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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

ÍNDICE

 INTRODUCCIÓN .....................................................................................................................................................3 

I.1. ANTECEDENTES ............................................................................................................................................3 

I.2. OBJETIVOS CONCRETOS DE LA ACTUACIÓN .....................................................................................................5 

I.2.1. PRINCIPALES PROBLEMAS DETECTADOS ......................................................................................5 

I.2.2. OBJETO DE LA ACTUACIÓN ..........................................................................................................5 

I.2.3. ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN ..........................................................................................................6 

I.2.4. RÉGIMEN URBANÍSTICO APLICABLE A LAS VIVIENDAS EXISTENTES .................................................9 

I.2.5. COSTES DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL ..............11 

I.2.6. AFECCIONES PAISAJÍSTICAS ......................................................................................................11 

I.3. OBJETO Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO. ........................................................................................................12 

I.3.1. DOCUMENTOS SIN EFICACIA NORMATIVA: ...................................................................................13 

I.3.2. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA: .................................................................................13 

I.4. SITUACIÓN TERRITORIAL DE LA ACTUACIÓN. ..................................................................................................14 

I.5. MEDIO FÍSICO, BIÓTICO, URBANÍSTICO Y SOCIO-ECONÓMICO. ..........................................................................15 

I.5.1. FISIOGRAFÍA ............................................................................................................................15 

I.5.2. GEOLOGÍA ...............................................................................................................................16 

I.5.3. CLIMATOLOGÍA .........................................................................................................................17 

I.5.4. HIDROLOGÍA .............................................................................................................................17 

I.5.5. HIDROGEOLOGÍA ......................................................................................................................18 

I.5.6. EDAFOLOGÍA ............................................................................................................................19 

I.5.7. USOS DEL SUELO .....................................................................................................................19 

I.5.8. FLORA Y VEGETACIÓN ..............................................................................................................25 

I.5.9. FAUNA .....................................................................................................................................26 

I.5.10. PAISAJE .................................................................................................................................27 

I.5.11. INFRAESTRUCTURAS ...............................................................................................................28 

I.5.12. PLANEAMIENTO MUNICIPAL ......................................................................................................34 

I.5.13. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y HÁBITATS ......................................................................39 

I.5.14. OBRAS PROGRAMADAS Y POLÍTICAS DE INVERSIONES PÚBLICAS. ..............................................45 

 MEMORIA INFORMATIVA .......................................................................................................................................46 

II.1. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA ................................................................................................................46 

II.2. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LA ACTUACIÓN ................................................................................................46 

II.2.1. TRABAJOS INTERIORES A LOS ÁMBITOS DE ACTUACIÓN ..............................................................47 

II.2.2. TRABAJOS EXTERIORES A LOS ÁMBITOS DE ACTUACIÓN .............................................................56 

II.3. NORMATIVA, PLANES, ESTUDIOS Y PROYECTOS DE CARÁCTER TERRITORIAL, URBANÍSTICO, AMBIENTAL O SECTORIAL DE APLICACIÓN ...............................................................................................................................57 

II.3.1. NORMATIVA SECTORIAL ...........................................................................................................57 

II.3.2. NORMATIVA TERRITORIAL Y URBANÍSTICA .................................................................................57 

II.4. NORMATIVA PAISAJÍSTICA DE APLICACIÓN ....................................................................................................67 

II.4.1. LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PAISAJE. .....................................................................................67 

II.4.2. NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA ESTABLECIDAS EN EL RPCV ...................................................71

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

2

  MEMORIA JUSTIFICATIVA ..................................................................................................................................74 

III.1. JUSTIFICACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO ADOPTADO. ...................................................................................74 

III.1.1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................74 

III.1.2. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO ....................................................................................74 

III.1.3. CUENCA VISUAL DE LA ACTUACIÓN ..........................................................................................75 

III.2. CARACTERIZACIÓN DE LAS UNIDADES DE PAISAJE. .......................................................................................77 

III.2.1. METODOLOGÍA .......................................................................................................................78 

III.2.2. IDENTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN DE LAS UNIDADES DE PAISAJE ................................................78 

III.3. CARACTERIZACIÓN DE LOS RECURSOS PAISAJÍSTICOS INVENTARIADOS. .......................................................82 

III.3.1. RECURSOS PAISAJÍSTICOS DE INTERÉS AMBIENTAL ..................................................................82 

III.3.2. RECURSOS PAISAJÍSTICOS DE INTERÉS CULTURAL ...................................................................83 

III.3.3. RECURSOS PAISAJÍSTICOS DE INTERÉS VISUAL ........................................................................87 

III.4. ANÁLISIS VISUAL. .......................................................................................................................................89 

III.4.1. PUNTOS DE OBSERVACIÓN DEL PAISAJE ...................................................................................89 

III.4.2. CLASIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DE OBSERVACIÓN ...................................................................90 

III.4.3. CUENCAS VISUALES PARA CADA PUNTO DE OBSERVACIÓN ........................................................91 

III.4.4. FICHA GRÁFICA Y ESCRITA PARA CADA PUNTO DE OBSERVACIÓN ..............................................91 

III.4.5. VISIBILIDAD .......................................................................................................................... 104 

III.5. VALOR PAISAJÍSTICO. ............................................................................................................................... 105 

III.5.1. CALIDAD PAISAJÍSTICA .......................................................................................................... 105 

III.5.2. VALOR PAISAJÍSTICO ............................................................................................................. 108 

III.6. SENSIBILIDAD DEL PAISAJE ....................................................................................................................... 109 

III.6.1. SINGULARIDAD ..................................................................................................................... 109 

III.6.2. FRAGILIDAD .......................................................................................................................... 110 

III.6.3. SENSIBILIDAD ....................................................................................................................... 111 

III.6.4. DESCRIPCIÓN DE IMPACTOS SOBRE EL PAISAJE. ..................................................................... 112 

III.6.5. VALORACIÓN DE LOS POSIBLES IMPACTOS. ............................................................................ 112 

III.7. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE PAISAJE. ........................................................................................................ 114 

III.7.1. REFERIDOS A LA OCUPACIÓN Y A LA DENSIDAD DE EDIFICACIÓN. ............................................. 114 

III.7.2. PROTECCIÓN Y POTENCIACIÓN DE ELEMENTOS PAISAJÍSTICOS ............................................... 114 

III.7.3. MEJORA DE INTERCONEXIÓN DE ESPACIOS DE INTERÉS .......................................................... 115 

III.7.4. CATÁLOGO DE PAISAJE. ........................................................................................................ 115 

  MEDIDAS DE INTEGRACIÓN Y PROGRAMAS DE IMPLEMENTACIÓN ...................................................................... 116 

IV.1. PROGRAMA DE PAISAJE ........................................................................................................................... 116 

IV.2. MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA ................................................................................................... 116 

IV.3. PROGRAMAS DE IMPLEMENTACIÓN ........................................................................................................... 123 

 CONCLUSIONES ................................................................................................................................................ 124 

ANEXO I: PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA

DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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INTRODUCCIÓN

I.1. ANTECEDENTES

El problema de los núcleos de población y asentamientos residenciales al margen de los

suelos previstos desde el planeamiento para la expansión edilicia municipal ha sido y es una

constante no sólo en el ámbito territorial de Ontinyent sino en el ámbito autonómico y nacional.

Esta constante ha dado lugar a numerosas respuestas legales por parte de las distintas

legislaciones aprobadas, tanto desde el plano estatal como autonómico, siendo desarrolladas por

ordenanzas locales específicas que han intentado desde todas las vertientes dar solución a un

problema acuciante, prolífico y constante.

Ontinyent, como cualquier municipio con cierto auge industrial y económico, ha

experimentado situaciones edificatorias acontecidas al margen de la normativa aplicable,

localizadas fuera de las propias previsiones del planeamiento municipal.

Esta situación de hecho asume tintes de cierta envergadura en la década de los años

cincuenta del siglo pasado, periodo temporal de superación de la postguerra, en el que llegan a

censarse hasta 599 viviendas según datos locales de 1954.

Este fenómeno se expande de una forma progresiva dentro del término municipal al

amparo de una situación de vacatio legis estatal que desemboca en la proliferación en la década

de los 90 con hasta un censo de 2.255 viviendas según datos del propio Plan General, que

definitivamente han llegado a implicar 1.086 hectáreas de las casi 11.000 hectáreas de suelo no

urbanizable que tiene el municipio.

La interrelación de ejes de comunicación viarios ciertamente precarios y laberínticos en

este tipo de suelos acarrea problemas de accesibilidad de cierta gravedad que se han visto en la

actualidad destapados en toda su crudeza en los últimos incendios, lo que ha evidenciado

importantes problemas de evacuación y accesibilidad.

Este marco urbanístico consolida situaciones de cierta tirantez social, cultural, económica,

sanitaria y de política y seguridad ciudadanas, cuyas inquietudes han provocado la constitución

de asociaciones civiles para la regularización de estos asentamientos residenciales.

Como no podía ser de otro modo, la problemática se acomete de una forma racional y

amplia en el reciente Plan General, en el que se asume una visión generalizada del problema,

configurándolo como una directriz básica del propio plan, que intenta diseccionar las situaciones

mediante la preservación, por un lado, de los suelos carentes de edificación, y por otro lado, de

los suelos ya ocupados por la edificación, pasando lógicamente por la clasificación urbanística de

los suelos inmediatos y confluentes con el entorno transformado.

Para ello el propio plan particulariza las distintas situaciones urbanísticas y edificatorias de

los suelos hasta entonces preservados de desarrollos urbanísticos, agrupándolos en grandes

manchas clasificatorias, postergándolos a un estudio pormenorizado de los suelos no

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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urbanizables que por estar ocupados deben quedar sometidos a la técnica legal del plan de

minimización del impacto territorial que regula la Ley 10/2004 de suelo no urbanizable. Solución

tipificada en el artículo 1.52 de las Normas Urbanísticas del Plan General, que extiende el ámbito

de aplicación de este nuevo planeamiento para las infraestructuras y dotaciones no ya sólo al

suelo no urbanizable común sino también, y puntualmente, a aquellas zonas con ciertos valores

protegidos que pueden motivadamente ser merecedoras de estos tratamientos. Prueba de ello es

que el pliego de condiciones que rige la realización de los trabajos establece de forma gráfica las

áreas de estudio sobre las que es admisible la minimización del impacto territorial. Se trata de

veintiún áreas que abarcan una superficie total de 1.086 ha. Superponiendo el plano que las

delimita con el de ordenación estructural se observa que algunas de las áreas citadas se asientan

sobre suelo de especial protección, lo que se justifica por las razones que más adelante se dirán.

El objeto de estos expedientes es acometer desde el municipio una situación de hecho

constatada con el fin de mejorar las condiciones ambientales y de calidad de vida, lo que afecta a

las siguientes áreas de estudio:

Área de estudio Zona

Superficie suelo (m2s)

AE1 La Baronía 217.601

AE2 La Melonera 704.922

AE3 La Lloma Verda 327.360

AE4 Pressos - Barranco de la Bessona 800.167

AE5 La Garrofera 656.617

AE6 Cubelles 393.180

AE7 Bonavista 396.713

AE8 La Garnatxa - San Jacinto 1.004.696

AE9 Torre Marcos 525.210

AE10 Casa García de Dalt 292.198

AE11 Sant Hilari – C. Molina 659.743

AE12 Casa dels Frares 1.181.089

AE13 La Font Freda 417.515

AE14 El Llombo 844.349

AE15 Torre Torús 232.110

AE16 Galindo - La Paz 395.572

AE17 Teular de Mollà 167.537

AE18 Santa Bárbara 188.400

AE19 Caputxins 279.756

AE20 La Canal 757.793

AE21 El Pla 413.625

10.856.152

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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I.2. OBJETIVOS CONCRETOS DE LA ACTUACIÓN

De acuerdo con la situación de hecho de los terrenos que son objeto de la actuación, de

las determinaciones de la legislación urbanística aplicable a la que se hará referencia en el

apartado correspondiente, y del tratamiento previsto por el planeamiento vigente para estos

supuestos, se desprende lo siguiente:

I.2.1. PRINCIPALES PROBLEMAS DETECTADOS

Dado el elevado grado de consolidación de una buena parte del suelo clasificado como no

urbanizable en el Plan General de Ontinyent (1.086 ha con un total de 1.403 viviendas), se ha

detectado la existencia de los siguientes problemas básicos:

- Vertidos incontrolados de aguas fecales como consecuencia de la falta de red de

alcantarillado.

- Falta de una adecuada conexión de los núcleos de viviendas con la red viaria general

- Dificultades para la recogida de residuos sólidos urbanos.

