partido judicial, de lo que se dio traslado al resto

de Secretarios Judiciales para su debido conocimiento e información a los jueces de las

correspondientes UPAD.

A raíz de esta información se solicitó la instalación de una alarma también en el

Juzgado de Guardia por si pudieran existir situación de tensión y dar aviso al personal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

533

de seguridad. Por parte de la EAT se comunicó que no era necesario pues ya existían

otros medios para dar aviso, como el teléfono. Posteriormente se tuvo conocimiento a

través del responsable de riesgos laborales, que existe una cámara de seguridad en las

dependencias del juzgado de guardia que resta inutilizada. Se le ha solicitado realice las

gestiones oportunas para que rehabiliten su funcionamiento sobre todo en periodo de

tarde que es donde se concentra el personal que pudiera estar en el edificio.

6.- NOTIFICACIONES PENALES TELEMATICAS Y REMISION DE ASUNTOS A

FISCALIA

Se pone en conocimiento el seguimiento que se ha realizado por el personal del servicio

común desde finales de marzo/15 de la remisión de asuntos penales con sus listados y la

recepción de los mismos por parte de Fiscalía, se informa que si bien hubo pequeñas

incidencias de inicio, actualmente funciona, en términos generales, correctamente. Por

parte de los Secretarios Judiciales de las Upads no refieren incidencia destacable alguna.

6.-LISTADO PROCURADORES EN PERIODO DE VACACIONES

En su día se confeccionó por el Iltre. Colegio de Procuradores de Tolosa un listado de

los correos electrónicos y teléfonos para la localización y comunicaciones pertinentes,

todos los Secretarios han recibido el listado.

7.- SUSTITUCIONES AL SECRETARIO JUDICIAL PROCESALISTA

Se informa a los Secretarios Judiciales que se ha informado oportunamente al personal

del Servicio común de ejecuciones de la necesidad de informar con la suficiente

antelación a los secretarios judiciales que sustituyan al secretario judicial procesalista de

cualesquiera actuación que deban presidir a efectos de tener suficiente conocimiento del

estado del asuntos, a la vista de las disfunciones detectadas en situaciones anteriores.

3.- INCIDENCIAS DE AMBITO PROCESAL

3.1 PARTE DEMANDADA IGNORADOS O DESCONOCIDOS HEREDEROS DE

D……

En sede de ejecución existen verdaderos problemas para poder ejecutar un título

ejecutivo que se siga contra los ignorados o desconocidos herederos de una persona

fallecida, quizás lo más indicado fuera seguir/admitir el procedimiento contra la

herencia yacente del finado (ART. 6.4 LEC) y notificando las resoluciones a su

administrador (art. 795 LEC, normalmente su viudo/a) sin perjuicio de acordar la

sucesión procesal una vez sean conocidos éstos. El procedimiento para el conocimiento

de los sucesores legales de un fallecido es el de la Diligencias Preliminares (art.256.1

LEC) y no en sede del procedimiento principal.

3.2 TITULOS ORIGINALES EN LA EJECUCIÓN DERIVADA DEL

PROCEDIMIENTO CAMBIARIO

Es necesario remitir junto al testimonio de particulares a efectos de ejecución, el

original del cheque, pagaré o letra de cambio aportada en el juicio cambiario por ser de

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

534

obligado cumplimiento la devolución del título al apremiado una vez haya satisfecho el

importe reclamado, de lo contrario, podríamos remitir el expediente de origen al

expurgo sin poder luego, proceder a la devolución del título.

3.3. REVISION CUENTA DE CONSIGNACIONES ANTES DE ORDENAR LA

EJECUCIÓN

Resulta necesario revisar la cuenta de consignaciones antes de dictar Auto despachando

ejecución a fin de evitar actuaciones innecesarias para el supuesto de que ya conste

consignado el importe total o parcialmente y no tener que retrotraer o anular actuaciones

judiciales.

3.4 MODIFICACION CUENTA EXPEDIENTE PARA EL DEPOSITO DE

RECURSOS

Se informa a los Secretarios de las Upads que el Servicio de Ejecuciones está

traspasando a la cuenta 01 los depósitos de los recursos de revisión y apelación que se

interponen en sede de ejecuciones para que no exista confusión con los importes

abonados por el apremiado en concepto de pagos a cuenta de los principales por lo que

la gestión de dicha cuenta general (01) será a cargo del servicio común. Por lo que las

consignaciones en las cuentas 01/05 serán revisadas directamente por el Servicio de

Ejecución.

3.4 CONDENA A UNA PERSONA FÍSICA Y OTRO C.B.

Cuando en el título ejecutivo se condena u obliga al pago a una persona física y a otro

C.B., ese otro debería estar plenamente identificado y haber sido emplazado en el

procedimiento de origen a efectos de poder despachar ejecución contra el mismo, pues

éstos responden con todos sus bienes de las obligaciones de la comunidad.

3.5 TRANSFORMACION EJECUCION PROVISIONALES A DEFINITIVAS

Este servicio ha detectado que no siempre se remite copia de la resolución dictada por la

Audiencia resolviendo los recursos de apelación de asuntos en los que se ha despachado

ejecución provisional, se solicita a los secretarios judiciales la remisión de los mismos a

efectos de transformar en definitiva aquélla o, en su defecto, resolver lo procedente.

