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Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del Servicio de Mantenimiento Integral de Instalaciones Página 1 de 61 CONTENIDO 1. Objeto y ámbito de aplicación................................................................................................. 2 2. Desarrollo operativo del servicio ............................................................................................. 3 2.1. Descripción de las instalaciones ......................................................................................... 3 2.2. Auditoria externa técnico - legal sobre el estado inicial de las instalaciones, plan de mantenimiento y auditorías periódicas ............................................................................................. 7 2.3. Plan de ahorro energético ................................................................................................ 10 2.4. Ejecución del plan de mantenimiento preventivo............................................................... 13 2.5. Mantenimiento correctivo ................................................................................................. 20 2.6. Mantenimiento de instalaciones críticas por servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas. ....................................................................... 21 2.7. Conducción y vigilancia de instalaciones........................................................................... 21 2.8. Red de saneamiento y vertidos ......................................................................................... 22 2.9. Climatizadoras y conductos de áreas críticas y de alto riesgo ............................................ 24 2.10. Tiempos de ejecución del servicio e intervención de los trabajos ....................................... 27 2.11. Gestión informatizada del servicio .................................................................................... 28 2.12. Informe mensual de la actividad del servicio ..................................................................... 30 2.13. Generalidades en la ejecución del Mantenimiento Integral ................................................ 31 3. Documentación a aportar por el adjudicatario ....................................................................... 36 4. Gestión de almacén de material de mantenimiento e instalaciones ....................................... 37 5. Medios técnicos ................................................................................................................... 39 6. Medios humanos ................................................................................................................. 40 7. Relaciones entre la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y el adjudicatario .................................................................................................................................... 42 7.1. Responsable del contrato ................................................................................................. 42 7.2. Representante del adjudicatario ....................................................................................... 43 7.3. Comunicaciones entre las partes...................................................................................... 44 7.4. Documentación e información relativa al contrato ............................................................. 44 7.5. Disciplina interna en el lugar de trabajo ............................................................................ 45 7.6. Seguridad e Higiene (Riesgos Laborales) .......................................................................... 46 7.7. Cambios en el trabajo ...................................................................................................... 47 8. Derechos y obligaciones del adjudicatario ............................................................................. 48 8.1. Comprensión de la naturaleza del equipamiento, instalaciones y de las condiciones en los hospitales ..................................................................................................................................... 48 8.2. Obligaciones generales del adjudicatario .......................................................................... 49 8.3. Obligaciones laborales del adjudicatario. .......................................................................... 55 8.4. Obligaciones medioambientales del adjudicatario ............................................................. 56 9. Incumplimientos .................................................................................................................. 57 10. Documentación a la finalización del contrato ........................................................................ 58 11. Penalizaciones ..................................................................................................................... 58 Anexo 1. Personal que actualmente presta servicio en los hospitales ................................................. 60

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Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del Servicio de Mantenimiento Integral de Instalaciones

Página 1 de 61

CONTENIDO

1. Objeto y ámbito de aplicación................................................................................................. 2 2. Desarrollo operativo del servicio ............................................................................................. 3

2.1. Descripción de las instalaciones......................................................................................... 3 2.2. Auditoria externa técnico - legal sobre el estado inicial de las instalaciones, plan de mantenimiento y auditorías periódicas............................................................................................. 7 2.3. Plan de ahorro energético ................................................................................................ 10 2.4. Ejecución del plan de mantenimiento preventivo............................................................... 13 2.5. Mantenimiento correctivo ................................................................................................. 20 2.6. Mantenimiento de instalaciones críticas por servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas. ....................................................................... 21 2.7. Conducción y vigilancia de instalaciones........................................................................... 21 2.8. Red de saneamiento y vertidos......................................................................................... 22 2.9. Climatizadoras y conductos de áreas críticas y de alto riesgo............................................ 24 2.10. Tiempos de ejecución del servicio e intervención de los trabajos....................................... 27 2.11. Gestión informatizada del servicio .................................................................................... 28 2.12. Informe mensual de la actividad del servicio..................................................................... 30 2.13. Generalidades en la ejecución del Mantenimiento Integral ................................................ 31

3. Documentación a aportar por el adjudicatario....................................................................... 36 4. Gestión de almacén de material de mantenimiento e instalaciones ....................................... 37 5. Medios técnicos ................................................................................................................... 39 6. Medios humanos ................................................................................................................. 40 7. Relaciones entre la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y el adjudicatario .................................................................................................................................... 42

7.1. Responsable del contrato ................................................................................................. 42 7.2. Representante del adjudicatario ....................................................................................... 43 7.3. Comunicaciones entre las partes...................................................................................... 44 7.4. Documentación e información relativa al contrato............................................................. 44 7.5. Disciplina interna en el lugar de trabajo............................................................................ 45 7.6. Seguridad e Higiene (Riesgos Laborales) .......................................................................... 46 7.7. Cambios en el trabajo ...................................................................................................... 47

8. Derechos y obligaciones del adjudicatario............................................................................. 48 8.1. Comprensión de la naturaleza del equipamiento, instalaciones y de las condiciones en los hospitales ..................................................................................................................................... 48 8.2. Obligaciones generales del adjudicatario .......................................................................... 49 8.3. Obligaciones laborales del adjudicatario. .......................................................................... 55 8.4. Obligaciones medioambientales del adjudicatario ............................................................. 56

9. Incumplimientos .................................................................................................................. 57 10. Documentación a la finalización del contrato ........................................................................ 58 11. Penalizaciones ..................................................................................................................... 58 Anexo 1. Personal que actualmente presta servicio en los hospitales ................................................. 60

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1. Objeto y ámbito de aplicación El presente pliego recoge la metodología de trabajo que la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir ha definido como básica y necesaria para ajustarse a los objetivos de calidad establecidos por la dirección, para la realización del Servicio de Mantenimiento Integral de Instalaciones en los siguientes hospitales pertenecientes a la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir (APESHAG) y que a continuación se relacionan: • Hospital Alto Guadalquivir, sito en Avda. Blas Infante, s/n., 23740 Andújar, Jaén. • Hospital de Montilla, sito en Ctra. Montoro- P. Genil, Km. 65,350, 14550 Montilla, Córdoba. • Hospital de Alta Resolución Sierra de Segura, sito en Ctra. Puente Génave- La Puerta de Segura,

Km. 0,300, 23350 La Puerta de Segura - Puente de Génave, Jaén • Hospital de Alta Resolución de Puente Genil, sito en C/ Miguel Quintero Merino, s/n. del Pol. Ind.

Las Acacias, C.P. 14500, Puente Genil, Córdoba. • Hospital de Alta Resolución de Alcaudete, sito en Camino Viejo de La Fuensanta, nº 2, C.P. 23660,

Alcaudete, Jaén. • Hospital de Alta Resolución Valle del Guadiato, sito en Paraje Cerro del Camello, s/n., 14200,

Peñarroya-Pueblonuevo, Córdoba. Asimismo, en este documento se regula y define el alcance y condiciones de prestación que habrá de regir en la contratación del servicio de mantenimiento integral de instalaciones, máquinas, edificio y mobiliario del mencionado centro. El servicio de mantenimiento integral de instalaciones de los hospitales de la APESHAG, objeto de este contrato incluye todos los aspectos y trabajos relativos a electricidad, fontanería, albañilería, jardinería, climatización, carpintería, pintura, etc. que afecten a la edificación, instalaciones y equipamiento que forma parte de los centros. Previamente a la presentación de las ofertas y para mejor adecuación de las mismas, se recomienda a las empresas licitantes visitar las instalaciones objeto del contrato, para lo cual se deberá concertar cita con los responsables de Mantenimiento de los hospitales. De dicha visita se levantará un acta in situ.

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2. Desarrollo operativo del servicio

2.1. Descripción de las instalaciones A efectos de la adjudicación de la prestación del servicio objeto del presente pliego, se considerarán las instalaciones técnicas, sistemas, equipos y mobiliario; así como el propio edificio y todas las zonas que forman parte del conjunto de cada uno de los hospitales, las cuales se detallan en los siguientes apartados. 1. Instalación eléctrica de media tensión: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de seccionamiento, acometida subterránea y centro de transformación, incluyendo todos sus equipos y elementos tales como transformadores, seccionadores, fusibles, interruptores automáticos, varillas, portavarillas, cableado de A.T., herrajes, toma de tierra, aparatos de medida, etc, y cualquier otro que, aún no formando parte de la instalación de A.T fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 2. Instalación eléctrica de baja tensión: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de distribución de energía eléctrica a partir de la salida en BT del Centro de Transformación, incluyendo todos sus elementos y equipos tales como cableado, cuadros eléctricos general y secundarios, batería de condensadores, diferenciales, magnetotérmicos, interruptores de caja moldeada y regulables, interruptores de corte en carga, cebadores, reactancias, equipos electrónicos de luminarias, tomas de corriente (enchufes), interruptores, luminarias interiores, exteriores, de emergencia y de seguridad, tomas de tierra, conexiones equipotenciales, suelos antielectrostáticos, paneles de aislamiento, baterías de transformadores de aislamiento, grupos electrógenos, SAI´s, cableados, etc. y cualquier otro que no teniendo naturaleza eléctrica fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 3. Central y subcentral térmica: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de producción de agua caliente para calefacción y agua caliente sanitaria, incluyendo todos sus equipos tales como calderas, quemadores, chimeneas, acumuladores, tanques de expansión, intercambiadores, bombas, almacenamiento y distribución de combustibles, control del sistema de tratamiento de agua, etc., y cualquier otro que, aún no encontrándose en el recinto de la central o subcentral, fuese indispensable para el correcto funcionamiento de los equipos o máquinas en ellas instalados. 4. Central frigorífica: entendiendo como tal la instalación de producción de agua fría para refrigeración o climatización, incluyendo todos sus equipos tales como grupos frigoríficos, bombas, torres de refrigeración, equipos de regulación, depósitos de inercia, etc., y cualquier otro que, aún no encontrándose en el recinto de la central, fuese indispensable para el correcto funcionamiento de las máquinas y equipos en ella instalados. 5. Instalación de acondicionamiento y tratamiento de aire: incluyendo todos sus equipos tales como climatizadores, extractores, fan-coils, inductores, ventiladores, silenciadores, equipos autónomos de tratamiento de aire, calefactores, radiadores o convectores, recuperadores de calor sensible, recuperadores de entalpía, generadores de humedad, compuertas cortafuegos, etc., así como sus sistemas de control y condiciones ambientales (temperatura, humedad, etc.).

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6. Cámaras frigoríficas, frigoríficos y equipos de aire acondicionado autónomos: se incluyen en este apartado el mantenimiento, revisión de los equipos citados y las nuevas instalaciones de máquinas de equipos autónomos. 7. Redes de distribución de agua fría, caliente de calefacción, caliente sanitaria: entendiendo como tales, tanto las de distribución a equipos terminales, como las de interconexión de equipos centrales y en su sentido más amplio, motobombas, tuberías, valvulería, aislamientos, etc., como sus sistemas de control. 8. Instalación de combustible: entendiendo como tal la instalación de distribución de gasóleo, gas natural y gas-propano para el suministro a Central Térmica, Cafetería, y a cualquier otro lugar de los hospitales, incluyendo los tanques de almacenamiento, redes de distribución y sistemas de control y medida. 9. Instalación general de fontanería y tratamiento de agua: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de acometida de agua a partir del contador de la compañía proveedora, almacenamiento, redes de distribución y sistemas de tratamiento, incluyendo todos sus componentes y equipos tales como aljibes, descalcificadora, equipos de cloración automática, grupos de presión, electrobombas, bombas de trasiego, fluxores, acumuladores, filtros, sistemas de osmosis inversa, aparatos sanitarios, grifería, bocas de riego, aspersores, etc., y cualquier otro que, aún formando parte directa de la misma fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 10. Instalación de saneamiento y depuración de aguas residuales: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de recogida de aguas residuales, fecales, pluviales y sistemas de tratamiento y evacuación, incluyendo todos sus equipos y componentes tales como reja de desbaste, grupos de presión, bombas sumergidas, redes de tuberías y canalizaciones de evacuación, recogidas de pluviales, alcantarillado, etc... y cualquier otro que, aún no formando parte directa de la misma fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 11. Instalación integral de comunicaciones: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones y sistemas de telefonía, megafonía, televisión, audio, etc., incluyendo todos sus equipos u subsistemas tales como equipos de televisión y música, módulos de voz y datos, redes de interconexión coaxiales y, módulos de llamada a enfermera, antenas de FM y TV, etc., y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 12. Instalación de detección y extinción de incendios: entendiendo como tal, el conjunto de instalaciones que integran los sistemas de detección y extinción de incendios, incluyendo todos sus equipos y componentes tales como, centrales automáticas de detección y extinción y alarmas, detectores, puertas cortafuego, pulsadores de alarmas, rociadores de agentes extintores, redes de distribución de aguas y agentes extintores, bocas de incendios equipadas, extintores portátiles, grupos específicos de presurización y bombeo, depósitos de agua, sistema de control informatizado, etc., y cualquier otro que, aun no formando parte directa de la misma fuese necesario para su correcto funcionamiento.

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13. Instalación de vacío, gases medicinales y aire comprimido industrial y medicinal: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de distribución de vacío, oxígeno, protóxido, aire medicinal e industrial desde los centros de producción, tanques de almacenamiento y centrales de gases, hasta los receptores finales (tomas de gases) incluyendo todos sus equipos y elementos tales como, bombas de vacío, depósitos de acumulación, valvulería, vacuómetros, cuadros selectores de consumos, sistemas de regulación y control, compresores, filtros, enfriadores, cuadros de alarma y seguridad, tuberías y canalizaciones de distribución, sistemas de evacuación de gases, etc., y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 14. Instalación de pararrayos: entendiendo como tal la instalación de pararrayos, toma de tierra y equipo autónomo de alimentación. 15. Ascensores: La empresa adjudicataria asumirá las funciones marcadas en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención correspondientes a las obligaciones del propietario en cuanto a cuidado y conservación de las instalaciones, e incluirá las actuaciones a llevar a cabo en el planning anual de mantenimiento general. Asimismo será la encargada del mantenimiento de la iluminación de las instalaciones y de los ascensores y del cuidado de los elementos ornamentales instalados en los mismos. 16. Instalaciones especiales: entendiendo como tales, el conjunto de instalaciones de QUIROFANOS, U.V.I., PARITORIOS, SALAS ESPECIALES Y LOCALES DE ALTO RIESGO, incluyendo todos sus equipos y elementos de protección, control, aislamiento, filtros especiales y cualquier otro que fuese necesario para su correcto funcionamiento. 17. Mobiliario: entendiendo como tal las sillas, sillones, banquetas, estanterías, mesas, armarios, archivadores, mamparas, carros, camas, camillas etc., y cualquier otro elemento que forma parte del mismo. 18. Señalización, complementos de edificación y pintura y revestimientos: entendiendo como tal el conjunto de rótulos e indicadores luminosos (según manual de identidad corporativa vigente para la APESHAG), señales de tráfico metálicas y sobre suelo, puertas de acceso, puertas de paso, ventanas, persianas, cristales, rejas exteriores, rejas de hueco de planta, celosías, barandillas de escalera, pintura, esmaltes, elementos decorativos y cualquier otro complemento de señalización, acceso, paso, protección y decoración que forme parte de los edificios. 19. Obra Civil: entendiendo como tal aquellas pequeñas obras de remodelación y saneamiento de los edificios y de toda la urbanización, paramentos verticales de cierre o separación, cubiertas, aislamientos, revestimientos, calles, acerados etc., incluyendo todos los elementos necesarios para el correcto sostenimiento y conservación del edificio. 20. Jardinería: entendiendo como tal las zonas verdes exteriores del recinto sanitario, incluyendo las áreas de poda, replantación, resiembra del césped, abonado, corte y todas aquellas operaciones que sean necesarias para el mantenimiento de las mismas, incluida la recogida y retirada de los residuos que aparezcan en las zonas ajardinadas y arboladas o procedan de ellas. Se incluye también la jardinería interior y en particular el cuidado y riego periódico de las plantas colocadas en el interior de los edificios.

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21. Puertas automáticas: Se incluye en este apartado todas las puertas automáticas instaladas en el edificio tales como, entrada principal, urgencias y quirófanos, etc. La empresa adjudicataria será responsable del mantenimiento y reparación de las mismas para su correcto funcionamiento. Asimismo se incluirán dentro de este apartado cuantas puertas automáticas se instalen en los hospitales durante la vigencia del contrato. 22. Transporte neumático: entendiendo como tal, la instalación para transporte de muestras de laboratorio, material de oficina, archivo, etc., incluyendo todos sus equipos, estaciones de carga y recogida, conductos, sistemas de regulación y control, mecanismos y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento. 23. Limpieza: de locales específicamente industriales tales como la central y subcentral térmica, central frigorífica, centros de distribución y transformación eléctricos, local de grupo electrógeno, locales de climatizadores y equipos de tratamiento de aire, centrales de distribución de gases, vacío o aire comprimido y cualquier otro de similares características donde actúe el personal de mantenimiento contratado. 24. Red de Datos: la red de datos instalada será mantenida por la empresa adjudicataria. Dicho mantenimiento consistirá en la verificación de su correcto funcionamiento, corrección de averías mecánicas en la instalación, reposición de cajas, mecanismos, etc. 25. Sistemas de control y gestión energética de las instalaciones: entendiendo como tal el conjunto de sistemas informáticos, equipos periféricos, controladores, módulos de entrada/salida, rack´s de interconexión, cuadros eléctricos de control, bus de datos, programas, etc., instalados en la Sala de Control y fuera de ella para el seguimiento, vigilancia y conducción durante las 24 horas de las instalaciones. Para cada una de las instalaciones descritas el adjudicatario tendrá que realizar los trabajos de mantenimiento preventivo, correctivo, predictivo y técnico legal. A lo largo del presente pliego se establecen las correspondientes penalizaciones por incumplimiento de cualquiera de las tareas demandas y que complementan a las indicadas a continuación:

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la realización de los mantenimientos preventivos, en las inspecciones que obligue la normativa vigente y en las revisiones que deben realizar los servicios técnicos autorizados.

