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PERIÓDICO OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS Periódico Oficial del Estado TAMAULIPAS RESPONSABLE SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Registro Postal publicación periódica PP28-0009 AUTORIZADO POR SEPOMEX TOMO CXXXIX Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014. Número 42 SUMARIO GOBIERNO FEDERAL PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE SALUD CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas, que tiene por objeto establecer las bases y procedimientos de coordinación para la ejecución del Subprograma Atención a Personas y Familias en Desamparo, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en relación al Proyecto Específico denominado Equipamiento para el Gimnasio de Adultos Mayores de la Casa INTEGRA ConSentido del Sistema Estatal DIF Tamaulipas………….. 2 PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 30 EDICTO por el que se convoca a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto José Carmen Hernández, Ejidatario del poblado “SAN LORENCITO” del municipio de Jaumave, Tamaulipas, Expediente 283/2013. (2ª. Publicación). 8 EDICTO al C. Héctor Fortuna Ramos del poblado “ALIANZA DE CABALLEROS” del municipio de Victoria, Tamaulipas, Expediente 70/2013. (1ª. Publicación)………………………………….. 9 GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA GENERAL R. AYUNTAMIENTO, TAMPICO, TAM. CONVOCATORIA No. 2 correspondiente a la Licitación Pública No. DALP/002/14 Requisición No. SP/069/14 para el suministro e instalación de: LUMINARIAS DE TECNOLOGÍA DE LEDS PARA ALUMBRADO PÚBLICO que será cubierto con Recurso Municipal, del municipio de Tampico, Tamaulipas………………………………………………………………………………... 9 AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

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PERIÓDICO OFICIAL

ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXIX Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014. Número 42

SUMARIO

GOBIERNO FEDERAL PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE SALUD

CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas, que tiene por objeto establecer las bases y procedimientos de coordinación para la ejecución del Subprograma Atención a Personas y Familias en Desamparo, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en relación al Proyecto Específico denominado Equipamiento para el Gimnasio de Adultos Mayores de la Casa INTEGRA ConSentido del Sistema Estatal DIF Tamaulipas………….. 2

PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

DISTRITO 30

EDICTO por el que se convoca a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto José Carmen Hernández, Ejidatario del poblado “SAN LORENCITO” del municipio de Jaumave, Tamaulipas, Expediente 283/2013. (2ª. Publicación). 8

EDICTO al C. Héctor Fortuna Ramos del poblado “ALIANZA DE CABALLEROS” del municipio de Victoria, Tamaulipas, Expediente 70/2013. (1ª. Publicación)………………………………….. 9

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

R. AYUNTAMIENTO, TAMPICO, TAM.

CONVOCATORIA No. 2 correspondiente a la Licitación Pública No. DALP/002/14 Requisición No. SP/069/14 para el suministro e instalación de: LUMINARIAS DE TECNOLOGÍA DE LEDS PARA ALUMBRADO PÚBLICO que será cubierto con Recurso Municipal, del municipio de Tampico, Tamaulipas………………………………………………………………………………... 9

AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

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GOBIERNO FEDERAL PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE SALUD

CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas, que tiene por objeto establecer las bases y procedimientos de coordinación para la ejecución del Subprograma Atención a Personas y Familias en Desamparo, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en relación al Proyecto Específico denominado Equipamiento para el Gimnasio de Adultos Mayores de la Casa INTEGRA ConSentido del Sistema Estatal DIF Tamaulipas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. LAURA I. VARGAS CARRILLO, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR EL DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN Y POR EL L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA, EN SU RESPECTIVO CARÁCTER DE ENCARGADO DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL Y OFICIAL MAYOR, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE TAMAULIPAS, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. JESÚS ALEJANDRO OSTOS GARCÍA, A QUIENES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina, en su artículo 25, primer párrafo, que al Estado corresponde la rectoría del desarrollo nacional a efecto de garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la propia Constitución. Asimismo, en su artículo 26, apartado A, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. La Ley de Planeación en sus artículos 27, 28, 32, último párrafo, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para convenir con los gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. Asimismo, permiten al Ejecutivo Federal convenir con las entidades federativas, entre otros temas, los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción y la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., define a la asistencia social como el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. del instrumento legal en comento identifica como sujetos preferentes de la asistencia social a las niñas, los niños y los adolescentes, a los adultos mayores, a las víctimas de la comisión de delitos y a los indigentes, entre otros. Asimismo, el artículo 28 de la Ley de Asistencia Social otorga al “DIF NACIONAL” el carácter de coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada y el artículo 54 le da atribuciones para promover la organización y participación de la comunidad para coadyuvar en la prestación de servicios asistenciales para el desarrollo integral de la familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura propiciando la solidaridad ante las necesidades reales de la población. IV. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 25, fracción VI, que la programación y presupuestación anual del gasto público, se realizará con apoyo en los anteproyectos que las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal elaboren para cada ejercicio fiscal, y con base en la interrelación que exista, en su caso, con los convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

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V. El Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 178, primer párrafo, que con el objeto de coadyuvar a una visión integral de los programas sujetos a reglas de operación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que participen en los mismos promoverán la celebración de convenios o acuerdos interinstitucionales con el fin de fortalecer la coordinación, evitar duplicidad en la consecución de los objetivos de los programas y dar cumplimiento a los criterios establecidos en el artículo 75 de la Ley. VI. El día 28 de febrero de 2013, “DIF NACIONAL” publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la modificación a las Reglas de Operación del Programa de Atención a Familias y Población Vulnerable 2013, en lo sucesivo referidas como “REGLAS DE OPERACIÓN”, que tienen como objetivo general "contribuir al desarrollo integral de las familias y las comunidades en condiciones de vulnerabilidad". VII. Las “REGLAS DE OPERACIÓN” incluyen el Subprograma de Atención a Personas y Familias en Desamparo, en la Línea de Acción Apoyo para Proyectos de Asistencia Social, misma que tiene como objetivo impulsar la instrumentación y ejecución de proyectos de Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF (a través de los Sistemas Estatales DIF) y Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro cuya actividad esté orientada a la asistencia social.

DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: a) Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, regulado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, que tiene entre sus objetivos la promoción de la asistencia social y la prestación de servicios en ese campo. b) Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37, inciso h), de la Ley de Asistencia Social; 22, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 11, fracciones X, XI y XII, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y acredita su personalidad de acuerdo con el testimonio de la Escritura Pública número 103,210 de fecha 28 de febrero de 2013, otorgada ante la fe del Licenciado Jorge Sánchez Pruneda, Notario Público número 127 del Distrito Federal. c) Los CC. Jefe de Unidad de Asistencia e Integración Social y Oficial Mayor, cuentan con facultades para asistir a la Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII y 17, fracciones IV y XII, en correlación con los artículos 35 y 19, fracciones XXVI y XXIX del Estatuto Orgánico anteriormente referido. d) El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND), establece en su Meta Nacional número II. México Incluyente, específicamente en el Plan de Acción II.2: Integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades, señala que: La prioridad será integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. El PND en su objetivo 2.2, propone transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente. Para lograrlo, se plantea generar esquemas de desarrollo comunitario con un mayor grado de participación social. Asimismo, se busca articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población. Necesitamos hacer de México un país para todas las generaciones. Con ello buscará garantizar los derechos de la infancia a través de un mejor diseño institucional y programático, además del incremento de la inversión en el bienestar de los más pequeños de acuerdo con el principio del interés superior del niño establecido en la legislación nacional e internacional. Asimismo, se propiciará el desarrollo humano integral de los adultos mayores brindándoles todas las oportunidades necesarias para alcanzar un nivel de vida digno y sustentable. Específicamente en la estrategia 2.2.1 Generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social, contempla tres líneas de acción:

• Fortalecer a los actores sociales que promueven el desarrollo social de los grupos en situación de vulnerabilidad y rezago. • Potenciar la inversión conjunta de la sociedad organizada y los tres órdenes de gobierno, invirtiendo en proyectos de infraestructura social básica, complementaria y productiva. • Fortalecer el capital y cohesión social mediante la organización y participación de las comunidades, promoviendo la confianza y la corresponsabilidad. Asimismo, en su estrategia 2.2.2 Articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población propone las siguientes acciones: • Promover el desarrollo integral de los niños y niñas, particularmente en materia de salud, alimentación y educación, a través de la implementación de acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil.

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• Fomentar el desarrollo personal y profesional de los jóvenes del país, para que participen activamente en el desarrollo del mismo y puedan cumplir sus expectativas laborales, sociales y culturales. Fortalecer la protección de los derechos de las personas adultas mayores, para garantizar su calidad de vida en materia de salud, alimentación, empleo, vivienda, bienestar emocional y seguridad social. e) En los términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de coordinación para la ejecución del Subprograma de Atención a Personas y Familias en Desamparo, del Programa de Atención a Familias y Población Vulnerable 2013, con el “DIF ESTATAL”, para establecer los procedimientos de coordinación en la materia. f) Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en avenida Emiliano Zapata número 340, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, código postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: a) Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Tamaulipas, con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 18 de octubre de 1986. b) Tiene entre sus objetivos, la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, así como la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas. c) Su Director General, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el C. Egidio Torre Cantú, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas de fecha 3 de agosto de 2012, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación. d) Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. e) Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Calzada General Luis Caballero número 297, Colonia Zozaya, Municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, Código Postal 87060. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: a) Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población sujeta a asistencia social del país. b) Reconocen la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil, a través de grupos sociales, particulares (personas físicas o morales), instituciones académicas y del sector público, para ampliar y potenciar el impacto de los programas en la comunidad y obtener las mayores ventajas que su participación conjunta puede generar en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, así como para el país en general. c) Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de coordinación. d) Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, de aplicación en el territorio de Tamaulipas, asegurando la adecuada ejecución conjunta de acciones coordinadas entre ellas en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Familias y Población Vulnerable 2013, Subprograma Atención a Personas y Familias en Desamparo, específicamente en la Línea de Acción Apoyo para Proyectos de Asistencia Social, para la realización de acciones en beneficio de Sujetos de Asistencia Social, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables. e) Cuentan con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio. Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 21, 44 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 22, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178, primer párrafo, y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 11, fracciones X, XI y XII, 15 fracción XVII y 17 fracciones IV y XII, en correlación con los artículos 35 y 19, fracciones XXVI y XXIX del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Familias y Población Vulnerable para el ejercicio fiscal 2013, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:

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CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES” para la ejecución del Subprograma Atención a Personas y Familias en Desamparo, así como para la asignación y el ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN”. Lo anterior, en relación al Proyecto Específico denominado Equipamiento para el Gimnasio de Adultos Mayores de la Casa INTEGRA ConSentido del Sistema Estatal DIF Tamaulipas. SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN” y en el oficio número 232.000.00/1046/13 emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “DIF NACIONAL”, esta última aportará recursos por concepto de subsidios, considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN”, por un monto de $253,307.00 (doscientos cincuenta y tres mil trescientos siete pesos 00/100 M.N.). TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN” aporta “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” para la ejecución del Proyecto señalado en la cláusula Primera del presente instrumento jurídico. “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración, aplicación, información y, en su caso, la comprobación de su aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con el presente convenio y la normatividad aplicable. Los recursos que no se destinen a los fines autorizados en este convenio y/o en las “REGLAS DE OPERACIÓN”; que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2013, o bien, en caso de que algún órgano fiscalizador detecte desviaciones o incumplimiento en el ejercicio de dichos recursos por parte de “DIF ESTATAL” deberán ser reintegrados por éste a la Tesorería de la Federación, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, incluyendo rendimientos financieros e intereses, debiendo informar por escrito a “DIF NACIONAL”. CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a contratar por conducto de la Tesorería de su Estado o su equivalente. El manejo de los recursos será de la absoluta responsabilidad del “DIF ESTATAL” y podrá ser auditado por las autoridades competentes. Los depósitos de los recursos federales estarán sujetos a la presentación previa, por parte de “DIF ESTATAL”, del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN” como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Otorgar los recursos económicos federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, como subsidios para la realización del Proyecto mencionado en la cláusula Primera; b) Otorgar asistencia técnica y orientación a “DIF ESTATAL”, cuando éste lo solicite, así como la asesoría y capacitación necesaria, en base a sus programas asistenciales en materia de asistencia social, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Ejercer los recursos señalados en la cláusula Segunda, debiendo ejecutar y desarrollar las actividades objeto del presente convenio, de acuerdo a lo señalado en el mismo, en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y en la demás normatividad aplicable; b) Ejercer los recursos señalados en la cláusula Segunda, para el Proyecto denominado Equipamiento para el Gimnasio de Adultos Mayores de la Casa INTEGRA ConSentido del Sistema Estatal DIF Tamaulipas. c) Formar un expediente técnico, el cual deberá contener toda la documentación probatoria de los recursos a ejercer, así como aplicar en su totalidad los mismos, garantizando su liberación expedita, debiendo destinarlos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; d) Informar por escrito cuando menos en forma trimestral (dentro de los primeros diez días hábiles del mes que corresponda) a la Dirección General de Integración Social con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, ambas de “DIF NACIONAL”, el estado que guarda la ejecución del Proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;

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e) Presentar la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere el presente instrumento, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer “DIF NACIONAL”; f) No destinar a otros conceptos de gasto los recursos otorgados; g) Entregar a la Dirección General de Integración Social con copia a la Unidad de Asistencia e integración Social, ambas de “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento; h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran destinado a los fines autorizados, o no se encuentren devengados al cierre del ejercicio fiscal correspondiente o que se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, o por alguna otra causa considerada en este instrumento jurídico y/o las “REGLAS DE OPERACIÓN”, de conformidad con el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Dicho reintegro deberá ser informado por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL”; i) Conservar debidamente resguardada, durante un periodo de 5 (cinco) años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan; j) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de aportación y demás contenido de las acciones objeto del presente convenio, de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”; k) Publicar los avances físico-financieros en las páginas del sistema de Internet que, en su caso, tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen “LAS PARTES”; l) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran; m) Adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y comunicación con “DIF NACIONAL” para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Lo anterior, sin perjuicio de que los órganos fiscalizadores correspondientes lleven a cabo las acciones de vigilancia, control y evaluación a fin de verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de “DIF ESTATAL”, en los términos contenidos en el presente convenio; n) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través de “DIF NACIONAL”, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Proyecto, y o) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación vigente. “LAS PARTES” acuerdan que para efectos de los incisos d) y g) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados en forma física y a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, “DIF NACIONAL” acepta que la información contenida en los informes enviados a través de dichos medios producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las Unidades Administrativas de “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos contenga la siguiente leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso con fines distintos a los establecidos en el Programa”. OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.2 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del Proyecto, “LAS PARTES” designan al respecto a los siguientes representantes:

“DIF NACIONAL” LIC. MARIELA PADILLA HERNÁNDEZ DIRECTORA GENERAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

“DIF ESTATAL” LIC. JESÚS ALEJANDRO OSTOS GARCÍA DIRECTOR GENERAL

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Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al Proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) Cuando “DIF ESTATAL” no aplique los apoyos entregados para los fines aprobados; b) Cuando “DIF ESTATAL” incumpla con la ejecución del Proyecto objeto de apoyo; c) Cuando “DIF ESTATAL” no acepte la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) Cuando “DIF ESTATAL” no entregue a la Dirección General de Integración Social de “DIF NACIONAL” los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) Cuando “DIF ESTATAL” presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; f) La inviabilidad del Proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; g) La existencia de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales; h) Cuando existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) Cuando “DIF NACIONAL”, o un órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, cuando exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas. “DIF ESTATAL” acepta que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, deberá reintegrar a la Tesorería de la Federación la totalidad de los recursos otorgados, así como los rendimientos financieros u otros conceptos generados, una vez que “DIF NACIONAL” haya solicitado dicha devolución. DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública y demás autoridades conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio “DIF NACIONAL” o las Unidades Administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al apoyo del Proyecto a que se refiere el presente convenio. Consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios, así como los avances físico-financieros del Proyecto aprobado en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles; los datos personales de los beneficiarios serán protegidos en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir del 31 de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de anticipación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario.

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 8

En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio. Dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del convenio, éste quedará obligado, en el término que establezca “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula Segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes, radicados en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- De conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente convenio será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de los términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil trece.- Por el DIF Nacional: la Titular del Organismo, Laura I. Vargas Carrillo.- Rúbrica.- El Encargado de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Ricardo Camacho Sanciprián.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, Jesús Alejandro Ostos García.- Rúbrica.

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 30

E D I C T O A TODA PERSONA QUE SE CONSIDERE LE ASISTEN DERECHOS, RESPECTO DE LOS QUE LE CORRESPONDÍAN AL EXTINTO JOSÉ CARMEN HERNÁNDEZ, EJIDATARIO DEL POBLADO “SAN LORENCITO”, MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS. P R E S E N T E: En cumplimiento al acuerdo dictado por este Tribunal el nueve de enero de dos mil catorce, en los autos del juicio agrario 283/2013, promovido por MA. GUADALUPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ contra ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS DEL POBLADO “SAN LORENCITO”, MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Agraria, se llama a juicio a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto JOSÉ CARMEN HERNÁNDEZ, ejidatario del poblado “SAN LORENCITO”, Municipio de Jaumave, Tamaulipas, por medio de Edictos, los que se publicarán dos veces dentro de un plazo de diez días en uno de los Diarios de mayor circulación en el Municipio de Jaumave, Tamaulipas, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en las Oficinas de la Presidencia Municipal del citado Municipio, y en los estrados de este Tribunal, para que asista a la audiencia que tendrá verificativo a LAS ONCE HORAS DEL DÍA VEINTE DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE, en la Sala de Audiencias de este Tribunal, ubicado en calle 13 Gaspar de la Garza, entre Guerrero y Bravo número 374, Zona Centro de Ciudad Victoria, Tamaulipas; y manifiesten lo que a sus interés convenga; apercibidos que de no comparecer a la audiencia antes señalada, se les tendrá por perdido su derecho para hacerlo y por conformes con las pretensiones que formulen las partes; lo anterior de conformidad en el artículo 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles. Cd. Victoria, Tamaulipas, a 9 de Enero de 2014.- ATENTAMENTE.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO, DISTRITO 30.- LIC. VÍCTOR DAVID SANDOVAL ARMAS.- Rúbrica. (2ª. Publicación)

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Página 9

EXPEDIENTE:POBLADO: MUNICIPIO: ESTADO: ACCIÓN:

70/2013“ALIANZA DE CABALLEROS” VICTORIA TAMAULIPAS CONTROVERSIA EN MATERIA AGRARIA

E D I C T O

HÉCTOR FORTUNA RAMOS SE DESCONOCE SU DOMICILIO

En cumplimiento al acuerdo dictado en la audiencia celebrada el dieciocho de marzo del año dos mil catorce, dentro de los autos del juicio agrario 70/2013, promovido por JAIME CASTILLO CHARLES, contra HÉCTOR FORTUNA RAMOS y otros, del primero de quien se desconoce su domicilio, reclamándole se declare la validez y firmeza del contrato de cesión de derechos agrarios de fecha veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y tres, que fue celebrado entre JAIME CASTILLO CHARLES y HÉCTOR FORTUNA RAMOS, entre otras prestaciones; por tanto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 de la Ley Agraria, se ordena emplazar al demandado HÉCTOR FORTUNA RAMOS, por medio de edictos, que deberán publicarse dos veces dentro de un plazo de diez días, en uno de los Diarios de mayor circulación en el Municipio de Victoria, Tamaulipas, y en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, a cargo y costo de la parte actora JAIME CASTILLO CHARLES, así como en los estrados de este Órgano Jurisdiccional y en la Oficina de la Presidencia Municipal de Victoria, Tamaulipas, para que asista a la audiencia que tendrá verificativo a LAS DIEZ HORAS DE DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, en el local de este Tribunal, sito en el 13 Guerrero y Bravo número 374 zona Centro de Ciudad Victoria, Tamaulipas; en la inteligencia que la notificación y emplazamiento a juicio así realizado, surtirá efectos una vez transcurridos quince días hábiles, contados a partir de la última publicación, por lo que para la celebración de la audiencia de ley deberá mediar el plazo previsto en el numeral 170 de la Legislación que rige la materia, advirtiéndole que la audiencia se desarrollará conforme a lo establecido en el artículo 185 de la Ley Agraria, haciéndole de su conocimiento que las copias de traslado de la demanda y anexos, se encuentran a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Órgano Jurisdiccional Agrario; asimismo, deberá señalar domicilio en esta Ciudad, para oír y recibir notificaciones; apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán en los estrados de este Tribunal, conforme al dispositivo legal invocado; haciéndole de su conocimiento, que el demandante cuenta con asesoramiento jurídico, por lo que en caso de requerir de los servicios de un asesor legal, se le sugiere solicitarlo ante la Delegación Estatal de la Procuraduría Agraria, con domicilio oficial en 19 Democracia número 302, en esta Ciudad, para estar en igualdad de circunstancias legales. Cd. Victoria, Tamaulipas, a 18 de Marzo de 2014.- ATENTAMENTE.- SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. VÍCTOR DAVID SANDOVAL ARMAS.- Rúbrica. (1ª. Publicación)

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

R. AYUNTAMIENTO TAMPICO, TAM.

CONVOCATORIA No. 2

En cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios; el R. Ayuntamiento de Tampico, Tam. convoca a través de la Dirección de Adquisiciones a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional de carácter Presencial No. DALP/002/14 Requisición No. SP/069/14 para el suministro e instalación de: LUMINARIAS DE TECNOLOGÍA DE LEDS PARA ALUMBRADO PÚBLICO que será cubierto con Recurso Municipal de acuerdo a oficio expedido por la Tesorería Municipal No. TES/036/14.