- Dificultades para el acceso de los bomberos en caso de incendio.

- Regulación de la explotación del agua subterránea y de sus condiciones sanitarias y

de concesión administrativa.

I.2.2. OBJETO DE LA ACTUACIÓN

El objeto de la actuación es la redacción de un Plan Especial de minimización del impacto

territorial al amparo de lo dispuesto en el art. 1.52 de las NN.UU. del Plan General que establece

que “En suelo no urbanizable podrán aprobarse y desarrollarse planes especiales de integración y

funcionalidad de las infraestructuras, con el objeto de definir el nivel mínimo de las

infraestructuras y servicios de las zonas donde existan edificaciones que conformen núcleos

urbanos o de población. Estos planes serán asimismo aplicables para los procesos de

minimización del impacto territorial generado por los núcleos de viviendas en suelo no

urbanizable, regulados por la Disposición Transitoria Cuarta de la LSNU.” De esta manera, el Plan

Especial establece las bases para los futuros expedientes de minimización del impacto territorial

que se formularán para cada uno de los ámbitos de actuación, de manera aislada o conjunta.

Los fines perseguidos por el Plan Especial son los siguientes:

- Abordar el problema medioambiental que supone el vertido incontrolado de algunas

viviendas que carecen de sistema de depuración.

- Resolver de forma adecuada la conexión de los núcleos de viviendas con la red viaria

general.

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- Racionalizar la distribución de puntos de recogida controlados de los residuos sólidos

urbanos y mejorar las condiciones de acceso de los vehículos encargados de su

recogida.

- Mejorar la red viaria de forma que se facilite el acceso de los bomberos a las zonas

forestales que bordean el suelo no urbanizable, y que han sido objeto de numerosos y

recientes incendios.

- Asegurar que el abastecimiento de agua potable se lleva a cabo cumpliendo los

controles que determina la normativa de uso e informando a los usuarios; así como

que está amparado por el título administrativo de concesión de aguas subterráneas.

- Estudio de alternativas de suministro de agua potable, en caso de no contar con la

preceptiva concesión de aguas.

I.2.3. ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN

Se parte de la existencia de unas áreas de estudio definidas por el Ayuntamiento, que

afectan a suelo no urbanizable común y parcialmente a suelo con algún tipo de protección, en el

que hay que entender que es precisamente el hecho de estar protegido y contar con una

densidad edificatoria similar a la del suelo no urbanizable común lo que justifica que se adopten

medias para minimizar el impacto territorial, que en modo alguno implican efectos contrarios a los

valores que hicieron a dichos suelos merecedores de las protecciones en cuestión.

Dado que por la naturaleza de los objetivos propuestos es deseable la afección al mayor

número de viviendas posible, resulta aconsejable la aplicación de los criterios del art. 1.52, en

relación con el art. 1.51 de las NN.UU. del Plan General, de forma que los ámbitos de actuación

así definidos tienen una extensión equivalente al 52,90% de las áreas de estudio, englobando la

totalidad de conjuntos de diseminados que constituyen núcleo de población de acuerdo con los

criterios del planeamiento vigente, por lo que las viviendas no incluidas en el ámbito del

plan especial tiene un carácter totalmente residual, salvo por lo que se refiere a buena parte

del área de estudio 4, y a la totalidad de la 5, 6, 7 y 8, donde no se ha previsto la delimitación

de ámbitos de actuación ya que, conforme se requiere en el Documento de Referencia emitido

por el Servicio de Evaluación Ambiental de la CITMA, se presupone que engloban unos suelos

que por su densidad, características de la trama urbana y situación respecto al modelo territorial

del Plan General cabe plantear su futura reclasificación como suelo urbanizable,

correspondiendo al planeamiento de desarrollo que se redacte en su momento la adopción de

las medidas necesarias para su urbanización integral, no procediendo, por tanto, la adopción

en estos momentos de medias tendentes a la minoración del impacto territorial conforme a

lo dispuesto en la ley del suelo no urbanizable.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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La afección por riesgo de inundación de nivel 1, según la cartografía de la revisión del

PATRICOVA de la mayor parte de las viviendas que constituyen núcleo de población en el área

de estudio 18, justifica el hecho de que en dicha área tampoco se haya previsto la delimitación de

ámbito de actuación alguno, pues el planteamiento de actuaciones para la minimización del

impacto territorial conllevaría, en este caso, una elevada repercusión económica para aquellas

parcelas con edificación que no se ven afectadas por el mencionado riesgo de inundación. Por

otro lado se ha excluido de los Ámbitos de Actuación (AA) todas las superficies afectadas por

riesgo de inundación, redelimitando en consecuencia los siguientes ámbitos de actuación: AA1-b,

AA2, AA14, AA19-b, AA20, AA21-a y AA21-b.

Con las consideraciones expuestas, las principales magnitudes de la propuesta quedan,

pues, como sigue:

Nombre: Área de estudio

Ámbito de actuación

Calificación Global

Superficie de suelo

Parcelas afectadas Densidad

m2s Ud. Ud./Ha

La Baronía SNUPAP SNUPAR-B

AE1 217.601

AA1-a 33.595 6 1,79

La Melonera SNUPAP AE2 704.922

AA2 161.412 36 2,23

La Lloma Verda SNUPAP AE3 327.360

AA3 195.018 38 1,95

Pressos - Barranco de la Bessona

SNUPAE

AE4 800.167

AA4-a 73.023 15 2,05

La Garrofera SNUC-B

AE5 656.617

Cubelles SNUC-B

AE6 393.180

Bonavista SNUC-B

AE7 396.713

La Garnatxa – S. Jacinto SNUC-B

AE8 1.004.696

Torre Marcos SNUPAE SNUPAR-B

AE9 525.210

AA9 514.289 47 0,91

Casa García de Dalt SNUPAO

AE10 292.198

AA10 89.145 23 2,58

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Sant Hilari - C- Molina SNUPAE

AE11 659.743

AA11 142.227 20 1,41

Casa dels Frares SNUC-A SNUPAO

AE12 1.181.089

AA12 734.255 155 2,11

La Font Freda SNUC-B SNUPAE

AE13 417.515

AA13-a 179.182 36 2,01

AA13-b 41.298 9 2,18

El Llombo SNUPAP SNUPAR-B

AE14 844.349

AA14 356.419 152 4,26

Nombre: Área de estudio

Ámbito de actuación

Calificación Global

Superficie de suelo

Parcelas afectadas Densidad

m2s Ud. Ud./Ha

Torre Torús SNUC-B

AE15 232.110

AA15 154.719 31 2,00

Galindo - La Paz SNUC-A

AE16 395.572

AA16 314.783 64 2,03

Teular de Mollà SNUC-B SNUPAR-A

AE17 167.537

AA17 58.381 23 3,94

Santa Bárbara SNUPAP

AE18 188.400

Caputxins SNUPAP SNUPAE

AE19 279.756

AA19-a 12.830 7 5,46

AA19-b 64.460 29 4,50

La Canal SNUPAP SNUPAR-B

AE20 757.793

AA20 316.310 111 3,51

El Pla SNUPAP

AE21 413.625

AA21-a 93.647 39 4,16

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Como resumen de las magnitudes principales de los ámbitos de actuación tenemos:

TOTALES Superficie suelo Parcelas afectadas

Densidad media

m2s Ud Ud./Ha

AA: Ámbitos de Actuación 3.501.398 802 2,29

Las siglas contenidas en la tabla responden a las siguientes calificaciones de suelo

conforme a la terminología del Plan General:

SNUC: Suelo no urbanizable común.

SNUC A: Caracterizada por la presencia de un importante número de viviendas aisladas

preexistentes.

SNUC B: Es posible el uso de vivienda aislada y familiar, sin que sea importante la

presencia de viviendas preexistentes

SNUC C: Destinada al uso de vertedero de residuos urbanos.

SNUC D: Se autoriza la explotación de canteras.

SNUPA: Suelo no urbanizable de especial protección por su valor agrícola.

SNUPAE: Suelo no urbanizable de protección agrícola Este.

SNUPAO: Suelo no urbanizable de protección agrícola Oeste.

SNUPAP: Suelo no urbanizable de especial protección por su valor agrícola y paisajístico.

SNUPAR: Suelo no urbanizable de especial protección arqueológica.

SNUPAR A: Yacimientos arqueológicos al descubierto y catalogados.

SNUPAR B: Yacimientos arqueológicos detectados en superficie con indicios o

indicadores arqueológicos que permitan suponer la existencia de restos

enterrados y ocultos.

I.2.4. RÉGIMEN URBANÍSTICO APLICABLE A LAS VIVIENDAS EXISTENTES

El régimen urbanístico aplicable a las edificaciones preexistentes incluidas en los ámbitos

objeto de minimización del impacto territorial es el establecido en el vigente artículo 111.3 de la

ley Urbanística Valenciana, ley 16/2005 de 30 de diciembre (en adelante LUV) para las

edificaciones sujetas a declaración de fuera de ordenación de carácter leve.

Asimismo resulta de aplicación a todas las viviendas existentes, cualquiera que sea la

situación en la que se encuentren -física, jurídica o administrativa- el régimen jurídico que se

establece en el presente Plan Especial para las viviendas preexistentes y el deber de

conservación y obligaciones derivadas por motivos de salubridad, accesibilidad universal, calidad

y sostenibilidad establecido en el artículo 9 del TR 2/2008 tras su modificación operada por la Ley

8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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A través de la definición y concreción del régimen urbanístico de las edificaciones

insertadas en los núcleos consolidados se pretende la integración de las mismas dentro del orden

urbanístico municipal con los siguientes objetivos:

a) La protección del medio ambiente, los recursos naturales y la calidad de vida a través

de la implantación de los servicios urbanísticos mínimos que garanticen la salubridad

general de los suelos afectados.

b) La obligación particular del costeamiento de los servicios necesarios establecidos en

el plan de minimización, con el carácter de obligación imputable a las parcelas

edificadas afectadas y con el carácter de carga real inscribible.

c) La declaración administrativa del régimen jurídico aplicable a las parcelas edificadas

integradas en los núcleos, a los efectos de la declaración de obra nueva inscribible,

afecciones y limitaciones y su sujeción al régimen de edificaciones en fuera de

ordenación leve.

d) La garantía de ejecución de las infraestructuras mediante la intervención pública y, en

su caso, el fomento de la participación privada a través de la suscripción de un

convenio marco de ejecución de las obligaciones impuestas, su gestión y liquidación,

mediante la constitución de una agrupación de propietarios para la ejecución y

mantenimiento de la urbanización (al amparo de los artículos 144 y 188 de la LUV).

Objetivos todos ellos que garantizan la ejecución de la actividad urbanística definida en el

artículo 3 de la LUV tendente a la protección del medio ambiente mediante su gestión pública y,

en su caso, con la colaboración privada, dotando de seguridad jurídica a unos suelos hasta ahora

sujetos a grandes indefiniciones.

En cumplimiento de dichos fines se establece el régimen jurídico urbanístico de los suelos

sujetos a ámbitos de minimización de impacto territorial, distinguiendo diferentes regímenes que

se corresponden con el establecido en la Ley del Suelo no Urbanizable, si bien complementado

con las siguientes determinaciones que se incorporan a través del presente Plan Especial:

1. La declaración administrativa del régimen de fuera de ordenación de cada edificación

preexistente, con fijación de su alcance, contenido y régimen.

2. La declaración de la obra nueva terminada con descripción de la edificación estricta

sujeta a minimización de impacto.

3. La constitución, en su caso, de una entidad de propietarios afectados para la

ejecución y mantenimiento de la urbanización que resulte esencial y necesaria para

la garantía de salubridad y mínima afección medioambiental del ámbito sujeto a

expediente de minimización, mediante la colaboración público-privada en la gestión

del expediente y su ejecución.

4. La declaración de inedificables de aquellos suelos vacantes que no alcancen los

parámetros legales y de ordenanzas impuestos para su edificación.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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5. La afección real como carga urbanística de los compromisos económicos derivados

de la minimización del impacto territorial que pesen sobre cada parcela edificada

legalmente o con posibilidades legales para serlo, o sobre la que haya prescrito la

acción de restablecimiento urbanístico.

Para la concreción y alcance de cada uno de los derechos y obligaciones señaladas se

partirá de la información física contenida en el catastro de cada una de las parcelas y sus

edificaciones, debiendo quedar concretada con mayor rigor una vez superada la fase de

exposición pública y alegaciones.

I.2.5. COSTES DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

El coste de las obras requeridas como consecuencia de las previsiones del Plan Especial,

que tendrá carácter preliminar y que será fijado definitivamente por los proyectos de urbanización

en el momento en que se redacten, será asumido por las parcelas ocupadas incluidas dentro del

ámbito delimitado como sujeto a dicho expediente. Quedarán exentas de asumir dicho coste

aquellas parcelas que, aun estando dentro del ámbito delimitado, resulten inedificables.