Debe entregarse antes del día 15 del mes siguiente al establecido en el plan de mantenimiento.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de los informes al responsable de cada hospital

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PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Adaptación de planes de mantenimiento, inspecciones reglamentarias, documentación, etc a la modificación que se vaya produciendo en la normativa aplicable a cada instalación.

Las instalaciones deben estar mantenidas, legalizadas, documentadas, etc, tal como indica la normativa vigente.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de entrega del informe al responsable de cada hospital con toda la información.

Falta grave o falta con consecuencias económicas como resultado de la inspección de cualquier administración a las instalaciones.

Si como resultado de una inspección se dictamina una falta grave por no haber realizado las tareas establecidas por la normativa vigente o no disponer de la documentación que establece la normativa (libros de mantenimiento, legalización de instalaciones, etc).

- 10 % de la facturación mensual. - Importe integro de todos los costes ocasionados, descontado en la facturación mensual.

Hoja de inspección.

2.2. Auditoria externa técnico - legal sobre el estado inicial de las instalaciones, plan de mantenimiento y auditorías periódicas

Al inicio del contrato, el adjudicatario estará obligado a la contratación de los servicios de una entidad consultora externa especializada, que incluyan, al menos, la realización de una auditoría externa inicial de tipo técnico-legal, sobre el estado de las instalaciones, la revisión/modificación/actualización del plan de mantenimiento aportado por el adjudicatario en su oferta y la realización de auditorías externas anuales de la ejecución del servicio de mantenimiento. Para ello, el adjudicatario aportará a la APESHAG un mínimo de tres propuestas rubricadas por entidades consultoras de reconocido prestigio en el sector (experiencia en hospitales) y sin vinculación de ningún tipo al adjudicatario, con objeto de garantizar la máxima objetividad en los resultados y con garantía de que los mismos no se verán influenciados por los intereses de aquél. Será potestativa de la APESHAG la elección de la que le parezca la mejor opción de las planteadas, debiendo asumir el adjudicatario todos los costes de dicha propuesta. En caso de que ninguna de las propuestas sea considerada como adecuada, la APESHAG lo indicará al adjudicatario, con objeto de que éste recopile más propuestas para su aprobación por aquélla.

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La presentación de las propuestas deberá realizarse en las dos primeras semanas contadas desde el primer día de inicio de la prestación del servicio.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la presentación de las distintas propuestas de consultoras aportadas por el adjudicatario.

Debe realizarse en las dos primeras semanas contadas desde el primer día de la prestación del servicio.

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de las distintas propuestas a la APESHAG.

Los trabajos que deberá realizar dicha entidad consultora serán: a) Auditoría técnico-legal inicial. La cual deberá recoger, al menos, la siguiente información:

a.1) Análisis de estado de la documentación técnica existente en los centros en relación a la situación real.

a.2) Análisis de estado de las instalaciones y equipos. a.3) Análisis de condiciones de funcionamiento. a.4) Análisis de nivel de obsolescencia técnica a.5) Análisis de cumplimiento de la normativa vigente. a.6) Análisis del diseño de las instalaciones. a.7) Análisis de condiciones de seguridad. a.8) Informe de conclusiones. a.9) Propuesta de acciones correctivas-preventivas y clasificación por prioridades. a.10) Estudio económico aproximado.

b) Revisión/modificación/actualización del plan de mantenimiento de cada uno de los hospitales de

la APESHAG. Con independencia de los planes de mantenimiento que estén implantados en los hospitales de la APESHAG, la entidad consultora designada habrá de revisar/modificar/actualizar, en coordinación con los responsables de Mantenimiento y Servicios Generales de los hospitales, el plan de mantenimiento ofertado inicialmente por el adjudicatario para cada uno de los centros. El plan de mantenimiento resultante para la APESHAG deberá ser tal que garantice: b.1) Aumentar la vida útil de los equipos e instalaciones y garantizar el buen estado de la

edificación y sus elementos constructivos, así como minimizar su desgaste y deterioro temporal.

b.2) Aumentar la disponibilidad de los equipos e instalaciones, así como reducir sus averías. b.3) Optimizar la utilización de los recursos. b.4) Reducir los costes de mantenimiento. b.5) Aumentar la eficiencia energética y, por tanto, fomentar el ahorro energético y minimizar el

impacto ambiental. b.6) El cumplimiento legal b.7) Que es específico y particularizado para el equipamiento, instalaciones y edificación

presentes en los hospitales de la APESHAG y especificados en el alcance del presente documento, y no genérico o ambiguo.

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El plan de mantenimiento resultante, deberá ser sometido a la previa aprobación por los responsables de Mantenimiento de la APESHAG y, una vez aprobado, deberá ser cargado por el adjudicatario en la aplicación informática Prisma 3 para su control y ejecución, según se establece en el epígrafe 2.11.

Entretanto sea aprobado el plan de mantenimiento definitivo, el adjudicatario habrá de aplicar el plan que haya incluido en su oferta.

El plan de mantenimiento que se apruebe deberá incluir también las indicaciones específicas de seguridad y salud (en materia de prevención de riesgos laborales) indicadas para cada una de sus tareas, de manera que cada parte de trabajo que se genere del mismo incluya dicha información para los operarios que la hayan de ejecutar.

En el epígrafe 2.4 se amplía la información sobre lo que la APESHAG establece como requisitos mínimos para la ejecución del plan de mantenimiento y su contenido.

c) Auditorías periódicas. Con una periodicidad mínima anual y en la fecha que marque cada

responsable de Mantenimiento de la APESHAG, la entidad consultora contratada por el adjudicatario habrá de confeccionar una auditoría del servicio de mantenimiento, en la que deberán evaluarse, al menos, los siguientes aspectos:

c.1) Calidad del mantenimiento, esto es, si éste se está realizando de forma que garantice los fines del plan de mantenimiento expresados en el apartado b) anterior.

c.2) Estado de mantenimiento de las instalaciones de acuerdo a las prescripciones aplicables.

c.3) Anomalías y puntos débiles detectados en el mantenimiento. c.4) Grado de cumplimiento de la normativa vigente que aplica a cada instalación/equipo. Como conclusión a la auditoría realizada, el informe deberá incluir, al menos, el grado de idoneidad y nivel de cumplimiento de los requisitos de mantenimiento a partir de los puntos anteriores, conclusiones sobre estado de instalaciones y equipos, incumplimientos, cumplimientos y mejoras y recomendaciones (plan de acción) y sus criterios de seguimiento; todo ello sin perjuicio de lo que la entidad contratada determine incluir adicionalmente. Las deficiencias detectadas en el informe deberán ser subsanadas por el adjudicatario, y totalmente a su cargo, en los plazos de tiempo establecidos en el plan de acciones correctivas que se defina desde la APESHAG tras la emisión del informe de auditoría.

La realización de los trabajos descritos en los epígrafes a) y b) deberá completarse en los tres primeros meses, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la presentación de informe de auditoría inicial y plan de mantenimiento por entidad consultora externa especializada.

Debe realizarse en los tres primeros meses, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de presentación de informes y plan de mantenimiento redactados por consultora.

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2.3. Plan de ahorro energético La empresa adjudicataria, se comprometerá de forma activa a velar por el ahorro energético en consonancia con la política de gestión energética de la APESHAG dentro de sus hospitales; para ello la empresa adjudicataria establecerá en los trabajadores que realicen el servicio en los hospitales de la APESHAG una cultura para la gestión correcta de la energía e implantación de materiales energéticamente eficientes. Para ello la empresa adjudicataria:

• Tendrán un conocimiento exhaustivo del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética de cada unos de los hospitales, realizando al mismo las aportaciones que considere oportunas con el fin de mejorar el mismo.

• Implantará adecuadamente en su actividad, de servicio de mantenimiento, las medidas reflejadas en el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, y aquellas que permitan el ahorro energético, aun no estando incluidas en este.

• Se comprometen a establecer entre sus trabajadores una política para el uso eficiente y ahorro de energía a través de:

o Conocer los comportamientos y actitudes del personal que forma parte de la empresa

y realizan su actividad en los hospitales (mandos intermedios y trabajadores) en relación al uso de la energía.

o Concienciar e informar al personal sobre sus responsabilidades en la adecuada gestión energética.

o La información y participación de los trabajadores en las buenas prácticas del uso de la energía.

o La contabilidad y la determinación de indicadores adecuados para la gestión de la energía de los hospitales, ya sean los que establezca el Plan u otros que la propia empresa pueda aportar y sean ratificados por los responsables de Mantenimiento de los hospitales.

Todo ello conllevará como mínimo los siguientes trabajos o medidas encaminadas a buscar la buena y correcta gestión energética de las instalaciones de los edificios:

• Auditoría energética de cada uno de los hospitales; conteniendo esta como mínimo los siguientes capítulos:

o Fase preliminar de toma de datos. Se recogerán las curvas de carga eléctrica de al

menos 24 meses últimos, se realizaran medidas durante un mes en cada una de las líneas que salen de los CGBT (intensidad por fase, consumos máximos, mínimos y medios, curvas de carga etc), se realizarán medidas de caudales en cada una de las redes de distribución de agua de climatización, se realizarán medidas de rendimientos en calderas, se realizarán medidas de iluminación y temperatura en las distintas zonas del hospital durante 15 días, reflejando éstas las variaciones de actividad, condiciones climatológicas externas, periodo en el que se realiza la medida (noche, día de fin de semana etc.).

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o Elaboración de perfil de consumo según el análisis de los datos recogidos. o Estudio del perfil, caracterizando el mismo y confrontado el perfil de consumo con el

de actividad/funcionamiento del edificio. o Listado de medidas de ahorro que no impliquen inversión. o Listado de mejoras que signifiquen un ahorro energético y una mayor eficiencia

energética y que impliquen inversión, con el consiguiente estudio económico de la misma (tanto la energía consumida y la energía a ahorrar deben ser evaluados con un criterio financiero y para esto en los proyectos de mejoramiento y eficiencia energética se utiliza la tasa de retorno de la inversión –TIR– para evaluar la conveniencia de la inversión).

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Realización auditoría energética

Plazo máximo de 4 meses desde el comienzo de la prestación del servicio

- 7 % de la facturación mensual del servicio, en los meses posteriores al 4º mes

Fecha cuatro meses posteriores al inicio del servicio

• Implantación de la lista de mejoras posibles, listado de buenas prácticas y medidas de ahorro

que no impliquen inversión extraídas de la auditoría energética, y que reflejen el cumplimiento de la normativa aplicable, el cual implantará dentro del funcionamiento de las instalaciones y entre sus trabajadores en el plazo no superior a tres meses, después de la entrega de la auditoría.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la implementación de la lista de medidas de ahorro, mejoras y guía de buenas practicas que impliquen inverison

Plazo máximo de 3 meses desde entrega de auditoría

- 3 % de la facturación mensual del servicio en los meses posteriores al tercer mes

Fechas de implementación de las medidas y mejoras.

• Se compromete a la toma de datos y realización activa de cuantas tareas permitan el análisis de consumos dentro del hospital, para poder estudiar el mismo según instalación y equipos.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Falta de datos, por no realización de toma por parte de operarios.

Reiteración en la falta de datos, en un número superior a 30.

- 5 % de la facturación mensual del servicio, del mes posterior a darse la treintava falta de datos

Recuento de datos en fichero.

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• Establecerá y vigilará las temperaturas de confort, según lo que establece el Real Decreto 1826/2009, ajustando a estas las temperaturas de consigna del proceso de producción, y unidades terminales. Realizará en las unidades de producción (p.e. calderas y enfriadoras) las revisiones que marque la normativa, y las que fueren precisas para ajustar el rendimiento y sus parámetros de funcionamiento a los valores necesarios, para asegurar el buen funcionamiento y un menor consumo.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Numero de veces que los sistemas de producción y unidades terminales no se encuentran con los valores de temperatura de consigna adecuados.

Reiteración en el incorrecto establecimiento de las temperaturas de consigna, en un número superior a 30.

- 5 % de la facturación mensual del servicio, del mes posterior a darse la treintava incorrección en las temperaturas de consigna.

Recuento de desviaciones en fichero.

• Establecerá en los sistemas telemandados y de control, la necesaria programación de horarios

que marque el encendido y apagado de los equipos (iluminación, climatización etc.), ajustando estos horarios al de funcionamiento de las distintas zonas del hospital y a la actividad prevista (fines de semana, noches etc.).

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Libro de horario creados con la programación anual de los sistemas

No tener elaborado el libro de horarios a los tres meses desde el comienzo del servicio.

- 3 % de la facturación mensual del servicio, hasta tener creado el libro.

Fecha de entrega del libro anual de horarios.

• Asesorará a los hospitales en la compra de materiales, que permitan el ahorro energético,

introduciéndolos automáticamente en el listado de materiales de sustitución, en el caso de tener igual coste; especialmente en el cambio de lámparas, buscando la sustitución por lámparas de mayor eficiencia. Asimismo realizará una limpieza de luminarias (elementos reflectores, refractores, apantallamientos, etc.) con una frecuencia mínima anual.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Limpieza anual de luminarias

Realización de la misma en las fechas acordadas con el RU de Mto.

- 0,5 % de la facturación mensual del servicio, hasta realizarla.

Fecha de realización acordada.

• Realización anual de medición de los niveles lumínicos de los hospitales, llevando a cabo un

informe/estudio de los datos obtenidos y proponiendo según los casos la redistribución de luminarias, el empleo de detectores, el cambio de lámparas etc.; reflejando los ahorros esperados de cada una de las medidas propuestas.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Informe de la iluminación del hospital

Realización de la misma en las fechas acordadas con el RU de Mto..

- 1 % de la facturación mensual del servicio, hasta realizarla.

Fecha de realización acordada.

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• Cumplimiento exhaustivo del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética de cada uno de los hospitales, desde el mes posterior a su entrega a la empresa adjudicataria, informando/formando a sus trabajadores de las medidas necesarias para implementarlo y llevarlo a cabo en el servicio de mantenimiento, prestado por la empresa adjudicataria.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Numero de incumplimientos del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética

Mayor de 30 incumplimientos en el Plan.

- 7 % de la facturación mensual del servicio, del mes posterior a darse el treintavo incumplimiento

Recuento de incumplimientos en fichero.

2.4. Ejecución del plan de mantenimiento preventivo

2.4.1. Mantenimiento preventivo El mantenimiento preventivo será realizado para la totalidad de las instalaciones objeto del presente contrato y sus equipos componentes de forma programada, realizando sobre la misma actividades de limpieza, mediciones, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, reglajes, engrases, etc., y todas aquellas acciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de las instalaciones y plena disponibilidad de explotación de las mismas, desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medio ambiente. En este sentido y, conforme a lo mencionado anteriormente, se incluye dentro del mantenimiento preventivo el cuidado, limpieza y mantenimiento de los jardines de los hospitales objeto del contrato que dispongan de ellos, para su perfecto estado de conservación y tratamientos fitosanitarios que garanticen la vida de las plantas. Asimismo, es obligación del adjudicatario la realización de las labores necesarias destinadas a la prevención de incendios en aquellas zonas de los recintos hospitalarios que puedan constituir un peligro, por lo que deberán planificarse tareas de desbrozado y eliminación de pastos u otros elementos que sean susceptibles de provocar incendios, al menos dos veces al año y coincidiendo con las épocas de mayor riesgo. Se incluye también dentro del mantenimiento preventivo todas aquellas actuaciones orientadas a la perfecta conservación del mobiliario, cerramientos, paredes y techos, persianas y sus mecanismos, así como mecanismos de cortinas, estores, biombos, paredes móviles, etc. Los revestimientos de paredes, cualquiera que sea su material, también deberán ser conservados en perfecto estado, por lo que deberán tenerse en cuenta las tareas de pintura, sustitución de revestimientos vinílicos o de cualquier otro tipo. La conservación de exteriores y viales, también deberán incluirse dentro del mantenimiento, para lo cual, el adjudicatario deberá responsabilizarse de mantener en perfecto estado de conservación de la señalización vertical y horizontal, de fachada, iluminación, etc.

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El mantenimiento en buen estado de la cartelería corporativa interior y exterior, además de la actualización necesaria de la información contenida en ella, también se considerarán responsabilidad del adjudicatario, por lo que deberá asumir la rotulación de la misma cuando hayan de realizarse cambios en los textos, tipografías, etc. Como consecuencia del plan de mantenimiento que se haya confeccionado según lo expresado en el apartado b) del epígrafe 2.2, todas las actuaciones preventivas llevadas a cabo sobre equipos e instalaciones estarán definidas en dicho plan y trasladadas a la aplicación de gestión del mantenimiento Prisma 3 de la que se dispone en todos los hospitales de la APESHAG. Estas actuaciones preventivas serán realizadas por el adjudicatario para cada centro, tanto desde el punto de vista de tareas a realizar como de documentación necesaria para llevarlas a cabo. El citado plan de mantenimiento incluirá, como mínimo, los siguientes elementos:

• Inventario de equipos e instalaciones: en el que se recogerán la totalidad de las instalaciones existentes sobre las que se va a aplicar el mantenimiento preventivo.

• Protocolos de inspección de mantenimiento preventivo.: en el que se recogerán la totalidad de

hojas o partes de inspección, debidamente referenciadas a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.

En las citadas hojas o partes de inspección, se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando, como mínimo, con claridad en el impreso:

o Instalación a chequear: nombre que la identifica que deberá de ser el mismo que figura en el inventario.

o Código de instalación: a efectos de informatización, que será el mismo que figure en el inventario.

o Localización de la instalación: edificio, servicio, planta.

o Operaciones a realizar: puntos concretos a chequear en cada instalación (verificaciones y/o actuaciones concretas).

o Normativa vigente: aplicada para la realización de la inspección.

o Medidas de prevención de riesgos laborales asociadas a las operaciones a realizar y que el operario haya de tener en cuenta previamente a la ejecución o durante o tras la misma.

o Fecha de realización: de la inspección.

o Turno de realización: de la inspección.

o Nombre del operario: que realizó la inspección.

o Tiempo empleado.

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• Planning de inspecciones de mantenimiento preventivo: en el que se contemplarán las inspecciones a realizar con fecha real de inspección, día a día, y turno a turno, durante todo el año. Estará organizado por:

o Instalaciones (indicando su nombre y código).

o Operaciones a realizar (indicando la frecuencia de realización de cada una de ellas).

o Estadillo-registro de inspecciones, en el que se llevará el control de las inspecciones programadas en el planning de inspecciones. Figurarán los mismos datos que en el planning de inspecciones organizadas por instalaciones y meses naturales.