Licitación Pública Nacional con Carácter Presencial No. DALP/002/14

No. de Req. Partida Cantidad Descripción Unidad SP/069/14 1

2

3

519 3041

440

LUMINARIAS DE LEDS 150W LUMINARIAS DE LEDS 100W DE LAS CUALES 40 DEBERÁN

TENER CÁMARA DE VIDEOVIGILANCIA INTEGRADA LUMINARIA DE LEDS 60W

PZA. PZA.

PZA • La convocatoria y bases de la licitación se encuentran disponibles para su compra y/o en la Dirección de

Adquisiciones ubicada en Calle Colón No. 102 Sur Zona Centro, Código Postal 89000, Palacio Municipal, Tampico, Tamaulipas, teléfono 01-833-305-27-00, Ext: 3205 de lunes a viernes, con el siguiente horario de 08:00 a 16:00 horas. Hasta el día Miércoles 16 de abril de 2014 a las 11:00 horas como fecha límite para adquirirlas.

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 10

• La presente Licitación es Pública Nacional de carácter Presencial. • Las Luminarias deberán ser producidos en México ó contar con el porcentaje mínimo requerido y las personas

físicas ó morales deberán ser de nacionalidad Mexicana. • La junta de aclaración de dudas se llevará a cabo el día MIÉRCOLES 16 DE ABRIL DE 2014 A LAS 11:30

hrs., en la Casa de la Cultura, ubicada en Calle Lauro Aguirre No. 105, Col. Melchor Ocampo, Código Postal 89270 en Tampico, Tam.

• El acto de presentación de proposiciones y apertura de la(s) propuesta(s) técnica(s) y propuestas económicas se efectuará el día JUEVES 24 DE ABRIL DE 2014 A LAS 11:30 HORAS en la Casa de la Cultura, ubicada en: Calle Lauro Aguirre No. 105, Col. Melchor Ocampo, Código Postal 89270 en Tampico, Tam.

• El acto de Fallo se llevará a cabo el día: Viernes 02 de Mayo de 2014 a las 13:00 hrs. • Se solicitarán Estados Financieros auditados por contador certificado y declaraciones patrimoniales para

acreditar la capacidad económica, así como curriculum. • El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español. • La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano. • No se otorgará anticipos, el pago será a los cuarenta y cinco días posteriores a la entrega de material

instalado de acuerdo a contra recibo expedido por la Tesorería Municipal. • Carta de garantía de sostenimiento de oferta del 10%.

• Lugar de Instalación: Tampico, Tamaulipas, México. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por

los licitantes, podrán ser negociadas. • No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Art. 31 de la Ley de

Adquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios Tampico, Tam., a Martes 08 de Abril de 2014.- EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES.- LIC. CARLOS I. SABIDO DE LEIJA.- Rúbrica.

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PERIÓDICO OFICIAL

ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXIX Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014. Número 42

SUMARIO AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

Pág.

EDICTO 1384.- Expediente Civil Número 00054/2013, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria.

3

EDICTO 1385.- Expediente Número 00057/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad-Perpetuam).

3

EDICTO 1386.- Expediente Número 757/2013 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

3

EDICTO 1387.- Expediente Número 124/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

4

EDICTO 1547.- Expediente Judicial Número 00019/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

4

EDICTO 1624.- Expediente Número 00315/2011, relativo al Juicio Ordinario Mercantil.

4

EDICTO 1626.- Expediente Número 00179/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

4

EDICTO 1627.- Expediente Número 2136/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

5

EDICTO 1628.- Expediente Número 00165/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

5

EDICTO 1629.- Expediente Número 01755/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

5

EDICTO 1630.- Expediente Número 00466/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

6

EDICTO 1631.- Expediente Número 00129/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

6

EDICTO 1632.- Expediente Número 00203/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

6

EDICTO 1633.- Expediente Número 00042/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

7

EDICTO 1634.- Expediente Número 00301/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

7

EDICTO 1635.- Expediente Número 00544/10, relativo al Juicio Hipotecario.

7

EDICTO 1636.- Expediente Número 0838/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 1637.- Expediente Número 00391/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 1638.- Expediente Número 757/2010, relativo al Juicio Especial Hipotecario.

9

Pág.

EDICTO 1639.- Expediente Número 1321/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

9

EDICTO 1640.- Expediente Número 802//2012, deducido del Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 1641.- Expediente Número 780/2012, deducido del Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 1642.- Expediente Número 00474/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 1643.- Expediente Número 0647/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1644.- Expediente Número 00470/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1645.- Expediente Número 00837/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1763.- Expediente Número 00935/1996, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

12

EDICTO 1764.- Expediente Número 1060/210, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

12

EDICTO 1766.- Expediente Número 00526/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 1767.- Expediente Número 00347/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

13

EDICTO 1768.- Expediente Número 564/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

13

EDICTO 1769.- Expediente Número 00456/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 1770.- Expediente Número 836/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 1771.- Expediente Número 00243/2005, relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 1772.- Expediente Número 1292/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 1773.- Expediente Número 948/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 1774.- Expediente Número 0969/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 1775.- Expediente Número 01270/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

16

EDICTO 1776.- Expediente Número 00202/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

16

EDICTO 1777.- Expediente Número 843/2012, deducido del Juicio Especial Hipotecario.

16

CONTINÚA EN LA PÁGINA SIGUIENTE

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 2

Pág.

EDICTO 1778.- Expediente 00866/2013, relativo al Juicio Sumario Hipotecario.

17

EDICTO 1779.- Expediente Número 621/2013, deducido del Juicio Especial Hipotecario.

17

EDICTO 1780.- Expediente Número 276/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 1781.- Expediente Número 00196/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

18

EDICTO 1782.- Expediente Número 00291/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

18

EDICTO 1783.- Expediente Número 00237/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

18

EDICTO 1784.- Expediente Número 01188/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

18

EDICTO 1785.- Expediente Número 00297/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario

18

EDICTO 1786.- Expediente Número 00275/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario.

19

EDICTO 1787.- Expediente Número 00247/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

19

EDICTO 1788.- Expediente Número 00288/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario.

19

EDICTO 1789.- Expediente Número 00221/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

19

EDICTO 1790.- Expediente Número 01066/2013, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Medidas Provisionales de Declaración de Ausencia.

19

EDICTO 1791.- Expediente Número 00449/2013, relativo al Doble Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario.

19

EDICTO 1792.- Expediente Número 00079/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Declaración de Ausencia.

20

EDICTO 1793.- Expediente Número 887/2013; relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

20

EDICTO 1794.- Expediente Número 1667/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil.

20

EDICTO 1795.- Expediente Número 00583/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Perdida de la Patria Potestad.

20

EDICTO 1796.- Expediente Número 689/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

21

EDICTO 1797.- Expediente Número 00702/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Rectificación de Acta de Nacimiento.

21

EDICTO 1798.- Expediente Número 00030/2014, relativo al Juicio Divorcio Necesario.

21

EDICTO 1799.- Expediente Número 01050/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

21

EDICTO 1800.- Expediente Número 00518/2013, relativo al Juicio Sumario Civil.

22

EDICTO 1801.- Expediente Número 1040/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil

22

EDICTO 1802.- Expediente Número 769/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

23

EDICTO 1803.- Expediente Número 1078/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

24

Pág.

EDICTO 1804.- Expediente Número 01089/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

24

EDICTO 1805.- Expediente Número 00918/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Cobro de Pesos.

25

EDICTO 1806.- Expediente Número 0307/2012, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Requerimiento Judicial.

26

EDICTO 1807.- Expediente Número 00069/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

27

EDICTO 1808.- Expediente Número 00387/2013, relativo al Juicio Sumario Hipotecario.

28

EDICTO 1809.- Expediente Número 169/13, relativo al Juicio Hipotecario.

28

EDICTO 1810.- Expediente Número 00403/2013, relativo al Juicio Ordinario Mercantil.

29

EDICTO 1811.- Expediente Número 00715/2013 relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

31

EDICTO 1812.- Expediente Número 00416/2011, relativo al Juicio Ordinario Mercantil.

31

EDICTO 1813.- Expediente Número 01135/2010, relativo al Juicio Ordinario Mercantil.

31

EDICTO 1814.- Expediente Número 00863/2011, relativo al Juicio Ordinario Mercantil.

32

EDICTO 1815.- Expediente Número 126/2014, relativo a la Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Ad-Perpetuam.

32

EDICTO 1816.- Expediente Número 01352/2013, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

32

EDICTO 1817.- Expediente Civil Número 00014/2014 relativo a las Diligenciad de Jurisdicción Voluntaria.

32

EDICTO 1818.- Expediente Civil Número 00009/2014 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria.

33

EDICTO 1388.- Balance Final de Liquidación de Lawson Maquiladora, S. de R.L. de C.V.

34

EDICTO 1389.- Balance Final de Liquidación de Lawson Products de México, S. de R.L. de C.V.

35

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

Página 3

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Noveno Distrito Judicial.

Tula, Tam.

El Ciudadano Licenciado Nancy Domínguez Martínez, Juez de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del Estado, con residencia en ciudad Tula, Tamaulipas, por auto de fecha (09) nueve de diciembre del año dos mil trece (2013), ordenó la radicación del Expediente Civil Número 00054/2013 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, promovidas por EUFEMIA BERRONES MORENO, sobre un bien inmueble, mismo que es el siguiente:

Inmueble ubicado en los municipios de "Palmillas y Jaumave, Tamaulipas, siendo sus medidas y colindancias las siguientes: AL NORTE.- en 2,045.95 metros con Ejidal Magdaleno Aguilar, municipio de Jaumave, Tamaulipas, AL NORTE.- en 1,069.53" metros con Ejido Magdaleno Aguilar, municipio de Jaumave, Tamaulipas, AL SUR.- en 2,493.36 metros con Ejido Palmillas, municipio de Palmillas Tamaulipas. AL SUR.- en 2,224.90 metros con el señor Ambrosio Rivera, AL ESTE.- en 3,625.00 metros con Ejido Magdaleno Aguilar, municipio de Jaumave, Tamaulipas, AL ESTE.- en 3,953.00 metros con el señor ISIDRO PÉREZ SANDOVAL.

Asimismo, ordenó la publicación de edictos por TRES VECES consecutivas de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y en un diario de mayor circulación en la localidad, ordenándose de igual forma la publicación de avisos por igual número de veces en los lugares públicos de Palmillas y Jaumave, Tamaulipas, así como en la puerta de este Juzgado, dándose a conocer por estos medios la radicación de las presentes diligencias.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

Tula, Tamaulipas, a 28 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos del Ramo Civil, LIC. ADOLFO GARCÍA IZAGUIRRE.- Rúbrica.

1384.- Marzo 18, 27 y Abril 8.-3v3. E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Civil.

Séptimo Distrito Judicial.

Cd. Mante, Tam.

La Ciudadana Licenciada Adriana Pérez Prado, Juez de Primera Instancia de lo Civil, del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en esta ciudad, dentro del Expediente Número 00057/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad-Perpetuam), promovidas por los C.C. JESÚS RIVERA JUÁREZ, PASCUALA GRIMALDO RODRÍGUEZ, ordenó la publicación del siguiente acuerdo por medio de edictos.

Ciudad Mante, Tamaulipas; a los (18) dieciocho días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014).- Por recibido en fecha diecisiete de los corrientes, escrito y documentos anexos, téngase a los C.C. JESÚS RIVERA JUÁREZ y PASCUALA GRIMALDO RODRÍGUEZ, promoviendo Diligencias De Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad-Perpetuam), por los hechos y consideraciones de derecho que estima aplicables al caso.- Ajustada que es su demanda a derecho, apareciendo que exhibe la documentación a que hace referendo el numeral 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, se admite a trámite en la vía y forma legal propuesta, en consecuencia, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno, que para tal efecto se lleva en este Juzgado, bajo el Número 00057/2014.- Cítese al C. Agente del Ministerio Público Adscrito a este Juzgado, así como a las personas que refiere como los colindantes: por el lado NORTE, la C. Guadalupe Martínez García, con domicilio en calle Álvaro Obregón número 907, de la colonia Núñez, en esta ciudad; por el lado SUR, la C. Emma Castillo Galván; con domicilio en calle Magiscatzin número 904

Poniente, de la colonia Núñez; por el lado ESTE, la C. Claudia Guadalupe Alemán Rodríguez, con domicilio en calle Magiscatzin número 905 Poniente, de la colonia Núñez, en esta ciudad; y, la por el lado OESTE la C. Ma. Gloria Hernández Acevedo, con domicilio en calle Álvaro Obregón número 911, de la colonia Núñez de esta ciudad; de forma personal y córraseles traslado con copia del escrito de cuenta, anexos y la presente resolución.- De igual manera, téngaseles ofreciendo como pruebas la testimonial a cargo de tres personas que ofrecen presentar en este Juzgado e Inspección Judicial; y previamente a señalar fecha para su desahogo, se les previene a los solicitantes para que en el término de tres días cumplan con los requisitos que impone el artículo 22 fracción IV del Código de Procedimientos Civiles del Estado, ya que el escrito inicial es omiso al respecto; una vez que se hayan exhibido las publicaciones que deben realizarse en el Periódico Oficial del Estado y en el de mayor circulación en esta ciudad; y que se haya notificado a los colindantes, quienes deberán de comparecer ante este Juzgado para que rindan su testimonio, si ello fuese posible, y el Agente del Ministerio Público adscrito a este Juzgado, para que tenga intervención en la misma fecha en el local de este Juzgado, debiendo los testigos justificar fehacientemente su residencia en el lugar donde se ubica el inmueble motivo de este trámite.

Publíquense los edictos en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación, que se edita en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas de diez días en diez días, igualmente por conducto de la Central de Actuarios, deberá fijarse un aviso de la solicitud del promovente en los lugares públicos del lugar donde se ubica el inmueble, tales como la Presidencia Municipal, Hospitales y Oficina Fiscal de Antiguo Morelos, Tamaulipas, debiendo el actuario comisionado, hacer constar el cumplimiento de este requisito, y la ubicación exacta de los lugares donde se fijen los mismos.- Se tiene al promovente señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en el ubicado en calle Ocampo N° 300 Norte, esquina con calle Mainero, Zona Centro, Código Postal 89800, de esta ciudad, autorizando para tal efecto a los C.C. Licenciados Juan Carlos Martínez Mar y Luis M. Garza Flores.- Requiérase a los promoventes para que designen asesor jurídico ya que son omisos al respecto.- Notifíquese personalmente a los colindantes y a la C. Agente del Ministerio Público Adscrita.- Con fundamento en los artículos 4, 22, 30, 40, 52, 53, 66, 172, 173, 185, 192, 226, 227, 228, 229, 362, 371, 881, del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado, 1, 3, 9, 149, 162, 165 a 169 de la Ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio.- Así lo acuerda y firma la Licenciada Adriana Pérez Prado, Juez de Primera Instancia de lo Civil del Séptimo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Esther Padrón Rodríguez, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Srio.- Rubricas.- Se publicó en lista de hoy.- Conste.- Se registró bajo el Número 00057/2014.

Cd. Mante, Tam., a 20 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA ESTHER PADRÓN RODRÍGUEZ.- Rúbrica.

1385.- Marzo 18, 27 y Abril 8.-3v3. E D I C T O

Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado con residencia en Altamira Tamaulipas por auto de fecha treinta de octubre del dos mil trece, radicó el Expediente Número 757/2013 promovido por el C. Nelson Vázquez Domínguez en representación del Señor ENRIQUE KNIGHT DELGADO relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam a fin de acreditar los derechos de posesión sobre un bien inmueble ubicado en calle Primera Avenida número 202 entre las calles

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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Avenida Cuauhtémoc y calle Santiago de la colonia Americana de Tampico Tamaulipas el cual cuenta con una superficie de 229.00 m2 con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 14.00 metros con Primera Avenida, AL SUR en 16.70 metros con Rafaela Magallon García, AL ESTE en 15.00 metros con Mercedes Ramos Cholico de Ramírez y AL OESTE en 15.20 con Fidel Rojas Cholico.- Dicho predio se encuentra inscrito en la Subdirección de Catastro de la Tesorería Municipal de Tampico Tamaulipas con la Clave Catastral Número 36-01-11-169-002 ordenándose publicar edictos en el Periódico Oficial del Estado y otro en el de mayor circulación de la ciudad y en los Estrados del Juzgado donde está ubicado el inmueble por TRES VECES consecutivas de diez en diez días.- Es dado en Altamira Tamaulipas a los veintiún días del mes de febrero del dos mil catorce.- DOY FE.

La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1386.- Marzo 18, 27 y Abril 8.- 3v3.

E D I C T O

Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Rosa Badillo Hernández, Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado con residencia en Altamira Tamaulipas encargada del Despacho por Ministerio de Ley, por auto de fecha veintisiete de febrero del dos mil catorce, radicó el Expediente Número 124/2014, promovido por Leticia Villalobos Alonso apoderada legal del ARQUITECTO JORGE MENNAH ABDO relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam a fin de acreditar la propiedad que detento sobre el inmueble ubicado en calle Ocotlán número 901 colonia Hidalgo Oriente de ciudad Madero Tamaulipas con una superficie de 782 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 23 metros con Sofía Medina, AL SUR en 23 metros con calle Ocotlán, AL ESTE en 34 metros con Guadalupe Sánchez, AL OESTE en 34 metros con María Estrada ordenándose publicar edictos en el Periódico Oficial del Estado y otro en el de mayor circulación de la ciudad y en los Estrados del Juzgado donde está ubicado el inmueble por TRES VECES consecutivas de diez en diez días.- Es dado en Altamira, Tamaulipas a los seis días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1387.- Marzo 18, 27 y Abril 8.-3v3.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Primer Distrito Judicial.

San Fernando, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Ernesto Lovera Absalón, Juez de

Primera Instancia Mixto del Décimo Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha tres de marzo del presente año (3 de marzo del 2014), radicó el Expediente Judicial Número 00019/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam para acreditar la posesión de un bien inmueble, promovido por el C. J. JESÚS RUIZ JUÁREZ, para demostrar la posesión como medio para adquirir el dominio de un si el predio urbano con una superficie de 702.00, ubicado en el Ejido Alfredo V. Bonfil, de este municipio, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE:- en 36.00 metros con Lucio Gasca; AL SUR:- en 36.00 metros con calle Morelos; AL ESTE:- en 19.50 metros

con calle Benito Juárez y AL OESTE:- en 19.50 metros con Consuelo Rodríguez; publíquese la solicitud relativa a las presentes diligencias en el Periódico Oficial del estado que se edita en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y en la Encuesta que se edita en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, de siete en siete días, en cumplimiento a la fracción V del artículo 162 de la Ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio.

San Fernando, Tamaulipas a 05 de marzo del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos Interino del Ramo Civil y Familiar, LIC. JOSÉ MIGUEL MORENO CASTILLO.- Rúbrica.

