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Arq. Alba María Elsa Castillo Perea
Directora General de Ordenamiento Territorial
DESARROLLO URBANO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
3
CONTENIDO
Competencias y atribuciones
Sistema Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento
Territorial
Hacienda Municipal
Régimen de Propiedad en Condominio
Programa Municipal de Desarrollo Urbano
Sistema Administrativo de Control del Desarrollo Urbano
Medidas de Mitigación
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COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES
DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS
Código de Procedimientos Civiles
Código Penal para el Estado de Hidalgo
Reglamento de la LAHDUyOT
Ley Estatal del Procedimiento Administrativo
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
Ley de Hacienda Municipal
Ley de Coordinación para el Desarrollo Metropolitano
Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial para el Estado de Hidalgo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Sistema Normativo de Desarrollo Urbano y Ordenamiento
Territorial del Estado de Hidalgo
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de
su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:
TRANSITORIO Modificación Art. 115
Artículo Tercero.- Tratándose de funciones y servicios que conforme al presente Decreto sean competencia de los municipios y que a la entrada en vigor de las reformas
a que se refiere el artículo transitorio anterior sean prestados por los gobiernos estatales, o de manera coordinada con los municipios, éstos podrán asumirlos, previa
aprobación del ayuntamiento. Los gobiernos de los estados dispondrán de lo necesario para que la función o servicio público de que se trate se transfiera al
municipio de manera ordenada, conforme al programa de transferencia que presente el gobierno del estado, en un plazo máximo de 90 días contados a partir de
la recepción de la correspondiente solicitud.
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:
a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación
o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;
d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;
e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;
g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial;
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones
administrativas que fueren necesarios;
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE MÉXICO
NO OBSTANTE DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA
CONSTITUCIÓN ESTE DEBERÁ:
(Por tratarse de funciones y servicios que están siendo prestados por el Gobierno del Estado).
SOLICITAR AL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO
LA TRANSFERENCIA DE DICHAS FUNCIONES.
(Para ello, los gobiernos de los estados dispondrán de lo necesario para que la función o servicio público de que
se trate se transfiera al municipio de manera ordenada, conforme al programa de transferencia que presente el
Gobierno del Estado, en un plazo máximo de 90 días contados a partir de la recepción de la correspondiente
solicitud).
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE MÉXICO
LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, DESARROLLO
URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
TRANSFERENCIA DE FUNCIONES DE
ORDEN CONSTITUCIONAL
Dictamen de Congruencia
Inscripción en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio y Decreto en
Periódico Oficial del Estado
Programa Municipal de Desarrollo
Urbano y Ordenamiento Territorial
9
SISTEMA ESTATAL DE
DESARROLLO URBANO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
COMPETENCIA
MUNICIPAL
COORDINACIÓN
ESTADOS
Y/O MUNICIPIOS
COMPETENCIA
ESTATAL
PROGRAMA ESTATAL DE
DESARROLLO URBANO Y
ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
Programas Regionales
y Subregionales de
Desarrollo Urbano y
Ordenamiento
Territorial
Programas
Municipales de
Desarrollo
Urbano
Programas de
Desarrollo Urbano
de Centros de
Población
Programas de
Desarrollo Urbano y
Ordenamiento
Territorial de Zonas
Conurbadas o
Metropolitanas
Programas
Parciales de
Desarrollo
Urbano
…….. conjunto de programas y disposiciones tendientes a la ordenación de los asentamientos humanos y la regulación de las acciones de fundación, conservación, mejoramiento ycrecimiento de los centros de población en la Entidad; (Art. 10 LAHDUyOT).
PR
OG
RA
MA
S S
EC
TO
RIA
LE
S
SISTEMA ESTATAL DE DESARROLLO URBANO
Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
PLAN ESTATAL DE DESARROLLO URBANO
PROGRAMAS REGIONALES Y
SUBREGIONALES DE DUyOT
11
PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO
Y ORDENAMIENTOTERRITORIAL DE ZONA
METROPOLITANA
1
PROGRAMA DE ORDENAMIENTO
URBANO DE ZONA CONURBADA
1
PROGRAMAS MUNICIPALES DE
DESARROLLO URBANO 15
PROGRAMAS MUNICIPALES DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
3
PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO
DE CENTROS DE POBLACIÓN
4
PROGRAMAS PARCIALES DE
DESARROLLO URBANO 3
38
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LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESTADO DE HIDALGO.ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL, ALCANCE, VOLUMEN II, DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.Ley publicada en Alcance al Periódico Oficial, el lunes 17 de septiembre de 2007.
T R A N S I T O R I O S
NOVENO.- Los Municipios tendrán 180 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, para emitir oactualizar los Programas Municipales de Desarrollo Urbano, de los Centros de Población, así como los Programas Parciales ySectoriales.
HACIENDA MUNICIPAL
Instrumentos:
• Licencia de uso de suelo
• Licencia de uso de suelo para fraccionar
• Licencia de Subdivisión
• Licencia de Fraccionamiento
• Licencia de Fusión
• Licencia de Relotificación
• Autorización para Venta y Escrituración de Régimen de
Propiedad en Condominio
• Autorización para venta de lotes en fraccionamientos
• Prórroga de uso de suelo y de fraccionamiento
SISTEMA ADMINISTRATIVO DE CONTROL DEL DESARROLLO URBANO
(Art. 132 LAHDUyOT)IN
STR
UM
ENTO
S
Hacienda Municipal
La Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo, establece en sus artículos 138 y 141, los
Derechos que los Municipios pueden percibir, por la expedición de constancias y el otorgamiento de licencias de
uso del suelo en sus diversas modalidades; sí como por la expedición de las licencias de subdivisión y autorización defraccionamientos.