• Archivo de inspecciones: formado por todos los impresos de inspección ya realizados (hojas o

partes de inspección), en donde quedarán recogidas por escrito todas las incidencias registradas en las mismas.

El plan de mantenimiento preventivo de cada hospital deberá de quedar completamente conformado, tal y como se estableció en el apartado 2.2 en los tres primeros meses de prestación del servicio, a contar desde el día de inicio de la misma, debiendo de ser presentado a la dirección del centro o persona en quien delegue, para su aprobación. Una vez aprobado, el adjudicatario deberá encargarse de volcarlo a la aplicación Prisma 3, de manera que el plan se comenzará a ejecutar por completo a los 15 días naturales desde su aprobación por los responsables de cada centro. Entretanto se produce la aprobación, el adjudicatario estará obligado a ejecutar el plan de mantenimiento que hubiere incluido en su oferta.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la implantación completa del plan de mantenimiento preventivo acorde con las instalaciones de cada centro.

Debe realizarse en los 15 días posteriores a la aprobación del plan de mantenimiento por la APESHAG

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de comienzo de la ejecución del plan de mantenimiento preventivo en cada centro

2.4.2. Mantenimiento técnico-legal El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellas instalaciones de los hospitales que así lo requieran, según las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento en vigor, y la que pudiera promulgarse durante el período de vigencia del contrato. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el adjudicatario vendrá obligado a proponer por escrito al hospital afectado las modificaciones necesarias para adecuar las instalaciones a lo ordenado en la disposición legal dentro de los plazos previstos en la misma.

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Los gastos que ocasionen estas modificaciones correrán en todo caso a cargo de la APESHAG. Si las modificaciones no son de instalaciones, sino que se refieren a tareas y operativa del mantenimiento, el adjudicatario se vería obligado a su cumplimiento a su cargo. En caso de que el adjudicatario no hubiera realizado esta propuesta dentro de los plazos previstos por la disposición legal, y como consecuencia de ello, la APESHAG o cualquiera de sus hospitales fuera objeto de una sanción administrativa por la autoridad competente, el importe de la misma le sería descontado de la facturación al adjudicatario. El adjudicatario deberá presentar en el acto de la firma del contrato la documentación acreditativa necesaria, personal y empresarial, de que está en posesión del certificado de empresa instaladora y/o mantenedora, expedido por la autoridad administrativa competente, para todas aquellas instalaciones existentes en los hospitales que lo precisen legalmente. Esta documentación deberá estar permanentemente actualizada y a disposición de la APESHAG. Esto será también de aplicación al personal de la adjudicataria de los centros que debiera disponer de carnet y permisos oficiales necesarios exigidos por la legislación vigente durante todo el periodo del contrato. El adjudicatario custodiará, cumplimentará, actualizará y tramitará los libros de mantenimiento oficiales exigidos en las distintas normativas técnico–legales en vigor para aquellas instalaciones o aparatos que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del cumplimiento del articulado de las mismas. De acuerdo con lo dicho anteriormente, cumplimentará los libros de mantenimiento oficiales en los apartados de:

a) Titular del libro de mantenimiento y de la Dirección Técnica en los casos en que se necesite. b) Anotación de los resultados de las operaciones periódicas de mantenimiento. c) Relación de las revisiones periódicas de mantenimiento para las que esté autorizado

legalmente.

El formato de los libros de mantenimiento oficiales que no esté establecido por normativa legal podrá ser establecido por la APESHAG, debiendo el adjudicatario adaptarse al mismo y, en cualquier caso, mantener un formato y modelo de contenido igual para todos los hospitales de la APESHAG. El adjudicatario está obligado a realizar todos los trámites necesarios ante la Administración para el registro de los libros u otros documentos para los cuales sea exigible reglamentariamente. En los casos en que, por imperativo legal de las revisiones periódicas, éstas tengan que ser realizadas necesariamente por una entidad colaboradora de la Administración, debidamente autorizada, o por técnicos de la propia Administración, el adjudicatario comunicará a la APESHAG, con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión oficial, adjuntando información sobre qué empresas pueden legalmente llevarla a cabo. Para ello, el adjudicatario aportará a la APESHAG un mínimo de cuatro propuestas rubricadas por entidades colaboradoras de la Administración y sin vinculación de ningún tipo al adjudicatario. Será potestativa de la APESHAG la elección de la que le parezca la mejor opción de las planteadas, debiendo asumir el adjudicatario todos los costes de dicha propuesta. En caso de que ninguna de las propuestas

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sea considerada como adecuada, la APESHAG lo indicará al adjudicatario, con objeto de que éste recopile más propuestas para su aprobación por aquélla. En ningún caso, la elección de la entidad podrá retrasar o inclumplir lo establecido en los calendarios de revisiones previstas, por lo que deberá ser tenido en cuenta por el adjudicatario para su planificación con la suficiente antelación.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la presentación de las distintas propuestas de Organismos de Control Autorizados no vinculados y aportadas por el adjudicatario.

Debe realizarse en los tres primeros meses, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio, siempre y cuando se cumplan fechas de inspecciones reglamentarias durante ese intervalo de tiempo. Si no, se deberán presentar con anterioridad.

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de las distintas propuestas a la APESHAG.

El coste de la realización de dichas revisiones será asumido por la empresa adjudicataria y no causará costo alguno a la APESHAG. La mecánica de actuación de las instalaciones de mantenimiento técnico-legal, llevada a cabo sobre los equipos e instalaciones que lo precisen, estará definida en el plan de mantenimiento técnico–legal, que definirá el sistema operativo a desarrollar tanto desde el punto de vista de tareas a realizar, como de documentación necesaria para llevara a cabo y que estará incluido en el plan de mantenimiento tal y como se requiere en el epígrafe 2.2. La información contenida en el plan de mantenimiento aprobado, relativa a operaciones preventivas técnico-legales, también será trasladada a la aplicación de gestión del mantenimiento Prisma 3 de la que se dispone en todos los hospitales de la APESHAG. En el citado plan se incluirán, como mínimo, los siguientes apartados:

• Inventario de equipos e instalaciones, en el que se recogerán la totalidad de los equipos e instalaciones sobre las que es necesario realizar revisiones periódicas oficiales de carácter obligatorio.

• Protocolos de inspección del mantenimiento técnico-legal, en el que se recogerán la totalidad

de hojas o partes de inspección debidamente referenciados a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.

En las citadas hojas o partes de inspección se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:

o Aparato o instalación a inspeccionar (nombre que la identifica, que deberá ser

el mismo que figure en el inventario). o Código del aparato o la instalación a efectos de informatización, que deberá

ser el mismo que en el inventario. o Reglamento industrial a aplicar.

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o Puntos concretos de chequeo, señalando el artículo del reglamento que lo ordena.

o Clase de inspección, especificando si es revisión o revisión periódica de obligado cumplimiento (a cargo de empresa autorizada, mantenedor–reparador, entidades de inspección y control o técnicos de la Delegación competente en materia de Industria).

o Fecha de inspección. o Localización de la instalación: edificio, servicio, planta. o Nombre de la empresa que realiza la inspección, con indicación del técnico u

operario que la realiza.

o Medidas de prevención de riesgos laborales asociadas a las operaciones a realizar y que el operario haya de tener en cuenta previamente a la ejecución o durante o tras la misma.

• Planning de inspecciones, en el que se contemplarán todas las inspecciones a realizar

debidamente distribuidas a lo largo del año. Contemplará las inspecciones diarias, semanales, trimestrales, semestrales, etc., que establezca cada reglamento en particular.

Estará organizado por:

o Reglamentos industriales. o Instalaciones o Aparatos.

En cada inspección en concreto se consignará:

o Si es necesario o no, hacer anotación en el libro de Mantenimiento oficial. o Si es necesario o no, visar la inspección en la Delegación competente en

materia de Industria.

• Planning de revisiones periódicas de obligado cumplimiento: Se confeccionará un planning técnico atendiendo a la periodicidad diferenciada de cada instalación en concreto, del que se extraerá el planning real anual de aquellas instalaciones o equipos que deban ser revisadas oficialmente.

Estará organizado por:

o Reglamentos industriales. o Instalaciones o Aparatos.

• Estadillo–registro de inspecciones, en el que se llevará el control, de las inspecciones

programadas en los planning correspondientes. Existirá uno por cada uno de los planning existentes.

Estará organizado por:

o Instalaciones. o Meses naturales.

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• Libros-registro de mantenimiento oficiales. Existirán tantos como aparatos o instalaciones lo

necesiten desde el punto de vista de la normativa vigente. En ellos se consignará, además de lo establecido como mínimo por la normativa vigente:

o Inspecciones realizadas (no oficiales) que así lo exija su reglamento. o Inspecciones oficiales (revisiones periódicas) realizadas por :

o Instaladores–mantenedores autorizados. o Entidades de inspección y control reglamentario. o Técnicos de la Delegación competente en materia de Industria.

• Archivo de inspecciones. Formado por :

o Partes de inspección no oficial. o Actas de inspección oficiales (revisiones periódicas de obligado cumplimiento). o Libros-registro de mantenimiento oficiales.

• Correspondencia mantenida con:

o Fabricantes. o Instaladores–mantenedores autorizados. o Entidades de inspección y control reglamentario. o Técnicos de la Delegación competente en materia de Industria. o Relacionada con las inspecciones realizadas.

El plan de mantenimiento técnico-legal de cada hospital deberá de quedar completamente conformado conjuntamente con el plan de mantenimiento del mismo, como se estableció en el apartado 2.2 en los tres primeros meses de prestación del servicio, a contar desde el día de inicio de la misma, debiendo de ser presentado a los responsables de Mantenimiento de la APESHAG en cada centro, para su aprobación. Una vez aprobado, el adjudicatario deberá encargarse de volcarlo a la aplicación Prisma 3, de manera que el plan se comenzará a ejecutar por completo a los 15 días naturales desde su aprobación por los responsables de cada centro. Entretanto se produce la aprobación, el adjudicatario estará obligado a ejecutar el plan de mantenimiento que hubiere incluido en su oferta.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la implantación completa del plan de mantenimiento técnico-legal acorde con las instalaciones de cada centro.

Debe realizarse en los 15 días posteriores a la aprobación del plan de mantenimiento por la APESHAG

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de comienzo de la ejecución del plan de mantenimiento técnico-legal en cada centro

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2.5. Mantenimiento correctivo El mantenimiento correctivo será realizado sobre la totalidad de las instalaciones a las que aplica este pliego, realizándose sobre las mismas todo tipo de actuaciones tendentes a sus reparaciones y puestas en servicio en los plazos más exiguos posibles. Las reparaciones cuya ejecución implique parada de equipos o instalaciones o riesgo de parada sobre otras instalaciones subsidiarias en marcha, serán autorizadas previamente por la dirección del hospital correspondiente y realizadas en horarios que ésta señale, o persona en quien delegue, siendo válidos a estos efectos cualquiera de los incluidos en los turnos de mañana, tarde o noche y en cualquier día de la semana, sea laborable o festivo, debiendo considerar incluso la posibilidad de reforzar el turno. Cualquier reparación de mantenimiento correctivo que suponga un gasto económico adicional por utilización de materiales no comprendidos entre los que debe de aportar el adjudicatario podrá ser ejecutada por el adjudicatario previo conforme de la dirección del hospital que corresponda, una vez presentado el informe técnico-económico justificativo correspondiente así como el presupuesto de materiales adicionales. La representación de cualquier tipo de avería deberá de quedar registrada en el programa informático Prisma 3. La existencia de una avería podrá ser conocida por el adjudicatario por los procedimientos establecidos en la APESHAG, concretamente por la orden de solicitud de intervención Prisma 3, ésta deberá realizarse siempre y cuando la avería no sea urgente o esté referida a una mejora en máquina. El adjudicatario estará obligado a elaborar un Plan de Emergencias con posibles problemas en instalaciones específicas y detallando las soluciones provisionales en caso de emergencia. Este Plan de Emergencias debe ser entregado en los 3 primeros meses desde la entrada en vigor del contrato.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la confección e implantación de un plan de emergencias de instalaciones específicas.

Debe realizarse en los 3 primeros meses contados desde el inicio de la prestación del servicio

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de comienzo de la implantación del plan de emergencias confeccionado

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2.6. Mantenimiento de instalaciones críticas por servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas.

Sin perjuicio de lo establecido en el presente pliego, el adjudicatario deberá considerar de manera especial el mantenimiento de determinadas instalaciones consideradas como críticas dentro de los hospitales de la APESHAG. Éstas son las que se relacionan a continuación:

‐ Centros de transformación y CGBT. ‐ Ascensores y aparatos elevadores. ‐ Instalaciones contra incendios. ‐ Plantas enfriadoras de agua para climatización. ‐ Grupos electrógenos. ‐ Sistema de alimentación ininterrumpida (SAI). ‐ Calderas. ‐ Instalaciones de vacío, gases medicinales y aire comprimido. ‐ Sistemas de control. ‐ Pararrayos. ‐ Cámaras frigoríficas.

El mantenimiento preventivo, correctivo y técnico legal de estas instalaciones deberá ser realizado por los servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas, según proceda, conforme a sus propias recomendaciones y a lo establecido en la normativa legal vigente. La oferta técnica deberá incluir el coste y el alcance de las subcontrataciones externas para las instalaciones críticas antes mencionadas, detallando claramente los tiempos de respuesta de las empresas externas ante averías. La empresa que finalmente resulte adjudicataria deberá mantener contratos con los servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas, cuyo alcance cubra lo requerido en este epígrafe. El gasto derivado será por cuenta de la empresa adjudicataria. Así mismo, el adjudicatario tendrá obligación de registrar en PRISMA3 todas las operaciones de mantenimiento realizadas a estas instalaciones para su seguimiento y control histórico.

2.7. Conducción y vigilancia de instalaciones La vigilancia de las instalaciones incluirá además del control de funcionamiento, la toma de datos relativos a los parámetros de funcionamiento de los mismos, incluido su ajuste, de manera que en todo momento los equipos trabajen conforme a las prescripciones estipuladas por los fabricantes. El adjudicatario deberá comunicar, por tanto, a través de los informes técnico–económicos, cualquier defecto de las instalaciones o equipos que disminuyan su rendimiento, produzca un excesivo gasto energético, reduzca su nivel de seguridad, incumpla cualquier tipo de normativa industrial en vigor o pueda ser causa de una avería futura.

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Para realizar una correcta conducción–vigilancia de las instalaciones, el adjudicatario vendrá obligado a realizar, en los tres primeros meses desde la fecha de inicio de prestación del servicio, “manuales de entretenimiento de las instalaciones”, que expliquen de forma clara y concisa su funcionamiento, tal y como se describirá en el apartado correspondiente a documentación.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la realización de “manuales de entretenimiento de las instalaciones” de cada centro.

Debe realizarse en los tres primeros meses, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de entrega de los “manuales de entretenimiento de las instalaciones”

Para completar la vigilancia de las instalaciones, con carácter mínimo anual y, en cualquier caso, con la frecuencia que marque cada hospital, el adjudicatario estará obligado a la medición de ruidos y vibraciones, así como de emisiones atmosféricas. Tras dichas mediciones, el adjudicatario emitirá un informe con los parámetros verificados y una memoria de cálculo conforme a las exigencias de la legislación vigente en estas materias. El informe arrojará un resultado favorable o desfavorable en función de la adecuación de los resultados a los requisitos legales mencionados, debiendo estar debidamente justificado. En caso de que los resultados queden fuera de la legislación vigente, la empresa adjudicataria deberá realizar una propuesta de medidas correctivas para que sean sometidas a estudio por el hospital correspondiente. En el caso de estaciones depuradoras de aguas residuales u otras instalaciones en las que sea necesario (torres de refrigeración, red de agua potable, etc.) será obligatorio completar la conducción y vigilancia de dichas instalaciones con análisis en laboratorios homologados, lo cual correrá por cuenta del adjudicatario. La frecuencia de dichos análisis será establecida por la APESHAG.

2.8. Red de saneamiento y vertidos En la línea con el estricto cumplimiento del compromiso ambiental de la APESHAG, el adjudicatario velará porque los vertidos de aguas residuales de los hospitales tengan un impacto mínimo en la naturaleza y cuya carga contaminante esté dentro de los límites legales que sean de aplicación en cada caso.

Así, el adjudicatario estará obligado a: 1) Mantener limpia la red de saneamiento de cada hospital, para lo cual se programarán limpiezas

periódicas que realizará el adjudicatario. Dichas limpiezas tendrán una periodicidad mínima trimestral, sin excluir otras limpiezas que sean necesarias fuera de esta programación si se observase un deterioro en el estado de limpieza de la red de saneamiento del centro que así lo requiera. Todos los medios necesarios para la limpieza serán por cuenta del adjudicatario, tales como camiones de desatranques, etc., si fuesen necesarios

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2) Realizar un seguimiento completo de la carga contaminante de los vertidos de cada hospital a la red de saneamiento y actuar para minimizar su impacto y para asegurar el cumplimiento de la legislación vigente. Para ello:

a) En los tres primeros meses de contrato, el adjudicatario deberá haber identificado la legislación

aplicable a cada centro (ordenanza de vertidos, etc.) y los parámetros de vertido a vigilar establecidos por ésta, así como los límites legales permitidos. En ausencia de normativa específica de algún centro, el adjudicatario deberá identificar valores de referencia válidos. En este sentido, por ejemplo, en caso de que un hospital no disponga de una ordenanza de vertidos específica, se utilizará la de cualquier municipio cercano que vierta a la misma EDAR. Si no fuese posible, se establecerá la del municipio cercano o similar más restrictiva.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la identificación de legislación aplicable a cada hospital y extracción de requisitos a cumplir

Plazo máximo de 3 meses desde el comienzo de la prestación del servicio

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de informe con requisitos legales al responsable de cada hospital

b) Con periodicidad mínima trimestral y coincidiendo con la finalización de cada trimestre natural,

el adjudicatario deberá asumir a su cargo la realización de analíticas de aguas residuales por un laboratorio acreditado por ENAC, en las que se incluyan, al menos, los parámetros establecidos en la legislación aplicable. La APESHAG podrá establecer la inclusión de la determinación de otros parámetros adicionales en las analíticas, así como realizar analíticas extraordinarias en caso de que se haya de realizar un especial seguimiento de los vertidos, todo ello por cuenta del adjudicatario.

