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PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Y DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. ANEXOS PMDUOET 2018 INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y ECOLOGÍA

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PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Y DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL DE

SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. ANEXOS

PMDUOET 2018

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y ECOLOGÍA

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PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Y DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL

DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO

3 PMDUOET 2017

ÍNDICE ANEXO1.AGENDAAMBIENTALYTERRITORIAL....................................................................................................5

1.1PRIMERTALLER....................................................................................................................................................51.2SEGUNDOTALLER..............................................................................................................................................19

ANEXO2.MARCOJURÍDICOFEDERALYESTATAL................................................................................................26

2.1 ÁMBITOFEDERAL...............................................................................................................................................262.2 ÁMBITOESTATAL...............................................................................................................................................30

ANEXO3.MARCOJURÍDICOMUNICIPAL.............................................................................................................34

ANEXO4.CONDICIONANTESDEOTROSSECTORESYNIVELESDEPLANEACIÓN,ÁMBITOFEDERALYESTATAL....38

4.1 ÁMBITOFEDERAL...............................................................................................................................................384.2 ÁMBITOESTATAL...............................................................................................................................................40

ANEXO5.CONDICIONANTESDEOTROSSECTORESYNIVELESDEPLANEACIÓN,ÁMBITOMUNICIPAL.................41

ANEXO6.BIODIVERSIDADYRIQUEZADEESPECIES.............................................................................................42

6.1LISTADODEFLORA..................................................................................................................................................426.1LISTADODEFAUNA.................................................................................................................................................55

6.1.1Mamíferos..................................................................................................................................................556.1.2Aves............................................................................................................................................................576.1.3Peces...........................................................................................................................................................636.1.4Reptiles.......................................................................................................................................................636.1.5Anfibios.......................................................................................................................................................64

ANEXO7.CRITERIOSDEREGULACIÓN................................................................................................................64

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ANEXO 1. AGENDA AMBIENTAL Y TERRITORIAL Presentación

El municipio de San Miguel de Allende representa un territorio complejo donde la confluencia de una

gran diversidad de actores y grupos de interés es un reto para promover esquemas sustentables para

su ocupación territorial y promoción del desarrollo socio-económico de su población.

En este contexto, la conformación de una agenda territorial representa un paso esencial para

orientar los objetivos y alcances del PMDUOET. La agenda incluye tanto los resultados obtenidos de

los estudios propios del proceso de ordenamiento como la percepción de los habitantes del municipio.

Derivado del Anexo Técnico para la elaboración del PMDUOET se estableció la realización de un

taller de trabajo participativo con representantes de la población como un primer momento de

intercambio de información y de conocimiento de las percepciones de diversos actores y grupos de

interés dentro del municipio.

1.1 PRIMER TALLER

El primer taller participativo del PMDUOET se organizó de manera conjunta con el IMPLAN

municipal y la invitación se giró a más de 70 personas representantes de diversos sectores

económicos, ambientales, rurales y urbanos del municipio. El taller tuvo lugar el día 13 de febrero del

2018 en el Centro de Convenciones La Casona en San Miguel de Allende y asistieron 30 personas

entre las que se contó con representantes de 10 comunidades rurales, 20 de diversos sectores

representados en la zona urbana y del gobierno municipal y estatal (las listas de asistencia y

fotografías alusivas al evento se presentan al final).

Metodología del taller y análisis de la información

El espacio acondicionado para el taller se dispuso para el trabajo conjunto y por mesas, una vez

registrados los participantes, se dio la bienvenida explicando los grandes objetivos del proceso de

actualización del PMDUOET, así como los tiempos disponibles para el proyecto.

A continuación, se hizo por parte del grupo consultor, una presentación para mostrar los

objetivos, alcances y finalidad del PMDUOET, así como de la metodología para llevarlo a cabo y la

explicación del objetivo del taller y su organización. Se generó un espacio para recibir los comentarios

y contestar las preguntas pertinentes a la presentación y el proceso del proyecto.

Posteriormente, se realizó un trabajo individual utilizando un formato para registrar los

problemas ambientales, urbanos y territoriales, se pidió a los asistentes describir los cinco problemas

más importantes y priorizarlos usando una escala numérica. Al mismo tiempo se pidió que

enumeraran otros problemas menores en el reverso de la hoja.

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Figura 1. Formato empleado para la recopilación de problemática urbano ambiental. Fuente: Elaboración propia.

Una vez terminado este ejercicio, los participantes ubicaron los problemas en mapas dispuestos para

ello, donde se señalaron los problemas más importantes. Después del taller, esta información se

vació en una hoja de cálculo, estableciendo una categorización de las respuestas y ordenándolos con

base en su valor de priorización, permitiendo establecer una escala de problemas principales y sus

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características. Los mapas fueron analizados y se concentraron en un mapa espacial de problemas

sentidos.

En un segundo ejercicio, se organizó a los asistentes en distintas mesas de trabajo de tipo

intersectorial, donde se solicitó que organizaran con material diseñado para el ejercicio, tres

escenarios de relación entre los sectores económico y ambiental, considerando las zonas urbanas y

rurales. Los escenarios se denominaron: tendencial para analizar en el futuro la situación actual sin

cambio; el escenario óptimo o contextual para establecer un proceso de ocupación territorial sin

límites de desarrollo para cada uno de los sectores y el escenario deseable o estratégico para

analizar los conflictos y limitaciones que determinan la ocupación territorial. Posterior al taller, se

analizaron los escenarios y la parsimonia de los principales procesos, las sinergias y conflictos entre

los sectores económicos y ambientales del territorio municipal.

En el tercer ejercicio y tomando como base el escenario deseable/estratégico se solicitó a los

participantes de manera individual y colectiva que establecieran las características del municipio en el

futuro y como resultado de la aplicación del PMDUOET. Las diferentes opiniones se analizaron con

ayuda del programa Atlas Ti para analizar las consistencias del discurso y hacer una propuesta de la

imagen objetivo del PMDUOET.

Figura 2. Formato empleado para la recopilación de información sobre la imagen objetivo del PMDUOET. Fuente:

Elaboración propia.

Los resultados obtenidos de estos tres ejercicios, permitieron definir un modelo de PMEDUOET

acorde con las relaciones de intereses y pautas de ocupación territorial que los actores y grupos de

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interés municipal, puedan reconocer y discutir en sesiones posteriores. Resulta importante también

para el grupo consultor la información para reconocer la situación actual de los problemas urbano-

ambientales que puedan tener efectos sobre los procesos de ocupación territorial, así como de

aquellos que, si bien no influyen en la ocupación, representan factores limitantes para el desarrollo.

Asimismo, otros problemas reconocidos por los asistentes al taller, pueden ser empleados como

disparadores de procesos de cuidado ambiental y limitante del crecimiento.

Carta descriptiva del taller

Cuadro 1. Carta descriptiva del taller Actividad Tiempo Producto o logro Responsable

Bienvenida y Registro de participantes

15 min Conocer a los sectores y comunidades participantes

Responsable del IMPLAN y del Grupo consultor

Presentación de información sobre el proceso

20 min Informar a los asistentes para contar todos con la misma información Grupo consultor

Preguntas y comentarios 10 min Resolver dudas y escuchas comentarios

de los participantes Grupo consultor y los participantes en el taller

Ejercicio sobre la definición de problemas

30 min Listado, ubicación espacial y priorización de problemas ambientales y de desarrollo urbano del municipio

Grupo consultor y los participantes en el taller

Ejercicio de escenarios 30 min

Establecer tres escenarios futuros para el municipio que relejen los problemas y conflictos por el territorio

Grupo consultor y los participantes en el taller

Conclusiones 5 min Dar a conocer las actividades para próximos meses

Grupo consultor conjuntamente con IMPLAN

Fuente: Elaboración propia.

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Listas de asistencia

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Resultados

1. Problemática ambiental

La descripción de las problemáticas que los asistentes identificaron se muestra en el siguiente cuadro.

Cuadro 2. Principales problemáticas identificadas en el municipio de San Miguel de Allende.

Problemática Descripción

Movilidad

Esta problemática se ubicó en los problemas de tránsito en el centro histórico de la cabecera municipal, indicando que se carece de un transporte público digno, que se presenta una alta saturación vehicular, donde faltan ciclovías. A nivel del resto del territorio municipal, se requieren mejores estrategias de movilización vehicular, la necesidad del libramiento para conectar mejor las concentraciones urbanas del municipio y buscar la reducción de trayectos.

Manejo de Residuos

Se apuntó a la necesidad de mejorar los procesos de separación, reciclaje, recolección en las zonas urbanas y un mejor manejo de los residuos en las zonas rurales, se requiere de una visión de manejo integral y sobre todo en evitar la quema de los residuos en todo el territorio.

Uso del suelo

Fue referido como la necesidad de contar con políticas y regulaciones para evitar el uso de zonas agrícolas altamente productivas para el desarrollo urbano, así como evitar el otorgamiento de permisos y construcciones en zonas de alto riesgo, especialmente relacionadas con los cauces de los arroyos.

Pérdida del patrimonio cultural

Existe una fuerte afectación del patrimonio cultural del municipio debido al crecimiento poblacional y de la mancha urbana, se debe concientizar a los nuevos pobladores para la conservación del patrimonio y también, el mejoramiento continuo de la imagen urbana.

Agua

Se piensa en la escasez de agua debida al crecimiento poblacional, pero también en la posibilidad creciente de inundaciones debido al aumento de vulnerabilidad debido a infraestructura y cuidado deficiente de los cauces naturales (extracción de arena, contaminación y modificaciones estructurales. Hay una sobreexplotación de los acuíferos causada por la agricultura. En la zona urbana hay una fuerte incertidumbre acerca del abastecimiento, recarga, distribución, contaminación y tratamiento del agua negra. Se

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Problemática Descripción requiere de incrementar significativamente la cultura del agua en todos los sectores, para lograr su cuidado y protección.

Infraestructura

Se requiere establecer una relación adecuada entre la infraestructura existente y la capacidad de carga en la zona urbana, ello requiere que los recursos financieros se dirijan en función del crecimiento acotado de la zona urbana. Existen problema de caminos, se requiere de infraestructura para el transporte pesado y también para la oferta escolar. Es necesario controlar el crecimiento de las zonas urbanas en las áreas de riesgo municipales, principalmente los cauces. En relación al CONTROL DEL DESARROLLO, Se requiere de una BUENA PLANEACIÓN URBANA para lograr la desconcentración de la zona urbana y de propuestas innovadoras para dotar de servicios a todas las áreas urbanas y poblaciones rurales del municipio.

Contaminación acústica

Es importante considerar el incremento de este tipo de contaminación tanto en las carreteras que confluyen a la cabecera municipal, como en la ciudad misma.

Energía solar Dada la situación geográfica del entorno municipal, se puede pensar en el desarrollo de fuentes de energía alternativas, entre ellas destacan las solares.

Seguridad Se trata del aumento progresivo de los delitos a nivel municipal y del deterioro del tejido social en áreas urbanas, periurbanas y urbanas.

Educación Este proceso se consideró importante para aumentar la concienciación ambiental y se criticó la debilidad de los sistemas actuales para provocar un cambio cultural hacia la sustentabilidad.

Gentrificación En incremento reciente de este fenómeno en las zonas urbanas de la cabecera municipal es una preocupación importante para algunos participantes del taller, por sus impactos sociales y económicos.

Turismo Se considera un problema la concentración de estas actividades en la cabecera municipal, dados los atractivos que posee el municipio. Se requiere de la convergencia de planes turísticos.

Ambiente

Se plantearon como problemáticas ambientales importantes el buen manejo de los recursos naturales, incluyendo el agua; los procesos educativos para incrementar la conciencia ambiental; el establecimiento de varias áreas naturales protegidas destacando la compartida con el municipio de Comonfort; y la creación de un sistema de COMPENSACIÓN POR SERVICIOS ECOSISTEMICOS.

Zona Industrial Se cuestionó la ubicación de las zonas industriales en función de su potencial efecto de contaminación sobre los ecosistemas y la ocupación de áreas de recarga del acuífero local.

Asentamientos humanos

En un problema la falta de previsión del crecimiento y expansión urbanas, el efecto de algunos asentamientos recientes en la presa a través de su contaminación. El crecimiento y desarrollo de asentamientos irregulares. Al interior de la ciudad se requiere de impulsar el uso mixto en la escala de barrio.

Erosión Es preocupante la erosión en las zonas de laderas de Los Picachos, Támbula y La Márgara, se requiere de su control.

Servicios públicos

Se considera que son inequitativos, en las áreas rurales faltan muchos servicios, en especial centros de salud y no se considera que se aumenten en la proporción que se sucede el crecimiento tanto poblacional, como de las áreas urbanas. Es importante contar con políticas que apoyen a las áreas rurales del municipio para establecer procesos de atención equitativos. Faltan en general en la cabecera, ÁREAS VERDES.

La siguiente figura señala la síntesis de la priorización de los problemas descritos anteriormente. En

el grupo de mayor prioridad (1) se enlistan los problemas relacionados con el agua, seguido de

infraestructura y manejo de residuos. El segundo grupo de prioridad (2) lo constituyen los problemas

de movilidad, asentamientos humanos, uso del suelo y el desarrollo de la zona industrial. Mientras el

grupo tres de prioridad (3) lo forman la categoría de ambiente y erosión.

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En cuestión de ubicación, los problemas de erosión se localizan en laderas de las elevaciones más importantes en la subcuenca Támbula-Picachos. También las zonas en el oeste del territorio municipal que son potencialmente riesgosas para el desarrollo de incendios forestales e inundaciones. Destaca en la zona este del municipio el decaimiento de los acuíferos debido a la agricultura intensiva, así como, en el área sur, la necesidad de la creación de un área natural protegida. Finalmente, en la zona norte se presentan diversos problemas en las carreteras vecinales. En la zona urbana, destacan los problemas relacionados con la contaminación urbana de la potencial reserva de agua superficial de la ciudad de San Miguel de Allende, la presa La Begoña. En la zona periurbana, los problemas de asentamientos irregulares, los fraccionamientos, sin control y la ubicación y potencial peligro del relleno sanitario.

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PRIORIDAD1 PRIORIDAD2 PRIORIDAD3 OTRAS

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2. Imagen objetivo

El siguiente cuadro indica el resumen de las ideas expuestas por parte de los asistentes sobre el desarrollo del municipio en cada mesa de trabajo.

Cuadro. Elementos para la integración de una imagen objetivo del PMDUOET-SMA.

Mesa 1 Mesa 2 Mesa 3 Mesa 4

San Miguel necesita suficiente agua, turismo y conservación.

Un desarrollo que lleve a cabo las acciones y se comprometa a tener un reglamento de acuerdo a cada zona del municipio y río se haga un estudio a fondo.

Más equilibrado entre las zonas rurales y urbanas con asentamientos humanos, más organizados y con usos mixtos del suelo.

Impulsar el programa de movilidad, para disminuir el tráfico vehicular en el centro. Controlar el crecimiento de empresas de servicio turístico.

Mejorar los procesos de gestión de los nuevos desarrollos y no solo se genera el crecimiento de la ciudad. Fomentar el crecimiento del tejido urbano mediante una estructura abierta que genere espacio público a escala que permita la generación de usos mixtos y la complementa aún con el medio ambiente. Fomentar la importancia de los recursos naturales y su conservación mediante verdaderas estrategias de mitigación a los impactos negativos de los mismos.

Lo que sea mejor para San Miguel cuidar el agua, prevenir desastres de agua, prevenir incendios para no contaminar el medio ambiente.

Tener un turismo que sea más descentralizado marcando una ruta por las comunidades con lugares históricos y naturales de interés para el visitante; de esta forma se impulsa la economía y desarrollo de los habitantes en general del municipio.

Me gustaría ver a mi Municipio con un control en el uso del suelo, tomando en cuenta los recursos con que se cuenta. Y no explotarlos en exceso. La conservación de los recursos y las construcciones en nuestro municipio benefician ya que el turismo es el más importante de la ciudad. Al control de la ganadería y la agricultura es importante contar con la implementación de programas que los beneficien sin perjudicar.

Declaratoria de ANP los Picachos- Presa Ignacio Allende. Vetar la zona industrial o posibles zonas industriales aguas arriba de la cuenca Independencia Libramiento Sur

Inteligente y sustentable, tomando en cuenta la voz de los habitantes, tratando los recursos naturales, separando la basura y poner atención a la movilidad.

Ver el desarrollo desde una perspectiva cuencas como sistema de vida. Esto, pensando que no hay opción más que se puede servir como mecanismo para la conservación de los bienes naturales, necesarios para vida, necesaria la integración de estos conceptos dentro de las materias de educación.

Tratamiento del agua para poder tener un buen nivel al desarrollo urbano, tener una buena calidad de aire para una conservación de edificios en buen estado y mejor a tracción para el turismo y aprovechar los tipos de suelo y dar buena ayuda a la agricultura, ganadería y una mejor conservación de la extracción de materiales, como arena, grava y tepetate.

Mayor educación haciendo cambio de la ideología y haciendo conscientes a la gente de la preservación y conservación del medio ambiente. Acciones y/o legislaciones para el uso de agua. Disminución del impacto que tiene el turismo sobre el

Tener en cuenta la limpieza de mantos acuíferos en la parte norte y noreste del municipio y localidades, protegiendo y limpiando dichos mantos. (Ya que son los filtros para la adquisición de agua en mayoría del municipio y cabecera principalmente. Manifestar en escrito toda la

Con todo este desarrollo miraría un San Miguel de Allende a futuro muy limpio y muy productivo para todos los sanmiguelenses y sus comunidades.

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Mesa 1 Mesa 2 Mesa 3 Mesa 4 municipio. problemática, solución,

normatividad, reglamento en zonas industriales y zonas con densidad de contaminación ambiental y acuífera. Normatividad de uso de suelo sin cambio posterior en materia de reserva territorial sin propuesta de venta a concesionarias inmobiliarias.

Implementar materias de relación y profundidad con el medio ambiente para que exista un conocimiento real y una vinculación y de esta forma poder tomar decisiones que contribuyan a una mejora. (Educación) Tomar medidas preventivas en cuanto a la gentrificación no se le del manejo adecuado Participación de la sociedad..

El turismo es muy bueno, pero hay que apoyar el mantenimiento en todos los ámbitos. Hay pros y contras sin el turismo no hay empleo. No puede haber beneficios sin perjudicar.

Me gustaría ver un municipio a futuro con agua, con un desarrollo urbano más ordenado para tener una calidad de aire, y así tendríamos una vida mejor a un futuro.

La principal medida es la educación y concientización del problema actual de esto se derivan cambios positivos a todas los problemas como; agua, turismo, desarrollo social y activación de economía.

Un desarrollo estratégico para mejorar el ambiente ecológico. Un desarrollo consiente del daño ocasionado por los malos accidentes. Un desarrollo unido con presencia constante de las autoridades correspondientes.

El desarrollo urbano que consiste de manera principal en agua, las características del suelo y el aire para conservar y acrecentar el turismo, la ganadería, agricultura y minería en el municipio de San Miguel de Allende.

A diferencia de San Miguel de Allende de antes que basa su desarrollo en la derrama económica que deja el turismo, el SMA del futuro debe de basar su desarrollo en la protección del agua, y la conservación del medio ambiente. Esto se logrará mediante la declaración de áreas protegidas más educación. Una vez protegidas estas esferas, la relación con otras esferas será positiva, la agricultura, la minería y la ganadería, serán sostenibles y se mantendrán empleos. El turismo y el desarrollo urbano serán también fuente de ingresos, pero pasará a un segundo plano, seguirán medidas que aseguren un desarrollo sostenible.

Profesionalizar a los funcionarios públicos para la aplicación de los instrumentos normativos en materia de planeación urbana. (Población y territorio)

Parar la construcción de más hoteles, lugares de fiesta y de descanso. Escuchar a la unidad de la UNESCO. En áreas rurales, crear una estabilidad (agua, educación, infraestructura) El desarrollo de la educación universitaria podría ser una vía para establecer un nuevo desarrollo económico.

Sustentable y sostenible Controlado por polos de desarrollo planeado Controlar el consumo de agua.

El turismo debería considerar la contaminación ambiental y encontrar la solución en ellos mismos. En la agricultura de riego tener un propio pozo que suministre el agua que ocupan y así mismo ver la manera de reciclar la mayor parte.

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Mesa 1 Mesa 2 Mesa 3 Mesa 4 Todas las industrias deberían tener sus salidas de desechos sin perjudicar al municipio.

Fuente: Elaboración propia.

3. Construcción de escenarios de desarrollo

El ejercicio de escenarios permitió concientizar a la población y representantes sectoriales del municipio sobre la necesidad de vislumbrar con considerar el futuro del territorio municipal. A continuación se muestra la síntesis de cada escenario.

Escenario tendendial: los participantes determinaron que sectores de desarrollo urbano y turismo juegan actualmente un papel importante en el desarrollo del municipio, ya que son ejes a partir de los cuales se desarrollan relaciones entre sectores y recursos, tanto de forma directa como indirecta. Aunado a eso cabe resaltar la evidente presión ejercida en el recurso agua y su nula identificación de relaciones positivas, a excepción de la que el mismo elemento genera, de igual forma, aunque en una medida menor el aire. Se identifica al sector conservación como uno de los que más relaciones positivas tanto recibidas como generadas posee.

Escenario contextual: En esta situación se plantea que las actividades agropecuarias, mineras, industriales y de turismo tengan menor impacto sobre los recursos de suelo, agua y aire y que beneficien a la conservación. Que el turismo uso de suelo permitan el desarrollo urbano de SMA; así mismo, se prevé que la minería afecte las actividades agropecuarias del municipio.

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Escenario estratégico (o deseable): los participantes consideran que es posible adecuar explotar de forma sustentable el territorio, particularmente con la actividad minera así como la regularización de la misma, en el caso del turismo, se espera que haya una mayor apertura a una actividad de bajo impacto, que la realización de las actividades agropecuarias utilicen tecnología y técnicas que no deterioren los recursos e incremente sus productividad, que la actividad industrial sea llevada a cabo bajo un mejor control y regulación y que esta no afecte la disponibilidad y calidad de los recursos.