1547.- Marzo 25, Abril 1 y 8.-3v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha tres de marzo de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00315/2011 relativo al Juicio Ordinario Mercantil promovido por HSBC MÉXICO S. A. en contra de RODOLFO DE LA ROSA NORIEGA Y GENOVEVA VILLAREAL MATILDES, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Terreno urbano ubicado en la calle Libra, número 21, entre calle 3 y Capricornio, del Fraccionamiento Satélite, lote 66 de la manzana 7, con superficie de 168.00 m2, y construcción en el mismo edificada, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 8.00 mts con lote cuatro, AL SUR, en 8.00 mts con calle Libra, AL ORIENTE, en 21.00 mts con lote sesenta y cinco, AL PONIENTE, en 21.00 mts con lote sesenta y siete.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado con el Número de Finca 94262 de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal las dos terceras partes de la cantidad que arroja los $540,675.00 (QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito en rebeldía de la parte demandada, y resulta la suma de $360,450.00 (TRESCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), precio que se toma en cuenta para este remate.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps., 05 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1624.- Marzo 27, Abril 1 y 8.-3v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticinco de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00179/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por SCRAP II S. DE R.L. DE C.V., en contra de LUIS MANUEL MONTERRUBIO HERNÁNDEZ, ordenó sacar a remate en

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Margarita Hinojosa número 29 del Fraccionamiento Fundadores de esta ciudad, edificada sobre el lote 29 de la manzana 16, con superficie de 105.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 17.50 mts con lote número 28, AL SUR, en 17.50 mts con lote número 30, AL ESTE, en 6.00 mts con calle Margarita Hinojosa, AL OESTE, en 6.00 mts con lote 18.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 62975, Legajo 1260 de fecha 22 de mayo de 1995 de este municipio de H. Matamoros; Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $192,000.00 (CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte demandada en rebeldía, y que es la cantidad de $128,000.00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 27 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1626.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cuatro de marzo de dos ml! catorce, dictado dentro del Expediente Número 2136/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Lic. Moisés David Jiménez García, apoderado legal de SCRAP II S. DE R.L. DE C.V., en contra de ENRIQUE GARCÍA GONZÁLEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Prolongación Miguel Barragán, número 50, del Fraccionamiento "Fundadores" edificada sobre el lote 12 de la manzana 16, con superficie de terreno de 105.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 17.50 mts con lote número 13, AL SUR, en 17.50 mts con lote número 11, AL ESTE, en 6.00 mts con lote número 35, AL OESTE, en 6.00 mts con calle Prolongación Miguel Barragán.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 57307, Legajo 1147, de fecha cinco de abril de mil novecientos noventa y cinco, así como en la Finca Número 88697 del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $193,242.32 (CIENTO NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 32/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte actora nombrado en

autos el cual se toma como precio ara el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 14 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1627.- Abril 1 y 8.-2v2. E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Cuarto Distrito Judicial.

Valle Hermoso, Tam.

Ciudad Valle Hermoso, Tamaulipas, a seis de marzo de dos mil catorce.- El Licenciado Fernando Figueroa Hernández, Secretario de Acuerdos del Área Civil y Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, hago constar lo siguiente:- Que con fecha veintiocho de febrero de dos mil catorce, se ordenó un edicto en el Expediente Número 00165/2009, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Brenda Castillo Arguelles, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de JORGE LUIS CISNEROS GALVÁN; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 701, 702 y 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en: Terreno urbano localizado en la calle Ingenieros Civiles Norte, número 410, entre Médicos y Dentistas, lote 15, manzana 12, del Fraccionamiento Ampliación Eduardo Chávez, C.P. 87507, de esta ciudad, con superficie de 190.74 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 11.22 metros con lote número 6; AL SUR, en 11.22 metros con calle Ingenieros Civiles; AL ESTE, en 17.00 metros con lote 16, y AL OESTE, en 17.00 metros, con lote 14; dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 15636, Legajo 313, del municipio de Valle Hermoso, Tam., con fecha 28 de abril de 1997, y en virtud de la nueva inmatriculación le corresponde la Finca No. 6344 del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas.- Al efecto, convóquese postores mediante la publicación del edicto que se publicarán por DOS VECES dentro de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad.- Por otra parte, se hace saber a las partes que es postura legal la cantidad de $121,058.96 (CIENTO VEINTIÚN MIL CINCUENTA Y OCHO PESOS 96/100 M.N.), es decir, las dos terceras partes de la cantidad de $181,588.44 (CIENTO OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 44/100 M.N.), señalándose las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, a efecto de que tenga verificativo la diligencia de primera almoneda.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FERNANDO FIGUEROA HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1628.- Abril 1 y 8.-2v2. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil catorce, dicta do dentro del Expediente Número 01755/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de HÉCTOR CARLOS RUIZ FAJARDO, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Luxor número 21, del Fraccionamiento "Valle de Casablanca III" edificada sobre el

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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lote 28 de la manzana 13, con superficie de terreno de 90.00 m2 y superficie de construcción de 40.18 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 15.00 mts con lote número 29, AL SUR, en 15.00 mts con lote número 27, AL ESTE, en 6.00 mts con lote número 11, AL OESTE, en 6.00 mts con calle Luxor.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 5964, Legajo 3-120 de fecha 15 de julio de 2004 de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $204,700.00 (DOSCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito en rebeldía de la parte demandada, y que es la cantidad de $136,466.66 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.)(sic) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 21 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1629.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00466/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de EDGAR GUSTAVO ORTIZ AVALOS, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Valle Esmeralda número 25, del Fraccionamiento "Valle Real" edificada sobre el lote 2 de la manzana 28, con superficie de terreno de 95.55 m2 y superficie de construcción de 63.08 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE, en 7.00 mts con calle Valle Esmeralda, AL SUROESTE, en 7.00 mts con área verde, AL SURESTE, en 13.65 mts con terreno de la vivienda 27, AL NOROESTE, en 13.65 mts con terreno de la vivienda 23.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 3237, Legajo 3-065 de fecha 29 de abril de 2004 de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $271,500.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, y que es la cantidad de $181,000.00 (CIENTO OCHENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 21 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1630.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Cuarto Distrito Judicial.

Valle Hermoso, Tam.

Ciudad Valle Hermoso, Tamaulipas, a seis de marzo de dos mil catorce.- El Licenciado Fernando Figueroa Hernández, Secretario de Acuerdos del Área Civil y Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, hago constar lo siguiente:- Que con fecha veintiocho de febrero de dos mil catorce, se ordenó un Edicto en el Expediente Número 00129/2009, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el Licenciado Víctor Hugo Saldúa Dovalina, y continuado por la Licenciada Brenda Castillo Arguelles, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de SANDRA NAVARRO GUZMÁN; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 701, 702 y 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en: Terreno urbano marcado con el número 412, de la calle Álamo, manzana 7, lote 07, del Fraccionamiento Arboledas del Valle, de esta ciudad, con superficie de 124.60 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 metros con propiedad privada; AL SUR, en 7.00 metros con calle Álamo; AL ESTE, en 17.80 metros con lote 08, y AL OESTE, en 17.80 metros, con el lote 06; dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 7354, Legajo 3-148, del municipio de Valle Hermoso, Tam., con fecha 26 de noviembre de 2001, y en virtud de la nueva inmatriculación le corresponde la Finca No. 6323 del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas.- Al efecto, convóquese postores mediante la publicación del edicto que se publicarán por DOS VECES dentro de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad.- Por otra parte, se hace saber a las partes que es postura legal la cantidad de $119,802.88 (CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS 88/100 M. N.), es decir, las dos terceras partes de la cantidad de $179,704.32 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUATRO PESOS 32/100 M.N.), señalándose las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, a efecto de que tenga verificativo la diligencia de primera almoneda.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FERNANDO FIGUEROA HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1631.- Abril 1 y 8.-2v2. E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Cuarto Distrito Judicial.

Valle Hermoso, Tam.

En la ciudad de Valle Hermoso, Tamaulipas, a los cinco días del mes de marzo de dos mil catorce.- El Licenciado Fernando Figueroa Hernández, Secretario de Acuerdos del Área Civil y Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, hago constar lo siguiente:- Que con fecha veintiocho de febrero de dos mil catorce, se ordenó un edicto en el Expediente Número 00203/2010, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Brenda Castillo Arguelles, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de SILVESTRE CASTRO FLORES; y

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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con fundamento en lo dispuesto por los artículos 701, 702 y 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en: terreno urbano ubicado en la calle Buenavista número 151, manzana 01, tote 54, Fraccionamiento Buena Vista, con una superficie 103.20 M2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- en 6.00 metros con lote 2, AL SUR.- en 6.00 metros con calle Buena Vista; AL ESTE.- en 17.20 metros con lote 53, y AL OESTE.- en 17.20 metros con lote 55, y en virtud de la nueva inmatriculación le corresponde la Finca No. 6342 del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas.- Al efecto, convóquese postores mediante la publicación del edicto que se publicarán por DOS VECES dentro de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad.- Por otra parte, se hace saber a las partes que es postura legal la cantidad de $91,608.19 (NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS 19/100 M.N.), es decir, las dos terceras partes de la cantidad de $137,412.29 (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOCE PESOS 29/200 M.N.); señalándose las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, a efecto de que tenga verificativo la diligencia de primera almoneda.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FERNANDO FIGUEROA HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1632.- Abril 1 y 8.-2v2. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticinco de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00042/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por SCRAP II S. DE R.L. DE C.V. en contra de JUAN ENRIQUE GARZA TREVIÑO, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Buena Vista número 210, del Fraccionamiento "Buena Vista" edificada sobre el lote 27 de la manzana 5, con superficie de terreno de 103.20 m2 y superficie de construcción de 49.50 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con calle Buena Vista, AL SUR, en 6.00 mts con lote número 38, AL ESTE, en 17.20 mts con lote número 28, AL OESTE, en 17.20 mts con lote número 26.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 2163, Legajo 3-044 de fecha 23 de marzo de 2004 del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $183,500.00 (CIENTO CHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito en rebeldía de la parte demandada, y que es la cantidad de $122,333.33 (CIENTO VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 21 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1633.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha dieciocho de febrero del presente año,

dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 00301/2012, promovido inicialmente por la Lic. Claudia Ivette Ávila Vázquez y continuado por el C. Lic. Daniel Domingo Perales Pacheco, apoderado legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra del C. ANTONIO MORGADO OLIVER, el Titular de este Juzgado Norberto Cisneros Maravilla, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado consistente en:

Lote 26 de la manzana 2, de la calle Margaritas del Fraccionamiento Villa Florida, de esta ciudad, sobre el cual se encuentra construida la casa habitación, marcada con el número 600, dicho predio tiene una superficie de 123.0800 m2 (CIENTO VEINTITRÉS METROS CON OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS), de terreno, el cual se identifica con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 7.24 M.L., con lote 27; AL SUR: en 7.24 M.L., con calle Margaritas; AL ESTE: en 17:00 M.L., con Av. de las Clavelinas Sur; AL OESTE: en 17.00 M.L., con lote 25, inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado, bajo la Sección Primera, Número 6125, Legajo 2-123, actualmente Finca Número 151754 de fecha 11 de febrero del 2014.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este Tribunal a la audiencia de remate de primera almoneda, que se llevara a cabo a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $266,000.00 (DOSCIENTOS SESENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la Subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la postura correspondiente.- Lo anterior con fundamento en los artículos 2, 4, 40, 45, 701, 702, 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 10 y 12 de la Ley del Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 21 de febrero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

1634.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas en

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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cumplimiento al auto de fecha veintisiete de febrero del dos mil catorce dictado dentro del Expediente Número 00544/10 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Licenciado José Javier Marín Perales en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del BANCO NACIONAL DE MÉXICO S.A., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX en contra de FELIPA GARCÍA DÍAZ, ordenó sacar a la venta en pública subasta y al mejor postor el siguiente bien inmueble:

Inmueble ubicado en Boulevard Náutico No. 411, lote 29, manzana 1, condominio 3, Conjunto Residencial "Náutico Residencial & Club", en Altamira, Tamaulipas, con una superficie de construcción de 224.00 m2 (doscientos veinticuatro metros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 10.00 mts con Boulevard Náutico; AL SUR: en 10.00 mts. Con vivienda 41 y 42; AL ESTE: en 22.40 mts con vivienda 30; y AL OESTE: con 22.40 mts con vivienda 28, y construcciones existentes destinadas a casa-habitación prototipo Santo Domingo, ubicado en el Conjunto Residencial "Náutico Residencial & Club" en el municipio de Altamira, Tamaulipas, con un indiviso de 2.22043%, dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tamaulipas, bajo el Número 822, Legajo 6-017, Sección Primera, municipio de Altamira, Tamaulipas, de fecha 28 de enero de 2008 y Número 772, Legajo 6-016, Sección Segunda, municipio de Altamira, Tamaulipas, de fecha 28 de enero de 2008.- Valor comercial $2,090,000.00 (DOS MILLONES NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por medio de edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación de esta ciudad, convocándose a postores a la diligencia de remate en primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado por los peritos del inmueble que se saga a remate.- En la inteligencia de que las personas que deseen participar en la subasta, deberán depositar previamente como garantía en el Fondo Auxiliar del Tribunal el 20% (veinte por ciento) del valor que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Es dado en Altamira Tamaulipas a los once días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo

Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1635.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES El Ciudadano Licenciado Rafael Pérez Avalos, Titular del

Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha dictado el cuatro de febrero dentro del Expediente Número 0838/2012, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Licenciado Guillermo Arturo Arredondo Gómez en su carácter de apoderado legal del SCOTIABANK INVERLAT S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT en contra de la C. GABRIELA LÓPEZ CRUZ, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la demandada ubicado en: calle Santa Anita número 226 del Fraccionamiento Las Quintas de esta ciudad, cuyas medidas y colindancias son: AL SUROESTE en 18.00 m con lote 17, AL NORESTE en 5.16 m con Quinta

Santa Anita, AL NORESTE en 13.68 m con Quinta Santa Anita, AL NORESTE en 1.25 m con Quinta Santa Anita, AL NOROESTE en 1.40 m con lote 15; y AL NOROESTE en 10.69 m. con lote 15, AL SURESTE 11.33 metros con Quinta Santa Anita.- Dicho inmueble se identifica ante Registro Público de la Propiedad en el Estado como: Finca 62048, nombre de la C. GABRIELA LÓPEZ CRUZ; para tal efecto publíquense edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, convocando a postores a fin de que comparezcan ante este Juzgado a la Audiencia que se llevará a cabo el día DIEZ DEL MES DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la inteligencia de que los avalúos periciales practicados a dicho bien inmueble se fijaron en la cantidad de $1,700,000.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $1,133,333.33 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, este deberá cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de $226,666.66 (DOS CIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), en el entendido de que la cantidad última citada deberá ser depositada ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial, en la inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo en el local que ocupa este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número 2265 dos mil doscientos sesenta y cinco de la colonia Módulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 23 de enero del 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. SANJUANA LÓPEZ VARGAS.- Rúbrica.

1636.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES El Ciudadano Licenciado Rafael Pérez Avalos, Titular del

Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha catorce de febrero del año dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00391/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra' de la C. FLOR ESTHELA ÁLVAREZ LÓPEZ, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la demandada ubicado en: calle Uranio número 120, lote 47, manzana 20, del Fraccionamiento Villas de la Joya del municipio de Reynosa, Tamaulipas, con una superficie de 108.50 m2, con superficie de construcción 50.41 metros cuadrados cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE en 15.50 metros con lote 48; AL ESTE en 6.00 m con lote 26; AL SUR en 15.50 m con lote 46; y AL OESTE en 7.00 m con calle Uranio.- Dicho inmueble se encuentra Inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado actualmente Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas como Finca Número 147354 del municipio de Reynosa, Tamaulipas; para tal efecto publíquense edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, convocando a

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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portores a fin de que comparezcan ante este Juzgado a la audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE HORAS, en la inteligencia de que los avalúos periciales practicados a dicho bien inmueble se fijaron en la cantidad de $215,000.00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por ser el precio más alto, siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $143,333.33 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, este deberá cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de $28,666.66 (VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), en el entendido de que la cantidad última citada deberá ser depositada ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial, en la inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo en el local que ocupa este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número 2265 dos mil doscientos sesenta y cinco de la colonia Modulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 23 de enero del 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. SANJUANA LÓPEZ VARGAS.- Rúbrica.

1637.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La C. Licenciada Adriana Báez López, Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Rosa Hilda Bock Espinoza Secretaria de Acuerdos, ordenó dentro del Expediente 757/2010 relativo al Juicio Especial Hipotecario promovido por el C. Lic. Alejandro Solís Flores, apoderado legal de SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE y continuado por la LIC. MARÍA GENOVEVA CRUZ MAR en su carácter de cesionaria, en contra de los C.C. RENE JESÚS SIFUENTES SALAZAR Y MARÍA DEL CARMEN GUTIÉRREZ ELIZALDE, sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble embargado a los demandados los C.C. RENE JESÚS SIFUENTES SALAZAR Y MARÍA DEL CARMEN GUTIÉRREZ ELIZALDE, el que se identifica como: lote y construcción marcada con el lote número 14 de la manzana F, del Conjunto Habitacional Colinas de Tancol, dicho predio tiene una superficie de (93.00) y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 15.50 metros, con fracción Norte del lote 14, AL SUR: en 15.50 metros, con fracción Norte del lote 13, AL ESTE: en 6.00 metros, con calle "E", AL OESTE: en 6.00 metros, con propiedad privada; a nombre de los C.C. RENE JESÚS SIFUENTES SALAZAR Y MARÍA DEL CARMEN GUTIÉRREZ ELIZALDE.- Debiéndose para tal efecto citar a postores mediante edictos que deberán publicarse conforme a lo dispuesto por el artículo 701 del Código de Procedimientos Civiles se precisa como postura legal del remate la cantidad de $205,333.33 (DOSCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.) - Convocando a postores y acreedores a la primera almoneda, la que tendrá verificativo en el local de este juzgado en punto de las (12:00) DOCE HORAS DEL DÍA (21) VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE, hágase del conocimiento de los interesados que para acudir a la primer almoneda deberán depositar en el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia con sede en este Distrito Judicial a disposición del Juez el importe equivalente al 20%

(veinte) por ciento del valor que sirve de base al remate de los bienes presentando al efecto el certificado aludido, así como escrito en sobre cerrado en que sirvan su postura.- Para este fin es dado el presente en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, a los dieciocho de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

La C. Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. ADRIANA BÁEZ LÓPEZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

1638.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Mediante diligencia de fecha diecinueve de febrero del

presente año, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 1321/2012, promovido por el Lic. Servando González Tamez, apoderado general para pleitos y cobranzas de HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra del C. HÉCTOR DAVID DÍAZ MARTÍNEZ, el Titular de este Juzgado Lic. Norberto Cisneros Maravilla, mandó sacar a remate en segundo almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Lote 31, de la manzana 23, ubicada en calle Buenos Aires, número 325, del Fraccionamiento Hacienda Las Fuentes III, de esta ciudad, con una superficie de 91.00 m2 noventa y un metros cuadrados de terreno, y 65.90 m2 sesenta y cinco punto noventa metros cuadrados, de construcción en el existente, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE: en 14.00 metros lineales, con lote 32; AL SURESTE: en 14.00 metros lineales con lote 30; AL SUROESTE: en 6.50 metros lineales con límite de propiedad; AL OESTE: en 6.50 metros lineales, con calle Buenos Aires; inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado, bajo la Sección Primera, Número 10782, Legajo 2-216, de fecha 31 de mayo del 2007, del municipio de Reynosa Tamaulipas.- Actualmente Finca número 147263 de fecha del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, convocando a postores y acreedores a fin de que comparezcan ante este tribunal a la audiencia de remate de segunda almoneda, que se llevará a cabo a las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $393,000.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo postura legal con la rebaja del veinte por ciento 20% sobre el precio de las dos terceras partes que sirvió de base para el inmueble, del valor pericial fijado a la finca hipotecada.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 06 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

1639.- Abril 1 y 8.-2v2.

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha veintiuno de febrero del dos mil catorce,

dictado dentro del Expediente Número 802//2012 deducido del Juicio Hipotecario, promovido por la C. Lic. Juana Cruz Espinosa, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de SOFÍA BARUCH RAMÍREZ Y JORGE RODOLFO ALFREDO NÁJERA BECERRA, el Titular de este Juzgado Licenciado Toribio Antonio Hernández Ochoa, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Ubicado en calle Celaya número 1514 lote 2, manzana 39 de la Colonia Campestre Segunda Sección, con una superficie de terreno de 140.00 metros cuadrados y 89.45 metros cuadrados de construcción con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 20.00 metros lineales con lote 03, AL SUR; 20.00 metros lineales con lote 1, AL ESTE 7.00 metros lineales con lote 50 y AL OESTE 7.00 metros lineales con calle Celaya, inscrito en el Registro Público de Propiedad de la Finca Número 86771, de este municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados del Juzgado, mediante el cual se convoca a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA ONCE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, el cual asciende a la cantidad de $420,000.00 (CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.).