Los informes de analíticas deberán contener un apartado de resultados en el que conste en qué medida se desvían los valores obtenidos de los valores límite.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la entrega de la analítica trimestral de aguas residuales o de cualquier analítica extraordinaria solicitada por responsable de la APESHAG

Debe entregarse antes del día 20 del mes siguiente al del fin de trimestre. En el caso de analíticas extraordinarias no correspondientes al trimestre, en los 30 días posteriores a la fecha en la que el responsable del centro da orden de realización

- 1 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de analítica al responsable de cada hospital

Laboratorio no acreditado por ENAC o contenido del análisis incorrecto

Las condiciones de los análisis o el contenido de los informes no se ajusta a lo establecido en pliego de prescripciones técnicas

- 5 % de la facturación mensual y repetición de los análisis en las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas

Comparación del informe entregado con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

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c) En caso de que los resultados de las analíticas sean desfavorables en alguno o algunos de los parámetros determinados, el adjudicatario habrá de investigar la causa y el origen de las desviaciones detectadas, estableciendo para ello las acciones correctivas necesarias a aplicar para corregir tales desviaciones e informando de ello a la APESHAG. En concreto, durante los 30 días siguientes a la detección del problema, el adjudicatario asumirá por completo y a su cargo la investigación de la fuente causante de la desviación, y expondrá a la APESHAG las medidas necesarias a emprender para eliminar el foco causante. Así, el adjudicatario deberá:

i) Analizar puntos de vertido dentro del hospital en los que se vierten sustancias

inadecuadas. Para ello, el adjudicatario deberá realizar tantas analíticas y determinaciones como sean necesarias.

ii) Determinar qué sustancias son las que se vierten de manera inadecuada. iii) En función de las mismas, determinar si es factible evitar su vertido por otros medios o si

es posible neutralizar su carga contaminante antes de que llegue a la red de saneamiento. En caso de que sea posible su neutralización, proponer los productos a emplear o las barreras físicas (tales como arquetas de decantación) que permitan, volver a los límites esperados sin excesivo gasto por parte de la APESHAG.

Si la presencia de carga contaminante en las aguas residuales no es evitable por todos los medios analizados y el último recurso posible para asegurar el cumplimiento legal es la depuración previa al vertido a la red de saneamiento final, el adjudicatario estará obligado a buscar para la APESHAG la mejor alternativa posible desde el punto de vista técnico y económico de las existentes en el mercado, que ofrezca plenas garantías del objetivo perseguido.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la investigación de causas de desviaciones en las analíticas de aguas residuales y establecimiento de conclusiones.

Debe completarse antes de los 30 días siguientes a la detección del problema.

- 1 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso

Fecha de entrega de informe al responsable del hospital correspondiente

2.9. Climatizadoras y conductos de áreas críticas y de alto riesgo

2.9.1. Introducción Las áreas críticas y de alto riesgo son aquellas zonas hospitalarias donde la concentración de placas patógenas es alta. Estas zonas son:

• Quirófanos. • Unidad Especial. • Salas de endoscopias. • RCP

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• Infecciosos de adultos y pediatría. • Habitaciones de aislamiento. • Esterilización.

El adjudicatario estará obligado a introducir en las tareas de mantenimiento una inspección y control del estado de los equipos de ventilación, así como de la calidad del aire de estos. El adjudicatario seguirá los preceptos de la Norma UNE 100012:2005 tiene el fin de valorar la higiene de los sistemas de ventilación y acondicionamiento de aire (SVAA).

2.9.2. Limpieza y desinfección de conductos de climatización de áreas de alto riesgo El adjudicatario realizará la limpieza y desinfección de los conductos de climatización en las áreas de alto riesgo de cada uno de los centros de la APESHAG. La limpieza y desinfección de los conductos de climatización se realizará, al menos, una vez dentro de cada año natural y la de las UTA’s al menos dos veces dentro de cada año natural, según las fechas que marque cada centro hospitalario en función de su conveniencia por volumen de actividad. Así, las fechas de realización de los trabajos de limpieza y desinfección serán establecidas por el centro hospitalario en función de su actividad, de forma que interfieran lo menos posible en la misma. Esta limpieza y desinfección se realizará por profesionales y/o empresas convenientemente acreditados y según lo indicado en la reglamentación vigente en el momento de realización de la actividad y durante la duración del contrato. Los profesionales y/o empresas que realicen la limpieza y desinfección deberán entregar a los responsables de cada centro hospitalario de la APESHAG un certificado con la actuación efectuada, así como informe con los resultados obtenidos de los controles microbiológicos realizados una vez terminada la limpieza y desinfección. Todos los trabajos necesarios para llevar a cabo la limpieza y desinfección de los conductos tales como apertura de registros en techos o conductos, reposición de juntas de sellado de registros, etc., correrán por cuenta del adjudicatario. Se seguirán las pautas marcadas por el hospital que corresponda en cuanto a la forma de realizar dichos trabajos así como la reparación de las partes afectadas, sin que pueda repercutirse a la APESHAG importe alguno relacionado con ello. En esta materia y en caso de interpretaciones diferentes, se tendrá en cuenta el criterio del Servicio de Medicina Preventiva de la APESHAG sobre el de la empresa contratada, pudiendo la empresa asesorarse en esta materia a través de ese servicio. Las empresas deberán detallar en sus ofertas técnicas los medios técnicos y humanos destinados a este fin, así como la disponibilidad de sus equipos en las fechas que designe la APESHAG. Asimismo, se indicarán la metodología a emplear, controles de calidad y demás parámetros necesarios para asegurar la prestación. Con una antelación de un mes a la realización de la actividad, la empresa deberá presentar al Responsable de Mantenimiento y al Servicio de Medicina Preventiva el procedimiento detallado a seguir, las fichas técnicas y de seguridad de los productos a emplear, metodología, maquinaria, etc. y,

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en general, cualquier otra documentación o información que sea necesaria para determinar las características del trabajo a realizar. Esta información y documentación podrá ser solicitada por el centro que corresponda en cualquier momento, aparte o además de la que la empresa oferente presente junto con su oferta técnica.

2.9.3. Cualificación operacional o del funcionamiento de áreas de alto riesgo El adjudicatario realizará la cualificación operacional en las áreas de alto riesgo de cada uno de los centros de la APESHAG en base a lo especificado por las Normas UNE-EN ISO 14644 “Salas Limpias y Locales Anexos” y UNE 100713 “Instalaciones de Acondicionamiento de Aire en Hospitales”. Se realizará, al menos, una vez dentro de cada año natural y siempre que cualquier cambio en las condiciones de los sistemas de climatización así lo requieran (por ejemplo, cambio de filtros absolutos, reparaciones que afecten a caudales y renovaciones, etc.). Se deberán tener en cuenta las fechas que marque cada centro hospitalario en función de su conveniencia por volumen de actividad. La cualificación se realizará por profesionales y empresas convenientemente acreditados y según lo indicado en la reglamentación vigente en el momento de realización de la actividad y durante la duración del contrato. Los profesionales y/o empresas que realicen la cualificación deberán de entregar a los responsables de cada centro hospitalario de la APESHAG un informe con la actuación efectuada, así como los resultados obtenidos.

2.9.4. Filtros en la instalación de climatización de las áreas de alto riesgo El adjudicatario realizará la sustitución de todos los filtros instalados en la instalación de climatización de las áreas de alto riesgo de todos los centros de la APESHAG objeto de este contrato. Los filtros serán adquiridos por la APESHAG directamente a proveedor y puestos a disposición del adjudicatario para su colocación. La sustitución de filtros de alta y media eficacia se realizará al menos una vez dentro de cada año natural y la de las UTA’s al menos dos veces dentro de cada año natural, o las veces que vea necesarias la Dirección de cada centro hospitalario de la APESHAG o en la persona que la APESHAG delegue. La sustitución de los prefiltros se realizará mensualmente. Las fechas de sustitución las marcará cada centro hospitalario en función de su conveniencia por volumen de actividad. El adjudicatario deberá de garantizar la estanqueidad de los filtros mediante test, siendo certificados a los centros hospitalarios de la APESHAG sin suponer coste alguno a la APESHAG. Si en el transcurso del plazo de ejecución del contrato, surgiera la aplicación de un nuevo Reglamento de Calidad de Aire Interior, será de obligado cumplimiento, debiendo el adjudicatario ceñirse al mismo y asumiendo los costes derivados que, por afinidad con sus obligaciones en el servicio contratado, le correspondan.

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2.10. Tiempos de ejecución del servicio e intervención de los trabajos Las operaciones de mantenimiento preventivo serán realizadas por el adjudicatario con la periodicidad establecida en el Programa Anual de Mantenimiento Preventivo aprobado por los responsables de Mantenimiento de la APESHAG. El cumplimiento de este calendario deberá ser al menos el 90% de los equipos programados mensualmente y el 100% de los programados anualmente. Los avisos para el mantenimiento correctivo serán clasificados dependiendo de las consecuencias de la avería y en referencia a los siguientes factores:

• Riesgo para la salud del paciente/usuario. • Incremento de la lista de espera.

Se establecerán unos tiempos máximos en función de la clasificación de la avería:

• Tiempo máximo de respuesta: Tiempo transcurrido entre la recepción del aviso y la revisión del equipo para valorar la situación por personal cualificado.

• Tiempo máximo de solución: Tiempo transcurrido entre la recepción del aviso y la solución total de la avería.

Los avisos serán clasificados con los grados de prioridad de 1 a 3, con los criterios y tiempos máximos de respuesta y solución que se establecen en la siguiente tabla:

Prioridad 1: Emergencia

Prioridad 2: Crítica

Prioridad 3: Normal

Pueden afectar a la vida de pacientes o a la de personal o visitantes

Pueden afectar de modo inminente al funcionamiento del hospital, su actividad, su imagen o poner en peligro la integridad de las instalaciones

Afecta a la comodidad de las personas, o si se deja sin atender puede deteriorar la actividad del hospital, su imagen o sus instalaciones

Tiempo máximo respuesta Inmediato 10 minutos 30 minutos

Tiempo máximo solución

6 horas o plan de acción documentado

24 horas o plan de acción documentado

48 horas o plan de acción documentado

Será criterio del responsable de Mantenimiento de cada hospital de la APESHAG decidir la clasificación de los avisos.

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Las averías cuya resolución supere las limitaciones de tiempo descritas en la tabla anterior o un retraso superior a una semana para la realización de tareas programadas, deberán ser documentadas por escrito y comunicadas a la Dirección de la APESHAG indicando el tipo de avería, el procedimiento de resolución, material necesario, motivos del retraso, plazo previsto de ejecución, etc. Cuando las averías Prioridad 1 y 2 se prolonguen por encima del tiempo máximo de solución, la empresa adjudicataria tendrá obligación de aportar provisionalmente todos los medios necesarios, tanto técnicos como humanos, hasta que la avería sea solucionada definitivamente: grupos electrógenos auxiliares, sistemas de alimentación ininterrumpida, kit tomas de gases, grupos de bombeo, etc. El coste de todos los medios necesarios para cubrir temporalmente estas averías será asumido íntegramente por la empresa adjudicataria. Así mismo, para las averías de Prioridad 1 y 2 el adjudicatario deberá ejecutar el Plan de Emergencias establecido en la APESHAG de forma que cubra de forma temporal tales averías. Los tiempos máximos de respuesta y solución se considerarán como indicadores para la medición de la calidad del servicio prestado por el adjudicatario. En cualquier caso, si el adjudicatario no realiza los trabajos de mantenimiento según las condiciones estipuladas en el presente pliego, la Dirección de la APESHAG tendrá plena potestad de intervenirlos, previa comunicación al adjudicatario, contratando directamente con terceras empresas los recursos necesarios con el objetivo de cumplir en tiempo y forma con las necesidades del servicio. Los costes de esta intervención serán asumidos íntegramente por el adjudicatario y, una vez finalizados los trabajos, serán retrotraídos de la factura mensual en curso. La reiteración en la intervención de los trabajos por parte de la Dirección de la APESHAG podrá ser causa de resolución del contrato.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en tiempos máximos de respuesta o solución de intervenciones.

No deben ser superiores a los establecidos en la tabla de este pliego

- 10 % de la facturación mensual del servicio por cada retraso sobre los tiempos máximos establecidos o, en su caso, sobre lo establecido en el plan de acción documentado, previamente revisado y aprobado por la APESHAG

Cada incidencia registrata

2.11. Gestión informatizada del servicio El adjudicatario vendrá obligado a utilizar en todos los centros de la APESHAG una aplicación informática para la gestión del mantenimiento que, a la fecha de edición del presente pliego, es PRISMA 3, con el fin de organizar y cuantificar todas las operaciones de mantenimiento descritas para el servicio objeto del contrato. Todas las licencias y derechos de uso de la aplicación PRISMA 3 son

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propiedad de la APESHAG, así como las ampliaciones que sea necesario realizar y, una vez terminado el contrato, el adjudicatario no tendrá derecho alguno sobre el software ni sobre la base de datos generada en el período de vigencia de aquél. El adjudicatario vendrá obligado a la formación necesaria y suficiente del personal para el completo manejo de la aplicación PRISMA 3, mediante la presentación y ejecución de un plan calendarizado de formación en el primer mes de prestación del servicio.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la formación completa a su personal en la herramienta PRISMA 3

Debe realizarse en el primer mes contado desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 0,2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de finalización de la formación en la herramienta PRISMA 3.

Considerando que los trabajos de mantenimiento no pueden verse afectados en su continuidad, éstos se desarrollarán con normalidad a pesar de la formación en el manejo del software, debiendo prever el adjudicatario dicha eventualidad, reduciendo al mínimo el tiempo de formación de su personal, que nunca deberá ser superior a un mes desde la entrada en vigor del contrato. En cualquier caso, el adjudicatario será responsable de que ninguno de los registros de mantenimiento generados en este período se pierda por no volcarse a la aplicación o no pueda disponerse de la información, por lo que si en el período de formación hubiera necesidad de disponer de informes, registros o cualquier otra información, éstos habrán de ser facilitados por el adjudicatario de igual forma que los genera la aplicación o se extraigan de ésta. Los datos ya generados y los que genere la aplicación (en formato informático o papel) son propiedad de la APESHAG y se tratarán con estricta confidencialidad, como tales, no podrán extraerse de las bases de datos, copiarse, duplicarse, etc. de los centros sin previa autorización escrita de la Dirección de la APESHAG. Asimismo, tampoco podrán ser utilizados por el adjudicatario para cualquier fin que no sea el de la gestión del mantenimiento de los hospitales de la APESHAG sin previa autorización por la misma. En un plazo no superior a un mes, desde la entrada en vigor del contrato, el adjudicatario deberá tener totalmente implantada la aplicación PRISMA 3:

• Adaptación y actualización continua de gamas y normas según las instalaciones objeto del contrato, bajo criterios de nomenclatura específicos de la APESHAG

• Creación de activos e inventario, en el que se incluirá necesariamente de cada activo: modelo, fabricante, nº de serie, especificaciones técnicas, relación de repuestos críticos del activo, imagen del equipo y de la placa de características técnicas, certificado de conformidad, enlaces al manual del usuario y de mantenimiento y web del distribuidor o fabricante.

• Asociación de activos a gamas. • Solicitudes de intervenciones. • Creación de órdenes de trabajo. • Modelización del mantenimiento correctivo. • Modelización del mantenimiento preventivo.

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• Modelización del mantenimiento técnico-legal. • Creación de históricos. • Análisis de costes de mantenimiento. • Etc.

PENALIZACIÓN ASOCIADA

Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la implantación de la herramienta PRISMA 3

Debe realizarse en el primer mes contado desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha de implantación de la herramienta PRISMA 3.

Todos y cada uno de los avisos de solicitud de averías o incidencias, sin excepción, deberán recogerse en la aplicación PRISMA 3. La introducción de los datos de las asistencias técnicas en PRISMA 3, deberá ser realizada en menos de 24 horas desde el cierre del parte por los técnicos, registrando tiempos de mano de obra, piezas, costes, tiempos totales de reparación y todos los demás datos para poder generar el informe mensual. De igual modo, en cada jornada, se deberán volcar a la aplicación PRIMA 3 los datos diarios suministrados por los distintos equipos medidores que lo permitan (contadores de energía, agua, gas, gasoil).

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la carga de datos diarios en la aplicación PRISMA 3

Debe realizarse en las siguientes 24 horas a la generación de la información

- 0,1 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Ausencia de partes de trabajo o información cargados en la aplicación con un desfase de más de 24 horas.

Si durante el período de vigencia del contrato o de cualquier prórroga del mismo, la APESHAG decide el cambio de la aplicación informática de gestión del mantenimiento, incorporando otra nueva, el adjudicatario estará obligado a adaptarse a ésta, garantizando el volcado de datos sin pérdida de información en el plazo máximo de un mes desde la puesta en marcha del nuevo software. Así mismo, el personal habrá de formarse en el manejo del nuevo soporte informático. Igualmente, en este período de tiempo el adjudicatario deberá garantizar la disponibilidad completa de todos los datos (registros, informes, etc.) de las actividades de mantenimiento que se realicen.

2.12. Informe mensual de la actividad del servicio Con carácter mensual y en todo caso, dentro de los seis primeros días de cada mes, el adjudicatario deberá realizar un informe elaborado por su responsable técnico de la empresa adjudicataria, en donde recogerá los trabajos y tareas ejecutadas de acuerdo con la organización del servicio establecido. El citado informe mensual tendrá una estructura establecida por la APESHAG o persona en quien delegue.

