proyecto ordenanza de organización y funcionamiento del concejo

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  • 7/26/2019 Proyecto Ordenanza de Organizacin y Funcionamiento Del Concejo

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    +ue se encuentra ampliamente desarrollada en los art&culos 6 ' ; del !digo Org"nico deOrgani#acin $erritorial, %utonom&a ' (escentrali#acin.

    Que, el %rt. < del !digo Org"nico de Organi#acin $erritorial, %utonom&a '(escentrali#acin al tratar sobre la facultad normatia, dice= >4ara el pleno e-ercicio de suscompetencias ' de las facultades +ue de manera concurrente podr"n asumir, se reconoce alos... conce-os municipales, la capacidad para dictar normas de car"cter general, a tras de

    ordenan#as, acuerdos ' resoluciones, aplicables dentro de su circunscripcin territorial. ?

    Que,el art&culo 32< del !OO$%(, determina +ue ?os rganos normatios de los gobiernosautnomos descentrali#ados regular"n su conformacin, funcionamiento ' operacin,procurando implementar los derecos de igualdad preistos en la !onstitucin, de acuerdocon las necesidades +ue demande el desarrollo ' cumplimiento de sus actiidades. ?

    Que,el art&culo 36: del !OO$%( dispone +ue ?os miembros de los rganos legislatios delos gobiernos... municipales... son autoridades de eleccin popular +ue se regir"n por la le'' sus propias normatias, percibir"n la remuneracin mensual +ue se fi-e en actonormatio.... En ning5n caso la remuneracin mensual ser" superior al cincuenta por ciento)60@* de la remuneracin del e-ecutio del respectio niel de gobierno, ' se deber"considerar irrestrictamente la disponibilidad de recursos. ?

    Que,la 7igsima Segunda (isposicin $ransitoria del !OO$%(, confiere pla#o durante elper&odo actual de funciones para ?... actuali#ar ' codificar las normas igentes en cadacircunscripcin territorial ' crear"n gacetas normatias oficiales, con fines de informacin,registro ' codificacin> para lo cual es indispensable contar con las normas procedimentalesinternas actuali#adas.

    Que, es necesario adecuar las normas de organi#acin ' funcionamiento del !once-o/unicipal ' de sus comisiones a la normatia constitucional ' legal igentes en el Ecuador,con el fin de logar eficiencia, agilidad ' oportunidad de sus decisiones.

    En uso de la facultad legislatia preista en el art&culo 2A0 de la !onstitucin de laRep5blica, art&culo

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    TTULO II

    CAPTULO IA+'!/u%!$&e" 4 #'$5!/!%!$&e" 2e( C$&%e6$ 4 C$&%e6*(e"

    A'+. 7.- De( C$&%e6$.-El !once-o /unicipal es el rgano de legislacin ' fiscali#acin delgobierno autnomo descentrali#ado municipal. Estar" integrado por el %lcalde o %lcaldesa,

    +ue lo presidir" con oto dirimente, ' por los !once-ales o !once-alas, elegidos por otacinpopular, de conformidad con lo preisto en la le' de la materia electoral.

    A'+. 8.- A+'!/u%!$&e".-El !once-o /unicipal tiene las atribuciones establecidas en el %rt. 6!%*%!=& 4 P'e"u#ue"+$.- a !omisin de 4lanificacin '4resupuesto tendr" a su cargo el estudio, an"lisis, informe o dictamen preio alconocimiento ' resolucin del !once-o, referente a los siguientes instrumentos=

    a* a formulacin de pol&ticas p5blicas en materia de planificacin ' desarrollosustentable8

    b* a formulacin de planes, programas ' pro'ectos de desarrollo municipal ' del plande ordenamiento territorial8

    c* a planificacin de las obras ' sericios a ser e-ecutados por el obierno /unicipal8',

    d* %l presupuesto participatio ' de la proforma presupuestaria, as& como de susreformas.

    A'+.

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    tr"mite ' seguimiento de crditos u otros casos, el !once-o podr" designar comisionestcnicas, las +ue funcionar"n mientras dure la necesidad institucional.

    En la resolucin de creacin ' designacin de sus integrantes constar" adem"s el ob-etoespec&fico ' el tiempo de duracin.

    A'+. 0.- I&+e'*%!=& 2e (*" C$)!"!$&e" T%&!%*".-Estar"n integradas por dos conce-alas

    o conce-ales, los funcionarios municipales o de otras entidades con formacin tcnica 'representantes ciudadanos si fuere del caso, con formacin tcnica en el "rea de estudio 'an"lisis8 no ser"n m"s de cinco integrantes.

    SECCIN IV

    D!"#$"!%!$&e" C$)u&e" 2e (*" C$)!"!$&e"

    A'+. 0;.- Au"e&%!* 2e %$&%e6*(*" $ %$&%e6*(e".-as conce-alas o conce-ales +ue faltarein-ustificadamente a tres sesiones ordinarias consecutias de una comisin permanenteperder" autom"ticamente la condicin de miembro de la misma, lo +ue deber" ser notificadopor el 4residente de la !omisin al afectante ' al pleno del !once-o a fin de +ue designe unnueo integrante.

