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POSITRONIKA: MICROREDES

Análisis de la factura eléctrica

Dato extra, fecha…

Nota,…

Titulo del documento

INDICE

01 . – INTRODUCCIÓN.............................................................................................................3

02 . – ANÁLISIS DE UNA FACTURA 2.0 A............... ...............................................................6

03 . – DISCRIMINACIÓN HORARIA FACTURA 2.0 DHA Y DHS ..........................................12

04 . – TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO VS TARIFAS DE MERC ADO LIBRE.....................16

05 . – CÁLCULO DE LA TARIFA DE ÚLTIMO RECURSO (TUR) .........................................18

06 . – EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL SISTEMA ELÉCTRICO E SPAÑOL..........................20

07 . – REFERENCIAS.............................................................................................................25

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Titulo del documento

01 . – INTRODUCCIÓN

Para comprender lo que cuesta la electricidad, lo mejor es empezar por el final y el final es la factura

eléctrica. Aunque a primera vista parezca que una factura eléctrica tiene que ser algo sencillo, en

seguida se puede apreciar que no es tan fácil como debería.

Los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea

inferior o igual a 10 KW, pueden contratar la electricidad en el mercado libre o mediante una tarifa

protegida (TUR). Incluso la misma compañía puede tener creadas 2 empresas comercializadoras, una

con tarifa protegida y otra (o más de una) con tarifas de mercado libre.

• Comercializadora de mercado libre:

Su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén en el mercado. Es

decir, a aquéllos que han elegido libremente su comercializadora y pactado con ella unas

condiciones de contrato. La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora incluye

la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa distribuidora y el precio por la

energía consumida según los términos del mencionado contrato.

• Comercializadora de Último Recurso (CUR):

Su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén acogidos a la tarifa

de último recurso (TUR). La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora de

último recurso incluye la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa

distribuidora y el precio por la energía consumida según la tarifa de último recurso establecida

por la Administración.

Imagen 1: Medidores y medidas. Foto cortesía de B Tal

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Titulo del documento

Hoy en día casi todas las comercializadoras están ofreciendo tarifas con los mismos nombres y las

mismas características técnicas. Aunque las ofertas tengan el mismo nombre y características, los

precios son diferentes entre las Comercializadoras de Último Recurso y las Comercializadoras de

mercado libre. A continuación se pueden observar las distintas características que tiene cada tipo de

tarifa para baja tensión:

• 2.0 A: Para suministros con una potencia contratada igual o menor de 10 kW. Los

consumidores tienen derecho a acogerse a la tarifa regulada TUR o bien contratarla en el

mercado libre. Consta de un solo periodo, por lo que tiene el mismo coste en todas las horas

del día.

• 2.0 DHA: Para suministros con una potencia contratada igual o menor de 10 kW. Los

consumidores tienen derecho a acogerse a la tarifa regulada TUR o bien contratarla en

mercado libre. A diferencia de la 2.0A, consta de dos periodos, teniendo 10 horas de punta y

14 en llano.

• 2.0 DHS: Es una tarifa de reciente creación. Al igual que las anteriores, para contratarla es

necesario tener una potencia contratada igual o menor de 10 kW. Los consumidores tienen

derecho a acogerse a la tarifa regulada TUR o bien optar por el mercado libre. Consta de tres

periodos: 10 horas en punta, 8 en llano y 6 en supervalle.

• 2.1 A: Para suministros con una potencia contratada de más de 10 kW y hasta un máximo de

15 kW. Los consumidores acogidos a esta tarifa deben contratarla en el mercado libre.

Consta de un solo periodo, por lo que tiene el mismo coste en todas las horas del día.

• 2.1 DHA: Para suministros con una potencia contratada de más de 10 kW y hasta un máximo

de 15 kW. Los consumidores acogidos a esta tarifa deben contratarla en el mercado libre.

Consta de dos periodos, teniendo 10 horas de punta y 14 de llano.

• 2.1 DHS: Para suministros con una potencia contratada de más de 10 kW y hasta un máximo

de 15 kW. Los consumidores acogidos a esta tarifa deben contratarla en el mercado libre.

Tiene tres periodos: 10 horas en punta, 8 en llano y 6 en supervalle.

• 3.0 A: Para suministro con una potencia contratada mayor de 15 kW. Esta tarifa debe

contratarse en mercado libre, y consta de tres periodos, con 4 horas en punta, 12 en llano y 8

en valle.

Tipo Tarifa Nº Clientes % Total

Baja tensión PC<10kW

2.0 A 25.839.498

2.0 DHA 1.091.794

2.0 DHS 0

Baja PC<15kW 2.1 A, DHA y DHS 902.777

Baja PC>15kW 3.0 781.387

Media Tensión 3.1A y 6.1 106.200

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Titulo del documento

Alta Tensión 6.2, 6.3 y 6.4 2.507

* EJERCICIO 1:

on los datos de la tabla de arriba calcula el porcentaje que representa cada tipo de tarifa del total de los

clientes y colócalo sobre la gráfica.

Imagen 2: Gráfica de la previsión de la demanda para el 2013 de la CNE

Imagen 3: Porcentaje de consumidores con derecho a TUR abastecidos por CUR según la CNE

Aunque con los datos de la tabla se aprecia que la tarifa 2.0A es la contratada por la mayoría de los

clientes. Ahora con los porcentajes sobre la gráfica se aprecia mucho mejor como están distribuidos los

clientes según las distintas tarifas.