Se incluye dentro del coste de las obras el correspondiente a la obtención de los suelos

necesarios para la implantación de los servicios o equipamientos requeridos. El criterio para el

reparto de los costes se deberá establecer en el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento y los

propietarios afectados. En caso de falta de acuerdo, el criterio óptimo será el proporcional a la

edificabilidad consumida, sin perjuicio de las particularidades que para la red de saneamiento se

establecen en el apartado correspondiente a la introducción de las fichas de las parcelas

afectadas.

El convenio urbanístico será el método idóneo para facilitar en la mayor medida posible la

gestión urbanística y económica de los suelos. En caso de imposibilidad de su elaboración o

suscripción, el expediente debería converger en un documento económico de reparto de cuota

urbanística entre los afectados, similar a los expedientes de contribuciones especiales, canon o

cuotas de urbanización.

I.2.6. AFECCIONES PAISAJÍSTICAS

El Plan General se aprobó definitivamente en diciembre de 2006, lo que implica que se

encuentra adaptado a la Ley 10/2004, de la Generalitat, de suelo no urbanizable, de forma que el

suelo no urbanizable se encuentra zonificado. Por el contrario, en su elaboración no se formuló el

estudio de paisaje exigible a partir de la entrada en vigor del Reglamento de Paisaje.

Todas las actuaciones previstas son susceptibles de generar impactos paisajísticos y/o

visuales, que habrán de concretarse en cada caso.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

12

Destacando los posibles impactos paisajísticos a las siguientes cuestiones:

- Posible edificación de viviendas aisladas conforme a la normativa propia del Plan

General en las escasas parcelas vacantes que reúnan las condiciones para ser

edificables, de forma que el Plan Especial no contendrá normativa específica propia,

por lo que cabe interpretar que el estudio de integración paisajística sería exigible en el

momento de solicitar la licencia, como lo es en estos momentos, ya que el Plan

Especial no modifica el Plan General en cuanto a las condiciones de la edificación.

- Posible ampliación de algún vial con el fin de asegurar el tránsito de los vehículos de

recogida de residuos sólidos urbanos y de extinción de incendios o, en su caso, de

garantizar la adecuada conexión con la estructura urbana. Como regla general las

afecciones se limitarán a puntos concretos, serán de escasa entidad y no tendrán por

objeto la conversión de la red de caminos existentes en una malla urbana. De forma

simultánea o independiente de la ampliación se puede proceder al asfaltado de algún

vial con el fin de mejorar las condiciones de acceso citadas.

La redacción de la presente documentación se adecua a las determinaciones del Decreto

120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la

Comunitat Valenciana (RPCV), a la Ley 4/2004, de Ordenación del Territorio y Protección del

Paisaje (LOTPP).

La Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección

del Paisaje se refiere, en su artículo 11.3, a que el paisaje actuará como criterio condicionante de

la implantación de nuevas infraestructuras. Por tanto, dichos planes contendrán un estudio sobre

la incidencia de la actuación en él, denominados Estudios de Integración Paisajística, que

contendrán las medidas correctoras y compensatorias que, en su caso, hagan viable el plan.

Por lo que se redacta el presente Estudio de Integración Paisajística, con los contenidos

regulados en el Reglamento del Paisaje.

I.3. OBJETO Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO.

La elaboración del presente Estudio de Integración Paisajística conlleva el desarrollo de

su contenido definido en el Artículo 52 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana.

Se deben incorporar, al menos, los siguientes:

- Implementación de un Plan de Participación Pública (Artículo 30 del RPCV). Se

adjunta como Anexo.

- Descripción y definición del alcance de la actuación.

- Delimitación del ámbito de estudio y caracterización de las unidades de paisaje y de

los recursos paisajísticos afectados.

- Planes y proyectos en tramitación o en ejecución en el ámbito.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

13

- Valoración de la integración paisajística o justificación del cumplimiento de las

determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación

(Estudio de Paisaje o Catálogo de Paisaje).

- Valoración de la integración visual a partir de un análisis visual (desarrollado conforme

al artículo 36 del RPCV).

- Identificación de los impactos paisajísticos y visuales, determinando su importancia y

magnitud.

- Medidas de integración y mitigación de impactos y programa de implementación.

La documentación generada se estructura de la siguiente forma:

I.3.1. DOCUMENTOS SIN EFICACIA NORMATIVA:

- Memoria Informativa (Información sobre el territorio y normativa territorial o paisajística

de la zona)

- Memoria Justificativa (Plan de Participación Pública, justificación del cumplimiento de

los instrumentos de paisaje de aplicación, valoración de la integración paisajística y

visual, así como los resultados de su análisis) y planos con las unidades visuales,

puntos de observación y mapa de visibilidad).

I.3.2. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA:

- Medidas de integración paisajística propuestas y programa de implementación.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

14

I.4. SITUACIÓN TERRITORIAL DE LA ACTUACIÓN.

Ontinyent se encuentra en la comarca de la Vall d'Albaida; con una superficie de 125,40

Km2, ocupa el 17,38 % de la misma, de forma que constituye el municipio de mayor extensión

total y porcentual de los 34 que la integran. Dista 26 Km de Xàtiva y 84,4 Km de la capital de la

provincia, desde donde se accede a través de la A-7 para enlazar con la CV-40 y finalizar en la

CV-650. Según datos de 2010, la población es de 37.935 hab, habiéndose duplicado desde el año

1960 debido al potente desarrollo industrial vinculado al sector textil, en la actualidad en un

proceso de importante recesión.

Los límites municipales son los siguientes:

- Al norte: Moixent, Vallada y Aielo de Malferit.

- Al este: Agullent.

- Al sur: Bocairent, Alfafara y Banyeres de Mariola (los dos últimos de la provincia de

Alicante).

- Al oeste: Fontanars dels Alforins.

El término, con una clara orientación NE-SW, está flanqueado por dos cordilleras. La

primera se sitúa al norte -la Solana-, y tiene una de las cimas más altas del territorio -el Alt de la

Creu con 900 m-, y la segunda al sur -I´Ombria-, que contiene otros puntos de interés, como son

el Alt del Molló Coca con 885 m, el Pla de Ponce o el entorno de la Font de Gamellons. Ambas

cordilleras encierran un amplio valle central que se abre hacia el este lindando con el término de

Agullent. Desde los grandes incendios del verano de 1994, la cubierta vegetal de estas lomas vio

mermada el 97% de su superficie y sólo sobreviven, en la Serra de I'Ombria, algunos retazos

regenerados de carrascal y restos dispersos de lo que fue un pinar continuo, sobre todo en

Gamellons o en barrancos próximos a Agullent. En la Serra de la Solana su orientación hace que

la insolación recibida sea máxima lo que ha producido que sobreviva un estrato arbustivo mínimo,

existiendo zonas exentas de él en las se da pérdida de suelo por erosión.

El valle se encuentra surcado por una red de barrancos que arrancan desde las dos

cadenas montañosas y vertebran el territorio; desde el oeste, los de Gorgorrobio, Lloma Rasa,

Canyarets, Vall Seca, Morera -entre otros-, confluyen en el Gran, que, dirigiéndose hacia el este,

y uniéndose a él el barranc del Rei y el formado por el río Clariano, ya muy cerca del casco

urbano, atraviesa la ciudad y llega hasta los límites del término, adentrándose en el municipio de

Aielo de Malferit. No hay que olvidar los que nacen en la Serra de I'Ombria, que aunque son de

menor entidad, no por ello dejan de ser significativos por las especies vegetales y animales que

los habitan; los de I'Adern, Galindo y Penya Alta son los más significativos.

Las actividades urbanísticas, industriales y agrícolas se desarrollan desde el centro del

valle hasta las estribaciones de las dos cadenas montañosas. La ocupación urbanística, además

del propio casco urbano, se extiende en un diseminado de segundas residencias bastante denso

con un ritmo de crecimiento rápido y que llega a constituir verdaderas urbanizaciones. La

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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vegetación intercalada que se observa entre las edificaciones corresponde a jardines privados de

las mismas. El tejido industrial principal lo forma un polígono, muy cercano al núcleo urbano, y

que recibe el nombre de El Pla, por ser el topónimo de la partida en donde está situado. Por

último, y extendiéndose hasta las faldas de las montañas, se encuentran parcelas dedicadas al

cultivo, fundamentalmente de vid, frutales de secano, y olivo. En algunas parcelas próximas al

cauce del Clariano se plantan hortalizas y verduras.

Por lo que se refiere a los ámbitos que constituyen el Plan Especial podemos distinguir las

siguientes ubicaciones en función de su relación con el casco urbano:

Al norte:

AE-1 La Baronía AE-2 La Melonera AE-3 La Lloma VerdaAE-4 El Pressos-Bco. La BessonaAE-5 La Garrofera

AE-6 Cubelles AE-7 Bonavista AE-8 La Gamatxa-San JacintoAE-21 El Pla

Al sur:

AE-17 El Teular de MollàAE-18 Santa Bárbara

AE-19 Caputxins AE-20 La Canal

Al oeste:

AE-9 Torre Marcos AE-10 Casa García de daltAE-11 Sant Hilarí-C. MolinaAE-12 Casa dels Frares

AE-13 La Font Freda AE-14 El Llombo AE-15 Torre Torús AE-16 Galindo-La Paz

I.5. MEDIO FÍSICO, BIÓTICO, URBANÍSTICO Y SOCIO-ECONÓMICO.

I.5.1. FISIOGRAFÍA

La fisiografía del término municipal de Ontinyent, de forma alargada y rectangular es

variada, de un carácter claramente montañoso en las dos cordilleras, la Solana al norte y l’Ombría al

sur, con un suave ondulamiento del amplio valle central encerrado por ambas cordilleras. Este valle

se abre hacia el esté lindando con el término municipal de Agullent.

Las alturas del término municipal varían desde los 900 metros del Alt de la Creu, situado en

la cordillera de la Solana, a los 280 metros de altitud en la zona conocida como Font de la Baronia.

En la figura que se muestra a continuación se puede apreciar claramente que la fisiografía

predominante en las áreas de estudio es la siguiente:

- Al Norte: donde se encuentran las áreas AE-1, AE-2, AE-3, AE-4, AE-5, AE-6, AE-7, AE-8,

predomina una fisiografía fuertemente ondulada. El área AE-21, más próxima al casco

urbano se caracteriza por presentar una fisiografía menos ondulada que las anteriores.

- Al Sur-Oeste: donde se encuentran las áreas AE-9, AE-10, AE-11, AE-12, AE-13, AE-14,

AE-15, AE-16, AE-17, AE-18, AE-19 y AE-20, predominan las laderas moderadas con

carácter ondulado.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

16

Fisiografía Áreas de estudio. Fuente: Cartografía temática de la Comunidad Valenciana.

I.5.2. GEOLOGÍA

La totalidad del término de Ontinyent se enclava en una única "provincia geológica" que

carece de límites naturales, y que se caracteriza por una serie de largas crestas y depresiones

perfectamente paralelas. Esta morfología distingue plenamente al sistema Prebético en sentido

estricto, que se localiza como continuación del dominio tabular de la plataforma de Albacete. En

esta provincia están representados materiales que abarcan desde el necomiense (Cretácico inferior)

hasta el holoceno (Cuaternario), pasando por el Terciario. En Ontinyent afloran prácticamente todos

los pisos.

En líneas generales, en las dos cordilleras que flanquean el término afloran los materiales

más antiguos, dolomías grises, dolomicritas, biomicritas con intraclastos, margas dolomíticas, -todos

ellos pertenecientes al Cretácico superior-, mientras que en el centro del valle se sitúan los más

modernos, conos y depósitos de ladera del holoceno y pleistoceno de la era Cuaternaria. Ello se

debe a que nos encontramos con una estructura alterna de anticlinal-sinclinal-anticlinal, con ejes

que discurren en direcciones más o menos paralelas, y que cuando actúan los agentes erosivos

dejan al descubierto los materiales de las distintas épocas.

Dentro de las cordilleras Béticas, el territorio que nos ocupa se encuentra incluido en lo que

se ha llamado Prebético externo, tanto por las facies litoestratigráficas como del estilo estructural.

