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Proyecto MásHumano: Análisis de propuestas Jesús R. Mercader Uguina Catedrático de Derecho y del Trabajo y Director del IRLE de la Fundación Sagardoy 1

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Proyecto MásHumano: Análisis de propuestas

Jesús R. Mercader UguinaCatedrático de Derecho y del Trabajo y Director del IRLE de la

Fundación Sagardoy

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I. Análisis de las propuestas en relación con la gestión de externos

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Gestión de externos

• Falta de claridad normativa (Artículo 42 del ET): altamente interpretable y que traslada inseguridad jurídica a las empresas

• Mayor racionalización de los indicios de "ilegalidad" o de presunción de "cesión ilegal", adaptándolas a la lógica, sentido común, y necesaria colaboración y contacto entre contratista y subcontratista.

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Delimitación de concepto de propia actividad

Problemas por su elevada afectación normativa:

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 42 y 43).

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (art. 24).

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

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Modificación del art. 42 ET• Pluralidad de posibles conceptos:

• Propia actividad como actividad normal.

• Propia actividad como misma actividad.

• Propia actividad como aquella que se corresponde con el objeto social definido en los Estatutos Sociales.

• Propia actividad como «actividad indispensable».

• Propia actividad como «actividad inherente». 5

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Definición de la cesión ilegal

• El art. 43 ET define de modo expreso la cesión ilegal de trabajadores, que hasta el momento venía confiada al intérprete.

- que el objeto de los contratos de servicios entre las empresas se limite a una mera puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria,

- o que la empresa cedente carezca de una actividad o de una organización propia y estable,

- o que no cuente con los medios necesarios para el desarrollo de su actividad,

- o que no ejerza las funciones inherentes a su condición de empresario.

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Propuesta de reforma• Debería incorporarse a la redacción del art. 43 ET una definición no solo positiva (como

actualmente incorpora), sino también negativa de aquellas situaciones que quedan expresamente excluidas de la consideración como cesión ilegal. A título ejemplificativo, los criterios indiciarios que deberían ser reconocidos podrían ser:

• 1. La identificación contractual de los medios del cliente o empresa cesionaria que deben ser puestos a disposición del cedente o subcontrata para asegurar la correcta obtención del bien y servicio requerido cuando los mismos incorporasen un alto grado de especialización productiva.

• 2. La admisión del uso compartido de las instalaciones y bienes de la empresa cesionaria cuando la subcontrata siempre que se justifique y delimite de forma precisa las razones que justifican dicho uso.

• 3. La empresa principal podrá definir los requisitos profesionales que deben cumplir las personas que vayan a prestar el servicio para garantizar la calidad del mismo, así como exigir la identificación de la persona o personas encargadas de coordinar las tareas, así como de dictar las correspondientes órdenes e instrucciones por parte de la empresa contratista.

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Apoyo al autoempleo

• “Emprendedor Express”

• Elementos a valorar: Contenido de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.

• “Interin Management”

• Elementos a valorar: Existencia práctica de la figura y calificación en función como laboral o no en función de su objeto.

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II. Propuestas en materia de flexiseguridad

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Propuestas de "acceso" al contrato de trabajo

• Apostar por la dinamización de la entrada de los jóvenes al mundo laboral. Apostar por los modelos europeos de acceso a la entrada al mercado laboral a través de las becas, siendo la remuneración de las mismas incompatible con el cobro del desempleo. Con independencia del tipo de beca o prácticas que sea (y de que cotice o no).

• Elementos a valorar: Contenido de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Apuesta por el trabajo a tiempo parcial

Elementos a valorar: Propuesta sobre trabajo a tiempo parcial.

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Crear una modalidad expresa de teletrabajo a tiempo parcial. Habría que articular un contrato de teletrabajo a tiempo parcial adecuado para prestaciones laborales que puedan ejecutarse con medios tecnológicos (móviles, ordenadores), con la exigencia de un registro de las horas prestadas a distancia

• Articulación de la propuesta

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Flexibilidad: aplicada a las licencias para potenciar el mejor encaje con las necesidades de negocio y las necesidades personales de los empleados (vacaciones flexibles, nuevas licencias para familias monoparentales, nuevas licencias para acompañamiento en quimioterapias, fraccionamiento por horas de las ya existentes, excedencias cortas con derechos equiparables a las obligatorias, etc).

• Retribución Flexible: ampliar los supuestos incluyendo conceptos relativos al cuidado de nuestros mayores: residencias, enfermeras, ayuda de terceras personas, etc. (Dependencia). Como medida de contingencia relacionada con la congelación de las pensiones, recortándose la subida pero potenciándose un mejor cuidado de nuestros mayores.

• Elementos a valorar: ¿Competencia de la Ley o de la negociación colectiva?

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Revisar/Aligerar la excesiva protección a determinados empleados amparados por derechos fundamentales (agentes sociales, etc) como barreras a la dinamización del mercado de trabajo y el esfuerzo que deben prestar todas las partes (Empresarios y empleados) para mejorar la situación laboral actual.

