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OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO GINEBRA 108 Protección de los niños en el mundo del trabajo

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OFICINAINTERNACIONALDEL TRABAJOGINEBRA

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Protecciónde los niños enel mundo del tra b a j o

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Protección de los niñosen el mundo del trabajo

Educación Obrera 1997/3Número 108

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Editorial V

Prefacio 1

Reexamen de la cuestión del trabajo infantil a la luzdel establecimiento de normas de la OIT, por Kari Tapiola 3

¿Por qué nuevos instrumentos internacionales sobreel trabajo infantil?, por Loïc Picard 9

Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138),y la función de los sindicatos, por Yoshie Noguchi 16

Neil Kearney habla de los códigos de conducta y su significadoen la sociedad actual 22

Los códigos de conducta como instrumentos para erradicarel trabajo infantil 29

Ejemplos de declaraciones y extractos de códigos de conducta 31

El trabajo infantil en el programa de los sindicatos,por Claudia Coenjaerts 35

Mano de obra infantil en el sector de la hostelería,la restauración y el turismo, por Gert A. Gust 45

El trabajo infantil en la agricultura, por Alec Fyfe 49

Trabajo infantil en la industria de las piedras preciosas y el diamantede la India, por Chandra Korgaokar y Geir Myrstad 52

El IPEC y los sindicatos, por Satoru Tabusa 55

Poco se sabe acerca de los trabajadores infantiles de Myanmar 59

III

Indice

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En un futuro no muy lejano algunos capítulos de la historia origi-narán más de una abstrusa interpretación del actual modelo de desarro-llo de la sociedad. En especial, las deprimidas condiciones que seregistran de forma variable en determinados enclaves sociales existentesen todo el mundo se prestarán a interpretaciones fantasiosas y a comen-tarios sobre el sufrimiento conocido pero tolerado que ha permitido adeterminadas naciones adquirir su riqueza relativa.

Aunque el poder democrático es el origen del cambio social, lavoluntad política es a su vez la esencia del cambio. Ambas fuerzas, con-sideradas conjuntamente, sólo servirán para desviar de forma efectiva elcurso de la historia si quienes las ejercen se niegan a paralizar el procesode cambio con simples declaraciones de intención, si atienden la urgen-cia del momento y si están dispuestos a establecer sus estrategias en undeterminado marco de meses y años y no de decenios o siglos. Aunquetodos consideran que el trabajo infantil es malo en términos absolutos,desgraciadamente este consenso general no encuentra confirmación en laopinión universal en forma de modalidades y plazos para la acción, nece-sarios con el fin de neutralizar la violencia institucionalizada en que sebasa la explotación de la mano de obra infantil.

Necesitamos tiempo, dicen a menudo, aquéllos para los que eltiempo se mide en decenios o siglos. Si el tiempo fuera neutral, esta peti-ción podría entenderse. En tal caso, podría permitirse que la historiapusiera fin un día a la explotación infantil. La humanidad podría, sinescrúpulos de conciencia, racionalizar ese infame abuso de los recursosmás preciosos de la sociedad. Pero el tiempo no es neutral: el tiemposupone la connivencia de todos en la prolongación del sufrimiento y laaflicción del grupo social más vulnerable. El tiempo supone malgastarvidas, la muerte prematura de millones de personas y sociedades cadavez más implicadas en un proceso perverso de producción sin reglas, enlas que el provecho material constituye el único criterio. Por consi-guiente, es preciso articular la responsabilidad política para hacer frentea los peligros derivados de una maquinaria política fuera del tiempo,sólo dispuesta a comprometerse a erradicar el trabajo infantil en su socie-dad cuando su economía sea lo suficientemente avanzada y no requieraya mantener un nivel competitivo especial. Se levantan numerosas vocesque proclaman la necesidad de tiempo hasta que un proyecto de estaclase llegue a su madurez, por lamentable que resulte para sus víctimasinmediatas. ¿Cuánto tiempo? ¿Años? ¿Siglos?

En junio de 1996, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptóuna resolución relativa a la eliminación del trabajo infantil. Desde enton-ces se ha iniciado una labor internacional concertada para poner fin alaumento de este tipo de trabajo, esfuerzo que ha adquirido impulso gra-cias a varias reuniones internacionales: en Suecia, el Congreso MundialContra la Explotación Comercial de los Niños, celebrado en agosto de1996, y en los Países Bajos una Conferencia Internacional, celebrada tam-bién en 1996. El presente número de Educación Obrera se publica espe-cialmente en vísperas de la Conferencia de Oslo sobre el trabajo infantil,pensando en los trabajadores.

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Editorial

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La Conferencia de Oslo logrará sin duda un consenso universal conrespecto a la necesidad de suprimir el trabajo infantil. Sin embargo, sutarea no resultará envidiable en lo que se refiere a rebatir las alegacionesde los que, si bien unirán su voz al clamor contrario al trabajo de losniños, no tendrán escasez de argumentos sobre por qué no es posible,aquí y ahora, acabar con el trabajo infantil.

La OIT, por la propia naturaleza de su mandato en lo que se refiereal establecimiento de normas, sabe mejor que muchos que algunas for-mas de acción pueden aplazarse una y otra vez, de manera indefinida, endetrimento de la sociedad. Desde 1919, hace ya casi un siglo, ha recurridoa la persuasión moral por medio de su mecanismo de supervisión con elfin de garantizar la observancia de determinadas normas mínimas porparte de sus Estados miembros, muchos de los cuales piden tiempo,invocando una y otra vez motivos para no ratificar o aplicar un instru-mento. Si hay que negociar el tiempo, negóciese. Los estados soberanostienen que seguir siendo estados soberanos en lo que se refiere a ratificary aplicar las normas internacionales del trabajo.

Sin embargo, al ocuparse de las más intolerables formas de trabajoinfantil la OIT se inspira en una sola certeza: que esas prácticas no pue-den defenderse de ningún modo y que es preciso ponerles fin, aquí yahora. Por consiguiente, además de establecer normas, la OIT recurre aotras formas de actuación. En el caso de la mano de obra infantil, la Orga-nización está profundamente comprometida en un modo de acción dife-rente, movilizando y uniendo esfuerzos con todo tipo de autoridades yresponsables de adoptar decisiones para luchar contra la plaga de laesclavitud y explotación infantil. La OIT entiende que se ha acabado eltiempo y que ahora la acción ha de ser rápida y decidida.

La Oficina de la OIT de Actividades para los Trabajadores, al pre-parar este número dedicado a la cuestión del trabajo infantil en vísperasde la Conferencia de Oslo, expresa su compromiso de unir sus esfuerzosa los de todos los que, abierta o silenciosamente, intentan conseguir unarápida supresión de la explotación infantil en sus peores formas y apro-vechar todas las posibilidades para detener este proceso y rehabilitar alos niños que hayan sido víctimas de él.

Felicito a todos los que han unido sus esfuerzos para que la Confe-rencia de Oslo se haga realidad. La celebración de esta Conferencia encie-rra la promesa de progresar de forma importante en el establecimiento decursos de acción y en la adopción de medidas concretas como las formu-ladas en la resolución de la OIT de 1996 sobre la eliminación del trabajoinfantil. La Oficina de la OIT de Actividades para los Trabajadores esperaque los artículos que figuran a continuación contribuyan, aunque seamodestamente, a un intercambio fructífero de ideas entre los trabajado-res y sus interlocutores asistentes a la Conferencia, y al mismo tiemporefuercen la voluntad de alcanzar resultados duraderos por parte de losque tienen las riendas del poder. Saludo muy cordialmente a todos losparticipantes en la Conferencia y les deseo pleno éxito. Todos estamospendientes de sus trabajos.

Giuseppe QuerenghiDirector

Oficina de Actividadespara los Trabajadores, OIT

VI

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El trabajo infantil plantea un grave problema, no sólo porque amenudo se realiza en condiciones peligrosas y de explotación, sino tam-bién porque afecta al desarrollo emocional, educativo y social del niño.

Con frecuencia las condiciones que rodean al trabajo infantil cons-tituyen graves violaciones de la Convención Internacional de los Dere-chos del Niño. Noruega considera que el trabajo infantil es una cuestiónde derechos humanos y de desarrollo. Dada la amplitud de las violacio-nes y la gravedad del problema, el Gobierno noruego estima que la cues-tión del trabajo infantil será prioritaria en su cooperación para eldesarrollo en los próximos años.

Desde principios del decenio de 1990, ha aumentado el interés sus-citado por el problema del trabajo infantil. La OIT, y más tarde el UNI-CEF, fueron los principales agentes que dieron prioridad a este tema enel orden del día político. Noruega desea unir sus esfuerzos a estas orga-nizaciones en la lucha contra la explotación infantil.

El problema del trabajo infantil es complejo y no tiene una soluciónúnica. Sin embargo, existe un amplio acuerdo en que el trabajo infantil nopuede abordarse sin tener en cuenta la educación y la pobreza. Una delas estrategias más convincentes a largo plazo para erradicar el trabajoinfantil, a la que el Gobierno noruego ofrece todo su apoyo, es extender ymejorar la educación de los pobres.

Se reconoce también que aunque no puede ganarse la lucha contrael trabajo infantil únicamente con medidas legislativas, tampoco podráganarse sin ellas. La función de los instrumentos jurídicos es comple-mentar las políticas a largo plazo estructurales y contra la pobreza orien-tadas a impedir la explotación de los adolescentes y los niños.

El instrumento internacional más completo en relación con el tra-bajo infantil es el Convenio de la OIT sobre la edad mínima, pero en rela-ción con los niños y la educación en general el más completo es laConvención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. La rati-ficación y cumplimiento de esos instrumentos mediante leyes y políticasnacionales constituye la medida decisiva para proteger a los niños de laexplotación económica y evitar que realicen cualquier tipo de trabajo quepueda ser peligroso, o interferir en su educación y perjudicar su salud odesarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

Para luchar contra el trabajo infantil es preciso actuar a nivel nacio-nal e internacional.

A fin de aumentar la cooperación entre los diferentes agentes y alos distintos niveles en la lucha contra el trabajo infantil, Noruega ha pro-puesto que se celebre una conferencia internacional en octubre de esteaño. La Conferencia de Oslo tiene como objetivo identificar las estrate-gias a los niveles internacional, regional y nacional para la erradicacióndel trabajo infantil, prestando especial atención al papel que desempeñala cooperación para el desarrollo.

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Prefacio

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Para prevenir y erradicar el trabajo infantil y para rehabilitar a losniños trabajadores es preciso llevar a cabo una acción coordinada. Nodebe olvidarse la complementariedad de funciones de los diversos agen-tes que intervienen y las medidas que adoptan. El Gobierno noruegoseguirá centrándose en las medidas preventivas para luchar contra el tra-bajo infantil. Las políticas sociales y económicas a largo plazo deberán tra-tar de construir sociedades en las que no se necesite ni acepte el trabajoinfantil. Al mismo tiempo, es preciso desarrollar políticas paralelas deprotección especial de los que trabajan. En estas políticas deberánincluirse medidas urgentes para erradicar el trabajo infantil peligroso.Además, han de adoptarse de inmediato medidas para erradicar el trabajorealizado por niños en edad escolar, inclusive todas las actividades quepuedan afectar a su desarrollo y formación académica normal. Tengo laesperanza de que juntos contribuyamos a aumentar las posibilidades desupervivencia, desarrollo, protección y participación de nuestros niños.

Kari Nordheim-LarsenMinistra de Cooperación para el Desarrollo

Noruega

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El trabajo infantil y el mandatode la OIT

La Constitución original de la OrganizaciónInternacional del Trabajo se basó en la ParteXIII del Tratado de Versalles, celebrado en 1919,en cuyo capítulo II, Principios Generales (artí-culo 427), figuraba el artículo 41 de la Constitu-ción original (modificado en 1946) que gira entorno del principio de que el trabajo no es unamercancía. Establecía que diversos procedimien-tos y principios eran de importancia particular yurgente, y uno de los cuales era el siguiente:

6. La supresión del trabajo de los niños y la obli-gación de introducir en el trabajo de los jóvenes deambos sexos las limitaciones necesarias para permi-tirles continuar su educación y asegurar su desa-rrollo físico; […].

Esta disposición, que no se ha abolido oficial-mente, define el mandato de la OIT de maneratal que todavía resulta plenamente adecuada 78años después de haberse aprobado. Además, enla primera serie de normas internacionales deltrabajo adoptadas por la OIT en 1919 figurabanel Convenio núm. 5 sobre la edad mínima(industria), así como el Convenio núm. 6 sobreel trabajo nocturno de los menores (industria).En 1920-1921 se adoptaron los Convenios sobrela gente de mar y sobre la agricultura.

Hasta la fecha, la OIT ha adoptado 11 Con-venios sobre la edad mínima. El más amplio esel Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm.138), que establece las medidas internacionalesaplicables en general y se reconoce como el«Convenio fundamental» en lo que respecta altrabajo infantil. Se trata de uno de los siete con-venios cuya ratificación ha fijado como objetivoel Director General de la OIT en la campaña ini-ciada al efecto después de la Cumbre Mundialpara el Desarrollo Social, celebrada en Copen-hague en marzo de 1995. También se hace refe-rencia a este convenio en el preámbulo de laConvención de las Naciones Unidas sobre losDerechos del Niño. En enero de 1997 el Conve-

nio núm. 138 había sido ratificado por 50 países.La campaña a favor de la ratificación de los con-venios fundamentales ha puesto de manifiestoque en un próximo futuro cabe esperar variasnuevas ratificaciones.

Desde principios del decenio de 1990 haido creciendo el consenso sobre la necesidadde dar un nuevo impulso a la acción concer-tada encaminada a luchar contra el trabajoinfantil. Esto puede deberse directamente alproceso de mundialización, que a su vez haconducido a aumentar notablemente el interéspor las normas laborales en el contexto de unnuevo entorno competitivo que ha alentado elreconocimiento por parte de los consumidoresde los orígenes y la forma de producción de lasmercancías que compran. Aunque sólo aproxi-madamente el 5 por ciento de los productosfabricados por niños llegan al mercado inter-nacional, este porcentaje basta para induciruna fuerte respuesta moral. La expansión delturismo sexual ha servido para aumentar aúnmás la indignación del público contra la explo-tación sexual comercial de los niños. Porúltimo, el establecimiento y la expansión delPrograma Internacional de la OIT para la Erra-dicación del Trabajo Infantil (IPEC) también hatenido un efecto movilizador decisivo.

A mediados del actual decenio resultó cadavez más claro que la OIT podía adoptar nue-vas medidas sobre la cuestión del trabajoinfantil. Con notable unanimidad, el Consejode Administración decidió que esta cuestiónconstituiría un punto del orden del día de laConferencia Internacional del Trabajo de 1998y de 1999 sobre el que debería establecerse unanorma. Se supone en general que los debatesque se lleven a cabo conducirán al estableci-miento de un nuevo convenio, completadoprobablemente por una recomendación. Antesde la Conferencia de 1996, el grupo de emplea-dores de la OIT también adoptó una posición afavor de la adopción de medidas contra el tra-bajo infantil. A principios del decenio, delega-dos de los trabajadores ya habían presentadoproyectos de resolución con tal fin.

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Reexamen de la cuestión del trabajo infantila la luz del establecimiento de normas de la OIT

Kari TapiolaDirector General Adjunto

Oficina Internacional del Trabajo

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En 1996 la Conferencia centrasus debates en lo intolerable

En junio de 1996, en una reunión ministe-rial oficiosa celebrada durante la ConferenciaInternacional del Trabajo, se decidió que sededicase un punto del orden del día al trabajoinfantil. El creciente consenso reunido en tornoa esta cuestión también permitió adoptar porunanimidad una resolución de la Conferenciasobre este tema, cuando tan sólo dos añosantes ni siquiera se había podido llegar a unacuerdo para que la Conferencia adoptara unaposición oficial sobre ese problema. La resolu-ción se debió ante todo a la presentación deproyectos de resolución paralelos sobre estetema por parte de los delegados de los emplea-dores y de los trabajadores y de algunosgobiernos de países industrializados con eco-nomía de mercado, y en segundo lugar a lasnegociaciones celebradas entre los patrocina-dores de esos proyectos y delegados de variospaíses importantes de Asia que a nivel internoestán intentando hacer frente a la cuestión deltrabajo infantil con la ayuda del IPEC.

El interés central de la resolución se indicaen el preámbulo, con las siguientes palabras:

Subrayando la responsabilidad que compartenlos gobiernos, los empleadores y los trabajadores ysus organizaciones y la sociedad en general de tra-bajar por la progresiva eliminación del trabajoinfantil. En este contexto, recalcando la necesidadde proceder inmediatamente a la abolición de susaspectos más intolerables, a saber, el empleo deniños en condiciones similares a la esclavitud y deservidumbre y en trabajos peligrosos y arriesgados,la explotación de niños de muy corta edad y laexplotación sexual comercial de los niños: […].

Por consiguiente, la resolución tiene doselementos: la erradicación gradual de todo eltrabajo infantil, y la supresión inmediata desus aspectos más intolerables.

Desde que se adoptó la resolución, se hadebatido el concepto de formas intolerables detrabajo infantil. En especial, se ha preguntado sieste concepto significa que pueda haber un tra-bajo infantil tolerable. La misma cuestión sehubiera planteado si la palabra «intolerable» sehubiese sustituido por otra, por ejemplo, «abu-sivo». Lo que preocupa es que si se escogendeterminadas esferas para prestarles atenciónespecial, otras formas de la misma categoríapodrían considerarse aceptables o tolerables.

No obstante, este escrúpulo debería exami-narse en el marco de propuestas encaminadas

a adoptar medidas contra el trabajo infantildentro de un plazo determinado, y de laforma en que funcionan los programas enca-minados a su erradicación en el marco delIPEC. Para dar un ejemplo práctico y opor-tuno, en febrero de 1997 la OIT y fabricantesde balones de fútbol de Sialkot (Pakistán) fir-maron un acuerdo encaminado a suprimirgradual y completamente el empleo de manode obra infantil en el plazo de año y medio.Este acuerdo reconoce que con tal fin es pre-ciso encontrar alternativas a favor de los niñosque dejen de trabajar. Para ello se aplicará unprograma de protección social que incluyemedidas de educación y formación profesio-nal. Se entiende que cuando los niños dejan detrabajar es preciso superar una fase de transi-ción y que sería totalmente contraproducenteno hacer lo posible para proporcionar lasalternativas necesarias.

Una actividad como la de coser balones defútbol ¿es o no una forma «intolerable» detrabajo infantil? El solo hecho de que existaun programa para que los niños dejen de tra-bajar y se les proporcione alternativas duranteun plazo determinado supone, por lo menosde forma temporal, que su trabajo tiene quetolerarse. Esta posición obedece al principiode que si no existe una alternativa puede per-derse de vista a los niños que incluso puedensufrir un destino peor. Podría afirmarse que,aunque coser balones de fútbol no sea de porsí especialmente peligroso, los niños no debe-rían hacer ese trabajo. En consecuencia, puedepensarse en un período de transición. Estosperíodos deberían ser lo más breves posiblepero al mismo tiempo tienen que ser realistas.Sin embargo, si el niño pertenece a la catego-ría de los «muy jóvenes», por ejemplo, tienemenos de 12 años, que es la edad más bajaseñalada por el Convenio sobre la edadmínima, es lógico que cualquier tipo deempleo deba considerarse intolerable, y supri-mirse. Por ejemplo, está claro que es intolera-ble emplear a un niño de 5 años en unafábrica de fósforos, en la que abundan lospeligros, en cuyo caso no está justificado nin-gún período de transición.

También es obvio que, cuando pueda admi-tirse un período de transición, en ningún casodeberá ampliarse indefinidamente. Es ésta unaesfera en la que coinciden las normas y los pro-gramas nacionales e internacionales (por ejem-plo, el IPEC). La noción de programaacompañado de un calendario de aplicaciónno sólo significa que se ha establecido unmarco claro de asistencia para el cumplimiento

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de las normas internacionales del trabajo, sinoque además los programas pertinentes requie-ren control y transparencia, de forma que sepueda evaluar su eficacia y sea posible intro-ducir ajustes y adoptar medidas adicionales.

Relaciones entre los nuevosconvenios y los ya existentes

La preparación y adopción de un nuevoconvenio no tiene por finalidad revisar el Con-venio sobre la edad mínima sino completarlo.Se ha expresado cierta preocupación con res-pecto a que el nuevo instrumento pueda dis-minuir la fuerza del Convenio núm. 138 omodificar su interés. No obstante, debería serperfectamente posible mantener en un conve-nio normas sobre las edades para empezar atrabajar, y en otro especificar lo que deba con-siderarse una violación de los derechos delniño, y por consiguiente suprimirse de formainmediata.

Existe una notable continuidad en las nor-mas de la OIT sobre la edad mínima: en 1919,el Convenio núm. 5 sobre la edad mínima(industria) fijó esa edad en 14 años. En aquelmomento a la edad de 14 años finalizaba engeneral la enseñanza obligatoria. En 1921, elConvenio núm. 10 sobre la edad mínima (agri-cultura) estableció la misma edad pero auto-rizó el trabajo fuera de las horas de asistencia ala escuela a condición de que la escolaridad nose viera perjudicada. Los Convenios núm. 5 ynúm. 10 excluyen el trabajo infantil supervi-sado en escuelas técnicas, reconociendo así larelación existente entre educación y trabajo.

En 1932, el Convenio núm. 33 sobre la edadmínima (trabajos no industriales) volvió a esta-blecer el límite de los 14 años o más si la legis-lación o las reglamentaciones nacionalesrequerían que todavía se siguiera asistiendo ala escuela primaria. El indicado Convenio tam-bién autoriza a los niños de más de 12 años aefectuar trabajos ligeros fuera de las horas lec-tivas, si bien indica que debe establecerse unaedad más elevada para los trabajos peligrosos.En 1937, dos Convenios revisaron las normasanteriores: el Convenio (revisado) sobre laedad mínima (industria) y el núm. 60 (revi-sado) sobre la edad mínima (trabajos no indus-triales). En ambos esa edad se aumentó a los 15años. El último de los convenios citadosaumentó a los 13 años el límite mínimo paralos trabajos ligeros.

El Convenio núm. 138 se refiere a los diezconvenios anteriores sobre la edad mínima yestablece lo siguiente:

[…] que ha llegado el momento de adoptar uninstrumento general sobre el tema que reemplacegradualmente a los actuales instrumentos, aplica-bles a sectores económicos limitados, con miras alograr la total abolición del trabajo de los niños […].

Aunque el límite general se mantiene en los15 años, se autoriza a los países cuyas econo-mías e instalaciones educativas estén insufi-cientemente desarrolladas a que establezcan unlímite de edad de 14 años, después de celebrarconsultas con las organizaciones de empleado-res y de trabajadores. El límite para los trabajosque puedan perjudicar la salud, la seguridad yla moral de los jóvenes se fijó en 18 años. Estasnormas se determinarán con arreglo a lalegislación y los reglamentos nacionales trascelebrar consultas con las organizaciones deempleadores y de trabajadores. Si la salud, laseguridad y la moral de los jóvenes se encuen-tran plenamente protegidas y se ha proporcio-nado la formación necesaria, este límite puedebajarse a 16 años. El límite fijado para los traba-jos ligeros es de 13 años, o de 12 en los paísescon economías y sistemas educativos menosadelantados.

Es necesario recordar estas disposicionespor muchos motivos. En primer lugar, indicanuna coherencia notable de enfoque de la OIT alo largo de 78 años. El objetivo consiste en esta-blecer una edad mínima realista en relación conla edad normal en que finaliza la enseñanzaobligatoria. En segundo lugar, constituyen unrecordatorio de que el objetivo del estableci-miento de edades mínimas es la eliminacióndel trabajo infantil, lo que se ajusta plenamentea las metas de la Constitución de la OIT adop-tada en 1919. En tercer lugar, estas disposicio-nes son la prueba de que las normas sonflexibles. Además de las indicadas anterior-mente, existen otras excepciones, por ejemploen el caso del trabajo relacionado con la educa-ción y las representaciones artísticas. En conse-cuencia, un convenio que tenga por objetivo lasformas más intolerables de trabajo infantil noentrará en conflicto con el Convenio sobre laedad mínima (núm. 138). En lo que se refiere alos grupos de edad, es muy posible que elnuevo Convenio abarque los que correspondana los límites que fije, así como el trabajo quecon arreglo al Convenio sobre la edad mínimapueda perjudicar la salud, la seguridad y lamoral de los jóvenes, es decir, el trabajo quepueda considerarse claramente «intolerable».

Parece que existe cierta confusión en losactuales debates públicos sobre qué es y quéno es trabajo infantil según el Convenio sobre

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la edad mínima. Los grupos de edad especifica-dos en el Convenio núm. 138 empiezan conmuchas reservas con el de 12 años, admitido enlos países en desarrollo para trabajos ligerosque no perjudiquen las oportunidades de edu-cación. Es muy posible que en cierta medida loque en el debate público se califica de trabajoinfantil no esté en realidad en contradiccióncon las normas en vigor sobre la edad mínima.Existe el peligro de mezclar el trabajo infantil,que es preciso eliminar (de manera inmediata oen el marco de un programa con fechas concre-tas), y el empleo de jóvenes, que naturalmentedebería someterse a la protección adecuadaque proporcionan las normas laborales.

Todo esto puede conducir a una situaciónen la que razones que pueden aducirse oportu-namente en un debate sobre la protección delos trabajadores se trasladen a un debate muydiferente en el que se haga hincapié en ladimensión de los derechos humanos del niño.Habida cuenta de que las Naciones Unidas yotras instituciones, organismos y programasinternacionales multilaterales también se ocu-pan del trabajo infantil, sería muy convenienteque todos los interesados recibieran aclaracio-nes acerca de las normas pertinentes, para locual existirán amplias oportunidades cuandose inicie el proceso de preparación y adopciónde un nuevo instrumento de la OIT.

El trabajo infantil comocuestión fundamental

El Convenio sobre la edad mínima contabaal 1.° de enero de 1997 con 50 ratificaciones, esdecir, bastantes menos que muchos otros Con-venios (fundamentales) sobre libertad de aso-ciación, trabajo forzado y no discriminación.Los mandantes no le han otorgado la mismaconsideración que a otros convenios. Aunquepermite excepciones, algunos gobiernos depaíses tanto industrializados como en desarro-llo no han propuesto su ratificación por consi-derar que no es conveniente para el sectoragrícola o porque podría obstaculizar algunaslabores de los escolares de más edad en unmomento en que no les perjudicaría obtenerexperiencia laboral y ganar algún dinero por símismos. Cabe replicar que las excepciones y laflexibilidad que permite el Convenio podríantener fácilmente en cuenta esos casos.

La Cumbre Mundial para el DesarrolloSocial, celebrada en Copenhague a principiosde marzo de 1995, incluyó entre sus compro-misos una referencia a las normas del trabajo.En el apartado i) del párrafo 29 (Compromiso

3) de la Declaración de Copenhague sobre elDesarrollo Social (1995) se promete perseguirel objetivo de conseguir empleos de calidad ysalvaguardar los derechos e intereses básicosde los trabajadores

[…] y, con tal fin, promoveremos la observanciade los convenios pertinentes de la OrganizaciónInternacional del Trabajo incluidos los que tratan dela prohibición del trabajo forzoso y el trabajo infan-til, la libertad de asociación, el derecho de sindica-ción y de negociación colectiva y el principio de lano discriminación. […]

En seguimiento de la indicada Cumbre, elDirector General de la OIT ha escrito a los paísesque no han ratificado los Convenios sobre lostemas antes mencionados y les ha instado a queadopten medidas al respecto. Estos Conveniosson los números 87 y 98 sobre la libertad sindicaly la negociación colectiva, los números 29 y105 sobre el trabajo forzoso, los números 100y 111 sobre igualdad de remuneración y nodiscriminación, y el núm. 138 sobre la edadmínima, conocidos actualmente como los Con-venios «fundamentales» de la OIT.

Después de Copenhague se ha confirmadola existencia de un consenso sobre las normasdel trabajo fundamentales, tanto en los debatescelebrados en el Consejo de Administración dela OIT como en un autorizado estudio de laOCDE, y también en los debates de la Organi-zación Mundial del Comercio sobre una pro-puesta encaminada a establecer un vínculoentre el comercio y las normas del trabajo.

En varias ocasiones se ha reconocido laimportancia del trabajo infantil como cuestiónfundamental. En un amplio estudio de la OCDEfinalizado en 1996 sobre el comercio y las nor-mas laborales, el trabajo infantil se incluyó entrelas demás normas fundamentales: libertad deasociación, no discriminación y abolición deltrabajo forzado. En el mismo estudio se sugeríapreparar un nuevo convenio sobre el trabajoinfantil, seguramente como consecuencia dealgunas de las dudas expresadas anteriormenteen lo que respecta al Convenio sobre la edadmínima. Cabe señalar que en el estudio de laOCDE no existe ninguna referencia a otro Con-venio fundamental, el núm. 100, sobre igualdadde remuneración entre hombres y mujeres portrabajo de igual valor, 1951.

