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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN CENTROS DE DÍA PRIVADOS PARA LA ATENCIÓN SOCIOSANITARIA DE PERSONAS MAYORES CON DETERIORO FÍSICO, RELACIONAL, COGNITIVO, ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO. A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. Firmado por: JUAN DE LA TORRE VIDAL Cargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE CENTROS DE DIA Y RESIDENCIALES Fecha: 20-07-2017 11:59:09 Página: 1 de 52 Código de verificación : PYac71cd946459f2 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PYac71cd946459f2

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  • PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN CENTROS DE DÍA PRIVADOS PARA LA ATENCIÓN SOCIOSANITARIA DE PERSONAS MAYORES CON DETERIORO FÍSICO, RELACIONAL, COGNITIVO, ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO. A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

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    INDICE

    0.- OBJETO DEL CONTRATO I.- FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DÍA. ANEXO I. Precios del contrato. Coste plaza de Centro de Dia para las/os usuarias/os según modalidad de asistencia. Modelo de facturación. ANEXO II. Modelos de Informes y Facturas Mensuales. ANEXO III: Declaración responsable con la cláusula ética de comercio justo.

    ANEXO IV: Protocolos de obligado cumplimiento Nº 1, 2 y 3. ANEXO V: Informe de Impacto de Género. ANEXO VI: Modelo de ficha técnica identificación producto comercio justo. ANEXO VII: Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información.

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    0. OBJETO DEL CONTRATO

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    0.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato de servicios tiene por objeto la provisión de un máximo de

    1.610 plazas en Centros de Día privados en el municipio de Madrid. Las plazas van dirigidas a personas mayores dependientes, que presentan deterioro físico y relacional, deterioro cognitivo, enfermedad de alzhéimer y otras demencias.

    El modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) será referencia básica de trabajo en los Centros que liciten a dichas plazas.

    El Ayuntamiento de Madrid tiene una extensa red de Centros de Día municipales,

    por lo que puede disponer de plazas en un gran número de barrios de la Ciudad de Madrid. Para completar esta red, en zonas con menor número de plazas, o en donde la demanda es alta, el Ayuntamiento de Madrid necesita proveerse de plazas en Centros de Día privados, es por ello la necesidad de este contrato.

    Los Centros de Día privados tendrán que estar ubicados en los Distritos concretos

    que se especifican en el siguiente cuadro, que igualmente concreta las plazas que se ofertan:

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    LOTES Nº DISTRITO BARRIO PREFERENTE

    Nº PLAZAS DETERIORO

    COGNITIVO (EA)

    Nº PLAZAS DETERIORO FÍSICO (F)

    1 1. CENTRO EMBAJADORES 302 1. CENTRO BARRIO UNIVERSIDAD 303 2. ARGANZUELA LEGAZPI 304 2. ARGANZUELA LEGAZPI 305 3. RETIRO PACIFICO 256 4. SALAMANCA FUENTE DEL BERRO 307 4. SALAMANCA GOYA 408 4. SALAMANCA GUINDALERA 309 4. SALAMANCA GUINDALERA 3510 5. CHAMARTÍN PROSPERIDAD 3011 5. CHAMARTÍN PROSPERIDAD 2012 5. CHAMARTÍN PROSPERIDAD 3013 5. CHAMARTÍN PROSPERIDAD 3514 6. TETUÁN CUATRO CAMINOS 3515 6. TETUÁN CUATRO CAMINOS 1516 7. CHAMBERÍ GAZTAMBIDE 2017 7. CHAMBERÍ TRAFALGAR 3018 7. CHAMBERÍ TRAFALGAR 3019 7. CHAMBERÍ TRAFALGAR 2020 8. FUENCARRAL-EL PARDO VALVERDE 3021 8. FUENCARRAL-EL PARDO PEÑAGRANDE 2022 8. FUENCARRAL-EL PARDO PEÑAGRANDE 3023 9. MONCLOA-ARAVACA EL PLANTIO 2024 10. LATINA ALUCHE 4025 10. LATINA LUCERO 4026 10. LATINA ALUCHE 3027 10. LATINA ALUCHE 3028 10. LATINA LAS AGUILAS 3029 10. LATINA LAS AGUILAS 2030 11. CARABANCHEL OPAÑEL 2031 11. CARABANCHEL PUERTA BONITA 3032 11. CARABANCHEL PUERTA BONITA 3033 11. CARABANCHEL COMILLAS 3034 11. CARABANCHEL COMILLAS 3035 11. CARABANCHEL BUENAVISTA 3036 11. CARABANCHEL PUERTA BONITA 3037 12. USERA ALMENDRALES 1538 12. USERA ALMENDRALES 3039 12. USERA PRADOLONGO 1540 13. PUENTE DE VALLECAS SAN DIEGO 2041 13. PUENTE DE VALLECAS NUMANCIA 3042 13. PUENTE DE VALLECAS NUMANCIA 3043 13. PUENTE DE VALLECAS NUMANCIA 3044 13. PUENTE DE VALLECAS NUMANCIA 3045 13. PUENTE DE VALLECAS NUMANCIA 2046 13. PUENTE DE VALLECAS SAN DIEGO 2047 14. MORATALAZ PAVONES 1548 14. MORATALAZ PAVONES 4049 15. CIUDAD LINEAL PUEBLO NUEVO 1550 15. CIUDAD LINEAL SAN PASCUAL 4551 15. CIUDAD LINEAL PUEBLO NUEVO 3052 15. CIUDAD LINEAL PUEBLO NUEVO 3053 15. CIUDAD LINEAL SAN PASCUAL 2054 16. HORTALEZA PINAR DEL REY 2555 16. HORTALEZA VALDEFUENTES 2056 17. VILLAVERDE SAN ANDRES 1557 18. VILLA DE VALLECAS SANTA EUGENIA 3058 19. VICALVARO VALDEBERNARDO 2059 21. BARAJAS CORRALEJOS 30

    TOTALES 1430 180

    TOTAL PLAZAS TOTAL PLAZAS 1610

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    I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DÍA

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    1.- INTRODUCCIÓN.

