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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA PROPIEDAD INTELECTUAL Y SOFTWARE

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Page 1: Propiedad intelectual-software

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

PROPIEDAD INTELECTUAL Y

SOFTWARE

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Protección Jurídica del Software

Para la protección por derecho de autor, en otros países exigen el depósito de muestras del material impreso y publicado en el mismo país según su legislación y ordenamiento jurídico.Por otro lado, un programa de computación permite la realización de diversas tareas que van desde el funcionamiento interno de una computadora sistema operativo, hasta la obtención de un objetivo específico programa de aplicación. Sin embargo, existen otras formas de programas como los compiladores, traductores, ensambladores, sistemas organizacionales de multiproceso y sistemas controladores de multiproceso entre otros. Como podrá apreciarse, los propósitos de los programas de computación son muy variados sin embargo comparten una característica común permiten al usuario la realización de su trabajo con mucho mayor rapidez, orden y efectividad.

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Software en distintos países

Estados UnidosLa Oficina de Patentes de EEUU estableció que para ser patentable un programa de computación, se debe demostrar una utilidad que exceda la simple resolución de ecuaciones o la transformación de un conjunto de números en otro, sino que el inventor debe aprovechar el proceso o método para algún propósito concreto.   

ColombiaPatente sobre Software libre, como cualquier obra humana, queda cobijado por los derechos de autor.  El creador de un software libre conserva los derechos morales, empezando por el de paternidad, incluso siendo obras colectivas o en colaboración.  Así mismo, el autor de una obra derivada de la original, es decir, un programa modificado y mejorado basado en otro, también tiene derecho al reconocimiento de la paternidad sobre ésta.

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Software en distintos países

Argentina

-   Primera Etapa: La Ley 11.723 no se refería expresamente a los programas de computación. La DNPI rechaza la protección por medio de patentes (res.10/64 y 15/75).

-     Segunda Etapa: El dec. 165/94 incluyó a las obras de software en la enumeración de las obras amparadas por la ley 11.723 y estableció el procedimiento de registración.

-      Tercera Etapa: La Ley 25.036/98 modificó el art. 1° de la ley 11.723 agregando a la lista de

obras científicas, literarias o artísticas a “… los programas de computación fuente y objeto;

y las compilaciones de datos o de otros materiales …”

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Propiedad Intelectual y Software

La industria de las tecnologías de la información (TI) es uno de los grandes motores del desarrollo tecnológico moderno. Desde funciones de cálculo hasta el modelamiento industrial de una cadena productiva, pasando por aplicaciones en el diseño, comunicaciones, medicina, entretención y gestión de la información, entre otros, la computación ocupa un papel sumamente relevante en la vida diaria de nuestra sociedad.

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En el Perú y la CANEl Perú y la comunidad andina de naciones (CAN) cuál es el

tratamiento de propiedad intelectual y software decreto legislativo nº 1033 protección de los autores de las obras literarias y artísticas y de sus derechohabientes, de los titulares de derechos conexos al Derecho de autor reconocidos en ella y de la salvaguardia del acervo cultural. El software se protege como una obra literaria fruto del ingenio humano, Indecopi.

Propiedad intelectual y software en la CAN régimen común de propiedad industrial otorgamiento de marcas y patentes y

protege los secretos industriales Aborda aspectos precisos en materia de patentes de invención, diseños industriales, marcas, denominación de origen y competencia desleal vinculada a la propiedad industrial, entre otros aspectos. Régimen común sobre derecho de autor y derechos conexos.

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El Régimen Común sobre Propiedad Industrial de la Comunidad Andina

Adoptado por medio de la Decisión 486, entró en vigencia el 1 de diciembre del 2000. Con su aprobación, la CAN dio una buena señal a los inversionistas nacionales y extranjeros porque  establecieron una mejor protección a los derechos de propiedad intelectual y la agilización para los registros de marcas y  otorgamiento de patentes.

La Decisión 486 aborda aspectos en materia de patentes de invención, diseños industriales, marcas, denominación de origen y competencia desleal vinculada a la propiedad industrial.