3.6 REFORMAS DE LA LECRIM

Por parte de los Secretarios Judiciales de las Upads se procede a comentar las últimas

reformas de la LECRIM respecto de la cuestión de los traductores, modelos procesales y

forma de actuación en el servicio de guardia penal, se adjunta anexo de las últimas

modificaciones penales y las próxima cuya vigencia está prevista para el próximo 1 de

julio de 2015.

-VACACIONES

Ha sido aprobada la propuesta de petición conjunta de permiso por vacaciones y

remitida por Coordinación el cuadro de sustituciones, todos los secretarios judiciales

dicen tener copia del mismo a los efectos oportunos. No es necesario la petición vía

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

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internet al Ministerio de Justicia pues por comunicación de la secretaría de coordinación

se ha referido que ya ha sido remitido por ellos.

No teniendo nada más que añadir se da por concluido el acto siendo las 13.30 horas.

ANEXO.

I.-MODIFICACIONES DE LA LECRIM.

Modificaciones de la LECRIM

Se modifican el número 1 y la letra d) del número 5 del artículo 14, que pasan a tener la siguiente redacción. Vigencia 1 de julio de 2015 «1. Para el conocimiento y fallo de los juicios por delito leve, el Juez de Instrucción, salvo que la competencia corresponda al Juez de Violencia sobre la Mujer de conformidad con el número 5 de este artículo.» «d) Del conocimiento y fallo de los juicios por las infracciones tipificadas en el párrafo segundo del apartado 7 del artículo 171, párrafo segundo del apartado 3 del artículo 172 y en el apartado 4 del artículo 173 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, cuando la víctima sea alguna de las personas señaladas como tales en la letra a) de este apartado.»

el artículo 105, pasa a tener la siguiente redacción. Vigencia 1 de julio de 2015 «1. Los funcionarios del Ministerio Fiscal tendrán la obligación de ejercitar, con arreglo a las disposiciones de la Ley, todas las acciones penales que consideren procedentes, haya o no acusador particular en las causas, menos aquellas que el Código Penal reserva exclusivamente a la querella privada. 2. En los delitos perseguibles a instancias de la persona agraviada también podrá denunciar el Ministerio Fiscal si aquélla fuere menor de edad, persona con discapacidad necesitada de especial protección o desvalida. La ausencia de denuncia no impedirá la práctica de diligencias a prevención.»

Título V del Libro Primero «Del derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e interpretación en los juicios criminales.» Título V del Libro Primero un nuevo Capítulo I, en el que quedan incluidos los vigentes artículos 118 a 122, con la siguiente rúbrica: «Del derecho a la defensa y a la asistencia jurídica gratuita.»

«Artículo 118. 1. Toda persona a quien se impute un acto punible podrá ejercitar el derecho de defensa, actuando en el procedimiento cualquiera que éste sea, desde que se le comunique su existencia, haya sido objeto de detención o de cualquier otra medida cautelar o se haya acordado su procesamiento, a cuyo efecto se le instruirá, sin demora injustificada, de los siguientes derechos: a) Derecho a ser informado de los hechos que se le imputan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados. Esta información será facilitada con el grado de detalle suficiente para permitir un ejercicio efectivo del derecho a la defensa.

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b) Derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación para salvaguardar el derecho de defensa. c) Derecho a designar libremente abogado, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra a) del artículo 527. d) Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla. e) Derecho a traducción e interpretación gratuitas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 a 127. f) Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no desea hacerlo. g) Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. La información a que se refiere el párrafo anterior se facilitará en un lenguaje comprensible y que resulte accesible al imputado. A estos efectos se adaptará la información a su edad, grado de madurez, discapacidad y cualquier otra circunstancia personal de la que pueda derivar una modificación de la capacidad para entender el alcance de la información que se le facilita. 2. Para actuar en el proceso, las personas interesadas deberán ser representadas por Procurador y defendidas por Abogado, designándoseles de oficio cuando no los hubiesen nombrado por sí mismos y lo solicitaren, y en todo caso, cuando no tuvieran aptitud legal para verificarlo. Si no hubiesen designado Procurador o Abogado, seles requerirá para que lo verifiquen o se les nombrará de oficio, si, requeridos, no los nombrasen, cuando la causa llegue a estado en que se necesite el consejo de aquéllos o haya de intentar algún recurso que hiciese indispensable su actuación. 3. La admisión de denuncia o querella y cualquier actuación procesal de la que resulte la imputación de un delito contra persona o personas determinadas, será puesta inmediatamente en conocimiento de los presuntamente responsables.»

Título V del Libro Primero un nuevo Capítulo II, integrado por los nuevos artículos 123 a 127, con la siguiente rúbrica: «Del derecho a la traducción e interpretación.»