    Ecept5ense de sta disposicin las inasistencias producidas como efecto de licenciasconcedidas, por el cumplimiento de delegaciones, representaciones o comisionesencomendadas por el conce-o o por el %lcalde o %lcaldesa, o por causas de fuer#a ma'ordebidamente comprobadas, en cu'os casos actuar"n sus respectios suplentes, preiaconocatoria del presidente de la comisin.

    En caso de ausencia temporal, la o el conce-al principal comunicar" del particular al !once-o' a su suplente, con la indicacin de las sesiones +ue no actuar".

    Huien reemplace al principal, cuando ste 5ltimo ocupe un cargo directio en cual+uiera delas !omisiones del !once-o, no tendr" la misma condicin del reempla#ado.

    as ' los reempla#antes, cuando act5en como principales, estar"n su-etos a los mismosdeberes ' atribuciones de las ' los conce-ales principales detalladas en esta Ordenan#a ' enlos reglamentos internos.

    os conce-ales +ue falten a la sesin del !once-o o +ue asistan con retraso ser"nsancionados con una multa por el alor de II dlares, alor +ue ser" descontado de larespectia remuneracin.

    A'+. 0$')*%!=&.- as comisiones re+uerir"n de los funcionarios

    municipales, preio conocimiento del alcalde o alcaldesa, la informacin +ue considerennecesaria para el cumplimiento de sus deberes ' atribuciones, ' establecer"n los pla#osdentro de los cuales ser" atendido su re+uerimiento.

    A'+. [email protected] De/e'e" 4 A+'!/u%!$&e" 2e (*" C$)!"!$&e".- as comisiones permanentes,ocasionales o tcnicas tendr"n los siguientes deberes ' atribuciones seg5n la naturale#aespec&fica de sus funciones=

    a* Cormular o estudiar las pol&ticas p5blicas en el "mbito de accin de sus respectiascomisiones8

    b* Estudiar los pro'ectos de ordenan#as, planes, programas o presupuesto remitidospor el %lcalde o %lcaldesa, en cada una de las ramas propias de la actiidadmunicipal ' emitir informes o dict"menes ra#onados sobre los mismos8

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    c* !onocer ' eaminar los asuntos +ue les sean sometidos a su conocimiento, emitirinformes o dict"menes ' sugerir las soluciones +ue sean pertinentes en base a lasconclusiones ' recomendaciones

    d* 4roponer al conce-o pro'ectos de ordenan#as, reglamentos, resoluciones o acuerdos+ue estimen conenientes a los intereses municipales ' de la comunidad local8

    e* Efectuar inspecciones in situ a los lugares o inmuebles cu'o tr"mite se encuentre enestudio de la comisin, a fin de emitir el informe con conocimiento de causa8

    f* 4rocurar el me-or cumplimiento de los deberes ' atribuciones del !once-o /unicipalen las diersas materias +ue impone la diisin del traba-o ' elar por elcumplimiento de la normatia municipal8 ',

    g* os dem"s +ue preea la e'.

    A'+.- 3.- De/e'e" 4 *+'!/u%!$&e" 2e( P'e"!2e&+e 2e (* C$)!"!=&.- %l presidente o lapresidenta le corresponde=

    a* Representar oficialmente a la comisin8b* !umplir ' acer cumplir las normas legales ' las de la presente ordenan#a8c* Cormular el orden del d&a para las sesiones de la comisin8d* !onocar a sesiones ordinarias ' etraordinarias8e* Dnstalar, dirigir, suspender ' clausurar las sesiones8f* egali#ar con su firma las actas de las sesiones una e# aprobadas por la comisin

    an al Secretario de la !omisin8g* Reisar ' suscribir los informes, dict"menes ' comunicaciones de la comisin8* !oordinar las actiidades de la comisin, con otras comisiones, con seridores

    municipales ' con el conce-o8i* Superisar el cumplimiento de las obligaciones del Secretario de la !omisin8-* Elaborar planes ' programas de traba-o de la comisin ' someterlos a consideracin

    de sus integrantes para su aprobacin8B* !omunicar a alcalde sobre la inasistencia de los funcionarios o seridoresconocados debidamente ' +ue no asistan a las sesiones o +ue no presenten losinformes re+ueridos ' para +ue sean sancionados si fuera del caso.

    l* Solicitar asesoramiento para la comisin.

    A'+. 30.- A%+$" 2e (*" C$)!"!$&e".- as comisiones no tendr"n capacidad resolutia,e-ercer"n las atribuciones preistas en la le'. $ienen a su cargo el estudio, informe odict"menes para orientar al !once-o /unicipal sobre la aprobacin de actos decisorios de sucompetencia. os estudios, informes o dict"menes ser"n presentados en el tiempo +ue leconfiera el e-ecutio /unicipal o asta A:J00 antes de la sesin en la +ue ser" tratado eltema. Si no se ubiere presentado, el !once-o podr" tratar el tema prescindiendo del mismo.

    os informes o dict"menes re+ueridos por las comisiones a los funcionarios municipalesdeber"n ser presentados en el pla#o establecido por la comisin. %l informe se ad-untar"nlos documentos de sustento +ue fueren pertinentes. En caso de negatia o negligencia elpresidente o presidenta de la comisin informar" al %lcalde o %lcaldesa para la sancinrespectia.