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Evidencia fotográfica

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1.2 SEGUNDO TALLER

El segundo taller participativo del PMDUOET de San Miguel de Allende se llevó a cabo el día 8 de

mayo de 2018 en las instalaciones del Centro de exposiciones Plaza La Estación, en un horario de

10:00 am a 1:00 pm. Se organizó en conjunto con el IMPLAN municipal y se registró la asistencia de

24 personas que representaron instituciones del gobierno federal, estatal y municipal de San Miguel

de Allende.

Descripción de las actividades

- Recepción de los asistentes al taller y pase de lista.

- Presentación de las autoridades y equipo de trabajo de la UAQ encargado del PMDUOET de San

Miguel de Allende.

- Exposición a cargo del Dr. Raúl Pineda sobre el proceso y elaboración del PMDUOET de San

Miguel de Allende, así como la explicación de las actividades que consistieron en: a) la identificación

de problemáticas, necesidades y tendencias, b) análisis de fortalezas, debilidades, amenazas (FODA)

y oportunidades y c) la identificación de actores clave.

- El espacio acondicionado se dispuso para el trabajo conjunto y por mesas de trabajo, sin embargo

los formatos para completar de las tres actividades se desarrollaron de manera individual.

Formatos 1) Lista de asistencia 2) Problemáticas, necesidades, tendencias.

3) FODA 4) Actores clave

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Listas de asistencia

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Resultados

a) Identificación de problemáticas, necesidades y tendencias Las principales problemáticas identificadas por sectores, así como sus necesidades y tendencias se

describen a continuación

Sector Asentamientos humanos ® Las problemáticas de este sector se refieren a los cambios de uso de suelo debido al

incremento de los desarrollos habitacionales (residenciales), esta problemática tiene 11 menciones. Se mencionan como problemáticas: falta de viviendas de interés social en la zona urbana, la contaminación, las inundaciones por invasión de cauces, la falta de capacitación de la población para prevenir accidentes; la infraestructura relacionada con el tema de movilidad, ya que la deficiencia en el transporte público genera el aumento del transporte privado y como consecuencia el mal uso de la infraestructura vial; también se menciona la falta de espacios recreativos. Otra de las problemática mencionada está representada por falta de infraestructura para la distribución del agua y la optimización del sistema de drenaje.

® Las necesidades de este sector refieren a la disminución de los cambios de uso de suelo, a la elaboración de estudios de aptitud para nuevos fraccionamientos y a la optimización de la planificación de los asentamientos humanos, ya que también se hace mención sobre la presencia de asentamientos irregulares y la falta de regularización de predios. Se requiere también de la mejora del servicio e infraestructura referentes al sistema de transporte público y así incentivar su uso; además es preponderante la planeación de las vialidades a futuro, ya que, actualmente el tráfico de paso se lleva a cabo en la zona urbana del municipio; requiriendo también de caminos peatonales y espacios recreativos.

® La tendencia de estos problemas es la afectación ambiental por los cambios de uso del suelo

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22 PMDUOET 2018

en lugares no óptimos, así mismo, la falta de planeación de la ciudad y el crecimiento de los asentamientos dispersos dificultará la dotación de servicios.

Sector Conservación ® Las problemáticas identificadas en este sector son las referentes a la pérdida de vegetación

por los cambios de uso de suelo, la falta de áreas naturales protegidas, y la escasez de agua así como el deficiente fomento a su conservación. A pesar de que las problemáticas de este sector en su conjunto tuvieron seis menciones, el nivel de prioridad es de las más altas ya que el índice de relevancia que presenta es de 0.80, lo que indica que es uno de los sectores de mayor importancia para los habitantes del municipio.

® Las necesidades de este sector refieren a la restauración y protección de áreas de valor ambiental, creación de áreas naturales protegidas, promover el mantenimiento del suelo y creación de programas para incentivar la conservación de los recursos naturales. Siendo su tendencia, el aumento de la demanda de agu, el impacto en las zonas forestales, incremento de problemas como la distribución del agua y el aumento de los problemas ambientales.

Sector Turismo ® Los participantes han identificado como problemas principales de este sector al incremento

de turismo únicamente en la cabecera municipal; aunado a esta problemática se menciona también la sobreoferta de servicios turísticos que superan la demanda y una persona mencionó que hay pocos sitios de información al turista.

® El turismo al ser uno de los sectores más importantes en el municipio, necesitará atender sus áreas de oportunidad, las cuales están representadas por la creación de sitios turísticos fuera de la ciudad, además de realización de estudios para promover el turismo adecuad, así como limitar el uso de suelo turístico. La tendencia a futuro sobre las problemáticas de este sector es la afectación al ambiente y a la población del municipio por el consumo de agua y otros recursos, problemas de movilidad y el incremento no controlado de comercios.

Sector Agrícola-Pecuario ® En este sector se mencionan las problemáticas referentes a los sistemas de riego actuales

para los cultivos, ya que se hace mención sobre la afectación al recurso hídrico; así mismo se menciona el abandono de campo por la poca productividad.

® Las necesidades de este sector son la implementación de sistemas de riego que disminuyan el uso del agua e impulsar actividades agrícolas con productos propios de la región. Al no actuar para intervenir en estas problemáticas el recurso hídrico puede verse afectado y afectar también a la distribución en todo el municipio, también provocaría un abandono de este sector.

Sector Industrial ® Respecto a este sector, la problemática identificada fue la ubicación de las zonas industriales

en el municipio, ya que se hace mención de que se encuentran ubicadas en zonas de recarga hídrica y representan fuentes de contaminación dañando al ecosistema y la población. Es por ello que la necesidad principal para atender esta situación es dar seguimiento a la legislación respecto al manejo de residuos en la industria y la realización de estudios para identificar las zonas aptas para la instalación de nuevos centros industriales. Sin embargo, de no atenderse la tendencia de este tipo de problemas, llevará a que la actividad industrial crezca de manera desordenada y genere impactos negativos al ambiente municipal.

Sector Minero

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23 PMDUOET 2018

® Finalmente el sector minero tiene la problemática de la explotación sin tomar en cuenta la normativa y la explotación en zonas cercanas a algunas localidades. Según la mención de uno de los participantes, la necesidad de la minería es llevarse a cabo de manera sustentable; de lo contrario la tendencia indica que la calidad ambiental puede disminuir derivado de la incompatibilidad con otros usos de suelo del municipio.

b) Análisis de fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades A continuación se muestran las ideas principales de la descripción de las fortalezas, debilidades y amenazas que los asistentes identificaron para el municipio de San Miguel de Allende:

FORTALEZAS ® Se cuenta con diversos instrumentos legales para la planeación del desarrollo del municipio,

por ejemplo, Atlas de Riesgos Naturales, Ley General de Protección Civil, Programa de Desarrollo Urbano, etc.

® En diversas áreas de la administración municipal se cuenta con personal comprometido y capacitado.

® La sociedad civil tiene un fuerte sentimiento de arraigo, es participativa y existen actores de la sociedad civil informados acerca de lo que ocurre en su municipio.

® El territorio municipal tiene vocaciones múltiples para llevar a cabo diversas actividades productivas

® Marco normativo municipal actualizado ® Municipio dinámico en materia económica con un alto crecimiento y donde se generan

fuentes de empleo.

DEBILIDADES ® Desinterés por parte de algunas instancias de la administración pública por actualizar y

promover sus reglamentos y marco normativo ® Falta de coordinación entre dependencias de la administración municipal ® Si bien hay un alto crecimiento de la actividad turística para el sector falta un plan con visión a

futuro que considere otras áreas de oportunidad como el turismo rural. ® Falta de reservas territoriales ® Si bien hay un creciente número de desarrollos inmobiliarios es poca la oferta de vivienda de

interés social y de bajo costo. ® En el municipio aún se observa un crecimiento desordenado ® Falta actualizar, complementar y promover el conocimiento de los instrumentos de planeación

como el Atlas municipal de riesgos químicos, sanitarios y ecológicos; y los Programas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.

® Alta rotación de personal y áreas con personal insuficiente ® Falta de capacitación y tecnificación de algunos sectores productivos, especialmente el

agrícola y pecuario ® Falta de continuidad de los proyectos ® Deterioro de edificaciones históricas

OPORTUNIDADES ® Complementar y actualizar instrumentos de planeación y gestión como los Estudios de

riesgos, programas de desarrollo urbano y ordenamiento territorial. ® Buscar la coherencia normativa entre las distintas instancias de la administración municipal ® Vinculación con otros sectores y capacitación. ® Políticas y estrategias que fomenten desarrollo sustentable el municipio ® Promover la participación social

AMENAZAS

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® Crecimiento desordenado que propicia el establecimiento de asentamientos en zonas de riesgo.

® Procesos de cambio de uso de suelo que amenazan zonas forestales ® Explotación de bancos de materiales ® Sobrecarga de turismo que impacta a los edificios históricos ® Falta de recursos económicos para apoyar a los agricultores ® Falta de interés para generar un esquema de manejo de residuos sólidos urbanos ® Falta de inversión en construcciones sustentables ® Inseguridad ® Procesos de migración

c) Identificación de actores clave En este formato se reconocieron cuatro tipos básicos de actores, correspondientes a los sectores académico, social, empresarial y público.

Sector académico: incluye principalmente la participación de las universidades estatales. - Universidad de Guanajuato, Universidad Tecnológica de San Miguel de Allende, Otras Universidades.

Sector empresarial: indica la presencia por actores de los principales usos del suelo urbanos, se reconoce que las empresas de servicios y comercio son las más importantes para definir los usos del suelo; resalta la ausencia en las respuestas de los participantes de los empresarios agricultores que son importantes en varias zonas del municipio y determinan el uso de recursos naturales importantes como el agua y el suelo.

- Hoteleros, Industriales, Comerciantes, Proveedores de Servicios, CANACO, CCE.

Sociedad civil: se mencionan de manera muy aislada a los ganaderos y agricultores de temporal, además de algunas personas que deben ser consultadas respecto de usos del suelo urbanos. Así mismo, predominan las menciones de las asociaciones civiles ambientalistas y su papel en la vigilancia y seguimiento de los procesos de ordenamiento y usos del suelo municipales.

- Asociaciones Civiles Ambientales, Agricultores de Temporal, Eduardo Sarquis Cuevas, Jaime Fernández Martínez, Asociación Ganadera, Elaín Pérez

Sector público: se conforman por las diferentes direcciones juegan un papel importante para el ordenamiento de las actividades productivas en el contexto municipal. Pero, además de ellas, se observa que el H. Ayuntamiento debe jugar un papel preponderante en los procesos de autorización de cambio de uso del suelo.

d) Medio Ambiente y Ecología, Fiscalización, Desarrollo Urbano y Patrimonio, Tránsito, Seguridad Pública, Obras Públicas, Turismo, Agua Potable y Alcantarillado, Instituto Municipal de Vivienda, Consejo Municipal de Protección Civil, Consejo Municipal de Movilidad, Instituto Municipal de Planeación, Instituto de Seguridad y Tenencia de la Tierra, Honorable Ayuntamiento, Comisión de Viviendas, INFONAVIT, SEDATU (F)

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Evidencia fotográfica

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26 PMDUOET 2018

ANEXO 2. MARCO JURÍDICO FEDERAL Y ESTATAL A continuación se presentan a mayor detalle el conjunto de ordenamientos legales vigentes del orden

federal y estatal en los cuales se sustenta la elaboración del programa.

2.1 Ámbito Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Marco Normativo del ordenamiento territorial tiene como fundamento a la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece los principios rectores en materia de planeación,

regulación de los asentamientos humanos, de desarrollo urbano, preservación y restauración del

equilibrio ecológico, protección al ambiente, vivienda, tenencia de la tierra y desarrollo sustentable.

Dentro de su artículo 4º, la Constitución reconoce el derecho de toda persona a un ambiente

sano para su desarrollo y bienestar; asimismo, los artículos 25 y 26 establecen las bases de la

planeación para el desarrollo nacional, debiendo el Estado garantizar que éste sea integral y

sustentable, para lo cual deberá organizar un sistema de planeación democrática encaminado a un

crecimiento económico equitativo. Por su parte, el artículo 27 reconoce la función social de la

propiedad privada y establece el derecho de la Nación de imponer a ésta las modalidades que dicte el

interés público, así como la regulación del aprovechamiento de los recursos naturales susceptibles de

apropiación y dictar las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y el

establecimiento de reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, medidas que permitirán la

ejecución de obras públicas y la planeación a fin de preservar y restaurar el equilibrio ecológico;

además, pondera la facultad del Congreso para expedir las leyes necesarias en materia de

asentamientos humanos, de acuerdo a su artículo 73, fracción XXIX-C.

Ley de Planeación

Con base en los principios contenidos en el artículo 25 Constitucional, esta Ley establece las bases

para el Plan Nacional de Desarrollo. En su artículo 2° define a la planeación como un medio para

lograr un desempeño eficaz de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable

del país. De igual manera, establece la necesidad de coordinación y colaboración de los tres niveles

de gobierno dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones en materia de planeación nacional de

desarrollo para la consecución de los objetivos constitucionales en materia política, social, económica

y cultural.

Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

De acuerdo a la función reglamentaria de los artículos 27, párrafo tercero y 115, fracción V de la

CPEUM, esta Ley engloba un conjunto de disposiciones de orden público y de interés social que

tienen por objeto establecer la concurrencia de los municipios, estados y federación, para la

ordenación y regulación de los asentamientos en el territorio nacional, así como para fijar las bases y

principios de la política pública para planear la fundación, mejoramiento y crecimiento de los centros

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27 PMDUOET 2018

de población urbana y rural, mediante el aprovechamiento en beneficio social de los elementos

naturales susceptibles de apropiación, para hacer una distribución más justa de la riqueza pública,

mismas que han sido consideradas al momento de elaborar el presente Programa.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

La Máxima ley en materia ambiental define al ordenamiento ecológico en su artículo 3o., inciso XXIV

como “…el instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las

actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el

aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de

deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos”.

En el artículo 23 establece los criterios que deberán aplicarse para contribuir al logro de los

objetivos de la política ambiental la planeación del desarrollo urbano y la vivienda, además de cumplir

con lo dispuesto en el artículo 27 constitucional en materia de asentamientos humanos.

El ordenamiento ecológico del territorio, así como el desarrollo urbano, son temas complejos e

indudablemente transversales, por lo cual, aunado al marco anterior, existen otras leyes federales

que respaldan el proceso de ordenamiento territorial.

Ley General de Cambio Climático

Los artículos 8°, 26 fracción VI, 28, 29, 30 y 34 establecen las atribuciones y obligaciones de las

entidades federativas en materia de cambio climático en relación a la formulación, conducción y

evaluación de la política estatal, incluyendo la elaboración, regulación, implementación e

instrumentación de acciones encaminadas a la mitigación y adaptación al cambio climático, de

acuerdo a la Estrategia Nacional de Cambio Climático y el Programa en materia de Ordenamiento

Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano de los Centros de Población, en

coordinación con sus municipios o delegaciones; así como en materia de recursos naturales, su

protección, manejo, conservación y aprovechamiento sustentable, y protección al ambiente dentro del

ámbito de su competencia.

Ley de Vivienda

Ley reglamentaria del artículo 4º Constitucional en materia de vivienda y tiene por objeto la regulación

de la política nacional, instrumentos y programas en la materia para garantizar el derecho de toda

persona a una vivienda digna. Para ello, determina cuáles serán las facultades de cada nivel de

gobierno y los mecanismos de colaboración y coordinación entre ellos, así como los criterios

aplicables para el alcance de los objetivos planteados por esta ley.

Ley General para el Desarrollo Rural Sustentable

Esta Ley incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y

comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes a la

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28 PMDUOET 2018

elevación de la calidad de vida de la población rural según lo previsto en el artículo 26 de la

Constitución.

Dentro de sus disposiciones señala que las acciones para el desarrollo rural sustentable

mediante obras de infraestructura y de generación de bienes y servicios, se realizarán conforme a

criterios establecidos en materia de ordenamiento territorial. Asimismo, nuevamente señala la

necesidad de coordinación entre las distintas dependencias y los tres niveles de gobierno para el

impulso de un cambio producto del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la

instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, considerando las

principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de

disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

La Unidad de Manejo Forestal definida por esta Ley como el territorio cuyas condiciones físicas,

ambientales, sociales y económicas guardan cierta similitud para fines de ordenación, manejo forestal

sustentable y conservación de los recursos resulta fundamental al momento de llevar a cabo el

ordenamiento territorial ecológico.

Conforme al artículo 48, la zonificación forestal es el instrumento en el cual se identifican,

agrupan y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro de las cuencas,

subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales, por funciones y sub funciones biológicas,

ambientales, socioeconómicas, recreativas, protectoras y restauradoras, con fines de manejo y con el

objeto de propiciar una mejor administración y contribuir al desarrollo forestal sustentable.

Ley de Aguas Nacionales

Como lo señala su título, las disposiciones de esta ley son aplicables a todas las aguas nacionales,

sean superficiales o del subsuelo (artículo 2º). De acuerdo a lo anterior, el artículo 86, en su fracción

III, establece que la autoridad del agua tendrá a su cargo la formulación de programas integrales de

protección de los recursos hídricos en cuencas y acuíferos, lo cual debe considerar las relaciones

existentes entre los usos del suelo y la cantidad y calidad del agua.

Ley General de Turismo

Esta ley también importante para el ordenamiento del territorio, define a las Zonas de Desarrollo

Turístico Sustentable como aquellas fracciones del territorio nacional, claramente ubicadas y

delimitadas geográficamente, que por sus características naturales o culturales, constituyen un

atractivo turístico.

De acuerdo a esta Ley, la formulación del ordenamiento turístico del territorio deberá

considerar las previsiones contenidas en los programas de Ordenamiento del Territorio tanto

regionales como locales, así como en las declaratorias de áreas naturales protegidas, teniendo la

obligatoriedad de ser congruentes con los ordenamientos ecológicos del territorio y los programas

parciales de desarrollo urbano y uso de suelo.

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29 PMDUOET 2018

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos

Debido a los riesgos que conllevan, la gestión de los residuos resulta fundamental en la planeación

del desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial. Esta ley tiene el objeto garantizar el

derecho a un ambiente adecuado propiciando el desarrollo sustentable a través de la prevención de

la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos

urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo

su remediación.

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Esta ley tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pequeros

y acuícolas del territorio nacional y zonas donde la nación ejerce su soberanía. Dentro de sus

objetivos se encuentran el establecer y definir los principios para ordenar, fomentar y regular el

manejo integral y el aprovechamiento sustentable de las pesca y acuacultura; establecer las bases

para la ordenación, conservación, protección, repoblación y aprovechamiento sustentable de recursos

pesqueros y acuícolas.

Ley General de Desarrollo Social

En materia de ordenamiento territorial, el capítulo I, artículo 11, fracción III de esta Ley establece que

en la Política Nacional de Desarrollo Social se debe tener por objetivo “Fortalecer el desarrollo

regional equilibrado”. Asimismo, en su capítulo II artículo 12 señala: “La Planeación del desarrollo se

deberá incorporar la Política Nacional de Desarrollo Social…”

Ley General de Protección Civil

El artículo 4, fracción V establece que en las políticas públicas en materia de protección civil se

considera prioritaria la incorporación de la gestión integral de riesgo como aspecto fundamental en la

planeación y programación del desarrollo y ordenamiento del país con la finalidad de revertir el

proceso de generación de riesgos.

Ley Agraria

Las disposiciones contenidas en los artículos 87, 88 y 89 indican los criterios a los que se sujeta la

incorporación de las tierras ejidales al desarrollo urbano, quedando prohibido la urbanización de

tierras ejidales cuando se ubiquen en áreas naturales protegidas, incluyendo zonas de preservación

ecológica de los centros de población, cuando así lo prevea la declaratoria respectiva.

Asimismo, establece que, en toda enajenación de terrenos ejidales ubicados en áreas

declaradas reservadas para el crecimiento de un centro de población, de conformidad con los planes

de desarrollo municipal, en favor, de personas ajenas al ejido, se deberá respetar el derecho de

preferencia de los gobiernos de los estados y municipios establecidos en la LGAHOTDU.

Además de las anteriores, en la regulación de suelo rural existen otras disposiciones jurídicas

como el Reglamento interno de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU),

dependencia que ejecuta el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2013-2018.

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30 PMDUOET 2018

Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos

Con relación a los monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos, el

ordenamiento territorial deberá atender las disposiciones de esta Ley que establece que las zonas

reguladas son: 1) Zonas de monumentos que estarán sujetas a la jurisdicción de los Poderes

Federales en los términos prescritos por esta Ley y su Reglamento; 2) Zona de monumentos

arqueológicos que es el área que comprende varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en que

se presuma su existencia; 3) Zona de monumentos artísticos, y 4) Zona de monumentos históricos.

Ley General de Bienes Nacionales

Para el caso del ordenamiento territorial es importante conocer cuáles son los bienes de uso común

que deben ser considerados en los programas, para lo cual se deberá atender lo señalado en los

artículos 3°, 6° y 7° toda vez que esta ley establece las bases para la regulación de los bienes

muebles propiedad de las entidades. El uso de los bienes nacionales deberá ser compatible con las

disposiciones en materia de desarrollo urbano de la localidad en que se ubiquen, así como con el

valor artístico o histórico que en su caso posean.

Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Esta ley contiene especificaciones que deberán considerarse en los programas de desarrollo urbano

y ordenamiento ecológico territorial. Ejemplo de ello, es el l capítulo I, artículo 2, define al derecho de

vía como la franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación,

protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación.

