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AYUNTAMIENTO PLENO 2/ 2018 En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de ASTILLERO, a 25 de enero de 2018, se celebra sesión Ordinaria del Ayuntamiento PLENO, en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde D. Francisco ORTIZ URIARTE, y asisten los Concejales siguientes: María del Carmen MELGAR PÉREZ Dª. María Pilar BRIZ GARRIDO Dª. María Belén BENITO DE LA IGLESIA D. Francisco Javier MARÍN CUETO D. Salomón MARTÍN AVENDAÑO Dª. Mª Ángeles EGUIGUREN CACHO D. Jesús María RIVAS RUIZ Dª. Ana María GARCÍA BADIA D. Carlos CORTINA CEBALLOS D. Fernando ARRONTE QUEVEDO 1

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AYUNTAMIENTO PLENO 2/ 2018

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de ASTILLERO, a 25 de enero de 2018, se celebra sesión Ordinaria del Ayuntamiento PLENO, en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde D. Francisco ORTIZ URIARTE, y asisten los Concejales siguientes:

Dª María del Carmen MELGAR PÉREZ Dª. María Pilar BRIZ GARRIDO Dª. María Belén BENITO DE LA IGLESIA D. Francisco Javier MARÍN CUETOD. Salomón MARTÍN AVENDAÑO Dª. Mª Ángeles EGUIGUREN CACHOD. Jesús María RIVAS RUIZDª. Ana María GARCÍA BADIAD. Carlos CORTINA CEBALLOSD. Fernando ARRONTE QUEVEDO Dª. Bella GAÑAN GÓMEZ, Dª. Laura SAN MILLAN SIERRAD. Javier FERNÁNDEZ SOBERÓNDª. Verónica PERDIGONES SAIZDª. María Leticia MARTÍNEZ OSABA D. Enrique IGLESIAS SANTIAGO

Da fe del acto el Secretario Municipal D. José Ramón CUERNO LLATA y asiste el Sr. Interventor D. Manuel VÁZQUEZ FERNÁNDEZ.

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Fecha: 25 de enero de 2018

La sesión tiene los siguientes puntos del Orden del Día:

Siendo las dieciocho horas y treinta minutos, por el Sr. Presidente se declara abierta públicamente la sesión, pasándose a tratar de los asuntos del Orden del día.

La sesión tiene los siguientes puntos del Orden del Día:

1º.- Aprobación del acta anterior nº 1/2.018, cuya copia se une.2º. Desafectación de 28,34 m2., de vial en la c/ Herminio Fernández Caballero,

en los ámbitos de Actuación nº 43 y nº 60 de las NN.SS., de Astillero.- Declaración de bien sobrante.- Permuta.

3º.- Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza de “Prestación de ayudas económicas sociales de carácter extraordinario”.-

4º.- Aprobación Inicial de la modificación de la Ordenanza del “Servicio Público urbano de Auto-taxis del municipio de Astillero”.

5º.- Aprobación definitiva de la “Cuenta General del año 2.016”.6º.- Mociones.- Control al ejecutivo.7º.- Informes de Alcaldía.8º.- Ruegos y Preguntas.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR Nº 1/2018.- A pregunta del Sr. Presidente, y no se formulándose ninguna observación ni aclaración alguna, con lo que se considera aprobada por todos los concejales el acta de la sesión anterior nº 1/2018, conforme al artículo 91 del ROF.

2.- DESAFECTACIÓN DE 28,34 M2., DE VIAL EN LA C/ HERMINIO FERNANDEZ CABALLERO, EN LOS AMBITOS DE ACTUACIÓN Nº 43 Y Nº 60 DE LAS NN. SS. DE ASTILLERO.- DECLARACIÓN DE BIEN SOBRANTE.- PERMUTA.-

El Alcalde Presidente D. Francisco Ortiz Uriarte, presenta al Pleno el expediente de la “Desafectación de 28,34 m2., de vial sobrante en los A.A. nº 43 y nº 60 de las NN.SS. de Astillero, para regularizar la traza del Proyecto de urbanización del viario público y ulteriores actuaciones.

Visto el informe de la Secretaría General municipal, de fecha de 18 de enero de 2.018.

Vistos los informes de la intervención de municipal, ambos de fecha de 17 de enero de 2.018.

Visto el informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Gobernación, de fecha de 22 de enero de 2.018.

El Sr. Concejal D. Carlos Cortina Ceballos, en nombre y representación del Partido Popular, anuncia su voto favorable y el de su grupo político en aras a regularizar la situación de ambos Ámbitos de Actuación y lo estima correcta.

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Fecha: 25 de enero de 2018

La Concejal Dª. Leticia Martínez Osaba, en nombre y representación de Izquierda Unida, considera que es un acuerdo entre propietarios y el Ayuntamiento y anuncia su voto favorable y el de su grupo político.

El Sr. Concejal D. Jesús Mª Rivas Ruiz, en nombre y representación del Partido Socialista Obrero Español, explica el criterio de la desafectación de la propiedad municipal para regularizar el trazado objeto de un proyecto de urbanización en los Ámbitos de Actuación 43 y 60. Anuncia el voto favorable de su grupo político.

La Sra. Concejala Dña. María del Carmen Melgar Pérez, en nombre y representación del Partido Regionalista de Cantabria, estima que no existe inconveniente en las desafectaciones de este terreno y se resuelve así el problema originado en la regularización de este vial, con mejora del diseño urbano.

La Cámara Plenaria municipal, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la Desafectación de 28,34 m2 aproximadamente, en la c/ Herminio Fernández Caballero, del vial que figura en los planos y que transcurre por los Ámbitos de Actuación nº 43 y nº 60 de las NN.SS. de Astillero, a los efectos de regularización del mismo y la traza del proyecto de urbanización correspondiente, sometiendo esta aprobación a información pública durante el plazo de 1 mes, en el Boletín Oficial de Cantabria. Transcurrido dicho plazo sin la presentación de alegaciones, se eleva a definitivo sin posterior acuerdo, por ministerio de la Ley. En caso de presentarse alegaciones, está serían resueltas por el Ayuntamiento Pleno.

SEGUNDO.- Declarar este bien como sobrante, a los efectos de su enajenación y permuta con otro bien a los efectos de regularización del vial.

TERCERO.- Ratificar el contrato de permuta en los Ámbitos de Actuación nº 43 y nº 60 de las NN. SS. De Astillero, en la c/ Herminio Fernández Caballero de Guarnizo.

CUARTO.- Dar de baja en el Inventario de Bienes y proceder a la calificación del bien como patrimonial, a los efectos de su permuta.

QUINTO.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en Derecho proceda, para la ejecución de estos acuerdos.

3.- APROBACION INICIAL DE LA “MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DE AYUDAS ECONOMICAS SOCIALES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO”.-

El Alcalde Presidente D. Francisco Ortiz Uriarte, presenta a la Cámara Plenaria el expediente de modificación de la Ordenanza reguladora de la “prestación de ayudas económicas sociales de carácter extraordinario”.

Visto el informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Gobernación, de fecha de 11 de diciembre de 2.017.

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Fecha: 25 de enero de 2018

El Sr. Concejal D. Carlos Cortina Ceballos, en nombre y representación del Partido Popular, nuestro partido político anuncia su abstención ya que no se ha admitido en la Comisión correspondiente un conjunto de propuestas presentadas por nuestro Grupo, que estimamos necesarias y que perfeccionarían la ordenanza en su aplicación cotidiana.

La Concejala Dª. Leticia Martínez Osaba, en nombre y representación de Izquierda Unida, esta ordenanza se aprobó el año pasado y ahora es objeto de modificación. Se han rebajado los importes en ciertas ayudas de 500 a 200 euros y se ha eliminado la fianza de alquiler. Nuestro grupo no va a apoyar esta ordenanza y no entendemos por qué se hacen estas rebajas. Solicitamos que esta ordenanza, una vez aprobada, figure en la web electrónica de nuestro Ayuntamiento.

En el turno de réplica señaló que se ha rebajado para obtener las ayudas el requisito de titularidad de un bien inmueble al 3% de su valor y que es complicado, a veces, obtener estas ayudas.

El Sr. Concejal D. Salomón Martín Avendaño, en nombre y representación del Partido Socialista Obrero Español, la ordenanza fue objeto de aprobación el año anterior y ahora realizamos adaptaciones puntuales en función de su aplicación y de las distintas necesidades del servicio. Engloban distintas ayudas tanto municipales como del ICASS, obtenidas según las necesidades económico-sociales. No sólo hemos agotado las cantidades, sino que las hemos incrementado en casi un 57% para fomentar una atención a los afectados.

