proyecto de presupuesto 2013 completo

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PROYECTO DE ACUERDO No. _____ (Octubre 12 de 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO 2013” EL CONCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículos 352 y 353 de la Constitución Política de Colombia, Ley 38/89, Ley 179/94, Ley 225/95, Ley 617/00, Los Decretos Reglamentarios 359/95, decreto ley 111/96, 2639/96, 2260/96, ley 819/03, ley 1483 de 2011, ley 1551 de 2012 y los Acuerdos Municipales: 032 de 2005 Estatuto Orgánico de Presupuesto, El acuerdo 010 de mayo 31 de 2012, por medio se aprueba el Plan de Desarrollo del Municipio de Itagüí “Unidos Hacemos el Cambio”, periodo 2012 -2015 y Resolución 14814 del10 de septiembre de 2012 por medio de la cual se aprueba el Plan Operativo Anual de inversiones para la vigencia 2013 ACUERDA: PRESUPUESTO DE INGRESOS Página 1 de 88

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PROYECTO DE ACUERDO No. _____

(Octubre 12 de 2012)

“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO 2013”

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículos 352 y 353 de la Constitución Política de Colombia, Ley 38/89, Ley 179/94, Ley 225/95, Ley 617/00, Los Decretos Reglamentarios 359/95, decreto ley 111/96, 2639/96, 2260/96, ley 819/03, ley 1483 de 2011, ley 1551 de 2012 y los Acuerdos Municipales: 032 de 2005 Estatuto Orgánico de Presupuesto, El acuerdo 010 de mayo 31 de 2012, por medio se aprueba el Plan de Desarrollo del Municipio de Itagüí “Unidos Hacemos el Cambio”, periodo 2012 -2015 y Resolución 14814 del10 de septiembre de 2012 por medio de la cual se aprueba el Plan Operativo Anual de inversiones para la vigencia 2013

ACUERDA:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

ARTICULO 1. Expedir el Presupuesto Anual de Ingresos del Municipio de Itagüí para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2013 por la suma de TRECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/L ($322.309’954.156), según la siguiente estimación para el presupuesto de ingresos:

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013

CONCEPTOS VALOR 2013

INGRESOS TOTALES 322.309.954.156

INGRESOS CORRIENTES 165.028.849.396

INGRESOS TRIBUTARIOS 155.468.718.360

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9.560.131.036

TRANSFERENCIAS 84.560.016.776

RECURSOS DE CAPITAL 72.721.087.984Cifras en pesos

ARTÍCULO 2. Expedir el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Municipio de Itagüí, para atender los Gastos de Funcionamiento, El Servicio de la Deuda Pública y el Gasto de Inversión Social, durante la vigencia fiscal del año 2013 comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de TRECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/L ($322.309’954.156), de acuerdo a la siguiente estimación del presupuesto de egresos:

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENCIA 2013

CONCEPTO VALOR 2013

GASTOS TOTALES 322.309.954.156

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 69.798.957.876

SERVICIO DE LA DEUDA 9.671.548.566

GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL 242.839.447.714

Cifras en pesos

Distribuidos así:

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MUNICIPIO DE ITAGÜÍ

PRESUPUESTO DE GASTOS 2013

SECCIÓN PRESUPUESTAL CONCEPTO VALOR

ADMINISTRACIÓN CENTRALGASTOS DE FUNCIONAMIENTO 62.484.307.336DEUDA PÚBLICA 9.671.548.566GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL 242.839.447.714

TOTAL ADMINISTRACIÓN CENTRAL 314.995.303.616

CONCEJO MUNICIPAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.980.367.780TOTAL CONCEJO MUNICIPAL 2.980.367.780

PERSONERÍA MUNICIPAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.080.873.280TOTAL PERSONERÍA MUNICIPAL 2.080.873.280

CONTRALORÍA MUNICIPAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.253.409.480TOTAL CONTRALORÍA MUNICIPAL 2.253.409.480

TOTAL ENTES DE CONTROL MUNICIPAL 7.314.650.540

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENCIA 2013 322.309.954.156Cifras en pesos

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DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

CONTEXTO NORMATIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN

ARTÌCULO 3. DISPOSICIONES GENERALES – CONTEXTO NORMATIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN: La ejecución presupuestal del Presupuesto Anual del Municipio de Itagüí para la vigencia 2013, deberá estar acorde con lo dispuesto en la normatividad vigente y expresamente en el Acuerdo 032 de 2005 (Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal), y demás normas concordantes que contemplen modifiquen o sustituyan. En coherencia con el Estatuto Orgánico de Presupuesto Nacional, Decreto 111 de 1996, y demás normas orgánicas que en materia presupuestal le complementen o sustituyan.

ARTICULO 4. CAMPO DE APLICACIÓN Y VIGENCIA. Las disposiciones generales contenidas en el presente Acuerdo rigen para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Municipio de Itagüí, para estos efectos, el Nivel Central, el Concejo Municipal, La Personería Municipal y la Contraloría Municipal, hacen parte del presupuesto Municipal.

Las disposiciones contempladas en el presente Acuerdo tendrán vigencia durante el período de tiempo comprendido entre el primero (01) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 2013.

CAPÍTULO II

DE LAS RENTAS E INGRESOS

ARTICULO 5. DE LOS INGRESOS MUNICIPALES. Corresponde a la Secretaría de Hacienda Municipal - Tesorería, el recaudo de la totalidad de las Rentas e ingresos que genere el Presupuesto Municipal. La ejecución del presupuesto municipal de los ingresos será de caja.

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ARTICULO 6. INEMBARGABILIDAD DE LOS RECURSOS PUBLICOS. El servidor público que reciba una orden de embargo de los recursos del Municipio de Itagüí, está obligado a solicitar la constancia sobre la naturaleza y origen de dichos recursos a la Secretaría de Hacienda Municipal, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la respectiva orden. La Secretaría Jurídica tramitará inmediatamente ante la autoridad competente el respectivo desembargo.

ARTICULO 7. RECURSOS DE COOPERACIÓN Y/O DONACIONES. Las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al presupuesto como Donaciones de Capital por decreto del Alcalde, previa certificación de su recaudo expedida por la Secretaría de Hacienda municipal.

ARTICULO 8. ADICIÓN CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Cuando se trate de adición de recursos provenientes de convenios interadministrativos, dicho Convenio servirá de base para efectuar la correspondiente adición, previo cumplimiento de las autorizaciones y requisitos presupuestales correspondientes de conformidad con la ley 1551 de 2012.

CAPÍTULO III

DEL DECRETO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

ARTICULO 9. LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO. La Secretaría de Hacienda efectuará las aclaraciones y correcciones de leyenda necesaria para enmendar los errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación que figuren en el Acuerdo del presupuesto y sus modificatorios para la vigencia fiscal de 2013.

ARTICULO 10. PLAN DE CUENTAS. El Plan de Cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría de Hacienda, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los Órganos o Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Municipio de Itagüí, El Concejo Municipal, La Contraloría General de Itagüí y la Personería Municipal.

CAPITULO IV

DE LA EJECUCIÓN DE GASTOS

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ARTICULO 11. DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO. La disponibilidad de Ingresos para adiciones al presupuesto municipal, deberá certificarse por la Secretaría de Hacienda del Municipio, estableciendo la fuente de los recursos, los convenios o contratos que soportan dichos ingresos. Facúltese al Alcalde municipal para incorporar al presupuesto general para la vigencia fiscal de 2013, las existencias en caja y bancos y debido cobrar a 31 de diciembre de 2012 y para incorporar los nuevos recursos que se contraten y que no hubiesen sido previstos en el presupuesto inicialmente aprobado por el Honorable Concejo Municipal con su correspondiente contrapartida requerida.

Todas las adiciones o disminuciones se realizaran mediante Acto Administrativo expedido por el Señor Alcalde. De estas adiciones se informarán al Concejo Municipal en los informes de gestión que debe presentar la Secretaría de Hacienda.

ARTICULO 12. EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. La ejecución del Presupuesto General de Gastos del Municipio de Itagüí será de causación.

ARTICULO 13. DE LAS AFECTACIONES AL PRESUPUESTO DE GASTOS. Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados de disponibilidad presupuestal (CDP) previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender los gastos.

Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que los recursos con él financiados no sean desviados a ningún otro fin. En este registro se deberá indicar claramente el valor y plazo de las pretensiones a las que haya lugar. Esta operación es un requisito de perfeccionamiento de estos actos administrativos.

En consecuencia, ninguna autoridad podrá contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes, o en exceso del saldo disponible, o sin la autorización previa del Concejo Municipal, para comprometer vigencias futuras.

ARTICULO 14. PROGRAMACION PAC. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) debe estar en concordancia con los ingresos disponibles para poder efectuar los pagos de la Administración Municipal. En consecuencia, los órganos y entidades que conforman el

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Presupuesto Anual del Municipio, sólo podrán efectuar pagos hasta el monto autorizado en el respectivo PAC.

El PAC será exigible respecto a los gastos incorporados en el Presupuesto Anual del Municipio de Itagüí de la vigencia 2013, como también a las cuentas por pagar, reservas y pasivos exigibles

ARTICULO 15. PRIORIDAD EN PAGOS. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos que conforman el Presupuesto Anual y General del Municipio de Itagüí, deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos de personal, prestaciones sociales, servicios públicos domiciliarios, seguros, dotaciones de ley, sentencias, laudos, pensiones, cesantías, transferencias asociadas a la nómina, vigencias futuras utilizadas y servicio de la deuda.

ARTICULO 16. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Las apropiaciones financiadas con rentas provenientes de convenios interadministrativos, solo podrán comprometerse cuando los respectivos convenios se hayan perfeccionado.

ARTICULO 17. TRASLADOS PRESUPUESTALES. El Alcalde Municipal podrá efectuar traslados presupuestales correspondientes a Gastos de Funcionamiento, Servicio de la Deuda y Gasto Público Social (Programas de Inversión) y entre los mismos agregados, acatando lo estipulado para tal efecto en el Decreto Ley 111/1996 y el Acuerdo 032 de 2005 (Estatuto Orgánico del Presupuesto del Municipio de Itagüí), así como el Decreto Nacional 568 de 1996 y demás normas complementarias.

El Alcalde Municipal por medio de Decreto realizará traslados cuando durante la ejecución del Presupuesto General de Municipio sea indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes ó establecer nuevos servicios autorizados por la Ley y los Acuerdos. En tal sentido se podrá trasladar entre los diferentes agregados y componentes del presupuesto y en caso de existir, comprobados y certificados, valores sobrantes del Servicio de la Deuda se podrá reasignar recursos para Funcionamiento o Inversión de acuerdo a las necesidades que requiera el Gobierno Municipal.

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ARTICULO 18. GASTOS INHERENTES Y ACCESORIOS DERIVADOS DE COMPROMISOS INICIALMENTE ADQUIRIDOS. Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos, tales como los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios y demás gastos y costos inherentes o accesorios.

ARTICULO 19. PROHIBICION DE HECHOS CUMPLIDOS. Prohíbase expedir los actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos cuando no se reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos.

El incumplimiento de las obligaciones adquiridas por la administración municipal en virtud de los hechos cumplidos sólo podrá ser resuelto a partir de las figuras de Conciliación Prejudicial o Acta de Liquidación, esta última, para el caso de convenios o contratos.

ARTICULO 20. CAUSACION Y PAGO DE OBLIGACIONES Y SENTENCIAS JUDICIALES. El pago de providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbitrales y similares, se atenderá con los recursos asignados a la Secretaría Jurídica Municipal. Así mismo, se podrán pagar los gastos accesorios o administrativos que se generen como consecuencia del fallo de las providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbitrales y tutelas. Los gastos que se originen dentro de los procesos correspondientes serán atendidos con cargo a los rubros definidos para tal efecto.

Cuando las decisiones anteriormente señaladas se originen como consecuencia de la ejecución de proyectos de inversión u obligaciones pensiónales, la disponibilidad presupuestal se expedirá por el mismo rubro o proyecto que originó la obligación principal. Las demás decisiones judiciales se atenderán por el rubro de sentencias judiciales.

El Municipio de Itagüí pagará los fallos de tutela con cargo al rubro que corresponda a la naturaleza del negocio fallado. Para pagarlos, en primera instancia se deben efectuar los traslados presupuestales requeridos, con cargo a los saldos de apropiación disponibles durante la vigencia fiscal en curso. En caso de que no sea viable pagar con cargo al rubro correspondiente se procederá a cancelar con cargo al rubro sentencias y conciliaciones.

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Con cargo a las apropiaciones del rubro sentencias y conciliaciones, se podrán pagar todos los gastos originados en los tribunales de arbitramento, así como las cauciones o garantías bancarias o de compañía de seguros que se requieran en procesos judiciales.

ARTICULO 21. BIENESTAR Y CAPACITACION. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la ley no haya establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios particulares y directos, en dinero o en Especie.

De conformidad con la ley 1551 de 2012, el Alcalde Municipal deberá establecer en el presupuesto del municipio una partida presupuestal con el fin de financiar los gastos que por concepto de bienestar social, incentivos y capacitación se generen durante la vigencia fiscal. Se autoriza al Alcalde Municipal para establecer un rubro específico para los diferentes programas de capacitación de los servidores públicos municipales, pudiendo incluir en los mencionados programas a los Concejales Municipales de conformidad con lo conceptuado por el Consejo de Estado y la ley 1551 de 2012.

ARTÍCULO 22. CONVENIOS DE ASOCIACIÓN: El Alcalde Municipal queda facultado para suscribir contratos o convenios interadministrativos con Entidades públicas y privadas y los establecidos en los artículos 95 y 96 de la ley 489 de 1998, por la cuantía que requiera, para el cabal cumplimiento de los programas contemplados en el Plan Operativo anual de Inversiones.

ARTÍCULO 23. CONTRATOS Y CONVENIOS: El Alcalde Municipal queda facultado para suscribir los contratos y convenios a que haya lugar conforme a los procedimientos previstos en las normas contractuales y en especial los establecidos en el parágrafo 4º del artículo 18 de la ley 1551 de 2012, para el cabal cumplimiento de los programas contemplados en el Plan Municipal de Desarrollo (Acuerdo 010 de 2012) artículo 39.

Alcalde Municipal podrá celebrar convenios solidarios con los organismos de acción comunal, organizaciones civiles y asociaciones para el cumplimiento o la ejecución de determinadas funciones, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 6° de la ley 1551 de 2012.

