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t1

"!!' Aprueba Directiva para el otorgamiento deGarantíasPersonalesy Posesorias.

\)\I\-ICADELp~~~ .:?c:.

~PlJ~

N'1192 -2007-IN

Lima, 2 2 MAR. 2007

VL4JTO:

La propuesta fonnulada por la Oficina de Planificación de la DirecciónGeneral de Gobierno Interior. para modificar la Directiva N' 003-2002-IN-1504.

CONSIDERANDO:

u Que. la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fm, .J;d:~Oó,~~'>o supremo de la sociedad y del Estado y. la C.omtitución Política del Pero garantiza los

!W } erechos de la person~ establecidos en ella;~,,'- ~/'

~CCldnE.~"i Que. mediante Decreto Supremo NU 003-20O4-IN publicado el 05 de marzo

1. Vela A del 2004 .se aprobó el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N' 370 - LeyDEL del ~tinisterio del Interior. el mismo que establece que las Autoridades Políticas

,f~~'\ representan al Poder Ej&..""Utivoen el ámbito de su jurisdicción y velan por laii 'i' ejecución de la política del Gobierno. siendo las encargadás de cumplir y hacer

" cumplir la Constitucióny las Leyesy que. con el apoyo de la Policía Nacional delW E RivasPero,.velan por el orden interno;

Que. mediante Ley NU28895 del 23 de octubre del 2006 - Ley que suprimeé,~~ERA~las Prefecturas y Subprefecturas establece en w Art. 24° «Las Autoridades Politicas

~ $"."".OE(~~<&~nlos Gobernadores y Teniente Gobernadores en todo el territorio de la República;:- alJo ti;.;;~;O' \~v",~~jJ Que. la citada Ley. señala en su Art. 23° que las Autoridades Políticas

¡,'Q'.'01 o;#'repreoontan al Poder Ejecutivo en el émbito de su jurisdicción y velan por la~jecuci6n de la.politica.del Gobiemo. Están encarga.dasde cmnplír y hacer cmnplir laConstitución y las Leyes; y velar por el orden in~.emocon el apoyo de la PolicíaNacionaJ del PerÚen su circunSt.,ipciÓn.

Que. mediante Resolución NUO495-2002-IN-15O4 del 26 de marzo del 2002,. GarcíaM.se aprueba la Directiva N' 003-2002-IN-1504. la misma que es necesaria modificar

teniendo en cuenta la nueva nonnatividad vigente~

\~ ~ /S?~"e~"""':

«IónE..<>" Estalu:L.)a lo pn.)}JUestoPf..)fla Oficina de Planífica.cif.)n, Cf.)f)las vísa.cif.)nesdeJ. VelaA.los Orgal1os de la Díreccíbn Genera] de GobíeJ1Jf..)bJtenor.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 17. numeral 17.1. mc. c) ydis¡x"1Si.cióncomplementariay final del D.S.N' 004-2007-IN;

fv. E. Rivas V.SERESUELVE:

ARTICULO 1° .-Aprobar la Directiva N' 002, -2007-IN-1501 "NORMAS--,: ~ERA~

Y PROCED~1IENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE GARANTIAS

~:~0«;,.",., b~ SONALES y POSESORIA..q". contenida en siete (01) folios, los mismos que2 .\..\ ~ an parte de la presente Resolución. .u al09. ii'lF;

~ ~.. ARTICULO 2" .-Dejarsin efecto legal,la DirectivaN"003-2002-IN-1504,en- lo que ~ opongaa la pre~nte Directiva.

Regístrese y comuniquese

U. García M.

r.:

r.

. .- ,"

DIRECCION GENERAL DEGOBIERNO INTERIOR

DIRECTIVA N° OQ2.-2007-INPARA OTORGAMIENTO DE GARANTIAS

PERSONALES y POSESORIAS

, ,

J, Vela A.