2.2 Ámbito Estatal

Constitución Política para el Estado de Guanajuato

El artículo 14 señala que el Estado organizará un Sistema de Planeación Democrática del Desarrollo

de la Entidad mediante la participación de los Sectores Público, Privado y Social. Por su parte, el

artículo 117, fracción II otorga facultad a los ayuntamientos en materia de ordenamiento,

específicamente para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano

municipal; planear y regular de manera conjunta y coordinada con la Federación, el Gobierno del

Estado y los Ayuntamientos respectivos, el desarrollo de los centros urbanos, cuando dichos centros

se encuentren situados en territorios de los Municipios del Estado o en los de éste con otro vecino. b)

Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Formular los Planes

Municipales de Desarrollo, así como participar en la formulación de Planes de Desarrollo Regional. g)

Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y

aplicación de programas de ordenamiento y fomento en esta materia.

Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato Es la Ley que fundamenta la planeación y administración del ordenamiento territorial y el

desarrollo urbano en el Estado. En esta se define, en sus artículos 1, 3, 4, 11, 13, 14, 28, 29,

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31 PMDUOET 2018

30, 43, 45, 46, 47,48, 49, 52, 53, 54, 64, 72, 73, 74, 78, 79, 80, 81 y 82. Su objetivo es la

concurrencia de las autoridades, sus atribuciones, las políticas del ordenamiento territorial, el

Sistema Estatal de Planeación del Ordenamiento Territorial, la participación social, la

administración y el control del desarrollo urbano; en términos de las reservas territoriales, la

inspección y vigilancia; además de los procedimientos y disposiciones legales en la materia.

Respecto del Plan otorga al Ejecutivo del Estado, como autoridad, la facultad de

revisar, elaborar, aprobar, modificar, actualizar, evaluar e inscribir el mismo. Se señala en

este las políticas generales para la fundación, crecimiento, conservación y mejoramiento de

los centros de población. Finalmente, establece las facultades del Comité de Planeación para

el Desarrollo del Estado de Guanajuato, para opinar y recabar las sugerencias y opiniones de

los ciudadanos, para su incorporación al Plan.

Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato Señala, en sus artículos 2 y 3, el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente

adecuado para su desarrollo, salud y bienestar. También considera de utilidad pública el

establecimiento, protección y preservación de las áreas naturales protegidas y las zonas de

restauración ecológica, así como el ordenamiento ecológico del territorio del Estado.

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato

Establece las bases para la organización del ámbito municipal de gobierno. En materia de desarrollo

urbano, el artículo 23 establece que el Ayuntamiento deberá promover éste, con base en el

PMDUOET, procurando atender las necesidades de la población.

En cuanto a su contenido, el acuerdo artículo 101 señala que contener los objetivos y

estrategias de uso y ocupación del suelo, así como la estrategia general de usos, reservas, destinos y

provisiones de conformidad con la Ley de la materia. La propuesta del Programa Municipal de

Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial será elaborada por el organismo municipal

de planeación. Respecto a la obligatoriedad del mismo, el artículo 105 determina que será obligatorio

para las dependencias y entidades de la administración pública municipal.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato Esta Ley establece, en sus artículos 5, 24, 27, 30, 44 y 5to transitorio, las atribuciones con que

contará la Unidad de Planeación e Inversión Estratégica dependiente del Gobernador del Estado, y

que serán en materia de: planeación y evaluación del desarrollo, inversión estratégica y políticas de

población del Estado.

Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato

El artículo 3 dispone que en materia de planeación del desarrollo, el Poder Ejecutivo del Estado y los

ayuntamientos deberán aplicar las disposiciones de esta ley, la cual establece los principios para la

planeación en el Estado, entre ellos: La promoción del desarrollo integral del Estado y sus municipios

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32 PMDUOET 2018

con visión de corto, mediano y largo plazo; la consolidación del sistema democrático, impulsando

la participación activa de la sociedad en la planeación y ejecución de las actividades de gobierno;

la igualdad de derechos y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Estado,

mediante el crecimiento armónico y permanente en el ámbito social, económico y político y el

uso racional de los recursos naturales y del territorio del Estado.

Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato

Conforme a lo señalado en el artículo 5, las políticas y acciones para el ordenamiento y

administración sustentable del territorio tenderán a mejorar la calidad de vida de la población.

El Artículo 33 otorga al Ayuntamiento, entre otras atribuciones, las siguientes: II. Aprobar

e implementar los proyectos, estrategias y acciones para fomentar el desarrollo sustentable del

Municipio y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, así como para preservar y

restaurar el equilibrio ecológico; III. Establecer la zonificación en el programa municipal, administrarla

y aprobar su modificación; IV Determinar los usos y destinos del suelo en el territorio municipal y

establecer las restricciones y modalidades correspondientes; V. Constituir, administrar y aprovechar

provisiones y reservas territoriales.

Señala las etapas del proceso de planeación territorial que realicen el Ejecutivo del Estado y

los ayuntamientos, así como los procedimientos para su formulación y aprobación, así como su

modificación. El artículo 57 define a los Programas municipales como los instrumentos de planeación,

con visión prospectiva de largo plazo, en los que se representa la dimensión territorial del desarrollo

del Municipio, estableciendo la zonificación del territorio municipal, asignando los usos y destinos

para áreas y corredores urbanos, la intensidad y lineamientos específicos de uso de suelo para cada

zona o corredor, así como las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones,

definiendo el marco para ordenar las actividades sociales y económicas en el territorio, desde una

perspectiva integral y sustentable, atendiendo los aspectos sociales, ambientales y económicos.

Ley de Cambio Climático para el Estado y los Municipios de Guanajuato

De acuerdo al artículo 46, se observarán los criterios de adaptación, al momento de III. Establecer y

considerar umbrales de riesgo actual en la planeación territorial, derivados de los escenarios de la

variabilidad climática actual y esperada en los instrumentos de planeación territorial, para garantizar

la seguridad alimentaria, la protección civil, la conservación de la biodiversidad y la productividad.

Prescribe la priorización de la conservación y el aprovechamiento sustentable de recursos

naturales, a través del fortalecimiento de las áreas naturales protegidas y el establecimiento de

corredores biológicos, la reforestación masiva y el uso sustentable de la biodiversidad, en los

programas de desarrollo económico, urbano, social y rural.

Señala que los criterios para la adaptación al cambio climático deberán ser considerados en:

La determinación de la aptitud natural del suelo; el establecimiento de usos, reservas y destinos de

los programas de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial; el establecimiento de centros

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33 PMDUOET 2018

de población o asentamientos humanos, así como en las acciones de mejoramiento y conservación

de los mismos; los programas hídricos de cuencas hidrológicas;

Para el alcance de los Objetivos de la Estrategia Estatal, el artículo 60 señala que los

municipios deberán atender de manera prioritaria al aseguramiento de los ordenamientos ecológicos

del territorio en los desarrollos urbanos, de asentamientos humanos y de uso de recursos naturales

(fracción XI).

Ley de Patrimonio Cultural del Estado de Guanajuato En cuanto al patrimonio cultural, el artículo 8 otorga facultades a los ayuntamientos para: I. Elaborar

los planes y programas de protección, conservación y restauración del patrimonio cultural del estado

ubicado en su municipio; II. Realizar acciones relativas a la protección, conservación y restauración

del patrimonio cultural del estado ubicado en su municipio; IV. Promover el enriquecimiento del

patrimonio cultural del estado ubicado en su municipio;

Respecto a las declaratorias relativas al patrimonio cultural, el artículo 34 establece el

procedimiento para su emisión. Mientras que el artículo 35 señala que esta declaratoria podrá recaer

en bienes inmuebles propiedad del estado sin afectar su titularidad, de acuerdo al artículo 37, estas

declaratorias deberán incluir claramente los efectos de la misma y los usos del patrimonio cultural

compatibles con los planes de desarrollo urbano (inciso e).

Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado y los Municipios de Guanajuato

De acuerdo al artículo 19, la política estatal en materia forestal deberá promover el fomento y la

adecuada planeación de un desarrollo forestal sustentable que tienda a alcanzar una productividad

óptima y sostenida de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento, equilibrio e integridad

de los ecosistemas forestales que mejore el ingreso y la calidad de vida de las personas que

participan en la actividad forestal y promueva la generación de valor agregado en las regiones

forestales, diversificando las alternativas productivas y creando fuentes de empleo en el sector.

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34 PMDUOET 2018

Normas Técnicas Ambientales Estatales • Norma Técnica Ambiental NTA-IEE-001/2010. Establece las condiciones para la ubicación y

operación de fuentes fijas con actividad artesanal para la producción de piezas elaboradas con

arcillas.

• Norma Técnica Ambiental NTA-IEE-002/2007. Contiene los lineamientos y especificaciones

para la selección, operación, seguimiento, abandono, obras complementarias de un sitio de

extracción o explotación de materiales pétreos en el Estado de Guanajuato, considerando sus

medidas de regeneración ambiental.

• Norma Técnica Ambiental NTA-IEE-005/2007. Establece las especificaciones para la gestión

integral de los residuos agrícolas (esquilmos) así como para prevenir, reducir y mitigar los efectos

adversos al ambiente y a la salud de los habitantes, mediante prácticas inocuas y manejo

sustentable de los mismos.

• Norma Técnica Ambiental NTA-IEG-004/2000. Establece las condiciones necesarias para llevar

a cabo el manejo, almacenamiento y disposición final, de los residuos sólidos generados por la

industria del calzado.

• Norma Técnica Ambiental NTA-IEG-006/2002. Establece los requisitos que deben cumplir y la

información que deben contener las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de

riesgo en sus diferentes modalidades en el Estado de Guanajuato.

ANEXO 3. MARCO JURÍDICO MUNICIPAL El municipio de San Miguel de Allende cuenta con uno de los marcos normativos más amplios y

completos. A continuación se señalan de manera enunciativa pero no limitativa los ordenamientos

jurídicos y otros instrumentos de política pública que regulan uno o más elementos de la planeación

del desarrollo urbano y el ordenamiento ecológico del territorio.

Reglamento Ambiental de San Miguel de Allende, Guanajuato

Dentro de los objetivos de este reglamento, se encuentran el conservar y restaurar el equilibrio

ecológico, prevenir los daños al ambiente, haciendo compatibles la obtención de beneficios

económicos y las actividades de la sociedad con la conservación de los ecosistemas y el

establecimiento y regulación de las áreas verdes, zonas de preservación ecológica de competencia

del Municipio. A lo largo de su articulado establece el deber de incluir el factor ambiental en la

planeación de desarrollo municipal y económico en aras de que éste sea sustentable y en beneficio

de la salud y calidad de vida de la población. Estas disposiciones deberán ser acatadas por las

dependencias municipales y adoptadas en cada uno de sus programas. Asimismo, señala el

procedimiento y requisitos para su elaboración, estableciendo la colaboración que debe existir entre

las dependencias municipales, estatales y federales dentro de sus respectivas competencias y

facultades.

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35 PMDUOET 2018

Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende, Gto. Así como sus anexos A, B, C, D, E, F y G. (2016) así como los acuerdos publicados en el Periódico Oficial por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones.

Establece los lineamientos para la observancia del Código Territorial para el Estado y los Municipios

de Guanajuato, así como del Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial

del Municipio en materia de zonificación, regulación, autorización, control y vigilancia del uso de

suelo, entre otras.

Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable de San Miguel de Allende

Este reglamento dispone cuáles son los objetivos del Consejo, dentro los que tienen incidencia en la

elaboración del PMDUOET se encuentran: Disponer de un Plan de Desarrollo Rural del

Municipio en el que se señalen acciones y proyectos prioritarios por cadena productiva y la promoción

del óptimo aprovechamiento de los recursos naturales del Municipio, procurando su aprovechamiento,

conservación, mejoramiento y sustentabilidad.

Reglamento de Planeación del Desarrollo Municipal

Establece las bases para la integración y funcionamiento del Sistema Municipal de Planeación así

como las normas y principios para la Planeación del Desarrollo Municipal. Asimismo, señala la

necesidad de la participación social en la elaboración de los planes y programas, y la colaboración

entre las dependencias, además de la creación de una Comisión de Trabajo para la planeación

municipal que incluya los distintos ámbitos de desarrollo.

Reglamento Interior del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal de San Miguel de Allende Gto

Establece las reglas para la organización del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal y

señala cuáles son sus funciones.

Reglamento del Instituto Municipal de Planeación del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato

Mediante este reglamento se crea al Instituto Municipal de Planeación como un organismo público

descentralizado; de igual manera, establece y regula su estructura y funciones señalando como su

objetivo primordial el apoyo y asesoría técnica en materia de desarrollo urbano, ecología y medio

ambiente, desarrollo rural y económico, entre otros, así como establecer la continuidad en los

procesos de planeación del Municipio.

Reglamento de la Comisión Municipal de Ecología del Municipio de Allende, Gto

Mediante este reglamento se constituye la Comisión de Ecología del Municipio, así como sus

objetivos: Preservar y restaurar el equilibrio ecológico, proteger y mejorar el medio ambiente;

proteger las áreas naturales, así como la flora y la fauna silvestres y acuáticas; prevenir, controlar y

disminuir la contaminación del aire, del agua y del suelo. Para la consecución de estos objetivos le

concede una serie de funciones, entre ellas, la participación en la elaboración de los Programas

de Desarrollo Urbano, para integrar los lineamientos de la política ecológica y los programas

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36 PMDUOET 2018

que definan acciones de fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de centros de

población en el territorio municipal y los programas de vivienda.

Reglamento de Transporte Municipal de San Miguel de Allende, Gto.

En su artículo 3ro establece que las dependencias y entidades municipales deberán considerar al

servicio público de transporte de personas de competencia Municipal, como un elemento prioritario y

estratégico en el crecimiento y ordenamiento urbano, al establecer los planes y programas de

desarrollo urbano, obra pública, transporte y tránsito y vialidad.

Reglamento del Consejo de Sustentabilidad Energética del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato

Para el alcance de su objeto consistente en el establecimiento de mecanismos para el

aprovechamiento de las fuentes renovables de energía y uso eficiente de la energía tradicional, el

Consejo tiene la atribución de (art. 13, fracc. I) promover la formulación y revisión de la política y

reglamentación municipal en materia de urbanismo, construcción, uso de suelo, protección al

ambiente y movilidad con la finalidad de promover el uso y aprovechamiento de la energía

renovable y la sustentabilidad energética.

Reglamento de Protección Civil para el Municipio de San Miguel de Allende, Gto.

La Unidad encargada de la organización y operación de Protección Civil y la ejecución del Programa

Municipal de Protección Civil, deberán coordinarse con las dependencias involucradas en la materia.

Asimismo, le corresponde aprobar programas y proyectos para la salvaguarda de la población civil,

para lo cual deberá considerar los índices de crecimiento y densidad de población, la configuración

geográfica, geológica y ambiental, así como la conformación y reclasificación de los asentamientos

humanos, entre otros.

Reglamento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de San Miguel de Allende, Gto.

El artículo 59 de este reglamento obliga a los fraccionamientos o conjuntos habitacionales en materia

de servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento a solicitar la factibilidad de

servicios y cumplir con las obligaciones en la materia establecidas en los ordenamientos jurídicos

correspondientes, así como las disposiciones de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ordenamiento

Territorial del Municipio.

Reglamento Interno del Consejo de Comunidades Indígenas del Municipio de San Miguel de Allende, Gto.

Otorga atribuciones al Consejo para participar en la formulación y ejecución de programas que

tiendan a promover el uso de los recursos naturales considerando las formas específicas de

organización social de los pueblos indígenas.

Reglamento Municipal para la Prevención y Manejo Integral de los Residuos Sólidos de San Miguel de Allende, Gto.

Dentro del PMDUOET deberán considerarse los sitios designados para la disposición de residuos de

competencia municipal así como su manejo, esto con la finalidad de prevenir la contaminación

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37 PMDUOET 2018

ambiental, riesgos a la salud pública y al equilibrio ecológico originados por los residuos sólidos, para

lo cual es necesario la coordinación de las dependencias encargadas de los Servicios Públicos

Municipales, Ecología y Planeación.

Reglamento para la Zona de Preservación Ecológica El Charco del Ingenio y Zonas Aledañas del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato

El objeto de este reglamento es asegurar el cumplimiento de la Declaratoria de Zona de Preservación

Ecológica del conjunto territorial ubicado en el Noreste de la cabecera municipal del Municipio de San

Miguel de Allende, Guanajuato, así como regular las obras y actividades que se realicen dentro de los

límites de la Zona de Preservación Ecológica.

Reglamento de Parques y Jardines del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato

El artículo 12 de este reglamento establece que los fraccionamientos de nueva creación y

asentamientos a regularizar, deberán contar con las superficies destinadas para áreas verdes.

Asimismo, señala que en las áreas consideradas conforme al Plan de Ordenamiento Territorial

Municipal y del Centro de Población de San Miguel de Allende, Guanajuato 2005-2025, o a cualquier

otro plan de desarrollo o de ordenamiento territorial de índole municipal o estatal, deberán de

considerarse a futuro las áreas sujetas a desarrollo para su uso como espacio público y la

determinación de los espacios verdes y forestales respectivos. De igual manera, conforme al artículo

39, se prohíbe modificar las áreas verdes, áreas de uso común y vialidades en donde las autoridades

municipales hayan planeado su existencia, salvo la autorización correspondiente, en la cual deberá

considerarse lo señalado en el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal y del Centro de Población

de San Miguel de Allende, Gto. 2005-2025 y los planes o programas que de este se deriven.

Manual de Organización del Instituto Municipal de Vivienda de San Miguel de Allende, Guanajuato (2017)

Dentro de las funciones de este instituto está Analizar la viabilidad técnica de fraccionamientos de

habitación popular y urbanización progresiva, y su concordancia con las políticas y estrategias que en

materia de vivienda se deriven del Plan de Desarrollo Municipal.

Manual de Procedimientos de la Dirección de Medio Ambiente y Ecología 2015-2018

Establece la estructura orgánica de la Dirección de Medio Ambiente y Ecología, así como las

funciones que a ésta le corresponden dentro del marco de sus competencias.

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38 PMDUOET 2018

ANEXO 4. CONDICIONANTES DE OTROS SECTORES Y NIVELES DE PLANEACIÓN, ÁMBITO FEDERAL Y ESTATAL

4.1 Ámbito Federal

Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018 En el Eje estratégico México Incluyente, que busca "Proveer un entorno adecuado para el desarrollo

de una vida digna", dentro de la estrategia 2.5.1 vinculada al Ordenamiento Territorial se propone:

Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que procure vivienda digna

para los mexicanos, siendo sus líneas de acción:

• Fomentar ciudades más compactas, densificadas orientando el desarrollo mediante la política

pública, el financiamiento y los apoyos a la vivienda.

• Inhibir el crecimiento de las manchas urbanas hacia zonas inadecuadas.

• Promover reformas a la legislación en materia de planeación urbana, uso eficiente del suelo y

zonificación.

• Revertir el abandono e incidir positivamente en la plusvalía habitacional, por medio de

intervenciones para rehabilitar el entorno y mejorar la calidad de vida en desarrollos y

unidades habitacionales que así lo necesiten.

• Mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, en coordinación con los gobiernos

locales.

• Impulsar acciones de renovación urbana, ampliación y mejoramiento de la vivienda del parque

habitacional existente.

• Fomentar una movilidad urbana sustentable con apoyo de proyectos de transporte público y

masivo, y que promueva el uso de transporte no motorizado.

• Propiciar la modernización de catastros y de registros públicos de la propiedad, así como la

incorporación y regularización de propiedades no registradas.

Programa Nacional de Desarrollo Urbano 2014-2018 Se concreta mediante los siguientes objetivos:

• Controlar la expansión de las manchas urbanas y consolidar las ciudades para mejorar la

calidad de vida de los habitantes.

• Consolidar un modelo de desarrollo urbano que genere bienestar para los ciudadanos,

garantizando la sustentabilidad social, económico y ambiental.

• Diseñar e implementar instrumentos normativos, fiscales, administrativos y de control para la

gestión del suelo.

• Impulsar una política de movilidad sustentable que garantice la calidad, disponibilidad,

conectividad y accesibilidad de los viajes urbanos.

• Evitar asentamientos humanos en zonas de riesgo y disminuir la vulnerabilidad de la población

urbana ante desastres naturales.

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39 PMDUOET 2018

• Consolidar la política Nacional de Desarrollo Regional a partir de las vocaciones y

potencialidades económicas locales.

Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 Tiene como metas principales: reducir la vulnerabilidad de la población y sectores productivos e

incrementar su resiliencia y la resistencia de la infraestructura estratégica; conservar, restaurar y

manejar sustentablemente los ecosistemas garantizando sus servicios ambientales para la mitigación

y adaptación al cambio climático; reducir emisiones de gases de efecto invernadero para transitar a

una economía competitiva y a un desarrollo bajo en emisiones; reducir las emisiones de

contaminantes climáticos de vida corta, propiciando cobeneficios de salud y bienestar; y, consolidar la

política nacional de cambio climático mediante instrumentos eficaces y en coordinación con entidades

federativas, municipios, poder legislativo y sociedad.

Estrategia Nacional de Cambio Climático Representa el instrumento rector de la política nacional en el mediano y largo plazos para enfrentar

los efectos del cambio climático y transitar hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas

emisiones de carbono. Al ser el instrumento rector, éste describe los ejes estratégicos y líneas de

acción a seguir con base en la información disponible del entorno presente y futuro, para así orientar

las políticas de los tres órdenes de gobierno, al mismo tiempo que fomentar la corresponsabilidad con

los diversos sectores de la sociedad.

Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2013-2018 Busca promover el ordenamiento y la planeación territorial como articuladores del bienestar de las

personas y el uso eficiente del suelo. Incentivar el crecimiento ordenado de los asentamientos

humanos, los centros de población y las zonas metropolitanas. Consolidar ciudades compactas,

productivas, competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de

vida de sus habitantes. Fomentar el acceso a la vivienda mediante soluciones habitacionales bien

ubicadas dignas y de acuerdo a estándares de calidad internacional. Así como, fomentar el desarrollo

de los núcleos agrarios mediante acciones en materia de cohesión territorial, productividad, suelo,

vivienda rural y gobernabilidad.

