proveedor_de_precios

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PROVEEDOR DE PRECIOS En virtud a la circular 039 de 2012 expedida por la superintendencia financiera, modificando la instrucción quinta de la Circular Externa 006 de 2012 “… a partir del primero (1º) de diciembre de 2012, las entidades vigiladas deberán valorar sus inversiones, así como las operaciones en Futuros y demás instrumentos financieros derivados que sean compensados y liquidados a través de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte, utilizando el nuevo esquema de proveedores de precios para valoración; adicionalmente; por un término de cuatro (4) meses contados desde el momento en que la Superintendencia Financiera de Colombia expida el certificado de funcionamiento del primer proveedor de precios para valoración, las inversiones en instrumentos financieros derivados básicos contemplados en el Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera, que no sean compensados y liquidados a través de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte, podrán ser valoradas utilizando la información de un proveedor de precios para valoración contratado por la entidad o mediante los procedimientos descritos en el mencionado capítulo… Al finalizar los plazos señalados en la presente instrucción, las entidades estarán obligadas a valorar la totalidad de las inversiones, así como las operaciones en instrumentos financieros derivados, sean estas propias o administradas, utilizando la información del proveedor de precios para valoración designado como oficial para cada segmento...” En la actualidad se cuenta con dos proveedores aprobados por la Superintendencia Financiera de Colombia Datos básicos Nombre PROVEEDOR INTEGRAL DE PRECIOS COLOMBIA, PROVEEDOR DE PRECIOS PARA VALORACION S.A. Otra identificación 9003077112 Código Superfinanciera 509002 CIIU J6714 Otras actividades relacionadas con el mercado de valores Sigla PIP COLOMBIA SA PPV

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PROVEEDOR DE PRECIOS

En virtud a la circular 039 de 2012 expedida por la superintendencia financiera,

modificando la instrucción quinta de la Circular Externa 006 de 2012 “… a partir

del primero (1º) de diciembre de 2012, las entidades vigiladas deberán valorar sus

inversiones, así como las operaciones en Futuros y demás instrumentos financieros

derivados que sean compensados y liquidados a través de la Cámara de Riesgo

Central de Contraparte, utilizando el nuevo esquema de proveedores de precios

para valoración; adicionalmente; por un término de cuatro (4) meses contados

desde el momento en que la Superintendencia Financiera de Colombia expida el

certificado de funcionamiento del primer proveedor de precios para valoración, las

inversiones en instrumentos financieros derivados básicos contemplados en el

Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera, que no sean

compensados y liquidados a través de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte,

podrán ser valoradas utilizando la información de un proveedor de precios para

valoración contratado por la entidad o mediante los procedimientos descritos en el

mencionado capítulo… Al finalizar los plazos señalados en la presente instrucción,

las entidades estarán obligadas a valorar la totalidad de las inversiones, así como

las operaciones en instrumentos financieros derivados, sean estas propias o

administradas, utilizando la información del proveedor de precios para valoración

designado como oficial para cada segmento...”

En la actualidad se cuenta con dos proveedores aprobados por la Superintendencia

Financiera de Colombia

Datos básicos

Nombre PROVEEDOR INTEGRAL DE

PRECIOS COLOMBIA,

PROVEEDOR DE PRECIOS PARA

VALORACION S.A.

Otra identificación 9003077112

Código Superfinanciera 509002

CIIU J6714 Otras actividades relacionadas

con el mercado de valores

Sigla PIP COLOMBIA SA PPV

Calidad de inscrito OTROS AGENTES DEL MERCADO DE

VALORES

Estado en RNVeI VIGENTE

Situación Legal NORMAL

Dirección CR 9 NO 77-67 OF 901

Ciudad BOGOTA D.C.

Teléfono 7448480

Dirección web www.precios.com.co

Fax 7448481

Total Miembros PpalesJ.Directiva 5

Nombre INFOVALMER PROVEEDOR DE

PRECIOS PARA VALORACION S.A.

Otra identificación 9004093630

Código Superfinanciera 509001

CIIU J6714 Otras actividades relacionadas

con el mercado de valores

Sigla INFOVALMER

Calidad de inscrito OTROS AGENTES DEL MERCADO DE

VALORES

Estado en RNVeI VIGENTE

Situación Legal NORMAL

Dirección CARRERA 7 NO. 71-21 PISO 12

Ciudad BOGOTA D.C.

Teléfono 3139800

Dirección web www.infovalmer.com.co

Fax 3139800

Total Miembros PpalesJ.Directiva 5

En la gestión realizada se concretaron reuniones y capacitaciones con PIP donde

se nos presentaron las metodologías que corresponden:

“Es un conjunto de supuestos, métodos, criterios, procedimientos y fuentes de

información que permiten el cálculo de un Vector de Precios y/o Curva,

debidamente soportado técnica, matemática y estadísticamente. Las Metodologías

de Valoración deben incorporar como mínimo los elementos señalados en el

numeral 2.5. del Capítulo Décimo Sexto del Título Primero de la Circular Básica

Jurídica y las demás normas que lo desarrollen, modifiquen, complementen o

sustituyan. Las Metodologías de Valoración se incorporan en el Manual de

Valoración interno de PIPCO. “

Y cuentan con Metodología de Valoración Alternativa o de Contingencia,

corresponde a un procedimiento metodológico de valoración establecido por PIPCO

que permite incorporar el efecto de un Evento No Previsto en la Metodología de

Valoración. Dicho procedimiento debe ser confirmado por el Comité de Valoración

y la Junta Directiva para que sea parte de la Metodología de Valoración definitiva

de PIPCO.

Con relación a infovalmer no se han podido realizar pruebas en razón de que no se

atenido el tiempo suficiente para realizar las pruebas ya que el proveedor apenas

ha iniciado la generación de precios de pruebas hasta hace no más de tres

semanas.

No obstante, el consorcio prosperar seleccionó como proveedor de precios a

Infovalmer, dado a que los actores más importantes del mercado como los son los

fondos de pensiones los seleccionaron como proveedores de precios, y convenía

estar con el proveedor que tenga a la mayor parte del mercado, ya que no resulta

claro las negociaciones que se realicen en el mercado con precios de un

proveedor, cuando la contraparte utilizan uno diferente. Allí se podrán generar

divergencias en la forma de negociación de los títulos. Teniendo en cuenta esto, se

propone elegir a Infovalmer.

Adicionalmente la norma establece lo siguiente:

“2.1 El diferimiento de las utilidades y/o las pérdidas debe realizarse

individualmente por cada una de las inversiones y no podrán compensarse o

establecerse un neto entre estas. Dichas utilidades y/o pérdidas deberán

contemplar el desmonte de las provisiones constituidas.”

“2.2 La decisión de diferir o no las utilidades y/o las pérdidas que se generen el 1

de diciembre de 2012 deberá ser aprobada por la junta directiva de la entidad o

por el órgano que haga sus veces, quien deberá señalar el valor a diferir y el plazo

durante el cual se realizará el diferimiento. Dicha decisión es inmodificable y

deberá ser implementada, a más tardar, a partir del dieciséis (16) de diciembre de

2012. El término del diferimiento debe ser igual para utilidades y pérdidas, no

podrá ser superior a un (1) año contado a partir de la fecha en que inició la

implementación, y durante el plazo respectivo, se amortizará en alícuotas diarias.”