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En todo caso, deberá recoger como mínimo:

• Datos relativos a la actividad realizada. • Total de servicios realizados por tipos de mantenimiento: averías, inspecciones

preventivas, inspecciones legales, etc., con desglose de oficios. • Índice de ocupación por tareas: preventivo, correctivo, legal, conductivo. • Datos económicos y energéticos. • Consumos realizados por almacén. • Consumos realizados por energías (gas combustible, energía eléctrica, agua, gasoil,

gases medicinales, etc.). • Costes relativos por tipo de mantenimiento (material y mano de obra)

En cualquier caso, la APESHAG podrá establecer informes mensuales extraídos del software de gestión del mantenimiento, cuadros de mandos de seguimiento del mantenimiento y la información asociada a éste y que de él se derive, etc., que habrán de ser elaborados por la empresa adjudicataria en tiempo y forma que se indique desde la APESHAG.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la entrega del informe mensual de la actividad del servicio.

Debe realizarse en los primeros seis días de cada mes, contado desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada semana de retraso.

Fecha de entrega del informe de actividad del servicio al responsable de Mantenimiento de cada centro.

2.13. Generalidades en la ejecución del Mantenimiento Integral

2.13.1. Desarrollo del servicio Sin perjuicio de lo establecido en todos los apartados anteriores, el adjudicatario habrá de considerar que el contrato de mantenimiento integral incluirá los siguientes trabajos y prestaciones:

• Reparaciones de cualquier tipo objeto del contrato de mantenimiento integral, independientemente de las causas que motiven la necesidad de la reparación, e incluso reposición de las mismas para garantizar su adecuación a las últimas innovaciones tecnológicas.

• Trabajos asociados con las distintas especialidades profesionales que se precisen para

la reparación.

• El suministro y acopio de los materiales necesarios, sin limitación de clase o valor, para cumplir con los objetivos del mantenimiento integral previstos. Para ello, el adjudicatario contará en cada centro con un almacén totalmente definido, identificado y valorado, cuyo costo será por cuenta del mismo. Mensualmente el adjudicatario presentará a la dirección de cada centro una relación exhaustiva de los materiales

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consumidos o utilizados para el mantenimiento y disponibilidad de sus equipos e instalaciones objeto del contrato, y costo de los mismos. Éstos serán o no facturados a la APESHAG, dependiendo del tipo de material, según se describe más adelante.

• La aportación de todos los equipos, útiles, herramientas y medios auxiliares para

cumplir con los objetivos del mantenimiento contratados. En el caso de los equipos de medida, éstos deberán mantenerse convenientemente calibrados según las especificaciones del fabricante en los casos en los que sea necesario, con su correspondiente certificado de calibración, junto al equipo.

• Todos los transportes de personal, materiales y equipos necesarios.

• La ejecución de inspecciones de mantenimiento preventivo y técnico legal, bien

programados por el adjudicatario, bien por la APESHAG.

• Control de las instalaciones eléctricas, cumplimentación y seguimiento de los libros de mantenimiento de quirófanos y salas de intervención especial (UCI, endoscopias, RCP)

• Seguimiento y mantenimiento de todas las instalaciones frigoríficas o que en su

funcionamiento o diseño comprendan partes tales como circuitos frigoríficos, condensadores, compresores, etc.

• La ejecución de todas las inspecciones técnicas de obligado cumplimiento que marque

la ley en el momento de la firma del contrato y durante su periodo de vigencia, para los equipos e instalaciones objeto de mantenimiento. La tramitación y ejecución de estas inspecciones, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.

• La realización de los trámites de normalización o legalización de los equipos e

instalaciones objeto del contrato, cuando éstos sean necesarios.

• El asesoramiento técnico sobre las reposiciones de los activos necesarias que permitan garantizar el estado de los equipos e instalaciones, en uso tecnológico renovado. Este asesoramiento incluirá todas aquellas advertencias, consejos sobre las instalaciones, equipamiento, etc. que sean necesarios para asegurar el máximo rendimiento económico y técnico en la actividad ordinaria de los hospitales.

• Recepción, inventariado y puesta en marcha, sin incremento alguno del costo del

contrato, de los nuevos equipos e instalaciones adquiridos o introducidos por la APESHAG.

 • Prestación de la mano de obra cualificada y necesaria para los trabajos perfectamente

realizables por los operarios del servicio, durante las jornadas del mismo, y cuya finalidad sea la mejora o pequeñas ampliaciones de infraestructura, correspondiendo a la APESHAG el gasto de los materiales empleados.

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• Ejecución de tareas calificadas de bricolaje, que no siendo labores estrictas de mantenimiento, requieran para su realización, pequeño material para mantenimiento y conservación de edificios, además de herramientas y pequeño utillaje de mano. Tales tareas vendrían solicitadas por los servicios de los hospitales de la APESHAG y, explícitamente autorizadas por la misma. Ejemplos: Instalar cuadros, desmontar/ montar estanterías, mesas…)

• Actualización y puesta al día de planos y esquemas de las diferentes instalaciones; así

como de las reformas realizadas. Diariamente, si los Responsables de la APESHAG detectasen cualquier avería o incidencia, se le comunicará al adjudicatario la relación de estas averías o incidencias a ejecutar. Éste deberá actuar dentro de este mismo día, sea laborable, sábado o festivo. Para ello se deberán organizar unas guardias o retenes que cubran estas eventualidades. Diariamente, el adjudicatario comunicará a la APESHAG, en la manera que ésta lo estime conveniente, los trabajos e incidencias acaecidas el día anterior. Si ocurriera cualquier tipo de anomalía o incidencia que revistiera gravedad o peligro a los equipos, instalaciones, usuarios y, en general, al propio centro afectado, ésta será comunicada inmediatamente a la APESHAG por el medio de comunicación más rápido existente en el momento que se produjera. Mensualmente, el adjudicatario editará y entregará a la APESHAG un informe detallado, según se recoge en el apartado 2.12, en el cual se reflejará todas las actividades, incidencias y controles acaecidos durante dicho mes. Trimestralmente, el adjudicatario editará y entregará a la APESHAG un informe detallado, según las indicaciones dadas por ésta, en el cual se reflejará todas las actividades, incidencias y controles acaecidos durante dicho periodo. Anualmente, el adjudicatario editará y entregará a la APESHAG un informe detallado, según las indicaciones dadas por ésta, en el cual se reflejará todas las actividades, incidencias y controles acaecidos durante dicho año.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la entrega de los informes trimestrales y anuales del servicio.

Los informes trimestrales se entregaran en los primeros seis días del trimestre y en caso del informe anual en los seis primeros días del año contado desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada semana de retraso.

Fecha de entrega del informe de actividad del servicio al responsable de Mantenimiento de cada centro.

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El mantenimiento preventivo y correctivo se realizará con sujeción estricta a lo establecido en el presente pliego y según las condiciones presentadas por la oferta del adjudicatario, así como los reglamentos, leyes, disposiciones u ordenanzas nacionales, autonómicas o municipales en vigor aplicables, incluidas las revisiones de las mismas que se editen posteriormente a la firma del contrato. Ante cualquier ambigüedad de interpretación, primará siempre el criterio de la APESHAG. En su aspecto cualitativo, el mantenimiento, reformas o modificaciones, se ejecutarán de acuerdo a las prácticas habituales en esta clase de trabajos, con el presente pliego de condiciones, contrato, documentación técnica y demás documentos considerados contractuales así como con los reglamentos, leyes, disposiciones u ordenanzas nacionales, autonómicas y municipales en vigor aplicables, incluidas las revisiones a las mismas que se apliquen posteriormente a la firma del contrato y durante la vigencia del mismo. Se exigirá la máxima calidad en la ejecución del mantenimiento. Por ello, siempre que la APESHAG estime razonable la existencia de trabajos o modificaciones mal realizados, defectuosos o incompletos, puede ordenar, sea en periodo de ejecución o en el de garantía, la inspección de las mismas, corriendo a cargo del adjudicatario todos los gastos relacionados con la reejecución de las partes que presenten dichos defectos. Cuando estas operaciones no sean realizadas por el adjudicatario, las realizará la APESHAG, avisándole previamente de la fecha de comienzo de dicha operación, repercutiendo posteriormente su coste al adjudicatario. El adjudicatario, antes de iniciar la ejecución del mantenimiento integral, presentará a la APESHAG, para su aprobación, su Manual de Control de Calidad y/o su Plan de Control de Calidad del Mantenimiento en cada hospital, que incluirá el Programa de Puntos de Inspección, así como la relación de operaciones y procedimientos aplicables. La APESHAG deberá aprobar dicha documentación, por lo que el adjudicatario deberá adecuarla conforme a los requerimientos de la APESHAG, sin que ello suponga un coste adicional para ésta. El adjudicatario correrá con los gastos de cualquier ensayo de tipo mecánico o eléctrico de aquellos elementos sustituidos que a juicio de la APESHAG sean necesarios a fin de garantizar la calidad e idoneidad de cualquier material suministrado, modificación o instalación realizada. El adjudicatario realizará cuantas pruebas sean necesarias para demostrar que el material suministrado, modificación o instalación realizada cumplen con los requisitos expresados contractualmente y con todo lo requerido por la legislación vigente, decidiendo la APESHAG si las pruebas han de ser realizadas por el adjudicatario en laboratorio oficial o empresas especializadas y así asegurar las calidades expresadas en la oferta. Las inspecciones y ensayos que realice la APESHAG, se llevarán a cabo coordinadamente con el adjudicatario, para producir los menos retrasos e interferencias posibles en la marcha general del trabajo. Sin embargo, si se produjese alguna interferencia o retraso, no será repercutido económicamente ni en ninguna otra forma a la APESHAG. La aprobación o renuncia de las inspecciones por parte de la APESHAG no eximirá al adjudicatario del cumplimiento de las garantías y responsabilidades establecidas en el presente pliego de condiciones, en el contrato o en cualquiera de los restantes documentos contractuales.

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La APESHAG (o las personas designadas por ésta) inspeccionará la calidad del material suministrado, estando obligado el adjudicatario a sustituir por su cuenta aquellos elementos que no superen las inspecciones o pruebas y, por tanto, se califiquen como defectuosos. En este supuesto se le abonará únicamente el precio con que dicho material figuraba en la oferta. La aprobación por la APESHAG de los materiales a ser entregados por el adjudicatario no exime a éste de ninguna responsabilidad resultante de su utilización en los equipos, instalaciones, reformas o modificaciones. En el caso de repuestos y materiales necesarios para el correcto funcionamiento y disponibilidad de los equipos e instalaciones, los que se detecten como defectuosos tras la correspondiente inspección de calidad efectuada por la APESHAG, serán sustituidos por cuenta y cargo del adjudicatario. Serán por cuenta y cargo del adjudicatario todos los gastos que se ocasionen con motivo de la realización de pruebas y exámenes que la APESHAG considere necesarias para la calificación del personal que deba ejecutar los trabajos de mantenimiento y de los procedimientos a cumplimentar.

2.13.2. Supervisión e Inspección del Trabajo La APESHAG, a través de su Responsable de Mantenimiento en cada hospital, llevará a cabo el control y supervisión necesarios, coordinando y verificando los trabajos que la empresa adjudicataria realice, con el fin de asegurar que la conducción, mantenimiento de instalaciones y conservación de la infraestructura objeto del contrato se ejecuten en todo momento conforme con las exigencias del presente pliego, programa de mantenimiento aprobado y compromisos contractuales. La gestión y supervisión diaria de la ejecución del mantenimiento es responsabilidad del adjudicatario; tanto el número de personas competentes y adecuadamente expertas dedicadas a dicha ejecución como el responsable o supervisor de las mismas deberán acomodarse a los requisitos que la APESHAG imponga. A la APESHAG le asiste el derecho a vigilar o hacer efectiva la observación del acuerdo de vigilancia así como a contar, con cierta regularidad, el número de miembros del personal del adjudicatario en el lugar de los trabajos, quien en todo momento prestará su ayuda para ello. La APESHAG tendrá acceso a los trabajos de mantenimiento, reformas o modificaciones en cualquier momento durante su ejecución. El adjudicatario acepta la obligación de facilitar y no entorpecer el ejercicio de las actividades inspectoras de la APESHAG para la comprobación de los trabajos efectuados y su nivel de calidad, además de disponer todos los medios necesarios para que aquélla inspeccione los trabajos en cualquier fase de los mismos. La APESHAG no reconocerá ningún trabajo realizado o material instalado fuera de contrato que no cuente con el conforme previo a la ejecución de los mismos del Responsable de Mantenimiento de cada centro. La supervisión por parte de la APESHAG no libera al adjudicatario de ninguna responsabilidad total o parcial.

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El adjudicatario informará a la APESHAG de los trabajos que se realicen fuera de sus hospitales, indicando el lugar y fecha de posibles inspecciones, por su parte, la APESHAG tendrá libre acceso a los talleres o lugares en cuestión. El hecho de que la APESHAG prescinda de realizar alguna inspección, no relevará al adjudicatario de su responsabilidad y garantía. Periódicamente se mantendrán reuniones con representación de ambas partes para valorar el desarrollo del servicio, en momento y forma que designe la APESHAG. Treinta días naturales antes de la finalización del periodo de vigencia del contrato, el Jefe de Mantenimiento de la empresa adjudicataria junto con el Responsable de Mantenimiento de cada hospital realizarán visita de inspección y comprobación del estado de conservación y funcionamiento de las instalaciones objeto del contrato. En caso de no observarse incidencias o anomalías técnicas de importancia, la propiedad podrá levantar Acta de conformidad de la prestación del servicio de mantenimiento que será aceptada y firmada por ambas partes. En caso contrario, la empresa deberá subsanar cuantas incidencias o anomalías técnicas se hubiesen observado en dicha visita. Si la empresa prestadora del servicio de mantenimiento no hubiera satisfecho su obligación antes de la expiración de la vigencia del contrato objeto de este pliego de prescripciones técnicas, será la misma propiedad quien proceda a la subsanación de las anomalías, repercutiendo el coste sobre la última factura a emitir por la adjudicataria en concepto de mensualidad correspondiente al contrato de prestación del servicio de mantenimiento. 3. Documentación a aportar por el adjudicatario El adjudicatario deberá elaborar en los tres primeros meses de contrato, sin perjuicio de lo requerido en otros apartados del presente pliego, documentación técnica para cada hospital que recoja, debidamente organizada y codificada, la información siguiente:

A. Libro de manuales de instalaciones que recogerá, como mínimo, la siguiente información para cada una de las instalaciones recogidas en los inventarios de cada hospital:

a. Esquema de principio.

b. Esquema real de instalación (isométrico), indicando la posición real de todos sus

componentes, en el mismo orden en que estén situados y explicando su función y la posición normal de servicio de cada uno de ellos y detallando las distintas situaciones de emergencia que puedan producirse y la forma de solucionarlas.

c. Planos de distribución de las instalaciones actualizados.

d. Fichas características de todos y cada uno de los equipos que forman parte de una

determinada instalación (marca, modelo, nº de serie, características de funcionamiento, curvas de rendimiento, etc.).

e. Instrucciones de mantenimiento.

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f. Memoria descriptiva de la instalación, detallando las condiciones de proyecto para las

que fueron calculadas.

B. Libro de explotación del mantenimiento que recogerá, como mínimo, la siguiente información:

a. Ficha inventario de instalaciones, en donde se recogerá incidencia histórica de la instalación:

o Fecha de alta en el inventario. o Dirección empresa instaladora y contacto de servicios técnicos. o Averías, coste, duración, etc. o Datos generales de explotación (temperaturas, intensidad, consumos

energéticos, etc.)

b. Ficha consumo de energías, en donde se registrarán el consumo mensual de las distintas materias primas necesarias para el funcionamiento de las distintas instalaciones: agua, electricidad, gasóleo, gases médicos, gas propano, etc.

La APESHAG facilitará al adjudicatario la documentación técnica necesaria para que pueda elaborar los documentos enumerados, si bien, el adjudicatario deberá completarla o realizarla en su totalidad en caso de que la documentación facilitada por la APESHAG no fuese suficiente. La referida documentación (tanto la entregada por la APESHAG como la elaborada por el adjudicatario) será propiedad de la APESHAG, y estará permanentemente a disposición de la Dirección y de los servicios técnicos de la misma. 4. Gestión de almacén de material de mantenimiento e instalaciones Para cada uno de los centros la gestión de almacenes será realizada íntegramente por el adjudicatario, tanto de los materiales propios de equipos o instalaciones, como de los materiales de mantenimiento propiamente dicho. El adjudicatario realizará, una organización de cada uno de los almacenes estableciendo una división de los artículos almacenados por secciones y subsecciones. No obstante, la citada organización será aprobada por la dirección o persona en quien delegue. Para cada una de las secciones establecidas deberá existir la siguiente documentación:

a. Descripción codificada de la sección organizada por grupos de artículos.

b. Ficha individual por artículo (valorada), con indicación del stock – Standard.

c. Movimiento diario de almacén (entradas y salidas).

d. Resumen mensual de movimiento de almacén (entradas, salidas, inmovilizado).

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En cuanto a los materiales y repuestos necesarios, sin limitación de clase o valor, para acometer los mantenimientos en los términos establecidos en el presente pliego, aquéllos serán atendidos íntegramente por el adjudicatario, lo cual implica que la reposición de almacenes, stocks mínimos para asegurar la actividad sin paros, etc. deberán ser ejecutados por el adjudicatario. El adjudicatario está obligado al aprovisionamiento en almacén de los materiales y repuestos que sea necesario o recomendable mantener en stock para asegurar el mantenimiento, buen funcionamiento y disponibilidad de instalaciones y equipos. El mantenimiento de dicho almacén de materiales será por cuenta del adjudicatario. La APESHAG podrá exigir al adjudicatario el mantenimiento de un stock mínimo determinado para aquellos materiales almacenables que se consideren imprescindibles. Asimismo, el adjudicatario definirá, en coordinación con los responsables de Mantenimiento de los centros, aquellos materiales o repuestos considerados como críticos para el buen funcionamiento del centros. Como resultado de ello, se creará una lista con los mismos, con objeto de que el adjudicatario mantenga en los almacenes el stock definido en ella como parte del inventario al que está obligado. Toda la información de este sistema relativa a artículos, pedidos, recepciones, salidas de almacén, etc., de los artículos clasificados como de mantenimiento deberá estar informatizada durante toda la vigencia del contrato. De tal forma que es responsabilidad de la empresa adjudicataria el mantener un inventario actualizado del almacén en formato digital. La introducción de estos datos se realizará en los sistema/s informático/s que la APESHAG establezca a tal efecto. Mensualmente el adjudicatario presentará a la dirección del centro, o persona en quien ésta delegue, una relación exhaustiva de los materiales consumidos o utilizados para el mantenimiento y disponibilidad de sus equipos e instalaciones objeto del contrato, y costo real de los mismos. El adjudicatario está obligado a realizar la gestión de control del material de los almacenes de inmovilizado, manteniendo un inventario actualizado, anotando las entradas y salidas instantáneamente en el momento que se produzcan. Tanto el listado de material de mantenimiento, como el listado de material de inmovilizado deberán ser únicos para toda la APESHAG, de forma que se mantengan mismos criterios de nomenclatura, etc. Para todos los centros. Este inventario único de material y de inmovilizado unificará los inventarios de los hospitales de la APESHAG y contendrá la información de dónde (en qué centro) está cada uno de los elementos inventariados. De esta forma, cualquier centro deberá poder consultar si en cualquier otro de los hospitales está disponible cualquier elemento que le sea necesario. Por ello, estos inventarios estar constantemente actualizados y compartidos (en la forma en que la APESHAG establezca) para poder consultarlo entre los distintos centros de la APESHAG.