Programa Nacional Hídrico 2014-2018 Se enfoca en fortalecer la gestión integrada y sustentable del agua. Incrementar la seguridad hídrica

ante sequías e inundaciones Fortalecer el abastecimiento de agua y acceso a los servicios de agua

potable, alcantarillado y saneamiento. Incrementar las capacidades técnicas, científicas y

tecnológicas del sector. Asegurar el agua para el riego agrícola, energía, industria, turismo y otras

actividades económicas y financieras de manera sustentable. Consolidar la participación de México

en el contexto internacional en materia de agua.

Programa Nacional de Vivienda Controla la expansión de las manchas urbanas a través de la política de vivienda. Busca mejorar la

calidad de la vivienda rural y urbana y su entorno, al tiempo de disminuir el déficit de vivienda.

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40 PMDUOET 2018

Diversificar la oferta de soluciones habitacionales de calidad de manera que responda eficazmente a

las diversas necesidades de la población. Generar esquemas óptimos de crédito y subsidios para

acciones de vivienda. Fortalecer la coordinación interinstitucional que garantice la corresponsabilidad

de los tres órdenes de gobierno en la Política de vivienda. Generar información de calidad y oportuna

para contribuir a mejores tomas de decisiones en el sector vivienda.

Programa Estratégico Forestal para México 2025 Encamina su trabajo a impulsar y fortalecer el desarrollo sustentable de los recursos naturales en los

ecosistemas forestales mediante acciones de conservación, protección, restauración, fomento y

producción para el bienestar de la sociedad, con base en ajustes de las políticas, instituciones y

legislación, así como en la propuesta de un programa de inversiones. El propósito es aprovechar las

estrategias establecidas para formular planes y programas operacionales ce corto, mediano y largo

plazo, orientados al uso sustentable de los recursos forestales.

4.2 Ámbito Estatal

Plan Estatal de Desarrollo 2035. Guanajuato Siglo XXI El Plan delinea las estrategias y los grandes proyectos del Estado en el mediano plazo y centra su

visión en el desarrollo humano y social como ejes rectores del desarrollo. Busca fortalecer las familias

como las principales portadoras de valores y conductas constructoras de una sociedad sana,

educada, incluyente, cohesionada y con profunda identidad cultural y cívica. Promover una gestión y

políticas públicas de excelencia, confiables y cercanas al ciudadano que garanticen una sociedad

democrática, justa y segura. Impulsar una economía basada en el conocimiento y la conectividad con

un sistema de clúster de innovación y alto valor agregado. Así como, contar con una red de ciudades

humanas, comunidades dignas y regiones atractivas respetuosas del medio ambiente.

Programa Estatal de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Guanajuato, 2014 Instrumento que permite territorializar los objetivos y lineamientos estratégicos establecidos en el Plan

Estatal de Desarrollo 2035: Guanajuato Siglo XXI. Busca contribuir a mejorar la calidad de vida de la

población mediante el desarrollo sustentable y equilibrado de las regiones en el Estado, lo que implica

la comprensión holística de tres sistemas: ecológico-territorial, urbano-social y económico. Integra en

el programa la protección al ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y el

aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, marca las políticas, estrategias y la

identificación de los proyectos prioritarios para la operación y mejora de los centros urbanos en

materia ambiental, habitacional, de educación y cultura, salud y asistencia social, comercio y abasto,

comunicaciones y transportes, recreación y deporte, administración pública y seguridad.

Programa Estatal Hidráulico

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41 PMDUOET 2018

Tiene como estrategias principales: respetar los volúmenes de extracción concesionados para cada

sector; elevar las eficiencias de riego mediante la modernización, rehabilitación y tecnificación de la

superficie de riego; la conversión del patrón de cultivo; aumento de la eficiencia de la conducción y

distribución del agua potable; ajuste del volumen de dotación actual de agua para el uso doméstico.

La revisión, análisis y establecimiento de tarifas competitivas para el uso de agua residual para la

industria, y la aplicación de subsidios para promover el uso de agua residual tratada en la industria.

Programa Especial para el Cambio Climático Considera cuatro componentes fundamentales para el desarrollo de una política integral para

enfrentar el cambio climático en el Estado de Guanajuato que son: 1) Visión de Largo Plazo, 2)

Mitigación, 3) Adaptación, y 4) Elementos de Política Transversal. Se concentra en el Inventario de

gases de efecto invernadero, la medición de vulnerabilidad estatal ante el cambio climático y en la

implementación de acciones de adaptación y mitigación en zonas vulnerables de la entidad.

ANEXO 5. CONDICIONANTES DE OTROS SECTORES Y NIVELES

DE PLANEACIÓN, ÁMBITO MUNICIPAL

Plan de Desarrollo Urbano-Turístico de San Miguel de Allende, Gto. (2005)

Establece una estrategia de usos de suelo que otorgue certeza jurídica a las inversiones inmobiliarias

a través del Programa de Ordenamiento Territorial Municipal y propone la elaboración de manual

donde se indiquen las reglas a seguir en la conservación de las zonas no urbanizables con

actividades recreativas.

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42 PMDUOET 2018

ANEXO 6. BIODIVERSIDAD Y RIQUEZA DE ESPECIES 6.1 Listado de Flora

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Acanthaceae Anisacanthus pumilus Acanthaceae Anisacanthus quadrifidus Acanthaceae Dicliptera peduncularis Acanthaceae Dyschoriste microphylla Acanthaceae Justicia furcata Acanthaceae Ruellia lactea Acanthaceae Stenandrium dulce Acanthaceae Tetramerium nervosum Olotillo Acanthaceae Thunbergia alata Ojo de pájaro Aizoaceae Trianthema portulacastrum Verdolaga de caballo Alismataceae Sagittaria longiloba Hierba de la flecha Alliaceae Milla biflora Flor de San Juan Alliaceae Nothoscordum bivalve Amaranthaceae Amaranthus hybridus Quintonil Amaranthaceae Froelichia interrupta Vara pelluda Amaranthaceae Gomphrena serrata Siempre eterna Amaranthaceae Guilleminea densa Rosa de Castilla cimarrona Amaranthaceae Iresine calea Pelusa Amaranthaceae Iresine cassiniiformis Amaranthaceae Iresine heterophylla Pie de paloma Amaranthaceae Iresine interrupta Rueda mundo Amaryllidaceae Hymenocallis concinna Cebollín Amaryllidaceae Zephyranthes fosteri Mayito Anacardiaceae Schinus molle Pirul Anacardiaceae Toxicodendron radicans Hiedra venenosa Apiaceae Arracacia tolucensis Apiaceae Cyclospermum leptophyllum Apio silvestre Apiaceae Eryngium heterophyllum Hierba del sapo Apiaceae Rhodosciadium pringlei Apocynaceae Asclepias curassavica Apocynaceae Asclepias linaria Algodoncillo Apocynaceae Asclepias nummularioides Algodoncillo Apocynaceae Asclepias oenotheroides Hierba de zizotes Apocynaceae Cynanchum foetidum Talayote Apocynaceae Funastrum elegans Hierba trepadora Apocynaceae Gonolobus grandiflorus Estrella de zopilote Apocynaceae Gonolobus uniflorus Meloncillo Apocynaceae Matelea pilosa Apocynaceae Metastelma angustifolium Asparagaceae Agave filifera Maguey Asparagaceae Agave salmiana Maguey pulquero

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43 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Asparagaceae Dasylirion acrotriche Sotol A Asparagaceae Echeandia mexicana Asparagaceae Echeandia nana Cebollitas Asparagaceae Yucca filifera Palma china Asphodelaceae Asphodelus fistulosus Maleza de cebolla Asteraceae Adenophyllum cancellatum Asteraceae Ageratina corymbosum Asteraceae Ageratina espinosarum Estrellita Asteraceae Ageratina havanensis Asteraceae Ambrosia cordifolia Amargosa Asteraceae Ambrosia psilostachya Asteraceae Argemone mexicana Chicalote amarillo Asteraceae Argemone ochroleuca Chicalote pálido Asteraceae Aster gymnocephalus Asteraceae Aster spinosus Asteraceae Aster subulatus Asteraceae Baccharis heterophylla Asteraceae Baccharis pteronioides Asteraceae Baccharis salicifolia Jarilla Asteraceae Bidens angustissima Mirasol amarillo Asteraceae Bidens ferulifolia Asteraceae Bidens odorata Aceitilla Asteraceae Bidens pilosa Asteraceae Brickellia eupatorioides var. rosmarinifolia Asteraceae Brickellia secundiflora Asteraceae Brickellia veronicifolia Gordolobo corriente Asteraceae Calyptocarpus vialis Asteraceae Chaptalia hololeuca Asteraceae Chrysactinia mexicana Damiana Asteraceae Conyza bonariensis Cola de caballo Asteraceae Conyza canadensis Mantecosa Asteraceae Conyza sophiifolia Zacatechichi Asteraceae Coreopsis mutica mutica Asteraceae Cosmos bipinnatus Mirasol Asteraceae Dahlia coccinea Dalia roja Asteraceae Dyssodia papposa Flor de muerto Asteraceae Dyssodia pinnata Rosilla Asteraceae Erigeron longipes Rosilla blanca Asteraceae Erigeron pubescens Manzanilla cimarrona Asteraceae Eupatorium adenophorum Asteraceae Eupatorium brevipes Asteraceae Eupatorium collinum Hierba del ángel Asteraceae Eupatorium pycnocephalum Hierba del pasmo Asteraceae Euphrosyne partheniifolia Asteraceae Eutetras pringlei

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44 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Asteraceae Florestina pedata Hierba de Santa Lucía Asteraceae Galinsoga parviflora Estrellita Asteraceae Galinsoga quadriradiata Estrellita Asteraceae Gnaphalium arizonicum Asteraceae Gnaphalium inornatum Asteraceae Gnaphalium semiamplexicaule Asteraceae Gymnosperma glutinosum Tata lencho Asteraceae Haploppapus spinulosus Asteraceae Helenium mexicanum Cabezona Asteraceae Helianthus annuus Asteraceae Heliopsis annua Capitaneja Asteraceae Heterosperma pinnatum Asteraceae Heterotheca inuloides Falsa árnica Asteraceae Hybridella globosa Asteraceae Melampodium glabrum Asteraceae Melampodium longifolium Asteraceae Melampodium perfoliatum Asteraceae Melampodium sericeum Asteraceae Montanoa arborescens Asteraceae Montanoa tomentosa Asteraceae Parthenium bipinnatifidum Asteraceae Parthenium incanum Hierba ceniza Asteraceae Pectis prostrata Asteraceae Picris echioides Asteraceae Pinaropappus roseus Motita morada Asteraceae Piqueria trinervia Asteraceae Pluchea salicifolia Asteraceae Porophyllum linaria Papaloquelite Asteraceae Porophyllum tagetoides Asteraceae Psilactis brevilingulata Asteraceae Sanvitalia procumbens Ojo de pollo Asteraceae Sanvitalia angustifolia Asteraceae Schkuhria pinnata Asteraceae Senecio heracleifolius Asteraceae Senecio salignus Asteraceae Senecio sessilifolius Asteraceae Simsia amplexicaulis Asteraceae Sonchus asper Asteraceae Sonchus oleraceus Muela de caballo Asteraceae Stevia micrantha Asteraceae Stevia ovata Asteraceae Stevia serrata Asteraceae Tagetes lucida Flor de Santa María Asteraceae Tagetes lunulata Cinco llagas Asteraceae Tagetes micrantha Anís de campo

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45 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Asteraceae Taraxacum officinale Diente de león Asteraceae Thymophylla setifolia Asteraceae Tithonia tubiformis Girasol Asteraceae Tithonia rotundifolia Fiesta del sol Asteraceae Tridax balbisioides Asteraceae Tridax coronopifolia Asteraceae Tridax palmeri Asteraceae Trixis angustifolia Árnica Asteraceae Trixis mexicana var. auriculata Asteraceae Trixis mexicana var. mexicana Asteraceae Verbesina oreopola Asteraceae Verbesina serrata Vara blanca Asteraceae Verbesina sphaerocephala var. sphaerocephala Asteraceae Viguiera dentata var. canescens Cabezona amarilla Asteraceae Viguiera linearis Romerillo Asteraceae Wedelia acapulcensis var. hispida Asteraceae Xanthium strumarium Asteraceae Zaluzania augusta Limpiatuna Asteraceae Zinnia peruviana Mal de ojo Athyriaceae Woodsia mexicana Athyriaceae Woodsia mollis Basellaceae Anredera cordifolia Begoniaceae Begonia gracilis Ala de ángel Bignoniaceae Jacaranda mimosifolia Jacaranda Bignoniaceae Tecoma stans Tronadora Boraginaceae Lithospermum calycosum Boraginaceae Tournefortia densiflora Hierba de Zopilote Brassicaceae Brassica rapa Brassicaceae Eruca vesicaria sub. sativa Mostacilla Brassicaceae Lepidium virginicum Lentejilla Brassicaceae Lesquerella rosei rosei Brassicaceae Pennellia ongifolia Brassicaceae Rorippa mexicana Brassicaceae Thelypodium wrightii Bromeliaceae Hechtia glomerata Huapilla Bromeliaceae Hechtia podentha Huapilla Bromeliaceae Tillandsia lepidosepala Bromeliaceae Tillandsia recurvata Paistle Bromeliaceae Tillandsia usneoides Paistle Bromeliaceae Viridantha atroviridipetala Matuda Buddleiaceae Buddleia cordata Buddleiaceae Buddleia sessiliflora Burseraceae Bursera fagaroides Xixiote Burseraceae Bursera palmeri Cactaceae Coryphantha elephantidens

elephantidens Biznaga partida diente de elefante A

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46 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Cactaceae Cylindropuntia imbricata Cholla Cactaceae Echinocactus grussonii Asiento de suegra P Cactaceae Echinocactus platyacanthus Cactus tonel Pr Cactaceae Ferocactus histrix Acitrón, biznaga de barril Pr Cactaceae Ferocactus latispinus Huamiche Cactaceae Mammillaria crinita Cactaceae Mammillaria magnimamma Biznaga de espina solitaria Cactaceae Mammillaria rettigiana Biznaga de Rettig Pr Cactaceae Mammillaria uncinata Cactaceae Mammillaria zephyranthoides Biznaga de flor occidental A Cactaceae Myrtillocactus geometrizans Garambullo Cactaceae Opuntia duranguensis Cactaceae Opuntia engelmannii var. cuija Cactaceae Opuntia engelmannii Cactaceae Opuntia hyptiacantha Cactaceae Opuntia joconostle Cactaceae Opuntia lasiacantha Cactaceae Opuntia leucotricha Cactaceae Opuntia robusta Cactaceae Opuntia streptacantha Cactaceae Opuntia tomentosa Cactaceae Stenocactus crispatus Cactaceae Stenocereus dumortieri Órgano estrella Campanulaceae Diastatea tenera Campanulaceae Lobelia fenestralis Cannabaceae Celtis pallida Granjeno Cannabaceae Celtis caudata Cannaceae Canna indica Platanillo Caricaceae Carica papaya Papaya Caryophyllaceae Drymaria arenarioides Caryophyllaceae Drymaria glandulosa Caryophyllaceae Drymaria laxiflora Caryophyllaceae Drymaria xerophylla Casuarinaceae Casuarina equisetifolia Casuarina Chenopodiaceae Chenopodium ambrosioides Chenopodiaceae Chenopodium fremontii Chenopodiaceae Salsola tragus Cleomaceae Polanisia uniglandulosa Commelinaceae Callisia insignis Commelinaceae Commelina coelestis Commelinaceae Commelina dianthifolia Commelinaceae Commelina diffusa Hierba de pollo Commelinaceae Commelina erecta Hierba de pollo Commelinaceae Commelina pallida Commelinaceae Commelina scabra Mal de ojo

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47 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Commelinaceae Commelina tuberosa Hierba del pollo Commelinaceae Gibasis pulchella Commelinaceae Thyrsanthemum macrophyllum Commelinaceae Tradescantia crassifolia Commelinaceae Tripogandra purpurascens Convolvulaceae Convolvulus equitans Convolvulaceae Cuscuta corymbosa Fideos Convolvulaceae Dichondra argentea Oreja de ratón Convolvulaceae Evolvulus alsinoides Ojo de víbora Convolvulaceae Evolvulus sericeus Convolvulaceae Ipomoea costellata Convolvulaceae Ipomoea capillacea Puerquito Convolvulaceae Ipomoea longifolia Cola de caballo Convolvulaceae Ipomoea murucoides Palo bobo Convolvulaceae Ipomoea pubescens Quiebraplato Convolvulaceae Ipomoea purpurea Manto Convolvulaceae Ipomoea tricolor Quiebraplato Crassulaceae Echeveria mucronata Florecita Crassulaceae Echeveria subrigida Crassulaceae Kalanchoe delagoensis Madre de miles Crassulaceae Sedum ebracteatum Crassulaceae Villadia misera Cucurbitaceae Apodanthera undulata Calabaza hedionda Cucurbitaceae Cucurbita pedatifolia Calabaza Cucurbitaceae Cucurbita radicans Cucurbitaceae Cyclanthera dissecta Cucurbitaceae Sicyos deppei Chayotillo Cucurbitaceae Sicyos parviflorus Cupressaceae Taxodium mucronatum Sauce Cyperaceae Bulbostylis juncoides Cyperaceae Cyperus calderoniae Cyperaceae Cyperus esculentus Cyperaceae Cyperus fendlerianus var. debilis Cyperaceae Cyperus manimae Tule Cyperaceae Cyperus niger Cyperaceae Cyperus ochraceus Cyperaceae Cyperus pallidicolor Cyperaceae Cyperus reflexus Cyperaceae Cyperus seslerioides Zacate de toche Cyperaceae Cyperus spectabilis Cyperaceae Cyperus virens Cyperaceae Eleocharis acicularis Cyperaceae Eleocharis densa Cyperaceae Eleocharis filiculmis Cyperaceae Eleocharis macrostachya

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48 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Cyperaceae Eleocharis montevidensis Cyperaceae Eleocharis tabernaemontani Euphorbiaceae Acalypha monostachya Hierba del cáncer Euphorbiaceae Acalypha phleoides Euphorbiaceae Croton adspersus Palillo Euphorbiaceae Croton ciliatoglandulifer Euphorbiaceae Croton cortesianus Euphorbiaceae Croton morifolius Palillo Euphorbiaceae Croton sphaerocarpus Euphorbiaceae Euphorbia antisyphilitica Candelilla Euphorbiaceae Euphorbia cuphosperma Euphorbiaceae Euphorbia feddemae Euphorbiaceae Euphorbia graminea Euphorbiaceae Euphorbia heterophylla Euphorbiaceae Euphorbia indivisa Euphorbiaceae Euphorbia nutans Euphorbiaceae Euphorbia radians Flor de tierra Euphorbiaceae Euphorbia serpens Euphorbiaceae Euphorbia velleriflora Euphorbiaceae Jatropha dioica Sangregado Euphorbiaceae Ricinus communis Higuerilla del diablo Euphorbiaceae Tragia nepetifolia Ortiguillo Fabaceae Acacia constricta Vara prieta Fabaceae Acacia farnesiana Huizache Fabaceae Acacia schaffneri Huizache Fabaceae Acacia vernicosa Chaparro prieto Fabaceae Aeschynomene villosa Fabaceae Astragalus hypoleucus Fabaceae Brongniartia intermedia Fabaceae Brongniartia lupinoides Jaboncillo Fabaceae Caesalpinia pulcherrima Tabachín Fabaceae Calliandra eriophylla Greñuda Fabaceae Calliandra grandiflora Fabaceae Calliandra humilis Fabaceae Crotalaria pumila Hierba del cuervo Fabaceae Dalea bicolor Engordacabras Fabaceae Dalea dorycnioides Escobilla Fabaceae Dalea filiformis Fabaceae Dalea foliolosa Fabaceae Dalea lutea Dalea amarilla Fabaceae Dalea prostrata Víbora Fabaceae Desmanthus pumilus Fabaceae Desmodium alamanii Fabaceae Desmodium grahamii Fabaceae Desmodium neomexicanum

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49 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Fabaceae Desmodium pringlei Fabaceae Erythrina coralloides Colorín A Fabaceae Eysenhardtia polystachya Palo dulce Fabaceae Galactia brachystachys Fabaceae Hesperalbizia occidentalis Fabaceae Hoffmanseggia glauca Camote de ratón Fabaceae Indigofera miniata Fabaceae Lupinus uncinatus Fabaceae Macroptilium atropurpureum Fabaceae Macroptilium gibbosifolium Jícamilla Fabaceae Medicago polymorpha Fabaceae Medicago sativa Fabaceae Melilotus indica Fabaceae Melilotus officinalis Fabaceae Mimosa aculeaticarpa var.

biuncifera Uña de gato Fabaceae Mimosa lacerata Uña de gato Fabaceae Mimosa monancistra Uña de gato Fabaceae Nissolia microptera Fabaceae Phaseolus microcarpus Fabaceae Phaseolus coccineus Frijol Ayocote Fabaceae Prosopis laevigata Mezquite Fabaceae Rhynchosia macrocarpa Fabaceae Senna multiglandulosa Fabaceae Senna polyantha Palo fierro Fabaceae Senna septemtrionalis Bricho Fabaceae Senna wislizenii Retama Fabaceae Trifolium amabile Fabaceae Zornia thymifolia Hierba de la víbora Fagaceae Quercus castanea Encino capulincillo Fagaceae Quercus crassifolia Encino roble Fagaceae Quercus crassipes Encino tesmolillo Fagaceae Quercus deserticola Encino Fagaceae Quercus eduardii Encino colorado Fagaceae Quercus glaucoides Tocuz Fagaceae Quercus grisea Encino Fagaceae Quercus mexicana Encino amarillo Fagaceae Quercus obtusata Bellota Fagaceae Quercus rugosa Roble Geraniaceae Erodium cicutarium Hydrophyllaceae Nama jamaicense Hydrophyllaceae Nama origanifolium Hydrophyllaceae Nama spathulatum Iridaceae Nemastylis tenuis Iridaceae Sisyrinchium tenuifolium Juglandaceae Carya illinoinensis Nogal