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ARTICULO 24. CRUCE DE CUENTAS. Con el fin de promover el saneamiento económico, financiero y contable de todo orden, se autoriza a la Secretaría de Hacienda, para efectuar cruce de cuentas sin afectación presupuestal sobre las deudas que recíprocamente tenga.

Podrá realizar cruce de cuentas con la Nación, sus entidades descentralizadas, otras entidades territoriales y entidades privadas que cumplan funciones públicas, sobre las obligaciones que recíprocamente tengan. En ambos casos, debe existir acuerdo previo escrito acerca de las condiciones y términos del cruce de cuentas. Estas operaciones contablemente se regirán por lo señalado en las normas contables.

ARTÍCULO 25. REDUCCIÓN O APLAZAMIENTO DEL PRESUPUESTO: En cualquier mes del año fiscal, el Alcalde, previo concepto del Consejo de Gobierno podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales.

Cuando el Alcalde se viera precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará por medio de Decreto las apropiaciones a las que se aplican unas u otras medidas y cuáles serán las dependencias u órganos a los cuales se les aplicará.

ARTICULO 26. INCORPORACIONES: Autorizase al Alcalde para adicionar e incorporar por Decreto al Presupuesto General del Municipio los recursos del crédito aprobados y los ingresos provenientes de Sistema General de Participaciones, convenios, contratos, aportes con destinación específica que se obtengan o celebren con entidades del orden Nacional, Departamental, Sistema de Regalías y en general los recursos provenientes para la cofinanciación de proyectos, así como los gastos que deban financiarse con dichos recursos, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 3 y la ley 1551 de 2012.

ARTÍCULO 27. RENDIMIENTOS FINANCIEROS: Los rendimientos financieros generados por los recursos de destinación específica se adicionarán al presupuesto conforme lo disponga la Ley, Ordenanza o Acuerdo que defina la destinación de la renta. No obstante, si dichos actos administrativos no disponen la destinación de los rendimientos que llegaren a generarse, estos podrán ser adicionados mediante Decreto a los proyectos financiados originalmente por la renta de destinación específica

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ARTÍCULO 28. CRÉDITOS DE TESORERÍA: El Alcalde Municipal podrá efectuar créditos de tesorería cuando las situaciones de liquidez así lo ameriten. Estos créditos no tendrán ningún registro presupuestal y deberán cancelarse durante la vigencia fiscal. Los costos financieros que se ocasionen por estos créditos se cargarán al rubro presupuestal que se está financiando con ellos.

ARTÍCULO 29. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO: El Alcalde Municipal dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la vigencia del presente Acuerdo, procederá a reglamentar el presupuesto participativo de conformidad con la ley 1551 de 2012 y demás normas complementarias.

En todo caso, las modificaciones de las inversiones de Presupuesto Participativo deberán ser concertadas y priorizadas con la comunidad y las Juntas Administradoras Locales o Juntas de Acción Comunal de donde pertenecen, mediante el mecanismo establecido para tal fin por la administración.

Las dependencias al solicitar las modificaciones presupuestales de las inversiones de Presupuesto Participativo deberán hacer alusión a la concertación con la comunidad y la soportarán con la respectiva acta.

En todo caso, tales modificaciones no pueden ser por fuera de la comuna o territorio comunal que origina el Presupuesto Participativo.

Autorizase al Alcalde Municipal para realizar las modificaciones que sean necesarias al presupuesto municipal con el fin de incorporar las partidas que se requieran para darle cumplimiento al presupuesto participativo.

CAPÍTULO V

DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR

ARTICULO 30. REPORTE DE RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR. Los órganos que conforman el Presupuesto Anual del Municipio de Itagüí, deberán reportar a

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la Secretaría Hacienda municipal, en la fecha, formatos y medios que para el efecto se determinen, las reservas presupuestales y las cuentas por pagar constituidas a 31 de diciembre de 2012 originadas en obligaciones legalmente adquiridas.

Las primeras, serán constituidas por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y la segunda por el ordenador del gasto, y el tesorero municipal.

Facúltese al Alcalde municipal para realizar la incorporación mediante Decreto al presupuesto de la vigencia 2013, de las reservas presupuestales que se constituyan mediante acto administrativo de aquellas obras, bienes y servicios que por cualquier causa ajena al Municipio de Itagüí, el contratista no pudo entregar y se dispone del recurso en caja y por alguna razón no es posible pactar al 31 de diciembre como fecha máxima de entrega y se requiere superar el año fiscal.

ARTICULO 31. PAC DE CUENTAS POR PAGAR. La Secretaría de Hacienda municipal - Tesorería municipal elaborará el PAC de las cuentas por pagar, constituidas al finalizar el año 2.012 y lo someterá a consideración del COMFIS municipal.

ARTICULO 32. FENECIMIENTO DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES NO EJECUTADAS. Las reservas presupuestales que al cierre de la vigencia fiscal de 2012 hayan constituido los órganos que conforman el Presupuesto Anual y no hubieran sido ejecutadas a 31 de diciembre del 2013, fenecerán presupuestalmente.

CAPÍTULO VI

CERTIFICADOS DE VIABILIDAD PRESUPUESTAL

ARTICULO 33. VINCULACION DE PERSONAL. Para el nombramiento de personal en cargos vacantes, la Secretaría de Hacienda expedirá previamente una certificación en la que conste que existe saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso.

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Toda provisión de empleo de los Servidores Públicos deberá corresponder a empleos previstos en la planta de personal. Toda provisión de cargos que se haga con violación a este mandato carecerá de validez y no creará derecho adquirido.

ARTICULO 34. MODIFICACION PLANTA DE PERSONAL. Las modificaciones a la planta de personal, requerirán certificación de viabilidad presupuestal expedida por la Secretaría de Hacienda, con observancia de lo establecido en la Ley 617 de 2000 y previo el cumplimiento de los procedimientos y requisitos que establezca el Despacho del Sr Alcalde municipal.

PARÁGRAFO: En desarrollo del artículo 40 del Acuerdo Municipal 010 de 2012 (Plan de Desarrollo Municipal), el Alcalde Municipal podrá modificar en cualquier tiempo el presupuesto municipal con el fin de apropiar los recursos necesarios para cumplir con la obligación contenida en dicha norma, con criterios de calidad, oportunidad, seguridad y transparencia, que satisfaga y corresponda con las necesidades de los ciudadanos y las ciudadanas.

CAPÍTULO VII

OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

ARTICULO 35. FACULTADES PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. El Alcalde Municipal de Itagüí podrá contratar recursos del crédito, operaciones de crédito asimiladas y a otorgar las garantías necesarias conforme a las normas de contratación vigentes en materia de crédito público, para financiar los programas y proyectos del plan Operativo Anual de Inversiones de la vigencia 2013, dentro del cupo de endeudamiento otorgado por el Honorable Concejo municipal mediante Acuerdo Municipal 010 de 2012 (Plan de Desarrollo Municipal) y cumpliendo todos los requisitos establecidos en la Ley 358 de 1997 y Ley 819 de 2003.

ARTICULO 36. SERVICIO DE LA DEUDA. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas

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con las operaciones de crédito, así como los contratos de calificación de riesgo ley 819 de 2003 se pagarán con cargo a las apropiaciones del servicio de la deuda.

ARTICULO 37. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DEL SERVICIO DE LA DEUDA. Cuando la apropiación presupuestal para el servicio de la deuda pública cuente con disponibilidad de recursos suficientes, podrán realizarse otras operaciones de manejo de la deuda pública que contribuyan a mejorar el perfil del endeudamiento del Municipio de Itagüí.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES VARIAS

ARTICULO 38. INFORME DE EJECUCION PRESUPUESTAL. La Secretaría de Hacienda Municipal, Subsecretaría de Presupuesto, enviará a las diferentes dependencias y órganos que conforman el presupuesto Municipal, la ejecución presupuestal dentro de los quince (15) primeros días de cada mes.

La Dirección de Planeación municipal enviará semestralmente al Concejo municipal un informe sobre el cumplimiento de los planes de acción.

ARTICULO 39. FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS. Para la correcta ejecución del Presupuesto de los Fondos de Servicios Educativos, los Rectores o Directores de los establecimientos Educativos deberán observar las disposiciones contenidas en los Actos Administrativos que expida la Administración Municipal para tal efecto.

ARTICULO 40. ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS AL SECTOR SALUD. En ningún caso podrán administrarse recursos destinados al sector salud por fuera de las subcuentas que conforman el Fondo Local de Salud de Itagüí.

ARTICULO 41. CUENTAS MAESTRAS. Las subcuentas de “Régimen Subsidiado de Salud”, “Prestación de Servicios de Salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda”, y de “Salud Pública Colectiva”, deben manejarse a través de cuentas maestras, entendiéndose por tales las registradas para la recepción de los recursos de las mencionadas subcuentas y , que sólo

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aceptan como operaciones debito aquellas que se destinan a otra cuenta bancaria que pertenece a una persona jurídica o natural beneficiaria de los pagos y que se encuentre registrada en cada cuenta maestra.

ARTICULO 42. ATENCION INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Para la ejecución de los recursos asignados para la atención de la infancia y la adolescencia, se le dará estricto cumplimiento a las acciones que en los proyectos de inversión del respectivo presupuesto, están encaminadas a garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes, conforme al nuevo Plan de Desarrollo Municipal 2012 – 2015 y en concordancia con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1098 de 2006, “Código de la Infancia y la Adolescencia”. Así mismo, durante la vigencia 2013 la Secretaría de Hacienda, efectuará los ajustes presupuestales necesarios y pertinentes, de conformidad con los requerimientos que se exijan.

ARTÍCULO 43. COBERTURA DE RIESGOS: El Municipio de Itagüí podrá constituir mediante patrimonio autónomo los fondos a que se refiere el artículo 107 de la Ley 42 de 1993. Los recursos que se coloquen en dichos fondos ampararán los bienes del Estado cuando los estudios técnicos indiquen que es más conveniente la cobertura de los riesgos con reservas públicas que con seguros comerciales.

Cuando los estudios técnicos permitan establecer que determinados bienes no son asegurables o que su aseguramiento implica costos de tal naturaleza que la relación costo-beneficio del aseguramiento es negativa, o que los recursos para autoprotección mediante fondos de aseguramiento son de tal magnitud que no es posible o conveniente su uso para tal fin, se podrá asumir el riesgo frente a estos bienes y no asegurarlos ni ampararlos con fondos de aseguramiento.

También podrán contratar un seguro de responsabilidad civil para servidores públicos, mediante el cual se ampare la responsabilidad de los mismos por actos o hechos no dolosos ocurridos en ejercicio de sus funciones, y los gastos de defensa en materia disciplinaria, penal y fiscal que deban realizar.

ARTICULO 44. AUTORIZACION Y RECONOCIMIENTO EN DINERO DE DIAS COMPENSATORIOS. La Secretaría de Servicios Administrativos podrá ordenar pagar en dinero, a los funcionarios que por norma tienen derecho a ello, los días compensatorios que se hubieren causado hasta el 31 de diciembre de 2013, siempre que exista disponibilidad presupuestal y cuando por necesidades del servicio éstos no se pudieran conceder.

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ARTICULO 45. PAGO DE VIATICOS. El Gobierno municipal establecerá una reglamentación especial, bajo parámetros de razonabilidad y austeridad, el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de viaje para aquellos servidores públicos, que en desarrollo de su función tengan que desplazarse y/o pernoctar fuera de la jurisdicción.

ARTICULO 46. ENAJENACIÓN DE INMUEBLES: Autorizase al Alcalde Municipal para enajenar los inmuebles de propiedad del Municipio que se encuentren saneados y que no requieran para el ejercicio de sus funciones, incluidos aquellos que por acto público o privado sean sujetos de una destinación específica y que no estén cumpliendo con tal destinación.

Los recursos que se obtengan por la venta de los enunciados inmuebles deberán ser destinados a financiar proyectos de inversión contemplados en el Plan de Desarrollo Municipal.

ARTÍCULO 47. COMUNICACION Y DIVULGACION. Para la comunicación y divulgación de programas y acciones de la Administración Municipal, se tendrán en cuenta los medios alternativos con criterio pluralista, se aplicará lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011, artículo 10.

ARTÍCULO 48. VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir del primero (01) de enero y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2013 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO 49. ANEXOS: El presente Acuerdo se acompaña con los anexos informativos que contienen el detalle de ingresos y gastos, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Plan Operativo de Inversión - POAI.

Dado en el Municipio de Itagüí a los 12 días del mes de octubre de dos mil doce 2012, después de haber sido discutido y aprobado en dos (2) debates de diferentes fechas.

CARLOS ANDRES TRUJILLO GONZÁLEZ ELIANA MARÍA ARIAS RAMÍREZAlcalde Municipio Secretaria de Hacienda

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JORGE ELIECER ECHEVERRI JARAMILLOJefe de Oficina Jurídica

ANEXOS

El presente Acuerdo se acompaña con los siguientes anexos: (i) Detalle de los Ingresos, ii) Detalle de los Gastos iii) El Marco Fiscal de Mediano Plazo y el (iv) Plan Operativo de Inversión - POAI.

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ANEXO NO. 1

DETALLE DE INGRESOS

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

INGRESOS TOTALES322.309.954.

156

INGRESOS CORRIENTES165.028.849.

396

INGRESOS TRIBUTARIOS155.468.718.