    El Centro de Día se define como un equipamiento destinado a prestar atención socio–sanitaria preventiva y rehabilitadora al colectivo de personas mayores, en régimen diurno.

    El objetivo final de estos equipamientos es mejorar la calidad de vida, tanto de las

    personas mayores, como de sus familias y/o cuidadores, para facilitar la permanencia en el domicilio habitual recibiendo una atención profesional adecuada a sus necesidades.

    2.- MODALIDADES.

    El Ayuntamiento de Madrid diferencia dos modalidades de Centros de Día:

    • Centro de Día para personas mayores con deterioro físico y relacional. En el presente Pliego y en lo sucesivo CDF.

    • Centro de Día para personas mayores con deterioro cognitivo, enfermedad de

    Alzheimer y otras demencias. En el presente pliego y en lo sucesivo CDEA.

    Si en el mismo Centro existieran plazas para personas mayores con deterioro físico y relacional, y plazas para personas mayores con deterioro cognitivo, enfermedad de Alzheimer y otras demencias, tendrá que existir una separación física para la atención a usuarios, según su tipología.

    Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto con descripción técnica de

    la ejecución de la prestación, de los medios materiales y técnicos que se describen en los diferentes apartados, que deberá contener como mínimo las exigencias técnicas establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. 3.- SERVICIOS QUE HAN DE PRESTARSE.

    La empresa adjudicataria garantizará, al menos, los siguientes servicios, programas y prestaciones y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.

    Todos estos servicios, programas y prestaciones se realizarán conforme a los requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del adjudicatario su cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los servicios por parte de los técnicos y resto de personal del Ayuntamiento de Madrid. 3.1.-Servicio de atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora Con las principales actividades:

    3.1.1.-Programa de acogida en el Centro de Día:

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    El Centro de Día debe disponer de un programa de acogida, dirigido al usuario y a la familia de este, con la finalidad de: informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentar a los profesionales que van a trabajar con el usuario.

    3.1.2.-Valoración integral y de carácter interdisciplinar de la situación personal y familiar: En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar un estudio y

    valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un Plan de Atención Personalizada (PAP), que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y/o mantener su salud y autonomía personal en el mayor grado posible.

    La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

    • Salud física. • Funcional (actividades de la vida diaria). • Cognitiva. • Afectiva. • Socio familiar.

    La valoración se debe realizar de forma progresiva, a lo largo de los primeros días del ingreso, y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada, se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el PAP.

    De cada usuario debe existir un expediente personal único, que constará de: la información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional) y psicológica, así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos y el seguimiento y la evolución del PAP que se haya fijado, así como las incidencias producidas.

    3.1.3.- Programa de atención sanitaria:

    Debe comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva dirigidas a

    mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia, terapia ocupacional), sin obviar la utilización de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario.

    Se ocupará de la realización de:

    • Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de las actividades de la vida diaria

    (AVD). • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales.

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    • Programas de actuación según los distintos protocolos: alimentación y nutrición, administración de medicación, control de esfínteres, prevención de caídas, protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

    • Coordinación con los equipos de Atención Primaria de Salud y Atención Especializada.

    3.1.4.- Programa de atención psicológica: Se prestará en los CDEA, y comprenderá el diagnóstico y evaluación de los

    usuarios, así como los tratamientos individuales o de grupo que precisen, y la atención a las necesidades de las familias.

    Debe incluir como mínimo:

    • Terapias psicoafectivas. • Terapias socializadoras.

    3.1.5.- Programa de atención social: Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la atención a

    las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del Centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

    Debe incluir como mínimo:

    • Prestar el apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención y la de la familia.

    • Promover, junto al resto del equipo del Centro, actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

    • Apoyar en la integración en el Centro. • Acompañar al usuario en su adaptación a través del profesional de

    referencia. • Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a

    través del voluntariado social. 3.2.- Servicio de Apoyo a la Familia

    Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro de Día, de

    participación social y un programa de calidad y mejora continua:

    • Prestar el apoyo y ayuda en el proceso de cuidado. • Realizar actividades de formación e información sobre temas vinculados

    con la situación que presentan los usuarios y con la atención que se presta en el Centro de Día.

    • Ofrecer a la familia su participación en las actividades del Centro.

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    • Promover su participación en programas municipales, especialmente los concebidos para el apoyo a los cuidadores principales: Respiro Familiar Fin de Semana y Cuidando a quienes cuidan.

    3.3.- Servicio de Aseo y Cuidado Personal

    Se tendrá especial atención al cuidado personal, control y protección del usuario,

    que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

    Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios que así lo requirieran,

    prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo personal serán a cargo del usuario. El adjudicatario adoptará

    las medidas oportunas para que dichos útiles estén convenientemente identificados, garantizando así la utilización exclusiva por su propietario. Los usuarios aportarán, a su cargo, el material de incontinencia.

    Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados, dentro del

    recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias.

