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U A J Departamento de Compilación Programa Nacional de Normalización 2004. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24/05/2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2004 La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en su carácter de Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, con fundamento en los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 55, 56, 57 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 19 del Reglamento Interior de esta Secretaría, y CONSIDERANDO Que dentro de los objetivos de la presente administración, tendientes al impulso tanto económico como tecnológico de los distintos sectores de la industria y el comercio, se encuentra el fomento de la producción y prestación de bienes y servicios cada vez más eficientes y con mejores niveles de calidad y, consecuentemente, más competitivos en el mercado nacional e internacional; Que bajo este esquema, el Gobierno Federal ha diseñado e implementado una serie de mejoras regulatorias en los procesos de normalización, con el fin de satisfacer las cada vez más exigentes necesidades de los diferentes sectores económicos en esa materia; Que el Programa Nacional de Normalización es el instrumento idóneo para planear, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, tanto en el ámbito obligatorio, como en el voluntario, por lo que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de información y difusión al público en materia de normalización; Que la Comisión Nacional de Normalización es el órgano que a nivel federal está encargado de coadyuvar en la política de normalización y coordinar las actividades que en esta materia corresponde realizar a las distintas dependencias y entidades de la administración pública federal, y Que habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 55 de su Reglamento, el Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización integró el Programa Nacional de Normalización 2004, el cual fue revisado por el Consejo Técnico de dicha Comisión y aprobado por unanimidad por esta última el 4 de febrero del año 2004, ha tenido a bien publicar el siguiente: SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE SEGURIDAD Y SERVICIOS EN LA EDIFICACION (CCONNSSE) PRESIDENTE: ARQ. EVANGELINA HIRATA NAGASAKO DOMICILIO: AVE. PRESIDENTE MASARYK No. 214-1er. PISO, COL. BOSQUE DE CHAPULTEPEC, DELEG. MIGUEL HIDALGO, C.P. 11580, MEXICO, D.F. TELEFONO: 91 38 99 91. FAX: 52 82 32 03. C. ELECTRONICO: ¡Error!Marcador no definido. a) Temas reprogramados. 1. Edificación de la Vivienda. Objetivo: Establecer los requisitos del proceso de edificación de la vivienda así como las obligaciones, responsabilidades y garantías hacia los usuarios, que deben cumplir los diferentes agentes que en él intervienen, bajo el concepto de seguridad y protección al consumidor. Justificación: La Norma Oficial Mexicana regulará el proceso de edificación de la vivienda, mediante la definición de los requisitos básicos para asegurar sus aspectos de seguridad, durabilidad, funcionalidad y habitabilidad, así como de la definición de responsabilidades, competencias y garantías de los servicios y productos que presten los diversos agentes que participan en el proceso de edificación. La Norma dará un marco de referencia para un conjunto de Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas , de las cuales se deriven los procedimientos de seguridad y protección. Fundamento legal: artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 6, fracciones I, IV y artículos 38, 39 y 40 de la Ley Federal de Vivienda; artículo 38 de la

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  • U A J Departamento de Compilacin

    Programa Nacional de Normalizacin 2004.(Publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 24/05/2004)

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretara de Economa.

    PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2004

    La Direccin General de Normas de la Secretara de Economa, en su carcter de SecretariadoTcnico de la Comisin Nacional de Normalizacin, con fundamento en los artculos 61-A de la LeyFederal sobre Metrologa y Normalizacin; 55, 56, 57 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobreMetrologa y Normalizacin; 19 del Reglamento Interior de esta Secretara, y

    CONSIDERANDOQue dentro de los objetivos de la presente administracin, tendientes al impulso tanto econmicocomo tecnolgico de los distintos sectores de la industria y el comercio, se encuentra el fomento dela produccin y prestacin de bienes y servicios cada vez ms eficientes y con mejores niveles decalidad y, consecuentemente, ms competitivos en el mercado nacional e internacional;Que bajo este esquema, el Gobierno Federal ha diseado e implementado una serie de mejorasregulatorias en los procesos de normalizacin, con el fin de satisfacer las cada vez ms exigentesnecesidades de los diferentes sectores econmicos en esa materia;Que el Programa Nacional de Normalizacin es el instrumento idneo para planear, informar ycoordinar las actividades de normalizacin nacional, tanto en el mbito obligatorio, como en elvoluntario, por lo que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de informacin ydifusin al pblico en materia de normalizacin;Que la Comisin Nacional de Normalizacin es el rgano que a nivel federal est encargado decoadyuvar en la poltica de normalizacin y coordinar las actividades que en esta materiacorresponde realizar a las distintas dependencias y entidades de la administracin pblica federal,yQue habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artculos 61-A de la Ley Federal sobreMetrologa y Normalizacin y 55 de su Reglamento, el Secretariado Tcnico de la ComisinNacional de Normalizacin integr el Programa Nacional de Normalizacin 2004, el cual fuerevisado por el Consejo Tcnico de dicha Comisin y aprobado por unanimidad por esta ltima el 4de febrero del ao 2004, ha tenido a bien publicar el siguiente:

    SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIALCOMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE SEGURIDAD Y SERVICIOS

    EN LA EDIFICACION (CCONNSSE)PRESIDENTE: ARQ. EVANGELINA HIRATA NAGASAKODOMICILIO: AVE. PRESIDENTE MASARYK No. 214-1er. PISO, COL. BOSQUE DECHAPULTEPEC, DELEG. MIGUEL HIDALGO, C.P. 11580, MEXICO, D.F.TELEFONO: 91 38 99 91.FAX: 52 82 32 03.C. ELECTRONICO: Error!Marcador no definido.a) Temas reprogramados.1. Edificacin de la Vivienda.

    Objetivo: Establecer los requisitos del proceso de edificacin de la vivienda as como lasobligaciones, responsabilidades y garantas hacia los usuarios, que deben cumplir los diferentesagentes que en l intervienen, bajo el concepto de seguridad y proteccin al consumidor.

    Justificacin: La Norma Oficial Mexicana regular el proceso de edificacin de lavivienda, mediante la definicin de los requisitos bsicos para asegurar sus aspectos de seguridad,durabilidad, funcionalidad y habitabilidad, as como de la definicin de responsabilidades,competencias y garantas de los servicios y productos que presten los diversos agentes queparticipan en el proceso de edificacin.

    La Norma dar un marco de referencia para un conjunto de Normas Oficiales Mexicanas yNormas Mexicanas, de las cuales se deriven los procedimientos de seguridad y proteccin.

    Fundamento legal: artculo 32 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal;artculo 6, fracciones I, IV y artculos 38, 39 y 40 de la Ley Federal de Vivienda; artculo 38 de la

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    Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin; artculo 2o. fraccin II del Decreto por el que secrea la Comisin Nacional de Fomento a la Vivienda.

    Fechas estimadas de inicio y terminacin: agosto de 2002 a diciembre de 2004.2. Homologacin de criterios y procesos de la vivienda de inters social.

    Objetivo: Establecer y homologar los criterios de aprobacin, evaluacin y registro deproyectos de vivienda, as como los procedimientos de supervisin, verificacin y valuacin de losprogramas de vivienda institucional, con la finalidad de implementar el otorgamiento delCertificado de la Casa, que garantice la seguridad y proteccin al usuario, adems de queeficiente los trmites y reduzca los costos.. Justificacin: La Norma Oficial Mexicana unificar criterios de trmites, requisitos yprocedimientos de autorizacin, supervisin y verificacin de los proyectos de vivienda de interssocial, adecundolos a los diversos requerimientos socioeconmicos y reglamentarios de lasregiones del pas.

    Fundamento legal: Artculo 32 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal;artculo 6, fracciones I, IV y artculos 38, 39 y 40 de la Ley Federal de Vivienda; artculo 38 de laLey Federal sobre Metrologa y Normalizacin; artculo 2o. fraccin II del Decreto por el que secrea la Comisin Nacional de Fomento a la Vivienda.