360

Predial Unificado44.452.000.00

0

Ipu Corantioquia (sobretasa ambiental) 250.000.000

Ipu Área Metropolitana (sobretasa Metropolitana)10.298.000.00

0

Industria y Comercio70.000.000.00

0

Avisos y Tableros 4.384.500.120

Sobretasa Bomberil de Industria y Comercio 1.050.000.000

Sobretasa a la Gasolina y ACPM 5.683.600.000

Impuesto a las Ventas por el Sistema de Clubes 22.776.624

Publicidad Exterior Visual (Ley 140/94) 219.006.000

Alumbrado Público 6.458.400.000

Delineación Urbana 2.186.000.000

Impuesto de Vehículos Automotores 20% Mpal 1.355.320.000Contribución Parafiscal Cultural Espectáculos Públicos (10% boletería) 5.000.000

Impuesto de Teléfonos Municipal 4.327.558.560Contribución Especial Fondo de Seguridad (Cont. de Obra Pública 5%) 3.000.000.000

Regalías Directas por Extracción de Materiales 5.694.156

Estampilla ProAdulto Mayor Centro de Vida 900.000.000Página 18 de 88

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

Estampilla ProAdulto Mayor Dotación y Funcionamiento 400.000.000

Estampilla Procultura 329.604.030

Estampilla Procultura Seguridad Social 47.086.290

Estampilla Procultura Pasivo Pensional 94.172.580

INGRESOS NO TRIBUTARIOS9.560.131.03

6

Rentas Contractuales 120.000.000

Arrendamientos Bienes Muebles e Inmuebles 100.000.000

Otras Rentas Contractuales 20.000.000

Tasas 1.000.000

Aprovechamiento Económico del Espacio Público 1.000.000

Multas y Sanciones1.551.433.47

4

Multas por Infracciones de Tránsito y Transporte 1.420.064.434

Multas Urbanísticas 10.950.300Multas de Gobierno (Lotes sin Cerrar-Inspecciones-Contravenciones) 2.190.060

Sanciones Establecimientos de Industria y Comercio 83.049.860

Sanciones del 20% Cheque Insufondos 5.015.975

Sanciones Impuesto Telefónico 7.049.535

Sanciones Alumbrado Público 11.470.765

Comparendo Ambiental 8.000.000

Multas de Salud 2.000.000

Otras Multas y Sanciones 1.642.545

Intereses2.862.712.99

8

Intereses de Mora Predial 1.250.000.000

Intereses de Mora Industria y Comercio 800.000.000

Intereses de Mora Avisos y Tableros 136.442.598

Intereses de Mora Impuesto de Vehículos Automotores 32.129.275

Intereses de Mora Rentas Contractuales 1.000.000Página 19 de 88

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

Intereses por Acuerdos de Pago 624.000.000

Otros Intereses 19.141.124

VENTA DE SERVICIOS4.788.324.82

0

Servicios de Tránsito y Transporte Municipal 3.825.344.820

Ingresos Parque Ditaires 873.540.000

Expedición de Paz y Salvos Catastro y Valorización 89.440.000

Otros Servicios 0

OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 236.659.744

Cuotas Partes Jubilatorias 136.659.744

Compensaciones Obligaciones Urbanísticas (Cesión Fajas de Terreno) 50.000.000

Compensaciones Equipamiento Comunitario 50.000.000

Otros Ingresos No Tributarios 0

TRANSFERENCIAS ESPECIALES (INVERSIÓN)82.212.519.6

78

Sector Educación52.663.768.0

00

S.G.P. Prestación del Servicio Población Atendida 12/12 42.471.328.223

S.G.P. Calidad de la Educación 12/12 1.670.000.000

SGP SSF Aportes Patronales Educación 6.092.656.777

SGP SSF Gratuidad (Cobertura Educativa) 2.429.783.000

SGP Propósito General6.783.099.73

5

S.G.P. Cultura 11/12 354.050.772

S.G.P. Cultura 1/12 32.186.434

S.G.P. Recreación y Deportes 11/12 472.067.694

S.G.P. Deportes 1/12 42.915.245

S.G.P. Atención Integral a la Primera Infancia 92.329.113

S.G.P. Fonpet SSF 831.038.949

S.G.P. Libre Inversión 11/12 4.545.302.234

S.G.P. Libre Inversión 1/12 413.209.294Página 20 de 88

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

S.G.P. Alimentación Escolar 234.436.002

S.G.P. Alimentación Escolar 11/12 214.899.669

S.G.P. Alimentación Escolar 1/12 19.536.334

S.G.P. Agua Potable y Saneamiento Básico2.982.177.29

2

S.G.P. Agua Potable y Saneamiento Básico 11/12 2.733.662.518

S.G.P. Agua Potable y Saneamiento Básico 1/12 248.514.774

Salud19.549.038.6

49

SGP SSF Régimen Subsidiado Continuidad 11/12 8.442.741.492

SGP SSF Régimen Subsidiado Continuidad 1/12 767.521.954

SGP Prestación de Servicios Oferta 11/12 1.324.058.650

SGP Prestación de Servicios Oferta 1/12 343.846.014

SGP SSF Aportes Patronales Salud 12/12 700.786.391

SGP Salud Pública 11/12 1.324.058.650

SGP Salud Pública 1/12 120.368.968

Fosyga SSF 5.725.656.531

COLJUEGOS antes Etesa - Régimen Subsidiado Y Funcionamiento 800.000.000

TOTAL OTRAS TRANSFERENCIAS2.347.497.09

8

OTRAS TRANSFERENCIAS 0

Convenio ICBF Restaurantes Escolares 0

Otros Convenios Nacional 0

TRANSFERENCIAS Y COFINANCIACIÒN DEPARTAMENTAL 595.524.864

Convenios Departamentales 0

SSF Régimen Subsidiado Recursos Caja Cofinanciación Privada 479.208.834

Transferencias LEY 99 EPM 16.316.031Transferencias Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso - Alcantarillado 100.000.000

FONDOS ESPECIALES (Fondo de Vivienda)1.751.972.23

4

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

Amortización de Capital 833.041.882

Intereses Corrientes 10.309.937

Intereses de Mora 7.567.414

Transferencias al Fondo de Vivienda 901.053.000

RECURSOS DE CAPITAL72.721.087.9

84

RECURSOS DEL CRÉDITO12.421.087.9

84

Crédito Interno Banca Nacional12.421.087.98

4

Crédito Interno Instituto de Desarrollo Departamental 0

RECUPERACIÓN DE CARTERA (Diferentes a Tributarios)60.000.000.0

00

Gestión Tributaria y Recuperación Predial Unificado25.000.000.00

0

Gestión Tributaria y Recuperación Industria y Comercio35.000.000.00

0

Otras Recuperaciones de Cartera 0

RECURSOS COFINANCIADOS 0

Convenios Nacionales 0

Convenios Nacionales 0

Convenios Entidades Descentralizadas 0

Convenios Entidades Descentralizadas 0

REGALÍAS 0

Regalías Indirectas 0

RECURSOS DEL BALANCE 0

Recursos del Balance 0

SUPERAVIT 0

RB SGP Educación 0

RB SGP Régimen Subsidiado 0

RB SGP Salud Oferta 0Página 22 de 88

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

RB SGP Salud Pública 0

RB SGP Propósito General Otros Sectores 0

RB SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 0

RB Otros Recursos con Destinación Especifica 0

RB Recursos Propios 0

RECURSOS QUE RESPALDAN RESERVAS PRESUPUESTALES 0

Reservas S.G.P. Educación 0

Reservas SGP Régimen Subsidiado 0

Reservas SGP Oferta Población Pobre 0

Reservas SGP Salud Pública 0

Reservas de Fosyga 0

Reservas SGP PG Otros Sectores 0

Reservas SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 0

Reservas Recursos Propios 0

Reservas Otras Rentas Especificas 0

CANCELACIÓN DE RESERVAS 0

Cancelación de Reservas SGP 0

Cancelación de Reservas Recursos Propios 0

Cancelación de Reservas Otras Rentas Especificas 0

VENTA DE ACTIVOS 0Venta de Bienes Inmuebles 0Venta de Otros activos 0

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 300.000.000

RF Recursos Propios 300.000.000

RF S.G.P. Calidad de la Educación 0

RF Régimen Subsidiado 0

RF Salud Pública 0

RF Oferta 0

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013PROYECTO

PRESUPUESTO 2013

RF S.G.P. Propósito General 0

RF S.G.P. Agua Potable y Saneamiento Básico 0

RF S.G.P. Atención Integral a la Primera Infancia 0

RF ICBF Restaurantes Escolares 0

RF de Fosyga 0

RF Otras Fuentes 0

RF Convenios Área Metropolitana 0

RF Convenios con Corantioquia 0

DONACIONES 0

Donaciones Sector Privado 0Cifras en pesos

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ANEXO No. 2

DETALLE DE LOS GASTOS

DESCRIPCIONSERVICIOS

PERSONALESGASTOS

GENERALES TRANSFERENCIASTOTAL

FUNCIONAMIENTOSERVICIO DE LA

DEUDATOTAL

INVERSION TOTAL GASTOS

ALCALDIA 2.308.240.864 287.120.896 2.595.361.760 2.800.237.204 5.395.598.964GENERAL 1.176.866.451 1.425.123.121 2.601.989.572 2.670.000.000 5.271.989.572JURIDICA 1.776.805.767 84.077.740 2.198.857.545 4.059.741.052 800.000.000 4.859.741.052HACIENDA 4.146.709.547 465.061.983 2.253.409.480 6.865.181.010 9.671.548.566 13.980.918.020 30.517.647.596SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 11.428.878.283 13.049.989.200 7.567.908.757 32.046.776.240 2.621.972.234 34.668.748.474DEPORTE Y RECREACION 1.181.949.519 37.990.400 1.219.939.919 8.788.635.349 10.008.575.268PLANEACION 1.387.857.286 174.248.100 1.562.105.386 12.676.087.984 14.238.193.370PARTICIPACION Y BIENESTAR 1.512.032.186 18.062.400 1.530.094.586 7.480.329.113 9.010.423.699EDUCACION 2.647.868.352 54.229.600 2.702.097.952 80.650.921.030 83.353.018.982INFRAESTRUCTURA 1.165.171.147 92.601.600 1.257.772.747 57.093.219.936 58.350.992.683SALUD 1.327.546.990 139.559.600 1.467.106.590 30.562.683.487 32.029.790.077TRANSITO Y TRANSPORTE 864.779.030 44.707.620 909.486.650 4.920.064.434 5.829.551.084GOBIERNO 2.887.727.506 251.173.890 3.138.901.396 8.974.940.000 12.113.841.396AREA DE GESTION URBANA 695.383.800 69.430.000 764.813.800 2.000.000.000 2.764.813.800CONCEJO 2.664.060.317 300.633.243 15.674.220 2.980.367.780 0 2.980.367.780PERSONERIA 1.454.554.516 608.800.295 17.518.469 2.080.873.280 0 2.080.873.280PRIVADA 123.818.908 28.662.400 152.481.308 0 152.481.308CONTROL INTERNO 260.520.668 23.662.400 284.183.068 0 284.183.068MEDIO AMBIENTE 909.496.105 23.662.400 933.158.505 4.943.438.923 5.876.597.428GERENCIA 622.862.875 23.662.400 646.525.275 1.876.000.000 2.522.525.275TOTAL 40.543.130.117 17.202.459.288 12.053.368.471 69.798.957.876 9.671.548.566 242.839.447.714 322.309.954.156

Cifras en pesos

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ANEXO No. 3

MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO(2013 – 2023)

LEY 819 de 2003

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RESOLUCIÓN 15318Septiembre 26 de 2012

POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO, PARA EL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ.

El Alcalde del Municipio de Itagüí y su consejo de política fiscal, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial por las otorgada por el acuerdo 032 de 2005, artículo trece,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese el siguiente marco fiscal de mediano plazo como instrumento de referencia con perspectiva de diez años para la definición de políticas fiscales y financieras, orientadas a garantizar la viabilidad y sostenibilidad de las finanzas públicas de la entidad territorial municipio de Itagüí y para soportar la toma de decisiones en la elaboración de los presupuestos anuales, el cual tendrá las siguientes generalidades:

1. INTRODUCCIÓN

La planificación financiera de las entidades públicas del sector central y descentralizado, permiten visualizar en el mediano plazo, las posibilidades de desarrollo económico territorial y social como elementos esenciales para la consolidación de ciudad, propendiendo por la búsqueda de la disminución del índice de necesidades básicas insatisfechas, reducción en la línea de pobreza; obteniendo mejor calidad de vida e índices de desarrollo humano de sus pobladores con multiplicadores de la economía local adecuados.

Siendo fundamental para ello la adecuada focalización del gasto público social sin que los costos de operación y mantenimiento superen los nuevos ingresos generados por los flujos futuros de recursos provenientes de las actividades económicas conexas a la ejecución de las inversiones estructurales de formación bruta de capital y la disminución de los programas asistenciales, lo que requiere un inventario permanente y debidamente valorado de toda la infraestructura existente de todos los sectores de conformidad con las competencias del municipio para lograr un desarrollo creciente y sostenible lo que requiere de una buena disciplina y aplicación de política fiscal tal como lo establece las normas que regulan la materia en especial la Ley 819 de 2003, que define el concepto y el alcance, así:

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“Artículo 2o. Superávit primario y sostenibilidad. Cada año el Gobierno Nacional determinará para la vigencia fiscal siguiente una meta de superávit primario para el sector público no financiero consistente con el programa macroeconómico, y metas indicativas para los superávit primarios de las diez (10) vigencias fiscales siguientes. Todo ello con el fin de garantizar la sostenibilidad de la deuda y el crecimiento económico. Dicha meta será aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, COMFIS. Las metas de superávit primario ajustadas por el ciclo económico, en promedio, no podrán ser inferiores al superávit primario estructural que garantiza la sostenibilidad de la deuda. La elaboración de la meta de superávit primario tendrá en cuenta supuestos macroeconómicos, tales como tasas de interés, inflación, crecimiento económico y tasa de cambio, determinados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Banco de la República .