En la gráfica se muestra la evolución del número de clientes y consumo respecto del total de

consumidores con potencia contratada inferior a 10 kW desagregado por TUR. Según la estimación de

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Nº Clientes por tipo de tarifa

2.0 A

2.0 DHA

2.0 DHS

2.1 A, DHA y DHS

3.0

3.1A y 6.1

6.2, 6.3 y 6.4

Titulo del documento

la CNE en el año 2013 el 64% de los clientes sin discriminación horaria (2.0 A) estarán acogidos a la

TUR.

02 . – ANÁLISIS DE UNA FACTURA 2.0 A

Dado que la mayoría de los consumidores de baja tensión tienen contratada la tarifa 2.0 A con Tarifa de

Último Recurso (TUR), a continuación se analizará una factura eléctrica de este tipo. Concretamente se

va trabajar sobre una factura de Iberdrola, con una potencia contratada de 3,45kW que es un

suministro que corresponde a la mayoría de los hogares del País Vasco.

Dividiendo la factura en varias partes, se procurará profundizar en los distintos conceptos y términos

que aparecen en ella. En esta primera división aparecen los datos de facturación y del cliente.

Este punto está compuesto por los datos de la factura, en el que aparecen los siguientes conceptos:

• Está la referencia del contrato que se ha firmado entre la comercializadora Iberdrola

Comercialización de Último Recurso S.A.U. y el consumidor.

• El periodo de tiempo que se está facturando, suele ser aproximadamente mensual pero no

tiene porque coincidir con un mes justo.

• La fecha de emisión de la factura.

• El número único de identificación de la factura que se ha emitido, porque cada factura emitida

tiene un único número de registro.

Punto 2

Este punto está compuesto por los datos del cliente:

• Nombre y apellidos del cliente.

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Titulo del documento

• NIF del cliente

• Dirección a donde se está suministrando la electricidad.

• Datos del número de cuenta establecido para que la comercializadora cobre, no es el único

método de pago, pero si el más habitual. Los 4 últimos dígitos se ocultan por seguridad.

• Fecha de cargo, es la fecha en la que se cobrará al cliente la factura.

Punto 3

En este punto están los datos de la persona a la que va dirigida la carta con la factura. Estos datos no

tienen porque ser los mismos que los del titular del contrato.

La segunda división es la del centro de la factura, en la que muestra los datos de los distintos

consumos y conceptos que se le cobrarán al cliente.

En este punto se acaba obteniendo el precio del total de la energía que el cliente tendrá que pagar.

Para comprender este punto habrá que comprender cuales son los conceptos que cobran.

Punto 4

En la Orden ITC/1659/2009 entre otras cosas se establece la estructura de las tarifas de último

recurso de la energía eléctrica. La estructura de tarifa de acceso tiene una fórmula binomia compuesta

por un término de potencia, un término de energía activa y, en su caso, término de energía reactiva.

Estos términos se obtienen de la siguiente forma:

1. Término de facturación de potencia (FPU):

Iberdrola a este concepto lo llama “Potencia Contratada” y es el precio que cuesta tener la capacidad

de consumir un máximo de electricidad “al mes”. Al contratar el servicio, se define el valor de potencia

que se quiere tener en la vivienda. En caso de querer consumir más que lo que tenemos contratado, se

nos cortará el suministro eléctrico hasta que bajemos el consumo instantáneo. Esto expresado

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Titulo del documento

llanamente significa que deberemos apagar electrodomésticos porque tenemos demasiados

encendidos a la vez.

Esta potencia suele ser un múltiplo de 1,15 kW (1,15; 2,3; 3,45; 4,6: 5,75; etc.) siendo muy importante

elegir la más adecuada, porque en caso contrario se puede estar pagando por una capacidad de

potencia que no se necesita.

El término de facturación de potencia será el producto de la potencia a facturar, Pot expresada en kW,

por el precio del término de potencia de la tarifa de último recurso, TPU expresado en Euros/kW y año.

Veámoslo aplicado en el ejemplo:

* EJEMPLO FACTURA POTENCIA (FPU):

Potencia a facturar: 3,45 kW

Periodo de facturación: 26/11/2012 al 02/01/2013 en total 37 días

TPU = 21,893189 euros/kW y año.

Para hallar el valor diario, dividimos TPU entre 366 días, por ser el 2012 año bisiesto. Por lo que

obtenemos 0,059817€/kW día.

El importe total de la facturación de potencia se obtiene:

FPU = Pot x Nº de días facturados x TPU diario = 3,45 kW x 37 días x 0,059817€/kW = 7,6356 = 7,64 €

2. Término de facturación de energía activa (FEU):

Iberdrola este concepto lo llama “Energía Consumida”. El término de facturación de energía activa

(FEU) será el sumatorio resultante de multiplicar la energía consumida (E) en cada período tarifario por

el precio término de energía (TEU) correspondiente. El término de facturación de energía activa se

facturará mensualmente, incluyendo la energía consumida en el mes que es medida por el contador.