    !uando la comisin deba tratar asuntos urgentes e inapla#ables ' por falta de informestcnicos o legales no pueda cumplir su cometido, el presidente o presidenta podr" conocara sesin de la comisin para oras m"s tarde o para el d&a siguiente,de-ando constancia deleco en actas.

    A'+. 33.- De>!&!%!=& 2e I&>$')e" $ D!%+)e&e".- os informes contendr"n solamente larelacin cronolgica o circunstanciada de los ecos +ue serir"n de base para +ue elconce-o, %lcalde o %lcaldesa tome una decisin o, se constitu'e tambin por la referencia a

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    acontecimientos t"cticos o antecedentes -ur&dicos relatios al caso en el cual no eisteopinin alguna.

    os dict"menes contendr"n -uicios de alor, opinin o criterios +ue las comisiones epresensobre ecos materia de la consulta, orientados a inteligenciar sobre una decisin. Ser"nemitidos con el oto un"nime de sus integrantes8 ', cuando no ubiere unanimidad, sepresentar"n dict"menes ra#onados de ma'or&a ' minor&a. Se trata por tanto de un

    documento anali#ado, discutido, otado ' aprobado por la ma'or&a de los miembros de lacomisin +ue permite al !once-o en pleno o a la autoridad e-ecutia municipal tomar unadecisin ' reali#ar una accin o procurando ma'ores elementos de -uicio de la propiaconciencia de epertos en el tema a decidirse.

    A'+. 37.- T')!+e 2e ($" I&>$')e" $ D!%+)e&e".- El !once-o /unicipal o el %lcalde o%lcaldesa seg5n sus atribuciones, decidir"n lo +ue corresponda teniendo en cuenta losinformes o dict"menes de las comisiones8 ser" tratado ' resuelto primero el informe odictamen de ma'or&a ' de no ser aprobado se tratar" el de minor&a, si tampoco ubieseotos para su aprobacin, el %lcalde o %lcaldesa mandar" arciar el informe.

    A'+. 38.- P'$5!/!%!$&e".-as !omisiones ' sus integrantes est"n proibidos de dar rdenesdirectas a los funcionarios administratios, con ecepcin de las actiidades del secretarioinerentes a la comisin ' de re+uerimientos de informacin preio conocimiento del%lcalde.

    A'+. 39.- Se"!$&e" O'2!&*'!*" 2e (*" C$)!"!$&e".- as sesiones ordinarias de lascomisiones ser"n presididas por su titular ' a su falta por el icepresidente o icepresidenta' se desarrollar"n de acuerdo al calendario definido por las mismas ' al orden del d&aformulado, preia conocatoria reali#ada con al menos einticuatro oras de anticipacin.

    A'+. 3.- Se"!$&e" E+'*$'2!&*'!*".-as sesiones etraordinarias de las comisiones ser"nconocadas con einticuatro oras de anticipacin, salo casos urgentes e inapla#ables, por

    iniciatia de el %lcalde o %lcaldesa, la presidenta o el presidente de la comisin o a pedidode la ma'or&a de sus integrantes para tratar asuntos epresamente determinados en elorden del d&a.

    CAPTULO IISe%'e+*'* 2e (*" C$)!"!$&e"

    A'+. 3;.- De( Se%'e+*'!$ $ Se%'e+*'!* 2e (*" C$)!"!$&e".-ElFla SecretarioFa del !once-o/unicipal ser" tambin de las !omisiones. !uando dos o m"s comisiones sesionen almismo tiempo, delegar" a unFa seridorFa municipal con eperiencia o a'a subrogado alSecretario.

    A'+. 3

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    del d&a suscrito por laFel presidentaFe8c. !oncurrir o eniar un delegado, +ue aga sus eces, a las sesiones de las

    comisiones8d. Elaborar para su aprobacin, las actas de los asuntos tratados ' de los dict"menes

    aprobados8e. egali#ar, con-untamente con laFel presidentaFe, las actas aprobadas, as& como

    certificar los informes, resoluciones ' dem"s documentos de la comisin ' remitirlos

    para +ue sean incorporados en el orden del d&a de las sesiones del conce-o8f. !oordinar las actiidades de su dependencia con los dem"s rganos municipales8g. Registrar en el acta, la presencia de los integrantes de la comisin, el detalle sucinto

    de los aspectos releantes de la sesin ' los aspectos +ue por su importancia o apedido de sus participantes deban tomarse tetualmente8

    . lear ' mantener un registro de asistencia a las sesiones ordinarias 'etraordinarias de los integrantes de las comisiones ' funcionarios municipales8

    i. 4oner en conocimiento de laFel presidentaFe de la comisin, las comunicacionesrecibidas conforme al orden de ingreso o la urgencia con +ue re+uieran serconsideradas por la comisin8

    -. (esempear las funciones de secretario de las comisiones permanentes, especialesu ocasionales ' tcnicas.

    TITULO III

    Fu&%!$&*)!e&+$ 2e( C$&%e6$

    CAPTULO I

    De (*" Se"!$&e"

    A'+. 7.- C(*"e" 2e Se"!$&e" 2e( C$&%e6$.-as sesiones del !once-o /unicipal ser"n=

    a* Dnaugural,b* Ordinaria,c* Etraordinaria, ',d* !onmemoratia.

