pregunt. y resp. sobre c.pago y ruc

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http://www.asesormype.com/comprobantes-de-pago-preguntas-y-respuestas/

Preguntas y respuestas sobre comprobantes de pago:1. Para qu sirven los Comprobantes de Pago?A las empresas les sirve para: Sustentar la posesin de su mercadera. Contabilizar sus adquisiciones en el Registro de Compras. Sustentar su costo o gasto para efecto tributario.Para los consumidores finales les sirve para: Demostrar la titularidad del bien. Contar una constancia de haber realizado este pago. En el caso de haber realizado un pago adelantado por la compra de un bien o la contratacin de un servicio, usted deber recibir un comprobante. Presentar un reclamo, solicitar cambio de un artculo que compr o la mejora de un servicio contratado. Participar del sorteo de Comprobantes de Pago.4. Si ya no realiz actividades, que debo hacer con mis Comprobantes de Pago?Debe realizar el trmite debaja de comprobantes de pago(de los no utilizados), con su Clave SOL a travs de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) con elFormulario Virtual N 855.Por el mismo medio debe dar de baja a las series a las que pertenecen sus comprobantes de pago y la cancelacin de autorizacin de impresin cuando los comprobantes incluidos en ella no han sido impresos.

5. Qu debo hacer en caso de prdida, robo o extravo de los comprobantes de pago?Si se extravan sin emitir(en blanco)Paso1-Presentar la denuncia del hecho en la comisara del lugar ms cercano.Paso 2.-Tramitar la baja de comprobantes de pago perdidos, robados o extraviados, QUE NO HAN SIDO EMITIDOS. Este trmite lo pueda realizar a travs de Internet (www.sunat.gob.pe) con la Clave SOL.Si se extravan una vez emitidos: Presentar un escrito por la Mesa de Partes de la SUNAT comunicando la perdida, robo o extravo de los COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS, detallando el tipo de documento, la serie y numero. El escrito deber presentarse dentro de los 15 das hbiles de producido el hecho.

. Si cambio mi direccin (domicilio fiscal), podr seguir utilizando los Comprobantes de Pago?S, siempre y cuando coloque con un sello o medio mecanizado, su nueva direccin en el comprobante de pago. Las nuevas impresiones de comprobantes de pago s deben realizarse considerando la nueva direccin.7. El concepto que deseo cobrar en el Comprobante de Pago debe estar acorde con mi actividad econmica comunicada a SUNAT?Por supuesto, es importante saber que debemos mantener actualizado el dato de la actividad econmica en el RUC.8. Con los Recibos por Honorarios puedo cobrar por el alquiler de un bien o la venta de algn producto?No, los recibos por honorarios slo sirven para cobrar por los ingresos de rentas de 4ta categora, por ejemplo por el ejercicio de una profesin, ciencia, arte u oficio.9. Cundo se debe consignar los datos del adquirente o usuario en las boletas de venta?Cuando el monto total a pagar, en la boleta de ventasupere los S/. 700.00, ser necesario consignar los siguientes datos del adquirente o usuario:* Apellidos y nombres.* Nmero de su Documento de Identidad10. La Factura Negociable es un comprobante de pago?No, la Factura Negociable no es un comprobante de pago, es un ttulo valor que no tiene efecto tributario. No requiere autorizacin de impresin, e incluso puede ser impreso por el propio contribuyente que la emite.11. Cul es el trmitepara cancelaruna autorizacin de impresin cuando no los comprobantes de pago incluidos en ella no han sido impresos?La cancelacin se solicita a travs de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe),usando su Clave SOLllenando en lnea el Formulario Virtual N 855.12.Los comprobantes de pago a partir del 16 de agosto de 2013, deben incluir como informacin necesariamente impresa, el dato de la provincia?A partir de la entrada en vigencia de la Resolucin de Superintendencia N 245-2013/SUNAT, es decir, desde el 16 de agosto de 2013, en los comprobantes de pago: FACTURAS, BOLETAS DE VENTA, RECIBOS POR HONORARIOS , LIQUIDACIONES DE COMPRAS Y TICKETS O CINTAS EMITIDOS POR MQUINAS REGISTRADORAS, la direccin del domicilio fiscal y/o del establecimiento donde est localizado o ubicado el punto de emisin,podr no incluir el dato de la provincia.13. Los comprobantes de pago impresos hasta el 15 de agosto de 2013 no emitidos, deben incluir como informacin necesariamente impresa, el dato de la provincia y el distrito?Si, los comprobantes de pago impresos hasta el 15 de agosto y no emitidos, deben incluir el dato del distrito y la provincia, en caso no se encuentre dicha informacin impresa en el comprobante podr ser consignada mediante algn medio mecanizado o computarizado, como por ejemplo usando un sello.Tenga en cuenta que tratndose de tickets o cintas emitidos por mquinas registradoras, la informacin de la direccin del establecimiento en el cual se emiten aquellos, relativa al distrito podr consignarse de manera abreviada, siempre que permita su plena identificacin.