* EJEMPLO FACTURACIÓN DE ENERGÍA ACTIVA (FPU):

El Término de facturación de energía activa (FEU) estipulado en el TUR para el periodo de facturación,

tiene 2 precios diferentes:

Periodo 1: Del 26.11.2012 al 31.12.12 –> 0,145578€/kWh (35 días)

Periodo 2: Del 01.01.13 al 02.01.13 -—> 0,150938€/kWh (2 días)

El importe total de la facturación de energía activa:

P1: 175 kWh x 0,145578 €/kWh = 25,48 €

P2: 10 kWh x 0,150938 €/kWh = 1,51 €

FEU = (25,48)+(1,51) = 26,99 €

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3. Término de facturación de energía reactiva:

Elementos inductivos, como transformadores, motores… absorben energía reactiva para luego

devolverla sin que haya sido aprovechada. La energía reactiva provoca una sobrecarga en las líneas

eléctricas sin llegar a producir un rendimiento útil. Para evitar que ocurra esto o por lo menos lo menos

posible, se penaliza en la factura eléctrica el consumo de energía reactiva. Este concepto no afecta a la

mayoría de los hogares porque es para tarifas 3.0 o superiores y solo les empieza a penalizar en los

momentos que su cos φ < 0,95.

* EJEMPLO FACTURACIÓN DE ENERGÍA REACTIVA:

El consumo de energía reactiva, no les afecta a las tarifas TUR sin discriminación horaria (2.0A).

4. Impuesto sobre la electricidad (IE):

La creación del Impuesto sobre la Electricidad 66/1997 tiene como objetivo básico la obtención de los

ingresos necesarios para compensar la supresión del recargo sobre la facturación de energía eléctrica,

en concepto de ayudas a la minería del carbón.

El Impuesto eléctrico (IE) se calcula multiplicando el coeficiente 1,05113 por la suma del importe de los

términos de facturación de potencia y energía activa. Al resultado obtenido se le aplica el tipo del

impuesto, que es el 4,864%. El coeficiente 1,05113 se obtiene del siguiente cálculo (100/100-4,864%) y

se justifica, tal y como explica la Agencia Tributaria, por la decisión de obtener una cuota igual al

desaparecido recargo que se destinaba a la minería del carbón y que se incluía como un coste más de

diversificación y seguridad del abastecimiento y que representaba el 4,864% del importe facturado sin

IVA. Además, a la base imponible resultante que incluye el IE, se le aplica el IVA correspondiente.

* EJEMPLO IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD (IE):

El impuesto sobre la energía se obtiene:

1,05113 x (FPU + FEA) x 0,04864

1,05113 x (7,64 + 26,99) x 0,04864=1,77 €

El Importe de la Energía Total es la suma de los siguientes términos:

ET = FPU + FEA + IE = 7,64 + 26,99 + 1,77 = 36,40 €

Punto 5

El alquiler de equipos de medida es un tema complejo en la factura. La legislación española permite

que el contador sea de propiedad del consumidor o que lo alquile a un tercero. En la mayoría de los

casos estamos ante el segundo caso y suele ser la distribuidora la que lo alquila. El cobro del alquiler

se hace a través de la factura de la comercializadora. Ésta hace un mero papel de transmisor de

información ya que el importe que paga el usuario domestico se lo da íntegramente a la distribuidora.

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Titulo del documento

Esto da a lugar complicaciones a la hora de conocer que es lo que están cobrando ya que la

distribuidora te envía a preguntar a la comercializadora y esta dice que hay que preguntar a la

distribuidora. Legalmente hay que preguntar a la distribuidora, pero la distribución en un monopolio, por

lo que es más fácil obtener una respuesta si se aprieta a la comercializadora.

Para Enero de 2019 se han de cambiar los contadores, por contadores con discriminación horaria y

posibilidad de telegestión. El cambio no puede repercutir en un coste económico en el usuario, salvo el

incremento del alquiler de los equipos que pasa de 0,53 € a 0,81 € al mes (ITC/3860/2007). En el

precio del alquiler no solo está el precio del propio equipo sino también los costes asociados a su

instalación y verificación así como a la operación y el mantenimiento. Aunque con el concepto de

alquiler de equipos de medida pensemos que es exclusivamente el contador, cobran 3 céntimos por el

alquiler del ICP. Es importante tener en cuenta que los nuevos contadores con discriminación horaria y

posibilidad de telegestión traen un ICP interno por lo que no es necesario alquilar un ICP externo.

* EJEMPLO ALQUILER DE EQUIPO DE MEDIDA:

Al ser el periodo de facturación diario hay que obtener el precio diario del alquiler. Para ello primero se

calcula el precio anual sumando el contador e ICP y multiplicando por 12 meses:

(0,81+0,03) x 12 = 10,08 €/año

Con el precio anual se divide entre 366 días por ser el 2012 bisiesto:

10,08 / 366 = 0,0275409 redondeando 0,027541 €/día

Para obtener el precio del alquiler facturado, se multiplican los días facturados (37 días) por el precio

diario del alquiler:

37 x 0,027541 = 1,02 €

Punto 6

Al finalizar hay que añadirle el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), al 21%, se le aplica a la suma

de:

* EJEMPLO IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA):

Término de facturación de potencia (FPU): 7,64 €

Término de facturación de energía activa (FEU): 26,99 €

Impuesto eléctrico: 1,77€

Alquiler de equipos: 1,02 €

Total: 37,42 €.