    A'+.- 70.- Pu/(!%!2*2 2e (*" Se"!$&e" 2e( C$&%e6$.- $odas las sesiones del !once-o/unicipal ser"n p5blicas ' se desarrollar"n en el saln de la municipalidad, apropiado parael efecto, preiniendo +ue las ciudadanas ' ciudadanos, representantes ciudadanos ' de losmedios de comunicacin colectia tengan libre acceso a presenciarlas. Sin embargo, losconcurrentes no podr"n interenir, ni interrumpir las sesiones, caso contrario, el %lcalde o%lcaldesa, les llamar" la atencin ' en caso de reincidencia podr" disponer su desalo-o paraasegurar +ue eistan las garant&as para el normal desarrollo de la sesin.

    !uando a -uicio del %lcalde o %lcaldesa eistan causas o motiaciones ra#onablementeaceptables, +ue se epresar"n en la conocatoria o a pedido de la ma'or&a de losintegrantes del !once-o, las sesiones se podr"n efectuar en lugares distintos de su sedeprincipal, pero en ning5n caso, fuera de su -urisdiccin.

    A'+. 73.- D!>u"!=& 2e (*" "e"!$&e".-4ara asegurar +ue las ciudadanas, ciudadanos ' losrepresentantes de medios de comunicacin concurran a las sesiones del conce-o, laFelSecretariaFo del !once-o difundir" por los medios de comunicacin colectia= el d&a, ora,lugar ' el orden del d&a de cada sesin.

    Se%%!=& IIIC(*"e" 4 P'$%e2!)!e&+$ #*'* (*" Se"!$&e"

    PARGRAFO ISe"!=& I&*uu'*(

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    A'+. 77.- C$&1$%*+$'!* * Se"!=& I&*uu'*(.-a Kunta 4roincial Electoral acreditar" al%lcalde o %lcaldesa, conce-alas o conce-ales municipales elegidos, +uienes se reunir"npreia conocatoria del %lcalde o %lcaldesa electoFa a las 11J00 del d&a fi-ado para la sesininaugural8 adem"s abr" initados especiales ' participar" la comunidad local, en el lugarfi-ado en la conocatoria.

    En forma preia a su instalacin, el !once-o designar" un secretario o una secretaria adoc+ue ser" seridorFa municipal permanente.

    A'+. 78.- C$&"+!+u%!=& 2e( C$&%e6$ 4 E(e%%!=& 2e D!&*+*'!$".-!onstatado el +urum, el%lcalde o %lcaldesa declarar" constituido el !once-o /unicipal ' proceder" a elegir unaicealcaldesa o icealcalde ' un conce-al o conce-ala +ue integrar" la comisin de mesa,para lo cual aplicar" el principio de paridad entre ombres ' mu-eres, en lo +ue fuereaplicable, de manera +ue cuando el e-ecutio municipal sea ombre se elegir" comointegrante de la comisin a una conce-ala municipal mu-er8 ', cuando la e-ecutia municipalsea mu-er se elegir" como integrante de la comisin a un conce-al municipal ombre.

    Se entender" +ue no es posible aplicar este principio cuando todos los integrantes del!once-o sean del mismo seo, o uno solo pertene#ca a otro seo ' se ecuse p5blicamentede aceptar la candidatura. Lna e# elegidos ser"n -uramentados ' posesionados por el%lcalde o %lcaldesa.

    A'+. 79.- E(e%%!=& 2e Se%'e+*'!*?$ 2e( C$&%e6$.- Lna e# elegido elFla integrante de lacomisin de mesa, en la misma sesin inaugural, el !once-o elegir" un secretario oSecretaria del !once-o, de fuera de su seno, de la terna presentada por el %lcalde o%lcaldesa, se preferir" a unFa abogadoFa. a terna estar" integrada por ombres ' mu-eres,todosFas "biles para desempear el cargo, una e# nombradoFa, asumir" inmediatamentesus funciones.

    En caso de acancia de la Secretar&a del !once-o, laFel alcaldesaFe, encargar" alFa4rosecretarioFa en la sesin ordinaria siguiente presentar" la terna de la cual el !once-odesignar" a su titular, en el caso de +ue en la terna se inclu'an seridores municipales 'stos cumplan los re+uisitos de idoneidad, para ser llamados se les podr" otorgar"nombramiento proisional asta cuando la autoridad nominadora as& lo considere o conclu'ael per&odo del conce-o +ue laFlo nombr, en cu'o caso oler" a su cargo permanente. ElSecretario del !once-o actuar" adem"s como Secretario de la Dnstitucin.

    A'+. 7.- L!&e*)!e&+$" 4 P$(+!%*" Ge&e'*(e".-Lna e# nombradoFa elFla Secretario, el%lcalde o %lcaldesa interendr" sealando los lineamientos ' pol&ticas generales +ue ser"naplicadas por el gobierno municipal, durante el per&odo de su gestin pol&tica 'administratia.

