proceso poder legislativo estatal y federal

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PROCESO: PODER LEGISLATIVO (Federal y Estatal) Legislación Informática Lic. Informática ITSM 2012

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Legislación Informática

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Page 1: Proceso Poder Legislativo Estatal y Federal

PROCESO: PODER LEGISLATIVO(Federal y Estatal)

Legislación InformáticaLic. Informática ITSM 2012

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Legislativo• Se llama así al proceso por el cual uno o varios órganos del

Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general a las que se le da el nombre específico de leyes.

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Poder Legislativo

El proceso legislativo se clasifica como ordinario y de procedimientos especiales.

• Ordinario: Es el que regula la creación, reforma, adición, derogación o abrogación de leyes y decretos desde la presentación de iniciativas, hasta la expresión legalmente válida de la voluntad de la asamblea legislativa.

• De Procedimientos Especiales: Son los que corresponden a facultades del Congreso del Estado, que requieren de trámite distinto al señalado para el procedimiento legislativo ordinario, y se encuentra previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

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Proceso Federal

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La carta magna precisa que el derecho de iniciar leyes y decretos compete.a) Presidente de la Repúblicab) Diputados y Senadores al Congreso de la Uniónc) Legislaturas de los estados

La formación de leyes y decretos puede iniciarse indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.

Con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos o sobre reclutamiento de tropas, los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.

Iniciativa

• Se habla de Cámara de origen para referirse a la que inicia el procedimiento legislativo y de Cámara revisora cuando se refiere a la que recibe la propuesta que ya ha sido aprobado por dicha Cámara de origen.

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Discusión• Deliberación acerca de las iniciativas para determinar o no su

aprobación.

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Aprobación• La cámaras aceptan un proyecto de ley a través del voto a

favor de la mayoría.

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Promulgación

Es el acto del ejecutivo en virtud del cual ordena la publicación y cumplimientos de una ley aprobada por el Poder Legislativo.

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Publicación• Hacer posible el conocimiento de la Ley a través del Diario

Oficial de la Federación.• Art 72

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Artículo 72

La formulación de observaciones sobre la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado que apruebe el Congreso con motivo del proceso presupuestario deberá hacerse dentro de los cinco días siguientes a su recepción, debiéndose expresar por escrito las razones que se estimen pertinentes. El Congreso las examinará y discutirá nuevamente el proyecto dentro de los siguientes tres días; el Ejecutivo podrá nombrar un representante para que asista con voz a la deliberación que se realice. En todo caso, la formulación y desahogo de las observaciones se hará dentro del plazo que establece esta Constitución para la vigencia del año fiscal.

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Iniciación de la Vigencia• Es el acto por el cual se otorga vigor a la norma

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Proceso Estatal

En el proceso legislativo existen seis etapas:

• Iniciativa. Es una facultad con características a la vez políticas y técnicas. Otorgada normalmente a los poderes Legislativo y Ejecutivo.

• Discusión. Proceso deliberativo ejercido por los cuerpos colegiados de representación.

• Aprobación. Puede ser total o parcial.

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• Sanción. Aceptación del decreto por parte del Ejecutivo. De no aceptarse, procede el veto. El veto es la facultad que tiene el Jefe de Estado para oponerse a una ley o decreto, que el Congreso envía para su promulgación es un acto en el que el Ejecutivo participa en la función legislativa.

• Publicación. Acto por el cual la norma ya sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. Se realiza por los órganos oficiales de difusión (DOF y gacetas).

• Iniciación de la vigencia. La norma debe tener un criterio de inicio de vigencia. Por lo regular, es al día siguiente de su publicación.

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