Los artículos 139 y 142, instituyen que únicamente los Municipios,
que cuenten con Programas de Desarrollo Urbano vigentes, en
términos de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo y su Reglamento,
podrán percibir el cobro de Derechos por esos conceptos
CONDICIONANTE
Hacienda Municipal
Ley de Ingresos de cada Municipio del Estado de Hidalgo correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018respecto a los derechos por la expedición de constancias y otorgamiento de licencias de uso de suelo, y autorización defraccionamientos en sus diversas modalidades se determinara de acuerdo al Título Tercero Capítulo Tercero SecciónSegunda artículos 138 al 143;
Para el cobro del derecho por la expedición de constancias, se requiere acreditar que
el municipio cuenta con Plan de Desarrollo Urbano autorizado y vigente en términos
de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
del Estado de Hidalgo y su Reglamento, debiendo aplicar las siguientes cuotas:
Concepto Cuota fija $
1. Por expedición de constancias de uso de suelo. N/A
2. Otorgamiento de licencias de uso de suelo unifamiliares,
cuya ubicación del predio se localice dentro o fuera de un
fraccionamiento:
2.1 Por otorgamiento de licencia de uso de suelo:
2.1.1 Uso habitacional:
2.2.1.1 Habitacional de urbanización
progresiva. N/A
2.2.1.2 Habitacional económico. N/A
2.2.1.3 Habitacional popular. N/A
EJEM
PLO
NO
CU
ENTA
C
ON
RÉGIMEN DE PROPIEDAD Y CONDOMINIO
Régimen de propiedad en Condominio
ARTÍCULO 8.- Corresponde a la Secretaría:
“…XXII BIS.- Coadyuvar con los municipios en el otorgamiento de licencias, permisos y autorizaciones de
conjuntos urbanos, fraccionamiento, fusión, subdivisión, relotificación, reagrupamiento inmobiliario y cambio a
régimen en propiedad en condominio;…”
Se requiere Constancia de Viabilidad y Dictamen de Impacto Urbano y Vial expedido
Licencias de régimen de propiedad en
condominio, fraccionamiento,
subdivisión, construcción,
reconstrucción, etc…
Programa de Desarrollo Urbano
y Ordenamiento Territorial
TRANSFERENCIA DE
FUNCIONES DE ORDEN
CONSTITUCIONAL
Artículo Tercero Transitorio de las Reformas del 23 de diciembre del año 1999, en relación con el artículo 115 fracción V incisos a) y
d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
PROGRAMA MUNICIPAL
DE DESARROLLO URBANO
Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
PROGRAMAS MUNICIPALES DE DESARROLLO URBANO
Dictamen de Congruencia (Art. 137 BIS LAHDUyOT)
SISTEMA ADMINISTRATIVO DE
CONTROL DEL DESARROLLO URBANO
Art. 4, LAHDUyOT;
Acción urbana es el aprovechamiento, acondicionamiento y utilización del territorio para el asentamiento humano.
Instrumentos:
• Licencia de uso de suelo
• Licencia de uso de suelo para
fraccionar
• Licencia de Subdivisión
• Licencia de Fraccionamiento
• Licencia de Fusión
• Licencia de Relotificación
• Autorización para Venta y
Escrituración de Régimen de
Propiedad en Condominio
• Autorización para venta de lotes en
fraccionamientos
• Prórroga de uso de suelo y de
fraccionamiento
Usos de Impacto
CONSTANCIA DE VIABILIDAD
POSITIVA
NEGATIVA
SISTEMA ADMINISTRATIVO DE CONTROL DEL DESARROLLO URBANO
(Art. 132 LAHDUyOT)
INST
RU
MEN
TOS
CONSTANCIA DE VIABILIDAD
Genera: impacto relevante en la estructura urbana, la infraestructura, la imagen urbana, los recursos naturales, las vialidades, los
medios de comunicación, etc.
Art. 139. LAHDUyOT Obtener el dictamen correspondiente del estudio de impactos urbanos, viales y ambientales emitidos por el Estado.
USOS DE IMPACTO
Impacto Urbano Impacto Vial
Usos de Impacto Social
Efectos asociados
Medidas de Mitigación
MEDIDAS DE MITIGACIÓN
La empresa SUNPOWER SYSTEMS MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V. se compromete con una participación
monetaria en una sola exhibición por la cantidad de $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M. N.).
La empresa donara al municipio de Nopala de Villagrán:
o 35 kw en sistemas fotovoltaicos, entregando 107 paneles solares.
o 10 kw en 30 paneles solares.
o Curso de capacitación “Academia Solar”.
Dictamen de Impacto Urbano y Vial
Medidas de Mitigación
PARQUE SOLAR ´DAÑU 2
26
www.hidalgo.gob.mx
Ex Centro Minero, Col. Venta Prieta, Edificio No. 2-A Planta
Baja, Pachuca de Soto, Hgo., C.P. 42080
Tel(s). :(01 771) 717 80 00 Ext. 8741 Fax: 86 94
ARQ. ALBA MARÍA ELSA CASTILLO PEREA
DIRECTORA GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
GRACIAS