    A'+. 7;.- V$+*%!$&e" e& (* E(e%%!=& 2e D!&*+*'!$ 4 Se%'e+*'!*?$.- El %lcalde o %lcaldesaser" el 5ltimo en otar en las designaciones ' en caso de empate se entender" +ue ladesignacin o designaciones se icieron en el sentido del oto del %lcalde o %lcaldesa.

    A'+. 7

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    d* lear un registro de los retrasos, ausencias, faltas de los conce-ales ' las conce-alasen las sesiones8

    e* !ertificar los actos epedidos por el !once-o8 ',

    f* as dem"s +ue seale el !once-o o el 4residente.

    PARGRAFO II

    Se"!$&e" O'2!&*'!*"

    A'+. [email protected] D* 2e (*" Se"!$&e" O'2!&*'!*" 2e( C$&%e6$.- En la primera sesin ordinariaefectuada despus de la constitucin del !once-o, obligatoriamente fi-ar" el d&a ' oraespec&ficos de cada semana para sus sesiones ordinarias ' la difundir" p5blicamente paraconocimiento ciudadano. Slo por ecepcin debidamente -ustificada se podr" modificarocasionalmente el d&a u ora de la sesin ordinaria, dentro de la misma semana. .

    A'+. 8.- Pe'!$2!%!2*2 2e (*" Se"!$&e" O'2!&*'!*".- % fin de dar cumplimiento con lodispuesto en el %rt. A0 de esta ordenan#a se establece +ue las sesiones ordinarias seefectuar"n obligatoriamente los d&as II de cada semana a las II.. oras.

    No tendr"n alide# alguna los actos decisorios del !once-o, resueltos en sesiones +ue nosean conocadas por el %lcalde.

    A'+. 80.- O'2e& 2e( D*.-Dnmediatamente de instalada la sesin, el !once-o aprobar" elorden del d&a propuesto por el %lcalde o %lcaldesa, el +ue podr" ser modificado en el ordende los asuntos de su tratamiento o incorporando puntos adicionales, para lo +ue deber"contar con el oto faorable de la ma'or&a absoluta de los integrantes, es decir, de la mitadm"s uno de los integrantes del conce-o8 una e# aprobado no podr" oler a modificarse porning5n motio, caso contrario la sesin ser" inalidada. No podr" eliminar uno o m"s de los

    puntos propuestos.

    os asuntos +ue re+uieran de informes de comisiones, informes tcnicos o -ur&dicos nopodr"n ser incorporados mediante cambios del orden del d&a.

    No podr"n constar a t&tulo de asuntos arios, pero una e# agotado el orden del d&a, el!once-o podr" tratar o considerar otros asuntos, los +ue constar"n en la respectia acta e lasesin, pero no podr"n resolerlos. !uando a -uicio del %lcalde o %lcaldesa o del conce-o,surgieren asuntos +ue re+uieran decisin del conce-o, constar" obligatoriamente en el ordendel d&a de la siguiente sesin ordinaria.

    PARGRAFO III

    Se"!$&e" E+'*$'2!&*'!*"

    A'+. 83.- C$&1$%*+$'!* * Se"!$&e" E+'*$'2!&*'!*".- Jabr"n sesiones etraordinariascuando eistan asuntos de inters urgente e inapla#able +ue resoler8 ' el %lcalde o%lcaldesa las cono+ue por iniciatia propia o a pedido de la tercera parte de los integrantesdel !once-o /unicipal en las +ue solo se podr"n tratar los asuntos +ue constenepresamente en el orden del d&a, en cu'os casos no caben modificaciones. aconocatoria se lo ar" con al menos 2A oras de anticipacin ' a fin de +ue guarde relacincon lo preisto en el %rt. A6 de la presente ordenan#a.

    PARAGRAFO IV

    Se"!=& C$&)e)$'*+!1*

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    A'+. 87.- Se"!=& C$&)e)$'*+!1*.-El I de I. de cada ao, se efectuar" la sesinconmemoratia de cantoni#acin, en la +ue adem"s de resaltar los mritos ' alores de susciudadanos, el %lcalde o %lcaldesa resaltar" los ecos trascendentes del gobiernomunicipal ' delinear" las pol&ticas p5blicas ' las metas a alcan#ar durante el siguiente aode gestin municipal.

    4odr" entregar reconocimientos morales a +uienes se ubieren destacado en asuntos

    culturales, deportios, acadmicos, inestigatios, laborales, de gestin pol&tica oadministratia8 pero en ning5n caso proceder" la entrega de reconocimientos econmicos.

    PARGRAFO V

    D!"#$"!%!$&e" C$)u&e" 2e (*" Se"!$&e" 2e( C$&%e6$

    A'+. 88.- De (* %$&1$%*+$'!*.-as sesiones ordinarias ' etraordinarias ser"n conocadaspor el e-ecutio municipal con por lo menos con cuarenta ' oco oras ' einticuatro orasrespectiamente. En la conocatoria constar" el orden del d&a ' se agregar"n los informes odict"menes de las comisiones, informes tcnicos ' -ur&dicos, el acta de la sesin ' todos losdocumentos de soporte de las decisiones municipales, a fin de inteligenciar a susintegrantes sobre los asuntos a resoler.

    4ara +ue tengan alide# los actos decisorios del !once-o, ser"n conocados todos susintegrantes, caso contrario sus decisiones carecer"n de alide# -ur&dica.

