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  • 1. RESOLUCIN DE LA VICECONSEJERA DEEDUCACIN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SEDICTAN INSTRUCCIONES PARA EL CURSO 2014-2015PARA EL CONTROL Y EL TRATAMIENTO DE LAINFORMACIN, REFERIDAS AL ABSENTISMO DEALUMNADO EN LOS CENTROS EDUCATIVOSDEPENDIENTES DE LA CONSEJERA DE EDUCACIN,UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD.

2. R E S U E L V O nico. Aprobar las siguientes instrucciones yanexos que las acompaan, con vigencia parael curso 2014-2015 desde el da siguiente de sufirma.Establecer los procedimientos concretos que seaplicarn para el control de las faltas de asistencia, delos retrasos o de las salidas anticipadas del alumnado;los motivos y los cdigos que se emplearn para sujustificacin, segn figuran en el ANEXO I. 3. 1. DEFINICIN Y TIPOLOGASa) Absentismo moderado o leve: inasistencia hasta un15% de las sesiones de clase.b) b) Absentismo grave: inasistencia entre el 15% y el50% de las sesiones de clase.c) Absentismo muy grave: inasistencia de ms de un50% de las sesiones de clase.Un alumno o alumna tendr la consideracin deabsentista moderado cuando la inasistencia alcanceel 5% de las sesiones de clase. 4. Cuando el absentismo del alumnado impida la aplicacin de laevaluacin continua, se emplearn sistemas de evaluacinalternativos que sern aprobados por la Comisin deCoordinacin PedaggicaLos criterios para la aplicacin de la evaluacin continuay los porcentajes de faltas que se acuerden para laaplicacin de los citados sistemas de evaluacinalternativos se contemplarn en la Programacin GeneralAnual (PGA) del centro. 5. 2. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIN DE LOSCENTROS EDUCATIVOS PARA EL CONTROL DE LAASISTENCIA DEL ALUMNADO. La jefatura de estudios, odo el Consejo Escolar del centro, fijar losprocedimientos concretos que se aplicarn para el control de faltas ysu justificacin, y la comunicacin a las familias. (ANEXO II) Por su parte, el profesorado de las diferentes reas, mbitos omdulos controlar todos los das las faltas de su alumnado. Una vezfinalizada la jornada lectiva, todos los retrasos o las faltas deasistencia de alumnado deben quedar registrados, de formatelemtica, a travs de la aplicacin. Cada centro escolar podr establecer el sistema que estime oportunopara comunicar los retrasos y las faltas de asistencia, especialmentede primera hora, que fijar en sus Normas de Organizacin yFuncionamiento (NOF). 6. En el caso de ausencia del profesorado, el centro educativotendr previsto dentro de su plan de sustituciones de cortaduracin el profesorado que realizar la funcin de control yregistro de las faltas de asistencia o retraso del alumnado. Si el alumnado participa en una actividad complementaria oextraescolar, el profesorado responsable de la actividad es elencargado del control de la asistencia del alumnado participante. En las actas de cada sesin de evaluacin se dejar constanciadel absentismo del alumnado, estando estas a disposicin de lacomunidad educativa para su consulta, si as fuera necesario,conforme a lo que se establece en el anexo III: nmero de faltasjustificadas y no justificadas de cada alumno o alumna, elperiodo en el que se han producido, las causas alegadas por lasfamilias. 7. La direccin del centro informar al ConsejoEscolar, al menos trimestralmente, de la incidenciadel absentismo escolar en el centro, debindoseincorporar estos informes a la memoria final delcurso, conforme a lo que se establece en el anexoIV. 8. 3. CMPUTO DE TIEMPO PARA LAS FALTASDE ASISTENCIA, Y LOS RETRASOS Y LASSALIDAS ANTICIPADAS. Cualquier falta de asistencia, retraso o salidaanticipada del alumnado a sus sesioneslectivas deber quedar siempre registrada yas lo consignar el profesorado responsablede las mismas. En el caso de que stepermanezca con el grupo a lo largo de todaslas sesiones, el control de la asistencia sepodr realizar una nica vez al da. 9. A efectos de cmputo, ser la aplicacin de gestinacadmica y administrativa de la CEUS la querealice los clculos numricos. En este sentido, cada tres retrasos osalidas anticipadas sin justificar secontabilizarn como una falta deasistencia, o en su caso, como unafalta justificada si se efecta eltrmite correspondiente. 