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 19 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1640.- Abril 1 y 8.-2v2. E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha once de febrero del presente año,

dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 780/2012, promovido inicialmente por la Lic. Claudia Ivette Ávila Vázquez, y continuado por el C. Lic. Daniel Domingo Perales Pacheco, apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra del C. GUADALUPE MARTÍNEZ DE LEÓN Y AURORA CISNEROS MACHADO, el Titular de este Juzgado LIC. Norberto Cisneros Maravilla, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado consistente en:

Casa marcada con el número 719, de la calle Alcatraz, del lote 80, de la manzana 24, del Fraccionamiento Campestre, de esta ciudad, dicho predio tiene una superficie de 102.00, metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 6.00, metros con lote 01 y calle Violeta; AL SUR: en 6.00 metros con calle Alcatraz; AL ESTE: en 17.00 metros, con lote 79 y calle Gladiola; AL OESTE: en 17.00 metros, con lote 81 y Avenida Tulipán; inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado, bajo la Sección I, Número 38273, Legajo

766, de fecha 06 de septiembre de 2000, del municipio de Reynosa Tamaulipas.- Actualmente Finca Número 147322, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este Tribunal a la audiencia de remate de primera almoneda, que se llevara a cabo a las DIEZ HORAS DEL DÍA DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $257,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la Subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la postura correspondiente.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 06 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

1641.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia Civil del Tercer Distrito Judicial en el Estado, por autos de fechas dieciséis de enero, diecinueve de febrero y doce de marzo del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 00474/2012, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por TERTIUS, S.A. PROMOTORA DE INVERSIÓN DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de ISIDRO VIDAÑA VALENZUELA Y NORMA RAMÍREZ ESTRADA, ordenó sacar a remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble:

1).- Predio urbano y sus construcciones ubicado en calle Demantoide número 15, lote 37, manzana 32, Fraccionamiento Bonanza de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 18.00 metros con manzana 32, lote 38; AL SUR en 18.00 metros con manzana 32, lote 36; AL ORIENTE: en 8.00 metros con calle Demantoide y AL PONIENTE en 8.00 metros con manzana 32, lote 22, y con un valor de $547,000.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, por DOS VECES de siete en siete días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorería General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal, señalándose como fecha para el remate las ONCE HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1642.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia Civil del Tercer Distrito Judicial en el Estado, por autos de fechas dieciséis de enero, diecinueve de febrero y doce de marzo del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 0647/2012, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por TERTIUS, S.A. PROMOTORA DE INVERSIÓN DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de NATALIA DEL PILAR GALINDO GARCÍA, ordenó sacar a remate en primera amoneda el siguiente bien inmueble.

1).- Predio urbano y sus construcciones ubicado en calle Bosque de Cipreses número 321, lote 14, manzana 7, Fraccionamiento Bosques del Sur, de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 17.00 metros con lote 13; AL SUR en 17.00 metros con lote 15; AL ORIENTE: en 7.00 metros con fracción del lote número 1, manzana 13 y AL PONIENTE en 7.00 metros con calle Bosque de Cipreses, y con un valor de $624,000.00 (SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, por DOS VECES de siete en siete días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorera General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal, señalándose como fecha para el remate las DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1643.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia Civil del Tercer Distrito Judicial en el Estado, por autos de fecha diecinueve de febrero y doce de marzo del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 00470/2012, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por TERTIUS, S.A. PROMOTORA DE INVERSIÓN DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de RICARDO ORTIZ MÉNDEZ Y LETICIA MEDINA LÓPEZ, ordenó sacar a remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble.

Predio urbano y sus construcciones ubicado en calle Privada Cerro de la Estrella Número 1140, lote 85, manzana 01, Fraccionamiento Colinas del Sur V, de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 8.00 metros con lotes 46 y 47; AL SUR en 8.75 metros con Privada Cerro de la Estrella; AL ORIENTE: en 12.61 metros con lote 86 y AL PONIENTE en 12.61 metros con lote 86, y con un valor de

$255,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, por DOS VECES de siete en siete días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorería General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal señalándose como fecha para el remate las DOCE HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1644.- Abril 1 y 8.-2v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES. El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo

de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, dentro del Expediente bajo el Número 00837/2012, de este Juzgado, relativo al Juicio Hipotecario promovido la Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, (INFONAVIT), en contra de ELIZABETH VÁZQUEZ HERRERA, ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble dado en garantía hipotecaria, consistente en:

Bien inmueble ubicado en calle Tula número 104-D, Conjunto Habitacional Colinas de San Gerardo, C.P. 89367, del municipio de Tampico, Tamaulipas, con una superficie privativa de terreno de 72.00 metros cuadrados y de construcción de 70.63 metros cuadrados, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE.- en 4.50 metros, con calle Tula, AL SUR.- en 4.50 metros, con la vivienda 105-B, AL ESTE.- en 16.00 metros con vivienda 104-E, AL OESTE.- en 16.00 metros, con la vivienda 104-C valor pericial $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).- Inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado, en la Sección Primera, N°. 4894, Legajo 98, de fecha 02 de febrero de 2000, del municipio de Tampico, Tamaulipas, y con datos de hipoteca; Sección Segunda, Número 1972, Folio 40, de fecha 02 de febrero de 2000, del municipio de Tampico, Tamaulipas.

Y para el anuncio de su venta en forma legal, se ordena la publicación del presente edicto por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial, en la inteligencia de que la publicación de los edictos deberá hacerse en días naturales, mediando seis días entre la primera y segunda publicación, fijándose como fecha para la celebración del remate las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DA SEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.- Es dado el presente edicto el día 05 de marzo de 2014 en la ciudad de Altamira, Tamaulipas.- DOY FE.

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1645.- Abril 1 y 8.-2v2.

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, ordenó sacar a remate en Primera Almoneda, los bienes inmuebles embargados dentro del Expediente Número 00935/1996, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado Carlos Eduardo Robles Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de OVIDIO DE LEÓN PEÑA, OVIDIO DE LEÓN CANTÚ, MARÍA DEL CONSUELO PEÑA DE LEÓN, consistentes en:

1).- Finca N° 4730, municipio de Altamira, terreno en condominio.- calle Mar Baltico número 211, lote 2, manzana 6, provenientes de los lotes con domínales 13 y 14, Condominio Maestro Mixto Residencial de Playa "Velamar", con superficie de: 401.21 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 15.01 M., con la Calle Mar Baltico, AL SUR.- 15.45 m, con la Calzada Mar del Plata, AL ESTE.- 28.52 m, con el lote número 1 (área verde), AL OESTE.- 25.43 m, con el lote 3, indiviso 1.0188 %.- Al cual se le asignó un valor pericial de $ 1200,000.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

2).- Finca N° 6261, del municipio de Tampico.- terreno urbano.- calle Bajos del Chairel, colonia Águila (actualmente colonia Chairel), superficie: 79.620 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 7.00 m, con propiedad de José Torres, AL SUR.- 7.00 M., con propiedad que se reserva el Sr. Efrén Arredondo Hernández, AL ESTE.- 11.250 m, con Campo de Futbol, AL OESTE.- 11.500 m, con propiedad de los menores Agustina y Manuel Arredondo del Ángel.- Al cual se le asignó un valor pericial de $ 500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días, en el Periódico Oficial del Estado, en un periódico de mayor circulación que se edita en Tampico, Tamaulipas, en los Estrados del Juzgado, y en las Oficinas Fiscales de Tampico, Madero y Altamira, convocándose a postores a la primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado, el día OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a los inmueble que se sacan a remate; en la inteligencia de que aquellos que intervengan como postores deberán exhibir el equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor de los bienes que sirvió de base para el remate a través de certificado de depósito expedido por el Fondo Auxiliar de la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas y exhibir la postura en sobre cerrado.- Lo anterior es dado a los tres días del mes de marzo de dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1763.- Abril 3, 8 y 15.-2v3.

E D I C T O

Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La C. Licenciada Adriana Báez López, Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, ordeno dentro del Expediente 1060/2010, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el C. Licenciado Ismael

Fernando Fajardo Eraña, apoderado general para pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de la C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS, sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble embargado a la demandada C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS, el que se identifica como: "terreno urbano, ubicado en calle Veracruz, esquina con Mérida, número 108, manzana 6, lote 9 y 10, con superficie de 686.43 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 40.00 metros con calle Veracruz; AL ESTE: en 14.800 metros con calle Mérida; AL SUR: en 9.350 metros con propiedad de Astrid y Alexia Almeida; AL SUR 2 metros con propiedad de Astrid y Alexia Almeida; AL SUR 8.10 metros con lote 9 y 10; AL SUR en 30.650 metros con lote 9 y 10; y AL OESTE 24.900 metros con lote 4 y 5, a nombre de la C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS.- Debiéndose para tal efecto citar a postores mediante edictos que deberán publicarse en forma legal por TRES VECES dentro de nueve días en los Periódicos Oficial del Estado y uno de los de mayor circulación de esta ciudad, esto es realizándose la primera publicación el día primero del periodo y la tercera el día noveno del mismo, pudiéndose realizarse la segunda en cualquier día siempre que sea dentro de dicho periodo.- Se precisa la postura base del remate en $3’273,333.33 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), que corresponde a las dos terceras partes del valor del bien mueble, convocando a postores y acreedores a la primera almoneda, la que tendrá verificativo en el local de este Juzgado en punto de las DOCE HORAS DEL DÍA SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, hágase del conocimiento de los interesados que para acudir a la primera almoneda deberán depositar en el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia con sede en este Distrito Judicial a disposición del Juez el importe equivalente al 20% (veinte) por ciento del valor que sirve de base al remate de los bienes presentando al efecto el certificado aludido, así como escrito en sobre cerrado en que sirvan su postura; para este fin es dado el presente en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce.- DOY FE.,

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

La C. Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. ADRIANA BÁEZ LÓPEZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

1764.- Abril 3, 8 y 15.-2v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial.

Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El C. Licenciado Gastón Ruiz Saldaña, Juez Primero de

Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veintiuno de febrero del dos mil catorce; dictado en el Expediente Número 00526/2010, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Rocio del Pilar Rodríguez Arreola en su carácter de apoderada legal para pleitos y cobranzas del apoderado general para pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de LAURA IVONNE RUIZ GONZÁLEZ, SALVADOR RUIZ MARTÍNEZ Y MARÍA GUADALUPE GONZÁLEZ RAMÍREZ, se ordenó sacar a remate en segunda almoneda el bien inmueble:

Consistente en: casa-habitación ubicado en el lote 4, manzana 26 del Ex Ejido de 20 de Noviembre IlI, del municipio de Matamoros Tamaulipas, con una superficie total de 250.00 m2., y las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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en: 25.00 M.L., con lote 3; AL SURESTE en: 10.00 M.L., con Avenida Marsella; AL SUROESTE en: 25.00 M.L., con Avenida Plaza Sur; AL NOROESTE en: 10.00 M.L., con lote 5; en inscrita en el Registro Público de la Propiedad con los siguientes datos de registro Sección I, Número 12584, Legajo 252, municipio de Matamoros. Tamaulipas de fecha 26 de abril 1994., con un valor comercial de $882,000.00 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), según dictamen pericial que obra en autos.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad, se convocan postores al remate de dicho bien, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, menos la rebaja del 20% en la inteligencia de que los que desean tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar de la Administración de Justicia en el Estado y a disposición en este Juzgado el veinte por ciento que sirve de base para el presente remate, presentando al efecto el certificado de depósito respectivo, sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito en sobre cerrado la postura legal correspondiente que será sobre la base antes dicha, señalándose para tal efecto el día VEINTIUNO DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE (2014), A LAS ONCE HORAS (11:00); para que tenga verificativo la diligencia de remate en segunda almoneda.

ATENTAMENTE Cd. Victoria, Tamaulipas, a 28 de febrero de 2014.- El C.

Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. ANASTACIO MARTÍNEZ MELGOZA.- Rúbrica.

1766.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES Y ACREEDORES El Ciudadano Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez

Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha (21) veintiuno días del mes de febrero del año dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 00347/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Lic. Juan Ramón Montellano Mendoza, en su carácter de apoderado legal de SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, y continuado por el C. Licenciado Eustacio Reyes Hernández con el mismo carácter, en contra del C. FELIPE SOSA SEGURA, se ordenó sacar a remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble que a continuación se describe.

Bien inmueble ubicado en Andador Langosta III, número 307, vivienda 25, manzana 7, Conjunto Habitacional Pórticos de Miramar, Cd. Madero, Tamaulipas; con una superficie aproximada de terreno de 55.16 m2; y con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE en 9.85 m con viv. 24 del mismo condominio; AL SUR en 9.85 m con área común del propio condominio; AL ESTE en 5.60 m en dos trazos con viv. 26 del mismo condominio y con área común del propio condominio; y AL OESTE en 5.60 m. con área común del propio condominio.- Propiedad que se encuentra registrada en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Finca Número 26451 es de fecha (28) veintiocho de febrero del año dos mil (2000) del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas.- Con un valor de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y por el presente que se publicará por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación que se edita en Tampico, Tamaulipas, en solicitud de postores a la primera almoneda, la cual tendrá verificativo a las (10:00) DIEZ HORAS DEL DÍA

(24) VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE (2014), y en la cual será postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado al inmueble que se saca a remate, así mismo, se hace la aclaración de que aquellos que intervengan como postores y exhiban el (20%) veinte por ciento, este deberá ser sobre el valor pericial fijado al bien que se saca a remate y a través de certificado de depósito expedido por el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado y postura legal en sobre cerrado.- DOY FE.

Altamira, Tamaulipas, a 26 de marzo del 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. IGNACIA GALICIA MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1767.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES Y ACREEDORES El Ciudadano Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez

Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha cinco de marzo del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 564/2010, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Licenciado Julio Ulises Ramos García, en su carácter de apoderado legal de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE y continuado por el C. LICENCIADO ALEJANDRO DEL ÁNGEL HERNÁNDEZ con el mismo carácter, en contra de la C. EUNICE MORENO SANTILLANA, se ordenó sacar en audiencia de remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble que a continuación se describe:

Casa marcada con el número 111 poniente de la calle Privada Pino de la colonia 15 de Mayo en ciudad Madero, Tamaulipas, con una superficie de 102.00 mts 2 (ciento dos metros cuadrados).- Propiedad de EUNICE MORENO SANTILLANA, clasificación de la zona habitacional de segundo orden, tipo de construcción, casas-habitación de mediana calidad de uno y dos pisos, índice de saturación en la zona 90%, población normal, contaminación ambiental, baja sin registros, uso del suelo, habitacional, vías importantes de acceso calles secundarias de bajo flujo vehicular; servicios públicos y equipamiento urbano, abastecimiento de agua potable mediante tomas domiciliarias, drenaje y alcantarillado sanitario, red de electrificación aérea posteria concreto arm., alumbrado público con lámparas de yodo y sodio, red de telefónica aérea con posteria de madera, guarniciones y banquetas de concreto hidráulico, calle de concreto asfaltico, transporte urbano a 100 m., escuelas a 500 m., hospital o clínicas a menos de 1.0 km, centros comerciales y financieros importantes a más de 1.0 km.- con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.00 metros con lote 110 Pte., AL SUR: en 6.00 metros con calle Privada Pino; AL ESTE: en 17.00 metros con lote 113; AL OESTE: en 17.00 metros con lote 109.-el cual se encuentra inscrito en el Instituto Registral y Catastral con los siguientes datos: Sección Primera, Número 114260, Legajo 2286, de fecha 19 de abril de 1999, del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas.- Con un valor comercial de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y por el presente que se publicará por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación que se edita en Tampico, Tamaulipas, en solicitud de postores a la primera almoneda, la cual tendrá verificativo el día (06) SEIS DE MAYO DEL (2014) DOS MIL CATORCE A LAS (10:00) DIEZ HORAS, y en la cual será postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado al inmueble que se saca a remate, así mismo, se hace la aclaración de que aquellos que intervengan

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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como postores y exhiban el (20%) veinte por ciento, este deberá ser sobre el valor pericial fijado al bien que se saca a remate y a través de certificado de depósito expedido por el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado y postura legal en sobre cerrado.- DOY FE.

Altamira, Tamaulipas, 19 de marzo del 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. MA. IGNACIA GALICIA MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1768.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cuatro de marzo de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 00456/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por SCRAP II S. DE R.L. DE C.V., en contra de JUANA LÓPEZ PÉREZ, MARCOS MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

"Vivienda ubicada en la calle Madrona s/n, del Fraccionamiento "Las Arboledas" edificada sobre el lote 07 de la manzana 26, con superficie de terreno de 120.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.50 mts con calle Madrona, AL SUR, en 7.50 mts con terreno misma manzana, AL ESTE, en 16.00 mts con lote número 6, AL OESTE, en 16.00 mts con lote número 8.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 48931, Legajo 979 de fecha 9 de junio de 1992 de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $186,600.00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito en rebeldía de la parte demandada, y que es la cantidad de $124,400.00 (CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 18 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1769.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES Y ACREEDORES El Ciudadano Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez

Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, mediante proveído de fecha veinte de marzo del dos mil catorce, ordenó sacar a remate en pública subasta y al mejor postor en primera almoneda el bien inmueble hipotecado en el presente Juicio radicado bajo el Número de Expediente 836/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. JUAN CARLOS GARCÍA JUÁREZ, en su

carácter de cesionario del crédito otorgado por INFONAVIT a la C. MA. DE JESÚS RÍOS LUCIO Y/O MARÍA DE JESÚS RÍOS LUCIO, según lo justifica con el instrumento que exhibe certificado por Notario Público, en contra de las .CC. MA. DE JESÚS RÍOS LUCIO Y/O MARÍA DE JESÚS RÍOS LUCIO Y ENRIQUE PACHECO ELIZONDO, consistente en.

Terreno y casa habitación tipo dúplex de interés social, ubicado en calle Primero de Mayo número 109, lote 264, manzana 69, Fraccionamiento Tancol Puertas Coloradas, Conjunto Habitacional Los Claustros de Tampico, Tamaulipas, propiedad de MA. DE JESÚS RÍOS LUCIO Y/O MARÍA DE JESÚS RÍOS LUCIO Y OTRO, con las siguientes medidas y colindancias: según Escritura Número 8042, Vol. 345 de Ciudad Victoria, Tamaulipas a 09 de abril de 1996, Notario Público Número 215 a cargo del Lic. Ramón Duron Ruiz, lote 264, manzana 69, AL NORTE en 4.00 m, con Privada Miguel Hidalgo, AL SUR en 4.00 m, con área común (calle Primero de Mayo), AL ESTE en 12.00, 3.90 y 8.10 m, con casa 263, AL OESTE en 12.00, 5.30 y 6.70 con lote 265, área total 63.45 m2, con los siguientes datos de Registro Sección I, Número 10633, Legajo 213 de Tampico, Tamaulipas a 10 de marzo de 1997, identificada como Finca Número 31574 del municipio de ciudad Tampico, Tamaulipas, al cual se le asignó un valor pericial de $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.).