    En aquellos casos en los que, por condicionamiento de índole física o psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, la empresa adjudicataria establecerá las medidas de protección, seguridad y control necesarios. En el caso de plazas de deterioro cognitivo, los locales deben estar dotados de las medidas y claves de seguridad adecuadas, en la entrada y salida del edificio. 3.4.- Servicio de alimentación y nutrición

    Se trata de uno de los servicios más importantes que ofrece el Centro de Día.

    Facilita la adaptación y aceptación del Centro, así como contribuye al bienestar físico y emocional del usuario. Uno de los principales problemas que tiene la alimentación destinada a las personas mayores, que habitualmente hacen uso del Centro de Día, es la falta de adecuación a sus requerimientos energéticos y proteicos, así como a los diferentes problemas de salud, que obligan a adaptar los menús a las necesidades individuales.

    En el Centro de Día se servirán tres comidas diarias: desayuno, comida y

    merienda. La indicación de un menú debe ser realizada por un profesional sanitario y consensuado con el propio usuario o su familia, respetando en lo posible los deseos, hábitos y costumbres del usuario. Los menús deben ser firmados por un médico o nutricionista, deben ser variados, cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús deben ser conocidos por los usuarios y sus familiares con antelación, facilitando esta planificación a primeros de cada mes. Se arbitrarán sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares, recogiendo su opinión y sugerencias, y controles de calidad permanentes.

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    Los menús se adaptarán a los problemas de salud, siguiendo las líneas de la Atención Centrada en la Persona, respetando en lo posible los gustos y las razones religiosas o de otra índole (problemas de salud diversos) que así lo requieran. La dieta triturada debe garantizar el aporte calórico y nutricional adecuado. Todas las dietas deben ofrecer primer plato, segundo plato y postre.

    En todos los Centros de Día el Servicio de Alimentación y Nutrición ha de

    prever la posibilidad de contar con:

    • Dieta normal. • Dieta antidiabética. • Dieta baja en grasas o hipocalórica. • Dieta de fácil masticación. • Dieta triturada, alimentos texturizados. • Dieta astringente con disponibilidad en el día. • Dieta para problemas de salud específicos: baja en potasio, insuficiencia

    renal, intolerancia al gluten, intolerancia a la lactosa, otras alergias o intolerancias específicas, así como dieta específica para personas mayores que tienen prescrito Sintrom.

    Igualmente, incluirán comidas especiales en fechas socialmente señaladas como

    Navidad, Reyes, San Isidro, Carnaval y en el aniversario del Centro, entre otras.

    3.5.- Servicio de transporte adaptado

    El servicio de transporte consiste en proporcionar, a los usuarios que lo necesiten, el transporte desde su domicilio al Centro y a la inversa; entendiendo como punto de recogida la puerta de la calle que da acceso al edificio (portal) o lugar más cercano, si no se pudiera acceder a este lugar en el transporte adaptado.

    Sólo en casos muy excepcionales, y autorizados por el Departamento de Centros

    de Día y Residenciales, se podrá recoger a los usuarios en la vivienda en la que habitan y no en la puerta de calle, que dé acceso al edificio.

    El servicio de transporte adaptado incluye: Realizar el traslado en vehículo desde el domicilio de cada usuario al Centro y

    a la inversa, de los usuarios que lo necesiten y dentro del horario establecido. Ayudarles a subir, bajar, situarse en el vehículo y acompañarlos hasta el

    domicilio. Control y apoyo personal a los usuarios para su adecuada atención y seguridad

    durante el trayecto. Los vehículos exigidos tendrán una capacidad para 7 ó 9 plazas, más 2 sillas de

    ruedas, u 8 plazas, más 1 silla de ruedas, y deben contar con conductor y con personal auxiliar acompañante, ambos con la jornada detallada en el epígrafe 5.- “PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO” del presente Pliego, para ayudar a los usuarios que lo requieran.

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    Este servicio deberá dar cobertura preferente al Distrito donde esté ubicado el Centro de Día y, si fuera necesario, a cualquier otro dentro del municipio. El tiempo total de cada ruta, (de las efectuadas en el mismo Distrito en el que esté ubicado el Centro de Día), no podrá exceder de 30 minutos.

    En cualquier caso, la ruta, o rutas, que se establezcan para la prestación del

    servicio de transporte, se diseñarán de manera que los usuarios pasen el menor tiempo posible en las mismas, y permitan su presencia en el Centro de Día al inicio de su actividad diaria y hasta su finalización.

    Los usuarios con deterioro cognitivo que, por decisión propia o familiar,

    acudan al Centro por su propio pie, sin acompañante, deberán firmar un documento donde se recoja tal situación y en el que se exime de responsabilidad al Centro de Día, así como al Ayuntamiento de Madrid, de cualquier incidente acaecido en el trayecto de ida o vuelta a su domicilio.

    4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. La empresa tendrá las siguientes obligaciones como adjudicataria del Servicio: 1.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el contrato, gestionando de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución del mismo. 2.- Introducir, en todo el funcionamiento del Centro, el Modelo de Atención Centrada en las Personas y en sus necesidades. Se trata de un modelo de atención que quiere responder a las demandas de las personas mayores en atención y servicios, priorizando conceptos como la autodeterminación, relaciones personales, e inclusión social, partiendo de las expectativas y deseos de las mismas. El modelo busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores, con una planificación de la intervención por parte de todos los profesionales del Centro, centrada en la persona a través del “proyecto de vida” y una atención personalizada a través de la figura del “profesional de referencia”. Las características principales de este modelo de atención en Centros de Día son las siguientes:

    • Respeto por la dignidad e identidad de la persona. • Respeto por sus decisiones, gustos y preferencias a la hora de realizar o

    participar en actividades (habrá posibilidades de elección entre varias alternativas).