Una importante señal de apoyo para lasmedidas adoptadas por la OIT procedió de unautorizado nivel político: los Jefes de Estado yde Gobierno de las ocho principales democra-cias industrializadas, reunidos en Denver

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(Estados Unidos de América) a finales de 1997.Su comunicado sobre los derechos humanospuede citarse como sigue:

La protección de los menos representados o másvulnerables es fundamental para ampliar la partici-pación en el proceso democrático y evitar los con-flictos de sociedad. Trabajaremos para garantizar laadopción y ratificación de instrumentos internacio-nales encaminados a proteger a esos grupos, y enespecial para la rápida adopción de una norma de laOrganización Internacional del Trabajo sobre laerradicación de las formas intolerables de trabajoinfantil.

Los Convenios fundamentalesy otras normas

Al hacer gran hincapié en los principios yconvenios fundamentales, a veces cabe pre-guntarse – de forma totalmente justificada – siesto significa en realidad que los que no seconsideran fundamentales se sitúan en unasegunda categoría. Se trata de una cuestiónimportante, entre otras cosas habida cuenta deque actualmente se está preparando un nuevoconvenio sobre el trabajo infantil y su relaciónfutura con el Convenio sobre la edad mínima.

La respuesta a esta cuestión tiene que ser cla-ramente negativa. No debería haber ningún pro-blema para reconocer el carácter fundamental yconstitucional de algunos derechos. Estos cons-tituyen la condición imprescindible para elbuen funcionamiento del mercado laboralmundial y establecen diversos principios inde-pendientemente de los niveles de desarrolloeconómico. Otras normas proporcionan clarasorientaciones sobre cómo deberían desarrollarsey ajustarse los mercados de trabajo. Aunque nocabe decir que tengan menos importancia, sueficacia depende a su vez de la observancia delos derechos humanos fundamentales de lostrabajadores. De ello se deduce cuán necesariaresulta una supervisión más significativa deesos derechos fundamentales.

Los actuales debates de la OIT se centranen el grado en que los Convenios fundamenta-les incorporan el principio de que imponenobligaciones incluso a los países que no loshan ratificado. La cuestión práctica es determi-nar qué derechos son tan fundamentales paraque impongan obligaciones constitucionales atodos los Miembros de la OIT1. Esta cuestiónse trató en la Memoria del Director General ala 85.a reunión de la Conferencia Internacionaldel Trabajo que se celebró en junio de 1997. Endicha Memoria también se hizo referencia al

establecimiento de normas en el contexto de lamundialización, señalando lo siguiente:

El mecanismo de control de la aplicación de losconvenios y los principios de la libertad sindicalconstituye una referencia y una experiencia intere-santes a este respecto. Este mecanismo permite quetanto los gobiernos como las organizaciones de traba-jadores y de empleadores puedan presentar quejascontra los Estados por violación de los derechos sin-dicales, independientemente de que esos Estadoshayan ratificado o no los convenios relativos a lalibertad sindical.

Una declaración, o cualquier otro texto de carác-ter solemne adoptado por la Conferencia, permitiríadelimitar los aspectos esenciales – reconocidos uni-versalmente – de los derechos fundamentales, quedeberían ser respetados por todos los Miembros de laOrganización, hayan ratificado o no los convenioscorrespondientes, y establecer el mecanismo parapoder asegurar su promoción.

Los progresos en esta esfera aumentarán lavigilancia a que se someterá el trabajo infantilen el mecanismo de supervisión de la OIT, loque representará una contribución importanteal esfuerzo encaminado a establecer en la prác-tica el marco mundial de las normas del tra-bajo. También responderá a los resultados dela Reunión Ministerial de la OMC celebrada enSingapur en diciembre de 1996, en la que sedestacó que la OIT es el órgano competentepara fijar las normas internacionales del tra-bajo y ocuparse de ellas.

Medidas de la OIT y funciónde los interlocutores sociales

La OIT se centra en el trabajo infantil a tresniveles diferentes: el establecimiento de nor-mas, la labor ordinaria de la Oficina y el pro-grama IPEC, financiado por donantes. Elprograma de trabajo del bienio 1998-1999 des-taca el objetivo de reforzar la capacidad de loscomponentes tripartitos de la OIT y otros gru-pos pertinentes para adoptar medidas encami-nadas a eliminar el trabajo infantil. Atendiendosolicitudes de la Conferencia Internacional delTrabajo (formuladas en la resolución antesmencionada), la Oficina preparará con regulari-dad informes sobre las tendencias mundialesen lo que respecta al trabajo infantil. Se llevarána cabo actividades de sensibilización en elmarco de seminarios y cursos prácticos. Se pre-pararán textos sobre nuevas cuestiones, talescomo el etiquetado y los códigos de conductade las empresas, para su utilización por las

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organizaciones de trabajadores y de empleado-res, empresas y grupos de consumidores.

En el bienio 1998-1999 se iniciará un pro-grama de acción especial contra las formasextremas del trabajo infantil. Esta medidaconstituye un seguimiento lógico de las demásformas de acción de la OIT indicadas anterior-mente en el presente artículo. Diversas impor-tantes conferencias celebradas por iniciativa delos gobiernos han contribuido a este interés.Entre ellas cabe citar un congreso mundialsobre la explotación sexual comercial de losniños, celebrado en Estocolmo en agosto de1996, una conferencia celebrada en Amsterdamen febrero de 1997 y una conferencia que ten-drá lugar en Oslo en octubre de 1997. En lasdos últimas se registra la participación inde-pendiente de representantes de los empleado-res y de los trabajadores.

Además de aumentar la sensibilizacióngeneral sobre cómo eliminar de manera inme-diata las formas más intolerables de trabajoinfantil, el Programa de Acción prevé una ulte-rior labor conceptual y empírica. El interés debecentrarse en la definición de los peligros relacio-nados con el trabajo, la determinación de lasocupaciones y actividades que son especial-mente peligrosas, el establecimiento de los gru-pos que son particularmente vulnerables, laposibilidad de introducir cambios adecuados enla legislación, y la preparación y ejecución deprogramas de rehabilitación para apoyar elcumplimiento de las medidas correspondientes.

Desde la perspectiva que se esboza, el retomás acuciante es encontrar la manera de adop-tar de inmediato medidas para eliminar lasformas más intolerables de trabajo infantil. Eneste caso no se puede aceptar un plazo para susupresión gradual. Incluso si los períodos detransición tuvieran una duración moderada,con lo que se aceptaría que los niños muypequeños o los que tienen ocupaciones peli-grosas pudieran seguir trabajando, se causaríaun grave daño a la salud, la moral y las posibi-lidades de educación de esos niños.

La Oficina, como parte de su trabajo nor-mal, producirá textos informativos, entre ellosvarias guías y un manual para su utilizaciónpor los ministerios de trabajo, de educación,de bienestar social y otros, y por organismos

gubernamentales. Un elemento que debe des-tacarse es la cooperación entre los diversosórganos nacionales. Es preciso reconocer quepor sí solos los ministerios de trabajo y deasuntos sociales (los mandantes tradicionalesde la OIT) no pueden hacer frente a los pro-blemas que plantea el trabajo infantil, si bientampoco pueden tratarse con éxito sin suplena participación.

El tercer componente de la acción de la OIT,el programa IPEC, se extiende actualmente pormás de 20 países. El nivel de contribucionesalcanzado en el bienio 1996-1997 osciló alrede-dor de 24 millones de dólares estadounidenses.Este programa financiado por donantes suponela participación constante de la OIT sobre elterreno, junto con organizaciones nacionales deempleadores y de trabajadores y organizacio-nes no gubernamentales nacionales y locales.Alrededor del 70 por ciento del total de unos600 proyectos que el IPEC ha ejecutado en 1997centran su atención en la erradicación de lasformas más intolerables de trabajo infantil.

Recientemente, se ha logrado la integra-ción de un componente de los trabajadores yde los empleadores en el programa IPEC. Elantes mencionado nuevo interés expresadopor el grupo de empleadores desde mayo de1996 ha permitido establecer un componenteconcreto orientado hacia ellos, cuyas organiza-ciones recibirán ayuda de la OIT para prepa-rar sus propios programas de acción contra eltrabajo infantil. Se ha publicado recientementeun manual para las organizaciones de trabaja-dores, y el elemento de las actividades delIPEC de la OIT orientadas hacia los trabajado-res se ha centrado entre otras cosas en la laborque pueden llevar a cabo las secretarías sindi-cales internacionales. En definitiva, el trabajoinfantil no puede eliminarse eficazmente si losempleadores y las organizaciones de trabaja-dores no se encuentran en primera línea. Recí-procamente, su participación es una de lasmejores garantías de éxito.

Nota

1 La actividad normativa de la OIT en la era de la mundializa-ción (Resumen), Memoria del Director General, ConferenciaInternacional del Trabajo, 85.a reunión, OIT, Ginebra, 1997.

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Nunca una norma, por el mero hecho deexistir, ha logrado retirar a un niño del trabajo.Este argumento, utilizado hasta la saciedad porlos partidarios de la no intervención para justi-ficar su postura contraria a la adopción de nue-vas normas, es al mismo tiempo falso y parcial.Si no se tiene intención de ponerlas en prácticani se dispone de mecanismos de aplicación, lasnormas internacionales sólo tienen fuerzamoral. A pesar de que las normas no sean sufi-cientes por sí mismas para alcanzar los objeti-vos deseados, son indispensables por dosrazones: por un lado, ponen de manifiesto lavoluntad de la comunidad internacional dereaccionar solidariamente contra una situaciónque al mismo tiempo constituye un desafíocontra el ejercicio de los derechos del niño y unobstáculo para su desarrollo, perpetuando elcírculo vicioso de la ignorancia, la explotacióny la pobreza. Por otro lado, con la participaciónde todos los Estados Miembros, los empleado-res y los trabajadores, permiten determinar anivel mundial lo que está permitido y lo que nolo está, lo que es lícito y lo que no lo es.

La adopción de normas es uno de los meca-nismos de acción de la OIT para alcanzar losobjetivos de justicia social que le han sido asig-nados por sus mandatarios. Éstos tienen la res-ponsabilidad de aplicar las normas que hanaprobado y, en su caso, ratificado.

Los debates celebrados en la reunión de laComisión de Empleo y Política Social del Con-sejo de Administración de la OIT (noviembrede 1995), los que condujeron a incluir la cues-tión del trabajo infantil a fin de que la Confe-rencia adoptara nuevas normas al respecto(marzo de 1996), los de la Reunión tripartitainformal a nivel ministerial (junio de 1996) olos que condujeron a la adopción de la resolu-ción sobre el trabajo infantil por la ConferenciaInternacional del Trabajo en junio de 1996, per-mitieron constatar algunas deficiencias de losinstrumentos que supuestamente garantizan laprotección de los niños mediante la erradica-

ción de su trabajo, así como la voluntad deacción de los mandatarios. La finalidad deestos instrumentos es responder a esta volun-tad y colmar sus lagunas.

Es difícil en la etapa actual hacer un pro-nóstico acerca del contenido exacto de los ins-trumentos futuros. El procedimiento previstopor la Constitución de la OIT comenzó ennoviembre de 1996 con el envío del informe1 yel cuestionario destinado a recoger las opinio-nes de los gobiernos y de las organizaciones deempleadores y de trabajadores acerca de laforma y contenido de los instrumentos futuros.En la Conferencia de Amsterdam sobre las for-mas más intolerables de trabajo infantil(febrero de 1997), se solicitó a los gobiernosque efectuaran consultas lo más amplias posi-ble sobre todo con las organizaciones nogubernamentales a fin de responder a estecuestionario. La pertinencia de los instrumen-tos futuros dependerá en gran parte de la cali-dad – y la cantidad – de comentarios recibidosen la Oficina antes del 30 de junio de 1997.

¿Por qué nuevos instrumentos internacionalessobre el trabajo infantil?

Loïc PicardJefe de la Sección de Condiciones Generales de Trabajo

Servicio de Aplicación de NormasOIT

La protección de los niños es uno de losobjetivos asignados a la OIT en el Preám-bulo de su Constitución. Si en las sociedadespreindustriales era frecuente el hecho detrabajar a partir de 7 u 8 años, con la revo-lución industrial esta práctica se hace máspatente a causa de la concentración y sobretodo gracias a las encuestas realizadas en elsector industrial. La OIT ha seguido el movi-miento a favor de la erradicación del tra-bajo infantil adoptando, desde 1919,convenios y recomendaciones que fijan laedad mínima de admisión de los niños demenos de 14 años para trabajar en fábricas,la agricultura, los comercios y los barcos.

La relación entre la prohibición del tra-bajo infantil y su educación se establecióen 1921 en el Convenio núm. 10 sobre laedad mínima (agricultura).

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En realidad, los comentarios servirán para pre-parar los proyectos de conclusiones que sedebatirán en la Conferencia de junio de 1998.

Sin embargo, es posible que a partir de losdebates citados más arriba pueda prepararseun primer esquema de lo que podrían ser losinstrumentos futuros. Se tratará de un conve-nio corto y preciso que completará el Convenionúm. 138, encaminado a la eliminación inme-diata de las formas más intolerables de trabajoinfantil. Mediante una recomendación se preci-sarán algunas modalidades prácticas de apli-cación y se propondrán orientaciones. Alratificar el Convenio, los Estados se compro-meterán a poner fin inmediatamente a todaslas formas de trabajo infantil que suponganesclavitud y otras prácticas similares, a laventa y trata de niños, al trabajo forzoso u obli-gatorio, incluida la servidumbre por deudas oel vasallaje, a la utilización de niños con finesde prostitución, producción de material oespectáculos pornográficos y a la producción oel tráfico de drogas u otras actividades ilegales,y al empleo de niños en todo tipo de trabajosque, por su índole o a causa de las condicionesen que se realicen, pongan en peligro su salud,seguridad o moralidad. El Convenio exigiráasimismo que se prevean y apliquen estricta-mente sanciones adecuadas así como medidasde prevención y de reinserción para evitar quelos niños intervengan en esas actividades orecaigan en ellas. Finalmente, instará a losEstados a que se ayuden mutuamente medianteuna asistencia internacional encaminada aluchar contra lo intolerable.

Según la expresión utilizada por el DirectorGeneral en su informe a la Conferencia2, lacuestión consiste en saber cuál será el «valorañadido normativo» de esos textos. Para inten-tar responder a esta cuestión es preciso exami-nar lo que se proponen realmente estosinstrumentos futuros, es decir, sus objetivos, ylas medidas que tratan de potenciar.

¿Qué tipo de trabajo?¿Qué clase de niños?

La primera cuestión es delimitar el trabajoinfantil previsto por los instrumentos interna-cionales.

Hay que partir de una constatación y dedos proposiciones.

Primero, la constatación: no existe definicióndel trabajo infantil (como tampoco existe unadefinición del trabajo de los adultos). Sinembargo, la falta de definición no debe impedirdelimitar lo que prevén los instrumentos inter-

nacionales – y las legislaciones nacionales – y loque deba ser eliminado, por lo cual las dos pro-posiciones siguientes pueden tener interés.

Primera proposición: todos los niños traba-jan. Hay que acabar con la actitud consistenteen alegar que la «tradición» quiere que losniños (¿a partir de qué edad?) vayan a venderperiódicos, repartir leche, buscar agua, acom-pañar a sus madres al campo, ocuparse de sushermanos más pequeños o participar en lastareas domésticas, y de este modo no aceptar elobjetivo de la erradicación del trabajo infantilpara, en realidad, legalizar la explotación de losniños. La participación en la escuela es un tra-bajo que, aunque no tenga resultados inmedia-tos, es fruto a la vez de una inversión a largoplazo y de un proceso acumulativo. Asimismo,la participación del niño en las tareas de la casa,en los trabajos de la familia, debe considerarseun trabajo: esta participación, así como la de lamujer en el hogar, puede ser cuantificada eco-nómicamente y contribuye al ingreso familiar.En cualquier sociedad, la socialización del niñopasa por su creciente participación – proporcio-nal a su edad – en los trabajos de la familia conla que vive. Baste recordar al respecto que afinales del siglo XIX se tuvo muy en cuenta esteaspecto en el momento de establecer la escola-rización obligatoria en los países industrializa-dos. En las sociedades en que más de la mitadde la población se dedicaba a la agricultura, lasvacaciones escolares permitían que los niñosparticiparan en los trabajos familiares. Por ello,las vacaciones escolares más largas, las delverano, comenzaban con ocasión de la siegadel heno, seguida de la del trigo y acababancon la vendimia.

Los niños que trabajan no son sólo vícti-mas: son también actores que se inscriben en elmarco de una familia, un barrio o una socie-dad y que reaccionan en función de sus pers-pectivas de futuro. En el plano jurídico, que esel que aquí nos interesa, la cuestión es saberqué tipo de trabajo está previsto erradicar enlos instrumentos internacionales y por qué.

La noción de obligaciones familiares normalesquizá permita distinguir más claramente entreel trabajo prohibido por los instrumentosinternacionales y las normas nacionales y unaserie de actividades cuya naturaleza y ampli-tud varían según los países, las culturas, lasclases sociales y las categorías profesionales.La obligación de asistir a la escuela, corolariodel derecho a la educación, es sin lugar adudas una obligación familiar normal que incumbetanto a los padres como a los niños. Igualmente,se consideran obligaciones familiares normales la

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participación de los niños en las actividadesde la vida cotidiana de la casa o en los trabajosfamiliares. Estas obligaciones familiares normalesestán, en principio, fuera del campo de aplica-ción de los instrumentos internacionales, salvoque den lugar a abusos, entre los cuales la ser-vidumbre por deudas o la venta de niños pormiembros de la familia son los más graves.Este último figura en las disposiciones del artí-culo 32 de la Convención de las Naciones Uni-das sobre los Derechos del Niño según el cualel niño debe estar protegido contra la explota-ción económica, sin precisar quién sea el autorde la explotación. Así pues, lo que suceda en elmarco familiar no puede excluirse totalmentedel campo de aplicación de los instrumentossobre el trabajo infantil, que permite, por ejem-plo, el Convenio núm. 138 (sobre este puntovéase el artículo de Y. Noguchi en el presentenúmero).

Esta proposición de que todos los niños tra-bajan requiere que se establezca una gradaciónentre los diferentes «trabajos» realizados porlos niños. Para que sea útil, debe completarsecon una segunda proposición: no todos lostrabajos llevados a cabo por niños están auto-rizados por las normas internacionales (y, engeneral, nacionales).

En principio, todo trabajo que no estáexpresamente prohibido (ya sea en función delcriterio de la edad o de su peligrosidad) estáautorizado. Aun así, los criterios han de esta-blecerse sobre unas bases claras.

La edad es el primer criterio utilizado porlas legislaciones nacionales, y por las normasinternacionales, para delimitar lo que estáautorizado y lo que no lo está. Aun así, ha dereconsiderarse un discurso que consiste enhablar de «niños» como si se tratara de unacategoría homogénea, cuando la infancia no esmás que un estado transitorio que se caracte-riza por múltiples dependencias (afectivas,económicas, jurídicas, etc.) del niño respectodel grupo familiar y la sociedad, durante unperíodo de tiempo más o menos largo.

Los «niños» se caracterizan, entre otrascosas, por su edad. Las normas internacionalesdel trabajo han abandonado progresivamentela fijación de una edad mínima única que seaplique sin tener en cuenta las condicioneseconómicas, sociales y administrativas de losdiferentes países. Aunque la edad mínima«normal» de admisión en el empleo o el tra-bajo es de 15 años, se puede ajustar por debajo(14 años) o por arriba (16 años) en virtud delartículo 2 del Convenio núm. 138. Por otraparte, también puede adaptarse en función de

los tipos de trabajo o de su dificultad, esta-bleciéndola en 12 o 13 años para los «trabajosligeros» que se examinarán más adelante.Solamente para los trabajos peligrosos se esta-bleció una edad mínima de 18 años. La autori-zación para realizar a partir de los 16 añostrabajos considerados peligrosos debe obedecera serias condiciones encaminadas a atenuar,cuando no a suprimir totalmente, su peligrosi-dad o toxicidad.

Los instrumentos futuros no añaden grancosa a los anteriores en lo relativo a la fijaciónde un criterio de edad, salvo recordar que laerradicación del trabajo de los niños menoresde 12 años debe ser prioritaria. Así está pre-visto en el punto 12 e) del cuestionario sobre larecomendación relativa a la promoción y apoyode «los programas que se proponen concederuna atención particular a los niños menores dedoce años».

Aunque los instrumentos futuros no debenfijar o recordar una o varias edades mínimasde acceso al empleo o al trabajo, sí deben pre-cisar a qué niños se aplican. La solución que sedesprende del cuestionario establece que losinstrumentos futuros serán conformes a laConvención sobre los Derechos del Niño y seaplicarán a todos los niños menores de diecio-cho años. No se trata aquí de una nueva fija-ción de la edad mínima sino de una definición,a partir del criterio de la edad, del campo deaplicación de estos instrumentos futuros.

Segundo criterio: las condiciones para elejercicio del empleo o trabajo. Los instrumen-tos adoptados hasta el presente han autorizadodeterminados tipos de trabajo o prohibidootros, combinando el criterio de la edad con el

Definiciones de niño en losinstrumentos internacionales

Los convenios internacionales del tra-bajo no definen al niño pero establecenuna distinción entre «niños», personasmenores de 15 años que, en general, noestán autorizadas a trabajar, y «adolescen-tes» o «jóvenes trabajadores», personasmenores de 18 años autorizadas a trabajaren determinadas condiciones.

La Convención sobre los Derechos delNiño define al niño como «todo serhumano menor de dieciocho años de edad,salvo que, en virtud de la ley que le seaaplicable, haya alcanzado antes la mayoríade edad».

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de la dificultad, la peligrosidad o la toxicidaddel trabajo.

Además del trabajo «normal», que puedeser realizado por toda persona que haya alcan-zado la edad de 15 años (o 14 años), los instru-mentos han previsto el trabajo «ligero» y, alotro extremo, el empleo o el trabajo que puedacomprometer la salud, seguridad o moralidadde los adolescentes. Al primero pueden teneracceso los niños a partir de 13 años (12 años enalgunos casos) y el segundo está prohibido alos adolescentes de menos de 18 años.

A nivel internacional no es posible determi-nar los trabajos que, por su índole o las condi-ciones en que se realizan, dañan la salud, laseguridad o la moralidad de los niños. La solu-ción elegida en el cuestionario consistiría en quelos gobiernos determinasen los empleos o traba-jos considerados peligrosos que deban prohi-birse a los niños tras consultar a los empleadoresy a los trabajadores interesados. No es necesarioestablecer una lista formal. Prohibiciones pun-tuales serían suficientes si se establecen de buenafe. Finalmente, habría que informar, medianteuna amplia campaña publicitaria, a los emplea-dores, a los niños y al público en general de queestos empleos y trabajos no pueden desempe-ñarlos personas menores de 18 años de edad.Estas disposiciones deben ser similares a las delConvenio núm. 138 para evitar eventuales con-tradicciones entre los instrumentos pasados yfuturos. La diferencia es que las normas futurasse aplicarán a todos los sectores de actividad,sin posibilidades de limitar su alcance a losocho sectores o ramas de actividad previstos en

el artículo 5 del Convenio núm. 138. En esteámbito es necesario conciliar la flexibilidad delas soluciones propuestas con el rigor en la pro-tección del desarrollo y la salud de los niños ylos adolescentes. El mal desarrollo físico de unniño tiene un costo social.

¿Qué tipo de medidas?

Al centrar su atención sobre las formas másintolerables de trabajo infantil, los instrumen-tos futuros establecen una prioridad en laacción de los gobiernos de los países que losratifiquen. En el Convenio núm. 138 se fija un

Exclusiones autorizadas por el Convenio núm. 138

La primera exclusión posible se refiere a «categorías limitadas de empleos o trabajos respectode los cuales se presenten problemas especiales e importantes de aplicación» (art. 4, párr. 1).Prevé, por ejemplo, el empleo o el trabajo en las empresas familiares, el trabajo doméstico alservicio de un particular, el trabajo a domicilio o cualquier otro trabajo que se efectúe fuera delcontrol de un empleador. No obstante, no pueden excluirse los trabajos considerados peligrosossegún el artículo 3 del Convenio.

La segunda limitación es temporal y es válida únicamente para los países en desarrollo. Per-mite, «inicialmente», excluir ramas de actividad económica o tipos de empresa que no estén inclui-dos en la siguiente enumeración : minas y canteras ; industrias manufactureras ; construcción ;servicios de electricidad, gas y agua; saneamiento; transportes, almacenamiento y comunicaciones,y plantaciones y otras explotaciones agrícolas que produzcan principalmente con destino al comer-cio, «con exclusión de las empresas familiares o de pequeñas dimensiones que produzcan para elmercado local y que no empleen regularmente trabajadores asalariados» (art. 5).

Estos dos tipos de exclusión deben ser objeto de consultas previas por parte de las organiza-ciones de empleadores y de trabajadores. Asimismo, deben ser objeto de medidas de evaluaciónperiódicas para que el Convenio pueda aplicarse progresivamente a los trabajos y los empleosexcluidos.

El trabajo «ligero»

La primera característica de este tipo detrabajo es… su ligereza. Aunque no ha sidoobjeto de definición, algunas de sus caracte-rísticas se han detallado en los instrumentosinternacionales. Se trata de un trabajo que:i) no debe ser nocivo para la salud o el desa-rrollo normal del niño; ii) no debe ser deíndole que perjudique la asiduidad escolar,la participación en programas de orienta-ción o de formación profesional o la posibi-lidad de aprovechar la enseñanza recibida.

Por otro lado, este trabajo ligero nodeberá exceder de dos horas por día, tantolos días de clase como los de vacaciones, yaque la escuela y los trabajos ligeros no debenrebasar las siete horas diarias en total.

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objetivo general, la supresión efectiva del tra-bajo de los niños y la elevación progresiva dela edad mínima de admisión al empleo. LaConvención de las Naciones Unidas sobre losDerechos del Niño, ligeramente en regresióncon respecto al Convenio núm. 138, ya que nose refiere a la supresión del trabajo infantil,prevé que los Estados Partes deben asegurar elderecho del niño a estar protegido contra laexplotación económica y contra el desempeñode cualquier trabajo que pueda ser peligroso oentorpecer su desarrollo. Por consiguiente, losEstados Partes adoptarán «medidas legislati-vas y administrativas, sociales y educaciona-les» para conseguir estos objetivos.

El ámbito relativamente restringido de losinstrumentos futuros – las formas más intole-rables de trabajo infantil – permite prever unamayor precisión en la determinación de lasmedidas que han de adoptarse. El actual pro-yecto de Convenio, como se desprende delcuestionario, establece cuatro tipos de medi-das, dos de los cuales tienen carácter innova-dor en comparación con los instrumentosexistentes: se trata de medidas preventivas yde acompañamiento y de medidas de asisten-cia mutua que se espera adopten los EstadosMiembros. Los otros dos son más clásicos peroasimismo importantes: sanciones, incluidas laspenales, y designación de las autoridades res-ponsables y de las personas encargadas de

velar por la aplicación y el respeto de las dis-posiciones del Convenio.

Aunque la definición del contenido precisode estas medidas no es posible en el marco deun convenio internacional del trabajo, loimportante es que las obligaciones de losmecanismos estén claramente detalladas. Porello, las medidas de prevención y seguimientodeberían tener en cuenta a la vez que los niñosque trabajan no son culpables de la situaciónen que se encuentran pero que tampoco debenser considerados únicamente como víctimas yaque también son actores cuya participación escrucial para poner término a las intolerablessituaciones en que se encuentran. Los mediospara aplicar en este ámbito las disposicionesdel párrafo 1 del artículo 12 de la Convenciónsobre los Derechos del Niño deberán anali-zarse cuidadosamente.

Por separado, estas medidas aunque nece-sarias no son suficientes: su aplicación concer-tada es la garantía de su eficacia. Por una parte,esto plantea la cuestión de la existencia y fun-ción de los mecanismos nacionales para aplicarlos instrumentos futuros y, por otra parte, la dela cooperación entre las diferentes autoridadescompetentes con miras a dicha aplicación. Másque crearse nuevos mecanismos, deberíanidentificarse los ya existentes que pudieranutilizarse para este fin. A este respecto seríainteresante aprovechar la dinámica de algunos

Artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño

1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotacióneconómica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer sueducación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral osocial.

2. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas y administrativas, sociales y educaciona-les para asegurar la aplicación de este artículo. Con este propósito y teniendo en cuenta las dis-posiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular : a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar ;b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación eficaz

de este artículo.

Libertad de opinión(Artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño)

1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propioel derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndosedebidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.

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países tras su ratificación de la Convención delas Naciones Unidas, que ha dado lugar al esta-blecimiento de órganos con mandatos y cometi-dos diversos. Su objetivo final es movilizar almayor número de instituciones o personas inte-resadas con miras a una mejor aplicación de laConvención. A menudo, los ministerios de tra-bajo y las organizaciones de empleadores y detrabajadores no han sido invitados a participaren los trabajos de órganos de esta clase. Esimportante que en cualquier parte donde exis-tan esos órganos, los ministerios de trabajo y lasorganizaciones de empleadores y de trabajado-res puedan participar y expresar sus opinionesacerca de las cuestiones que les incumben.Desde hace años este punto suscita los comen-tarios de la Comisión de Expertos en Aplicaciónde Convenios y Recomendaciones.