«Artículo 123. 1. Los imputados o acusados que no hablen o entiendan el castellano o la lengua oficial en la que se desarrolle la actuación tendrán los siguientes derechos: a) Derecho a ser asistidos por un intérprete que utilice una lengua que comprenda durante todas las actuaciones en que sea necesaria su presencia, incluyendo el interrogatorio policial o por el Ministerio Fiscal y todas las vistas judiciales. b) Derecho a servirse de intérprete en las conversaciones que mantenga con su Abogado y que tengan relación directa con su posterior interrogatorio o toma de declaración, o que resulten necesarias para la presentación de un recurso o para otras solicitudes procesales. c) Derecho a la interpretación de todas las actuaciones del juicio oral. d) Derecho a la traducción escrita de los documentos que resulten esenciales para garantizar el ejercicio del derecho a la defensa. Deberán ser traducidos, en todo caso, las resoluciones que acuerden la prisión del imputado, el escrito de acusación y la sentencia. e) Derecho a presentar una solicitud motivada para que se considere esencial un documento. Los gastos de traducción e interpretación derivados del ejercicio de estos derechos serán sufragados por la Administración, con independencia del resultado del proceso. 2. En el caso de que no pueda disponerse del servicio de interpretación simultánea, la interpretación de las actuaciones del juicio oral a que se refiere la letra c) del apartado anterior se realizará mediante una interpretación consecutiva de modo que se garantice suficientemente la defensa del imputado o acusado. 3. En el caso de la letra d) del apartado 1, podrá prescindirse de la traducción de los pasajes de los documentos esenciales que, a criterio del Juez, Tribunal o funcionario competente, no resulten necesarios para que el imputado o acusado conozca los hechos que se le imputan.

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Excepcionalmente, la traducción escrita de documentos podrá ser sustituida por un resumen oral de su contenido en una lengua que comprenda, cuando de este modo también se garantice suficientemente la defensa del imputado o acusado. 4. La traducción se deberá llevar a cabo en un plazo razonable y desde que se acuerde por parte del Tribunal o Juez o del Ministerio Fiscal quedarán en suspenso los plazos procesales que sean de aplicación. 5. La asistencia del intérprete se podrá prestar por medio de videoconferencia o cualquier medio de telecomunicación, salvo que el Tribunal o Juez o el Fiscal, de oficio o a instancia del interesado o de su defensa, acuerde la presencia física del intérprete para salvaguardar los derechos del imputado o acusado. 6. Las interpretaciones orales o en lengua de signos, con excepción de las previstas en la letra b) del apartado 1, podrán ser documentadas mediante la grabación audiovisual de la manifestación original y de la interpretación. En los casos de traducción oral o en lengua de signos del contenido de un documento, se unirá al acta copia del documento traducido y la grabación audiovisual de la traducción. Si no se dispusiera de equipos de grabación, o no se estimare conveniente ni necesario, la traducción o interpretación y, en su caso, la declaración original, se documentarán por escrito.»

«Artículo 124.

1. El traductor o intérprete judicial será designado de entre aquellos que se hallen incluidos en los listados

elaborados por la Administración competente. Excepcionalmente, en aquellos supuestos que requieran la presencia

urgente de un traductor o de un intérprete, y no sea posible la intervención de un traductor o intérprete judicial

inscrito en las listas elaboradas por la Administración, en su caso, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del

artículo anterior, se podrá habilitar como intérprete o traductor judicial eventual a otra persona conocedora del

idioma empleado que se estime capacitado para el desempeño de dicha tarea.

2. El intérprete o traductor designado deberá respetar el carácter confidencial del servicio prestado.

3. Cuando el Tribunal, el Juez o el Ministerio Fiscal, de oficio o a instancia de parte, aprecie que la traducción o

interpretación no ofrecen garantías suficientes de exactitud, podrá ordenar la realización de las comprobaciones

necesarias y, en su caso, ordenar la designación de un nuevo traductor o intérprete. En este sentido, las personas

sordas o con discapacidad auditiva que aprecien que la interpretación no ofrece garantías suficientes de exactitud,

podrán solicitar la designación de un nuevo intérprete.»

«Artículo 125. 1.Cuando se pongan de manifiesto circunstancias de las que pueda derivarse la necesidad de la asistencia de un

intérprete o traductor, el Presidente del Tribunal o el Juez, de oficio o a instancia del Abogado del imputado o

acusado, comprobará si éste conoce y comprende suficientemente la lengua oficial en la que se desarrolle la

actuación y, en su caso, ordenará que se nombre un intérprete o un traductor conforme a lo dispuesto en el artículo

anterior y determinará qué documentos deben ser traducidos.

2. La decisión del Juez o Tribunal por la que se deniegue el derecho a la interpretación o a la traducción de algún

documento o pasaje del mismo que la defensa considere esencial, o por la que se rechacen las quejas de la defensa

con relación a la falta de calidad de la interpretación o de la traducción, será documentada por escrito.

Si la decisión hubiera sido adoptada durante el juicio oral, la defensa del imputado o acusado podrá hacer constar

en el acta su protesta.

Contra estas decisiones judiciales podrá interponerse recurso de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.»

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«Artículo 126. La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se

produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que

le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia. En todo caso, los derechos a los que se refieren

las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.»