    • En el Centro se huye de un ambiente frío, distante e institucional y se debe generar un ambiente más cálido, facilitando la confortabilidad y el bienestar, dando lugar a actividades contextualizadas y con significado.

    • El Centro da respuesta y fomenta la continuidad de la cotidianeidad propia de cada persona.

    • La atención se plantea desde el conocimiento de la persona y su historia de vida, de manera integral y centrada en ella.

    • Se identifican y potencian capacidades y se buscan apoyos para solventar limitaciones.

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    • La familia aparece como pieza clave del modelo. Se trabajará para involucrarla en aspectos relacionados con el Centro y la atención y apoyo a la persona.

    3.- Formular la planificación de los servicios y actividades del Centro que anualmente deberá presentar al Departamento de Centros de Día y Residenciales, para conformidad. 4.- Recoger, informatizar, analizar y custodiar todos los datos referidos a las personas atendidas, garantizando en todo momento la confidencialidad de esos datos y el derecho a la intimidad de las personas en los términos recogidos en el Anexo VII de este Pliego. 5.- Establecer la coordinación precisa y necesaria con la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo (Departamento de Centros de Día y Residenciales), y con los responsables del Distrito en donde se ubica el lote adjudicado, facilitando toda la información necesaria requerida para la adecuada resolución de problemas que pudieran plantearse. Los responsables de la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales y los responsables del Distrito en materia de Servicios Sociales determinarán la frecuencia de las reuniones que mantendrán, que, en el caso de la entidad adjudicataria con los responsables del Distrito en materia de Servicios Sociales, será como mínimo de una vez al mes, para facilitar la adecuada prestación del servicio. 6.- Elaborar los Programas de atención personalizada del Centro, informes semestrales y las memorias anuales (incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del Centro y una evaluación sobre la satisfacción de los usuarios), así como cuantos informes sean necesarios a requerimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales. La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el Ayuntamiento de Madrid, deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales antes del 31 de enero de cada año. También se emitirá a la finalización de la prestación objeto del contrato. 7.- Implantar, de forma inmediata a su comunicación, cualquier documento normalizado que sea modificado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales, así como poner en marcha todos aquellos nuevos protocolos o formas de actuación que, a nivel técnico, se consideren necesarios para el correcto funcionamiento del Centro. Se tendrá especial diligencia en el cumplimiento de los protocolos Nº 1, 2 y 3, que se reflejan en el Anexo IV, “Traslado de usuarios/as de Centro de Día en transporte adaptado”, “Control de asistencia de usuarios/as de Centro de Día” y “Actuaciones ante emergencias sanitarias”. 8.- Asistir a las reuniones de seguimiento y coordinación con los técnicos del Departamento de Centros de Día y Residenciales. 9.- Obtener, si no dispone de ella, o actualizar, en su caso, una certificación de calidad específica para el Centro de Día en donde hayan sido adjudicatarios de algún lote y con validez para todo el período de ejecución del contrato: Certificación UNE 158201 para Centros de Día, acreditación de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología u otro análogo, realizado con una empresa acreditadora de la calidad homologada. 10.- El adjudicatario se obliga a colocar en el acceso al edificio (fachada) en el que se ubique el Centro y en los vehículos que utilice para la prestación del servicio la

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    indicación de que el Centro tiene plazas financiadas por el Ayuntamiento de Madrid. Las medidas del cartel serán de 45x75 cm, que podrán ser revisables en función del espacio y ubicación en el Centro y en el vehículo. La imagen del cartel será la siguiente:

    Centro con Plazas financiadas por el

    Ayuntamiento de Madrid

    11.- En relación con los Servicios especificados en el Punto 3 del presente pliego, la empresa adjudicataria deberá cumplir todos los puntos especificados en la descripción de los servicios y en particular los siguientes:

    Servicio de Atención Social, sanitaria, preventiva y rehabilitadora:

    - El adjudicatario del servicio se compromete a aceptar a los usuarios designados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    - La incorporación de usuarios al Centro deberá realizarse en los términos y

    plazos establecidos por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    - La empresa adjudicataria elaborará un PAP por cada usuario.

    - El PAP debe revisarse cada seis meses y, en todo caso, cuando se produzca un cambio significativo en la situación del usuario.

    - El adjudicatario deberá utilizar los documentos normalizados proporcionados

    por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. Programa de Atención Sanitaria:

    - En cualquier caso, la empresa adjudicataria, asegurará la administración de

    tratamientos farmacológicos específicos prescritos y documentados en pauta médica actualizada, como insulina, heparina, colirios, oxígeno, así como cualquier otro tipo de medicamentos, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

    Programa de Atención Social y familiar:

    - La empresa adjudicataria facilitará al Departamento de Centros de Día y

    Residenciales, al inicio del contrato, y en enero de cada uno de los años de vigencia del contrato, el calendario de actividades, al objeto de su conformidad.

    - La empresa adjudicataria realizará, imprimirá y entregará folletos informativos

    de este servicio para todos los usuarios (Carta de Servicios, funcionamiento del Centro de Día y Diario de información). El Ayuntamiento de Madrid, antes de

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    su puesta en circulación, dará su conformidad al diseño y contenido de los mismos.

    - El adjudicatario utilizará un cuaderno diario de información entre el Centro y las

    familias, según el modelo establecido por el Departamento de Centros de Día y Residenciales y exclusivamente en los CDEA. Estos diarios se utilizarán en aquellos casos que se precisen como necesarios por los profesionales del Centro y/o por la familia, teniendo en cuenta siempre la preferencia de los usuarios. Respecto aquellos usuarios que no se estime necesario, o que no deseen recibirlos, no se utilizarán. También se podrán utilizar soportes electrónicos para prestar esta información.