Sin perjuicio de los límites a los gastos de funcionamiento establecidos en la Ley 617 de 2000, o en aquellas leyes que la modifiquen o adicionen, los departamentos, distritos y municipios de categorías especial, 1 y 2 deberán establecer una meta de superávit primario para cada vigencia con el fin de garantizar la sostenibilidad de su respectiva deuda de acuerdo con lo establecido en la Ley 358 de 1997 o en aquellas leyes que la modifiquen o adicionen. La meta de superávit primario que garantiza la sostenibilidad de la deuda será fijada por el COMFIS o por la Secretaría de Hacienda correspondiente y aprobado y revisado por el Consejo de Gobierno. Parágrafo: Se entiende por superávit primario aquel valor positivo que resulta de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes a desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones, utilidades del Banco de la República (para el caso de la Nación), y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial”. De esta manera, a partir de la expedición de esta Ley, los Departamentos, Distritos y Municipios de Categoría Especial, primera (caso Itagüí) y segunda están en la obligación de fijar metas anuales de balance primario, en escenarios de proyección de 10 años, consistentes con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Dichas metas deberán ser fijadas por el COMFIS en aquellas entidades territoriales que, siguiendo los lineamientos del Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional, lo tienen conformado; o por la Secretaría de Hacienda en aquellas entidades territoriales que no tienen este órgano Asesor. La aprobación la deberá hacer el respectivo Consejo de Gobierno. También es importante hacer referencia a que la metodología utilizada para hacer la construcción y elaboración del Marco Fiscal de Mediano Plazo, la estamos haciendo con base en las recomendaciones dadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público:

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“El Marco Fiscal de Mediano Plazo, entendido como una herramienta de planeación financiera a partir de la cual se harán públicas las metas de balance primario requeridas para garantizar la sostenibilidad fiscal, deberá ser presentado al mismo tiempo que se presenta el proyecto de presupuesto para discusión y aprobación del Concejo o Asamblea. Los supuestos macroeconómicos de variables tales como tasa de interés, inflación, tasa de cambio, PIB nacional, necesarios para la elaboración de los escenarios de proyección financiera del marco fiscal de mediano plazo podrán ser iguales a los utilizados por el gobierno nacional en la determinación de sus metas fiscales. Para este caso, tomamos como referencia las variables de proyección macroeconómica del Banco de la República (IPC, PIB) que están expresas allí como base de cálculo. A partir de estos supuestos y la información propia de ejecución presupuestal en materia de ingresos corrientes, recursos de capital, gastos de funcionamiento y de inversión, la entidad territorial fijará anualmente su meta de balance primario, dentro del proyecto de presupuesto correspondiente. En consecuencia, la responsabilidad legal de fijar metas de ingresos realistas que limiten el riesgo de validar niveles de gasto y deuda superiores a la capacidad fiscal de la entidad territorial es de las secretarías de hacienda en cada jurisdicción, independientemente de que en este proceso utilicen criterios de proyección macroeconómica elaborados por el gobierno nacional. En este orden de ideas, en el proceso de discusión del presupuesto, los cambios al proyecto presentados por el Gobernador o Alcalde, introducidos por las corporaciones públicas correspondientes, deben acordar metas de balance primario compatibles con la sostenibilidad de la deuda pública, de tal modo que la financiación de los planes de gasto se fundamente en fuentes ciertas de ingresos corrientes para evitar aumentos insostenibles del endeudamiento público. Considerando que la economía colombiana, al igual que la economía mundial, presenta ciclos de auge y desaceleración es preciso ajustar las metas anuales de superávit primario por el ciclo económico: estos ciclos impactan los resultados fiscales por sus efectos sobre los ingresos y los gastos de las entidades territoriales. La aplicación de este criterio puede llevar a que en la programación fiscal plurianual se registren situaciones de déficit primarios de carácter transitorio, las cuales deben ser compensadas por superávits primarios en periodos diferentes, de tal forma que se garantice la sostenibilidad de la deuda en el horizonte de diez años, establecido por el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

En otras palabras, evidenciar déficit primario en una o varias vigencias en el Marco Fiscal de Mediano Plazo no significa necesariamente que la deuda pública de esa entidad territorial sea insostenible. En estos casos, la deuda puede ser sostenible si la magnitud de ese déficit primario es compensada por superávit primarios programados de forma realista en otras vigencias, dentro de un horizonte de diez años.

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En síntesis, para asegurar su solvencia y sostenibilidad fiscal las entidades territoriales deben fijar en sus Marcos Fiscales de Mediano Plazo metas anuales de balance primario, consistentes con las proyecciones sobre crecimiento económico, tasas de interés, tasas de cambio, programación de gasto, contratación de créditos cobertura de contingencias, y el pago del déficit de vigencias anteriores cuando éstos existan.” Referencia: Cartilla del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para Entes Territoriales. El propósito del Marco Fiscal de Mediano Plazo es que la Ciudad desarrolle acciones de política fiscal y presupuestal para garantizar la sostenibilidad de su deuda presente y futura, lo cual será determinado en el cumplimiento de los siguientes indicadores:

Intereses/Ahorro operacional, menor o igual a 40%

Saldo de la deuda/Ingresos corrientes, menor o igual a 80%

Superávit Primario / Intereses, mayor o igual a 100% En caso de no cumplirse alguna de las tres condiciones antes señaladas, la deuda pública no será sostenible, ya que sería imposible generar los disponibles de caja requeridos para pagar los pasivos corrientes originados en vigencias anteriores y atender cumplidamente el servicio de la deuda pública.

Para el caso de Itagüí con base en las proyecciones fiscales presentadas en la estrategia de financiamiento del Plan de Desarrollo e igualmente en la construcción del Marco fiscal de Mediano Plazo se evidencia que el Municipio garantiza la sostenibilidad de la deuda presente y futura.

De otra parte vale la pena reiterar los principales elementos que constituyen la Estrategia financiera de el Plan de Desarrollo de Itagüí “Unidos hacemos el cambio” 2012-2015, que basa su financiamiento en un Plan Financiero que comprende el fortalecimiento de los Ingresos Corrientes, un control a los Gastos de Funcionamiento, mejoramiento del perfil de la Deuda Pública, gestión de nuevas fuentes, endeudamiento responsable y optimo; así como también las alianzas público privadas para programas especiales de inversión. De igual manera, se viene trabajando en una gestión gubernamental por resultados, en donde la inversión se programa y ejecuta con parámetros de transparencia, eficiencia, eficacia e impacto favorable sobre las condiciones de vida de los Itagüiseños. Es por ello que colocamos a consideración del Concejo Municipal de Itagüí. El Marco Fiscal de Mediano Plazo de Itagüí para el periodo 2013 – 2023. (Ver anexo 1)

2. PLAN FINANCIERO 2013

Tal como se presentó en el Plan Financiero Inicial, Base del Plan de Desarrollo de este mismo informe, se proyectaron los comportamientos para el cuatrienio 2012 – 2015, calculados bajo

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diversos escenarios de crecimiento, capacidad de endeudamiento y la capacidad de inversión del municipio.

En su momento se tomó la situación fiscal suponiendo situaciones fiscales de crecimiento, eventos especiales de fiscalización tributara, cifras consideradas bajo parámetros tendenciales de crecimiento moderado, incluyendo en ellas efectos correctivos para mejorar la situación fiscal como la recuperación de cartera, indexar las rentas proyectadas al comportamiento del PIB (producto interno bruto), se mejoraron las expectativas de recaudo con base en el consolidado de las rentas recaudadas al 31 de diciembre de 2011.

En términos generales se preparó el plan financiero bajo las siguientes premisas:

Se analizó el comportamiento histórico, actual y las expectativas de cada uno de los conceptos de ingresos y gastos estableciendo el crecimiento con base en diversas variables, económicas y de gestión, para el periodo de gobierno municipal.

Proyección de los ingresos y los gastos con base en el análisis anterior y determinar el ahorro disponible y reflejando así la capacidad de endeudamiento y de inversión para cada anualidad.

Para ilustrar los anteriores conceptos se coloca a disposición el Plan Financiero 2013 y que es punto de partida para la consolidación del Marco Fiscal de Mediano Plazo 2013 – 2023.

Denótese en cada periodo fiscal el comportamiento positivo de crecimiento con lo cual se corrobora el principio de homeostasis y la exigencia de sostenibilidad como unidad territorial.

PLAN FINANCIERO 2013

CONCEPTOPROYECCIO

N 2013INGRESOS TOTALES 249.889INGRESOS CORRIENTES 165.029Tributarios 155.469Predial Unificado 55.000Industria Comercio y Avisos 74.384Sobretasa Bomberil 1.050Sobretasa a la gasolina 5.684Impuesto sobre vehículos 1.355Alumbrado Publico 6.458Delineación Urbana 2.186Otros Ingresos Tributarios 9.352No Tributarios 9.560SGP y otras Transferencias 84.560

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PLAN FINANCIERO 2013

CONCEPTOPROYECCIO

N 2013Recursos de Capital 300GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 69.799Servicios Personales 40.543Gastos Generales 17.202Transferencias 12.053SERVICIO DE DEUDA VIGENTE 9.671Amortización Capital 389Intereses, Comisiones y Gastos 8.383Bonos Pensionales 900AHORRO DISPONIBLE 170.419INVERSIÓN 242.839Inversión con Recursos Propios 147.731Inversión nueva con recursos propios 90.231Inversión con recursos propios (respaldan vigencias futuras) 57.500Inversión con Recursos SGP 81.382Inversión nueva SGP (flexible) 14.929SGP inflexible (destino documento CONPES) 66.453Inversión financiada con otras Transferencias y Cofinanciación 2.347Reservas Presupuestales 0Transferencias Fonpet 831Otras Transferencias (Corantioquia, Área Metropolitana y otras) 10.548NECESIDADES DE FINANCIAMIENTO 72.421FINANCIAMIENTO 72.421Endeudamiento Neto 12.421 Recursos del Crédito Nuevo (ya contratado x desembolsar) respaldan Reservas Recursos del Crédito Nuevo (por contratar) 12.421 Amortización e InteresesOtras Fuentes 60.000 Gestión Fiscalización y Anti evasión 60.000 Otras; Gestión Institucional Convenios - CofinanciaciónSALDO 0

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3. META DE SUPERAVIT PRIMARIO.

Las metas de superávit primario ajustadas por el ciclo económico, en promedio, no podrán ser inferiores al superávit primario estructural que garantiza la sostenibilidad de la deuda. La elaboración de la meta de superávit primario tendrá en cuenta supuestos macroeconómicos, tales como tasas de interés, inflación, crecimiento económico y tasa de cambio, determinados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Banco de la República .

Sin perjuicio de los límites a los gastos de funcionamiento establecidos en la Ley 617 de 2000, o en aquellas leyes que la modifiquen o adicionen, los departamentos, distritos y municipios de categorías especial, 1 y 2 deberán establecer una meta de superávit primario para cada vigencia con el fin de garantizar la sostenibilidad de su respectiva deuda de acuerdo con lo establecido en la Ley 358 de 1997 o en aquellas leyes que la modifiquen o adicionen. La meta de superávit primario que garantiza la sostenibilidad de la deuda será fijada por el COMFIS o por la Secretaría de Hacienda correspondiente y aprobado y revisado por el Consejo de Gobierno. Se entiende por superávit primario aquel valor positivo que resulta de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes a desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones, utilidades del Banco de la República (para el caso de la Nación), y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial. De esta manera, a partir de la expedición de esta Ley, los Departamentos, Distritos y Municipios de Categoría Especial, primera (caso Itagüí) y segunda están en la obligación de fijar metas anuales de balance primario, en escenarios de proyección de 10 años, consistentes con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Para determinar el Superávit Primario tanto de la vigencia del proyecto de presupuesto en discusión como para las vigencias proyectadas en el marco fiscal de mediano plazo, se deberá efectuar la siguiente operación: Ingresos Corrientes IC (Los definidos como tal en el estatuto Orgánico de Presupuesto) + Recursos de Capital RC (Descontando recursos del crédito, Privatizaciones y Capitalizaciones) _ Gastos de Funcionamiento GF _ Gastos de Inversión GI _Gastos de la Operación Comercial GOC

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=Superávit Primario SP = IC + RC – GF – GI – GOC

PROYECCIÓN INDICADORES SUPERAVIT PRIMARIO2013 - 2023

SUPERAVIT PRIMARIO

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023

45.421

23.865

23.158

56.555

69.531

83.950

99.950

117.687

137.330

159.062

183.086

SUPERAVIT PRIMARIO/Amortización e Intereses

5,18 1,48 1,36 2,33 2,39 3,01 3,83 5,41 7,20 9,5024,0

3

Promedio 10 años indicador 6,57

4. METAS DE DEUDA PÚBLICA Y ANALISIS DE SU SOSTENIBILIDAD

De conformidad con lo estipulado en la Ley 358 de 1997, artículo 2, se presume que existe capacidad de pago cuando los intereses de la deuda al momento de celebrar una nueva operación de crédito, no superan el cuarenta por ciento (40%) del ahorro operacional. La entidad territorial que registre niveles de endeudamiento inferiores o iguales al porcentaje señalado, no requerirá autorizaciones de endeudamiento distintas a las dispuestas en las leyes vigentes. La citada norma, establece en el artículo 6, que ninguna entidad territorial podrá, sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, contratar nuevas operaciones de crédito público cuando su relación (intereses)/(ahorro operacional) supere el 60% o su relación (saldo de la deuda)/(ingresos corrientes) superen el 80%.

Ahorro Operacional:

El Parágrafo del artículo 2 de la citada Ley 358 de 1997, establece que el ahorro operacional será el resultado de restar de los ingresos corrientes, los gastos de funcionamiento y las transferencias pagadas por las entidades territoriales.

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Page 35: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Además, la citada norma, estipula que se consideran ingresos corrientes los tributarios, no tributarios, las regalías y compensaciones monetarias efectivamente recibidas, las transferencias nacionales, las participaciones en la renta de la nación, los recursos del balance y los rendimientos financieros. Para estos efectos, los salarios, honorarios, prestaciones sociales y aportes a la seguridad social se considerarán como gastos de funcionamiento aunque se encuentren presupuestados como gastos de inversión, entendiéndose por inversión lo que se define por tal en el Estatuto Orgánico del Presupuesto. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 7 de la Ley 358 de 1997, el cálculo del ahorro operacional y de los ingresos corrientes, se realizará con base en las ejecuciones presupuestales soportadas en la contabilidad pública del año inmediatamente anterior, con un ajuste correspondiente a la meta de inflación establecida por el Banco de la República para la vigencia presente. Por lo expuesto anteriormente, el cálculo del ahorro operacional para la vigencia 2011, se presenta en el siguiente cuadro, teniendo en cuenta la ejecución presupuestal 2011, y el IPC proyectado para el 2011 (2.5%, promedio):

CALCULO INDICADORES ENDEUDAMIENTO (LEY 358 DE 1997) CIERRE PROYECCION

2011 POR IPC (2.5%)

INGRESOS CORRIENTES 152.124 155.927

Tributarios 89.546

No Tributarios 7.957

Gestión , Fiscalización y Anti evasión

SGP 12.882Rendimientos financieros y compensaciones 2.259

Recursos del Balance 39.480GASTOS DE FUNCIONAMIENTO (CORRIENTES) 78.198 80.153

Servicios Personales 19.192

Gastos Generales 11.131

Transferencias 8.197

Nómina de Inversión

Déficit fiscal 39.678

*Vigencias Futuras autorizadas Metroplus

*Vigencias Futuras Acuerdo 11 de 2012

AHORRO OPERACIONAL 73.926 75.774

Intereses deuda /Ahorro operacional

Límite legal 40% 4,0%

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Page 36: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Saldo deuda /Ingresos corrientesLímite legal

80% 19,5%

El municipio Presentó con corte a 31 de diciembre un ahorro operacional de $75.774 millones.