En cuanto al tema de la coordinación,depende en gran parte de las soluciones adop-tadas para el mecanismo de aplicación. Laerradicación del trabajo infantil, en particularen sus formas más intolerables, depende deuna multiplicidad de acciones concertadas queno puede, en general, adoptar una sola autori-dad administrativa.

Finalmente, parece de extrema importanciallamar la atención acerca del punto 10 delCuestionario sobre los instrumentos futuros,que reza así: ¿«Debería el Convenio alentar alos Miembros a la ayuda mutua… mediantelegislación internacional y asistencia técnica yotros tipos de cooperación?…» Esto daríalugar a otra disposición innovadora en un con-venio de la OIT, que evidentemente no figuraen el Convenio núm. 138.

La idea básica de la OIT consiste en regla-mentar la política y la legislación nacionales encuestiones laborales mediante los convenios yrecomendaciones internaciones del trabajo3, esdecir que mediante las normas internacionalesdel trabajo define las exigencias de la acciónnacional, de lo que debe lograrse en materia depolítica nacional y lo que la legislación nacio-nal debe establecer en su ámbito de actuación,por ejemplo, con relación al trabajo infantil.

La idea que se expresa en el punto 10 delCuestionario va más lejos. Se convertiría en unverdadero compromiso internacional de los Esta-dos que ratifiquen el Convenio, es decir, éstosno sólo tendrían en cuenta la situación respectodel trabajo infantil en su territorio, sino tambiénlas formas escandalosas de trabajo infantil quese produjeran en cualquier lugar del mundo.La ayuda internacional y la cooperación repor-tarían beneficios más directos e inmediatoscuando se tratase de fenómenos de alcance

internacional, como el tráfico de niños, la por-nografía y el turismo internacional con fines deprostitución infantil. Sin embargo, dado que senecesitan medidas de gran alcance social paraerradicar las formas extremas de trabajo infan-til, en determinadas esferas la cooperacióninternacional tendría importancia decisiva paraapoyar los esfuerzos de los gobiernos interesa-dos que, por supuesto, deberían comprome-terse a hacer todo lo posible.

Como se desprende del Cuestionario, no setrata de imponer ninguna obligación económicadeterminada o de otra índole, sino simplementede alentar la cooperación. Por consiguiente, nose admitirá que ningún Estado que ratifique elConvenio reclame recursos o proyectos de coo-peración técnica a otro Estado que también loratifique. Tampoco se trata de penalizar a nin-gún país por no financiar un programa particu-lar de asistencia técnica, por ejemplo. El valorde una disposición de esta clase sería demostrarque una disposición puramente promocionalpuede acabar consiguiendo lo mismo que unamedida internacional.

Una declaración de compromiso internacio-nal de esta clase (aunque se materializaríamediante la ratificación del Convenio pro-puesto, lo que constituye una medida de carác-ter nacional) pondría asimismo de manifiestoque la preocupación internacional por el tra-bajo infantil no es sólo una forma disfrazada deproteccionismo a favor de los sectores exporta-dores sino que se basa en el hecho de que es unabuso que no puede tolerarse en ninguna partedel mundo.

Las medidas tomadas para la aplicación delos instrumentos futuros deben adoptarse en elámbito más general de una política nacionalencaminada a erradicar el trabajo de los niños.De no ser así, hay un gran riesgo de que se pro-duzcan transferencias entre las formas másintolerables de trabajo infantil y trabajos que, aprimera vista, son «más tolerables» pero quecausarán los mismos daños al desarrollo delniño. Ya que estas transferencias no tienen nadade hipotéticas, la erradicación inmediata de lasformas más intolerables de trabajo infantildeberá considerarse como un elemento de unapolítica más amplia cuyo objetivo, como seindica en el artículo 1 del Convenio núm. 138,sea la abolición efectiva del trabajo de los niños.

Sólo con esta condición los instrumentosfuturos podrán contribuir a la idea principalen que desde 1919 se basa la acción de la OITen este ámbito: la erradicación del trabajoinfantil. Los primeros convenios prohibían eltrabajo de los niños en determinados sectores

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de actividad (industria, agricultura, comerciosy servicios, transportes, pesca, etc.) pero nopretendían erradicarlo. Estos instrumentosestablecen la ilegalidad del empleo de niños enoficios y ocupaciones específicos. El trabajo delos niños no se considera en su totalidad sinoen un contexto particular, el de un sector deactividad en el que se ejerce la acción del Estadoy, algunas veces, de los empleadores y los tra-bajadores. El Convenio núm 138, al referirse ala abolición efectiva del trabajo de los niños,enlaza con las disposiciones del antiguo artícu-lo 41 de la Constitución (véase al respecto elartículo de M. Tapiola en el presente númerode esta revista, págs 3-8). En esa misma época,el Convenio núm. 138 incluyó disposicionesque prohíben el trabajo de los niños en algunossectores, en particular en aquellos que en con-venios anteriores se establecía una edadmínima. En este sentido el Convenio núm. 138es un instrumento dinámico: establece la elimi-nación progresiva del trabajo infantil, quetolera en numerosos empleos o sectores deactividad, al mismo tiempo que lo prohíbe pordebajo de una edad mínima en un númerolimitado de sectores de actividad así como enlos trabajos peligrosos o los que puedan perju-dicar el desarrollo del niño.

Los instrumentos futuros representan unpaso más en el camino de la abolición del tra-bajo infantil. Su objetivo no es solamenteprohibir las formas más intolerables de trabajoinfantil y liberar así a los niños de estas situa-ciones extremas, sino también permitir el desa-rrollo de niños y adolescentes. Por ello, paraimpedir que los niños se comprometan o vuel-van a realizar alguna forma de trabajo o activi-dad de las previstas en los instrumentosfuturos, y para suministrarles una ayudadirecta y adecuada, las medidas que se adop-ten con tal fin constituyen un elemento funda-mental del futuro convenio. La erradicacióndel trabajo infantil no se consigue por decreto:requiere la adopción de leyes, la aplicación denormas encaminadas, por ejemplo, a garanti-zar el derecho de toda persona a la educación(sancionado por el artículo 13 del Pacto deDerechos Económicos, Sociales y Culturales),concretamente mediante la enseñanza prima-ria obligatoria y gratuita para todos. Cuales-quiera que sean las críticas que susciten lossistemas escolares – y las profundas reformasque deban sufrir- la escuela es la única institu-ción capaz de dar a los niños un mínimo deformación que les permita prepararse para elmundo del trabajo y para la vida en la socie-dad adulta. La supresión del trabajo infantil

implica igualmente una acción de lucha contrala pobreza que requiere reflexionar sobre ladistribución de ingresos en las sociedades deque se trate. Todo ello no se entendería sininformar a la opinión pública para queconozca la realidad de la explotación y el tra-bajo infantil, así como los medios empleadospara evitarlo. Junto a estas acciones globales (anivel de Estado) queda un espacio considera-ble para la adopción de medidas diversificadasa diferentes niveles – central, regional y local –dirigidas prioritariamente a los grupos másvulnerables y apoyándose en iniciativas sobreel terreno. Los servicios a favor de los niños(información, higiene y salud, alimentación,apoyo escolar) pueden surtir los mejores efec-tos precisamente a ese último nivel.

La adopción de nuevos instrumentos sobreel trabajo infantil es una de las medidas que hayque emprender sin perder tiempo para lucharcontra lo intolerable y al mismo tiempo propor-ciona un marco para las otras ocho que es pre-ciso llevar a cabo tanto a nivel nacional comointernacional, propuestas en el informe de laOIT sobre el trabajo infantil: adopción de unprograma con arreglo a un calendario para erra-dicar el trabajo infantil; supresión inmediata delas formas extremas de trabajo infantil; prohibi-ción de que trabajen los niños menores de 12 o13 años de edad y protección especial de lasniñas; aplicación de medidas de readaptaciónpara alejar definitivamente a los niños de lostrabajos peligrosos; adopción de medidas deprevención; designación de una autoridadnacional responsable; aumento de la ayuda eco-nómica para luchar contra el trabajo infantil y«hacer que un crimen contra un niño sea reco-nocido como un crimen en cualquier lugar».Lejos de ser un fin, la adopción de estos nuevosinstrumentos debe ser el punto de partida de unprograma que permita, a principios del sigloXXI, erradicar el trabajo infantil y su explota-ción con miras a un desarrollo duradero.

Notas

1 Trabajo infantil: Lo intolerable en el punto de mira, InformeVI (1), 86.a reunión, Conferencia Internacional del Trabajo,OIT, Ginebra, 1998.

2 La actividad normativa de la OIT en la era de la mundiali-zación, Memoria del Director General, Conferencia Interna-cional del Trabajo, 85.a reunión, OIT, Ginebra, 1997.

3 Las relaciones laborales y el futuro de la OIT: los cambios ysus actores. Pensamientos sobre el porvenir de la justicia social:Ensayos con motivo del 75.o aniversario de la OIT, por el Profe-sor T. Hanami, OIT, Ginebra, 1994.

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El Convenio sobre la edad mínima, núm.138, es un instrumento dinámico de alcancegeneral, no sectorial, que adopta un enfoqueglobal con respecto a la abolición efectiva deltrabajo infantil. Por consiguiente, sienta lasbases para «una estrategia coherente contra eltrabajo infantil a nivel nacional»1.

No obstante, el Convenio núm. 138 no ofreceun conjunto completo de normas predetermina-das que puedan aplicarse directamente. LosEstados ratificantes tienen que decidir muchascuestiones, empezando con la edad mínimageneral, la lista de tipos de trabajo peligroso, elámbito de aplicación exacto, etc. Este enfoquetiene por finalidad dar flexibilidad al instru-mento y requiere un método proactivo y uncompromiso continuo por parte de los Estadosratificantes, es decir, no sólo de los gobiernossino también de los interlocutores sociales.

El Convenio requiere explícitamente que secelebren consultas entre las organizaciones deempleadores y trabajadores antes de que pue-dan adoptarse la mayor parte de las decisionesnacionales para su aplicación: por ejemplo, aqué edad debe fijarse la edad mínima general,si debe efectuarse o no alguna exclusión delámbito de aplicación, cuáles deben ser exacta-mente los tipos de trabajo peligroso prohibidosa una edad más avanzada, etc. De este modo larealidad de las prácticas específicas de losdiversos sectores de cada país puede reflejarseen las normas nacionales relativas al trabajoinfantil. Además, esas consultas tripartitassobre cada cuestión contribuirán sin duda porsí mismas a aumentar la concienciación sobreeste tema en el país de que se trate.

Aparte de la indicada función «incorpo-rada» de los sindicatos en el Convenio núm.138, de manera más general siempre se esperaque los sindicatos desempeñen una funciónactiva en la configuración, adopción y aplicacióndel Convenio, y se les alienta a este respecto.En casos extremos de falta de cumplimiento, lossindicatos o sus representantes pueden iniciar

procedimientos constitucionales de protesta yreclamación. Antes de recurrir a este últimoextremo, la Comisión de Expertos nunca hadejado de prestar plena atención a las observa-ciones recibidas de las organizaciones deempleadores o de trabajadores acerca de laaplicación de los Convenios ratificados. Estafunción se ve aún más acentuada en el marcode una cuestión como el trabajo infantil, en elque las disposiciones legislativas quedan amenudo muy alejadas de la plena aplicaciónen la práctica.

Desgraciadamente, hasta ahora ha habidomuy pocas ocasiones en que los sindicatoshayan presentado observaciones sobre la aplica-ción de los Convenios relativos al trabajo infan-til, excepto en los casos de trabajo forzoso, alamparo del Convenio núm. 29 que incluye tam-bién a los niños. Si un país no ha ratificado elConvenio núm. 138, es posible invocar otrosConvenios ratificados relativos al trabajo infan-til, por ejemplo Convenios anteriores sobre laedad mínima en sectores particulares. El Con-venio núm. 81 sobre la inspección del trabajopodría ser útil en los casos en que no se respetela aplicación práctica de la legislación laboralnacional vigente en lo que respecta a los niños ya los jóvenes trabajadores. El Convenio núm.117 sobre política social (normas y objetivosbásicos) también incluye disposiciones querequieren establecer en la legislación nacional laedad de escolarización obligatoria y la edadmínima de empleo. Por consiguiente, sólo unospocos Estados Miembros de la OIT, entre ellosalgunos Miembros muy recientes, no han ratifi-cado ningún Convenio que se refiera al trabajoinfantil.

También es importante que los sindicatosparticipen plena y activamente en la elabora-ción de los nuevos instrumentos sobre el tra-bajo infantil que se llevará a cabo en 1998-1999.Sin embargo, no es necesario esperar hasta quese adopten nuevas normas para iniciar la laborencaminada a aprovechar al máximo los Con-

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Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138),y función de los sindicatos

Yoshie NoguchiSección de Condiciones Generales del Trabajo

Servicio de Aplicación de NormasOIT

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Texto del Convenio

Artículo 1Todo Miembro para el cual esté en vigor el

presente Convenio se compromete a seguiruna política nacional que asegure la aboliciónefectiva del trabajo de los niños y eleve pro-gresivamente la edad mínima de admisión alempleo o al trabajo a un nivel que haga posibleel más completo desarrollo físico y mental delos menores.

Artículo 21. Todo Miembro que ratifique el presente

Convenio deberá especificar, en una declara-ción anexa a su ratificación, la edad mínima deadmisión al empleo o al trabajo en su territo-rio y en los medios de transporte matriculadosen su territorio; a reserva de lo dispuesto en losartículos 4 a 8 del presente Convenio, ningunapersona menor de esa edad deberá ser admi-tida al empleo o trabajar en ocupación alguna.

2. Todo Miembro que haya ratificado el pre-sente Convenio podrá notificar posteriormenteal Director General de la Oficina Internacionaldel Trabajo, mediante otra declaración, queestablece una edad mínima más elevada que laque fijó inicialmente.

3. La edad mínima fijada en cumplimientode lo dispuesto en el párrafo 1 del presenteartículo no deberá ser inferior a la edad enque cesa la obligación escolar, o en todo caso,a quince años.

4. No obstante las disposiciones del párrafo 3de este artículo, el Miembro cuya economía ymedios de educación estén insuficientementedesarrollados podrá, previa consulta con lasorganizaciones de empleadores y de trabajadoresinteresadas, si tales organizaciones existen,especificar inicialmente una edad mínima decatorce años.

Nota

Artículo 1Los principales compromisos de un Estado

que ratifica el Convenio núm. 138 son lossiguientes:1) seguir una política nacional que asegure la

abolición efectiva del trabajo de los niños; y2) que eleve progresivamente la edad mínima de

admisión al empleo o al trabajo.

Artículo 2Determinación de una edad mínima gene-

ral a raíz de la ratificación del Convenio (puedeaumentarse posteriormente, pero no dismi-nuirse):– la edad mínima no deberá ser inferior a la edad

en que cesa la obligación escolar; y– no deberá ser inferior a 15 años.

Cláusula de flexibilidad para los países endesarrollo (párr. 4):– la edad mínima general podría ser la de 14

años, inicialmente;– la consulta con las organizaciones de emplea-

dores y de trabajadores es obligatoria si serecurre a esta cláusula de flexibilidad.

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venios existentes. Los nuevos instrumentos norevisarán el Convenio núm. 138 sino que locompletarán. El Convenio núm. 138 seguirásiendo el marco en el que luchar contra el tra-bajo infantil.

El artículo siguiente tiene por finalidad desta-car la función que se espera de los sindicatos enla aplicación del Convenio núm. 138. El autor haindicado con letra negrita algunas partes deltexto del Convenio para destacar su importancia.

La nota que figura a la derecha sirve para para-frasear el contenido de los artículos y así facilitarsu referencia. Cuando se quiera conocer el signi-ficado estricto de los Convenios es preciso remi-tirse al texto original de sus disposiciones.

Nota:

1 Trabajo infantil: Lo intolerable en el punto de mira, Conferen-cia Internacional del Trabajo, 86.a sesión, 1998, Informe VI (1).

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5. Cada Miembro que haya especificadouna edad mínima de catorce años con arreglo alas disposiciones del párrafo precedente,deberá declarar en las memorias que presentesobre la aplicación de este Convenio, en virtuddel artículo 22 de la Constitución de la Organi-zación Internacional del Trabajo:a) que aún subsisten las razones para tal espe-

cificación, ob) que renuncia al derecho de seguir acogién-

dose al párrafo 1 anterior a partir de unafecha determinada.

Artículo 31. La edad mínima de admisión a todo tipo

de empleo o trabajo que por su naturaleza olas condiciones en que se realice pueda resul-tar peligroso para la salud, la seguridad o lamoralidad de los menores no deberá ser infe-rior a dieciocho años.

2. Los tipos de empleo o de trabajo a que seaplica el párrafo 1 de este artículo serán deter-minados por la legislación nacional o por laautoridad competente, previa consulta con lasorganizaciones de empleadores y de trabajadoresinteresadas, cuando tales organizaciones existan.

3. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1de este artículo, la legislación nacional o laautoridad competente, previa consulta con lasorganizaciones de empleadores y de trabajado-res interesadas, cuando tales organizacionesexistan, podrán autorizar el empleo o el trabajoa partir de la edad de dieciséis años, siempreque queden plenamente garantizadas la salud,la seguridad y la moralidad de los adolescen-tes, y que éstos hayan recibido instrucción oformación profesional adecuada y específicaen la rama de actividad correspondiente.

Artículo 41. Si fuere necesario, la autoridad compe-

tente, previa consulta con las organizaciones inte-resadas de empleadores y de trabajadores, cuandotales organizaciones existan, podrá excluir dela aplicación del presente Convenio a catego-rías limitadas de empleos o trabajos respectode los cuales se presenten problemas especia-les e importantes de aplicación.

2. Todo Miembro que ratifique el presenteConvenio deberá enumerar, en la primera

– los países que opten por esa flexibilidad tie-nen que continuar declarando en las memo-rias (en virtud del art. 22) si aún subsistenlas razones para tal especificación (párr. 5).

Artículo 3Obligación de fijar una edad mínima más

elevada para todo empleo o trabajo peligroso:– no inferior a 18 años ;– corresponde decidir a nivel nacional cuáles

son exactamente los tipos de empleo o detrabajo que deban prohibirse por conside-rarse peligrosos;

– la consulta con las organizaciones de emplea-dores y de trabajadores es obligatoria antesde determinar los tipos de trabajo peligroso;

– la inexistencia de una lista de esta clase sig-nifica que no se han cumplido las obligacio-nes impuestas por el Convenio.

Excepción (que no se basa en el nivel dedesarrollo del país y sí en condiciones estrictasde protección y formación suficiente):– a partir de la edad de 16 años;– la consulta con las organizaciones de emplea-

dores y de trabajadores es obligatoria si serecurre a esta cláusula de flexibilidad;

– condiciones: 1) que queden plenamentegarantizadas la salud, la seguridad y lamoralidad de los adolescentes; y 2) queéstos hayan recibido instrucción o forma-ción profesional adecuada y específica.

Artículo 4(Cláusula de flexibilidad)

Ofrece la posibilidad de excluir a catego-rías limitadas de trabajadores respecto de loscuales se presenten problemas de aplicación:– la consulta con las organizaciones de emplea-

dores y de trabajadores es obligatoria si serecurre a esta cláusula de flexibilidad;

– la lista de las categorías excluidas deberáfigurar en la primera memoria sobre la apli-cación del Convenio, explicando los motivos

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memoria sobre la aplicación del Convenio quepresente en virtud del artículo 22 de la Consti-tución de la Organización Internacional delTrabajo, las categorías que haya excluido delacuerdo con lo dispuesto en el párrafo 1 deeste artículo, explicando los motivos de dichaexclusión, y deberá indicar en memorias poste-riores el estado de su legislación y práctica res-pecto de las categorías excluidas y la medidaen que aplica o se propone aplicar el presenteConvenio a tales categorías.

3. El presente artículo no autoriza a excluirde la aplicación del Convenio los tipos deempleo o trabajo a que se refiere el artículo 3.

Artículo 51. El Miembro cuya economía y cuyos ser-

vicios administrativos estén insuficientementedesarrollados podrá, previa consulta con lasorganizaciones interesadas de empleadores y de tra-bajadores, cuando tales organizaciones existan,limitar inicialmente el campo de aplicacióndel presente Convenio.

2. Todo Miembro que se acoja al párrafo 1del presente artículo deberá determinar, enuna declaración anexa a su ratificación, lasramas de actividad económica o los tipos deempresa a los cuales aplicará las disposicionesdel presente Convenio.

3. Las disposiciones del presente Conveniodeberán ser aplicables, como mínimo, a: minasy canteras; industrias manufactureras; cons-trucción; servicios de electricidad, gas y agua;saneamiento; transportes, almacenamiento ycomunicaciones, y plantaciones y otras explo-taciones agrícolas que produzcan principal-mente con destino al comercio, con exclusiónde las empresas familiares o de pequeñasdimensiones que produzcan para el mercadolocal y que no empleen regularmente trabaja-dores asalariados.

4. Todo Miembro que haya limitado elcampo de aplicación del presente Convenio alamparo de este artículo:a) deberá indicar en las memorias que pre-

sente en virtud del artículo 22 de la Consti-tución de la Organización Internacional delTrabajo la situación general del empleo odel trabajo de los menores y de los niños enlas ramas de actividad que estén excluidasdel campo de aplicación del presente Con-venio y los progresos que haya logradohacia una aplicación más extensa de las dis-posiciones del presente Convenio;

de dicha exclusión (no podrán añadirseexcepciones posteriormente);

– no está autorizado excluir el trabajo peli-groso, definido en el artículo 3.

Artículo 5(Cláusula de flexibilidad para los países endesarrollo)

Ofrece la posibilidad de limitar inicialmentedel campo de aplicación:– la consulta con las organizaciones de emplea-

dores y trabajadores es obligatoria cuando serecurre a esta cláusula de flexibilidad;

– esta cláusula de flexibilidad tendrá que ale-garse en el momento de proceder a la ratifica-ción y no podrá invocarse posteriormente;

– la exclusión se refiere a ramas de actividadeconómica (sectores económicos) y tipos deempresa;

– varios sectores no pueden quedar excluidos:minas y canteras;industrias manufactureras;construcción;servicios de electricidad, gas y agua;saneamiento;transportes, almacenamiento y comunica-ciones;plantaciones y otras explotaciones agrícolasque produzcan principalmente con destinoal comercio, con exclusión de las empre-sas familiares o de pequeñas dimensionesque produzcan para el mercado local yque no empleen regularmente trabajado-res asalariados.

– deberá indicarse en las memorias presenta-das a la OIT la situación general incluso enlas ramas de actividad excluidas.

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b) podrá en todo momento extender el campode aplicación mediante una declaraciónenviada al Director General de la OficinaInternacional del Trabajo.

Artículo 6El presente Convenio no se aplicará al trabajo

efectuado por los niños o los menores en lasescuelas de enseñanza general, profesional o téc-nica o en otras instituciones de formación ni altrabajo efectuado por personas de por lo menoscatorce años de edad en las empresas, siempreque dicho trabajo se lleve a cabo según las condi-ciones prescritas por la autoridad competente,previa consulta con las organizaciones interesadas deempleadores y de trabajadores, cuando tales organi-zaciones existan, y sean parte integrante de:a) un curso de enseñanza o formación del

que sea primordialmente responsable unaescuela o institución de formación;

b) un programa de formación que se desa-rrolle entera o fundamentalmente en unaempresa y que haya sido aprobado por laautoridad competente; o

c) un programa de orientación, destinado afacilitar la elección de una ocupación o deun tipo de formación.

Artículo 71. La legislación nacional podrá permitir el

empleo o el trabajo de personas de trece aquince años de edad en trabajos ligeros, acondición de que éstos:a) no sean susceptibles de perjudicar su salud

o desarrollo; yb) no sean de tal naturaleza que puedan perjudi-

car su asistencia a la escuela, su participaciónen programas de orientación o formación pro-fesional aprobados por la autoridad compe-tente o el aprovechamiento de la enseñanzaque reciben.2. La legislación nacional podrá también

permitir el empleo o el trabajo de personas dequince años de edad por lo menos, sujetas aúna la obligación escolar, en trabajos que reúnanlos requisitos previstos en los apartados a) y b)del párrafo anterior.

3. La autoridad competente determinará lasactividades en que podrá autorizarse el empleoo el trabajo de conformidad con los párrafos 1 y2 del presente artículo y prescribirá el númerode horas y las condiciones en que podrá lle-varse a cabo dicho empleo o trabajo.

Artículo 6(Exclusión de los trabajos realizados en el marcode la formación profesional y la educación)

El Convenio no se aplica a los trabajos rea-lizados en:i) escuelas (de enseñanza general, profesional

o técnica) o instituciones de formación; oii) empresas (aprendizaje), por personas de por lo

menos 14 años de edad, cuando estos trabajos:– se lleven a cabo según las condiciones

prescritas, previa consulta con las organi-zaciones interesadas de empleadores yde trabajadores; y

– sean parte integrante de: a) un curso deenseñanza o formación; b) un programade formación («aprendizaje») que sedesarrolle en una empresa cuyo pro-grama haya sido aprobado por la autori-dad competente; o c) un programa deorientación profesional.

Artículo 7(Excepción de la edad mínima general en loque respecta a trabajos ligeros)

Se entiende por trabajos ligeros:a) los que no sean susceptibles de perjudicar

la salud y el desarrollo del niño; yb) no sean de tal naturaleza que puedan perju-

dicar su educación o formación profesional(no sólo en lo que respecta a su asistencia ala escuela sino también a su capacidad deaprovechar la enseñanza recibida).La legislación nacional podrá permitir que

efectúen trabajos ligeros:– las personas de 13 a 15 años de edad;

(de 12 a 14 años de edad en el caso de los paí-ses en desarrollo que hayan establecido laedad de 14 años como edad mínima general);

– las de 15 o más años en los casos en que nohayan finalizado su escolarización obliga-toria.Los gobiernos determinarán las actividades

que puedan calificarse de trabajos ligeros, asícomo el número de horas de trabajo y las con-diciones laborales.

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4. No obstante las disposiciones de lospárrafos 1 y 2 del presente artículo, el Miem-bro que se haya acogido a las disposiciones delpárrafo 4 del artículo 2 podrá, durante eltiempo en que continúe acogiéndose a dichasdisposiciones, substituir las edades de trece yquince años, en el párrafo 1 del presente artícu-lo, por las edades de doce y catorce años, y laedad de quince años, en el párrafo 2 del pre-sente artículo, por la edad de catorce años.

Artículo 81. La autoridad competente podrá conce-

der, previa consulta con las organizaciones deempleadores y de trabajadores interesadas, cuandotales organizaciones existan, por medio de per-misos individuales, excepciones a la prohibi-ción de ser admitido al empleo o de trabajarque prevé el artículo 2 del presente Convenio,con finalidades tales como participar en repre-sentaciones artísticas.

2. Los permisos así concedidos limitarán elnúmero de horas del empleo o trabajo objetode esos permisos y prescribirán las condicio-nes en que puede llevarse a cabo.

Artículo 91. La autoridad competente deberá prever

todas las medidas necesarias, incluso el esta-blecimiento de sanciones apropiadas, para ase-gurar la aplicación efectiva de las disposicionesdel presente Convenio.

2. La legislación nacional o la autoridadcompetente deberán determinar las personasresponsables del cumplimiento de las disposi-ciones que den efecto al presente Convenio.

3. La legislación nacional o la autoridadcompetente prescribirá los registros u otrosdocumentos que el empleador deberá llevar ytener a disposición de la autoridad competente.Estos registros deberán indicar el nombre yapellidos y la edad o fecha de nacimiento, debi-damente certificados siempre que sea posible,de todas las personas menores de dieciochoaños empleadas por él o que trabajen para él.

Artículo 8(Excepciones con respecto a las representacio-nes artísticas)

Las disposiciones sobre la edad mínimapodrán no aplicarse a las representacionesartísticas, mediante permisos individualesconcedidos por la autoridad competente. Cabeseñalar lo siguiente:– la consulta con las organizaciones de emplea-

dores y trabajadores es obligatoria cuando serecurre a esta cláusula de flexibilidad;

– en los permisos concedidos se indicará elnúmero máximo de horas de trabajo y lascondiciones laborales.

Artículo 9Los gobiernos adoptarán todas las medidas

necesarias para asegurar la aplicación efectivadel Convenio.

En particular:– deberán preverse sanciones apropiadas;– la legislación nacional deberá determinar las

personas responsables del cumplimiento delas disposiciones correspondientes;

– el empleador deberá mantener registros desus empleados o trabajadores de menos de18 años.

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E. O. – Hace unos años, los códigos de conductaeran únicamente teóricos. Hoy en día, dice ustedque pueden contarse por cientos. ¿No resulta ines-perado? ¿Pensaba usted que los acontecimientospudieran ir tan rápidos?

