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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN
INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
PROMOCIÓN:
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE GRANADA
REDACCIÓN:
Mª BELÉN RÍOS RUÍZ
ARQUITECTA Calle Francisco Ayala, 7 – 3ºG Alhama de Granada_Granada_ 667 62 10 59 [email protected]
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE INDICE
I. MEMORIA
1. MEMORIA EXPOSITIVA
1.1. OBJETO
1.2. AUTOR DEL PROYECTO
1.3. AUTOR DEL ENCARGO
1.4. SITUACIÓN
1.5. DATOS Y CARACTERISTICAS DE LOS TERRENOS Y SUPERFICIES
1.6. CARACTERISTICAS GENERALES DE ORDENACIÓN
2. MEMORIA INFORMATIVA
2.1. CARÁCTERISTICAS NATURALES DEL TERRITORIO
2.2. ESTADO ACTUAL
2.3. INFRAESTRUCTURA EXISTENTE
2.4. ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DEL SUELO
3. MEMORIA DESCRIPTIVA
3.1. SOLUCIÓN ADOPTADA
4. MEMORIA CONSTRUCTIVA
II. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
III. JUSTIFICACIÓN DEL DECRETO 72/1992, DE 5 MAYO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE DE ANDALUCÍA
IV. MEDICIONES Y PRESUPUESTO V. PLIEGO DE CONDICIONES VI. ESTUDO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD VII. PLANOS
MEMORIA VALORADA MEMORIA INTERVENCIÓN EN BARRIO ARABE
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I. MEMORIA
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MEMORIA 1. MEMORIA EXPOSITIVA 1.1. OBJETO
Este proyecto trata de definir las actuaciones que se llevarán a cabo en la intervención en el Barrio Árabe para el acondicionamiento de algunas calles y espacios tratando de mejorar la pavimentación de estas y el adecentamiento de algunos espacios mediante su limpieza y reparación de algunos elementos, dotando a esta zona situada en el Barrio Árabe de Alhama de Granada de unas condiciones óptimas de seguridad, salubridad y ornato. Esta memoria sirve como soporte documental para la descripción de la inversión a realizar. 1.2. AUTOR DEL PROYECTO.
El presente proyecto está redactado por Mª Belén Ríos Ruiz, arquitecta, con NIF. 74.6770.078‐B, colegiado nº 4666 en el Colegio Oficial de Arquitectos de Granada, con domicilio a efectos de notificaciones, en Calle Francisco Ayala, 7‐3ºG de Alhama de Granada, Granada.
1..3. AUTOR DEL ENCARGO.
Se realiza el presente proyecto de ejecución por encargo del Ayuntamiento de Alhama de Granada, con domicilio en Carrera Francisco de Toledo número 10, CIF.: P1801400A. Paseo Montes Jovellar, 5 de Alhama de Granada.
1.4. SITUACIÓN Las obras se desarrollarán en varias calles del Barrio Árabe como son, Calle Corralazo de Santiago, Calle Baja Monjas, Calle Angustias, Calle Arroyo y Calle Frailes. Este barrio conocido como Barrio Árabe, es el centro urbano de la ciudad medieval, característico por un modelo de ciudad que crece dentro de un recinto amurallado, estructurado en torno a una plaza donde se asienta un entramado de calles estrechas e irregulares que va generando el tejido urbano. Paralelamente, este barrio es uno de los lugares de interés turístico del municipio, por lo que es bastante importante el acondicionamiento de esta zona. 1.5. DATOS Y CARACTERISTICAS DE LOS TERRENOS Y SUPERFICIES. La extensión total bruta contemplada en el proyecto de Intervención en Barrio Árabe 2684.97 m2. Las características de los terrenos y su situación exacta se recoge en los correspondientes planos que se adjuntan. 1.6. CARACTERISTICAS GENERALES DE ORDENACIÓN La ordenación que se recoge en proyecto es la existente, dado que se trata de una renovación del pavimento existente y nueva disposición de los aceras y viario. Acerado y viales……….. 1861.09 m2
Las obras son de pavimentación de varias calles, el tratamiento de los espacios no es completo, sino que se realizan algunos capítulos de obra, pavimentación y acerado, por lo que el porcentaje de aplicación es 40%.
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1. MEMORIA INFORMATIVA 2.1 CARACTERÍSTICAS NATURALES DEL TERRITORIO Climatología y regímenes pluviométricos y eólicos. Tipo de clima. Se puede clasificar de Continental‐Mediterráneo, según se desprende de los datos que se reseñan a continuación: Temperaturas medias mensuales Enero
7°C
Febrero
9°C
Marzo
12°C
Abril
13°C
Mayo
16°C
Junio
24°C
Julio
26°C
Agosto
25°C
Septiembre
21°C
Octubre
16°C
Noviembre
10°C
Diciembre
8 °C
Régimen de lluvias: El régimen de las precipitaciones pone al descubierto una influencia atlántica importante a pesar de su caracterización general como mediterráneo. Régimen pluviométrico: Precipitaciones l/m2 Enero 57 Febrero 83 Marzo 23 Abril 37 Mayo 42 Junio 6 Julio 18 Agosto 27 Septiembre 48 Octubre 65 Noviembre 131 Diciembre 51
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Características geotécnicas. El área de estudio se encuentra en una región de más alta sismicidad de la Península, se trata de una zona de grado IX, según la Norma Sísmica NCSE‐02. Coeficiente de contribución K=1; vida útil= 50 años Aceleración sísmica básica: ab/g=0.20 Aceleración sísmica cálculo: ac=0.24 Coeficiente de suelo: C=1.60 2.2. ESTADO ACTUAL
En los últimos años ha sufrido un proceso importante de degradación, quedando bastantes solares vacíos que han sido utilizados como escombreras, calles en un estado de deterioro importante, debido fundamentalmente a la migración de los habitantes de la zona y el descuido generalizado. Hoy en día hay un gran interés por recuperar una de las joyas del municipio dotando de los servicios necesarios y de las condiciones necesarias de habitabilidad, mejorando las condiciones de seguridad, salubridad y ornato, pretendiendo activar el interés por este barrio como zona residencial.
En la calle que conduce a la mazmorras, debido a la topografía del lugar las calles y casas se van configurando inevitablemente con muros de contención, existe un muro perimetral de mampostería careada que ha cedido debido al empuje del terreno, por lo que se pretende utilizando la misma piedra realizar un nuevo muro más estable.
CALLE CORRALAZO DE SANTIAGO
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CALLE CORRALAZO DE SANTIAGO
CALLE CORRALAZO DE SANTIAGO
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CALLE CORRALAZO DE SANTIAGO
CALLE BAJA MONJAS
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CALLE BAJA MONJAS
CALLE BAJA MONJAS
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CALLE BAJA MONJAS
CALLE BAJA MONJAS
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CALLE BAJA MONJAS
CALLE FRAILES
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CALLE ARROYO
CALLE ARROYO
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CALLE ARROYO
CALLE ANGUSTIAS
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CALLE ANGUSTIAS
CALLE ANGUSTIAS
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CAMINO MAZMORRAS
CAMINO MAZMORRAS
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CAMINO MAZMORRAS
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CAMINO MAZMORRAS
CAMINO MAZMORRAS
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CAMINO MAZMORRAS
CAMINO MAZMORRAS
Según las condiciones urbanísticas, la calle está incluida en el suelo urbano consolidado de Alhama de Granada, según las Normas Subsidiarias del planeamiento vigente del municipio de Alhama de Granada.
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2.3 INFRAESTRUCTURA EXISTENTE
Red de comunicaciones.
La zona que queda integrada en el Proyecto cuenta con acceso rodado a través de las calles colindantes.
Abastecimiento de aguas.
La zona objeto de proyecto cuenta con puntos de acometida, mediante la red de abastecimiento municipal, manifestando desde el Ayuntamiento que la misma se encuentra en buen estado.
Red de saneamiento y pluviales.
La zona objeto de proyecto cuenta con la instalación de la red general de saneamiento, manifestando desde el Ayuntamiento que la misma se encuentra en buen estado. Esta se completará con imbornales para mejorar la evacuación de aguas pluviales.
Energía Eléctrica.
El suministro de energía eléctrica se realiza en media tensión, para alimentación a parcelas y alumbrado público, no actuándose sobre esta infraestructura.
Telefonía.
Al igual que en las anteriores redes, ésta se encuentra ejecutada no previéndose la actuación sobre la misma.
2.4. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO
La totalidad del terreno sobre el que se actúa es suelo público de titularidad municipal.
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3. MEMORIA DESCRIPTIVA SOLUCIÓN ADOPTADA En la actuación del adecentamiento de calles se realizará una nueva pavimentación disponiendo según las características y morfología una diferenciación mediante distinta tipología de pavimento entre calzada y acerado o en aquellas donde no se posible solo un tipo de pavimento configurando la calle como peatonal. Se sustituirá el pavimento por un pavimento nuevo adecuado a las condiciones y características del barrio mediante hormigón impreso. Las líneas de acerado se harán mediante losetas de piedra caliza.
Con esta actuación se pretende mejorar tanto la funcionalidad de calle como el ornato mediante elementos de estética homogénea.
Se mejoraran las infraestructuras existentes completando el sistema de evacuación de aguas pluviales mediante la incorporación de nuevos elementos como imbornales que se conectarán a la red general de saneamiento existente.
El muro se consolidará reutilizando el material original en la medida de lo posible, debiendo reconstruirse en aquellas partes que esta más deteriorado.
Se realizará una limpieza de solares en general mediante retirada de escombros y transporte a vertedero.
Los solares que están vacios se cercarán mediante fabrica de muro de bloques de hormigón.
Se trata de realizar una intervención parcial en el Barrio Árabe de la localidad para mejorar las condiciones en la que se presentan algunas calles mediante la mejora del pavimento de una serie de calles que se encuentran en mal estado, limpieza y adecentamiento de solares y reconstrucción y reparación del muro de contención situado en el camino hacia las mazmorras, pretendiendo con esta intervención mejorar las condiciones de salubridad, higiene, seguridad y ornato de la zona, modernizando el entorno con elementos de estética homogénea. Pretendiendo con esta actuación colaborar al embellecimiento del pueblo mediante la mejora y puesta en valor de una zona degradada.
Para ello, trata de:
• Realizar la nueva pavimentación tanto de la calzada como del acerado, sobre una nueva base de las calles antes citadas, que son Calle Corralazo de Santiago, Calle Baja Monjas, Calle Frailes, Calle Arroyo y Calle Angustias.
• Limpieza y retirada de escombros del solar especificado en planos, situado al final de Calle Angustias, y de aquellos que se considere oportuno.
• Adecentamiento del solar situado en Calle Corralazo de Santiago para que pueda ser utilizado como aparcamiento para coches, habrá que consolidar y reparar el pequeño muro de contención del solar hacia Calle Baja Monjas.
• Reparación y consolidación del muro perimetral de contención de mampostería situado junto camino de las Mazmorras danto estabilidad.
• Cercado de solares vacíos mediante fabrica de bloques de hormigón, enfoscado, maestreado y fratasado pintado en blanco mediante pintura pétrea.
• Mejora de la infraestructura de evacuación de aguas pluviales mediante la incorporación de nuevos elementos a la red como son imbornales en aquellos puntos donde sea necesario.
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4. MEMORIA CONSTRUCTIVA
PAVIMENTOS
CALZADA Y ACERADOS Previamente se realizará el acondicionamiento del firme mediante compactación del terreno y
extendido de capa de hormigón en masa. Las aceras se realizarán al mismo nivel de la calzada. Las aceras y zonas peatonales se realizarán mediante base de solera de hormigón de HM‐20 de 10 cm
de espesor y acabado de losetas de piedra caliza asentadas sobre la base de hormigón. La calzada se realizará mediante hormigón impreso con una base de 15 cm de hormigón HM‐20 y
mallazo de #20 y Ø 8 mm. Reparación de pavimento de calles en zonas en mal estado como hundimientos, desprendimiento de
elementos de pavimento, etc. RED DE SANEAMIENTO, RECOGIDA DE AGUAS PLUVIALES La red de saneamiento es la preexistente, en la que se incorporan una serie de elementos nuevos para
favorecer y mejorar la recogida y evacuación de aguas pluviales, mediante la incorporación de imbornales cuya situación se define en planos, estás se conectarán a la red de saneamiento existente.
LIMPIEZA DE SOLARES Se realizará una limpieza de solares mediante la retirada de escombros y elementos sobrantes y se
realizará el transporte a vertedero. CERCADO DE SOLARES. Se realizará mediante fábrica de bloque de hormigón enfoscado, maestreado y fratasado de mortero
de cemento pintado en blanco con pintura pétrea lisa. La fábrica se asentara sobre zanja rellena de hormigón ciclópeo de 25 cm de espesor.
Consolidación de muro existente de mampostería incluyendo las siguientes unidades: - Demolición de aquellas parte del muro inestable con acopio de material para su posterior
colocación. - Limpieza y perfilado de talud con retirada de material sobrante. - Saneado de elementos de cimentación. - Ejecución del muro de mampostería aprovechando el material existente incluso con aporte. - Consolidación de la fábrica existente mediante retacado de juntas con mortero de cemento.
CRITERIO ADOPTADO EN LA ELABORACIÓN DE MEDICIONES Y PRESUPUESTO. Dadas las características de la obra a desarrollar donde no existe una medición exacta de referencia y dado que se trata de una intervención parcial genérica que se desarrollará en función de los requerimientos e incidencias que puedan ir apareciendo a pie de obra se ha optado por hacer una medición global y general en donde se han establecido las partidas de obra necesarias para acometer este tipo de intervención así como los precios por partida. La obra se desarrollará en intima colaboración con la Dirección Facultativa.
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II. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1ºA). Uno del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción. ÍNDICE o Normas de Carácter General o Estructuras o Acciones en la Edificación o Acero o Fábrica o Madera o Hormigón o Forjados o Instalaciones o Agua o Ascensores o Audiovisuales, Antenas y Telecomunicaciones o Calefacción, Climatización, Agua Caliente Sanitaria y Gas o Electricidad o Instalaciones de Protección Contra Incendios o Protección o Aislamiento Acústico o Aislamiento Térmico o Protección frente a la Humedad o Protección Contra Incendios o Seguridad y Salud en las Obras de Construcción o Seguridad de Utilización o Barreras Arquitectónicas o Varios o Instrucciones y Pliegos de Recepción o Medio Ambiente o Otros
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NORMAS DE CARÁCTER GENERAL ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN L.O.E. ‐ LEY 38/1999, de 5‐NOV del Ministerio de Fomento ‐ B.O.E. : 6‐NOV‐1999 MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA L.O.E. ‐ LEY 53/2002, de 30‐DIC(Art. 105), de la Jefatura del Estado ‐ B.O.E.: 31‐DIC‐2002 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR, del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 ‐ Corrección de errores y erratas: 25‐ENE‐2008 MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 314/2006, DE 17 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN ‐ REAL DECRETO 1371/2007, de 19‐OCT, del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 23‐OCT‐2007 ‐ Corrección de errores: 20‐DIC‐2007 NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN. ‐ DECRETO 462/1971 de 11‐MAR, del Ministerio de la Vivienda ‐ B.O.E. : 24‐MAR‐1971. ‐ MODIFICADO por RD 129/1985, de 23‐ENE. B.O.E.: 7‐FEB‐1985 ESTRUCTURAS ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN CTE. DB‐SE. SEGURIDAD ESTRUCTURAL ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 CTE. DB‐SE‐AE. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSR‐02). ‐ REAL DECRETO 997/2002, de 27‐SEP, del Ministerio de Fomento ‐ B.O.E.: 11‐OCT‐2002 ACERO CTE. DB‐SE‐A. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: ACERO ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 FÁBRICA CTE. DB‐SE‐F. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: FÁBRICA ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 HORMIGÓN INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE). ‐ REAL DECRETO 2661/1998, de 11‐DIC, del Ministerio de Fomento. ‐ B.O.E.:13‐ENE‐1999 ‐ MODIFICADO por RD 996/1999, de 11‐JUN. B.O.E.: 24‐JUN‐1999 FORJADOS FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS. ‐ REAL DECRETO 1630/1980, de 18‐JUL, de la Presidencia del Gobierno ‐ B.O.E.: 8‐AGO‐1980
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MODIFICACIÓN DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 1630/1980, SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS. ‐ ORDEN de 29‐NOV‐1989. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ‐ B.O.E.: 16‐DIC‐1989 INSTALACIONES AGUA CTE. DB‐HS4. SALUBRIDAD: SUMINISTRO DE AGUA ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 CTE. DB‐HS5. SALUBRIDAD: EVACUACIÓN DE AGUAS ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 CONTADORES DE AGUA FRÍA. ‐ ORDEN de 28‐DIC‐1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ‐ B.O.E.: 6‐MAR‐1989 CONTADORES DE AGUA CALIENTE. ‐ ORDEN de 30‐DIC‐1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ‐ B.O.E.: 30‐ENE‐1989 ASCENSORES REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN (SÓLO ESTÁN VIGENTES LOS ARTÍCULOS 10 A 15, 19 Y 23) ‐ REAL DECRETO 2291/1985, de 8‐NOV, del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 11‐DIC‐1985. DEROGADO el 30‐JUN‐1999, con excepción de los art. 10‐15, 19 Y 23. INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC‐MIE‐AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTRO‐MECÁNICOS. ‐ ORDEN de 23‐SEP‐1987, del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 6‐OCT‐1987. ‐ Corrección errores: 12‐MAY‐1988. MODIFICACIÓN DE LA ITC‐MIE‐AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS ‐ ORDEN de 12‐SEP‐1991, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ‐ B.O.E.: 17‐SEP‐1991. ‐ Corrección errores: 12‐OCT‐1991. DEROGADAS ESTAS ORDENES EL 30‐JUN‐99, CON EXCEPCIÓN DE LOS PRECEPTOS DE LA ITC MIE‐AEM 1 A LOS QUE SE REMITEN LOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO QUE SIGUEN VIGENTES (ART. 10‐15, 19 Y 23). PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC MIE‐AEM 1, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN. ‐RESOLUCIÓN de 27‐ABR‐1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ‐ B.O.E.: 15‐MAY‐1992. DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE SOBRE ASCENSORES. ‐ REAL DECRETO 1314/1997 de 01‐AGO‐97, del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 30‐SEP‐1997 ‐ Corrección de errores: B.O.E.‐ 28‐JUL‐1998 OBLIGATORIEDAD DE INSTALAR PUERTAS EN CABINAS, SISTEMAS DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA Y DISPOSITIVOS DE PETICIÓN DE SOCORRO, PARA LOS ASCENSORES QUE CARECEN DE ESTOS ELEMENTOS.
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‐ ORDEN de 21‐DIC‐98, de la Comunidad de Castilla y León ‐ B.O.C. y L.: 20‐ENE‐99 ‐ Corrección de errores: 26‐ABR‐99 MODIFICADA por ‐ ORDEN de 16‐NOV‐2001 ‐ B.O.C.y L.: 11‐DIC‐2001 PRESCRIPCIONES PARA EL INCREMENTO DE LA SEGURIDAD DEL PARQUE DE ASCENSORES EXISTENTE ‐ REAL DECRETO 57/2005, de 21‐ENE, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ‐ B.O.E.: 4‐FEB‐2005 ‐ Entrada en vigor: A los seis meses de su publicación en el BOE APARATOS ELEVADORES HIDRÁULICOS. ‐ ORDEN de 30‐JUL‐74. del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 9‐AGO‐74 ASCENSORES SIN CUARTOS DE MÁQUINAS. ‐ RESOLUCIÓN de 3‐ABR‐97. de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 23‐ABR‐97 ‐ Corrección de errores: 23‐MAY‐97 ASCENSORES CON MÁQUINA EN FOSO ‐ RESOLUCIÓN de 10‐SEP‐98, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial ‐ B.O.E.: 25‐SEP‐98 , ANTENAS Y TELECOMUNICACIONES INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICA‐CIONES. ‐ REAL DECRETO‐LEY 1/1998, de 27‐FEB, de la Jefatura del Estado ‐ B.O.E. 28‐FEB‐1998 REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. ‐ REAL DECRETO 401/2003, de 4‐ABR, del Ministerio de Ciencia y Tecnología ‐ B.O.E.: 14‐MAY‐2003 DESARROLLO DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICA‐CIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. ‐ ORDEN CTE/1296/2003, de 14‐MAY, del Ministerio de Ciencia y Tecnología ‐ B.O.E.: 27‐MAY‐2003 LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES ‐ Ley 32/2003, de 3‐NOV, de la Jefatura del Estado ‐ B.O.E.: 4‐NOV‐2003 CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE) ‐ REAL DECRETO 1027/2007, de 20‐JUL, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 29‐AGO‐2007 ‐ Corrección de errores B.O.E.: 28‐FEB‐2008 CRITERIOS HIGIÉNICO‐SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS. ‐ REAL DECRETO 865/2003, de 4‐JUL, del Ministerio de Sanidad y Consumo con rango de norma básica ‐ B.O.E.: 18‐JUL‐2003 CTE. DB‐HE4. AHORRO DE ENERGÍA: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006
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CTE. DB‐HS3. SALUBRIDAD: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 ELECTRICIDAD REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. "REBT" ‐ REAL DECRETO 842/2002, de 2‐AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología ‐ B.O.E.: 18‐SEP‐2002 AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO. ‐ RESOLUCIÓN de 18‐ENE‐88, de la Dirección General de Innovación Industrial ‐ B.O.E.: 19‐FEB‐88 CTE. DB‐HE3. AHORRO DE ENERGÍA: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 CTE. DB‐HE5. AHORRO DE ENERGÍA: CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. ‐ REAL DECRETO 1942/1993, de 5‐NOV, del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 14‐DIC‐1993 ‐ Corrección de errores: 7‐MAY‐1994 NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1942/1993, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y SE REVISA EL ANEXO I Y LOS APÉNDICES DEL MISMO ‐ ORDEN 16‐ABR‐1998, del Ministerio de Industria y Energía ‐ B.O.E.: 28‐ABR‐1998 PROTECCIÓN AISLAMIENTO ACÚSTICO DOCUMENTO BÁSICO "DB‐HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO" DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN ‐ REAL DECRETO 1371/2007, de 19‐OCT, del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 23‐OCT‐2007 ‐ Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación en el BOE ‐ Periodo transitorio de 12 meses posteriores a su entrada en vigor durante los cuales se podrá continuar aplicando la NBE CA‐88 ‐ Corrección de errores BOE: 20‐DIC‐2007 NORMA BÁSICA NBE‐CA‐88 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ACLARACIONES Y CORRECCIONES DE LOS ANEXOS DE LA NBE‐CA‐82. ‐ ORDEN de 29‐SEP‐1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. ‐ B.O.E.: 8‐OCT‐1988. MODIFICA LA NORMA BÁSICA NBE‐CA‐82 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ‐ REAL DECRETO 2115/1982, de 12‐AGO, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ‐ B.O.E.: 3‐SEP‐1982 ‐ Corrección errores: 7‐OCT‐1982 MODIFICA LA NORMA BÁSICA NBE‐CA‐81 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ‐ REAL DECRETO 1909/1981, de 24‐JUL, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ‐ B.O.E.: 7‐SEP‐1981
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‐ Derogados por el R.D. 1371/2007, de 19‐OCT. Periodo transitorio de 12 meses posteriores a su entrada en vigor durante los cuales se podrá continuar aplicando la NBE CA‐88 LEY DEL RUIDO ‐ LEY 37/2003, de 17‐NOV, de la Jefatura del Estado ‐ B.O.E.: 18‐NOV‐2003 DESARROLLO DE LA LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL RUIDO, EN LO REFERENTE A ZONIFICACIÓN ACÚSTICA, OBJETIVOS DE CALIDAD Y EMISIONES ACÚSTICAS ‐ REAL DECRETO 1367/2007, de 19‐OCT, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 23‐OCT‐2007 EVALUACIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL ‐ REAL DECRETO 1513/2005, de 16‐DIC, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 17‐DIC‐2005 AISLAMIENTO TÉRMICO CTE. DB‐HE1. AHORRO DE ENERGÍA: LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD CTE. DB‐HS1. SALUBRIDAD: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CTE. DB‐SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA AL FUEGO ‐ REAL DECRETO 312/2005, de 18‐MAR, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 2‐ABR‐2005 MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 312/2005, DE 18 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA AL FUEGO ‐ REAL DECRETO 110/2008, de 1‐FEB, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 12‐FEB‐2008 SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. ‐ REAL DECRETO 1627/1997, de 24‐OCT, del Ministerio de la Presidencia. ‐ B.O.E.: 25‐OCT‐1997 MODIFICACIÓN DEL APARTADO C.5 DEL ANEXO IV ‐ REAL DECRETO 2177/2004, de 12‐NOV, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 13‐NOV‐2004 proyecto fin de carrera normativa técnica 9 Rehabilitación del Ayuntamiento de Minas de Riotinto Francisco José Jiménez Vega Pág. 475 MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1627/1997, DE 24‐OCT ‐ REAL DECRETO 604/2006, de 19‐MAY, del Ministerio de la Presidencia
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‐ B.O.E.: 29‐MAY‐2006 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ‐ LEY 31/1995, de 8‐NOV, de la Jefatura del Estado ‐ B.O.E.: 10‐NOV‐1995 DESARROLLO DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ‐ REAL DECRETO 171/2004, de 30‐ENE, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 31‐ENE‐2004 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN ‐ REAL DECRETO 39/1997, de 17‐ENE, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 31‐ENE‐1997 MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. ‐ REAL DECRETO 780/1998, de 30‐ABR, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 1‐MAY‐1998 SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO. ‐ REAL DECRETO 485/1997, de 14‐ABR. del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 23‐ABR‐1997 MANIPULACIÓN DE CARGAS ‐ REAL DECRETO 487/1997, de 14‐ABR, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 23‐ABR‐1997 UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ‐ REAL DECRETO 773/1997, de 30‐MAY ‐ B.O.E.: 12‐JUN‐1997 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO ‐ REAL DECRETO 1215/1997, de 18‐JUL ‐ B.O.E.: 7‐AGO‐1997 MODIFICACIÓN EN MATERIA DE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA ‐ REAL DECRETO 2177/2004, de 12‐NOV, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 13‐NOV‐2004 PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA RIESGOS RELACIONADOS CON AGENTES QUÍMICOS DURANTE EL TRABAJO ‐ REAL DECRETO 374/2001, de 6‐ABR, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 1‐MAY‐2001 DISPOSICIONES MÍNIMAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE AL RIESGO ELÉCTRICO ‐ REAL DECRETO 614/2001, de 8‐JUN, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 21‐JUN‐2001 PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS O QUE PUEDAN DERIVARSE DE LA EXPOSICIÓN A VIBRACIONES MECÁNICAS ‐ REAL DECRETO 1311/2005, de 4‐NOV, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 5‐NOV‐2005 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES A LOS TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO ‐ REAL DECRETO 396/2006, de 31‐MAR, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 11‐ABR‐2006 REGULACIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN ‐ LEY 32/2006, de 18‐OCT ‐ B.O.E.: 19‐OCT‐2006
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DESARROLLO DE LA LEY 32/2006, DE 18 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN ‐ REAL DECRETO 1109/2007, de 24‐AGO, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ‐ B.O.E.: 25‐AGO‐2007 ‐ Corrección de errores B.O.E.: 12‐SEP‐2007 SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN CTE. DB‐SU. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 BARRERAS ARQUITECTÓNICAS ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ‐ LEY 3/1998, de 24‐JUN, de Presidencia de la Comunidad de Castilla y León ‐ B.O.C.y L. nº 123: 1‐JUL‐1998 ‐ MODIFICADA por Ley de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas. LEY 11/2000, de 28‐DIC. B.O.C.y L.: 30‐DIC‐2000 REGLAMENTO DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ‐ DECRETO 217/2001, de 30‐AGO, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social. Comunidad de Castilla y León ‐ B.O.C.y L. nº 172: 4‐SEP‐2001 ESTABLECIMIENTO DEL MÓDULO DE REFERENCIA PARA DETERMINAR LA CONDICIÓN DE "BAJO COSTE" EN LA CONVERTIBILIDAD DE LOS EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES ‐ ORDEN FAM/1876/2004, de 18‐NOV, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Comunidad de Castilla y León ‐ B.O.C.yL.: 20‐DIC‐2004 INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVÁLIDOS (Titulo IX, Artículos 54 a 61) ‐ LEY 13/1982, de 7‐ABR ‐ B.O.E.: 30‐ABR‐1982 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ‐ LEY 51/2003, de 2‐DIC ‐ B.O.E.: 3‐DIC‐2003 CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS Y EDIFICACIONES ‐ REAL DECRETO 505/2007, de 20‐ABR, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 11‐MAY‐2007 ‐ Las condiciones básicas serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2010 VARIOS INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS "RC‐03". ‐ REAL DECRETO 1797/2003, de 26‐DIC, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 16‐ENE‐2004 ‐ Corrección de errores: 13‐MAR‐2004 DISPOSICIONES PARA LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN EN APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 89/106/CEE ‐ REAL DECRETO 1630/1992, de 29‐DIC, del Ministerio de Relación con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno ‐ B.O.E.: 9‐FEB‐1993
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MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1630/1992, DE 29 DE DICIEMBRE, EN APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 93/68/CEE ‐ REAL DECRETO 1328/1995, de 28‐JUL, del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 19‐AGO‐1995 MEDIO AMBIENTE CTE. DB‐HS2. SALUBRIDAD: RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS ‐ REAL DECRETO 314/2006, de 17‐MAR del Ministerio de Vivienda ‐ B.O.E.: 28‐MAR‐2006 REGULACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN ‐ REAL DECRETO 105/2008, de 1‐FEB del Ministerio de la Presidencia ‐ B.O.E.: 13‐FEB‐2008 OTROS CASILLEROS POSTALES REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES. ‐ REAL DECRETO 1829/1999, de 3‐DIC‐1999, del Ministerio de Fomento ‐ B.O.E.: 31‐DIC‐1999
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III. JUSTIFICACIÓN DEL DECRETO 72/1992, DE 5 MAYO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS
ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE DE ANDALUCÍA
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JUSTIFICACIÓN DEL DECRETO 72/1992, DE 5 MAYO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE DE ANDALUCÍA
(Publicación del texto original en el BOJA n.º 44 de 23 de Mayo de 1992, y de una corrección de erratas en el BOJA n.º 50 de 6 de Junio de 1992. El Régimen Transitorio regulado en Decreto 133/1992, se publicó en el BOJA n.º 70 de 23 de Julio de 1992)
TÍTULO: INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
UBICACIÓN: CALLE CORRALAZO DE SANTIAGO, CALLE BAJA MONJAS, CALLE FRAILES, CALLE BAJA MONJAS, CALLE ARROYO, CALLE ANGUSTIAS.