El indicador de solvencia, es del 4% frente al ahorro operacional con corte a 31 de diciembre de 2011. Con lo anterior y teniendo en cuenta lo estipulado en la Ley 358 de 1997, articulo 2, el municipio tiene capacidad de pago porque el indicador de solvencia se encuentra por debajo del 40% del ahorro operacional.

Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto la Ley 358 de 1997, su indicador de sostenibilidad en el 19.5%, de los ingresos corrientes de 2011 proyectados, este indicador se encuentra por debajo del 80%.

5. DEUDA PÚBLICA INTERNA A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 Y A 31 DE JULIO DE 2012

Entidad Pagaré Monto InicialPlazo años

Período de

Gracia

Tasa de

interés

Modalidad de pago

Fecha de desembolso

Renta Pignorada

DestinaciónSaldo Dic. 31

de 2011

POPULAR 247-412.371.339.10

08 2

DTF + 3,25

T.V 29/12/2011Predial e Ind. Cio.

120%Metroplus 12.371.339.100

BBVA 339-0 5.253.000.000 10 3

DTF

E.A +

3,62

T.V 11/11/2011

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 5.253.000.000

BBVA 978-0 1.085.400.000 10 3

DTF

(T.A) +

3.7

T.V 29/10/2010

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 1.085.600.000

BBVA 238-0 5.414.410.563 10 3

DTF

(T.A) +

3.8

T.V 13/12/2010

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 5.414.410.563

BBVA 903-0 1.085.600.000 10 3

DTF

(T.A) +

3.7

T.V 27/01/2011

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 1.085.400.000

BBVA 166-0 2.721.594.160 10 3

DTF

E.A +

3.7

T.V 17/12/2009

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 2.721.594.160

POPULAR 416-2 3.366.151.627 5 1DTF +

3.5T.V 30/10/2007

Predial e

Ind. Cio.

150%

Comp.

Hosp.

Hernán Pos.

841.392.365

POPULAR 415-3 1.308.455.373 5 1 DTF +

3.5

T.V 03/10/2007 Predial e

Ind. Cio.

React.

Ditaires

327.025.011

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Page 37: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Entidad Pagaré Monto InicialPlazo años

Período de

Gracia

Tasa de

interés

Modalidad de pago

Fecha de desembolso

Renta Pignorada

DestinaciónSaldo Dic. 31

de 2011

150%

POPULAR 409-1 1.325.393.000 5 1DTF +

3.5T.V 03/10/2008

Predial e

Ind. Cio.

150%

React.

Ditaires248.511.181

OCCIDEN

TE743-3 563.500.000 5 1

DTF +

3.5T.V 08/10/2007

Predial e

Ind. Cio.

150%

Malla Vial 105.656.250

OCCIDEN

TE715-7 1.400.000.000 5 1

DTF +

3.5T.V 10/09/2007

Predial e

Ind. Cio.

150%

Malla Vial 262.292.500

BOGOTA. 678-5 3.000.000.000 5 1DTF +

3.5T.V 24/05/2007

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 374.873.515

BOGOTA. 774-5 3.000.000.000 5 1DTF +

3.5T.V 24/05/2008

Predial e

Ind. Cio.

150%

Metroplus 374.874.435

TOTAL 30.465.969.080

Entidad PagaréSaldo a dic. 31

de 2011

Desembol

sos a Júlio

de 2012

SERVICIO DE DEUDA A JULIO 31 DE 2012

Saldo a julio 31 de 2012CAPITAL INTERES TOTAL

POPULAR 247-4 12.371.339.100 0 0 520.746.736 520.746.736 12.371.339.100

BBVA 339-0 5.253.000.000 0 0 218.918.775 218.918.775 5.253.000.000

BBVA 978-0 1.085.600.000 0 0 70.049.343 70.049.343 1.085.600.000

BBVA 238-0 5.414.410.563 0 0 230.856.930 230.856.930 5.414.410.563

BBVA 903-0 1.085.400.000 0 0 70.045.288 70.045.288 1.085.400.000

BBVA 166-0 2.721.594.160 0 0 116.041.971 116.041.971 2.721.594.160

POPULAR 416-2 841.392.365 0 631.153.431 40.721.736 671.875.167 210.238.934

POPULAR 415-3 327.025.011 0 245.246.553 15.861.569 261.108.122 81.778.458

POPULAR 409-1 248.436.174 0 165.599.119 8.954.766 174.553.885 82.837.055

OCCIDEN

TE 743-3 105.656.250 0 70.437.500 3.782.845 74.220.345 35.218.750

OCCIDEN

TE 715-7 262.292.500 0 175.000.000 9.690.616 184.690.616 87.292.500

BOGOTA. 678-5 374.873.515 0 374.873.516 12.085.732 386.959.248 0

BOGOTA. 774-5 374.874.435 0 374.874.436 12.085.772 386.960.208 0

TOTAL 30.465.894.073 0 2.037.184.555 1.329.842.079 3.367.026.634 28.428.709.520

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Page 38: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

6. COMPORTAMIENTO HISTORICO DEL ESTADO DE LA DEUDA PÚBLICA Y NUEVO ENDEUDAMIENTO

CONCEPTO/ AÑO 2008 2009 2010 2011SALDO DE LA DEUDA 13.540.783 12.238.663 15.247.599 30.466.663

El saldo de la deuda para el año 2011 ascendió a la suma de $30.466.663(miles), frente a la del año 2010 $15.247.599, representa un incremento de 99.8 % en el 2011.

El saldo de la deuda con corte a diciembre 31 de 2011 es de $30.466.221.000 y de acuerdo a los indicadores de solvencia y sostenibilidad, Ley 358 de 1997, la entidad territorial tiene capacidad suficiente de adquirir un nuevo endeudamiento por la suma de $ 105.000.000.000, para financiar proyectos de Plan de Desarrollo de Itagüí “Unidos hacemos el cambio” 2012-2015, así:

PROGRAMA DE INVERSION VALOR DEL CREDITO

1 Inversión en vías, zonas verdes y Semaforización 20.450.000.000

2 Metroplus 8.983.000.0003 Espacio Público y alumbrado 5.956.000.0004 Sedes administrativas 22.000.000.000

5 Equipamientos deportivos y recreativos 8.000.000.000

6 Equipamientos comunales 569.000.000

7 Instituciones Educativas 5.042.000.0008 Cobertura y calidad educativa 7.000.000.000

9 Seguridad 15.000.000.00010 Institución Prestadora de Servicios de Salud 5.600.000.00011 Modernización tecnológica e institucional 2.000.000.00012 Sustitución carros de tracción animal 1.400.000.00013 Deportes 1.000.000.000

14 Inclusión social 1.000.000.00015 Productividad (Política Integral de empleo) 1.000.000.000

TOTAL 105.000.000.000

Las condiciones de los nuevos créditos se pactaron a 10 años con 3 de gracia a capital, de los cuales OCHENTA MIL MILLONES DE PESOS $80.000.000.000 son a una tasa de interés DTF + 2.5 y los VEINTICINCO MIL MILLONES DE PESOS $25.000.000.000 restantes a la DTF + 3.

En el siguiente cuadro se aprecian las características de estos, así:

NUEVOS CREDITOS A CONTRATAR EN EL PERÍODO 2012 a 2015

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Page 39: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

FECHA DE

DESEMBOLSO

VALOR PLAZOAÑOS DE GRACIA

TASA DE

INTERÉS

DTF A LA CUAL SE PROYECT

AN

MODALIDAD DE PAGO INTERESES

1/11/2012 20.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOSDTF +

2.5 7,23% T.A T.V

1/12/2012 20.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOSDTF +

2.5 7,23% T.A T.V

1/04/2013 20.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOSDTF +

2.5 7,23% T.A T.V

1/08/2013 20.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOSDTF +

2.5 7,23% T.A T.V

1/11/2013 14.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOS DTF + 3 7,23% T.A T.V

1/03/2014 7.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOS DTF + 3 7,23% T.A T.V

1/06/2014 0 10 AÑOS 3 AÑOS DTF + 3 7,23% T.A T.V1/03/2015 4.000.000.000 10 AÑOS 3 AÑOS DTF + 3 7,23% T.A T.V

1/06/2015 0 10 AÑOS 3 AÑOS DTF + 3 7,23% T.A T.V

TOTAL105.000.000.00

0

PROYECCIÓN SERVICIO DE DEUDANUEVOS CREDITOS PLAN DE DESARROLLO (2012 a 2015)

AÑO INTERES CAPITAL TOTAL

2013 5.483.500.000 0 5.483.500.000

2014 9.895.225.000 0 9.895.225.000

2015 10.368.800.000 0 10.368.800.000

2016 10.237.053.571 7.857.142.857 18.094.196.429

2017 9.164.388.393 14.178.571.429 23.342.959.821

2018 7.721.408.929 14.857.142.857 22.578.551.786

2019 6.229.469.643 15.000.000.000 21.229.469.643

2020 4.733.969.643 15.000.000.000 19.733.969.643

2021 3.238.469.643 15.000.000.000 18.238.469.643

2022 1.742.969.643 15.000.000.000 16.742.969.643

2023 478.916.071 7.142.857.143 7.621.773.214

2024 56.081.250 821.428.571 877.509.821

2025 3.560.714 142.857.143 146.417.857

TOTAL 69.353.812.500 105.000.000.000 174.353.812.500

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Page 40: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

En el cuadro siguiente se observa el comportamiento del saldo de la deuda correspondiente a los créditos anteriores por la suma de $30.466.221.000 y los nuevos por la suma de $105.000.000.000, que van del 2012 hasta el 2025.

SALDO DE LA DEUDA

AÑOS DESEMBOLSOS AMORT. CAPITAL SALDO DEUDA2012 40.000.000.000 2.535.230.345 67.931.343.8232013 54.000.000.000 388.799.166 121.542.544.6572014 7.000.000.000 3.495.547.668 125.046.996.9902015 4.000.000.000 4.284.747.668 124.762.249.3222016 0 12.141.890.525 112.620.358.7972017 0 18.463.319.096 94.157.039.7012018 0 19.141.890.525 75.015.149.1772019 0 19.284.747.668 55.730.401.5092020 0 16.834.058.652 38.896.342.8572021 0 15.789.200.000 23.107.142.8572022 0 15.000.000.000 8.107.142.8572023 0 7.142.857.143 964.285.7142024 0 821.428.571 142.857.1432025 0 142.857.143 0

105.000.000.000 135.466.574.168

El siguiente cuadro muestra el servicio de deuda consolidado, correspondiente a los créditos actuales y los contratados para financiar en el Plan de Desarrollo.

PROYECCIÓN SERVICIO DE DEUDA TOTALCREDITOS A DIC. DE 2011 Y NUEVOS CREDITOS (CONSOLIDADO)

HASTA SU EXTINCIÓN

AÑO INTERES CAPITAL TOTAL

2012 3.059.789.153 2.535.230.345 5.595.019.498

2013 8.382.749.400 388.799.166 8.771.548.565

2014 12.633.929.244 3.495.547.668 16.129.476.912

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Page 41: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

2015 12.710.661.687 4.284.747.668 16.995.409.355

2016 12.131.951.690 12.141.890.525 24.273.842.214

2017 10.612.322.942 18.463.319.096 29.075.642.038

2018 8.722.379.909 19.141.890.525 27.864.270.434

2019 6.783.477.054 19.284.747.668 26.068.224.722

2020 4.936.615.096 16.834.058.652 21.770.673.748

2021 3.288.590.655 15.789.200.000 19.077.790.655

2022 1.742.969.643 15.000.000.000 16.742.969.643

2023 478.916.071 7.142.857.143 7.621.773.214

2024 56.081.250 821.428.571 877.509.821

2025 3.560.714 142.857.143 146.417.857

TOTAL 85.543.994.508 135.466.574.168 221.010.568.676

7. PROYECCION DE LOS INDICADORES DE SOLVENCIA Y SOSTENIBILIDAD

Como se observa en la proyección y con los nuevos créditos, el municipio de Itagüí se encuentra dentro de los límites de los indicadores exigidos en la ley 358 de 1997, como se observa en el siguiente cuadro:

VIGENCIA 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023

Intereses deuda /Ahorro operacional

Límite legal 40%

1,9% 4,6% 11,1% 11,3% 6,1% 4,8% 3,6% 2,6% 1,7% 1,0% 0,5% 0,7%

Saldo deuda /Ingresos corrientes

Límite legal 80%

32,4% 53,8% 74,0% 73,5% 44,5% 34,9% 26,2% 18,6% 12,6% 7,7% 3,7% 1,9%

8. ACCIONES Y MEDIDAS ESPECÍFICAS A DESARROLLAR.

8.1 Estrategias en materia de ingresos

Los mecanismos para garantizar mayores ingresos tributarios se enfocan en un conjunto de medidas que buscan:

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Page 42: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

El fortalecimiento de la gestión de fiscalización y cobro para controlar la evasión y la morosidad, la cual registró una cartera a 31 de diciembre 2011; así:

ESTADO DE CARTERA EN IMPUESTO PREDIAL

Concepto ValorIMPUESTO PREDIAL UNIFICADO VIGENCIA ANTERIOR 16.808.511.255,72IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO VIGENCIA ACTUAL 17.624.426.445,00INTERES DE MORA IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO 8.918.972.255,03SOBRETASA DE PROTECCION AMBIENTAL 65.464.228,02SOBRETASA METROPOLITANA 68.862.532,00INTERES DE MORA SOBRETASA DE PROTECCION AMBIENTAL 27.822.305,98INTERES DE MORA SOBRETASA METROPOLITANA 10.958,00FACTURACION 18.035.739,00TOTAL DEUDA CORTE DICIEMBRE 31 DE 2011 43.532.105.718,75

ESTADO DE CARTERA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

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Page 43: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Concepto ValorIMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO VIGENCIAS ANTERIORES 33.827.930.151,88IMPUESTO DE AVISOS Y TABLEROS VIGENCIAS ANTERIORES 2.843.798.540,52SOBRETASA BOMBERIL VIGENCIAS ANTERIORES 429.251.286,88IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO VIGENCIA ACTUAL 12.630.336.042,78IMPUESTO DE AVISOS Y TABLEROS VIGENCIA ACTUAL 1.086.236.319,00SOBRETASA BOMBERIL VIGENCIA ACTUAL 206.700.803,16INTERESES DE MORA IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 32.619.620.773,00INTERESES DE MORA IMPUESTO DE AVISOS Y TABLEROS 1.609.664.961,00INTERESES DE MORA SOBRETASA BOMBERIL 252.883.464,00SANCIONES IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 75.819.972,00JUEGOS IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 47.884.321,00TOTAL DEUDA CORTE DICIEMBRE 31 DE 2011 85.630.126.635,22

La Gestión Fiscalización y Anti evasión. El pago oportuno de los tributos es elemento prioritario en la relación ciudadano y Administración Municipal; en exigir inversiones para el desarrollo de la Ciudad, pero también en el cumplimiento de los deberes como contribuyente.