DIRECTIVA N° 002 -2007-INPARA OTORGAMIENTO DE GARANTIAS

PERSONALES y POSESORIAS

(APROBADA POR RESOLUCION DIRECTORAL N° 1192-2007-IN)

PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE GARANTIASPERSONALES y POSESORIAS

I ASPECTOS GENERALES

A OBJETIVO.- Normar el procedimiento de otorgamiento de garantíaspersonales y posesorias.

B. FINALlDAD.- Uniformar el procedimiento para el otorgamiento de garantías afin de lograr mayor celeridad y eficacia.

C. ALCANCE.- Las normas contenidas en. la presente Directiva son decumplimiento obligatorio por parte de las Autoridades Políticas y personaladministrativo de la Dirección General de Gobierno Interior y dependencias dela Policía Nacional del Perú, que participan en los procedimientos deotorgamiento de garantías.

D. VIGENCIA.- A partir de la fecha de su aprobación

fv. E. Rivas If. BASE LEGAL

A Constitución Política del PerúB. Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del

Interior, aprobado por D.S. N° 003-2004-IN del 01MAR04.C. Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Art.- 4°D. Decreto Supremo N° 004-2007-IN del 01FEB2007.E. T.U.P.A DGGIF. Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo GeneralG. Directiva Sectorial N° 009-2003 MININTER del 23DIC2003, Normas para el

adecuado uso de la terminología legal utilizada en los dictámenes, informeslegales y resoluciones emitidas en el Ministerio del Interior.

DISPOSICIONES GENERALES

A. DE LAS GARANTIAS

1. Garantías PersonalesEs un procedimiento administrativo, que consiste en dictar las medidas Pre-Cautelares y/o conciliadoras orientadas a prevenir actos o amenazas queatenten contra las libertades y los derechos fundamentales de la persona,consagradas por la Constitución Política del Perú, leyes y normas vigentes.

J Vela A,

w: E. Rivas V.

2. Garantías Posesorias

Es un procedimiento administrativo, que,consiste en dictar las medidas Pre-Cautelares y/o conciliadoras a fin de atender a propietarios o poseedoresde bienes inmuebles que se vean amenazados por actos de invasión ousurpación del bien, por parte de terceros.

B. DE LA COMPETENCIALas Autoridades Políticas (Gobernadores) otorgarán en sus respectivasjurisdicciones garantías personales y garantías posesorias a las personas quelo soliciten, en salvaguarda de las libertades y derechos reconocidos por laconstitución Política del Perú, velando por su cumplimiento.

Las dependencias de la Policía Nacional del Perú, prestarán el apoyo enmateria de investigación de las garantías solicitadas, cuando la AutoridadPolític~ lo requiera, a fin de que éstas sean otorgadas oportunamente.

1. DE LAS INSTANCIAS Y LOS RECURSOS DE IMPUGNACiÓN Y LOSPLAZOS A SEGUIR

1.1. De acuerdo a lo establecido por la Ley 27444 "Ley General deProcedimiento Administrativo" en sus artículos 208, 209, Y210 los recursos impugnatorios deben estar sujetos a la Ley ydeben llevar la firma de un letrado.Para efectos de la prese,ntaciónde las solicitudes de garantíaspersonales y posesorias'las Gobernaciones se constituyen enla Primera Instancia y deberán resolver en el plazo de 30 díashábiles.En caso que el peticionario no este de acuerdo con laResolución de Primera Instancia, en un plazo de 15 díashábiles podrá interponer opcionalmente el recurso dereconsideración ante la misma in$tancia, adjuntando nuevoselementos probatorios que no estuvieron inmersos en elexpediente inicial, o presentar un Recurso de apelación ante laGobernación Capital de provincia la cual se constituirá enSegunda Instancia.De persistir la inconformidad por parte del solicitante de lasgarantías personales y/o posesorias, en un nuevo plazo de 15días hábiles el solicitante finalmente podrá presentar unRecurso de Revisión ante la Dirección de AutoridadesPolíticas de la Dirección General de Gobierno Interior, lacual se constituirá como Ultima Instancia administrativa.Para efectos de la presentación de las solicitudes de garantíaspersonales y posesorías en las Gobernaciones de distritoscapitales de provincia, éstas se constituyen en la PrimeraInstancia y la Dirección General de la DGGI en la tercera yúltima instancia debiendo, resolver en el plazo de 30 díashábiles

1.2.