ENCARGANTE: AYUNTAMIENTO ALHAMA DE GRANADA
TÉCNICOS/AS: Mª BELÉN RÍOS RUIZ, ARQUITECTA
ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO 72/1992 PUBLICACIÓN ................................................. 23 de Mayo de 1992 VIGENCIA ........................................................ 23 de Julio de 1992 RÉGIMEN TRANSITORIO (Decreto 133/1922):
No será preceptiva la aplicación del Decreto a: a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 23 de Julio de 1992. b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios
Profesionales antes del 23 de Julio de 1992, así como los que se presentaran para su aprobación o visado antes del 23 de Octubre de 1992.
c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara antes del 23 de Julio de 1993.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: a) Redacción y planeamiento urbanístico, o de las ordenanzas de uso del suelo y edificación Redacción de proyectos de urbanización _____________________________________________ (rellenar Anexo I) b) Obras de infraestructura y urbanización ______________________________________________ Mobiliario urbano ________________________________________________________________ (rellenar Anexo I) c) Construcción, reforma o alteración de uso de: Espacios y dependencias extreriores e interiores de utilización colectiva de los edificios, establecimientos e
instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique concurrencia de público. (Ver lista no exhaustiva en Notas) __________________________________________________ Todas las áreas tanto exteriores como interiores de los edificios, establecimientos e instalaciones de las
Administraciones y Empresas públicas __________________________________________________ (rellenar Anexo II para interiores) (rellenar Anexo I para exteriores) d) Construcción o reforma de: Viviendas destinadas a personas con minusvalía (rellenar Anexo IV) ____________________________ Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso comunitario correspondientes a viviendas, sean de
promoción pública o privada __________________________________________________________ (rellenar Anexo III para interiores) (rellenar Anexo I para exteriores exceptos los apartados indicados *) (rellenar Anexo II para instalaciones o dotaciones complementarias de uso comunitario, solo apartados indicados *) e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones complementarias _______________ Anexo V (No redactado)
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TIPO DE ACTUACIÓN: 1. Nueva Construcción _________________________________________________________________ 2. Reforma (ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo) _______________ 3. Cambio de uso _______________________________________________________________
- En todos los casos se refiere la norma tanto a obras de nueva planta como a las de reforma y cambio de uso. En los casos de reformas o cambios de uso la norma se aplica únicamente a los elementos o partes afectadas por la actuación. - Por establecimiento se refiere la norma a los locales cerrados y cubiertos no destinados a vivienda, en el interior de los edificios. Por instalaciones se refiere a construcciones y dotaciones abiertas y descubiertas total o parcialmente destinadas a fines deportivos, recreativos, etc ... - En el Anexo de la norma se recogen los siguientes usos como de pública concurrencia: Administrativos, asistenciales, comerciales, culturales, deportivos, docentes, espectáculos, garajes y aparcamientos, hoteleros, penitenciarios, recreativos, religiosos, residenciales, restaurantes, bares, cafeterías, sanitarios y transportes, así como cualquier otro de una naturaleza análoga a los anteriormente relacionados
ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO
(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificaciones privadas y a todas las zonas en edificaciones públicas)
1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.
NORMA PROYECTO ITINERARIOS TRAZADO Y DISEÑO
PEATONALES — Ancho mínimo ≥ 1,20 mts. >1.20 m
DE USO COMUNITARIO — Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) ≤ 12 %. (tramos ≥ 3 mts.) ≤ 8 %.
SI
— Pendiente transversal ≤ 2 %. SI
— Altura de bordillos ≤ 14 cms., y rebajados en pasos de peatones y esquinas.
SÍ
PAVIMENTOS:
— Serán antideslizantes variando la textura y color en las esquinas y en cualquier obstáculo.
SÍ
— Los registros y los alcorques estarán en el mismo plano del nivel del pavimento.
SÍ
— Si los alcorques son de rejilla la anchura máxima de la malla será de 2 cms. NO HAY
VADO PARA PASO VEHICULOS
— Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) ≤ 12 %. (tramos ≥ 3 mts.) ≤ 8 %.
SISI
— Pendiente transversal ≤ 2 %. SI
— Se situará como mínimo uno en cada curva de calles o vías de circulación. SI
VADO PARA PASO PEATONES
— Las pendientes del plano inclinado entre dos niveles a comunicar: Longitudinal ≤ 8 %. Transversal ≤ 2 %.
SI
— Anchura ≥ 1,80 mts. SÍ
— Desnivel sin plano inclinado ≤ 2 cms. SÍ
* PASOS DE — Se salvarán los niveles con vados de las características anteriores. SÍ
PEATONES — Dimensiones mínimas de las isletas para parada intermedia: Anchura ≥ 1,80 mts. Largo ≥ 1,20 mts.
NO HAY
(No en zonas exteriores de viviendas)
— Prohibido salvarlos con escalones, debiendo completarse o sustituirse por rampas, ascensores o tapices rodantes.
‐
ESCALERAS — Cualquier tramo de escaleras se complementará con una rampa. NO HAY
— Quedan prohibidos los desniveles que se salven con un único escalón debiendo complementarse con una rampa.
NO HAY
— Serán preferentemente de directriz recta o ligeramente curva. NO HAY
— Dimensiones Huella ≥ 30 cms. (en escalones curvos se medirán a
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40 cms.del borde interior) _________________________________Contrahuella ≤ 16 cms. _________________________________Longitud libre peldaños ≥ 1,20 mts. _______________________Longitud descansillos ≥ 1,20 mts. _________________________
NO HAY‐
— Tramos ≤ 16 peldaños. NO HAY — No se admiten mesetas en ángulo, ni partidas, ni escaleras
compensadas. NO HAY
— Pasamanos a altura ≥ 90 cms. y ≤ 95 cms. NO HAY
— Barandillas no escalables si hay ojo de escalera. NO HAY
— Huellas con material antideslizante.. NO HAY
— Disposición de bandas de diferente textura y color con 0,60 mts. de anchura, colocadas al principio y al final de la escalera.
NO HAY
RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva. NO HAY
— Anchura libre ≥ 1,20 mts. NO HAY
— Pavimento antideslizante. NO HAY
— Pendiente longitudinal (recorrido < 3 mts.) __________ ≤ 12 %.(recorrido ≥ 3 mts.) __________ ≤ 8 %.transversal __________________ ≤ 2 %.
NO HAY
— Pasamanos de altura entre 70 y 95 cms. NO HAY
— Barandillas no escalables si existe hueco. NO HAY
* 1 ASEO DE LOS OBLIGADOS POR
— Serán accesibles. NO HAY
NORMATIVA ESPECÍFICA (No en zonas exteriores
de viviendas)
— Al menos un lavabo y un inodoro estarán adaptados. (Ver este apartado en el Anexo II Edificios de Pública
Concurrencia)
NO HAY
* APARCAMIENTOS — 1 Plaza cada 50 o fracción. SI
(No en zonas exteriores — Situación próxima a los accesos peatonales. SI
de viviendas) — Estarán señalizadas. SI
— Dimensiones mínimas 5,00 x 3,60 mts. ‐
2.ª Mobiliario Urbano
NORMA PROYECTO MOBILIARIO URBANO
— Los elementos verticales en la vía pública se colocarán: a) En el tercio exterior a la acera si la anchura libre restante es ≥ 90 cms. b) Junto al encuentro de la fachada con la acera si la anchura libre restante es < 90 cms.
SÍ
— La altura del borde inferior de elementos volados > 2,10 mts. SÍ
— No existirán obstáculos verticales en los pasos peatonales. SI
— Papeleras y teléfonos a altura ≤ 1,20 mts. SÍ
— Las obras que se realicen en las vías públicas se rodearán con vallas sólidamente instaladas y se señalizarán con balizas con luces rojas encendidas durante todo el día. Estas vallas estarán sólidamente fijadas y separadas al menos 0,50 mts. de las obras.
SÍ
— Donde haya asientos, al menos un 2 % tendrá estas características: Altura = 50 cms. Anchura ≥ 40 cms. Fondo ≥ 50 cms.
NO HAY
— Altura de grifos y caños en bebederos 70 cms. SÍ
— Altura de boca de buzones 90 cms. SÍ
— En el caso de existir trinquetes o barreras, se habilitará un acceso libre con ancho ≥ 1 m.
OBSERVACIONES
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DECLARACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INCIDEN EN EL EXPEDIENTE
Se cumplen todas las disposiciones de la Norma. No se cumple alguna prescripción específica de la Norma debido a las condiciones físicas del terreno, que imposibilitan su cumplimiento, justificándose en el proyecto.
Por actuarse en edificio declarado B.I.C. o con expediente incoado, o estar incluido en el Catálogo Municipal se sujeta al régimen previsto en la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y en la ley 1/1991 del Patrimonio Histórico de Andalucía.
La pendiente de la calle en algunos tramos es superior al 8%, no cumpliéndose dicha prescripción debido a las condiciones físicas naturales del terreno.
Alhama de Granada, Febrero de 2009
Fdo. Mª Belén Ríos Ruiz Arquitecta
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Mª Belén Ríos Ruíz_Calle Fco Ayala nº 7‐3ºG_Alhama de [email protected]
IV. MEDICIONES Y PRESUPUESTO
RESUMEN DE PRESUPUESTO Intervención en Barrio Arabe CAPITULO RESUMEN EUROS % ___________________________________________________________________________________________________________________________________ _______
_____________________________________________________________________________________________ 5 de marzo de 2009 Página 1
1 PAVIMENTO DE CALLES ..................................................................................................................................................... 68.458,42 63,00 2 CERCADO DE SOLARES ..................................................................................................................................................... 27.166,04 25,00 3 SANEAMIENTO ..................................................................................................................................................................... 3.259,92 3,00 4 REPARACION PAVIMENTOS .............................................................................................................................................. 3.259,92 3,00 5 LIMPIEZA DE SOLARES ...................................................................................................................................................... 5.433,22 5,00 6 SEGURIDAD Y SALUD ......................................................................................................................................................... 1.086,64 1,00 ___________________ TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 108.664,16 13,00 % Gastos generales ............................. 14.126,34 6,00 % Beneficio industrial ........................... 6.519,85 _______________________________________ SUMA DE G.G. y B.I. 20.646,19
16,00 % I.V.A................................................................................... 20.689,66 ______________________ TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 150.000,01 ______________________ TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 150.000,01
Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS con UN CÉNTIMOS
Alhama De Granada, a 05 de Marzo de 2009
El promotor La dirección facultativa
Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Granada Mª Belén Ríos Ruiz. Arquitecta
PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 1 PAVIMENTO DE CALLES
D36GA105 M2 PAV. CALZADA HORMG. IMPRESO 15 CM.
M2. Calzada de hormigón impreso "in situ" de 15 cm de espesor formado por hormigón HM-20/P/20N/mm2. y RODASOL impreso de COPSA. Armado con mallazo 20x20x8. Incluye consolidacióndel firme en las zonas más degradadas y parte proporcianal de aceras pavimentadas con losas depiedra caliza
0,00 36,00 0,00
D36EA105 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL EN SUBBASE
M3. Zahorra artificial clasificada (husos Z-1 o Z-2), compactada y perfilada por medio de motonivela-dora, en sub-bases, medida sobre perfil.
0,00 15,46 0,00
U02FK001 Hr Retroexcavadora
0,00 27,50 0,00
U02FP006 Hr Pisón compactador gasolina
0,00 2,80 0,00
U02JA002 Hr Camión 8 T. basculante
0,00 29,96 0,00
TOTAL CAPÍTULO 1 PAVIMENTO DE CALLES.................................................................................................... 68.458,42
5 de marzo de 2009 Página 1
PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 2 CERCADO DE SOLARES
D07AA201 M2 FÁB. BLOQ. HORM. GRIS 40x20x20 cm.
M2. Fábrica de bloques de hormigón color gris de medidas 40x20x20 cm., para terminación poste-rior, i/relleno de hormigón HM-20 N/mm2 y armadura en zona según normativa y recibido con mor-tero de cemento y arena de río M 5 según UNE-EN 998-2, i/p.p. de piezas especiales, roturas,aplomados, nivelados y limpieza todo ello según CTE/ DB-SE-F.
0,00 27,99 0,00
D13DG020 M2 ENFOSC. MAESTR. FRAT. M 10 VERT.
M2. Enfoscado maestreado y fratasado, de 20 mm. de espesor en toda su superficie, con mortero decemento y arena de río M 10 según UNE-EN 998-2, sobre paramentos verticales con maestras ca-da metro, i/preparación y humedecido de soporte, limpieza, medios aux iliares con empleo, en su ca-so, de andamiaje homologado, así como distribución del material en tajos y p.p. de costes indirectos.
0,00 11,90 0,00
D35AG001 M2 PINTURA PÉTREA FACHADAS RODILLO
M2. Pintura pétrea Juno-red o similar a base de resinas de polimerización acrílica, aplicada con rodi-llo sobre paramentos verticales y horizontales de fachada, dos manos color.
0,00 9,37 0,00
D04EA002 M3 HORM. CICLÓPEO HM-20 CIM. V. M.
M3. Hormigón ciclópeo HM-20/P/40/ IIa N/mm2, Tmáx. 40mm. y morro 80/150 mm., en zanjas ypozos de cimentación, i/vertido por medios manuales y colocación.
0,00 109,83 0,00
D02HF010 M3 EXCAV. MINI-RETRO ZANJAS T. FLOJO
M3. Excavación, con mini-retroexcavadora, de terrenos de consistencia floja, en apertura de zanjas,con extracción de tierras a los bordes, i/p.p. de costes indirectos.
0,00 14,21 0,00
TOTAL CAPÍTULO 2 CERCADO DE SOLARES.................................................................................................... 27.166,04
5 de marzo de 2009 Página 2
PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 3 SANEAMIENTO
D36HA008 Ud SUMIDERO DE CALZADA 30X50 CM.
Ud. Sumidero de calzada para desagüe de pluv iales, de 30x50cm. y 70 cms. de profundidad, sobresolera de hormigón HM-20 N/mm2., realizada con ladrillo macizo de 1/2 pie de espesor, enfoscadainteriormente, con salida para tubo de diámetro 160 mm. situada su arista inferior a 20 cms. del fondodel sumidero, incluso rejilla de fundición de 300x500x30 mm. sobre cerco de angular de 40x40 mm.recibido a la fábrica de ladrillo.
0,00 144,44 0,00
D36HA105 Ml SUMIDERO TRANSVERSAL
Ml. Sumidero transversal en calzada a base de canaletas de fundición de 750x330 mm. para desa-güe de pluv iales, incluso conexión a la red general de saneamiento.
0,00 214,40 0,00
D36SE005 Ml TUBERIA PVC CORRUGADA 200 mm.
Ml. Tubería de PVC corrugada para saneamiento de 200 mm. de diámetro nominal, unión por juntaelástica, color naranja, colocada sobre cama de arena, i/p.p. de piezas especiales según UNE53332.
0,00 13,58 0,00
D02HF010 M3 EXCAV. MINI-RETRO ZANJAS T. FLOJO
M3. Excavación, con mini-retroexcavadora, de terrenos de consistencia floja, en apertura de zanjas,con extracción de tierras a los bordes, i/p.p. de costes indirectos.
0,00 14,21 0,00
D36BI055 M3 RELLENO EN ZANJAS MAT. SELECCIÓN
M3. Relleno de zanjas con material selecionado incluso compactación 95% P.M.
0,00 7,28 0,00
TOTAL CAPÍTULO 3 SANEAMIENTO.................................................................................................................... 3.259,92
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PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 4 REPARACION PAVIMENTOS
D36EA105 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL EN SUBBASE
M3. Zahorra artificial clasificada (husos Z-1 o Z-2), compactada y perfilada por medio de motonivela-dora, en sub-bases, medida sobre perfil.
0,00 15,46 0,00
D04PA051 M3 HORMIGÓN H-200/20 EN SOLERA
M3. Solera realizada con hormigón H-200 Kg/cm2 de resistencia característica, Tmax. del árido 20mm. elaborado en obra, i/vertido y compactado y p.p. de juntas, aserrado de las mismas y fratasa-do. Según EH-91.
0,00 156,22 0,00
D36DO005 M2 P. ADOQUÍN HOR. E=6 CM B. HOR. GRIS
M2. Pavimento de acera con adoquín monocapa de hormigón FACOSA espesor 6 cm. gris, sobresolera de hormigón HM-20 N/mm2. Tmáx. 40 mm. y 10 cm. de espesor, y capa intermedia de are-na de rio de 5 cm. de espesor, incluso recebado de juntas con arena, compactado de adoquín y re-mates.
0,00 27,37 0,00
TOTAL CAPÍTULO 4 REPARACION PAVIMENTOS.............................................................................................. 3.259,92
5 de marzo de 2009 Página 4
PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 5 LIMPIEZA DE SOLARES
U02FK001 Hr Retroexcavadora
0,00 27,50 0,00
U02JA002 Hr Camión 8 T. basculante
0,00 29,96 0,00
TOTAL CAPÍTULO 5 LIMPIEZA DE SOLARES..................................................................................................... 5.433,22
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PRESUPUESTO Y MEDICIONESIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO 6 SEGURIDAD Y SALUD
6.1 Seguridad y Salud
Pa. Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras
0,00 0,00 0,00
TOTAL CAPÍTULO 6 SEGURIDAD Y SALUD........................................................................................................ 1.086,64
TOTAL...................................................................................................................................................................... 108.664,16
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CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 1 PAVIMENTO DE CALLES D36GA105 M2 PAV. CALZADA HORMG. IMPRESO 15 CM.
M2. Calzada de hormigón impreso "in situ" de 15 cm de espesor formado por hormigón HM-20/P/20 N/mm2. yRODASOL impreso de COPSA. Armado con mallazo 20x 20x 8. Incluy e consolidación del firme en las zonas másdegradadas y parte proporcianal de aceras pav imentadas con losas de piedra caliza
U01AA501 0,193 Hr Cuadrilla A 35,98 6,94A02FA500 0,150 M3 HORM. HM-20/P/20/ I CENTRAL 118,07 17,71D04AP303 1,020 M2 MALLAZO 15x 15 cm. D=6 mm. 5,70 5,81U02SA005 0,013 Hr Regleta v ibrante 2,58 0,03U18WA035 4,000 Kg RODASOL IMPRESO de COPSA 0,58 2,32U04PP750 0,200 Kg Desmoldeante RODASOL de COPSA 3,61 0,72U04PP700 0,150 Kg Líq. cura. imperm. PRECURING-D de COPSA 4,07 0,61U02SA060 0,065 Hr Cortadora doble disco 2,39 0,16U16DJ101 0,100 Kg Cartucho COPSAFLEX 11C de COPSA 6,48 0,65%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 35,00 1,05
TOTAL PARTIDA .................................................... 36,00
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS
D36EA105 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL EN SUBBASE M3. Zahorra artificial clasificada (husos Z-1 o Z-2), compactada y perfilada por medio de motoniv eladora, ensub-bases, medida sobre perfil.
U01AA011 0,100 Hr Peón ordinario 13,65 1,37U37EA101 1,000 M3 Zahorra artificial 10,43 10,43U04PY001 0,200 M3 Agua 1,44 0,29A03CI005 0,040 Hr MOTONIVELADORA C/ESCARIF. 170 CV 63,17 2,53A03CK005 0,100 Hr PISÓN MOTOR DE GASOLINA A=30 CM. 3,86 0,39%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 15,00 0,45
TOTAL PARTIDA .................................................... 15,46
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINCE EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS
U02FK001 Hr Retroexcavadora Sin descomposición
TOTAL PARTIDA .................................................... 27,50
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS
U02FP006 Hr Pisón compactador gasolina Sin descomposición
TOTAL PARTIDA .................................................... 2,80
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOS EUROS con OCHENTA CÉNTIMOS
U02JA002 Hr Camión 8 T. basculante Sin descomposición
TOTAL PARTIDA .................................................... 29,96
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTINUEVE EUROS con NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS
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CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 2 CERCADO DE SOLARES D07AA201 M2 FÁB. BLOQ. HORM. GRIS 40x20x20 cm.
M2. Fábrica de bloques de hormigón color gris de medidas 40x 20x 20 cm., para terminación posterior, i/relleno dehormigón HM-20 N/mm2 y armadura en zona según normativ a y recibido con mortero de cemento y arena de ríoM 5 según UNE-EN 998-2, i/p.p. de piezas especiales, roturas, aplomados, niv elados y limpieza todo ello segúnCTE/ DB-SE-F.
U01FJ219 1,000 M2 Mano obra bloq.hormig. 20cm 12,00 12,00U10AA005 12,500 Ud Bloque hormigón gris 40x 20x 20 0,70 8,75A01JF006 0,025 M3 MORTERO CEMENTO (1/6) M 5 77,80 1,95A02AA501 0,020 M3 HORMIGÓN H-200/20 elab. obra 108,54 2,17U06GD010 2,500 Kg Acero corrugado elaborado y colocado 0,92 2,30%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 27,20 0,82
TOTAL PARTIDA .................................................... 27,99
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS
D13DG020 M2 ENFOSC. MAESTR. FRAT. M 10 VERT. M2. Enfoscado maestreado y fratasado, de 20 mm. de espesor en toda su superficie, con mortero de cemento yarena de río M 10 según UNE-EN 998-2, sobre paramentos v erticales con maestras cada metro, i/preparación yhumedecido de soporte, limpieza, medios aux iliares con empleo, en su caso, de andamiaje homologado, así comodistribución del material en tajos y p.p. de costes indirectos.
U01AA011 0,100 Hr Peón ordinario 13,65 1,37U01FQ115 1,000 M2 M.o.enfoscado maestreado v ert. 8,50 8,50A01JF004 0,020 M3 MORTERO CEMENTO (1/4) M 10 83,80 1,68%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 11,60 0,35
TOTAL PARTIDA .................................................... 11,90
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de ONCE EUROS con NOVENTA CÉNTIMOS
D35AG001 M2 PINTURA PÉTREA FACHADAS RODILLO M2. Pintura pétrea Juno-red o similar a base de resinas de polimerización acrílica, aplicada con rodillo sobre para-mentos v erticales y horizontales de fachada, dos manos color.
U01FZ101 0,160 Hr Oficial 1ª pintor 16,20 2,59U01FZ105 0,160 Hr Ay udante pintor 12,60 2,02U36AC020 1,200 Kg Pintura pétrea color 3,74 4,49%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 9,10 0,27
TOTAL PARTIDA .................................................... 9,37
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NUEVE EUROS con TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS
D04EA002 M3 HORM. CICLÓPEO HM-20 CIM. V. M. M3. Hormigón ciclópeo HM-20/P/40/ IIa N/mm2, Tmáx . 40mm. y morro 80/150 mm., en zanjas y pozos de ci-mentación, i/v ertido por medios manuales y colocación.