10. 4. JUSTIFICACIN DE LAS FALTASDE ASISTENCIA, Y LOS RETRASOS YLAS SALIDAS ANTICIPADAS. 1. Faltas de asistencia, retrasos y salidas anticipadas justificadas: A presentar por las familias, tutores legales o alumnado mayor de edad: a) Indisposicin y enfermedad del alumnado. b) Enfermedad de un familiar. c) Fallecimiento de un familiar. d) Deberes inexcusables (ser elegido miembro de un jurado popular,asistencia a una citacin, ser elegido miembro de una mesaelectoral). e) Asistencia a pruebas o entrevistas para el acceso al mundo laboral. f) Imposibilidad de desplazamiento al centro. g) Otras causas justificadas (a determinar por el centro). 11. Propias del desarrollo de la actividad lectiva y dela organizacin del centro: h) Participacin en actividades propias del centro educativo. i) Salidas a actividades complementarias en horario lectivo. j) Suspensin del derecho de asistencia a las clases de una ovarias reas, materias, mbitos o mdulos por un periodo detres a diez das lectivos, sin prdida de la evaluacin continua(medida ante conducta contraria a la convivencia de carctergrave). k) Suspensin del derecho de asistencia a las clases de una ovarias reas, materias, mbitos o mdulos por un periodo detres a diez das lectivos, sin prdida de la evaluacin continua(medida ante conducta que perjudica gravemente laconvivencia). l) Asistencia a reuniones autorizadas. m) Otras causas justificadas (a determinar por el centro). 12. 2. Faltas de asistencia, retrasos ysalidas anticipadas injustificadas: a) Por carencia de solicitud de justificacin. b) Por desestimacin de la justificacin. c) Por decisin colectiva de inasistencia, sin ser elresultado del ejercicio del derecho a lamanifestacin de discrepancia ante decisiones oacontecimientos relacionados con la vida escolar ysin comunicacin previa a la direccin del centroeducativo. d) Por otras causas (a determinar por el centro). 13. Para las justificaciones referidas a enfermedad delalumnado o de un familiar, y dada la especialincidencia de este tipo de ausencias, sern vlidosa todos los efectos, los escritos (volantes,citaciones) que emita la administracin delcentro de salud, hospital o entidad mdica a la quese haya acudido, sin necesidad de que seansolicitados al personal mdico o de enfermeraque atendi la consulta o visita, ni firmados porellos. 14. 5. REGISTRO DE ASISTENCIA DELALUMNADO Y SU COMUNICACIN. El absentismo del alumnado de Educacin Primaria yEducacin Secundaria Obligatoria debe ser comunicado porparte de los centros escolares, segn el modelo que figura enel ANEXO V, al servicio municipal responsable del mismo y ala Inspeccin Educativa. Tras la certificacin de datos, se emitir, telemticamente,un nico informe, de periodicidad mensual y durante laprimera quincena del mes siguiente, que recoja todos loscasos de absentismo escolar, destacando, en especial, loscasos que conlleven un 15% o ms de inasistenciainjustificada a las sesiones lectivas. 15. Los centros educativos a travs del profesoradotutor comunicarn, al menos tres veces a lo largodel curso y coincidiendo en lo posible con laentrega de calificaciones, a las familias o a lostutores legales y a la comunidad educativa, engeneral, las actuaciones referidas al control, a lagestin y a la intervencin sobre las faltas deasistencia y los retrasos del alumnado, conforme elmodelo establecido en el ANEXO VI. 16. A partir de los datos obtenidos con el registro y el control delas faltas de asistencia, y de los retrasos y salidas anticipadasdel alumnado, la Viceconsejera de Educacin yUniversidades, a travs de la inspeccin educativa; loscentros educativos; los ayuntamientos; e instituciones yorganismos implicados en el tema podrn hacer los estudiosnecesarios, as como disear estrategias de actuacincontinuas y coordinadas, no slo para la erradicacin delabsentismo y del abandono escolar, sino tambin para lamejora de la asistencia a los centros educativos dependientesde la CEUS.Para los casos de ayuntamientos, y de instituciones yorganismos, se habilitar una aplicacin informtica por partede la CEUS para la recepcin y el tratamiento de dichos datos.