«Artículo 127. Las disposiciones contenidas en los artículos precedentes son igualmente aplicables a las personas con discapacidad

sensorial, que podrán contar con medios de apoyo a la comunicación oral.»

«Artículo 302. Las partes personadas podrán tomar conocimiento de las actuaciones e intervenir en todas las diligencias del procedimiento. No obstante, si el delito fuere público, podrá el Juez de Instrucción, a propuesta del Ministerio Fiscal, de cualquiera

de las partes personadas o de oficio, declararlo, mediante auto, total o parcialmente secreto para todas las partes

personadas, por tiempo no superior a un mes cuando resulte necesario para:

a) evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona; o b) prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso.

El secreto del sumario deberá alzarse necesariamente con al menos diez días de antelación a la conclusión del

sumario. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo previsto en el párrafo segundo del apartado 3 del

artículo 505.»

Se modifica el apartado 3 del artículo 367 ter, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«3. Lo dispuesto en los dos apartados anteriores será también aplicable a los efectos intervenidos en relación con la

comisión de delitos contra la propiedad intelectual e industrial. Podrá igualmente procederse a su destrucción

anticipada una vez que tales efectos hayan sido examinados pericialmente, asegurando la conservación de las

muestras que resulten necesarias para garantizar ulteriores comprobaciones o investigaciones, salvo que la

autoridad judicial acuerde mediante resolución motivada su conservación íntegra en el plazo de un mes desde la

solicitud de destrucción.»

Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 367 quater, que quedan redactados como sigue: vigencia 1

de julio de 2015

«2. Cuando concurra alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el juez, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal, de las partes o de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, y previa audiencia del interesado, acordará la realización de los efectos judiciales, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Esté pendiente de resolución el recurso interpuesto por el interesado contra el embargo o decomiso de los bienes o efectos. b) La medida pueda resultar desproporcionada, a la vista de los efectos que pudiera suponer para el interesado y,

especialmente, de la mayor o menor relevancia de los indicios en que se hubiera fundado la resolución cautelar de

decomiso.

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3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, cuando el bien de que se trate esté embargado en

ejecución de un acuerdo adoptado por una autoridad judicial extranjera en aplicación de la Ley de reconocimiento

mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, su realización no podrá llevarse a cabo sin obtener

previamente la autorización de la autoridad judicial extranjera.»

Se modifica el apartado 3 del artículo 367 quinquies, que queda redactado del siguiente modo: vigencia 1 de julio de 2015 «3. La realización de los efectos judiciales se llevará a cabo conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente. No obstante lo anterior, previamente a acordarla se concederá audiencia al Ministerio Fiscal y a los interesados. El producto de la realización de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias se aplicará a los gastos que se hubieran causado en la conservación de los bienes y en el procedimiento de realización de los mismos, y la parte sobrante se ingresará en la cuenta de consignaciones del juzgado o tribunal, quedando afecta al pago de las responsabilidades civiles y costas que se declaren, en su caso, en el procedimiento. También podrá asignarse total o parcialmente de manera definitiva, en los términos y por el procedimiento que reglamentariamente se establezcan, a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y a los órganos del Ministerio Fiscal encargados de la represión de las actividades de las organizaciones criminales. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto para el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. En el caso de realización de un bien embargado o decomisado por orden de una autoridad judicial extranjera se aplicará lo dispuesto en la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.»

Se modifica el artículo 367 sexies, que queda redactado del siguiente modo: vigencia 1 de julio de 2015 «1. Podrá autorizarse la utilización provisional de los bienes o efectos decomisados cautelarmente en los siguientes casos: a) Cuando concurran las circunstancias expresadas en las letras b) a f) del apartado 1 del artículo 367 quater, y la utilización de los efectos permita a la Administración un aprovechamiento de su valor mayor que con la realización anticipada, o no se considere procedente la realización anticipada de los mismos. b) Cuando se trate de efectos especialmente idóneos para la prestación de un servicio público. 2. Cuando concurra alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el juez, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la Oficina de Recuperación y Gestión de activos, y previa audiencia del interesado, autorizará la utilización provisional de los efectos judiciales, salvo que concurra alguna de las circunstancias expresadas en el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 367 quater. 3. Corresponderá a la Oficina de Recuperación y Gestión de activos resolver, conforme a lo previsto legal y reglamentariamente, sobre la adjudicación del uso de los efectos decomisados cautelarmente y sobre las medidas de conservación que deban ser adoptadas. La oficina informará al juez o tribunal, y al Fiscal, de lo que hubiera acordado.»

Se modifica el artículo 367 septies, que queda redactado del siguiente modo: vigencia 1 de julio de 2015 «El juez o tribunal, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la propia Oficina de Recuperación y Gestión de activos, podrá encomendar la localización, la conservación y la administración de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas cometidas en el marco de una organización criminal a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. La organización y funcionamiento de dicha Oficina se regularán reglamentariamente.»

un nuevo apartado 3 en el artículo 416, «3. Los traductores e intérpretes de las conversaciones y comunicaciones entre el imputado, procesado o acusado y las personas a que se refiere el apartado anterior, con relación a los hechos a que estuviera referida su traducción o interpretación.»