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50 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Juglandaceae Juglans mollis Nogal encarcelado Juncaceae Juncus effusus Krameriaceae Krameria cytisoides Ratania Lamiaceae Clinopodium mexicanum Lamiaceae Hyptis albida Lamiaceae Leonotis nepetifolia Leonotera Lamiaceae Marrubium vulgare Manrubio Lamiaceae Salvia keerlii Lamiaceae Salvia melissodora Lamiaceae Salvia nana Lamiaceae Salvia polystachya Lamiaceae Salvia reflexa Lamiaceae Salvia tiliifolia Salvia cimarrona Lamiaceae Salvia regla Salvia Lamiaceae Satureja mexicana Lamiaceae Scutellaria coerulea Casquillo azul Lamiaceae Stachys coccinea Mirto Lauraceae Cinnamomum pachypodum Lauraceae Persea americana Aguacate Lemnaceae Lemna aequinoctialis Linaceae Linum scabrellum Loasaceae Mentzelia hispida Loasaceae Metzelia aspera Pegarropa Loasaceae Metzelia hispida Pegarropa Loranthaceae Psittacanthus calyculatus Muérdago Loranthaceae Psittacanthus palmeri Lythraceae Cuphea aequipetala Trompetilla Lythraceae Cuphea wrightii Lythraceae Heimia salicifolia Jara negra Lythraceae Lythrum album Lythraceae Punica granatum Granado Malpighiaceae Gaudichaudia cynanchoides Hierba del zorro Malvaceae Abutilon simulans Malvaceae Allowissadula glandulosa Malvaceae Anoda cristata Malvaceae Herissantia crispa Monacillo blanco Malvaceae Hibiscus elegans Malvaceae Malva parviflora Malvaceae Malvastrum bicuspidatum Malvaceae Malvastrum coromandelianum Malvaceae Malvella leprosa Malvaceae Sida abutifolia Malvaceae Sida linearis Malvaceae Sphaeralcea angustifolia Hierba del negro Malvaceae Sphaeralcea hastulata

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51 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Marsileaceae Marsilea mollis Martyniaceae Proboscidea louisianica Meliaceae Cedrela odorata Cedro rojo Pr Moraceae Morus celtidifolia Musaceae Musa paradisiaca Plátano Myrtaceae Eucalyptus camaldulensis Gigante, Eucalipto rojo Myrtaceae Psidium guajava Guayabo Nyctaginaceae Boerhavia coccinea Nyctaginaceae Boerhavia diffusa Nyctaginaceae Bougainvillea spectabilis Bugambilia Nyctaginaceae Mirabilis jalapa Trompetilla Nyctaginaceae Mirabilis longiflora Trompetilla Nyctaginaceae Mirabilis viscosa Nyctaginaceae Pisoniella arborescens Oleaceae Forestiera phillyreoides Acebuche Oleaceae Fraxinus gregii Barreta china Oleaceae Menodora helianthemoides Menodora Onagraceae Lopezia trichota Peroncillo Orchidaceae Deiregyne confusa Orchidaceae Deiregyne rhombilabia Orchidaceae Gaura coccinea Orchidaceae Habenaria strictissima Orchidaceae Laelia eyermaniana Orchidaceae Ludwigia peploides Orchidaceae Mesadenus polyanthus Orchidaceae Oenothera kunthiana Orchidaceae Oenothera rosea Hierba del golpe Orchidaceae Spiranthes aurantiaca Orquídea de campo Orchidaceae Spiranthes cinnabarina Orchidaceae Dichromanthus cinnabarinus Llamarada Oxalidaceae Oxalis corniculata Trebolito Oxalidaceae Oxalis decaphylla Agritos Oxalidaceae Oxalis divergens Oxalidaceae Oxalis latifolia Trébol Oxalidaceae Oxalis lunulata Papaveraceae Argemone ochroleuca Cardo, Chicalote Passifloraceae Passiflora bryonioides Passifloraceae Passiflora foetida Passifloraceae Turnera diffusa Damiana Phrymaceae Hemichaena coulteri Phytolaccaceae Phytolacca icosandra Phytolaccaceae Rivina humilis Coral Piperaceae Peperomia campylotropa Plantaginaceae Maurandya antirrhiniflora Perrito Plantaginaceae Maurandya barclaiana

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52 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Plantaginaceae Mecardonia procumbens Hoja de quebranto Plantaginaceae Plantago nivea Plumbaginaceae Plumbago pulchella Cola de iguana Plumbaginaceae Russelia polyedra Coral Poaceae Agrostis hiemalis Poaceae Arundo donax Carrizo Poaceae Bothriochloa barbinodis Cola de zorra Poaceae Bothriochloa laguroides Cola de zorra Poaceae Bouteloua curtipendula Poaceae Bouteloua dactyloides Poaceae Bouteloua gracilis Navajita azul Poaceae Bouteloua hirsuta Poaceae Bouteloua repens Zacate sabanilla Poaceae Chloris rufescens Poaceae Chloris submutica Paragüitas Poaceae Chloris virgata Poaceae Cynodon dactylon Zacate bermuda Poaceae Digitaria ternata Poaceae Echinochloa crusgalli Zacate de agua Poaceae Echinochloa crus-pavonis Poaceae Eragrostis mexicana Zacate casamiento Poaceae Eriochloa acuminata Poaceae Erioneuron avenaceum Poaceae Heteropogon contortus Poaceae Hilaria cenchroides Espiga negra Poaceae Leptochloa dubia Poaceae Lycurus phalaroides Poaceae Lycurus phleoides Poaceae Melinis repens Pasto rosa Poaceae Microchloa kunthii Poaceae Muhlenbergia rigida Poaceae Muhlenbergia robusta Poaceae Muhlenbergia tenuifolia Poaceae Nassella mucronata Flechilla puntiaguda Poaceae Panicum bulbosum Poaceae Panicum obtusum Hierba de la pulga Poaceae Paspalum convexum Poaceae Paspalum distichum Poaceae Paspalum humboldtianum Poaceae Paspalum tinctum Poaceae Pennisetum crinitum Poaceae Polypogon monspeliensis Cola de zorra Poaceae Setaria grisebachii Zacate blanco Poaceae Setaria parviflora Zacate sedoso Poaceae Sporobolus indicus Pasto alambre

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Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Poaceae Urochloa meziana Polemoniaceae Loeselia coerulea Espinosilla Polemoniaceae Loeselia mexicana Espinosilla Polygalaceae Polygala barbeyana Polygalaceae Polygala compacta Polygonaceae Polygonum aviculare Polygonaceae Polygonum lapathifolium Polygonaceae Polygonum mexicanum Matapulga Polygonaceae Rumex crispus Lengua de vaca Polypodiaceae Phlebodium areolatum Polypodiaceae Polypodium thyssanolepis Pontederiaceae Eichhornia crassipes Lirio acuático Portulacaceae Phemeranthus napiformis Portulacaceae Portulaca mexicana Chismes Portulacaceae Portulaca oleracea Verdolaga Portulacaceae Portulaca pilosa Verdolaga Portulacaceae Talinopsis frutescens Vernolaga Portulacaceae Talinum aurantiacum Portulacaceae Talinum lineare Portulacaceae Talinum paniculatum Pteridaceae Adiantum andicola Pteridaceae Adiantum capillus-veneris Pteridaceae Argyrochosma incana Pteridaceae Astrolepis laevis Pteridaceae Astrolepis sinuata Pteridaceae Astrolepis cochisensis Pteridaceae Astrolepis integerrima Pteridaceae Bommeria hispida Pteridaceae Bommeria pedata Pteridaceae Cheilanthes allosuroides Pteridaceae Cheilanthes bonariensis Pteridaceae Cheilanthes brachypus Pteridaceae Cheilanthes cucullans Pteridaceae Cheilanthes kaulfussii Pteridaceae Cheilanthes lendigera Pteridaceae Cheilanthes lindheimeri Pteridaceae Cheilanthes longipila Pteridaceae Cheilanthes lozanoi var. seemannii Pteridaceae Cheilanthes myriophylla Pteridaceae Cheilanthes villosa Pteridaceae Notholaena sulphurea Pteridaceae Pellaea cordifolia Pteridaceae Pellaea ovata Pteridaceae Pellaea ternifolia Pteridaceae Pellaea villosa

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54 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Resedaceae Reseda luteola Rhamnaceae Colubrina elliptica Rhamnaceae Condalia velutina Granjeno rojo Rhamnaceae Karwinskia humboldtiana Tullidora Rosaceae Amelanchier denticulata Membrillo cimarrón Rosaceae Eriobotrya japonica Níspero Rosaceae Prunus microphylla Rosaceae Purshia mexicana Rosaceae Rosa gallica Rosal Rubiaceae Borreria verticillata Manzanilla de campo Rubiaceae Bouvardia laevis Rubiaceae Bouvardia longiflora Huele de noche Rubiaceae Bouvardia multiflora Rubiaceae Bouvardia ternifolia Trompetilla Rubiaceae Galium mexicanum Rubiaceae Machaonia coulteri Espuela Rutaceae Citrus sinensis Naranjo Rutaceae Ptelea trifoliata Salicaceae Populus fremontii Álamo Salicaceae Salix bonplandiana Sauce Santalaceae Phoradendron forestierae Muérdago Santalaceae Phoradendron brachystachyum Muérdago Santalaceae Phoradendron reichenbachianum Injerto Sapindaceae Cardiospermum halicacabum Farolitos Sapindaceae Dodonaea viscosa Jarilla Scrophulariaceae Castilleja tenuiflora Hierba del cáncer Scrophulariaceae Lamourouxia dasyantha Jarritos Scrophulariaceae Lamourouxia rhinanthifolia Scrophulariaceae Leucophyllum ambiguum Hierba ceniza Scrophulariaceae Mimulus glabratus Scrophulariaceae Penstemon tenuifolius Scrophulariaceae Stemodia durantifolia Scrophulariaceae Veronica peregrina ssp. xalapensis Selaginellaceae Selaginella lepidophylla Doradilla, flor de peña Selaginellaceae Selaginella pallescens Selaginellaceae Selaginella rupestris Selaginellaceae Selaginella rupincola Selaginellaceae Selaginella sellowii Solanaceae Datura ceratocaula Hierba del diablo Solanaceae Datura quercifolia Toloache hoja de encino Solanaceae Datura stramonium Toloache Solanaceae Jaltomata procumbens Jaltomate Solanaceae Lycianthes dejecta Solanaceae Lycianthes moziniana Tlanoxtle Solanaceae Nicotiana glauca Tabaco silvestre

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55 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Solanaceae Nicotiana tabacum Tabaco Solanaceae Nicotiana trigonophylla Tacabo de coyote Solanaceae Petunia parviflora Petunia Solanaceae Physalis chenopodiifolia Solanaceae Physalis cinerascens Costomate Solanaceae Physalis orizabae Solanaceae Physalis solanacea Solanaceae Solanum cardiophyllum Solanaceae Solanum dulcamaroides Solanaceae Solanum elaeagnifolium San Juanita Solanaceae Solanum nigrescens Solanaceae Solanum polyadenium Solanaceae Solanum rostratum Duraznillo Sterculiaceae Ayenia rotundifolia Escobilla Talinaceae Talinum paniculatum Rama de sapo Typhaceae Typha latifolia Tule Urticaceae Parietaria pensylvanica Paletaria Verbenaceae Bouchea prismatica var. brevirostra Verbenaceae Citharexylum lycioides Verbenaceae Glandularia elegans Moradilla Verbenaceae Glandularia bipinnatifida Alfombrilla Verbenaceae Lantana achyranthifolia Oreganillo Verbenaceae Lantana camara Frutilla Verbenaceae Lantana hirta Venturosa Verbenaceae Lippia queretarensis Verbenaceae Priva grandiflora Verbenaceae Priva mexicana Verbenaceae Verbena carolina Verbenaceae Verbena menthifolia Vitaceae Cissus tiliacea Vitaceae Parthenocissus quinquefolia Zygophyllaceae Kallstroemia hirsutissima Hierba del campo Zygophyllaceae Kallstroemia parviflora

6.1 Listado de Fauna

6.1.1 Mamíferos Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Canidae Canis latrans Coyote Canidae Urocyon cinereoargenteus Zorragris Cervidae Odocoielus virginianus Temazate Cricetidae Baiomys taylori Ratónpigmeo Cricetidae Microtus mexicanus Metorito Cricetidae Neotoma albigula Ratamagueyera Cricetidae Neotoma mexicana Ratamexicana

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56 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Cricetidae Peromyscus boylii Ratónarbustero Cricetidae Peromyscus difficilis Ratóndelasrocas Cricetidae Peromyscus gratus Ratóndetlalpan Cricetidae Peromyscus levipes Ratóndelamalinche Cricetidae Peromyscus maniculatus Ratónnorteamericano Cricetidae Peromyscus melanophrys Ratóndemeseta Cricetidae Peromyscus pectoralis Ratóntobilloblanco Cricetidae Peromyscus truei Ratónpiñonero Cricetidae Reithrodontomys fluvescens Ratón Cricetidae Sigmodon hispidus Rataalgodonera Cricetidae Sigmodon mascotensis Ratadelacaña Dasypodidae Dasypus novemcinctus Armadillo Didelphidae Didelphis virginiana Tlacuache Felidae Lynx rufus Lince Heteromyidae Chaetodipus hispidus Ratóndeabazonescrespo Heteromyidae Cratogeomys tylorhinus TuzadeQuerétaro Heteromyidae Dipodomys phillipsii Ratacangurodelcentro Heteromyidae Heteromys irroratus Ratónespinosomexicano Heteromyidae Perognatus flavus Ratóndeabazones Leporidae Lepus californicus Liebredecolanegra Leporidae Lepus callotis Liebretorda Leporidae Sylvilagus audubonii Conejo Leporidae Sylvilagus floridanus Conejofloridanus Mephitidae Mephitis macroura Zorrillo Mephitidae Spilogale gracilis Zorrillomanchado Molossidae Tadarida brasiliensis Murciélagocolasuelta Mormoopidae Mormoops megalophylla Murciélagobigotudo Mustelidae Mustela frenata Comadreja Mustelidae Taxidea taxus Tejón APhyllostomidae Choeronycteris mexicana Murcielagotrompudo Phyllostomidae Desmodus rotudus Vampirocomún Phyllostomidae Glossophaga soricina Murciélagolengüetón Phyllostomidae Leptonycteris nivalis Murciélagohocicudo

mayor

Procyonidae Bassariscus astutus Cacomixtle Procyonidae Mustela frenata Comadreja Procyonidae Procyon lotor Mapache Sciuridae Ictidomys mexicanus Motocle Sciuridae Otospermophilus variegatus Ardillónderoca Sciuridae Sciurus aureogaster Ardillamexicanagris Sciuridae Sciurus oculatus Ardilladepeter PrVespertilionidae Corynorhinus townsendii Murciélagomula

norteamericano

Vespertilionidae Eptesicus fuscus Granmurciélagocafé Vespertilionidae Lasiurus cinereus Murciélagocolapeluda Vespertilionidae Myotis californicus Miotiscaliforniano

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57 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059 Vespertilionidae Myotis nigricans Miotisnegro Vespertilionidae Myotis velifer Miotismexicano

6.1.2 Aves Familia Género Especie Nombre común NOM-

059 Residente/ Migratoria

Accipitridae Accipiter cooperii GavilándeCooper Pr MAccipitridae Accipiter striatus Gavilánpechorufo Pr RAccipitridae Buteo jamaicensis Aguilillacolaroja RAccipitridae Buteo albonotatus Aguilillaaura Pr MAccipitridae Buteo lineatus Aguilillapechorojo Pr MAccipitridae Buteo swainsoni AguililladeSwainson Pr MAccipitridae Buteo platypterus Aguilillaalasanchas Pr MAccipitridae Circus cyaneus Gavilánrastrero MAccipitridae Elanus leucurus Milanocolablanca RAccipitridae Parabuteo unicinctus HalcóndeHarris RAegithalidae Psaltriparus minimus Sastrecillo RAlcedinidae Chloroceryle americana Martínpescadorverde RAlcedinidae Megaceryle alcyon Martínpescador

norteñoM

Anatidae Anas acuta Patogolondrinonorteño

M

Anatidae Anas americana Patochalcuán MAnatidae Anas clypeata Patocucharónnorteño MAnatidae Anas crecca Cercetaaliverde MAnatidae Anas cyanoptera Cercetacastaña MAnatidae Anas discors Cercetaaliazul MAnatidae Anas platyrhynchos

diaziPatodecollarmexicano A R

Anatidae Anas strepera Patopinto MAnatidae Aythya affinis Patoboludomenor MAnatidae Aythya americana Patocabecirrojo MAnatidae Aythya collaris Patopiquianillado MAnatidae Aythya valisineria Patocoacoxtle MAnatidae Bucephala albeola Patomonja MAnatidae Oxyura jamaicensis Patotepalcate MApodidae Aeronautes saxatalis Vencejopechoblanco RArdeidae Ardea alba Garzablanca MArdeidae Ardea herodias Garzamorena MArdeidae Botaurus lentiginosus Avetoronorteño A MArdeidae Bubulcus ibis Garzaganadera MArdeidae Butorides virescens Garcetaverde MArdeidae Cochlearius cochlearius MartineteCucharón MArdeidae Egretta caerulea Garcetaazul MArdeidae Egretta thula Garcetapiedorado MArdeidae Egretta tricolor Garcetatricolor M

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58 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

Ardeidae Ixobrychus exilis Avetoromínimo Pr MArdeidae Nyctanassa violacea MartineteCoronado MArdeidae Nycticorax nycticorax Pedretecoronanegra MArdeidae Tigrisoma mexicanum AvetigreMexicana MBombycillidae Bombycilla cedrorum Ampelischinito MCaprimulgidae Antrostomus arizonae Chotacabras

cuerporruínR

Caprimulgidae Chordeiles acutipennis Chotacabrasmenor RCaprimulgidae Chordeiles minor Chotacabraszumbón MCardinalidae Calamospiza melanocory Gorriónalipalido MCardinalidae Cardinalis cardinalis Cardenalrojo RCardinalidae Cardinalis sinuatus Cardenalpardo RCardinalidae Passerina caerulea Picogordoazul RCardinalidae Passerina ciris Colorínsietecolores Pr MCardinalidae Passerina cyanea Colorínazul MCardinalidae Passerina versicolor Colorínmorado RCardinalidae Pheucticus melanocephalus Picogordotigrillo RCardinalidae Piranga ludoviciana Tángaracapucharoja MCardinalidae Piranga rubra Tángararoja MCardinalidae Piranga flava Tángaraencinera RCathartidae Cathartes aura Zopiloteaura RCathartidae Coragyps atratus Zopilotecomún RCharadriidae Charadrius collaris Chorlodeazara MCharadriidae Charadrius nivosus Chorlonevado RCharadriidae Charadrius semipalmatus Chorlosemipalmeado MCharadriidae Charadrius vociferus Chorlotildío RCiconiidae Mycteria americana Cigüeñaamericana Pr MColumbidae Columba livia Palomadoméstica RColumbidae Columbina inca Tórtolacolalarga RColumbidae Columbina passerina Tórtolacoquita RColumbidae Patagioenas fasciata Palomadeencinera RColumbidae Streptopelia decaocto Palomadecollar RColumbidae Zenaida asiatica Palomablanca RColumbidae Zenaida macroura Palomahuilota RColumbidae Zenaida meloda Palomadealasblancas RCorvidae Aphelocoma californica Charaazuleja RCorvidae Aphelocoma ultramarina Charapechigris RCorvidae Corvus corax Cuervocomún RCorvidae Corvus cryptoleucus Cuervollanero MCuculidae Coccyzus americanus Cuclillopicoamarillo MCuculidae Crotophaga sulcirostris Garrapateropijuy RCuculidae Geococcyx californianus Correcaminosnorteño RCuculidae Piaya cayana Cuclillocanelo RFalconidae Caracara cheriway Caracara

quebrantahuesosR

Falconidae Falco columbarius Halcónesmerejón M

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59 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

Falconidae Falco femoralis Halcónfajado A MFalconidae Falco mexicanus Halcónmexicano A RFalconidae Falco peregrinus Halcónperegrino Pr MFalconidae Falco sparverius Cernícaloamericano RFregatidae Fregata magnificens Fragata MFringillidae Carduelis psaltria Dominicodoriobscuro RFringillidae Euphonia elegantissima Eufoniacapuchaazul RFringillidae Haemorhous mexicanus Pinzónmexicano RFringillidae Spinus pinus Jilgueropinero RFringillidae Spinus psaltria Jilguerodominico RHirundinidae Hirundo rustica Golondrinatijereta RHirundinidae Petrochelidon fulva Golondrinadecueva MHirundinidae Petrochelidon pyrrhonota Golondrinarisquera RHirundinidae Progne subis Golondrinaazulnegra MHirundinidae Riparia riparia Golondrinaribereña MHirundinidae Stelgidopteryx serripennis Golondrinaala

aserrada M

Hirundinidae Tachycineta bicolor Golondrinabicolor MIcteridae Agelaius phoeniceus Tordosargento MIcteridae Euphagus cyanocephalus Tordoojoamarillo MIcteridae Icterus abeillei Bolserodorsioscuro RIcteridae Icterus bullockii Bolserocalandria MIcteridae Icterus cucullatus Bolseroencapuchado MIcteridae Icterus parisorum Bolserotunero RIcteridae Icterus wagleri BolserodeWagler RIcteridae Molothrus aeneus Tordoojorojo RIcteridae Molothrus ater Tordocabezacafé MIcteridae Quiscalus mexicanus Zanatemayor RIcteridae Sturnella magna Praderotortillacon

chileR

Icteridae Sturnella neglecta Praderooccidental MIcteridae Xanthocephalus xanthocephalus Tordocabezaamarilla MJacanidae Jacana spinosa Jacanamesoamericana MLaniidae Lanius ludovicianus Verdugoamericano RLaridae Chlidonias niger Charránnegro MLaridae Chroicocephalus philadelphia Gaviotadebonaparte MLaridae Hydroprogne caspia Charráncaspia MLaridae Larus delawarensis Gaviotapicoanillado MLaridae Leucophaeus atricilla Gaviotareidora MLaridae Leucophaeus pipixcan GaviotadeFranklin MLaridae Sterna forsteri CharrándeForster MMimidae Melanotis caerulescens Mulatoazul RMimidae Mimus polyglottos Cenzontlenorteño RMimidae Toxostoma crissale Cuitlacochecrisal RMimidae Toxostoma curvirostre Cuitlacochepicocurvo RMimidae Toxostoma ocellatum Cuitlacochemanchado R