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5. Medios técnicos El adjudicatario está obligado a aportar a su propio cargo, los medios técnicos que sean necesarios para la buena ejecución de los trabajos en los plazos parciales y totales convenidos en el contrato. Todos los medios materiales ofertados por el adjudicatario y aquéllos que sean necesarios para el desarrollo del servicio en los niveles de calidad exigidos deberán estar plenamente disponibles en los hospitales en los primeros 15 días de contrato. Si durante la prestación del servicio surge la necesidad de incorporar nuevos medios materiales en virtud de lo que exige el buen desarrollo del mantenimiento y la legislación aplicable en los términos exigidos en los pliegos, éstos habrán de estar plenamente disponibles en los hospitales dentro de los siguientes 15 días desde que se comunique su necesidad.

PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la disposición del servicio de aquellos materiales ofertados por el adjudicatario y necesarios para el desarrollo del servicio.

Debe realizarse en los primeros quince días, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio o en los quince siguientes que se comunique su necesidad.

- 2 % de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso.

Fecha para la disposición de los medios materiales ofertados y necesarios para el servicio.

La maquinaria, equipo, herramientas y materiales previstos como medios técnicos, destinados a la ejecución del mantenimiento integral, deberán ser detallados por el adjudicatario en su oferta, desglosando la disponibilidad de los mismos para cada centro teniendo en cuenta la dispersión geográfica de centros e instalaciones de cada uno. El adjudicatario pondrá a disposición del centro que lo demande los equipos de emergencia necesarios ante inundaciones (grupos de bombeo), cortes de suministro eléctrico (grupos electrógenos), corte suministro de gases (kit conexión gases medicinales), etc. Se dispondrá de contratos de alquiler de este tipo de maquinaria para ser suministrados y puestos a disposición de la APESHAG en un plazo máximo de 2 horas. El adjudicatario pondrá a disposición de sus trabajadores y de cada uno de los hospitales los elementos de intercomunicación necesarios (radiotransmisores, móviles u otros) que operarán en la frecuencia que designe la APESHAG. La legalización de dichos aparatos, en caso de que sea necesario, correrá por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario para utilizar los materiales, suministros, procedimientos y equipos para la ejecución del trabajo deberá, siempre que sea preciso obtener la licencia, cesiones, permisos y autorizaciones necesarias de los titulares de las patentes, modelos, procedimientos y marcas de fábrica correspondientes, corriendo a su cargo el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.

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Los hospitales en los que se prestan los servicios objeto de contratación pondrán a disposición del adjudicatario en cada uno de ellos de un local de la suficiente amplitud para el cometido de taller y almacén, y le proporcionará la energía eléctrica, agua, etc., necesarios para el correcto desarrollo de sus operaciones correctivas y preventivas; a excepción, si procede, de elementos o productos dedicados a la calibración de equipos o instalaciones, así como de otros materiales de los que no disponga cada centro en su actividad ordinaria. Las líneas telefónicas de voz o datos, necesarias para la gestión de la actividad serán por cuenta de la empresa adjudicataria, así como todo el material que precise para su gestión diaria, como material de oficina, ordenadores, teléfonos, software, informático, etc. El adjudicatario se comprometerá a mantener en perfecto estado de conservación y funcionamiento tanto el material que aporta cada hospital, como el aportado por él mismo, con responsabilidad plena por toda pérdida, deterioro, sustracción, destrucción, inutilización, etc. Será de su cuenta y riesgo reponerlo inmediatamente cuando se inutilice o se deteriore por mal uso, dolo o mala fe, por otro de idéntica calidad, marca y rendimiento. Será de su exclusiva responsabilidad y cuenta el pago del importe a que ascienda la reposición. El adjudicatario será responsable de toda gestión, tramitación y reclamación relativa a la propiedad, industrial y comercial, de los materiales, suministros, equipos y procedimientos y mantendrá indemne a la APESHAG, de todo daño y perjuicio, sin límite alguno. 6. Medios humanos Sin perjuicio de las obligaciones de subrogación, el adjudicatario deberá tener en cuenta que el personal a su servicio que preste servicio en cada uno de los centros deberá ser polivalente, en cuanto a que tendrá los conocimientos suficientes para realizar intervenciones de mantenimiento a la totalidad de los equipos, instalaciones y edificación objeto del contrato. Independientemente de ello, dicho personal podrá ser especialista en actividades concretas según las características de cada centro. Esto es, la plantilla de cada centro contará con oficiales especialistas en las actividades objeto del contrato si así lo requieren dichas actividades, no obstante estos oficiales habrán de asumir funciones distintas a las de su especialidad y realizar cualquier otra tarea que les pueda ser encomendada o que surja en el transcurso de su turno de trabajo. En un plazo de tres meses desde el inicio del servicio, los operarios especialistas en el manejo de equipos de medida y calibración deberán tener la formación adecuada y certificada por los servicios técnicos oficiales/fabricantes de dichos equipos. Si en este plazo de tiempo no se consigue la formación y certificación de los operarios, la empresa adjudicataria deberá contratar los servicios de un organismo de control autorizado o de empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas para realizar las medidas, verificaciones y calibraciones necesarias según la legislación vigente y el plan de mantenimiento establecido. Los gastos derivados de estas actuaciones correrán por cargo del adjudicatario.

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PENALIZACIÓN ASOCIADA Indicador Condiciones Penalización Monitorización Demora en la formación de los operarios en el manejo de equipos de medida y calibración

Debe realizarse en los tres primeros meses, contados desde el día de inicio de la prestación del servicio.

- 1 % de la facturación mensual del servicio por cada semana de retraso.

Fecha para la formación del personal del servicio.

El adjudicatario estará obligado al rescate-evacuación de personas y atención de urgencias de aparatos elevadores, para lo cual habrá de haber formado a su personal y acreditar su formación, la cual habrá de ser impartida y certificada por los servicios técnicos o distribuidores oficiales. Esta formación habrá de ser completada en el primer trimestre de prestación del servicio. El personal realizará todos los trabajos de apoyo en las obras que se ejecuten en los centros, así como las instalaciones que estime oportuno el Responsable de Mantenimiento que corresponda. Las operaciones de mantenimiento o reparaciones cuya ejecución produzcan un serio trastorno en el Área Asistencial serán realizadas con el número de trabajadores necesario durante los horarios que señale el Responsable de Mantenimiento del centro afectado, siendo válido cualquier turno y en cualquier día de la semana. La empresa adjudicataria distribuirá, bajo su criterio, los operarios a subrogar en cada centro en tres turnos de trabajo diarios (mañana, tarde y noche) durante todos los días del año (laborables, sábados, domingos y festivos). En la oferta se debe detallar claramente esta distribución, reflejada en un cuadrante de presencia física de operarios por cada centro, de manera que se satisfagan los siguientes requisitos:

- El cuadrante propuesto debe estar perfectamente adaptado al Plan de Mantenimiento ofertado.

- El cuadrante propuesto debe adaptarse a los requisitos del presente pliego.

- El cuadrante propuesto debe cumplir con lo establecido en los convenios del metal en las provincias de Córdoba y Jaén, según el caso.

- En el cuadrante propuesto siempre debe haber como mínimo un operario de presencia física las 24 horas del día, los 365 días del año.

- En cada centro, el total del número de horas anuales del cuadrante propuesto debe ser igual al número de horas anuales por trabajador según convenio multiplicado por el número de operarios a subrogar. En base a esto, el adjudicatario deberá contemplar la no sustitución de las vacaciones que así lo requieran de la plantilla subrogada con personal eventual ajeno a ésta. Para otras eventualidades tales como enfermedad u otras situaciones equivalentes, la empresa adjudicataria tomará las medidas oportunas para mantener en todo momento la calidad del servicio.

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El cuadrante ofertado por la empresa adjudicataria para cada centro será revisado y sometido a aprobación por parte de los Responsables de Mantenimiento de la APESHAG, quienes podrán exigir modificaciones para adaptarlos a las necesidades específicas de cada centro, sin que ello suponga cargo adicional al presupuesto de contratación ni aumento del número de horas de convenio de los trabajadores subrogados del centro afectado. El personal que realice sustituciones de cualquier índole (bajas por enfermedad o similar, etc.) deberá tener la misma cualificación y nivel profesional que el personal sustituido y deberá pasar por un periodo de adaptación y aprendizaje del servicio de 7 a 15 días, según proceda antes del comienzo de la sustitución. Así mismo, cualquier sustitución de personal deberá contar con el visto bueno del Responsable de Mantenimiento de la APESHAG. En caso de emergencia por parada de alguna parte fundamental de las instalaciones objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá poner a disposición del centro afectado la plantilla necesaria para atender y resolver de inmediato dicha emergencia sin cargo adicional al presupuesto de contratación. Los trabajadores tendrán la obligación de dejar constancia a través de los procedimientos establecidos por la APESHAG de las entradas y salidas de los hospitales. Anexo a este pliego se incluye la relación del personal que actualmente presta servicio de mantenimiento integral de instalaciones en los hospitales de la APESHAG. Todo el personal al servicio del adjudicatario que preste servicio en cada uno de los centros deberá acogerse al convenio colectivo del metal en las provincias de Córdoba o de Jaén, según corresponda al hospital y la provincia en la que se encuentre. Será obligación del adjudicatario uniformar al personal que trabaje en el servicio, así como proporcionarle tarjeta identificativa que llevará en lugar visible en todo momento. El aspecto del personal será siempre de limpieza impecable, con todo lo que conlleva el orden y aseo personal. 7. Relaciones entre la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto

Guadalquivir y el adjudicatario

7.1. Responsable del contrato La APESHAG informará al adjudicatario de la persona física y jurídica que actuará como su representante en cada centro objeto de este contrato a efectos de supervisión y responsabilidad de la ejecución del mantenimiento integral. La APESHAG se reserva el derecho de sustituir en cualquier momento a dicho representante, debiendo comunicar tal sustitución al adjudicatario.

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El representante posee las siguientes facultades:

a. Velar por el correcto cumplimiento del contrato.

b. Inspeccionar el trabajo según se ejecute e informar al adjudicatario tan pronto como sea posible, si cualquier parte del mismo, tras ser inspeccionado, no se ajusta a los requisitos establecidos en el presente pliego, el contrato o cualesquiera otros documentos contractuales. Si dicha inspección no se realizara o no se llamara la atención del adjudicatario sobre cualquier particular, en ningún caso tal circunstancia eximirá a éste del cumplimiento de sus obligaciones.

c. Representar a la APESHAG ante el adjudicatario a quien le comunicará las instrucciones pertinentes y de quien recibirá las oportunas comunicaciones.

d. Interpretar los documentos, procedimientos y normativas destinadas a la ejecución del mantenimiento integral de los equipos, instalaciones, reformas o modificaciones.

e. Tomar decisiones cuando surjan dificultades o contratiempos, durante la ejecución de los trabajos que puedan poner en peligro la integridad personal o los bienes tanto de los hospitales como del adjudicatario.

Si el adjudicatario tuviera en un momento dado dudas razonables en cuanto a los poderes del representante designado en relación con cualquier tema o considerara que el cumplimiento de las instrucciones dadas por éste en algún asunto particular pudiera causar daños o pérdidas al hospital correspondiente, consultará inmediatamente con éste y esperará confirmación o sus instrucciones al respecto.

7.2. Representante del adjudicatario Por su parte, sin prejuicio de las premisas de subrogación del personal, el adjudicatario designará un Responsable técnico en cada centro, que será su representante frente a la APESHAG en el hospital durante la ejecución del contrato de mantenimiento integral. El Encargado de cada centro dispondrá de toda la operatividad del servicio de mantenimiento del hospital correspondiente. Las atribuciones que el adjudicatario debe dar a sus Encargados serán las mismas dentro de los límites propios de sus funciones, tanto en el aspecto técnico como en el económico y administrativo, y estarán provistos de los correspondientes documentos que autoricen su actuación en nombre de aquél. El Encargado designado por el adjudicatario en cada centro será de dedicación exclusiva en el mismo y tendrá permanencia en jornada completa en días laborables. Su jornada deberá preverse que pueda ser de mañana y tarde de lunes a viernes, de manera que disponga de un horario acorde a las necesidades del servicio de Mantenimiento de la APESHAG en su centro. Deberán estar constantemente localizados, por lo que constarán de un teléfono disponible las 24 horas del día los 365 días del año, debiendo justificar debidamente sus ausencias del hospital.

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En los casos que el Encargado de un centro esté ausente, ya sea por vacaciones, baja médica o al haber finalizado su jornada laboral, el adjudicatario deberá asignar las funciones de representante a otra persona que haga de interlocutor ante cualquier eventualidad, lo cual se comunicará al Responsable de Mantenimiento del hospital en cuestión con la mayor antelación posible y nunca con menos de 72 horas de antelación, dejando por escrito las modificaciones que hubiesen en el cuadrante de turnos. La APESHAG se reserva el derecho de rechazar, por razones justificadas, al representante del adjudicatario en cualquier centro, obligándose éste a sustituirle en un plazo de siete días. Sin perjuicio de otras que pudieran encomendársele o las que, por sus atribuciones, sea su obligación desempeñar, una de las funciones más importantes del Encargado designado por el adjudicatario para cada centro es la de realizar un seguimiento constante y exhaustivo del servicio en el hospital, vigilando por su perfecto estado de conservación en cuanto al inmueble y sus instalaciones se refiere, supervisando las labores de los operarios de mantenimiento realizadas, anticipándose incluso al seguimiento que el propio hospital pueda realizar y, en definitiva, procurando unos niveles de calidad del servicio que minimicen los efectos del paso del tiempo por el edificio y sus instalaciones.

7.3. Comunicaciones entre las partes Cualquier orden o comunicación entre el adjudicatario con la APESHAG deberán ser hechas por escrito. La notificación será efectiva:

• Si se entrega por fax, en el momento de recepción, si esto ocurre durante la jornada laboral. En casos de envío fuera de la jornada laboral, esta será efectiva al comienzo de la próxima jornada laboral.

• Si se entregará en mano, en el momento de la entrega.

• Si se envía por correo certificado, en el momento de la entrega.

7.4. Documentación e información relativa al contrato El adjudicatario deberá solicitar la documentación que requiera con la suficiente antelación y, una vez recibida, la contrastará y verificará, comunicando a la APESHAG los errores u omisiones que a su juicio existan en la documentación facilitada, no pudiendo el adjudicatario exigir responsabilidad por errores u omisiones no manifestadas con anterioridad a la iniciación del contrato. El adjudicatario deberá mantener toda la documentación relacionada con el contrato del mantenimiento integral durante el periodo del mismo, cediendo toda la correspondiente a la APESHAG a la finalización el contrato. Estas documentaciones (mantenimientos correctivos, preventivos, legales, modificaciones o reformas, históricos obtenidos a lo largo de la ejecución del contrato, inventario de equipos e instalaciones, inventario del almacén de repuesto, etc.) estarán actualizadas y en soporte informático a la entrega de las mismas, y serán compatibles para ser utilizadas en cualquier sistema informático.

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Todos los datos técnicos, planos e información facilitada por la APESHAG o hechos por el adjudicatario a solicitud de este serán tratados confidencialmente, y no será utilizada para fines distintos a la ejecución del trabajo. El adjudicatario se abstendrá de copiar dichos documentos si no cuenta con el previo consentimiento escrito de la APESHAG. Igualmente, si no media el previo consentimiento escrito de la APESHAG, el adjudicatario se abstendrá de revelar a terceros o de usar beneficio a terceros, el contrato, datos de información que lleguen a su conocimiento.

7.5. Disciplina interna en el lugar de trabajo La APESHAG se reserva el derecho a recusar o prescindir del personal del adjudicatario que a su juicio no reúna la preparación técnica necesaria, aptitudes y actitudes requeridas para la función que se le haya encomendado, así como de aquellas personas bajo la dependencia del adjudicatario que no observasen escrupulosamente las prescripciones o normas disciplinarias y reglamentos vigentes, o que comprometan o perturben la buena marcha o calidad de los trabajos o el cumplimiento de los programas, sin que el adjudicatario pueda alegar tales circunstancias o hechos como justificación de posibles retrasos o defectos en el programa establecido por cada centro hospitalario, ni reclamar cantidad o indemnización alguna por cualquiera de estos conceptos. Respecto al personal no aceptado o rechazado por la APESHAG, el adjudicatario deberá tomar acción dentro de las 24 horas siguientes al recibo de la notificación que aquél le dirija en dicho sentido, sustituyendo inmediatamente tal personal por otro de cualificación equivalente, si es requerido por el hospital afectado. La APESHAG declina de forma expresa toda responsabilidad, en el caso que se produzcan sustracciones, altercados o abusos de cualquier género entre el personal, pero exigirá las medidas disciplinarias que estime oportunas para quienes se hallaran culpables de tales faltas. El adjudicatario planificará y desarrollará su trabajo utilizando la jornada laboral y las directrices de la APESHAG para cada hospital. A lo largo del desarrollo del contrato, la APESHAG irá estableciendo cuantas normas internas de organización estime convenientes para la buena marcha del trabajo. Dichas normas serán de obligado cumplimiento para el personal del adjudicatario, desde que haya sido informado de las mismas. Cualquier visita a cualquiera de los hospitales de la APESHAG debe ser conocida y autorizada por ésta. Se exceptúan de esta norma aquellas visitas que el adjudicatario reciba en sus oficinas en relación con sus actividades, si bien, será de total responsabilidad del adjudicatario lo derivado de la actuación de las mismas. La APESHAG no ampliará el periodo de duración de los trabajos, ni tampoco efectuará pago adicional alguno al adjudicatario, en relación con cualquier nueva programación del trabajo que resulte de lo expuesto anteriormente.