    - Semestralmente la empresa adjudicataria facilitará información por escrito a los

    usuarios/familias, y a los Centros de Servicios Sociales, que así lo soliciten, sobre la evolución y dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el Ayuntamiento de Madrid.

    - El plan de atención y de actividades será presentado por la empresa adjudicataria

    al Departamento de Centros de Día y Residenciales al inicio de la prestación, y anualmente, y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en los Centros.

    - Aquellos Centros de Día integrados en Centros Residenciales deberán

    contar con un cronograma de actividades específico para los usuarios del mismo.

    - Cuando se solicite un cambio de perfil de un usuario, se deberá realizar un

    informe interdisciplinar y remitir al Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    Servicio de Aseo y cuidado personal:

    - Deberá garantizarse el baño y/o aseo diario de los usuarios que lo precisen.

    - Deberá garantizarse el aseo bucodental diario de todos los usuarios.

    - El personal utilizará guantes desechables, de un solo uso, para la realización del

    aseo.

    - Las esponjas, que serán de un solo uso y desechables, correrán a cargo del adjudicatario.

    - Los Centros dispondrán de ayudas técnicas y del material de apoyo para las

    movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada. Ello sin perjuicio de las prótesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal, que serán por cuenta de los usuarios o cubiertas por el Sistema Público de Salud.

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    Servicio de alimentación y nutrición:

    - El adjudicatario se compromete a prestar un servicio de alimentación para la cobertura del servicio. En el caso de utilización de un servicio de catering, se priorizará la modalidad de línea fría. El seguimiento de las incidencias y todo lo relacionado con su gestión son responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria.

    - La entidad adjudicataria estará obligada a que en los desayunos y/o meriendas que se ofrezcan a los usuarios de los Centros se incluya, al menos, un producto de comercio justo de ente los siguientes: azúcar, galletas, café, infusiones, cacao instantáneo, tabletas y barritas de chocolate.

    - A los efectos de acreditar el cumplimiento de la presente especificación técnica,

    la empresa licitadora deberá presentar una declaración responsable o cualquier medio de prueba admitido en derecho que demuestre el cumplimiento de los estándares fijados en la Resolución 2005/2245 (INI) del Parlamento Europeo sobre comercio justo de 6 de julio de 2006. Esta declaración habrá de aportarse en el sobre de documentación técnica (criterios no valorables en cifras o porcentajes). (Se adjunta como Anexo III al presente pliego modelo de declaración responsable).

    - Asimismo y en relación con el producto o los productos de comercio justo que se comprometa suministrar la entidad adjudicataria, se deberá cumplimentar una ficha técnica por cada producto en la que conste su identificación y características técnicas como la descripción del producto y relación de los principales ingredientes que lo componen. (Esta información deberá figurar en el sobre de documentación técnica. Para acreditar en la oferta técnica el cumplimiento de la especificación técnica relativa al suministro mínimo exigido, se presentará, al menos, una ficha técnica como documentación técnica. Se deberá incluir el informe certificador equivalente que proceda).

    (Se adjunta como Anexo VI al presente pliego modelo de ficha técnica).

    - Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los alimentos, así como

    la recogida sistemática de muestras, como ordena la legislación vigente. - En todo caso, la alimentación proporcionada cumplirá con las normas de

    seguridad alimentaria que le sean de aplicación y en particular con las siguientes: el Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE 30-4-2004), la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición y el Decreto 10/2001, del 25 de enero, por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos, autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM 7-2-2001).

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    - En relación con esta normativa, la empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema documentado de autocontrol, basado en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), según se indica en el Reg (CE) nº852/2004 (art. 5). Asimismo, y para posibilitar la realización de estudios epidemiológicos, en caso de producirse algún brote de toxiinfección alimentaria, el adjudicatario deberá disponer de comidas testigo (representativas de las comidas servidas diariamente). Dichas comidas testigo se conservarán adecuadamente, tal y como exige la legislación vigente, y la cantidad corresponderá a raciones individuales, según se refleja en el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (art.10.3).

    - La empresa adjudicataria deberá realizar, con carácter mensual, una relación de

    las comidas que se servirán en los Centros durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios. Este documento se expondrá en lugar visible para consulta de usuarios y familias.

    Servicio de transporte adaptado:

    - El adjudicatario prestará el servicio de transporte a los usuarios que tengan el servicio asignado.

    - El adjudicatario dispondrá de medio de transporte, convenientemente adaptado, para su uso por personas que precisen la utilización de sillas de ruedas (disponer de plataforma elevadora de acceso y sistema de anclaje), y contará con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de personas: haber superado las inspecciones técnicas, contar con los seguros reglamentarios, contratar una póliza de seguro de ocupantes, para tantas plazas como el número de usuarios máximos a transportar y que cubra riesgos de accidente por traslado de los usuarios, desde su domicilio al vehículo, y viceversa, y desde el Centro al vehículo, y viceversa.

    - Los vehículos destinados a la prestación de este servicio, deberán tener unas

    características tales que permitan circular, incluso, por calles de reducidas dimensiones. Deberán estar dotados de calefacción y aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento.

    - Para garantizar un servicio de transporte adecuado, los vehículos no deberán

    tener una antigüedad superior a 12 años, por lo que deberán ser renovados, obligatoriamente, cada 12 años.

    - Anchura interior: el vehículo tendrá las dimensiones adecuadas para la

    circulación de los usuarios en su interior, de acuerdo con las características de las personas mayores de movilidad reducida a transportar, y a su vez, presentará las condiciones de maniobrabilidad necesarias para poder circular por la zona de influencia de cada Centro.