IVA = 37,42 x 0,21 = 7,86 €

Importe Total:

Ya tenemos el importe total de la factura:

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Titulo del documento

37,42 € + 7,86 € = 45,28€.

En estos últimos puntos se da información respecto al tipo de contrato y el histórico de consumos que

tiene el cliente.

Punto 7

Punto 7

En este punto se muestran las distintas características que tiene el contrato entre el cliente y la

comercializadora. Los conceptos más importantes son:

• Está la referencia del contrato que se ha firmado entre la comercializadora Iberdrola

Comercialización de Último Recurso S.A.U. y el consumidor.

• CUPS es el Código Único e identificador de un Punto de Suministro de energía, ya sea de

electricidad o gas canalizado. Tiene el objetivo de identificar cada suministro ante compañías

suministradoras, distribuidoras, comercializadoras... Por ejemplo si empieza por ES0021

significa que la distribuidora es Iberdrola.

• CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas y asigna un código a cada

actividad económica de las que se pueden realizar. El código CNAE 95200 corresponde a la

producción y distribución de energía.

• Potencia contratada máxima que puede consumir el usuario.

• La tarifa de suministro que se tiene contratada y la fecha en la que se publicó en el BOE .

• Referencia del contrato de suministro con la empresa distribuidora.

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Titulo del documento

Punto 8

Muestra el histórico de consumo que ha tenido el cliente en el último año. Comunica el consumo que se

ha contabilizado en la última factura y si este consumo es real o estimado. A partir de Abril del año

2013 si el cliente no lo pide, no van a poder realizar lecturas estimadas y todas las facturas tendrán que

ser con lectura real. Dado que las distribuidoras están obligadas a leer el contador como mínimo cada 2

meses, las facturas empezarán a realizarse por ese periodo de tiempo hasta que las distribuidoras

cambien los contadores por contadores telegestionados.

* EJERCICIO 2:

Coge una factura eléctrica de tu casa ¿es del tipo 2.0A? ¿Pertenece a la TUR? ¿Que potencia tienes

contratada? ¿Cuanta energía has consumido en la última factura? Mira en el cuarto de contadores de la

comunidad de vecinos que tipo de contador tienes. Con toda esa información calcula la factura que

deberías de pagar.

03 . – DISCRIMINACIÓN HORARIA FACTURA 2.0 DHA Y DHS

La factura analizada arriba ha sido una de Tarifa de Último Recurso (TUR) del tipo 2.0A, esta es la más

extendida. En este tipo de contrato el precio del kW/h consumido es el mismo para el consumidor

eléctrico en todo el día. Pero las comercializadoras compran la electricidad en el Mercado de valores

OMEL, donde compran la electricidad a un precio diferente para cada hora de cada día.

Imagen 4: Precio horario por sesión del mercado intradiario del OMEL

En la gráfica se puede ver el precio que han pagado las comercializadoras en la subasta por cada

Mwh.

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* EJERCICIO 3:

Fíjate en la gráfica y responde a las siguientes preguntas:

• ¿En que franja horaria es más barata la electricidad?

• ¿En que franja horaria es más cara la electricidad?

• ¿Porque crees que hay esa diferencia de precios?

El precio de la electricidad varia dependiendo de la demanda y la oferta que haya. De noche hay poca

demanda y a veces hay demasiada oferta (molinos de viento, generación hidráulica...). Con la intención

de equilibrar esa diferencia de oferta y demanda se han creado 2 tarifas con discriminación horaria (2.0

DHA y 2.0 DHS). En las tarifas con discriminación horaria, en el tramo horario donde hay mucha

demanda al usuario la electricidad se cobra un poco más cara y en el tramo horario con poca demanda

la electricidad se le cobrará al usuario mucho más barata. De esta manera se busca incentivar que el

usuario cambie de hábitos y empiece a pensar como puede realizar sus consumos energéticos en los

horarios valle en detrimento del horario pico más caro.

Imagen 5: Desplazamiento del consumo de la punta al valle

Si se consigue que muchos usuarios cambien parte de su consumo energético a las horas que sobra

energía no hay tanta necesidad de aumentar la capacidad del sistema eléctrico. Para aumentar la

capacidad de las lineas actuales, habría que hacer nuevas instalaciones de alta tensión y estas

requieren grandes inversiones. Al desplazar la demanda del pico al valle se consume el exceso de

energía que se genera a horas de baja demanda, consiguiendo una curva más plana.

Con menos de 10kW contratados, la TUR (Tarifa de Último Recurso) se puede contratar con algunos

de los 3 tipos de tarifas diferentes que se ofrecen, según el horario:

Sin discriminaciónhoraria 2.0A

Con discriminación horaria2.0DHA

Con discriminación horariasupervalle 2.0DHS

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No tiene periodos horarios

InviernoP1: 12-22hP2: 22-12

VeranoP1: 13-23hP2: 23-13h

P1: 13-23hP2: 23-1h y 7-13hP3: 1-7h

El único concepto que cambia de una tarifa a otra es el “Término de Energía”, el resto de conceptos se

mantienen igual en todas las tarifas TUR. Los precios de octubre a diciembre del 2012 de los distintos

términos son:

Término de potencia (TPU) = 21,893189 Euros/kW y año.