Dentro de este dominio es posible distinguir una amplia plataforma, afectada principalmente

por grandes fallas a modo de teclas de piano y con series estratigráficas que sufre rápidos

biselamientos en dirección noroeste, y que se trata de la plataforma de Albacete. Siempre en

dirección sur y sureste, este dominio pasa gradual o bruscamente a otros distintos, como la franja

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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de anticlinales en champiñón -entorno en donde se sitúa Ontinyent-, caracterizados por una enorme

continuidad de las crestas y senos, paralelismo acusado y peculiar estilo de las formas

estructurales, con inversiones de los dos flancos, que llegan a veces a hacer desaparecer la

vergencia norte. Anticlinales y sinclinales presentan una gran continuidad lateral, midiendo

longitudes de hasta 50 o 60 Km, que hacen que se consideren como unidades estructurales de

segundo orden pertenecientes a la gran franja que separa la Plataforma de Albacete del Frente

Subbético.

De la naturaleza de los materiales geológicos del terreno se pueden obtener

aprovechamientos útiles para actividades antrópicas. En Ontinyent sólo se puede obtener este

aprovechamiento de áridos triturados, provinentes de areniscas y calizas, situadas en el las

proximidades del alt del Redó - alt del Calder - Liorna Verda – Serretella.

I.5.3. CLIMATOLOGÍA

La comarca de la Vall d'Albaida se encuadra en los climas del sur de Valencia y norte de

Alicante. El término de Ontinyent, con dos cordilleras que lo flanquean y un amplio valle central

abierto hacia el N-NE, a 40 Km de la costa, facilita la entrada de las corrientes de aire húmedo del

mediterráneo que influyen en las precipitaciones, similares al de la llanura litoral lluviosa, pero las

temperaturas, por la altitud y la continentalidad, son más frías y con mayor oscilación anual; otro

típico rasgo mediterráneo presente es la sequía estival, de junio a agosto, causada principalmente

por la marcada preponderancia durante dicha estación de altas presiones en altitud e inversiones de

subsidencia que detienen los ascensos. Factores todos ellos que condicionan a su vez de modo

directo la distribución de la vegetación conformando los pisos bioclimáticos.

I.5.4. HIDROLOGÍA

El término aparece surcado por dos cauces principales, el del río Clariano y el de su mayor

afluente, cuyo origen se sitúa en el barranc de Gorgorróbio y su continuación en el barranc Gran.

Nace el Clariano en el Pou Clar, lugar emblemático por sus características naturales -geología,

vegetación, transparencia de sus aguas-.

El Pou Clar se sitúa en las cercanías del barrranc dels Tarongers, avanzando la corriente

del Clariano en dirección S-N hasta el Pou del Canyís, en donde gira en dirección SE y llega hasta

el límite del término. Toma más tarde el nombre de Albaida cuando llega hasta este municipio y

finalmente une sus aguas al Xúquer. En las proximidades de su nacimiento -Pou de I'Olleta, Pou del

Canyís-, el río ha erosionado el terreno dejando al descubierto materiales margosos y arcillosos,

cuyos colores varían desde blanquecinos y grises a los más rojizos.

El segundo cauce del término se encajona en el Barranc de la Morera y el Barranc Gran, y a

diferencia del Clariano, permanece seco gran parte del año, con un régimen típico de los ríos

mediterráneos. A él llegan un total de 73 barrancos de mayor o menor envergadura, y que llevan

agua, la mayor parte de ellos en época de lluvias; el arrastre de estas aguas produce pérdida de

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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suelo por erosión sobre todo en la Serra de la Solana, que es la que más desprotegida está de

vegetación.

Muchos de estos barrancos -entre otros, Gorgorróbio, l'lnfern, Xarcos, Sumadors, I'Adern

Galindo, Penya Alta-, constituyen reductos importantes de vegetación y fauna precisamente

por mantener en ellos un grado de humedad mayor que en el entorno, lo que les convierte en

corredores ecológicos a proteger de modo significativo, pues las especies que aparecen son propias

y diferentes a las que existen en otras zonas del territorio.

I.5.5. HIDROGEOLOGÍA

Dependiendo directamente de la climatología y de la geología, las aguas subterráneas

conforman una parte fundamental del ciclo del agua. Por su distribución generalizada en el interior

de los acuíferos, la facilidad de su alumbramiento y la ausencia, en general, de partículas en

suspensión, hacen de ella un recurso inestimable. De ellas proviene el suministro que Ontinyent

precisa para los consumos urbano, industrial y agrícola.

El Instituto Geológico y Minero de España (IGME) es el que tiene las competencias para el

estudio de las aguas subterráneas; por este motivo, se ha elegido la clasificación de los acuíferos

que este organismo realiza. Atendiendo a una agrupación general según el comportamiento

hidrogeológico de los acuíferos en la Comunidad Valenciana, los que afectan a Ontinyent se

incluyen en el grupo de los macizos calcáreos mesozoicos, que contribuyen a la alimentación lateral

de los acuíferos costeros. Estos acuíferos se agrupan, junto a otros más, en el sistema denominado

50.1. Zona Norte. Prebéfico de Valencia-Alicante. Según la descripción realizada por el IGME, este

sistema está formado por las alineaciones montañosas y valles del Prebéfico externo y nororiental y

una pequeña parte de alineaciones de directriz ibérica que conforman la Sierra de las Agujas. Este

sistema ocupa una superficie de aproximadamente 2.600 km2 e incluye, parcial o totalmente, las

comarcas de la Ribera Baixa, la Ribera Alta, la Safor, la Costera, la Vall d'Albaida, el Comtat,

L'Alcoià, la Marina Alta y la Marina Baixa.

Se han diferenciado nueve subsistemas dentro del sistema 50.1, de los cuales, dos son los

que afectan a Ontinyent: el de Sierra Grosa y el de Solana-Al mirante-Mustalla.

En concreto, la calidad de las aguas subterráneas del acuífero de Sierra Grossa es buena

para todos los usos. Predomina la facies química bicarbonatada cálcico-magnésica;

excepcionalmente, en sectores próximos a formaciones evaporíticas las facies son cloruradas y

sulfatadas. No obstante, se aprecia una contaminación de esta agua con iones nitratos, que

provienen del uso agrícola que se da en muchas zonas del territorio, y que sobrepasan los límites

establecidos por la Reglamentación Técnico Sanitaria.

Por otro lado, la calidad del agua subterránea del acuífero de Solana-Almirante-Mustalla

resulta adecuada para todos los usos, las facies químicas que predominan son las bicarbonatadas

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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cálcicas y apenas sufre alteraciones debidas a contaminación química, aunque alguna ocasión se

ha detectado contenido en nitratos sin carácter permanente ni prolongado.

I.5.6. EDAFOLOGÍA

En el caso que nos ocupa, el suelo es la zona que aísla un medio sólido, la roca madre, de

uno gaseoso, la atmósfera. Es un espacio en el que han intervenido en su constitución factores

químicos y físicos, y que además sirve de soporte de las actividades de los seres vivos.

Dependiendo directamente de las características de la roca madre, las variaciones climáticas, los

procesos biológicos que desencadenan tanto plantas como animales y otros organismos

microscópicos, la formación del suelo tiene lugar a una cierta tasa de crecimiento, y que en los

ecosistemas mediterráneos se ha estimado en, aproximadamente, 2 centímetros al año. Es fácil

entender la importancia que cobra la conservación del mismo y evitar, en la medida de lo posible,

aquellas causas que facilitan o desencadenan los procesos erosivos.

Se estructura el suelo desde la cota cero hasta la roca madre en lo que se ha llamado

horizontes, denominados con letras mayúsculas -A, B, C-, y distinguiéndose unos de otros por su

contenido en materia orgánica e iones. La anchura de estos horizontes es variable, pudiendo

además, presentar subdivisiones dentro de cada uno de ellos que se designan con letras

minúsculas o subíndices numéricos. La FAO-UNESCO (1988) elaboró un Mapa de Suelos del

Mundo en el que propuso un sistema de clasificación de éstos según sus características -derivadas

de los materiales geológicos expuestos a la meteorización, los climas prehistóricos, la topografía-,

de los que en Ontinyent se identifican los siguientes tipos de suelo:

- Regosol calcáreo - Leptosol lítico - Luvisol calcico - Cambisol calcáreo - Leptosol eútrico - Antrosol árico - Calcisol háplico - Leptosol rendzínico - Luvisol crómico fase lítica - Calcisol pétrico - Calcisol lúvico

No necesariamente aparecen por separado cada uno de ellos; más bien al contrario, lo

habitual es que vayan asociados por parejas, e incluso, a veces, tres tipos de suelo están

agrupados en una misma zona del territorio.

I.5.7. USOS DEL SUELO

Las superficies en hectáreas de los distintos tipos de suelo definidos en el Plan General

vigente son las siguientes:

SUELO URBANO

SU Residencial intensivo Actuaciones aisladas 73,67 Unidades de ejecución 30,79 Planeamiento asumido 66,99 TOTAL SU Residencial intensivo 171,45

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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SU Industrial Actuaciones aisladas 85,65 Unidades de ejecución 10,93 Planeamiento asumido 55,19 TOTAL SU Industrial 151,76

TOTAL SU 323,21

SUELO URBANIZABLE

SUBLE Residencial intensivo Sectores 52,14 Planeamiento asumido 13,56

TOTAL SUBLE Residencial intensivo 65,70

SUBLE Residencial extensivo Sectores 945,24 Planeamiento asumido 40,01 TOTAL SUBLE Residencial extensivo 985,25

SUBLE Industrial Sectores 122,56 Planeamiento asumido 56,79 TOTAL SUBLE Industrial 179,34

SUBLE Terciario Sectores 4,11 Planeamiento asumido 23,37 TOTAL SUBLE Terciario 27,48

TOTAL SUBLE 1.257,77

SUELO NO URBANIZABLE

SNUPF de protección Forestal 5.639,91 SNUPAP de protección Agrícola y Paisajística 437,30 SNUPAO de protección Agrícola Oeste 2.869,68 SNUPAE de protección Agrícola Este 611,49 SNUPAR de protección Arqueológica 77,91 SNUPC de protección de Cauces 476,78 SNUC Común 648,38

TOTAL SNU 10.683,54

RED PRIMARIA

Ejecutados o gestionados Red viaria 84,19 Equipamientos 38,48 Áreas libres 183,08 TOTAL Ejecutados o gestionados 305,76

No ejecutados o gestionados Red viaria (ampliación) 4,06 Equipamientos 29,87 Áreas libres 21,26 TOTAL No ejecutados o gestionados 55,19

TOTAL RED PRIMARIA 360,95

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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RESUMEN

SUELO URBANO 323,21 SUELO URBANIZABLE 1.257,77 SUELO NO URBANIZABLE 10.683,54 SUELO DE RED PRIMARIA DOTACIONAL 360,95

TOTAL TÉRMINO MUNICIPAL 12.625,46

La mayor parte de la superficie del término municipal está ocupada por terrenos forestales,

principalmente de matorral y monte bajo, que se corresponde con el área de las sierras. En segundo

lugar, los terrenos dedicados al cultivo, en sus diferentes modalidades, abarcan una extensión

próxima al 40 % del término, destacando los cultivos de secano.

Los ámbitos que constituyen el Plan Especial objeto del presente documento están ubicados

en suelo no urbanizable. En el Plan General de Ontinyent se distinguen los siguientes tipos de suelo

para el suelo no urbanizable (SNU):

I.5.7.1. Suelo No Urbanizable Protegido SNUP

Se ha definido esta clasificación sobre suelos vacantes de edificaciones que por sus

características territoriales o funcionales convenga preservar de la acción urbanizadora y que

recibirán alguno de los tipos de protección siguientes:

- Suelo No Urbanizable de Especial Protección Forestal SNUPF: Engloba la totalidad

de los suelos altos de las laderas de montaña. Con aptitud para la repoblación forestal y

con un alto valor paisajístico y ambiental. Dentro de esa clasificación se distingue la

zona afectada por incendios forestales (SNUPF-I) que tiene protecciones

suplementarias derivadas de la Ley Forestal de la Comunidad Valenciana

- Suelo No Urbanizable de Especial Protección por razón de sus valores agrarios y

de preservación de medio rural SNUPA: Comprende suelos con notables aptitudes

para el cultivo agrícola intensivo, que están cultivados actualmente o que conservan la

infraestructura necesaria para volver a ser cultivado, así como aquellos suelos que

mantienen las características propias del suelo rural con ámbitos de interés paisajístico

y ambiental. Se incluyen en esta clase de suelo tres niveles de protección en razón de

sus características diferenciadas, por su uso actual, estructura de propiedad y situación.

· SNUPAP, de Protección Agrícola y Paisajística que comprende los suelos

agrícolas de regadío y aquellos que sus características propias o por su

situación son fundamentales para preservar los valores ambientales más

significativos del municipio. Coinciden principalmente con zonas de regadío

próximas al casco urbano y otras zonas junto al Clariano y la carretera de

Valencia, de gran calidad ambiental.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

22

· SNUPA Oeste, de Protección Agrícola de nivel 1, que incluye la mayor parte

del suelo agrícola del término municipal caracterizado por una división

parcelaria de grandes dimensiones y que mayoritariamente mantiene el uso

actual de explotación agrícola.