La Sra. Concejala Dña. María Pilar Briz Garrido, en nombre y representación del Partido Regionalista de Cantabria, la modificación de la ordenanza obedece a una diversa motivación y el servicio acoge un convenio con el gobierno regional que aporta 52.000 euros y el Ayuntamiento 62.400 euros. Al final del ejercicio presupuestario hemos gastado 88.400 euros, por lo que estamos haciendo un considerable esfuerzo presupuestario para llegar a toda la gente que lo necesita. Las modificaciones de la ordenanza pretenden dulcificar ciertos requisitos como la propiedad o posesión de un bien inmueble que no excluirá las ayudas, sino que computará una parte de su valor para limitar su obtención. Igualmente y a instancia de la Intervención municipal se retirará la fianza como requisito ya que primero era una cantidad que se aportaba y luego se recuperaba, lo que ocasionaba ciertas disfunciones.

A nuestro juicio, la ordenanza es una herramienta o instrumento de trabajo en materia de justicia social para redistribuir ayudas de manera eficaz y solidaria pero es necesario poner un techo.

En el turno de réplica señaló que la ordenanza es un instrumento que se va perfeccionando y se deberá ir valorando paulatinamente. Para eso están las Comisiones correspondientes.

Terminado así el debato se pasó a ulterior votación que ofrece el resultado siguiente: Votos a favor: PRC (5 votos), PSOE: (4 votos); Votos en contra: IU (2 votos); Abstenciones: PP (6 votos).

La Cámara Plenaria municipal, por mayoría absoluta de sus miembros, ACUERDA:

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Fecha: 25 de enero de 2018

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la “Modificación de la ordenanza Reguladora de la prestación de ayudas económicas sociales de carácter extraordinario”, que transcrita literalmente dice:

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PROPUESTA DE MODIFICACIONES EN LA ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS SOCIALES DE CARÁCTER

EXTRAORDINARIO

PREAMBULO

La Constitución Española, en el Capítulo III del Título I, relativo a los principios rectores de la política social y económica, compromete a los poderes públicos en la promoción de las condiciones necesarias a fin de garantizar y asegurar una digna calidad de vida de todos los ciudadanos, configurando, a través de su articulado, el soporte básico de un Sistema Público de Servicios Sociales.

La Ley 2/2007, de marzo, de Derechos y Servicios Sociales de la Comunidad de Cantabria, en su artículo 70 regula, entre las competencias de las Entidades Locales, la detección precoz de las situaciones de riesgo social individuales y comunitarias y la prevención de situaciones de riesgo o exclusión social y el desarrollo de intervenciones que faciliten la incorporación social. Las ayudas económicas municipales de carácter excepcional para situaciones de especial necesidad son un instrumento dentro de la intervención social, que tienen como finalidad prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social y de exclusión social, y favorecer la integración de las personas. Están dirigidas a personas individuales o unidades familiares que carezcan de medios y en las que concurran factores de riesgo.

En general y como metodología de trabajo, los Servicios Sociales Municipales prestan una atención integral a la persona basada en el refuerzo de su autodeterminación y la potenciación de sus propios recursos y los de su entorno familiar y comunitario, contando con el conjunto de prestaciones, entre ellas las recogidas en esta ordenanza, como apoyo a la labor de los profesionales de estos servicios en el avance de la intervención social y como respuesta a las carencias en la cobertura de las necesidades sociales detectadas.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto y definición

El objeto de la presente Ordenanza es la regulación de las ayudas municipales destinadas a la atención de necesidades socioeconómicas, entendiendo por tales el conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter no periódico destinadas a paliar o resolver, por sí mismas o complementariamente con otros recursos, situaciones de necesidad, prevenir situaciones de exclusión social y favorecer la plena

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integración social de sectores de población que carezcan de recursos económicos propios para la atención de sus necesidades.

Se entiende por estas ayudas el conjunto de prestaciones económicas de carácter puntual o de periodicidad limitada destinadas a:

1. Apoyar actuaciones concretas de integración e incorporación social de personas y/o familias en momentos de dificultad sociofamiliar y/o económica.

2. Mejorar las condiciones de vida de personas o familias en riesgo de exclusión o en exclusión social.

Artículo 2. Características

1. Estas ayudas tienen carácter finalista y serán otorgadas en régimen de concurrencia no competitiva.

2. Son ayudas con un carácter extraordinario, que tienden a evitar que la situación-problema se haga crónica.

3. En ningún caso estarán destinadas a abonar deudas que los usuarios hayan contraído con la Administración.

4. La ayuda se concederá únicamente dos veces al año y la cuantía total anual no superará nunca los mil quinientos euros (1.500,00€), por unidad perceptora. Siendo el importe máximo a solicitar en cada una de ellas de setecientos cincuenta euros (750,00€).

5. En una unidad perceptora sólo uno de sus miembros podrá tener la condición de beneficiario de esta ayuda.

Artículo 3. Finalidad y objetivos

La finalidad de estas ayudas es cubrir, total o parcialmente, situaciones de necesidad de personas físicas, con carácter individualizado.

Los objetivos de estas ayudas son:

1. Dar respuesta a situaciones ocasionales por necesidades coyunturales, que no pueden ser satisfechas por falta de recursos económicos y que afectan a unidades familiares y de convivencia, desestabilizando su normal desarrollo.

2. Evitar la aparición de situaciones de marginación como consecuencia de imprevistos ocasionales o carencias económicas.

Artículo 4. Requisitos de las personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de la prestación de ayudas económicas sociales de carácter extraordinario las personas que cumplan los siguientes requisitos:

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1. Ser mayor de dieciocho años o bien menor con cargas familiares, o mayor de dieciséis años emancipado por decisión judicial.

2. Estar empadronado y tener residencia efectiva en el municipio, todos los miembros de la unidad perceptora. Estos requisitos deberán igualmente haber concurrido de manera ininterrumpida durante los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de su solicitud, y mantenerse hasta la justificación de la ayuda.

No siendo exigible el período de residencia efectiva para las siguientes personas:

- Las mujeres víctimas de violencia de género en las que concurran circunstancias que les impidan la disponibilidad de sus bienes, o que las coloquen en estado de necesidad, debidamente acreditada mediante informe de Organismo Público.

3. No tener ingresos suficientes para atender la situación de necesidad, considerando los obtenidos en los 6 meses anteriores a la fecha de registro de la solicitud. La insuficiencia de ingresos se establece conforme a la siguiente tabla:

1 integrante UC 125% IPREM

2 integrantes UC +30% de la cantidad inmediata anterior

3 integrantes UC +20% de la cantidad inmediata anterior

4 integrantes UC +10% de la cantidad inmediata anterior

5 integrantes UC +10% de la cantidad inmediata anterior

6 integrantes UC +10% de la cantidad inmediata anterior

7 o más integrantes UC +10% de la cantidad inmediata anterior

4. A las personas que integren la unidad perceptora y dispongan de bienes muebles o inmuebles distintos a la vivienda habitual, garaje y trastero sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro, se les contabilizará el 3% del valor catastral de los mismos.

5. Para los solicitantes con ingresos derivados de actividades empresariales, profesionales y agrícolas, se fijará como base de ingresos la base imponible que figure en la declaración de IRPF, con la salvedad de que no se aceptará una cifra menor de ingresos del 2 % de su volumen de facturación, declarados en los modelos 130 o similar, semestrales o trimestrales, pagos a cuenta obligados sobre el IRPF.

6. La unidad perceptora no podrá ser beneficiaria de la ayuda si los rendimientos de capital mobiliario superan los 30€ brutos anuales.

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7. No tener acceso a ayudas de otras Administraciones Públicas específicamente destinadas a cubrir la totalidad de la necesidad para la que se solicita la prestación.

8. No estar cubiertos los gastos para los que se solicita la ayuda por compañías de seguros, mutuas u otras entidades similares.

9. En el caso de facturas pendientes de suministros básicos y/o alquiler, la persona solicitante y la titular deberán ser la misma, salvo que se justifique mediante contrato de alquiler y/o empadronamiento en la dirección del suministro, que la persona solicitante es quien ha generado la deuda. Asimismo deberá acreditarse que con el importe de la ayuda vaya a quedar saldado el importe de la deuda pendiente del beneficiario.

10. Haber justificado en tiempo y forma las ayudas económicas sociales de carácter extraordinario recibidas anteriormente.

11. Las ayudas se concederán en función de la consignación y disponibilidad presupuestaria por lo que no será suficiente que en el solicitante concurran todos los requisitos y condiciones establecidas.

12. Estar inscritos en el Servicio Público de Empleo (SEPE) a fecha de solicitud todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que no cursen estudios oficiales.

Artículo 5. Unidad perceptora.

Tendrán la consideración de unidad perceptora:

1. Las personas que vivan solas en una vivienda o alojamiento.2. Dos o más personas que vivan juntas en una misma vivienda o alojamiento,

cuando estén unidas entre sí por matrimonio, u otra forma de relación análoga a la conyugal, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, o por tutela o por acogimiento administrativo y/o judicial.