    A'+. 89.- De (*" E%u"*", De(e*%!=& 4 C$&1$%*+$'!* * ($" Su#(e&+e".- %l momento deser conocados o asta antes de iniciar la sesin del conce-o, los conce-ales o conce-alaspodr"n ecusarse por escrito al momento de ser conocados o asta antes de la sesin, encu'o caso ser" conocado inmediatamente su respectio suplente8 conocatoria +ue podr"acerse por escrito o erbalmente inclusie, en cu'o caso bastar" la ra#n sentada por laFelSecretariaFo del conce-o.

    os conce-ales o conce-alas podr"n ecusarse por ra#ones de ausencia, enfermedad,calamidad domstica o impedimentos ocasionados por+ue se preea tratar asuntos en los+ue ellos o sus parientes asta el cuarto grado de consanguinidad a segundo de afinidadtengan inters ' +ue por tanto no puedan presenciar o interenir.

    !uando el 5nico punto del orden del d&a genere inters de una conce-ala o conce-al o uno desus parientes en los grados sealados en el inciso anterior, +ue al momento de serconocado no se ecusare ' siempre +ue fuere adertidoFa el %lcalde o %lcaldesa, notificar"del impedimento a +uien corresponda ' conocar" a su respectio suplente8 el conce-al oconce-ala interesado podr" impugnar tal decisin siempre +ue demuestre lo contrario.

    !uando el %lcalde o %lcaldesa, sea +uien tenga inters directo o sus parientes, no podr"presidir ni presenciar la sesin8 deber" encargar al 7icealcalde durante el tiempo +ue dure eltratamiento de ese tema.

    A'+. 8.- F!6*%!=& 2e D$)!%!(!$ #*'* N$+!>!%*%!$&e".- os conce-ales ' conce-alas,principales ' suplentes, informar"n por escrito el domicilio ' en lo posible la direccinelectrnica donde reciban las conocatorias a las sesiones ' de toda documentacin oficial.!uando se presentaren denuncias en su contra podr"n fi-ar domicilio -udicial.

    A'+. 8;.- O'2e& 2e( D*.- En el orden del d&a de las sesiones del conce-o ' de lascomisiones constar" como primer punto la aprobacin del acta de la sesin anterior ' luegolos dem"s temas a ser tratados ' resueltos. !onstar"n obligatoriamente los asuntos +ueubieren +uedado pendientes de decisin en sesiones anteriores, siempre +ue no seadebido a la falta de informes o dict"menes.

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    !uando el conce-o cono+ue a audiencias p5blicas o atienda re+uerimientos de comisionesgenerales, stas se efectuar"n una e# aprobada el acta de la sesin anterior.

    Se%%!=& IV

    De ($" De/*+e"

    A'+. 8

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    ' la declarar" concluida cuando estime suficientemente epuesto el tema.

    as audiencias p5blicas o comisiones generales se efectuar"n antes de iniciar una sesinordinaria ' ecepcionalmente durante el desarrollo de la misma8 mientras dure la audienciap5blica o comisin general, se suspender" la sesin del conce-o, as& como los debates ' notomar" otacin sobre mocin alguna.

    !oncluida la audiencia p5blica o comisin general, los interesados podr"n permanecer en elsaln de sesiones, en silencio ' guardando compostura ' respeto a los dem"s.

    Se%%!=& V

    De (*" V$+*%!$&e"

    A'+. 99.- C(*"e" 2e V$+*%!=&.- as otaciones del !once-o /unicipal ser"n, ordinaria,nominatia ' nominal ra#onada.

    A'+. 9.- V$+*%!=& O'2!&*'!*.- Se denomina otacin ordinaria a+uella en la +ue losintegrantes del conce-o manifiestan colectiamente su oto afirmatio leantando el bra#o oponindose de pie ' negatio cuando no leanten la mano o permanecen sentados,seg5nel caso, mientras por secretar&a se cuenta el n5mero de otos consignados.

    A'+. 9;.- V$+*%!=& N$)!&*+!1*.- Es cuando cada uno de los integrantes del cuerpocolegiado epresan erbalmente su oto en orden alfabtico, sin ninguna argumentacin,luego de la mencin del nombre por Secretaria.

    A'+. 9

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    No se podr" reconsiderar, despus de aber sido negada la reconsideracin.

    A'+. 3.- Pu&+$ 2e O'2e&.-!uando un integrante del !once-o /unicipal estime +ue seest"n iolando normas constitucionales, legales o reglamentarias en el tr"mite de una sesinpodr" formular un punt de orden a fin de +ue se rectifi+ue el procedimiento. 4ara seraceptado deber" ser concreto ' referirse a la disposicin +ue estime iolada.

    TTULO IV

    A%+$" De%!"$'!$" 2e( C$&%e6$

    A'+. 7.- A%+$" De%!"$'!$".- El !once-o /unicipal adoptar" sus decisiones medianteOrdenan#as, %cuerdos ' Resoluciones.