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7.6. Seguridad e Higiene (Riesgos Laborales) El adjudicatario y todas las empresas que, por cuenta de éste, realicen trabajos en cualquiera de los hospitales de la APESHAG deberán cumplir con cuantas disposiciones nacionales, autonómicas y locales legales y administrativas que estén en vigor durante la ejecución de los trabajos relativos a seguridad e higiene en el trabajo (ley de prevención de riesgos laborales). El adjudicatario exonerará a la APESHAG de toda responsabilidad respecto a cualquier accidente laboral que pueda sufrir su personal o el de sus subcontratistas y suministradores, o de cualquier empresa a la que, periódica o accidentalmente, el adjudicatario haga intervenir en el desarrollo y ejecución del trabajo. El cumplimiento de las normas de seguridad y de las recomendaciones dadas por la APESHAG y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad del adjudicatario. De un modo particular, el adjudicatario se responsabilizará de la colocación de aquellos dispositivos de seguridad que deba instalar él o sus subcontratistas en los lugares de trabajo. Asimismo, velará porque el personal y el de sus subcontratistas utilicen las prendas y equipos de protección personal y colectiva reglamentarias. En el caso concreto de la protección contra incendios, el adjudicatario deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las que se dicten por la APESHAG, adoptando las medidas necesarias para evitar que posibles manipulaciones en instalaciones eléctricas de carácter provisional y fijas o la utilización de disolventes o de limpieza etc., puedan provocar siniestros, de los que será responsable, así como de cuantos daños y perjuicios se produzcan por tal motivo. Sin que ello signifique disminución de la responsabilidad del adjudicatario, la APESHAG podrá inspeccionar en todo momento los trabajos y comprobar el cumplimiento y adecuación de las medidas de seguridad. En el ejercicio de este derecho, la APESHAG estará facultada para requerir al adjudicatario la adopción de determinadas medidas, dentro de los límites reglamentarios o de razonable previsión, que garanticen un nivel adecuado de seguridad según el tipo de trabajo o de riesgo. Si el adjudicatario no adoptase tales medidas, la APESHAG podrá ordenar la suspensión de los trabajos hasta la adopción de las medidas de seguridad que considere adecuadas cuando, a su juicio, ocurran riesgos tales que aconsejen dicha suspensión. El adjudicatario no tendrá derecho a ninguna extinción en el plazo de ejecución como consecuencia de esta suspensión. Cualquier accidente ocurrido como consecuencia de omisiones o deficiencias en las medidas de seguridad que produzcan un retraso en el cumplimiento de los plazos de ejecución, no justificará dicho retraso, incurriendo el adjudicatario en las penalidades establecidas.

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Aquellas suspensiones excepcionales que ordene la APESHAG no redundarán en prórroga alguna cuando dichas suspensiones obedezcan a claras razones de temeridad en las condiciones de trabajo o a incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por disposición legal. El adjudicatario deberá presentar a la APESHAG la documentación acreditativa de las compañías de seguros de accidentes con las cuales él y sus subcontratistas tengan establecido el seguro de su respectivo personal, así como los nombres y direcciones de las clínicas que le correspondan. Las repercusiones económicas que se derivan del cumplimiento de todo lo expresado anteriormente estarán incluidas en los precios del contrato y en ningún caso supondrá un costo extra para la APESHAG.

7.7. Cambios en el trabajo

7.7.1. Ampliaciones, reformas o modificaciones por la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir

La APESHAG se reserva el derecho, ya sea al comienzo, ya sea durante el desarrollo del trabajo, de efectuar cualquier modificación de forma, calidad o cantidad que en su opinión fuese necesaria. A tales efectos podrá requerir del adjudicatario:

• Aumentar o disminuir la cantidad y calidad o índole de cualquier parte de trabajo. • Omitir cualquiera de las partes del parte de trabajo. • Ejecutar o disminuir trabajos adicionales de cualquier índole, necesarios para realizar y finalizar

el trabajo. El adjudicatario acepta que la incidencia de estos posibles aumentos y/o disminuciones no será motivo para la presentación de reclamación alguna a no ser que se especifique alguna limitación en el contrato, la cual podría ser aceptada como cambio en el alcance el trabajo. Excepto para los cambios mencionados en el párrafo anterior, todos los cambios o modificaciones serán realizados por el adjudicatario previa orden escrita del hospital que corresponda. La autorización anterior se dará por medio de una orden de trabajo o comunicación, en la que deberá quedar perfectamente definido el alcance, precio y modalidad de pago del trabajo a ejecutar.

7.7.2. Reformas o modificaciones por el adjudicatario Si el adjudicatario efectuase modificaciones o reformas no autorizadas por la APESHAG en los centros en que se presta servicio, éste podrá exigirle la eliminación del trabajo realizado y su reconstrucción de acuerdo con el contrato, corriendo el adjudicatario con todos los gastos que se generen como consecuencia de ello.

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8. Derechos y obligaciones del adjudicatario

8.1. Comprensión de la naturaleza del equipamiento, instalaciones y de las condiciones en los hospitales

La APESHAG facilitará al adjudicatario la mejor información de que dispone con respecto a las condiciones bajo las cuales habrá de ejecutar el trabajo, pero no asumirá la responsabilidad de la exactitud de las mismas. El adjudicatario por tanto, deberá informarse, por sí mismo y bajo su responsabilidad, de dichas condiciones y se entiende que el adjudicatario, a la suscripción del contrato, conoce las características de los hospitales en los que prestará servicio y que ha adquirido un profundo conocimiento por lo que se refiere a las condiciones en que habrá de prestar el mismo, su alcance, naturaleza, posibles obstáculos, inconvenientes o cualquier otra condición que de algún modo pueda influir o afectar a la ejecución y/o finalización total de los trabajos. El adjudicatario prestará especial atención al efecto que puedan tener las distintas operaciones e instalaciones que necesite realizar sobre la estética de los hospitales. En tal sentido, cuidará que los elementos que puedan ser dañados durante la ejecución de los trabajos sean protegidos, en evitación de posibles destrozos que, de producirse, serán reparados por su cuenta. En consecuencia, el adjudicatario no planteará ni la APESHAG aceptará el admitir discusión, reclamaciones ni costos extras resultantes de un reconocimiento o examen previo deficiente. La APESHAG no tendrá obligación de atender las reclamaciones del adjudicatario respecto a la extensión de plazos, pagos adicionales o aumentos de precios, con relación a una errónea interpretación de los documentos contractuales, o a la existencia de unas condiciones de realización del trabajo diferentes a las previstas por el adjudicatario. Cualquier trabajo que no esté expresamente detallado en los documentos contractuales pero que razonablemente se entienda necesario para conseguir el objeto de los mismos, será realizado por el adjudicatario como si el mismo hubiese sido especialmente descrito en los mencionados documentos. En el caso de que resulte necesario introducir cambios adicionales en los documentos contractuales, con el fin de realizar el trabajo y cumplir adecuada y satisfactoriamente con el objeto del contrato, la APESHAG no estará obligada a ningún pago adicional, a no ser que dichos cambios o adiciones supongan un cambio en el alcance total del trabajo, y que dicha valoración sea expresamente aprobada por la APESHAG.

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8.2. Obligaciones generales del adjudicatario Serán por cuenta y cargo integro del adjudicatario, sin perjuicio de lo previsto en las demás disposiciones de este pliego y sin carácter limitativo, los siguientes conceptos:

a) El reclutamiento, selección, mantenimiento y permanencia en los hospitales del personal o plantilla necesaria para el cumplimiento de los compromisos que se derivan del presente contrato, así como las responsabilidades de orden de la organización del trabajo y disciplina, medidas de seguridad e higiene en el trabajo, clasificación del personal, el abono del importe de jornales, de las cargas sociales y de pluses reglamentarios de todo su personal y la fijación y el pago de los pluses reglamentarios del mismo y la fijación y el pago de los incentivos y primas de trabajo que el adjudicatario considere necesario para cumplimentar los plazos y la buena ejecución del trabajo.

b) Las empresas oferentes deberán aplicar un porcentaje de gestión sobre los precios de

materiales facturables aportados para el mantenimiento con las condiciones pactadas con sus proveedores. Sobre los precios netos que el adjudicatario obtenga de sus proveedores, aplicará el porcentaje que conste en su oferta, estando dicho porcentaje comprendido entre el 5 % y el 10 %, según se expresa en el apartado 1.B. Proposición Económica Desglosada del Anexo V, del Cuadro Resumen (Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares).

La facturación mensual de los materiales facturables consumidos para la ejecución del mantenimiento cada mes se verá afectada por el porcentaje ofertado.

El adjudicatario habrá de cumplir debidamente con el pago de sus proveedores de materiales, servicios, etc., según lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio. Para ello, el adjudicatario deberá acreditar las condiciones de pago pactadas con cada uno de ellos previamente a la ejecución de los trabajos o provisión de materiales, de forma que la APESHAG pueda verificar su cumplimiento.

c) El transporte, almacenamiento y conservación de equipos y materiales necesarios para la

realización del objeto del contrato, y en su caso, del mantenimiento integral.

d) La provisión de maquinaria, instalaciones auxiliares, vehículos, herramientas y otros medios auxiliares para la realización del objeto del contrato, y en su caso, del mantenimiento integral.

e) El montaje, desmontaje, mantenimiento, custodia, reparación, combustible y demás gastos de

operación de la maquinaria anteriormente mencionada, así como los gastos de las instalaciones auxiliares.

f) El suministro de los materiales y consumibles requeridos para la ejecución del mantenimiento

integral.

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Los materiales y consumibles a suministrar, en su caso, y de los que el adjudicatario deberá asumir su coste sin repercutir facturación de los mismos a la APESHAG, deberán incluir, pero no limitarse a los siguientes:

• Pintura. • Brochas, pinceles y rodillos para pintar. • Adhesivos. • Papelería. • Cemento. • Grava. • Arena. • Hierro. • Madera. • Estructura metálica. • Material cerámico. • Electrodos, varillas, etc. • Gases oxiacetilénicos. • Carburantes y lubricantes. • Eslingas y grilletes. • Tornillería en general. • Andamios. • Cable. • Terminales eléctricos. • Pequeño material eléctrico y electrónico. • Lámparas de pilotos indicadores. • Pilas. • Papel gráfico. • Sal para descalcificadoras de agua. • Resinas. • Gases refrigerantes. • Lejía para cloración de agua de consumo humano. • Productos químicos para prevención de legionelosis. • Reposición de plantas de jardinería. • Productos químicos o abonos utilizados en mantenimiento de la jardinería. • Los elementos que hay que sustituir en las revisiones preventivas de los equipos

cuyo mantenimiento debe ser contratado con los servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas.

 Y en general todos aquellos que de forma explícita o implícita se requieran para la total ejecución del contrato. Todos los materiales y otros desperfectos que se deriven de un mantenimiento deficiente por parte del adjudicatario, correrán por cuenta del mismo, sin que pueda reclamarse importe alguno a la APESHAG.

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Es responsabilidad del adjudicatario pedir los materiales con la antelación suficiente para evitar retrasos en la ejecución del trabajo motivados por falta de suministro.

El adjudicatario hará constar expresamente, en sus contratos con terceros o pedidos a otras firmas, que los materiales a entregar por los mismos no quedan sometidos a reservas de dominio, ni embargos u otros gravámenes que obliguen a la APESHAG, que ejercerá el pleno dominio sobre los aludidos materiales desde que lleguen a sus centros. El adjudicatario facilitará, a petición de la APESHAG, muestras de determinados materiales, antes de proceder a su compra. El adjudicatario entregará a petición de la APESHAG una relación certificada de los materiales, así como el nombre y dirección de la firma comercial a quien fueron adquiridos, incluyendo igualmente su fecha de entrega a los centros. El material suministrado por el adjudicatario debe responder a las calidades adecuadas y entregará a la APESHAG los correspondientes certificados de calidad. El adjudicatario será responsable de la descarga, carga y transporte de todos los materiales que lleguen o salgan de los hospitales.

g) Si hiciera falta, la construcción de almacenes, talleres, cobertizos e instalaciones propias de su

organización o destinadas a la protección de la plantilla, equipos o materiales delicados, atendidas por el personal necesario para su funcionamiento y dotadas de los correspondientes drenajes, acometidas de luz, agua, alcantarillado, telefonía y cualquier otro servicio necesario, el importe de los conceptos señalados y las posibles multas a pagar por daños y perjuicios que causen a dichos servicios o compañías suministradoras, serán por cuenta del adjudicatario. Durante el periodo de ejecución del contrato, el adjudicatario deberá establecer una oficina en cada centro, en la que dispondrá de cuanta documentación sea necesaria para la correcta ejecución del trabajo. Igualmente asumirá las instalaciones temporales o provisionales de barreras, pasos, vallado de dependencias y cualquier otro mecanismo necesario para la debida protección frente cualquier daño o riesgo inherente a los trabajos de mantenimiento y/o reformas. Del mismo modo se hará cargo de las redes de distribución de los hospitales, incluso cuadros de protección, aparatos de medida, seguridad y control, cambios de tendidos para servicios y cualquier otro elemento o dispositivo exigido para el suministro que se trate. El adjudicatario deberá proporcionar, si es requerido por la APESHAG, las instalaciones de lavado, cambio de ropa, alimentación y aseo para su personal.

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h) La conservación, orden y limpieza de las zonas empleadas exclusivamente por el personal de

mantenimiento, tales como dependencias de climatización, salas hídricas, salas de calderas, salas de frío, salas de almacenamiento de gases, centros de transformación y distribución eléctrica, almacenes de repuestos, talleres y oficinas, así como la limpieza periódica de herramientas, andamios y materiales sobrantes correrá a cargo del adjudicatario. El grado de limpieza será el máximo exigible a las dependencias e instalaciones objeto del contrato, aunque primará el establecido por la APESHAG en caso de duda.

Si el adjudicatario, a pesar del aviso, no cumpliera con las disposiciones del párrafo anterior, la APESHAG tendrá derecho a que ello se ejecute por terceros que actúen siguiendo sus instrucciones, deduciendo su importe de los pagos debidos al adjudicatario.

i) El diseño, instalación y conservación de las instalaciones de suministro de energía y agua a las

zonas en las que se realiza su trabajo, así como de otras instalaciones auxiliares que sean necesarias para el desarrollo del trabajo, desde los puntos de conexión indicados por la APESHAG y en trazados y en condiciones de instalación aprobados por ella.

Dichas instalaciones deberán cumplir los códigos vigentes y los planos de los mismos deberán mostrar claramente las partes aéreas, subterráneas y elementos de acometida y a la instalación realizada, que deberá estar perfectamente identificada y señalizada. Los consumos y tendidos deberán estar incluidos en el precio del contrato.

 j) La demolición y reconstrucción, de las partes defectuosas y de toda la que no cumpla con lo

estipulado por el presente pliego, realizadas en las labores de mantenimiento o reformas, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.

k) Suscripción de seguros de riesgos catastróficos, incendios, robo, desvalijamiento u otros, que

estará obligado a constituir y los que el primer beneficiario será la APESHAG, sin perjuicio de los establecidos en otros apartados de este pliego o del de cláusulas administrativas.

l) Los replanteos de construcción para reformas o modificaciones. m) Todas las reformas, modificaciones u otras incidencias efectuadas tanto en los equipos como

en las instalaciones serán automáticamente pasadas y anotadas o representadas en las diferentes documentaciones y planos donde se hallan efectuado, pasando a formar parte de los históricos de los/as mismos/as en el menor tiempo posible, no superando nunca los 15 días naturales desde el origen de los cambios.

n) La tramitación, gestión, obtención y pago de todos los arbitrios, licencias, derechos, permisos e

impuestos tanto municipales como autonómicos o estatales que deriven de la ejecución del mantenimiento integral, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego o en el de cláusulas administrativas.

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o) Suministro de toda información que requieran para el perfecto control de los trabajos en los

distintos centros hospitalarios que responda rigurosamente a la realidad y en particular:

• Justificantes de pago de la Seguridad Social. • Justificantes de haber cumplido todos los trámites legales requeridos para la

contratación del personal. • Información continua de todas las normativas, legislaciones, decretos, reglamentos

oficiales que afecten en su aplicación a los equipos e instalaciones de los hospitales, así como las regularizaciones, modificaciones o nuevas normativas que se produzcan durante el periodo del contrato. En este punto habrá de suministrarse texto o referencia normativa, grado de aplicación, recomendaciones para adaptación y cumplimiento, etc.

• Informe diario de trabajos realizados y por realizar e incidencias de los mismos si las hubiere.

• Informe mensual de la actuación del mantenimiento integral. • Informe mensual del personal por especialidades y categorías laborales, estado de los

mismos (enfermedad, permisos, vacaciones, etc.) • Informe anual de la actuación del mantenimiento integral.

Toda la información anterior responderá rigurosamente a la realidad, haciéndose responsable el adjudicatario de los datos que proporcione.

p) Los gastos de inspección, investigación técnica y económica, ensayos de laboratorio, control de calidad, vigilancia, control y liquidación de trabajos en la forma, plazos y cuantías correspondientes, sin que puedan ser repercutidos como partida independiente. En este punto se incluyen también las reformas o instalaciones en la red de voz y datos de los centros, que tendrán que acompañarse de certificación de las mismas.

q) Custodia, conservación y mantenimiento integral de los equipos, instalaciones y materiales. r) El adjudicatario contratará con los servicios técnicos oficiales y/o fabricantes de los equipos, y

adicionalmente a la actividad descrita en estos pliegos, al menos una revisión anual o las que se exijan legalmente en el caso de equipos sujetos a revisiones por normativa (ascensores, centros de transformación, equipos de extinción y detección de incendios, compresores de aire, instalaciones de gases medicinales, grupos electrógenos, calderas, plantas de tratamiento de agua, enfriadoras, sistemas de alimentación ininterrumpida, climatización de zonas especiales y, en general, todas aquellas instalaciones que por su importancia así lo requiera la APESHAG). Todas estas revisiones generarán un informe que será presentado a la unidad de Mantenimiento del centro. En el contrato de mantenimiento que establezca el adjudicatario quedaran incluidos todos los materiales necesarios para la ejecución de dichos mantenimientos preventivos.