1.3.

1.4.

1.5.

, ,

w: E. Rivas V.

"

2. DE LAS CONDICIONES PARA LA PRESENTACiÓN DE LASOLICITUD DE GARANTIAS

2.1. La solicitud de garantías es personal. En caso de fuerza mayor,el trámite podrá iniciarse mediante carta poder simple debiendoadjuntar fotocopia del DNI.

2.2. Para el caso de personas Jurídicas que soliciten garantíasposesorias lo harán a través del representante legal, acreditadomediante copia simple del testimonio de la escritura deconstitución y el poder vigente.

2.3. Pueden solicitar garantías, los ciudadanos en pleno ejercicio desus facultades. En caso de menores de edad, será un familiar,tutor o apoderado quien solicite las garantías así mismo podránhacerlo terceras personas cuando el agraviado se encuentreimpedido por razones físicas o psíquicas.

2.4. Es condición para el otorgamiento de garantías, que el asunto,materia de la solicitud no sea de conocimiento' del PoderJudicial, situación que debe ser expresada en la solicitud, con elcarácter de DeclaraciónJurada, bajo responsabilidad.

2.5. Las solicitudes de garantías deben ser formuladas contrapersonas naturales o jurídicas con domicilio real conocido, deacuerdo con el modelo de solicitud (Anexo 1).

2.6. Las solicitudes de garantías deberán contener o adjuntar,información, datos, testimonios o documentos que fundamentenla existencia de condiciones o situaciones que justifiquen lanecesidad y viabilicen el otorgamien.tode garantías. En el casode garantías posesorias, deberá adjuntarse necesariamente, eldocumento que acredita la posesión 'del bien con unaanticipación mínima de 3 meses, a la fecha de la solicitud.

E. PROCEDIMIENTOS

1. DE LA ETAPA DE LA RECEPCiÓNLa Autoridad Política recepcionara y registrará la solicitud de garantías,verificando que se cumpla con los requisitos señalados en el TUPA -MININTER/DGGI, y teniendo en cuenta las condiciones establecidas en lapresente Directiva.

2. DEL OTORGAMIENTO DE GARANTIASLa Autoridad Política procederá a citar a ambas partes en un plazo nomayor de 3 días para la entrevista y concilfación correspondiente, que debeser en forma voluntaria. Dicha citación se efectúa a través de 105TenientesGobernadores o utilizando los medios más adecuados.

Si a pesar de una segunda citación y en plazos prudentes, el denunciadono se hiciera presente, el gobernador resolverá en base a la informaciónproporcionada por el demandante.

.T Vela A.

w: E. Rivas V.

La autoridad política (Gobernador), escuchará y exhortará a las partes,invocándolas al principiode la oportunidad, es decir invitará a las partes aencontrar una solución armoniosa sobre los hechos materia deinvestigación.

El gobernador formulará la Resolución de otorgamiento de Garantías yprocederá a firmarla.

En el caso de Garantías Personales, si como consecuencia de la entrevistaefectuada se desprende que amerita una investigación, la Autoridad Políticadispondrá la remisión del expediente a la Delegación Policial quecorresponda para su investigación pertinente, el cual deberá ser devueltocon el informe respectivo, el mismo que deberá contener informacióncompleta, verdadera, eficaz y oportuna.

En. el caso de Garantías Posesorias, necesariamente se deberá remitir elexpediente a la delegación policial de la jurisdicción para el informe policial.

Una vez expedida la Resolución de otorgamiento de Garantías seráregistrada en el Libro correspondiente y será hecho de conocimiento de laDependencia Policial de la jurisdicción respectiva, para la notificación a laspartes devolviendo a la gobernación que corresponda la constancia deenterado, para ser anexado al expediente respectivo.