Y para su publicación por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación, en la Zona Conurbada de Tampico, Madero, y Altamira, Tamaulipas, así como en los Estrados de este Juzgado y en la Oficina Fiscal del Estado con residencia en ciudad Tampico, Tamaulipas, en la inteligencia de que los edictos que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación en días naturales, mediando seis días entre la primera y la segunda publicación, circunstancia esta que se aplica a todas las publicaciones, asimismo en los Estrados del Juzgado y en la Oficina Fiscal del Estado, con residencia en Tampico, Tamaulipas en días hábiles, en el entendido de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado en la subasta en primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este a las (12:00) DOCE HORAS DEL DÍA (30) TREINTA DE ABRIL DEL DOS CATORCE, sirviendo como postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado al inmueble a rematar.- Lo anterior es dado el presente a los 27 veintisiete días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil, LIC. RAÚL JULIÁN OROCIO CASTRO.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SALOMÓN SAMPABLO MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1770.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cinco de marzo del año dos mil cuatro, dictado dentro del Expediente Número 00243/2005 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Armando Espino Barba, apoderado general para pleitos y cobranzas de TARJETAS DEL NORESTE, S.A. DE C. V. en contra de los C.C. JAVIER ESCORZA TREJO y MARÍA ISABEL CASTILLO MATA ordenó sacar a remate en pública subasta y en segunda almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Bien inmueble ubicado en la calle Avenida Central número 279 de la Unidad Habitacional "Las Águilas" de esta ciudad, identificado como lote 279, manzana 4, con superficie de

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

Página 15

102.00 m2 (ciento dos metros cuadrados) y construcción de material en el mismo edificada con una superficie de 70.00 m2 (setenta metros cuadrados), el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts, colinda con el lote número 28, AL SUR, En 6.00 mts, colinda con Avenida Central, AL ESTE, en 17.00 mts, colinada con el lote número 14, AL OESTE, en 17.00 mts, colinda con el lote número 16.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 99861, Legajo 1998, con fecha 10 de septiembre de 1990 y con Número de Finca 85909, del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL CUATRO, siendo postura legal para esta segunda almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $926,800.00 (NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, con rebaja del 20% veinte por ciento, y que es la cantidad de $494,293.33 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 10 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1771.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha seis de marzo de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 1292/2009 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. LIC. Agustín González Hernández., en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en contra de JOSEFA LÓPEZ HERNÁNDEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

"Vivienda ubicada en la calle Granada, número 50, del Fraccionamiento “Rincón Colonial” edificada sobre el lote 18 de la manzana 03, con superficie de terreno de 108.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con calle Granada, AL SUR, en 6.00 mts con lote número 23, AL ESTE, en 18.00 mts con lote número 19, AL OESTE, en 18.00 mts con lote número 17.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Finca Número 97287, del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA DOS DE MAYO DE DOS MIL CA TORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $241,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 13 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1772.- Abril 8 y 15.-1v2. E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cuatro de marzo de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 948/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por la C. Lic. Karina Castillo Cruz, en su carácter de apoderada legal de INFONAVIT en contra de EMMANUEL GARCÍA VARELA ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Laguna de Chapala B, número 404, del Fraccionamiento "Rinconada de las Brisas" edificada sobre el lote 03 de la manzana 06, con superficie de terreno de 75.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 15.00 mts con lote número 02, AL SUR, en 15.00 mts con lote número 3-A, muro medianero de por medio, AL ESTE, en 5.00 mts con lote número 54, AL OESTE, en 5.00 mts con calle Laguna de Chapala B.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Finca Número 91376, del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $182,000.00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien mueble por el perito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 13 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1773.- Abril 8 y 15.-1v2. E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cinco de marzo de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 0969/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Lic. Agustín González Hernández., en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en contra de MARIO ALBERTO GONZÁLEZ DERBEZ Y NELDA PATRICIA TORRES FLORES ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

"Vivienda ubicada en la calle Avenida Patriotismo, número 03, del Fraccionamiento "Hacienda La Cima Fase II" edificada sobre el lote 23 de la manzana 17, con superficie de terreno de 97.50 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 15.00 mts con lote número 22, AL SUR, en 15.00 mts con lote número 24, AL ESTE, en 6.50 mts con lote número 47, AL OESTE, en 6.50 mts con Av. Patriotismo.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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inscrito en el Registro Público de la. Propiedad en la Finca Número 92333, del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $262,000.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 13 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1774.- Abril 8 y 15.-1v2. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veintisiete de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 01270/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de RAMÓN HERNÁNDEZ REYES, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Sierra Emitas número 43, del Fraccionamiento "Palo Verde" edificada sobre el lote 21 de la manzana 1, con superficie de terreno de 89.28 m2 y superficie de construcción de 57.55 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con propiedad privada, AL SUR, en 6.00 mts con calle Sierra Emitas, AL ESTE, en 14.88 mts con lote 22, AL OESTE, en 14.88 mts con lote 20.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 3758 Legajo 3-076 de fecha dieciocho de mayo de dos mil cuatro, con Número de Finca 92393, de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $224,000.00 (DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por e! perito de la parte actora, y que es la cantidad de $149,333.33 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL) precio que se toma en cuenta para este remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; 06 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1775.- Abril 8 y 15.-1v2.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Cuarto Distrito Judicial.

Valle Hermoso, Tam.

Ciudad Valle Hermoso, Tamaulipas, a diez días del mes de marzo de dos mil catorce.- El Licenciado Fernando Figueroa Hernández, Secretario de Acuerdos del Área Civil y Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, hago constar lo siguiente: Que con fecha diez de marzo de dos mil catorce, se ordenó un edicto en el Expediente Número 00202/2010, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Brenda Castillo Arguello, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de JOSÉ ÁNGEL VEGA MARTÍNEZ; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 701, 702 y 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en: casa ubicada en calle Arquitectos # 515, con una superficie de construcción de 55.43 metros cuadrados y el 100% cien por ciento de los derechos de propiedad del lote número 17, manzana 19, sobre el cual se encuentra construida; así mismo el 50% (cincuenta por ciento) de los derechos del muro medianero de la vivienda del lote contiguo; con superficie de 178.40 M2, (CIENTO SETENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS) y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 20.00 metros con lote No. 16; AL SUR, en 20.00 metros con lote No. 18; AL ESTE, en 8.92 metros con calle Arquitectos, y AL OESTE, en 8.92 metros, con el lote 08; dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 40692, Legajo 814, del municipio de Valle Hermoso, Tam., con fecha 03 de noviembre de 1997, y en virtud de la nueva inmatriculación le corresponde la Finca No. 1293 del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas.- Al efecto, convóquese postores mediante la publicación del edicto que se publicarán por DOS VECES dentro de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad.- Por otra parte, se hace saber a las partes que es postura legal la cantidad de $119,029.20 (CIENTO DIECINUEVE MIL VEINTINUEVE PESOS 20/100 M.N.), es decir, las dos terceras partes de la cantidad de $178,543.80 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 80/100 M.N.); señalándose las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE, a efecto de que tenga verificativo la diligencia de primera almoneda.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FERNANDO FIGUEROA HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1776.- Abril 8 y 15.-1v2. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil

catorce, dictado dentro del Expediente Número 843/2012, deducido del Juicio Especial Hipotecario promovido por la C. Lic. Claudia Ivette Ávila Vázquez, apoderado legal de INFONAVIT y continuado por Jorge Eduardo Gallardo González, en contra de C. ALEJANDRO SALINAS PÉREZ, el Titular de este Juzgado Licenciado Toribio Antonio Hernández Ochoa, mando sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Casa ubicada en la calle Retorno Santander, número 219, lote número 46, manzana 18, del Fraccionamiento Hacienda

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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Las Fuentes, en esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas con una superficie de terreno de 91.00 m2 (noventa y un metros cuadrados) y 51.00 m2 de construcción (cincuenta y un metros cuadrados) y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.50 metros lineales con lote número 27, AL SUR: en 6.50 metros lineales con calle Santander, AL ORIENTE: en 14.00 metros lineales con lote número 47, AL PONIENTE: en 14.00 metros lineales con lote número 45; inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado en la Sección Primera, Número 6901, Legajo 2-139, del municipio de Reynosa, Tamaulipas, de fecha 26 de agosto de 2004.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados del Juzgado, mediante el cual se convoca a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, el cual asciende a la cantidad de $224,000.00 (DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 10 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1777.- Abril 8 y 17.-1v2. E D I C T O

Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Licenciada María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha (25) veinticinco de marzo de dos mil catorce (2014), dictado en el Expediente 00866/2013, relativo al Juicio Sumario Hipotecario, promovido por JORGE LEY TAMEZ, en contra de JORGE LUIS GARIBALDI TORRES, ordenó sacar a remate en primera almoneda, a las (11:00) ONCE HORAS, DEL DÍA (30) TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, el bien inmueble siguiente:

Identificado como Finca Número 35006, y consistente en casa marcada con el número 109 ubicada en Andador Paricutin, con superficie de construcción de 68.00 m2 (sesenta y ocho metros cuadrados) y de terreno 68.625 (sesenta y ocho punto seiscientos veinticinco metros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 15.00 metros, con casa número 107, muro doble de por medio; AL ESTE: en 4.575 metros, con área de donación; AL SUR: en 15.00 metros, con casa 111 compartiendo con esta la pared que las divide; AL OESTE: en 4.575 metros, con vialidad interna denominada Andador Paricutin.- Con los siguientes datos de registros Sección I, Número 5517, Legajo 6-111 de fecha 13 de julio de 2001, propiedad de JORGE LUIS GARIBALDI TORRES.

Debiéndose convocar su venta a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado, en un periódico de mayor circulación en el Segundo Distrito Judicial, en la Oficina Fiscal del Estado, en la ciudad de Tampico, Tamaulipas y en los Juzgados del Ramo Penal en la ciudad de Madero, Tamaulipas.- La postura legal es la que cubra las dos terceras partes del avalúo o precio fijado al inmueble.- El valor pericial fijado es la cantidad de $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).- Las publicaciones deberán computarse de la siguiente manera: para el Periódico Oficial del Estado, en Oficina Fiscal del Estado y en los Juzgados Penales, en días hábiles (de lunes a viernes); y para los periódicos de mayor circulación en este Distrito Judicial, en días naturales.- DOY FE.

ATENTAMENTE Altamira, Tam., a 26 de marzo de 2014.- La C. Juez Cuarto

de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. MARÍA DE LOURDES DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

1778.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha tres días de marzo del dos mil catorce,

dictado dentro del Expediente Número 621/2013, deducido del Juicio Especial Hipotecario promovido por el C. Lic. Jorge Eduardo Gallardo González, apoderado legal de INFONAVIT y continuado por DANIEL DOMINGO PERALES PACHECO, en contra del C. HUMBERTO TOLENTINO VELAZCO, el Titular de este Juzgado Licenciado Toribio Antonio Hernández Ochoa, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Casa ubicada en la calle Privada Nenúfar, número 321, lote 15-A, manzana 110, del Conjunto Habitacional "Rincón de las Flores" Etapa I, en esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas con una superficie privativa de terreno de 75.00 m2 (metros cuadrados) y una superficie de construcción de 35.00 m2 (metros cuadrados) y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 15.00 metros con lote 16, muro medianero de por medio, AL SUR: en 15.00 metros con lote 15, AL ESTE: en 5.00 metros, con área común (Privada Nenúfar), AL OESTE: en 5.00 metros con lotes 33 y 34; inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado bajo la Finca Número 35, según su Inscripción Cuarta de fecha 11 de diciembre del 2013, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados del Juzgado, mediante el cual se convoca a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, el cual asciende a la cantidad de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 11 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1779.- Abril 8 y 17.-1v2. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

Cd. Reynosa, Tam; 18 de marzo de 2014. CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha siete de marzo del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 276/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ZAKI FARACH MASSUD, denunciado por ROSA LINDA FARACH ROJO.

Por este edicto, que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia así como a acreedores a fin de que se presenten en Juicio a deducirlo a

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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una Junta que se verificara en este Juzgado dentro de los ocho días siguientes a la citación.

ATENTAMENTE. El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO

LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica. 1780.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

El C. Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha trece de febrero de dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00196/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de HELIODORO HERNÁNDEZ MONTOYA, denunciado por la C. VEDA CASTILLO ALLENDE DE HERNÁNDEZ.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- se expide la presente en Altamira, Tam., a los 26 de febrero de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1781.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, ordenó mediante acuerdo de fecha diez de marzo del dos mil catorce, radicar Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de RAÚL SEPÚLVEDA PANCARDO bajo el Número 00291/2014 ordenando convocar a presuntos herederos y acreedores por medio de edictos, que deberán de publicarse por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y otro en el periódico de mayor circulación en la ciudad, a fin de que comparezcan a deducir derechos hereditarios los que se consideren a ello dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación.- Para lo anterior se expide la presente a los trece días del mes de marzo del dos mil catorce.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

La C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ERIK SAIT GONZÁLEZ VILLANUEVA.- Rúbrica.

1782.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES. Por auto de fecha siete de marzo del presente año, el

Ciudadano Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 00237/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes del señor SIDRONIO BLANCO SALAS, denunciado por

LEOPOLDO BLANCO MORALES, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Reynosa, Tam., a 18 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA VIRGINIA TORRES GALLEGOS.- Rúbrica.

1783.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES. Por auto de fecha dieciséis de octubre del año dos mil

trece, el Licenciado Pablo Arellano Calixto, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 01188/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de los Señores JOSÉ MARTÍNEZ REYES Y MARÍA GUADALUPE BUSTOS QUIROZ, denunciado por los C.C. RAYMUNDO MARTÍNEZ BUSTOS Y DEMETRIO GUADALUPE MARTÍNEZ BUSTOS, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE Cd. Reynosa, Tamps., a 18 de octubre de 2013.- El C.

Secretario de Acuerdos, LIC. VÍCTOR ALFONSO VARGAS DUEÑAS.- Rúbrica.

1784.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, ordenó mediante acuerdo de fecha diez de marzo de dos mil catorce, radicar Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario a bienes de ALBINO RUIZ OSORIO, y denunciado por el C. JUAN FERNANDO RUIZ DE LA PAZ, bajo el Número 00297/2014, ordenando convocar a presuntos herederos y acreedores por medio de edictos, que deberán de publicarse por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y otro en el periódico de mayor circulación en la ciudad, a fin de que comparezcan a deducir derechos hereditarios los que se consideren a ello.- Para lo anterior se expide la presente a los diecinueve días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

La C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ERIK SAIT GONZÁLEZ VILLANUEVA.- Rúbrica.

1785.- Abril 8 y 17.-1v2.

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E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veintiocho de febrero de dos mil catorce ordenó la radicación del Expediente Número 00275/2014 relativo al Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario a bienes de ERNESTO GARZA LAZO.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- se expide la presente en Altamira, Tam., a los 13 días de marzo de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1786.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, ordenó mediante acuerdo de fecha veintiséis del mes de febrero del dos mil catorce, radicar Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de MARIO GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, denunciado por MARIO GONZÁLEZ GUEVARA Y ALICIA GONZÁLEZ GUEVARA, bajo el Número 00247/2014, ordenando convocar a presuntos herederos y acreedores por medio de edictos, que deberán de publicarse por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y otro en el periódico de mayor circulación en la ciudad, a fin de que comparezcan a deducir derechos hereditarios los que se consideren a ello.- Para lo anterior se expide la presente a los diez días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

La C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ERIK SAIT GONZÁLEZ VILLANUEVA.- Rúbrica.

1787.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cuatro de marzo de dos mil catorce ordenó la radicación del Expediente Número 00288/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario a bienes de UBALDO FERNÁNDEZ AYALA, denunciado por la C. GUDELIA FERNÁNDEZ NARVÁEZ.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de

quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- se expide la presente en Altamira, Tam., a 11 de marzo de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1788.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial.

Cd. Mante, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de

Primera Instancia del Ramo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha tres de marzo de dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Número 00221/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de FRANCISCA RANGEL ZAVALA, denunciado por el C. BENITO JAVIER SOTO RANGEL.

Hágase la publicación de un edicto por DOS VECES, de diez en diez días, en el Periódico Oficial del Estado y uno de mayor circulación, que se edita en esta ciudad, convocándose a las personas que se consideren con derecho a la herencia y, a acreedores si los hubiere, para que comparezcan a deducirlo ante este propio Juzgado, ubicado en la calle Hidalgo número doscientos tres (203), Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas, dentro del término de quince días contados desde la fecha de la publicación del ultimo Periódico que contenga el edicto.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 10 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1789.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

FEDERICO SÁENZ TURRUBIATES. DOMICILIO IGNORADO.-

Pablo Arellano Calixto, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 01066/2013, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Medidas Provisionales de Declaración de Ausencia del Señor FEDERICO SÁENZ TURRUBIATES, promovido por la C. EDELMIRA CRUZ BARRIOS, y en virtud de que en la actualidad se desconoce el paradero del presunto ausente FEDERICO SÁENZ TURRUBIATES, se ordena dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 585 del Código Civil en vigor, con apoyo en lo dispuesto por el diverso 565 de la Ley en referencia, cítese al ausente por medio de edictos que se publicarán por DOS VECES, con intervalo de diez días, en el periódico de mayor circulación de esta ciudad, por haber sido su última residencia, a fin de que el presente en un término de tres meses contados a partir de la última publicación del edicto en comento.

ATENTAMENTE Cd. Reynosa, Tamps., a 04 de marzo de 2014.- El C.

Secretario de Acuerdos, LIC. VÍCTOR ALFONSO VARGAS DUEÑAS.- Rúbrica.

1790.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: Por auto de fecha diez de junio del dos mil trece, el C.

Licenciado Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado el Expediente Número 00449/2013, relativo al Doble Juicio Sucesorio Testamentario E Intestamentario a bienes de los señores MANUEL DE JESÚS CAZARES MARTÍNEZ Y MARÍA LUCAS MONTEMAYOR MONTEMAYOR DE CAZARES.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los acreedores y demás personas que se consideren con derecho a la herencia para que se presenten a deducir sus derechos dentro del término legal.

Nuevo Laredo, Tamps., a 14 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. AGUSTÍN BOONE GARZA.- Rúbrica.

1791.- Abril 8 y 17.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. JOSÉ LUIS ALEMÁN ZARAGOZA C. SERGIO ALEMÁN ZARAGOZA PRESENTE.-

El C. Licenciado Fernando Emmanuel González de la Rosa, Juez Quinto de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Dentro de los autos del Expediente Número 00079/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Declaración de Ausencia de los CC. JOSÉ LUIS ALEMÁN ZARAGOZA Y SERGIO ALEMÁN ZARAGOZA, promovido por el C. JAVIER ALEMNA CORREA.

Se le hace del conocimiento a los, CC. JOSÉ LUIS ALEMÁN ZARAGOZA Y SERGIO ALEMÁN ZARAGOZA, que con fecha (24) veinticuatro de enero del año dos mil catorce (2014), se radicó el presente Juicio, para que se presente o apersone ante este tribunal, en un término no menor de un mes ni mayor de tres meses, en horas y días hábiles, edicto que deberá publicarse por DOS VECES con intervalo de (15) quince días, en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación en este Distrito Judicial.- Es dado el presente en Cd. Altamira, Tamaulipas a los (10) diez días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014).- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA IBARRA CANUL.- Rúbrica.

1792.- Abril 8 y 22.-1v2.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

AL C. RUBÉN MOROLES RÍOS. DOMICILIO DESCONOCIDO.

La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Titular del Juzgado, por auto de fecha veintiocho de enero del presente año, ordenó la radicación del Expediente Número 887/2013; relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario promovido por ARACELI TORRES ARÉVALO, en contra de Usted, demandándole los siguientes conceptos: a).- Por declaración Judicial la disolución del vínculo matrimonial, b).- El pago de los gastos y honorarios del presente Juicio.- Y en virtud de que la parte actora manifiesta desconocer su domicilio, se le notifica y emplaza a Juicio mediante edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad y en los Estrados de este Juzgado, para que comparezca a producir su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la última publicación de este edicto, haciendo igualmente de su

conocimiento que les copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaria de Acuerdos de este Tribunal.

ATENTAMENTE. Cd. Reynosa, Tam., a 29 de enero del año 2014.- El C.

Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

1793.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

C. JUANA MOYEDA MEJORADO DOMICILIO DESCONOCIDO

Por auto de fecha veintidós de noviembre de dos mil doce, el Ciudadano Licenciado Luis Gerardo Uvalle Loperena, Juez, Primero de Primero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado, mando radicar el Expediente Número 1667/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por PEDRO DAMIÁN ZAVALA REYES, en contra de JUANA MOYEDA MEJORADO, y en el que se reclama la declaración de que el actor ha adquirido por prescripción adquisitiva operada en su favor la propiedad del terreno y construcciones que sobre en él ha edificado, el ubicado en el lote 9, de la manzana 37, de la zona dos, con una superficie de 253.00 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias: AL NOROESTE: 10 metros 5 centímetros con calle Sexta, AL SURESTE: 25.00 metros y 10 centímetros con lote 1 AL SUROESTE en 10 metros con once centímetros con lote 2, y AL NOROESTE en 25 metros con 12 centímetros con lote 8 de esta ciudad.- Así como las prestaciones reclamadas en los incisos B), C), y D) de su demanda Inicial.- Mediante auto de diecisiete de enero del dos mil catorce, se ordenó efectuar el emplazamiento a la parte demanda, por medio de edictos que deberá Publicarse por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad y en los Estrados del Juzgado, se le hace saber que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de la última publicación, si a sus intereses conviene, quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias de traslado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 24 de enero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1794.- Abril 8, 9 y 10.-1v3. E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

MARÍA ELENA GONZÁLEZ SIXTOS. DOMICILIO IGNORADO.

Por auto de fecha catorce de mayo de dos mil trece, el Licenciado Pablo Arellano Calixto, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 00583/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Perdida de la Patria Potestad, promovido por el C. MARÍA DEL CARMEN SIXTOS GÓMEZ, en contra de la C. MARÍA ELENA GONZÁLEZ SIXTOS; así mismo por auto de fecha tres de marzo del presente año se ordenó su emplazamiento mediante edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado, y en el diario de mayor circulación de esta localidad, y el que se fije en la puerta del Juzgado, por TRES VECES consecutivas, a fin de que en el término de 60 días a partir de la última publicación, produzca su contestación, haciendo de su conocimiento que las copias de traslado se encuentra en su disposición en la Secretaria del Juzgado, así mismo, se le previene a fin de que señale

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

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domicilio convencional en esta ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que se le ordenen este Juzgado.