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Se modifica el apartado 3 del artículo 505 que queda redactado como sigue: «3. En dicha audiencia, si el Ministerio Fiscal o alguna parte acusadora solicitare que se decrete la prisión provisional del imputado o su libertad provisional con fianza, podrán quienes concurrieren realizar alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto o dentro de las setenta y dos horas antes indicadas en el apartado anterior. El Abogado del imputado tendrá, en todo caso, acceso a los elementos de las actuaciones que resulten esenciales

para impugnar la privación de libertad del imputado.»

Se modifican los apartados 2, 3 y 5 del artículo 520, y se introduce un nuevo apartado 2 bis,

todo ello conforme a la siguiente redacción:

«2. Toda persona detenida o presa será informada por escrito, en un lenguaje sencillo y accesible, en una lengua que comprenda y de forma inmediata, de los hechos que se le imputan y las razones motivadoras de su privación de libertad, así como de los derechos que le asisten y especialmente de los siguientes: a) Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el Juez. b) Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. c) Derecho a designar Abogado y a solicitar su presencia para que asista a las diligencias policiales y judiciales de declaración e intervenga en las diligencias de reconocimiento en rueda de que sea objeto. Si el detenido o preso no designara Abogado, se procederá a la designación de oficio. d) Derecho de acceso a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar la legalidad de la detención o privación de libertad. e) Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento. Los extranjeros tendrán derecho a que las circunstancias anteriores se comuniquen a la Oficina Consular de su país. f) Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se trate de extranjero que no comprenda o no hable el castellano o la lengua oficial de la actuación de que se trate, o de personas sordas o con discapacidad auditiva, así como de otras personas con dificultades del lenguaje. g) Derecho a ser reconocido por el médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas. h) Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla.

Asimismo, se le informará del plazo máximo legal de duración de la detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial y del procedimiento por medio del cual puede impugnar la legalidad de su detención. Cuando no se disponga de una declaración de derechos en una lengua que comprenda el detenido, se le informará de sus derechos por medio de un intérprete tan pronto resulte posible. En este caso, deberá entregársele, posteriormente y sin demora indebida, la declaración escrita de derechos en una lengua que comprenda. En todos los casos se permitirá al detenido conservar en su poder la declaración escrita de derechos durante todo el

tiempo de la detención.

2 bis. La información a que se refiere el apartado anterior se facilitará en un lenguaje comprensible y que resulte

accesible al imputado. A estos efectos se adaptará la información a su edad, grado de madurez, discapacidad y

cualquier otra circunstancia personal de la que pueda derivar una limitación de la capacidad para entender el

alcance de la información que se le facilita.

3. Si se tratare de un menor de edad o persona con la capacidad judicialmente complementada, la autoridad bajo

cuya custodia se encuentre el detenido o preso notificará las circunstancias de la letra e) del apartado 2 a quienes

ejerzan la patria potestad, la tutela o la guarda de hecho del mismo y, si no fueran halladas, se dará cuenta

inmediatamente al Ministerio Fiscal. Si el detenido menor o con capacidad judicialmente complementada fuera

extranjero, el hecho de la detención se notificará de oficio al Cónsul de su país.»

«5. No obstante, el detenido o preso podrá renunciar a la preceptiva asistencia de Abogado si su detención lo fuere

por hechos susceptibles de ser tipificados exclusivamente como delitos contra la seguridad del tráfico, siempre que

se le haya facilitado información clara y suficiente en un lenguaje sencillo y comprensible sobre el contenido de

dicho derecho y las consecuencias de la renuncia. El detenido podrá revocar su renuncia en cualquier momento.

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«Artículo 775.

1. En la primera comparecencia el Juez informará al imputado, en la forma más comprensible, de los hechos que se le imputan. Previamente, el Secretario judicial le informará de sus derechos, en particular de los enumerados en el apartado 1 del artículo 118, y le requerirá para que designe un domicilio en España en el que se harán las notificaciones, o una persona que las reciba en su nombre, con la advertencia de que la citación realizada en dicho domicilio o a la persona designada permitirá la celebración del juicio en su ausencia en los supuestos previstos en el artículo 786. Tanto antes como después de prestar declaración se le permitirá entrevistarse reservadamente con su Abogado, sin perjuicio de lo establecido en la letra c) del artículo 527. 2. Cuando del resultado de las diligencias se produzca algún cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados, el Juez informará con prontitud de ello al imputado. Esta información podrá ser facilitada mediante una exposición sucinta que resulte suficiente para permitir el

ejercicio del derecho a la defensa, comunicada por escrito al Abogado defensor del imputado.»

