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1 ASE REGION VIII- JULIO 2014 Procedimientos ante situaciones escolares que requieren atención inmediata Programa de Asistencia Socioeducativa Región VIII Distritos N°9 y N°10 Gerencia Operativa de Equipos de Apoyo Escolar. Ministerio de Educación - GCABA Integrantes: Lic Gabriela Navarro Lic. Daniel Jalom.

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Para escuelas secundarias de ASE Región 8 de distritos N° 9 y N° 10

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Page 1: Procedimientos ante urgencias

1ASE REGION VIII- JULIO 2014

Procedimientos ante situaciones escolares que requieren atención inmediata

Programa de Asistencia SocioeducativaRegión VIII

Distritos N°9 y N°10

Gerencia Operativa de Equipos de Apoyo Escolar.Ministerio de Educación - GCABA

Integrantes:Lic Gabriela Navarro

Lic. Daniel Jalom.Lic. Susana RubertoLic. Martina Cicchetti

Lic. Maria Esperanza DimitriEmail: [email protected]

 

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VIOLENCIA FAMILIAR

El alumno/a refiere a un adulto de la escuela que ha sufrido situación de violencia física (golpes, abuso sexual), si bien hay otras formas de violencia estas son las acciones inmediatas cuando hay riesgo para la integridad física:

 1. Informar a la Guardia Permanente de Abogados del

CDNNyA Cel.: 155-662-9923 y 155-662-8894 quienes recepcionarán la información de acuerdo con la Ley Nacional N° 26061 (art. 30 y 31) e indicarán pasos a seguir.

2. Al realizar el llamado se deben tener los datos filiatorios del alumno.

3. Solicitar Nro. de consulta y datos de la persona que atiende y redactar acta con las indicaciones recibidas.

4. Si el alumno ingresa con evidentes signos de haber sido golpeado, expresa dolor o malestar que puede estar vinculado a situación de agresión física:

5. Propiciar el dialogo con algún referente-docente contenedor.

6. Solicitar la intervención del SAME Línea 107. Describir del modo más preciso posible lo observado en el niño/a

7. El médico que asista deberá dejar registro de su intervención (en libro de actas o nota donde conste firma, con Nro. de matrícula y sello).

8. Si el alumno refiere que sufre situaciones de violencia de larga data (abuso físico, emocional, sexual) Informar al ASE para asesoramiento y elevación al CDNNyA de lo expresado por el alumno .

9. No es obligación de la escuela aportar "pruebas" sino informar de lo que se ha tomado conocimiento.

10.En todas estas situaciones una vez atendida la urgencia, comunicar al referente del ASE para seguimiento y acompañamiento.

11. Se sugiere brindarle al alumno el teléfono 102 de la Guardia del CDNNYA y la dirección de la defensoría más cercana a su domicilio para ejercer su derecho a ser escuchado y auxiliado en esta situación.

Otros números de teléfono útiles para armar una cartelera para prevenir o atender situaciones de violencia:

Línea 137 Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Familiar, gratuita funciona las 24 horas los 365 días del año

Línea 144 creada por Ley N° 26.485 de Protección

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integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Leyes que protegen a las personas víctimas de violencia: 24.417/94 de Protección contra la Violencia Familiar,

26.061/06 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, 26.390/08 de Prohibición de Trabajo Infantil y Adolescente, 26.842 Prevención y sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, 114 de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes CABA

 

ARMAS EN LA ESCUELA

 

Un alumno refiere o es observado con armas (blanca/fuego) dentro de la escuela:

1. No revisar sus pertenencias. Generar un clima de tranquilidad y llevarlo a rectoría con sus pertenencias. Se sugiere que esta tarea la lleve a cabo un adulto de la escuela de la confianza del alumno.

2. Mantener la calma con el resto de los alumnos y docentes y que permanezcan en las aulas.

3. Informar a la Guardia permanente de Abogados del CDNNyA Cel.: 155-662-9923 y 155-662-8894 quienes recepcionarán la información de acuerdo con la Ley Nacional N° 26061 (art. 30 y 31) e indicarán pasos a seguir.

4. Al realizar el llamado se deben tener los datos

filiatorios del alumno5. Solicitar Nro. de consulta y datos de la persona que

atiende y redactar acta con las indicaciones recibidas

6. Comunicar Supervisión. 7. Comunicarse con los adultos responsables del

alumno.8. Una vez que se hagan presentes abogados del

CDNNyA, representantes de Supervisión proceder a llamar a la comisaria para realizar el retiro del arma.

9. Informar al ASE para otras intervenciones y seguimiento de caso.

ALUMNO CON ESTADO ATIPICO

Aquí englobamos: desorganización conductual, conductas atípicas, desorientación

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temporoespacial, agresión inusitada, confusión mental.

1. Comunicarse inmediatamente con el adulto responsable (tutor - familiar).Solicitar la intervención del SAME Línea 107. Describir del modo más preciso posible lo observado en el/la adolescente. Incluso si se considera que el alumno ha ingerido alguna sustancia por la cual podría estar intoxicado.

2. El médico que asista deberá dejar registro de su intervención (en libro de actas o nota donde conste firma con Nro. de Matrícula y Sello)

3.  En caso de no ubicarse al adulto responsable (tutor/familiar) llamar a Guardia permanente de Abogados del CDNNyA Cel.: 155-662-9923 y 155-

662-8894 quienes recepcionarán la información de

acuerdo con la Ley Nacional N° 26061 (art. 30 y 31) e indicarán pasos a seguir.