    - Plataforma trasera interior de una pieza, suelo del vehículo sin escalones interiores, ni elementos que puedan dificultar el movimiento interno por el

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    vehículo y el acceso a los asientos. Asideros en puerta lateral para facilitar el acceso.

    - Escalón de acceso con huella antideslizante que no sobresalga y resalte de color amarillo en escalones (Fluorescentes y Resistentes).

    - Los vehículos llevarán cinturón de seguridad para todos los pasajeros. Para las sillas de ruedas, el vehículo deberá disponer de anclajes de retención de las sillas y de un sistema homologado de retención de los ocupantes de las mismas.

    - Se llevarán, en el propio vehículo en que se realice el transporte de los usuarios, hojas de reclamaciones a disposición de los mismos y de sus familiares, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento de Madrid de dichas reclamaciones dentro de las 24 horas siguientes a su presentación.

    - El adjudicatario deberá adoptar las medidas necesarias para mantener los

    vehículos en perfectas condiciones técnicas, así como de climatización, limpieza e higiene.

    - Los vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte, ya sean

    propios de la entidad adjudicataria o subcontratados, deberán cumplir con la imagen corporativa que indique que el Centro tiene plazas financiadas por el Ayuntamiento de Madrid. Las medidas del cartel serán de 45x75 cm, que podrán ser revisables en función del espacio y ubicación en el vehículo. La imagen definitiva del cartel será la siguiente:

    Centro con Plazas financiadas por el

    Ayuntamiento de Madrid

    - En el caso de que no se pudiera prestar el servicio con normalidad, el

    adjudicatario deberá poner los medios necesarios para que el mismo se efectúe con la mínima pérdida de tiempo o, si esto no fuera posible, correr con los gastos de transporte alternativo (siempre en un vehículo adaptado).

    - El adjudicatario dispondrá como mínimo de los siguientes medios personales para la prestación del servicio de transporte:

    * Una/un conductora/or del vehículo. * Una/un auxiliar de ruta.

    - De acuerdo con el número de plazas se establece el siguiente número de vehículos:

    Nº de Vehículos * Plazas Nº vehículos

    30 1 * En caso de un número de plazas distintas a estas, se entenderá el número de vehículos y jornadas laborales proporcionales.

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    5.- MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

    La empresa adjudicataria dispondrá de un local dotado con el equipamiento y mobiliario necesarios para la prestación del servicio. Este mobiliario y los utensilios que hayan de ser utilizados por los usuarios deberán ser sólidos, seguros, higiénicos, funcionales y de fácil limpieza. Deberá contar, para el número total de plazas que componen el/los lote/s del/de los que haya resultado adjudicatario, con las autorizaciones administrativas y sanitarias de la Comunidad de Madrid, para la prestación del Servicio de Centro de Día para personas mayores, autorizaciones reguladas, respectivamente, por el Decreto 21/2015, de 16 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Procedimientos de Autorización Administrativa y Comunicación Previa para los Centros y Servicios de Acción Social en la Comunidad de Madrid y la inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios; y por el Decreto 51/2006, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, Regulador del Régimen Jurídico y Procedimiento de Autorización y Registro de Centros, Servicios y Establecimiento Sanitarios de la Comunidad de Madrid. Asimismo deberá contar con las licencias y autorizaciones pertinentes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio de esta actividad. Del mismo modo, dispondrá de una plantilla suficientemente dotada para el conjunto de servicios que debe prestar, garantizando una atención integral y globalizada. Todo el personal que presta los diferentes servicios del Centro de Día llevará en lugar visible la correspondiente tarjeta de identificación personal. El adjudicatario dispondrá, como mínimo, de los siguientes perfiles profesionales que no se subcontratarán en ningún caso (salvo el personal de transporte), y que a continuación se relacionan:

    PERFIL PROFESIONAL

    30 USUARIOS DETERIORO COGNITIVO1

    30 USUARIOS DETERIORO FISICO1

    Coordinadora/or. 10 Horas/semana. 10 Horas/semana. Médica/o. 8 Horas/semana. ----------------------- Diplomada/o en enfermería. 10 Horas/semana. 10 Horas/semana. Trabajadora/or Social. 10 Horas/semana. 10 Horas/semana. Fisioterapeuta. 20 Horas/semana. 20 Horas/semana. Terapeuta ocupacional. 20 Horas/semana. 20 Horas/semana. Gerocultoras/es.2 4 a jornada completa. 3 a jornada completa. Psicóloga/o. 10 Horas/semana. ------------------------ Auxiliar de ruta. 30 horas/semana. 30 horas/semana. Conductora/or. 30 horas/semana. 30 horas/semana.

    1 Para los lotes con diferente número de usuarios se realizará la proporción matemática. 2 En el caso de Gerocultoras/es, el número total será proporcional al número de usuarios atendidos.

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    La/el Coordinadora/or deberá contar con titulación mínima de grado o antiguo

    título de grado medio y estar en posesión del título oficial de Directora/or de Centros de Servicios Sociales.

    Todas/os las/los Gerocultoras/es contarán con titulación de F.P. Módulo de

    Auxiliar de Clínica u otro módulo de FP con características similares, y que tenga contenidos específicos de atención sociosanitaria. También se podrá documentar a través de certificado de profesionalidad o acreditar estar en una convocatoria de acreditación.

    El personal destinado a la prestación del servicio estará sometido al poder de

    dirección y organización del adjudicatario (retribuciones, horarios e instrucciones), y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y en materia tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con el Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.

