precios de transferencia 2015

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Precios de transferencia: planifique el estudio y evite contratiempos A fin de evitar contratiempos y facilitar el conocimiento de ajustes con anticipación, recomendamos trabajar con estados financieros parciales (cerrados a setiembre 2014, por ejemplo) de tal modo que se obtenga un estimado del resultado y se pueda planificar el tratamiento financiero a fin de año”. Un tema cada día más complejo Las empresas necesitan revisar sus transacciones con partes relacionadas para asegurarse que cumplen con las normas sobre precios de trasferencia. El cumplimiento de estos requerimientos fiscales es una tarea compleja que además demanda mucho tiempo. La asistencia de una firma de expertos en la materia, como Grant Thornton, es clave para garantizar que se cuenta con una sólida estrategia impositiva. Soluciones a la medida de sus necesidades En ese sentido, lo apoyamos en el cumplimiento de la legislación sobre Precios de Transferencia, encargándonos del análisis y ejecución de todas las fases que comprende la elaboración del estudio. En caso de necesitarlo, también lo apoyamos en la preparación y el llenado de la Declaración Jurada Informativa. Nuestros servicios incluyen planificación y estrategia de precios de transferencia preparación de estudios de precios de transferencia evaluación del riesgo de precios de transferencia selección de los métodos para la fijación de precios de ransferencia preparación de la documentación de soporte y de las declaraciones juradas a ser presentadas ante la autoridad tributaria peruana estudio de rango de precios sobre operaciones específicas. Grant Thornton Perú 2015 Nominados LEADING FIRM en Transfer Pricing dentro del ranking del International Tax Review (ITR) 2015. Tax & legal Juan Carlos Basurco, tax & legal director, Grant Thornton Perú Carlos Chirinos, tax & legal, Grant Thornton Perú José Luis Sarrio, partner & IBC director, Grant Thornton Perú Contáctanos T +51 1 615 6868 Anexo 4002 / 4004 / 4005 D Av. República de Panamá 3030 8° piso San Isidro, Lima - Perú E [email protected] www.grantthornton.com.pe Según las normas tributarias existe la obligación de presentar la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia en el mes de junio del 2015. Igualmente, se deberá adjuntar el Estudio de Precios de Transferencia (EPT) según corresponda. Respecto a la declaración jurada, están obligadas a dicho cumplimiento aquellas empresas que realicen operaciones con vinculadas por más de S/. 200,000 Nuevos Soles (incluyendo operaciones desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición), y/o enajenen bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable. En relación a la obligación de presentar el EPT, será aplicable siempre que los ingresos devengados superen los seis millones de Nuevos Soles (S/. 6,000,000) y el monto de operaciones entre vinculadas supere el millón de Nuevos Soles (S/. 1,000,000) y/o enajene bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable. En ese sentido, si usted opta por contar con nuestros servicios profesionales, nos comprometemos a apoyarlo ya sea en la preparación de la Declaración Jurada Informativa, en la cual se consignará el monto y la naturaleza de las operaciones, así como en la elaboración del EPT. Sin perjuicio de las obligaciones formales anotadas, será importante que las compañías conozcan los valores de mercado de sus transacciones entre partes vinculadas antes del vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014 (fines de marzo – principios de abril 2015) y evitar ajustes posteriores que incidan en su determinación.

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Precios de transferencia: planifique el estudio y evite contratiempos

A fin de evitar contratiempos y facilitar el conocimiento de ajustes con anticipación, recomendamos trabajar con estados financieros parciales (cerrados a setiembre 2014, por ejemplo) de tal modo que se obtenga un estimado del resultado y se pueda planificar el tratamiento financiero a fin de año”.

Un tema cada día más complejoLas empresas necesitan revisar sus transacciones con partes relacionadas para asegurarse que cumplen con las normas sobre precios de trasferencia. El cumplimiento de estos requerimientos fiscales es unatarea compleja que además demanda mucho tiempo.La asistencia de una firma de expertos en la materia,como Grant Thornton, es clave para garantizar que se cuenta con una sólida estrategia impositiva.

Soluciones a la medida de sus necesidadesEn ese sentido, lo apoyamos en el cumplimientode la legislación sobre Precios de Transferencia,encargándonos del análisis y ejecución de todas las fases que comprende la elaboración del estudio. En caso de necesitarlo, también lo apoyamos en la preparación y el llenado de la Declaración Jurada Informativa.

Nuestros servicios incluyen• planificación y estrategia de precios de

transferencia• preparación de estudios de precios de

transferencia• evaluación del riesgo de precios de transferencia• selección de los métodos para la fijación de

precios de ransferencia• preparación de la documentación de soporte y de

las declaraciones juradas a ser presentadas ante la autoridad tributaria peruana

• estudio de rango de precios sobre operaciones específicas.

Grant Thornton Perú 2015

Nominados LEADING FIRM en Transfer Pricing dentro del ranking del International Tax Review (ITR) 2015.

Tax & legalJuan Carlos Basurco, tax & legal director, Grant Thornton Perú

Carlos Chirinos, tax & legal, Grant Thornton Perú

José Luis Sarrio, partner & IBC director, Grant Thornton Perú

Contáctanos T +51 1 615 6868Anexo 4002 / 4004 / 4005D Av. República de Panamá 3030 8° piso San Isidro, Lima - PerúE [email protected]

www.grantthornton.com.pe

Según las normas tributarias existe la obligación de presentar la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia en el mes de junio del 2015. Igualmente, se deberá adjuntar el Estudio de Precios de Transferencia (EPT) según corresponda.

Respecto a la declaración jurada, están obligadas a dicho cumplimiento aquellas empresas que realicen operaciones con vinculadas por más de S/. 200,000 Nuevos Soles (incluyendo operaciones desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición), y/o enajenen bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable. En relación a la obligación de presentar el EPT, será aplicable siempre que los ingresos devengados superen los seis millones de Nuevos Soles (S/. 6,000,000) y el monto de operaciones entre vinculadas supere el millón de Nuevos Soles (S/. 1,000,000) y/o enajene bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable.

En ese sentido, si usted opta por contar con nuestros servicios profesionales, nos comprometemos a apoyarlo ya sea en la preparación de la Declaración Jurada Informativa, en la cual se consignará el monto y la naturaleza de las operaciones, así como en la elaboración del EPT. Sin perjuicio de las obligaciones formales anotadas, será importante que las compañías conozcan los valores de mercado de sus transacciones entre partes vinculadas antes del vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014 (fines de marzo – principios de abril 2015) y evitar ajustes posteriores que incidan en su determinación.

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