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s) Los servicios técnicos contratados y/o fabricantes, adquirirán el carácter jurídico en razón a las tareas y funciones a desarrollar sobre las instalaciones objeto del contrato: 

 

• Ascensores y aparatos de elevación: El prestador del servicio de mantenimiento, adquirirá la condición de “Personal encargado del aparato” conforme al Art.14 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención. (RD. 2291/1985).

• Instalación Eléctrica: El prestador del servicio de mantenimiento será en relación a la instalación eléctrica de baja tensión; la empresa mantenedora con certificación de INSTALADOR AUTORIZADO EN BAJA TENSIÓN con clasificación en la categoría especialista, (IBTE). Para el desempeño de los trabajos que reglamentariamente le facultan.

• Instalaciones Térmicas de Edificios: El prestador del servicio de mantenimiento será en relación a la instalación térmica de edificios, la “Empresa de Mantenimiento” con las especialidades:

Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. Climatización.

Conforme a las instrucciones técnicas ITE. 11.2.2 y 11.2.3 del Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE).

• Aparatos a Presión: El prestador del servicio de mantenimiento adquirirá la condición de Usuario, conforme al Art. 11 del Reglamento de Aparatos a Presión (RAP), en relación a los aparatos existentes afectados por dicho reglamento; y las instrucciones técnicas complementarias ITC. MIE-AP1; MIE-AP7; MIE-AP10; MIEAP12; MIE-AP17.

• Instalación de Agua Fría para Consumo Humano y Agua Caliente Sanitaria: El prestador del servicio de mantenimiento adquirirá la condición de Mantenedor Higiénico Sanitario y, usuario de la red de agua para consumo humano; dando fiel cumplimiento de las obligaciones que emanan del RD. 865/2003 sobre medidas para la prevención y control de la legionelosis.

t) Cuantos otros servicios se contengan en el presente pliego de forma expresa o implícita que

sean necesarios para la ejecución del mantenimiento integral. u) Una vez concluido el trabajo y antes de su recepción, si la APESHAG lo requiere, el

adjudicatario procederá a derribar las instalaciones y construcciones temporales descritas en los apartados precedentes, dejando completamente limpio dicho lugar, en tiempo y forma que indique la APESHAG. Retirará a su vez toda la basura, escombros y desperdicios acumulados en el emplazamiento donde se ha efectuado el trabajo, así como las herramientas, andamios y materiales sobrantes, dejando dicho lugar completamente limpio de enganches, tomas o tuberías provisionales y en perfectas condiciones de habitabilidad y uso.

El grado de limpieza será determinado por la APESHAG. Si el adjudicatario, no cumpliera con las disposiciones del párrafo anterior, la APESHAG tendrá derecho a que ello se ejecute por terceros que actúen siguiendo sus instrucciones, deduciendo su importe de los pagos debidos al adjudicatario.

v) La explicación e instrucción en el manejo de aquellos equipos, elementos e instalaciones que, a juicio de la APESHAG, así lo requieran.

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8.3. Obligaciones laborales del adjudicatario. El adjudicatario se compromete al cumplimiento de todas las obligaciones laborales vigentes, relativas a la contratación y empleo de su personal, Asimismo, cumplirá con toda la normativa vigente relativa a Seguridad Social y Seguridad e Higiene (Ley de Protección de Riesgos Laborales). La APESHAG podrá exigirle la presentación de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones. En concreto, para la aprobación de la facturación del servicio por la APESHAG, será imprescindible adjuntar TC1 y TC2 mensual. El personal de mantenimiento deberá ser objeto de reconocimiento médico, a cargo del adjudicatario, antes de su ingreso en los centros y, al menos, una vez al año. Los resultados de dichos exámenes, en el sentido de si el trabajador es apto o no para el trabajo, serán puestos necesariamente en conocimiento del centro correspondiente, bien al Responsable de Mantenimiento o de Medicina Preventiva, según se indique. Asimismo las vacunaciones del personal al servicio del adjudicatario, serán a cargo de éste. Si en los exámenes realizados se descubriera la presencia de algún proceso patológico transmisible o la aparición de alguna susceptibilidad muy acusada a agentes morbígenos que condicionaran la presencia en el centro de la persona afectada, esta deberá ser sustituida por el adjudicatario. Tanto el personal permanente como el eventual deberán acreditar su relación laboral con la empresa adjudicataria antes de comenzar a prestar sus servicios en el centro. La APESHAG supervisará en todo momento dicha relación laboral, vigilando por el estricto cumplimiento de los convenios colectivos de aplicación en los centros objeto del contrato y durante la duración del mismo, así como los niveles retributivos, tanto en salarios base como en complementos y pluses. Cualquier acuerdo entre la empresa adjudicataria y los trabajadores de la misma que suponga aumentos retributivos por encima de los estipulados en convenios colectivos, o cualquier otro acuerdo que incremente los derechos adquiridos por los trabajadores sobre los que por convenio les correspondan, deberán ser previamente autorizados por la APESHAG. El adjudicatario comparecerá ante las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, entidades gestoras de la seguridad social y jurisdicción de lo social. Caso de originarse algún conflicto colectivo que pudiera afectar a este servicio, dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento del Responsable de Mantenimiento del centro con una antelación mínima de siete días naturales, a la vez de comprometerse el adjudicatario a cubrir los servicios mínimos conforme fija la legislación vigente para estos casos. La APESHAG declina expresamente y de forma general, la responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de las indicadas obligaciones, pudiéndose resarcir de los perjuicios que pudiera derivarse de su responsabilidad directa o subsidiaria, en la actividad llevada a cabo por el adjudicatario en la ejecución del trabajo, mediante retenciones oportunas del importe de los pagos que se expidan al adjudicatario y/o con cargo al aval de cumplimiento.

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8.4. Obligaciones medioambientales del adjudicatario El adjudicatario responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a la APESHAG de cualquier responsabilidad sobre el mismo. Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como peligrosos. El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado. En concreto, se deberán tomar las medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento de la legislación en materia de emisiones a la atmósfera, vertidos a la red de saneamiento y ruidos, teniéndose éstos también en cuenta a la hora del uso de maquinaria. En casos especiales, la APESHAG podrá recabar del adjudicatario demostración de la formación o instrucciones específicas recibidas por el personal para el correcto desarrollo del trabajo. Sin ánimo de exhaustividad, a continuación se relacionan algunas de las prácticas a las que el adjudicatario se compromete para la consecución de una buena gestión medioambiental:

• Limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados en la zona de trabajo, si los hubiera.

• Almacenamiento y manejo adecuado de productos químicos y mercancías o residuos peligrosos, cuando sea el caso.

• Prevención de fugas, derrames y contaminación del suelo, arquetas o cauces, con prohibición de la realización de cualquier vertido incontrolado.

• Uso de contenedores y bidones cerrados, señalizados y en buen estado, si se da el caso.

• Cuando sea de aplicación, segregación de los residuos generados, teniendo especial atención con los peligrosos.

• Restauración del entorno ambiental alterado. El adjudicatario se compromete a suministrar información inmediata a la APESHAG y al centro correspondiente sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso del trabajo que se le confía. La APESHAG podrá recabar con posterioridad un informe escrito referente al hecho y sus causas. Ante un incumplimiento de estas condiciones medioambientales, la APESHAG, según el tipo de contrato que se establezca, podrá repercutir al adjudicatario el coste económico directo o indirecto que suponga dicho incumplimiento.

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En el caso de los productos destinados a su utilización en las instalaciones de la APESHAG, el adjudicatario deberá tender, siempre que sea posible, a los siguientes criterios medioambientales:

• Embalaje primario de los productos. • Inocuidad de los componentes. • Biodegradabilidad. • Contenido de materiales reciclados. • Posibilidad de reutilización y reciclado. • Servicio posventa de recogida y reciclado. • Producto fabricado bajo un Sistema de Gestión Medioambiental.

9. Incumplimientos La APESHAG, podrá levantar actas de no conformidad por cualquiera de las siguientes causas:

• Retrasos en el cumplimiento de los mantenimientos que puedan ocasionar perjuicio a los centros en los que se presta servicio.

• Incumplimiento de la fecha final del contrato.

• Trabajos no realizados según las exigencias de calidad expresadas en este pliego

• Comportamientos inadecuados del personal del adjudicatario.

• Incumplimiento de cualquiera de los requerimientos del presente pliego o del de cláusulas administrativas, ya sean explícitos o implícitos en ellos.

• Incumplimientos legales por el adjudicatario o provocados por éste a la APESHAG o a cualquiera de sus hospitales.

• Cualquier acontecimiento ocasionado directa o indirectamente por el adjudicatario que provoque perjuicio a cualquiera de sus hospitales y que sea fruto de negligencia, dejación de sus obligaciones, imprudencia o temeridad del mismo, falta de profesionalidad, etc.

El levantamiento de actas de no conformidad no eximirá al adjudicatario de su obligación de finalizar el trabajo o de cualquier otra de sus obligaciones y responsabilidades según el contrato, y en ningún caso constituirá una renuncia por parte de la APESHAG a sus otros derechos, incluyendo su derecho de resolver el contrato y la exigencia de daños y perjuicios. Cualquier acta de no conformidad que levante la APESHAG será debidamente comunicada a la empresa adjudicataria, en tiempo y forma. La suma de tres actas de no conformidad a lo largo de la vigencia del contrato podrá considerarse motivo suficiente de resolución del contrato si la APESHAG así lo considerase. Si a partir de la tercera acta de no conformidad, la APESHAG no considera la resolución del contrato, será necesaria un acta más para justificar la resolución del mismo y así sucesivamente a partir de la cuarta.

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10. Documentación a la finalización del contrato El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado la totalidad del objeto, de acuerdo con las previsiones del presente pliego de condiciones y a satisfacción de la APESHAG. La documentación final al término del contrato se facilitará en soporte informático en formatos adecuados para diseño y textos (Autocad, Word, etc.), contendrá:

• Planos generales de los hospitales que le hayan sido facilitados por la APESHAG para la realización del mantenimiento, los cuales ha custodiado durante el periodo del contrato.

• Planos actualizados de todas las modificaciones realizadas en los equipos e instalaciones de los centros.

• Libros actualizados de revisiones e inspecciones de los equipos e instalaciones de los centros.

• Reseña numerada y sistemática de todo su contenido.

• Listado cuantificado tanto de los materiales y repuestos como el costo de los mismos contenidos en almacenes.

• Históricos de los diferentes mantenimientos realizados a los equipos e instalaciones.

• Lista actualizada del inventariado de cada hospital.

• Cualquier tipo de documentación que la APESHAG requiera y considere conveniente tenerla en posesión.

11. Penalizaciones Sin perjuicio de lo establecido en el presente pliego como penalizaciones asociadas a cada epígrafe a lo largo del mismo, el adjudicatario deberá tener en cuenta lo que se especifica a continuación en el presente capítulo. El adjudicatario quedará obligado a indemnizar la APESHAG, como responsable directo, de los daños que el personal a su servicio ocasione por dolo o negligencia, previa valoración de los mismos por el personal técnico de la institución. La indemnización consistirá en reposición o devolución de la facturación mensual.

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OTRAS PENALIZACIONES Indicador Condiciones Penalización Monitorización En cuanto al personal, uniformidad, puntualidad, compostura y atención al público y personal de los hospitales, defectos en la ejecución del servicio y en general aquellos hechos puedan ser constituidos de faltas

Se valorará por el personal técnico de los distintos centros.

- 5 % de la facturación mensual del servicio por cada falta observada.

Cada vez que se detecte incumplimiento por parte del personal del servicio.

Falta de conservación en perfecto estado de los equipos y medios materiales de mantenimiento, la falta reiterada de materiales de mantenimiento de uso cotidiano, falta o mal estado de equipos y medios de seguridad, falta de medios auxiliares, tales como escaleras, andamios o cualquier otro elemento necesario

Deberá ser solucionado en el plazo de 5 días naturales, desde la notificación de la anomalía.

- 10 % de la facturación mensual en caso de ocurrencia. - 1% de la facturación mensual del servicio por cada día de retraso sobre los 5 establecidos para su resolución.

En caso de que se comentan alguna de estas anomalías y fecha de detección.

Independientemente de todo lo anterior, la APESHAG a través de sus responsables de Mantenimiento, podrá realizar controles de calidad del servicio que arrojarán informes mensuales con ratios cuantitativos de la misma, de los que la empresa adjudicataria será puntualmente informada. Si dichos resultados son negativos, la APESHAG podrá aplicar penalizaciones en la facturación mensual, en una proporción igual a la disminución del ratio de calidad mensual sobre el valor máximo del mismo, en el cómputo del mes evaluado. Por ejemplo, si una vez evaluado el nivel de calidad de un mes, resulta un valor del 87% sobre el nivel óptimo de calidad, se aceptará una facturación máxima para ese mes del mismo porcentaje sobre el total mensual, aceptándose el 87% del importe de factura.

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Anexo 1. Personal que actualmente presta servicio en los hospitales

Nº HOSPITAL ANTIGÜEDAD CONVENIO CATEGORÍA TIPO CONTRATO

1 ANDUJAR JULIO 2007 METAL – JAÉN AUX. ADMINISTRATIVO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

2 ANDUJAR JULIO 1999 METAL – JAÉN INGENIERO TÉCNICO INDEF.TIEMPO COMPLETO

3 ANDUJAR NOVIEMBRE 2001 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

4 ANDUJAR AGOSTO 2000 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

5 ANDUJAR NOVIEMBRE 2001 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

6 ANDUJAR MAYO 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

7 ANDUJAR SEPTIEMBRE 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

8 ANDUJAR SEPTIEMBRE 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

9 ANDUJAR SEPTIEMBRE 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

10 ANDUJAR MAYO 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

11 ANDUJAR MAYO 1999 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

12 MONTILLA DICIEMBRE 2007 METAL - CÓRDOBA INGENIERO TÉCNICO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

13 MONTILLA ENERO 2005 METAL - CÓRDOBA JEFE TALLER INDEF.TIEMPO COMPLETO

14 MONTILLA MARZO 2004 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

15 MONTILLA FEBRERO 2005 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

16 MONTILLA MAYO 2007 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

17 MONTILLA ABRIL 2009 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

18 MONTILLA FEBRERO 2007 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

19 MONTILLA ENERO 2007 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

20 MONTILLA ENERO 2007 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

21 MONTILLA MARZO 2004 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

22 MONTILLA JULIO 2004 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

23 MONTILLA JULIO 2004 METAL– CÓRDOBA PLANIFICADOR INDEF.TIEMPO COMPLETO

24 SIERRA DE SEGURA OCTUBRE 2005 METAL – JAÉN AUX. ADMINISTRATIVO INDEF.TIEMPO COMPLETO

25 SIERRA DE SEGURA ENERO 2006 METAL – JAÉN JEFE TALLER INDEF.TIEMPO COMPLETO

26 SIERRA DE SEGURA AGOSTO 2007 METAL – JAÉN MAESTRO INDUSTRIAL DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

27 SIERRA DE SEGURA ABRIL 2007 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

28 SIERRA DE SEGURA ENERO 2006 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

29 SIERRA DE SEGURA AGOSTO 2005 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

30 SIERRA DE SEGURA JULIO 2005 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

31 SIERRA DE SEGURA SEPTIEMBRE 2005 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

32 SIERRA DE SEGURA MAYO 2006 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

Page 61: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE ... · Ejecución del plan de mantenimiento preventivo ... sistemas de telefonía, megafonía, televisión, audio, etc.,

Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del Servicio de Mantenimiento Integral

de Instalaciones

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Nº HOSPITAL ANTIGÜEDAD CONVENIO CATEGORÍA TIPO CONTRATO

33 PUENTE GENIL NOVIEMBRE 2006 METAL– CÓRDOBA AUX. ADMINISTRATIVO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

34 PUENTE GENIL MARZO 2008 METAL– CÓRDOBA INGENIERO TÉCNICO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

35 PUENTE GENIL DICIEMBRE 2006 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

36 PUENTE GENIL OCTUBRE 2006 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

37 PUENTE GENIL OCTUBRE 2006 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

38 PUENTE GENIL ENERO 2007 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

39 PUENTE GENIL OCTUBRE 2006 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

40 PUENTE GENIL ABRIL 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

41 PUENTE GENIL MAYO 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

42 ALCAUDETE MARZO 2008 METAL – JAÉN AUX. ADMINISTRATIVO INDEF.TIEMPO COMPLETO

43 ALCAUDETE NOVIEMBRE 2010 METAL – JAÉN INGENIERO TÉCNICO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

44 ALCAUDETE DICIEMBRE 2006 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

45 ALCAUDETE JULIO 2007 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

46 ALCAUDETE NOVIEMBRE 2006 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

47 ALCAUDETE NOVIEMBRE 2006 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

48 ALCAUDETE FEBRERO 2007 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

49 ALCAUDETE OCTUBRE 2011 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

50 ALCAUDETE MARZO 2010 METAL – JAÉN OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

51 VALLE DEL GUADIATO JUNIO 2009 METAL– CÓRDOBA AUX. ADMINISTRATIVO DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

52 VALLE DEL GUADIATO JUNIO 2009 METAL– CÓRDOBA INGENIERO TÉCNICO INDEF.TIEMPO COMPLETO

53 VALLE DEL GUADIATO NOVIEMBRE 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

54 VALLE DEL GUADIATO NOVIEMBRE 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

55 VALLE DEL GUADIATO NOVIEMBRE 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

56 VALLE DEL GUADIATO NOVIEMBRE 2008 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª INDEF.TIEMPO COMPLETO

57 VALLE DEL GUADIATO ABRIL 2009 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

58 VALLE DEL GUADIATO ABRIL 2009 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO

59 VALLE DEL GUADIATO JUNIO 2009 METAL– CÓRDOBA OFICIAL 1ª DUR.DETER.T/COMPL.OBRA O SERVICIO