    A la extinción del contrato, no podrá en ningún caso producirse la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del TRLCSP.

    Se deberán cubrir todas las bajas de todo el personal que se produzcan por

    cualquier concepto, especialmente por vacaciones, maternidad/ paternidad/ lactancia, y por enfermedad.

    La entidad adjudicataria garantizará el secreto profesional sobre todas las

    informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato.

    El contratista adjudicatario aportará a los trabajadores los medios materiales

    necesarios para la prestación del servicio. En cualquier caso es imprescindible la dotación al personal de uniforme, incluidos conductores y auxiliares de ruta.

    6.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

    • Acceso al servicio:

    El acceso a las plazas del Centro de Día se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

    La orden de alta, baja y/o cambio de la modalidad de asistencia en el servicio será

    competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales. Serán motivos de baja definitiva:

    1. A petición del usuario.

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    2. Indicaciones del Programa Individual de Atención, una vez sea reconocido el derecho a protección por dependencia.

    3. Traslado de municipio.

    4. Fallecimiento.

    5. Pérdida de requisitos.

    6. Incumplimiento de las obligaciones referidas en la Carta de Servicios.

    7. Incompatibilidad de servicios.

    8. Superar el período máximo de suspensión.

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    Horario del Centro: El Centro de Día funcionará, con carácter general, de lunes a viernes, en días

    laborables de 8,15 a 18 horas, si bien los usuarios podrán acceder al Centro entre 8,15 y 11 horas y salir entre las 16,30 y 19 horas.

    Dentro del horario establecido y contemplado anteriormente, se podrá establecer

    flexibilidad en el horario de asistencia de aquellos usuarios que así lo demanden. Esta flexibilidad se establecerá por la mañana (entrada) o por la tarde (salida), garantizando que las horas de permanencia en el Centro de Día permitan al usuario hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan. En cualquier caso, la flexibilidad no afectará al servicio de comida en el Centro, que será utilizado siempre por el usuario.

    La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la

    aportación económica que le corresponda efectuar al usuario, de acuerdo a la modalidad y días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del Centro.

    Este uso flexible del Centro, a petición de los usuarios, deberá venir conformado y

    razonado por la coordinadora del Centro de Día y aprobado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    Los horarios de los servicios y actividades del Centro se podrán modificar de

    acuerdo, o a instancia, del Departamento de Centros de Día y Residenciales, para adaptarlos a las necesidades y circunstancias de cada momento.

    Los horarios se articularán, desde el criterio de flexibilidad y adaptación a las

    diferentes necesidades de los usuarios.

    • Normas de Funcionamiento y Carta de Servicios:

    La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento de los puntos establecidos en el documento denominado Funcionamiento de los Centros de Día, a la Carta de Servicios de Centros de Día, así como a su difusión entre los usuarios y/o familiares.

    • Comunicación de altas, bajas, modificaciones e incidencias de los Centros de Día:

    La empresa adjudicataria comunicará las incidencias que se produzcan respecto a

    la incorporación de usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, en el mismo día a la ocurrencia de aquellas a través de correo electrónico o sistema informático.

    • Aportación del usuario: La empresa adjudicataria recibirá del usuario/a una parte del coste del servicio.

    Para ello serán los profesionales de los Servicios Sociales distritales quienes realizarán el cálculo de la aportación correspondiente. Se aplicará el baremo, que a cada caso le corresponda, mediante Decreto del titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a

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    aplicar en los servicios de atención a personas mayores a partir del 1 de enero de cada año. La Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) comunicará por escrito a la empresa adjudicataria la cantidad que deberá cobrar a cada usuario/a. En todo caso, el Ayuntamiento de Madrid sufragará las cantidades que sean necesarias para que el/la usuario/a no aporte más cantidad que la resultante de aplicar el baremo.

    Los/las usuarios/as abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días

    del mes en curso, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La facturación de la asistencia se realizará por periodos mensuales o quincenales. La asistencia de uno o más días dentro de una quincena natural (considerándose como tal las comprendidas entre los días 1 a 15 y 16 a 31 de cada mes) conllevará el pago de esa quincena.

    En el caso de enfermedad, debidamente justificada mediante informe médico (al

    Centro de Día), los/las usuarios/as, quedan excluidos/as de la aportación económica durante un mes, siempre que ésta tenga una duración superior a quince días. Si la duración de la enfermedad es inferior o igual a quince días deberán abonar toda la mensualidad.

    Una vez que el usuario ha recibido el alta médica y presente un perfil adecuado

    para la atención en el Centro de Día, se deberá incorporar al centro. En caso de no proceder a la incorporación perderá el derecho a la plaza.

    No existe ningún otro tipo de exención de pago o reducción de la aportación

    económica de los usuarios por ningún otro motivo, sea, o no, justificado. El usuario debe aportar el coste del servicio mientras se encuentre dado de alta en el mismo, a excepción de enfermad, anteriormente referida.

    El adjudicatario no podrá facturar a los usuarios cantidad adicional alguna por la

    prestación de los servicios que en este Pliego se contemplan. 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

    Le corresponde a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales

    (Departamento de Centros de Día y Residenciales) del Ayuntamiento de Madrid el seguimiento y la supervisión del contrato de servicios, así como el seguimiento de la intervención en el Centro y la adecuada atención a los usuarios del mismo, cuyos técnicos podrán inspeccionar, en cualquier momento, el desarrollo del servicio, así como solicitar cuanta información requieran.