3. Se consideran igualmente integrantes de la unidad perceptora las personas menores de edad en situación de acogimiento familiar administrativo o judicial y los hijos e hijas que vivan temporalmente fuera del domicilio familiar cursando estudios oficiales.

Artículo 6. Tipología y características de las ayudas.

1. Ayuda Social para la cobertura de necesidades básicas .

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA NECESIDADES BÁSICASAlimentación y productos de higiene personal y domestica por unidad perceptora.Estará totalmente prohibida la compra de bebidas alcohólicas de cualquier graduación y bebidas energéticas.

1 persona: 2 personas: 3 personas 4 personas5 o más personas

hasta 150,00€hasta 220,00€hasta 290,00€ hasta 350,00€ hasta 400,00€

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Calzado por unidad perceptora1 miembro2 miembros3 miembros4 o más miembros

Hasta un máximo de 30,00€Hasta un máximo de 60,00€Hasta un máximo de 90,00€

Hasta un máximo de 120,00€Suministros de electricidad, gas y agua de la vivienda habitual

Hasta el 50% del importe no cubierto por otras ayudas destinadas al mismo objeto (bono social eléctrico y/o de agua) con un límite en todo caso de 200,00 €

Ayuda Social para vivienda .

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA ALOJAMIENTOAlquiler El importe máximo del alquiler no podrá superar los 500,00€ mensuales

Imprescindible realizar el pago del alquiler por transferencia bancaria. El importe máximo por ayuda es de 750,00€.

Equipamiento del hogar: grandes electrodomésticos de gama blanca (frigoríficos, cocina y lavadora) y mobiliario de carácter básico (cama y colchón).Esta ayuda no se podrá solicitar en los cinco años siguientes a aquel en que sea concedida si se trata de los mimos objetos.

Hasta un máximo de 200,00€

Alojamiento en pensiones/hostales. Hasta un máximo de 750,00€ por ayuda.En todos los casos de ayudas para vivienda debe quedar acreditado que no se han podido acoger a las ayudas para alquiler de la D. Gral. de Vivienda, del Gobierno de Cantabria ni a otras ayudas autonómicas o de las entidades locales, bien mediante presentación de la resolución administrativa denegando la ayuda, o mediante declaración responsable del solicitante.

2. Ayuda Social para educación .

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA EDUCACIÓNPago de comedor escolar Se pagará como máximo el 25% de la

cuota no cubierta por la beca de la Consejería competente en materia de Educación, con una deuda máxima acumulada de tres meses, durante el correspondiente curso escolar.

Pago de actividades extraescolares y de ocio

Irán destinadas exclusivamente para los expedientes de menores abiertos en SSAP cuya medida se encuentre dentro de un plan de intervención social, en situaciones de riesgo o desprotección moderada e iniciadas de oficio.

En el caso de las becas comedor, se acreditará mediante la correspondiente resolución de la Consejería competente.

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3. Ayuda Social para transporte .

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA TRANSPORTEAyudas para desplazamientos en los siguientes casos: - Tramitación de documentación con

fines de inserción sociolaboral y entrevistas de trabajo para aquellas personas con especiales dificultades de inserción sociolaboral.

- Asistencia terapéutica en Salud Mental de Santander, Torrelavega o Laredo y asistencia a trámites judiciales relacionados con separaciones o divorcios.

- Actividades de formación ocupacional que no puedan acogerse a otro tipo de becas, ayudas o prestaciones.

Estas ayudas se concederán exclusivamente para aquellos expedientes en SSAP, cuya medida se encuentre dentro de un proceso de intervención social

Pago de bono de transporte público y si no hubiera servicio público, se financiará hasta un máximo de 0,19€/Km. durante el mismo período de tiempo.

CAPITULO IIPROCEDIMIENTO

Artículo 7. - Solicitud.

1. El procedimiento se iniciará, en todo caso, a solicitud de persona interesada.2. La solicitud, dirigida al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de

Astillero, se formulará en modelo normalizado (anexo I), especificando cuantía y destino de la ayuda y deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

3. Podrán realizar dicha solicitud las personas físicas que reúnan los requisitos generales contemplados en el Artículo 4º de la presente Ordenanza.

4. La solicitud, debidamente cumplimentada, deberá ser firmada, por el solicitante o, en su caso, por su representante legal.

5. A la solicitud deberá acompañarse la documentación acreditativa a la que se hace referencia en el Artículo 8 de la presente ordenanza.

6. Como consecuencia de la naturaleza de estas ayudas, las solicitudes podrán realizarse a lo largo del ejercicio económico.

7. Una vez agotada la consignación presupuestaria, serán inadmitidas las solicitudes presentadas al amparo de esta Ordenanza.

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Fecha: 25 de enero de 2018

Artículo 8. Documentación a presentar.

A la solicitud habrá de acompañarse la siguiente documentación:

DOCUMENTACIÓN GENERAL

1. Fotocopia del D.N.I. y/o N.I.E. o certificado de Registro de ciudadano de la Unión o permiso de Residencia en vigor del solicitante, y de los mayores de 16 años de la unidad perceptora.

2. Fotocopia del Libro de Familia, certificación de Registro Civil, Certificado de inscripción en cualquier Registro de uniones de hecho o parejas estables, para la determinación de parentescos, y Resolución Administrativa o judicial que establezca el acogimiento familiar, en su caso.

3. Ficha de Tercero (ANEXO II).4. Acreditación de la situación económica de todos los miembros de la unidad

perceptora:a. Copia de la demanda de empleo de todos los miembros mayores de 16 años

de la unidad perceptora.b. Fotocopia del contrato de trabajo, cuando proceda, y las nóminas de los

últimos 6 meses, de los mayores de 16 años que realicen actividad laboral.c. En caso de separación, o divorcio copia de la sentencia y, de existir, del

convenio regulador de los efectos patrimoniales y económicos, en el que consten la existencia o no de pensiones compensatorias y/o de alimentos y su importe actualizado. En caso de incumplimiento del abono de dichas pensiones, aportar documento que acredite que se han ejercido las acciones judiciales oportunas para su cobro, excepto en los casos en que exista violencia de género acreditada.

5. Licencia Fiscal o autorización municipal para venta ambulante, cuando proceda.

6. Autorización al Ayuntamiento de Astillero para solicitar a la AEAT, D. G. de Catastro, Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) y del Servicio Público de Empleo (SEPE) la documentación precisa para la tramitación de la solicitud de la unidad perceptora, para lo que deberá firmar el apartado correspondiente de la solicitud.

7. Certificado de estar cursando estudios oficiales para los mayores de 16 años, cuando proceda.

8. Cualquier otra documentación que para la correcta valoración de su solicitud le pueda ser requerida durante su tramitación.

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

1. Para PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA NECESIDADES BÁSICAS:

o Facturas de los suministros de electricidad, gas y/o agua de la vivienda habitual.

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Fecha: 25 de enero de 2018

o Copia de solicitud, resolución y/o justificante de las bonificaciones que correspondan sobre los suministros básicos de la vivienda, presentadas ante el organismo o entidades competentes.

2. Para PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA ALOJAMIENTO:

o Copia del contrato de arrendamiento y último recibo abonado mediante transferencia bancaria. El solicitante, el titular del contrato y el ordenante de la transferencia bancaria tiene que ser la misma persona.

o Copia de solicitud o resolución de Ayuda de Alquiler, presentada ante la Consejería competente del Gobierno de Cantabria.

o Presupuesto de grandes electrodomésticos de gama blanca y mobiliario de carácter básico con especificación de unidades y concepto, así como el coste total del gasto.

o Presupuesto realizado por el establecimiento hostelero y/o de hospedaje.

3. Para PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA EDUCACION

a. Copia de solicitud, resolución y/o justificante de la Beca de Comedor Escolar de la Consejería competente en materia de Educación.

4. Para PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA TRANSPORTE.

o Copia de la documentación acreditativa del tratamiento terapéutico o actividad de formación o de inserción sociolaboral u ocupacional, en la que conste necesariamente el lugar de celebración y las fechas de inicio y terminación.

CAPITULO III

GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS

Artículo 9. Instrucción de los expedientes.

1. La instrucción del expediente corresponderá al Departamento de Servicios Sociales.

2. Una vez recibida la solicitud por Registro General se pasará a la unidad correspondiente, donde el Trabajador Social realizará un estudio de la demanda y la situación socio-económica del solicitante y los demás miembros de la unidad familiar, a partir de los documentos presentados, entrevistas mantenidas y cuantos elementos sirvan para la consideración de la situación de necesidad social. Dicha unidad requerirá, en su caso, al interesado para que proceda a la subsanación de errores o para la aportación de la documentación necesaria en el plazo de 10 días, apercibiéndole que en caso contrario se le tendrá por desistido en su petición, de conformidad con lo establecido en el 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma norma.