Proceso de mejorar la cultura del pago de los tributos, depurando la información, simplificando los procedimientos y acercándonos a los ciudadanos para atenderlos oportuna y eficientemente.

Ejecución de un intensivo programa de fiscalización de revisión periódica y recurrentemente a los diferentes componentes de la tributación y revisión de las declaraciones tributarias que correspondan a la realidad económica de la actividad industrial, comercial y de servicios que se está desarrollando.

En la modernización tributaria comprende programas y acciones encaminadas a tener bases de datos sólidas y reales en cada uno de los tributos municipales, que permitan gestionar el control a la evasión y elusión en el pago de los impuestos municipales. Realizar inspección contable y tributaria a los diferentes contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio.

Realizar cruces de información a través de convenios interadministrativos con entidades nacionales y locales, tales como la DIAN, la Superintendencia de Sociedades y la Cámara de Comercio.

Sensibilizar la relación contribuyente – estado, mediante la implementación de un conjunto de estrategias educativas con la finalidad de desarrollar una cultura tributaria sólida.

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Page 44: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Adicionalmente en lo que respecta al impuesto predial, la Administración Municipal ha implementado la política de conservación dinámica de todos los predios del Municipio; esto continuamente tiene un efecto positivo en la facturación de este tributo. Lo anterior garantiza que toda nueva construcción ya sea para efectos comerciales o residenciales, queda inmediatamente formada para que pague su correspondiente impuesto predial por cada unidad y no por el lote como venía ocurriendo

8.2 Estrategias en materia de gastos.

Las acciones en materia de gastos obedecen a políticas de austeridad y racionalización del mismo, las cuales recaen directamente en el gasto de funcionamiento de tal forma que los gastos generales y servicios personales se incrementen con la inflación.

El otro aspecto relevante es el Control a los Gastos Corrientes. Se fortalecerá la Administración Municipal en su Estructura Administrativa para un mejor servicio al ciudadano bajo criterios de eficiencia y excelente gestión del Recurso Humano, pero manteniendo el control a los límites legales de los gastos de funcionamiento. Esto permite la generación de Ahorro que se destinará exclusivamente en Inversión prioritaria para la Ciudad.

Así mismo, el servicio de la deuda debe responder a las mejores condiciones de financiamiento a nivel de perfil costo y plazo, según las condiciones del mercado, y la planeación de los desembolsos del crédito debe garantizar una estrecha relación con el disponible de caja de tesorería.

De igual forma la Administración Hacendaria del Municipio cumplirá con las obligaciones adquiridas y programadas en materia de Endeudamiento Público. Se optimizará el perfil de la Deuda Pública bajo condiciones financieras de favorabilidad para el Municipio.

El Municipio cumplirá con las correspondientes normas de Endeudamiento Territorial y Responsabilidad Fiscal, como son las Leyes 358 de 1997, Ley 819 de 2003 y las demás que le modifiquen o adicionen.

El Endeudamiento, como su programación anual y su uso, se hará conforme al Estatuto de Presupuesto Municipal. La Planeación plurianual del endeudamiento se reflejará en el Marco Fiscal de Mediano Plazo. El Plan de endeudamiento que la Administración Financiera del Municipio establezca, se implementará bajo principios y parámetros que optimicen el endeudamiento público en plazos, términos, condiciones, tasas y demás aspectos que le sean favorables al Municipio y mitiguen los riesgos financieros pertinentes.

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Page 45: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

La inversión está definida según los lineamientos del Plan de Desarrollo de Itagüí “Unidos hacemos el cambio” 2012-2015, así:

Se viene trabajando arduamente en una Inversión Orientada a Gestión por Resultados. La inversión programada en el Plan de Desarrollo 2012-2015 y su correspondiente financiación se hará con criterios que prevalezcan la gestión por Resultados y sus impactos y beneficios evaluados en un Marco de Gasto de Mediano Plazo.

Se está desarrollando mecanismos en la Hacienda Pública que optimicen las diferentes fuentes de financiamiento, el cálculo del gasto que garantice la operatividad y sostenibilidad de las inversiones que el Municipio ejecute.

De igual forma se ha logrado aplicar las siguientes medidas cautelares para la disminución de la cartera del municipio de Itagüí, así:

8.3 Estrategias de manejo de morosos

1. Acuerdos de pago 2. Cobro Coactivo3. Secuestro y remate de bienes inmuebles4. Visitas de fiscalización5. Convenios interadministrativos

8.3.1 Acuerdos de Pago:

De conformidad con la Ley 1066 de 2006, el municipio de Itagüí ha propendido por que los contribuyentes morosos se acerquen a celebrar acuerdos de pago, con las formalidades establecidas en el Manual de Cartera de la Administración Municipal, donde se exigen los siguientes requisitos:a. El 10% del valor adeudado.b. Garantía si el acuerdo es superior a 12 meses.c. Plazo máximo de 36 meses

CONCEPTO NUMERO DE ACUERDOS

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Page 46: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

2010 2011 2012

1er Trimestre

2do Trimestre

1er Trimestre

2do Trimestre

1er Trimestre

2do Trimestre

Industria y Comercio

184 175 57 79 71 144

Impuesto Predial

163 360 241 665 845 1.092

CONCEPTO

RECAUDO DE ACUERDOS(EN MILLONES)

2010 2011 2012

1er Trimestre

2do Trimestre

1er Trimestre

2do Trimestre

1er Trimestre

2do Trimestre

Industria y Comercio

313.902 441.085 324.626 333.122 600.980 553.406

Impuesto Predial

237.793 298.003 241.658 772.772 625.839 521.489

CONCEPTO

RECAUDO DE ACUERDOS(EN MILLONES)

2010 2011 2012

1erSemestre

1erSemestre en

Millones

Variación %

1erSemestre

Variación %

Industria y Comercio

754.987 657.748 -14,78% 1.154.386 43,02

Impuesto Predial

535.796 1.014.430 47,18% 1.147.328 11,58

8.3.2 Manejo Cobro coactivo:

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Page 47: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

La administración municipal ha iniciado el cobro coactivo de todas aquellas obligaciones que se encuentren en mora:

CONCEPTO NUMERO DE PROCESOSVALOR PROCESOS

(Millones)

Comparendos 8.786 3.926.653

Impuesto Predial 3.740 9.586.527

Industria y Comercio 2.704 40.267.982

TOTAL 15.230 53.781.162

8.3.3 Secuestro y remate de bienes:

Se han iniciado las diligencias de Secuestro de las diferentes obligaciones que se tenían embargadas (63) por un valor de $464.500.000.

Se tienen trescientas (300) propiedades embargadas, donde se procederá a nombrar el respectivo secuestre y posteriormente se realizará el avalúo para así rematar las viviendas que no cancelen el respectivo impuesto.

Se han enviado cartas a las diferentes cajas de compensación familiar a fin de determinar el lugar de trabajo de los contribuyentes morosos del municipio, a fin de decretar medidas cautelares.

8.3.4 Visitas de Fiscalización:

Se han visitado 2.800 establecimientos de Comercio y se ha encontrado que se están evadiendo más de $1.500 millones.

Se realizarán 3.900 visitas para determinar el impuesto a pagar, pues de acuerdo a las declaraciones de Industria y Comercio estos contribuyentes se están compensando el impuesto.

Se visitaran los sectores comerciales e industriales de Itagüí en su totalidad, a fin de detectar los contribuyentes que no estén matriculados en el Impuesto de Industria y Comercio, pues a la fecha se ha encontrado 110 establecimiento evasores.

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Page 48: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Se han proyectado 17 autos de corrección de las declaraciones de Industria y Comercio, dado que se han encontrado omisiones en las bases gravables.

Se han requerido a 113 contribuyentes para que entreguen la información que soporte las declaraciones de Industria y Comercio.

8.3.5 Convenios Interadministrativos:

Se realizó el convenio interadministrativo con la DIAN para hacer el cruce de información y así detectar la evasión y la elusión de los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio.

Se realizó el convenio interadministrativo con la Cámara de Comercio del Aburra Sur, a fin de realizar las matriculas de oficio a que haya lugar.

8.4 ACCIONES Y ESTATEGIAS A REALIZAR EN EL 2013

A continuación se presenta en los siguientes cuadros las acciones y estrategias para mejorar los ingresos en el presupuesto de 2013, así:

COBRO PRESUASIVO Y COBRO COACTIVOACCIONES O ESTRATEGIAS META ACTIVIDADES RESPONSABLE PLAZO Realizar el cobro persuasivo

Evitar que se incremente la cartera morosa y los procesos de cobro coactivo en un 30%

* Realizar llamadas telefónicas y comunicados para invitar a los contribuyentes al pago oportuno de los impuestos.Realizar acuerdos de pago.

Funcionario asignado para acuerdos de pago.

*Abogados adscritos a la oficina de Cobro Coactivos

permanente

Realizar el cobro Coactivo

Disminuir en un 10% la cartera morosa

*Fortalecimiento y dotación logística para el cobro coactivo y aplicación de las medidas cautelares para exigir el pago de los contribuyentes morosos, deudores de cuotas partes jubilatorias y sanciones o multas.

*Líder de programa Cobro Coactivo.

*Abogados adscritos a la oficina de Cobro Coactivos

2013

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Page 49: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

9. RESULTADOS DE LA VIGENCIA ANTERIOR.

9.1 EJECUCIÓN PRESUPUESTAL

Mediante el Acuerdo Municipal 008 de 6 de diciembre de 2010, el presupuesto general de rentas del Municipio de Itagüí, para la vigencia fiscal 2011, se fijó en la suma de $250.032.451.566 (Doscientos cincuenta mil treinta y dos millones cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis pesos). De manera equilibrada, en el acuerdo en mención, se apropió igual suma para atender los gastos del Municipio.

Dentro de esta cifra, se encuentran las apropiaciones establecidas para atender los gastos de la Administración Municipal (Despacho del Alcalde, Secretarías y Direcciones), Concejo Municipal, Personería Municipal y Contraloría Municipal, según el siguiente detalle:

Ejecución Presupuestal general de gastos 2011 (miles de pesos)

ENTIDADPPTO DE GASTOS VARICION EJECUCION

PARTICIPACIONINICIAL DEFINITIVO PESOS % PESOS %ADMON MUNICIPAL 245.601.178 306.021.109 60.419.931 24,60% 243.573.406

79,6 98,39%

CONCEJO 2.543.

690 2.468.690 (75.000

) -2,95% 2.355.887 95,4 0,95%

PERSONERIA

1.887.584 1.802.584

(85.000) -4,50% 1.624.534

90,1 0,66%

TOTAL 250.032.452 310.292.383 60.259.931 24,10% 247.553.827 79,8 100%

Es de anotar, que la apropiación inicial para la Contraloría Municipal, fue presupuestada dentro de los gastos de la administración municipal como una transferencia y ascendió a la suma de $2.044.093.853 (Dos mil cuarenta y cuatro millones noventa y tres mil ochocientos cincuenta y tres pesos).

9.2 Ejecución presupuestal de ingresos (miles de pesos) Durante la vigencia fiscal 2011, el presupuesto de ingresos tuvo una ejecución de $264.212.459, es decir, del 85% con respecto al presupuesto definitivo, el cual fue de $310.292.383. El rubro más representativo fue el de los Ingresos Corrientes con una participación de $111.571.455 equivalente al 42%, seguido de los Recursos de capital con $ 81.706.728, equivalente al 31% y Fondos Especiales con $70.934.276, equivalente al 27 %.

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Page 50: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

El presupuesto final de ingresos se incrementó en $60.259.931, con respecto al inicialmente aprobado por el Concejo Municipal, al pasar de $250.032.452 a $310.292.383, es decir, tuvo una variación del 24%, siendo el rubro “Recursos del Balance” con $61.477.456, el de mayor representatividad seguido por los rubros “Sistema General de Participación” con $57.524.175 e “Industria y Comercio” con $43.566.323.

La ejecución de los ingresos corrientes fue de $111.571.455, equivalente al 42% del total de la ejecución. El rubro con mayor participación en los ingresos corrientes, correspondieron a los Tributarios con el 36.8%, respectivamente, seguido de los no tributarios con el 5.2%, con respecto al total de los ingresos. Dentro de los ingresos Tributarios, los Impuestos directos, alcanzaron una Participación del 28.8%, frente al total de los ingresos, mientras que los indirectos estuvieron en el 8.0%.

El impuesto de industria y comercio, con una ejecución de $43.566.323, tuvo una participación del 16.5% del total de los ingresos, mientras que por predial unificado ingresaron $32.409.621, logrando una participación del 12.3% del total de los ingresos. De los ingresos clasificados como fondos especiales, estos, tuvieron una ejecución de $70.934.276, para una participación del 27% frente al total de lo ingresado.

Participación de los ingresos.

INGRESOS CORRIENTES FONDOS ESPECIALES RECURSOS DE CAPITAL

42% 27% 31%

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INGRESOS CORRIENTES FONDOS ESPECIALES RECURSOS DE CAPITAL0%5%

10%15%20%25%30%35%40%45%

Series1

Page 51: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

9.3 Indicadores ( miles de pesos )

CUMPLIMIENTO

INDICADOR VARIABLES VALORES

TOTAL INGRESOS

VALOR RECAUDADOX 100

264.212.459X100 85,15

VALOR PPTADO 310.292.383

ING. CORRIENTES

VALOR RECAUDADOX 100

111.571.455X100 80,79

VALOR PPTADO 138.096.633

ING. TRIBUTARIOS

VALOR RECAUDADOX 100

9.711.744X100 8,22

VALOR PPTADO 118.083.187

ING. NO TRIBUTARIOS

VALOR RECAUDADOX 100

14.459.710X100 72,25

VALOR PPTADO 20.013.446

La ejecución general del presupuesto de ingresos, alcanzó el 85% del presupuesto definitivo, presentándose un comportamiento para los ingresos corrientes, los tributarios y los no tributarios, con un 80.7%, 82.2% y 72.2%, respectivamente.