U01AA011 2,000 Hr Peón ordinario 13,65 27,30A02AA510 0,750 M3 HORMIGÓN H-200/40 elab. obra 96,26 72,20U04AF301 0,330 M3 Morro 80/150 mm. 21,60 7,13%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 106,60 3,20
TOTAL PARTIDA .................................................... 109,83
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO NUEVE EUROS con OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS
D02HF010 M3 EXCAV. MINI-RETRO ZANJAS T. FLOJO M3. Ex cav ación, con mini-retroex cav adora, de terrenos de consistencia floja, en apertura de zanjas, con ex trac-ción de tierras a los bordes, i/p.p. de costes indirectos.
U01AA011 0,232 Hr Peón ordinario 13,65 3,17U02FK205 0,417 Hr Mini retroex cav adora 25,50 10,63%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 13,80 0,41
TOTAL PARTIDA .................................................... 14,21
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CATORCE EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS
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CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 3 SANEAMIENTO D36HA008 Ud SUMIDERO DE CALZADA 30X50 CM.
Ud. Sumidero de calzada para desagüe de pluv iales, de 30x 50cm. y 70 cms. de profundidad, sobre solera de hor-migón HM-20 N/mm2., realizada con ladrillo macizo de 1/2 pie de espesor, enfoscada interiormente, con salida pa-ra tubo de diámetro 160 mm. situada su arista inferior a 20 cms. del fondo del sumidero, incluso rejilla de fundiciónde 300x 500x 30 mm. sobre cerco de angular de 40x 40 mm. recibido a la fábrica de ladrillo.
U01AA007 2,150 Hr Oficial primera 15,10 32,47U01AA010 4,300 Hr Peón especializado 13,75 59,13U37HA005 1,000 Ud Rejilla de fundición 29,15 29,15A02AA510 0,162 M3 HORMIGÓN H-200/40 elab. obra 96,26 15,59A01JF006 0,050 M3 MORTERO CEMENTO (1/6) M 5 77,80 3,89%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 140,20 4,21
TOTAL PARTIDA .................................................... 144,44
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO CUARENTA Y CUATRO EUROS con CUARENTA Y CUATROCÉNTIMOS
D36HA105 Ml SUMIDERO TRANSVERSAL Ml. Sumidero transv ersal en calzada a base de canaletas de fundición de 750x 330 mm. para desagüe de pluv ia-les, incluso conex ión a la red general de saneamiento.
U01AA007 2,000 Hr Oficial primera 15,10 30,20U01AA010 4,000 Hr Peón especializado 13,75 55,00U37HA105 1,333 Ud Canaleta de fundición de 750x 330 52,00 69,32U37SA221 5,000 Ml Tubería E-C, clase R, D=20 cm. 6,83 34,15A02AA510 0,162 M3 HORMIGÓN H-200/40 elab. obra 96,26 15,59A01JF006 0,050 M3 MORTERO CEMENTO (1/6) M 5 77,80 3,89%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 208,20 6,25
TOTAL PARTIDA .................................................... 214,40
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS CATORCE EUROS con CUARENTA CÉNTIMOS
D36SE005 Ml TUBERIA PVC CORRUGADA 200 mm. Ml. Tubería de PVC corrugada para saneamiento de 200 mm. de diámetro nominal, unión por junta elástica, colornaranja, colocada sobre cama de arena, i/p.p. de piezas especiales según UNE 53332.
U01AA007 0,200 Hr Oficial primera 15,10 3,02U01AA010 0,200 Hr Peón especializado 13,75 2,75U04AA001 0,070 M3 Arena de río (0-5mm) 22,00 1,54U37SE005 1,000 Ml Tubo PVC corrugado 200 5,87 5,87%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 13,20 0,40
TOTAL PARTIDA .................................................... 13,58
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS
D02HF010 M3 EXCAV. MINI-RETRO ZANJAS T. FLOJO M3. Ex cav ación, con mini-retroex cav adora, de terrenos de consistencia floja, en apertura de zanjas, con ex trac-ción de tierras a los bordes, i/p.p. de costes indirectos.
U01AA011 0,232 Hr Peón ordinario 13,65 3,17U02FK205 0,417 Hr Mini retroex cav adora 25,50 10,63%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 13,80 0,41
TOTAL PARTIDA .................................................... 14,21
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CATORCE EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS
D36BI055 M3 RELLENO EN ZANJAS MAT. SELECCIÓN M3. Relleno de zanjas con material selecionado incluso compactación 95% P.M.
U01AA011 0,150 Hr Peón ordinario 13,65 2,05U37BA002 0,050 Hr Ex cav adora de neumáticos 31,27 1,56U37BE355 0,150 Hr Compactador manual 6,61 0,99U37BE505 1,150 M3 Suelo seleccionado prestamo 2,15 2,47%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 7,10 0,21
TOTAL PARTIDA .................................................... 7,28
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SIETE EUROS con VEINTIOCHO CÉNTIMOS
5 de marzo de 2009 Página 3
CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 4 REPARACION PAVIMENTOS D36EA105 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL EN SUBBASE
M3. Zahorra artificial clasificada (husos Z-1 o Z-2), compactada y perfilada por medio de motoniv eladora, ensub-bases, medida sobre perfil.
U01AA011 0,100 Hr Peón ordinario 13,65 1,37U37EA101 1,000 M3 Zahorra artificial 10,43 10,43U04PY001 0,200 M3 Agua 1,44 0,29A03CI005 0,040 Hr MOTONIVELADORA C/ESCARIF. 170 CV 63,17 2,53A03CK005 0,100 Hr PISÓN MOTOR DE GASOLINA A=30 CM. 3,86 0,39%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 15,00 0,45
TOTAL PARTIDA .................................................... 15,46
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINCE EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS
D04PA051 M3 HORMIGÓN H-200/20 EN SOLERA M3. Solera realizada con hormigón H-200 Kg/cm2 de resistencia característica, Tmax . del árido 20 mm. elaboradoen obra, i/v ertido y compactado y p.p. de juntas, aserrado de las mismas y fratasado. Según EH-91.
U01AA007 1,500 Hr Oficial primera 15,10 22,65U01AA011 1,500 Hr Peón ordinario 13,65 20,48A02AA501 1,000 M3 HORMIGÓN H-200/20 elab. obra 108,54 108,54%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 151,70 4,55
TOTAL PARTIDA .................................................... 156,22
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SEIS EUROS con VEINTIDOS CÉNTIMOS
D36DO005 M2 P. ADOQUÍN HOR. E=6 CM B. HOR. GRIS M2. Pav imento de acera con adoquín monocapa de hormigón FACOSA espesor 6 cm. gris, sobre solera de hormi-gón HM-20 N/mm2. Tmáx . 40 mm. y 10 cm. de espesor, y capa intermedia de arena de rio de 5 cm. de espesor,incluso recebado de juntas con arena, compactado de adoquín y remates.
U01FZ801 1,000 Ud Mano obra coloc.adoquín i/com 7,00 7,00A02AA510 0,100 M3 HORMIGÓN H-200/40 elab. obra 96,26 9,63U04AA001 0,050 M3 Arena de río (0-5mm) 22,00 1,10U37FG001 1,035 M2 Adoquín FACOSA e=6 cm.gris 8,54 8,84%CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 26,60 0,80
TOTAL PARTIDA .................................................... 27,37
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS
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CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 5 LIMPIEZA DE SOLARES U02FK001 Hr Retroexcavadora
Sin descomposición
TOTAL PARTIDA .................................................... 27,50
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS
U02JA002 Hr Camión 8 T. basculante Sin descomposición
TOTAL PARTIDA .................................................... 29,96
Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTINUEVE EUROS con NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS
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CUADRO DE DESCOMPUESTOSIntervención en Barrio Arabe CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE
CAPÍTULO 6 SEGURIDAD Y SALUD 6.1 Seguridad y Salud
Pa. Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras
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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
V. PLIEGO DE CONDICIONES
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE ÍNDICE Capitulo 1. DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.1. Objeto del pliego Art. 1.2. Dirección de las obras Art. 1.3. Contradicciones y omisiones del proyecto Art. 1.4. Órdenes del contratista Art. 1.5. Obligaciones sociales y laborales del contratista Art. 1.6. Responsabilidad y obligaciones generales del contratista Art. 1.7. Precauciones a adoptar durante la ejecución de las obras Art. 1.8. Subcontratos Art. 1.9. Acta de comprobación de replanteo Art. 1.10. Gastos de comprobación de replanteo Art. 1.11. Modificaciones de proyecto acordadas como consecuencia de la comprobación del replanteo Art. 1.12. Modificaciones del proyecto durante la ejecución del contrato de obras Art. 1.13. Plazos de ejecución Art. 1.14. Programa de trabajos Art. 1.15. Aportación de equipos y maquinaria Art. 1.16. Terminación de las obras Art. 1.17. Recepción provisional Art. 1.18. Abono de la liquidación y devolución de la fianza Art. 1.19. Resolución del contrato
Capitulo 2. CONDICIONES QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES Art. 2.1. Examen de los materiales Art. 2.2. Ensayos y pruebas Art. 2.3. Materiales que no reúnan las condiciones establecidas Art. 2.4. Materiales defectuosos pero aceptables Art. 2.5. Materiales no especificados Art. 2.6. Responsabilidad del contratista
Capitulo 3. EJECUCIÓN DE LA OBRAS Art. 3.1. Condiciones generales de la ejecución Art. 3.2. Replanteo general Art. 3.3. Replanteos parciales Art. 3.4. Facilidades para la inspección Art. 3.5. Limpieza de obras Art. 3.6. Desvío de servicios
Capitulo 4. MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS Art. 4.1. Condiciones generales Art. 4.2. Obras que queden ocultas Art. 4.3. Reposición de servicios de obras Art. 4.4. Medios auxiliares Art. 4.5. Obra defectuosa o mal ejecutada Art. 4.6. Demolición y reconstrucción de las obras defectuosas o mal ejecutadas y sus gastos Art. 4.7. Obras concluidas e incompletas Art. 4.8. Acopios Art. 4.9. Precios contradictorios Art. 4.10. Mediciones Art. 4.11. Partidas alzadas Art. 4.12. Relaciones valoradas Art. 4.13. Certificaciones
Capitulo 5.PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES Art. 5.1. Agua y áridos Art. 5.2. Cemento Art. 5.3. Acero para armaduras Art. 5.4. Estructuras metálicas Art. 5.5. Ligantes bituminosos
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
Art. 5.6. Baldosas de cemento Art. 5.7. Ladrillos para fabrica Art. 5.8. Fontanería y saneamiento Art. 5.9. Trabajos preliminares Art. 5.10. Desmonte Art. 5.11. Terraplenes Art. 5.12. Terminación y refinado Art. 5.13. Excavaciones Art. 5.14. Relleno de zanjas Art. 5.15. Morteros de cemento Art. 5.16. Enlucidos Art. 5.17. Hormigones Art. 5.18. Encofrados Art. 5.19. Mampostería ordinaria Art. 5.20. Piezas de fundición Art. 5.21. Sub‐base granular y zahorra artificial Art. 5.22. Macadam Art. 5.23. Tratamientos superficiales Art. 5.24. Riegos de imprimación y adherencia Art. 5.25. Tratamiento superficial con lechada bituminosa Art. 5.26. Mezclas bituminosas en frío Art. 5.27. Mezclas bituminosas en caliente Art. 5.28. Pavimentos de hormigón Art. 5.29. Bordillos Art. 5.30. Conductos de hormigón Art. 5.31. Tuberías de saneamiento de P.V.C Art. 5.32. Tuberías de presión Art. 5.33. Válvulas y piezas especiales Art. 5.34. Sifones para descarga automática Art. 5.35. Obras y trabajos no especificados Art. 5.36. Ensayos control de calidad
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Capitulo 1. DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.1. Objeto del pliego El presente Pliego define expresamente, o por referencia a los pliegos generales y normas que resulten de aplicación. La forma de realizar las obras objeto de este Proyecto, regulando la ejecución de las mismas por parte del Contratista que se atendrá en todo momento a lo expuesto en él.
Art. 1.2. Dirección de las obras El director de las obras resolverá, en general, todos los problemas que se planteen durante la ejecución de los trabajos del presente Proyecto. De forma especial, el Contratista deberá seguir sus instrucciones en cuanto se refiere a la calidad y acopio de materiales, ejecución de las unidades de obra, interpretación de los planos y especificaciones, modificaciones, modificaciones del Proyecto, programa de ejecución de los trabajos y precauciones a adoptar en el desarrollo de los mismos, así como lo relacionado con la estética del paisaje que pueda ser afectado por las instalaciones o por la ejecución de préstamos, caballeros, vertederos, acopios o cualquier otro tipo de trabajo. Las obras que resulte preciso ejecutar sin que figuren con el suficiente detalle en el Proyecto, se construirán con arreglo a lo que durante la ejecución formule el Director de Obra, quedando sujetas en todo a las condiciones contenidas en este Pliego.
Art. 1.3. Contradicciones y omisiones del proyecto Lo mencionado en el presente Pliego y omitido en los Planos y demás documentos contractuales del Proyecto, o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviese expuesto en cada uno de los documentos citados. En caso de contradicciones prevalecerá lo prescrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Las omisiones en Planos y demás documentos contractuales o las descripciones erróneas de unidades de obra que sean indispensables para llevar a cabo el espíritu e intención expuestos en el Proyecto, o que, por su uso y costumbre, deban ser realizadas, no sólo no eximen al Adjudicatario de la obligación de ejecutarlas, sino que, por el contrario, han de ser realizadas como si hubieran sido completa y correctamente especificadas y descritas en los documentos contractuales del Proyecto.
Art. 1.4. Órdenes del contratista El “Libro de Órdenes” será diligenciado previamente por el servicio a que esté adscrita la obra, se abrirá en la fecha de comprobación del replanteo y se cerrará en la recepción definitiva. Durante dicho lapso de tiempo estará a disposición de la dirección, que, cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma. El Contratista estará también obligado a transcribir en dicho libro, por sí o por medio de su delegado, cuantas órdenes o instrucciones reciba por escrito de la dirección, y a firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de recibo, sin perjuicio de la necesidad de una posterior autorización de tales transcripciones por la Dirección, con su firma, en el libro indicado. Efectuada la recepción definitiva, el “Libro de Órdenes” pasará a poder de la Propiedad, si bien podrá ser consultado en todo momento por el contratista.
Art. 1.5. Obligaciones sociales y laborales del contratista El Contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. El Contratista deberá constituir el órgano necesario con función específica de velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre seguridad y salud en el trabajo y designará al personal técnico de seguridad que asuma las obligaciones correspondientes en cada centro de trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicará responsabilidad alguna para la Propiedad contratante
Art. 1.6. Responsabilidad y obligaciones generales del contratista Durante la ejecución de las obras proyectadas, y de los trabajos complementarios para la legalización de las mismas, el Contratista será el responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de los trabajos. En especial, será responsable de los perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de accidentes debidos a una señalización de las obras insuficiente o defectuosa.
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE De acuerdo con el párrafo anterior, el Contratista deberá proceder de manera inmediata a indemnizar y repara de manera aceptable todos los daños y perjuicios imputables a él, ocasionados a personas, servicios o propiedades públicas o privadas. Además deberá cumplir todas las disposiciones vigentes y la que se dicten en el futuro, sobre material laboral y social y de la seguridad e higiene en el trabajo. Los permisos y licencias necesarios para la ejecución de las obras, con excepción de los correspondientes a las expropiaciones, deberán ser obtenidos por el Contratista.
Art. 1.7. Precauciones a adoptar durante la ejecución de las obras Todas las obras proyectadas deben ejecutarse sin interrumpir el tránsito, proponiendo el Contratista para tal fin las medidas pertinentes. La ejecución se programará y realizará de tal forma que las molestias que se deriven para las circulaciones sean mínimas. Cuando tengan que efectuarse modificaciones o reformas de calles, caminos o carreteras, la parte de plataformas por la que se canalice el tráfico ha de conservarse en perfectas condiciones de rodadura. En iguales condiciones deberán conservarse los desvíos precisos. La señalización de las obras durante su ejecución se efectuará de acuerdo con la normativa vigente. En todo caso el Contratista adoptará las medidas necesarias para la perfecta regulación del tráfico y si las circunstancias lo requieren, el Directo de la Obra podrá exigir a la Contrata la colocación de semáforos. El Contratista adoptará, asimismo, bajo su entera responsabilidad, todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones vigentes referente al empleo de explosivos y seguirá las instrucciones complementarias que dicte, a este respecto, el Director de la Obra. El Contratista tomará las medidas necesarias para evitar la contaminación de depósitos de agua, por defecto de los combustibles, aceites, ligantes o cualquier otra sustancia que pueda ser perjudicial. El Contratista está obligado a tener vallado el recinto de las obras o lugares de acopios y almacén, así como todo lugar dentro de las obras que por su índole constituye un peligro potencia¡ para personas o vehículos, procediendo a su señalización diurna y nocturna, y sin derecho a percibir cantidad alguna por estos conceptos. No obstante, cuando el Director de la Obra lo estime necesario, podrá tomar a su cargo directamente la organización de los trabajos sin que pueda admitirse reclamación alguna fundada en este particular.
Art. 1.8. Subcontratos Ninguna parte de la obra podrá ser subcontratada sin consentimiento previo, solicitud por escrito, del Director de la Obra. Dicha solicitud incluirá los datos precisos para garantizar que el subcontrato no relevará al Contratista de su responsabilidad contractual. El Director de la Obra estará para decidir la exclusión de aquellos subcontratistas que no demuestren durante los trabajos poseer las condiciones requeridas para la ejecución de los mismos. El Contratista deberá adoptar las medidas precisas e inmediatas para la rescisión de dichos contratos.
Art. 1.9. Acta de comprobación de replanteo El acta de comprobación del replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del mismo respecto a los documentos contractuales del proyecto, con especial y expresa referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y a cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato. A la vista de sus resultados se procederá en los términos del artículo 127 del Reglamento General de Contratación. Caso de que el Contratista, formulara reserva sobre la viabilidad del proyecto, hubiera hecho otras observaciones que puedan afectar a la ejecución de la obra, el Director, consideradas tales observaciones, decidirá iniciar o suspender el comienzo de la obra, justificándolo en la propia acta.
Art. 1.10. Gastos de comprobación de replanteo Serán de cuenta del Contratista los gastos de los materiales de su propio personal y los de los representantes de la Propiedad que sean necesarios para realizar la comprobación del replanteo, debiendo hacer efectivos los últimos en la forma, plazos y cuantías que regulen las disposiciones vigentes y que se señalen en el pliego de cláusulas particulares de la obra de que se trate.
Art. 1.11. Modificaciones de proyecto acordadas como consecuencia de la comprobación del replanteo Si como consecuencia de la comprobación del replanteo se deduce la necesidad de introducir modificaciones en el proyecto, el Director redactará en el plazo de quince días, y sin perjuicio de la remisión inmediata del acta, una estimación razonada del importe de aquellas modificaciones
Art. 1.12. Modificaciones del proyecto durante la ejecución del contrato de obras Si durante la ejecución de¡ contrato la Propiedad resolviese introducir en el Proyecto modificaciones que produzcan aumento o reducción y aún supresión de las unidades de obra marcadas en el mismo o sustitución
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE de una clase de fábrica por otra, siempre que ésta sea de las comprendidas en la contrata, serán de obligatorias para el Contratista estas disposiciones sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de obras de reclamar ninguna indemnización, sin perjuicio de lo que establece en el artículo 157 de este Reglamento (artículo L.C.E.). Cuando las modificaciones de¡ Proyecto supongan la introducción de unidades de obra no comprendidas en la contrata o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación a las mismas serán fijados por la Propiedad a la vista de¡ Director de obras y de las observaciones de¡ Contratista a esta propuesta en trámite de audiencia. Si éste no aceptase los precios aprobados quedará exonerado de ejecutar las nuevas unidades de obra y la Propiedad podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente
Art. 1.13. Plazos de ejecución El plazo de ejecución de la totalidad de las obras objeto de este Proyecto, será el que se fije en el contrato, empezando a contar a partir de¡ día siguiente al levantamiento de¡ acta de replanteo. Dicho plazo de ejecución incluye el montaje de las instalaciones precisas para la realización de todos los trabajos. Los plazos parciales ajustados al Programa de Trabajo tienen también la consideración de oficiales y por tanto obligan contractualmente
Art. 1.14. Programa de trabajos Antes del comienzo de las obras, el Contratista someterá a la aprobación de¡ Director de Obra el Plan de obras que haya previsto, con especificación de los plazos parciales y fechas de terminación de las distintas instalaciones y unidades de obra, compatibles con el plazo total de ejecución. En el programa de trabajo a presentar, en su caso, por el Contratista se deberán incluir los siguientes datos: a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión de¡ volumen de éstas. b) Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales con expresión de sus rendimientos medios. c) Estimación en días calendario de los plazos de ejecución de la diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obras. d) Valoración mensual de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clase de obra a precios unitarios. e) Gráficos de las diversas actividades o trabajos.
Art. 1.15. Aportación de equipos y maquinaria El Contratista queda obligado a aportar a las obras de¡ equipo de maquinaria y medios auxiliares que sea preciso para la buena ejecución de aquellas en los plazos parciales y total convenidos en el contrato. En el caso de que para la adjudicación del contrato hubiese sido condición necesaria la aportación por el Contratista de un equipo de maquinaria y medios auxiliares concreto y detallado, el Director exigirá aquella aportación en los mismos términos y detalle que se fijaron en tal ocasión. El equipo quedará adscrito a la obra en tanto se hallen en ejecución las unidades en que ha de utilizarse, en la inteligencia de que no podrá retirarse sin consentimiento expreso del Director de Obra y debiendo ser reemplazados los elementos averiados o inutilizados siempre que su reparación exija plazos que aquél estime que han de alterar el programa de trabajo. Cada elemento de los que constituyen el equipo será reconocido por la Dirección, anotándose sus altas y bajas de puesta en obra en el inventario del equipo. Podrá también rechazar cualquier elemento que considere inadecuado para el trabajo en la obra, con derecho del Contratista a reclamar frente a tal resolución ante la Propiedad en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación que le haga por escrito el director. El equipo aportado por el Contratista quedará de libre disposición del mismo a la conclusión de la obra, salvo estipulación contraria.
Art. 1.16. Terminación de las obras Una vez terminados los trabajos de ejecución de las obras, se procederá a realizar su limpieza final. Todas las instalaciones, caminos provisionales, depósitos o edificios construidos con carácter temporal deberán ser removidos, quedando los lugares de su emplazamiento restaurados a su forma original. Todo ello se efectuará de forma que las zonas afectadas queden completamente limpias y en condiciones estéticas acorde con el paisaje circundante. La limpieza final y retiradas de instalaciones se consideran incluidas en el Contrato y, por tanto, su realización no será objeto de abono directo. No se considerará que la obra esté terminada en tanto no se cumplan las condiciones anteriormente expuestas
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
Art. 1.17. Recepción provisional Terminado el plazo de ejecución de las obras se procederá por la Dirección de obra al reconocimiento de las mismas, levantando acta de resultado de dicho reconocimiento que firmará el Director de la Obra, un representante de la Propiedad y el Contratista. Si de dicho examen se deduce que la obra está terminada con arreglo a condiciones, así se hará constar en el acta, dándose por recibida provisionalmente y empezando a contar el plazo de garantía. Si no estuviesen terminada, se detallará en el acto lo que falte y se fijará un nuevo y perentorio plazo para terminarlas, aplicándose las sanciones que se hayan previsto en el Contrato en función de retraso producido. Transcurrido el nuevo plazo, se procederá en igual forma, y si tampoco esta vez estuviesen terminadas las obras, la Propiedad podrá optar conceder un nuevo plazo o declarar rescindido en Contrato, con pérdida de la fianza y sin más derecho que el cobro de la parte ejecutada que sea de recibo con arreglo a condiciones
Art. 1.18. Abono de la liquidación y devolución de la fianza Una vez recibidas definitivamente las obras y redactada y conformada la liquidación, con salvo a favor de¡ Contratista, se pagará y se devolverá la fianza en la forma y plazo que se determine en el Contrato. En el caso de que el saldo de la liquidación resulte en contra del Contratista, responderá la fianza por esta causa, y si con ello no bastase, el Contratista se compromete a saldar la diferencia
Art. 1.19. Resolución del contrato Si por incumplimiento de los plazos o por cualquier otra causa imputable al Contratista se rescindiese el Contrato, se hará con iguales requisitos que los ya indicados el reconocimiento, medición y valoración general de las obras, no teniendo en este caso más derecho que el que se le incluyan en la valoración las unidades de obra totalmente terminadas con arreglo al Proyecto, a los precios contratados o a los contradictorios aprobados.