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Fecha: 25 de enero de 2018

3. Con los datos obtenidos, el Trabajador Social elaborará un Informe Social, y en el caso de que se considere necesario se complementaría con un Informe Socioeducativo.

4. En cualquier fase de la tramitación del expediente, se podrá recabar la documentación complementaria de los solicitantes, de los técnicos que elaboren los informes, y de entidades u organismos competentes en otras materias, así como la comprobación de datos o aclaraciones de dudas de la documentación que obra en el expediente, siempre que se considere oportuno para la correcta instrucción del procedimiento.

Artículo 10. Resolución. La Resolución de la ayuda corresponderá al Alcalde del Ayuntamiento de

Astillero o Concejal Delegado y deberá producirse en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha en que fuera registrada la solicitud, pasado este plazo sin que se hubiese notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, permitiendo al interesado la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.

Siempre que el informe emitido por el Trabajador Social resulte favorable, antes de dictar resolución expresa, se deberá acreditar la existencia o no, de consignación presupuestaria y se deberá realizar la correspondiente retención de crédito por parte del órgano competente.

Artículo 11. Notificación a los interesados.

1. La Resolución adoptada será notificada a los interesados en el domicilio que figure en la solicitud de la ayuda y, en su caso, a las Entidades colaboradoras que proceda.

2. Contra la resolución dictada se podrán interponer los recursos pertinentes conforme a la ley.

Artículo 12. Pago de la ayuda.

1. De acuerdo al Artículo 2, punto 4 de la presente ordenanza, el pago de estas ayudas no superará los 750,00€ por solicitud presentada.

2. Se abonarán en la cuenta bancaria que, siendo de titularidad del beneficiario, éste haya indicado al efecto.

Artículo 13. Obligaciones de los beneficiarios.

Los solicitantes de las ayudas estarán obligados a:

1. Destinar la cantidad percibida a los fines para los que la ayuda fue concedida.2. Presentar en el Registro Municipal, en un plazo no superior a 6 meses desde la

fecha de pago de la ayuda, justificante bancario y/o factura original de haber realizado el pago para el que fue concedida la ayuda y por el importe total y/o superior de la misma, salvo que el plazo estipulado en la resolución sea superior porque la ayuda se haya concedido para un fin que requiera más tiempo.

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3. Comunicar por escrito en el plazo de un mes con la documentación que lo acredite, todas aquellas variaciones habidas en la situación socio-familiar, que puedan modificar las circunstancias que motivaron la solicitud.

4. Al cumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión de la ayuda.

5. A no ejercer la mendicidad, ni inducir a su práctica a los miembros de la unidad familiar.

6. Garantizar la escolarización de los menores a su cargo con asistencia normalizada y regular cuando estén en edad de escolarización obligatoria.

7. Que los integrantes de la unidad familiar en edad laboral permanezcan como demandantes de empleo, así como no rechazar las ofertas de empleo o cursos de formación adecuados a sus características y cualificación profesional.

8. Reintegrar la ayuda cuando no se aplique para los fines para los cuales se concedió.

Artículo 14. Revocación y reintegro de la ayuda.

Son causas de revocación de las ayudas las contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, exigiéndose el reintegro, en su caso, por las causas y con arreglo al procedimiento contemplados en el su Título III.

Artículo 15. Causas de denegación.

Podrán ser denegadas aquellas solicitudes en las que, pese a cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4, pueda concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

1. Que la ayuda solicitada no sea adecuada para la resolución de la problemática planteada o que su mera concesión no sea suficiente para la resolución de la misma.

2. Que no exista disponibilidad presupuestaria para la atención de la solicitud.3. Que en ayudas solicitadas anteriormente no se haya justificado en tiempo y

forma la ayuda concedida.4. Situaciones de absentismo de los menores en edad escolar acreditadas por el

organismo competente.5. No comunicar en plazo las variaciones en la situación socio-familiar.

Artículo 16. Protección de datos.

Los datos de carácter personal que se recaben durante la tramitación, valoración y seguimiento de las prestaciones reguladas en las siguientes bases, pasarán a formar parte de los ficheros municipales que estarán sometidos a lo establecido a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Disposición Final Primera. Entrada en vigor

1.- La presente Ordenanza entrará en vigor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y trascurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 del citado texto normativo, una vez publicada en el Boletín Oficial de Cantabria.

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2.- Contra esta Ordenanza podrá interponerse recurso Contencioso – Administrativo directo ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con sede en Santander, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de su texto definitivo y completo en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa.

ANEXO I

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ANEXO II

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SEGUNDO.- Consignar en el texto de la Ordenanza la fecha de aprobación de esta modificación y la fecha de entrada en vigor de la misma.

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TERCERO.- Exponer el presente acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza citada, durante 30 treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

CUARTO.- Publicar el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de Cantabria; así como en uno de la sede electrónica del Ayuntamiento de Astillero.

QUINTO.- Si finalizado el período de exposición pública del acuerdo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, publicándose el texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de Cantabria, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Astillero, tal y como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo lo anterior y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada ley.

4.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DEL SERVICIO PÚBLICO URBANO DE AUTOTAXIS DEL MUNICIPIO DE ASTILLERO.-

Visto el expediente presentado por el Sr. Alcalde D. Francisco Ortiz Uriarte a la Cámara Plenaria, relativo a la modificación de la ordenanza reguladora del servicio público urbano de auto-taxis del municipio de Astillero, en lo que respecta a los precios para el año 2.018.

Observado el informe favorable de la Comisión Informativa de Gobernación y Hacienda de 22 de enero de 2.018.

El Sr. Concejal D. Carlos Cortina Ceballos, en nombre y representación del Partido Popular, se muestra favorable a su aprobación.

La Sra. Concejala Dña. Leticia Martínez Osaba, en nombre y representación de Izquierda Unida, consideran el incremento de las tarifas justificado pero critican la atención nocturna del servicio, ya que se han recibido quejas.

El Sr. Concejal D. Salomón Martín Avendaño, en nombre y representación del Partido Socialista Obrero Español, se encuentra de acuerdo con la subida de 0’79% en función de las circunstancias y estudiará las quejas recibidas para su resolución.

La Sra. Concejala Dª María del Carmen Melgar Pérez, en nombre y representación del Partido Regionalista de Cantabria, no hay objeción a esta propuesta y anuncia su aprobación.

La Cámara Plenaria Municipal por unanimidad de sus miembros presentes ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del servicio público urbano de auto taxis del municipio en los términos siguientes:

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CONCEPTO AÑO 2018

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Fecha: 25 de enero de 2018

Servicios mínimos, Tarifa 1 4,05 €Servicios mínimos, Tarifa 2 5,05 €Bajada de bandera, Tarifa 1 1,36 €Bajada de bandera, Tarifa 2 1,76 €Km. Recorrido, Tarifa 1 0,93 €Km. Recorrido, Tarifa 2 1,21 €Hora de Parada, Tarifa 1 18,14 €Hora de Parada, Tarifa 2 24,14 €Bultos y animales 0,67 €Sábado FestivoSuplemento de “2” euros, en horario de entre las 22,00 horas hasta las 8,00 horas del día siguiente, los días 24 y 31 de diciembre.

SuplementoDe 2 Euros

Estas tarifas contemplan un I.V.A. del 10 %.

SEGUNDO.- Consignar en el texto de la Ordenanza la fecha de aprobación de esta modificación y la fecha de entrada en vigor de la misma.

TERCERO.- Exponer el presente acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza citada, durante 30 treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

CUARTO.- Publicar el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de Cantabria; así como en uno de la sede electrónica del Ayuntamiento de Astillero.

QUINTO.- Si finalizado el período de exposición pública del acuerdo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, publicándose el texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de Cantabria, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Astillero, tal y como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo lo anterior y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada ley.

5.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA CUENTA GENERAL DEL AÑO 2.016.-

El Alcalde Presidente D. Francisco Ortiz Uriarte, presenta al Ayuntamiento Pleno, el expediente de la Cuenta General del Ayuntamiento de Astillero correspondiente al ejercicio 2.016, formada por la Intervención Municipal.

Dicho expediente fue dictaminado favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas en su sesión de fecha de 27 de noviembre de 2.017, y sometido a exposición pública en el BOC nº 235, de fecha de 11 de diciembre de 2.017, sin que se hayan presentado reclamaciones contra la misma.

Visto el informe de la Intervención Municipal de fecha de 18 de enero de 2.018.

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El Sr. Concejal D. Carlos Cortina Ceballos, en nombre y representación del Partido Popular, no hemos tenido ocasión aún de traer a esta Cámara la cuenta del año 2017 y como ustedes no necesitan nuestro apoyo, respetaremos que sigan adelante con ello y anunciamos la abstención de nuestro grupo.

En el turno de réplica, nuestro grupo también ha sufrido la prestación de los servicios de Intervención de forma parcial, así como otros problemas pero siempre se han presentado las cuentas.