    CAPTULO I

    O'2e&*&*"

    A'+. 8.- De (*" O'2e&*&*" Mu&!%!#*(e".-El !once-o /unicipal aprobar" ordenan#asmunicipales, con el oto conforme de la ma'or&a de sus miembros. os pro'ectos deordenan#as deber"n referirse a una sola materia ' ser"n presentados con la eposicin demotios, el articulado +ue se proponga ' la epresin clara de los art&culos +ue se derogueno reformen con la nuea ordenan#a. os pro'ectos +ue no re5nan estos re+uisitos no ser"ntramitados.

    El pro'ecto de ordenan#a ser" sometido a dos debates para su aprobacin, reali#ados end&as distintos.

    Lna e# aprobada la norma, por secretar&a se la remitir" al e-ecutio del gobierno autnomodescentrali#ado correspondiente para +ue en el pla#o de asta oco d&as la sancione o la

    obsere en los casos en +ue se a'a iolentado el tr"mite legal o +ue dica normatia noest acorde con la !onstitucin o las le'es.

    El legislatio podr" allanarse a las obseraciones o insistir en el teto aprobado. En el casode insistencia, se re+uerir" el oto faorable de las dos terceras partes de sus integrantespara su aprobacin. Si dentro del pla#o de oco d&as no se obsera o se manda a e-ecutar laordenan#a, se considerar" sancionada por el ministerio de la le'. a publicacin de lasordenan#as se las efectuar" en la gaceta municipal ' en el dominio eb de la institucin, ' sise tratase de ordenan#as de car"cter tributario obligatoriamente deber"n ser publicadas enel Registro Oficial.

    A'+. 9.- De ($" A%ue'2$" 4 Re"$(u%!$&e".-El !once-o /unicipal podr" epedir acuerdos

    'Fo resoluciones sobre temas +ue tengan car"cter especial o espec&fico, los +ue ser"naprobados por el rgano legislatio del gobierno autnomo, por simple ma'or&a, en un solodebate ' ser"n notificados a los interesados, sin per-uicio de disponer su publicacin en lagaceta municipal ' en el dominio eb de la institucin.

    A'+. .- I&!%!*+!1* Le!"(*+!1*.- El %lcalde o %lcaldesa municipal, los conce-ales oconce-alas, el 4rocurador o 4rocuradora Sindica, los asesores, directores ' seridoresmunicipales, las autoridades ' funcionarios de otras entidades p5blicas podr"n presentarpro'ectos de ordenan#as.

    as ciudadanas ' los ciudadanos tendr"n iniciatia normatia cumpliendo los re+uisitosestablecidos en la e' Org"nica de 4articipacin !iudadana.

    En materia tributaria solo el %lcalde o %lcaldesa tendr" iniciatia normatia priatia.

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    os pro'ectos de ordenan#as deber"n referirse a una sola materia ' contendr"n laeposicin de motios, el articulado propuesto ' las disposiciones +ue sustitu'e, deroga oreforma.

    A'+. ;.- I&!%!$ 2e( T')!+e.-Lna e# presentado el pro'ecto de ordenan#a, el %lcalde o%lcaldesa lo remitir" a la !omisin de egislacin para +ue en el pla#o m"imo de treintad&as emita el informe sobre la constitucionalidad, legalidad, coneniencia ' recomiende su

    tr"mite con o sin modificaciones. Si no emitiere el informe en el pla#o fi-ado por el %lcalde o%lcaldesa, el conce-o la tramitar" prescindiendo del informe de la comisin.

    A'+.

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    A'+. ;8.- P'$)u(*%!=& 4 Pu/(!%*%!=&.-!on la certificacin delFa SecretarioFa, el e-ecutiomunicipal mandar" publicar la ordenan#a en la aceta Oficial /unicipal' en el dominio ebdel gobierno municipal. !uando se trate de normas tributarias las promulgar" ' mandar"publicar en el Registro Oficial para su plena igencia.

    (entro de los noenta d&as posteriores a la promulgacin, las remitir" directamente o por

    intermedio de la entidad asociatia a la +ue pertenece, en arcio digital a la %sambleaNacional, para +ue conste en el banco nacional de informacin.

    A'+. ;9.- V!e&%!*.- !uando la ordenan#a ubiere sido sancionada ' promulgada ser"inmediatamente aplicable sin per-uicio de su publicacin en el Registro Oficial, ecepto lasde car"cter tributario, +ue solo podr"n ser aplicadas a partir de su publicacin en el RegistroOficial.

    A'+. ;.- Pu/(!%*%!=& Pe'!=2!%*.-4or lo menos cada cuatro aos, la 4rocuradur&a Sindica/unicipal preparar" ' publicar" nueas ediciones de las ordenan#as codificadas, a las +uese incorporar"n las modificaciones +ue se le ubieren introducido. 4ara proceder a lapublicacin se re+uerir" de aprobacin del !once-o /unicipal, mediante Resolucin, en unsolo debate.

    a publicacin se ar" por la imprenta ' por medios inform"ticos.

    A'+. ;;.- O/(!*%!$&e" 2e( Se%'e+*'!$ $ Se%'e+*'!* 2e( C$&%e6$.- El Secretario oSecretaria del !once-o est" obligadoFa a remitir una copia de las ordenan#as sancionadaspor el %lcalde o %lcaldesa, as& como los acuerdos ' resoluciones a los conce-ales oconce-alas, directores, procurador s&ndico, ' m"s seridores encargados de su e-ecucin ' alos administrados +ue corresponda.