Término de energía (TEU) =

Sin discriminaciónhoraria 2.0A

Con discriminación horaria2.0DHA (Punta y valle)

Con discriminación horariasupervalle 2.0DHS (Punta,

valle y supervalle)

TEU0= 0,145578 €/kWhTEU1= 0,178438 €/kWh.TEU2= 0,059070 €/kWh.

TEU1= 0,179448 €/kWh.TEU2= 0,070800 €/kWh.TEU3= 0,050795 €/kWh.

Para poder saber cuanto se consume en cada periodo tarifario, antes se colocaba un contador por

cada periodo horario con un reloj. Los nuevos contadores pueden con un solo contador contar el

consumo en cada periodo tarifario. Para que la discriminación horaria merezca la pena respecto a sin

discriminación horaria, según el precio del termino de energía de octubre-diciembre en el periodo P2

tiene que consumirse como mínimo el 27% de la energía total consumida. En general se suele usar la

norma que si se consume más del 30% de la energía en el periodo valle, es rentable tener una tarifa

con discriminación horaria.

Entre la discriminación horaria 2.0DHA y 2.0DHS apenas hay grandes diferencias. La 2.0DHS está

pensada para cargar el coche eléctrico en las horas de menor consumo del sistema eléctrico. Por ahora

las baterías de los coches eléctricos no son muy grandes (el Citrone C-Zero tiene 16kWh de la que solo

se puede cargar-descargar el 70%) por lo que para cargar solo 11,2kWh de la batería no es rentable

pasar a una tarifa supervalle. Para que sea rentable o cambian los precios de las tarifas, o se necesita

hacer más consumo en el periodo TEU3, con baterías de mayor capacidad o activando acumuladores,

termos, lavadoras… en ese horario.

Hemos comentado para el 2019 todo los contadores se han de cambiar, por contadores con

discriminación horaria y posibilidad de telegestión. Tras el cambio el alquiler de los equipos que tengan

esas características pasará a ser de 0,81 € al mes. Esto quiere decir que como los equipos tienen

capacidad de discriminación horaria, se tenga la tarifa que se tenga se cobrará 0,81 € al mes. Pero

hasta que cambien los contadores por los de con discriminación horaria y telegestión, pueden estar

cobrando los siguientes conceptos:

• Interruptor horario (si no lo trae el contador reloj interno): 0,91 €/mes

• Contador sin reloj interno: 1,11 €/mes

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• Contador con reloj interno: 1,72 €/mes

• ICP: 0,03 €/mes

Según el contador que se tenga Iberdrola Distribución que es la dueña del contador, a no ser que sea

de nuestra en propiedad, cobrarán los conceptos:

A+B+D= 2,05 €/mes o C+D=1,75 €/mes.

Resulta curioso que a los usuarios que tienen tarifas sin discriminación horaria, si su contador tiene la

posibilidad de discriminación horaria pero no telegestión se les cobre el precio nuevo 0,81 €/mes y no

los 0,54 €/mes. Pero a la vez a los usuarios que tiene la tarifa con discriminación horaria, si su contador

tiene la posibilidad de discriminación horaria pero no telegestión no se les cobre el nuevo precio de

0,81 €/mes en vez de 1,72 €/mes.

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Titulo del documento

* EJERCICIO 4:

Analiza esta factura con tarifa TUR 2.0DHA que se muestra a continuación. ¿Es rentable la oferta que

ofrece? ¿Que Términos y servicios son más competitivos y cuales son menos?

04 . – TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO VS TARIFAS DE MERC ADO LIBRE

La Comunidad Europea obligó a los países miembros a liberalizar el mercado eléctrico. A partir del 1 de

julio de 2009 desapareció el sistema integral de tarifas eléctricas vigente y fue sustituido por un sistema

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Titulo del documento

liberalizado en el que coexistirán, por un lado, el mercado libre, y por otro lado, una tarifa fijada por el

Gobierno: la Tarifa de Último Recurso (TUR). La liberalización conlleva ventajas como un mayor nivel

de competencia, un nivel de precios más competitivos y una mayor calidad de servicio.

Ahora hay empresas que ofrecen obligadas por ley la Tarifa de Último Recurso y empresas que ofrecen

tarifas de libre mercado. Estas últimas pueden poner los precios y condiciones que quieran y es el

usuario el que decide si le interesa o no. Por este motivo es muy importantes leer atentamente que

ofrecen, porque de primeras todas ofrecen descuentos de unos 10%. Pero hay que mirar el 10% de

descuento a que términos les aplican, el Precios del Término de Potencia, los Precios del Término de

Energía, el Precio del alquiler de equipos de medida... y si además obligan a adquirir algún servicio

extra.

Uno de los problemas con los que se encuentra el usuario es que han surgido muchas

comercializadoras que ofrecen sus servicios y algunas de ellas tienes nombres muy parecidos. Por

ejemplo Iberdrola tiene 2 empresas, una es “Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U.” y

otra es “Iberdrola Generación S.A.U.”. Los comerciales se identifican como Iberdrola a secas

aumentando la confusión de los usuarios a los que les ofreces su servicio.

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Titulo del documento

* EJERCICIO 5:

Ahora que comprendemos como facturan las compañías eléctricas, analiza la factura que ha generado

“Iberdrola Generación”. ¿Es rentable la oferta que ofrece? ¿Que Términos y servicios son más

competitivos y cuales son menos?