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60 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

Motacillidae Anthus rubescens Bisbitadeagua MOdontophoridae Colinus virginianus Codornizcotuí ROdontophoridae Cyrtonyx montezumae Codornizmoctezuma Pr RParulidae Basileuterus rufifrons Chipegorrarufa RParulidae Cardellina pusilla Chipecoronanegra MParulidae Geothlypis tolmiei Mascaritacomún MParulidae Geothlypis trichas Mascaritacomún MParulidae Icteria virens Buscabreña MParulidae Mniotilta varia Chipetrepador MParulidae Myioborus miniatus Chipedemontaña RParulidae Myioborus pictus Chipealablanca RParulidae Oreothlypis celata Chipecoronanaranja MParulidae Oreothlypis crissalis Chipedecolima Pr MParulidae Oreothlypis ruficapilla Chipedecoronilla MParulidae Oreothlypis virginiae Chipedevirginia MParulidae Seiurus aurocapilla Chipesuelero MParulidae Seiurus noveboracensis Chipecharquero MParulidae Setophaga coronata Chipecoronado MParulidae Setophaga discolor Reinitagalana MParulidae Setophaga nigrescens Chipenegrogris MParulidae Setophaga occidentalis Chipecabezaamarilla MParulidae Setophaga petechia Chipeamarillo MParulidae Setophaga ruticilla Chipeflameante MParulidae Setophaga townsendi Chipenegroamarillo MPasserellidae Aimophila ruficeps Zacatonerocoronarufa RPasserellidae Ammodramus savannarum Gorriónchapulín MPasserellidae Amphispiza bilineata Zacatonerogarganta

negraR

Passerellidae Atlapetes pileatus Atlapetesgorrarufa RPasserellidae Calamospiza melanocorys Gorriónalablanca MPasserellidae Chondestes grammacus Gorriónarlequín MPasserellidae Junco phaeonotus Juncoojodelumbre RPasserellidae Melospiza georgiana Gorriónpantanero MPasserellidae Melospiza lincolnii Gorrióndelincoln MPasserellidae Melozone fusca Toquípardo RPasserellidae Passerculus sandwichensis Gorriónsabanero MPasserellidae Pipilo chlorurus Toquícolaverde MPasserellidae Pipilo maculatus Rascadormoteado MPasserellidae Pooecetes gramineus Gorrióncolablanca MPasserellidae Spizella atrogularis Gorriónbarbanegra RPasserellidae Spizella breweri Gorrióndebrewer RPasserellidae Spizella pallida Gorriónpálido MPasserellidae Spizella passerina Gorrióncejablanca RPasserellidae Zonotrichia leucophrys Gorrióncoronablanca MPasseridae Passer domesticus Gorrióndoméstico RPelecanidae Pelecanus erythrorhynchos Pelícanoblanco M

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61 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

Pelecanidae Pelecanus occidentalis Pelicanocafé MPhalacrocoracidae Phalacrocorax brasilianus Cormoránneotropical MPhalacrocoracidae Phalacrocorax auritus Cormoránorejón MPicidae Colaptes auratus Carpinterodepechera RPicidae Colaptes rubiginosus Carpinterooliváceo RPicidae Melanerpes aurifrons Carpinterocheje RPicidae Melanerpes formicivorus Carpinterobellotero RPicidae Picoides scalaris Carpinteromexicano RPicidae Sphyrapicus varius Carpinteromoteado MPodicipedidae Podiceps nigricollis Zambullidororejudo MPodicipedidae Podilymbus podiceps Zambullidorpico

gruesoR

Podicipedidae Tachybaptus dominicus Zambullidormenor RPolioptilidae Polioptila caerulea Perlitaazulgris RPolioptilidae Polioptila melanura Perlitadeldesierto RPtiliogonatidae Phainopepla nitens Capulineronegro RPtiliogonatidae Ptiliogonys cinereus Capulinerogris RRallidae Fulica americana GallaretaAmericana RRallidae Gallinula galeata Gallinetafrenteroja RRallidae Porphyrio martinicus Gallinetaamericana MRallidae Porzana carolina Polluelasora MRallidae Rallus limicola Rascónlimícola A MRecurvirostridae Himantopus mexicanus MonjitaAmericana RRecurvirostridae Recurvirostra americana Avocetaamericana RRegulidae Regulus calendula Reyezueloderojo MScolopacidae Actitis macularius Playeroalzacolita MScolopacidae Bartramia longicauda Zarapitoganga MScolopacidae Calidris alpina Playerocomún MScolopacidae Calidris bairdii PlayerodeBaird MScolopacidae Calidris himantopus Playerozancón MScolopacidae Calidris mauri Playerooccidental MScolopacidae Calidris melanotos Playeropectoral MScolopacidae Calidris minutilla Playerochichicuilote MScolopacidae Calidris pusilla Playerosemipalmeado MScolopacidae Gallinago delicata Agachona

NorteamericanaM

Scolopacidae Limnodromus scolopaceus Costureropicolargo MScolopacidae Numenius americanus Zarapitopicolargo MScolopacidae Phalaropus tricolor Falaropopicolargo MScolopacidae Tringa melanoleuca Patamarillamayor MScolopacidae Tringa solitaria Playerosolitario MScolopacidae Tringa flavipes Patamarillamenor MSittidae Sitta carolinensis Trepadorpechoblanco RSternidae Hydroprogne caspia Charráncaspia MStrigidae Asio flammeus Búhosabanero Pr M

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62 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

Strigidae Asio otus Búhocaracafé MStrigidae Athene cunicularia Tecolotellanero RStrigidae Bubo virginianus Búhocornudo MSturnidae Sturnus vulgaris Estorninopinto MSylviidae Polioptila caerulea Perlitagrisilla RThraupidae Volatinia jacarina Semillerobrincador RThreskiornithidae Eudocimus albus Ibisblanco MThreskiornithidae Platalea ajaja Espátula MThreskiornithidae Plegadis chihi Ibiscarablanca MTrochilidae Amazilia violiceps Colibrícoronavioleta RTrochilidae Archilochus colubris Colibrígargantarubí MTrochilidae Archilochus alexandri Colibríbarbanegra MTrochilidae Calothorax lucifer Colibrílucifer MTrochilidae Colibri thalassinus Colibríorejavioleta RTrochilidae Cynanthus latirostris Colibrípicoancho RTrochilidae Eugenes fulgens Colibrímagnífico RTrochilidae Hylocharis leucotis Zafiroorejablanca RTrochilidae Lampornis clemenciae Colibrígargantaazul RTrochilidae Selasphorus platycercus Zumbadorcoliancho MTrochilidae Selasphorus rufus Zumbadorrufo MTrochilidae Stellula calliope Colibrígargantarayada MTroglodytidae Campylorhynchus brunneicapillus Matracadeldesierto RTroglodytidae Catherpes mexicanus Saltaparedbaranqueño RTroglodytidae Cistothorus palustris Saltaparedpantanero MTroglodytidae Cistothorus platensis Saltaparedsabanero MTroglodytidae Salpinctes obsoletus Saltaparedderocas RTroglodytidae Thryomanes bewickii Saltaparedcolalarga RTroglodytidae Troglodytes aedon Saltaparedcomún RTurdidae Catharus aurantiirostris Zorzalpiconaranja RTurdidae Catharus guttatus Zorzalcolacanela MTurdidae Catharus occidentalis Zorzalmexicano RTurdidae Catharus ustulatus ZorzaldeSwainson MTurdidae Myadestes occidentalis Clarínjilguero Pr RTurdidae Turdus grayi Mirlopardo MTurdidae Turdus migratorius Mirloprimavera MTurdidae Turdus rufopalliatus Mirlodorsorufo MTyrannidae Camptostoma imberbe Mosqueritochillón RTyrannidae Contopus cooperi Pibíboreal MTyrannidae Contopus pertinax PibíTengofrío RTyrannidae Contopus sordidulus PibíOccidental MTyrannidae Empidonax hammondii Mosquerode

HammondM

Tyrannidae Empidonax minimus Sastrecillo MTyrannidae Empidonax oberholseri Mosquerooscuro MTyrannidae Empidonax occidentalis Mosquero R

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63 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Residente/ Migratoria

barranqueñoTyrannidae Empidonax traillii MosqueroSaucero MTyrannidae Empidonax wrightii MosqueroGris MTyrannidae Myiarchus cinerascens Papamoscascenizo RTyrannidae Myiarchus crinitus Papamoscasviajero MTyrannidae Myiopagis viridicata Fiofioverdoso RTyrannidae Myiozetetes similis Luisgregario RTyrannidae Pitangus sulphuratus Luisgrande MTyrannidae Pyrocephalus rubinus Mosquerocardenal RTyrannidae Sayornis nigricans Papamoscasnegro RTyrannidae Sayornis phoebe PapamoscasFibí MTyrannidae Sayornis saya Papamoscasllanero MTyrannidae Tyrannus melancholicus Tiranoreal MTyrannidae Tyrannus tuberculifer Papamoscastriste RTyrannidae Tyrannus tyrannus Tiranodorsonegro MTyrannidae Tyrannus verticalis Tiranopálido MTyrannidae Tyrannus vociferans Tiranogritón RTytonidae Tyto alba Lechuzadecampanario RVireonidae Vireo bellii VireodeBell MVireonidae Vireo cassinii Vireodecassin MVireonidae Vireo huttoni Vireoreyezuelo R

6.1.3 Peces Familia Género Especie Nombre común Exótico

Atherinopsidae Chirostoma aculeatum Charalcuhcillo Atherinopsidae Chirostoma labarcae Charaldelabarca Atherinopsidae Chirostoma arge Charaldelverde Catostomidae Moxostoma austrinum Matalotechuime Cichlidae Oreochromis aureus Tilapiaazul SiCyprinidae Algansea tincella Pupodelvalle Cyprinidae Cyprinus carpio Carpacomún SiCyprinidae Yuriria alta Carpablanca Goodeidae Goodea atripinnis Tiro Goodeidae Xenotoca variata Pintada Poeciliidae Poeciliopsis infans GuatopotedelLerma Poeciliidae Poecilia sphenops Topotemexicano Poeciliidae Xiphophorus helleri Coladeespada

6.1.4 Reptiles

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Anguidae Gerrhonotus liocephalus Escorpión PrColubridae Conopsis lineata Culebraterrestrelineada Colubridae Conopsis nasus Culebragris

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64 PMDUOET 2018

Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Colubridae Hypsiglena torquata Culebranoctorna PrColubridae Lampropeltis mexicana Falsocoralillorealmexicana AColubridae Lampropeltis triangulum Falsocoralillo AColubridae Masticophis mentovarius Culebrachirriadoraneotropical Colubridae Masticophis flagellum Culebrachirrioneraroja AColubridae Masticophis schotti CulebrachirrioneradeSchott Colubridae Pituophis deppei Alicante AColubridae Salvadora bairdi Culebracahtamexicana PrColubridae Thamnophis cyrtopsis Culebralistonadacuellonegro AColubridae Thamnophis eques Culebradeagua AColubridae Thamnophis melanogastercanescens Culebradeagua Colubridae Trimorphodon tau Falsanauyaca Dipsadidae Diadophis punctatus Culebradecollar Kinosternidae Kinisternon hirtipes Tortugapechoquebradopatarugosa PrKinosternidae Kinisternon integrum Tortugacasquito PrPhrynosomatidae Sceloporus grammicus Lagartijaescamosademezquite PrPhrynosomatidae Sceloporus scalaris Lagartijaespinosadepastizal Phrynosomatidae Sceloporus spinosus Lagartijoespinoso Phrynosomatidae Sceloporus torquatus Lagartijadecollar Teiidae Aspidoscelis gularis Lagartijallanera Typhlopidae Indotyphlops baminus Serpientecomúnciega Viperidae Crotalus molossus Cascabeldecolanegra PrViperidae Crotalus polystictus CascabeloscuradeQuerétaro Pr

6.1.5 Anfibios Familia Género Especie Nombre común NOM-059

Bufonidae Anaxyrus punctatus Sapodepuntosrojos Bufonidae Incilius occidentalis Sapodelospinos Eleutherodactylidae Eleutherodactylus verrucipes Ranachirrioneraorejona PrEleutherodactylidae Eleutherodactylus guttilatus Ranachirrionerapunteada Hylidae Dryophytes arenicolor Sapitodelaspiedras Hylidae Dryophytes eximius Ranitaverde Ranidae Lithobates berlandieri Ranaleopardo PrRanidae Lithobates montezumae Rananeovolcánica AScaphiopodidae Spea multiplicata Sapodeespuelas

ANEXO 7. CRITERIOS DE REGULACIÓN

Agricultura (Ag) Clave Descripción

Ag01 Las áreas agrícolas con alto vocación agroecológica se considerarán espacios de recursos estratégicos; por tanto, se evitará que sean sustituidas por los desarrollos urbanos e industriales.

Ag02 En las unidades de producción donde se cultiven especies anuales, se establecerá un cultivo de cobertura al final de cada ciclo de cultivo, que será incorporado como abono verde o bien utilizado como forraje para el ciclo siguiente; preferentemente empleando para tal cometido cultivos

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enriquecedores del suelo (tales como leguminosas o algunos cereales). Ag03 En los terrenos de temporal y en los de riego, se promoverá la salvaguarda del material genético de

los cultivos tradicionales locales y autóctonos de Mesoamérica y su frontera fisiográfica, en especial: maíz, frijol, calabaza, chiles, quelites, etc., con prevalencia sobre los transgénicos.

Ag04 En pendientes suaves (menores al 10%) se recomienda la utilización de canales de desvío y surcados en contorno para reducir la escorrentía superficial, y evitar la erosión del suelo a mediano plazo.

Ag05 En pendientes moderadas (10-30%) se recomienda introducir cultivos perennes o sistemas agroforestales.

Ag06 En las áreas de vocación forestal que presenten pendientes mayores al 30% sujetas a aprovechamiento agropecuario, se deberá restablecer la cobertura vegetal natural con especies nativas.

Ag07 Favorecer el establecimiento de cercos vivos entre parcelas como técnica para el control de la erosión y el ganado.

Ag08 Cuando se incorporen desechos biológicos al terreno de cultivo, se les aplicarán tratamientos fitosanitarios para que estos no representen riesgos de contaminación al producto. Estos tratamientos podrán ser químicos o naturales (solarización o desinfección por vapor de agua)

Ag09 Se fomentarán prácticas agrícolas de conservación de suelos, como medida para controlar la erosión de suelos y la quema de esquilmos. Las prácticas de barbecho, surcado y terraceo deberán realizarse en sentido perpendicular a la pendiente. La incorporación de materia orgánica y el mantenimiento de la cobertura del suelo reducen los costos de producción y evitan la degradación del sustrato.

Ag10 Sólo se podrán emplear agroquímicos que estén dentro de los catálogos y normas establecidos por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST)

Ag11 Se deberá fomentar la capacitación de los productores agrícolas en el uso apropiado y seguro de agroquímicos.

Ag12 Se favorecerán los subsidios agropecuarios oficiales a aquellos productores que eviten o minimicen el uso de agroquímicos, así como aquellos ligados a sistemas productivos tradicionales y de consumo en la economía local del Municipio.

Ag13 El cambio de uso del suelo forestal a agrícola o pecuario estará condicionado a la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental federal, estatal o municipal y a la presentación de un Estudio Técnico Justificativo Federal para cambio de uso del suelo. En todo caso el diseño del proyecto en cuestión deberá garantizar la continuidad de los procesos físicos y biológicos de la UGAT y presentar las garantías que establecen las legislaciones ambientales de los tres órdenes de gobierno al respecto.

Ag14 Para la UGAT se deberán seguir los lineamientos de la NOM-062-SEMARNAT-1994 que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos sobre la biodiversidad ocasionada por el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agropecuarios.

Ag15 En la UGAT se deberá observar la NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-1997 que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, y que establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la participación social y de gobierno en la detección del combate de los incendios forestales.

Ag16 Los cultivos contiguos a cuerpos de agua y cauces establecerán una zona de amortiguamiento de la menos 20m a partir de los límites de la zona federal del cauce o cuerpo.

Ag17 Se deberá evitar la contaminación de aguas superficiales y subterráneas derivadas del uso inadecuado de agroquímicos o mala disposición final de envases o residuos de los mismos, evitando la escorrentía de plaguicidas y fertilizantes hacia las aguas superficiales; en el caso de las aguas subterráneas se deberá evitar procesos de acumulación de partículas como el nitrógeno, fósforo y nitratos utilizadas en las prácticas agrícolas.

Ag18 Los sitios, bodegas o establecimiento de venta o almacenamiento de plaguicidas agrícolas deberán ser construidos con materiales ignífugos y contar con el visto bueno de la Dirección de Protección Civil municipal en cuanto a sus protocolos y equipamientos de control y prevención de incendios, derrames y accidentes.

Ag19 Los establecimientos de venta de plaguicidas son responsables del reciclamiento de los envases de los agroquímicos que venden de acuerdo a lo estipulado por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su reglamento y la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Para ello, deberán tomar las previsiones, a través de un Plan de Manejo, para la recolección de los envases vendidos y su disposición final.

Ag20 Los sitios, bodegas o establecimiento de venta o almacenamiento de plaguicidas agrícolas deberán ubicarse fuera de las UGATs urbanas o de asentamientos rurales. Estos sitios deberán estar alejados al menos 1,000 m de viviendas hospitales, escuelas, tiendas y establecimiento de venta de alimentos

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para consumo humano y animal. Al menos a 1,500 m de un cuerpo de agua permanente o intermitente, pozos u otras fuentes de suministro de agua para uso doméstico o para el ganado y fuera de la planicie de inundación de dichos cauces.

Ag21 Los envases vacíos de insumos agroquímicos deberán ser dispuestos en el Centro de Acopio Temporal (SAGARPA) bajo el tratamiento correspondiente.

Ag22 Ningún programa de fomento gubernamental se autorizará para el aumento de la superficie de cultivo sobre terrenos en suelos con pendientes mayores al 15% y de alta susceptibilidad a la erosión.

Ag23 La asignación de parcelas ejidales dentro de la UGAT deberá ceñirse al Art. 59 de la Ley Agraria. Ag24 Se limitará la agricultura en cualquiera de sus modalidades para evitar el avance de la frontera

agrícola sobre terrenos que conserven vegetación nativa Ag25 Se deberá desalentar la apertura de nuevas áreas agrícolas en la UGAT o el aprovechamiento

agropecuario dentro de la UGAT. Asentamientos humanos (Ah)

Clave Descripción Ah01 Respetar la normativa vertida en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento

Territorial y Desarrollo Urbano; la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, y el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato; la Ley del Patrimonio Cultural del Estado de Guanajuato; La Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado de Guanajuato; la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato; y según lo dispuesto en el Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende, Gto.

Ah02 Los asentamientos humanos se instalarán en zonas aledañas a las poblaciones previamente establecidas, evitando la creación de nuevos centros de población.

Ah03 Cualquier nuevo desarrollo habitacional, comercial, deportivo, industrial , de servicios o cualquier uso que implique la alteración de la infraestructura urbana o vial para su funcionamiento dentro de la UGAT, requerirá un Estudio de Compatibilidad Urbanística; una Evaluación de Impacto Vial (EIV); y una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), de acuerdo a las modalidades y términos de referencia que emitan, en su caso, las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias.

Ah04 La dotación de servicios, equipamiento e infraestructura urbana, turística o de vivienda unifamiliar o plurifamiliar en la UGAT, será siempre a cargo del desarrollador. Los servicios, equipamiento e infraestructura son los considerados en el Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende, y lo establecido en el presente ordenamiento con referencia a los siguientes rubros: Agua Potable. Con factibilidad del servicio emitido por la Comisión Estatal del Agua del Estado de Guanajuato (CEAG); y el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de San Miguel de Allende (SAPASMA) en el ámbito de sus competencias, para todo el desarrollo y por conducto de toma domiciliaria y con garantía de cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-230-SSA1-2002, Salud Ambiental. Agua para uso y consumo humano, requisitos sanitarios que se deben cumplir en los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo y la NOM-179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación de la calidad de agua para uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público. Alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales. A través de la conexión al albañal (descarga domiciliaria) y con garantía de cumplimiento de la NOM-002-SEMARNAT-1996 que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal; o en su caso, fosa séptica si el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de San Miguel de Allende, en el ámbito de sus competencias, lo aprueba y en cumplimiento con la NOM-001-SEMARNAT-1996 y la NOM-006-CONAGUA-1997 fosas sépticas- especificaciones y métodos de prueba. Alcantarillado pluvial. Que cuente con drenes marginales para la eliminación de las aguas pluviales excedentes con áreas disponibles para la disposición de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en conformidad con los establecido por la CEAG Y SAPASMA, en el ámbito de sus competencias. En su caso, el drenaje pluvial deberá integrar en su diseño un sistema de decantación, trampas de grasas y sólidos y otros que garanticen la retención de sedimentos o contaminantes. El sistema de drenaje de aguas pluviales deberá ser independiente del sanitario y aguas residuales. Energía eléctrica. Debe contar en la vialidad con acceso al terreno y cumplir con la normatividad que establece la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y empleando preferentemente el uso de energías alternativas en los esquemas de autogeneración o cogeneración que tiene la CFE. Alumbrado público. Los sistemas de alumbrado público contemplarán el uso de energías alternativas que conlleven a un ahorro, lo anterior deberá cumplir con la normatividad aplicable a Estado de Guanajuato y al municipio de San Miguel de Allende. Vialidad. Deberá contar con vialidad de acceso al terreno con pavimentos, que permita la absorción de agua. En el diseño de las vialidades se deberá considerar banquetas jardinadas, un espacio

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específico para ciclo vías y acceso a discapacitados de a cuerdo a la normativa respectiva. Pavimentación en vialidades. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a la normatividad aplicable para el Estado de Guanajuato, las normas y reglamentos que marca la Secretaría de Obra Pública del estado, y contar con la aprobación y validación de las Direcciones de Desarrollo urbano y Ordenamiento Territorial, así como la de Obras Públicas Municipales. Telefonía. De acuerdo a la factibilidad del servicio Gas. Se requiere para habitar el desarrollo de conformidad con la validación y aprobación de Protección Civil municipal. Seguridad. Se deberá presentar un proyecto de seguridad validado y aprobado por la Secretaría de Seguridad Pública, Tránsito Municipal y Protección Civil. Transporte Público. A cuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública, Tránsito Municipal y Protección Civil. Limpia y disposición de residuos sólidos urbanos. Contar con la aprobación y visto bueno de la dotación de servicio de recolección de basura, y disposición final de residuos por parte de la autoridad municipal y estatal correspondientes. Mobiliario Urbano. Deberá desarrollarse conforme a los lineamientos establecidos por las Direcciones Municipales correspondientes, tomando en consideración el empleo de materiales de bajo costo de mantenimiento, diseño sustentable e integrado a los lineamientos de imagen urbana que las autoridades municipales establezcan. Servicios ambientales. Espacios que deben contar con arbolado de acuerdo a la normatividad aplicable al municipio de San Miguel de Allende.