La Concejala Dª. Leticia Martínez Osaba, en nombre y representación de Izquierda Unida, hace dos años que aprobamos el presupuesto del que se nos da cuenta de la liquidación y de la cuenta general de la que han sobrado 1.381.229,68 euros, por lo que no puede considerarse una buena gestión. En el capítulo de ingresos parecen que han ingresado más de 700.000 euros que no se han gestionado. La bondad en la ejecución del presupuesto se mide por las políticas que se aplican y a mi juicio, no se han agotado y han sobrado casi un 10% de las partidas. Les recuerdo las manifestaciones realizadas en la Comisión de Hacienda.

Los municipios han debido de pagar la deuda bancaria de acuerdo con la ley. Acabamos de aprobar una ordenanza para satisfacer necesidades de los vecinos en situaciones sociales complejas y su financiación depende de los presupuestos y resulta que éstos tienen superávit que no se ha utilizado. Esto puede extrapolarse a otras necesidades como las becas de transporte y extenderlas a colectivos entre 16 y 18 años que ahora no puede hacerse por falta de recursos y resulta que éstos existían. En nuestra opinión, no hay una buena gestión. Resulta que en el fondo de solidaridad han sobrado 5.100 euros.

En el turno de réplica, nos alegramos de que las cosas vayan mejor con la llegada de un nuevo Interventor pero insistimos en que se tiene que gestionar mejor el excedente económico obtenido de 1.381.000 euros. El Concejal de Hacienda ha asegurado que el remanente de Tesorería no se destinará a amortizar la deuda, o bien miente, o se salta la ley porque ésta señala que una parte de dicho remanente tiene que utilizarse para amortizar la deuda. Nosotros presentamos una moción para modificar la norma en este sentido y no votaron a favor. Ya comenté en este pleno que las cuentas del 2015 no reflejaban la imagen contable fiel de la Corporación. Está bien que la portavoz regionalista lo reconozca.

El Sr. Concejal D. Salomón Martín Avendaño, en nombre y representación del Partido Socialista Obrero Español, la cuenta general que se presente, como es obvio, se trae con retraso a esta cámara plenaria y contempla tanto el presupuesto como la liquidación con los informes pertinentes. Las cuentas presentadas responden a los datos obtenidos y se han presentado de forma transparente, fiable y disgregada, gracias al esfuerzo de los servicios de Intervención. Deseo también reconocer el trabajo realizado por el anterior Interventor Sr. Fernando Martínez de Arriba. Desestimo la crítica formulada por la concejala de IU, ya que se han ejecutado el 93% de los gasto y el 101’4% de los ingresos y hemos sido realistas con estos últimos. También hemos llevado adelante una correcta ejecución en el gasto. Hemos hecho un esfuerzo por conciliar y presentar correctamente las cuentas pero también por realizar las inversiones pertinentes y por ofrecer correctamente los servicios. Se ha tratado de equilibrar los ingresos y los gastos corrientes. Sobremanera no hemos acudido al

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endeudamiento y hemos satisfecho nuestro compromiso de amortización de la deuda realizando importantes aportaciones. Hemos atendido las necesidades del Ayuntamiento de Astillero de la mejor forma posible. El remanente de Tesorería no va a ser destinado a amortizar deuda. Se va a destinar la liquidación a mejorar ostensiblemente las inversiones y gastos. Deseo agradecer a los servicios de Intervención el trabajo realizado.

En el turno de réplica, señaló que la cuenta del año 2015 se aprobó con los informes que existían entonces que correspondían a aquel período. Se nos dijo por parte de los servicios de Intervención que todo estaba correcto, pero no estaba bien llevado y nos apercibieron a lo largo del año 2017. Desde el equipo de gobierno nos hemos esforzado por presentar las cuentas adecuadamente, de forma veraz y transparente.

La Sra. Concejala Dña. María del Carmen Melgar Pérez, en nombre y representación del Partido Regionalista de Cantabria, la presentación de las cuentas efectivamente, se realiza con un cierto retraso cuyo germen reside en las distintas deficiencias del departamento de Intervención, como la falta de Interventor titular, Tesorero, etc,…, los distintos cambios en materia de contabilidad. Pero hemos pasado a presentar unas cuestas claras y transparentes. Deseo agradecer a los empleados públicos implicados su dedicación y al. Sr. Interventor D. Manuel Vázquez Fernández, su entrega. La cuentas anteriormente se podían calificar de un sudoku por su falta de rigor y desajuste con la realidad pero hemos logrado ciertos logros. El primero, reducir la deuda pública pero también no continuar por la senda del endeudamiento, realizar inversiones y cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria, presentado una información real que ahora con un Interventor a jornada completa, podremos mejorar.

Terminado así el debato se pasó a ulterior votación que ofrece el resultado siguiente: Votos a favor: PRC (5 votos), PSOE: (4 votos); Votos en contra: IU (2 votos); Abstenciones: PP (6 votos).

La Cámara Plenaria municipal, por mayoría absoluta de sus miembros, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio económico 2.016, con desagregación de las Cuentas y Estados que la forman:

AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO

A.- BLANCE DE SITUACIÓNA.1 Balance de situación. Total activo y pasivo: 61.814.000,86 euros.

B. CUENTA DE RESULTADOSB.1 Ahorro: 2.384.180,64 euros.

C. ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTOD.1 Derechos reconocidos netos: 13.985.896,68 euros.D.2 Obligaciones reconocidas netas: 12.910.695,20 euros.D.3 Resultado Presupuestario: 1.075.201,48 euros.D.4 Resultado Presupuestario Ajustado: 1.381.229,68 euros.

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D. ESTADO DE TESORERIAG.1 Resumen General de Tesorería:

Existencias iniciales: 1.324.522,56 euros. Existencias finales: 2.213.229,68 euros.

E. ESTADO DE LA DEUDAEl detalle de las amortizaciones de capital e intereses figura en el

correspondiente estado contable.

SEGUNDO.- Que se proceda a rendir al Tribunal de Cuentas este acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 212.5 del Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales.

5.- MOCIONES.- CONTROL AL EJECUTIVO.-

No se presentaron.

6º.- INFORMES DE ALCALDIA.-

1) Una de las políticas más importantes que pueden llevar a cabo los Ayuntamientos es la de naturaleza fiscal, plasmada principalmente en las medidas a arbitrar en relación con la figura tributaria más importante, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Para ello, hay que ser conscientes de la realidad municipal adoptando las actuaciones que sean más justas para el total de los vecinos, teniendo siempre presente que es objetivo de esta alcaldía conjugar lo anterior con su firme propósito de mitigar en la medida de lo posible las actuaciones de subida de tipos.

El IBI es un impuesto de gestión dual en el que la política de bases imponibles le compete al Estado, con base en el aseguramiento de cierta uniformidad en todo su territorio y la política de tipos a las Entidades Locales, cuya fijación responderá a su situación hacendística particular.

La realidad del Ayuntamiento al día que tomamos posesión se resumía en tres características principales:

- Una presión fiscal (de tipos) de competencia municipal relativamente alta, que en estos dos años y medio ha pasado del 0,687 en 2015 al 0,625 en 2016 y al 0,6009 en 2017.

- Una política de gasto descontrolada, sin fijación de procedimientos ni objetivos estratégicos.

- Una mecánica de obtención de recursos (recaudatoria) obsoleta, ineficiente y, por consiguiente, injusta.

Es en este momento en el que el estado ha actualizado el valor catastral de los bienes inmuebles urbanos de Astillero por imposición legal, en el que se ha considerado conveniente aprovechar el incremento de recaudación que se pueda obtener para implementar los recursos necesarios que permitirán en este ejercicio instaurar los procedimientos adecuados para conseguir la efectiva recaudación de aquellos recursos que ahora mismo, por multitud de motivos, escapan a la tributación, de modo que una vez conseguida su efectividad y convertidos en estables permitan la

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aplicación de un Plan Estratégico de Ingresos Municipales que se pretende implantar en este ejercicio y que culminaría con una rebaja de tipos para el año 2019 que absorbiese las actualizaciones de valores para este año 2018 y la previsible para 2019, aplicando la que sí sería una competencia fiscal del ayuntamiento en relación con este impuesto y con la que se conseguirían 2 objetivos:

- La igualdad de todos los vecinos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

- La minoración de la carga fiscal a soportar por los contribuyentes en relación con este impuesto en el período 2015-2019.

2) El Ayuntamiento de Astillero concedió 19 becas de transporte universitario y ciclos formativos de grado superior, por un importe total de 4.100 € a razón de 3 estudiantes de fuera de Cantabria por un importe de 300 € cada uno y 16 estudiantes en Cantabria, con 200 €. Asimismo respecto a las becas especiales al estudio, se recibió una única solicitud para dos beneficiarias, ambas concedidas, por un importe de 200 € cada una, lo que hace un total de 400 €.