ATENTAMENTE. Cd. Reynosa, Tam., a 04 de marzo de 2014.- El C.

Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

1795.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

A LOS CC. JAIME GÓMEZ PEÑA, KARINA BLANCO RAMÍREZ CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha cuatro de junio de dos mil trece, radicó el Expediente Número 689/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por Jorge Eduardo Gallardo González, apoderado legal de INFONAVIT, y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción IV y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado JAIME GÓMEZ PEÑA, KARINA BLANCO RAMÍREZ por medio de edictos mediante proveído de fecha cinco de febrero de dos mil catorce, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal para que de su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, apercibiéndosele que deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones y en caso de no hacerlo las subsecuentes y aún las personales se lo harán en los Estrados del Juzgado como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps; a 12 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1796.- Abril 8, 9 y 10.-1v3. E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial.

Cd. Mante, Tam.

SIXTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ DOMICILIO IGNORADO.

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante; Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar, del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Mante, Tamaulipas, por acuerdo de fecha siete de agosto de dos mil trece, ordenó la radicación del Expediente Número 00702/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por MARGARITA MARTÍNEZ CUEVAS, en contra de SIXTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, GREGORIA CUEVAS TOVIAS Y OFICIAL SEGUNDO DEL REGISTRO CIVIL de esta ciudad, en el que le reclama las siguientes prestaciones:

a).- La rectificación de mi acta de nacimiento inscrita en el libro 9, acta 1615, de fecha 02 de julio de 1968, ante la Fe del C. Oficial Segundo del Registro Civil de esta Ciudad, en la que se asentó el nombre de mi madre como RAMONA, siendo esto un error, en la cual se omitió el apellido materno, su nombre completo y correcto es el de GREGORIA CUEVAS TOVIAS, por lo que hoy solicito su rectificación, para que se cancele el nombre de RAMONA, y se asiente el nombre de GREGORIA, y

su segundo apellidos de TOVIAS, para que quede su nombre correcto GREGORIA CUEVAS TOVIAS.

Por auto de fecha once de marzo de dos mil catorce, se ordenó emplazar por medio de edictos al demandado SIXTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, debido a que se acredito en autos que se desconoce el domicilio actual de esa persona, en consecuencia los edictos en mención se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, se fijaran además en la puerta del Juzgado, comunicándole al interesado, que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días, a partir de la fecha de la última publicación, y haciéndole del conocimiento al demandado en cita que las copias de la reclamatoria y auto de radicación y del proveído de fecha once de marzo de dos mil trece, quedan a su disposición en la Secretaria de este Tribunal ubicado en la calle Hidalgo número 203, Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 13 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1797.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial.

Cd. Victoria, Tam.

C. JESÚS HUMBERTO CHÁVEZ ZERTUCHE DOMICILIO IGNORADO.

El C. Ciudadano José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00030/2014, relativo al Juicio Divorcio Necesario, promovido por la C. IRMA NELIA CASTILLO MONTIEL, en contra de usted, de quien reclama las siguientes prestaciones.

La disolución del vínculo matrimonial que los une y a la disolución de la sociedad conyugal que rige a este en cuanto a los bienes.- Dos Firmas Ilegibles.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá este en su rebeldía, habiéndoselo las ulteriores notificaciones por cédula.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

18/03/2014 02:09:55 p.m.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MA. CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

1798.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam.

Cd. Reynosa, Tamaulipas a mayo 08 del 2013. C. LUIS PÉREZ LUNA. DOMICILIO IGNORADO.

Por auto de fecha Mayo tres del año en curso, el Licenciado Fernando Emmanuel González de la Rosa, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

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01050/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario, promovido por MÁYELA GARCÍA SALINAS, en contra de LUIS PÉREZ LUNA, de quien reclama: a).- La Disolución del Vínculo Matrimonial, b).- La disolución de la Sociedad Conyugal y c).- El pago de los gastos y costas judiciales; así mismo por auto de fecha mayo tres del presente año, se ordenó su emplazamiento mediante edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado, y en el Diario de mayor circulación de esta localidad, y el que se fije en la puerta del Juzgado, por TRES VECES consecutivas, a fin de que en el término de 60 días a partir de la última publicación, produzca su contestación, haciendo de su conocimiento que las copias de traslado se encuentra en su disposición en la Secretaria de este Juzgado, así mismo, se le previene a fin de que señale domicilio convencional en esta ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones personales que se le ordenen se le haría por medio de cédula que se fije en Estrados de este Juzgado.

ATENTAMENTE El C. Secretario de Acuerdos, LIC. VÍCTOR ALFONSO

VARGAS DUEÑAS.- Rúbrica. 1799.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

C. DIETER MANUEL PEVIA CAN Y RAQUEL REYES MARTÍNEZ DE PEVIA. PRESENTE:

El Ciudadano Licenciado Ramiro Gerardo Garza Benavides, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticuatro de marzo del dos mil catorce, se dictó un proveído dentro del Expediente Número 00518/2013, relativo al Juicio Sumario Civil, promovido por el MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ GUERRERO, en contra de Ustedes, en el cual se ordenó el presente edicto, a fin de que sean emplazados a Juicio.

Y por el presente edicto que deberá publicarse por TRES VECES consecutivas y en a Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódico de mayor circulación en esta ciudad y se fijará además en la puerta del Juzgado, haciéndole saber que tiene el término de sesenta días a partir de la última publicación para que presente su contestación u oponer excepciones y quedando las copias del traslado en la Secretaria del Juzgado.

Nuevo Laredo, Tamps; a 26 de marzo de 2014.- La C. secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA HARO LÓPEZ.- Rúbrica.

1800.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial.

Cd. Victoria, Tam.

SUSANA GALLEGOS DE LA VEGA DOMICILIO IGNORADO.

El Ciudadano Licenciado Gastón Ruiz Saldaña, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil, del Primer Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, ordenó la radicación del Juicio Ordinario Civil promovido por el Licenciado Vicente Javier Lara Uribe en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en contra de usted y otro, bajo el Expediente Número 1040/2013, respecto al pago de las siguientes prestaciones:

a).- La declaración judicial de rescisión de contrato de otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria,

contenidos en la Escritura Número XIII-18803-II, de fecha el 13 de septiembre de 1990.

b).- Como consecuencia de la prestación reclamada en el número que antecede, la declaración judicial en el sentido de que el contrato de otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria contenidos en la Escritura Número XIII 18803-II de fecha del 13 de septiembre 1990, no producirán efecto legal alguno, abarcando los hechos materiales con los que se vincula destruyéndose retroactivamente los efectos que se hayan producido provisionalmente.

c).- Como consecuencia de las prestaciones reclamadas en los numerales que se anteceden, la restitución a mi poderdante de la cantidad de 39.4870 VSMM (veces de Salario Mínimo Mensual General vigente en el Distrito Federal) equivalente $77,738.05 (SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 05/100 M.N.) toda vez que el demandado ha realizado pagos, los cuales son plenamente reconocidos por mi poderante como realizados, como se acredita con el estado de cuenta que se anexa al presente como el número 3.

Cabe indicar que dicha cantidad resulta de las siguientes operaciones:

1).- Se multiplica el salario diario vigente, que es de $64.76 (SESENTA Y CUATRO PESOS 76/100 MONEDA NACIONAL), por el número de días que componen un mes y dada la variabilidad de los meses que componen el año, se aplica el factor de 30.4 (treinta punto cuatro), en consecuencia esa operación arroja factor 1,968.704 (un mil novecientos sesenta y ocho punto setecientos cuatro);

2).- El factor antes obtenido de 1,968,704 (UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO SETECIENTOS Y CUATRO), servirá de base para la conversión de las cantidades precisadas en el Salario Mínimo Mensual a Moneda Nacional, que en este caso es la cantidad de 39.4870 veces de Salario Mínimo Mensual vigente en el Distrito Federal, cantidad general reclamada.

3).- Por último, aplicando la formula antes mencionada, y que es como sigue 1968.704 X 39.4870 veces de Salario Mínimo Mensual vigente en el Distrito Federal nos da la cantidad de Moneda Nacional de $77,738.05 (SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO 05/100 M.N.), por la cantidad que se precisa en el párrafo que antecede es correcta, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.

Para mayor información de la operación anterior, y para efecto de determinar el Salario Mínimo Mensual, se multiplica el Salario Mínimo vigente en el Distrito Federal en la fecha que se firmó el contrato base de la acción , que para el caso sería $64.74 (SESENTA Y CUATRO PESOS 76/100 M.N.), multiplicado por 30.4 el cual es el factor promedio de días que contiene un mes, dicha multiplicación arroja el Salario Mínimo Mensual en cuál sería la base para conversión de veces de Salarios Mínimo que le fue otorgado en crédito a cantidad liquida.

Ahora bien el factor promedio de días 30.4 que contiene un mes fue establecido por el Consejo de Administración del INFONAVIT para calcular precisamente el Salario Mínimo Mensual y con fundamento en los artículos el 16 fracción IX, y 47 y 48 de la Ley Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, se establecieron las reglas para el otorgamiento de Crédito a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores por lo que en la Cláusula Décima Octava de dichas reglas se estableció la cláusula para determinar el monto máximo de crédito y dentro de dicha operación mencionada se tomó como base el 30.4 y para esclarecer mi argumento la cláusula en mención establece lo siguiente

Decima Octava.- "El monto de crédito que otorgue el instituto, en ningún caso podrá exceder el monto señalado en las tablas de montos máximos expresados en veces de

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Salarios Mínimo Mensual, que se publique en el diario oficial de la federación en los términos de los artículos 48 de la ley del instituto, excepto para los casos en los que el acreditado cuente con una cobertura por concepto del seguro de protección de pago de hipoteca se entiende por Salario Mínimo Mensual, el que resulta de multiplicar por 30.4 el Salario Mínimo Diario General que rija en el Distrito Federal."

e).- El pago de la cantidad que en ejecución de sentencia y con el auxilio de peritos, se fije por concepto de daños y perjuicios, ocasionados a mi apoderante, derivados del incumplimiento de la demanda, por el menoscabo sufrido en perjuicio de mi poderdante, al haberle otorgado un crédito con recursos del INFONAVIT, daños que serán cuantificados tomando como base el contrato basal para obtener las cantidades que pudo haber obtenido mi poderdante, en caso que se hubiere cubierto el crédito otorgado, así como los perjuicios consistentes en el pago del interés legal generado por la cantidad otorgada, desde que mi poderdante otorgo el crédito, es decir, desde el día 13 de septiembre de 1990, hasta en tanto reciba el pago a su entera satisfacción.

f).- El pago de las actualizaciones que se vayan derivando conforme a cada año siguiente, del incremento del Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal, determinando por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que se aplica a todas las prestaciones que se demandan en este escrito, ya que el crédito señalado en el documento base de la acción, fue otorgado en el año de 1990, por lo cual el salario mínimo en ese año lo fue $9.138 (NUEVE PESOS 138/100 M.N.), por lo tanto al momento de actualizar dichas cantidades estas deben; determinarse en ejecución de sentencia y al salario que corresponda al año que se lleva a cabo dicha actualización, lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, del capítulo de otorgamiento de crédito.

g).- El pago de los gastos y costas que se generen con motivo a la tramitación de este Juicio.

Fundándose para ello los preceptos de derecho que en su apartado respectivo invocan y en la siguiente relación de:

Y por proveído de fecha once de marzo del dos mil catorce, se ordenó emplazarlo por ignorarse su domicilio, por medio de edictos que deben de publicarse por (3) TRES VECES consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de mayor circulación, de esta ciudad capital, además de fijarse en la puerta del H. Juzgado, así mismo, se le concede el término de (60) sesenta días, contados a partir de la última publicación, para que comparezca a contestar la demanda instaurada en su contra, si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer, quedando a su disposición en la Secretaria del Juzgado, las copias de traslado y anexos debidamente requisitadas y rubricadas por la secretaria este H. Tribunal.- Se expide el presente a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014).- DOY FE.

El C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. ANASTACIO MARTÍNEZ MELGOZA.- Rúbrica.

1801.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial.

Cd. Victoria, Tam.

MARTHA JOSEFINA TORRES MALDONADO DOMICILIO IGNORADO.

El C. Licenciado Gastón Ruiz Saldaña, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha once de julio del dos mil trece, ordenó la radicación del Expediente Número 769/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por VICENTE JAVIER LARA URIBE, apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

(INFONAVIT), en contra de usted, de quien reclama las siguientes prestaciones:

A).- El pago del adeudo y el vencimiento anticipado del plazo que ml poderdante otorgo a la ahora demandada para cumplir con la obligación contraída en virtud de que ha incurrido en el incumplimiento de pago como lo estipula la cláusula vigésima primera inciso C, a que se refiere el "Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria", a que se refiere el documento base de la acción.

B).- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del contrato de compraventa y apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, en sus cláusulas financieras en la fracción Vigésima Primera del citado contrato, para el caso de ser condenado y que no pague en el término de ley, a fin de que desocupe y entregue físicamente el inmueble a nuestro poderdante.

C).- El pago por concepto de suerte principal la cantidad de 114.6310 veces el Salario Mínimo Mensual vigente para en el Distrito Federal, que corresponde a la cantidad de $225,674.05 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 05/100 MONEDA NACIONAL), como se acredita en el estado de cuenta, con fecha de emisión del 29 de junio de 2013, el cual anexo con el número III; y en el contrato de otorgamiento de crédito la parte demandada acepto y se obligó que el saldo del crédito se ajustaría cada vez que se modificarían los Salario Mínimos incrementándolos en la misma proporción en que aumente el Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal, por lo que la cantidad se seguirá actualizando hasta la totalidad del presente Juicio, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia.

D).- El pago de los intereses ordinarios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pactó en el contrato base de la acción en su cláusula novena del contrato de compraventa y apertura de crédito simple con garantía hipotecaria.

E).- El pago de intereses moratorios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total de liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios mínimos, como se pactó en la Cláusula Décima Primera del contrato de compraventa y apertura de crédito simple con garantía hipotecaria.

F).- El pago de las primas de seguro, gastos de cobranza y gastos que se encuentran vigentes en cuanto corresponda a los términos del contrato base de la acción.

G).- El pago de las actualizaciones que se vayan derivado conforme a cada año siguiente, del incremento del Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal, determinando por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos que se aplica a todas las prestaciones que se demandan en este escrito, por lo tanto al momento de actualizar dichas cantidades estas deben de determinarse en ejecución de al salario año que se lleve a cabo dicha actualización, lo anterior de acuerdos a lo establecido en la cláusula decima del contrato de compraventa y apertura de crédito simple con garantía hipotecaria.

H).- El pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente Juicio.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del local del Juzgado haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última

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publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a disposición en la Secretaria de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá este en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones de carácter personal mediante cédula.

ATENTAMENTE Cd. Victoria, Tamaulipas, a 14 de marzo del 2014.- El C.

Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. ANASTACIO MARTÍNEZ MELGOZA.- Rúbrica.

1802.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial.

Cd. Victoria, Tam.

C. OVIDIO ZAVALA CÁRDENAS. DOMICILIO IGNORADO.

El Licenciado Adrián Alberto Sánchez Salazar, Juez Segundo de Primera Instancia Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, con residencia en esta Ciudad Victoria, Tamaulipas, mediante proveído de fecha seis de marzo del año en curso, dictado dentro del Expediente Número 1078/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Lic. Vicente Javier Lara Uribe en contra de los C.C. OVIDIO ZAVALA CÁRDENAS Y JUANA KARINA HERNÁNDEZ MONSIVÁIS, ordenó se le emplazara y se le corriera traslado con las copias simples de la demanda y sus anexos, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, y se fijara además en los Estrados de este Juzgado para que conteste la demanda instaurada en su contra dentro del término de sesenta días hábiles, contados a partir de la última publicación de los edictos, quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado, las copias simples de la demanda y sus anexos, demandando lo siguiente:

A).- La rescisión del Contrato de Otorgamiento de Crédito y el pago del adeudo, en virtud de que ha incurrido en el incumplimiento de pago como lo estipula la Cláusula Décima numeral 1), a que se refiere el "Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria" a que se refiere el documento base de la acción.

B).- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del " Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria", en sus Cláusulas Financieras en la Cláusula Única de Constitución de Hipoteca, del citado contrato para el caso de ser condenado y que no pague en el término de ley, a fin de que se desocupe y entregue físicamente el inmueble a nuestro poderdante.

C.- El pago por concepto de Suerte Principal la cantidad de 130.5130 Veces el Salario Mínimo Mensual vigente para en el Distrito Federal, que corresponde a la cantidad de $256,941.46 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 46/100 M.N.), como se acredita en el estado de cuenta, con fecha de emisión del 23 de octubre de 2013, el cual anexo con el número III; y en el Contrato de Otorgamiento de Crédito la parte demandada acepto y se obligó que el saldo del Crédito la parte demandada acepto y se obligó que el saldo del crédito se ajustar a cada vez que se modificarían los Salarios Mínimos incrementándolos en la misma proporción en que aumente el Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal, por lo que la cantidad se seguirá actualizando hasta la totalidad del presente Juicio, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia.

D.- El pago de los intereses ordinarios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en

ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios mínimos, como se pactó en el contrato base de la acción en su Cláusula Segunda del "Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria".

E.- El pago de intereses moratorios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total de liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pactó en el Cláusula Cuarta en su Apartado Estipulaciones numeral 3) del "Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria".

F.- El pago de las Primas de Seguro, Gastos de Cobranza y gastos que se encuentran vigentes en cuanto corresponda a los términos del contrato base de la acción.

G.- El pago de las actualizaciones que se vayan derivado conforme a cada año siguiente, del incremento del Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal, determinando por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que se aplica a todas las prestaciones que se demandan en este escrito, por lo tanto al momento de actualizar dichas cantidades estas deben de determinarse en ejecución de sentencia y al salario que corresponda al año que se lleve a cabo dicha actualización, lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera del "Contrato de Compraventa y Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria".

H.- El pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente Juicio.