05 . – CÁLCULO DE LA TARIFA DE ÚLTIMO RECURSO (TUR)

Entre todos los conceptos que cobran en la factura eléctrica hay uno en el que se puede profundizar

más. No es otro que la Tarifa de Último Recurso (TUR), a continuación se analizará de que está

compuesta la TUR y como se calcula según la ITC 1659/2009. El análisis de la Tarifa de Último

Recurso no es adecuado para todos los niveles de estudios. Al tener que hacer múltiples referencias a

Reales Decretos no resulta sencillo el seguimiento del análisis.

La TUR (RD 485/2009) es el precio regulado por el Gobierno mediante el Ministerio de Industria,

Energía y Comercio, para el suministro obligatorio a los clientes que no quieren o no pueden buscar

otras ofertas en el mercado eléctrico. Se configura como una tarifa refugio y está reservada para los

consumidores que tienen una potencia contratada inferior a 10 KW, segmento en el que se encuentran

prácticamente todos los consumidores domésticos. El Gobierno ha designado a cinco empresas,

denominadas Comercializadoras de Último Recurso, que obligatoriamente deberán acoger a los

clientes con derecho a la TUR:

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Titulo del documento

• ENDESA ENERGÍA XXI, S. L.

• IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S. A. U.

• UNIÓN FENOSA METRA, S.L.

• HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA ÚLTIMO RECURSO, S. A. U.

• E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S. L.

La tarifa de último recurso será el precio máximo y mínimo que podrán cobrar los comercializadores de

último recurso a los consumidores. En ella se establece el precio para el Término de Potencia y el

Término de Energía Activa. En el ejemplo que se ha analizado en la factura de Iberdrola la TUR sin

discriminación horaria se establecía el precio del TUR para:

• Término de Potencia (TPU)

Será el término de potencia de la tarifa de acceso más el margen de comercialización fijo.

TPU = TPA + MCF

TPU Término de potencia de la tarifa de último recurso.

TPA Término de potencia de la tarifa de acceso.

MCF Margen de comercialización fijo, es de 4 Euros/kW y año. (ITC/1659/2009)

* Obtención del TPU en el ejemplo ANÁLISIS DE UNA F ACTURA 2.0 A:

En la IET/843/2012, de 25 de abril, se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012,

aplicables al periodo tarifario que nos ocupa. En el se establece que:

TPA= 17,893189 €/kW y año.

Para obtener el TPU sumamos los 4 euros/año al TPA:

TPU = TPA + MCF = 17,893189 + 4 = 21,893189 euros/kW y año.

El resultado concuerda con el precio que tiene el termino TPU del TUR que se publicó IET/843/2012.

Los peajes para el primer tramo del 2013 se mantienen en los mismos precios según el IET/221/2013.

• Término de Energía Activa (TEU)

Será igual a la suma del término de energía del correspondiente peaje de acceso y el coste

estimado de la energía.

TEUp = TEAp + CEp

p Subíndice que identifica el período tarifario, 0 para sin discriminación horaria.

TEUp Término de energía de la tarifa de último recurso en el periodo tarifario p.

TEAp Término de energía de la tarifa de acceso en el periodo tarifario p.

19

Titulo del documento

CEp Coste estimado de la energía suministrada en el período p, medida en el contador del

consumidor.

* Obtención del TEU en el ejemplo ANÁLISIS DE UNA F ACTURA 2.0 A:

En la IET/843/2012, de 25 de abril, se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012,

aplicables al periodo tarifario que nos ocupa. En el se establece que:

TEA = 0,068998 €/kWh.

En la TUR publicada en el BOE 12179/2012 establece los precios para el tramo de octubre-diciembre:

CE0 = 76,58 euros/MWh.

Para obtener el precio del TEU, sumamos los peajes TEA con el coste de la energía CE0.

Del 1/10/2012 al 31/12/2012 TEU0 = TEA0 + CE0 = 0,068998 + 0,07658 = 0,145578 euros/kWh

El resultado concuerda con el precio que tiene el termino TEA del TUR que se publicó en el BOE

12179/2012

Para el cálculo de los 2 días facturados a partir del 1 de Enero del 2013 hay que mirar en BOE

15709/2012. En ese tramo no hubo cambios en el precio del peaje TEA pero si en el coste estimado de la

energía (CE):

A partir del 1/1/2013 TEU0 = TEA0 + CE0 = 0,068998 + 0,08194 = 0,150938 euros/kWh

El resultado concuerda con el precio que tiene el termino TEA del TUR que se publicó en el BOE

15709/2012

06 . – EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL SISTEMA ELÉCTRICO E SPAÑOL

Al usuario final todo se lo cobra la comercializadora pero, de la factura una pequeña parte es para ella y

el resto tiene que dárselo a los diferentes actores que hay en el sector de la energía.

Para comprender el funcionamiento es imprescindible comprender a grandes rasgos cual es el

funcionamiento económico del sistema eléctrico. A principios de año el Ministerio de Industria, Turismo

y Comercio (MITyC) hace una previsión de los costes de las actividades reguladas y de los ingresos a

través de los Peajes de Acceso. Los Peajes de acceso se cobran a los consumidores en los términos

TPA y TEA de la factura eléctrica y el MITyC regula su cuantía. Como todos los años el MITyC a partir

de 1 de Enero establece los peajes de acceso para el año 2012 (IET/843/2012):

• Término de facturación de potencia: TPA: 17,893189 €/kW y año.