Ah05 El empresario, constructor o promotor inmobiliario y de servicios, presentará las garantías suficientes para dar cabal cumplimiento a las indicaciones plasmadas en el resolutivo de impacto ambiental a manera de seguros o fianzas a favor del fondo verde de San Miguel de Allende, de acuerdo a las previsiones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, y la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato.

Ah06 Incentivar desde el punto de vista fiscal y/o con otro tipo de apoyos, a aquellos desarrollos o inmuebles que demuestren la aplicación de técnicas de ahorro y reciclamiento de agua. Las ecotecnias susceptibles de estos estímulos son las certificadas por el Instituto de Fomento a la Vivienda.

Ah07 Solo podrán autorizarse desarrollos inmobiliarios y de servicios en la UGAT en sitios fuera de las zonas de riesgos señalados en el Atlas de Riesgos y Peligros del Municipio de San Miguel de Allende (2013). Se considerarán en el estudio de compatibilidad urbanística las zonas de riesgo debido a las fuentes de agentes químicos para establecer las áreas de amortiguamiento.

Ah08 Para la autorización y otorgamiento de la licencia de construcción el desarrollador deberá presentar un plan de manejo de “Residuos de manejo especial” correspondiente a los residuos de construcción y operación con base en lo estipulado en los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipio de Guanajuato, y lo señalado en el Reglamento Municipal para la Prevención y Manejo Integral de los Residuos Sólidos de San Miguel de Allende. La disposición temporal y final de los residuos deberá seguir de manera estricta los lineamientos del plan de manejo. El área de almacenamiento temporal de dichos residuos siempre deberá ser confinada y se tomará en cuenta para los cálculos del Coeficiente de Ocupación del Suelo. Se deberán evitar los tiraderos a cielo abierto para la disposición de residuos sólidos, así como la quema de los residuos.

Ah09 Se respetarán las condiciones y especificaciones establecidas por el INAH en las zonas de Patrimonio histórico cultural de la UGAT a partir de los catálogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Municipio. Los descubrimientos futuros serán denunciados al INAH y en el entretanto protegidos por el Municipio. En todos los casos se establecerá una zona de amortiguamiento determinada por la Dirección del Medio Ambiente y Ecología del Municipio, así como la de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

Ah10 En caso de ser autorizado, la superficie mínima del lote, frente mínimo del lote, el índice de edificación, altura máxima de edificación, cajones de estacionamiento por vivienda, restricciones frontales, porcentaje de jardinado para la restricción frontal, restricciones laterales y posteriores y los modos de edificación para viviendas unifamiliares, plurifamiliares o nuevos proyectos de desarrollo inmobiliario dentro de la UGAT se ceñirán a lo establecido en el Código Territorial del Estado y los Municipios de Guanajuato, y en el Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende, así como a las disposiciones de este Programa.

Ah11 El porcentaje de aprovechamiento para el desarrollo de proyectos de vivienda unifamiliar, plurifamiliar o proyectos inmobiliarios y turísticos será no mayor al 2% del área total de la UGAT. A este porcentaje de aprovechamiento se le deberá aplicar el Coeficiente de Ocupación del Suelo, y Coeficiente de Utilización del Suelo y Densidades especificadas en el Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende en los polígonos especificados para desarrollo

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urbano. Ah12 Se deberá evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares Ah13 La definición de nuevas reservas territoriales para asentamientos humanos a las que alude el

Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende deberán evaluar las condiciones físicas, biológicas y socioeconómicas locales en congruencia con la propuesta del presente instrumento.

Ah14 Se deberá desalentar el establecimiento de viviendas y asentamientos humanos en la UGAT. Conservación (Co)

Clave Descripción Co01 Realizar prácticas de valoración, preservación y gestión de la vegetación nativa en los ecosistemas y

núcleos principales del municipio correspondientes a las siguientes comunidades de flora: 1.- Bosque de encino; 2- vegetación de galería y de humedales ribereños en torno a cuerpos de agua y principales corrientes de agua; 3- matorral xerófilo crassicaule; 4- selva baja caducifolia; 5- parches de mezquite

Co02 Promover la reforestación de la UGAT con especies nativas de todo tipo de estrato. Co03 Incentivar la conservación de la UGAT a través de los lineamientos del Programa de Manejo del Área

Natural Protegida o cualquier otro instrumento formal de conservación como lo pueden ser Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA’s), los Planes de Manejo Forestal, los Planes Rectores de Microcuencas o los Planes de Desarrollo Rural Sustentable, asegurando la participación ciudadana conforme los lineamientos o reglas de operación que tienen estos instrumentos.

Co04 Promover la declaratoria de Área Natural Protegida estatal o municipal bajo los supuestos de la Ley Para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y el Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato

Co05 Se deberá promover la participación del sector privado y social en el establecimiento y manejo de Áreas Naturales Protegidas de acuerdo a las modalidades establecidas en la legislación estatal y federal, el programa de manejo respectivo y en las actividades de conservación y manejo de especies de interés que se encuentren listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.

Co06 Promover técnicas de manejo e infraestructura para la conservación de suelo y agua, tanto las oficiales sancionadas por SEMARNAT, SAGARPA o CONAGUA, como otras sugeridas por instituciones académicas y tecnológicas nacionales o internacionales.

Co07 Desarrollar prácticas de conservación de los arroyos de la UGAT, protegiendo su geomorfología y vegetación de galería de actividades productivas o el desarrollo de infraestructura en tramos frágiles o estratégicos. Estas zonas de exclusión deberán ser acordadas junto con SEMARNAT- CONAGUA, el Instituto de Ecología del Gobierno del Estado de Guanajuato, el H. Municipio de San Miguel de allende y el comité técnico de este ordenamiento, en el ámbito de sus competencias, y asentadas de manera formal en el Registro Público de Derechos del Agua para el uso o aprovechamiento de los bienes nacionales regulados por la Ley de Aguas Nacionales.

Co08 Cualquier obra que interrumpa los cauces o escurrimientos naturales de competencia federal deberá contar con la autorización de la CONAGUA o la SEMARNAT en el ámbito de sus competencias.

Co09 En los cauces poco profundos (<30 cm) de la UGAT deberán evitarse cualquier actividad, y deberá favorecerse el establecimiento de una zona de amortiguamiento que incluya, a partir del límite de la zona federal, al menos 5 m a cada lado del cauce.

Co10 La construcción, mantenimiento y consolidación de caminos deberá evitarse dentro de las zonas ribereñas y de inundación de los cauces.

Co11 El diseño de ingeniería de caminos sobre cauces deberá discutirse y sustentarse dentro de la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente, dependiendo de las atribuciones federales, estatales o municipales en la materia.

Co12 Las Áreas Naturales Protegidas y zonas de preservación ecológicas del municipio estarán interconectas entre sí a partir de corredores bio- hidrológicos

Co13 Se respetarán las recomendaciones de conservación y manejo del Río Laja como hábitat de refugio de la mariposa monarca, establecidas en el Plan de América del Norte para la Conservación de la Mariposa Monarca.

Co14 Incentivar programas agroforestales, silvopastoriles y de producción de especies nativas que deriven en el pago por servicios ambientales.

Co15 Fomentar el establecimiento de viveros de especies nativas que contribuyan a mejorar y diversificar la producción agropecuaria.

Co16 Promover auditorías ambientales dentro de la UGAT. Co17 Dar seguimiento a la normatividad federal, estatal y municipal en materia ambiental a través de

inspecciones periódicas, sobre todo la relacionada a materia forestal. Co18 Cualquier obra o actividad que requiera cambio de uso de suelo forestal, estará sujeto a la

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autorización en materia de impacto ambiental en el ámbito federal, estatal o municipal y a la presentación de un “Estudio Técnico Justificativo Federal para cambio de uso del suelo”. En todo caso el diseño del proyecto en cuestión deberá garantizar: a) la continuidad de los procesos físicos, biológicos y ecológicos naturales en la UGAT, b) la conectividad de los ecosistemas, c) las condiciones necesarias para la subsistencia, desarrollo y evolución de las poblaciones de flora y fauna silvestres. Adicionalmente se deberán presentar las garantías que establecen las legislaciones ambientales de los tres órdenes de gobierno al respecto.

Co19 Los proyectos, obras y actividades que requieran la instalación de barreras, bordos o cercas deberán garantizar que éstas permitan el libre paso de la fauna silvestre.

Co20 Los proyectos, obras y actividades que requieran la instalación de campamentos o infraestructura temporal deberán aprovechar preferentemente las áreas abiertas libres de vegetación, y ubicarse en zonas al menos a una distancia de 100 metros de cauces y cuerpos de agua

Co21 Si la autoridad competente, por excepción, autoriza desmontes en terrenos con vegetación forestal, éstos se deberán realizar de manera gradual conforme al avance de obra o proyecto, permitiendo a la fauna las posibilidades de establecerse en las áreas aledañas.

Co22 Cualquier actividad productiva a realizar en la UGAT, deberá garantizar el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales, así como la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad.

Forestal (Fo) Clave Descripción

Fo01 Todo proyecto de explotación de recursos forestales debe de sustentarse en estudios que garanticen los siguientes elementos: a) la sustentabilidad productiva a largo plazo; b) las microcuencas como unidad de manejo espacial; y c) el concepto de uso múltiple de ecosistemas como principios rectores. Estos elementos se desarrollarán bajo los lineamientos y autorizaciones que dictan la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley para el Desarrollo Forestal del Estado de Guanajuato y sus reglamentos, así como los dictados de la NOM-152-SEMARNAT-2006 que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal para el aprovechamiento de recursos forestales maderables en bosques, selvas y vegetación de zonas áridas. Se dará especial importancia a la preservación de los bosques de galería y manantiales someros

Fo02 Se realizarán acciones para privilegiar la restauración pasiva sobre cualquier método antropogénico de restauración.

Fo03 Se deberán emplear en las reforestaciones exclusivamente con especies nativas, según el tipo de vegetación en su expresión local y de preferencia fomentando viveros locales.

Fo04 Antes de cualquier acción de reforestación, se realizarán labores de labranza de conservación de laderas boscosas (trincheras, curvas de nivel, etc)

Fo05 En áreas con pendientes mayores a 45% se deberá desalentar el aprovechamiento forestal y se deberá conservar o en su caso restaurar la vegetación y los suelos.

Fo06 Las unidades de producción forestal contarán con un Programa de Manejo autorizado por SEMANART- CONAFOR a través de la evaluación de impacto ambiental correspondiente.

Fo07 Los aprovechamientos forestales deberán garantizar la permanencia de corredores biológicos y zonas de reproducción de la fauna silvestre, definiendo las zonas de vegetación nativa que serán conservadas

Fo08 Los aprovechamientos forestales y la apertura de caminos forestales deberán evitar la modificación u obstrucción de corrientes de agua superficiales. En todo caso, se dará preferencia a la rehabilitación de caminos de terracería existentes en vez de construir nuevas.

Fo09 El uso de maquinaria pesada en zonas de aprovechamiento forestal será nulo. Fo10 Los propietarios y poseedores de terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal están

obligados a prevenir los incendios forestales mediante la apertura de guardarrayas entre predios colindantes, limpieza y control de material combustible y la integración de brigadas preventivas.

Fo11 El aprovechamiento de leña para uso doméstico deberá sujetarse a lo establecido en la NOM-012-SEMARNAT-1996, que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de leña para uso doméstico.

Fo12 En la UGAT se deberá observar la NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-1997 que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, y que establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la participación social y de gobierno en la detección del combate de los incendios forestales.

Fo13 Se deberá promover la cultura forestal, a través de programas educativos, de capacitación, desarrollo tecnológico e investigación en materia forestal.

Fo14 El sector público dará prioridad a los productores que apliquen esquemas que aseguren la conservación y el adecuado aprovechamiento de los recursos forestales bajo programas de manejo

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forestal sustentable autorizados por las autoridades competentes en la materia. Fo15 Para la UGAT se deberán seguir los lineamientos de la NOM-061-SEMARNAT-1994 que establece

las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en la flora y fauna silvestres por el aprovechamiento forestal.

Fo16 Se deberán establecer áreas de exclusión temporal de ganadería y uso público en los sitios reservados para la regeneración natural del bosque.

Fo17 Las brechas y veredas para el desarrollo de actividades forestales deberán contar con obras de contención del suelo y garantizar la continuidad de los patrones naturales de los flujos hídricos.

Fo18 Se deberán incentivar programas de sanidad forestal en la UGAT en áreas degradadas o con presencia de plagas y enfermedades.

Fo19 En la UGAT se deberá promover el establecimiento de una reserva forestal de acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley para el Desarrollo Forestal del Estado de Guanajuato.

Fo20 Las zonas sujetas a restauración ecológica como zonas con ecosistemas perturbados y predios deforestados con vocación forestal, se mantendrán como zonas de exclusión para el aprovechamiento forestal hasta ser restauradas.

Fo21 Se deberá desalentar el aprovechamiento forestal dentro de la UGAT. Ganadería (Ga)

Clave Descripción Ga01 Se desalentará el libre pastoreo dentro de la UGAT, y se favorecerán las actividades pecuarias

intensivas con el establecimiento y recuperación de agostaderos, que cuenten con plantas de la región, con una carga animal adecuada y con cercos que delimiten la estancia del ganado.

Ga02 Las actividades pecuarias se realizarán sin comprometer la regeneración natural de los ecosistemas, ni la restauración ecológica de ecosistemas degradados y terrenos de vocación forestal.

Ga03 Se seguirán los coeficientes de agostadero estipulados por la Comisión Técnico Consultiva de Coeficientes de Agostadero (COTECOCA) de SAGARPA y su comisión estatal.

Ga04 Se deberán seguir los lineamientos de la NOM-020-SEMARNAT-2001 que establece los procedimientos y lineamientos que se deberán observar para la rehabilitación, mejoramiento y conservación de los terrenos forestales de pastoreo.

Ga05 Sólo se autorizarán programas oficiales de fomento pecuario de ganadería intensiva a predios con pendientes menores al 10%. En caso que el terreno en cuestión sea mayor del 10%, la propuesta deberá ser sometida a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental mismo que será sancionado y autorizado, en su caso, por el Instituto de Ecología del Estado de Guanajuato

Ga06 Los programas oficiales de fomento pecuario deberán tomar en consideración la pendiente del terreno. Se autorizarán dichos programas si existen condiciones probadas para la realización de ganadería controlada en zonas con pendientes menores al 10% exclusivamente.

Ga07 Los programas oficiales de fomento pecuario deberán desalentar la apertura de nuevas áreas para la instalación de pastizales. En su caso, se favorecerán propuestas que conlleven a la mejora de áreas con pastizales ya existentes así como proyectos de mejora genética, diversificación y de manejo pecuario estabulado.

Ga08 Se deberá realizar una campaña permanente de regularización de registros pecuarios como instrumento normativo oficial para la vigilancia ambiental del sector dentro de la UGAT.

Ga09 Las actividades pecuarias que se desarrollen bajo métodos de producción intensiva y en confinamiento, deberán prever un sistema para el tratamiento, reutilización o disposición final de las aguas residuales, mismo que deberá ser aprobado por las autoridades competentes, así como la implementación de sistemas de recolección y transformación de desechos en abonos orgánicos para reintegrarlos a suelos donde han sido alterados los contenidos de materia orgánica.

Ga10 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y el Instituto de Ecología, en el ámbito de sus competencias, realizarán auditoría o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores pecuarios con ganado estabulado con referencia al manejo de sus residuos sólidos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General Para la Generación Integral de Residuos del Estado y los Municipio de Guanajuato y sus reglamentos, así como con la Norma- Técnica Ambiental NTA-IEG-003/2001, que establece los requisitos para el Manejo de Residuos Químicos No Peligrosos. Antes y después de época de lluvias.

Ga11 Se deberán realizar una campaña permanente de regularización de cédulas agropecuarias como instrumento normativo oficial para la vigilancia ambiental del sector dentro de la UGAT.

Ga12 Toda actividad pecuaria deberá realizarse fuera de una franja de 20 metros a partir de la zona federal a ambos lados de cauces, ríos, arroyos y escorrentías, exceptuando la actividad apícola.

Ga13 Se desalentará toda actividad pecuaria en centros de población, reservas forestales y sitios de relevancia cultural.

Infraestructura (If)

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Clave Descripción If01 La construcción de infraestructura deberá evitar la reducción de la cobertura vegetal, la interrupción

de corredores biológicos y flujos biológicos, la disminución de los servicios ecosistémicos y la fragmentación del paisaje.

If02 Los sitios para la disposición de residuos sólidos deberán seguir los lineamientos de la NOM-083-SEMARNAT-2003 que establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

If03 Se deberán formular los planes de manejo de residuos por parte de las autoridades municipales conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Ley Para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato y sus reglamentos.

If04 En la construcción de infraestructura carretera se deberá tomar en consideración el respeto de los recursos y valores paisajísticos. Asimismo, se deberán evitar impactos significativos sobre el suelo.

If05 La construcción de caminos y carreteras deberán estar por lo menos a 200 m de zonas históricas o arqueológicas o estar sujeta a lo que en su momento dictamine el Instituto Nacional de Antropología e Historia en el ámbito de su competencia.

If06 Toda la infraestructura de conducción hidráulica deberá estar entubada. If07 Los proyectos, obras y actividades que puedan causar un deterioro severo del suelo y sus recursos

deberán llevar a cabo acciones de regeneración, recuperación y restablecimiento de su vocación natural. Se entenderá que se puede causar un deterioro severo de los suelos, cuando, entre otras: se afecte su integridad física y su capacidad productiva; su uso cause un desequilibrio ecológico; se favorezca la erosión, degradación o modificación de las características topográficas con efectos ecológicos adversos; se promueva la pérdida duradera de la cobertura vegetal; o, se genere deterioro de las propiedades físicas, químicas o biológicas del suelo. En todo caso, y de ser autorizados, los proyectos, obras y actividades deberán cumplir de manera cabal con las condicionantes que las autoridades federales y estatales establezcan en el ámbito de sus competencias

If08 Para toda obra o proyecto, durante las etapas de preparación y construcción, deberá mantenerse en todo momento una plataforma para el mantenimiento de equipo y maquinaria, la cual deberá contar con la infraestructura necesaria para garantizar la no infiltración de materiales peligrosos al subsuelo.

If09 En toda obra o proyecto, los materiales destinados para la construcción de infraestructura y el relleno de las zonas, deberá provenir preferentemente de las actividades de excavación y nivelación del proyecto, reduciendo el uso de materiales provenientes de otros sitios. Todos los materiales deberán ser almacenados de manera tal que se garantice su no dispersión por agua o viento.

If10 En caso de que un proyecto de infraestructura pretenda emplear explosivos invariablemente se deberá acompañar la Manifestación de Impacto Ambiental de un Estudio de Riesgo Ambiental. El estudio de Riesgo Ambiental deberá contener las previsiones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de explosivos o polvorín, lugares de empleo y establecer de manera clara e inequívoca los perímetros y salvaguardas de seguridad.

If11 En su caso, las cartas de “conformidad respecto a seguridad y ubicación de los lugares de consumo de explosivos” y de “conformidad respecto a seguridad y ubicación de los polvorines” por el presidente municipal para el uso de explosivos que alude el formulario RFA-EX - 003 para el otorgamiento del permiso respectivo por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional estará condicionado a que el promovente entregue de manera previa a la presidencia municipal los resultados de la Evaluación de Riesgo Ambiental correspondiente con un aval técnico por parte de las autoridades federales y el Instituto de Ecología del Estado de Guanajuato (IEEG).

If12 En su caso, la carta de opinión favorable por parte del gobernador del estado de Guanajuato para el uso de explosivos que alude el formulario RFA-EX - 003 para el otorgamiento del permiso respectivo por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional estará condicionado a que el titular del IEEG avale de manera previa los resultados de la Evaluación de Riesgo Ambiental respectiva bajo los supuestos establecidos en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

If13 Los campamentos para trabajadores de la construcción deberán contar con servicios sanitarios, agua potable, un reglamento para el manejo de residuos sólidos, así como una estrategia de protección civil para atender cualquier contingencia. La documentación respectiva que avale este criterio deberá presentarse como un anexo técnico dentro de la Manifestación de Impacto Ambiental respectiva.

If14 Las casas de máquinas, subestaciones eléctricas y patios de tensado de las líneas de transmisión sólo podrán establecerse en áreas degradadas o deshabitadas de la UGAT.

If15 El derecho de vía de las líneas de transmisión eléctrica se deberá establecer en áreas previamente degradadas o deshabitadas y salvo justificación expresa se podrán establecer torres o puntos de inflexión en áreas con vegetación nativa. Para ello se deberá demostrar las opciones de diseño en los estudios ambientales respectivos que marca la legislación ambiental federal.