Capitulo 2. CONDICIONES QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES
Art. 2.1. Examen de los materiales No se procederá al empleo en obra de ningún material sin que previamente haya sido examinado y aceptado inicialmente por el Director de Obra, o persona en quien delegue. La aceptación inicial de los materiales no excluye en que posteriormente puedan ser rechazados total o parcialmente por no cumplir las características previstas, al realizar los ensayos correspondientes
Art. 2.2. Ensayos y pruebas Los ensayos, análisis o pruebas a que haya que someter los materiales se realizarán en la forma, y con la frecuencia que indica en este Pliego o, en su defecto, siguiendo las instrucciones de¡ Director de Obra. Será obligación del Contratista avisar al Director de Obra con antelación suficiente del acopio de los materiales que pretende utilizar en la ejecución de las obra, para que puedan ser realizados a tiempo los ensayos oportunos. El coste de estos ensayos será de cuenta del Contratista, hasta un importe máximo del 1,5% del Presupuesto de Obra, quien pondrá a disposición del Director de Obra, las cantidades de material necesario para la realización de las pruebas. En caso de que aquél no se mostrase conforme con los resultados podrán repetirse en un laboratorio oficial, siendo de su cuenta si se llega a la conclusión de que son rechazables. Cualquier trabajo que se realice con materiales no ensayados o no aprobados por el Director, podrá ser considerado como defectuoso
Art. 2.3. Materiales que no reúnan las condiciones establecidas Cuando los materiales no reúnan las condiciones establecidas en el artículo anterior, o se demuestre que son adecuadas para el objeto a que se les destina, el Director de Obra hará al Contratista para que, a su costa, los reemplace por otros que las reúnan o que sirvan para el uso a que se han de aplicar. Todo el material que haya sido rechazado será retirado de la obra inmediatamente, salvo autorización expresa del Director
Art. 2.4. Materiales defectuosos pero aceptables Si los materiales fueran defectuosos pero aceptables a juicio del Director de Obra, se podrán aplicar con la rebaja en el precio que repercutirá sobre la unidad de obra que contradictoriamente se determine. En caso de no llegar a un acuerdo, el Contratista no tendrá otra opción que la de sustituir a su costa los materiales defectuosos, por otro con arreglos a condiciones
Art. 2.5. Materiales no especificados
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Los materiales que sin especificar en el presente Pliego hayan de ser empleados en obra, serán de primera calidad y no podrán utilizarse sin antes haber sido reconocidos por el Director de Obra que podrá rechazarlos sino reuniesen, a su juicio, las condiciones exigidas para conseguir debidamente el objeto que motiva su empleo
Art. 2.6. Responsabilidad del contratista La administración de los materiales no excluye la responsabilidad del Contratista por la calidad de los mismos, que subsistirá hasta la recepción definitiva de las obras
Capitulo 3. EJECUCIÓN DE LA OBRAS
Art. 3.1. Condiciones generales de la ejecución Antes de iniciar cualquier trabajo, deberá el Contratista ponerlo en conocimiento del Director de Obra y recabar su autorización. Todas las modificaciones y fórmulas de trabajo a emplear en obra deberán ser aprobadas, antes de su empleo, por el Director de Obra, quien podrá modificarlos a la vista de los ensayos y pruebas que se realicen y de la experiencia obtenida la ejecución de los trabajos. El Contratista someterá a la aprobación del Director de Obra el procedimiento de ejecución y la maquinaria que considere más adecuadas, siempre que con ellos se garantice una ejecución de calidad igual o superior a la prevista en el Proyecto. Independientemente de las condiciones particulares o especiales que se exijan en este pliego a los equipos necesarios para ejecutar las obras, todos aquellos equipos que se empleen en la ejecución de las distintas unidades de obras deberán cumplir, en todo caso, las condiciones generales siguientes: - Deberán estar disponibles con suficiente antelación al comienzo M trabajo correspondiente para que puedan ser examinados y aprobados por el Director de Obra en todo sus aspectos, incluso en el de su potencia y capacidad, que deberá ser adecuada al volumen de obra a afectar en el plazo programado. - Después de aprobado un equipo por el Director de Obra, deberá mantener en todo momento en condiciones satisfactorias, haciéndose las sustituciones o reparaciones necesarias para ello. Si durante la ejecución de las obras se observase que por cambio de las condiciones de trabajo, o por cualquier otro motivo el equipo o equipos aprobados no son idóneos al fin propuesto, deberán ser sustituidos por otro que lo sean. El Director de obra juzgará sobre la idoneidad y capacidad técnica del equipo humano dispuesto por el Contratista para la ejecución de las obras, en cualquier caso podrá exigir una determinada titulación a las personas que se encuentran al frente de los trabajos.
Art. 3.2. Replanteo general El replanteo y comprobación general del Proyecto, se efectuará dejando sobre el terreno señales o referencias que tengan suficientes garantías de permanencia para que, durante la ejecución, pueda fijarse con relación a ellas la situación en planta y altura de cualquier elemento o parte de las obras. El replanteo general se comprobará por el Director de Obra o por persona en quien delegue y deberá ser presenciado por el Contratista o persona que lo represente fehacientemente. De su resultado se levantará acta con la firma de ambas partes, no dándose comienzo a las obras hasta cumplido con este trámite. Los mojones, hitos o señales, quedarán bajo custodia del Contratista, quien cuidará de su permanencia e invariabilidad, teniendo la obligación de reponerlos a su cosa tantas veces como desapareciesen o se moviesen.
Art. 3.3. Replanteos parciales Podrá el Director de Obra efectuar por sí, o por persona en quien delegue, cuantos replanteos parciales o comprobaciones estime necesarios durante el periodo de construcción y en sus diferentes fases, para que las obras se hagan con arreglo a proyecto. Esto no exonera al Contratista de la responsabilidad de tener al frente de las obras a personas capacitada para ejecutar por si mismas estos replanteos parciales, que le permitan fijar la posición correcta de cualquier parte de las obras, partiendo de los datos consignados en el acta de replanteo general, y de las señales sobre el terreno a que se alude en el artículo anterior.
Art. 3.4. Facilidades para la inspección El Contratista proporcionará al Director de Obra, a sus subalternos o a sus agentes delegados, toda clase de facilidades para hacer las comprobaciones, reconocimientos y control de calidad necesarios para el
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE cumplimiento de las condiciones exigidas en este Pliego, permitiéndoles el acceso a todas las partes de la obra e incluso a las fábricas o talleres donde se produzcan los materiales o se realicen trabajos para las obras.
Art. 3.5. Limpieza de obras Es obligación de¡ Contratista limpiar las obras y sus inmediaciones de escombros y materiales, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean precisas, así como adoptar las medidas y ejecutar los trabajos necesarios para que las obras ofrezcan un buen aspecto a juicio de¡ Director de Obra.
Art. 3.6. Desvío de servicios Antes de comenzar las obras, el Contratista basado en los planos y datos de que disponga, o reconocimientos efectuados, deberá estudiar y replantear sobre el terreno los servicios e instalaciones afectadas, considerando la mejor forma de ejecutar los trabajos para no dañarlos y señalando los que en último extremo, considera necesario modificar. Si el Director de Obra se muestra conforme, solicitará de las empresas y organismos correspondientes la modificación de estas instalaciones, abonándose mediante factura de los trabajos que sea preciso realizar. No obstante, sí con el fin de acelerar las obras, las entidades interesadas recaban la colaboración del Contratista, este deberá prestar la ayuda necesaria.
Capitulo 4. MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS
Art. 4.1. Condiciones generales Todas las unidades de obra se abonarán a los precios establecidos en el cuadro de precios, con los descuentos implícitos de la baja de subasta. Se entenderá que dichos precios incluyen siempre el suministro, manipulación y empleo de todos los materiales necesarios para la ejecución de las unidades de obra correspondientes. Asimismo se entenderá que todos los precios comprenden los gastos y maquinaria, mano de obra, elementos accesorios, transporte, herramientas y toda clase de operaciones directas o incidentales necesarias para dejar las unidades de obra terminadas con arreglo a las condiciones especificadas en el presente Pliego
Art. 4.2. Obras que queden ocultas Sin autorización del Director de Obra o subalternos en quien delegue, no podrá el Contratista proceder al relleno de las zanjas abiertas para cimentación de las obras, al revestimiento de los taludes y en general a todas las obras que queden ocultas; cuidando aquel de comprobar si las alineaciones y rasantes fijadas en cada caso por el Contratista son acordes con el replanteo general. Cuando el Contratista haya procedido a dicho relleno sin la debida autorización, el Director de la obra podrá ordenarle el nuevo descubrimiento de la obra para su revisión y medición, siendo todos los gastos que se originen de cuenta del Contratista.
Art. 4.3. Reposición de servicios de obras El Contratista estará obligado a ejecutar la reposición de todos los servicios y obras preexistentes, siéndole únicamente de abono a los precios contratados los que, a juicio del Director de obra, sean consecuencia obligada de la ejecución del Proyecto. Todas las reparaciones, roturas o avería en los diversos servicios públicos o particulares, las tendrá asimismo que realizar el Contratista por su cuenta exclusiva, sin derecho a abono de cantidad alguna.
Art. 4.4. Medios auxiliares Serán de cuenta y riego del Contratista los andamios, cimbras, vías, hormigoneras, máquinas, útiles, herramientas, aparatos y todos los medios y construcciones auxiliares de la obra, así como cualquier responsabilidad que se deriva de avería o accidentes personales que puedan ocurrir por la insuficiencia de dichos medios auxiliares. Se entiende que el importe de estos medios auxiliares está comprendido en los precios, por lo que no se abonará cantidad alguna por este concepto.
Art. 4.5. Obra defectuosa o mal ejecutada Hasta que no tenga lugar la recepción definitiva, el Contratista responderá de la ejecución de la obra contratada y de las faltas que en ella hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancias de que los representantes de la Propiedad hayan examinado o reconocido, durante su construcción, las partes y unidades de la obra o los materiales empleados, ni que hayan sido incluidos éstos y aquéllos en las mediciones y certificaciones parciales. El Contratista quedará exento de responsabilidad cuando la obra defectuosa o mal ejecutada sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Propiedad o de vicios del Proyecto.
Art. 4.6. Demolición y reconstrucción de las obras defectuosas o mal ejecutadas y sus gastos
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Si se advierten vicios o defectos en la construcción o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en la obra ejecutada, la dirección ordenará durante el curso de la ejecución, siempre antes de la recepción definitiva, la demolición y reconstrucción de las unidades de obra en que se den aquellas circunstancias o las acciones precisas para comprobar la existencia de tales defectos ocultos. Si la Dirección ordena la demolición y reconstrucción por advertir vicios o defectos patentes en la construcción, los gastos de esas operaciones serán de cuenta del contratista, con derecho de éste a reclamar ante la Propiedad contratante en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación escrita de la Dirección. En el caso ordenase la demolición y reconstrucción de unidades de obra por creer existentes el ellas vicios o defectos ocultos, los gastos incumbirán también al contratista, si resulta comprobada la existencia real de aquellos vicios o defectos; caso contrario correrán a cargo de la Propiedad. Si la dirección estima que las unidades de obra defectuosas y que no cumplen estrictamente las condiciones de¡ contrato son, sin embargo admisible, puede proponer a la Propiedad contratante la aceptación de las mismas, con la consiguiente rebaja de los precios. El Contratista queda obligado a aceptar los precios rebajados fijados por la Propiedad a no ser que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones de trabajo.
Art. 4.7. Obras concluidas e incompletas Las obras concluidas con sujeción a las condiciones de Contrato, se abonarán con arreglo a los precios del cuadro número uno (1) del presupuesto. Cuando por consecuencia de resolución de contrato o por cualquier otra causa fuese preciso valorar obra incompletas, se aplicarán los precios del cuadro número dos (2), sin que pueda pretenderse la valoración de cada unidad de obra fraccionada en otra forma que la establecida en dicho cuadro. En ningún caso tendrá el Contratista derecho a reclamación alguna fundada en la insuficiencia de los precios de los cuadros o en omisión del coste de cualquiera de los elementos que constituyen los referidos precios.
Art. 4.8. Acopios Cuando no haya peligro de que los materiales recibidos como útiles y almacenados en la obra o en los almacenes autorizados para su acopio sufran deterioro o desaparezcan, se podrá abonar al contratista hasta el 75 por 100 de su valor, incluyendo tal partida en la relación valorada mensual y tendiendo en cuenta este adelanto para deducirlo más tarde del importe total de las unidades de obra en que queden incluidos tales materiales. Para realizar dicho abono será necesaria la constitución previa del correspondiente aval, de acuerdo con lo establecido en el reglamento General de contratación.
Art. 4.9. Precios contradictorios Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra que no figuren en el presupuesto de¡ proyecto base de¡ contrato, la propuesta de¡ Director sobre los nuevos precios a fijar se basará en cuanto resulte de aplicación, en los costes elementales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato, y en cualquier caso en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la licitación del mismo. Los nuevos precios, una vez aprobados por la Propiedad, se considerarán incorporados a todos los efectos a los cuadros de precios del proyecto que sirvió de base para en contrato, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 150 del Reglamento General de Contratación
Art. 4.10. Mediciones La Dirección realizará mensualmente la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el periodo de tiempo anterior. El Contratista o su delegado podrán presenciar la realización de tales mediciones. Para las obras o partes de obra cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el Contratista está obligado a avisar a la Dirección con la suficiente antelación, a fin de que esta pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definan, cuya conformidad suscribirá el Contratista o su delegado.
Art. 4.11. Partidas alzadas Será de aplicación lo dispuesto en la Cláusula 52 del "Pliego de Cláusulas Administrativas generales para la contratación de la obra del Estado" aprobado por el Decreto 3.854110, de 31 de Diciembre. Además de lo que prescribe en dicha cláusula, las partidas alzadas de abono integro deberán incluirse en los Cuadros de precios del proyecto.
Art. 4.12. Relaciones valoradas
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE La dirección, tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutada a que se refieren los artículos anteriores y los precios contratados, redactará mensualmente la correspondiente relación valorada al origen. No podrá omitirse la redacción de dicha relación valorada mensual por el hecho de que, en algún mes, la obra realizada haya sido de pequeño volumen o incluso nula, a menos que la Propiedad hubiese acordado la suspensión de la obra. La obra ejecutada se valorará a los precios de ejecución material que figuren en letra en el cuadro de precios de las nuevas unidades de obra y a los precios en el contrato que hayan sido debidamente autorizados y tendiendo en cuenta lo prevenidos en el presente Pliego para abono de obras defectuosas, materiales acopiados y partidas alzadas. Al resultado de la valoración, obtenido en la forma expresada en el párrafo anterior, se le aumentarán los porcentajes adoptados para formar el presupuesto de contrata y la cifra que resulte se multiplicará por el coeficiente de adjudicación, obteniendo así la relación valorada mensual
Art. 4.13. Certificaciones Las certificaciones se expedirán tomando como base la relación valorada y se tramitarán por el Director en los siguientes diez días del periodo que correspondan
Capitulo 5.PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Art. 5.1. Agua y áridos El agua y áridos a emplear en morteros y hormigones, cumplirán las condiciones prescritas en la Instrucción de Hormigón Estructural EHE.
Art. 5.2. Cemento El cemento a emplear será del tipo Pórtland con adiciones activas, de la categoría PA350, quedando sus características y normas de calidad especificadas en la Instrucción para la Recepción de Cementos RC‐97 y UNE 80301:96
Art. 5.3. Acero para armaduras El acero para armaduras cumplirá los requisitos exigidos en la mencionada Instrucción de Hormigón estructural EHE. Se emplearan las siguientes clases de acero: - Acero en barras corrugadas B‐400‐S - Acero en mallas electrosoldadas B‐500‐S
Art. 5.4. Estructuras metálicas La estructura será conforme en su forma y dimensiones a lo señalado en los planos de proyecto. El contratista no podrá hacer ningún tipo de modificación sin la autorización previa de la Dirección Facultativa. En caso de que el Contratista subcontrate toda o parte de la ejecución de la estructura, deberá demostrar la adecuada capacitación técnica de dicha subcontrata. La estructura será ejecutada en taller. Su ejecución se hará conforme a lo dispuesto en la Norma MV‐104. "Ejecución de las Estructuras de Acero Laminado en edificación" Control y criterios de Aceptación y Rechazo. Se realizara en los siguientes aspectos: - Materiales: Según las Normas MV‐102, 105, 106, 107 y UNE 14003. - Uniones Roblonadas y Atornilladas: Se efectuaran inspecciones sistemáticas y ensayos no destructivos en orden al control del estado antes de la soldadura, procedimiento empleado, capacitación técnica de los operarios soldadores, y aspecto y forma de los cordones de soldadura.
Art. 5.5. Ligantes bituminosos Los ligantes bituminosos a emplear en el firme cumplirán los requisitos establecidos al respecto en el capitulo 11 del "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes: PG‐3" de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.
Art. 5.6. Baldosas Cumplirán todas y cada una de las prescripciones, para ellas establecidas, en el artículo 220 de¡ "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes: PIG‐3"
Art. 5.7. Ladrillos para fabrica
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Los ladrillos a emplear en las obras de fábrica habrán de cumplir las condiciones exigidas en los artículos 221, 222 y 223 de¡ "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de Carreteras y Puentes, PG‐3", según se trate de ladrillos huecos, macizos o perforados, respectivamente.
Art. 5.8. Fontanería y saneamiento Todas las instalaciones de fontanería y saneamiento deberán cumplir los siguientes Reglamentos, Normas y Prescripciones: - Reglamento e Instrucciones Técnicas de las Instalaciones de Calefacción, Climatización y agua Caliente Sanitaria. - Norma Básica de Instalaciones interiores de Agua del Ministerio de Industria y Energía, Orden 9/12/75. - Ordenanzas municipales y de la empresa suministradora.
Art. 5.9. Trabajos preliminares Para la realización de los trabajos de desbroce del terreno, demoliciones, escarificación y compactación, se estará en todo lo dispuesto en los artículos 300, 301, 302 y 303 del mencionado Pliego PG‐3.
Art. 5.10. Desmonte Consiste en la realización de¡ conjunto de operaciones descritas en el artículo 320 del Pliego PG‐3, siendo de total aplicación lo allí especificado sobre la ejecución de las mismas. La medición y abono de estas obras se harán por metros cúbicos medidos en perfil por diferencia entre los tomados antes y después de ejecutada la obra, de acuerdo con las especificaciones indicadas en los planos.
Art. 5.11. Terraplenes Las condiciones mínimas que deberán cumplir los materiales a emplear en los núcleos y cimientos de terraplenes serán las correspondientes a suelos tolerables, mientras que para coronación de terraplenes se exigirán los mínimos correspondientes a suelos adecuados, según la clasificación establecida en el artículo 330 del Pliego PG‐3. Para la ejecución de los terraplenes se estará a lo establecido en artículo mencionado en el párrafo anterior. Los terraplenes ejecutados con arreglo a las prescripciones anteriores y los planos de Proyecto, se abonarán por metros cúbicos medidos sobre perfiles transversales tomados ante y después de ejecutada la obra.
Art. 5.12. Terminación y refinado Las operaciones de terminación y refino de la explanada y taludes se realizaran de acuerdo con las especificaciones y tolerancias contenidas en los artículos 340 y 341 del mencionado Pliego PG‐3. Las citadas operaciones se consideran incluidas dentro de las unidades de excavación y terraplén, no abonándose cantidad alguna por este concepto.
Art. 5.13. Excavaciones Las excavaciones para cimientos y emplazamientos de obra se ejecutaran ajustándose a las dimensiones y perfilado que consten el Proyecto o que indique la Dirección facultativa de la obra. Cuando se preciso establecer entibaciones, estas serán por cuenta del contratista, ya que están incluidas en los precios unitarios. No se procederá al relleno de zanjas sin previo reconocimiento de las mismas y autorización escrita del Director de Obra. En las obras importantes se extenderá acta de este reconocimiento que firmaran Director de Obra y Contratista. Si a la vista de¡ terreno de cimiento resultase la necesidad de variar el sistema de cimentación propuesto, el Director de obra formulara los proyectos oportunos, atendiéndose el Contratista a las Instrucciones que reciba de aquel para la prosecución de las obras. Alcanzada la profundidad prevista y regularizado el fondo hasta obtener la rasante, se efectuaran reconocimientos por el Director. Si este estima necesario aumentar la cota de excavación para establecer cimientos suplementarios no previstos, el contratista no tendrá derecho a nuevo precio para tal excavación para establecer cimientos suplementarios no previstos, el Contratista no tendrá derecho a nuevo precio para tal excavación, la cual ejecutara al precio que la anterior.
Art. 5.14. Relleno de zanjas El relleno de tierras en las zanjas se hará por capas de tierra suelta húmeda, bien apisonada contra las paredes de la zanja. Este relleno llegara hasta veinte centímetros por encima de la obra. El resto hasta completar el relleno se realizará con tierras procedentes de la excavación, apisonado enérgica y cuidadosamente por tongadas horizontales de espesor comprendido entre quince y treinta centímetros, según los casos y con la humedad adecuada.
Art. 5.15. Morteros de cemento Se fabricaran y emplearan, con las aplicaciones que se indican, los siguientes tipos de mortero de cemento:
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE - Mortero M‐250, de doscientos cincuenta kg. de cemento en fábrica de ladrillo y mampostería. - Mortero M‐240, de cuatrocientos cincuenta kg. de cementos de enfoscados, asiento piezas prefabricadas, adoquines y bordillos. - Mortero M‐600, de seiscientos kg. de cemento en enlucidos. Para lo relativo a fabricación, limitaciones de empleo, mediciones y abono, se estará a lo indicado en el artículo 611 del "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obra de Carreteras y Puentes PG‐3".
Art. 5.16. Enlucidos Los enlucidos sobre hormigones se ejecutaran cuando estos estén todavía frescos, rascando previamente la superficie para obtener una buena adherencia. Al tiempo de aplicar el mortero a la superficie que se enluzca, se hallara esta húmeda, pero son exceso de agua que pudiera deslavar los morteros. El enlucido deberá hacerse en general en una sola capa, arrojando el mortero sobre la superficie a enlucir de modo que quede adherido a ella, alisándolo después convenientemente, fratasando, es decir presionando con fuerza con pala de madera. Los enlucidos se mantendrán húmedos por medio de riegos muy frecuentes durante el tiempo necesario, para que no sea de temer la formación de grietas por desecación. Se levantará, picara y rehará por cuenta de¡ contratista todo enlucido que presente grietas, o que por el sonido que produzca al ser golpeado, o por cualquier otro indicio se apreciase que estaba al menos parcialmente desprendido del paramento de la fábrica.
Art. 5.17. Hormigones Para la puesta en obra del hormigón se estará a lo dispuesto en la Instrucción EHE y en el artículo 610 del Pliego PG‐3. La compactación se realizara siempre empleando vibradores y se exigirá la consistencia mas seca posible. Se emplearan, con las aplicaciones indicadas en los planos, los siguientes tipos de hormigones: - Hormigón de 200 kg/cm2 de resistencia características: HM‐20. - Hormigón de 250 kg/cm2 de resistencia características: HA‐25.
Art. 5.18. Encofrados Los encofrados cumplirán las condiciones para ellos establecidas en la referida Instrucción EHE y en artículo 680 de¡ Pliego PG‐3. Se autoriza, para mantener los moldes, el empleo de alambre que haya de quedar embebido en la masa de hormigón, pero se prohíbe terminantemente dejar dentro de dicha masa pieza alguna de madera,
Art. 5.19. Mampostería ordinaria Las condiciones que han de cumplir los materiales, así como las condiciones generales de ejecución, serán las establecidas en el artículo 655 del Pliego PG‐3. La medición y abono se hará por metros cúbicos realmente colocados con arreglo a condiciones
Art. 5.20. Piezas de fundición Las fundiciones serán de segunda fusión. La fractura presentara un grano fino y homogéneo. Deberán ser tenaces y duras pudiendo sin embargo ser trabajadas con lima y buril. No tendrán bolsas de aire o huecos, manchas, pelos u otros defectos que perjudiquen a la resistencia o a la continuidad y buen aspecto de la superficie. Los agujeros para los pasadores y pernos se practicaran siempre en taller haciendo uso de las correspondientes maquinas y herramientas. El Director de obra podrá exigir que los agujeros vengan taladrados según las normas que fijara en cada caso. La resistencia mínima a la tracción será de 15 kg /mm2. Las barras de ensayo se secara de la mitad de la clocada colocado correspondiente o vendrán fundidas con las piezas moldeadas.
Art. 5.21. Sub‐ base granular y zahorra artificial Los materiales a emplear en sub‐base y zahorra artificial cumplirán todos los requisitos establecidos en los artículos 500 y 501 de¡ Pliego PG‐3 respectivamente. La ejecución, así como las tolerancias de la superficie acabada, quedaran reguladas por lo expresado en los artículos mencionados en el párrafo anterior. La medición y abono se hará por metros cúbicos medidos sobre obra determinada con arreglo a condiciones
Art. 5.22. Macadam
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Se define como macadam el material constituido por un conjunto de áridos de granulometría discontinua, que se obtiene extendiendo y compactando un árido grueso cuyos huecos se rellenan con un árido fino, llamado recebo. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes, así como la ejecución de las obras y las tolerancias admisibles y la medición y abono se ajustaran a lo indicado en el Artículo 502 de¡ Pliego PG‐3.
Art. 5.23. Tratamientos superficiales Se define como simple tratamiento superficial la aplicación de un ligante bituminoso sobre una superficie seguida de la extensión y compactación de una capa de árido. La aplicación consecutiva de los simples tratamientos superficiales, en general de distintas características, se denomina doble tratamiento superficial. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes así como su dosificación, ejecución de las obras y medición y abono se ajustara a lo indicado en el artículo 532 del Pliego PG‐3.
Art. 5.24. Riegos de imprimación y adherencia Se definen como riego de imprimación la aplicación de un ligante bituminoso sobre una capa no bituminosa, previamente a la extensión sobre esta de una capa bituminosa. Si la aplicación de¡ ligante es sobre una capa bituminosa el riego se llama de adherencia. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes, así como la ejecución de las obras, la dosificación de los materiales y la medición y abono se ajustara a lo indicado en los artículos 530 y 531 del Pliego PG‐3.
Art. 5.25. Tratamiento superficial con lechada bituminosa Se define como tratamiento superficial con lechada bituminosa la aplicación sobre un pavimento, de una suspensión en agua de un mortero bituminoso de consistencia apropiada, fabricado con áridos emulsión asfáltica y eventualmente agua. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes, as¡ como la ejecución de las obras, del tipo, composición y dotación de la lechada y la medición y abono se ajustara a lo indicado en el artículo 540 del Pliego PG‐3.
Art. 5.26. Mezclas bituminosas en frío Se definen como mezcla bituminosa en frío la combinación de áridos y un ligante bituminoso, para realizar lo cual no es preciso calentar previamente los áridos. La mezcla se extenderá y compactara a la temperatura ambiente. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes as¡ como el tipo y composición de la mezcla, la ejecución de las obras y la medición y abono se ajustara a los indicado en el articulo 541 del Pliego PG‐3.
Art. 5.27. Mezclas bituminosas en caliente Se define como mezcla bituminosa en caliente la combinación de áridos y un ligante bituminoso, para realizar lo cual es preciso calentar previamente los áridos y el ligante. La mezcla se extenderá y compactará a temperatura superior a la del ambiente. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes, as¡ como el tipo de composición de la mezcla, la ejecución de las obras y la medición y abono se ajustara a lo indicado en el articulo 542 del Pliego PG‐3.
Art. 5.28. Pavimentos de hormigón Se define como pavimento de hormigón el constituido por losas de hormigón en masa o armado, o por una capa continua de hormigón armado. Las condiciones que han de cumplir los materiales constituyentes as¡ como los tipos de hormigones, dosificación, ensayos previos a la ejecución de obras, tolerancias admisibles ensayos, mediciones y abono se ajustarán a lo indicado en el articulo 550 del Pliego PG3.
Art. 5.29. Bordillos Se definen como bordillos las piezas de piedra o elementos prefabricados de hormigón colocados sobre una solera adecuada, que constituyen una faja o cinta que delimita la superficie de la calzada, la de acera o la de arcén. Las condiciones que han de cumplir los materiales, así como la ejecución de las obras y la medición y abono se ajustaron a lo indicado en el artículo 570 del Pliego PG‐3.
Art. 5.30. Conductos de hormigón Las tuberías tendrán sección circular, bien calibrada, de superficie perfectamente lisa y con generatrices rectas.