    Fechas estimadas de inicio y terminacin: enero de 2004 a diciembre de 2004.SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

    COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

    PRESIDENTE: LIC. JUAN JOSE GARCIA DE ALBA BUSTAMANTEDIRECCION: BULEVAR ADOLFO RUIZ CORTINES No. 4209, QUINTO PISO, ALA A, COL.JARDINES EN LA MONTAA, DELEG. TLALPAN, C.P. 14210, MEXICO, D.F.TELEFONOS: 56 28 06 15 al 17.FAX: 56 28 06 56.C. ELECTRONICO: [email protected]

    SUBCOMITE I DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y ACTIVIDADES DEL SECTORPRIMARIO

    COORDINADOR: M. EN C. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADADIRECCION: BOULEVARD ADOLFO RUIZ CORTINES No. 4209 QUINTO PISO, ALA A, COL.JARDINES EN LA MONTAA, DELEG. TLALPAN, C.P. 14210, MEXICO, D.F.TELEFONOS: 56 28 07 36.FAX: 56 28 07 36.C. ELECTRONICO: [email protected]) Proyectos publicados.1. PROY-NOM-135-SEMARNAT-2003, Para la regulacin de la captura para investigacin,transporte, exhibicin, manejo y manutencin de mamferos marinos en cautiverio. (Publicado en elDiario Oficial de la Federacin el 30 de junio de 2003).

    Fecha estimada de terminacin: marzo de 2004.b) Temas nuevos.2. Lineamientos para el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros en reasnaturales protegidas marinas.

    Objetivo: Elaborar una norma oficial mexicana que establezca los lineamientos para elaprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros en reas naturales protegidas marinas deinters de la Federacin.

    Justificacin: Las reas naturales protegidas constituyen zonas del territorio nacional yaquellas sobre las que la Nacin ejerce soberana y jurisdiccin, en las que los ambientesoriginales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que requierenser preservadas y restauradas. Por lo cual estn sujetas a un rgimen especial de manejo yproteccin, cuyo objetivo principal es conjugar la conservacin de los recursos naturalescontenidos en stas, promoviendo el uso sustentable de los mismos.

    Ante el incremento exponencial de las actividades extractivas y productivas en las reasnaturales protegidas, es imprescindible establecer los lineamientos y regulaciones ambientalespara el desarrollo de actividades sustentables de pesca dentro de dichas reas, principalmente enaspectos relacionados con vedas, reas, mtodos y artes de pesca, entre otros; que compatibilicen

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    el inters social y econmico al desarrollar diversas actividades productivas y extractivas con laconservacin de los recursos naturales de las reas, teniendo como premisa bsica que lasactividades extractivas que en ellas se desarrollan no afecten el equilibrio ecolgico de losecosistemas que las conforman.

    Fundamento legal: Con fundamento en lo dispuesto por los artculos 32 Bis; fracciones I,II, III, IV, V y XLI de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 1 y 5, fracciones V, VI,VII, VIII, XI y XXI, 36, 37 Bis, 44, 54, 64 y 79, fracciones I y III, 80, fracciones V y 84 de la LeyGeneral del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente; 1o. al 7o., y 18 y 21 de la Ley Federaldel Mar; 1o., 2o. y 3o., fraccin V de la Ley de Pesca; 58 y 60 Bis de la Ley General de VidaSilvestre; 1, y 3, fraccin XI, 38, fraccin II, 40, fracciones I, X y XII, 41, 43 y 47 de la Ley Federalsobre Metrologa y Normalizacin; 5o., incisos O, Q, S, R, T, U, fracciones I y V, 6o., 9o., 10, 11,12, 13 y 14 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambienteen Materia de Impacto Ambiental; 8o., fraccin V y VI del Reglamento Interior de la Secretara deMedio Ambiente y Recursos Naturales y los Decretos por los que se declaran reas NaturalesProtegida con diversos tipos y caractersticas dentro del territorio nacional;

    Fecha estimada de inicio y terminacin: enero de 2004 a diciembre de 2005.3. Especificaciones para el aprovechamiento no extractivo de las zonas de anidacin detortugas marinas y el manejo de campamentos para su conservacin y proteccin, as comoespecificaciones para las actividades en las zonas colindantes.

    Objetivo: Elaborar una norma oficial mexicana que establezca las especificaciones queregulen el aprovechamiento sustentable en playas de anidacin de tortugas marinas y sus zonascolindantes para prevenir su deterioro, fomentando su conservacin y, en su caso, su restauracin.

    Justificacin: Por la proliferacin de actividades productivas las zonas colindantes a lasplayas de anidacin de tortugas marinas estn siendo afectadas, deterioradas y destruidas porfactores tales como la conversin para usos agrcolas y ganaderos, desarrollos tursticos,urbanizacin, industrializacin, entre otros. Por lo anterior las especies de tortugas marinasexistentes en aguas de jurisdiccin federal del Golfo de Mxico y Mar Caribe, as como las