DEPENDENCIA DE LA NACION

INDICADOR VARIABLES VALORES

TOTAL INGRESOS

TRANF. SGP RECAUDADO X 100 57.524.175 X100 21,77TOTAL INGRESOS 264.212.459

ING. CORRIENTES

TRANF. SGP RECAUDADO X 100 57.524.175 X100 51,56TOTAL ING. CORRIENTES 111.571.455

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Page 52: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

El Municipio de Itagüí en la vigencia 2011, con relación al total de los ingresos, tuvo una dependencia de la Nación del 21.7%, producto de las transferencias recibidas de esta, mientras que con respecto a los ingresos corrientes, fue del 51.5%.

9.4. HISTORICO DE LOS INGRESOS El comportamiento histórico del total de los ingresos del Municipio, durante los últimos cuatro (4) años, se detalla en el siguiente cuadro, haciendo especial referencia a los dos ingresos corrientes más representativos, como son Industria y Comercio y Predial Unificado.

CONCEPTO

2008 2009 2010 2011

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

TOTAL INGRESO

S

213.553.333

242.946.932

271.372.451

264.212.459

PREDIAL 19.643.160 9,20 24.577.566 10,12 38.860.755 14,32 32.409.621 12,27IND. Y

COMERCIO

42.745.476 20,02 44.165.291 18,18 64.780.524 23,87 43.566.323 16,49

EJEC

UCIO

N

%PA

RT.

EJEC

UCIO

N

%PA

RT.

EJEC

UCIO

N

%PA

RT.

EJEC

UCIO

N

2008 2009 2010 2011

0

10,000,000

20,000,000

30,000,000

40,000,000

50,000,000

60,000,000

70,000,000

PREDIAL IND. Y COMERCIO

El comportamiento histórico en los ingresos del municipio, con respecto a los impuestos de industria y comercio y predial unificado tuvo un continuo crecimiento durante las vigencias fiscales 2008, 2009 y 2010. Sin embargo, para el 2011 tuvo una disminución de $7.159.992(miles), equivalente al 2.6%.

9.5 EJECUCION PRESUPUESTAL DE EGRESOS Los egresos tuvieron, durante la vigencia fiscal 2011, una ejecución general del 79%, es decir, el gasto fue de $241.529.313 con respecto a los $303.977.014 del presupuesto definitivo,

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Page 53: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

resultando el rubro de inversión con 85%, el de mayor participación frente a los gastos de funcionamiento y al del servicio de deuda, los cuales fueron del 13% y 2% respectivamente.

CONCEPTO

PRESUPUESTO VARIACION EJECUCIONPARTICIPACIONINICIAL

DEFINITIVO PESOS % PESOS %

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

40.488.986

40.020.653

(468.333)

(1,20)

32.434.219

81 13 %

SERVICIO DE LA DEUDA

8.037.000

8.037.000

- -

4.286.535

53 2 %

INVERSION

195.546.097

255.919.362

60.373.265

30,90

204.808.559

80 85 %

TOTAL

244.072.083

303.977.015

59.904.932

24,50

241.529.313

79 100 %

El gasto de mayor ejecución presupuestal fue el de funcionamiento con el 81%, seguido de inversión con 80%, y por último el servicio de la deuda con 53%.

9.6 INDICADORES DE GESTION

Para el municipio de Itagüí tenemos los siguientes indicadores para evaluar la ejecución de egresos del año 2011, así:

El presupuesto general de gastos tuvo una ejecución del 79.4% frente al presupuesto definitivo, siendo el rubro correspondiente a Gastos de Funcionamiento el de mayor ejecución con un 81%, mientras que el de menor ejecución correspondió al servicio de la deuda con el 53.3%. Los gastos de mayor participación frente al total, fueron los de inversión con el 84.80%, seguido de los de funcionamiento con el 13.4%.

Con respecto al total de los ingresos recaudados por el Municipio de Itagüí, la inversión ejecutada fue del 77.5%.

9.7 HISTORICO DE EJECUCION PRESUPUESTAL DE EGRESOS El comportamiento histórico del total de los egresos del Municipio de Itagüí, durante los últimos cuatro (4) años, se presenta en el siguiente cuadro, detallado según los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión.

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Page 54: Proyecto de Presupuesto 2013 Completo

Comportamiento histórico de los egresos (miles de pesos)

CONCEPTO

2008 2009 2010 2011

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

EJECUCION

%PART.

1. GATOS DE FUNCIONAMIENTO

34.418.793 18,2 39.333.229 15,6 42.002.911 17 32.434.219 13,4

SERVICIOS PERSONALES

16.757.954 8,9 18.703.719 7,4 16.159.942 6,5 16.206.974 6,7

GASTOS GENERALES

10.427.379 5,5 13.066.298 5,2 18.013.841 7,3 10.187.412 4,2

TRANSFERENCIAS

7.233.460 3,8 7.563.212 3 7.829.128 3,2 6.114.841 2,5

2. SERVICIO DE LA DEUDA

5.800.998 3,1 5.779.085 2,3 4.920.399 2 4.286.535 1,7

3. INVERSION148.859.38

478,7

207.290.759

82,1199.438.70

881

204.808.559

85

TOTAL189.079.17

5100

252.403.073

100246.362.01

8100

274.038.540

100

Los gastos de funcionamiento tuvieron un incremento con respecto al 2009, pasando del 15.6% al 17% en el 2010. En cuanto al servicio de la deuda, estos gastos han tenido una disminución leve, al pasar del 2.3% en el 2009 al 2% en el 2010.

De igual forma, se evidenció una disminución en los gastos de inversión con respecto al 2010 de $7.852.051.

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1. GATO

S DE F

UNCIONAMIEN

TO

2. SER

VICIO DE L

A DEUDA

3. INVER

SION

0

50000000

100000000

150000000

200000000

250000000

CONCEPTO2008 EJECUCION 2009 EJECUCION 2010 EJECUCION2011 EJECUCION

9.8 EVOLUCION INDICADOR LEY 617 DE 2000

El municipio de Itagüí ha cumplido con el indicador de Ley 617 de 2000 en forma satisfactoria, mediante la aplicación de estrategias de austeridad en el gasto público y fortaleciendo la gestión administrativa y operativa sobre el recaudo de todas las rentas municipales, es de resaltar que en el año 2011 el gasto de funcionamiento fue del 30.64% y la inversión social del 69.36%.

HISTORICO DEL INDICADOR LEY 617 DE 2000 DESDE 2007 A 2011

VIGENCIA 2.007 2.008 2.009 2.010 2.011

INDICADOR 617/2000 36,34% 37,21% 33,83% 33,71% 30,64%

LIMITE DE LA LEY 65,00% 65,00% 65,00% 65,00% 65,00%

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En la proyección de cierre 2012 el indicador se ubica sobre 37,44% y su proyección en el mediano y largo plazo es estable, muy por debajo del límite legal del 65%

10. PASIVOS CONTINGENTES

Este capítulo tiene por objeto cuantificar las obligaciones que, debido a la forma como se realiza la contabilidad de las finanzas públicas, difieren de los compromisos presupuestales generados por la prestación de bienes y servicios públicos en la respectiva vigencia y por tanto tiene una forma particular de incluirse en las cuentas fiscales.

Vale la pena mencionar que este tipo de prácticas contables no son particulares de la Administración municipal sino que son comunes y aceptadas tanto a nivel nacional como internacional. Los pasivos que se tienen en cuenta en este capítulo son: los pasivos contingentes, el pasivo pensional y los pasivos exigibles.

El pasivo contingente corresponde a obligaciones pecuniarias que dependen de la ocurrencia de eventos futuros e inciertos y se pueden dividir entre explícitos e implícitos. Son explícitos cuando hacen referencia, por ejemplo, a garantías directas otorgadas por los gobiernos, o implícitos, cuando se trata de las obligaciones que se generan en la función general del gobierno como ente responsable del bienestar general del sistema.

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El pasivo pensional es un pasivo directo, que se divide también en explícito e implícito. Las pensiones propias de los funcionarios de las administraciones públicas son un pasivo explícito, en tanto que el pasivo pensional correspondiente al régimen de prima media, de la seguridad social administrada por el Estado, es un pasivo implícito.

Los pasivos exigibles son aquellos compromisos debidamente perfeccionados, que fenecen presupuestalmente por no haber sido cancelados en la vigencia en que se constituyeron como reserva presupuestal, por tanto deben pagarse con cargo al presupuesto de la vigencia en que se hagan exigibles.

La gestión de la administración pública comúnmente está expuesta a una serie de obligaciones condicionadas a hechos futuros y que están al margen del presupuesto público, sobre todo por su característica de exigibilidad incierta. Es decir que pueden o no llegar a ser exigibles según ocurran o no determinados hechos. Son los llamados pasivos contingentes, los cuales juegan un papel cada vez más importante dentro del proceso de planeación, ejecución y control financiero de las entidades públicas y privadas.

El impacto adverso de estas obligaciones sobre la estabilidad financiera, acompañada de la incertidumbre que se genera sobre los procesos de planeación presupuestal, son factores de riesgo que inciden directamente en el logro de los objetivos propuestos. Estos pasivos se clasifican en explícitos e implícitos.

Los contingentes explícitos se definen como obligaciones de naturaleza legal, que sólo se hacen efectivas ante la ocurrencia de ciertos eventos específicos y previamente pactados. Su reconocimiento tiene como propósito principal cubrir, parcial o totalmente, riesgos asociados a la probabilidad de ocurrencia de los mismos.

En tal sentido, involucran obligaciones concretas generadas por las leyes o por contratos como por ejemplo las garantías otorgadas por las administraciones a operaciones de crédito, inversiones privadas, operaciones comerciales y cambiarias y sistemas de seguros de los gobiernos.

Por su parte los contingentes implícitos hacen referencia a cargas que de no asumirse, tendrían un costo significativamente alto en términos no sólo económicos sino también sociales. Por tal situación, deben ser asumidos por la administración pública bien sea por aspectos políticos o morales, dado su carácter de órgano rector del bienestar económico y social de la comunidad administrada.

Son de carácter explícito y de acuerdo con el marco normativo dispuesto en la Ley 819 de 2003 son: a) sentencias y conciliaciones, b) contratos administrativos, y c) operaciones de crédito público.

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10.1. Sentencias y conciliaciones

Una demanda o acto legal en contra de una entidad pública implica un riesgo de pérdida y por consiguiente una probabilidad de erogación monetaria.

A continuación se presenta la metodología que se emplea para valorar estos pasivos y los resultados de la misma.

Metodología de valoración:

La metodología para valoración de los contingentes por sentencias y conciliaciones se orienta a establecer el valor probabilístico estimado de las obligaciones asociadas a cada uno de los procesos judiciales en contra del municipio. Para ello, la metodología cuenta con parámetros de ajuste, tales como: la probabilidad histórica de fallo en contra por tipo de proceso e instancia, el nivel de éxito del abogado a cargo de los procesos, los márgenes de costos

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OBLIGACIONES CONTIGENTES

IMPLICITASEXPLICITAS

NO RECONOCIDAS DE MANERA OFICIAL

OBLIGACIONES DE NATURALEZA LEGAL

LEY 819 DE 2003

Contratos Administrativos

Sentencias y Conciliaciones

Operaciones de Crédito Público

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asociados a cada tipo de proceso, la vida promedio histórica de los procesos, las tasas de descuento y el nivel de error entre otros.

Los pasivos contingentes registrados en la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Itagüí, se encuentran constituidos por los diferentes procesos jurídicos que cursan en los juzgados contra la Administración Central Municipal. Para el cálculo de éstos fue posible contar con la información de los procesos jurídicos a 19 de Septiembre de 2012, en el siguiente cuadro anexo

PROCESOS OFICINA ASESORA JURIDICA

CLASE DE PROCESO NUMERO DE DEMANDAS VALOR

ACCION CONTRACTUAL 6 1.306.824.545,00

ACCION DE CUMPLIMIENTO 1 0,00

ACCION DE GRUPO 1 438.607.740,00

ACCION DE NULIDAD Y REST. 153 6.076.967.283,00

ACCION DE NULIDAD 9 0,00

ACCION REPARACION DIREC. 28 14.976.035.766,00

ACCION DE REPETICION 4 239.091.160,00

ACCIONES POPULARES 88 391.400,00

REPOSICION DE TITULOS 1 28.121.041,00

CONCILIACION PREJUDICIAL 1 395.647.875,00

CONSTITUCION PARTE CIVIL 1 38.022.257,00

EJECUTIVOS 9 2.371.330,00

ESPECIAL FUERO SINDICAL 7 40.888.324,00

OBJECION ACUERDOS 2 0,00

ORDINARIOS LABORALES 19 281.741.953,00

PENSIONES 1 21.211.728,00

PERTENENCIA 2 37.000.000,00

TUTELAS 31 0,00

VALOR TOTAL 364 23.882.922.402,00

El registro de los procesos jurídicos en contra del municipio se encuentra especificado por las demandas que cursan en los diferentes estrados judiciales, según, un total de 364 procesos, de los cuales 321 presentan una cuantía de $23.882.922.402 y 43 sin cuantía determinada.

Los riesgos contingentes de los procesos se encuentran determinados en los siguientes cuadros:

ALTO RIESGO:

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NUMERO DE PROCESOS: 55VALOR RETENSIONES: $4.562.301.172.oo

El alto riesgo se determina por ya existir antecedentes jurisprudenciales sobre el tema, tener sentencia de primera instancia en contra o existir pruebas que no son fáciles de desvirtuar, entre otros elementos.

RIESGO MEDIANO:

NUMERO DE PROCESOS: 108VALOR PRETENSIONES: $10.683.823.387.oo

El riesgo mediano se determina por ya existir antecedentes jurisprudenciales sobre el tema, pero que ha tenido algunas variaciones, tener sentencia de primera instancia en contra o a favor, pero no ser muy contundente o existir pruebas que favorecen a ambos extremos, entre otros elementos.

BAJO RIESGO:

NUMERO DE PROCESOS: 201VALOR PRETENSIONES: $8.636.797.843.oo

El riesgo bajo se determina por ya existir antecedentes jurisprudenciales sobre el tema que favorece nuestros intereses, tener sentencia de primera instancia a favor y bien fundamentada o existir pruebas que favorecen ampliamente nuestras pretensiones, entre otros elementos.

Los procedimientos aplicados por la oficina Jurídica permiten concluir que su nivel de efectividad debe ir aumentando paulatinamente, haciendo más fuerte al Municipio de ITAGÜÍ en esta área tan sensible y costosa en un momento determinado, si un proceso no se lleva con la ritualidad del caso por un lado y por el otro brindando un nivel de seguridad optimo a la administración en la toma de decisiones que a diario el nivel directivo debe tomar, en cumplimiento de los fines estatales, regidos por nuestra carta magna.