3) Dentro de la Orden HAC 40/2017 y HAC 48/2017 para la puesta en marcha del programa de Lanzaderas de Empleo y emprendimiento solidario, al Ayuntamiento de Astillero se le ha concedido una subvención por importe de “Treinta y seis mil doscientos cincuenta euros” (36.250 €) para la puesta en marcha de su V Lanzadera. Las personas interesadas en participar voluntariamente en el proceso de selección de las 20 plazas disponibles para este programa, deberán presentar una solicitud en la Agencia de Desarrollo Local de Astillero hasta el próximo lunes 5 de febrero

4) El pasado 21 de diciembre la Junta de Gobierno Local aprobó la Segunda prórroga del contrato del “Servicio de mantenimiento y conservación del alumbrado público y decorativo, e instalaciones y edificios de titularidad municipal“, por el periodo de un año, hasta el día 14 de Enero de 2019.

5) Con motivo del Decreto 50/2017 por el que se conceden subvenciones a los Ayuntamientos de Cantabria por parte de la Consejería de Obras Públicas en el periodo 2018-2019, y existiendo una financiación aprobada para el Ayuntamiento de Astillero de 500.000 €, se presentan tres proyectos:

- “Proyecto de mejora de asfaltados de diversas calles municipales”, acordado por unanimidad de los miembros de la JGL, por un importe del proyecto sin IVA de “Doscientos cincuenta y cinco mil euros con ocho céntimos” (255.000,08 €), y se solicita la financiación para el 66% del proyecto.

- “Proyecto de semipeatonalización y adecuación urbana de la c/ Francisco Díaz Pimienta”, con los votos a favor del PRC y en contra del PSOE. El importe del proyecto sin IVA asciende a “Trescientos cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y seis euros con ochenta y seis céntimos” (358.556,86 €) y se solicita la financiación para el 46,19% del proyecto.

- “Proyecto de Reparación de los defectos existentes en varios viales de la Urbanización Los Puertos de Astillero”, acordado por unanimidad de los miembros de la JGL, con un importe del proyecto sin IVA de “Trescientos cuarenta y seis mil euros” (346.000,00 €), y se solicita la financiación para el 48% del proyecto.

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6) El pasado 11 de enero, la JGL autorizó el traspaso del puesto nº 3 de la Plaza del Mercado a la sociedad TUTTODELI, S.L, en el precio declarado de “Diez mil euros” (10.000 €).De acuerdo con el Art. 8º de la ordenanza reguladora municipal, el Ayuntamiento tiene el 20 % del derecho del traspaso en concepto de tasa, por lo que deberá hacer efectiva dicha tasa por importe de “Dos mil euros” (2.000 €).

7) El Ayuntamiento de Astillero ha renovado recientemente dos convenios: por un lado el convenio de colaboración con la Asociación de Mediación de Cantabria, AMECAN, para la difusión de un servicio de mediación en el municipio de Astillero y por otro lado, el convenio de colaboración con el Colegio de Farmacéuticos de Cantabria, con una cuantía de “Tres mil seiscientos euros” (3.600 €) para mantener el servicio de dispensación de medicamentos para aquellas personas con edades avanzadas y que tienen en ocasiones problemas de dependencia y dificultades de autonomía.

8) También se ha concedido la subvención para la puesta en marcha del Taller de Empleo Astillero VIII dirigido al montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos, con una subvención de 117.097,20 euros. El Ayuntamiento de Astillero se presentó a la orden de subvenciones para proyectos de Talleres de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Cantabria con dos certificaciones profesionales para dos talleres de empleo, el concedido dirigido a 15 alumnos/as y un segundo certificado, de Atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, nivel 2, también para 15 alumnos/as que ha sido denegado.

9) En otro orden de cosas anunciar que en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2018 aparece consignada a favor del Ayto. de Astillero la cantidad de 215.000 euros para subvencionar obras de infraestructuras deportivas que se destinarán a dos obras: la remodelación del sistema de depuración de piscinas descubiertas y la construcción de campo de futbol 7 en el Estadio Frajanas.

10) El pasado 19 de enero salió publicado en el BOC la lista de admitidos, tribunal calificador y fecha del primer ejercicio (31 de enero) para cubrir de forma interina la plaza de Tesorero Municipal.

11) Adelantarles que el próximo 16 de marzo con motivo del 25 aniversario del hermanamiento entre Astillero y Chiclana, se celebrará en el salón de plenos un pequeño acto con una delegación del Ayto de Chiclana que nos visitará esos días.

7º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

El Sr. Concejal D. Carlos Cortina Ceballos, en nombre y representación del Partido Popular, presentó al Pleno los siguientes ruegos y preguntas:

Ruego: En el Pleno anterior de 18 de enero de 2018, el Pleno aprobó el rechazo a la “semipeatonalización” de la calle Francisco Díaz Pimienta. De acuerdo con la LBRL 7/85, debería haberse aportado la copia original del proyecto objeto de acuerdo y no figura en la documentación del Pleno. Ruego que en lo sucesivo no suceda esto pues, en nuestra opinión, hay un grave descuido.

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Respuesta de Alcaldía: Me sorprende su ruego ya que los documentos han estado a disposición de todos ustedes y en todo momento han podido ver el proyecto. Todos tienen acceso a dichos documentos y a los proyectos presentados. Además, si ustedes han solicitado un Pleno para rechazarlo, hay que suponer que lo conocían.

Ruego: En el Pleno anterior de 18 de enero, se me hicieron una serie de alusiones y quiero dejar claro que el Reglamento de Organización y Funcionamiento en su art. 94.1.d) establece que quien se considere aludido por una intervención podrá solicitar del Alcalde-Presidente que se conceda un turno por alusiones. La norma dice lo que dice. Espero que se tomen las medidas oportunas al respecto.

Respuesta de Alcaldía: Se contestará en la próxima sesión.

Ruego: En relación con el proyecto de “semipeatonalización” rechazado por el Pleno, usted ha dicho en la prensa que no tendrá ningún efecto práctico. En nuestra opinión y de acuerdo con el ROP y la LBRL podemos tener serios problemas. Le ruego una reflexión al respecto.

Respuesta de Alcaldía: En relación con lo que me comenta, he consultado con los servicios jurídicos y sigo sus criterios.

Ruego: En muchas de sus manifestaciones y por diversos motivos, ha mostrado su opinión negativa respecto al espacio expositivo de las maquetas navales. Quiero pensar que lo hace por desconocimiento ya que supone una manifestación cultural de primer orden, en nuestra opinión, y este espacio cuenta con las debidas autorizaciones del Gobierno regional y está en el Inventario de bienes del patrimonio etnográfico mueble de Cantabria. En nuestra opinión debería hablar con mayor rigor. En concreto se informe de cuántos espacios expositivos hay en Cantabria como el nuestro, que cumplen con la Ley de Museos de Cantabria.

Respuesta de Alcaldía: Ya he hablado en su momento de que, a nuestro juicio, se produjo un dispendio económico en este asunto. El proyecto fue objeto de severas críticas por parte de la oposición y además tenía una sentencia judicial en contra de dicha iniciativa. A día de hoy no se sabe ni de quién es la colección, pues ya no es de su primitivo dueño, pero está en el Ayuntamiento, no se sabe con qué titulo. No me parece la mejor fórmula de gestionar los intereses municipales. El centro expositivo ni siquiera tiene una demanda de público permanente, se abre unas horas a la semana.

Pregunta: En el Decreto de Alcaldía de 21 de diciembre de 2017 ha aprobado la prórroga presupuestaria del presupuesto de 2017 a 2018 que en realidad es de 2016 a 2018. Usted ha dado la conformidad a obras para incluir en el Plan acogido al Decreto 50/2017, de 1,1 millones de euros, aproximadamente. Una gran parte se financiará con cargo a los presupuestos municipales. ¿Tiene usted claro cómo va usted a resolver esta situación?.

Respuesta de Alcaldía: Hemos presentado proyecto al Decreto 50/2017 y seguiremos los informes jurídicos y de Intervención en orden a la ejecución de los proyecto y a través de los cauces previstos.

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Fecha: 25 de enero de 2018

Pregunta: Por Decreto de 5 de diciembre de 2017 se ha firmado un contrato de arrendamiento de una nave para los servicios municipales. En ese contrato se señala que el 2 de diciembre los dueños de la nave mandaron un burofax con una orden de desalojo. Teníamos una nave mucho mayor y a un precio más barato y ahora pagaremos 900 euros por la mitad del espacio, ¿qué es lo que ha ocurrido?.