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE Se admitirán tolerancias en el diámetro interior de uno y medio por ciento en menos, y del tres por ciento en más y del diez por ciento en el espesor de las paredes. En todo caso deberán permitir el paso libre por el interior de un disco o esfera de diámetro uno y medio milímetro menor que el diámetro nominal del tubo. Estarán fabricados con hormigón de 400 kg /m3 y áridos cuyo tamaño máximo será la cuarta parte del espesor de la pieza, siendo obligado el vibrado de hormigón. Serán moldeados verticalmente salvo se emplee la centrifugación y en todo caso el hormigón empleado en su fabricación cumplirá con todo rigor las prescripciones de la Instrucción vigente EHE. Habrán de permanecer un mínimo de doce días en curado. Para la recepción en obras se someterán a una carga lineal sobre la generatriz superior apoyada al tubo en dos generatrices que disten 5 cm. La carga admisible en estas condiciones será la correspondiente a un peso de 6 Tn/m2 de proyección horizontal de tubo para los diámetros comprendidos entre 20 y 40 cm y 5 Tn /m2 de proyección para los diámetros iguales o superiores a los 45 cm. La prueba de impermebilidad se hará sometiendo la pieza a una presión interior de 5 m. de agua y la inmersión con una tolerancia máxima de diez por ciento sobre el peso en seco. En el caso de tubos de hormigón armado ordinario, su fabricación habrá de ser realizada por vibración o centrifugación. Los conductos no circulares cumplirán las siguientes condiciones: Se ajustaran a las secciones de¡ Proyecto, si el adjudicatario propone otro tipo deberá ser, previamente a su empleo aprobado por Director de Obra. Las condiciones de estas piezas serán las mismas que las fijadas para los tubos de hormigón. Respecto al ensayo para su recepción en obra se tendrá en cuenta que la carga a que se someterán los ovoides será de 4,5 Tn/m2
Art. 5.31. Tuberías de saneamiento de P.V.C Las tuberías de saneamiento de P.V.C. deberán cumplir la Conformidad a Normas UNE de AENOR. Serán circulares, con espesores nominales de tubos correspondientes a una presión nominal de 6 atm., como criterio para resistencia a cargas externas. El modo de unión de tubos será por junta elástica, no admitiéndose las tuberías encoladas. Su instalación en zanja, al igual que en la tubería de P.V.C. de presión, se hará por apoyo en base de arena fina regularizada, recubriéndose igualmente de arena fina hasta 10 cm. por encima de la generatriz superior, pudiendo rellenarse posteriormente con material seleccionado procedente de la excavación.
Art. 5.32. Tuberías de presión Las tuberías para conducciones de presión serán del tipo y características indicadas en los planos y demás documentos de este Proyecto. Deberán cumplir las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua, de la Dirección General de Obras Hidráulicas del Ministerio de Fomento.
Art. 5.33. Válvulas y piezas especiales Estas piezas se probarán con una presión vez y media de la de trabajo normal. Los modelos de dichos elementos se someterán a la aprobación del Director de Obra. En las llaves de compuerta el ajuste se hará sobre anillos de bronce debiendo ser el cierre absolutamente hermético. El acabado de las piezas será perfecto. Las reducciones, codos, piezas en T, llaves y bridas ciegas, se anclarán al terreno mediante dados de hormigón de las dimensiones y características que se indican en la norma Tecnológica de la Edificación NTE.
Art. 5.34. Sifones para descarga automática Los aparatos sifónicos se probarán, para las alturas de descarga previsto, la cual deberá verificarse cuando se llegue a la misma de modo paulatino y lento a razón de un incremento de 0,5 cm. de altura por minuto
Art. 5.35. Obras y trabajos no especificados En la ejecución de otras fábricas y trabajos para los cuales existan prescripciones consignadas explícitamente en este Pliego, el Contratista se atendrá a lo especificado en los demás documentos de Proyecto y a las normas generales de aplicación recogidas en las publicaciones que reciba de la Dirección de las obras, pero siempre de acuerdo con la buena practica seguida en fabricas y trabajos análogos, propia de una esmerada construcción.
Art. 5.36. Ensayos control de calidad La naturaleza y frecuencia de los ensayos y controles a realizar para la recepción de los materiales y acopios como de las distintas unidades o conjunto de ellas, se hará siguiendo las indicaciones recogidas en las siguientes publicaciones:
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE - "Recomendaciones para el Control de Calidad en Obras de Carreteras de 1.978, editado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento." - Instrucción de hormigón Estructural EHE. - Normas Tecnológicas de la Edificación NTE, del MOPU publicadas en el B.O.E." - "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua", 1974. - Reglamento y Pliego de Condiciones de EMPRESAS CONCESIONARIAS.
Alhama de Granada, Febrero 2009
Fdo. Mª Belén Ríos Ruiz Arquitecta
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VI. ESTUDIO BÁSICO SEGURIDAD Y SALUD
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ÍNDICE 1. MEMORIA
1.1. OBJETO 1.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 1.3. CARACTERÍSTICAS Y DATOS GENERALES DE LA OBRA
1.3.1. Descripción de la obra y situación. 1.3.2. Promotor 1.3.3. Plazo de ejecución y mano de obra. 1.3.4. Interferencias y servicios afectados 1.3.5. Climatología 1.3.6. Comunicaciones 1.3.6. Comunicaciones 1.3.7. Terreno 1.3.8. Centros asistenciales próximos 1.3.9. Unidades constructivas que componen la obra. 1.3.10. Equipos de trabajo 1.3.11. Señalización
1.4. EVALUACIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES 1.4.1. Unidades de obra 1.4.1.1. Movimiento de tierras 1.4.1.2. Afirmado y urbanización 1.4.1.3. Colocación de tuberías 1.4.1.4. Cimentaciones 1.4.1.5. Estructura de hormigón 1.4.1.6. Albañilería 1.4.1.7. Cerrajería y colocación de mobiliario urbano 1.4.1.8. Instalación eléctrica provisional 1.4.1.9. Instalaciones de producción de hormigón 1.4.1.10. Instalaciones de protección contra incendios 1.4.1.11. Trabajos de reparación, conservación y mantenimiento 1.4.1.12. Otros 1.4.2. Procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares 1.4.2.1. Maquinaria de movimiento de tierras 1.4.2.2. Maquinas y herramientas 1.4.2.3. Andamios
1.5. PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA 1.5.1. Prevención de riesgos individuales. 1.5.2. Prevención de riesgos de daños a terceros.
1.6. FORMACIÓN E INFORMACIÓN AL PERSONAL DE OBRA 1.6.1. Normas Generales de Seguridad para el personal. 1.6.2. Normas de Seguridad Específicas por oficios.
1.7. VIGILANCIA DE LA SALUD Y PRIMEROS AUXILIOS 1.7.1. Reconocimiento médico. 1.7.2. Botiquín de obras. 1.7.3. Primeros auxilios (Normas de actuación en caso de accidente grave)
1.8.‐ INSTALACIONES COMUNES PARA EL PERSONAL DE OBRA 2. PLIEGO DE CONDICIONES 2.1. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN 2.2. CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN
2.2.1. Protecciones individuales (EPI) 2.2.2. Protecciones colectivas (SPC)
2.3. SERVICIO DE PREVENCIÓN 2.3.1. Servicio Técnico de Seguridad 2.3.2. Botiquín de obras
2.4. DELEGADO DE PREVENCIÓN Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
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2.4.1. Delegado de prevención 2.4.2. Comité de seguridad y salud
2.5. BRIGADA DE SEGURIDAD 2.6. INSTALACIONES AUXILIARES DE HIGIENE Y BIENESTAR 2.7. ÍNDICE DE CONTROL 2.8. LIBRO DE INCIDENCIAS 2.9. COORDINADOR DE SEGURIDAD 2.10. DIRECCIÓN FACULTATIVA 2.11. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 2.12. CERTIFICACIÓN DEL CAPÍTULO DE SEGURIDAD Y SALUD
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1. MEMORIA 1.1. OBJETO El presente Estudio Básico de Seguridad y Salud establece, durante la ejecución de las obras de Intervención en Barrio Árabe, en Alhama de Granada (Granada), las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como las instalaciones preceptivas comunes de higiene y bienestar de los trabajadores, todo ello de forma coherente con el contenido del proyecto de construcción del cual forma parte integrante.
Se redacta en obligado cumplimiento de lo dispuesto en el R.D. 1.627/1.997, de 24 de octubre, de “disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción”
A efecto del artículo 4 del mencionado RD se tienen en cuenta los siguientes supuestos: • El presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto es igual SI o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €) NO• La duración estimada de días laborables es superior a 30 días, SI empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. NO• Volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de SI trabajo total de los trabajadores de la obra, es superior a 500. NO• Obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas ó presas. SI NO No habiendo contestado afirmativamente, se redacta el presente Estudio Básico de Seguridad y Salud
Asimismo, y conforme a lo preconizado por la citada Ley de Prevención de Riesgos laborales en
su artº. 16, en el presente documento se recoge la ordenación de las actividades de identificación y evaluación inicial de los riesgos, así como la planificación de la actividad preventiva.
El objeto del presente Estudio Básico de Seguridad y Salud es planificar la acción preventiva a partir de una evaluación inicial de riesgos y, a su vez, evaluar los mismos a la hora de adoptar los equipos de trabajo y el acondicionamiento de los lugares en los que desarrollan su actividad.
Posteriormente servirá de base, siendo desarrollado y complementado, para la redacción del correspondiente Plan de Seguridad y Salud, e incluso podría ser objeto de modificaciones debidamente motivadas, pero siempre con la aprobación expresa del Coordinador de Seguridad en fase de ejecución o, en su caso, de la dirección facultativa y cuando ello no suponga disminución del importe total del presupuesto económico, ni de los niveles de protección contenidos en dicho Estudio. Este Estudio contiene los esquemas organizativos, los procedimientos constructivos y de seguridad, y los sistemas de ejecución de los industriales y oficios que han de intervenir en dichos trabajos. 1.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN La vigencia del Estudio se inicia desde la fecha de aprobación del Proyecto hasta que se produzca la aprobación expresa del Plan de Seguridad por la administración contratante, previo informe por parte del Coordinador en materia de Seguridad durante la elaboración del proyecto, siendo el Coordinador en materia de Seguridad durante la ejecución de la obra el responsable de su control y seguimiento. Su aplicación será vinculante para todo el personal propio del contratista adjudicatario de las obras y el dependiente de otras empresas subcontratadas por aquél para realizar sus trabajos en el interior del recinto de la obra, con independencia de las condiciones contractuales que regulen su intervención en la misma. 1.3. CARACTERÍSTICAS Y DATOS GENERALES DE LA OBRA 1.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA Y SITUACIÓN El objeto del presente anexo comprende las obras de Intervención en Barrio, de Alhama de Granada Se encuentra situada en el núcleo urbano de Alhama de Granada 1.3.2. PROMOTOR El promotor del proyecto es el Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Granada
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1.3.3. PLAZO DE EJECUCIÓN Y MANO DE OBRA El plazo previsto para la ejecución de las obras es de cuatro meses. El personal previsto cuando se alcance el máximo de producción y se dé coincidencia de oficios será de 6 personas. 1.3.4. INTERFERENCIAS Y SERVICIOS AFECTADOS Circulación peatonal y rodada. 1.3.5. CLIMATOLOGÍA Clima: continental. Inviernos fríos y veranos templados. Precipitaciones más abundantes de noviembre a enero. 1.3.6. COMUNICACIONES Trasporte terrestre: A‐335 1.3.7. TERRENO Suelo de consistencia dura 1.3.8. CENTROS ASISTENCIALES PRÓXIMOS En lugar visible de las instalaciones de la obra, y en el local de primeros auxilios, se expondrá un cartel con el croquis indicador de los lugares más próximos de asistencia, así como los teléfonos de dichos centros y el de emergencias sanitarias. Algunos de los correspondientes a la obra objeto de este E.B.S.S. serían:
- Todas las emergencias .................................................................... 112 - Urgencias sanitarias ........................................................... 902 505061 - Centro de Salud de Alhama de Granada .......................... 958 369 511 - Hospital Virgen de las Nieves (Granada) ............................ 958 020000 - Guardia Civil ....................................................................... 958 350033
1.3.9. UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA • Movimiento de tierras • Firmes y pavimentos • Red de infraestructuras • Muro de mampostería • Revestimientos continuos‐ colocación de mobiliario urbano y jardinería
1.3.10. EQUIPOS DE TRABAJO ‐MOVIMIENTO DE TIERRAS:
• Excavadora hidráulica 100 CV • Retroexcavadora mixta • Pala cargadora
‐ TRANSPORTE: • Camión basculante (tonelaje medio) • Dumper (motovolquete) • Camión cisterna • Carretilla autopropulsada • Grúa automóvil
‐ MAQUINARIA PARA HORMIGONADO: • Camión hormigonera • Vibradores de aguja • Hormigonera eléctrica
‐ MAQUINARIA PARA COMPACTACIÓN Y PAVIMENTACIÓN: • Pisón vibrante manual • Distribuidor ligante de 1.200 L • Barredora 3 t.
‐ MAQUINARIA TRANSFORMACIÓN DE ENERGÍA: • Grupo electrógeno • Motor eléctrico
‐ MÁQUINAS HERRAMIENTAS: • Martillo rompedor hidráulico
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• Motocompresor • Rulo vibratorio manual • Tronzadora (mesa de corte). • Motosierra • Sierra mecánica
‐ HERRAMIENTAS: • Eléctricas portátiles • Hidráulicas portátiles • Herramientas de mano • Rozadora (amoladora radial). • Taladros eléctricos percutores. • Pistola fija‐clavos, etc.
‐ MEDIOS AUXILIARES: • Escaleras de mano.. • Bragas de suspensión. • Cubas de hormigonado. • Andamios y plataformas de trabajo • Andamios de borriquetas. • Eslingas de cable y de cadena. • Pinzas portátiles para grúas. • Cubas de hormigonado.
1.3.11. SEÑALIZACIÓN Se establecerá un sistema de señalización de Seguridad y Salud Laboral con el fin de llamar la atención de forma rápida y comprensible sobre objetos y situaciones susceptibles de provocar peligros determinados, así como indicar el emplazamiento de dispositivos que tengan importancia desde el punto de vista de la seguridad. La señalización se realizará de acuerdo con las Normas para Señalización de Obras de Carreteras, Instrucción 8.3‐16 y se deberá tener en cuenta lo previsto en el capítulo II, sección 23 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, Decreto 8354/1970. En particular:
1. Cuando se limiten obstáculos lateralmente mediante vallas, balizas, etc., se dispondrán transversalmente a la trayectoria de la circulación, para que su visibilidad sea máxima y evitar el peligro que ofrecería si se situase de punta, quedando terminantemente prohibido el utilizar para este caso las vallas de contención de peatones tubulares.
2. No se deberá comenzar en ningún caso un trabajo en la vía hasta que no estén colocadas las señales reglamentarias.
3. Deberá procurarse, por todos los medios, que la señal de peligro “OBRAS” nunca se halle colocada cuando las obras hayan terminado.
4. La infranqueabilidad de la zona de obra para el tránsito normal debe reiterarse con señalización conveniente reflectante dispuestas transversalmente a intervalos regulares.
5. Para el montaje, mantenimiento y manipulación de banderines para señalizar el peligro, se escogerá personal con experiencia en estos trabajos.
6. Se dispondrá de repuesto de señales para su sustitución inmediata en caso de deterioro. 7. Cuando la señalización de un tajo de la obra coincida con alguna señal permanente que esté en
contradicción con las del tajo, esta última deberá taparse provisionalmente. 8. En los tajos móviles (como el extendido de aglomerado), la señalización irá desplazándose
simultáneamente cumpliendo todo momento con las normas 9. En los accesos a la obra (como mínimo) se dispondrán los siguientes carteles normalizados:
• Accesos a la obra • Lugares de trabajo (tajos) • Uso obligatorio del casco • Prohibición de entrada a personas ajenas a la obra • Peligro maniobra de camiones • Situación del botiquín
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• Situación de instalaciones de salud y confort • Balizamiento en desniveles inferiores a 2 m. • Acotación de la zona de trabajo
La altura mínima de colocación de las señales desde el suelo será de 1 m. desde la parte inferior de la misma. Toda la señalización se conservará en su posición correcta, limpia y legible en todo momento. Las señales deterioradas deberán ser reemplazadas inmediatamente. La señalización a utilizar deberá ser descrita en el P.S.S., así como los desvíos previstos, para aprobación por parte de la Dirección de las Obras. 1.4. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y PROTECCIONES EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN 1.4.1. UNIDADES DE OBRA 1.4.1.1. MOVIMIENTO DE TIERRAS
RIESGOS MÁS FRECUENTES: - Atropellos y colisiones originados por la maquinaria. - Vuelcos y deslizamientos de las máquinas. - Caídas en altura. - Generación de polvo. - Explosiones e incendios. - Desplome de tierras y rocas. - Deslizamiento de coronación de los taludes. - Desprendimiento de tierra por sobrecarga de los bordes de cimentación. - Desprendimiento de tierra por vibraciones próximas, por alteración del corte por explosión a la
intemperie durante largo tiempo. - Desprendimiento de tierras por afloramiento del nivel freático.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - Se cumplirá la prohibición de presencia del personal en la proximidad de las máquinas durante su
trabajo. - La estancia de personal trabajando en planos inclinados con fuerte pendiente o debajo de macizos
horizontales estará prohibida. - La salida a la calle de camiones, será avisada por persona distinta al conductor, para prevenir a los
usuarios de la vía pública. - En caso de presencia de agua en la obra, alto nivel freático, fuertes lluvias, etc, se procederá de
inmediato a su achique en prevención de alteraciones del terreno que repercutan en la estabilidad de los taludes.
- Se tendrán en cuenta además las siguientes consideraciones para el vaciado del foso de los tanques y la apertura de zanjas y pozos: 01. ANTES DEL VACIADO:
- La zona estará rodeada de una valla a una distancia del borde del vaciado no menor de 1,50 m. Si dificultan el paso, se dispondrán a lo largo del cerramiento luces rojas, distanciadas no más de 10 m. y en las esquinas. Cuando entre el cerramiento y el borde del vaciado exista separación suficiente, se acotará con vallas móviles o banderolas hasta una distancia no menor de dos veces la altura del vaciado en ese borde, salvo que por haber realizado previamente estructura de contención, no será necesario.
- Se dispondrá en obra, para proporcionar en cada caso el equipo indispensable al operario, de una provisión de palancas, cugas, barras, puntales, picos, tablones, bridas, cables con terminales como gazas o ganchos y lonas de plásticos, así como cascos, equipo impermeable, botas de suela dura y otros medios que puedan servir para eventualidades o socorrer a los operarios que puedan accidentarse.
- La maquinaria a emplear mantendrá la distancia de seguridad a las líneas de conducción eléctrica. - En instalaciones temporales de energía eléctrica, a la llegada de los conductores de acometida, se
dispondrá un interruptor diferencial según el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y se consultará la NTE‐IEP: Instalaciones de electricidad. Puesta a tierra. 02. DURANTE EL VACIADO:
- Las rampas para el movimiento de camiones y/o máquinas, conservarán el talud lateral que exija el terreno con ángulo de inclinación no mayor de 3 m.
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD INTERVENCIÓN EN BARRIO ÁRABE
- El ancho mínimo de la rampa será de 4,5 m, ensanchándose en las curvas, y sus pendientes no serán mayores del 12 y 8 % respectivamente, según se trate de tramos rectos o curvos. En cualquier caso se tendrá en cuenta la maniobrabilidad de los vehículos utilizados.
- Se acotará la zona de acción de cada máquina en su tajo. Siempre que un vehículo o máquina parada inicie un movimiento imprevisto, lo anunciará con una señal acústica. Cuando sea marcha atrás o el conductor está falto de visibilidad, estará auxiliado por otro operario en el exterior del vehículo. Se extremarán estas prevenciones cuando el vehículo o máquina cambie de tajo y/o se entrecrucen itinerarios.
- Cuando sea imprescindible que un vehículo de carga durante o después del vaciado se acerque al borde del mismo, se dispondrán topes de seguridad, comprobándose previamente la resistencia del terreno al peso del mismo.
- Cuando la máquina esté situada por encima de la zona a excavar y en bordes de vaciados, siempre que el terreno lo permita, será del tipo retro‐excavadora o se hará el refino a mano.
- Antes de iniciar el trabajo se verificarán los controles y niveles de vehículos y máquinas y antes de abandonarlos el bloqueo de seguridad.
- No se acumulará terreno de excavación ni otros materiales junto al borde del vaciado, debiendo estar separado de éste una distancia no menor de dos veces la profundidad del vaciado en ese borde salvo autorización, en cada caso de la Dirección Técnica.
- Se evitará la formación de polvo, todo caso, el operario estará protegido contra ambientes pulvígenos y emanaciones de gases.
- El refino y saneo de las paredes del vaciado se realizará para cada profundidad parcial no mayor de 3 m.
- En zonas y/o pasos con riesgo de caída mayor de 2 m. el operario estará protegido con cinturón de seguridad anclado a punto fijo o se dispondrán andamios o barandillas provisionales.
- No se acumulará terreno de excavación ni otros materiales junto al borde del vaciado, debiendo estar separado de éste una distancia no menor de dos veces la profundidad del vaciado en ese borde salvo autorización, en cada caso de la Dirección Técnica.
- Se evitará la formación de polvo, todo caso, el operario estará protegido contra ambientes pulvígenos y emanaciones de gases.
- El refino y saneo de las paredes del vaciado se realizará para cada profundidad parcial no mayor de 3 m.
- En zonas y/o pasos con riesgo de caída mayor de 2 m. el operario estará protegido con cinturón de seguridad anclado a punto fijo o se dispondrán andamios o barandillas provisionales.
- Cuando sea imprescindible la circulación de operarios por el borde de coronación del talud o corte vertical, las barandillas estarán ancladas hacia el exterior del vaciado y los operarios circularán sobre entablado de madera o superficies equivalentes de reparto.
- Diariamente y antes de comenzar los trabajos se revisará el estado de las entibaciones, reforzándose si fuera necesario.
- Se extremarán estas precauciones después de interrupciones de trabajo de más de un día y después de alteraciones climáticas como lluvias y heladas.
- Siempre que por circunstancias imprevistas se presente un problema de urgencia el constructor tomará provisionalmente las medidas oportunas a juicio del mismo y se lo comunicará lo antes posible a la Dirección Técnica.
- Al finalizar la jornada no deben quedar paños excavados sin entibar, que figuren con esta circunstancia en la documentación técnica y se habrán suprimido los bloques sueltos que puedan desprenderse.
- Los itinerarios de evacuación de operarios, en caso de emergencia, deberán estar expeditos en todo momento. 03. DESPUÉS DEL VACIADO:
‐ En tanto se efectúe la consolidación definitiva de las paredes y fondo del vaciado, se conservarán las contenciones, apuntalamientos y apeos realizados para la sujeción de los terrenos adyacentes, así como las vallas o cerramientos. En el fondo del vaciado se mantendrá el desagüe necesario para impedir la acumulación de agua, que pueda perjudicar a los terrenos de fincas colindantes.
04. ZANJAS Y POZOS:
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‐ Siempre que sea previsible el paso de peatones o vehículos junto al borde del corte se dispondrán vallas o palenques móviles que se iluminarán cada 10 m. con puntos de luz portátil y grado de protección no menor de IP‐44 según UNE 20.324.
‐ En general las vallas o palenques acotarán no menos de 1 m el paso de peatones y 2 m, el vehículo ‐ Cuando los vehículos circulen en dirección normal al corte, la zona acotada se ampliará en esa dirección a dos veces la profundidad del corte y no menos de 4 m. cuando se adopte una señalización de reducción de velocidad.
‐ El acopio de materiales y las tierras extraídas en cortes de profundidad mayor de 1,30 m. se dispondrán a distancia no menor de 2 m. del borde del corte y alejados de sótanos. Cuándo las tierras extraídas estén contaminadas se desinfectarán así como las paredes de las excavaciones correspondientes.
‐ En zanjas o pozos de profundidad mayor de 1,30 m. siempre que haya operarios trabajando en su interior, se mantendrá uno de retén en el exterior, que podrá actuar como ayudante en el trabajo y dará la alarma en caso de producirse alguna emergencia.
PROTECCIONES PERSONALES: - Casco homologado - Mono de trabajo y en su caso trajes de aguas y botas. - Empleo del cinturón de seguridad, por parte del conductor de la maquinaria, si ésta va dotada de
cabina antivuelco. PROTECCIONES COLECTIVAS:
- No ampliar materiales en zonas de tránsito, retirando los objetos que impidan en paso. - Señalización y ordenación del tráfico de máquinas de forma visible y sencilla. - Se considerará la conveniencia de colocar entibaciones.
1.4.1.2. AFIRMADO Y URBANIZACIÓN RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Atropellos por maquinaria y vehículos - Atrapamientos por maquinaria y vehículos - Colisiones por vuelcos - Salpicaduras - Polvo - Ruido
MEDIDAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - Las maniobras de la maquinaria estarán dirigidas por persona distinta al conductor. - Se cumplirá la prohibición de presencia del personal en la proximidad de las máquinas durante su
trabajo. - La estancia del personal trabajando en planos inclinados con fuerte pendiente, o debajo de macizos
horizontales, será prohibida. - La salida de obra de los camiones y maquinaria será avisada por persona distinta al conductor, para
prevenir a los usuarios de la vía pública. - Mantenimiento correcto de la maquinaria y correcta disposición de la carga de tierras en el camión,
no cargándolo más de lo admitido. PROTECCIONES PERSONALES
- Casco homologado y certificado - Mono de trabajo - Calzado apropiado - Protectores auditivos - Gafas antipolvo - Mascarilla filtrante - Gafas protectoras de seguridad
PROTECCIONES COLECTIVAS - Uso de agua en el corte - Señales de peligro - Delimitar el solar con vallas
1.4.1.3. COLOCACIÓN DE TUBERÍAS RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Atropellos por maquinaria y vehículos
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- Atrapamientos - Colisiones y vuelcos - Caídas de altura - Caída de objetos - Cortes y golpes - Propias de soldadura eléctrica y oxiacetilénica - Electrocuciones
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - Las maniobras de la maquinaria estarán dirigidas por persona distinta al conductor. - Se cumplirá la prohibición de presencia del personal en la proximidad de las máquinas durante su
trabajo. - La estancia del personal trabajando en planos inclinados con fuerte pendiente, o debajo de macizos
horizontales, será prohibida. - La salida de obra de los camiones y maquinaria será avisada por persona distinta al conductor, para
prevenir a los usuarios de la vía pública. - Mantenimiento correcto de la maquinaria y correcta disposición de la carga de tierras en el camión,
no cargándolo más de lo admitido. PROTECCIONES PERSONALES
- Casco homologado y certificado - Mono de trabajo - Calzado antideslizante apropiado - Protectores auditivos - Gafas antipolvo - Mascarilla filtrante - Gafas protectoras de seguridad - Guantes apropiados
PROTECCIONES COLECTIVAS - Delimitar la zona de trabajo - Cajas de interruptores con señal de peligro - Medios auxiliares adecuados según trabajo
1.4.1.4. CIMENTACIONES RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Caída de material - Caída de operarios - Atropellos, colisiones y vuelcos. - Heridas punzantes, cortes, golpes, - Riesgos por contacto con hormigón. - Descalces en edificios colindantes. - Hundimientos. - Atrapamientos y aplastamientos. - Desprendimiento de tierras o piedras. - Resbalón producido por lodos - Derrame del hormigón.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - No hacer modificaciones que varíen las condiciones del terreno. - Colocación en obra de las armaduras ya terminadas. - No permanecer en el radio de acción de las máquinas - Tapar y cercar la excavación si se interrumpe el proceso constructivo. - Riguroso control de mantenimiento mecánico de la maquina. - Correcta situación y estabilización de las maquinas especiales - Movimiento de cubeta de hormigón guiado con señales. - Braga de 2 brazos y grilletes para desplazamiento horizontal con grúa. - Jaulas de armadura y trenes de borriquetas para manejo de armaduras - Suspender los trabajos en condiciones climáticas desfavorables. - Evitar humedades perniciosas. Achicar agua.