MEDIDAS PARA MITIGAR RIESGO JURÍDICO

1. Se tiene establecida e integrada una Oficina Asesora Jurídica, compuesta por abogados de alto perfil en el ejercicio de la defensa judicial, con conocimientos y especializaciones en derecho público o derecho administrativo.

2. Los casos que llegan a litigio son sometidos en la etapa de conciliación prejudicial al Comité de Conciliación, instancia en la cual se analiza las posibilidades o no de que

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prosperen las pretensiones y la posibilidad o no de conciliar. En la medida de las posibilidades, cada que exista un riesgo importante se trata de conciliar.

3. Se hace seguimiento permanente y contantes al cambio de normatividad y de jurisprudencia aplicable a los casos, lo que permite mejorar la defensa en algunos casos o en otros reconsiderarla.

4. Se acoge las unificaciones jurisprudenciales y con base en las mismas, cuando nos son desfavorables buscamos terminar el proceso mediante acuerdo a conciliación.

5. Se realiza seguimiento a los procesos que tienen similares pretensiones, para que una vez fallados tratar de conciliar el resto de procesos y advertir a la administración para que no cometa similares errores o tome decisiones que pongan en riesgo el erario.

PROCESOS DONDE ITAGÜÍ ACTÚA COMO DEMANDANTE

NUMERO DE PROCESOS: 18VALOR PRETENSIONES: $2.195.208.916.ooContractuales 1Nulidad y restablecimiento 1Reparación directa 1Acción de repetición 5Reposición titulo 1Constitución en parte 1Ejecutivos 8

10.2. Contratos administrativos

Los pasivos contingentes por contratos administrativos se originan por el otorgamiento de garantías explícitas a favor de un tercero, relacionadas con proyectos de inversión cuya financiación y ejecución involucran la apropiación de recursos presupuestales de vigencias futuras. Para el municipio de Itagüí tenemos a:

10.3 Operaciones de crédito público

Los pasivos contingentes por operaciones de crédito público se originan cuando la Administración Central actúa como deudor solidario o garante de obligaciones de pago.

Para el municipio de Itagüí no ha sido garante de ningún empréstito, solo lo hizo en el año 94 con el INVIR

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10.4. Pasivo pensional

La deuda pensional del Municipio de Itagüí constituye un pasivo directo y explícito, por lo cual la Administración Municipal hace su reconocimiento y revelación de acuerdo con la normatividad vigente.

La Ley 549 de 1999 establece la obligación de elaborar cálculos actuariales sobre el pasivo pensional de cada entidad territorial de acuerdo con la metodología y dentro del programa que diseñe la Nación por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este programa deberá contemplar el cálculo del pasivo a través del levantamiento de historias laborales.

El valor resultado del cálculo actuarial equivale al valor presente de los pagos futuros que las entidades empleadoras, en este caso de la Administración Municipal de Itagüí, deberán realizar a sus pensionados actuales, o quienes hayan adquirido derechos, por concepto de pensiones, bonos pensiónales y cuotas partes de pensiones y bonos pensiónales. De igual manera, incluye el valor presente de los pagos futuros que la entidad deberá realizar a favor del personal activo.

Con base en ello, las entidades responsables registran las provisiones y amortizaciones de pensiones actuales y futuras, el cual se actualiza anualmente.

El pasivo pensional registrado en el Fonpet con cierre a diciembre 31 de 2011, un valor de $104.778 M, de los cuales estaban provisionados $ 48.143 M, con una cobertura del 45.95%, así:

Nombre Entidad Territorial

Pasivo Pensional Total

Aportes en Pesos%

Cubrimiento

Municipio de Itagüí 104.778 48.143 45,95%

ARTICULO SEGUNDO: Preséntese este documento a título informativo al Honorable Concejo Municipal, para la exposición del proyecto de presupuesto y publíquese en la página web de la entidad territorial.

Dado en Itagüí a los 12 días del mes de octubre de 2012.

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CARLOS ANDRÉS TRUJILLO GONZÁLEZ ELIANA MARÍA ARIAS RAMÍREZ

Alcalde Municipal Secretaria de Hacienda

JORGE ELIECER ECHEVERRI JARAMILLO

Jefe Oficina Jurídica

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PLAN FINANCIERO 2013 - 2023 (Millones de $)

PROYECCIONES

2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023

INGRESOS TOTALES309.88

9305.225 326.530 354.954 385.932

419.700

456.514 496.653 540.425 588.163 640.234

INGRESOS CORRIENTES309.58

9304.915 326.209 354.621 385.588

419.343

456.145 496.271 540.030 587.754 639.810

Tributarios155.46

9167.926 181.438 196.096 212.003

229.269

248.013 268.367 290.474 314.491 340.587

Predial Unificado 55.000 58.300 61.798 65.506 69.436 73.602 78.019 82.700 87.662 92.921 98.497

Industria Comercio y Avisos 74.384 81.450 89.188 97.661 106.939117.09

8128.223 140.404 153.742 168.347 184.340

Sobretasa Bomberil 1.050 1.150 1.259 1.379 1.510 1.653 1.810 1.982 2.170 2.376 2.602

Sobretasa a la gasolina 5.684 6.224 6.815 7.462 8.171 8.947 9.797 10.728 11.747 12.863 14.085

Impuesto sobre vehículos 1.355 1.484 1.625 1.779 1.948 2.134 2.336 2.558 2.801 3.067 3.359

Alumbrado Publico 6.458 6.684 6.918 7.161 7.411 7.671 7.939 8.217 8.504 8.802 9.110

Delineación Urbana 2.186 2.394 2.621 2.870 3.143 3.441 3.768 4.126 4.518 4.947 5.417

Otros Ingresos Tributarios 9.352 10.240 11.213 12.279 13.445 14.722 16.121 17.652 19.329 21.166 23.176

No Tributarios 9.560 10.468 11.463 12.552 13.744 15.050 16.479 18.045 19.759 21.636 23.692

Gestión Fiscalización y Anti evasión 60.000 33.927 31.919 34.951 38.272 41.907 45.889 50.248 55.022 60.249 65.972

Fondos especiales (Incluye SGP y otros) 84.560 92.593 101.390 111.022 121.569133.11

8145.764 159.611 174.774 191.378 209.559

Recursos de Capital 300 311 321 333 344 356 369 382 395 409 423

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 69.799 72.242 74.770 77.387 80.096 82.899 85.801 88.804 91.912 95.129 98.458

Servicios Personales 40.543 41.962 43.431 44.951 46.524 48.153 49.838 51.582 53.388 55.256 57.190

Gastos Generales 17.202 17.805 18.428 19.073 19.740 20.431 21.146 21.886 22.652 23.445 24.266

Transferencias 12.053 12.475 12.912 13.364 13.832 14.316 14.817 15.335 15.872 16.428 17.002

INVERSIÓN194.66

9209.118 228.602 221.011 236.305

252.851

270.763 290.162 311.183 333.972 358.689

Directa183.29

0196.658 214.958 206.072 219.945

234.938

251.147 268.683 287.664 308.219 330.489

Flexible 84.128 94.043 91.836 95.050 98.377101.82

0105.384 109.072 112.890 116.841 120.930

Inflexible (fuentes y VF comprometidas) 99.162 102.615 123.123 111.022 121.569133.11

8145.764 159.611 174.774 191.378 209.559

Transferencias 11.379 12.460 13.644 14.940 16.359 17.913 19.615 21.478 23.519 25.753 28.200

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ANAXO No. 4

PLAN OPERATIVO DE INVERSIÓN - POAI

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución Política y el Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal, la Administración pone a consideración del Honorable Concejo Municipal el proyecto de Acuerdo, por el cual se establece el Presupuesto General del Municipio de Itagüí para la vigencia fiscal que va del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2013, por la suma de $322.309’954.156.

Este es el primer presupuesto que la actual administración presenta al Honorable Concejo Municipal, en el que además de cumplir con los postulados, principios y metas del Plan de Desarrollo “UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO”, se anexa el documento que contiene el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Plan Operativo Anual de Inversión, establecidos en la Ley 819 de 2003.

Es del interés de la Administración que el presente documento proporcione elementos que permitan una discusión enriquecedora sobre el contenido del presupuesto y ejerzan de su parte el control político que en esta materia les ha sido delegado por la normatividad Colombiana. Este presupuesto se ha preparado con el convencimiento de que la información debe contribuir a generar transparencia en el proceso de programación presupuestal, dándole al Honorable Concejo Municipal, elementos para decidir y evaluar sobre la asignación de los recursos públicos.

PRESUPUESTO DE INGRESOS

El monto global del Presupuesto de Ingresos del Municipio de Itagüí fue calculado en la suma de $322.309’954.155, el cual está discriminado de la siguiente manera:

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA 2013

CONCEPTOS VALOR 2013

INGRESOS TOTALES 322.309.954.156

INGRESOS CORRIENTES 165.028.849.396

INGRESOS TRIBUTARIOS 155.468.718.360

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9.560.131.036

TRANSFERENCIAS 84.560.016.776

RECURSOS DE CAPITAL 72.721.087.984Cifras en pesos

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La expectativa del recaudo en los Ingresos Corrientes por valor de $165.028.849.396, obedece principalmente al crecimiento esperado en los recursos tributarios, frente a los cuales la Secretaría de Hacienda está adelantando estrategias de recaudo de las diferentes rentas con procesos de fiscalización y cobro coactivo, que permitan garantizar el cumplimiento del plan financiero que soporta el plan de Desarrollo “UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO”.

En las rentas de Predial e Industria y Comercio se concentra la mayor confianza de la reactivación de los ingresos, estructurando una política fiscal y financiera que permita lograr una cultura de pago oportuno de los impuestos e implementación de mecanismos que contribuyan a reducir la evasión y la elusión, mediante el desarrollo de actividades principales, como son:

i) Realizar inspección contable y tributaria a los diferentes contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio.

ii) Realizar cruces de información a través de convenios interadministrativos con entidades nacionales y locales, tales como la DIAN, la Superintendencia de Sociedades y la Cámara de Comercio.

iii) Sensibilizar la relación contribuyente – estado, mediante la implementación de un conjunto de estrategias educativas con la finalidad de desarrollar una cultura tributaria sólida.

iv) Adicionalmente en lo que respecta al impuesto predial, la Administración Municipal ha implementado la política de conservación dinámica de todos los predios del Municipio; esto continuamente tiene un efecto positivo en la facturación de este tributo. Lo anterior garantiza que toda nueva construcción ya sea para efectos comerciales o residenciales, queda inmediatamente formada para que pague su correspondiente impuesto predial por cada unidad y no por el lote como venía ocurriendo.

Igualmente, en relación a las Transferencias se le asignó la suma de $84.560.016.776, cifra que incluye las transferencias de la Nación por concepto del Sistema General de Participaciones – SGP, entre otras.

Para el presente presupuesto, los Recursos de Capital ascienden a $72.721.087.984, monto que incluye los Recursos del Crédito, Recuperación de Cartera y Rendimientos Financieros, entre otros.

PRESUPUESTO DE GASTOS

Las apropiaciones incluidas en el Proyecto de Presupuesto para 2013, en materia de gastos, por valor de $322.309’954.156, son congruentes con las estimaciones del Plan Financiero y consistentes con las metas del Marco Fiscal de Mediano Plazo. En esta cifra se incluyen el presupuesto de los entes de control, como son el Concejo, la Contraloría y la Personería Municipales. Dicha cifra está distribuida por grandes rubros así:

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Cifras en pesos

La

Administración, cumpliendo con el compromiso hecho en el Plan de Desarrollo “UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO” establece mecanismos de austeridad en el gasto, como son las campañas y procesos de generación de cultura en los servidores públicos en cuanto al uso racional y optimización de los recursos, con el fin de disminuir en la medida de lo posible, y sin afectación del ejercicio de las funciones, los costos y gastos asociados a funcionamiento, los cuales fueron asignados en $69.798’957.876, para garantizar la operación de la Administración. Igualmente se incluyeron los recursos para cubrir la modernización administrativa, autorizada por el Honorable Concejo Municipal.

En lo que respecta al servicio de la deuda, se asignaron recursos por $9.671.548.566, con lo cual continuar dando estricto cumplimiento a las obligaciones con el sector financiero, buscando siempre mejorar el perfil de la deuda. Para dicho fin, se pretende emplear mecanismos o estrategias tales como reprogramación, sustitución y reconversión de la misma, buscando con ello garantizar una disminución en tasas de interés que permitan liberar recursos cuyo destino final es la inversión social.

Finalmente, en materia de Inversión, los recursos asignados ascienden a $242.839’447.714. Las partidas incluidas en el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) para 2013 son consistentes con los Programas y Proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo “UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO”. La financiación de las inversiones se hará con recursos propios, SGP, recursos del Crédito, cofinanciación, entre otras fuentes.

El valor de la Inversión Social corresponde al 75.34% del total del gasto presupuestado para el 2013, dando cumplimiento con ello al mandato Constitucional que brinda prioridad al gasto público social y reiterando así el deseo de la actual Administración por contribuir al bienestar de la comunidad Itagüiseños.

Honorables Concejales:

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENCIA 2013

CONCEPTO VALOR 2013

GASTOS TOTALES 322.309.954.156

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 69.798.957.876

SERVICIO DE LA DEUDA 9.671.548.566

GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL 242.839.447.714

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La administración Municipal presenta a su consideración el presente proyecto de Acuerdo de Presupuesto para la vigencia 2013, para su estudio y evaluación. Contamos de antemano con su interés, objetividad, experiencia y trayectoria de cada uno de Ustedes para garantizar el cumplimiento de la misión constitucional que le compete al Estado Colombiano y en particular al Municipio de Itagüí, como es el de mejorar las condiciones de vida y desarrollo social de todos y cada uno de los Itagüiseños y el crecimiento económico de nuestro territorio.

A través del uso de esta herramienta de administración pública, se propone hacer más eficiente y transparente la gestión de cada una de las dependencias que componen la Administración Municipal de Itagüí, para así, lograr que todos los integrantes de la Corporación puedan ejercer su mandato constitucional en cuanto al control político.

Atentamente,

CARLOS ANDRÉS TRUJILLO GONZÁLEZ ELIANA MARÍA ARIAS RAMÍREZAlcalde Municipal Secretaria de Hacienda Municipal

JORGE ELIECER ECHEVERRI JARAMILLOJefe Oficina Jurídica Municipal

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