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http://www.deperu.com/contabilidad/preguntas-frecuentes-sobre-el-ruc-296Como se puede verificar que el N de RUC se encuentra activo?Se podr realizar la consulta sobre el RUC de cualquier contribuyente a travs de la siguiente opcin:bsqueda de numero RUCQu trmites debo realizar para obtener el duplicado del Comprobante de Informacin Registrada (CIR) en caso de perdida, deterioro o extravo?Se deber exhibir el original y presentar fotocopia del el documento de identidad del deudor tributario (contribuyente) o Representante Legal acreditado en el RUC.

El CIR tambin podr ser impreso por los contribuyentes desde SUNAT Virtual, a travs de SOL - Operaciones en Lnea, segn corresponda, y contendr el nmero de RUC, los datos declarados y las modificaciones efectuadas por el inscrito o su representante legal, as como la condicin de domicilio asignada por la SUNAT.

Cmo comunico el cambio de domicilio fiscal y dnde debo hacerlo?Lo realizarn a travs del Formulario N 2127, debiendo exhibir el original y presentar fotocopia de los siguientes documentos: el ltimo recibo de luz, agua, telefona fija televisin por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los ltimos dos meses o la declaracin de predio, autoavalo indistintamente uno de ellos. El plazo para efectuar el trmite es de un (01) da hbil contado a partir de producido el cambio del domicilio fiscal. Si el trmite es realizado por una tercera persona, sta deber exhibir el original y presentar fotocopia del documento de identidad del contribuyente o representante declarado en el RUC, adems presentar una carta poder simple en la que se indique expresamente la autorizacin correspondiente. La persona que realiza el trmite deber apersonarse a la Intendencia Regional u Oficina Zonal a la que pertenece e identificarse exhibiendo el original y presentando la fotocopia de su documento de identidad. Si el cambio del domicilio fiscal, se efecta dentro de los lmites de la misma dependencia de la SUNAT y siempre que dicho cambio haya sido declarado, podrn habilitarse los comprobantes de pago en existencia a la fecha de ocurrido el cambio de direccin, consignando mediante cualquier mecanismo, la nueva direccin y sern utilizados hasta que se agoten.

El trmite podr realizarlo a travs de SUNAT virtual Formulario 3128

Cmo comunico el cierre (baja) de un establecimiento anexo?Deber llenar el Formulario N 2046, con novedad BAJA, asimismo llenar el Formulario N 825, para dar de Baja a la serie y otro Formulario N 825 para dar baja a los comprobantes de pago que queden en blanco. El plazo para efectuar los trmites es de cinco (05) das hbiles, contados a partir de producido el hecho.

El trmite podr realizarlo a travs de SUNAT virtual Formulario 3128

Cmo comunico el cambio de la actividad econmica?Deber comunicarlo con el Formulario N 2127 "Solicitud de Modificacin de Datos", dentro de los cinco (05) das hbiles de producido el hecho. (Ejemplo: cambio de actividad econmica, de venta al por menor de artculos de tocador a venta al por menor de zapatos), no se requiere presentar y/o exhibir documentacin adicional.

No obstante ello, aquellos contribuyentes y/o responsables que obtengan el Cdigo de Usuario y la Clave de acceso a SUNAT Operaciones en lnea - SOL, tambin podrn realizar modificaciones a los datos del RUC por dicha va, slo necesita conectarse a SUNAT Operaciones en Lnea SOL e ingresar sus datos a travs del formulario virtual N 3128 "Modificacin de Datos del RUC" por Internet". Para ello es necesario contar con la clave de acceso; s an no la tuviese, solictela en nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.

Si deseo modificar algn dato consignado en el RUC qu trmite debo realizar?Cualquier modificacin de los datos consignados en el RUC con el Formulario N 2127 "Solicitud de Modificacin de Datos", dentro del plazo establecido, como el cambio de domicilio lo comunicar hasta el da siguiente de producido el hecho, y otras modificaciones hasta 05 das posteriores.

Ahora usted podr modificar y/o actualizar los siguientes datos del RUC desde la comodidad de su hogar, oficina o desde una cabina pblica de Internet, sin necesidad de acercarse a nuestras oficinas: Nombre comercial. Actividad econmica principal y/o secundaria. Cdigo de profesin u oficio. Sistema de emisin de comprobantes de pago. Sistema de contabilidad. Nmero de fax, Nmeros telefnicos fijos y mviles (celular). Correo electrnico. Domicilio fiscal (1) y Condicin del inmueble declarado como domicilio fiscal. Suspensin Temporal y/o Reinicio de actividades. Alta de Tributos Origen de Capital. Condicin de domiciliado en el pas. Baja de establecimientos anexos. Baja de tributos anexos. Baja de inscripcin en el RUC.Slo necesita conectarse a SUNAT Operaciones en Lnea - SOL en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) e ingresar sus datos a travs del formulario virtual N 3128 "Modificacin de Datos del RUC por Internet". Para ello, es necesario contar con la clave de acceso; si an no la tuviese, solictela en nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.

(1) El contribuyente no deber tener la condicin de no habido, adems la SUNAT se reserva el derecho de verificar el domicilio fiscal comunicado por dicho medio.