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- Personal cualificado y responsable para cada trabajo. - Vigilancia diaria del terreno con testigos. - Orden y limpieza en las zonas de trabajo. - Organizar trafico y señalización. - Establecer medios auxiliares adecuados al sistema - Excavaciones dudosas con armaduras ya elaboradas. - Vigilar el estado de los materiales. - Señalización de salida a vía pública de vehículos. - Delimitar áreas para acopio de material con límites en el apilamiento y calzos de madera. - Manipular las armaduras en mesa de ferrallista. - Limpieza de bordes. - No cargar los bordes en una distancia aproximada a los 2m. - Evitar sobrecargas no previstas.
PROTECCIONES PERSONALES - Botas y traje de agua, según caso. - Cinturón y arnés de seguridad. - Mono de trabajo. - Calzado homologado según trabajo. - Casco homologado con barbuquejo - Guantes apropiados. - Mandil de cuero para el ferrallista
PROTECCIONES COLECTIVAS - Tableros o planchas rígidas en hueco horizontal. - Habilitar caminos de acceso a cada trabajo. - Proteger con barandilla resistente. - Plataforma de paso con barandilla en bordes. - Barandillas de 0.9m ,listón intermedio y rodapié . - Señalizar las rutas interiores de obra. - Proteger con barandilla resistente - Topes al final del recorrido
1.4.1.5 ESTRUCTURA DE HORMIGÓN RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Caídas de operarios. - Caída de material o herramientas. - Afecciones en mucosas. - Afecciones oculares. - Radiación o quemaduras por soldadura. - Vuelco de la estructura. - Lesiones en la piel (dermatosis) - Explosión o incendio de gases licuados. - Aplastamiento y atrapamientos. - Electrocución. - Insolación. - Golpes sin control de carga suspendida. - Cortes, golpes, pinchazos - Derramado de hormigón - Salpicadura - Ruidos y vibraciones
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - Delimitar áreas, para acopio de material ,seco y protegido. - Transporte elevado de material con braga de 2 brazos y grilletes. - Movimiento de cubeta de hormigón dirigido y señalado. - Colocación en obra de las armaduras ya terminadas. - Colocación será guiada por 2 operarios con sogas y otro dirigiendo - Hormigonado de pilares desde torretas con barandilla de seguridad.
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- Evitar humedades perniciosas permanentes. - El material se almacenará en capas perpendiculares sobre durmientes de madera altura máxima
1.5m. - No improvisar tipo de hormigonado - Limpieza y orden en el trabajo. - El hierro se corta y monta en mesa de ferralla. - No permanecer en el radio de acción de las máquinas. - Vibradores eléctricos con cables aislados y T.T. - No almacenar material pesado encima de los encofrados. - No variar la hipótesis de carga. - Tableros de encofrado con pernos para poder izarlos. - Soldadura en altura desde guindola con barandilla - Prohibido trepar por la estructura. - Encofrado total del forjado. - Herramientas cogidas con mosquetón o bolsas porta‐herramientas - Todos los huecos protegidos con barandilla y rodapié. - Retirada de la madera de encofrado con puntas - Desenchufar las maquinas que no se estén utilizando.
PROTECCIONES PERSONALES - Casco homologado y certificado. - Mono apropiado de trabajo. - Cinturón de seguridad. - Mosquetón de seguridad - Calzado apropiado al trabajo. - Guantes apropiados(goma, cuero, - Botas y traje de agua, según caso - Mandil de cuero para el ferrallista. - Polainas para manejo de hormigón - Protector de sierra. - Pantalla para soldador. - Mástil y cable fiador. - Calzado reforzado - Arnés anclado a punto fijo - Protectores antivibraciones
PROTECCIONES COLECTIVAS - Proteger los huecos en planta con barandilla - Al desmontar redes ,sustituirlas por barandillas. - Tableros o planchas rígidas para huecos. - Comprobar que las maquinas y herramientas disponen de protecciones según normativa. - Redes horizontales para trabajos de desencofrado. - Redes verticales. - Redes horizontales. - Acceso a la obra protegido. - Rutas interiores señalizadas y protegidas - Barandillas de protección.
1.4.1.6 ALBAÑILERÍA RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Caídas de operarios. - Caída de material. - Afecciones en mucosas y oculares. - Electrocuciones. - Lesiones en la piel (dermatosis). - Sobreesfuerzos. - Atrapamientos y aplastamientos. - Incendios.
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- Salpicaduras en ojos de yeso o mortero - Golpes en extremidades. - Proyección de partículas al corte
NORMAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN - Plataformas de trabajo libres de obstáculos. - Coordinación entre los distintos oficios. - Acceso al andamio de personas y material señalado - Señalización de las zonas de trabajo. - Orden y limpieza en el trabajo. - Correcta iluminación. - No exponer las fabricas a vibraciones - Cumplir las exigencias del fabricante. - Señalización de caída de objetos. - Máquinas de corte , en lugar ventilado - Se canalizará o localizará la evacuación del escombro.
PROTECCIONES INDIVIDUALES - Casco homologado y certificado. - Mascarilla antipolvo. - Mono de trabajo. - Dediles reforzados para rozas. - Gafas protectoras de seguridad. - Guantes apropiados (goma, cuero) - Cinturón y arnés de seguridad. - Mástil y cable fijador.
PROTECCIONES COLECTIVAS - Plataformas de trabajo libres de obstáculos. - Barandillas resistentes de seguridad para huecos y aperturas - Redes elásticas verticales y horizontales. - Andamios normalizados. - Plataforma de carga y descarga.
1.4.1.7 CERRAJERÍA‐ COLOCACIÓN DE MOBILIARIO URBANO RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Caídas al mismo nivel. - Caídas en altura de personas. - Caída de objetos a distinto nivel. - Heridas en extremidades. - Aspiraciones de polvo. - Golpes con objetos. - Sobreesfuerzos. - Cortes. - Generar polvo (corte, pulido o lijado). - Golpes en los dedos. - Generar excesivos gases tóxicos. - Electrocuciones.
NORMAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN - La maquinaria manual con clavijas adecuadas para la conexión. - Maquinaria desconectada si el operario no la esta utilizando - Correcto almacenamiento del material - Orden y limpieza en el trabajo
PROTECCIONES INDIVIDUALES - Casco homologado y certificado. - Cinturón de seguridad homologado - Mono apropiado de trabajo. - Calzado reforzado con puntera. - Gafas protectoras de seguridad.
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- Guantes apropiados. - Mascarilla filtrante antipolvo. - Muñequeras y manguitos. - Arnés anclado a elemento resistente
PROTECCIONES COLECTIVAS - Se acotaran y señalizaran las zonas de trabajo. - Señalizaciones con trazos de cal. - Trompas de vertido para eliminación de residuos.
1.4.1.8. INSTALACIÓN PROVISIONAL ELÉCTRICA RIESGOS MÁS FRECUENTES:
‐ Caídas en altura. ‐ Caídas al mismo nivel. ‐ Contacto eléctrico directo con líneas eléctricas en tensión ‐ Contacto eléctrico indirecto con las masas de la maquinaria
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - La instalación eléctrica estará ajustada al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión avalada por el
instalador homologado. - Cualquier parte de la instalación, se considerará bajo tensión mientras no se compruebe lo contrario
con aparatos destinados a tal efecto. - El tramo aéreo entre el cuadro general de protección y los cuadros para máquinas, será tensado con
piezas especiales sobre apoyos, si los conductores no pueden soportar la tensión mecánica prevista, se emplearán cables fiables con una resistencia de rotura de 800 Kg., fijando a estos el conductor con abrazaderas. Los conductores, si van por el suelo, no serán pisados ni se colocarán materiales sobre ellos, al atravesar zonas de paso estarán protegidos adecuadamente.
- En la instalación de alumbrado, estarán separados los circuitos de valla, acceso a zonas de trabajo, escaleras, almacenes, etc...
- Los aparatos portátiles que sea necesario emplear, serán estancos al agua y estarán convenientemente aislados.
- Las derivaciones de conexión a máquinas se realizarán con terminales de presión, disponiendo las mismas de mando de marcha y parada.
- Estas derivaciones, al ser portátiles, no estarán sometidas a tracción mecánica que origine su rotura. - Las lámparas para alumbrado general y sus accesos, se situarán a una distancia mínima de 2,50 m. del
piso o suelo, las que se puedan alcanzar con facilidad estarán protegidas con una cubierta resistente. - Existirá una señalización sencilla y clara a la vez, prohibiendo la entrada a personas no autorizadas a
los locales donde esté instalado el equipo eléctrico así como el manejo de aparatos eléctricos a personas no designadas para ello.
- Igualmente se darán instrucciones sobre las medidas a adoptar en caso de incendio o accidente de origen eléctrico.
- Se sustituirán inmediatamente las mangueras que presenten algún deterioro en la capa aislante de protección.
- Los cables serán adecuados a la carga que han de soportar, conexionados a las bases mediante clavijas normalizadas, blindados e interconexionados con uniones antihumedad y antichoque.
- Fusibles blindados y calibrados según la carga máxima a soportar por los interruptores. - Continuidad de la toma de tierra en las líneas de suministro interno de obra con un valor máximo de
la resistencia de 78 Ohmios. Las máquinas fijas dispondrán de toma de tierra independiente. - Las tomas de corriente estarán provistas de neutro con enclavamiento y serán blindadas. - Todos los circuitos de suministro a las máquinas e instalaciones de alumbrado estarán protegidas por
fusibles blindados, interruptores magnetotérmicos y disyuntores diferenciales de alta sensibilidad en perfecto estado de funcionamiento.
- Distancia de seguridad a líneas de Alta Tensión: 3.3 + Tensión (en kV) / 100 - En tajos en condiciones de humedad muy elevadas es preceptivo el empleo de transformador portátil
de seguridad de 24 V o protección mediante transformador de separación de circuitos. PROTECCIONES PERSONALES:
‐ Casco homologado de seguridad, dieléctrico en su caso. ‐ Guantes aislantes.
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‐ Herramientas manuales con aislamiento. ‐ Botas aislantes, chaqueta ignífuga en maniobras eléctricas. ‐ Tarimas, alfombrillas, pértigas aislantes.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ Conductor de protección y pica o placa de puesta a tierra. ‐ Interruptores diferenciales de 30 mA de sensibilidad para alumbrado y 300 mA para fuerza. ‐ Mantenimiento periódico del estado de las mangueras, tomas de tierra, enchufes, cuadros distribuidores, etc.
1.4.1.9. INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE HORMIGÓN RIESGOS MÁS FRECUENTES:
‐ Dermatosis, debido al contacto de la piel con el cemento. ‐ Neumoconiosis, debido a la aspiración de polvo de cemento. ‐ Golpes y caídas por falta de señalización de los accesos, en el manejo y circulación de carretillas. ‐ Atrapamientos por falta de protección de los órganos motores de la hormigonera. ‐ Contactos eléctricos. ‐ Rotura de tubería por desgaste y vibraciones. ‐ Proyección violenta del hormigón a la salida de la tubería. ‐ Movimientos violentos en el extremo de la tubería.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: a) En operaciones de bombeo:
- En los trabajos de bombeo, al comienzo se utilizarán lechadas fluidas a manera de lubricantes en el interior de las tuberías para un mejor deslizamiento del material.
- Los hormigones a emplear serán de granulometría adecuada y de consistencia plástica. - Si durante el funcionamiento de la bomba se produjera algún taponamiento se parará ésta para así
eliminar su presión y poder destaponarla. - Revisión y mantenimiento periódico de la bomba y tuberías así como de sus anclajes. - Los codos que se usen para llegar a cada zona, para bombear el hormigón serán de radios amplios,
estando anclados en la entrada y salida de las curvas. - Al acabar las operaciones de bombeo, se limpiará la bomba.
b) En el uso de hormigoneras: - Se comprobará de forma periódica, el dispositivo de bloqueo de la cuba, así como el estado de los
cables, palancas y accesorios. - Al terminar la operación de hormigonado o al terminar los trabajos, el operador dejará la cuba
reposando en el suelo o en posición elevada, completamente inmovilizado. - La hormigonera estará provista de toma de tierra con todos los órganos que puedan dar lugar a
atrapamientos convenientemente protegidos, el motor con carcas y el cuadro eléctrico aislado, cerrado permanentemente. c) En operaciones de vertido manual de hormigones:
- Vertido por carretillas, estará limpia y sin obstáculos la superficie por donde pasen las mismas, siendo frecuente la aparición de daños por sobreesfuerzos y caídas por transportar cargas excesivas.
PROTECCIONES PERSONALES: ‐ Mono de trabajo. ‐ Casco de seguridad homologado. ‐ Botas de goma para el agua. ‐ Guantes de goma.
PROTECCIONES COLECTIVAS: - El motor de la hormigonera y sus órganos de transmisión estarán correctamente cubiertos. - Los elementos eléctricos estarán protegidos. - Los camiones bombonas de servicio del hormigón efectuarán las operaciones de vertido con extrema
precaución. 1.4.1.10. INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS
Las causas que propician la aparición de un incendio en una obra no son distintas de las que lo generan en otro lugar: existencia de una fuente de ignición (hogueras, braseros, trabajos de soldadura, conexiones eléctricas, cigarrillos, etc...) junto a una sustancia combustible (encofrados de madera, carburante para la maquinaria, pinturas y barnices, etc.).
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Por todo ello se realizará una revisión y comprobación periódica de la instalación eléctrica provisional así como el correcto acopio de sustancias combustibles con los envases perfectamente cerrados e identificados, a lo largo de la ejecución de la obra, situando este acopio en planta bajo, almacenando en las plantas superiores los materiales de cerámica, sanitarios, etc.
Los medios de extinción serán los siguientes: extintores portátiles, instalando dos de dióxido de carbono de 12 Kg. en el acopio de los líquidos inflamables, uno de 6 Kg. de polvo seco antibrasa en la oficina de obra, otro de 12 Kg. de dióxido de carbono junto al cuadro general de protección y uno de 6 Kg. de polvo seco antibrasa en el almacén de herramientas.
Asimismo consideramos que deben tenerse en cuenta otros medios de extinción, tales como el agua, la arena, herramientas de uso común (palas, rastrillos, picos, etc.).
Los caminos de evacuación estarán libres de obstáculos, de aquí la importancia del orden y limpieza en todos los tajos y fundamentalmente en las escaleras del edificio. Existirán adecuada señalización, indicando los lugares de prohibición de fumar, situación de extintores, caminos de evacuación etc.
Todas estas medidas han sido consideradas para que el personal extinga el fuego en la fase inicial, si es posible, o disminuya sus efectos, hasta la llegada de los bomberos, los cuales, en todos los casos, serán avisados inmediatamente. 1.4.1.11. TRABAJOS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
Al no estar recogidos estos trabajos en el proyecto, no se puede entrar a analizarlos en el presente documento, por ello, los trabajos de reparación, conservación y mantenimiento deberán ser supervisados por técnico competente. 1.4.1.12. OTROS
‐ Riesgos producidos por agentes atmosféricos –riesgos naturales‐ (condiciones climáticas adversas). ‐ Riesgos eléctricos (en general). ‐ Riesgos de incendio (en general).
1.4.2. PROCEDIMIENTOS, EQUIPOS TÉCNICOS Y MEDIOS AUXILIARES 1.4.2.1. MAQUINARIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS. A.‐ PALA CARGADORA
RIESGOS MÁS FRECUENTES: ‐ Atropellos y comisiones en maniobras de marcha atrás y giros. ‐ Caída del material desde la cuchara. ‐ Vuelco de la máquina.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - Comprobación y conservación periódica de los elementos de la máquina. - Empleo de la máquina por personal autorizado y cualificado. - Si se cargan piedras de tamaño considerable, se hará una cama de arena sobre el elemento de carga,
para evitar rebotes y roturas. - Estará prohibido el transporte de personas en la maquina. - La batería quedará desconectada, la cuchara apoyada en el suelo y la llave de contacto no quedará
puesta, siempre que la máquina finalice su trabajo por descanso u otra causa. - No se fumará durante la carga de combustible, ni se comprobará con llama el llenado del depósito. - Se considerarán las características del terreno donde actúa la máquina para evitar accidentes por
giros incontrolados al bloquearse un neumático. El hundimiento del terreno puede originar el vuelco de la maquinaria con grave riesgo para el personal.
PROTECCIONES PERSONALES: El operador llevará en todo momento:
‐ Casco de seguridad homologado. ‐ Botas antideslizantes. ‐ Ropa de trabajo adecuada. ‐ Gafas de protección contra el polvo en tiempo seco. ‐ Asiento anatómico.
PROTECCIONES COLECTIVAS: - Estará prohibida la permanencia de personas en la zona de trabajo de la máquina.
B.‐ CAMIÓN BASCULANTE: RIESGOS MÁS FRECUENTES:
- Choques con elementos fijos de la obra.
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- Atropello y aprisionamiento de personas en maniobra y operaciones de mantenimiento. NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD:
- La caja será bajada inmediatamente después de efectuada la descarga y antes de emprender la marcha.
- Al realizar las entradas o salidas del solar, lo hará con precaución auxiliado por las señales de un miembro de la obra.
- Respetará todas las normas del código de circulación. - Respetará en todo momento la señalización de la obra. - Las maniobras, dentro del recinto de la obra, se harán sin brusquedades, anunciando con antelación
las mismas, auxiliándose del personal de la obra. - La velocidad de circulación estará en consonancia con la carga transportada, la visibilidad y las
condiciones del terreno. PROTECCIONES PERSONALES
El conductor del vehículo cumplirá las siguientes normas: - Usará casco homologado siempre que baje del camión. - Durante la carga permanecerá fuera del radio de acción de las máquinas. - Antes de comenzar la descarga, tendrá echado el freno de mano.
PROTECCIONES COLECTIVAS: - No permanecerá nadie en las proximidades del camión, en el momento de realizar éste maniobras - Si descarga material en las proximidades de pozos o zanjas, se aproximará a una distancia máxima de
1 m. C.‐ RETROEXCAVADORA
RIESGOS MÁS FRECUENTES: - Vuelco por hundimiento del terreno. - Golpes a personas o cosas en el movimiento de giro.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - No se realizarán reparaciones u operaciones de mantenimiento con la máquina funcionando. - La cabina estará dotada de extintor de incendios, al igual que el resto de las máquinas. - La intención de moverse se indicará con el claxon. - El conductor no abandonará la máquina sin parar el motor y la puesta de la marcha contraria al
sentido de la pendiente. - El personal de obra estará fuera del radio de acción de la máquina para evitar atropellos y golpes,
durante los movimientos de ésta o por algún giro imprevisto al bloquearse la oruga. - Al circular, lo hará con la cuchara plegada. - Al finalizar el trabajo de la máquina, la cuchara quedará apoyada en el suelo o plegada sobre la
máquina, si la parada es prolongada se desconectará la batería y se retirará la llave de contacto. PROTECCIONES PERSONALES:
El operador llevará en todo momento: ‐ Casco de seguridad homologado. ‐ Ropa de trabajo adecuada. ‐ Botas antideslizantes. ‐ Limpiará el barro adherido al calzado, para que no resbalen los pies sobre los pedales.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ No permanecerá nadie en el radio de acción de la máquina.
1.4.2.2. MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS. A. CORTADURA DE MATERIAL
RIESGOS MÁS FRECUENTES: ‐ Proyección de partículas y polvo. ‐ Descarga eléctrica. ‐ Rotura del disco. ‐ Cortes y amputaciones.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - La máquina tendrá en todo momento colocada la protección del disco y de la transmisión. - Antes de comenzar el trabajo se comprobará el estado del disco, si este estuviera desgastado o
resquebrajado se procedería a su inmediata sustitución.
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- La pieza a cortar no deberá presionarse contra el disco, de forma que pueda bloquear éste. Asimismo la pieza no presionará al disco en oblicuo o por el lateral.
PROTECCIONES PERSONALES: - Casco homologado. - Guantes de cuero. - Mascarilla con filtro y gafas antipartículas.
PROTECCIONES COLECTIVAS: - La máquina estará colocada en zonas que no sean de paso y además bien ventilados, si no es del tipo
de corte bajo chorro de agua. - Conservación adecuada de la alimentación eléctrica.
B. VIBRADOR
RIESGOS MÁS FRECUENTES: ‐ Descargas eléctricas. ‐ Caídas en altura. ‐ Salpicaduras en techada en los ojos.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - La operación de vibrado se realizará siempre desde una posición estable. - La manguera de alimentación desde el cuadro eléctrico estará protegida si discurre por zonas de
paso. PROTECCIONES PERSONALES:
- Casco homologado. - Botas de goma. - Guantes dieléctricos. - Gafas para protección contra las salpicaduras.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ Las mismas que para la estructura de hormigón.
C. SIERRA CIRCULAR RIESGOS MÁS FRECUENTES:
‐ Cortes y amputaciones en extremidades superiores. ‐ Descargas eléctricas. ‐ Rotura del disco. ‐ Proyección de partículas. ‐ Incendios.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - El disco estará dotado de carcasa protectora y resguardos que impidan los atrapamientos por los
órganos móviles. - Se controlará el estado de los dientes del disco, así como la estructura de éste. - La zona de trabajo estará limpia de serrín y virutas en evitación de incendios. - Se evitará la presencia de clavos al cortar.
PROTECCIONES PERSONALES: ‐ Casco homologado de seguridad. ‐ Guantes de cuero. ‐ Gafas de protección, contra la proyección de partículas de madera. ‐ Calzado con plantilla anticlavo.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ Zona acotada para la máquina, instalada en lugar libre de circulación. ‐ Extintor manual de polvo químico antibrasa, junto al puesto de trabajo.
D. AMASADORA RIESGOS MÁS FRECUENTES:
‐ Descargas eléctricas. ‐ Atrapamientos por órganos móviles. ‐ Vuelcos y atropellos de al cambiarla de emplazamiento.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - La máquina estará situada en superficie llana y consistente.
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- Las partes móviles y de transmisión estarán protegidas con carcasa. - Bajo ningún concepto se introducirá el brazo en el tambor, cuando funcione la máquina.
PROTECCIONES PERSONALES: ‐ Casco homologado de seguridad. ‐ Mono de trabajo. ‐ Guantes de goma. ‐ Botas de goma y mascarilla antipolvo.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ Zona de trabajo claramente delimitada. ‐ Correcta conservación de la alimentación eléctrica.
E. HERRAMIENTAS MANUALES En este grupo se incluyen las siguientes: taladro percutor, martillo rotativo, pistola
clavadora, lijadora, disco radial, maquina de cortar terrazo y azulejo y rozadora. RIESGOS MÁS FRECUENTES:
‐ Descargas eléctricas. ‐ Proyección de partículas. ‐ Caídas en altura. ‐ Ambiente ruidoso. ‐ Generación de polvo. ‐ Explosiones e incendios. ‐ Cortes en extremidades.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD: - Todas las herramientas eléctricas, estarán dotadas de doble aislamiento de seguridad. - El personal que utilice estas herramientas ha de conocer las instrucciones de uso. - Las herramientas serán revisadas periódicamente, de manera que se cumplan las instrucciones de
conservación del fabricante. - Estarán acopiadas en el almacén de obra, llevándolas al mismo una vez finalizado el trabajo,
colocando las herramientas más pesadas en las baldas más próximas al suelo. - La desconexión de las herramientas no se hará con un tirón brusco. - No se usará una herramienta eléctrica sin enchufe, si hubiera necesidad de emplear mangueras de
extensión, éstas se harán de la manguera al enchufe y nunca a la inversa. - Los trabajos con estas herramientas se realizarán siempre en posición estable.
PROTECCIONES PERSONALES: ‐ Casco homologado de seguridad. ‐ Guantes de cuero. ‐ Protecciones auditivas y oculares en el empleo de la pistola clavadora. ‐ Cinturón de seguridad para trabajos en altura.
PROTECCIONES COLECTIVAS: ‐ Zonas de trabajo limpias y ordenadas. ‐ Las mangueras de alimentación a herramientas estarán en buen uso. ‐ Los huecos estarán protegidos con barandillas.
1.4.2.3. ANDAMIOS RIESGOS MÁS FRECUENTES
- Caídas del personal. - Caídas de material. - Golpes durante montaje o transporte. - Vuelco de andamios. - Desplomes. - Sobreesfuerzos. - Aplastamientos y atrapamientos. - Los inherentes al trabajo a realizar.
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD - Cargas uniformemente repartida. - Los andamios estarán libres de obstáculos.
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- Plataforma de trabajo > 60 cm de ancho. - Se prohíbe arrojar escombros desde los andamios. - Inspección diaria antes del inicio de los trabajos. - Suspender los trabajos con climatología desfavorable. - Se anclarán a puntos fuertes. - No pasar ni acopiar bajo andamios colgados - Plataforma de trabajo perfectamente estable. - Las uniones se harán con mordaza y pasador o nudo metálico. - Se protegerá el paso de peatones. - Se usarán tablones de reparto en zonas de apoyo inestables. - No se apoyará sobre suplementos o pilas de materiales.
PROTECCIONES PERSONALES - Casco homologado y certificado. - Mono de trabajo. - Cinturón de seguridad. - Calzado homologado según trabajo. - Guantes apropiados.. - Los operarios no padecerán trastornos orgánicos que puedan provocar accidentes
PROTECCIONES COLECTIVAS - Señalización de zona de influencia durante su montaje y desmontaje.