Disposición transitoria cuarta. Juicios de faltas en tramitación. vigencia 1 de julio 2015 1. La tramitación de los procesos por falta iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley, por hechos que resultan tipificados como delitos leves, continuará sustanciándose conforme al procedimiento previsto para el juicio de faltas en el Libro VI de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal. 2. La tramitación de los procesos por falta iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley por hechos que resultan por ella despenalizados o sometidos al régimen de denuncia previa, y que lleven aparejada una posible responsabilidad civil, continuarán hasta su normal terminación, salvo que el legitimado para ello manifestare expresamente no querer ejercitar las acciones civiles que le asistan, en cuyo caso se procederá al archivo de lo actuado, con el visto del Ministerio Fiscal. Si continuare la tramitación, el juez limitará el contenido del fallo al pronunciamiento sobre responsabilidades civiles y costas, ordenando la ejecución conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se modifica la rúbrica del Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que queda redactada

del siguiente modo: vigencia 1 de julio de 2015

«LIBRO VI

DEL PROCEDIMIENTO PARA EL JUICIO SOBRE DELITOS LEVES»

Se modifica el apartado 1 del artículo 962, que queda redactado como sigue:vigencia el 1 de julio de 2015

«1. Cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de delito leve de lesiones o

maltrato de obra, de hurto flagrante, de amenazas, de coacciones o de injurias, cuyo enjuiciamiento corresponda al

Juzgado de Instrucción al que se debe entregar el atestado o a otro del mismo partido judicial, procederá de forma

inmediata a citar ante el Juzgado de Guardia a los ofendidos y perjudicados, al denunciante, al denunciado y a los

testigos que puedan dar razón de los hechos. Al hacer dicha citación se apercibirá a las personas citadas de las

respectivas consecuencias de no comparecer ante el Juzgado de guardia. Asimismo, se les apercibirá de que podrá

celebrarse el juicio de forma inmediata en el Juzgado de guardia, incluso aunque no comparezcan, y de que han de

comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse. Al denunciante y al ofendido o perjudicado se les

informará de sus derechos en los términos previstos en los artículos 109, 110 y 967.

En el momento de la citación se les solicitará que designen, si disponen de ellos, una dirección de correo electrónico

y un número de teléfono a los que serán remitidas las comunicaciones y notificaciones que deban realizarse. Si no

los pudieran facilitar o lo solicitaren expresamente, las notificaciones les serán remitidas por correo ordinario al

domicilio que designen.»

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Se modifica el artículo 963, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«1. Recibido el atestado conforme a lo previsto en el artículo anterior, si el juez estima procedente la incoación del juicio, adoptará alguna de las siguientes resoluciones: 1.ª Acordará el sobreseimiento del procedimiento y el archivo de las diligencias cuando lo solicite el Ministerio Fiscal a la vista de las siguientes circunstancias: a) El delito leve denunciado resulte de muy escasa gravedad a la vista de la naturaleza del hecho, sus circunstancias, y las personales del autor, y b) no exista un interés público relevante en la persecución del hecho. En los delitos leves patrimoniales, se entenderá que no existe interés público relevante en su persecución cuando se hubiere procedido a la reparación del daño y no exista denuncia del perjudicado. En este caso comunicará inmediatamente la suspensión del juicio a todos aquellos que hubieran sido citados conforme al apartado 1 del artículo anterior. El sobreseimiento del procedimiento será notificado a los ofendidos por el delito.

2.ª Acordará la inmediata celebración del juicio en el caso de que hayan comparecido las personas citadas o de que,

aun no habiendo comparecido alguna de ellas, el juzgado reputare innecesaria su presencia. Asimismo, para acordar

la inmediata celebración del juicio, el Juzgado de guardia tendrá en cuenta si ha de resultar imposible la práctica de

algún medio de prueba que se considere imprescindible.

2. Para acordar la celebración inmediata del juicio, será necesario que el asunto le corresponda al Juzgado de

guardia en virtud de las normas de competencia y de reparto.»

Se modifica el artículo 964, que queda redactado del siguiente modo: vigencia el 1 de julio de 2015

«1. En los supuestos no contemplados por el artículo 962, cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que

presente los caracteres de algún delito leve, formará de manera inmediata el correspondiente atestado que

remitirá sin dilación al Juzgado de guardia. Dicho atestado recogerá las diligencias practicadas, así como el

ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado, practicado conforme a los artículos 109, 110 y 967, y la

designación, si disponen de ellos, de una dirección de correo electrónico y un número de teléfono a los que serán

remitidas las comunicaciones y notificaciones que deban realizarse. Si no los pudieran facilitar o lo solicitaren

expresamente, las notificaciones les serán remitidas por correo ordinario al domicilio que designen.

2. Recibido el atestado conforme a lo previsto en el párrafo anterior, y en todos aquellos casos en que el

procedimiento se hubiere iniciado en virtud de denuncia presentada directamente por el ofendido ante el órgano

judicial, el juez podrá adoptar alguna de las siguientes resoluciones:

a) Acordará el sobreseimiento del procedimiento y el archivo de las diligencias cuando resulte procedente conforme

a lo dispuesto en el numeral 1.ª del apartado 1 del artículo anterior.

La resolución de sobreseimiento será notificada a los ofendidos por el delito.

b) Acordará celebrar de forma inmediata el juicio si, estando identificado el denunciado, fuere posible citar a todas

las personas que deban ser convocadas para que comparezcan mientras dure el servicio de guardia y concurran el

resto de requisitos exigidos por el artículo 963.