N. K. – Nadie esperaba un movimiento tanrápido. En primer lugar, es preciso preguntar-nos por qué surgieron los códigos de conducta.La misma pregunta puede plantearse en cuantoa las llamadas etiquetas sociales. Ambos casosson consecuencia del fracaso de los gobiernosen contener los abusos contra los derechos delos trabajadores. También constituye una res-puesta a las limitaciones que tiene la OIT paraproteger a los trabajadores contra la explotaciónen todo el mundo. En muchos lugares estaexplotación ha quedado descontrolada frente alproceso de mundialización. Afortunadamente,en este momento, junto a la revolución produ-cida por la mundialización presenciamos larevolución de la comunicación. Lo que hoy pasaen la República Dominicana, en Corea o en VietNam a menudo aparece en nuestras pantallasde televisión por la noche. Y la explotación, enespecial el trabajo infantil, es una noticia impor-tante. En todo el mundo el público – y elpúblico son los consumidores – es cada vez másconsciente de lo que está pasando. Este públicose plantea ahora más cuestiones y dista muchode estar satisfecho.

E. O. – ¿Qué progresos se han registrado hastaahora en términos del contenido y la aplicación delos códigos de conducta?

N. K. – Hasta hace aproximadamente 18meses el debate todavía giraba en torno al con-

tenido de los códigos ya que se suponía quellevaría años conseguir que las empresas engeneral y las multinacionales en particular losaceptaran. Por ejemplo, a finales de 1995 mepidieron que hablara en una conferencia, enItalia, sobre los códigos de conducta. En aque-lla ocasión consideré que ya habíamos discu-tido bastante su contenido y debíamos pasar alsiguiente estadio: cómo aplicarlos mejor ycómo controlar realmente su aplicación porlas empresas.

Hace menos de dos años tuve la posibili-dad de reunir una detallada información sobreel cumplimiento y control de los códigos deconducta, toda ella en relación con su conte-nido. Sin embargo, un año más tarde, muchasempresas de todo el mundo ya han adoptadocódigos de conducta. Se han negociado códi-gos a nivel internacional. Diferentes organis-mos han establecido lo que llaman «códigos deconducta modelo». Pero es ahora cuando seempiezan a conocer las primeras informacio-nes sobre su aplicación y control.

E. O. – ¿Se debe esto en gran parte a las protes-tas y al interés de la gente por luchar contra el tra-bajo infantil?

N. K. – Desafortunadamente, Ikbal Masai,de 12 años, que luchaba contra el trabajoinfantil, fue asesinado en el Pakistán. Perdió lavida pero no en vano, ya que su asesinato sir-vió para dar a conocer al mundo los horroresdel trabajo infantil, el grado de explotaciónque representa y hasta dónde están dispuestosa llegar para perpetuarlo los que se aprove-chan de él. Quizás más adelante el nombre deIkbal Masai se olvidará pero la revolución que

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Neil Kearney habla de los códigos de conductay su significado en la sociedad actual

Neil KearneySecretario General

FITTVC

En un esfuerzo concertado por detener la expansión del trabajo infantil en el mundo, las empresas esta-blecen códigos de conducta. Hasta hace un año, apenas se habían aprobado unos pocos. Actualmente, gra-cias a la importancia que durante los dos últimos años se ha dado al tema del trabajo infantil mediante unaserie de conferencias internacionales y el apoyo de los medios de comunicación, hay muchos más. En lasiguiente entrevista, Neil Kearney, de la Federación Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario yCuero (FITTVC), expresa sus puntos de vista y comenta el proceso y las consecuencias de dichos códigos.En la página 31 se incluyen pasajes de algunos códigos.

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produjo su muerte fue drástica y continúa entodo el mundo. Actualmente, el trabajo infan-til es el tema principal del orden del día polí-tico de todas las instituciones internacionales.Pero la concienciación ha ido más lejos:cuando la gente empieza a interesarse seria-mente por el problema se da cuenta de que noexiste de manera aislada. Va acompañado detodos los demás abusos y violaciones contra elser humano y los derechos de los trabajadores,empezando por no tener derecho a asociarselibremente, a afiliarse a los sindicatos y a nego-ciar colectivamente con su empleador. Junto aestas violaciones de los derechos más básicosde los trabajadores existen otras muchas: tra-bajo forzoso, trabajo infantil, discriminación, ycondiciones de trabajo insalubres y peligrosas.

Todo el problema está ahora presente en laconciencia de la población y no sólo en elmundo industrializado. En Asia, por ejemplo,familias cuyos hijos antes trabajaban normal-mente ahora critican esta práctica. Estas perso-nas se preguntan cuál será el futuro de sushijos si éstos corren la misma suerte de explo-tación que ellas.

E. O. – ¿Podría usted ser más preciso? ¿Puedecitar países, lugares o trabajadores?

N. K. – La FITTVC ha comenzado un pro-grama en seis países de Asia: Bangladesh, Fili-pinas India, Nepal, Pakistán y Tailandia. Estádirigido a los afiliados de base de los sindica-tos, a los que se sensibiliza acerca de las conse-cuencias del trabajo infantil y cómo dichotrabajo perpetúa la pobreza. Nos sorprendió lareacción de la gente cuando empezó a pensar.La primera reacción fue: «mi hijo tiene que tra-bajar. Es la única manera de poder comer. Peropor otro lado, si los adultos de nuestra familiapueden trabajar, si todos trabajamos, nuestroshijos no tendrán que hacerlo. Si tienen que tra-bajar, no tienen ni tiempo ni ocasión de progre-sar. Ellos, a su vez, se encontrarán en la mismasituación que nosotros, y sus hijos también ten-drán que trabajar». Estas son las reaccionesnormales de trabajadores de Filipinas, de laIndia e incluso del Pakistán.

E. O. – Sin embargo, esto hace recaer la respon-sabilidad social en quien se encargue de tales pro-yectos. Si se dice a la gente que no hagan trabajar asus hijos, ¿cuál es la alternativa? ¿Quién debe pro-ponerla?

N. K. – No puede decirse simplemente: «seterminó el trabajo infantil». Es necesario un

enfoque global para conseguir que los niñosdejen de trabajar. Deben ser rehabilitados e ir ala escuela. Las familias deben tener ingresossuficientes para cubrir estos gastos. ¿Por dóndeempezar? En primer lugar, no debería contra-tarse a más niños. A continuación, los niñosmás pequeños, en especial los menores de 12 o13 años de edad, deberían dejar de trabajar conel fin de ir a la escuela, cubriendo sus puestosde trabajo con los adultos desempleados de lamisma familia. Esto es posible, ya que en prin-cipio en todas esas familias – compuestas pornumerosos parientes – hay adultos desemplea-dos. Los participantes en las campañas contrael trabajo infantil en la India nos dicen que tra-bajan 55 millones de niños, pero en las mismaszonas hay también 55 millones de paradosadultos.

Debe hacerse hincapié en que si la gente esmás consciente – la gente normal y los padresde los niños que trabajan – quizás podamoscomenzar a aplicar, y creo que es nuestra res-ponsabilidad hacerlo, más medidas de presiónpara que los gobiernos presten mayor atencióna los recursos que dedican a la educación, yaque uno de los grandes problemas de algunospaíses con alta incidencia de trabajo infantil esla falta de enseñanza básica apropiada.

Algunos gobiernos dicen: «No podemospermitírnoslo». En algunos casos, desafortuna-damente, es cierto y es necesaria una ayudainternacional orientada adecuadamente. Otrosgobiernos merecen menos simpatía. Cuandoveo que algunos países dedican el 47 porciento del presupuesto nacional a la llamadadefensa y el 3 por ciento a la salud y la educa-ción en conjunto – ¡salud y educación suma-das! –, me pregunto si no es posible invertiresa proporción: el 47 por ciento para la educa-ción y la salud y el 3 por ciento para arma-mento. Una inversión de este tipo podría darlugar a un cambio social espectacular.

En otros países en desarrollo, como Nepal,no existe una desproporción tan importantedel presupuesto nacional. Nepal se ha esfor-zado en retirar a los niños de la industria dealfombras y desearía aumentar la edad escolarhasta los 16 años. Para aplicar una medida deeste tipo es preciso disponer de importantesrecursos. Nepal es un ejemplo de país quemerece ser ayudado por la comunidad interna-cional, y de dos maneras: primero, apoyandoel desarrollo de una buena infraestructuraeducativa, y segundo, apoyando a las fábricasque han conseguido prescindir de la mano deobra infantil. Creo que tenemos la responsabi-lidad de alentar a los principales minoristas de

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alfombras a que tengan en cuenta la proceden-cia de sus productos. Por ejemplo, la secretaríasindical internacional a la que pertenezco hablócon un importante minorista que había rotosus relaciones con Nepal porque no estaba deacuerdo con la explotación infantil. Le dijimos:«Por favor, ¿podría volver ahora? Mire lo queestá ocurriendo. Quizás pueda volver a comer-ciar allí». Medidas como éstas no sólo beneficia-rían a la economía de Nepal, sino que alentaríana los demás a no contratar mano de obra infan-til. Esta empresa en particular ha vuelto a efec-tuar pedidos en Nepal, pagando precios máselevados que antes porque ahora las alfombrasque fabrican los adultos son de mejor calidad.Esta es una de nuestras experiencias positivas.

E. O. – ¿Es decir, ya no se necesitan «manosdelicadas»?

N. K. – El argumento de las «manos delica-das» era una falacia. Por ejemplo, Nepal nopodía vender alfombras en los mercados japo-neses. No eran de buena calidad porque losniños pequeños, a pesar de tener manos deli-cadas, no tenían fuerza para apretar los nudosque es lo que da valor a las alfombras.

E. O. – ¿Está usted convencido de que estoscódigos de conducta serán útiles para erradicar eltrabajo infantil?

N. K. – Los códigos de conducta puedenformar parte de la solución, aprovechando lafuerza de los consumidores. La condena de laexplotación laboral por parte de los consumi-dores ha aumentado el interés de los mediosde comunicación. Actualmente, en los EstadosUnidos casi es imposible ver la televisióndurante dos horas seguidas sin que aparezcanimágenes de trabajo infantil, explotación delos trabajadores o talleres donde se trabaja encondiciones inhumanas. Esto tiene importan-tes implicaciones. En algunas investigacionesrecientes de la Escuela Stern de Administraciónde Empresas de la Universidad de Nueva Yorkse señala que el 30 por ciento del valor de lassociedades anónimas depende de su prestigio.Si esto es exacto se explicaría por qué algunasimportantes sociedades, fábricas, comercios yminoristas se han precipitado a adoptar códi-gos de conducta. Siempre creímos que elmayor problema era perder participación en elmercado, pero los resultados de ese estudioparecen indicar que el mayor problema es per-der el prestigio. Existen también sindicatos connuevas armas para luchar contra la explotación.

Actualmente, casi el 60 por ciento de los fon-dos que circulan en los mercados de valoresmundiales son fondos institucionales, de cajasde pensiones, etc. En su mayor parte se tratade dinero de los trabajadores. En muchos paí-ses los sindicatos tienen una importanteinfluencia sobre los fondos de pensiones. En elpasado, sin embargo, la respuesta de los res-ponsables de esos fondos solía ser ambivalente:reconocían la necesidad de que las inversionesse ajustaran a la ética, pero se escudaban en suresponsabilidad legal de obtener máximosingresos para sus afiliados. Si el 30 por cientode los valores está basado en el prestigio y éstepuede verse afectado por la explotación, losresponsables de los fondos de pensiones tienenuna nueva razón para que la inversión se hagaen función de una dimensión social.

E. O. – El Código de Conducta aprobado por laComisión Presidencial de los Estados Unidos nosólo es un documento sustancial sino que los meca-nismos de cumplimiento y control que en él se esta-blecen son impresionantes. ¿Fue fácil negociar esecódigo? ¿Estos perfeccionados mecanismos se ajus-tan a la realidad?

N. K. – Primero, consideremos la cuestiónen términos generales. El contenido de loscódigos de conducta es muy importante, comolo es también la forma en que están escritos. Laopinión de los sindicatos es que su contenidodebe incluir las esferas tratadas en los Conve-nios fundamentales de la OIT: libertad de sin-dicación, derecho de negociación colectiva,prohibición del trabajo forzoso, prohibición deltrabajo infantil y prohibición de la discrimina-ción, pero deberían ir más lejos y asegurar unaremuneración adecuada del trabajo. Un códigono puede realmente especificar la masa sala-rial, pero puede hacer referencia a un salariomínimo, un salario que permita a los trabaja-dores no simplemente subsistir sino vivir demanera confortable y ahorrar un poco. Este es,por supuesto, uno de los temas más difícilesde negociar. En los códigos de conducta tam-bién deben reglamentarse las horas de trabajo.

El contenido del código publicado por laComisión Presidencial de los Estados Unidoses importante. La forma en que se expresa esimportante. Debe ser claro por dos razones:primera, para que los trabajadores a los que vadirigido puedan entenderlo. Se pueden escri-bir códigos llenos de jerga júridica y nadie,ni los propios juristas, los entenderán. Y ensegundo lugar, deben ser claros y sencillos paraque puedan auditarse. Esencialmente, el proceso

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de control independiente constituye una audi-toría de su cumplimiento. Además, cada unode sus puntos debe estar redactado de forma«auditable».

E. O. – ¿Y traducirse a diferentes idiomas?

N. K. – Ésta es quizás la tercera razón por laque se requiere claridad.

E. O. – ¿Quién será responsable de su cumpli-miento?

N. K. – Las empresas concretas de que setrate. Los códigos no tienen sentido si no seaplican. Hasta la fecha muchos códigos sirvenen gran medida para hacer relaciones públicas,lo que no es provechoso para nadie. Ni para lostrabajadores explotados ni para las empresasque adoptan los códigos. En realidad, de estamanera la empresa es objeto aún de mayorescríticas. La gente dice: «sí, hay un código deconducta pero no se aplica, todo es mentira».Las empresas que adoptan códigos de con-ducta han de aceptar que no es un traje espacialque les protegerá de la atmósfera exterior. Loseguro es que atraerá las críticas. La empresaLevi Strauss fue una de las primeras en adoptarun código de conducta. Es bastante bueno.También se esforzó en aplicarlo. Por ejemplo,dejó de producir en Myanmar. Asimismo,informó públicamente de que ya no se abaste-cería en China, país en el que se fabricaba el 2por ciento de su producción total. Esta fue unadecisión importante. Aun así, todos los meseshay críticas contra Levi. Estos ataques son ine-vitables, los códigos son como pararrayos, tie-nen poder de atracción. Esto quiere decir que laempresa debe responder a las críticas y tratarde encauzar las acusaciones. Este es uno de losbeneficios que reportan los códigos.

E. O. – Así pues, ¿según usted los códigos deconducta son en realidad una forma institucionali-zada de responsabilidad social?

N. K. – En muchos aspectos, la exigenciaactual de responsabilidad social de las empre-sas evoluciona de la misma manera que lo hizola responsabilidad económica. Al principio lasempresas no llevaban contabilidad. Hacían loque querían pero había tantos excesos financie-ros que fue necesario establecer procedimientoscontables adecuados. Después fue necesarioaplicar y controlar esos procedimientos. Ennuestros días, las empresas afrontan sus obliga-ciones financieras adoptando reglamentos.

Emplean a personal contable para aplicarlos yejecutarlos. Ese personal efectúa el controlinterno y luego se procede a una verificaciónindependiente a cargo de auditores externos.

Los sindicatos de la industria textil han lle-gado a la conclusión de que es necesario unmétodo de este tipo para dar una dimensiónsocial a la producción.

E. O. – Los sistemas de control suelen ser inefica-ces: año tras año se envían informes de rutina peronunca presentan ninguna mejora significativa. ¿Quéle hace suponer que el cumplimiento de esos códigosse controlará más eficazmente que cualquier otro ins-trumento, por ejemplo, un instrumento de la OIT?

N. K. – En el terreno de la contabilidad, pudohaber sido así. Al principio, fue probablementemás o menos así, pero más tarde se establecieronnormas, se adoptó una metodología profesionaly entraron en liza los auditores. El sistema deauditoría financiera marcha muy bien ya que siun auditor falla en su tarea, pierde su credibili-dad, perjudica su reputación y pierde su nego-cio. Creo que es lo mismo que sucede en cuantoa la dimensión social de la producción.

E. O. – Algunos códigos contienen normas de laOIT. ¿Es una tendencia general? ¿Cómo se incorpo-ran las normas de la OIT a esos códigos de conducta?

N. K. – Los primeros códigos no se referían ose basaban apenas en normas de la OIT, perodesde que los sindicatos están más presentes enlas negociaciones y en la redacción su ámbito seha ampliado. Es evidente que no es fácil lograrun lenguaje adecuado cuando se trata de abor-dar temas como la libertad de sindicación o eltrabajo infantil. Los Convenios de la OIT tienenlas respuestas. ¿Qué texto mejor redactadosobre la libertad de sindicación o la negociacióncolectiva que los Convenios números 87 y 98?¿O el Convenio núm. 138 sobre el trabajo infan-til, o el núm. 135 sobre los representantes de lostrabajadores? Esta es una de las razones por lasque muchos proyectos de código que actual-mente se recomiendan se basan en los Conve-nios fundamentales de la OIT. ¡Desde muchospuntos de vista la OIT quizás hubiera debidoiniciar y llevar a cabo toda esta tarea!

E. O. – Veo que el Código de Milán también serefiere a los Convenios fundamentales de la OIT.¿Quiénes eran las partes en la negociación?

N. K. – El Código de Milán es un ejemplode código concertado entre los sindicatos y los

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fabricantes. En los códigos de este tipo los sin-dicatos siempre presionan para que se incor-poren las normas de la OIT, habida cuenta dela precisión de su texto. Los encargados decontrolar esos códigos – auditores profesiona-les, o quizás auditores sociales, como se lesquiera llamar – insisten en que el texto debeser claro. Desafortunadamente, cuando la genteha de enfrentarse con dificultades de redaccióntrata de recurrir a palabras ambiguas, pero losresponsables de las auditorías no puedenadmitirlas porque no es posible auditarlas.Pueden significar cualquier cosa.

E. O. – Seguramente este renacer social y estaesperanza surgen cuando las condiciones son másdifíciles para los trabajadores y aun van empeo-rando. ¿Hay que considerar que la aparición de tangran número de códigos de conducta se debe a quese ha llegado al límite de lo que los trabajadoresestán dispuestos a tolerar?

N. K. – Hay niveles de explotación que pro-bablemente se estiman aceptables porque no sedan a conocer claramente, pero en los últimosaños la extensión de la explotación ha sido tangrande que causa repulsión.

E. O. – ¿Se está usted refiriendo a acontecimien-tos o situaciones concretas?

N. K. – El otro día, en Viet Nam, en unafábrica de zapatos, 54 mujeres se presentaron altrabajo sin sus zapatillas reglamentarias ¿Cuálfue la reacción de los jefes? Les dijeron quedebían recibir un castigo que sirviera de ejem-plo. Las obligaron a dar dos vueltas a la fábrica– cuatro kilómetros – bajo un calor sofocante,un sol abrasador y mucha humedad. Unamujer cayó desvanecida. Doce se desmayaron.Veinte debieron ser hospitalizadas. Cuandohistorias de este tipo se presentan en las noti-cias de la noche en los Estados Unidos y enEuropa la gente dice: «Es inhumano». Pero estoes lo que está pasando. Se puede matar a lagente. Se puede matar a un dirigente sindical yesto no produce mucha reacción. Pero cuandose trata a los trabajadores de esta forma inhu-mana, la gente siente verdadera repulsión.

E. O. – ¿Así que según usted los códigos de con-ducta ayudarán a la sociedad a controlar esos abusos?

N. K. – En general la gente desea una vidadecente y un entorno decente para sí mismo ypara su familia y reconoce que sólo podrá gozarde estas condiciones si los demás también dis-

frutan de ellas. Esta es la base de todo lo demásy confirma el actual interés por el medioambiente. Esta preocupación va extendiéndose alas condiciones de vida y de trabajo en las queviven nuestros semejantes. Hace cinco añoshubiera dicho que había más preocupación porlos delfines que por la explotación de los niños.En cambio hoy en día en cualquier parte hayuna verdadera inquietud por el grado de explo-tación existente.

E. O. – ¿Le gustaría hacer una última observa-ción respecto de algún código de conducta que sehaya aprobado recientemente?

N. K. – Uno de los códigos innovadores,probablemente uno de los más amplios hasta lafecha, es el concertado entre la FederaciónInternacional de Fútbol (FIFA) y el movimientosindical internacional, concretamente la CIOSL,la FITTVC y la FIET. Este código se concertócuando el año pasado se difundieron ampliasinformaciones en relación con el gran númerode niños empleados en la fabricación de balo-nes de fútbol, principalmente en el Pakistán ytambién en la India.

E. O. – ¿Por qué el código de la FIFA fue espe-cialmente innovador?

N. K. – Porque era el más completo apro-bado hasta entonces ya que abarca todas lasesferas de protección fundamentales de con-formidad con las normas de la OIT.

E. O. – ¿Otros códigos han tomado comomodelo el código de la FIFA?

N. K. – Sí. Actualmente, muchos. El másreciente es el de la Federación Mundial deArtículos Deportivos. Lo mismo cabe decir delcódigo de conducta de la Comisión Presiden-cial de los Estados Unidos. Usted me preguntósi fue fácil negociarlo. Las negociaciones fue-ron largas y difíciles, y respecto de una o doscuestiones ha habido críticas, por ejemplosobre las horas de trabajo y los salarios.

E. O. – En ese código se fijan 48 horas semana-les y 12 horas extraordinarias, o el máximo de horasnormales y extraordinarias permitidas por la ley delpaís de fabricación en caso de que representen unacifra inferior.

N. K. – Pero 48 horas semanales y 12 horasextraordinarias son 60 horas. A continuación sedice «salvo en circunstancias comerciales

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extraordinarias», o sea que pueden ser más de60. Se supone que lo máximo son 48 horassemanales de trabajo. En circunstancias excep-cionales pueden hacerse horas extraordinariaspero no deben exceder de 12 semanales. Segúnestá redactado el código, cabe deducir que lonormal son 48 horas más 12 horas, lo que dalugar a muchas controversias.

E. O. – En dicho Código también se establece unsalario mínimo. ¿Por qué esta sección suscita polé-micas?

N. K. – En muchos países el salario mínimoes totalmente insuficiente. Mire Indonesia,donde sólo representa el 80% del nivel mínimode supervivencia. La mejor manera de conseguirsalarios razonables es mediante negociacioneslibres entre empleadores y trabajadores. Quizáno se cubran todas las necesidades de los traba-jadores, pero al menos éstos tendrán la ocasiónde negociar. El salario más conveniente para laIndia o Lesotho no puede decidirse en Ginebra,Bruselas o Washington. Sólo puede establecerselocalmente. Lo que se puede decir es que inde-pendientemente de dónde trabaje una persona,al final del período de trabajo tendría que poderalimentarse y vestirse, y también su familia, asícomo disponer de un techo para todos, dar edu-cación a sus hijos y contar con atención médicaen caso de enfermedad. Éstas son las bases esen-ciales, pero su costo es diferente según se vivaen Suiza o en Swazilandia. Sólo puede ser deter-minado localmente. Algunos hablan de una«cesta» de necesidades. Eso es lo que hacen lossindicatos cuando negocian. Determinan cuántonecesitan sus afiliados para vivir y sobre estobasan sus negociaciones salariares.

Como ya he dicho, ninguno de estos códi-gos fue fácil de negociar. Hay algunas contra-dicciones o secciones deficientes, y también elacuerdo por el que me pregunta ha suscitadociertas críticas.

E. O. – ¿A qué nivel tienen lugar las negocia-ciones reales?

N. K. – Los códigos surgen por todas partes.Algunos se conciertan con asociaciones comer-ciales internacionales y otros con empleadoresindividuales. Otros suponen el establecimientode órganos consultivos compuestos por repre-sentantes de las principales empresas mercanti-les y manufactureras, minoristas, organizacionesno gubernamentales, sindicatos y auditores pro-fesionales. Por consiguiente, hay gran variedadde opiniones.

E. O. – ¿Alguna vez se negocian sobre una basetripartita?

N. K. – La mayoría son unilaterales peroahora el verdadero debate se refiere a uncumplimiento y a su verificación indepen-diente. A mi juicio, se trata de toda una nuevaesfera de servicios, como la auditoría fiscal.Algunos sindicatos dicen que los códigos deconducta deben ser acuerdos concertadosentre los sindicatos y una empresa determi-nada y que el sindicato ha de controlarlos.Todo esto está muy bien si se trata de GeneralMotors o de Mercedes Benz, pero cuando setrabaja en el sector textil existen miles deempresas en 160 países diferentes dondeexiste poca sindicación. Se necesitan normas yse necesitan métodos independientes paracomprobar esas normas.

Algunas ONG han dicho que su sector escapaz de efectuar ese control, pero el añopasado un representante de un minoristamedio de los Estados Unidos me dijo que com-praban sus telas y calzado a 13.000 provee-dores diferentes. Cada proveedor utilizabaaproximadamente cinco subcontratistas, esdecir, sus artículos procedían de 78.000 fuentesde suministro diferentes. ¿Qué ONG va a con-trolar una situación así? Por eso, junto conmuchas otras personas del movimiento laboralhemos llegado a la conclusión de que es nece-sario un servicio de verificación profesional,que las normas deben ser profesionales, quela metodología ha de ser profesional, y quetiene que haber un código de ética para los quecontrolan.

E. O. – ¿Esta tarea no debería llevarla a cabo lainspección del trabajo?

N. K. – Una responsabilidad importante decada gobierno es asegurar el cumplimiento desu legislación laboral, pero como usted sabe lainspección del trabajo ocupa las últimas posi-ciones en la lista de prioridades de la granmayoría de gobiernos. Si hubiera un sistemade inspección adecuado, no existiría el trabajoforzoso, ni el trabajo infantil, ni las malas con-diciones de salud e higiene que vemos en elmundo entero.

Sin embargo, aunque no pienso que la fun-ción de los sindicatos sea controlar los códigosde conducta, sí creo que su papel es controlartodos los lugares de trabajo, pero a favor delos intereses de los trabajadores, no de la ima-gen de la empresa que establece su código deconducta.

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E. O. – ¿Cuáles son sus previsiones sobre elfuturo de los códigos de conducta?

N. K. – No puedo asegurarle que si mehace la misma pregunta dentro de un año lediga exactamente lo mismo. Los progresos sonrápidos. Hace 18 meses, en Italia, hablé sobrelos medios de aplicación, control indepen-diente y verificación del Código de Prácticas.Hoy mi opinión es muy diferente ya quecuanto más se discute sobre esos códigos másse ven los detalles, la complejidad, las nuevascuestiones que han de tratarse. Éste es uncampo muy nuevo y creo que en continua evo-lución. Pero hemos andado bastante camino yno hay vuelta atrás.

También existen importantes implicacionespara los gobiernos, ya que éstos deciden lospormenores de los instrumentos internaciona-les, como las normas comerciales introducidaspor la OMC, los Convenios de la OIT, etc. Losgobiernos pueden decidir cumplirlas o no,según su antojo. Pueden influir en los debates.En cambio, cuando empresas concretas aprue-ban códigos de conducta los gobiernos de lospaíses productores no tienen nada que decir alrespecto. En realidad, los gobiernos no puedendecir a los consumidores qué deben querercomprar. Si de repente, mañana, los consumi-dores decidieran que quieren llevar vestidoscosidos al revés, las fábricas de todo el mundoempezarían a confeccionarlos así, ya que es loque quieren los consumidores y no los gobier-nos. Hoy los consumidores exigen que sus ar-

tículos se fabriquen de forma ética. Esto es loque ha dado lugar a códigos de conducta másamplios. Ha aumentado la demanda de pro-ductos con etiqueta social. Si los consumidoresla exigen, ni siquiera toda la oposición de losdirigentes mundiales que se manifestaron tanrotundamente contra una dimensión social delcomercio podrá detenerla. No pueden acallar alos consumidores; en realidad, son ellos losque votan con sus carros de la compra.

Dentro de poco, muchos gobiernos que sehan opuesto a la aplicación de las normas de laOIT y que actualmente protestan enérgica-mente contra todo vínculo entre los derechosde los trabajadores y el comercio acabaránapoyando dichas normas para hacer frente alos obstáculos no arancelarios que presenta elcreciente número de códigos de conducta uni-laterales y de etiquetado social.

Las empresas cada vez dan más importan-cia a la negociación colectiva internacional y entodas partes se aprueban códigos de conducta– cientos de ellos – y etiquetas sociales. Comer-ciantes y compradores retrógrados cierran losojos a estas prácticas, pero es inútil. Podemoscerrar los ojos cuando sube la marea pero éstano se detendrá, avanzará y nos arrollará. Laexigencia de una producción ética y del respetode los derechos de los trabajadores es impara-ble. Las empresas que acepten estas exigenciasy actúen en consecuencia serán líderes en elmercado del mañana. ¡Sin duda el haber adop-tado una dimensión social en sus operacionesse verá bien recompensado!