1.5. PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA. 1.5.1. PREVENCIÓN DE RIESGOS INDIVIDUALES Los equipos de protección individual (E.P.I.) serán de obligada utilización durante la duración de la obra, y será responsabilidad del contratista adjudicatario el proporcionar a su personal dichos equipos y exigir su utilización.
PROTECCIONES DE LA CABEZA - Cascos de protección: cuando exista riesgo de golpe en la cabeza. Lo utilizarán todas las personas que participan en la obra, incluidas las visitas. - Protectores auditivos: trabajos con nivel de ruido elevado (cuando se superen los 80 Db A). - Gafas contra impactos y antipolvo: para trabajos con proyección de partículas y/o polvo, en ojos. - Gafas/pantalla de soldador (cristales inactínicos): para trabajos de soldadura. - Mascarillas y filtros recambiables: para trabajos en ambientes contaminantes (polvo, humos soldadura, vapores orgánicos, etc.).
PROTECCIONES DEL CUERPO ‐ Monos o buzos de trabajo: para todo tipo de trabajos (se tendrá en cuenta las reposiciones que marca el Convenio Colectivo Prov. para el sector).
‐ Mandil de cuero: para trabajos de soldadura (protección del cuerpo). ‐ Cinturón de sujeción ‐cintura/cuerda‐: para trabajos estáticos en altura ‐ Cinturón anticaídas ‐arnés‐: para trabajos en altura con riesgo de caída libre al vacío. ‐ Cinturón antivibratorio: para conducción de maquinaria pesada y uso del martillo demoledor manual (trabajos con riesgos dorso‐lumbares).
PROTECCIONES DE EXTREMIDADES SUPERIORES ‐ Guantes de uso general: para manejo/ manipulación de materiales diversos, en general contra riesgos mecánicos.
‐ Guantes de goma: para trabajos en presencia de humedad (morteros y hormigones). ‐ Guantes y manguitos de soldador: para trabajos de soldadura (protección de manos y antebrazo). ‐ Guantes dieléctricos: para trabajos en posible presencia de tensión eléctrica (para uso exclusivo de instaladores autorizados).
PROTECCIONES DE EXTREMIDADES INFERIORES ‐ Polainas de cuero: para trabajos de soldadura (protección de piernas). ‐ Calzado de seguridad clase III (puntera y suela metálica): para trabajos con riesgo de punzonamiento y/o aplastamiento en pies.
‐ Calzado de seguridad clase I (puntera metálica): para trabajos con riesgo solo de aplastamiento.
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‐ Calzado de seguridad clase II (suela metálica): para trabajos con riesgo solo de perforación o punzonamiento en suela calzado.
1.5.2. PREVENCIÓN DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS Existen riesgos de daños a terceros como consecuencia de la circulación y cruce de vehículos en los
accesos a las obras desde las calles adyacentes y la circulación de vehículos y maquinaria por ellas, con cortes y desvíos en los mismos.
Cada tramo de la obra a ejecutar, en el cual se estén desarrollando trabajos, se señalizará de acuerdo con la normativo vigente, tomándose las adecuadas medidas de seguridad que en cada caso se precise. Entre ellas:
- Permanecerán colocadas las oportunas señales de tráfico provisional en las zonas de acceso a la obra coincidentes con viales utilizados simultáneamente por terceros.
- Los distintos ACCESOS a la obra, también permanecerán señalizados, prohibiéndose el paso a toda persona ajena a la misma mediante las correspondientes señales de riesgo: prohibición, advertencia y obligación.
- Se señalizará la existencia de zanjas abiertas para impedir el acceso a ellas de personas ajenas a la obra y se vallará toda la zona peligrosa, debiendo establecerse la vigilancia necesaria, en especial por la noche y días festivos para evitar daños al tráfico y a las personas.
- Se asegurará el mantenimiento del tráfico en todo momento durante la ejecución de las obras, con la señalización necesaria y de acuerdo con la normativa vigente de peatones.
- Los accesos se mantendrán siempre en buen estado de conservación para garantizar la evacuación en caso necesario.
- Toda la señalización será especificada convenientemente en el P.S.S., así como los sistemas de contención de peatones y tráfico de vehículos, para su aprobación por parte de la Dirección de las Obras.
1.6. FORMACIÓN E INFORMACIÓN AL PERSONAL DE OBRA En cumplimiento de la obligación del empresario de facilitar la Formación e Información necesaria a
todos sus trabajadores conforme a lo recogido en la Ley de Prevención de Riesgos laborales, a continuación se acompaña un listado de NORMAS DE SEGURIDAD clasificadas en dos grupos: ‐ Normas de tipo GENERAL ‐ Normas ESPECÍFICAS por oficios 1.6.1. NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL
NORMAS GENERALES PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES • Respetará las consignas de Seguridad e Higiene. • Seguirá las instrucciones dadas por los responsables de las obras. • No utilizará ninguna máquina o herramienta, ni hará ningún trabajo sin saber hacerlo correctamente;
preguntará siempre antes. • Usará las herramientas adecuadas en su trabajo, y cuando finalice las limpiará y guardará. • Ayudará a mantener el orden y la limpieza de la obra. • Advertirá inmediatamente a sus mandos superiores, de cualquier peligro que observe en la obra. • Observará las señalizaciones de obra y cumplirá su mensaje. • No inutilizará nunca los dispositivos de seguridad. • No consumirá bebidas alcohólicas en su trabajo, ni antes de incorporarse a él. • No realizará reparaciones mecánicas ni eléctricas. Para eso avisará a sus mandos, para que envíe a las
personas especializadas. • Es obligatorio utilizar el equipo de protección individual necesario para cada trabajo, en especial el
casco de seguridad y, sobre todo, el cinturón de seguridad en trabajos con riesgo de caída de altura, así como cuidar de su conservación.
• Es obligatorio observar y mantener todos los medios colectivos de protección dispuestos en la obra. Si por necesidades del trabajo tiene que retirar una protección, antes de irse del lugar, la pondrá de nuevo en su sitio. De la misma manera se procederá en el caso de la señalización.
• Debe comprometerse a divulgar entre sus compañeros la importancia y la trascendencia del fiel cumplimiento de todas estas normas, con el único fin de CONTRIBUIR A LA CONTINUA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD.
1.6.2. NORMAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS POR OFICIOS ENCARGADO DE TOPOGRAFÍA
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• Es aconsejable utilizar cintas métricas no conductoras de electricidad (de fibra o material plástico). • Las cintas métricas metálicas solo deben usarse en caso de necesitar gran exactitud en la medición. En este
último caso, su uso será vigilado por una persona responsable, designada a tales efectos. • Igualmente y en la medida de lo posible, se tenderá al uso de miras topográficas/ soportes de prismas no
conductores de electricidad. • De la misma forma, solamente deben usarse jalones no conductores de electricidad. • Los Jefes de Equipo de topografía, dispondrán al personal a su cargo de tal manera que se eviten a toda
costa los riesgos de contactos eléctricos /electro‐magnéticos con posibles líneas aéreas. • En caso de trabajos en zonas de circulación de vehículos, los operarios utilizarán chalecos reflectantes
(vestuario alta visibilidad) para destacar su presencia. • En caso necesario, se señalizará la presencia de hombres trabajando mediante carteles dispuesto junto a
las zonas de acceso rodado (accesos viables). • En cuanto a los riesgos que presenta la propia orografía del terreno, el personal deberá tomar las
precauciones necesarias para transitarle (protecciones individuales ‐calzado preventivo, sobre todo ‐, además de marcar sobre planos los itinerarios mas adecuados en función de los accidentes del terreno.
ENCARGADO DE MOVIMIENTO DE TIERRAS En primer lugar, dispondrá en obra, antes del comienzo de los trabajos, de la siguiente documentación: • Planos/ Documentación “actualizada” de los POSIBLES SERVICIOS AFECTADOS ENTERRADOS de la zona de
actuación, así como de la estimación relativa a su estado: tipo de servicio, trazado, profundidad, etc. • Tendrá muy en cuenta que se considera peligrosa toda excavación en zanja o pozo con profundidad
superior a 1,50 m. en terrenos corrientes, así como todo corte de excavación (frente de trabajo) cuya pendiente supere su ángulo de talud natural.
• Cuando no haya más remedio que trabajar con taludes excesivamente inclinados, se dispondrán las oportunas medidas de recalce/sostenimiento (entibación) que por su forma, materiales empleados y sección de los mismos, ofrezca absoluta seguridad.
• En caso de realizar trabajos en planos inclinados con riesgo de caídas se dispondrán cuerdas y cinturones en dichos taludes.
• No permitirá que en las zanjas o pozos haya herramientas, materiales u objetos dispersos ni en sus bordes superiores de forma que puedan caer en su interior. Así mismo se dispondrán de accesos reglamentarios (escaleras y pasarelas).
• Adiestrará al personal en el adecuado uso y manejo de las herramientas, y ordenará la inmediata sustitución de las mismas en el caso de que se encuentren en mal estado o con apreciables signos de deterioro.
• Los productos extraídos de la excavación se apilarán (acopio) a distancia suficiente (0,75 m., como mínimo, en el caso de zanjas), para que no se produzca sobrecarga que pueda ocasionar desprendimientos de los taludes.
• Si hay que trabajar en zanjas o pozos con profundidad superior a 1,50 m., sin superar el talud adecuado del terreno y situando a productores en su interior, habrá que entibar los frentes de tierras.
En cuanto a la maquinaria pesada que intervenga, tendrá en cuenta lo siguiente: • Deberá conocer todas las normas generales de seguridad exigibles al maquinista y velar por su puntual
cumplimiento. • Exigirá que toda la maquinaria esté debidamente equipada en lo que a dispositivos de seguridad se refiere:
aviso acústico (sobre todo, de la marcha atrás), aviso óptico, extintor, etc. • Vigilará que todo el personal permanezca fuera del radio de acción de las máquinas. • En caso de rotura de alguna conducción enterrada (instalación eléctrica, etc.) Por alguna máquina,
despejará la zona dando conocimiento inmediatamente a la cía. correspondiente para que proceda a su reparación. Ordenará la colocación de carteles de aviso o dispondrá vigilancia para que nadie se aproxime a dicha zona.
• En las operaciones de carga de camiones, recordará a los maquinistas que el cazo no debe pasar por encima de la cabina del camión. Sino hay más remedio, avisará al conductor para que abandone la cabina.
ENCARGADO DE HORMIGONES • Cuidará que se cumplan todas las normas generales de seguridad en el tajo. • Vigilará que todo el personal bajo su mando utilice todas las prendas de protección personal (EPI)
necesarias.
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• Vigilará que no se cometan imprudencias, ni temeridades. • Mantendrá limpio el tajo en lo referente a puntas, maderas, latiguillos, etc. y demás restos que generen
riesgo de punzonamientos, cortes y golpes. • Prohibirá que el personal suba o baje de los tajos por el propio encofrado. Para ello se utilizarán escaleras
metálicas reglamentarias. • Durante el hormigonado vigilará el comportamiento de los encofrados y cimbras, ordenando que se
proceda a su refuerzo en caso necesario. • Obligará al personal que trabaja en el vertido del hormigón al uso de gafas de seguridad, en prevención de
posibles proyecciones a los ojos. • Vigilará el estado de las tuberías/ mangueras en el caso de que se hormigone con bomba sobre camión,
evitando las sacudidas de las mismas y las proyecciones de hormigón incontroladas. • Designará un operario auxiliar competente para dirigir las maniobras de los camiones en el tajo, sobre todo
en lo relativo a accesos (coordinar entrada/ salida de los distintos transportes). • Vigilará que siempre que los camiones hormigonera descarguen el material en zonas con pendiente,
tengan topes que inmovilicen por completo el vehículo. • Cuidará que la instalación eléctrica para suministro de corriente a vibradores y demás máquinas eléctricas
se encuentre correctamente ("puestas a tierra", así como interruptores automáticos diferenciales y magnetotérmicos).
• Señalizará la zona de vertido, sobre todo los límites en zonas de terraplenes con importantes desniveles. 1.7. VIGILANCIA DE LA SALUD Y PRIMEROS AUXILIOS 1.7.1. RECONOCIMIENTO MÉDICO Se realizarán los reconocimientos médicos precisos (prelaborales y anuales) a todos los trabajadores
adscritos al centro de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artº. 22 de la LPRL. Al ingresar en la empresa constructora todo trabajador deberá ser sometido a la práctica de un
reconocimiento médico, el cual se repetirá con periodicidad máxima de un año. • El reconocimiento médico será llevado a cabo por personal sanitario con formación acreditada. • La vigilancia de la salud solo se llevará a cabo si el trabajador muestra su consentimiento. • Se respetará siempre la intimidad, dignidad de la persona y confidencialidad de su estado de
salud. • Los resultados de la vigilancia, se comunicarán a los trabajadores, y no podrán ser usados con
fines discriminatorios. • Sin consentimiento del trabajador, la información médica no Podrá ser facilitada al empresario.
1.7.2. BOTIQUÍN DE OBRAS Se dispondrá de un armario botiquín para primeros auxilios, que se situará en la zona de instalaciones
auxiliares de obra (oficinas, vestuarios, etc.) y que se encontrará debidamente señalizado. Es obligatorio en obras de más de 50 trabajadores o de 25 en actividades de especial peligrosidad, como la obra civil. El equipamiento mínimo será:
• Agua oxigenada • Alcohol 96º • Amoniaco de pomada contra picaduras de insectos • Apósitos de gasa estéril • Algodón hidrófilo estéril • Analgésicos • Antiespasmódicos • Bicarbonato • Bolsa para agua o hielo • Caja de apósitos autoadhesivos • Linimento • Mercurocromo • Pinzas • Pomada antiséptica • Pomada para quemaduras • Termómetro clínico • Tijeras
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• Tintura de Yodo • Tónicos cardíacos de urgencia • Torniquete • Venda elástica • Vendas de diferentes tamaños El contratista designará por escrito a uno de sus operarios como Socorrista, el cual habrá recibido formación adecuada que le habilite para atender las pequeñas curas que se requieran a pie de obra y asegurar la reposición y mantenimiento del botiquín. 1.7.3. PRIMEROS AUXILIOS (NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE) 1. Ante todo accidente grave, lo primero que hay que hacer es tenderlo, sin maniobras bruscas, siempre en posición horizontal y decidir rápidamente si se puede socorrer en ese lugar con objeto de evitar el progreso de las lesiones o su agravamiento: A) SI NO RESPIRA: Hacer respiración de salvamento (boca a boca/ boca a nariz) B) SI ESTÁ MORIBUNDO: Aflojar las ropas y abrigarlo dejándole en reposo. Simultáneamente avisar a la ambulancia. C) SI SANGRA: Combatir la hemorragia comprimiendo con vendaje en la zona sangrante, o bien, aplicar torniquete por encima de la herida. D) SI HAY FRACTURAS: Inmovilizar antes de proceder al traslado. Si se trata de una extremidad (pierna o brazo), inmovilizar mediante tablillas y un vendaje impidiendo todo movimiento. Ante todo traumatismo violento en que se sospeche una “fractura de columna” (dolor de espalda, riñones o dificultad para mover las piernas), se extremarán los cuidados al trasladarlo, recogiéndolo boca a bajo, con ayuda de un mínimo de cuatro (4) personas. NUNCA DOBLAR AL HERIDO. 2. Una vez atendido al herido, ORGANIZAR SU TRASLADO EN AMBULANCIA al hospital más conveniente (por criterio de “medios” y de “cercanía”). 3.‐ Al mismo tiempo que se organiza el traslado del herido al hospital, AVISAR AL SERVICIO MÉDICO DE LA EMPRESA. Se informará de los centros de asistencia a donde acudir en caso de accidente, clasificados teniendo en
cuenta el nivel de servicios disponibles en función de la gravedad en cada caso, así como de los procedimientos de intervención haciendo referencia expresa a la persona designada en la obra para casos de socorrismo y primeros auxilios. 1.8. INSTALACIONES COMUNES PARA EL PERSONAL Las instalaciones provisionales de higiene y bienestar para el personal de obra se adaptarán a lo
definido en el Pliego de Condiciones del presente Estudio de Seguridad y Salud, y en el Título II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo (O.M. 9‐3‐71) y en el Capítulo XVI, Sección Decimotercera, de la Ordenanza Laboral de la Construcción (O.M. 28‐8‐70), teniendo siempre en cuenta la mano de obra presente en cada una de las fases de ejecución.
Alhama de Granada, Febrero 2009
Fdo. Mª Belén Ríos Ruiz Arquitecta
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2. PLIEGO DE CONDICIONES
2.1. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN En especial, son de obligado cumplimiento todas las disposiciones contenidas en los siguientes textos legales:
• CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. Aprobada el 27 de diciembre de 1978 (artículos 15, 40, 43 y 53 fundamentalmente)
• LEY 31/1995, de 8 de noviembre, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (Transposición de la Directiva de la Comunidad Económica Europea 89/391/CEE, conocida como "Directiva Marco" – B.O.E. de 10.11.95).
• Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, que aprueba el REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (1º de los Reglamentos en desarrollo de la Ley 31/1995 – B.O.E. de 31.1.97).
Otros Reglamentos en desarrollo de la citada L.P.R.L., aplicables a obras de construcción y que han entrado en vigor recientemente, se relacionan a continuación:
• Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre "jornadas especiales de trabajo" (BOE de 26.9.95)
• Real Decreto 1879/1996 de 2 de agosto por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (B.O.E. de 9.8.96 y B.O.E. de 18.10.96)
• Real Decreto 413/1997 de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada (BOE 16.4.97)
• Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre "disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo".
• Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las "disposiciones mínimas en seguridad y salud en los lugares de trabajo” (BOE de 23.4.97).
• Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre "disposiciones mínimas en seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores" (BOE de 23.4.97)
• Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre "disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización" (BOE de 23.4.97)
• Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre "la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo" (BOE de 24.5.97)
• Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre "la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo".
• Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre "disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual".
• O. de 27‐06‐97, por la que se desarrolla el R.D. 39/1997 (Rglto. de los Servicios de Prevención), en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especializadas como S. de Prevención ajenos, de las personas o empresas auditoras, así como autorización de entidades públicas y privadas para la realización/ certificación de actividades formativas en prevención.
• Real Decreto 949/1997 de 20 de junio, sobre certificado de profesionalidad de la ocupación de prevencionista de riesgos laborales (BOE 11.7.97)
• Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, sobre "disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
• Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre "disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción" (Reglamento específico para el sector de la construcción, en desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos laborales ‐ley 31/95, de 8 de noviembre‐ B.O.E. de 25.10.97).
• Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el R.D. 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
• Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal (ETT).
Otras figuras que desarrollan la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son las siguientes: • Instrucción de 26 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, para
la aplicación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en la Administración del Estado (B.O.E. de 8.3.96)
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• Orden de 22 de abril de 1997, por la que se regula el régimen de funcionamiento de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en el desarrollo de actividades de prevención de riesgos laborales (BOE de 24.4.97)
• Orden de 27 de junio de 1997, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba e Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales (BOE de 4.7.97)
Además, continúan vigentes e igualmente son aplicables los siguientes: • Reglamento de Seguridad e Higiene en la Industria de la construcción. (O.M. 20‐5‐52) (B.O.E. 15‐6‐
52). • Reglamento de accidentes de trabajo (parcialmente vigente). (Decreto 22‐6‐56) (B.O.E. 15‐7‐56). • Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. (Decreto 30‐11‐61) (B.O.E. 7‐
12‐61). • Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión. (O.M. 28‐11‐68). • Titulo II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (O.M. 9‐3‐71) (B.O.E. 16‐3‐71). • Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Cuadro de Enfermedades
Profesionales en el sistema de la Seguridad Social (B.O.E. de 25.8.78) • Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo. (O.M. 9‐3‐71) (B.O.E. 16‐3‐71). • Capítulo XVI de la Ordenanza de trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica. (O.M. 28‐8‐70) (B.O.E.
5/7/8/9‐9‐70) (declarada expresamente en vigor por Disposición Final 1ª y 2ª del Convenio Colectivo General del sector de la construcción ‐B.O.E. 20‐05‐92‐).
• Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, del Mº de Ciencia y Tecnología. Por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e instrucciones técnicas complementarias. (B.O.E. 18‐09‐2002).
• Protección de los trabajadores contra riesgos profesionales debidos a la contaminación del aire, el ruido y las vibraciones en el lugar de trabajo. Convenio OIT 20‐6‐77. Ratificado por Instrumento 24‐11‐80. (B.O.E. 30‐12‐81).
• Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores – B.O.E. de 29.3.95).
• Ley 11/1994, de 19 de mayo, por la que se modifican determinados artículos del Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (B.O.E. de 23.5.94)
• Orden de 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la prevención de riesgos y protección de la salud de los trabajadores por la presencia de plomo metálico y sus compuestos iónicos en el ambiente de trabajo (BOE de 24.4.86). Modificada y complementada por:
- Seguridad en las máquinas. (Real Decreto 1495/1986, 26‐5‐86) (B.O.E. 21‐7‐86 y 4‐10‐86) - Modificado por el Real Decreto 590/1989, 19‐5‐89 (B.O.E. 3 6‐89) - Real Decreto 830/1991 de 24 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de Seguridad
en las Máquinas (B.O.E. de 11.4.91) • Orden de 8 de abril de 1991 por la que se aprueba la ITC MSG‐SM del Reglamento de Seguridad en
las Máquinas, referente a máquinas, elementos de máquinas o sistemas de protección usados (B.O.E. de 11.4.91)
• Modelo de partes para la notificación de accidentes de trabajo, sus instrucciones y tramitación (O.M. 16‐12‐87) (B.O.E. 18‐12‐87).
• Libro de Incidencias en materia de Seguridad e Higiene. (O.M. 20‐9‐86) (B.O.E. 13‐11‐86). • Apertura previa o reanudación de actividades en centros de trabajo. (O.M. 6‐5‐88) (B.O.E. 16‐2‐88). • Real Decreto 886/1988 de 15 de julio sobre prevención de accidentes mayores en determinadas
actividades industriales (B.O.E. de 5.8.88) y Real Decreto 952/1990 de 29 de junio por el que se modifican los anexos y se completan las disposiciones del Real Decreto 886/1988.
• Real Decreto 245/1989 de 27 de febrero sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible en determinado material y maquinaria de obra. (B.O.E. de 11.3.89). Complementado y modificado por:
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- Órdenes de 17 de noviembre de 1989 y 18 de julio de 1991, por las que se modifica el Anexo I (B.O.E. de 11.12.89 y B.O.E. de 8.7.91, respectivamente).
- Real Decreto 71/1992 de 31 de enero, por el que se amplia el ámbito de aplicación del Real Decreto 245/1989 y se establecen nuevas especificaciones técnicas de determinados materiales y maquinaria de obra (B.O.E. de 6.2.92)
- Orden de 29.3.96 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 245/1989 ( B.O.E. de 12.4.96)
• Real Decreto 2370/1996, de 18 de noviembre, que aprueba la I.T.C. MIE ‐ AEM‐4. Grúas móviles autopropulsadas usadas. (B.O.E. 24‐12‐96).
• Ley de infracciones y sanciones de orden social, L.I.S.O.S. (Ley 8/1988, de 7‐4‐88) (B.O.E. 15‐4‐88). En vigor parcialmente.
• Orden Ministerial sobre "señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado" (O.M. 31‐8‐87). NORMA DE CARRETERAS 8.3‐IC, modificada por el R.D. 208/1989, y sus Manuales de Ejemplos prácticos de la D.G.C. del Ministerio de Fomento.
• Orden de 18 de octubre de 1989 por la que se suprimen las exploraciones radiológicas sistemáticas en los exámenes de salud de carácter preventivo (B.O.E. de 20.10.89)
• Real Decreto 1316/1989 de 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo (B.O.E. de 2.11.89, B.O.E. de 9.12.89 y B.O.E. de 26.5.90)
• Real Decreto 88/1990 de 26 de enero, por el que se regula la prohibición de determinados agentes específicos o determinadas actividades (4‐naftilamina, 4‐aminobifenilo, bencidina, 4‐nitrobifenilo) para la protección de los trabajadores (B.O.E. de 27.1.90)
• Real Decreto 53/1992 de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (B.O.E. de 12.2.92)
• Real Decreto 1407/1992 de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual (B.O.E. de 28.12.92 y B.O.E. de 24.2.93). Complementado y modificado por:
- Real Decreto 159/1995 de 2 de enero (B.O.E. de 8.3.95 y B.O.E. de 22.3.95) - Resolución de 25.4.96 (B.O.E. de 28.5.96) - O.M. de 16.5.94 (B.O.E. de 1.6.94) - O.M. de 20.2.97 (B.O.E. de 6.3.97)
• Real Decreto 1435/1992 de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las las legislaciones de los Estados Miembros sobre máquinas (B.O.E. de 11.12.92). Modificado por el Real Decreto 56/1995 (B.O.E. de 8.2.95)
• Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE (B.O.E. 34 de 9.2.93). Modificado por el Real Decreto 1328/1995 (B.O.E. de 18.8.95 y B.O.E. de 7.10.95)
• Real Decreto 1/1994, de 20 de Junio (B.O.E. de 29.6.94), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
• Orden de 31 de octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto. Completada y modificada por:
- Resolución 8.9.87 (B.O.E. de 14.10.87) - O.M. 22.12.87 (B.O.E. de 29.12.87) - Resolución 20.2.89 (B.O.E. de 3.3.89) - R.D. 1879/1996 (B.O.E. de 9.8.96 - Orden de 7 de enero de 1987 por la que se establecen las normas complementarias sobre
trabajos con riesgo de amianto (B.O.E. de 15.1.87) • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (B.O.E. de 29.2.86) • Orden de 26 de julio de 1993 por la que se modifican los artículos 2º, 3º y 13º de la Orden de 31 de
octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto y el artículo 2º de la Orden de 7 de enero de 1987 por la que se establecen normas complementarias del citado Reglamento (B.O.E. de 5.8.93)
• Ley 21/1992, de 16 de julio, Ley de Industria (B.O.E. de 23.7.92)
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• R.D. 1.407/92, de 20 de Noviembre, por el que se regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual (Directivas 89/656/CEE y 89/686/CEE. Sello conformidad "CE" en prendas de protección personal).
• Convenio Colectivo Provincial de la Construcción. • Convenio General del Sector de la Construcción.
2.2. CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN Todos los equipos de protección tienen fijado un período aproximado de vida útil, transcurrido el
cual deben desecharse, al perder algunas de sus propiedades. Cuando por las circunstancias de trabajo se produzca un deterioro más rápido en una determinada
prenda o equipo, se repondrá esta, independientemente de la duración prevista o fecha de entrega. De la misma manera, toda prenda o equipo de protección que haya sufrido un trato límite, es decir,
el máximo para el que fue concebido (por ejemplo, como consecuencia de un accidente) será desechado y repuesto de inmediato.