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 11 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MAURA EDITH SANDOVAL DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1803.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. FRANCISCO MONTESINOS FERMÍN. PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 01089/2012, radicado en el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Ciudadana Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, en su carácter de apoderada del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de FRANCISCO MONTESINOS FERMÍN, se dictó un acuerdo que a la letra dice.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil doce.- Con el anterior escrito de cuenta, 5 anexos y copias simples que acompaña.- Se tiene por presentada a la Ciudadana Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, en su carácter de apoderada LEGAL DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) personalidad que acredita con el poder que exhibe, promoviendo Juicio Hipotecario, en contra de FRANCISCO MONTESINOS FERMÍN, quien tiene su domicilio en calle Valle Diamante No 126, Fraccionamiento Paseo Real entre las calles Valle Escondido y Valle de Bravo C.P. 89603 localidad Altamira, Tamaulipas y de quien reclama las prestaciones que se refieren en los incisos A), B), C), D), E) F) G) y H) , de su escrito de demanda, por los hechos y fundamentos que expresa.- Se admite la demanda en cuanto

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proceda en derecho, désele entrada, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno respectivo bajo el Número 01089/2012, y tomando en consideración que con las escrituras de hipoteca que exhibe se cumple con lo exigido por el artículo 531 fracción I del Código de Procedimientos Civiles en vigor, procédase a la expedición de la cédula hipotecaria para su entrega a las partes, inscripción en el Registro Púbico de la Propiedad y Publicación en un periódico local.- A partir de la fecha en que se entregue a los deudores la cédula hipotecaria respectiva, el inmueble dado en garantía queda en depósito judicial, junto con todos los frutos y objetos que con arreglo a la escritura y conforme al Código Civil, deben considerarse inmovilizados, y formando parte del mismo inmueble.- Procédase al avalúo del bien inmueble hipotecado. Así mismo y conforme lo dispone el artículo 535 segundo párrafo, intímese al deudor para que exprese si acepta o no la responsabilidad de depositario. Si la diligencia no se entendiera directamente con el deudor, dentro de los tres días siguientes al traslado, deberá manifestar si acepta o no la responsabilidad de depositario, entendiéndose que no la acepta Si no hace esta manifestación, y en este caso, el actor podrá pedir que se le entregue la tenencia material de la finca o nombrar depositario bajo su responsabilidad.- Con las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria del Juzgado, una vez que cumpla con los dispuesto en artículo 533 del Código de Procedimientos Civiles emplácese y córrase traslado al demandado (a) en el domicilio que se señala en autos, haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación, si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer en contra de la misma.- Se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en calle Moctezuma No. 302 colonia Moctezuma, en Tampico, Tamaulipas, entre las calles Oriental Central C.P. 89177, y autorizando para que tengan acceso al expediente a los Ciudadanos Licenciados Samanta del Ángel Acosta, Maribel Medina Pacheco, María del Carmen Ríos Flores, Carlos Francisco Martínez Hernández, Yesica Ivone López Sánchez, Mercedes García Robles Gabriela Cabrales Arenas, Diana Guadalupe Sandoval Flores, Leticia Flores Teapila Juan Miguel Ruiz Reséndiz en los términos del artículo 68 BIS del Código de Procedimientos Civiles. Así y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 40, 52, 67, 227, 228, 247, 248, 470, 471, 530, 532, 533, 534, 535 y relativo del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Notifíquese personalmente.- Así lo acuerda y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con la Ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles Rubricas.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.- Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a veinticinco de febrero de dos mil catorce.- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de Partes el día veinticuatro de este mismo mes y año, signado por la Ciudadana Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 01089/2012, vista su petición.- Como lo solicita, tomando en consideración que de las actas que obran agregadas en autos, así como de los informes rendidos, se desprende que no se localizó el domicilio del demandado, y en atención a la petición de la actora, y en virtud de que no fue posible la localización del domicilio del garante hipotecario señor FRANCISCO MONTESINOS FERMÍN, procédase a emplazar a dicha persona por media de edictos que deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, Ciudad Madero y Altamira, Tamaulipas, por tres veces consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última

publicación del edicto, y si el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esa persona, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este H. Juzgado, lo anterior además de que la compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en los artículos, 4, 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad.- Notifíquese y Cúmplase.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de la Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles Rubricas.- C. Juez.- Lic. Gilberto Barrón Carmona.- C. Secretaria de Acuerdos.- Lic. María del Carmen Villagrana Almaguer.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, el veinticinco de febrero de dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1804.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C.C. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ SIFUENTES Y ALICIA MORALES GUTIÉRREZ. PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00918/2012, radicado en el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Cobro de Pesos, promovido por el Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ SIFUENTES Y ALICIA MORALES GUTIÉRREZ, se dictaron los siguientes acuerdos que a la letra dicen.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil doce (2012).- Con la promoción inicial y 6 anexos.- Téngase por presentado al ciudadano Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, promoviendo Juicio Ordinario Civil Sobre Cobro de Pesos en contra de los Ciudadanos ALICIA MORALES GUTIÉRREZ Y JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ SIFUENTES quienes tienen su domicilio en calle Monterrey N° 503, Modulo B, del Conjunto Habitacional Del Golfo de la colonia Guadalupe Victoria. C.P. 89080 entre calles Victoria y Bustamante a quien reclama los conceptos que menciona en los incisos a), a), b), c),d) y e) de su demanda.- Fundándose para ello en los hechos y consideraciones legales que estimo aplicables al caso, se admite la promoción en cuanto ha lugar en derecho, désele entrada, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno respectivo, bajo el Número 00918/2012, con las copias simples de la demanda y anexos debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria del Juzgado, emplácese y córrase traslado a la parte demandada,

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haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer.- Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle Jalisco No 1000 Pte. entre calle Ramos Arizpe y 18 de Marzo de la colonia Primero de Mayo de ciudad Madero, Tamaulipas C.P. 89450, y por autorizado para que tenga acceso al expediente a los profesionistas que refiere en su escrito de demanda.- Así y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 40, 52, 462, 463, 466, 467, 468, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tamaulipas.- Notifíquese personalmente a los demandados.- Así lo acuerda y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con la Ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.- Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Tamaulipas, a cinco de agosto de dos mil trece.- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de partes el día diecisiete de julio del año en curso, signado por el Ciudadano Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00918/2012, vista su petición.- Como lo solicita, tomando en consideración que no fue posible la localización de los demandados JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ SIFUENTES Y ALICIA MORALES GUTIÉRREZ, y que además el actor desconoce el domicilio de los demandados, en tal virtud, procédase a emplazar a dichas persona por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, ciudad Madero y Altamira, Tamaulipas, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole a los interesados que deberán presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto, y en caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se lo mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este H. Juzgado.- Lo anterior con fundamento en el artículo 4, 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, el día cinco de agosto de dos mil trece.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1805.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. GERMAN RODRÍGUEZ ARAUJO DOMICILIO IGNORADO.

La Licenciada María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira,

Tamaulipas, en cumplimiento al auto de fecha (11) once de noviembre de dos mil trece, ordenó se emplace la radicación del Expediente Número 0307/2012, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Requerimiento Judicial, promovidas por el Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, apoderado de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, a cargo de GERMAN RODRÍGUEZ ARAUJO, se procede a llevar a cabo el emplazamiento a la persona antes citada, en cumplimiento a los autos que a continuación se transcriben:

En Altamira, Tamaulipas, trece divas del mes de abril del año dos mil doce.- Téngase por presentado al Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, apoderado de SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, con su escrito de cuenta y anexos que acompaña, promoviendo Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Requerimiento Judicial, a cargo del C. GERMAN RODRÍGUEZ ARAUJO, con domicilio en Boulevard, Río Tamesí Número 79, Condominio Villas de Champayan, Fraccionamiento Jardines de Champayan, en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, entre Laguna de los Patos y Emiliano Zapata, C.P. 89607, y sin que se promueva cuestión litigiosa a efecto de que en el acto de la diligencia se le notifique la que refiere en los incisos A, B y C de su escrito.- Estando su promoción ajustada a derecho, désele entrada a las presentes diligencias, fórmese expediente y regístrese en el Libro correspondiente y mediante notificación personal que se haga en el domicilio arriba referido, córrasele traslado al C. GERMAN RODRÍGUEZ ARAUJO, con las copias de la promoción de cuenta y documentos que se acompañan.- Así mismo, se tiene como domicilio convencional del promovente, el que refiere y por autorizados, solo para que acceden al expediente, oigan y reciban notificaciones a los que menciona.- Notifíquese personalmente.- Así y con fundamento en los artículos 2, 4, 22, 52, 53, 66, 68, 866, 867, 868, 870 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, lo acordó y firma el Licenciado Luis Felipe Pérez Domínguez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el Licenciado Francisco Cruz Pierrez, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Expediente Número 00307/2012.- Firmas Ilegibles.- Rubrica.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Altamira, Tamaulipas, once de noviembre del año dos mil trece.- Por recibido el anterior escrito que suscribe el Licenciado Porfirio Gutiérrez Gómez, promovente dentro de los autos que integran el Expediente Número 00307/2012, relativo a la Jurisdicción Voluntaria Sobre Requerimiento Judicial en que se actúa; hacienda las manifestaciones a las que, se contrae y en atención al contenido de su solicitud, en virtud de que abra en autos que el domicilio del C. GERMAN RODRÍGUEZ ARAUJO, no fue ubicado, se ordena notificarle el auto de fecha trece de abril de dos mil doce, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación en este distrito judicial, por TRES VECES consecutivas y se fijaran además en los estrados de este Juzgado, comunicándosele que deberá comparecer a manifestar la que su interés convenga, dentro del término de sesenta días, a partir de la fecha de la última publicación.- Apercibiéndose al promovente que si este Juzgado por cualquier motivo tuviera el conocimiento, de que se encuentra enterado del domicilio de la persona antes mencionada, o pareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, la notificación se tendrá como no hecha y se mandara practicar en el domicilio ya conocido.- Notifíquese.- Así y con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 63, 67 fracción VI, 108 del Código de Procedimientos Civiles para del Estado de Tamaulipas, lo acordó y firma la Licenciada María De Lourdes Domínguez Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el Licenciado Francisco Cruz Pierrez, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Firmas Ilegibles. Rubrica.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

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Y por el presente que se publicará por medio de edictos en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación en este Distrito Judicial, por TRES VECES consecutivas y se fijaran además en los Estrados de este Juzgado, comunicándosele que deberá comparecer a manifestar lo que su interés convenga, dentro del término de sesenta días, a partir de la fecha de la última publicación.- Apercibiéndose al promovente que si este Juzgado por cualquier motivo tuviera el conocimiento, de que se encuentra enterado del domicilio de la persona antes mencionada, o pareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, la notificación se tendrá como no hecha y se mandara practicar en el domicilio ya conocido.- DOY FE.

ATENTAMENTE Altamira, Tam., a 14 de noviembre de 2013.- La C. Juez

Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. MARÍA DE LOURDES DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

1806.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam. C. MARÍA PONCE ESCOBEDO PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00069/2013, radicado en el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado Lic. Javier Corona Castillo en contra de ULISES GONZÁLEZ GONZÁLEZ, MARÍA PONCE ESCOBEDO, se dictó un acuerdo que a la letra dice

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a veinticinco días del mes de enero del año dos mil trece.- Con el anterior escrito de cuenta, 6 anexos y copias simples que acompaña.- Se tiene por presentado al Ciudadano Licenciado Javier Corona Castillo en su carácter de apoderado de SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE personalidad que acredita con el poder que exhibe, promoviendo Juicio Hipotecario, en contra de ULISES GONZÁLEZ GONZÁLEZ Y MARÍA PONCE ESCOBEDO, quienes tiene su domicilio en calle Colibrí número 259-B entre las calles Albatros Poniente y Quetzal del Fraccionamiento Santa Elena localidad Altamira, Tamaulipas, C.P. 89609 y de quienes reclama las prestaciones que se refieren en los incisos A), B), C), D), E) F), de su escrito de demanda, por los hechos y fundamentos que expresa.- Se admite la demanda en cuanto proceda en derecho, désele entrada, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno respectivo bajo el Número 00069/2013 y tomando en consideración que con las escrituras de hipoteca que exhibe se cumple con lo exigido por el artículo 531 fracción I del Código de Procedimientos Civiles en vigor, procédase a la expedición de la cédula hipotecaria para su entrega a las partes, inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Publicación en un periódico local.- A partir de la fecha en que se entregue a los deudores la cédula hipotecaria respectiva, el inmueble dada en garantía queda en depósito judicial, junto con todos los frutos y objetos que con arreglo a la escritura y conforme al Código Civil, deben considerarse inmovilizados, y formando parte del mismo inmueble.- Procédase al avalúo del bien inmueble hipotecado.- Así mismo y conforme lo dispone el artículo 535 segundo párrafo, intímese al deudor para que exprese si acepta o no la responsabilidad de depositario.- Si la diligencia no se entendiera directamente con el deudor, dentro de los tres días siguientes al traslado, deberá manifestar si

acepta o no la responsabilidad de depositario, entendiéndose que no la acepta si no hace esta manifestación, y en este caso, el actor podrá pedir que se le entregue la tenencia material de la finca o nombrar depositario bajo su responsabilidad.- Con las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria del Juzgado, una vez que cumpla con los dispuesto en artículo 533 del Código de Procedimientos Civiles emplácese y córrase traslado al demandado (a) en el domicilio que se señala en autos, haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación, si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer en contra de la misma.- Se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en calle 5 de Febrero número 402-C entre las calles Ignacio Zaragoza y Venustiano Carranza, de la colonia Ampliación de la Unidad Nacional localidad ciudad Madero, Tamaulipas, C.P. 89510 y por autorizados para que tengan acceso al expediente a los profesionistas que refiere.- Así y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4°, 40, 52, 67, 227, 228, 247, 248, 470, 471, 530, 532, 533, 534, 535 y relativo del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.- Notifíquese personalmente.- Así lo acuerda y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con la Ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.

AUTO INSERTO. Con esta fecha la C. Secretaria de acuerdos da vista al

Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Ciudad Altamira, Tamaulipas; (16) dieciséis días del mes de julio del año dos mil trece (2013).- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de Partes el día once de este mismo mes y año, signado por el Licenciado Javier Corona Castillo, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00069/2013, vista su petición.- En atención a que el Instituto Federal Electoral, informo que en su base de datos encontró domicilio de la demandada MARÍA PONCE ESCOBEDO, el que se menciona en autos, y toda vez que no fue posible su localización, por lo que procédase a emplazar a dicha persona por media de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, Madero y Altamira, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto y si en caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se lo mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este H. Juzgado, lo anterior en virtud de que el compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en el artículo 4, 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles del Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo provee y firma el Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado ante la Licenciada María Del Carmen Villagrana Almaguer, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hizo la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los 16 de julio de 2013.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria

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de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1807.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. MIGUEL ÁNGEL GALLEGOS SAUCEDO Y MINERVA LEÓN CARRANZA DOMICILIO IGNORADO.

El C. Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha (17) diecisiete de abril del (2013) dos mil trece, se ordenó la radicación del Expediente Número 00387/2013, relativo al Juicio Sumario Hipotecario promovido por el Licenciado Rodolfo Gabriel Ibarra Leyva en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas "SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE” en contra de los C.C. MIGUEL ÁNGEL GALLEGOS SAUCEDO Y MINERVA DE LEÓN CARRANZA, por auto de fecha (08) ocho de enero del (2014) dos mil catorce, se ordenó emplazarle por edictos, reclamándole las siguientes prestaciones:

a.- El vencimiento anticipado del contrato de otorgamiento de crédito, del adeudo y del plazo que mi mandante otorgo a la ahora demanda Para cumplir con la obligación contraída en virtud de que ha incurrido en el incumplimiento de pago de las amortizaciones, tal y como lo estipula la Cláusula Octava a que se refiere el documento base de la acción.

b.- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del documento base, como lo estipula la Cláusula Única del Contrato de Base de la Acción en el Capítulo de Hipoteca, para el caso de ser condenada y que no pague en el término de Ley a fin de que desocupe y entregue físicamente el inmueble a mi mandante.

c.- Como consecuencia de lo anterior el pago de $236.751 Veces el Salario Mínimo Mensual vigente para el Distrito Federal, según consta en el estado de cuenta certificado al día 31 de enero de 2011, que corresponde a la cantidad de $430,538.80 (CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 80/100 M.N.) por concepto de suerte principal más los que se sigan venciendo hasta la totalidad del presente Juicio, de conformidad con el estado de cuenta certificado que me permito exhibir junto con la presente demanda.

d.- El pago de los intereses ordinario no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total liquidación de la deuda, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia, Para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pactó en el contrato base de la acción, en su Cláusula Primera en el Capítulo de Otorgamiento de Crédito con Constitución de Garantía Hipotecaria.

f.- El pago de interés moratorios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total liquidación del deudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia, para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pactó en el contrato base de la acción, en su Cláusula Primera en el Capítulo de Otorgamiento de Crédito con Constitución de Garantía Hipotecaria, que de conformidad con el estado de cuenta certificado asciende a la cantidad de 89.865 veces el Salario Mínimo Mensual vigente para en el Distrito Federal que corresponde a la cantidad de $163,422.20 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 20/100 M.N.), más los que se signa venciendo hasta la totalidad del presente Juicio.

g.- El pago de la prima de seguros, gastos de cobranza, así como los gastos que se encuentren vigentes en cuanto corresponda en los términos del presente contrato base de la acción.

h.- El pago de las actualizaciones de todas y cada una de las prestaciones que pretendo hacer valer, derivadas del incremento al Salario Mínimo para el Distrito Federal, que sea aprobado por la Comisión de Salarios Mínimo para el año dos mil trece, toda vez que el certificado de adeudo, tiene como fecha de emisión, el 31 de enero de 2011, por lo que el Salario Mínimo Mensual vigente que se considero es el de $1,818.53 (UN MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS 53/100 M.N.)

i.- El pago de los gastos y costas que se originen por motivo de la tramitación del presente Juicio.

Y por el presente que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación, así como en la puerta de este H. Juzgado, haciéndole saber que deberá de presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaria de este Juzgado y que de no comparecer a Juicio se seguirá esté en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula que se fijen en los Estrados de este Juzgado.

Altamira, Tamaulipas, a 09 de enero del 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. IGNACIA GALICIA MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1808.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. JUAN ANDRÉS PÉREZ VILLAFUERTE Y JUANA MAGDALENA ROMERO AGUILAR DOMICILIO IGNORADO.

La Ciudadana Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas por auto de fecha cinco de marzo del dos mil trece radicó el Expediente Número 169/13 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Rodolfo Gabriel Ibarra Leyva en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de SCRAP II S. DE R.L. DE C.V. en contra de JUAN ANDRÉS PÉREZ VILLAFUERTE Y JUANA MAGDALENA ROMERO AGUILAR y en cumplimiento al auto de fecha primero de octubre del dos mil trece se ordenó emplazar por edictos a los demandados JUAN ANDRÉS PÉREZ VILLAFUERTE Y JUANA MAGDALENA ROMERO AGUILAR a quienes les reclama las siguientes prestaciones:

A).- El vencimiento anticipado del contrato de otorgamiento de crédito, del adeudo y del plazo que mi mandante otorgo a los ahora demandados para cumplir la obligación contraída en virtud de que ha incurrido el incumplimiento de pago de las amortizaciones tal y como lo estipula la cláusula decima a que se refiere el documento base de la acción, B).- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del documento base como lo estipula la cláusula única del contrato de base de la acción en el capítulo de hipoteca para el caso de ser condenada y que no pague en el término de ley a fin de que desocupe y entregue físicamente el inmueble a mi mandante, C).- Como consecuencia de lo anterior, el pago de la cantidad de $287,425.94 (DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO PESOS 94/100 M.N.), por concepto de suerte principal, de acuerdo al estado de cuenta certificado de fecha 31 de mayo del 2011 más los que se sigan venciendo hasta la totalidad del presente juicio de conformidad con el estado de cuenta certificado que me permito exhibir junto con la presente demanda, D).- El pago de

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los intereses moratorios no cubiertos de acuerdo al estado de cuenta certificado de fecha 31 de mayo del dos mil once asciende a la cantidad de $245,623.39 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS 39/100 M.N.) más los y que se continúen generando hasta la total liquidación del adeudo cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos como se pactó en el contrato base de la acción en su cláusula cuarta en el capítulo de otorgamiento de crédito con constitución de garantía hipotecaria, E).- El pago de las primas de seguros, gastos de cobranza, así como los gastos que se en encuentren vigentes en cuanto corresponda en los términos del presente contrato base de la acción, F).- El pago de las actualizaciones de todas y cada una de las prestaciones que pretendo hacer valer derivadas del incremento al Salario Mínimo para el Distrito Federal que sea aprobado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para el año 2012, G).- El pago de los gastos y costas que se originen por motivo de la tramitación del presente Juicio.

Por lo que se ordena emplazar por edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del juzgado haciéndosele saber a los demandados JUAN ANDRÉS PÉREZ VILLAFUERTE Y JUANA MAGDALENA ROMERO AGUILAR que deberán de presentar su contestación de demanda dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la última publicación del edicto, haciéndoseles saber que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaria de este H. Juzgado.- Es dado en Altamira, Tamaulipas a los dos días del mes de octubre del dos mil trece.- DOY FE.

La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1809.- Abril 8, 9 y 10.-1v3. E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, C.C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00403/2013, radicado en el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por OPTUR INMOBILIARIA S. DE R.L. DE C.V., por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas, Licenciado Juan José de la Garza Govela en contra de SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ, se dictaron los siguientes acuerdos que a la letra dicen.

Con esta fecha el C. Secretario de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a veintidós de abril del año dos mil trece.- Con el anterior escrito de cuenta, anexos, copias simples y cuatro traslados que se acompañan, signado por el Licenciado Juan José de la Garza Govela, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de OPTUR INMOBILIARIA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que acredita con la copia certificada

por Notario Público, promoviendo Juicio Ordinario Mercantil, en contra de los ciudadanos JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ Y ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, por conducto de la ciudadana CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, albacea de la Sucesión Intestamentaria, quienes tiene su domicilio ubicado en calle Venustiano Carranza número 106, entre Privada Pinos y Segunda Privada de la colonia Los Pinos en Tampico, Tamaulipas, Código Postal 89138, a quien se les reclaman las prestaciones marcadas en los números I, II, III, IV, de su escrito de demanda.- Se admite a trámite conforme al Código de Comercio anterior a las reformas del 24 de mayo de mil novecientos noventa y seis, por cuanto ha lugar en derecho, radíquese, fórmese expediente y regístrese bajo el Número 00403/2013, que por su orden le correspondió en el Libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.- Con las copias rubricadas por la Secretaria del Juzgado, emplácese y córrase traslado a la parte demandada en el domicilio señalado, haciéndole saber que se le concede el término de nueve días, para que conteste la demanda si a sus intereses conviene, en términos del artículo 1378 del Código de Comercio aplicable - Procédase a la guarda en el seguro de este Juzgado del Documento base de la acción, para su debido resguardo, dejándose copia certificada de los mismos, la cual se glosara al expediente; previo a la diligencia de emplazamiento se le previene para que exhiba un tanto más de los documentos que exhibe, toda vez que del traslado se tomó una copia para integrarse al expediente; se tiene como domicilio convencional para air y recibir notificaciones el ubicado en calle Álvaro Obregón N° 103 Oriente, edificio "A", despacho 101, entre las calles Olmos y Colon de la Zona Centro de Tampico, Tamaulipas, C.P. 89000, y por autorizada para que tenga acceso al expediente a la Licenciada Karina Ivette Villalobos Piñeiro, en términos del artículo 1067 y 1069 del Código de Comercio.- Notifíquese personalmente.- Así y con fundamento en los artículos 40, 30, 52, 66, 67 del Código de Procedimientos Civiles en vigor; 1, 2, 3, 4, 5, 291, 292, 296, 298 y demás relativos de la Ley general de Títulos y Operaciones de Crédito 1054, 1069, 1377 al 1390, y demás relativos del Código de Comercio.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con la Ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.