• Término de facturación de energía activa a aplicar al peaje 2.0 A: TEA: 0,068998 €/kWh.

20

Titulo del documento

Para aclarar esto se va a asignar los diferentes términos que intervienen en la factura a quien

pertenecen (solo se analiza sin discriminación horaria).

A) Término de facturación de potencia (FPU): 21,893189 €/kW y año

• TPA Término de potencia de la tarifa de acceso: Es para financiar los Peajes de

acceso, en el año 2012 TPA: 17,893189 €/kW y año.

• MCF Margen de comercialización fijo: Es el beneficio fijo de la comercializadora, en el

año 2012 MCF: 4 € año.

B) Término de facturación de energía activa (FEU): 0,145578 €/kWh

• TEA Término de energía de la tarifa de acceso: Es para financiar los Peajes de Acceso,

en el año 2012 TEA: 0,068998 €/kWh

• CE Coste estimado de la energía suministrada: Es el precio por energía consumida que

se le paga a las comercializadoras, diciembre de 2012 CE: 0,07658 €/kWh

C) Impuesto sobre la electricidad (IE) (Estado-Agencia Tributaria)

D) Alquiler de equipos de medida (Distribuidora)

E) Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (Estado-Agencia Tributaria)

* EJERCICIO 6:

Coge una factura eléctrica sin discriminación horaria y calcula el porcentaje que se lleva cada actor, de la

suma total que hemos pagado. (Peajes, Comercializadora, Estado, Distribuidora).

¿Coincide con los datos que muestra Iberdrola en las estadísticas que aparecen en la factura?¿y con los

datos que se obtienen de la calculadora de la Asociación Española de la Industria Eléctrica (UNESA)?

Profundizando, se aprecia que el sistema eléctrico funciona a través de previsiones, tanto en ingresos

como en costes. Desde que empezó a funcionar el sistema hacia el año 2000 se han ido produciendo

déficits, porque los gastos han sido mayores que los ingresos. Los últimos años se ha partido con una

previsión de déficit anual, pero al finalizar el año este déficit ha acabado siendo superior a lo previsto.

En el año 2012 había una previsión de déficit de 1500 millones de euros y al acabar el año se superó

esa cantidad en más de 2000 millones de euros, superando los 4000 millones de euros. A continuación

se puede ver la evolución que ha tenido el déficit año a año.

21

Titulo del documento

Imagen 6: Déficit de tarifa, anual y acumulado, en millones de euros

Se ha intentado controlar el déficit por ley, para ello se reguló de manera que no se pudiera tener un

déficit mayor que 1500 M€ en el 2012 y 0 M€ en el 2013. Ya en el 2012 se ha visto que los números no

son realistas y que por mucho que se haya intentado regular por ley no se ha conseguido. Ante la

imposibilidad de controlar el déficit a finales del 2012 se sacó otro Real Decreto por el que suspendían

el límite de deuda.

Los gastos son muy amplios por lo que haciendo un análisis resumido, básicamente se reparten de

esta manera:

M€% del totaldel coste

Actividades Estructurales 7.526

Prima del régimen especial 7.221

Desajustes de años anteriores 3.170

Moratoria nuclear 56

Organismos (CNE) 25

Total 17.998 100Previsión de costes por actividades reguladas para 2012

M€% del totaldel coste

Transporte 1.525

Distribución 5.003

Operador del sistema (REE) 20

Compensación a la Generación no peninsular 473

Interrupibilidad de Grandes Consumidores 505

Total 7.526 100Previsión de costes de las actividades estructurales para 2012

22

0289 100

1.149

0 0

3.830

3.046

1.223

5.819

4.616

5.553

3.8503.400

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000

1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012*

Déf

icit

Anu

al

0

5000

10000

15000

20000

25000

30000

35000

Déf

icit

Acu

mul

ado

Déficit anual Déficit Acumulado

Titulo del documento

Imagen 7: Reparto en porcentajes del gasto del sistema eléctrico

Los ingresos de los peajes eléctricos básicamente son los correspondientes al término de potencia y al

término de energía que se cobra al usuario final. Esta cantidad es aproximadamente de unos 14.600

M€. Hay que tener en cuenta que los cálculos los hemos hecho despreciando algunos pequeños

términos y seguramente varíe un poco el resultado final. A simple vista se ve que con casi 18.000 M€

de gasto y 14.600 M€ de ingresos se está generando un déficit de 3.400 M€. La acumulación de

distintos déficit anuales hace que se esté empezando a llegar a puntos de difícil solución, empezando a

convertir este sistema en insostenible.

* EJERCICIO 7:

Coge una factura eléctrica y tras calcular cuanto de lo que se paga son los peajes eléctricos, distribuye

ese dinero en función de los porcentajes obtenidos en los distintos costes de las actividades. De esta

manera conocerás cuanto de lo que pagas en la factura se dedica a cada actividad.