El uso de una prenda o equipo de protección nunca representará un riesgo en si mismo. 2.2.1. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI).
Todas las prendas o equipos de protección individual que haya que utilizar en la obra como resultado de los riesgos evaluados, y por tanto como consecuencia de la identificación de la/s parte/s del cuerpo sometidas al riesgo, cumplirán con lo establecido en su legislación específica (R.D. 1407/92, de 20 de noviembre). La relación de estos equipos se encuentra desarrollada en el punto 1.4.1. del presente E.S.S. 2.2.2. PROTECCIONES COLECTIVAS (SPC).
Los equipos de protección colectiva serán de obligada utilización durante la duración de la obra y será responsabilidad del contratista adjudicatario el proporcionar a su personal dichos equipos y exigir su utilización.
A continuación se relacionan las características que cumplirán los distintos sistemas de protección colectiva a emplear en la obra objeto de este Estudio: Señal normalizada de tráfico
Se colocará en todos los lugares de la obra, o de sus accesos y entorno, y donde la circulación de vehículos y peatones lo hagan preciso, de acuerdo con el Código de la Circulación y la Norma de Carreteras 8.3 ‐ IC. Señal normalizada de seguridad
Se colocará en todos los lugares de la obra, incluidos accesos, donde sea preciso advertir de riesgos, recordar obligaciones de usar determinadas protecciones, establecer prohibiciones o informar situación de medios de seguridad. En el apartado de planos se incluyen las señales normalizadas de seguridad, de acuerdo con el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre "disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo". Señales de prohibición Forma: Círculo Color de seguridad: Rojo Color de contraste: Blanco Color de símbolo: Negro Señales de indicación de peligro Forma: Triángulo equilátero Color de seguridad: Amarillo Color de contraste: Negro Color de símbolo: Negro Señales de información de seguridad Forma: Rectangular Color de seguridad: Verde Color de contraste: Blanco Color de símbolo: Blanco Señales de obligación Forma: Círculo Color de seguridad: Azul
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Color de contraste: Blanco Color de símbolo: Blanco Señales de información Forma: Rectangular Color de seguridad: Rojo Color de contraste: Blanco Color de símbolo: Blanco Dimensiones Las dimensiones de las señales serán las siguientes: La superficie de la señal, S (m2), ha de ser tal que S>L2/2000, siendo L la distancia máxima en metros de observación prevista para una señal (fórmula aplicable para L<50m) Las señales de seguridad pueden ser complementadas por letreros preventivos auxiliares que contienen un texto proporcionando información complementaria. Se utiliza conjuntamente con la señal normalizada de seguridad. Son de forma rectangular, con la misma dimensión máxima de la señal que acompañan, y colocadas debajo de ellas. Este tipo de señales se encuentran en el mercado en diferentes soportes (plásticos, aluminio, etc.) y en distintas calidades y tipos de acabado (reflectante, fotoluminescente, etc.). Cinta de señalización
En caso de señalizar obstáculos, zonas de caída de objetos, se delimitará con cintas de tela o materiales plásticos con franjas alternadas oblicuas en color amarillo y negro, inclinándose 60º con la horizontal. También se podrá utilizar malla plástica de 1 m de altura de color naranja. Cinta de delimitación de zona de trabajo
La intrusión en el tajo de personas ajenas a la actividad representa un riesgo que al no poderse eliminar se debe señalizar mediante cintas en color rojo, con bandas alternadas verticales en colores rojo y blanco o malla plástica de 1 m de altura, que delimiten la zona de trabajo. Pórticos limitadores de gálibo Dispondrán de dintel debidamente señalizado a base de banderolas o similar, para denotar la presencia de tendidos aéreos y delimitar zona de aproximación (distancia seguridad) a los mismos. Topes de desplazamiento para vehículos
Se dispondrá en los límites de zonas de acopio, vertido o maniobras, para impedir aproximaciones de la maquinaria. Se podrán realizar con un par de tablones embridados, fijados al terreno por medio de redondos hincados al mismo, o de otra forma eficaz. Escaleras de mano
Cumplirán lo establecido en la normativa vigente. No se utilizarán para alturas mayores de 5 m., estarán provistas de zapatas, puntas metálicas u otros
medios antideslizantes y de elementos de fijación o amarre en cabeza. Una vez instaladas en la obra, sobrepasarán en 1 m. de altura el punto superior de apoyo y se anclarán en sus extremos. Medios auxiliares
Todos estos medios tendrán dispondrán de las protecciones adecuadas y se utilizarán de acuerdo con las disposiciones que señale la normativa vigente. Interruptores diferenciales y tomas de tierra
La sensibilidad mínima de los interruptores diferenciales será de 30 mA. para alumbrado y de 300 mA. para fuerza.
La resistencia de las tomas de tierra será, como máximo, la que garantice de acuerdo con la sensibilidad del interruptor diferencial una tensión máxima de contacto de 24 V. Maquinaria
Todas las máquinas cumplirán la legislación vigente y contarán por tanto, al llegar a obra, con todos los dispositivos de seguridad y elementos de protección que en aquella se señalen. Señales óptico‐acústicas de vehículos de obra Todas las máquinas autoportantes que se utilicen en las obras deberá disponer de:
• Una bocina o claxon de señalización acústica. • Señales sonoras o luminosas (previsiblemente ambas a la vez) para indicación de la maniobra de
marcha atrás.
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• En la parte más alta de la cabina dispondrán de un señalizador rotativo luminoso destellante de color ámbar para alertar de su presencia en circunvalación viaria.
• Dos focos de posición y cruce en la parte delantera y dos pilotos luminosos de color rojo detrás. • Dispositivo de balizamiento de posición y preseñalización (lamas, conos, cintas, mallas, lámparas
destellantes, etc.) Riego de zonas
En caso de formación de ambientes pulverulentos, se regará para evitar la formación de polvo, sin que se produzcan encharcamientos. Extintores
Serán adecuados en características de agente extintor y tamaño al tipo de incendio previsible, revisándose como mínimo cada 12 meses.
Los extintores esmaltados en color rojo, llevarán soporte para su anclaje y dotados con manómetro. La simple observación de la presión del manómetro permitirá comprobar el estado de su carga. Se revisarán periódicamente al menos, una vez cada seis meses. El recipiente del extintor cumplirá el Reglamento de Aparatos a Presión, Real Decreto 1244/1979 de 4 de abril del 1979, (B.O.E. 29.5.1979).
Los extintores estarán visiblemente localizados en lugares donde tengan fácil acceso y estén en disposición de uso inmediato en caso de incendio. Se instalará en lugares de paso normal de personas, manteniendo un área libre de obstáculos alrededor del aparato. Los extintores estarán a la vista. En los puntos donde su sensibilidad quede obstaculizada se implantará una señal que indique su localización.
Los extintores portátiles se emplazarán sobre paramento vertical a una altura de 1,20 m medida desde el suelo a la base del extintor. El extintor siempre cumplirá la Instrucción Técnica Complementaria MIE‐AP (O.M. 31.5.1982).
Para su mayor versatilidad y evitar dilataciones por titubeos, todos los extintores serán portátiles, de polvo polivalente y de 14 kg de capacidad de carga, uno de ellos se instalará en el interior de la obra, y precisamente cerca de la puerta principal de entrada y salida. Los demás se colocarán en las casetas y barracones.
Si existiera instalación de alta tensión, para el caso que ella fuera el origen de un siniestro, se emplazará cerca de la instalación con alta tensión un extintor. Este será precisamente de dióxido de carbono, CO2, de 14 kg de capacidad de carga. Iluminación Zonas de paso: 20 lux Zonas de trabajo: 200‐300 lux Los accesorios de iluminación exterior serán estancos a la humedad. Portátiles manuales de alumbrado eléctrico: 24 voltios. Prohibición total de utilizar iluminación de llama. Redes de seguridad Como protección contra caídas de altura de personas u objetos, se dispondrán en paños de dimensiones ajustadas al hueco a proteger, de poliamida de alta tenacidad, con luz de malla 7,5x7,5 cm diámetro de hilo 4 mm y cuerda de recercado perimetral de 12 mm de diámetro, de conformidad a norma UNE 81‐650‐80. Marquesinas rígidas Apantallamiento en previsión de caídas de objetos, compuesto de una estructura de soporte generalmente metálica en forma de ménsula o pies derechos, cuajada horizontalmente de tablones durmientes de reparto y tableros capaces de retener, sin colapsarse, un objeto de 100 kg de peso desprendido desde una altura de 20 m a una velocidad de 2 m/s. Barandillas de protección
Antepechos provisionales de cerramiento de huecos verticales y perímetro de plataformas de trabajo, susceptibles de permitir la caída de personas u objetos desde una altura superior a 2 m, constituidos por balaustre, rodapié de 20 cm de alzada, travesaño intermedio y pasamanos superior, de 1 m de altura, sólidamente anclados todos sus elementos entre si, capaces de resistir en su conjunto un empuje frontal de 150 Kg./ml
En huecos verticales de coronación de zanjas y pozos, con riesgo de caída de personas u objetos desde alturas superiores a 2 m, se dispondrán barandillas de seguridad completas empotradas sobre el terreno, constituidas por balaustre vertical homologado o certificado por el fabricante respecto a su idoneidad en las condiciones de utilización por él descritas, pasamanos superior situado a 1 m sobre el nivel del suelo, barra horizontal o listón intermedio ( subsidiariamente barrotes verticales o mallazo con una
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separación máxima de 15 cm) y rodapié o plinto de 20 cm sobre el nivel del suelo, sólidamente anclados todos sus elementos entre sí, capaces de resistir en su conjunto un empuje frontal de 150 Kg./ml se situará, siempre que sea posible a una distancia no menor de 1,5 metros del borde de coronación.
El perímetro de la zanja estará balizado en su totalidad, advirtiendo de la existencia del hueco horizontal sobre el terreno.
En zonas o pasos con riesgo de caída de más de 2 m, el operario estará protegido con cinturón de seguridad anclado a un punto fijo o se dispondrá de andamios o barandillas provisionales.
Cuando sea imprescindible el paso o circulación de operarios por el borde de la coronación del talud o corte vertical, las barandillas estarán ancladas hacia el exterior del vaciado y los operarios circularán sobre entablados de madera o superficies equivalentes de reparto. Condena de huecos horizontales
Por la anchura habitualmente reducida de este tipo de excavación, en la mayoría de ocasiones bastará su condena mediante tableros o planchas metálicas de suficiente espesor como para resistir cargas puntuales de 300 Kg/m2 arriostradas lateralmente para impedir desplazamientos.
Pasarelas dotadas de barandillas reglamentarias para franquear zonas excavadas. Bajantes de escombros
Módulos troncocónicos articulados de material plástico resistente de 0,50 m de diámetro interior y 1 m de altura, con bocas de descarga en cada planta y con un radio de cobertura de servicio de unos 25 m, colocados verticalmente en fachada y aplomados con el contenedor de acopio y recepción. Toldos
Lona industrial de polietileno de galga 500, con malla reticular interior de poliamida como armadura de refuerzo y orlados metálicos perimetrales para permitir el amarre con cuerda de diámetro 12 mm. Cuerda de retenida
Utilizada para posicionar y dirigir manualmente, desde una cota situada por debajo del centro de gravedad, las cargas suspendidas transportadas por medios mecánicos, en su aproximación a la zona de acopio, constituida por poliamida de alta tenacidad, calabrotada de 12 mm de diámetro, como mínimo. Eslingas de cadena
El fabricante deberá certificar que disponen de un factor de seguridad 5 sobre su carga nominal máxima y que los ganchos son de alta seguridad (pestillo de cierre automático al entrar en carga). El alargamiento de un 5% de un eslabón significa la caducidad inmediata de la eslinga. Eslinga de cable
A la carga nominal máxima se le aplica un factor de seguridad 6, siendo su tamaño y diámetro apropiado al tipo de maniobras a realizar; las gazas estarán protegidas por guardacabos metálicos fijados mediante casquillos prensados y los ganchos serán también de alta seguridad. La rotura del 10 % de los hilos en un segmento superior a 8 veces el diámetro del cable o la rotura de un cordón significa la caducidad inmediata de la eslinga. Cable “de llamada”
Seguricable paralelo e independiente al principal de izado y sustentación de las cestas sobre las que tenga que trabajar el personal: Variables según los fabricantes y los dispositivos de afianzamiento y bloqueo utilizados.
En demolición a bola, también se adaptará un seguricable paralelo en previsión de rotura del cable de sustentación principal. Habitáculo del operador de maquinaria de demolición
Todas las máquinas dispondrán de cabina o pórtico de seguridad resguardando el espacio del operador, dotada de perfecta visión frontal y lateral, estando permanentemente resguardado por cristales o rejillas irrompibles, para protegerse de la caída de materiales. Además dispondrán de una puerta a cada lado. Sirgas
Sirgas de desplazamiento y anclaje de cinturón de seguridad variables según los fabricantes y dispositivos de anclaje utilizados. Cabina de operador de maquinaria de movimiento de tierras
Todas las máquinas dispondrán de cabina o pórtico de seguridad resguardando el habitáculo del operador, dotada de perfecta visión frontal y lateral, estando provista permanentemente de cristales o rejillas irrompibles, para protegerse de la caída de materiales. Además dispondrán de una puerta a cada lado. Limpieza
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La obra se mantendrá limpia y ordenada, sin que existan materiales esparcidos por la misma, sino que estarán ubicados en una zona destinada a tal efecto. Igualmente ocurrirá con la maquinaria, que una vez terminada la jornada de trabajo se aparcara en una zona de la obra dedicada a tal efecto.
No se permitirá estacionar la maquinaria en bordes de carreteras con tráfico de vehículos, y si fuera estrictamente necesario se señalizara convenientemente y siempre que sea fuera de la calzada, no permitiéndose ocupar parte de la calzada.
Las aperturas de pozos deben condenarse con un tablero resistente, red o elemento equivalente cuando no se esté trabajando en su interior y con independencia de su profundidad. Paso de peatones por la zona en obras
En las zonas de la obra donde sea necesario el paso de peatones, se extremaran las medidas de seguridad, y se señalizara convenientemente y de forma clara y legible los riegos que estos pueden sufrir, se les marcara un camino seguro por donde circular y se comprobara a lo largo de la jornada de trabajo el estado de la señalización. Ningún peatón podrá acceder a la zona en obras sin ser controlado.
En aquellas zonas que sea necesario, el paso de peatones sobre las zanjas, pequeños desniveles y obstáculos, originados por los trabajos estos se realizarán mediante pasarelas, preferiblemente prefabricadas de metal o en su defecto realizadas “in situ”, de una anchura mínima de 1 m, dotada en sus laterales de barandilla de seguridad reglamentaria, la plataforma será capaz de resistir 300 Kg. de peso y estará dotada de guirnaldas de iluminación nocturna.
Si además de peatones existe tráfico de vehículos por la zona en obras se delimitara perfectamente la zona a utilizar por cada uno de ellos, no permitiendo que en algún momento se mezclen, y si fuera necesaria la creación de un paso de peatones, se señalizara convenientemente para garantizar la seguridad de estos.
Estas medidas se mantendrán durante todo el día, encargándose el vigilante de la obra de su conservación durante las horas en que no se trabaje. Por la noche la señalización se reforzara con balizas intermitentes para marcar el peligro y si es posible se iluminará la zona destinada a los peatones. Andamios apoyados en el suelo, de estructura tubular
Previamente a su montaje se habrán de examinar en obra que todos su elementos no tengan defectos apreciables a simple vista, calculando con un coeficiente de seguridad igual o superior a 4 veces la carga máxima prevista de utilización.
Las operaciones de montaje, utilización y desmontaje, estarán dirigidas por persona competente para desempeñar esta tarea, y estará autorizado para ello por el Responsable Técnico del Contratista Principal a pié de obra o persona delegada por la Dirección Facultativa de la obra.
Se comprobará especialmente que los módulos de base queden perfectamente nivelados, tanto en sentido transversal como longitudinal. El apoyo de las bases de los montantes se realizará sobre durmientes de tablones, carriles (perfiles en “U”) u otro procedimiento que reparta uniformemente la carga del andamio sobre el suelo.
Durante el montaje se comprobará que todos los elementos verticales y horizontales del andamio estén unidos entre sí y arriostrados con las diagonales correspondientes.
Se comprobará durante el montaje la verticalidad de los montantes. La longitud máxima de los montantes para soportar cargas comprendidas entre 125 Kg/m2, no será superior a 1,80 m.
Para soportar cargas inferiores a 125 kg/m2, la longitud máxima de los montantes será de 2,30 m. Se comprobará durante el montaje la horizontalidad entre largueros. La distancia vertical máxima
entre largueros consecutivos no será superior a 2 m. Los montantes y largueros estarán grapados sólidamente a la estructura, tanto horizontal como
verticalmente, cada 3 m como mínimo. Únicamente pueden instalarse aisladamente los andamios de estructura tubular cuando la plataforma de trabajo esté a una altura no superior a cuatro veces el lado más pequeño de su base.
En el andamio de pórticos, se respetará escrupulosamente las zonas destinadas a albergar las zancas interiores de escaleras así como las trampillas de acceso al interior de las plataformas. En el caso de tratarse de algún modelo antiguo o tipo “MUNDUS”, carente de escaleras interiores, se dispondrá lateralmente y adosada, una torre de escaleras completamente equipada, o en último extremo una escalera “de gato” adosada al montante del andamio, equipada con aros salvacaídas o sirga de amarre tensada verticalmente para anclaje del dispositivo de deslizamiento y retención del cinturón anticaídas de los operarios.
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Las plataformas de trabajo serán las normalizadas por el fabricante para sus andamios y no se depositarán cargas sobre los mismos salvo en las necesidades de uso inmediato y con las siguientes limitaciones:
Quedará un pasaje mínimo de 0,60 m libre de todo obstáculo (anchura mínima de la plataforma con carga 0,80 m).
El peso sobre la plataforma de los materiales, máquina, herramientas y personas, será inferior a la carga de trabajo prevista por el fabricante.
Reparto uniforme de cargas, sin provocar desequilibrios. La barandilla perimetral dispondrá de todas las características reglamentarias de seguridad
enunciadas anteriormente. El piso de la plataforma de trabajo sobre los andamios tubulares de pórtico, será la normalizada por
el fabricante. En aquellos casos que excepcionalmente se tengan que realizar la plataforma con madera, responderán a las características establecidas más adelante en éste mismo Procedimiento Operativo de Seguridad.
Bajo las plataformas de trabajo se señalizará o balizará adecuadamente la zona prevista de caída de materiales u objetos.
Se inspeccionará semanalmente el conjunto de los elementos que componen el andamio, así como después de un período de mal tiempo, heladas o interrupción importante de los trabajos.
No se permitirá trabajar en los andamios sobre ruedas, sin la previa inmovilización de las mismas, ni desplazarlos con persona alguna o material sobre la plataforma de trabajo.
El espacio horizontal entre un paramento vertical y la plataforma de trabajo, no podrá ser superior a 0,30 m, distancia que se asegurará mediante el anclaje adecuado de la plataforma de trabajo al paramento vertical. Excepcionalmente la barandilla interior del lado del paramento vertical podrá tener en este caso 0,60 m de altura como mínimo.
En el andamio tipo “MUNDUS” no se deberá aplicar a los pernos un par de apriete superior al fijado por el fabricante, a fin de no sobrepasar el límite elástico del acero restando rigidez al nudo. 2.3. SERVICIO DE PREVENCIÓN 2.3.1. SERVICIO TÉCNICO DE SEGURIDAD
Conforme a lo previsto en Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la empresa dispondrá de la organización adecuada en este sentido, acorde al tipo de empresa, a su tamaño y al número de trabajadores ocupados. 2.3.2. BOTIQUÍN DE OBRAS
El botiquín dispuesto en obra será revisado mensualmente por la persona designada para su mantenimiento, y de inmediato se procederá a reponer el material consumido. 2.4. DELEGADO DE PREVENCIÓN Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD 2.4.1. DELEGADO DE PREVENCIÓN
De acuerdo con lo previsto en el artº. 35 de la Ley 31/95, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores tendrán derecho a designar entre sus representantes al/a los Delegado/s de Prevención de acuerdo con las condiciones recogidas en el citado artículo o bien aplicando lo prescrito en la Disposición Adicional cuarta de la Ley.
Sus competencias, facultades y demás aspectos, se recogen en los artºs. 36 y 37 de la citada ley. 2.4.2. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
Se constituirá el Comité de Seguridad y Salud cuando el número de trabajadores supere el previsto en el artº. 38 de la Ley 31/95, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Sus competencias y facultades se recogen en el artº. 39 de la citada ley. 2.5. BRIGADA DE SEGURIDAD
La obra debe disponer de brigada de seguridad para garantizar la conservación y reposición de las distintas protecciones instaladas en la obra, realizando para ello su mantenimiento diario. 2.6. INSTALACIONES AUXILIARES DE HIGIENE Y BIENESTAR. El contratista adjudicatario respecto de las empresas subcontratadas vinculadas contractualmente con ella, asumirá en primera instancia la dotación y mantenimiento de la implantación para albergar, en condiciones de salubridad y confort equivalentes, a la totalidad del personal que participe en esta obra.
La estimación y las condiciones de utilización de las instalaciones de servicios comunes para el personal de obra, serán las siguientes:
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ASEOS Dispondrá de un lavabo y una ducha con agua fría y caliente por cada 10 trabajadores. Una placa turca por cada 25 hombres o fracción, y otra por cada 15 mujeres o fracción. Espejo y perchas. El espacio mínimo por cabina de evacuación será de 1,5 x 2,3 m con puertas de ventilación inferior y superior. El equipamiento mínimo por cabina será: papel higiénico, descarga automática de agua y conexión a la red de saneamiento o fosa séptica. Disponer de productos para garantizar la higiene y limpieza. Se situarán en lugar aislado de los comedores y vestuarios. La limpieza será diaria y realizada por persona fija.
VESTUARIOS Dispondrán de bancos o asientos y taquillas individuales con llave o clave y doble compartimento (separación de vestuario de trabajo y calle), acordes con el número de trabajadores presentes en obra. Dos perchas por trabajador contratado o subcontratado. Bancos corridos o sillas. Una ducha por cada 10 trabajadores o fracción. Pileta corrida para el aseo personal: un grifo por cada 10 usuarios. Jaboneras, portarrollos, toalleros, según número de duchas y grifos. Espejo de 40x50 cm mínimo por cada 25 trabajadores o fracción. Rollos de papel‐toalla o secadores automáticos. Instalaciones de agua caliente y fría. Superficie aconsejable: 1,25 m2 por trabajador. Limpieza diaria realizada por persona fija. Ventilación suficiente. Útiles de limpieza: Serrín, escobas, recogedor, cubo de basura con tapa hermética, fregona y ambientador. Suelo liso y aislado térmicamente.
2.7. ÍNDICES DE CONTROL 1. ÍNDICE DE INCIDENCIA Número de siniestros con baja acaecidos, por cada cien trabajadores. 2. ÍNDICE DE FRECUENCIA Número de siniestros acaecidos, por cada millón de horas trabajadas. 3. ÍNDICE DE GRAVEDAD Número de siniestros con baja acaecidos, por cada millón de horas trabajadas. 4. DURACIÓN MEDIA DE INCAPACIDAD Número de jornadas perdidas por cada accidente con baja.
2.8. LIBRO DE INCIDENCIAS De acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1627/97, de 24 de octubre, en su artículo 13, se habilitará un
Libro de Incidencias que deberá mantenerse siempre en la obra, que constará de hojas por duplicado y al cual tendrán acceso la dirección facultativa, los contratistas, los subcontratistas y trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, los representantes de los trabajadores y los técnicos de las Administraciones públicas competentes en Seguridad y Salud.
La copia de cada anotación practicada deberá ser remitida, antes de transcurridas 24 horas, conforme al procedimiento recogido en el citado real decreto, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realice la obra. 2.9. COORDINADOR DE SEGURIDAD
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, si se prevé que en la obra van a intervenir varias empresas ‐lo cual, en el caso de subcontratas, debe comunicar la empresa principal a la Dirección Facultativa tan pronto como se constate tal hecho‐ el promotor designará un Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, para desarrollar las funciones recogidas en el artº. 9 del citado R.D., y deberá ser ratificado por la administración contratante.
Una vez nombrado, se incorporará a la Dirección Facultativa, donde como representante de ésta en tareas de prevención, seguridad y salud en el trabajo deberá desarrollar las siguientes funciones. a) Emitir informe a la Admón. Contratante sobre el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el Contratista, para que ésta, si lo estima suficiente, dé su aprobación previa al comienzo de los trabajos. b) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad.
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c) Tomar decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente. d) Estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo. e) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que el contratista, los subcontratistas o trabajadores autónomos de éste, apliquen de manera coherente y responsable los principios de acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997 sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. f) Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. g) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. h) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. 2.10. DIRECCIÓN FACULTATIVA Será el técnico o los técnicos designados por la Administración Contratante para la dirección y el control de los trabajos. El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra estará integrado en la dirección facultativa, aunque si no existe nombramiento específico que lo faculte, su labor se limitará tan sólo a las labores mencionadas anteriormente, no pudiendo tomar éste decisiones que afecten al resto de actividades y actuaciones de la obra. 2.11. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 21 y el artículo 44 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o cualquier otra persona integrada en la Dirección Facultativa observase incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista de ello, dejando constancia de tal incumplimiento en el libro de incidencias, cuando este exista de acuerdo al apartado 1 del artículo 13 del R.D. 1627/1997 sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, y quedando en circunstancias de riesgo grave para la seguridad y la salud de los trabajadores, disponer la paralización de los tajos o en su caso de la totalidad de las obras. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la persona que hubiera ordenado la paralización deberá dar cuenta a los efectos oportunos a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente, al Contratista, y en su caso a los subcontratistas afectados por la paralización, así como a los representantes de los trabajadores de éstos. Así mismo, lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de la normativa sobre contratos de las Administraciones Públicas relativa al cumplimiento de plazos y suspensión de obras. 2.12. CERTIFICACIÓN DEL CAPÍTULO DE SEGURIDAD Y SALUD
El abono de las partidas presupuestarias que se concreten en el definitivo documento de seguridad (Plan de Seguridad y Salud), lo realizará la propiedad a la empresa adjudicataria de las obras, previa certificación de la Dirección Facultativa, expedida conjuntamente con las de las demás unidades de obra realizadas.
Alhama de Granada, Febrero 2009
Fdo. Mª Belén Ríos Ruiz Arquitecta
PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN INTERVENCIÓN BARRIO ÁRABE
Mª Belén Ríos Ruíz_Calle Fco Ayala nº 7‐3ºG_Alhama de [email protected]
VII. PLANOS