Respuesta de Alcaldía: Me resulta sorprende su pregunta y deseo recordar que esta nave adolecía de distintas deficiencias en instalaciones eléctricas, conservación, hallándose fuera de ordenación. Era un mal negocio; “yo no me lo quedaría para mí y lo que no quiero para mí, no lo quiero para el Ayuntamiento de Astillero”. El Ayuntamiento ha solicitado distintas reparaciones que no se han atendido y finalmente el arrendador ha extinguido el contrato que, en mi opinión, tampoco era satisfactorio. De hecho, la nave está en manos de un banco malo. La nueva nave no es tan grande pero está bien dotada, bien situada y bien equipada. En la vida, el tamaño no lo es todo. Si quisiera le invito a usted y a la vecinos a una visita guiada para que se pueda apreciar el estado de la nueva nave y sus diferencias con la anterior.

Pregunta: En informes de Alcaldía ha expuesto de forma confusa, en nuestra opinión, una serie de ideas en relación al IBI y ha expresado una política de recaudación difusa en el tiempo. Lo que yo he entendido es que no va a bajar el tipo del IBI y los recibos se incrementarán un 4% ya que no tenían plazo para presentar otras alternativas. Querría una explicación al respecto.

Respuesta de Alcaldía: Discrepo de usted Sr. Cortina; en informes de Alcaldía he dicho lo que tenía que decir y un resumen de lo que se ha tratado en la Comisión de Hacienda. El IBI va a subir porque suben los valores catastrales un 4%. Esto es competencia del Estado y nosotros únicamente podemos bajar los tipos entre un 0’4% y 1’1%. El Ayuntamiento de Astillero tiene actualmente un 0’609%. Ahora no ha sido posible bajarlo ya que se ha publicado en diciembre de 2017 esta posibilidad. Pero siguiendo criterios técnicos, si contamos con el apoyo de otros grupos, podemos bajarlo posteriormente y los vecinos no pagarán ni un euro más de IBI. Se haría el año que viene; el Ayuntamiento en todo caso, no ingresará una cantidad muy superior a 155.000 euros, aproximadamente, haremos con ese dinero un buen uso. Como usted sabe el sistema de recaudación ejecutiva no ha funcionado muy bien lo que supone una discriminación para aquéllos que pagan religiosamente.

El Sr. Salomón Martín Avendaño intervino a instancia del Sr. Alcalde para explicar que su grupo político consigna de signo progresista una subida moderada de los tributos y justa para todos, donde había que estudiar el IAE.

A continuación se transcriben las siguientes preguntas presentadas por el Partido Popular, relacionadas con medio ambiente y obras:

1ª Pregunta.- Senda de La Canaluca.

En la senda de La Canaluca que discurre entre los polígonos de Guarnizo y Morero, se observan numerosas deficiencias que inciden entre otros aspectos, en la seguridad de quienes la utilizan en sus paseos o desplazamiento.

1.- Se pueden ver al borde la senda, varias torres de alta tensión que no tienen ninguna protección en la base y en una de ellas la protección que tenía está

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Fecha: 25 de enero de 2018

destrozada. Cualquier menor puede ascender sin dificultad con gravísimo peligro para su integridad.

2.- Al pasear por la senda nos encontramos cuatro cartelas deteriorados, abandonados, carcomidos por el óxido y sin ninguna información que justifique su presencia allí.

3.- También se observa como ejemplo claro de que no es un descuido sino abandono, un banco destrozado.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

2ª Pregunta.- Parque Infantil cercano a la calle Paco Gento.

1.- En este Parque en el que juegan numerosos niños se puede observar que existe un cartel de hierro oxidado, ininteligible, sin información y abandonado que aparte de la mala imagen e información que se transmite a los jóvenes usuarios, podría ser peligroso si los niños juegan con él.

2.- También el juego más alto presenta unas pintadas desde hace tiempo que trasmiten a los niños una imagen personal de lo que debe ser el mobiliario urbano.

3.- Por otra parte, en el juego alto asoman unas argollas que debieran valorarse por si acaso revisten algún posible peligro para los jóvenes usuarios.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

3ª Pregunta.- En el carril bici que discurre paralelo a la calle Sainz y Trevilla y al Polígono, se observan notables deficiencias, en algunos casos que pueden revestir peligro.

1.- Justo al borde del carril existe una columna totalmente rota y atada con cuerdas que en cualquier momento se puede desprender sobre los peatones y además en la parte alta se observa una caja eléctrica abierta.

2.- También aquí existe un banco deteriorado y roto, desde hace tiempo.3.- En el parque infantil cercano, existe también desde hace más de un año,

una pieza perteneciente a un juego que se debió romper y que aunque no ha regresado, el hierro permanece, pudiendo ocasionar molestias a los niños que utilizan el parque.

4.- Allí mismo a escasos metros, las canastas de baloncesto siguen sin tener las cuerdas de las cestas, dando una pobre imagen de su mantenimiento.

5.- Los carteles que patrocina el Ayuntamiento para dar información necesitan un normal mantenimiento y actualización. Por ello es destacar este cartel de la A. Desarrollo.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:

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1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

4ª Pregunta.- Senda que une carril bici y calle Paco Gento.

1.- Existe una senda o callejo que comunica el carril bici con la calle Paco Gento que presenta un estado lamentable y que por lo tanto, si es de utilidad para los vecinos, debiera restaurarse para al menos, evitar posible accidentes a los usuarios.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

5ª Pregunta.- Carril bici por detrás de Lunagua y Novoferm Alsal.

1.- Esta zona del carril bici que utilizan tanto peatones como ciclistas, presenta numerosos lugares donde se aprecia un verdín e incluso musgo, acumulado desde hace mucho tiempo, que pueden provocar en cualquier momento una peligrosa caída de la que sería responsable el Ayuntamiento. También presenta mucha suciedad acumulada.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

6ª Pregunta.- Vertidos a La Canaluca.

1.- Justo detrás de la fábrica Lunagua del Polígono de Guarnizo se observa que bajo el pequeño puente lleva meses apareciendo aguas de color blanquecino a modo de nata, desprendiendo un olor nauseabundo. Como el cuidado del medioambiente es algo que nos debe preocupar a todos, debe remediarse inmediatamente.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?5) ¿Ha denunciado este hecho a las autoridades competentes?6) ¿Cuándo piensa denunciar esta situación?

7ª Pregunta.- Los árboles desaparecen de las calles.

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Todos debemos estar de acuerdo en que los árboles son unos seres vivos fundamentales para la vida pues filtran el aire que respiramos, entre otros beneficios como el de aportar belleza a nuestras calles. Una meta de nuestros gobernantes debe ser la de mejorar la imagen urbana y la calidad de vida de los vecinos. Por ello venimos observando con gran preocupación como cada vez que se repara una calle, se van eliminando sistemáticamente los árboles que o bien se habían secado o faltaban. Se tapan los alcorques con hormigón, baldosas u otros materiales. Aunque esta forma de entender la planificación urbanística sea la más barata, sin embargo, es perniciosa y degrada nuestras calles. Actualmente se puede observar como decenas de árboles han desaparecido de calles como Herminio Fdez. Caballero, Pedro Fdez. Escárzaga, Avenida Chiclana o la Habanera, entre otras.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben reponer los árboles eliminados?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrían reponer?

8ª Pregunta.- Rotonda al final de la calle Nemesio Mercapide.

1.- Al llegar a esta rotonda, cualquier peatón que acceda o bien de la calle Habanera o del carril bici a Cabárceno, o del de Morero, se encuentra con que debe cruzar la calle por la calzada sin ninguna seguridad al no existir ningún paso de peatones habilitado para ello.

2.- Por otra parte, sería conveniente que se arreglase la papelera que existía y que ahora ha desaparecido.

3.- Otro aspecto a mejorar es este bloque que se ha desprendido, justo en el mismo lugar.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

9ª Pregunta.- Senda que bordea las Marismas Negras.

1.- En esta senda, en su margen este, en algunas zonas el suelo se encuentra encharcado y deteriorado lo que puede provocar caídas a los ciclistas o peatones, con la evidente responsabilidad del Ayuntamiento.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

10ª Pregunta.- Cartelería en las Marismas Blancas.

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1.- Al pasear por la senda junto a las Marismas Blancas nos encontramos carteles deteriorados, abandonados, carcomidos por el óxido y sin ninguna información que justifique su presencia allí.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

11ª Pregunta.- Subida desde Avda. Chiclana a rotonda Carpinteros Ribera.

1.- Al subir por la acera se encuentran varias baldosas que falta, otras sueltas y deterioradas con lo que se produce un evidente peligro para los peatones.

2- Cuando se termina la acera y se quiere acceder a las marismas blancas o a Talleres, existe una zona de paso sin ninguna protección con gran peligro para los numerosos vecinos que lo utilizan que se debiera señalizar en la mejor manera, antes de que se produzca un grave accidente. Lo mismo sucede a la otra parte, donde ni tan siquiera existe acera y las personas van por el arcén.