Altamira, Tamaulipas, a los (19) diecinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014).- Vistas para resolver los autos del Expediente Número 00403/2013, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por OPTUR INMOBILIARIA S. DE R.L. DE C.V., por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas, Licenciado Juan José de la Garza Govela en contra de Sucesión Intestamentaria a bienes de ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ, y para resolver sobre el Recurso de Revocación promovido por la actor, en contra del proveído de fecha veinticuatro de febrero del dos mil catorce glosado a foja 164 del Sumario, y:

RESULTANDO. ÚNICO.- Por escrito del veintiséis de febrero del año dos

mil catorce, compareció OPTUR INMOBILIARIA S. DE R.L. DE C.V. , por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas, Licenciado Juan José de la Garza Govela promoviendo Recurso de Revocación en contra del proveído de fecha veinticuatro de febrero del dos mil catorce glosado a foja 164 del Sumario, argumentando lo que en su concepto constituyen los agravios que le causa dicho proveído, y que se tienen aquí por reproducidos en obvio de innecesaria repetición.- Por auto del veintiocho de febrero de del año en

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curso, se admitió a trámite el citado Recurso, mandando dar vista a la contraria por el término de tres días para que manifestara lo que a sus intereses conviniera. Por auto de fecha catorce de marzo del año en curso, se ordenó traer el expediente a la vista, para resolver en relación a la revocación propuesta y a ello se procede en los términos siguientes:

CONSIDERANDO. ÚNICO.- El auto recurrido, literalmente dice:".... Altamira,

Tamaulipas, a veinticuatro de febrero del año dos mil catorce (2014).- A sus antecedentes el escrito presentado ante la oficialía común de partes el día veintiuno de este mismo mes y año, signado por el Licenciado Juan José de la Garza Govela, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00403/2013, vista su petición.- Se le dice que no ha lugar a acordar de conformidad su petición, previamente se deberá girar cédula de notificación en el domicilio que menciona el Comandante de la Policía, visible a fojas 153 y 155.- Así con fundamento en los artículos 1054, 1069, del Código de Comercio.- Notifíquese y Cúmplase.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y Da Fe.

FUENTE DE AGRAVIO.- Proveído transcrito con antelación Preceptos Violados.- Los artículos 1069 y 1070 del Código de Comercio, 67 del Código de Procedimientos civiles Vigentes, Conceptos de Agravios.- Dicho proveído resulta violatorio a los dispositivos legales antes mencionados, por las siguientes razones: a).- Se violan las disposiciones legales citadas ya que este Juzgado debió ordenar emplazar a los demandados por medio de edictos, por lo siguiente en el escrito inicial de demanda mi representada promueve Juicio en la Vía Ordinaria Mercantil en contra de los C.C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ Y SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, representada por la primera de las mencionadas.- Se solicitó emplazar a ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ por conducto de la albacea de la Sucesión Intestamentaria, toda vez que de la Escritura Pública Número 8629, volumen 212 otorgada por el Licenciado Francisco Haces Arguelles, Notario Público 38, en ejercicio en este distrito y en que se contiene reconocimiento de adeudo, fue celebrado por BANCO UNIÓN, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, con los C.C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ Y SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, representada por la primera de las mencionadas, acreditando dicha circunstancia con las copias certificadas del Juicio Sucesorio Intestamentaria radicado bajo el Expediente 58/94 del índice del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Ozuluama Veracruz, donde se designa albacea a la C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, que el domicilio que se menciona en el parte informativo de la policía ministerial con del C. ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, probablemente se refiera a un homónimo del demandado, pues dicha persona ya falleció.- Ahora bien con vista a lo argumentado por el recurrente así como las constancias de autos, tenemos que en concepto de quien en esto resuelve es procedente el mismo, pues tal y como lo refiere el recurrente, efectivamente demando la Sucesión Intestamentaria a bienes del C. ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, por conducto de su albacea la C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, por ende, si no se logró localizar el domicilio de la C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, por su propio derecho y en representación de la Sucesión Intestamentaria a bienes de ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, es claro si procede la petición del recurrente contenida en su escrito fecha el veintiuno de febrero del año en curso, en cuanto a que se emplace por edicto a todos los demandados, incluyendo la

Sucesión Intestamentaria a bienes de ESTEBAN JUÁREZ HERNÁNDEZ, por lo que procede se revoque el proveído de fecha veinticuatro de febrero que se combate y se dicte uno nuevo en los términos mencionados.- Consecuentemente, por los argumentos vertidos con antelación, se concluye que ha procedido el recurso de Revocación promovido por OPTUR INMOBILIARIA S. DE R.L. DE C.V. , por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas, Licenciado Juan José de la Garza Govela en contra del proveído de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, por los motivos que se expusieron en el Considerando Único de este fallo, consecuentemente se revoca el proveído combatido para quedar de la siguiente manera:- Altamira, Tamaulipas, a veinticuatro de febrero del año dos mil catorce (2014).- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de antes el día veintiuno de este mismo mes año, signado por el Licenciado Juan José de la Garza Govela, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00403/2013, vista su petición se provee lo siguiente.- Tomando en consideración que de las constancias de autos y en particular de los informes rendidos por el Vocal del Registro Federal del Instituto Federal Electoral y por la Policía Ministerial de Tampico, no se desprende el domicilio actual de los demandados, y por ende se desconoce el mismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio, procédase a emplazar a los C.C. CELINA HERNÁNDEZ VICENCIO DE JUÁREZ, SONIA PAREDES RAMÍREZ DE JUÁREZ, JACOBO BRAULIO JUÁREZ HERNÁNDEZ Y SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESTEBAN HERNÁNDEZ VICENCIO, representada por la primera de las mencionadas, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, Madero y Altamira, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en la puerta del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto y si en caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se lo mandara practicar en el domicilio ya conocido quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este H. Juzgado.- Lo anterior en virtud de que el compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en el artículo 1054, 1070 del Código de Comercio.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo provee y firma el Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado ante el Licenciado María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Por lo expuesto, y con apoyo además en los artículos 4°, 5°, 23, 105, 108 y 918 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, es de resolverse y se resuelve:

PRIMERO.- Ha procedido el Recurso de Revocación promovido por OPTUR INMOBILIARIA S. DE R.L. DE C.V., por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas, Licenciado Juan José de la Garza Govela en contra del proveído de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, por los motivos que se expusieron en el Considerando Único de este fallo.

SEGUNDO.- Se revoca el proveído de fecha veinticuatro de febrero del año en curso, para quedar como quedo redactado en el considerando único de este fallo.

TERCERO.- Notifíquese.- Así lo resolvió y firma el C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia Civil Del Segundo Distrito Judicial del Estado, actuando con la C. Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria De Acuerdos que Autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale.- Doy Fe.- C. Juez.- Licenciado Gilberto Barrón Carmona.- C. Secretaria.- Lic. María del Carmen Villagrana Almaguer.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

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Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los 24 días del mes de marzo de 2014.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1810.- Abril 8, 9 y 10.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Cuarto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

C. FERNANDO MÉNDEZ HERNÁNDEZ DOMICILIO IGNORADO.

El C. Licenciado Rubén Galván Cruz, Juez Cuarto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, per auto de fecha 20 veinte de Junio del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00715/2013 relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario promovido por OLIVIA DEL ÁNGEL HERNÁNDEZ en contra de usted.- Así mismo por auto de fecha 25 veinticinco de Septiembre del año en curso, ordenó emplazarlo a Usted por medio de edictos y de quien se reclama las siguientes prestaciones: a).- La disolución del vínculo matrimonial que nos une por la causal prevista en la fracción XVIII del artículo 249 del Código Civil vigente en el Estado.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, y en diario de los de mayor circulación en esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simple de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer Juicio se seguirá esté en su rebeldía, haciéndosele las posteriores notificaciones por cédula.

Altamira, Tam., a 14 de noviembre de 2013.- El C. Juez, LIC. RUBÉN GALVÁN CRUZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA ESTHELA VALDÉS DEL ROSAL.- Rúbrica.

1811.- Abril 8, 9 y 10.-1v3. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticinco de Febrero del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 00416/2011, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por el ciudadano Licenciado Guadalupe Javier Elizondo Orozco, apoderado general para pleitos y cobranzas de la Institución de Crédito denominada BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de los Ciudadanos JUAN ALBERTO ALONSO GONZÁLEZ Y ROSALINDA FAZ SERRATO DE ALONSO, ordenó sacar a remate en Primera Almoneda el siguiente bien inmueble.

1).- Casa habitación ubicada en Privada Gutiérrez número 7404, del Fraccionamiento Maclovio Herrera, perteneciente al, lote 32, de la manzana 19, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 6.00 metros con lote 29; AL SUR: 6.00 metros con Privada Gutiérrez; AL ORIENTE: 18.50 metros con lote 60; y AL PONIENTE: 18.50 metros con lote 58; y con

un valor de $257,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en la ciudad, por TRES VECES dentro de nueve días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorería General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal señalándose como fecha para el remate DOCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1812.- Abril 8, 10 y 16.-1v3. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticinco de Febrero del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 01135/2010, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por el ciudadano Licenciado Guadalupe Javier Elizondo Orozco, apoderado general para pleitos y cobranzas de la Institución de Crédito denominada BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de los Ciudadanos HÉCTOR NOÉ OSEGUERA GONZÁLEZ, ordenó sacar a remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble.

1).- Casa habitación ubicada en Avenida Santa Emiliana número 820 del Fraccionamiento Villas de San Miguel IV, de esta ciudad, perteneciente al, lote 10, de la manzana 24, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 18.95 metros con lote 09; AL SUR: 18.67 metros con lote 11; AL ESTE: 6.01 metros con Avenida Santa Emiliana y AL OESTE: 6.00 metros con lote 21; y con un valor de $252,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en la ciudad, por TRES VECES dentro de nueve días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorería General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal señalándose como fecha para el remate CATORCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1813.- Abril 8, 10 y 16.-1v3.

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E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial.

Nuevo Laredo, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez

Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticinco de Febrero del dos mil catorce, dictado en el Expediente Número 00863/2011, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por el ciudadano Licenciado Guadalupe Javier Elizondo Orozco, apoderado general para pleitos y cobranzas de la Institución de Crédito denominada BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de los Ciudadanos LISBETH ORUÑA MELÉNDEZ Y LEOBARDO ORUÑA PETRA, ordenó sacar a remate en primera almoneda el siguiente bien inmueble.

1).- Casa habitación ubicada en calle Día del Trabajo número 1228, del Fraccionamiento Villas de San Miguel III, de esta ciudad, perteneciente al, lote 25, de la manzana 09, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 6.50 metros con lote 13; AL SUR: 6.50 metros con calle Día del Trabajo; AL ESTE: 17.00 metros con lote 26, y AL OESTE: 17.00 metros con lote 24; y con un valor de $296,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

Y por el presente edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en la ciudad, por TRES VECES dentro de nueve días por tratarse de bienes raíces, convocándose a postores al remate, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor designado por los peritos, poniéndose de manifiesto la documentación que se tiene en este expediente sobre el inmueble materia de la subasta quedando a la vista de los interesados, en el concepto de los que deseen tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en la Tesorería General del Estado o en la Oficina Fiscal de esta ciudad y a disposición de este Juzgado el 20% por ciento del valor que sirva de base de remate y presentar el certificado respectivo sin cuyo requisito no serán admitidos como tal señalándose como fecha para el remate DOCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1814.- Abril 8, 10 y 16.-1v3. E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El C. Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero

de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado y con residencia en Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil catorce, ordenó la radiación del Expediente Número 126/2014, relativo a la Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Ad-Perpetuam, a fin de hacer del conocimiento que el C. AQUILINO TOVAR PÉREZ, tiene la posesión del inmueble ubicado en la margen izquierda del Río Tamesí en el municipio de Altamira, Tamaulipas, el cual consta de una superficie de 161,607.044 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 1111.56 metros con la Laguna de Champayan; AL SUR: en 1158.76 metros con Río Tamesí; AL ESTE: en 136.89 metros con Ramón Ruiz; AL OESTE: en 147.21 metros con Concepción Rodríguez, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la Finca Número 51985 de Altamira, Tamaulipas, con Clave Catastral 04-24-0021, el cual cuenta con una servidumbre de paso de tubería para la conducción de agua y energía eléctrica a favor de DU PONT

MÉXICO, S.A. DE C.V. Y DU PONT, S.A. DE C.V., sobre una fracción con superficie de 9,335.120 metros cuadrados, es decir 10.00 metros de ancho por 933.512 metros de largo aproximadamente, y ello en virtud de haberlo poseído de buena fe, en forma pacífica, publica y continua.- Edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación que se edite en el municipio de Altamira, Tamaulipas, por TRES VECES consecutivas, de siete en siete días, comunicándosele a quien corresponda, lo anterior en términos del artículo 162 de la Ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio vigente en el Estado de Tamaulipas, por Decreto Número LIX-1093, publicado el 28 de febrero de 2008 en el Periódico Oficial del Estado, asimismo fíjense avisos de la solicitud en los lugares públicos de la ciudad como oficina de finanzas de Altamira, Tamaulipas, Presidencia Municipal de este lugar, Oficina o Delegación del I.T.A.V.U. de esta ciudad, por conducto del actuario quien deberá hacer constar la ubicación exacta de los lugares señalados cumplimiento de la publicación ordenada como se encuentra ordenado en autos.- DOY FE.

Altamira, Tamaulipas, a 19 de marzo de 2014.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil, LIC. RAÚL JULIÁN OROCIO CASTRO.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SALOMÓN SAMPABLO MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1815.- Abril 8, 15 y 22.-1v3.

E D I C T O

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial de Estado, en proveído de fecha dieciocho de diciembre de dos mil trece, radicó el Expediente Número 01352/2013 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam promovido par la C. MARCELINA MALDONADO CANTÚ, a fin de acreditar la posesión de un bien inmueble con una superficie de 202.00 m2 (doscientos dos metros cuadrados) que se encuentra ubicado al; AL NORTE:- en 20.00 metros, con lote 19 (diecinueve), AL SUR:- en 20 metros, con lote 21 (veintiuno), AL ESTE:- en 10.00 metros, con lote 5 (cinco), AL OESTE:- en 10.00 metros, con calle San Carlos.

Se expide el presente edicto para su publicación por TRES VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, así como en la Tabla de Avisos de la Oficina Fiscal del Estado, Presidencia Municipal y en los Estrados de este Juzgado, convocándose a la personas que se consideren con derecho al inmueble para que lo ejerciten dentro del término de Ley.- DOY FE.

13 de enero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1816.- Abril 8, 17 y 29.-1v3.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Noveno Distrito Judicial.

Tula, Tam.

La Ciudadana Licenciada Nancy Domínguez Martínez, Juez de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del Estado, con residencia en ciudad Tula, Tamaulipas, por auto de fecha (18) dieciocho de marzo del año dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Civil Número 00014/2014 relativo a las Diligenciad de Jurisdicción Voluntaria, promovidas por LUCIA BÁEZ MARTÍNEZ, sobre un bien inmueble, mismo que es el siguiente:

Predio urbano ubicado en calle, EI Zapote, Sector 1, manzana 18, lote 2, Barrio El Jicote de Tula, Tamaulipas; mismo que se localiza dentro de las siguientes medidas y

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colindancias: AL NORTE en 120.25 metros lineales y colinda con Francisco M. Saldaña Montiel; AL SUR en 120.25 metros lineales y colinda con Constancio Ramírez (calle de por medio); AL ESTE en 84.21 metros lineales y colinda con Sucesión De Néstor Vázquez; AL OESTE en 84.21 metros lineales y colinda con Ladislao García (calle El Zapote de por medio).- Predio urbano que tiene una superficie de 10,128.00 m2 y se encuentra controlado catastralmente con la clave 37-01-01-018-001.

Asimismo, ordenó la publicación de edictos por TRES VECES consecutivas de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y en un diario de mayor circulación en la localidad, ordenándose de igual forma la publicación de avisos por igual número de veces en los lugares públicos de esta ciudad, así como en la puerta de este Juzgado, dándose a conocer por estos medios la radicación de las presentes diligencias.- Lo anterior con fundamento en la dispuesto por el artículo 581 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

Tula, Tamaulipas, a 21 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos del Ramo Civil, LIC. ADOLFO GARCÍA IZAGUIRRE.- Rúbrica.

1817.- Abril 8, 17 y 29.-1v3.

E D I C T O

Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Noveno Distrito Judicial.

Tula, Tam.

La Ciudadana Licenciado Nancy Domínguez Martínez, Juez de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Tula, Tamaulipas, por auto de fecha (10) diez de marzo del año dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Civil Número 00009/2014 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, promovidas por el C. ROSENDA HERNÁNDEZ CRUZ, sobre un bien inmueble, mismo que es el siguiente:

Inmueble que se identifica como lote 1 (uno) de la manzana 75 (setenta y cinco) y se ubica en la esquina que forman las calles Obregón y Magizcatzin del Barrio Sanabria de Miquihuana, Tamaulipas; inmueble que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 30 metros con la calle Magizcatzin, AL SUR: en 30 metros con el lote número 4 propiedad de la señora Albina Corona, AL ESTE: en 46 metros con el lote número 2 propiedad del señor Jesús Ávila García, AL OESTE en 46 metros con la calle Obregón; y tiene una superficie de 1,380 m2 (un mil trescientos ochenta metros cuadrados).

Asimismo, ordenó la publicación de edictos por TRES VECES consecutivas de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y en un diario de mayor circulación en la localidad, ordenándose de igual forma la publicación de avisos por igual número de veces en los lugares públicos de Miquihuana, Tamaulipas, así como en la puerta de este Juzgado, dándose a conocer por estos medios la radicación de las presentes diligencias.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

Tula, Tamaulipas, a 21 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos del Ramo Civil, LIC. ADOLFO GARCÍA IZAGUIRRE.- Rúbrica.

1818.- Abril 8, 17 y 29.-1v3.

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Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 34

LAWSON MAQUILADORA, S. DE R.L. DE C.V.

R.F.C: LMA031210D20

Av. Ricardo Margain 575 TC, S100, Col. Santa Engracia

66267, San Pedro Garza García, N.L.

Tel. 01 (55) 5598 5319

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE 2013.

ACTIVOS

PASIVOS

Bancos 0 No hay. 0

Total Activo 0 Total Pasivo 0

CAPITAL

Capital Social

Reserva Legal

Resultado de Ejercicios Anteriores

Resultado del Ejercicio

3,001

600

24,131

-27,732

Total Capital 0

TOTAL ACTIVO 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0

Liquidador, JOSÉ CARLOS VILLEGAS MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1388.- Marzo 18, 27 y Abril 8.-3v3.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 8 de abril de 2014

Página 35

LAWSON PRODUCTS DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.

R.F.C: LPM931206Q9A

Av. Ricardo Margain 575 TC, S100, Col. Santa Engracia

66267, San Pedro Garza García, N.L.

Tel. 01 (55) 5598 5319

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE 2013.

ACTIVOS

PASIVOS

Liquidador, JOSÉ CARLOS VILLEGAS MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1389.- Marzo 18, 27 y Abril 8.-3v3.

Bancos 0 No hay. 0

Total Activo 0 Total Pasivo 0

CAPITAL

Capital Social fijo

Capital Social variable

Reserva Legal

Resultado de Ejercicios Anteriores

Resultado del Ejercicio

50,000

6,503,303

23,852

-6,566,546

-10,609

Total Capital 0

TOTAL ACTIVO 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0