• Elementos a valorar: Límites constitucionales

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Formación: Considerada la formación como uno de los grandes retos formativos tras la nueva reforma, debe revisarse el papel de las Universidades Públicas, Escuelas de Negocio, etc como centros susceptibles de homologar la formación impartida en las empresas.

• Con el fin de encajar las nuevas necesidades de los universitarios (practicum) en las empresas, generar la posibilidad de contar con bolsas de horas susceptibles de completar las horas que las empresas deben destinar anualmente a sus empleados.

• Elementos a valorar: Desarrollo del sistema de formación dual. Riesgos de laboralidad y limitaciones por la Seguridad Social 15

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Propuestas "durante" la relación laboral derivada del contrato de trabajo

• Cobertura del 2% de la CUOTA RESERVADA PARA DISCAPACITADOS: ampliar el colectivo susceptible de cómputo incluyendo personas en riesgo de exclusión social igualmente (Violencia de género e Inmigrantes).

• Articulación de la propuesta

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Propuesta de cuota de flexiseguridad y Fondo de Capitalización: Líneas maestras

• 1º. Creación de una «cuota de flexiseguridad» del empresario y del trabajador a un “Fondo de capitalización” y eliminación de la indemnización por despido.

• 2º. Eliminación de la cotización por desempleo.

• 3º. Eliminación del sistema de revalorización de pensiones

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Propuesta de cuota de flexiseguridad y Fondo de Capitalización: Líneas maestras

• Se crearía de manera progresiva con aportaciones mediante la «cuota de flexiseguridad»:

• El titular sería el trabajador individual • Estaría controlado por el Estado y supervisado por los Agentes Sociales • La retirada de importes de dicho Fondo se produciría solo en los casos de baja en la compañía o

jubilación, y el trabajador podría decidir: a) Retirarlo todo o solo una parte; b) Recibirlo de manera mensual o en un único pago; c) La cantidad mensual a recibir…

• Eliminaría las indemnizaciones por despido (salvo en el periodo de transición) • Sustituiría las actuales prestaciones por desempleo salvo en el caso de que el remanente del Fondo no

fuera suficiente para cubrir una prestación similar a la actual (incluidos límites de tiempo y cotización) • Se podría «premiar» la búsqueda de trabajo con un incentivo a aquellos que reduzcan el periodo de

desempleo • El 100% del Fondo se rescataría en el momento de la jubilación, lo que se sumaría a la pensión

correspondiente (sin revalorizar). El Fondo incrementaría los ingresos actuales del Estado destinados a Seguridad Social, pero sería necesario calcular el límite máximo de desempleo o jubilación que este Fondo admite sin que el sistema colapse.

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Propuesta de cuota de flexiseguridad y Fondo de Capitalización: Articulación de la propuesta

• Reforma de las indemnizaciones por despido: Estatuto de los Trabajadores.

• Constitución del Fondo de Capitalización.

• Reforma de las cotizaciones por desempleo y FOGASA: Ley General de la Seguridad Social.

• Reforma de la revalorización de pensiones: : Ley General de la Seguridad Social. 19

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Propuesta de cuota de flexiseguridad y Fondo de Capitalización: Cuestiones a valorar

• 1. Se propone el abono de una cuota empresarial del 5,56%. Es preciso tener en cuenta que, en ningún caso los costes del despido han llegado a suponer más del 4% de los costes salariales totales, incluso en los periodos más duros de la crisis.

• 2. El sistema propuesto establece una extinción contractual acausal, en la que no existen consecuencias económicas diferenciadas para los supuestos en que la terminación del contrato se produzca por una razón legalmente reconocida e imputable al trabajador (despido disciplinario), debida a razones empresariales (despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) o que carezca de tal causa. Tal como se presenta la propuesta, la misma podría plantear problemas de constitucionalidad.

• 3. Debe valorarse el efecto social que produciría la práctica eliminación de las prestaciones por desempleo.

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2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 20120%

1%

2%

3%

4%

Coste del despido sobre coste salarial

Total Industria

Construcción Servicios

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Propuesta de “cuota” de flexiseguridad y Fondo de Capitalización : Cuestiones a valorar

• 4. En la propuesta se propone eliminar la revalorización de las pensiones. Para valorar su impacto y tomando como referencia la inflación de los últimos años, en 10 años de no haber operado la revalorización las prestaciones éstas habrían perdido un 23% de su valor, y en dos décadas el 44%. Si se toman en cuenta los últimos 30 años (que incluyen periodos algo más inflacionistas), las pensiones hubieran perdido un 72% de su valor.

• 5. En la propuesta no se detalla a quién se encomendaría la gestión del fondo; únicamente se indica que la “administración estaría supervisada por los agentes sociales”. Debe tenerse en cuenta que la buena gestión del fondo es clave para obtener un capital razonable en el momento de la jubilación. Para ello, se precisa una gestión profesionalizada, y la atribución de un papel clave a los agentes sociales posiblemente no sea la solución óptima. En este sentido, resulta aconsejable que se encomiende la administración a entidades financieras debidamente supervisadas y con unos criterios de inversión delimitados en cuanto al riesgo, pero admitiendo distintos perfiles entre los que pueda escoger el trabajador.

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