3. Las citaciones se harán al Ministerio Fiscal, salvo que el delito leve fuere perseguible sólo a instancia de parte, al

querellante o denunciante, si lo hubiere, al denunciado y a los testigos y peritos que puedan dar razón de los

hechos. Al practicar las citaciones, se apercibirá a las personas citadas de las respectivas consecuencias de no

comparecer ante el Juzgado de guardia, se les informará que podrá celebrarse el juicio aunque no asistan, y se les

indicará que han de comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse. Asimismo, se practicarán con el

denunciado las actuaciones señaladas en el apartado 2 del artículo 962.»

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Se modifica el apartado 1 del artículo 965, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«1. Si no fuere posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia, se seguirán las reglas siguientes:

1.ª Si el juez estimare que la competencia para el enjuiciamiento corresponde al propio juzgado de instrucción y que

no procede el sobreseimiento conforme a lo dispuesto en el numeral 1.ª del apartado 1 del artículo 963, el

secretario judicial procederá en todo caso al señalamiento para la celebración del juicio y a las citaciones

procedentes para el día hábil más próximo posible dentro de los predeterminados a tal fin, y en cualquier caso en

un plazo no superior a siete días.

2.ª Si el juez estimare que la competencia para el enjuiciamiento corresponde a otro juzgado, el secretario judicial le

remitirá lo actuado para que se proceda a realizar el señalamiento del juicio y las citaciones con arreglo a lo

dispuesto en la regla anterior.»

Se modifica el artículo 966, que queda redactado del siguiente modo: vigencia 1 de julio de 2015

«Las citaciones para la celebración del juicio previsto en el artículo anterior se harán al Ministerio Fiscal, al

querellante o denunciante, si lo hubiere, al denunciado y a los testigos y peritos que puedan dar razón de los

hechos.

A tal fin, se solicitará a cada uno de ellos en su primera comparecencia ante la Policía Judicial o el Juez de

Instrucción que designen, si disponen de ellos, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono a los

que serán remitidas las comunicaciones y notificaciones que deban realizarse. Si no los pudieran facilitar o lo

solicitaren expresamente, las notificaciones les serán remitidas por correo ordinario al domicilio que designen.»

Se modifica el apartado 1 del artículo 967, que queda redactado del siguiente modo: vigencia 1 de julio de

2015

«1. En las citaciones que se efectúen al denunciante, al ofendido o perjudicado y al imputado para la celebración del

juicio, se les informará de que pueden ser asistidos por abogado si lo desean y de que deberán acudir al juicio con

los medios de prueba de que intenten valerse. A la citación del imputado se acompañará copia de la querella o de la

denuncia que se haya presentado.»

Se modifica el apartado 2 del artículo 969, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«2. El fiscal asistirá a los juicios por delito leve siempre que a ellos sea citado. Sin embargo, el Fiscal General del

Estado impartirá instrucciones sobre los supuestos en los que, en atención al interés público, los fiscales podrían

dejar de asistir al juicio y de emitir los informes a que se refieren los artículos 963.1 y 964.2, cuando la persecución

del delito leve exija la denuncia del ofendido o perjudicado. En estos casos, la declaración del denunciante en el

juicio afirmando los hechos denunciados tendrá valor de acusación, aunque no los califique ni señale pena.»

Se modifica el apartado 2 del artículo 973, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«2. La sentencia se notificará a los ofendidos y perjudicados por el delito leve, aunque no se hayan mostrado parte

en el procedimiento. En la notificación se harán constar los recursos procedentes contra la resolución comunicada,

así como el plazo para su presentación y órgano judicial ante quien deba interponerse.»

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544

Se modifica el apartado 3 del artículo 976, que queda redactado como sigue: vigencia 1 de julio de 2015

«3. La sentencia de apelación se notificará a los ofendidos y perjudicados por el delito leve, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.» Dieciocho. Se introduce un nuevo párrafo cuarto en el artículo 990, con la siguiente redacción, permaneciendo igual el resto del artículo: «En los supuestos de delitos contra la Hacienda pública, contrabando y contra la Seguridad Social, los órganos de recaudación de la Administración Tributaria o, en su caso, de la Seguridad Social, tendrán competencia para investigar, bajo la supervisión de la autoridad judicial, el patrimonio que pueda llegar a resultar afecto al pago de las responsabilidades civiles derivadas del delito, ejercer las facultades previstas en la legislación tributaria o de Seguridad Social, remitir informes sobre la situación patrimonial, y poner en conocimiento del juez o tribunal las posibles modificaciones de las circunstancias de que puedan llegar a tener conocimiento y que sean relevantes para que el juez o tribunal resuelvan sobre la ejecución de la pena, su suspensión o la revocación de la misma.»

L.O. 1/15 DE 30 DE MARZO QUE MODIFICA LA L.O 10/95 DEL CP. Vigencia 1 de julio de 2015

Se modifica el artículo 156, que tendrá la siguiente redacción: (de la esterilización de un

incapaz)

«No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el consentimiento válida, libre, consciente y

expresamente emitido exime de responsabilidad penal en los supuestos de trasplante de órganos

efectuado con arreglo a lo dispuesto en la ley, esterilizaciones y cirugía transexual realizadas por

facultativo, salvo que el consentimiento se haya obtenido viciadamente, o mediante precio o

recompensa, o el otorgante sea menor de edad o carezca absolutamente de aptitud para prestarlo, en

cuyo caso no será válido el prestado por éstos ni por sus representantes legales.