· SNUPA Este, de Protección Agrícola de nivel 2, que incluye los suelos

agrícolas de la zona este del municipio.

- Suelo No Urbanizable de Especial Protección de Cauces SNUPC: Incluye los suelos

integrados en los cauces públicos de ríos y barrancos principales, incluidas las zonas de

protección que se definen en las normas.

- Suelo No Urbanizable de Especial Protección Arqueológica SNUPAR: Comprende

los suelos no urbanizables delimitados por el Plan General como de protección en razón

de la existencia de yacimientos y áreas arqueológicas que deben ser objeto de estudio,

restauración o conservación.

I.5.7.2. Suelo No Urbanizable común SNUC.

Sobre suelos vacantes o parcialmente ocupados por edificaciones cuyo desarrollo

urbanístico no parezca necesario según la estrategia territorial del Plan General, que queda

clasificado como Suelo no Urbanizable Común sin ningún tipo de protección específica, y que podría

ser desarrollado urbanísticamente según la legislación vigente, con las condiciones generales de

reclasificación y programación particulares incluidas en la normativa.

De acuerdo con los artículos 13 y 18 de la LSNU se distinguen las siguientes zonas de

suelo no urbanizable común:

- Zona A, caracterizada por la presencia de un importante número de viviendas aisladas

preexistentes.

- Zona B, en que es posible el uso de vivienda aislada y familiar, sin que sea importante

la presencia de viviendas preexistentes.

- Zona C, destinada al uso de vertedero de residuos urbanos.

- Zona D, en la que se autoriza la explotación de canteras.

La delimitación de las diferentes zonas descritas por el Plan General de Ontinyent frente los

límites de las áreas objeto del presente Plan Especial viene reflejada en el plano de información

anexo a este documento. En este plano se observan las zonas afectadas por los diferentes grados

de protección atribuidos por el Plan General. A continuación se específica el detalle de las áreas de

estudio en relación con la ordenación estructural del Plan General:

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Área de estudio Zona Calificación Global Superficie suelo (m2s)

AE1 La Baronía SNUPAP

SNUPAR-B 217.601

AE2 La Melonera SNUPAP 704.922 AE3 La Lloma Verda SNUPAP 327.360

AE4 Pressos - Barranco de la Bessona

SNUPAE SNUC-B

800.167

AE5 La Garrofera SNUC-B 656.617 AE6 Cubelles SNUC-B 393.180 AE7 Bonavista SNUC-B 396.713 AE8 La Garnatxa - S. Jacinto SNUC-B 1.004.696

AE9 Torre Marcos SNUPAE

SNUPAR-B 525.210

AE10 Casa García de Dalt SNUPAO 292.198 AE11 Sant Hilari - C- Molina SNUPAE 659.743 AE12 Casa dels Frares SNUC-A 1.181.089 AE13 La Font Freda SNUC-B 417.515

AE14 El Llombo SNUPAP

SNUPAR-B 844.349

AE15 Torre Torús SNUC-B 232.110 AE16 Galindo - La Paz SNUC-A 395.572

AE17 Teular de Mollà SNUC-B

SNUPAR-A 167.537

AE18 Santa Bárbara SNUPAP 188.400 AE19 Caputxins SNUPAP 279.756

AE20 La Canal SNUPAP

SNUPAR-B 757.793

AE21 El Pla SNUPAP 413.625

Según se extrae de la tabla anterior, el 45% de la superficie de los ámbitos de estudio del

Plan Especial está calificada con algún tipo de protección, siendo el 55% suelo no urbanizable

común.

Por último, cabe señalar que aunque ninguna de las zonas está clasificada como SNUPC o

SNUPF, sí lindan prácticamente todas ellas con suelos clasificados de esta forma en el Plan

General.

I.5.7.3. Usos en los ámbitos de actuación

Los ámbitos de actuación definidos en el presente Plan Especial de minimización del

impacto territorial tienen como denominador común que existen en ellos edificaciones de uso

residencial, a pesar de que, tal y como se ha expuesto con anterioridad, el suelo sobre el que se

asientan está clasificado como no urbanizable común, en unos casos, y de especial protección, en

otros. Tras la revisión de los ámbitos derivada de las decisiones tomadas durante la tramitación, los

ámbitos de actuación contienen exclusivamente las 802 parcelas consideradas sobre las que se

asientan edificaciones, y toda su parcela catastral, esté o no incluida en al Ámbito de Estudio inicial.

Es cierto que, con el criterio ahora adoptado, en ocasiones parte de la superficie incluida en

el Ámbito de Actuación puede estar destinada a usos agrícolas, especialmente en las parcelas de

mayor extensión. En todo caso, los efectos de las actuaciones se prevén sólo en las edificaciones,

mientras que la parte que pueda dedicarse al cultivo no sufre mayores alteraciones.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

24

En el extremo opuesto, se observa también la existencia de un elevado número de parcelas

en las que la totalidad del suelo no ocupado por la vivienda y sus construcciones auxiliares se

destina a jardín privado, habiéndose eliminado completamente de ellas cualquier actividad

relacionada con la agricultura.

Por tanto, no cabe hablar de parcelas no afectadas incluidas en los ámbitos de actuación.

I.5.7.4. Existencia de actividades calificadas

El suelo industrial de Ontinyent mantiene algún núcleo disperso anterior a la creación del

Polígono del Pla, con asentamientos situados junto al Clariano, siguiendo la estructura de la

propiedad rústica y aprovechando la red de caminos rurales sin apenas modificaciones sustanciales.

No obstante, la presión de la actividad industrial sobre el territorio ha disminuido

recientemente porque se ha corregido la estrategia de localización mediante la definición de

diversas zonas industriales situadas al este del término municipal, en torno a las vías principales de

acceso a la ciudad. El problema inicial residió en que el desarrollo de estas áreas industriales fue

incompleto y poco organizado, con una limitada incidencia de los procedimientos de gestión para

completar la urbanización y la consecución de las zonas dotacionales establecidas por el Plan

General. El proceso se ha invertido, de forma que el grado de urbanización ha mejorado hasta el

punto de ser muy alto en las zonas de reciente desarrollo (AH 27 bis, 30 bis, sector El Altet, AH45,

AH42 bis, etc).

El suelo urbano calificado como industrial afecta a la mayoría de suelos industriales

consolidados existentes en el término municipal próximos al casco urbano, con excepción de las

industrias ubicadas en la partida del Llombo, incluidas en un suelo urbanizable, y algunas naves

industriales dispersas enclavadas en suelo no urbanizable, algunas de las cuales se encuentran en

los ámbitos de actuación definidos en el presente Plan Especial. También se definen como suelo

urbano industrial otros suelos semiconsolidados agrupados en dos unidades: los pertenecientes al

polígono industrial del Pla, colindantes con los ámbitos de actuación: AA-19a, AA-19b y AA-20, y los

pertenecientes al área recayente al norte de la carretera de Valencia.

La superficie total de parcelas industriales previstas por el planeamiento es de 167

hectáreas en el conjunto del municipio, de las que 113 están ya ocupadas por la edificación. La

proporción de suelo industrial con respecto al residencial es alta y dobla a la existente en la

Comunidad Valenciana. No obstante, la dinámica del sector industrial ha llegado a consumir gran

parte del suelo disponible para ese uso.

En el suelo no urbanizable de Ontinyent, y más concretamente en los ámbitos de actuación,

sólo se localiza una parcelas destinada a uso industrial, según la Dirección General del Catastro. Se

trata de la incluida en el Ámbito de Actuación 19b, y ocupa parcialmente una de las parcelas

consideradas a efectos de este plan, por contar también con el uso residencial. En cualquier caso,

no se considera la industria a efectos de las actuaciones.

Page 29: PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO …

PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

25

I.5.8. FLORA Y VEGETACIÓN

Desde el punto de vista de la vegetación, la del término municipal de Ontinyent presenta en

la actualidad un estado de conservación bastante deteriorado, por la degradación de la etapa

climácica, el carrascal, a etapas previas de la sucesión vegetal, principalmente matorrales de

distinto tipo, a causa de diversas actividades humanas y sobre todo por los reiterados incendios

forestales que han asolados estas sierras durante las últimas décadas.

Las sierras que flanquean el término municipal están dominadas en una gran parte por

matorrales, como consecuencia de los repetidos incendios forestales, y dispersos entre los

matorrales dominantes (en los cuales abundan coscojas, enebros, aliagas, jaras, brezos, etc.)

encontramos ejemplares dispersos de pino carrasco y carrascas, y algunas pequeñas manchas de

pinar que han podido sobrevivir a la reiteración de los fuegos. También se localizan algunas zonas

de carrascal en regeneración, en las cuales encontramos, también puntualmente, individuos adultos

de portes importantes, pero suponen una excepción al aspecto general de la vegetación.

Se observa una mayor conservación y regeneración en la vertiente de umbría de la "Serra

de l’Ombria" que en la cara de solana de la "Serra Grossa", ésta última muy degrada principalmente

por el efecto del fuego.

A pesar de todo, se encuentran restos de la vegetación climax de la zona. Escasos

fragmentos de carrascal (en proceso de recuperación y con una gran densidad de individuos de

porte arbustivo y muy pocos de porte arbóreo) y pies dispersos de Quercus ilex L. subsp.

rotundifolia (Lam.) Schwartz ex. T. Moráis, dan idea de la vegetación que debió existir aquí hace

siglos, incluso en puntos muy resguardados y con unas condiciones edáficas y ambientales muy

peculiares se conservan restos de una formación muy específica de las comarcas valencianas:

fresnedas de fresno de flor (Fraxinus ornus L.), especie que en toda la península ibérica tan solo

aparece de forma natural en nuestra comunidad.

En la porción central del área de estudio, correspondiente a la zona de valle, la vegetación

ha sido sustituida prácticamente en su totalidad por zonas de cultivos y por urbanizaciones, por lo

que las representaciones de vegetación quedan reducidas a pequeñas áreas, principalmente de

pinar y matorral.

A nivel florístico, el área estudiada presenta cerca de las 800 (aproximadamente 780)

especies de plantas vasculares.

A pesar del estado general actual que presenta la vegetación del término municipal de

Ontinyent, todavía conserva algunos enclaves con cierto valor botánico. Estos enclaves destacan

por la potencialidad que presentan en la regeneración vegetal que se está desarrollando en ellos,

por las especies que poseen (en algunos casos de una singularidad muy importante), o por la

escasez de espacios de su tipo que aún existen en el área sometida al presente estudio.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

26

A pesar de la existencia de ciertas zonas con un especial interés por su flora y vegetación y

por las condiciones tan especiales que presentan, ninguna ha merecido, de momento, la calificación

para ser considerada como microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana, por lo cual no

existe ningún área que quedaría englobada en uno de los hábitats protegidos por la Directiva de

Hábitats de la Unión Europea (Directiva 92/43/CEE), y que por lo tanto podría haber formado parte,

en el futuro, de la "Red Natura 2000".

Como principales zonas de interés botánico y que deberían contar con algún tipo de

protección, e incluso en algunos casos con figuras legales protectoras, destacan:

- La Umbría de Ponce.

- Los pinares de la zona de la Font dels Gamellons (liorna del Cuauello, liorna Bona,

Penya del Águila).

- Pinar al pie del "Altet de l'Aire".

- Los pinares de los arenales de Pola y de Can Fernando.

- Las riberas del río Clariano junto y en el estrecho de la Fos.

I.5.9. FAUNA

La fauna que se encuentra en los sectores es la asociada a cultivos. Se trata de

comunidades fuertemente antropizadas donde las pasediformes como los gorriones (Passe

domésticus) junto con los jilgueros (Carduelis carduelis), el verdecillo (Serinus serinus) son las

especies más relevantes entre las aves. Aparecen también en menor medida, especies como el

vencejo común (Apus apus), la golondrina (Hirundo rustica), la gaviota reidora (Larus ridibundus), la

paloma torcaz (Columba palumbus), el mirlo (Turdus merula) y el tordo (Turdus sp.).

En cuanto a los mamíferos, los micromamíferos más abundantes son el ratón doméstico

(Mus mus), el de campo (Apodemus sylvaticus) y en ocasiones la rata común (Ratus norvegicus). El

sapo común (Bufo bufo), es el anfibio más característico de la zona y entre los reptiles se

encuentran la lagartija colilarga (Psammodromus algirus), el lagarto ocelado (Lacerta lepida) y la

culebra de escalera (Elaphe scalaris).