3.- En la rotonda de los carpinteros de ribera, en la parte de la acera, faltan baldosas y otras están deterioradas con el peligro evidente para los peatones.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

12ª Pregunta.- Paso do la Rotonda del peregrino al Club de Remo.

1.- Numerosos vecinos utilizan diariamente este camino que conecta la zona donde se ubica el club de remo con la rotonda del Peregrino, pero la acera se acaba y se debe caminar por el arcén sin ninguna seguridad y durante un buen trecho con el grave peligro de accidente. Lo mismo les sucede a los que hacen el camino inverso.

Teniendo en cuenta el gran uso de este acceso pues de lo contrario se debería dar una gran vuelta y al comprobar el interés municipal por mejorar la zona de ocio actualmente en reparación que se encuentra allí mismo, creo que se debiera contemplar una solución que otorgue total seguridad a los viandantes, gestionando en su caso la mejora a quién corresponda esta carretera.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

13ª Pregunta.- Camino que conecta B° Rivas con la nacional 635 y calle Boo.

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1.- Este camino presenta un deterioro generalizado que pone en peligro cualquier circulación de vehículos y peatones al estar lleno de baches y las piedras de la calzada sueltas. Por ello, es imprescindible contemplar para esta zona del municipio una mejora en sus comunicaciones y de ello y de los posibles accidentes que se produzcan será responsable el Ayuntamiento.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

14ª Pregunta.- Cartel sanción recogida leña.

1.- En una de las entradas al carril bici que conduce a Mocero, justo al lado de la puerta del huerto urbano, está instalado este cartel con el anagrama del Ayuntamiento, que hace referencia a la posibilidad de que se sancione a aquellas personas que extraigan leña. En dicho cartel no se hace ninguna mención a la Ordenanza, Reglamento o disposición legal que recoja esta conducta.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) ¿A qué disposición legal hace referencia tanto la prohibición como la

posible sanción?3) ¿Cree que se debe mejorar la información del cartel?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

15ª Pregunta.- Calle Pedro Fernández Escárzaga.

En esta calle, existe una diversidad de notorias deficiencias que deben ser mejoradas por seguridad, tanto de los peatones como de los conductores, puesto que es evidente que la responsabilidad de posibles accidentes recae en el Ayuntamiento.

1.- En el paso de peatones de esta calle existe un socavón que va creciendo y que supone un notorio peligro para peatones y vehículos.

2.- En la acera junto a las viviendas, donde suelen pasear personas de edad avanzada, el suelo está muy deteriorado, faltando algunas baldosas y estando otras rotas. Además, casi no existe diferencia de altura respecto a la calzada.

3.- Allí mismo, se puede observar otro bache que afecta a los vehículos aparcados y que debe arreglarse.

4.- No parece necesario que se acumulen tres bancos juntos en una zona donde no existe tal demanda mientras que pudieran ubicarse en otros lugares del municipio.

5.- Igualmente, en la zona de la calle próxima al Colegio San José, por donde pasan tantos niños y sus familias, la acera se encuentra notablemente deteriorada con evidente peligro.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?

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4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

16ª Pregunta.- Acera junto aparcamiento de Astander.

1.- En esta acera se observa un notable deterioro y con el lógico peligro para los peatones. Debe arreglarse para evitar posibles accidentes.

1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben reponer los árboles eliminados?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrían reponer?

17ª Pregunta.- Calle H. Fernández Caballero.

1.- Se puede observar en la calzada un notable bache o socavón que puede ocasionar un accidente con la consiguiente responsabilidad municipal.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

18ª Pregunta.- Acera junto Centro de Salud.

1.- En la acera de la calle Poeta Miguel Hernández, en la curva cercana a la rotonda del centro de salud, se puede apreciar en el suelo que las baldosas están levantadas y deterioradas. Conociendo que por esta zona discurren muchas personas que acceden al Centro de Salud, al Colegio de Educación Infantil e incluso a la estación, podría suceder que se originasen caída, máxime teniendo en cuenta los colectivos tan sensibles que utilizan esa acera. Es urgente que se repare.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

19ª Pregunta.- Calle Gregorio de la Torre.

1.- En esta calle, donde confluye cerca de la Iglesia de Muslera, la carretera está deteriorada e incluso se aprecian baches. Debe repararse antes de que se pueda provocar algún accidente o daños en algún vehículo.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?

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4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

20ª Pregunta.- Acera de La habanera.

1.- En esta acera, como se puede observar, existen baldosas sueltas y otras que sobresalen lo que puede provocar fácilmente una caída, sobre todo a las personas de la tercera edad que la utilizan en sus paseos o desplazamientos. Debe repararse a la mayor brevedad por la seguridad de los vecinos.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

21ª Pregunta.- Árbol talado.

Junto a la rotonda de la avenida de España, en el parque existente, se ha talado un árbol y actualmente la imagen que presenta esta situación es absolutamente lamentable sobre todo para los jóvenes que deben aprender a respetar la naturaleza. Creo que, en el caso de que fuese necesaria su tala, debiera realizarse de forma menos traumática para la vista de todos.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Existe informe técnico favorable que avale esta tala realizada?4) ¿Cree que se debe reponer el árbol eliminado?5) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podría reponer?

22ª Pregunta.- Cruce cercano al Bar Patri.

En este cruce hace semanas que se acometió una obra y para ello se abrió el suelo. Una vez finalizada la obra, se pusieron unas señales anunciando el peligro de la calzada para los vehículos que circulaban por allí. Al poco se retiraron las señales y el evidente peligro permanece, con la responsabilidad del Ayuntamiento que debe exigir a la empresa que efectuó la obra el mantenimiento de las elementales medidas de seguridad. Hasta que se asfalte debidamente la zona.

Por ello quiero formular al respecto las siguientes preguntas:1) ¿Tiene usted conocimiento de esta/s situación/es?2) Es caso afirmativo, ¿desde qué fecha lo sabe?3) ¿Cree que se deben solucionar estas notorias deficiencias?4) En caso afirmativo ¿en qué fecha estima que se podrán solucionar?

Respuesta de la Alcaldía a las 22 preguntas del Partido Popular: Se contestarán en las Comisiones informativas de Medio Ambiente y Obras, ya que considero que estas preguntas no son de Pleno.

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La Concejal Dª. Leticia Martínez Osaba, en nombre y representación de Izquierda Unida, presentó al Pleno los siguientes ruegos y preguntas:

Ruego: Que se publique en la página web tanto las ordenanzas en vigor como las actas de los Plenos, a la mayor brevedad posible.

Respuesta de Alcaldía: Ya nos hemos ocupado del tema e intentaremos a la mayor brevedad posible publicar las ordenanzas vigentes y las actas de los Plenos.

Ruego: Se proceda a la edición de un documento en el que se facilite a los vecinos el listado de las ayudas económicas.

Respuesta de Alcaldía: Nos parece una buena idea y se lo agradecemos.

Pregunta: ¿Vamos a tener Comisión de Obras para tratar los temas correspondientes a ella o trasladamos estas cuestiones al Pleno?

Respuesta de Alcaldía: Efectivamente se convocará la pertinente Comisión de Obras en las que se debatirán y resolverán las preguntas planteadas en relación con la misma.

Pregunta: En el Pleno de la semana pasada le propusimos que hiciera pública su agenda oficial y le preguntamos si estaba dispuesto a hacerlo. Usted pudo eludir la respuesta. Hoy le preguntamos de nuevo ya que los vecinos no obtuvieron respuesta.

- ¿Va a hacer pública su agenda oficial?- ¿Nos vamos a poder enterar todos los vecinos, cuándo y con quién se reúne?

Respuesta de Alcaldía: Yo no me escondo y no tengo nada que ocultar, ahora bien, la transparencia tiene un límite. Incluso en el Gobierno de Cantabria sólo se publican las visitas institucionales ya que muchas personas no desean dar publicidad a sus consultas o entrevistas.

Pregunta: Ustedes anunciaron hace semanas que los impuestos de nuestro Ayuntamiento no incrementarían en este año. Este lunes, en la Comisión de Hacienda, el Presidente nos informó que será efectivo el incremento del 4% referente a la revisión catastral de los inmuebles de nuestro municipio, esto no es la primera vez que sucede pero, a diferencia con las otras, desde el Ayuntamiento se ha podido revertir modificando el factor multiplicador del impuesto.

- ¿Por qué no se ha hecho esta vez?- ¿Quién es el responsable?

Respuesta de Alcaldía: Ya he comentado esto en la respuesta al Partido Popular. Prefiero no pronunciarme sobre la responsabilidad y que usted saque sus propias conclusiones.

No habiendo más asuntos que tratar y cumplido el objeto de la convocatoria, por el Sr. Presidente se levanta la sesión siendo las veinte horas y treinta y cinco minutos.

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Fecha: 25 de enero de 2018

Lo que como SECRETARIO, CERTIFICO.

EL ALCALDE EL SECRETARIO

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