4. Al realizar el llamado se deben tener los datos filiatorios del alumno.

5.  Solicitar Nro. de consulta y datos de la persona que atiende y redactar acta con las indicaciones recibidas.

6.  Informar a Supervisión7.  Informar al ASE para otras intervenciones y

seguimiento de caso.

FUGAS DEL HOGAR Y AUSENCIA EN LA ESCUELA

1. Indicar a la familia que realice inmediatamente la denuncia en la Comisaría más cercana a su domicilio. En comisaria deben tomar la denuncia, no es necesario que pasen 24 hs., las primeras horas son fundamentales para hallar a un niño/adolescente que se ha perdido o que se ha ido voluntariamente de su casa .

2. Se indica a la familia que avise al Registro Nacional de Personas Menores Extraviadas Línea 142 , 0800-

122-24423. Realizar acta con datos e indicaciones que se le han

provisto a la familia4. Informar a la Guardia permanente de Abogados del

CDNNyA Cel.: 155-662-9923 y 155-662-8894 quienes recepcionarán la información de acuerdo con la Ley Nacional N° 26061 (art. 30 y 31) e indicarán pasos a seguir

5. Al realizar el llamado se deben tener los datos filiatorios del alumno.

6. Solicitar Nro. de consulta y datos de la persona que atiende y redactar acta con las indicaciones

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recibidas.7. Desde la escuela trabajar eje de prevención y que los

alumnos conozcan derechos y posibilidad de llamar al 102 o 137 Programa de Victimas contra las Violencias, pues hechos de violencia, en algunos casos, pueden derivar en fugas del Hogar.

8. Informar a Supervisión y al ASE.

 

FUGA DEL HOGAR PERO ASISTE A LA ESCUELA

 

1. Entrevistarlo con profesionales del DOE/Conducción.

2. Informar a la Guardia permanente de Abogados del CDNNyA Cel.: 155-662-9923 y 155-662-8894 quienes recepcionarán la información de acuerdo con la Ley Nacional N° 26061 (art. 30 y 31) e indicarán pasos a seguir.

3. Al realizar el llamado se deben tener los datos filiatorios del alumno.

4. Solicitar Nro. de consulta y datos de la persona que atiende y redactar acta con las indicaciones recibidas.

5. Los profesionales de la Guardia serán quienes evaluarán si el joven regresa o no a su casa o envían un operador para entrevistarlo en la escuela

6. Informar a Supervision7. Informar al ASE para otras intervenciones y

seguimiento de caso. 

ACOMPAÑAMIENTO/TRASLADO DE ALUMNOS A UN HOSPITAL

1. Redactar un acta con las circunstancias del traslado con nombre, matrícula y firma del médico.2. La firmará la autoridad a cargo y dos testigos adultos.3. Cuando se presenten los responsables se les pedirá que firmen el acta.4. Si al momento de llegar ambulancia aún no estuviera presente en la escuela ningún adulto responsable del

alumno/a, las autoridades de la escuela determinarán quien acompañará durante el traslado. El Director/a, Rector/a determinará, si correspondiere, qué integrante del personal del establecimiento acompañará al alumno/a afectado en caso de traslado a un hospital hasta tanto se haga presente el responsable del mismo. (Reglamento escolar, cap. XIII art. 72, punto 3.3.b)

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5. Una vez ingresado en la institución de salud, el personal de la escuela que acompaña debe contactarse con los Profesionales del Servicio Social de Guardia a quienes se les proveerá los datos del alumno/alumna considerados pertinentes para dar cuenta de la situación que originó esta acción y contactarse con los adultos responsables (si aún no se hubieren presentado)

6. Si ya estuviera presente algún adulto responsable en el momento del traslado, pero los profesionales del SAME evaluaran que no es conveniente que los mismos acompañen en el interior de la ambulancia, queda a criterio de las autoridades si se efectúa dicho acompañamiento (pues los adultos ya se hicieron presentes en la escuela y tomaron conocimiento de la situación).  Siendo así, tan pronto ingresa el alumno/a al Hospital, los agentes educativos pueden retirarse cuando lo consideren pertinente..

Nota: Si no lograse establecerse comunicación con adultos responsables o se reusasen a asistir dar aviso a la guardia del CDNNyA.Los adultos autorizados ante la escuela son los que han firmado el registro escolar al inicio del ciclo lectivo y madre o padre a menos que exista una restricción judicial contra ellos de la que esté informada la escuela y tenga constancia de la misma, esto es vital cuando se trate de asistencia por violencia. La escuela deberá contar con los datos completos y actualizados de los alumnos los que deben ser de fácil y rápido acceso, Ejemplo: últimas páginas de registro de inasistencias donde además figuren los datos completos de los adultos responsables de los alumnos. Se registrarán nombres y apellidos completos de alumnos y responsables. Domicilio y teléfono particular. Otros domicilios y teléfonos donde puedan ser ubicados los responsables.

IMPORTANTE: Toda información debe manejarse con extremo cuidado, privilegiando el resguardo de la intimidad de los niños, niñas y adolescentes cuyos derechos se encuentran preservados por la Ley Nacional 26061 de Derechos de NNyA y la Ley 114 de Derechos de NNyA de CABA, como así también por la Ley 25.326. de Protección de los Datos Personales.