En cuanto a los reptiles aparecen diferentes especies de serpientes, lagartijas y lagartos,

principalmente la lagartija común (Podarcis hispanica), la culebra bastarda (Malpolom

mouspessulanus) y algunas culebras acuáticas (Natrix natrix y Natrix maura).

Esta fauna varía considerablemente cuando nos aproximamos a los barrancos, así como al

río Clariano. Los barrancos existentes en la zona constituyen un importante refugio para muchas

especies. Su morfología ofrece condiciones ideales para la nidificación de especies de interés, entre

ellas algunas rapaces. La ornitofauna es el mejor indicador de la calidad ambiental de esta zona.

Algunas de las especies de avifauna existentes están incluidas en el Catálogo Valenciano de

Especies Amenazadas de Fauna, como es el caso del Bubo bubo y Falco peregrinus. Otras aves

protegidas son Aegithalos caudatus, Apus apus, Athene noctua, Certhia brachydactyla, Hirundo

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

27

rustica, Erithacus rubercula, Lanius senator, Luscinia megarhynchos, Oriolus oriolus, Otus scops,

Parus ater, Parus major, Tyto alba y Upupa epops.

I.5.10. PAISAJE

Se podría pensar que el paisaje lo constituye el entorno que nos rodea, y que está ahí,

independiente de nosotros mismos y estático. Nada más lejos de la realidad, pues si algo nos

caracteriza como especie, es la capacidad que tenemos de introducir modificaciones y alterar

nuestro entorno. Y esto ha sucedido así desde el principio de los tiempos en los que se estableció

una competencia por los recursos que llevó asociada la intervención en el medio circundante para

obtenerlos. De sobra es conocida la profunda transformación que el hombre prehistórico dejó en

nuestros montes; sin ir más lejos, en la Sierra de Benicadell durante el periodo comprendido entre

los años 4000 y 3000 a. de C. arrasó la casi totalidad del bosque en los alrededores de la cova de

l'Or, sustituyendo éste por campos de cultivo.

Esta dinámica ha seguido hasta nuestros días, indefectiblemente en todos los puntos en

donde se ha establecido una comunidad humana. Con mayor o menor impacto, el hecho es que el

paisaje ha sido modificado y transformado y que lo que observamos hoy en día es el resultado de

esta intervención.

Ontinyent no escapa a esta dinámica. Los montes que limitan el municipio tienen una

vegetación que es el resultado de actividades antrópicas desarrolladas durante siglos, como son el

pastoreo, el carboneo, la tala para leña o la quema intencionada para la transformación a campos

de cultivo y pastizales para el ganado, quedando apenas manchas relictas de lo que fue la

vegetación potencial de la zona. Elementos dinámicos naturales que también influyen son las

especies animales y factores externos como los incendios.

A grandes rasgos, el paisaje de Ontinyent se puede dividir en dos unidades básicas. De un

lado, las dos cadenas montañosas que bordean al municipio, mostrándose éstas exentas de

actividad antrópica (excepto la mancha visual de la Pedrera, en la Serra de la Solana) y cuya

distinta orientación las ha conducido a presentar diferente grado de cobertura vegetal. La Serra de

la Solana, tal y como se describió anteriormente, apenas está cubierta por un estrato arbustivo

mínimo, mientras que en la Serra de l'Ombria este estrato está bastante más desarrollado

apareciendo además bosquetes de pinos y alguna que otra mancha de carrascar en regeneración,

como prueba de la vegetación que dominaba los montes hace cientos de años.

Por el contrario, el valle central presenta un aspecto muy divergente a los montes.

Fuertemente antropizado, la ocupación por actividades del sector primario -la agricultura- y el

secundario -la industria- ha llevado a que tenga un aspecto parcelario en toda su extensión. Se

puede observar que la ocupación de terrenos para la agricultura alcanza hasta las laderas de las

dos sierras, dejando el centro del valle para un diseminado de segundas residencias y un tejido

industrial importante. No obstante, y con mucha suerte, han quedado algunas manchas de pinares -

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

28

P. haiepensis, P. pinaster, P. pinea- que atestiguan la continuidad de la masa forestal entre las dos

sierras en tiempos pretéritos.

I.5.11. INFRAESTRUCTURAS

Dentro de la red de infraestructuras generales del término de Ontinyent se distinguen los

siguientes elementos:

I.5.11.1. Carreteras

La relación de principales carreteras de jerarquía supramunicipal que afectan al término

municipal de Ontinyent, son las siguientes:

Carretera Titularidad/ Jerarquía

Comentarios Observaciones

CV-40 Autovía Central CIT/Red Básica Exterior al término

CV-81 Ronda Sud d'Ontinyent

CIT / Red Básica

Acceso a los diseminados de la zona sur y oeste (AA-17, AA-19a, AA-19b, AA-20 y SD-22).

CV-650 Carretera de Valencia

CIT / Red Local Acceso a los diseminados de la zona norte (AA-1a, AA-2 y AA-3).

CV-660 Carretera de La Font de la Figuera

CIT / Red Local Acceso a los diseminados de la zona oeste (AA-9 y AA-10).

CV-660 Ronda Oest d´Ontinyent

CIT / Red Local Acceso a los diseminados de la zona oeste (AA-14).

CV-655 Carretera de Fontanars dels Aforins

Red de DIPUTACIÓN

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-12, AA-13b, AA-15, AA-16, SD-26 y SD-27).

CV-665 Carretera de Vallada y Moixent

Red de DIPUTACIÓN Acceso a diseminados de la zona norte (AA-7, y SD-9).

Además de éstas, existen una serie de antiguas carreteras de la Red de Diputación, que han

sido transferidas al Ayuntamiento, y que por lo tanto ya forman parte de la red local, que son las

siguientes:

Carretera Titularidad Comentarios Observaciones

Camí de l'Ombria Red Local Antigua carretera de Diputación CV-655.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-11 y AA-13a).

Camí del Assagador de la Font Freda

Red Local Antigua carretera de Diputación CV-6680.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-13a, y SD-28).

Camí de les Boles Red Local Antigua carretera de Diputación CV-6590.

Acceso a diseminados de la zona norte (SD-4).

Otros ejes de competencia local a destacar en el término de Ontinyent, y más concretamente en

los ámbitos de actuación definidos en el presente Plan Especial, son los siguientes:

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Caminos Situación Observaciones

Camí La Moneda Del Pont Nou a la casa Moneda.Acceso a la ermita de Sta. Ana, y diseminados de la zona norte (SD-2, SD-3, SD-11, SD-12, SD-17 y SD-18).

Camí de la Baronía Desde la carretera CV-650 hasta la zona de la Casa de la Baronía de Dalt.

Acceso a diseminados de la zona norte (AA-3).

Camí de la Clariana Desde la carretera CV-650 hasta la zona de la Font de la Baronía.

Acceso a diseminados de la zona norte (AA-3).

Camí de la Lloma Verda Desde la carretera CV-650 hasta la zona de la Foia de la Perera.

Acceso a diseminados de la zona norte (AA-3, AA-4a y SD-14).

Camí de Sant Esteve Desde la carretera CV – 665, a la zona de La Garnatxa.

Acceso a diseminados de la zona norte (AA-8a).

Camí Vell de La Font de La Figuera

Desde la carretera CV – 660 hasta la misma.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-9 y AA-10).

Camí de la Casa García de Dalt

Desde la carretera CV – 660 hasta el camí vell de La Font de la Figuera.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-10).

Camí de la Maiansa Desde el camí de L´Ombría hasta la carretera CV – 655.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-11).

Camí del LLombo Desde la Ronda Oest (CV – 660) hasta la zona de Casa La Foia.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-14).

Camí de Torús Desde la carretera CV-655 hasta Punta de Torús.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-15).

Camí de la Ca Pallús Desde la carretera CV-655 hasta la misma.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-16).

Camí de L´Ombría de Quincaller

Desde la carretera CV-655 hasta la sierra de L´Ombría.

Acceso a diseminados de la zona oeste (AA-16 y SD-26).

Camí del Torrater Desde la carretera CV-81, a la zona del Torrater.

Acceso al Instituto, Estación y Cementerio. Cruza el FFCC, con un puente.

Cami Assagador de Capuxins

Desde la carretera CV-81, a la zona de Atzenet.

Acceso a diseminados de la zona sur (AA-19b). Cruza el FFCC, con paso inferior.

Cami Vell d'Agullent Desde el cami Assagador de Capuxins, hasta Agullent.

Acceso a diseminados de la zona sur (AA-19b y AA-20). Cruza el FFCC, con paso inferior.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

30

Caminos Situación Observaciones

Senda dels Cinc Germans

Desde el Camí Vell d´Agullent hasta polígono indutrial de Agullent.

Acceso a diseminados de la zona sur (AA-19b y AA-20). Cruza el FFCC, con paso inferior.

Camí de la Font Desde la carretera CV-650 hasta polígono industrial de La Font del Pla.

Acceso a diseminados de la zona norte (AA-1b y AA21-a).

En general, la característica común de estos caminos es la importancia que tienen como acceso

a las construcciones diseminadas, aunque si exceptuamos el Camí de La Moneda, sus secciones

son muy estrechas, con la presencia constante de muros a ambos lados que albergan las

construcciones privadas.

Otra característica de estos caminos es la inexistencia de conexiones transversales entre ellos,

de manera que se apoyan en la carretera de Valencia los de la zona norte o en la Ronda Sud

d'Ontinyent los de la zona sur.

Este modelo de implantación de ejes viarios es especialmente acusado en la zona norte, donde

la densidad de construcciones es mayor, y el tráfico generado incide directamente sobre la carretera

de Valencia en unos pocos cruces, provocando problemas de funcionalidad debido a la inexistencia

de un modelo viario de urbanización con jerarquía adecuada.

Accesibilidad al asentamiento diseminado.

La accesibilidad al asentamiento diseminado, según su situación geográfica en todo el término,

está resuelta a través de los ejes viarios existentes en la actualidad con los problemas ya

comentados que genera el acceso a la zona industrial desde los diseminados del norte.

Sin embargo, como capítulo aparte, hay que mencionar las dificultades que presenta la red

viaria interna de estas zonas, que han crecido en la mayoría de los casos sin orden urbanístico

alguno y que ha repercutido en un entramado de ejes viarios mal resueltos, estrechos en muchos

casos y sin interconexión entre ellos.

Esta trama laberíntica y angosta de los viales internos conlleva un tráfico rodado de vehículos,

tanto particulares como de los servicios de emergencias, incómodo e inseguro; y pone de

manifiesto, tal como se ha expuesto anteriormente, la existencia de graves problemas de

accesibilidad y evacuación en las zonas donde se ubican los asentamientos diseminados.

De acuerdo con la ordenanza del Medio Rural de Ontinyent los caminos se clasifican en

principales y secundarios y deben mantenerse distancia de separación mínima de los cerramientos

de obra de las parcelas lindantes a los ejes de dichas caminos.

Dicho esto, se analiza, por zonas, la accesibilidad al asentamiento diseminado objeto de este

Plan Especial:

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

31

- Diseminados del norte, zona de La Solana: En esta zona los ejes de acceso son:

desde el este, la carretera de Valencia (CV–650) y el camino de la Font del Pla cuyo

trazado conecta la CV-650 con el polígono industrial del Pla; desde el oeste, la carretera

de la Font de la Figuera (CV-660); y, desde el norte, la carretera de Moixent y Vallada

(CV-665).

Mencionadas las principales vías de acceso a los ámbitos de actuación del norte, cabe

destacar la relación de éstos con aquellas. De este modo, son tangentes al trazado de

la carretera de Valencia los ámbitos AA-1a, AA-2 y AA-3, al camino de la Font del Pla el

ámbito AA-21a y a la carretera de la Font de la Figuera los ámbitos AA-9 y AA-10. Al

resto de ámbitos de actuación (AA-1b y AA-4a) se accede a través de caminos

ramificados desde las carreteras citadas.

Concretamente, en la primera zona de diseminados, en la denominada Foia de la

Perera, y hasta el camino de la Font de la Purísima, el acceso se realiza desde la

carretera de Valencia, con ejes viarios estrechos y en dirección norte, todos ellos

ramificados, como ya se ha dicho, desde esta carretera y sin conexiones continuas

transversales, sin duda dificultadas por la presencia de barrancos, lo que origina un flujo

de tráfico en dirección norte-sur, muy incómodo y sin una funcionalidad adecuada.