Las solicitudes sobre garantías personales o posesorias, serán tramitadosde acuerdo a Ley N° 27444- Ley de Procedimientos AdministrativosGeneral, teniendo en cuenta que deben acogerse al siguiente orden de 1°Instancia Gobernador de Distritó, 2° Instancia el Gobernador de DistritoCapital de Provincia, 3° Instancia la Dirección de autoridades Políticasde la Dirección General de Gobierno Interior.

DISPOSICIONES ESPECíFICAS

A. La Dirección General de Gobierno Interior, se encargara de la difusión de lapresente Directiva a todas las autoridades políticas a Nivel Nacional, velandopor el correcto cumplimiento.

B. Se coordinará con la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, para ladifusión de la presente Directiva a todas sus unidades y dependencias a NivelNacional.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS "

A. La Dirección General de Gobierno Interior así como las dependencias de laPolicía Nacional del Perú del Ministerio del Interior, deberán coordinar eldiligenciamiento oportuno para el otorgami~nto de garantías.

B. La Autoridad Política (Gobernador) remitirá a la Delegación Policial de lajurisdicción, una relación diaria de las garantías otorgadas, indicando losnombres, documentos de identidad y domicilio de los denunciados ydenunciantes, así como el motivo de las garantías otorgadas, en salvaguardadel cumplimiento de la misma. En caso de alguna ocurrencia, la autoridadpolicial deberá informar a la autoridad política, debiendo obrar un registro de

. .

J. Vela A. VI

~ E. Rivas V.

garantías otorgadas tanto en la dependencia de las gobernaciones como en ladependencia policial.

C. El personal PNP de la División de Asuntos Sociales de la Dirección Nacional deSeguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú (DINSE-PNP), así comoel que participe en los procedimientos de garantías, deberá cumplir lasdisposiciones establecidas en la presente Directiva bajo responsabilidaddisciplinaria; de ser el caso. La queja o denuncia correspondiente será resueltapor la Oficina de Moral y Disciplina de la PNP.

D. Las solicitudes de garantías remitidas por la Alta Dirección y recepcionadas porla Dirección General de Gobierno Interior en la sede central deberán sercanalizadas directamente a la Gobernación que corresponda. Lo cual sedeberá registrar para efectos de mantener una estadística y controlpermanente.

DISPOSICION FINAL

Las solicitudes de Garantías Personales y Posesorias, recepcionadas en lasgobernaciones de capital de Provincia en todo el país serán tramitadas yresueltas por estos gobernadores, así mismo los recursos de impugnación, engiro, y los que se recepcionen a partir de la fecha de la vigencia de la Ley28895, serán resueltas por los gobernadores en actual ejercicio de susfunciones y los Recursos de Apelación por el Gobernador de capital deProvincia, y los de Revisión serán elevados a la Dirección General de GobiernoInterior para su atención. .

MININTERlDGGIMODELO: T-03

SOLICITUD DE GARANTIAS PERSONALES Y/O POSESORIASSEÑOR

"""""""""""""""""""""""""""""""""

(Autoridad Política de la jurisdicción)

DATOS DEL SOLICITANTE(En caso de persona jurídica, llenar datos del representante legal, adjuntando docwnento que acredite larepresentatividad)

NOMBRES Y APELLIDOS...

NACIONALIDAD: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: ......

""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""....................................................................................................................................................................................................

............EDAD (ES) (Aproximadamente)........................................................................................................................................................

.......... ... ... ........

"""""""""""""""""""""""""""....................................................................................................................

,t;.~'I:'{)[~~ ... .....'§f J:' .~1i: " ~jJJPECLAROBAJO JURAMENTO NO TENER PROCESO JUDICIAL EN TRAMITE

c'\;,u t~~(CIVIL O PENAL) RELACIONADOS CON LASOLICITUD DE GARANTIAS.

Al presentar la solicitud,identificarse con DNIADJUNTO:Menores de edad solicitarángarantías a través deun familiar, tutor oapoderado

----------------------------------------------------------------------FIRMA DEL DEMANDANTE

(REPRESENTANTELEGALENCASODE PERSONAJURlDICA)(Huella digital, en caso no saber firmar)

Fecha