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Protección del consumidor de servicios financieros en la Unión Europea.
San8ago de Compostela, marzo 2014. Elena F Pérez Carrillo
XI Curso JM Integración Europea y Derecho Privado. Protección del consumidor de servicios financieros
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PRELIMINARES: integración europea y consumo � Etapas 1. 1957-‐1970
2. 1970-‐1986
3. 1987 -‐2000
4. 2001-‐ 2009
5. 2010-‐ …..
� Derecho supranacional
� Tratados “fundacionales” � Tardío reconocimiento del
“consumidor” � Principios generales de la
integración � Actual competencia compar:da
� Derecho Comunitario de mercado interior obligatorio y so# law � (mercancías y servicios) � complemento de normas
estatales,
� Sistema Ins:tucional, y colaboración con los Estados
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Primera Etapa: 1957-‐1970
• A nivel supranacional: – No se percibe una polí:ca comunitaria de consumidores
• El “consumidor” sería, en todo caso el “beneficiario” final del mercado
– Inicial puesta en común de factores de producción y tardía “ciudadanización”
• A nivel estatal (los 6 países fundadores)
– Si, hay desarrollo norma8vo tui8vo
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Segunda etapa 1971-‐1986
• 1972 Jefes de Estado y de Gobierno Cumbre de París
• 1975 Primer programa de acción rela8vo a la protección de los consumidores
• el derecho a la protección de la salud y la seguridad; • el derecho a la protección de los intereses económicos; • el derecho a la indemnización de los daños; • el derecho a la información y a la educación; • el derecho a la representación.
• AUE 1986: Competencia para legislar “Alto nivel de protección de los consumidores” Carácter transversal de la polí8ca de los consumidores,
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Tercera etapa: 1987/2000 LEGISLACIÓN.-‐ Armonización “mínima”, parcial � Direc8vas crédito al consumo y sectoriales (banca seguros,
“pasaporte único”) � Direc8va 93/13/CEE , cláusulas abusivas � Direc8va 97/7/CE , contratos a distancia
� Direc8va 1997/55/CE , publicidad compara:va
� Direc8va 98/27/CE , acciones de cesación � Recomendación 98/257/CE, resolución extrajudicial li:gios
� Direc8vas 98/34/CE y 98/48/CE (codificación de anteriores)-‐información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas
� Direc8va 99/44/CE . GaranPas de bienes de consumo
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Cuarta etapa: 2001-‐ actualidad “Armonización mínimos” >> “máximos”, parcial � Direc8va 1999/93/CE , firma electrónica � Direc8va 2000/31/CE, comercio electrónico � Direc8va 2002/65/CE, comercialización a distancia de productos financieros
des:nados al consumidor • Direc8va 2005/29/CE prác:cas comerciales desleales � Direc8va 2006/114/CE publicidad engañosa y publ., compara:va (codificada)
� Reglamento 861/2007 , sobre proceso de escasa cuanPa � Direc8va 2008/48/CE, sobre crédito al consumo � Direc8va 2009/22/CE rela8va a las acciones de cesación (Versión codificada)
Trabajos. So[ law � Derecho contractual europeo: Comunicación 2001 .Grupos de trabajo. Marco
Común de Referencia � Educación financiera; Comunicación 2001; DOLCETA; Grupo de expertos 2008 � Hipotecas; Libro verde 2001; libro blanco 2007
� Sentencias 17/03/2014 7
Tratados-‐ Competencia
• Art 4 TFUE.-‐ Competencia Compar:da. Los Estados miembros ejercerán su competencia en la medida en que la Unión no haya ejercido la suya. Los Estados miembros ejercerán de nuevo su competencia en la medida en que la Unión haya decidido dejar de ejercer la suya.
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Tratados-‐ • Art. 169 TFUE.-‐ 1. Para promover los intereses de los consumidores y garan8zarles un alto nivel de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses.
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Tratados-‐ Art. 169 TFUE.-‐2…., mediante: • a) medidas de 114 en el marco de la realización del mercado interior;
• b) medidas que apoyen, complementen y supervisen la polí:ca llevada a cabo por los Estados miembros.
• 4. Las medidas ….no obstarán para que cada uno de los Estados miembros mantenga y adopte medidas de mayor protección. Dichas medidas deberán ser compa:bles con los Tratados. Se no:ficarán a la Comisión.
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¿Quinta etapa futuro…? § Próximas ampliaciones,
§ Tratado de Lisboa, § Crisis mundial
§ Servicios financieros ( Liquidez e Intervenciones) � Desempleo
• Necesidad de JUSTICIA para el consumidor – ciudadano
¿CONSUMO TRANSFRONTERIZO Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR DE
SERVICIOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS?.....
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Estudio IFF para
Comisión europea
Principales preguntas planteadas por la Comisión Europea
• La norma8va nacional, ¿obstaculiza el mercado interior? ¿existen muchas reclamaciones trasnacionales?
• ¿Son suficientes las obligaciones de información de las Direc8vas?
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Problemas (varias fuentes)
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“Findings” asociaciones de consumidores nacionales
Problemas (asociaciones de consumidores)
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“Findings” de las asociaciones de consumidores nacionales
Areas de información/Direc:va
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Areas de información/Direc:va-‐ 2
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Consumo, algo más que información
• Supervisión, descripción producto, registro, pág 31 • Comercialización y desarrollo del contrato,pág 33 • Precio y costes, pág 35 • Riesgos, responsabilidades, factor 8empo (incumplimientos unilaterales, cambio de circunstancias), pág. 38
• Periodo de desis8miento, y pagos pág. 40 • Anulación/fin de contrato, derechos de las partes, li8gios, lenguas, pág 43
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Area de interés de la Comisión Europea
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Visión IFF
Trabajos posteriores • Grupo EUSOCO (transnacional)
– Comparación con la Direc8va 2011/83/UE, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores
– Comparación con el Marco Común de Referencia – Comparación con la Propuesta de Direc8va de Compra – Venta
– ConfinAd
• Colaboración BEUC y organizaciones nacionales de consumidores (OCU)
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Conclusiones preliminares • Dispersión norma8va • Dependencia de la jurisprudencia • Tendencia a la armonización de máximos sin unificar la “cultura
de protección del consumidor “de los Estados miembros • Concentración de la protección en
– Información – Momento precontractual y de conclusión del contrato – Argot EUSOCO Modelo “compra – venta”, sin “post venta” • Escasa atención a • Responsabilidades • Factor 8empo y cambio de circunstancias • Equilibrio contractual • Relevancia de los servicios financieros para los consumidores 17/03/2014 21
Propuestas preliminares • Libro en preparación ( juristas, economistas, sociólogos) • Cambio de paradigma necesario.
– Reconocimiento del valor de servicios financieros para la VIDA de las PERSONAS
– Factor 8empo • Tiempo es un factor contractual no sólo para el proveedor • Incumplimientos y responsabilidades del proveedor • Derechos básicos del consumidor
– Armonización, ¿máximo o mínimo? • Una técnica no es un principio básico en ningún ordenamiento • El mercado es un principio importante • La ciudadanía, la sostenibilidad, el desarrollo, los derechos fundamentales son
principios principales
– Argot “EUSOCO:” “modelo alquiler, modelo relación laboral”…, • Principios • Protección administra7va inmediata • Resolución extra judicial y judicial con costes y 7empos reducidos
– Libro en preparación 17/03/2014 22
Protección del consumidor de servicios financieros en la Unión Europea
San8ago de Compostela, marzo 2014. Elena F Pérez Carrillo
Muchas gracias