Los caminos que discurren por el interior de los ámbitos de actuación mencionados en

este apartado, presentan secciones estrechas, que dificultan el cruce con los vehículos

que discurren en sentido contrario. Los principales viales de esta zona confluyen en la

carretera de Valencia, donde las intersecciones son directas y con falta de visibilidad, a

excepción del camino de la Moneda que acaba en una rotonda.

Por otra parte, la zona situada más al oeste, apoyada tanto en la carretera de Moixent

como en la de La Font de la Figuera, presenta una jerarquía un poco más clara, sin

duda facilitada por una menor densidad de viviendas y por la existencia de actuaciones

urbanísticas regladas, como la urbanización de El Pilar. En esta zona destacan dos

conexiones: la primera entre la carretera de Moixent y el casco urbano a través del

Camí de les Boles, y la segunda entre dicha carretera y la de La Font de La Figuera a

través del Camí de Mossen Cuenca.

- Diseminados del sur y el oeste, zona de l'Ombria. En el caso de los diseminados

situados en la zona sur, entre el término de Alfafara y la carretera CV-81, también

llamada Ronda Sur, el acceso se realiza desde esta última a través de sus diversos

enlaces, y desde estos, vuelve a organizarse una serie de caminos en dirección sur,

ramificados y sin conexiones transversales. Destaca entre ellos el camí de la Farola y el

de Assagador dels Caputxins, continuación del primero, que atraviesa la zona

anteriormente referenciada hasta alcanzar la falda de la sierra de l´Ombria. Además el

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

32

enlace del camí de la Farola con la avenida de Albaida a través de un paso elevado

sobre la citada ronda permite la conexión de los asentamientos diseminados de esta

zona con el núcleo urbano del municipio.

La mayoría de caminos confluyen sobre la carretera con enlaces perfectamente

resueltos, bien en forma de rotondas o de enlaces a distinto nivel. El cruce con el

ferrocarril se realiza en los caminos principales a distinto nivel, en forma de pasos

inferiores bajo el terraplén de este.

En el caso de los diseminados situados en la zona oeste, entre la Ronda Oeste y el

camí de L´Ombría, el acceso se realiza a través de estas vías y de la carretera CV-655

que une el municipio de Ontinyent con el de Fontanar dels Aforins. Esta carretera se

enlaza con la CV-81 a la altura de la zona del Pou Clar facilitándose así la conexión con

el sur de la ciudad. Sobre esta vía confluyen, con enlaces al mismo nivel, caminos como

el ya mencionado de L´Ombría, el de La Perdiguera-La Maiansa o el Assagador de la

Font Freda, el cual conecta el primero con la sierra de L´Ombría atravesando de norte a

sur la zona analizada.

I.5.11.2. Ferrocarriles

El término municipal de Ontinyent es atravesado por el borde sur, por la línea ferroviaria L4,

de la red de trenes Regionales de RENFE. Esta línea, que cuenta con una estación en el municipio,

situada al sur del casco urbano, en el camí del Torrater, y exterior a este, es una vía única, que

desarrolla el trayecto Xátiva - Alcoi, con un estado de conservación entre regular y malo, que carece

de los modernos sistemas exigibles, en cuanto a seguridad y funcionalidad, y que no está

electrificada, por lo que utiliza actualmente maquinaria con propulsión Diesel.

I.5.11.3. Vías pecuarias

El término municipal de Ontinyent está atravesado por las siguientes vías pecuarias;

- Cordel Azagador del Plá, con una anchura de 37,61 m.

- Cordel Azagador de la Font Freda, con igual anchura.

- Azagador de Capuchinos o de la Farola, con una anchura entre 8 y 21m.

I.5.11.4. Redes eléctricas de alta tensión y centros de transformación

En el término municipal de Ontinyent existe una subestación transformadora, propiedad de

la compañía Iberdrola, situada al sur, junto a la carretera CV-81, muy cerca del Pou Ciar. Desde

esta subestación, se organiza todo el entramado de líneas de media tensión, todas ellas aéreas,

que suministran electricidad por todo el término municipal.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

33

Líneas de alta y media tensión

El término es atravesado por tres grandes líneas aéreas de alta tensión, cuya descripción es

la siguiente:

- Línea de alta tensión de 400 KV, Benejama-Catadau, perteneciente a Red Eléctrica de

España, que atraviesa el término por el lado oeste, en dirección norte-sur, con altura de

cables constante de 33,30 metros. Esta línea parte de la subestación de Benejama,

entrando en Ontinyent en el apoyo número 316, y saliendo en el apoyo número 344.

Presenta en su trazado, dos puntos singulares, que son el cruce con la carretera de

Fontanars en el Km. 9,07 y el cruce con la carretera de La Font de La Figuera en el Km.

42,59.

- Línea de alta tensión de 400 KV, Cofrentes-Benejama, perteneciente a Red Eléctrica de

España, que atraviesa el término en un pequeño tramo en su borde suroeste, con altura

de cables constante de 33 metros. Esta discurre en dirección a la subestación de

Benejama, entrando en Ontinyent en los apoyos números 128 y 129.

- Existe otra línea de alta tensión de 66 KV, que está relacionada con la subestación

transformadora y pertenece a la compañía Iberdrola, que atraviesa el término por el

este. De esta línea se desconocen datos respecto a alturas, ya que la propia compañía

propietaria no las tiene medidas. Cruza la carretera de Fontanars y la Ronda Sud

d'Ontinyent en dos puntos.

Respecto a las líneas de media tensión, en general, y a excepción de los tramos interiores

del casco urbano y parte del polígono de El Pla, su trazado es aéreo, y se organizan radialmente

desde la subestación transformadora, hasta todas las zonas donde existe demanda en el término,

según se detalla en los planos de información. En general son líneas de 20 KV.

I.5.11.5. Redes de servicios

Abastecimiento de agua potable

La red de abastecimiento de agua potable en el Municipio de Ontinyent de titularidad

municipal se encuentra en explotación por una empresa concesionaria. La red, básicamente, se

extiende a todo el suelo urbano residencial del casco urbano y a las zonas industriales. Respecto al

grueso del diseminado, las edificaciones existentes se abastecen de compañías privadas.

También existe una minoría de viviendas que se abastecen de pozos propios que no están

conectadas ni a la red pública ni a la red privada.

Saneamiento

Tanto del casco urbano como de las zonas industriales se vierten sus caudales a la

depuradora municipal, a través de una serie de galerías que finalmente discurren siguiendo el cauce

del río Clariano, en cuyas inmediaciones está situada ésta.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Las zonas edificadas sin red colectiva en Ontinyent coinciden exactamente con el

denominado "diseminado", que son en general viviendas aisladas construidas sin el amparo de una

actuación urbanística reglada, que predominan en suelo clasificado como no urbanizable.

En las áreas objeto del presente documento, las viviendas resuelven la evacuación de

aguas negras mediante el vertido a fosas sépticas o pozos negros, que han sido realizados de

forma particular y sin ningún tipo de inspección o control, originando filtraciones que pueden

producir riesgos de contaminación de acuíferos.

El riesgo de filtraciones es especialmente acusado para una minoría de viviendas que se

abastecen de pozos propios, que pueden quedar contaminados de materia orgánica o química no

tratada.

I.5.12. PLANEAMIENTO MUNICIPAL

Ontinyent cuenta con Plan General aprobado por acuerdo de la Comisión Territorial de

Urbanismo de 1/12/06 (DOCV 17/5/07). El citado documento se redactó al amparo de la Ley 6/98,

sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, y de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística y su

Reglamento de Planeamiento.

Una de las características del territorio de Ontinyent es la abundancia de suelo diseminado

de baja densidad, que se extiende de forma indiscriminada por todo el término municipal. Una parte

se encuentra incluida en sectores de suelo urbanizable, de los que un poco menos de la mitad

cuenta con ordenación pormenorizada recientemente aprobada, y la otra se mantiene directamente

sobre suelo no urbanizable.

Los sectores de suelo urbanizable residencial extensivo a los que nos hemos referido

ocupan una extensión de 945,24 ha, con un potencial residencial de 3.819 viviendas, equivalente a

4 viv/ha. Se caracterizan fundamentalmente por su dispersión en el territorio, su elevado grado de

consolidación por la edificación y un déficit de servicios urbanísticos y de gestión importantes. Es la

característica propia de unos asentamientos en los que se ha invertido el sentido lógico de hacer

ciudad, que debe responder a la secuencia planeamiento-gestión-urbanización. Ya lo decía el

preámbulo de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística: “En nuestra Comunidad se urbaniza

poco en relación con lo que se edifica. Si se prefiere, cabe decir que se urbaniza tarde respecto al

momento en que se edifica o que se urbaniza mal respecto a las demandas sociales de la

construcción”.

El suelo no urbanizable con edificaciones diseminadas incluido en áreas de estudio para la

minimización del impacto territorial alcanza la cantidad de 1.086 ha, sobre las que se asienta un

número estimado de 1.403 viviendas, suponiendo una densidad media de 1,29 viv/ha,

sensiblemente menor en su conjunto a la del suelo urbanizable extensivo, si bien existen zonas

acotadas donde las densidades son similares.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Sin embargo, los correspondientes ámbitos de actuación resultantes del análisis de las

características de las áreas de estudio mencionadas y de la aplicación en ellas de los criterios

expuestos en el artículo 1.52 de las Normas Urbanísticas (NN.UU) del Plan General vigente, en

relación con el artículo 1.51 de dichas Normas, abarcan una superficie de 350,14 hectáreas,

equivalente al 43,77 % de la correspondiente a las áreas de estudio. Sobre esta superficie se

asientan en torno a 802 viviendas, las cuales constituyen núcleos de población de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 1.51 anteriormente citado. Así pues, la densidad media registrada en los

ámbitos de actuación es de 2,29 viv/ha, superior a la correspondiente a las áreas de estudio

definidas inicialmente.

Como en cualquier plan, el suelo no urbanizable se diferencia entre el protegido y el común.

A la primera categoría pertenecen los siguientes:

- Suelo no Urbanizable de Especial Protección Forestal: SNUPF

- Suelo no Urbanizable de Especial Protección por razón de sus valores agrarios y de

preservación de medio rural: SNUPA

- Suelo no urbanizable de especial protección por su valor agrícola y paisajístico: SNUPAP

- Suelo no Urbanizable de Especial Protección de Cauces: SNUPC

- Suelo no Urbanizable de Especial Protección Arqueológica: SNUPAR

A su vez, el suelo no urbanizable común comprende los terrenos delimitados en la

documentación gráfica del Plan General que no son objeto de protección ni se incorporan al suelo

urbanizable por resultar innecesarios para el desarrollo urbano a corto o medio plazo. Se distinguen

las siguientes zonas: Zona A, caracterizada por la presencia de un importante número de viviendas

aisladas preexistentes; Zona B, en la que es posible el uso de vivienda aislada y familiar, sin que

sea importante la presencia de viviendas preexistentes; Zona C, destinada al uso de vertedero de

residuos urbanos; y Zona D, en la que se autoriza la explotación de canteras.

En la siguiente tabla se específica la calificación del suelo de cada uno de los ámbitos de

actuación propuestos en el presente Plan Especial:

Ámbito de actuación

Zona Calificación Global Superficie suelo (m2s)

AA1-a La Baronía SNUPAP 31.515

SNUPAR-B 2.080

AA2 La Melonera SNUPAP 161.412

AA3 La Lloma Verda SNUPAP 195.018

AA4-a Pressos - Barranco de la Bessona SNUPAE 73.023

AA9 Torre Marcos

SNUPAE 484.404

SNUPAR-B 3.128

SNUPC 26.757

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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AA10 Casa García de Dalt SNUPAO SF 89.145

AA11 Sant Hilari - C. Molina SNUPAE 142.227

AA12 Casa dels Frares

SNUC-A 638.965

SNUPAO 62.367

SNUPF 32.923

AA13-a La Font Freda

SNUC-B 66.598

SNUPAE 105.207

SNUPC 7.377

AA13-b La Font Freda SNUC-B 39.959

Ámbito de actuación

Zona Calificación Global Superficie suelo (m2s)

AA14 El Llombo

SNUPAP 351.628

SNUPAR-B 2.833

SNUPC 1.958

AA15 Torre Torús SNUC-B 154.719

AA16 Galindo - La Paz SNUC-A 314.783

AA17 Teular de Mollà SNUC-B 58.381

AA19-a Caputxins SNUPAP 12.830

AA19-b Caputxins SNUPAP 35.655

SNUPAE 28.805

AA20 La Canal

SNUPAP 234.661

SNUPAE 58.487

SNUPAR-B 23.162

AA21-a El Plà SNUPAP 93.647

3.534.993

Tal y como queda reflejado en esta tabla, de los 18 ámbitos de actuación definidos, tres de

ellos se encuentran delimitados totalmente en suelo no urbanizable común (zonas A y B), once se

localizan exclusivamente en suelo no urbanizable de especial protección, mientras que la superficie

de los cuatro restantes (AA-12, AA-13a, AA-13b y AA-14) abarca tanto suelo no urbanizable común

como protegido.