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La negociación colectiva es un instrumentotradicional del movimiento sindical y unamanera de relacionarse con los empleadoresque sólo los sindicatos pueden utilizar. Esteinstrumento ha de servir de base de una de lasprincipales estrategias de los sindicatos paracombatir el trabajo infantil. El resultado deesas negociaciones puede dar lugar a diferen-tes clases de acuerdos:

● el tema del trabajo infantil puede incluirseen los convenios colectivos generales;

● las negociaciones pueden conducir al esta-blecimiento de códigos de conducta que secentren en el tema del trabajo infantil, aun-que de ser posible este problema deberátratarse en el contexto general de los dere-chos sindicales y los derechos humanos;

● los sindicatos y los empleadores puedenelaborar declaraciones políticas conjuntas;

● los sindicatos y los empleadores puedenestablecer planes de acción comprometién-dose, conjuntamente o por separado, a adop-tar medidas para eliminar el trabajo infantil ypara ayudar directamente a los niños quehayan dejado de trabajar y a sus familias.

Otras partes, como los organismos guberna-mentales y las organizaciones no gubernamen-tales, suelen participar en estas negociaciones.El ejemplo más interesante hasta ahora (julio de1997) es el Acuerdo de Asociación en la Indus-tria del Vestido que se está negociando en losEstados Unidos entre representantes de estaindustria, el gobierno y los sindicatos.

Uno de los códigos de conducta más cono-cidos es el acuerdo de la FIFA, el cual sirvióde modelo a otros acuerdos. Actualmente seestá considerando la posibilidad de establecerun código para todo el sector de artículosdeportivos.

Los códigos de conducta son un medio deque disponen los sindicatos para utilizar lafuerza que tienen en un país e influir en lasituación de otro. La figura 1 muestra cómopuede aplicarse en la industria del metal.

En esta figura se presenta el caso de unaimportante multinacional que tiene fábricas enAlemania y en el Brasil, y en la de este últimopaís emplea el régimen de subcontratación. Lossubcontratistas atienden parte de sus necesida-des de energía con carbón extraído por niños.El Secretariado Profesional Internacional podríarelacionar a los socios alemanes y brasileños

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Los códigos de conducta como instrumentospara erradicar el trabajo infantil

ALEMANIA BRASIL

Afiliada a la FITIM

Multinacional Multinacional

Subcontratistas

Afiliada a la FITIM

Código de conducta negociado aquíerradica

trabajo infantilallí

Figura 1.

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para que negocien un código de conducta enca-minado a retirar de la cadena de producción elcarbón extraído por niños.

Sin embargo, es muy importante tener encuenta que las exigencias negociadas por lossindicatos no tienen que ser «específicamenteinfantiles» para fomentar el objetivo de reducirel trabajo de los niños. Muchas exigencias «tra-dicionales», si son negociadas con éxito, tienenefectos positivos, y a veces son decisivas pararesolver el problema del trabajo infantil (véasela figura 2). Cabe citar los ejemplos siguientes:

● Fomento por parte de los sindicatos de lajusticia social y salarios que permitan vivir,con el fin de reducir la dependencia de lasfamilias pobres respecto de los ingresos desus hijos.

● Negociaciones para abolir el sistema a des-tajo y sustituirlo por un sistema de remune-ración normal (en muchas plantaciones o,por ejemplo, en la industria de fabricaciónde ladrillos de la India, el sistema de pago adestajo es la principal causa de que existatrabajo infantil)1.

Control

Cuando se ha firmado un acuerdo del tipoque sea, lo importante es conseguir su ratifi-cación. En muchos casos, los sistemas de con-trol no suelen ser muy eficaces, y en ocasionesni siquiera existen. Aunque es necesario quelos mecanismos de control se perfeccionenmucho, los sindicatos pueden contribuir alcontrol interno y mediante sus organizacionesmovilizar a maestros para que, recurriendo ala persuasión, participen activamente en lasección de educación de los programas derehabilitación.

Nota

1 Fyfe, Alec: Bitter Harvest – Child Labour in Agriculture.OIT, abril de 1997. «12 hours a day every day» – Child Labour inBrick Kilns in India, Federación Internacional de Trabajadoresde la Construcción y de la Madera. Ginebra, marzo de 1995.

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Ejemplo: COMERCIO DE FLORES

AFRICA EUROPA

cultivo, transportadas descargadas despachadas almacenamiento, floristeríasrecolección por avión por personal por la aduana venta al

de tierra por mayor

UITA FIOT FIOT ISP UITA FIET

Educación de Educación de los trabajadoreslos trabajadores Campañas de concienciación:

Organización TV/ folletos /cartelessindical Negociación: Códigos de conducta

Ayuda directa Colecta de fondosa los niños Solidaridad internacional

y sus familiasActividades de afiliación

Negociación

Figura 2.

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Ejemplos de declaraciones y extractosde códigos de conducta

1. EuroCommerce y EURO-FIET represen-tan a los empleadores y empleados de comer-cio. El comercio y la distribución dan trabajo amás de 22 millones de personas en la UniónEuropea, lo que representa el 15 por ciento delempleo total. El valor añadido del 14 por cientoque el comercio y la distribución aportan a laUnión Europea resulta fundamental para elbienestar de todos los europeos.

2. Los interlocutores sociales consideranque la explotación de los niños de forma quese les impida vivir una adolescencia natural y seles niegue posibilidades de educación es con-traria a los principios fundamentales de losderechos humanos.

3. Al sector europeo del comercio le preo-cupa que en algunos países todavía se explote alos niños en relación con la producción de mer-cancías para el mercado europeo, entre otros.

4. En consecuencia, los interlocutoressociales europeos en el comercio:

● destacan que, cuando exista trabajo infan-til, los países de que se trate tienen la obli-gación de luchar contra la explotación delos niños porque constituye una violaciónde sus derechos humanos, incluidos losincorporados en las leyes de esos países,

● instan a los países de que se trate a adoptarmedidas con el objetivo de garantizar elderecho de los niños a una adolescencianormal y a que se les imparta educación,

● piden que se establezcan políticas deayuda con el fin de proporcionar apoyopositivo para dichas medidas, ya quemuchos de los países de que se trata sonpaíses en desarrollo,

● expresan su reconocimiento y apoyo a lacreciente demanda de los consumidores demercancías obtenidas de orígenes que noexplotan la mano de obra infantil,

● apoyan el objetivo de que, siempre que seaposible, debe evitarse mantener tratos enlo que respecta a mercancías producidascontraviniendo los derechos del niño,

● recomiendan alertar a minoristas, mayoris-tas y comerciantes internacionales acercade las señales que puedan indicar que unproceso de producción suponga la explota-ción de niños,

● recomiendan que el comercio apoye medi-das razonables y practicables encaminadasa utilizar únicamente proveedores dignosde confianza.

5. Los interlocutores sociales del comercioreconocen que las grandes empresas, especial-mente las grandes multinacionales, puedenaplicar medidas más directas que los pequeñosminoristas que compran por medio de terceroscon el fin de evitar todo trato con productosque supongan explotación infantil.

EuroCommerce y EURO-FIET

Declaración conjunta sobre la lucha contra el trabajo infantil

Por EuroCommerce : Por EURO-FIET :

H. H. Kröner Kenth PettersonSecretario General Presidente de la Sección de Comercio

[Traducidos de los originales]

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Declaración conjunta de la Asociación Irlandesa de Fútboly del Congreso Irlandés de Sindicatos en favor

del Código de Práctica Laboral de la FIFA

En 1996, en una campaña contra el trabajo infantil, la Confederación Internacional de Orga-nizaciones Sindicales Libres denunció que se estaba utilizando a niños de 7 años para la fabrica-ción de balones comercializados como productos oficiales de la FIFA. A estos niños sólo se lespagaba 50 centavos por balón. La FIFA, con el apoyo del movimiento sindical internacional, con-siguió acabar con esta práctica. Para ello publicó una lista de las normas que debían respetar losfabricantes de artículos etiquetados como artículos oficiales de la FIFA. Estas normas se conocencomo el Código de Práctica Laboral de la FIFA. Dicho Código, a la vez que intenta acabar con eltrabajo infantil, establece unos derechos mínimos para los trabajadores empleados en la fabri-cación de material deportivo aprobado por la FIFA.

El Código de Práctica Laboral de la FIFA garantiza que el material aprobado por ella se fabrica:

● Sin utilizar mano de obra infantil ni trabajo en régimen de servidumbre.

● En un establecimiento laboral en el que todos los trabajadores son tratados por igual sintener en cuenta el sexo, la raza, el color, la religión, las opiniones políticas, la nacionalidad oel origen social.

● En un establecimiento laboral en el que los trabajadores tienen derecho a estar representa-dos por sindicatos elegidos por ellos mismos.

● En un establecimiento laboral en el que los trabajadores gozan de seguridad de empleo ysueldo y condiciones de trabajo decentes.

La Asociación Irlandesa de Fútbol y el Congreso Irlandés de Sindicatos se complace en adop-tar el Código de Práctica Laboral de la FIFA y colaborarán para asegurar que todos los artículosutilizados y refrendados por la FIFA y sus clubes miembros cumplan las normas establecidas enel código. Los sindicatos de todo el mundo seguirán velando por que el material deportivo uti-lizado y refrendado por todos los órganos y asociaciones deportivas no se fabrique en condicio-nes de explotación y por que se respete la dignidad de todos los trabajadores que intervienenen la producción de esos artículos.

Bernard O’Byrne Peter CassellsAsociación Irlandesa de Fútbol Congreso Irlandés de Sindicatos

Estados Unidos : Código de Conducta de la Asociación de la Industriadel Vestido aplicable en los establecimientos laborales

Extracto

La Asociación de la Industria del Vestido ha publicado un comunicado acerca de la supresiónde los establecimientos laborales que explotan a los trabajadores, dentro y fuera de los EstadosUnidos. En base a este análisis, la Asociación formuló el siguiente conjunto de normas que defi-nen las condiciones de un trabajo decente y humano. La Asociación cree que los consumidorespueden estar seguros de que los artículos fabricados de conformidad con esas normas no estánelaborados en condiciones de explotación o inhumanas.

Trabajo infantil. No deberá emplearse a ninguna persona menor de 15 años (o de 14 si lalegislación del país productor lo permite), o en edad de escolarización obligatoria en el país defabricación cuando esta edad sea superior a los 15 años.

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1. HK y HSH (en adelante denominadosinterlocutores) representan a los trabajadoresy empleadores de comercio y de oficinas (admi-nistrativos), sector que en Noruega emplea a330.000 personas, lo que significa cerca del14,3 por ciento del empleo total del país.

2. Los interlocutores consideran que el tra-bajo infantil es contrario a los principios fun-damentales de los derechos humanos. Enrelación con la definición de trabajo infantil,se hace referencia a la Convención de lasNaciones Unidas sobre los Derechos del Niño ya Convenios específicos de la OIT, en especialel núm. 138.

3. Los interlocutores sociales y del sectorcomercial y administrativo expresan su preo-cupación por el hecho de que todavía existaen determinados países trabajo infantil rela-cionado con la producción de artículos desti-nados al mercado noruego.

4. Los interlocutores del sector comercial yadministrativo :

● hacen hincapié en que donde existe tra-bajo infantil el país productor tiene la obli-gación de luchar contra la explotación delos niños, que representa una violación desus derechos humanos e incluso de losderechos que contempla la legislación delpaís ;

● instan a los países de que se trate a promo-ver medidas encaminadas a garantizar eldesarrollo del niño y asegurar su educación;

● invitan a las oficinas noruegas del desarrolloa apoyar positivamente este enfoque,puesto que muchos de los países de que setrata son países en desarrollo;

● apoyan a la Organización Internacional delComercio (OMC) en su labor de incluir nor-mas que regulen el comercio de los artícu-los fabricados mediante el trabajo infantil;

● expresan su comprensión y apoyo alaumento del consumo de artículos fabrica-dos sin utilizar mano de obra infantil;

● apoyan la propuesta de no comprar pro-ductos que hayan sido fabricados en condi-ciones que violen los derechos de losniños ;

● piden a mayoristas, minoristas y comprado-res internacionales que permanezcan alertaante los indicios sospechosos de que en elproceso de producción se utiliza mano deobra infantil y exigen a las compañías mer-cantiles noruegas que controlen, en lamedida de lo posible, si sus proveedoresrecurren al trabajo infantil, violando así lasconvenciones internacionales y la legisla-ción nacional;

● piden al sector comercial y administrativoque adopte las medidas convenientes yprácticas para controlar todo el proceso deproducción, inclusive cuando recurran asubcontratistas, y a que se sirvan única-mente de proveedores decentes.

5. Los interlocutores del sector comercial yadministrativo constatan que las grandes empre-sas, en particular las multinacionales, están enmejores condiciones de fomentar con éxitomedidas contra el trabajo infantil que lospequeños comerciantes que a menudo se abas-tecen por medio de terceros.

6. Los interlocutores se comprometen a:

● suministrar a sus miembros datos e informa-ción sobre el empleo de mano de obrainfantil; y

● poner en conocimiento de sus miembrosesta Declaración y, en la medida de lo posi-ble, esforzarse por conseguir que las empre-sas noruegas de que se trata cumplan susdisposiciones.

Declaración conjuntadel Sindicato Noruego de Empleados de Comercio y de Oficinas (HK)

y de la Confederación Empresarial e Industrial Noruega (HSH)sobre medidas para luchar contra el trabajo infantil

Oslo, 17 de enero de 1996

Sindicato Noruego de Empleados Confederación Empresarial e Industrialde Comercio y de Oficinas Noruega

Sture Arntzen Anna-Grete EllingsenDirigente Sindical Directora Administrativa

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Extracto

Compañía Walt Disney Código de Conducta para los Fabricantes

En la Compañía Walt Disney nos hemos comprometido a :

● adoptar una norma de excelencia en todos los aspectos de nuestra empresa y en cualquierrincón del mundo;

● mantener una conducta ética y responsable en todas nuestras operaciones ;

● respetar los derechos de todas las personas ; y

● respetar el medio ambiente.

Esperamos que todos los fabricantes de artículos Disney adopten estos compromisos. Exigi-mos como mínimo que todos los fabricantes respeten las siguientes normas :

Trabajo infantil

Los fabricantes no utilizarán trabajo infantil.

Se entiende por «niño» toda persona menor de 14 años de edad o, si tiene mayor edad, deedad inferior a la localmente legal para estar empleado, o a la establecida para terminar la esco-larización obligatoria.

Los fabricantes que empleen a jóvenes que no entren en la definición de «niños» tambiénacatarán las leyes y reglamentos que se aplican a dichas personas.

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El trabajo infantil en el programa de los sindicatos

Claudia CoenjaertsAsesora Técnica Jefe

Proyecto de Cooperación Técnica de la OITACTRAV

Del 27 al 30 de octubre de 1997, una conferencia internacional sobre el trabajo infantil reunirá en Oslo(Noruega) a los principales protagonistas de todo el mundo con el fin de establecer estrategias nacionales einternacionales para la erradicación del trabajo infantil, en especial determinando de qué manera la cooperaciónpara el desarrollo y otras formas de colaboración internacional pueden contribuir eficazmente a este objetivo.Dicho foro internacional demuestra que la explotación de los niños, que ha vuelto a surgir como uno de los másacuciantes problemas sociales actuales, recibe la atención oficial y de los medios de comunicación que merece.

El trabajo infantil es un problema mundial contra el que sólo se puede luchar con eficacia mediante accio-nes nacionales e internacionales concertadas. No puede resolverse de la noche a la mañana ni adoptando unasola medida sino que requiere una amplia movilización social de los organismos gubernamentales y no guber-namentales y de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Hace ya muchos años que el movimientosindical se ocupa de esta cuestión que considera de gran interés, pero a pesar de los evidentes y crecientes sig-nos de atención mostrados por los sindicatos internacionales no ha constituido en general un tema prioritariode los sindicatos en los países en que se registra mayor cantidad de trabajo infantil.

El artículo siguiente utiliza las conclusiones de una encuesta efectuada entre 300 dirigentes sindicalesde Indonesia, Tailandia y Viet Nam y la experiencia reunida gracias al proyecto en cuyo marco se realizó laencuesta como base para determinar la posible función de los sindicatos en la erradicación del trabajo infan-til y para entender las razones de la lenta respuesta de los sindicatos de los países en desarrollo. Tambiénfiguran algunas recomendaciones sobre la manera de suprimir los obstáculos existentes.

El mandato de los sindicatospara luchar contra el trabajo infantil

Desde un punto de vista general estáampliamente justificada la función de los sin-dicatos en la lucha contra el trabajo infantil.Aunque el presente artículo tiene por finalidadfacilitar una lista exhaustiva de explicaciones,algunas de las razones en que se sustenta lapráctica y el aumento del trabajo infantil hacenque esta cuestión resulte especialmente perti-nente para el mandato del movimiento sindi-cal, como se indica a continuación:

● La pobreza es probablemente la causa másimportante del trabajo infantil, y por ellomuchos consideran que luchar contra lapobreza mediante remuneraciones y condi-ciones laborales aceptables constituye lafunción principal de los sindicatos. Locierto es que para muchas familias el tra-bajo infantil es necesario para sobrevivir.Además, la pobreza ha ido en aumento enmuchos lugares. Las privatizaciones, laspolíticas de fomento de la exportación y lasmedidas de desregulación y flexibilidadconstituyen parte del conjunto de progra-

mas de ajuste estructural impuestos por elFondo Monetario Internacional y el BancoMundial que, si bien conducen al creci-miento económico, tienen un enorme costosocial si no se pone especial atención en noaumentar las diferencias de ingresos.Muchas personas, en especial mujeres, hanperdido su trabajo durante este proceso. Amenudo las condiciones de vida de lasfamilias pobres se han deteriorado enorme-mente, lo que a su vez ha obligado a quemuchos niños trabajen para obtener ingre-sos adicionales. Al mismo tiempo, si seobliga a los niños a trabajar y se les impideasistir a la escuela, cuando sean adultos severán incapacitados y atrapados en el círcu-lo vicioso de la pobreza. Hacer algo contrael trabajo infantil significa también haceralgo contra la pobreza.

● Cuando se explota a los niños, los intereseseconómicos de los sindicatos y de sus afilia-dos se ven afectados negativamente. Losniños son naturalmente vulnerables frente ala explotación y es fácil que sean víctimas debajos salarios, trabajo ilegal y malos tratos.Los empleadores pueden incluso preferir

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emplear niños en vez de adultos, lo quesólo puede conducir a aumentar el desem-pleo y la pobreza. Erradicar el trabajoinfantil significa también mejorar el poderde negociación de los trabajadores adultos.

● Existen claras pruebas de que cuando lossindicatos tienen influencia el trabajo infan-til resulta menos probable. Sin embargo, elenorme desarrollo del sector no estructu-rado de la economía ha hecho cada vez másdifícil que los sindicatos obreros afilien a lostrabajadores con arreglo a las estructuras tra-dicionales. Muchas políticas orientadas alcrecimiento suponen también una limita-ción de los derechos fundamentales de lostrabajadores, como el derecho a sindicarse oa establecer convenios colectivos en laszonas de libre comercio. Además, han cam-biado de forma significativa las estructurasde distribución del trabajo y el empleo.Cada vez hay más trabajadores empleadosen régimen de subcontratación, trabajostemporales, trabajo a domicilio y trabajo adestajo. Se trata de trabajadores que carecen

de protección y seguridad y que no estánafiliados a sindicatos. Reducir la cantidad detrabajo infantil requerirá adoptar medidaspara hacer frente a esos cambios y aumentarlos niveles de sindicación existentes.

Este enfoque bastante pragmático se basaen el hecho de que el trabajo infantil constituyeuna violación de los derechos humanos por losque siempre han luchado los trabajadores sin-dicados. Véase a este respecto algunas conclu-siones de la encuesta (recuadro 2).

● Casi todas las respuestas indicaron que laerradicación del trabajo infantil debería seruna preocupación de todos los afiliados asindicatos. No obstante, se reconoció quehay obstáculos difíciles de superar. Losrecursos técnicos y financieros de los trespaíses se señalaron como los principalesimpedimentos con que tropiezan sus sindi-catos para luchar contra el trabajo infantil.

● Las respuestas indicaron en general que lossindicatos, en su calidad de organizacionesde la sociedad civil, tienen la responsabili-

Recuadro 1. Interlocutores, objetivos y enfoque del proyecto

En septiembre de 1995, Indonesia, Tailandia y Viet Nam empezaron a aplicar el proyecto titu-lado «Asistencia de educación obrera en determinados países de Asia suroriental para fortalecerlas medidas de los sindicatos a favor de las mujeres que trabajan, teniendo en cuenta el trabajoinfantil». Este proyecto, financiado por Bélgica, tendrá una duración de tres años y cuenta conel apoyo de la Oficina de Actividades para los Trabajadores de Ginebra y está coordinado por laOficina Regional de la OIT en Bangkok para Asia y el Pacífico.

El objetivo de este proyecto es crear capacidad de los sindicatos participantes para mejorarla condición jurídica de las mujeres que trabajan y luchar con eficacia contra el trabajo infantil.Las estrategias principales consisten en producir textos de educación obrera e impartir progra-mas de formación. Algunos tienen por objetivo sensibilizar a diversos grupos y otros son mástécnicos y tratan temas determinados o cuestiones sindicales habituales.

Se ha establecido un mecanismo para garantizar que estas actividades atiendan las necesida-des y prioridades de los interlocutores. Los miembros del comité de dirección de cada país cele-bran reuniones periódicas para aconsejar a la asesora técnica jefe del proyecto, sugerir actividadesprioritarias, determinar las necesidades de formación y evaluar los textos que deban utilizarse enlos cursos de formación.

Habida cuenta de que en los países seleccionados es tradicional que muchas mujeres traba-jen y también existe gran número de niños que trabajan, o el peligro de que trabajen, se hahecho especial hincapié en los siguientes sectores industriales : textiles y vestido, alimentos ybebidas, electrónica y metal, y agricultura y plantaciones. Para garantizar la continuidad de lasactividades, obtener resultados tangibles y aumentar las repercusiones generales, se escogierondiversos sindicatos nacionales como interlocutores, al mismo tiempo que se permitió la partici-pación flexible de otras organizaciones de trabajadores cuando convino. Estos interlocutores sonlos siguientes : sindicatos sectoriales de la industria textil y del vestido (SP-TSK), alimentación,bebidas, cigarrillos y tabaco (SP-RTMM), electrónica y metal (SP-LEM), y plantaciones y agricul-tura (SP- PP), en Indonesia; Congreso del Trabajo de Tailandia, Congreso de Sindicatos Tailandésy Congreso Nacional del Trabajo, en Tailandia; y Confederación General Vietnamita del Trabajo(VGCL), en Viet Nam.

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dad general de luchar contra toda clase deinjusticias sociales, entre ellas las que afec-tan a los niños. En muchas respuestas seindicó incluso que en los convenios colecti-vos negociados entre los sindicatos y losempleadores podrían incluirse cláusulassobre el trabajo infantil.

● Cuando se preguntó si los niños que traba-jan deberían estar sindicados, más del 90por ciento de las respuestas indicaron queuna medida en esta dirección no se consi-deraría una buena política sindical.

Paradójicamente, la experiencia adquiridagracias al proyecto y varias conclusiones de laencuesta han puesto de manifiesto que engeneral las cuestiones relacionadas con el tra-

bajo infantil no constituyen prioridades de losprogramas sindicales. Según algunos, en lospaíses en desarrollo incluso se planteó la cues-tión de si las organizaciones de trabajadoresdeberían participar o no en esa investigación.Para entender esto que parece una contradic-ción es preciso en primer lugar entender laslimitaciones que tienen los sindicatos en lospaíses en desarrollo. Para eliminar esta incohe-rencia se requeriría desde luego hacer frenteadecuadamente a esas limitaciones, pero habidacuenta de que el presente artículo no se fijaeste objetivo, en la sección siguiente se pasa aexaminar directamente diversas actividadesconcretas que los sindicatos podrían llevar acabo en los países en desarrollo para lucharcontra el trabajo infantil.

Recuadro 2. Encuesta sobre la idea que se hacen los dirigentes sindicalesdel trabajo infantil en Indonesia, Tailandia y Viet Nam

Como primera actividad del componente trabajo infantil del proyecto se llevó a cabo unaencuesta en Indonesia, Tailandia y Viet Nam. Trescientos dirigentes sindicales que representabana los diversos sectores de actividad económica tenidos en cuenta en el proyecto, hombres ymujeres, respondieron en entrevistas a fondo sobre los problemas del trabajo infantil y la posi-ble contribución de los sindicatos. Esta encuesta se realizó a nivel nacional, coordinada en cadacaso por un centro nacional, entre mayo y agosto de 1996. Los cuestionarios se tradujeron a losidiomas locales y se capacitó a formadores para realizar las entrevistas.

Los objetivos de la encuesta fueron los siguientes :

i) sentar las bases para determinar las limitaciones con que se enfrentan los sindicatos en Indo-nesia, Tailandia y Viet Nam para seguir desarrollando sus posibilidades de hacer frente a losproblemas del trabajo infantil;

ii) establecer un programa adecuado para contribuir a los esfuerzos sindicales, especificar lainformación necesaria y determinar las zonas y actividades prioritarias desde el punto devista de los sindicatos en los tres países del proyecto;

iii) específicamente, facilitar información acerca de :

● la idea que se hacen los dirigentes sindicales del problema del trabajo infantil;● cómo entender la relación entre el trabajo infantil y otras cuestiones socioeconómicas, y

los posibles efectos perjudiciales de este trabajo sobre la seguridad, salud, educación ydesarrollo psicosocial del niño;

● sus opiniones e ideas acerca de las políticas y legislaciones nacionales y de las normasinternacionales relativas a los derechos del niño y al trabajo infantil;

● sus opiniones e ideas sobre las medidas adoptadas en el frente internacional para con-tener el trabajo infantil;

● sus opiniones sobre lo que pueda hacerse y cuál consideren es su función en la lucha con-tra el trabajo infantil.

Esta encuesta no aspira a expresar las opiniones de todos los dirigentes sindicales de Indo-nesia, Tailandia y Viet Nam. El número de entrevistas fue limitado y hubo varios obstáculos en loque respecta a llevar a cabo pruebas significativas o el análisis cruzado de las variables investi-gadas en el estudio. No obstante, sus conclusiones resultarán útiles para determinar algunos delos principales obstáculos con que tropiezan los sindicatos para luchar de manera eficaz contralos problemas que plantea el trabajo infantil en sus respectivos países.

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Esferas en que los sindicatosdeben adoptar medidas

Los sindicatos como concienciadores

Razones culturales y económicas hanactuado a menudo de freno de las medidascontra el trabajo infantil. Hay demasiadas per-sonas que consideran que dicho trabajo es unaconsecuencia inevitable de la pobreza y delproceso de desarrollo y que constituye un ele-mento fundamental para la competitividad.Muchos padres no son conscientes de laimportancia de la educación y consideran queel trabajo infantil es «normal».

Los sindicatos, gracias a su fácil acceso a lasmasas, tienen enormes posibilidades de sensibi-lizar al público acerca de este problema, sugerirsoluciones y convencer de que el cambio esposible y que el trabajo infantil es un problemaal que puede hacerse frente si existe suficientevoluntad política. Pueden organizarse conferen-cias sobre este tema, invitando a funcionariosgubernamentales y a empleadores. Puede pro-porcionarse información en los lugares de tra-bajo, facilitándola a los trabajadores y a losempleadores. Para llegar a sus propios afiliados,pueden utilizar sus publicaciones u otros caucesde comunicación adecuados. Es posible aplicardiferentes métodos de educación obrera. Parallegar al público en general, pueden proporcio-nar regularmente a periódicos y emisoras deradio y televisión artículos sobre este problemay acerca de lo que deba hacerse.

Los sindicatos como grupo de presiónpolítica y para controlar los abusos

Los sindicatos se encuentran en buena posi-ción para movilizar a los gobiernos, los emple-adores y la sociedad en general para quehagan frente al problema del trabajo infantil.Pueden presionar a otros políticos para queden importancia a las cuestiones del desarrollo

social y consigan que se asignen recursos enconsecuencia. De hecho, en los tres paísesdonde se ha efectuado la encuesta los princi-pales dirigentes sindicales son a la vez diputa-dos del parlamento y podrían influirsignificativamente a nivel político.

Mediante la presión política puede pedirse laactualización de la legislación de conformidadcon las medidas desarrolladas a nivel internacio-nal, o es posible centrar el interés en el control delcumplimiento de las normas internacionales deltrabajo u otros convenios internacionales (ratifi-cados o no) y la aplicación de planes de acciónconcertados en conferencias internacionales,incluida la sugerencia formulada en la CumbreMundial de las Naciones Unidas sobre el Desa-rrollo Social, celebrada en 1995, de asignar por lomenos el 20 por ciento de los presupuestos esta-tales a políticas sociales.