Con la idea de disminuir el déficit, se ha intentado disminuir el gasto pero esto es muy complicado, sin

debilitar la fiabilidad del sistema eléctrico. Una de estas medidas ha sido anular la prima a nuevas

instalaciones de energía renovables. Pero como estas medidas no son suficientes el gobierno ha

empezado a tomar medidas para aumentar los ingresos.

Una de ellas es poner un impuesto a las empresas generadoras de energía convencional

(contaminantes). Aunque esta medida está pensada para que las empresas generadoras con

beneficios millonarios, ganen un poco menos financiando el sistema eléctrico, no se ha conseguido lo

que se buscaba. Dado que ellas controlan el precio de venta de la energía han volcado el coste del

impuesto íntegramente al precio final de la energía. El Coste estimado de la energía (CE) a pasado de

0,07658 euros/kWh en el 2012 a 0,08194 euros/kWh, lo que supone una subida del 7%. Por lo que es

el usuario final el que la paga, al pagar la energía consumida a un precio mayor.

El gobierno también está estudiando incorporar a la factura un nuevo concepto llamado progresividad.

Mediante este nuevo término se piensa en dividir en 6 tramos cada una de las tarifas TUR que hay

actualmente. En cada tramo se le incrementaría un extra al precio del KW consumido. Este punto está

23

Titulo del documento

en estudio y por ahora está parado ya que el CNE ha criticado la norma por discriminatorio. No tiene en

cuenta en número de personas que viven en el hogar, las distintas zonas climáticas que hay (no es lo

mismo canarias que los pirineos), ni la relación del nivel de renta respecto a capacidad de adquirir

electrodomésticos eficientes y hogares bien aislados. Este es el motivo por el que está en estudio su

implantación pero posiblemente en poco tiempo empezaremos a ver cambios en la factura eléctrica.

La gran pregunta es ¿El usuario paga mucho? Para poder contestar hay que mirar a los países del

entorno y compararse con ellos. El principal problema para poder hacer eso son las diferentes

legislaciones y los conceptos que se cobra en cada uno de los países europeos. El Eurostat realiza

estas comparaciones intentando unificar unos criterios para todos los países comparados. En ella se

puede ver que antes de impuestos España es el cuarto país más caro, un 9% superior al de la media

de E27.

Imagen 8: Precio de la energía eléctrica para consumidores de la UE27

Si analizamos otro estudio realizado por la Revista de la asociación de ingeneieros del ICAI con tres

países del entorno entorno, Portugal, Francia e Italia, se puede obtener resultados más detallados. Se

ha partido de sendas facturas con un consumo de 210 kWh al mes, con una potencia contratada de 4

kW y acogidos a una tarifa regulada sin discriminación horaria. Para homogeneizar la factura y poderse

comparar mejor se han estructurado los conceptos de las facturas en 3 campos:

• Pago por la energía (€/kWh): Es el coste de la energía consumida.

• Pago por el sistema y políticas energéticas: Es el coste del resto de los conceptos de la

factura. Pagos por la utilización de la red transporte, distribución, coste de la

comercializadora, primas a energía renovables, déficits tarifarios…

• Pago por tasas e impuestos: Pagos de los impuestos cuyo destino queda fuera del mundo

eléctrico.

24

Titulo del documento

Imagen 9: Factura mensual después de tasas e impuestos

De la comparación efectuada entre los distintos países se pueden sacar ciertas conclusiones:

1. Portugal y España tiene una interconexión tan alta que apenas hay diferencias entre los dos

países. Sin embargo la península Ibérica tiene muy poca interconexión con Europa mediante

Francia y las diferencias en los resultados son muy significativas.

2. El precio de la energía es muy dependiente a la estructura productiva de cada país. En

Francia se genera mucha energía nuclear que se vende a un precio muy inferior. Italia en

contra no tiene energía nuclear y al importar el 15% de la energía, esta tiene un precio más

elevado.

3. El sistema y la política energética española es muy cara en comparación al resto de los

países. Representa el 50% del precio total de la factura.

4. Proporcionalmente en impuestos Francia tiene el mayor porcentaje seguido a distancia de

España y siendo Italia en proporción la que menos impuestos paga. Esto puede estar

explicado porque una gran parte de los impuestos son un porcentaje del precio final de la

factura. En Francia al ser la factura la más barata, tienen que poner unos impuestos más

caros para poder recaudar lo mismo que otro país con la factura más cara, como Italia.

07 . – REFERENCIAS

• Revista Energía Renovable nº108

• Revista - Anales- Sistema electrico español

• BOE 485/2009: Se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de

la energía eléctrica.

• ITC 1659/2009 : Se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al

suministro de último recurso de energía eléctrica y el procedimiento de cálculo y estructura de

las tarifas de último recurso de energía eléctrica.

• BOE 12197/2012 : Se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de

último recurso a aplicar a partir del 1 de octubre de 2012.

• BOE 15709/2012: Se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de

último recurso a aplicar a partir del 1 de enero de 2013.

• BOE 14782/2011: Se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen

especial.

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Titulo del documento

• BOE 843/2012 : Se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012 y

determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

• BOE 1698/2013: Se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2013 y las

tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

• Comisión Nacional de Energía CNE

• Asociación Española de la Industria Eléctrica UNESA

• Iberdrola

• Endesa

• Ministerio de Industria, Energía y Turismo

• Eurostat

• OMIE

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