Qu trmites debo realizar para comunicar la Baja de representantes legales?Para realizar el trmite de baja de representantes legales deber presentar:

El nuevo representante legal debe:

a) En el caso de sujetos inscritos en los Registros Pblicos, se aceptar la exhibicin del original y la presentacin de la fotocopia simple de alguno de los siguientes documentos emitidos por los registros Pblicos, donde conste el nombramiento, renuncia, revocacin o sustitucin de los representantes y sus facultades de su representacin:- Partida Registral certificada (ficha o partida electrnica)- Certificado de vigencia del poder- Copia literal certificada del asiento de inscripcin.Dichos documentos no podrn tener una antigedad mayor a treinta (30) das calendarios de emitidos a la fecha de realizacin del trmite.

b) Para los dems casos se deber exhibir el original y presentar la fotocopia simple del documento que acredite el nombramiento, renuncia, revocacin o sustitucin, segn el tipo de contribuyente inscrito en el RUC.Si el trmite es realizado por un tercero, ste deber de exhibir su documento de identidad original y adems presentar el Formulario N 2054 "Representantes Legales, Directores miembros del consejo directivo y personas vinculadas", este formato deber ser firmado por el contribuyente y/o responsable o representante legal acreditado en el RUC.

Qu trmites debo realizar para efectuar el cambio de tipo de contribuyente de Persona Natural a Sucesin Indivisa?

Deber comunicarse anteponindose a los apellidos y nombres del causante la palabra "Sucesin" e indicando el nuevo cdigo del tipo de contribuyente (Sucesin Indivisa sin negocio: 05; Sucesin Indivisa con negocio: 06). Asimismo, deber presentar el Formulario N 2054 a efectos de designar el representante legal de la sucesin. Deber adjuntar fotocopia simple de la partida de defuncin del causante.Si el trmite es realizado por un tercero, ste deber de exhibir su documento de identidad original y adems presentar el Formulario N 2127, este formato deber ser firmado El formulario debe estar firmado por el representante de la Sucesin o por cualquiera de los herederos.

Si tengo RUC por prestacin de servicios profesionales, y en vez de ello quiero poner un negocio, debo obtener otro RUC?No, el nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC), es de carcter exclusivo y permanente, como su nombre lo indica es nico y de uso obligatorio del titular para todo efecto tributario, si va a dejar de generar rentas de cuarta categora debe:

1.- Dar de Baja sus recibos por honorarios no emitidos a travs del Formulario N 825.2.- Dar de Baja a los tributos vinculados a la renta de cuarta categora a travs del Formulario N 2135.3.- Comunicar la afectacin de tributos segn el rgimen tributario que escoja: Rgimen General, Especial o nico Simplificado a travs del Formulario N 2119.4.- Comunicar la modificacin de los siguientes datos con el Formulario N 2127, cambio de tipo de contribuyente: 02 persona natural con negocio, nuevo giro del negocio; nuevo domicilio fiscal (de ser el caso), deber exhibir el original del ltimo recibo de luz, agua, telefona fija, licencia de funcionamiento definitiva o autovalo, indistintamente uno de ellos.5.- Solicitar autorizacin de comprobantes de pago con el Formulario 816, siempre que su domicilio fiscal haya sido confirmado.Cmo comunico el cambio de rgimen tributario?Ser aplicable slo para el cambio del Nuevo RUS al RER o al Rgimen General. El contribuyente y/o representante deber presentar el Formulario N 2127 firmado por el mismo o el representante legal declarado en el RUC.

Sealarn la fecha a partir del cual operar su cambio debiendo ser el primer da calendario del mes siguiente al de dicha comunicacin. Los contribuyentes del Nuevo RUS que deban ingresar al Rgimen General por no cumplir con los requisitos para continuar en dicho rgimen, lo harn a partir del primer da del mes siguiente a aquel en que ocurra tal hecho. El efecto del trmite es automtico y deber efectuarse en el plazo de cinco (05) das hbiles de producido el hecho.

Si tengo RUC por negocio (3ra. Categora del Impuesto a la Renta) y adicionalmente percibo rentas por alquiler (1ra. Categora del Impuesto a la Renta) Cmo lo comunico?El contribuyente deber presentar el Formulario N 2119, comunicando la afectacin de rentas de 1era. Categora. El cdigo para la renta de 1era. Categora es 3011 (RTA1CP).

Si tengo nmero de RUC por generar rentas de 3ra. (negocio) y adicionalmente generar rentas de 4ta. por prestar servicios en forma independiente Cmo lo comunico?El contribuyente deber presentar el Formulario N 2119, comunicando la afectacin de rentas de 4ta. El cdigo para la renta de 4ta. Categora es 3041 (RTA4CP).

Tener presente que en rentas de 4ta. Categora deber ofrecer servicios por el desempeo personal de ciencia, arte u oficio, o profesin que sea rubro diferente al de rentas de tercera categora, caso contrario todos los ingresos por prestar servicios en forma independiente se computarn como de tercera categora.