Al estar presentes en los lugares de trabajo,los sindicatos pueden controlar los abusos ycompletar la labor de los inspectores laborales.Pueden presionar a los empleadores mediantecampañas o convenios colectivos insistiendoen la supresión del trabajo infantil peligroso yprecario y garantizando que los servicios deprotección y seguridad social básicos atiendantambién a los niños que no puedan abandonarde forma inmediata su trabajo. También pue-den realizar campañas para que los empleado-res respeten las disposiciones sobre trabajoinfantil dictadas por empresas multinacionalesmediante códigos de conducta, pueden infor-mar sobre el incumplimiento de normas esta-blecidas en acuerdos comerciales, puedenalentar sistemas de etiquetado, boicoteos, etc.

Apoyo directo de los sindicatosa los niños

Otra esfera de acción posible es la de apo-yar directamente a los niños, retirando a losque trabajan en condiciones de explotación y,como medida temporal, proporcionando asis-

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Papel de los sindicatos en la lucha contra el trabajo infantil segúnla opinión de 300 dirigentes sindicales de Indonesia, Tailandia y Viet Nam

● el 64 por ciento de los dirigentes sindicales entrevistados opinaron que la función más pertinentede las organizaciones de trabajadores para luchar contra el trabajo infantil es la de sensibilización;

● el 15 por ciento opinó que deberían centrar sus esfuerzos en influir políticamente;

● el 12 por ciento consideró prioritaria la función de control;

● el 9 por ciento opinó que en primer lugar deberían situarse las actividades de servicio y bienestar.

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Esferas de acción prioritarias

Se pidió a los encuestados que dieran su opinión sobre qué categorías laborales deberíanrecibir asistencia inmediata.

● en Indonesia, los grupos prioritarios fueron los trabajadores de las fábricas y de las plantaciones;

● en Tailandia fueron los niños que trabajan en condiciones de explotación, en la prostitución,en fábricas y en la construcción;

● en Viet Nam, se consideró que necesitaban asistencia con mayor urgencia los niños que tra-bajan en hoteles, restaurantes, establecimientos comerciales, empresas familiares y en laindustria de la construcción.

Lista de actividades por orden de preferencia

Se pidió a los dirigentes sindicales que establecieran una lista de las actividades que los sin-dicatos podrían realizar para luchar contra el problema del trabajo infantil. En el cuadro quefigura a continuación se presentan esas prioridades por países :

Indonesia Tailandia Viet Nam

1 Educación no formal / Sensibilización acerca Sensibilización acercaformación profesional de los efectos nocivos de todos los efectos

2 Sensibilización acerca Presión política para Financiación del adelantode todos los efectos introducir legislación del niño

3 Financiación del adelanto Campaña de información Programas de bienestardel niño mediante líneas telefónicas social y desarrollo

especiales

4 Presión política para Estudios sobre Estudios sobreintroducir legislación la explotación la explotación

5 Campaña de información Financiación del adelanto Campaña de informaciónmediante líneas telefónicas del niño mediante líneas telefónicasespeciales especiales

6 Impartir enseñanza Educación no formal / Educación no formal / a los niños acerca formación profesional formación profesionalde sus derechos

7 Programas de bienestar Impartir enseñanza Impartir enseñanzasocial y desarrollo a los niños acerca a los niños acerca

de sus derechos de sus derechos

8 Afiliación a los sindicatos Programas de bienestar Convenios colectivos de los niños que trabajan social y desarrollo para mejorar

las condiciones de trabajo

9 Convenios colectivos Prohibición de los Prohibición de lospara mejorar trabajos peligrosos trabajos peligrososlas condiciones de trabajo

10 Estudios sobre Convenios colectivos Afiliación a los sindicatosla explotación para mejorar de los niños que trabajan

las condiciones de trabajo

11 Prohibición de los Afiliación a los sindicatostrabajos peligrosos de los niños que trabajan

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tencia a los que no pueden retirarse de formainmediata y que no realizan trabajos peligro-sos, todo ello mediante proyectos especialesde seguridad social, educación y formación.No obstante, habida cuenta de los limitadosrecursos humanos disponibles, es necesarioseleccionar los objetivos: por ejemplo, ocupán-dose únicamente de una o de unas pocas acti-vidades económicas a la vez y aplicando eltipo de asistencia más adecuada en cada casoconcreto.

Obstáculos con que tropiezan lossindicatos de los países en desarrolloen su lucha contra el trabajo infantil

El análisis que figura a continuación se basaen las conclusiones de la encuesta y en la expe-riencia obtenida en la labor diaria con los inter-locutores que participan en el proyecto. Cadaobstáculo explica de alguna forma por qué eltrabajo infantil no recibe la atención que merece.

Limitaciones institucionales

Los sindicatos participantes continúan tra-tando de desarrollar su propia capacidad insti-tucional y obtener una afiliación efectiva en elsector público y las empresas industriales. Sehan dedicado muchos esfuerzos y muchotiempo a la mera finalidad de consolidar losderechos sindicales fundamentales, pero inclusocuando éstos son reconocidos la principal tareasigue siendo construir unos sindicatos a partirde la masa de trabajadores no afiliados. El tra-bajo infantil florece en especial en los sectoresque se encuentran al margen de las organizacio-nes sindicales, por ejemplo, el sector rural y elno estructurado, y el trabajo en régimen de sub-contratación. En la mayoría de ellos la capacidadinstitucional existente es demasiado débil y nopermite experimentar nuevos enfoques que sonnecesarios para llegar a esos sectores.

Necesidad de ampliarla «visión sindical»

El papel de los sindicatos en la lucha contrael trabajo infantil resulta más significativo enun contexto político, social y económico másamplio en el que las cuestiones globales, comoel fomento de la democracia y la lucha contrala pobreza y la desigualdad, se incorporan enel programa. Las cuestiones a largo plazo quesuelen incluirse en el programa general de lossindicatos de los países desarrollados, como lasolidaridad, la participación política y las cues-

tiones ambientales, sólo figuran en séptimo,octavo y noveno lugar de los 10 temas del pro-grama de los países en que se realizó laencuesta.

Ideas limitadoras

i) Respecto de la pobreza : está claro que lapobreza es la causa más importante de quepersista el trabajo infantil, pero si se le dademasiada importancia se puede distorsionarla situación y justificar la inacción, ya quepodría considerarse más allá del alcance de lossindicatos. La gran mayoría de los dirigentessindicales entrevistados consideraron que lapobreza es la causa del trabajo infantil, y casi el90 por ciento dijo que ese trabajo existía por-que proporcionaba un ingreso esencial a lasfamilias. Para conseguir la justicia social espreciso romper el círculo vicioso en que semantienen recíprocamente pobreza y trabajoinfantil. La condición más importante para elloes que los adultos trabajen y los niños estu-dien. Los sindicatos deben convencerse de queésta es una meta que puede alcanzarse y queen parte son responsables de que se logre(incluso aunque no puedan proporcionar porsí mismos los servicios). La lucha por unasociedad mejor sólo figuró en séptimo lugar enIndonesia, y en noveno lugar en Tailandia yViet Nam del total de 10 temas del programade los sindicatos.

ii) Respecto de los beneficios económicos que pro-duce el trabajo infantil: a menudo el trabajo infan-til se considera equivocadamente como unaparte inevitable del proceso de desarrollo, comoun componente fundamental para mantener lacompetitividad o como insustituible en deter-minados trabajos. En especial, en las respuestasde Viet Nam (86 por ciento) y también, enmenor grado, en las de Indonesia (45 porciento) y Tailandia (36 por ciento) se expresó eltemor de que la sustitución de los trabajadoresinfantiles por adultos aumentase los costos yperjudicara la competitividad. Más de la mitadde las respuestas indicaron que algunos trabajossólo podían realizarlos niños. Estos conceptosequivocados tienen que aclararse con la seguri-dad de que la erradicación del trabajo infantilno influiría negativamente en la economía niaumentaría la pobreza y miseria de los afiliadosde base de los sindicatos.

iii) Respecto de la amplitud del problema:muchas personas, entre las que figuran dirigen-tes sindicales, tienen una actitud muy tolerante

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con respecto al trabajo infantil, debido princi-palmente a que no son conscientes de susdevastadores efectos sociales y económicos. Encasi todas las respuestas se apoyaron firme-mente ideas como las siguientes: derecho a vivirla infancia y necesidad de proteger especial-mente a los niños y a no tener que trabajardesde una edad temprana; pero al mismotiempo nueve de cada diez entrevistados consi-deraron que el trabajo infantil formaba parte desu cultura y que no debería dársele excesivaimportancia. Una posible explicación de estaparadoja es que muchos no son suficientementeconscientes de que existen tipos de trabajoinfantil peligrosos y explotadores.

Falta de coordinacióna nivel nacional

Sin una política nacional coherente, la luchacontra el trabajo infantil no puede tener éxito.Desde luego, la responsabilidad final en lo querespecta a hacer frente a este problema corres-ponde a los gobiernos, pero es importante quetodos los participantes unan sus fuerzas. En lamayoría de los países existen mecanismos paracoordinar las actividades, pero rara vez los sin-dicatos se han integrado eficazmente en esasredes. En Indonesia, Tailandia y Viet Nampoco más de la mitad de los entrevistadossaben que existe un mecanismo de coordina-ción o que se han introducido programas ofi-ciales en relación con el trabajo infantil.

Recuadro 3. Cooperación técnica: situar el problema del trabajo infantilen un lugar destacado del programa de los sindicatos

Las cuestiones de la mujer y el trabajo infantil aparecen relacionadas de muchas formas ysiempre que es posible se destacan las relaciones evidentes que existen entre los dos compo-nentes del proyecto. No obstante, al mismo tiempo la capacidad institucional de los interlocu-tores sindicales (incluidos el grado de concienciación, sindicación y estructura) para reaccionarante los problemas de las mujeres o de los niños que trabajan es muy distinta, y esta desigual-dad ha hecho necesario establecer programas separados para unas y otros.

Sabiendo que sólo puede asumirse un compromiso cuando las actividades reflejan las nece-sidades de los participantes, los Comités de Dirección desempeñan una función decisiva paradecidir qué hacer para luchar contra el trabajo infantil y cómo hacerlo. El proyecto establece unmarco estratégico para orientarlos en este sentido, al mismo tiempo que colaboran estrecha-mente con el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), el pro-grama de cooperación técnica más importante de la OIT.

La atención se centra en la creación de capacidad institucional y la elaboración de políticas,así como en el desarrollo de dependencias funcionales dedicadas al trabajo infantil en los sindi-catos a todos los niveles (o su integración y fortalecimiento cuando ya existen). Esto incluye asis-tencia técnica para determinar las necesidades estructurales y la formación que se requiere paradesarrollar los conocimientos técnicos de los funcionarios sindicales. Pueden impartirse cursossobre muchos temas, por ejemplo, cómo preparar programas de sensibilización, realizar campa-ñas, desarrollar programas de apoyo directo, etc.

Para que las experiencias realizadas en los tres países examinados se refuercen mutuamentese utiliza en lo posible un método común en Indonesia, Tailandia y Viet Nam. A continuación seindican algunas actividades :

● Se realizó una encuesta entre los dirigentes sindicales de los tres países (véase también elrecuadro 2). Las conclusiones se han utilizado para evaluar las necesidades de formación enlo que respecta a preparar textos adecuados de capacitación destinados a los sindicatos.

● Se organizaron a nivel nacional talleres de sensibilización sobre el trabajo infantil, que con-cluyeron con una declaración de política.

● En cada país se organizan actividades de seguimiento, según las necesidades y capacidad delos sindicatos, para mejorar la capacidad institucional de los sindicatos participantes.

● Se prevé realizar un viaje de estudios para que los centros de coordinación de los sindicatostengan acceso a las experiencias de otros sindicatos interesados en lo que respecta a la cues-tión del trabajo infantil.

● Los métodos de los diferentes sindicatos que hayan tenido éxito se darán a conocer en unareunión subregional al final del proyecto.

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Conocimiento insuficiente de los instru-mentos nacionales e internacionales quepermiten disminuir el trabajo infantil

Sólo pueden introducirse medidas adecua-das contra el trabajo infantil cuando se disponede amplia información al respecto. Si hay pocainformación sobre esos temas importantes, lossindicatos seguirán estando al margen del esce-nario principal en que se desarrolla la lucha con-tra el trabajo infantil y no podrán desempeñarsu posible función. Además, si no saben cómodesarrollar en la práctica su función de órganode control y grupo de presión política, su contri-bución en esta esfera continuará teniendo pocaimportancia. Las conclusiones de la encuestaindican que los dirigentes sindicales desconocengran parte de esta información esencial.

i) Instrumentos nacionales: en la mayoríade respuestas se indicaba la edad mínima paratrabajar y la edad de la enseñanza obligatoria,pero apenas ninguna indicaba importantespormenores de las normas en vigor, por ejem-plo, el ámbito de aplicación, los procedimien-tos para su cumplimiento, etc.

ii) Instrumentos internacionales: en lo querespecta a los instrumentos legislativos inter-nacionales sólo una pequeña mayoría sabíaque la Convención de las Naciones Unidassobre los Derechos del Niño (1989) había sidoratificada por su país. Menos de la mitad sabíaque en dicha Convención figuran disposicio-nes con respecto al trabajo infantil. Tres decada diez confundían la Convención con unconvenio de la OIT. Poco más de la mitadsabían que el Convenio núm. 138 sobre la edadmínima es uno de los convenios fundamenta-les de la OIT. Una tercera parte tenía algunaidea de las disposiciones de dicho Convenio ytambién una tercera parte sabía que sugobierno lo había ratificado.

Participación insuficiente en la campañainternacional contra el trabajo infantil

El trabajo infantil es un problema globalque merece interés mundial. En los últimosaños se acumulan los ejemplos de cómo lacomunidad internacional, incluidos los gobier-nos, los sindicatos, los empleadores y la socie-dad civil, asumen una responsabilidad activacon respecto a este problema, lo que ha permi-tido presionar de forma eficaz a los gobiernosmenos dispuestos a adoptar una política total«antitrabajo infantil». La campaña internacio-

nal constituye también un esfuerzo por fomen-tar la solidaridad internacional y garantizar unentorno comercial justo en el que se respetenplenamente los derechos básicos de los sindi-catos y los trabajadores. Sin embargo, los sin-dicatos de los países en desarrollo rara vezestán bien informados acerca de lo que signifi-can estas medidas y de sus consecuencias.

i) Aunque la gran mayoría de los dirigentessindicales de Tailandia y Viet Nam y, en menorgrado, de Indonesia convinieron en que el tra-bajo infantil debería ser objeto de atención mun-dial y de que se trataba de un problema global,la opinión que muchos tenían de la campañainternacional contra el trabajo infantil diferíadel punto de vista predominante entre los diri-gentes sindicales de los países industrializados.Para muchos estos problemas seguían siendoconceptos extraños que tenían una connotaciónde medidas «occidentales» y «proteccionistas».Existe la clara preocupación de que algunas deestas medidas puedan afectarlos negativamentey aumenten la pobreza y el desempleo.

ii) Casi todos los dirigentes sindicales deViet Nam, pero sólo algo más de la mitad de losque respondieron en Tailandia e Indonesia, tie-nen un conocimiento básico del significado de lacláusula social. En general, muy pocos poseenun conocimiento a fondo de esta cuestión.

iii) En sólo una tercera parte de las res-puestas se expresó la opinión de que las cues-tiones de los derechos humanos y de lostrabajadores deberían tenerse en cuenta por lasmultinacionales al seleccionar a sus interlocu-tores locales, y muy pocos habían oído hablarde códigos de conducta. Los que los conocíanopinaron en general que esas directrices erandemasiado occidentales, no tenían suficiente-mente en cuenta la situación local y podíanperjudicar los intereses del país.

Recomendaciones para hacerfrente a los problemas

Algunas sugerencias estratégicas

i) Centrarse inicialmente en un pequeñonúmero de actividades. Teniendo en cuenta laslimitaciones con que se enfrentan la mayorparte de los sindicatos de los países en desarro-llo, incluida su limitada capacidad financiera,técnica y estructural, será preciso estableceresferas de acción prioritaria. Para ello debenconsiderarse en primer lugar las prioridades y

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Mejorar la corriente de información

Hay varias maneras de mejorar la corriente de información a disposición de los dirigentes sin-dicales. Para que sea accesible a todos, en primer lugar y ante todo es preciso simplificar el len-guaje y traducir los textos a los idiomas locales.● Las organizaciones sindicales internacionales, así como la Oficina de Actividades para los Tra-

bajadores de la OIT, podrían difundir con mayor regularidad entre sus organizaciones afilia-das información sobre los acuerdos internacionales, las resoluciones, las orientacionesestablecidas como códigos de conducta, las sanciones comerciales, las normas internaciona-les del trabajo y otros convenios, o cualesquiera otras medidas internacionales pertinentespara luchar contra el trabajo infantil.

● Las organizaciones sindicales internacionales y la OIT pueden fomentar enfoques innovado-res garantizando la pertinencia de las iniciativas de los sindicatos locales y dándolas a cono-cer de forma que los éxitos puedan imitarse, ajustarse o perfeccionarse. Aunque esto puedehacerse mediante el apoyo de cursillos prácticos regionales o becas, también pueden utili-zarse métodos más baratos. Sería posible publicar boletines o establecer otros mecanismoscolectivos, apoyados mediante el asesoramiento técnico de las organizaciones internaciona-les que podrían coordinarlos. Esta información tiene que estar disponible en los idiomasnacionales con el fin de que pueda llegar a los dirigentes locales y de nivel de fábrica.

● El establecimiento de una dependencia y centro de coordinación sobre el trabajo infantil enlos sindicatos facilitaría la coordinación con otros sindicatos y organizaciones, pero para serefectivas estas dependencias tienen que disponer de recursos financieros y humanos, y vin-culaciones con otros departamentos pertinentes de sus respectivas organizaciones, y es pre-ciso formar al personal necesario.

necesidades determinadas por los sindicatos,utilizando ante todo su fuerza en los aspectosque resulten más evidentes. Como se indica enla encuesta, las primeras medidas podríanadoptarse en la esfera de la sensibilización.

ii) Incorporación gradual de las actividadespróximas a su mandato. Los sindicatos deberíanproporcionar ayuda, información práctica yorientaciones cuando presionen políticamentey preparen cláusulas de convenios colectivos ymovilizaciones, ya que a menudo su falta departicipación es lo que les impide adoptarmedidas en estas esferas. Por ejemplo, podríanpreparar listas, directrices, etc.

iii) Adopción de un punto de vista que especifi-que claramente la función social y política de lossindicatos. La lucha contra el trabajo infantilresulta aún más pertinente cuando se observadesde el punto de vista del fomento de lademocracia y la lucha por una sociedad mejory contra la pobreza y la desigualdad.

iv) Desarrollo de estrategias alternativas para lle-gar al sector no estructurado. El trabajo infantil flo-rece en especial en los sectores en que lossindicatos no están representados, por ejemplo,en el trabajo en régimen de subcontratación.

Formación en lo que respecta a cuestiones sindicales generales

● Cómo integrar las cuestiones de trabajo infantil en los programas de estudio existentes enmateria de educación de los trabajadores.

● Cómo negociar con los empleadores cuestiones relativas al trabajo infantil y presionar polí-ticamente a los gobiernos y a otros grupos sobre las medidas nacionales e internacionalesencaminadas a luchar contra el trabajo infantil.

● Cómo hacer frente al cambio. Impartir cursos participativos centrados en la capacidad deresolver el problema y crear ideas, lo que podría aumentar la capacidad de los dirigentes sin-dicales de participar activamente en la lucha contra el trabajo infantil. Además de mejorar sucapacidad de ocuparse de las cuestiones relativas al trabajo infantil, alentaría los enfoquesinnovadores y despertaría el entusiasmo por nuevas actividades.

● Cómo mejorar la red de participación y maneras de reforzar las estructuras institucionalespara que se ocupen con mayor eficacia del trabajo infantil.

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Mejorar la corriente de información

Se requieren esfuerzos explícitos paramejorar la participación activa de los sindica-tos en los foros nacionales e internacionalesdedicados al trabajo infantil. Los sindicatostienen que participar activamente en la prepa-ración de políticas y medidas sindicales inter-nacionales.

Necesidades en materia de formación

A nivel local, los sindicatos podrían incluirsistemáticamente las cuestiones del trabajo

infantil en los programas de educación obrera,algunos de los cuales podrían requerir cursosindependientes de formación y otros incorpo-rarse con eficacia en los programas ya existen-tes. La OIT y las organizaciones internacionalesde trabajadores podrían ayudar de formaactiva facilitando a los sindicatos módulossobre diversos temas, incluida informaciónsobre disposiciones y procedimientos de lasnormas internacionales del trabajo, para su tra-ducción a los idiomas locales. Cuando pro-ceda, también podrían realizar o financiarcursos de esta clase, pero los propios sindica-tos tendrían que ponerse al frente de ellos.

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Esferas concretas en que los sindicatos tienen que desarrollarconocimientos prácticos para luchar con eficacia contra el trabajo infantil

● Cómo llevar a cabo investigaciones sobre los problemas relacionados con el trabajo infantil.La OIT podría impartir cursos prácticos en los que aprender a aplicar métodos rápidos de eva-luación.

● Cómo preparar y aplicar programas eficaces de sensibilización.● Cómo preparar y llevar a cabo campañas.● Cómo preparar y aplicar programas de acción concretos en beneficio de los niños que traba-

jan (algunos módulos preparados en el marco del IPEC podrían traducirse a idiomas locales).

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El sector de la hostelería, la restauración y elturismo emplea aproximadamente a 212 millo-nes de trabajadores, es decir, más del 10 porciento de la fuerza laboral mundial corres-ponde a este sector. En el año 2005 el númerode empleados en este sector alcanzará aproxi-madamente la cifra de 338 millones de perso-nas. En muchos países en desarrollo elturismo representa gran parte de los puestosde trabajo, los ingresos personales y los ingre-sos de exportación. Se trata de un sector conuna enorme diversidad, que oscila desdehoteles de lujo y restaurantes de elevadonivel en el sector estructurado hasta pensio-nes baratas y tenderetes de comida en lascarreteras, en el sector no estructurado. Lasbajas remuneraciones y la falta de controlesfiguran entre las principales razones por lasque en este sector trabajan muchos jóvenes yniños en todos los países, pero en especial enel mundo en desarrollo. El sector también secaracteriza por registrar una de las formasmás intolerables de explotación sexual comer-cial del trabajo infantil.

Características del trabajo infantilen el sector de la hostelería,la restauración y el turismo

Tipos de trabajo infantil

Los niños que trabajan en este sector estánempleados en gran variedad de ocupaciones:

● en los hoteles, como botones, camareras,doncellas, personal de acogida, ayudantesen terrenos de golf, etc.

● en los restaurantes, como camareros o fre-gando platos, etc.

● en el turismo, como bailarines, auxiliaresde la playa, guías o vendedores ambulan-tes, o recogiendo pelotas de golf, etc.

Explotación del trabajo infantil

El trabajo infantil en la industria turísticasuele relacionarse con la explotación sexual delos niños, lo que constituye una forma intolera-ble de trabajo. Tener atractivo, especialmentecuando se trata de mujeres, y ser joven consti-tuye un componente importante para conseguirempleo. Esto ocurre incluso en bares, cafés o res-taurantes perfectamente normales en los que laapariencia y los buenos modales de los emplea-dos se considera contribuyen al disfrute y a lafidelidad del cliente. En algunos clubes noctur-nos y bares la atmósfera existente no sólo facilitalos contactos sociales sino también los sexuales.

Prostitución infantil

Conferencias internacionales como las cele-bradas en Estocolmo (1996) y Amsterdam(1997) han permitido expresar la preocupaciónmundial existente sobre el tema de la prostitu-ción infantil. No obstante, este problema no seconoce en toda su extensión. Por ejemplo, lasestimaciones correspondientes a Tailandia en loque respecta al número de personas de menosde 16 o 18 años que se ganan la vida, entre otrascosas, vendiendo sus favores sexuales oscilanincompresiblemente entre 2.500 y 800.000.Según informaciones procedentes de países gra-vemente afectados por el SIDA, los clientesmasculinos muestran cada vez mayor preferen-cia por parejas jóvenes en el comercio sexual. Enlos últimos años la aparición de un «turismosexual» ha recibido amplia atención internacio-nal. Se trata del aspecto negativo del turismoque más ampliamente se ha dado a conocer.

Niños de la calle

El grupo de niños conocido como «niños dela calle» obtiene gran parte de sus medios devida de los turistas. Al trabajar en la economía«al aire libre», se dedican a ocupaciones comolas de vendedor ambulante, chatarrero, limpia-botas o vendedor de flores, o a aparcar coches.

Mano de obra infantil en el sectorde la hostelería, la restauración y el turismo

Gert A. GustDirector IPEC

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Causa y efecto del trabajo infantil

Factores que lo fomentan

La pobreza es el principal factor que fomentael trabajo infantil en el sector de la hostelería, larestauración y el turismo o en actividades cone-xas. Por ejemplo, en la India existen intermedia-rios y contratistas que actúan entre las familiasy los propietarios o directores de los hoteles yofrecen a los padres anticipos sobre los salariosque oscilan entre 320 y 1.200 dólares estadouni-denses. Otros factores que influyen son la igno-rancia y el analfabetismo de las familias ensituación de riesgo, las rupturas familiares y losvalores inherentes a determinadas culturas quepueden influir activamente en la incorporaciónde los niños al mercado laboral.

Factores que atraen

La oportunidad es el principal «factor queatrae» a los niños que se incorporan al sector dela hostelería, la restauración y el turismo. Aun-que la remuneración es escasa e incierta, laspropinas pueden mejorarla notablemente. Lasdemás posibilidades económicas al alcance delos jóvenes pueden ser escasas o inexistentes.Según un estudio realizado en la costa deKenya, entre los niños de la playa se observó latendencia a rechazar la disciplina de la familiay la mezquita, y a favorecer el «escenario turís-tico». En Acapulco (México) un estudio señalóque a muchos jóvenes les gustaba frecuentarlos bares y discotecas a los que iban turistas.Entre los niños de la calle que se dedican alcomercio sexual en Dakar (Senegal) algunasniñas informaron de que podían ganar hasta90 dólares estadounidenses, en comparacióncon los 17 dólares que obtenían mendigando.

Peligros para la salud

Muchas ocupaciones en el sector de los via-jes, el espectáculo y el turismo son peligrosaspara los jóvenes y amenazan su salud, seguri-dad y moral. Así se deduce de estudios apoya-dos por la OIT realizados en Filipinas, Kenya,México y Sri Lanka.

Al trabajar en el sector del turismo, los niñossufren toda clase de peligros físicos, ya sea enforma de enfermedades concretas, un menor cre-cimiento y pérdida de bienestar. El trabajo en lascocinas es especialmente duro ya que requierecortar continuamente alimentos, lo que presentaun elevado riesgo de accidentes acompañado delargas horas de trabajo y condiciones en generaldesfavorables para la salud de los niños.

Además, los malos tratos por parte declientes influyen en la autoestima y dignidadde los niños y corren el peligro de provocardaños psicológicos duraderos. Los serviciossexuales hacen correr el peligro de contraerenfermedades. Las drogas son otro riesgo queacompaña a los servicios sexuales. Según niñosde la calle que se dedican a estos servicios, elconsumo de disolventes, alcohol, tabaco y aveces marihuana y cocaína suele mitigar elhambre y hacer olvidar las dificultades de lavida en la calle. Según todos los indicios, lasniñas sufren más daños psicológicos que losniños como consecuencia de los abusos sexua-les y de la separación de sus madres. En lo quese refiere a los efectos psicológicos del trabajorelacionado con el sexo, cabe citar los efectosde la marginación social y la mala fama.

Costo social del trabajo infantil

Aunque no se han cuantificado, los costossociales, educativos y culturales del trabajoinfantil en la industria turística se consideranenormes. Suele considerarse que la pérdida deposibilidades de educación tiene importantesconsecuencias negativas para el desarrollo delniño. En un estudio de Kenya se llegó a la con-clusión de que el 35 por ciento de los niños quetrabajan preferirían volver a la escuela y pre-pararse para llevar una vida normal y teneruna profesión. Algunos comentaristas han acu-sado al turismo de rupturas familiares y de ladesintegración de las relaciones entre hombresy mujeres y entre jóvenes y viejos.

Vulnerabilidad del sector de lahostelería, la restauración y el turismo

El indicado sector, que está orientado haciala exportación, es muy vulnerable y sensible ala opinión pública. La atención mundial de losmedios de comunicación y de las conferenciasinternacionales sobre la explotación sexualcomercial de los niños ha empañado la imagende la industria turística. La persecución de los«turistas sexuales» y de los delincuentes de estetipo empieza a incorporarse en las legislacionesy ya se ha iniciado la represión y la cooperacióninternacional. Existe el peligro de que se pro-duzcan boicoteos.

Responsabilidad del sector de lahostelería, la restauración y el turismo

Esta industria tiene que encontrar formasy maneras de controlar y eliminar el trabajo

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infantil y adoptar medidas sobre todo afirma-tivas con respecto a su forma más intolerable,es decir, la explotación sexual comercial de losniños.