No será punible la esterilización acordada por órgano judicial en el caso de personas que de forma

permanente no puedan prestar en modo alguno el consentimiento al que se refiere el párrafo anterior,

siempre que se trate de supuestos excepcionales en los que se produzca grave conflicto de bienes

jurídicos protegidos, a fin de salvaguardar el mayor interés del afectado, todo ello con arreglo a lo

establecido en la legislación civil.»

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

545

ACTA Nº / AKTA ZBK.: 8 / 2015

Reunión/Bilera: Comisión de Coordinación y Mejora de TOLOSA

Fecha y lugar/Eguna eta tokia: 19 de junio de 2015, Palacio de Justicia

Inicio/Hasiera: 12:15 horas Fin/Amaiera: 13:00 horas

Asistentes/Partaideak:

Oficina Judicial de Tolosa:

­ Ines Rosado Hidalgo, Secretaria Directora SCPGE

­ Joaquín Albizu Morentín , Secretario Judicial de la UPAD 4

­ Mercedes Iturralde Cardenal, Gestora Responsable SCPGE.

­ Juan Luis San Miguel Cañas, Cuerpo de Auxilio Procesal (SCP Sección Gral.).

Secretaria Coordinadora de Gipuzkoa, Rosa Violet Vazquez.

Gobierno Vasco, Dirección de la Administración de Justicia:

­ Jon Arturo Uriarte Unzalu, Director de la Administración de Justicia.

­ Javier Golzarri Aguirresarobe, Responsable Territorial EAT.

­ Roberto Setién Cortázar, Responsable Territorial de Informática.

­ Josean Gran Mateo, Servicio de informática.

­ Xabier Balerdi Tolosa, Responsable del Servicio de Calidad.

Orden del día/Gai zerrenda:

1. Seguimiento de la implantación de la NOJ en Tolosa.

2. Ruegos y preguntas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

546

6.5 INSPECCIONES REALIZADAS POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y

SECRETARIAS COORDINADORAS PROVINCIALES

Nº FECHA ORGANO INSPECCIONADO INFORME

1

9-15 de

febrero de

2015

Servicio Común Procesal General y de

Ejecución de Getxo

INSPECCION VIRTUAL

Ilma. Sra. Secretaria Coordinadora

Provincial de Bizkaia

18 de marzo de 2015

2 10 de marzo

de 2015

S.C.A.C.E. de Donostia-San Sebastián

INSPECCIÓN PRESENCIAL INTEGRAL

Ilma. Sra. Secretaria de Gobierno del

T.S.J.P.V.

24 de marzo de 2015

3 8 de junio de

2015

Servicio común Procesal General y de

Ejecución de Tolosa

INSPECCION VIRTUAL

Ilma. Sra. Secretaria Coordinadora de

Gipuzkoa

25 de junio de 2015

4 18 de mayo

de 2015

Servicio Común Procesal General y de

Ejecución de Durango

INSPECCION VIRTUAL

Ilma. Sra. Secretaria Coordinadora de

Bizkaia

6 de julio de 2015

5

26 de

octubre de

2015

Servicio Común Procesal General y de

Ejecución de Gernika.

INSPECCION VIRTUAL

Ilma. Sra. Secretaria Coordinadora de

Bizkaia

22 de diciembre de 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO • MEMORIA 2015

547

7.— PREVISIÓN DE NECESIDADES EN LOS ÓRGANOS JUDICIALES

Órganos unipersonales

Unidades Judiciales

PROVINCIA Necesidades

Instancia e

Instrucción

Instancia Instrucción Penal Menores

Violencia

género

Contencioso-

Administrativo Social

Vigilancia

Penitenciaria Mercantil Observaciones

ARABA-

ALAVA

Número 1* *En la

actualidad el

Juzgado de 1ª

Instancia nº 7

es mixto

CivilMercantil..

con la creación

del exclusivo

de mercantil, el

nº 7 quedaría

con

competencia

civil

Localidades

Vitoria-

Gasteiz

(exclusivo)

GIPUZKOA

Número 1* 1 *Se suprimiría

el Juzgado de

lo Social de

Eibar por el

Juzgado de lo

Social de San

Sebastián

Localidades

Donostia-

San

Sebastián

Donostia-

San

Sebastián

BIZKAIA

Número 1 1

Localidades Bilbao

(Ejec. P.) Bilbao

Número 1

Localidades Barakaldo

Suma de

necesidades Número 2 2 2

Órganos colegiados

Plazas de Magistrados

Salas de TSJ Secciones de Audiencias

Provinciales

PROVINCIA Civil y

Penal

Contencioso-

Administrativo Social Civil Penal Mixta Observaciones

ARABA-

ALAVA 1

Sección 2ª Audiencia

Provincial de

Araba/Álava

GIPUZKOA

BIZKAIA 1 Sección 3ª ó Sección 4ª

Suma de plazas

necesarias 1 1