    El seguimiento técnico de cada usuario corresponde al Trabajador Social de cada

    Distrito donde esté ubicado el Centro. Las relaciones entre la empresa adjudicataria y el Departamento de Centros de Día

    y Residenciales, se canalizarán a través de un responsable asignado por la empresa. Dicho responsable actuará como interlocutor con el ente contratante, y en especial con

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    el Departamento de Centros de Día y Residenciales, de quien recibirá y ejecutará las indicaciones que éste estime oportuno impartir, en relación a la prestación del servicio. El citado responsable deberá tener atribuciones suficientes para adoptar en su caso y al momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo. La empresa adjudicataria deberá contar con sustituto para supuesto de ausencia de dicho responsable.

    El adjudicatario está obligado a informar a la Dirección General de Personas

    Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centro de Día y Residenciales), en el mismo día que se produzca, sobre cualquier incidencia significativa que surja en el desarrollo y la prestación del servicio, y a facilitar puntualmente cuanta información le sea requerida en relación con la misma. Dispondrá para ello de un número de teléfono para poder comunicar estas emergencias.

    El adjudicatario estará obligado, por parte del personal del Centro, a la grabación

    de los datos vinculados a la plaza ocupada en el Centro. Estos datos son requeridos para la alimentación del sistema informático de la Comunidad de Madrid “Módulo de liquidación del convenio con el Ayuntamiento de Madrid para centros”, SIDEMA (Sistema de Información Dependencia de Madrid) y/u otro alternativo, que permita la actualización con carácter inmediato de los datos necesarios.

    El Centro dispondrá de impresos numerados de solicitud normalizada, donde los

    interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La empresa adjudicataria será la responsable de cursar, por registro municipal, las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas desde la fecha de recepción.

    El equipo interdisciplinar del Centro se reunirá, al menos una vez al mes, para la

    revisión de los Planes de Atención Personalizada (PAP). A estas reuniones se podrán incorporar técnicos municipales.

    El seguimiento del contrato se hará mediante la presentación por parte de la

    empresa adjudicataria de la relación de usuarios, especificando días de asistencia, transporte en su caso, aportación económica, altas y bajas del mes, conjuntamente con la factura correspondiente a cada mes y Centro, tal y como se establece en los modelos detallados en el Anexo II del presente Pliego.

    La empresa adjudicataria realizará los envíos de datos solicitados (facturación,

    asistencia, informes) de forma electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos.

    El adjudicatario está obligado a ejecutar las indicaciones de la Dirección General

    de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en el edificio del Centro, así como en los vehículos utilizados para el transporte de los usuarios y en la documentación y divulgación que se realice de las actividades y servicios que se prestan con cargo al presente contrato.

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    8.- CLÁUSULAS SOCIALES.

    El adjudicatario deberá acreditar, mediante declaración responsable, la obligación de que el servicio objeto del contrato ha sido producido y se ha desarrollado respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

    Las prescripciones técnicas de este contrato han sido redactadas teniendo en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (TRLGDPD).

    En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que sean necesarios para

    la ejecución del contrato y que se aporten al usuario, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Dichos documentos deberán ser siempre presentados previamente al Departamento de Centros de Día y Residenciales para su revisión y aprobación.

    La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

    Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

    - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

    - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

    - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

    - La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso.

    - La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas oportunas para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños a los ciudadanos en general.

    - La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal, destinado a la ejecución del contrato.

    Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa

    adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, y posteriormente, con periodicidad semestral, la presentación de una declaración responsable, en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social (TCs).

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    8.1 Cláusulas sociales. Condiciones especiales de ejecución.

    Es condición especial de ejecución del contrato que la empresa adjudicataria elabore un informe de impacto de género en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por el responsable del contrato (Conforme al modelo de Anexo V del presente pliego).

    Es condición especial de ejecución del contrato que la empresa adjudicataria

    realice, durante la ejecución del contrato, como mínimo, 1 acción al año de sensibilización y formación, de duración mínima de 2 horas, con la plantilla adscrita a su ejecución, acerca de los derechos en materia de igualdad y conciliación recogidos en la normativa vigente y en el convenio de la empresa, o convenio colectivo del sector correspondiente.

    La empresa adjudicataria deberá presentar al Departamento de Centros de Día y Residenciales, al inicio de la ejecución del contrato, la planificación de las acciones a realizar, en relación con el personal vinculado a la ejecución del mismo, así como su contenido. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar un informe detallado sobre las actuaciones realizadas con determinación de su alcance y destinatarios.

    Es condición especial de ejecución del contrato, que la empresa adjudicataria

    organice, como mínimo, la impartición de un total de 10 horas anuales de formación profesional, en horario laboral sin devolución alguna de haberes, que mejoren la ocupación y la adaptabilidad de las personas adscritas a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su cualificación. Esta formación deberá ser exclusivamente de carácter presencial. La formación será proporcional a la jornada del trabajador y al tiempo de contrato si éste fuera eventual. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes.

    La empresa adjudicataria deberá presentar al Departamento de Centros de Día y

    Residenciales, anualmente: la formación impartida al personal vinculado a la ejecución del contrato, su contenido, así como el número de horas realizadas por cada profesional.

    Es condición especial de ejecución del contrato, que la empresa adjudicataria

    asuma la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo de los productos de comercio justo, y en especial:

    • Las Convenciones 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado. • Las Convenciones 87 y 98, sobre libertad sindical, de asociación y

    negociación colectiva. • La Convención 100, sobre la igualdad de remuneración entre la mano de

    obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

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    • La convención 111, contra la discriminación en el acceso al empleo y las condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social.

    • La convención 138, sobre la abolición de la explotación y el trabajo infantil.

    • La Convención 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de acció