Estrategias de la OIT y de losprogramas del IPEC para lucharcontra el trabajo infantil

En su calidad de principal instrumentooperativo para ayudar a esos niños, el Pro-grama Internacional de la OIT para la Erradi-cación del Trabajo Infantil (IPEC) está actuandoa un nivel de escala e intensidad sin preceden-tes. Está ejecutando más de 700 proyectos enmás de 40 países de Asia, Africa y AméricaLatina. Reconociendo que la adopción demedidas contra el trabajo infantil correspondeprincipalmente a los propios países, el IPECcentra su labor en el establecimiento y fortale-cimiento de la capacidad y los recursos nacio-nales en cuatro principales esferas de acciónque se indican a continuación.

Se apoya a las organizaciones participantespara que preparen y apliquen medidas quepodrían utilizarse para luchar contra el trabajoinfantil en los cuatro frentes siguientes: evitarque trabajen los niños, impedir que los niñosdesempeñen trabajos peligrosos, facilitar alter-nativas, y mejorar las condiciones laborales comomedida de transición hasta la supresión totaldel trabajo infantil. Se aplica una estrategia mul-tisectorial y gradual, mediante lo siguiente:

● preparación de políticas y programas nacio-nales integrados, centrados en especial endeterminados grupos fijados como objetivoque requieren medidas prioritarias;

● reformas legislativas y aumento de larepresión legal;

● investigación, control, reunión y análisis dedatos, y concienciación; y

● movilización de una amplia alianza compuestapor todos los interlocutores interesados:gobierno, organizaciones de empleadores ytrabajadores, organizaciones no guberna-mentales, instituciones de educación, mediosde comunicación y otras asociaciones profe-sionales que ayuden a llevar a cabo proyec-tos demostrativos para desarrollar con éxitomodelos y estrategias.

Ejemplo de programas de accióndel IPEC

Para citar sólo algunos ejemplos, el IPEC,desde que se inició en 1992, ha proporcionadoapoyo económico y técnico para las siguientesactividades encaminadas a erradicar el trabajoinfantil en la industria turística:

i) La Sociedad para el Bienestar del Niñode Kenya estableció centros de rehabilitaciónpara niñas de la calle que trabajaban principal-mente como prostitutas en Nairobi, Mombasay Bungoma. Estos centros de socorro sirvieronde asilo temporal a muchachas que trabajabanen condiciones peligrosas y perjudiciales parasu salud, su moral y su desarrollo físico. Elobjetivo de este programa era reforzar la redde organizaciones que se ocupan de lasmuchachas que trabajan y de las que viven enla calle, y mejorar su capacidad mediante laformación de trabajadores sociales.

ii) En Filipinas, el IPEC apoyó al Departa-mento de Trabajo y Empleo en la realizaciónde un programa integrado de prevención yprotección destinado a los niños que trabajanen la industria turística, del ocio y de la hoste-lería en la región I. Dicha región es conocidapor sus establecimientos de playa y turísticosque emplean en su mayor parte a mujeres,incluidas muchachas jóvenes. No se ha podidoevitar la amenaza social que constituye la pros-titución infantil y la pederastia.

iii) En Tailandia el IPEC apoyó el Pro-grama de Desarrollo y Educación para Mucha-chas y Centro Comunitario. En 1994 y 1995este proyecto protegió a jóvenes pertenecientesa minorías tribales pobres del norte de Tailan-dia para que pudieran evitar el trabajo forzoso.Durante la fase inicial (1993-1994), cien mucha-chas recibieron capacitación y formación y seles alentó a que constituyeran sus propios gru-pos de apoyo y volvieran a sus comunidadesde origen. Se mejoró la cooperación entre orga-nismos de la administración local, empresas,organizaciones no gubernamentales, maestrosy familias con el fin de evitar que mano deobra infantil emigrara de las zonas rurales a lasurbanas en busca de trabajo.

En la fase actual, un mayor número demuchachas se ha beneficiado de estos progra-mas, que incluyen formación profesional, edu-cación no formal, capacitación en dirección degrupos y concienciación a nivel comunitario.Gracias a una mayor colaboración entre lasorganizaciones no gubernamentales, el sector

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empresarial, los dirigentes comunitarios, mon-jes y el público en general, este programa seconvirtió en un esfuerzo provincial verdadera-mente sostenible destinado a evitar el trabajoinfantil. En cooperación con el Ministerio deEducación, el IPEC inició un programa paraproporcionar conocimientos profesionales úti-les a muchachas en situación de riesgo.

iv) Siguiendo el modelo tailandés existenactualmente programas similares en el Brasil yse están preparando otros en Sri Lanka.

v) A nivel regional, en Asia meridional yen la cuenca del Mekong se están llevando acabo dos programas subregionales contra eltráfico de niños.

Posibles iniciativas delos principales interlocutores

Gobiernos

● Ocuparse de las cuestiones relativas al tra-bajo infantil en los planes generales de hos-telería, restauración y turismo.

● Ratificar el Convenio sobre el trabajo for-zoso (núm. 29) de 1930 y el Convenio sobrela edad mínima (núm. 38) de 1973.

● Aplicar la legislación sobre el trabajo infan-til proporcionando formación a los inspec-tores de trabajo e imponiendo sancionescontra toda clase de explotación infantil.

● Rehabilitar y reintegrar a los niños que handejado de trabajar.

● Proporcionar a todos educación primariaobligatoria, gratuita y de calidad.

● Aplicar programas de mitigación de lapobreza.

● Proporcionar infraestructuras, y serviciosde salud y de saneamiento.

Sector de la hostelería, la restauracióny el turismo

● Suprimir de inmediato las formas más into-lerables de trabajo infantil, por ejemplo laexplotación sexual comercial.

● Preparar códigos de conducta de las empre-sas para evitar el trabajo infantil.

● Cumplir la legislación nacional sobre tra-bajo infantil.

● Apoyar las actividades que proporcionan for-mación útil para el trabajo, tanto a los niñosen edad de trabajar como a sus familias.

● Aplicar programas innovadores que garan-ticen pleno y adecuado empleo a los que lonecesitan para vivir.

● Llevar a cabo una comercialización y publi-cidad turística responsable.

● Concienciar al personal turístico sobre losderechos del niño.

Sindicatos de trabajadores

● Incluir cláusulas en los convenios colectivospor las que se prohíba el trabajo infantil.

● Negociar en los convenios colectivos mejo-res condiciones de trabajo para los adultos.

● Fomentar los programas de concienciaciónde los trabajadores.

● Abogar a favor de la creación de otrasopciones para el empleo y la educación delos niños que trabajan y sus familias.

Consumidores / turistas

● Fomentar un turismo justo.

● Concienciar a los turistas acerca del trabajoinfantil y la explotación de los niños en susdiferentes formas.

La comunidad internacional

● Concienciar y adoptar planes de acción yresoluciones en las conferencias interna-cionales.

● Cooperar con INTERPOL.

● Aumentar los recursos destinados a pre-vención, retiro y rehabilitación en el marcodel Programa Internacional de Erradicacióndel Trabajo Infantil.

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Trabajo peligroso y trabajo forzoso

Los niños que viven en colectividadespobres y rurales hacen frente a los mayoresriesgos derivados del trabajo agrícola peli-groso y explotador. Los riesgos son numero-sos. Los niños recogen cosechas que todavíacontienen plaguicidas o pulverizan los produc-tos químicos ellos mismos. Según diversosdatos obtenidos de Sri Lanka, la muerte pro-ducida por envenenamiento de plaguicidas essuperior a la provocada por otras enfermeda-des infantiles, como el paludismo o el tétanos.Los niños se enfrentan a serpientes e insectosvenenosos, cortan ellos mismos los tallosduros y usan herramientas infectadas. Debidoa que madrugan para ir a trabajar en ambien-tes húmedos y fríos, frecuentemente descalzosy vestidos de forma inadecuada, eston niñossufren catarros crónicos y neumonías. Lashoras que pasan en el campo son largas: de 8 a10 horas diarias.

Los problemas de la piel, los ojos o nervio-sos los sufren los niños que están expuestos aproductos químicos agrícolas o que trabajan enel procesamiento de cultivos, como la pita/cabuya/sisalana. Aquellos que recolectantabaco en Tanzanía sufren náuseas, vómitos ydesmayos por envenenamiento de la nicotina.Por otra parte, las constantes cargas pesadas ylas repetidas presiones pueden llegar a lesionar,con carácter crónico, las columnas vertebralesen fase de crecimiento.

Sería erróneo pensar, de forma sistemática,que los niños que trabajan en pequeños «culti-vos familiares» no se enfrentan a riesgos. Enmuchos países, los cultivos de este tipo produ-cen tantos o incluso más granos y/o productosfrescos que los de mayor tamaño, probable-mente utilizan pequeña maquinaria y recurrenfrecuentemente al uso de plaguicidas. Con todaprobabilidad, los pequeños cultivos abusan delos productos químicos tanto como las grandes

empresas comerciales, debido a la falta de edu-cación y formación respecto a su uso.

A los niños se les incluye con frecuencia enla mano de obra familiar contratada por lasgrandes empresas exportadoras. En aquellasen las que funciona el sistema de cuotas o detrabajo a destajo, se sabe que los niños traba-jan aunque no están formalmente contratados.Cuando los subcontratistas utilizan el trabajoeventual en las plantaciones con sistema detrabajo a destajo, recurren con frecuencia a losniños como mano de obra barata, los cualespueden realizar tareas peligrosas. La direcciónpuede alegar, en tales situaciones, que ellos noson directamente responsables de la salud yseguridad de los niños trabajadores. Dado elenorme incremento de la utilización de trabajoen régimen de subcontratación en todo elmundo, el recurso al trabajo infantil en los cul-tivos y plantaciones es probable que continúesiendo frecuente.

Un gran número de niños de todo elmundo están obligados a trabajar en el sectoragrícola. Probablemente la agricultura cuentecon más trabajo forzoso infantil que el sectorde la manufactura. La esclavitud en garantía,localizada fundamentalmente en Asia del Sury América Latina, es una forma moderna deesclavitud mediante la cual, a cambio de unadelanto de dinero o un crédito, una personaofrece su mano de obra, o la del niño, por unperíodo indefinido. Algunas veces, se entregaen garantía únicamente al niño, el cual se con-vierte en una mercancía del proceso.

La esclavitud en garantía se encuentrageneralmente localizada en las zonas ruralesdonde todavía existen las clases tradicionales,las estructuras de castas o las semifeudales.Las familias que carecen de tierras o que ape-nas poseen, así como los trabajadores migran-tes, son particularmente vulnerables a este tipode esclavitud, debido a que no tienen otrasfuentes alternativas de crédito. Asimismo, la

El trabajo infantil en la agricultura

Alec FyfeConsultor

OIT

El siguiente pasaje se ha obtenido de la publicación tituladaCosechas duras: el trabajo infantil en la agricultura, del autor Alec Fyfe, de abril 1997,

elaborado en el contexto del proyecto INT/96/MO6 NOR, de la OIT.

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esclavitud en garantía aparece con frecuenciaen los acuerdos con terratenientes y aparcerosdescritos anteriormente. Cuando los salariosresultan insuficientes para cubrir los gastosbásicos, como comida, herramientas o semi-llas, las familias de arrendatarios y aparceros amenudo confían en los terratenientes para laobtención de préstamos u otras formas de ade-lanto de dinero.

Además de los informes sobre trabajo for-zoso en el sector agrícola, existen formas detrabajo forzoso infantil en las industrias decomercio de pescado de Indonesia, Filipinas,India, Pakistán y Sri Lanka. El trabajo forzosoen la agricultura de comercio se puede encon-trar asimismo en el cultivo de ratán en Filipi-nas, de caña de azúcar y caucho en el Brasil, yde verduras y hortalizas en Honduras y Sudá-frica. Estos casos se encuentran también en laagricultura de pequeña escala.

¿Qué se puede hacer?

La respuesta tradicional al trabajo forzosoha consistido en la mejora de la legislación y elcumplimiento de las medidas tomadas. Sin

embargo, especialmente en las regiones endesarrollo, la protección legal efectiva no seextiende más allá de las áreas urbanas y delsector formal. Conviene tener en cuenta que elConvenio sobre la edad mínima (núm. 138),de 1973, excluye explícitamente de sus dispo-siciones las «propiedades familiares y depequeña escala que producen para consumolocal y que no emplean regularmente mano deobra contratada». La mayor parte de la legisla-ción nacional es un reflejo de este punto devista y excluye la agricultura. Además, dadala naturaleza geográfica dispersa de la agricul-tura, no se puede esperar que la legislaciónsobre el trabajo infantil y los servicios de ins-pección del trabajo del sector público tenganuna cobertura superior a la de las grandes plan-taciones comerciales. En este sentido, cabríapreguntarse si constituiría una utilización ren-table de los limitados recursos el intentar eincluso tratar de lograr una mayor cobertura.A este respecto, se deberían desarrollar otrosmedios para proteger a los niños del trabajoen los pequeños cultivos.

Resulta esencial, en este sentido, la educa-ción y movilización de la población. La tarea

Cuadro 1. La Confederación Nacional de Trabajadores Agrícolas (CONTAG)

La mayoría del trabajo infantil en el Brasil se encuentra localizado en la agricultura, dondelos sindicatos también han sido activos, y más concretamente la Confederación Nacional de Tra-bajadores Agrícolas (CONTAG). La CONTAG reúne a 24 federaciones estatales y 3.200 sindicatosque representan a 9 millones de trabajadores agrícolas pertenecientes al Movimiento Sindical deTrabajadores Rurales (MSTR). La CONTAG es responsable de la coordinación nacional de lasacciones relacionadas con la representación y defensa de los intereses de los trabajadores agrí-colas, incluyendo los asalariados (temporales y permanentes) y los pequeños tenedores de tie-rras (propietarios, ocupas, arrendatarios y aparceros). Las principales actividades de la CONTAGson la orientación, organización y reclamaciones relacionadas con la subcontratación de manode obra (salarios, aplicación de la legislación, etc), la formulación y desarrollo de las políticasagraria y agrícola, la seguridad social, y las políticas de salud y educación. Sus prioridades son lasnegociaciones colectivas de los subcontratos de mano de obra, la reforma agraria y la organiza-ción nacional de los pequeños tenedores de tierras.

El «Programa sobre los Niños Trabajadores» de la CONTAG comenzó sus actividades en1992/93 bajo el Programa IPEC. Las actividades se localizaron en 88 municipios de los Estados dePernambuco, Paraiba, Rio Grande do Norte (noreste del Brasil), Mato Grosso (centro) y Paraná(sureste), áreas en las que se encuentran la mayor parte de los trabajadores rurales.

Los principales objetivos del programa de acción fueron la creación y divulgación de la infor-mación relativa a los derechos de los niños trabajadores rurales, la formación de los sindicalistasy el control de la mejora de las cláusulas de los acuerdos colectivos. El proyecto produjo 10.000copias de un folleto sobre los derechos de los niños trabajadores rurales, impartió cinco cursosde formación a 150 líderes sindicales, y controló y creó siete programas de radio destinados alfomento de la sensibilización mediante su red de 160 estaciones de radio locales. El éxito de losprogramas de radio fue superior al esperado.

La experiencia en la lucha contra el trabajo infantil en la agricultura contribuyó a un incre-mento de la concienciación de los sindicatos y de los líderes sociales. Este programa de acciónreunió, asimismo, a los padres y niños trabajadores para discutir el tema de las condiciones devida y trabajo de los niños en las zonas rurales.

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consiste en dirigir los mensajes relativos al tra-bajo infantil a la más amplia población rural y alos gobiernos. Una clave del diseño de las cam-pañas de concienciación pública debe consistiren el reconocimiento de que resulta ilusorioconsiderar el trabajo infantil en la agriculturacomo forzosamente menos perjudicial que elurbano. Al contrario, el trabajo en los cultivosfamiliares puede exigir en exceso a los niños,como las largas jornadas de trabajo, lo que lesimpide asistir al colegio, y supone efectos per-judiciales posteriores para sus cuerpos en desa-rrollo. Además, dicho trabajo puede impedir alos niños el disfrute de sus derechos y el desa-rrollo de su pleno potencial.

Resulta asimismo necesario acceder y educaral sector rural respecto a las alternativas existen-tes al trabajo infantil y, en particular, en lo rela-tivo a la educación de todos los niños. El hechode ampliar y mejorar la escolarización de lospobres – especialmente de las niñas – es la únicaforma efectiva de terminar con el flujo de niñosen las diferentes formas de trabajo abusivo.

La población rural disfruta de los peoresservicios educativos. Por lo tanto, se tienenque hacer particulares esfuerzos para garanti-zar disposiciones adecuadas, así como mejorasde la calidad, flexibilidad y significación de laeducación, que conlleven un incremento de lassolicitudes de educación por parte de lospadres que carecen de medios económicos. Sedeben encontrar incentivos para acabar con latradición rural de trabajo infantil a costa deldesarrollo del niño.

¿Qué pueden hacer los trabajadoresrurales y sus organizaciones?

La capacidad de los sindicatos para perca-tarse y responder al problema del trabajoinfantil depende, obviamente, de su grado deorganización. Sin embargo, más que esperar aque ellos mismos se concentren para actuar encontra del trabajo infantil, las organizacionesde trabajadores pueden utilizar las campañasde trabajo infantil como un medio para conse-guir sus objetivos. En realidad, la consecuciónde los objetivos sindicales principales – tra-bajo, aumentos salariales, mejoras de las con-diciones de trabajo, no discriminación en elempleo – son los que realmente pueden ayu-dar a combatir el trabajo infantil.

La participación activa de los sindicatospara combatir el trabajo infantil requiere unapropuesta detallada que comprenda: la inclu-sión del tema en la agenda política, el desarrolloestructural, la investigación y divulgación delas distintas formas de trabajo infantil agrícola yde aquellas que suponen un mayor riesgo paralos niños, la constitución de alianzas con otrostanto dentro como fuera del movimiento labo-ral, la presión para lograr una mejora de lasmedidas de protección infantil y la defensa delderecho de los niños a la educación.

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Actualmente, los diamantes, gemas y joyasrepresentan la mayor partida de exportaciónde la India con un porcentaje que del 1 porciento en 1960-1961 pasó al 17 por ciento en1994-1995.

Entre sus diferentes componentes, los dia-mantes representan, en volumen, aproximada-mente el 85 por ciento. En la India se corta ypule el 70 por ciento de la producción mundialde diamantes expresada en peso, y el 40 porciento expresada en valor. La mayoría de losdiamantes en bruto provienen del extranjero.En la India se trabajan diamantes pequeñosempleando métodos tradicionales con abun-dante mano de obra. Aproximadamente unmillón y medio de personas están empleadasen la industria del diamante, en su mayor parteen el sector no estructurado. Los comerciantesmás importantes tratan a menudo de eludir lasdisposiciones contenidas en la Ley de Fábricas,dividiendo sus propiedades en numerosas uni-dades pequeñas, en teoría de diferentes propie-tarios. De esta manera es difícil identificar alempleador. En 1996 una encuesta mostró que lamayoría de los trabajadores no conocen elnombre de su verdadero empleador ni del esta-blecimiento en que trabajan.

Un sector pequeño pero en rápido creci-miento es el de la elaboración de piedras pre-ciosas. En el mercado mundial, el 95 por cientode las esmeraldas, el 85 por ciento de los rubíesy el 65 por ciento de los zafiros proceden de laIndia. La industria de piedras preciosas no seincluye en la legislación laboral de la India. Eltrabajo se efectúa a destajo con un complicadosistema de intermediarios entre el trabajador yel exportador.

Con algunas excepciones, los lugares de tra-bajo de estas industrias suelen estar congestio-nados, poco iluminados y mal ventilados. Estas

condiciones, junto con horarios largos e irregu-lares, incómodas posiciones de trabajo y conti-nua tensión y fatiga, son causa de enfermedadesy accidentes que afectan a los trabajadores.

Aunque existen sindicatos en estas indus-trias, su tarea es difícil: las relaciones poco cla-ras entre el empleado y el empleador, elsistema de pago a destajo y las grandes dife-rencias salariales, tanto entre los diferentesgrupos de trabajadores como entre sectores,son factores que dificultan la formación de sin-dicatos. Sin embargo, la mayor dificultad laconstituye la fuerte oposición de los emplea-dores contra los sindicatos. Los empleadores,en cambio, están bien organizados y puedenexcluir fácilmente a los trabajadores del mer-cado laboral si les consideran responsables deprovocar conflictos. En muchos lugares de tra-bajo hay guardias de seguridad armados paraproteger las piedras preciosas. A veces, losempleadores recurren incluso a las armas enlos enfrentamientos laborales. El 4 de abril de1996, Shri Prashant Marathe, un trabajador delsector del diamante, resultó muerto cuando eldueño de la empresa y dos guardias de seguri-dad dispararon contra los trabajadores duranteun conflicto laboral. Ocho de sus compañerosfueron gravemente heridos.

Los niños también trabajan en condicionessimilares. En la zona de Surat, uno de cada 10pulidores de diamantes es un niño. Laencuesta que en 1996 se llevó a cabo en elmarco del Proyecto sobre Política Nacional delTrabajo Infantil mostró que en este sector másdel 40 por ciento de los asalariados de las fami-lias eran niños. (Las cifras más elevadas seaplican solamente a las regiones en donde seconcentra mucho el trabajo infantil.) Ademásde los niños que viven en su casa y son envia-dos a trabajar, en Surat hay también niños que

Trabajo infantil en la industria de las piedraspreciosas y el diamante de la India

Chandra Korgaokary Geir Myrstad

Chandra Korgaokar es Coordinador en la India de la Alianza Universal de los Obreros del Diamante(UADW) y Geir Myrstad es agregado a la Oficina de la OIT de Actividades para los Trabajadores en cali-dad de Asesor Técnico Jefe del proyecto de la OIT, financiado por Noruega, titulado «Desarrollo nacional yestrategias internacionales de los sindicatos para luchar contra el trabajo infantil». Ambos asistieron alCongreso Mundial de la UADW celebrado en Tel Aviv (26 a 29 de mayo de 1997). El presente artículorefleja algunos de los temas tratados en el cursillo sobre trabajo infantil que se celebró durante el Congreso.

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viven en los talleres y trabajan desde muypequeños. Estos niños son trabajadores migran-tes procedentes de otras zonas que en sumayor parte llegaron en compañía de trabaja-dores adultos.

Las entrevistas con trabajadores de laindustria del diamante de Surat que obligan atrabajar a sus hijos revelaron que esos padresno son artesanos y que están en lo más bajo dela escala económica y social. Su propio trabajoes muy irregular y depende de que la industriacuente con el suministro de energía: sin electri-cidad, no hay trabajo. Prefieren que sus hijostrabajen en la industria del diamante y puedanadquirir los conocimientos de un artesano aque vayan a la escuela, ya que no confían enque la educación que reciban del sistema esco-lar les ayude a encontrar un trabajo estable.

Los trabajadores que envían a trabajar a sushijos de corta edad están en su mayor parte enlos niveles más bajos de la escala de la industriadel diamante. Los hijos de artesanos, al igualque los de pulidores de diamantes, suelen ir a laescuela algunos años antes de comenzar suaprendizaje, pero los hijos de los propietarios delas empresas y de los comerciantes no trabajancuando son pequeños, aunque normalmente seintegrarán en el comercio del diamante una vezterminada su educación.

No existen estadísticas fiables sobre elnúmero de niños empleados en esta industria.Las estimaciones oficiales y oficiosas varíanentre 10.000 y 20.000. Muchos niños son con-tratados para hacer ghats (piedras toscamentecortadas), labrar, hacer agujeros (agujerear pie-dras) y pulir piedras semipreciosas, pero en laindustria de la piedra preciosa los niños soncontratados en su mayor parte para pegarsobre varillas piedras groseramente talladas ypulir las gemas acabadas con óxidos que nosuponen un riesgo para el producto final.

En la industria del pulimento de gemas a losniños se les contrata teóricamente como apren-dices, pero en realidad proporcionan una manode obra barata. El proceso de aprendizaje durade cinco a siete años. Durante los dos primerosaños el niño no recibe ninguna remuneraciónexcepto en algunas ocasiones y trabaja diezhoras al día. En el momento en que un ustad(patrono) contrata a un niño, ahorra aproxima-damente de 150 a 200 rupias al mes. Pasadosdos años, cuando el niño trabaja realmente y suproducción vale por lo menos de 250 a 300rupias al mes, el patrón ahorra 50 rupias men-suales. Transcurridos tres o cuatro años, cuandoel niño ya ha aprendido a labrar más facetas, sutrabajo vale al menos de 300 a 400 rupias, pero

se le pagan 100 rupias al mes. Cuando tiene 14 o15 años y ya sabe pulir las gemas, gana entre150 y 200 rupias mensuales, mientras que unadulto, por el mismo trabajo, percibe entre 500 y600 rupias. Este es el momento en que el contra-tista prefiere los servicios del niño a fin de obte-ner el máximo beneficio.

El 80 por ciento de los niños se dedican atirar de vehículos de tracción humana (ricks-haw) o trabajan como panaderos, barberos o enempleos semejantes. Los padres dicen que sertrabajador manual es muy duro y no quierenque sus hijos terminen igual que ellos. Prefie-ren enviarlos a pulir gemas para que puedanaprender un oficio más remunerado. La mayo-ría de los entrevistados dijeron que cerca del80 por ciento de los padres cuyos hijos trabajana tiempo completo habían contraído présta-mos a cambio de la seguridad del empleo peroque esos préstamos no excedían generalmentede 500 rupias. Casi el 50 por ciento del total dela fuerza de trabajo infantil en la industria delpulimento de gemas está compuesta por niñoscuyos padres no tienen ingresos fijos, llevanuna vida muy dura, o ambas cosas. Los padresenvían a sus hijos a pulir gemas para evitar quetrabajen como peones o porteadores, conducto-res de bicicletas de transporte o de carruajes detracción humana, etc. Algunos padres conside-ran que la educación es bastante cara y no tienegrandes ventajas, por lo que prefieren que sushijos sean artesanos.

Es evidente que la razón principal por la quelos empleadores de la industria de piedras pre-ciosas y diamantes de la India prefieren trabaja-dores infantiles es que éstos constituyen unamano de obra barata o gratuita. Los ahorrosque supone reemplazar trabajadores adultospor mano de obra infantil son considerables.La industria de piedras preciosas y diamanteses diferente en este aspecto de otras industriasde la India. Un estudio reciente de la OITindicó, por ejemplo, que el ahorro que suponeemplear mano de obra infantil representamenos del 5 por ciento por cada brazalete fabri-cado y entre el 5 y el 10 por ciento por cadaalfombra. Una diferencia de costo tan pequeñapodría sumarse al precio de venta del productoterminado, y los consumidores probablementeestarían dispuestos a pagar más a cambio deque no se utilizara mano de obra infantil enestos sectores.

En la industria de piedras preciosas y dia-mantes la situación es diferente. Esta industriaprobablemente no podría funcionar sin manode obra infantil, a menos que se distribuyerande manera diferente los beneficios entre los

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diferentes operadores de la cadena de produc-ción, o se procediera a reestructurar toda laindustria. De todas formas, probablemente serequiere cierta reestructuración ya que tam-bién es preciso establecer relaciones más clarasque las existentes hoy en día entre empleado-res y empleados.

Durante el cursillo se intentó establecerestrategias que los sindicatos puedan emplearen un esfuerzo conjunto para erradicar el tra-bajo infantil en la industria de las piedraspreciosas y los diamantes de la India. Se esta-blecieron las tres grandes líneas que se indicana continuación.

Primero, el movimiento sindical tiene laclara obligación moral de descubrir y denun-ciar el trabajo infantil en dicha industria. Lascampañas de concienciación pública, especial-mente en países donde existe un importantecomercio de diamantes, deben ser prioritarias.Estas campañas deben llevarse a cabo conhabilidad y siempre complementarse conotras iniciativas. Sus objetivos deben ser alen-tar a los empleadores a que negocien unacuerdo para erradicar el trabajo infantil,hacer campañas para que los gobiernos tomenmedidas y motivar a los consumidores paraque apoyen una acción positiva. Las campa-ñas que tan sólo denuncien que el trabajoinfantil aumenta vertiginosamente en la indus-tria del diamante pueden fracasar y tener porresultado que los consumidores no compren elproducto. La idea de comprar diamantes como

símbolo de felicidad, amor y alegría fue fomen-tada por las campañas publicitarias de las pro-pias industrias, abriendo nuevos y extensosmercados. Una imagen negativa podría fácil-mente debilitar esos mercados, afectando nosólo a la industria sino también a los trabaja-dores y a los niños.

Segundo, la industria del diamante estáestrictamente controlada desde arriba, ya quela distribución de los diamantes en bruto parasu transformación está en manos de unpequeño grupo. Este control puede tambiénutilizarse para reducir el trabajo infantil en laindustria. La negociación de códigos de con-ducta debería ser prioritaria en este terreno.