    CAPTULO II

    Re(*)e&+$", A%ue'2$" 4 Re"$(u%!$&e"

    A'+. ;

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    fi-ada para los funcionarios ' seridores municipales,sin per-uicio de +ue pueda a-ustar suorario a las necesidades +ue su gestin ei-a.

    as conce-alas ' conce-ales, por las caracter&sticas propias de sus atribuciones ' deberesespec&ficos preistos en el ordenamiento -ur&dico, laborar"n en -ornadas especialesconsistentes en el tiempo +ue duren las sesiones del !once-o, de las !omisiones ' de losespacios de participacin ciudadana a los +ue pertene#can8 para el cumplimiento de las

    delegaciones ' representaciones conferidas por el alcalde, alcaldesa o el !once-o8 ', paralas reuniones de traba-o +ue se efect5en dentro o fuera de la entidad municipal. Seprocurar" de-ar constancia escrita ' llear un registro indiiduali#ado de tales actos 'participacin.

    os seores ediles ar"n un informe semanal de las labores efectuadas,I) detallar lasactiidades +ue cumplir de acuerdo a las particularidades de cada municipalidad*I 'adem"s el obierno /unicipal celebrar" cuatro sesiones ordinarias al mes, las cuales seefectuar"n los d&asII de cada semana a partir de lasIIoras ' ser" debidamenteconocadas por el %lcalde, acogiendo lo +ue dispone el art&culo 31: del !digo Org"nico deOrgani#acin $erritorial ' (escentrali#acin ' etraordinarias cuando la situacin lo amerite.as sesiones etraordinarias ser"n conocadas con 2A6 oras de anticipacin pudiendo sercual+uier d&a de la semana.

    Se entender que est incluido en dicha remuneracin de los concejales, las actividadesque desarrollen dentro de la comisin que presidan, las actividades de fiscalizacin de sernecesario efectuar actividades fuera del cantn podr percibir viticos, subsistencias ymovilizacin.

    A'+.

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    1. El dcimo tercer sueldo, +ue es la asignacin complementaria e+uialente a ladoceaa parte del total de las remuneraciones percibidas durante el ao calendarioigente8 ' +ue el obierno /unicipal pagar" asta el 2A de diciembre de cada ao8

    2. El decimocuarto sueldo, es una bonificacin adicional +ue se paga en calidad debono escolar, ' +ue e+uiale a un salario b"sico unificado del traba-ador priado.

    3. El pago de los fondos de resera deber" aplicarse en el presupuesto del ao 2012,de conformidad con lo dispuesto en el %rt. 99 de la e' Org"nica del Sericio

    45blico, a partir del segundo ao de e-ercicio de dicas funciones en la !orporacin/unicipal.

    A'+.

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    per&odo etraordinario de sesiones, para tratar asuntos de su competencia, de conformidadcon lo dispuesto en la !onstitucin de la Rep5blica ' en el !OO$(%(. (ico receso se ar"en periodos de 16 d&as ininterrumpidos a fin de +ue las conce-alas ' los conce-ales aganuso del dereco a acaciones.El receso legislatio local se regular" a tras del Reglamento Dnterno +ue para el efectodicte el !once-o.

    A'+. @@.- I&>$')e 2e( Se%'e+*'!$ 2e( C$&%e6$.-4ara efectos del pago de la remuneracinde los conce-ales ' conce-alas, el Secretario del !once-o, remitir" a la (ireccin Cinanciera/unicipal, la certificacin sobre el n5mero de sesiones conocadas ' reali#adas, en el mes+ue conclu'e, as& como el detalle del n5mero de sesiones ' el porcenta-e de asistencia acada una de ellas, de cada conce-al.

    A'+. @.- Huedan derogadas todas las ordenan#as epedidas con anterioridad sobre laorgani#acin ' el funcionamiento del conce-o, as& como de a+uellas +ue fi-en las dietas delos conce-ales.

    A'+. @0.- V!e&%!*.- a presente ordenan#a entrar" en igencia a partir de su aprobacin,sin per-uicio de su publicacin en el Registro Oficial.

    DISPOSICIN GENERAL:

    En todo lo no preisto en la presente ordenan#a se aplicar" las disposiciones establecidaspara el efecto en el !OO$%( ' en las le'es coneas.

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

    P'!)e'*-% partir de la igencia del !digo Org"nico de Organi#acin $erritorial, %utonom&a' (escentrali#acin, faculta el pago de remuneraciones mensuales unificadas a faor de losmiembros del !once-o, el responsable de la Lnidad %dministratia del $alento Jumano del

    /unicipio, notificar" con el aiso de entrada al Dnstituto Ecuatoriano de Seguridad Socialpara la afiliacin de los miembros del !once-o8 ', la (ireccin Cinanciera efectuar" losa-ustes presupuestarios para el pago del dcimo tercer sueldo ' dem"s derecos 'obligaciones como consecuencia de su condicin de seridores p5blicos.

    (ado en el Sala de Sesiones del !once-o del obierno %utnomo (escentrali#ado /unicipalde III a los I. d&as del mes de I.. del 2016.