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If16 Se desalentará la construcción de infraestructura nueva dentro de la UGAT. Industria (In)

Clave Descripción In01 Se deberá vigilar el cumplimiento de la legislación ambiental con referencia a los establecimientos

industriales dentro de la UGAT respetando las atribuciones federales, estatales y municipales al respecto.

In02 El establecimiento de industrias estará condicionado a las disposiciones del Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato; el Reglamento del Código Territorial para el Municipio de San Miguel de Allende y demás disposiciones legales aplicables, así como a lo establecido en el presente instrumento.

In03 Para su establecimiento, cualquier tipo de desarrollo industrial en la UGAT requerirá de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) respetando las atribuciones federales, estatales y municipales correspondientes.

In04 La dotación de servicios, equipamiento e infraestructura en la UGAT será siempre a cargo del empresario, constructor, promovente o promotor del desarrollo de una instalación o establecimiento industrial. Los servicios referidos son los siguientes: Agua potable. Con factibilidad del servicio emitido por la Comisión Estatal del Agua de Guanajuato y el Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Miguel de Allende (SAPASMA), en el ámbito de sus competencias, para todo el desarrollo y por conducto de toma domiciliaria y con garantía de cumplimiento de la NOM-127-SSA1-1994 Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización y la NOM-179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación del control de calidad del agua para uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público. Aguas residuales y drenaje. A través de conexión al albañal (descarga domiciliaria) y con garantía de cumplimiento de la NOM-002-Semarnat-1996 que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal; o, en su caso, fosa séptica si la Comisión Estatal del Agua de Guanajuato y la el Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Miguel de Allende (SAPASMA), en el ámbito de sus competencias, lo aprueban y en cumplimiento de la NOM-001-Semarnat-1996 y la NOM-006-Conagua-1997 fosas sépticas – especificaciones y métodos de prueba. Aguas pluviales. Que cuente con drenes marginales para la eliminación de las aguas pluviales excedentes con áreas disponibles para la disposición de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de conformidad con lo establecido por la Comisión Estatal del Agua de Guanajuato. Energía eléctrica. Debe contar en la vialidad de acceso al terreno y cumplir con la normatividad que establece la Comisión Federal de Electricidad y empleando preferentemente el uso de energías alternativas en los esquemas de cogeneración que tiene la propia Comisión Federal de Electricidad. Alumbrado público. Según necesidades del Conjunto Urbano normadas por el municipio. Vialidad. Debe contar con vialidad de acceso al terreno y, en su caso deberá demostrar los convenios y acuerdos de las servidumbres de paso correspondientes con los legítimos propietarios de los predios correspondientes. Guarniciones. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a la normatividad aplicable del estado de Guanajuato. Pavimentación en vialidades. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a la normatividad aplicable para el estado de Guanajuato, las normas que marca la Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano –en todas sus modalidades- y contar con la aprobación y validación de las Dirección de Obras Públicas municipales del ayuntamiento. Accesibilidad a Espacios públicos. De conformidad a la NMX-R-050-SCFI-2006 su equivalente o actualización, Accesibilidad de las personas con discapacidad a espacios construidos de servicio al público-Especificaciones de seguridad. Telefonía y telefonía celular. De acuerdo a la factibilidad del servicio. Gas. Se requiere para habitar el desarrollo de conformidad con la validación y aprobación de las direcciones de Protección Civil municipales. Seguridad. Se deberá presentar un proyecto de seguridad validado y aprobado por las Dirección de Seguridad Pública del municipio Transporte Público. Acuerdo con la dirección de Tránsito del municipio de San Miguel de Allende para la provisión del servicio. Limpia y disposición de residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Contar con la aprobación y visto bueno de la dotación de servicio de recolección de basura y disposición final de residuos por parte de la autoridad municipal y estatal en el ámbito de sus competencias. Mobiliario Urbano. Deberá desarrollarse conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial federal y tomando en consideración el empleo de materiales de bajo costo de mantenimiento, diseño sustentable e integrados a los lineamientos de imagen urbana

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que las autoridades municipales establezcan. In05 Para el otorgamiento de las licencias y permisos de competencia municipal, cualquier desarrollo en la

UGAT en la MIA correspondientes se deberá demostrar cómo el desarrollador proveerá de los servicios, equipamiento e infraestructura para el desarrollo industrial dentro de la UGAT referidos en el Criterio In04.

In06 El desarrollador deberá presentar las garantías suficientes a manera de seguros o fianzas para asegurar las condicionantes provistas en los resolutivos de impacto ambiental que emitan las autoridades correspondientes de acuerdo a las previsiones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente y la Ley Para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y sus reglamentos de acuerdo a las atribuciones correspondientes.

In07 Se deberá fomentar al establecimiento de industrias que incorporen técnicas y procesos productivos con bajo impacto ambiental.

In08 Los establecimientos industriales deberán presentar los planes de manejo de residuos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como la Ley Para La Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato y sus reglamentos.

In09 Con fundamento en los artículos 36 y 64 del Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato, la unidad administrativa municipal deberá fomentar, a través de los mecanismos legales correspondientes ante La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del estado de Guanajuato, en el ámbito de sus competencias, la realización de auditorías o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores industriales con referencia al manejo de sus residuos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como la Ley Para La Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato y sus reglamentos y el propio Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato.

In10 Con fundamento en los artículos 36 y 64 del Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato, la unidad administrativa municipal deberá promover ante las autoridades ambientales federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, la realización de inspecciones a los productores industriales al menos una vez al año con respecto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas que regulan los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera (NOM-035-ECOL-1993, NOM-043-ECOL-1993) y de calidad de agua (NOM-001-Semarnat-1996 y NOM-002-Semarnat-1996) así como de las obligaciones administrativas que las empresas tengan en materia de impacto ambiental, emisiones a la atmósfera y descarga de aguas residuales.

In11 Se deberá promover la auditoría ambiental voluntaria para las industrias dentro de la UGAT

In12 Las industrias en el municipio de San Miguel de Allende sólo podrán establecerse en UGATs calificadas con Política de Aprovechamiento sustentable- Industrial.

In13 Toda industria que se pretenda instalar en la UGAT deberá contar con una franja perimetral de aislamiento para el conjunto de sus instalaciones dentro del mismo predio, en la cual no se permitirá ningún tipo de desarrollo de infraestructura, a excepción de accesos, pudiéndose utilizar esta franja para fines forestales, de cultivo o ecológicos. El ancho de esta franja de aislamiento se determinará según las disposiciones del Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato y demás disposiciones legales aplicables.

In14 Se deberá apoyar el desarrollo de iniciativas empresariales locales que busquen el encadenamiento productivo agropecuario o la utilización innovadora de recursos naturales.

In15 Se deberán otorgar facilidades para el establecimiento de empresas que coadyuven al logro de la seguridad alimentaria del Estado.

In16 Se deberá promover el establecimiento de pequeñas agroindustrias considerando los productos locales.

In17 Las zonas destinadas al desarrollo industrial mantendrán una zona de amortiguamiento de al menos 1km con respecto a los asentamientos humanos.

In18 Las actividades industriales que se desarrollen en zonas de crecimiento urbano, contarán con un sello de industria limpia, no emitirán gases a la atmósfera molestos o dañinos para la población y el medio ambiente, ni generarán sólidos peligrosos; así como tratarán sus aguas residuales.

In19 Se deberá desalentar el establecimiento de establecimientos industriales en la UGAT. Minería (Mi)

Clave Descripción Mi01 Por las características de biodiversidad, cobertura vegetal y fragilidad ecológica, la autorización de

proyectos mineros de competencia estatal o de exploración, explotación de minerales y sustancias reservadas a la federación cuya modalidad sea de tipo “Tajo abierto” o de “minería a cielo abierto” estará limitada al 3% (tres por ciento) de la superficie total de la UGAT. Esta superficie incluye infraestructura y servicios conexos y se deberá respetar en todo momento para las autorizaciones ambientales respectivas. Las autorizaciones ambientales se favorecerán en las áreas deterioradas de

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la UGAT. Para este tipo de proyectos, en la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente, se deberá demostrar clara e inequívocamente cómo la iniciativa garantizará el respeto de dicha superficie. La unidad administrativa municipal deberá llevar una contabilidad de las superficies autorizadas para fines de control y enlace con las autoridades federales correspondientes. La contabilidad de las superficies afectadas deberá ser publicadas en los informes a los que hace referencia los artículos 36 y 64 Código Territorial Para El Estado y los Municipios de Guanajuato de manera periódica.

Mi02 Todo aprovechamiento de materiales pétreos y bancos de material seguirán los criterios y lineamientos de la Norma Técnica Ambiental NTA-IEE-002/2007, que establece los lineamientos y especificaciones para la selección, operación, seguimiento, abandono y obras complementarias y medidas de regeneración ambiental de un sitio de extracción de materiales pétreos.

Mi03 En caso de ser favorable, el resolutivo correspondiente se condicionará a que el promovente otorgue una garantía (fianza) a favor del fondo verde del Municipio de San Miguel de Allende que cubra los costos del Programa de Manejo Ambiental y, en su caso, de restauración del banco conforme a las estipulaciones de la NOM-EM-138-ECOL-2002, que establece los límites máximos permisibles de contaminación en suelos afectados por hidrocarburos, la caracterización del sitio y procedimientos para la restauración, previo a la terminación del proceso administrativo con la autoridad reguladora de la extracción dentro de la UGAT con base en el o los programas propuestos dentro del Programa de Manejo Ambiental y en lo establecido en Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley Para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato y sus reglamentos, así como con la Norma Técnica Ambiental NTA-IEG-003/2001 , que establece los requisitos para el Manejo de los Residuos Industriales No Peligrosos.

Mi04 Todo proyecto minero ya sea de competencia estatal o federal deberá contemplar como medida ambiental compensatoria la restauración de al menos cinco veces la superficie afectada, ya sea in situ (en la UGAT correspondiente) o ex situ (en UGATs con política de Restauración o Conservación), para que se autorice el permiso correspondiente de explotación ya sea nuevo, por renovación o ampliación.

Mi05 Sin menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Técnica Ambiental NTA-IEE-002/2007, que establece los lineamientos y especificaciones para la selección, operación, seguimiento, abandono, obras complementarias y medidas de regeneración ambiental de un sitio de extracción o explotación de materiales pétreos, todo proyecto minero cercano (menos de 1,000 m) a un centro de población, presentará para su autorización una Evaluación de Impacto Vial (EIV) y Evaluación de Impacto Urbano (EIU) respetando los términos de referencia y las atribuciones federales, estatales y municipales al respecto.

Mi06 En caso de proyectos mineros de competencia federal, las autoridades federales competentes solicitarán una opinión de factibilidad técnica a las autoridades municipales para la posible autorización del proyecto. Con base en esa opinión, la autoridad municipal, en el ámbito de sus competencias, se reserva la autorización para otorgar las licencias de funcionamiento y de uso de suelo correspondientes.

Mi07 Sin menoscabo de las condicionantes que en materia de impacto ambiental se emitan, las actividades mineras deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas que regulan los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera (NOM-035-SEMARNAT-1993, NOM-043-SEMARNAT-1993) y de calidad de agua (NOM-001-SEMARNAT-1996 y NOM-002-SEMARNAT-1996)

Mi08 La unidad administrativa municipal deberá promover que las autoridades de fiscalización ambiental como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente o la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del estado de Guanajuato, en el ámbito de sus competencias, realicen auditorías o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores mineros con referencia al manejo de sus residuos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley Para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato y sus reglamentos. Una copia de los reportes de dichas inspecciones deberá ser publicada y adicionada a los archivos de la Unidad Administrativa Municipal.

Mi09 Las autoridades federales, estatales y municipales en el ámbito de sus competencias, realizarán operativos de vigilancia continua en la cuenca del Río Laja, para detener y poner a disposición a las autoridades competentes, a las personas que, sin permiso alguno, hagan extracción o aprovechamiento de los materiales pétreos y mineros de dicha zona.

Mi10 Se deberá desalentar el establecimiento de nuevos proyectos mineros ya sea de competencia estatal o federal en la UGAT.

Patrimonio Cultural (Phc) Clave Descripción

Phc01 Se promoverá el levantamiento de un inventario del patrimonio cultural del municipio con su respectiva valoración.

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Phc02 Se promoverán talleres educativos y acciones de difusión cultural para fomentar el involucramiento de la sociedad civil en tareas de protección del patrimonio cultural, de acuerdo al Art. 30 del Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Phc03 Se promoverá la creación de un fideicomiso para la conservación y protección del Patrimonio Cultural de San Miguel de Allende.

Phc04 Las autoridades municipales otorgarán estímulos y/o apoyos a aquellos empresarios, constructores o promotores del desarrollo que promuevan la conservación, valoración y el uso sustentable de los recursos naturales y culturales, propiciando con dichas acciones la generación de fuentes de trabajo y la inversión en las comunidades.

Phc05 Los monumentos, sitios y rutas culturales de la UGAT, deberán ser claramente demarcados estableciendo, además, sus áreas de amortiguamiento. Dichas poligonales deberán ser añadidas a los registros correspondientes.

Phc06 Los programas de manejo del patrimonio cultural se registrarán ante las instancias de turismo y cultura de los tres órdenes de gobierno.

Phc07 El cobro por servicios culturales ligados al turismo se gestionará con base en su valoración, y al menos un 30% de estos ingresos serán destinados a la protección y conservación de los bienes en sí mismos, los cuales, serán depositados en el fideicomiso para la conservación y protección del patrimonio cultural de San Miguel de Allende.

Phc08 Se gestionará que las tarifas de admisión a los monumentos, museos, sitios, etc., puedan ser administradas por el municipio y depositadas en el fideicomiso de protección del patrimonio cultural.

Phc09 Los proyectos de conservación, mejora y uso sustentable de los recursos del patrimonio cultural y natural designados como relevantes o prioritarios para el municipio, operarán bajo en el marco de los planes de manejo autorizados por la autoridad competente y serán vigilados y evaluados por un subcomité ad hoc nombrado por el comité técnico de este ordenamiento.

Phc10 Se promoverá la formación, capacitación y certificación de los guías de turismo bajo convenio con las autoridades estatales y municipales en el ámbito de sus competencias, a fin de favorecer la protección, la difusión y el uso sustentable de los recursos del patrimonio cultural y natural del municipio.

Phc11 El cumplimiento con el reglamento derivado de las directrices del Programa de Manejo del Sitio Patrimonio de la Humanidad y de La Ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e históricas, se asegurará y apoyará mediante la organización de asociaciones civiles, juntas vecinales o uniones de campesinos la protección, cuidado y uso de los recursos naturales y culturales de la UGAT.

Phc12 En la UGAT, que así lo requiera por el patrimonio cultural contenido, previo al otorgamiento de la licencia de construcción o permiso de operación municipal de cualquier actividad económica, se contará con el visto bueno del INAH o el INBA en el ámbito de sus competencias y regulaciones. En todo caso el promovente deberá seguir las recomendaciones o indicaciones de estas instituciones y la autoridad municipal correspondiente evaluará el cumplimiento de dichas recomendaciones bajo convenio con las autoridades estatales o federales.

Phc13 Los gastos que la prospección y protección del patrimonio cultural de la UGAT correrán a cargo del empresario, constructor o promotor del proyecto de desarrollo, en tanto las autoridades competentes se hacen cargo de él.

Phc14 Si en una UGA se detecta la existencia de restos fósiles y/o de sitios arqueológicos, previo al desarrollo de cualquier actividad que involucre movimiento de tierras u ocupación física del territorio, se deberá realizar el estudio de prospección que delimite la localización y extensión de los sitios, promoviendo de inmediato su protección ante las autoridades federales.

Phc15 Las zonas paleontológicas del municipio deberán ser delimitadas a fin de solicitar a las autoridades federales correspondientes el Decreto que las designe como: Área paleontológica protegida, a fin de salvaguardarlas del saqueo. Se promoverá la realización de los trabajos de investigación correspondientes, ante instituciones científicas nacionales e internacionales a fin de rescatar y proteger ese tesoro cultural. Las colecciones privadas de especímenes paleontológicos que se hallan en el municipio y cuyos propietarios están dispuestos a donarlas, deberán pasar a integrar el patrimonio de un museo creado ex profeso, en alguna de las propiedades municipales, con el objetivo de enriquecer la cultura de los sanmigueleños y crear un atractivo turístico más.

Phc16 Todo trabajo de rescate, conservación, traslado, exhibición y utilización de un bien cultural deberá ser llevado a cabo por profesionales ad hoc y de ninguna manera quedarán sujetos a improvisaciones. Además, la autoridad competente señalará las condiciones de seguridad bajo las cuales se efectuará el manejo de dichos bienes.

Phc17 La cultura intangible será protegida, apoyada y regulada dialogando y consensuando con los diversos grupos sociales, promoviendo, además, los apoyos materiales que sean posibles de proporcionar.

Phc18 Se desarrollarán proyectos que se enfoquen en la búsqueda de la nivelación cultural y económica de

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los grupos sociales rurales con respecto de los urbanos, a fin de disminuir la enorme brecha de desigualdad que los separa. Estas acciones permitirán cumplir con los compromisos que se adquirieron al respecto al firmar la “Carta de la tierra” y al recibir el nombramiento de “Sitio Patrimonio cultural de la humanidad”. Los recursos económicos necesarios provendrán de las asignaciones del “Patrimonio mundial”, de recursos estatales y federales y de la gestión de éstos ante organismos internacionales.

Phc19 La cultura de los grupos indígenas existentes en el municipio, será objeto de especial protección, realizando actividades de conservación e investigación mediante el apoyo de especialistas y recursos materiales. Las acciones tendientes a incrementar su desarrollo humano, así como su calidad de vida serán planificadas y permanentes.

Phc20 Las directrices del Programa de Manejo del Sitio Patrimonio de la Humanidad y de La Ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e históricas, constituirán el eje rector para la toma de decisiones o el desarrollo de actividades relacionadas con los bienes culturales del municipio. Bajo dicha normatividad se buscará el florecimiento cultural del municipio, el cual, por los logros alcanzados deberá demostrar al mundo que el avance cultural de los sanmiguelenses los hace dignos del título de Sitio patrimonio cultural de la humanidad.

Pesca (Ps) Clave Descripción

Ps01 La continuación de los subsidios oficiales a la pesca de presa Allende y los cuerpos de agua municipales se condicionan al establecimiento y lineamientos resultantes de un Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria.

Ps02 Se promoverá y fomentará el desarrollo integral del sector acuícola y pesquero a través del aprovechamiento racional y sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas de los cuerpos de agua a través de la actualización de un programa pesquero bajo los lineamientos estipulados por los organismos oficiales.

Ps03 La Secretaría de Salud, SAPASMA y Ecología en el ámbito de sus competencias, llevará un programa de vigilancia epidemiológica. Lo mismo que el monitoreo de la calidad de agua y de los productos de la pesca para consumo humano.

Ps04 Se dará seguimiento a las poblaciones de peces en los cuerpos de agua del municipio para determinar su potencial pesquero y, en su caso, establecer capacidades de carga para su posible explotación.

Ps05 Se elaborará plan de manejo que cuente con la autorización de la dirección de Ecología Municipal, sobre la protección de las especies de peces y fauna acuícola nativas de la región, en donde se incluyan medidas de control sobre el cultivo de especies exóticas.

Turismo (Tu) Clave Descripción

Tu01 Fomentar la consolidación y ampliación de los corredores turísticos en el municipio con fundamento en la Normatividad Estatal, Federal y Municipal.

Tu02 Las rutas turísticas del municipio y los sitios de reunión familiar contarán con la señalización adecuada y la vigilancia de las corporaciones de seguridad de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias.

Tu03 Todo desarrollo turístico que implique la modificación de la cobertura natural del suelo, requerirán un estudio de impacto ambiental con base en lo estipulado en la Norma Técnica Ambiental NTA-IEG-006 , que establece los requisitos que deben cumplir e información que deben contener las manifestaciones de impacto ambiental en sus diferentes modalidades y los estudios de riesgo en el Estado de Guanajuato; o los términos de referencia que en su momento emitan las autoridades municipales en el ámbito de sus competencias.

Tu04 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, el Instituto de Ecología y las autoridades municipales, en el ámbito de sus competencias, inspeccionarán a las instalaciones turísticas y empresas paralelas al menos una vez al año con respecto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas que regulan los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera (NOM-035-ECOL-1993, NOM-043-ECOL-1993- en caso de contar con calderas en sus establecimientos-) y de calidad de agua (NOM-001-Semarnat-1996 y NOM-002-Semarnat-1996) así como de las obligaciones administrativas que las empresas tengan en materia de emisiones a la atmósfera y descarga de aguas residuales.

Tu05 Se deberá fomentar programas de turismo rural, cultural y de naturaleza de carácter privado y social asociados a otros productos locales emblemáticos.

Tu06 Con el fin de desarrollar el turismo rural se deberá propiciar el contar con casas de la comunidad como albergues o casas rurales y paraderos turísticos.

Tu07 En las UGATs donde se localicen cuerpos de agua, se precisará un Plan de Manejo respectivo especificando el tipo de actividades turísticas a realizar y las zonas para vehículos motorizados y no motorizados.

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Tu08 Se alentará bajo los parámetros de Ley el establecimiento de infraestructura de turismo en la UGAT con el menor impacto humano.

Tu09 El turismo en las áreas con vegetación (matorrales, selvas y bosques) será del tipo clasificado como Turismo de Naturaleza y se deberá promover su realización a través de la creación de Unidades de Manejo de Vida Silvestre (UMAs) u otro instrumento o programas del sector ambiental y de acuerdo al programa de manejo del área natural protegida en su caso.

Tu10 Las actividades turísticas dentro de la UGAT se limitarán a aquellas que no requieran infraestructura y equipamiento permanente, y se realizarán sin generar disturbios a la biodiversidad o a los ecosistemas.

Tu11 Las actividades turísticas se desarrollarán sin afectar las acciones aplicadas en zonas sujetas a restauración ecológica.