Tercero, en lo que respecta a los padres, yposiblemente también a los hijos, las posibilida-des profesionales parecen ser la principal razónque les induce a apoyar el trabajo infantil eincluso preferirlo a la escuela. En el sector delas piedras preciosas, los afiliados a la AUTDen el Brasil han abierto centros de formaciónprofesional de pulidores de piedras preciosas.La experiencia demuestra que seis meses sonsuficientes para obtener la habilidad requeridapara pulir gemas. Si se establecieran centros deformación de esta clase, los jóvenes, al final dela escolarización, podrían prepararse en ellos yquedaría claramente demostrado que no esnecesario malgastar la infancia trabajando,explotado en un taller de piedras preciosas,haciendo un trabajo de adulto.

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Desde que empezó el Programa Internacio-nal para la Erradicación del Trabajo Infantil(IPEC) el grupo de los trabajadores del Con-sejo de Administración de la OIT ha destacadola necesidad e importancia de una participa-ción activa del movimiento sindical en la eje-cución del indicado Programa, ya que lossindicatos pueden y deben desempeñar unafunción decisiva en la lucha contra ese tipo detrabajo. Los representantes de los trabajadoresen diversos foros de la OIT también han ins-tado repetidas veces a que el IPEC aumente sucooperación con los sindicatos a los nivelesnacional, subregional y regional.

El IPEC ha cooperado con las organizacio-nes sindicales desde que se inició en 1992. Noobstante, la intensidad de esa cooperación hasido bastante limitada, en especial durante losprimeros años de funcionamiento del pro-grama. El interlocutor más frecuente durantelos dos primeros años de funcionamiento delIPEC fueron las organizaciones no guberna-mentales, lo que es comprensible por cuantodichas organizaciones pueden presentar pro-puestas de programas de acción ya que las quese ocupan de cuestiones relacionadas con eltrabajo infantil pueden concentrarse absoluta-mente en este problema y han adquirido abun-dante experiencia en la ejecución de proyectos.Así, en 1992-1993 más del 60 por ciento de lasactividades del IPEC las llevó a cabo en cola-boración con organizaciones no gubernamen-tales internacionales y nacionales.

Durante el mismo período, el 7,1 por cientodel proyecto se realizó en colaboración con lossindicatos, porcentaje que aumentó al 11,9 porciento en 1994-1995 y al 15,6 por ciento en 1996.La falta inicial de actividades con los sindicatospuede explicarse por el hecho de que éstos, adiferencia de las organizaciones no guberna-mentales, tienen que tratar gran variedad decuestiones que influyen en la vida de los traba-jadores y no resulta razonable esperar que dedi-quen todos sus recursos, ni tan sólo la mayorparte de ellos, a desarrollar actividades relacio-nadas con el trabajo infantil. No obstante, elposterior aumento de las actividades del IPEC

realizadas en colaboración con los sindicatosindica que cada vez mayor número de organi-zaciones sindicales han empezado a considerarque el trabajo infantil constituye un problema yhan presentado propuestas para realizar activi-dades junto con el IPEC. Sin embargo, esteaumento no ha sido suficiente y es preciso hacermucho más para fomentar la participación sin-dical en las actividades del Programa.

Expresado en número de actividades reali-zadas, en sus cinco primeros años de funciona-miento el IPEC (1992-96) ha llevado a cabo untotal de 102 programas en colaboración con lossindicatos, lo que representa el 12,2 por cientodel total. De dichos programas, 60 se ejecuta-ron en Asia ya que la mayoría de países en losque el IPEC era operativo estaban en dichocontinente. Entre los países participantes en elPrograma, la India (22), el Brasil (18) y Bangla-desh (12) registraron el mayor número de acti-vidades con los sindicatos.

¿Qué tipos de actividades puedendesarrollar los sindicatos para lucharcontra el trabajo infantil?

En su calidad de organizaciones de los tra-bajadores, los cuales constituyen la granmayoría de la sociedad, las organizaciones sin-dicales están comprometidas moralmente en elfomento de la justicia social y la lucha contratodas las formas de injusticia, de las que el tra-bajo infantil constituye el peor caso. De hecho,ya a mediados del siglo XIX una organizaciónsindical, la Primera Asociación Internacionalde Trabajadores, convocó una campaña inter-nacional para poner fin al trabajo infantil. Enlos últimos años ha habido renovados y cre-cientes esfuerzos para combatir el trabajoinfantil por parte de los sindicatos, tanto anivel internacional como nacional.

Los sindicatos pueden desempeñar unafunción significativa y diferenciada en la luchapor la supresión del trabajo infantil. Lógica-mente, son los primeros en poder descubrir ydenunciar los abusos graves en esta esfera, alos niveles local, nacional e internacional. Los

El IPEC y los sindicatos

Satoru TabusaOficina de Actividadespara los Trabajadores

OIT

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sindicatos pueden convertirse en abogadoscreíbles en lo que se refiere a proteger a losniños contra la explotación y los malos tratosen el lugar de trabajo, reuniendo pruebasdocumentales acerca de casos concretos de tra-bajo infantil y sus efectos sobre los menores deque se trate. Los sindicatos se encuentran espe-cialmente bien situados para proteger a losniños que trabajan y abogar en favor del dere-cho del niño a una educación apropiada, afir-mando al mismo tiempo el derecho de lostrabajadores adultos a una remuneración ade-cuada, reduciendo así la dependencia de lasfamilias pobres respecto del trabajo de losniños. También pueden comunicar a grannúmero de trabajadores adultos y a sus fami-lias la importancia de fomentar la educaciónde los hijos, protegerlos contra los peligroslaborales y evitar en lo posible una entradaprematura en el mercado de trabajo. Los sindi-catos, en su calidad de importante grupo depresión, tienen una importante función no sólocon respecto a sus empleadores en la negocia-ción colectiva en el lugar de trabajo sino tam-bién en asociación con otros como parte de losesfuerzos generales de movilización y sensibi-lización a nivel nacional e internacional.

Medidas adoptadas porlos sindicatos en colaboracióncon el IPEC a nivel nacional

La mayoría de las actividades realizadaspor los sindicatos en colaboración con el IPECpueden dividirse hasta ahora en las dos cate-gorías siguientes: concienciación y accióndirecta a favor de los niños que trabajan. Lamayor parte de las actividades de conciencia-ción han estado dirigidas a los funcionarios ymiembros sindicales. Algunos sindicatos tam-bién han realizado campañas de conciencia-ción dirigidas al público en general. Lasencuestas sobre el trabajo infantil realizadaspor organizaciones sindicales pueden conside-rarse asimismo actividades de concienciación.

La acción directa por parte de los sindicatospara proteger a los niños que trabajan se hallevado a cabo principalmente en forma de edu-cación no formal, enseñanza de oficios y ense-ñanza profesional infantil, ya sea organizandoclases en el sector en que trabaja el grupo deniños de que se trate o bien construyendo unapequeña escuela. Algunos sindicatos han contri-buido a que algunos niños abandonaran traba-jos realizados en condiciones peligrosas.

En este artículo se incluyen algunos efectosde las actividades sindicales llevadas a cabo

con el apoyo del IPEC. Los ejemplos (a conti-nuación) se han escogido para mostrar lasdiversas estrategias que los sindicatos hanempleado para luchar contra el trabajo infantil.

Investigación

La Central Organization of Trade Unions(COTU) de Kenya preparó un estudio sobre eltrabajo infantil que servirá de base para sulabor futura.

Preparación de la política pertinente

La Central Unica dos Trabalhadores (CUT)del Brasil ha creado una comisión nacional delos derechos del niño y el adolescente en elmarco de su Secretaría de Políticas Sociales conla finalidad de coordinar medidas integradaspara proteger los derechos del niño y el adoles-cente, incluido el derecho a la protección frentea la explotación económica, en cooperación conotros sindicatos y entidades. Asimismo, tienepor finalidad alentar la creación de comisionessimilares en sus filiales de los diferentes esta-dos del Brasil y los correspondientes sindicatossectoriales. La política social de la CUT tam-bién alienta la participación activa de susmiembros en el Foro para la Defensa de los Dere-chos del Niño y el Adolescente y el Consejo para losDerechos del Niño y el Adolescente.

Control

Sindicatos de Filipinas, la India, Indonesia,Kenya y Turquía han establecido unidades decontrol que han desempeñado una importantefunción en la labor de concienciación y paraseñalar a la atención del público en generalcasos concretos de abusos.

Concienciación

Ha sido fomentada por muchas organiza-ciones sindicales en varios países mediante laorganización de seminarios, la publicación defolletos, carteles y programas de vídeo, emisio-nes locales de radio, etc.

Negociación colectiva

Habida cuenta de que esta actividad consti-tuye la piedra angular de la acción sindical, acontinuación figura una descripción relativa-mente pormenorizada de un ejemplo.

La Confederación Nacional de TrabajadoresAgrícolas (CONTAG) del Brasil impartió cursos

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de formación para dirigentes sindicales sobrecómo incorporar y mejorar las cláusulas relati-vas a los derechos del niño, incluido el trabajoinfantil, al negociar los convenios colectivos.También se analizaron los contratos existentes,con miras a formular y alentar la inserción deuna cláusula de «trabajo infantil» en los conve-nios colectivos. A este respecto, se dieron con-sejos a los miembros sindicales de 17 estadosdurante la negociación de sus respectivos con-venios colectivos. Gracias a todo ello, la CON-TAG ha podido incorporar las cuestionesrelacionadas con el trabajo infantil, incluidas laprotección de los niños que trabajan y la elimi-nación de dicho trabajo, en la negociación de losconvenios colectivos. Otros sindicatos, como laCUT, la CGT y Força Sindical, siguen el ejem-plo de la CONTAG.

Muchas cláusulas relacionadas con el tra-bajo infantil prohíben el empleo de niños demenos de 14 años. En estas cláusulas sedeclara que el empleo de menores de más de14 años está sometido a los principios y dispo-siciones del Estatuto del Niño y el Adolescente.Algunos convenios colectivos, como el de lostrabajadores de las plantaciones de café, espe-cifican que tiene que haber igualdad de remu-neración entre hombres, mujeres y menores demás de 14 años. En algunos convenios tambiénfiguran disposiciones para la educación de loshijos de los trabajadores. Por ejemplo, en elconvenio colectivo de los trabajadores de lasplantaciones de caña de Pernambuco se esta-blece que los empleadores que contraten a másde 50 personas tienen que garantizar la escola-rización primaria gratuita de los hijos de lostrabajadores. Esta obligación puede cumplirsededicando a escuela una zona de la plantación.Los empleadores sólo quedan exentos de estaobligación si existe una escuela a menos de unkilómetro de distancia del lugar de trabajo.

Apoyo directo a los niños

La Tanzania Media Women’s Associationha establecido un programa destinado a losempleados domésticos que ha concienciado alos trabajadores adultos e infantiles de este sec-tor mediante reuniones con padres y gruposcomunitarios en zonas en que predominan losniños que trabajan. Este programa tambiénfomentó el emparejamiento en el trabajo de lossirvientes de mayor edad con trabajadoresinfantiles para proporcionarles consejos yorientación. El programa es especialmente efi-caz para evitar que los niños pequeños ingre-sen en el servicio doméstico.

La Unión de Trabajadores Rurales de Petro-lina, en el Brasil, contribuyó a que abandona-ran su actividad los niños que trabajaban encondiciones peligrosas en la producción defruta, matriculándolos en centros de educaciónno formal y escuelas de horticultura estableci-das por el sindicato.

Cabe señalar que existen en el mundomuchos sindicatos que participan activa-mente en actividades contra el trabajo infan-til, independientemente del IPEC. Por ello, loscasos anteriores constituyen únicamente algu-nos ejemplos de los numerosos tipos deacción sindical contra el trabajo infantil lleva-dos a cabo hasta ahora. La Oficina de la OITpara Actividades de los Trabajadores ha inten-sificado recientemente su labor de fomento dela cooperación entre los sindicatos y el IPEC,especialmente a nivel nacional. Además dealentar una relación más estrecha entre el IPECy los sindicatos en los países que participan enel Programa, ha acelerado las consultas conorganizaciones sindicales internacionales con elfin de examinar la posibilidad de que insten asus sindicatos afiliados a unirse en unesfuerzo concertado de lucha contra el trabajoinfantil mediante la realización de activida-des adecuadas. Se han determinado algunasesferas en las que es posible adoptar medidas,como por ejemplo las minas de carbón, laprostitución infantil y el turismo, el comercio(fomentando códigos de conducta) y lasplantaciones.

Acción sindical en colaboracióncon el IPEC a nivel internacional

La cooperación entre las organizaciones sin-dicales y el IPEC a nivel internacional ha resul-tado más limitada que a nivel nacional, lo quese debe en parte a que la gran mayoría del pre-supuesto del Programa se ha destinado, y toda-vía se destina, a actividades de nivel nacional ylos fondos disponibles para actividades interna-cionales sean bastantes más modestos: menosdel 5 por ciento del presupuesto total del IPEC.Esta distribución concuerda con las prioridadesestablecidas por los donantes.

La acción sindical en colaboración con elIPEC a nivel internacional se ha realizado sobretodo en forma de reuniones y cursillos a cargode organizaciones sindicales internacionales.Por ejemplo, la Confederación Internacional deOrganizaciones Sindicales Libres (CIOSL)organizó un seminario sobre trabajo infantilcomo parte de su Reunión de Jóvenes de Asiay la Región del Pacífico. La Organización de

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la Unidad Sindical Africana (OUSA) organizótres cursillos subregionales.

Se confía en que la cooperación entre elIPEC y las organizaciones sindicales interna-cionales se amplíe rápidamente en un pró-ximo futuro gracias a la estrecha cooperaciónentre la Oficina de la OIT de Actividades paralos Trabajadores y el Programa. Se han organi-zado y seguirán organizándose diversas acti-vidades internacionales para fomentar esacooperación. Por ejemplo, en el mes de juliode este año se celebró en Bangkok un cursilloregional para Asia y el Pacífico sobre sindica-tos y trabajo infantil. Dicho cursillo reunió a

los representantes de Secretarías SindicalesInternacionales, personal sobre el terreno delIPEC y especialistas de la Oficina de la OIT deActividades para los Trabajadores en la regióncon el fin de intercambiar opiniones acerca delpapel de los sindicatos en la lucha contra eltrabajo infantil y para planear la cooperaciónfutura. Se prevé que durante el segundosemestre del presente año se celebre un semi-nario nacional para centrales sindicales nacio-nales de Africa con el fin de examinar lamanera de fomentar el interés por el trabajoinfantil, como cuestión sindical y como cues-tión social.

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Trabajo infantil

Aunque el trabajo infantil en tareas familia-res ligeras es habitual en Myanmar y puedetolerarse, en cambio las ocupaciones que sonpeligrosas o constituyen una explotación, enlas que los niños se encuentran en peligrofísico y sufren abusos físicos o mentales o seven desposeídos de sus derechos, tienen queser objeto de toda la atención de la políticagubernamental. En el resto del mundo estasocupaciones suelen asociarse al rápido desa-rrollo industrial y urbano y a la abundancia demano de obra barata. En Myanmar ya existenalgunas de esas condiciones, si bien el desarro-llo económico va a la zaga del registrado porlos países vecinos, por ejemplo Tailandia, loque tal vez reduce los posibles peligros a quese ven expuestos los niños.

Niveles de asistencia escolar

Suponiendo que la mayoría de los niñosque no están matriculados en las escuelas sededican a trabajar, su grado de participaciónen la mano de obra familiar o remuneradapuede estimarse examinando los niveles deasistencia a la escuela. No obstante, cabe seña-lar que las encuestas sobre la población escolarindican que el trabajo es sólo uno de los moti-vos por los que los niños no asisten a laescuela. Por ejemplo, en el informe preliminarde la encuesta de 1990 se indican entre otrosmotivos la mala salud, incapacidades, elacceso limitado a la escuela y los costos deescolarización como obstáculos con que seenfrenta la matriculación escolar. Únicamenteel 5,3 por ciento del total de no matriculados

no lo estaban por motivos de trabajo. Aunqueno existen datos directos sobre la participaciónen la fuerza laboral de niños de menos de 10años, la asistencia a la escuela entre los 5 y los9 años de edad es muy escasa y desde luego eltrabajo constituye un importante factor a esterespecto. El Departamento de EducaciónBásica estimó en 1990 que el 38 por ciento delos niños de 5 a 9 años no había asistido nuncaa la escuela. Entre los que sí asisten, las tasasde repetición de curso y abandono escolar sonelevadas, a menudo como consecuencia de laspresiones ocasionadas por el trabajo fuera delas horas lectivas. Menos del 30 por ciento delos matriculados inicialmente en la escuela pri-maria terminan el cuarto grado.

El censo de 1983, la fuente nacional másreciente de información sobre la participaciónen la fuerza laboral, contiene estadísticas sobrelos niños de más de 10 años pero no informaadecuadamente sobre el número de niños afec-tados porque sólo tiene en cuenta las ocupa-ciones estructuradas, a tiempo completo, y lainformación sobre la asistencia a la escuela sebasa en el número de matriculados y no en elde días anuales en que los niños no van a clase,o en cuántos niños repiten el curso académico.Además, estas estadísticas están anticuadas.Las presiones inflacionistas registradas en losúltimos meses habrán hecho inevitable quemuchos más niños empiecen a trabajar, enespecial entre los más jóvenes que han aban-donado la escuela.

Según el indicado censo, hace 10 años tra-bajaban 533.800 niños de 10 a 14 años de edad(cifra equivalente al 12,5 por ciento de la pobla-ción total de ese grupo de edad). El número deniñas que trabajaban, expresado en porcentaje

Poco se sabe acerca de los trabajadores infantilesde Myanmar

En 1991 el representante del UNICEF en Myanmar afirmó que la situación en dicho país se conocía demanera demasiado imprecisa para poder establecer un enfoque coordinado que permitiera atender las nece-sidades de los niños que se encuentran en circunstancias especialmente difíciles, y que por lo tanto era pre-ciso realizar nuevos estudios. Posteriormente, el 8 de octubre de 1996, la OIT y el UNICEF firmaron unacarta de intenciones. Los pasajes que figuran a continuación corresponden a tres informes del UNICEF:Myanmar Children in Especially difficult Circumstances (Niños de Myanmar en circunstancias espe-cialmente difíciles), de la Dra. Jocelyn Boyden (febrero de 1992); Children and Women in Myanmar - Asituation analysis (Niños y mujeres de Myanmar - Análisis de la situación) (1995); y Myanmar UNI-CEF Country Programme of Cooperation 1996-2000. Master Plan of Operations (Programa Nacio-nal de Cooperación del UNICEF para Myanmar, 1996-2000. El Plan Maestro de Operaciones). En estosinformes se trata brevemente la cuestión del trabajo infantil.

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de la población femenina del grupo de edad,fue ligeramente superior: un 13,3 por ciento,frente al 11,81 por ciento registrado en total.Encuestas realizadas en otros países pobres quetienen poblaciones mayoritariamente rurales ydonde la escolarización se lleva a cabo por tur-nos indican que trabaja aproximadamente del30 al 40 por ciento de los niños de 6 a 15 años– a menudo a tiempo parcial –, combinando eltrabajo con la educación. Un porcentaje similaren lo que respecta a Myanmar supondría quepodrían trabajar unos 4 millones del total de11,8 millones de niños de 6 a 15 años.

Habida cuenta de la distribución relativade la población de Myanmar según viva en laszonas rurales o las urbanas, cabe suponer quela mayor parte de los niños que trabajan sededican a la producción agrícola. Así, porejemplo, sólo 37.962 niños de 10 a 14 años deedad censados como trabajadores en 1983tenían un empleo urbano y los restantes495.838 correspondían al sector rural. Sinembargo, se desconoce el porcentaje de agri-cultura de subsistencia en comparación con lade carácter comercial y la cooperativa. Paraque una política en favor de los niños en cir-cunstancias especialmente difíciles sea efectivaes preciso conocer esas estadísticas. Tambiéndebe determinarse la presencia de niños enotras industrias rurales, por ejemplo en laforestal, la de extracción de piedras preciosas,la del cultivo de adormidera y la caza y lapesca. Entrevistas realizadas en Kuniong yKen Tung indicaron que en estas zonas lamayor carga laboral recae en los niños de másde 10 años porque a esa edad se les asignatareas pesadas que deberían realizar adultos yhay mayores probabilidades de que esténempleados fuera de la familia y por consi-guiente de que estén menos protegidos.

En las zonas urbanas y periurbanas, enespecial los niños de más edad suelen realizartrabajos de albañilería y construcción o soncamareros de restaurantes. También se contrataa muchachos como aprendices de pequeñostalleres. Aunque algunos están remunerados, amenudo los aprendices sólo reciben la comida.Niños y niñas aportan una importante contri-bución a la industria de la laca de Mandalay.Asimismo, niños y niñas incluso de 6 o 7 añostrabajan en labores domésticas, recogenbasura, reaprovechan materiales y llevan acabo otras actividades en la calle, por ejemplo,efectúan pequeñas ventas en los mercados, enlas estaciones de ferrocarril y en las esquinasde las zonas urbanas en todo Myanmar. EnYangon los niños venden pescado que han

capturado y verduras desechadas que recogendel suelo de los mercados minoristas cubiertos,o trabajan como peones que ayudan a los ven-dedores a transportar el producto y despa-charlo. Habida cuenta de que la política oficiallimita las oportunidades de empleo por cuentapropia en las calles de la capital, es probableque muchos niños tengan que enfrentarse conrelaciones de empleo más desventajosas encasas particulares, pequeños talleres y otroslugares a los que no llegan las autoridades.

Robo y tráfico

Los niños de las ciudades también realizanactividades ilícitas. Por ejemplo, hay pruebasde que algunos niños participan en el robo y eltráfico de drogas a pequeña escala en Yangon.Es posible que aumente el número de casosconocidos a medida que su detección sea máseficaz, lo que es muy probable ya que el servi-cio de información militar ha asumido recien-temente la responsabilidad en esta esfera. Ajuzgar por la experiencia de otros países, unarepresión más eficaz inducirá a los adultos autilizar a niños para el tráfico ya que si los cap-turan son condenados a penas más leves.Como se preveía, esto ya ocurre en Myanmar.Los menores son condenados por tribunalesmilitares y no por magistrados de menores, yson enviados a un centro correccional especialen las afueras de Yangon.

Otras actividades ilícitas importantes son lamendicidad y la prostitución. Todavía no se haevaluado el problema de los niños mendigos,pero dos muchachos de la calle entrevistadosen una estación de ferrocarril comunicaron quevivían de esta forma... Existen importantespruebas sobre prostitución infantil en Yangon yen la frontera con Tailandia. Poco se sabe acercade delitos más graves cometidos por menores,por ejemplo atracos, pero si el UNICEF consi-gue tener acceso a los niños que se encuentranen los centros correccionales debería poder dis-ponerse de información al respecto.

Mano de obra forzadaen zonas fronterizas

Años de conflicto armado y de militariza-ción han dado por resultado que los niños delas zonas fronterizas, por ejemplo de Ken Tungy de Kunlong – y probablemente de todoMyanmar – participen en una serie de ocupa-ciones especialmente peligrosas. El apoyologístico a las fuerzas armadas de ambos ban-dos en conflicto ha corrido tradicionalmente a

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cargo de mano de obra civil forzada. En laszonas en que la mano de obra adulta es espe-cialmente insuficiente, por ejemplo en las quedurante largo tiempo han sido escenario decombates, puede encontrarse a niños de 10, 12o más años, de ambos sexos, trabajando comopeones forzados en tareas de transporte yconstrucción de carreteras. Los porteadoresson especialmente vulnerables. En teoría reci-ben raciones alimenticias, y las cuadrillas dedi-cadas a la construcción se supone que recibenun salario diario. En la práctica, esos trabaja-dores desempeñan su labor en condiciones deesclavitud y tienen que conseguir su propiacomida. Muchas personas dedicadas a estastareas desaparecen. Muchos huyen de su casa– a veces escapan a Tailandia – por miedo averse obligados a trabajar como porteadores.Existen numerosas informaciones sobre malostratos contra porteadores, y de hambre, enfer-medad y muerte.

Soldados a los 12 años

Asimismo, los muchachos son reclutadosoficialmente en las milicias a la edad de 12años, y oficiosamente en el ejército de Myan-mar a los 14. Aunque la mayoría realiza labo-res domésticas en los campamentos militares,por ejemplo, barrer los suelos y ayudar en lacocina, en ocasiones reciben armas y efectúanguardias. Existen fuertes incentivos para enro-larse en el ejército porque las familias de lossoldados están exentas del trabajo forzado ypagan menos impuestos. Estos beneficios seaplican tanto en las milicias como en el ejércitode Myanmar. Entrevistas mantenidas conmuchachos de la milicia Kokang revelaron quela mayoría son huérfanos que perdieron a suspadres durante la transferencia de poderes.

Si Myanmar sigue el camino de otros paísesen desarrollo, la situación de las familias pobrespuede hacerse aún más difícil como consecuen-cia de los cambios económicos y la urbaniza-ción, lo que haría que mayor número de niñosse incorporase a la fuerza laboral, en especial enel sector no estructurado. Un estudio en cursosobre los niños y las mujeres que trabajan en elsector urbano no estructurado ha permitido lle-gar a las siguientes conclusiones preliminares:

● Casi el 30 por ciento de los niños que traba-jan abandonó los estudios escolares, el 8,5por ciento nunca llegó a asistir a la escuelay el 2,9 por ciento lo hacía pero no demanera regular.

● El promedio de edad de ingreso en lafuerza laboral es de 11,7 años. Entre losniños encuestados, el 12,5 por ciento teníamenos de 10 años, el 25,6 por ciento entre10 y 11 y el 62 por ciento entre 12 y 14.

● El 95 por ciento de los niños encuestadostrabajaba en el sector no estructurado, el 62por ciento con carácter permanente. Más deun tercio se dedicaba a la venta callejera yel 28,4 por ciento trabajaba en industriasligeras.

Se sabe también que algunos niños viajanpor el país con sus familias en busca de trabajoagrícola y en la construcción. Para realizar tra-bajos agrícolas estas familias pueden asentarsetemporalmente en aldeas próximas. Sinembargo, muchos de sus hijos no asisten a laescuela y los padres no siempre utilizan los ser-vicios públicos de salud existentes. Los niñosque acompañan a sus padres en la construcciónde carreteras disponen de relativamente pocosservicios sociales. Aunque no se ha realizadoninguna encuesta, se ha visto a niños de sólo 12años de edad trabajando con sus familiares enla construcción de carreteras.

Niños de la calle

En Myanmar esta expresión puede aplicarsea los niños que pasan la mayor parte del tiempoen la calle, mantengan o no vinculación con sufamilia. Una pequeña encuesta sobre los niñosde la calle realizada por la Asociación Cristianade Mujeres Jóvenes en 1994 indicó que en Yan-gon y Mandalay había aproximadamente10.000 niños de la calle. Más del 84 por cientotenía entre 10 y 15 años y cerca del 16 por cientoentre 5 y 9. Más del 93 por ciento eran analfabe-tos o habían abandonado la escuela primariadurante el segundo o el tercer curso.

La mayoría de los niños de la calle (el 66,4por ciento) carecía de empleo. Aproximada-mente el 24 por ciento mendigaba en la calle ycasi el 3 por ciento, simplemente, vagabundea-ba. Los niños de la calle empleados se dedica-ban principalmente a recoger en los basurerosmateriales aprovechables, a trabajos manuales(por ejemplo, como porteadores o barrenderos)y a la venta callejera.

Más del 40 por ciento de los niños encuesta-dos no recibía ningún apoyo de sus padres oguardadores. Casi el 57 por ciento recibía unaayuda parcial en forma de alimentos, viviendao vestidos. Sólo el 2,7 por ciento de los niñosencuestados recibía un apoyo completo, coninclusión de la escolarización y la atención

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médica. El salario medio diario se estimó entre30 y 60 centavos de dólar de los Estados Uni-dos al tipo de cambio no oficial. Casi el 50 porciento comunicó que gastaba entre 10 y 30 cen-tavos diarios en comida. Todos los niñosencuestados se quejaron de que carecían decomida, vestidos, camas y mantas adecuados.

Los principales factores que contribuyen alproblema de los niños de la calle son la desu-nión familiar, la pobreza, la muerte de uno o

ambos padres y los malos tratos en el hogar. Lasalud y el desarrollo de estos niños, margina-dos de la sociedad y vulnerables frente a laexplotación y la violencia, corren gran peligro.En su lucha por sobrevivir pueden recurrir aactividades ilícitas o ilegales, entrando en con-flicto con la ley. Por ejemplo, las niñas de lacalle, en especial las adolescentes más jóvenes,son especialmente vulnerables frente a laexplotación en forma de prostitución.

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La adhesión de Myanmar a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niñoha añadido fuerza legal a las fuerzas morales y políticas de ese país que trabajan en pro de unamejor protección de los niños que se encuentran en circunstancias especialmente difíciles. Aligual que otros documentos de esta clase presentes en la historia de la humanidad, esa Conven-ción articula un ideal aceptado universalmente que si consigue una presión sostenida de los polí-ticos, la prensa y el público en general puede convertirse finalmente en la norma por debajo dela cual toda nación, rica o pobre, se sentirá avergonzada.

Rolf C. CarrièreRepresentante del UNICEF en Myanmar

1991