Esto se traduce en que el 54,03% de la superficie de actuación del presente Plan Especial

está calificada con algún tipo de protección, mientras que el 45,97% de la superficie de suelo

restante corresponde a suelo no urbanizable común. A continuación se aporta el desglose

correspondiente a la superficie de cada tipo de suelo sobre el que se han delimitado las áreas de

actuación:

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Superficie de suelo de ámbitos de actuación en:

SNUC-A SNUC-B SNUPAP SNUPAE SNUPAO SNUPAR-B TOTAL

95 ha 67 ha 76 ha 89 ha 15 ha 3 ha 353 ha

26,98% 19,99% 21,63% 25,24% 4,29 % 0,88% 100%

45,97% 54,03% 100%

Conviene insistir en que es precisamente el hecho de estar protegido, casi en su totalidad

por su carácter agrícola o agrícola-paisajístico, y contar con una densidad edificatoria similar a la del

suelo no urbanizable común lo que justifica que se adopten medias para minimizar el impacto

territorial sobre suelo que cuenta con especial protección, que en modo alguno implican efectos

contrarios a los valores que hicieron a dichos suelos merecedores de las protecciones en cuestión.

La definición de núcleo de población viene definida en el artículo 1.51 de las Normas

Urbanísticas (NN.UU.) del Plan General, entendiéndose por tal la agrupación de cinco viviendas en

un círculo de 100 metros de radio con su centro en la vivienda que se pretenda construir.

Además de la regulación contenida en las Normas, para los actos de segregación parcelaria

y edificación será de aplicación lo dispuesto en la siguiente normativa: Ley 10/04 de Suelo no

Urbanizable, Ley 8/02 de Ordenación y Modernización de las estructuras Agrarias, Ley 19/95 de

Modernización de estructuras Agrarias y Decreto 217/99 de Unidades Mínimas de Cultivo.

Según el artículo 1.52 de las NN.UU del Plan General, en suelo no urbanizable podrán

aprobarse y desarrollarse planes especiales de integración y funcionalidad de las infraestructuras,

con el objeto de definir el nivel mínimo de las infraestructuras y servicios de las zonas donde existan

edificaciones que conformen núcleos urbanos o de población. Estos planes serán asimismo

aplicables para los procesos de minimización del impacto territorial generado por los núcleos de

viviendas en suelo no urbanizable, regulados por la Disposición Transitoria Cuarta de la LSNU. La

aprobación de estos planes tendrá un carácter excepcional en el suelo de especial protección,

debiéndose justificar la inexistencia de efectos contrarios a la preservación de los valores que

determinan la protección establecida. Las obligaciones de las compañías de suministros y servicios

son las establecidas por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley del Suelo no Urbanizable.

Las condiciones para el uso de vivienda aislada y familiar y para el uso de vivienda rural

vinculada a la explotación agrícola en suelo no urbanizable común en zonas A y B (SNUC-A y

SNUC-B), recogidas en el artículo 1.54 de las NN.UU, son las siguientes:

- Parcela mínima: 10.000 m2.

- Ocupación máxima: 2 %

- Edificabilidad máxima: 0,025 m2c/m2s.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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- Nº máximo de viviendas: Una por parcela.

- Otras condiciones: Las contenidas en el artículo 1.51 de las NN.UU.

- Se permite la construcción de edificaciones complementarias que no consuman

edificabilidad, como piscinas, barbacoas, paelleros, etc., manteniendo en todo caso las

distancias a linderos establecidas con carácter general en el artículo 1.51 de las NN.UU.

En el caso de suelo no urbanizable de especial protección por su valor agrícola en zona Este

(SNUPAE) y en el de especial protección por su valor agrícola y paisajístico (SNUPAP), las

condiciones de edificación para el uso de vivienda rural vinculada a la explotación agrícola,

recogidas en artículo 1.56 de las NN.UU, son las mismas que las citadas para el suelo no

urbanizable común, mientras que las correspondientes a las edificaciones para el uso de vivienda

rural vinculada a la explotación agrícola asentadas en suelo no urbanizable de especial protección

agrícola en zona Oeste (SNUPAO), también recogidas en el artículo 1.56, son las siguientes:

- Parcela mínima: 25.000 m2.

- Ocupación máxima: 1 %

- Edificabilidad máxima: 0,01 m2c/m2s.

- Nº máximo de viviendas: Una por parcela.

- Otras condiciones: Las contenidas en el art. 1.51 de las NN.UU.

Cabe destacar que en suelo no urbanizable de especial protección agrícola en zonas Este y

Oeste (SNUPAE y SNUPAO) el Plan General sólo permite el uso de vivienda si ésta está ligada al

cultivo y constituye la primera vivienda del titular de la explotación agrícola.

Al margen de estas condiciones particulares y en líneas más generales, el Plan General a

través de sus Directrices definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y de Ocupación del

Territorio, hace mención expresa del tratamiento de los suelos residenciales extensivos, ya se

encuentren éstos clasificados como suelo urbanizable o, como es el caso que nos ocupa, como

suelo no urbanizable común o de especial protección. Según dicho documento, “limitar el

crecimiento de la zona afectada por la edificación de viviendas en diseminado y establecer

parámetros de ordenación y mecanismos de gestión que posibiliten el concurso de la iniciativa

privada para la regulación urbanística de los suelos parcialmente ocupados” es un objetivo a

alcanzar, del mismo modo que lo es establecer “las condiciones para permitir realizar mejoras en las

infraestructuras de las viviendas existentes en cualquier tipo de suelo”.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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I.5.13. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y HÁBITATS

I.5.13.1. Paraje natural municipal

Se ha analizado la existencia en las zonas de estudio de las categorías de espacios

naturales protegidos que regula la ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de

Espacios Naturales Protegidos, que son: parques naturales, parajes naturales, parajes naturales

municipales, reservas naturales, monumentos naturales, sitios de interés, paisajes protegidos,

zonas húmedas y cuevas. De todas estas figuras de protección la zona de actuación no se ve

afectada por ninguna directamente, pero si es colindante con el Paraje Municipal de la Serra de

l’Ombria-Pou Clar.

Paraje Natural Municipal. Fuente: Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana

El Consell, en la reunión del día 26 de octubre de 2007, adoptó que el espacio de la Serra

de l’Ombria-Pou Clar posee valores de gran interés para su declaración como Paraje Natural

Municipal: ecológicos, hidrogeológicos, paisajísticos, histórico-culturales y de uso recreativo.

Además incluye parajes emblemáticos para los habitantes de Ontinyent, como es el caso de

Gamellons, Fuset, el barranc dels Tarongers o el Pou Clar. Los ámbitos de actuación AA-12, AA-16

y AA-17, como puede verse en el plano correspondiente, no afectan directamente al paraje, pero

son colindantes a éste.

El Paraje abarca la sierra de l’Ombria d’Ontinyent, perteneciente a la sierra del Benicadell, y

los principales barrancos del río Clariano que conectan con ésta: barranc de Morera, barranc del

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Gorgorròbio, barranc del Port y la Lloma Rasa, barranc Gran y barranc del Pou Clar. También se

incluyen algunos barrancos más pequeños que vierten a los anteriores: barranc de Borràs,

barranquet de Pola, barranquet de Santa Rosa y barranc del Rei.

I.5.13.2. Lugares de Importancia Comunitaria (LIC)

Dentro de la Red Natura 2000 en el municipio de Ontinyent se encuentra el LIC de la Serra

de Mariola i Carrascar de la Font Roja. Este LIC tiene una superficie de 19.867 ha. Comprende los

municipios de Alcoi, Cocentaina, Muro d’Alcoi, Agres, Alfafara, Ontinyent, Bocairent, Banyeres de

Mariola e Ibi.

LIC Serra de Mariola i Carrascar de la Font Roja. Fuente: Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana

Se trata de un conjunto montañoso situado en el núcleo de las sierras béticas valencianas.

Constituido por un complejo mosaico de formaciones naturales y cultivos tradicionales, alberga

formaciones forestales maduras -como los peculiares bosques mixtos de quejigo

valencianomeridionales- en excelente estado de conservación. A destacar igualmente la elevada

diversidad de especies vegetales, y la buena representación de comunidades faunísticas propias de

la media montaña mediterránea.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Los hábitats más interesantes que se pueden encontrar en este LIC corresponden a las

formaciones forestales (bosques de Quercus ilex y Q. rotundifolia, 9340 y bosques ibéricos de Q.

faginea, 9240) y a los matorrales (matorrales arborescentes con Juniperus, 5210; matorrales

termomediterráneos, 5335; y matorrales almohadillados oromediterráneos, 4090), aunque también

han de destacarse los pastizales anuales de Thero-Brachypodietea (*6220). Otros hábitats a

mencionar, a pesar de su presencia más restringida, son los ríos mediterráneos (3280), los

manantiales petrificantes (*7220), pendientes rocosas calcícolas (8210), fresnedas termófilas de

Fraxinus angustifolia (91B0) y las galerías de Nerio-Tamaricetea (92D0).

En cuanto a las especies, destaca por su importancia la representación de Hieraetus

fasciatus, así como de Bubo bubo, Aquila chrysaetos y Falco peregrinus.

El LIC de la Serra de Mariola i Carrascar de la Font Roja no afecta a los ámbitos de

actuación, como puede verse en el plano correspondiente.

I.5.13.3. Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA)

Dentro de la Red Natura 2000 en el municipio de Ontinyent se encuentra la Zona de

Especial protección para las Aves (ZEPA) de la Serra de Mariola y Carrascar de la Font Roja.

Esta ZEPA tiene una superficie de 22.952,38 ha. Comprende los municipios de Alcoi,

Cocentaina, Muro d’Alcoi, Agres, Alfafara, Ontinyent, Bocairent, Banyeres de Mariola e Ibi.

La Zona de Especial protección para las Aves (ZEPA) de la Serra de Mariola i Carrascar de

la Font Roja no afecta a los ámbitos de actuación, como puede verse en el plano correspondiente.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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ZEPA Serra de Mariola i Carrascar de la Font Roja. Fuente: Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana

I.5.13.4. Cuevas protegidas

Según consulta al catálogo de cuevas de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y

Medio Ambiente, en el Término municipal de Ontinyent existe catalogada una cueva, conocida como

el Pla de Simes.

Se trata de una sima ovalada, como en forma de ojo (1,2 x 3 m) y de sección horizontal,

dando paso a una sima. La boca de la sima se encuentra actualmente rodeada de una valla,

instalada por el ayuntamiento de Ontinyent, que advierte de la presencia de la misma. La sima se

encuentra en lo alto de unas lomas con vegetación arbustiva (coscojares) cerca de una pista

forestal.

Tal y como se puede apreciar en la figura esta cueva queda muy alejada de las áreas de

estudio.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Catálogo de cuevas. Fuente: Cartografía temática de la Comunidad Valenciana.

I.5.13.5. HÁBITATS

Por lo que respecta a los hábitats prioritarios, el término municipal de Ontinyent abarca gran

parte de su superficie.

Tal y como se aprecia en la figura siguiente las áreas de estudio no afectan a los hábitats

prioritarios, no obstante quedan en el límite de los mismos, más en concreto con los que

correspondes al curso del río Clariano.

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PLAN ESPECIAL PARA LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO TERRITORIAL EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE ONTINYENT ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

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Habitats 1:50.000 Áreas de estudio. Fuente: Cartografía temática de la Comunidad Valenciana.

A continuación se describen los hábitats que corresponden con el curso del río Clariano

colindante con la zona de actuación.

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I.5.13.6. I Montes de utilidad pública

Los montes de utilidad pública se encuentran situados en el término municipal de Ontinyent

al norte y al sur del mismo. El monte de utilidad pública situado al norte se denomina Solana del

Este, mientras que el ubicado en el sur se denomina La Umbría.

En la siguiente imagen se muestra la ubicación de los dos montes con respecto a las áreas

de estudio; se puede apreciar que ninguno de ellos se encuentra ubicado en las zonas objeto de

estudio.

Montes de utilidad pública y áreas de estudio. Fuente: Cartografía temática de la Comunidad Valenciana.

I.5.14. OBRAS PROGRAMADAS Y POLÍTICAS DE INVERSIONES PÚBLICAS.

No están previstas, por parte de organismos públicos, obras de infraestructuras en las

inmediaciones de la actuación, aunque serán las diferentes administraciones las que informen

acerca de las que puedan afectar a su desarrollo.